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CONTRATO DE LOCACIONEn la ciudad de SANTIAGO DEL ESTERO, a los 18 das del mes de FEBRERO de
2015 , entre el Sr, RAMON BALTAZAR AGUIRRE, Doc. Ident. N 30.290.680, en
Adelante denominado "el locador", y el Sr, NATALIA ANDREA GALARZA PADILLA, Doc. Ident.
N, 18.706.712, en adelante denominado "el locatario", se celebra el presente
contrato de Locacin de acuerdo a las clusulas y condiciones que seguidamente se
enumeran:
PRIMERA: El locador da en locacin al locatario el inmueble ubicado
En, PASAJE N 327, PLANTA BAJA B JURAMENTO - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
SEGUNDA: El inmueble en cuestin consta de las siguientes
comodidades y dependencias: Se entrega en perfecto estado de conservacin, y a
Satisfaccin del locatario, por lo que este deber responder de los daos y perjuicios en
caso de no restituirlo en el mismo estado en que fue recibido.- - - - - - - - - - - - - -
TERCERA: El alquiler pactado es de pesos, DOS MIL QUINIENTOS ($ 2500) mensuales, pagaderos por mes adelantado a travs de, DEPOSITO BANCARIO. - - - - - - - - - - - - -
CUARTA: El plazo de duracin del presente contrato se pacta en 12 meses a partir del da 05/02/2015, debindose restituir el inmueble al vencimiento del mismo, sin interpelacin previa.
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -QUINTA: Como garanta de cumplimiento del presente contrato, el locatario hace
entrega en este acto de la suma de pesos DOS MIL QUINIENTOS ($ 2500)
correspondiente a 1 mes, de alquiler.. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
SEXTA: El locador se hace cargo de los gastos de expensas y administracin, as como tambin se compromete a abonar las facturas de todos los servicios correspondientes al inmueble. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEPTIMA: El locatario no podr por s, su blocar o ceder el bien en todo o
en parte, por cualquier ttulo que sea. Dichas modificaciones al contrato, e incluso su
transferencia quedan sujetas a la autorizacin expresa del locador, y a las clusulas y
condiciones que el mismo especifique. - - - - Se firman dos ejemplares a un solo efecto, recibiendo el suyo cada parte.
FIRMA
FIRMA
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