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CONTRATO DE LOCACION En la ciudad de LA BANDA (SANTIAGO DEL ESTERO), a los 18 días del mes de FEBRERO de 2015, entre el Sr, JUAN CARLOS MOREL, Doc. Ident. Nº 31.759.234 y KAREN EMILCE GARCIA, Doc. Ident. Nº 36.207.587, en adelante denominado "el locador", y el Sr, NATALIA ANDREA GALARZA PADILLA, Doc. Ident. N°, 18.706.712, en adelante denominado "el locatario", se celebra el presente contrato de Locación de acuerdo a las cláusulas y condiciones que seguidamente se enumeran: PRIMERA: El locador da en locación al locatario el inmueble ubicado En, MZA Nº 19, LT. 30, CALLE Nº 9 Bº PARAISO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDA: El inmueble en cuestión consta de las siguientes comodidades (2 Aire Acondicionado Split, 1 termo tanque eléctrico) y dependencias: Se entrega en perfecto estado de conservación, y a satisfacción del locatario, por lo que este deberá responder de los daños y perjuicios en caso de no restituirlo en el mismo estado en que fue recibido.- - - - - - - - - - - - - - TERCERA: El alquiler pactado es de pesos, DOS MIL QUINIENTOS ($ 2500) mensuales, pagaderos por mes adelantado a través de, DEPOSITO BANCARIO. - - - - - - - - - - - - - CUARTA: El plazo de duración del presente contrato se pacta en 12 meses a partir del día 15/01/2015, debiéndose restituir el inmueble al vencimiento del mismo, sin interpelación previa. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - QUINTA: Como garantía de cumplimiento del presente contrato, el locatario hace entrega en este acto de la suma de pesos DOS MIL QUINIENTOS ($ 2500) correspondiente a 1 mes, de alquiler.. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEXTA: El locador se hace cargo de los gastos de expensas y administración, así como también se compromete a abonar las facturas de todos los servicios correspondientes al inmueble. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Contrato de Locacion Juan Carlos Morel

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CONTRATO DE LOCACIONEn la ciudad de LA BANDA (SANTIAGO DEL ESTERO), a los 18 das del mes de FEBRERO de 2015, entre el Sr, JUAN CARLOS MOREL, Doc. Ident. N 31.759.234 y KAREN EMILCE GARCIA, Doc. Ident. N 36.207.587, en adelante denominado "el locador", y el Sr, NATALIA ANDREA GALARZA PADILLA, Doc. Ident. N, 18.706.712, en adelante denominado "el locatario", se celebra el presente contrato de Locacin de acuerdo a las clusulas y condiciones que seguidamente se enumeran:

PRIMERA: El locador da en locacin al locatario el inmueble ubicado

En, MZA N 19, LT. 30, CALLE N 9 B PARAISO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -SEGUNDA: El inmueble en cuestin consta de las siguientes comodidades (2 Aire Acondicionado Split, 1 termo tanque elctrico) y dependencias: Se entrega en perfecto estado de conservacin, y a satisfaccin del locatario, por lo que este deber responder de los daos y perjuicios en caso de no restituirlo en el mismo estado en que fue recibido.- - - - - - - - - - - - - -

TERCERA: El alquiler pactado es de pesos, DOS MIL QUINIENTOS ($ 2500) mensuales, pagaderos por mes adelantado a travs de, DEPOSITO BANCARIO. - - - - - - - - - - - - -

CUARTA: El plazo de duracin del presente contrato se pacta en 12 meses a partir del da 15/01/2015, debindose restituir el inmueble al vencimiento del mismo, sin interpelacin previa.

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -QUINTA: Como garanta de cumplimiento del presente contrato, el locatario hace

entrega en este acto de la suma de pesos DOS MIL QUINIENTOS ($ 2500)

correspondiente a 1 mes, de alquiler.. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

SEXTA: El locador se hace cargo de los gastos de expensas y administracin, as como tambin se compromete a abonar las facturas de todos los servicios correspondientes al inmueble. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEPTIMA: El locatario no podr por s, su blocar o ceder el bien en todo o

en parte, por cualquier ttulo que sea. Dichas modificaciones al contrato, e incluso su

transferencia quedan sujetas a la autorizacin expresa del locador, y a las clusulas y

condiciones que el mismo especifique. - - - - Se firman dos ejemplares a un solo efecto, recibiendo el suyo cada parte.

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