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050 - CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO ESCOLAR SEÑOR NOTARIO DE GOBIERNO En el registro de protocolo y escrituras públicas que corre a su cargo, sírvase insertar el presente contrato para la ejecución de obras de construcción escolar correspondiente al edificio de la Escuela "_____________" que se construirá en la ciudad de _____________, departamento de ______________, sujeto a las siguientes cláusulas: Primera.- (Partes contratantes). El presente contrato se suscribe entre el Consejo Nacional de Edificaciones (CONES); representado por sus personeros legales, , el señor Ministerio de Educación y Cultura como Presidente de la H. Junta Directiva, Dr.____________, y el Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Edificación Escolares (CONES), Arq.___________-. por una parte, y que en adelante se denominará el CONES, y por la otra, la EMPRESA CONSTRUCTORA "_________" así representada está inscrita en ___________ categoría del Registro Nacional de firmas constructoras de Obras Públicas con el No__________ del Ministerio de Transporte, Obras, y Públicas Comunicaciones, certificado de la Cámara Boliviana de Construcción No___________ de fecha________; certificado de Solvencia Municipal No__________ de______ de____ de19_______ de la ciudad de ________; certificado de Solvencia Técnica y de Buena Ejecución No_____ de fecha______ de______ de19______ . Segunda.-(Antecedentes del Contrato). La ejecución de la obra de construcción de la Escuela "_________" de la localidad de __________, Departamento de _____________, fue adjudicada por la H. Junta de Licitaciones del CONES por Resolución adoptada en su reunión de fecha______ de_______ de19_____, a la Empresa Constructora "___________", habiéndose cumplido por las partes con los requisitos señalados en el Decreto Ley de Licitaciones de Obras del Sector Público No 15192 del 15 de diciembre 1977 y evaluados que han sido los documentos presentados en los sobres A y B que indican los artículos 34 y 35 y que forman parte integrante e indisoluble del presente contrato con carácter de documentos anexos al tenor de los artículos 29, 73, y 74 de la disposición legal antes señalada. La ejecución de esta obra está financiada con los recursos provenientes de ________, de acuerdo a los dispuesto por el Decreto Supremo No______ de______ de19______ y las disposiciones correlativas y concordantes que corresponden al Plan de Inversión del año __________- aprobado por el Ministerio de Finanzas (Dirección General de Presupuesto). Tercera.-(Plan de Trabajo). El adjudicatario CONTRATISTA, se obliga a ejecutar el Proyecto con estricta sujeción a los cómputos métricos y presupuesto aprobado por el CONES, quedando establecido que es de su cargo la ejecución de los trabajos mercantes del proyecto con los precios unitarios de cada ITEM del presupuesto que ha sido revisado y evaluado de acuerdo con el artículo 73 del D.L. 15192 de 15 de diciembre de 1977, por lo que se conviene que los mismos son invariables y serán aplicados en consecuencia en los certificados de pago de avance de obra. Asimismo serán de estricta aplicación en los trabajos adicionales que se dispusiera por la Dirección Ejecutiva a través de órdenes de cambio debidamente autorizados y

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Page 1: contrato de construcción de edificio escolar

050 - CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO ESCOLAR

SEÑOR NOTARIO DE GOBIERNO

En el registro de protocolo y escrituras públicas que corre a su cargo, sírvase insertar el presente contrato para la ejecución de obras de construcción escolar correspondiente al edificio de la Escuela "_____________" que se construirá en la ciudad de _____________, departamento de ______________, sujeto a las siguientes cláusulas:

Primera.- (Partes contratantes). El presente contrato se suscribe entre el Consejo Nacional de Edificaciones (CONES); representado por sus personeros legales, , el señor Ministerio de Educación y Cultura como Presidente de la H. Junta Directiva, Dr.____________, y el Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Edificación Escolares (CONES), Arq.___________-. por una parte, y que en adelante se denominará el CONES, y por la otra, la EMPRESA CONSTRUCTORA "_________" así representada está inscrita en ___________ categoría del Registro Nacional de firmas constructoras de Obras Públicas con el No__________ del Ministerio de Transporte, Obras, y Públicas Comunicaciones, certificado de la Cámara Boliviana de Construcción No___________ de fecha________; certificado de Solvencia Municipal No__________ de______ de____ de19_______ de la ciudad de ________; certificado de Solvencia Técnica y de Buena Ejecución No_____ de fecha______ de______ de19______ .

Segunda.-(Antecedentes del Contrato). La ejecución de la obra de construcción de la Escuela "_________" de la localidad de __________, Departamento de _____________, fue adjudicada por la H. Junta de Licitaciones del CONES por Resolución adoptada en su reunión de fecha______ de_______ de19_____, a la Empresa Constructora "___________", habiéndose cumplido por las partes con los requisitos señalados en el Decreto Ley de Licitaciones de Obras del Sector Público No 15192 del 15 de diciembre 1977 y evaluados que han sido los documentos presentados en los sobres A y B que indican los artículos 34 y 35 y que forman parte integrante e indisoluble del presente contrato con carácter de documentos anexos al tenor de los artículos 29, 73, y 74 de la disposición legal antes señalada. La ejecución de esta obra está financiada con los recursos provenientes de ________, de acuerdo a los dispuesto por el Decreto Supremo No______ de______ de19______ y las disposiciones correlativas y concordantes que corresponden al Plan de Inversión del año __________- aprobado por el Ministerio de Finanzas (Dirección General de Presupuesto).

Tercera.-(Plan de Trabajo). El adjudicatario CONTRATISTA, se obliga a ejecutar el Proyecto con estricta sujeción a los cómputos métricos y presupuesto aprobado por el CONES, quedando establecido que es de su cargo la ejecución de los trabajos mercantes del proyecto con los precios unitarios de cada ITEM del presupuesto que ha sido revisado y evaluado de acuerdo con el artículo 73 del D.L. 15192 de 15 de diciembre de 1977, por lo que se conviene que los mismos son invariables y serán aplicados en consecuencia en los certificados de pago de avance de obra.

Asimismo serán de estricta aplicación en los trabajos adicionales que se dispusiera por la Dirección Ejecutiva a través de órdenes de cambio debidamente autorizados y justificados conforme a los artículos 9 (apartado 9.40) y 70 de la disposición legal señalada, ya que las modalidades técnicas de EL CONTRATISTA, así como los planos y demás especificaciones de trabajo. Es convenio entre las partes que la ejecución del Proyecto materia del presente contrato se supeditará necesariamente al cronograma de trabajo propuesto por EL CONTRATISTA,. En los casos de fuerza mayor que obliguen a efectuar alteraciones serán debidamente justificados e inscritos en el Libro de Ordenes previa aprobación escrita por la Dirección Ejecutiva del CONES. En caso de prórroga des plazo o circunstancias emergentes establecidos y procesados en la forma señalada se comunicará a EL CONTRATISTA, señalándosele expresamente el plazo prorrogado para efectos de cómputo.

Cuarta.- (Monto del contrato y formas de pago): El valor de la Obra adjudicada es de ___________ (_________) conforme a la propuesta presentada, estableciéndose que en este valor están incluidos la provisión de todos los materiales, equipos, instalaciones auxiliares, herramientas y demás elementos de construcción qu sean necesarios para la ejecución de esta obra, así como todos los costos de mano de obra, sueldos y salarios de su personal; gastos de transportes, incidencias por leyes sociales y de trabajo, daño a terceros, reconstrucciones por trabajos defectuosos, seguros, accidentes de trabajo, en suma todos los costos o indirectos que tengan incidencia en el valor total de la obra hasta su completa y satisfactoria conclusión. Es asimismo exclusiva responsabilidad de EL CONTRATISTA realizar todos los trabajos contratados dentro del valor del contrato salvándose las de autorización expresa y escrita firmada por el Director Ejecutivo del CONES para obras complementarias mediante Ordenes de cambio previas a la ejecución de dichos trabajos o de

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modificaciones que se conviniere introducir y sujetas a las disposiciones del DL. No 15192 de 15 de diciembre de 1977 y que fueron necesarias en esta obra. El monto del contrato será cancelado por el CONES como Institución Descentralizada encargada de ejecutar el Plan Nacional de Edificaciones Escolares. Estos pagos se harán en forma escalonada y contra presentación de planillas del avance de obra y ejecución de trabajos, mediante certificados visados por el Supervisor de Obra designado por la Dirección del CONES.

Quinta.- (Pago del anticipo). De acuerdo al artículo 78 del DL. 15192 de 15 de diciembre de 1977, se concederá a EL CONTRATISTA un anticipó del veinte por ciento (20%) del monto total del contrato con la garantía de correcta inversión del anticipo mediante Póliza de Seguro No_______ de fecha______ de_____ de19_______, otorgada por la Compañía de Seguros "______________", extendida en esta ciudad, en favor del CONES con plazo de vigencia de ______- meses, por un monto de ________________ (____________); esta suma será reducible en la proporción del veinte por ciento (20%) de cada una de las planillas qu se cancelen por concepto de avance de obra hasta cubrirla totalmente. Se deducirán también de cada una de las planillas de pago por avance de obra, el diez por ciento (10%) como garantía de buena ejecución, cuyo monto será devuelto a EL CONTRATISTA a la firma del Acta de Recepción Definitiva de la Obra, previa deducción de las multas u otras penalidades a que hubiera lugar y que se establecen en este contrato y en las leyes que rigen los contratos del Sector Público.

Sexta.- (De los Reajustes). Los precios de este contrato no serán modificados poro ninguna causa salvando el hecho de que dentro del plazo fijado en la cláusula séptima del presente documento el Supremo Gobierno aprobara disposiciones legales de reajuste y que obliguen a el CONES el pago de este reajuste que puede producirse por incremento de sueldos y salarios o modificación del tipo de cambio con relación al patrón monetario nacional. Estos reajustes legales de los precios de las propuestas serán aplicados en los detalles de precios unitarios así con dispuestos y presentados que sean por EL CONTRATISTA únicamente en ellos ítems sobre los cuales incide la variación y no sobre el precio total de este contrato. Se tomarán en cuenta para esto reajustes el cronograma de trabajo en vigencia y los artículos _______y ______ de D. S. No________ DE__________, siempre que no fueron enojados o en su caso la aplicación expresa de la disposición de incrementos que se sancionara en el curso de vigencia de este contrato se contrata y suscribe.

Estos reajustes se aplicará sólo sobre la parte que falta por ejecutar de la obra conforme al cronograma de trabajo.

Séptima.- (Plazo de entrega ). El plazo estilado pro la entrega de la obra terminada es de _____ días calendario (_________) que se computará a partir de los _______- días de la entrega del pago por concepto de adelanto que se le proporcionará a EL CONTRATISTA, vencido este plazo de _________ días sin que se hubieran iniciado las obras o vendidos los _____ días sin que se haya terminado la construcción según el pliego de multas por mora del _______ por mil (_______0/00) sobre el monto total del contrato por cada día calendario de atraso, sin necesidad de requerimiento alguno y el CONES podrá seguir la acción coactiva con el informe evacuado por el Supervisor de Obras tanto por el retraso como por las imperfecciones si las hubiese o, utilizar en su caso, los dineros de la deducción que se haga en planillas de garantía retenidas cono la determinación de la Dirección Ejecutiva. Se descontará para el cómputo de la mora el tiempo de demora en el cancelación de las planillas por parte del CONES si este pago no se efectúa en _______ días hábiles de presentado, salvándose las observaciones que pudieran hacerse por los Departamento Técnicos, Control de Gestión y Administrativo que deben corregirse por la Empresa dentro de estos_________ días.

Octava.- (Garantías de cumplimiento y buena ejecución ): EL CONTRATISTA garantiza la ejecución de la obra y el fiel cumplimiento de este contrato con la póliza de seguro No. ______, emitida por la Compañía de Seguros "_____________", en fecha_________ de_______ de 19____ á la orden del Consejo Nacional de Edificaciones Escolares por el valor de _____________ (__________), cono una vigencia de _________- meses, equivalente al 10% (diez por ciento) del valor total de la obra y que en caso de rescisión será consolidado en favor del CONES, sin lugar a reclamación alguna de excepción dilatoria o perentoria. Además se garantiza la buena ejecución de estos trabajos con la póliza de seguro No_________ , expedida por el Empresa de Seguros "___________" en fechas __________ de _________de 19_____ con vigencia de ________ meses, desde el _________ de __________ de19_______ hasta el________ de ________ de19_____ por un monto de__________ (_______) correspondiente al diez por ciento (10%) del monto total.

En cumplimiento de disposiciones legales vigentes se hace extensiva la responsabilidad por servicios ocultos de construcción por el periodo de tres años, en este caso será de aplicación la vía juridicidad ordinaria o la coactiva a elección de los organismos que representan al Supremo Gobierno conforme a las prescripciones

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contenidas en el Decreto Ley N° 14933 de 29 de septiembre de 1977 y las disposiciones concordantes relativas a la materia.

Novena.-(Supervisión de obras, inspecciones e informe). Los trabajos materia del presente contrato, estará sujeto a inspección del Supervisor de Obras, designado por el CONES como tandas las facultadas inherentes a tales funciones, debiendo éste rechazar, los trabajos mal ejecutados , los mismos que serán rehechos por cuenta del CONTRATISTA sin costo alguno para el CONES, obligándose por otra, el CONTRATISTA, a aceptar las instrucciones y órdenes de trabajo que en ejecución y aplicación de tales documentos importa el Supervisor de Obras. EL CONTRATISTA se obliga a designar y establecer en obra un Superintendente de Obras que deberá ser una profesional Ingeniero o Arquitecto inscrito en los registro nacionales de su ramo y que será el Supervisor Residente para establecer la responsabilidad de la Empresa en la ejecución de los trabajos, quien permanecerá en la obra en forma corrida y permanente el tiempo necesario y que hará las horas de asistencia a la obra para coordinar los trabajos como el Supervisor del CONES, . Este funcionario de EL CONTRATISTA, es responsable de los vacíos de hormigón armado, correcta interpretación de los planos, cálculos dosificaciones, calidad de vaciados y material a emplearse de acuerdo al pliego de Especificaciones Técnicas.

Décima.- (Entrega provisión y definitiva). Vencido el plazo para la ejecución de la obra, se procederá a la recepción provisional de la misma con la intervención y concurrencia de los funcionarios competentes, debiendo efectuarse por los organismos técnicos de CONES una detallada evaluación para establecer el cumplimiento del Pliego de Especificaciones Técnicas y Administrativas.

Verificada la correcta ejecución de la obra se procederá a el abonar el La Acta de Recepción Provisional en el que les dejará constancia de todas las observaciones y reparos a que hubiera lugar a objeto de que el CONTRATISTA subsane en un plazo no mayor a los noventa días (90) calendario antes de procederse a la suscripción del Acta de Recepción Definitiva.. La suscripción de esta acta procedería una vez que loso defectos de construcción observados hayan sido sobresanados satisfactoriamente o que los trabajos defectuosamente ejecutados hayan sido rehechos, sin costo adicional para el CONES. El Acta de Recepción Provisional servirá de base para el computo del plazo de ejecución de la presente obra.

Décima-primera.- (Cláusulas complementarias y disposiciones diversas).

A) Prohibición de subrogación: De acuerdo como el inciso b) del artículo 76 del D.L. No 15192 de 15 diciembre de 1977, EL CONTRATISTA está expresamente prohibido subrogar todo o parte de este contrato, traspasar, transferir o suscribir contratos con otras empresas de la misma o diferente categoría para ale ejecución total o parcial del proyecto sin el consentimiento escrito cláusula será considerado causal de rescisión total o parcial del proyecto sin el consentimiento escrito yo aprobado por la Junta Directiva del CONES. El incumplimiento esta cláusula será considerado causal de rescisión. B) Causales de rescisión.- Son causales de rescisión del contrato las señaladas en el artículo 79 del Decreto Ley de referencia, que prescribe:

1.- Causales imputable al contratista.- a) Incumplimiento en la fecha de iniciación de las obras; b) Disolución de la firma constructora; c) Quiebra declarada del contritas; d) N negligencia grave o contravención a las obligaciones contractuales; e) Inobservancia de planos y especificaciones; f) Incumplimiento de las condiciones del contrato.

2.- Causales imputables a la entidad contratante.- a) Apártese de los términos del contrato y pretender aumentos o disminuciones en las obras sin la necesaria orden de cambio que garantice su pago; b) Disponer la suspensión de las obras por más de veinte días calendario; c) Por falta de entrega oportuna de planos especiales y/o de detalle. c) Prohibición de el contratista para transferencia.- De conformidad con el artículo 80 del mismo D.L. 15192, EL CONTRATISTA no podrá transferir sus acciones total o parcialmente a terceros durante la vigente de este contrato sin previa autorización escrita y justificada de el CONES.

Decimosegunda.-(Consolidación de las pólizas): Cuando la rescisión de este contorno sea por cuales imputables a EL CONTRATISTA, se consolidará en favor de el CONES, las garantías de cumplimiento de contrato y de buena, ejecución sin lugar a reclamo alguno. Se efectuará la liquidación de este contrato practicando evaluación del trabajo, el costo de los materiales de la obra que pudieran ser empalados en la construcción, medición del trabajo avanzado, el levantamiento del campamento si existiere así como las demás instalaciones para la ejecución de la obra. Advirtiéndose además que si el incumplimiento de este contrato por parte de EL CONTRATISTA ocasionare mayores perjuicios a la obra y al Estado, el CONES exigirá la

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indemnización adicional de estas daños y perjuicios por las vías señaladas en este documento, así como la aplicación de las sanciones previstas en el articulo 81 del D.L. No 15192 de 15 de diciembre de 1977.

Cuando la rescisión del contrato sea por causales imputables a el CONES, se efectuará la liquidación del contrato practicándose la evaluación de la obra, costo de los materiales en obra y que pudieren ser empleados en la construcción los gastos proporcionales que demandaron el levantamiento del campamento y las instalaciones que se hubiesen hecho, reconociéndosele a EL CONTRATISTA una compensación de hasta el diez por ciento (10%) sobre le monto de la obra no ejecutada y se le devolverá las garantías de cumplimiento de contrato y de buena ejecución.

Décima-tercera.- (Interpretación y ejecución coactiva).- En caso de presentarse desinteligencia y controversia en la interpretación de cualesquiera de las cláusulas del presente contrato, las partes se someterán a la determinación de los organismos competentes de la Contraloría General de la República.

Décima-cuarta.-(Instrumento legales de adjudicación ).- Constituyen instrumentos legales en lal suscripción del presente contrato, los artículos 67,68,69 inciso c) y 90 del Decreto Ley No15192 de 15 de diciembre de 1977: Artículos 732 al 749 del Código Civil; propuestas, pliego de especificaciones técnicas y administrativas, adjudicación y aprobación de la propuesta y demás documentación cursante en el expediente respectivo.

Décima-quinta.- (Intervención Fiscal).- En la suscripción del presente contrato, intervienen como miembros de fiscalización en representación del Estado, los señores_______ y________, en sus calidades de Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno, respectivamente, quienes firman al pie de este instrumento, expresando su plana conformidad.

Décima-sexta.- Nosotros_________ y________, Ministro de Educación y Cultura y como Presidente de la H. Junta Directiva, de Director Ejecutivo del Consejo Nacional el Edificaciones (CONES), respectivamente, por una parte y ________, como personero legal de la EMPRESA CONSTRUCTORA "______________", por otra, declamas nuestra plena conformidad con las cláusulas estipuladas en la presente minuta, para su fiel y escrito cumplimiento.

_________________________ _____________________________Presidente de H. Director Ejecutivo

Junta Directiva de CONES CONES

______________________________________Representante legal de la Empresa

__________________________ ________________________________Contralor Gral. de la República Fisco de Gobierno