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www.eppctroecuador.ee CONTRATO LAB 201^086 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS VEHÍCULOS MARCOPOLO: VOLKSWAGEN Y VOLARE DE EP PETROECUADOR Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, representada por la Ing. Liliana Páez Rivera en su calidad de Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría (E), a quien en adelante se le denominará "EP PETROECUADOR o CONTRATANTE"; y, por otra, la empresa SUDAMERICANA DE BUSES Y CAMIONES SUDACAM CÍA. LTDA., representada por el Ing. Santiago Reyes Alvear en su calidad de Gerente General, a quien en adelante se le denominará "CONTRATISTA". Las Partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes Cláusulas: Primera.- ANTECEDENTES 1.1.- De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) y, 25 y 26 de su Reglamento General, el Plan Anual de Contratación 2014 de EP PETROECUADOR contempla la contratación del servicio de "LAB MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS VEHÍCULOS DE LA EP PETROECUADOR DE MARCA MARCOPOLO VOLKSWAGEN', bajo el código 87141.00.1 del Clasificador Central de Productos. 1.2.- Mediante resolución PGER-2014003 de 06 de enero de 2014, el Gerente General encargado de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, aprobó la Normativa de Procesos "Abastecimientos", incluyendo la séptima versión del Procedimiento: "DESCONCENTRACIÓN EMPRESARIAL PARA ADQUISICIÓN DE BIENES, CONTRATACIÓN DE OBRAS, SERVICIOS INCLUIDOS LOS DE CONSULTORÍA Y PAGOS VARIOS' y el Anexo N° 1 "DELEGACIÓN DE ORDENADORES DE GASTO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES, CONTRATACIÓN DE OBRAS, SERVICIOS INCLUIDOS LOS DE CONSULTORÍA". 1.3.- En el Anexo N° 1 del Procedimiento: "DESCONCENTRACIÓN EMPRESARIAL PARA ADQUISICIÓN DE BIENES, CONTRATACIÓN DE OBRAS, SERVICIOS INCLUIDOS LOS DE CONSULTORÍA Y PAGOS VARIOS" consta la delegación al Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR como ordenador de gasto, para que ejecute los procesos de contratación hasta por el monto que resulte de multiplicar el Presupuesto Inicial del Estado por el coeficiente 0,00006. 1.4.- Previo los informes y estudios respectivos, EP PETROECUADOR resolvió acogerse al Régimen Especial y aprobar el pliego para la contratación del servicio de proveedor único en el mercado. 1.5.-Se cuenta con los recursos suficientes en el presupuesto de EP PETROECUADOR para el año 2014, provenientes de la partida presupuestaria 29.1400, conforme consta en las certificaciones P,in lile 15 Alpallana E8-86 y Av. 6 de Diciembre (esquina); Telf.: (593-02) 2563060 - 2560525: Casilla: 17-11-5007 /17-11-5008 Ecuador

CONTRATO LAB N° 201^086 MANTENIMIENTO … · conforme las certificaciones presupuestarias Pc-9389, Co-9453 y CO-10469. 7.2.- EP PETROECUADOR pagará a los treinta (30) días de la

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CONTRATO LAB N° 2 0 1 ^ 0 8 6

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS VEHÍCULOS MARCOPOLO:VOLKSWAGEN Y VOLARE DE EP PETROECUADOR

Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte la Empresa Pública deHidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, representada por la Ing. Liliana PáezRivera en su calidad de Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría (E), a quien enadelante se le denominará "EP PETROECUADOR o CONTRATANTE"; y, por otra, la empresaSUDAMERICANA DE BUSES Y CAMIONES SUDACAM CÍA. LTDA., representada por el Ing.

Santiago Reyes Alvear en su calidad de Gerente General, a quien en adelante se le denominará"CONTRATISTA". Las Partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes

Cláusulas:

Primera.- ANTECEDENTES

1.1.- De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de

Contratación Pública (LOSNCP) y, 25 y 26 de su Reglamento General, el Plan Anual deContratación 2014 de EP PETROECUADOR contempla la contratación del servicio de "LABMANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS VEHÍCULOS DE LA EP PETROECUADOR DEMARCA MARCOPOLO VOLKSWAGEN', bajo el código 87141.00.1 del Clasificador Central deProductos.

1.2.- Mediante resolución N° PGER-2014003 de 06 de enero de 2014, el Gerente Generalencargado de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, aprobó laNormativa de Procesos "Abastecimientos", incluyendo la séptima versión del Procedimiento:"DESCONCENTRACIÓN EMPRESARIAL PARA ADQUISICIÓN DE BIENES, CONTRATACIÓN DEOBRAS, SERVICIOS INCLUIDOS LOS DE CONSULTORÍA Y PAGOS VARIOS' y el Anexo N° 1

"DELEGACIÓN DE ORDENADORES DE GASTO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES,CONTRATACIÓN DE OBRAS, SERVICIOS INCLUIDOS LOS DE CONSULTORÍA".

1.3.- En el Anexo N° 1 del Procedimiento: "DESCONCENTRACIÓN EMPRESARIAL PARA

ADQUISICIÓN DE BIENES, CONTRATACIÓN DE OBRAS, SERVICIOS INCLUIDOS LOS DECONSULTORÍA Y PAGOS VARIOS" consta la delegación al Jefe de Adquisiciones de Obras,

Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR como ordenador de gasto, para que ejecute losprocesos de contratación hasta por el monto que resulte de multiplicar el Presupuesto Inicial delEstado por el coeficiente 0,00006.

1.4.- Previo los informes y estudios respectivos, EP PETROECUADOR resolvió acogerse alRégimen Especial y aprobar el pliego para la contratación del servicio de proveedor único en el

mercado.

1.5.-Se cuenta con los recursos suficientes en el presupuesto de EP PETROECUADOR para el año2014, provenientes de la partida presupuestaria 29.1400, conforme consta en las certificaciones

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Alpallana E8-86 y Av. 6 de Diciembre (esquina); Telf.: (593-02) 2563060 - 2560525: Casilla: 17-11-5007 /17-11-5008 Ecuador

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N° Pc-9389, Co-9453 y CO-10469, conferidas por el Área de Presupuesto de Esmeraldas, Orientey La Libertad, respectivamente.

1.6.- Mediante resolución N° LAB-I-RE-015-EPP-OSC-2014 de 07 de abril de 2014, la Jefe deAdquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría (E) de EP PETROECUADOR, ratificó el pliego yautorizó el inicio del proceso de contratación bajo la modalidad de Régimen Especial-ProveedorÚnico, del servicio de "MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS VEHÍCULOSMARCOPOLO: VOLKSWAGEN Y VOLARE DE EP PETROECUADOR", con un presupuesto referencialde USD 192.511.68.

1.7.- Se efectuó la invitación al proveedor SUDAMERICANA DE BUSES Y CAMIONES SUDACAMCÍA. LTDA., el 08 de abril de 2014, a través del Portal Institucional www.compraspublica5.qob.ee.

1.8.- Se realizó la audiencia informativa como consta en el acta respectiva, la cual fue subida alPortal Institucional del SERCOP.

1.9.- Se recibió la oferta técnica y económica del oferente invitado, hasta la hora y fechaseñalada para el efecto en el cronograma.

1.10.- En Acta de Evaluación de Oferta, la comisión técnica dio a conocer los resultados delanálisis de los documentos presentados por el oferente invitado.

1.11.- Los integrantes de la comisión técnica con memorando N° 01-CT-RE-015-EPP-OSC-2014de 15 de abril de 2014, emitieron el informe del proceso RE-015-EPP-OSC-2014 y larecomendación expresa respectiva.

1.12.- Luego del proceso y análisis correspondiente, la Jefe de Adquisiciones de Obras, Serviciosy Consultoría (E) de EP PETROECUADOR, mediante resolución N° LAB-ADJ-RE-015-EPP-OSC-2014de 16 de abril de 2014, adjudicó la prestación del servicio de "MANTENIMIENTO PREVENTIVO YCORRECTIVO DE LOS VEHÍCULOS MARCOPOLO: VOLKSWAGEN Y VOLARE DE EPPETROECUADOR", al oferente SUDACAM CÍA. LTDA.

1.13.- El proceso se realizó de conformidad a lo establecido en los artículos 94 y 95 delReglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO

2.1.- A más de los que constan en la Cláusula de Antecedentes, forman parte integrante delcontrato los siguientes documentos:

a) El pliego.b) La oferta presentada por el CONTRATISTA.c) Los documentos que acrediten la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar

el contrato (nombramiento -original o copia notariada-).

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d) Copia a color de cédula de identidad y papeleta de votación del representante legal delCONTRATISTA.

e) Impresión actualizada del Registro Único de Contribuyentes (RUC).f) Impresión actualizada del Registro Único de Proveedores (RUP)g) La Garantía Técnica.

Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO

El CONTRATISTA se obliga con EP PETROECUADOR a prestar el servicio de MANTENIMIENTOPREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS VEHÍCULOS MARCOPOLO: VOLKSWAGEN YVOLARE DE EP PETROECUADOR, a entera satisfacción de la CONTRATANTE, según lascaracterísticas y especificaciones técnica constantes en la oferta ganadora, así como en el pliegoque rigió la contratación y los anexos que son parte integrante de este contrato.

Cuarta.- PLAZO

El plazo para la ejecución y prestación del servicio de "MANTENIMIENTO PREVENTIVO YCORRECTIVO DE LOS VEHÍCULOS MARCOPOLO: VOLKSWAGEN Y VOLARE DE EP PETROECUADOR',es de dos (2) años (730 días), contados a partir de la suscripción del contrato por parte de la EPPETROECUADOR o cuando su prestación llegue al monto contractual, lo que ocurra primero.

Quinta.- PRÓRROGAS DE PLAZO

5.1.- EP PETROECUADOR prorrogará el plazo, en los siguientes casos y siempre que elCONTRATISTA así lo solicite por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro delplazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la fecha de producido el hecho que motiva lamisma:

a) Por fuerza mayor o caso fortuito, aceptados como tal por EP PETROECUADOR, a través de laJefa de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría, previo informe del administrador delcontrato. Tan pronto desaparezca la fuerza mayor o el caso fortuito, el CONTRATISTA estáobligado a continuar con la ejecución del contrato, sin necesidad que medie notificación porparte del administrador del contrato.

b) Por suspensiones o modificaciones en las actividades previstas en este contrato, ordenadaspor EP PETROECUADOR, por intermedio de la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios yConsultoría, y que no se deban a causas imputables al CONTRATISTA.

5.2.- Cuando las prórrogas de plazo modifiquen el plazo total, se necesitará la autorización de laJefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, previo informefundamentado del administrador del contrato. En todo caso, la Jefe de Adquisiciones de Obras,Servicios y Consultoría, podrá aceptar o no el informe al tomar su decisión de conceder o negar laprórroga de plazo, la cual deberá estar motivada.

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2 0 1 4 0 8 6Sexta.- MONTO DEL CONTRATO

6.1.- El precio al que asciende el presente contrato por la prestación del servicio demantenimiento preventivo de los vehículos Marcopolo: Volkswagen y Volare, que EPPETROECUADOR pagará al CONTRATISTA, es de USD 192.511,68 (CIENTO NOVENTA Y DOSMIL QUINIENTOS ONCE con 68/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DEAMÉRICA) sin incluir el 12% del IVA; de conformidad con el valor de la oferta económicapresentada por el CONTRATISTA y aceptada por la CONTRATANTE.

Cuantía del contrato sin IVA: USD 192.511,68(+) 12% IVA: USD 23.101,40Monto Total del Contrato: USD 215.613,08

6.2.- Los precios acordados en este contrato por prestar el servicio objeto del mismo, constituiránla única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto,derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que se añade alprecio del contrato.

Séptima.- FORMA DE PAGO

7.1.- Los egresos que emanen del contrato será con cargo a la partida presupuestaria 29.1400conforme las certificaciones presupuestarias Pc-9389, Co-9453 y CO-10469.

7.2.- EP PETROECUADOR pagará a los treinta (30) días de la presentación de la factura originalque deberá ser emitida de acuerdo al Reglamento de Comprobantes de Venta y Retención y, delinforme por parte del administrador que incluirá la verificación técnica del servicio efectivamenteejecutado y recibido a satisfacción.

Las facturas a presentar, deberán adjuntar los siguientes documentos: solicitud de trabajo, pre-factura, informe técnico, proforma, acta entrega-recepcion, autorización del supervisor de trabajoscorrectivos, documento de repuestos. Todos los documentos deberán estar aprobados por eladministrador del contrato.

7.3.- Las facturas por los trabajos efectivamente realizados sobre la base de los precios de laoferta para el mantenimiento preventivo, deberán ser presentadas por el CONTRATISTA, a cadasupervisor zonal de EP PETROECUADOR, dentro de los diez (10) primeros días del mes siguientede prestado el servicio, adjuntando la hoja de "Solicitud de Trabajo" para cada vehículo, en la queconstará la recepción del servicio a conformidad de la CONTRATANTE.

7.4.- Será responsabilidad de EP PETROECUADOR efectuar las retenciones a que hubiere lugar yemitir los comprobantes correspondientes.

7.5.- EP PETROECUADOR de los pagos que deba hacer, retendrá las multas que procedan deacuerdo con el contrato.

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2 0 1 4 0 8 67.6.- Será causa de responsabilidad de los servidores públicos correspondientes, el que no cumplanoportunamente con las obligaciones de pago previstos en este contrato, a pesar de contar con losrecursos económicos suficientes; a lo que se aplicará lo establecido en el Art. 101 de la LOSNCP.

7.7.- Pagos indebidos: EP PETROECUADOR se reserva el derecho de reclamar alCONTRATISTA, en cualquier tiempo, antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier

pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada,obligándose el CONTRATISTA a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare aplantear la CONTRATANTE, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interésconvencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.

Octava.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS

El monto del presente contrato es fijo, por tanto, no estará sujeto a reajuste por ningún concepto. ElCONTRATISTA, acorde con lo establecido en el Art. 131 del Reglamento General de la LOSNCP,

expresamente renuncia a cualquier reclamo por reajuste de precios.

Novena.- GARANTÍAS

9.1.- El CONTRATISTA entrega las siguientes garantías:

a) De Fiel Cumplimiento: Para segundad del cumplimiento del contrato y para responder de las

obligaciones que contrajera a favor de terceros relacionadas con el contrato y para efectivizar lasmultas que le fueren impuestas al CONTRATISTA, rinde a favor de EP PETROECUADOR, la póliza

N° CC-130260 emitida por Seguros Confianza S.A., por la suma asegurada de USD 9.625,58equivalente al cinco por ciento (5%) del precio del contrato.

Esta garantía será registrada y entregada en custodia, en la Subgerencia de Tesorería de la EP

PETROECUADOR, hasta su devolución.

¿$ PETROECUADORW"*

COORDINACIÓN SÉNIOR DE TESORERÍA

GARANTÍA PRESENTADA

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b) Garantía Técnica y Soporte: Garantía técnica en mano de obra y repuestos por el periodo deun (1) año o 20.000 Km (lo que ocurra primero), que deberá cubrir la instalación de repuestos,partes, piezas, TOT y trabajos de mano de obra. Esta garantía es independiente y se sustituiráluego de cumplida la obligación principal. La garantía técnica entrará en vigencia a partir de la

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entrega del vehículo objeto de la reparación y/o mantenimiento y tendrá una vigencia de un (1)año o 20.000 Km (lo que ocurra primero).

La garantía técnica cumplirá las condiciones establecidas en el Art. 76 de la LOSNCP; casocontrario el CONTRATISTA la remplazará por una de las garantías señaladas en el Art. 73 de laLOSNCP por el valor total del servicio.

Los términos de la garantía técnica, deberán observar lo establecido en las resoluciones emitidaspor el SERCOP en lo que respecta a la aplicación de la vigencia tecnológica.

9.2.- Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por EPPETROECUADOR, en los siguientes casos:

a) La de Fiel Cumplimiento del Contrato:

Cuando EP PETROECUADOR declare anticipada y unilateralmente terminado el contratopor causas imputables al CONTRATISTA.

Si el CONTRATISTA no la renovare cinco (5) días antes de su vencimiento.

Para hacer efectivas las multas impuestas, acorde con el Art. 74 de la LOSNCP.

Para responder por obligaciones que el CONTRATISTA contrajere a favor de terceros,relacionados con el contrato, siempre que EP PETROECUADOR fuere forzada a realizar

alguna prestación o erogar dinero a favor de tales terceros, mediante acto administrativo.

b) La Técnica: Cuando se incumpla con el objeto de esta garantía, de acuerdo con loestablecido en el pliego y este contrato.

Décima.- MULTAS

10.1.- El CONTRATISTA pagará a EP PETROECUADOR en concepto de multa, la cantidadequivalente al uno por mil (1x1000) del monto del contrato sin IVA, por cada día de retraso oincumplimiento en la entrega de los trabajos de mantenimiento correctivo de los vehículos objeto deeste contrato, según el plazo establecido en la Solicitud de Trabajo; excepto en el caso fortuito ofuerza mayor, conforme lo dispuesto en el Art. 30 de ía Codificación del Código Civil, debidamente

comprobado y aceptado por EP PETROECUADOR, para lo cual el CONTRATISTA notificará a laCONTRATANTE dentro de las veinticuatro (24) horas subsiguientes a la ocurrencia de los hechos.Cumplido el término, de no mediar dicha notificación, se entenderá como no ocurridos los hechosque alegue el CONTRATISTA como causa para la no prestación del servicio al cual está obligado yse le impondrá la multa prevista anteriormente.

10.2.- Por cada día de retraso en la entrega de los trabajos de mantenimiento preventivo, EPPETROECUADOR amonestará por escrito al CONTRATISTA y en caso de reincidir en la misma falta,

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20 1 40 86se aplicará por día, la multa del 0.1 x 1000 del monto del contrato sin el IVA.

10.3.- EP PETROECUADOR queda autorizada por el CONTRATISTA para recaudar las multas

impuestas, de los valores que por este contrato le corresponde recibir, sin requisito o trámite previoalguno. De igual forma, EP PETROECUADOR podrá pedir la ejecución de la garantía de fielcumplimiento para cubrir el valor de las multas que hubiere impuesto.

10.4.- Si el valor de las multas impuestas llegare a superar el equivalente al cinco por ciento (5%)del monto del contrato sin el valor del IVA, EP PETROECUADOR podrá declarar anticipada y unilate-ralmente, la terminación del contrato.

10.5.- Las multas serán descontadas de los valores pendientes de pago a que tenga derecho el

CONTRATISTA o en su defecto, solventadas por el CONTRATISTA mediante cheque certificado ogiro bancario a la orden de EP PETROECUADOR.

10.6.- El pago de multas no libera al CONTRATISTA del cumplimiento de la obligación principal,estos es, del cumplimiento exacto de los términos del presente contrato.

10.7.- El pago de las multas no le exonerará al CONTRATISTA de indemnizar los daños y perjuiciosque su eventual incumplimiento ocasione a EP PETROECUADOR.

10.8.- Las multas podrán ser apeladas ante la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios yConsultoría de EP PETROECUADOR, dentro del término de cinco (5) días de notificadas.Transcurrido este término sin que se apele, se entenderá que la multa adquiere firmeza y que el

CONTRATISTA acepta su imposición.

10.9.- El recurso se presentará por escrito y reunirá, en lo que resulte aplicable, los requisitos delArt. 153 del Reglamento General de la LOSNCP; de no cumplir con tales requisitos, EPPETROECUADOR podrá disponer que el CONTRATISTA le aclare o complete, en el término de tres(3) días. De no hacerlo en este lapso, no se dará trámite al recurso y se lo archivará. La resoluciónse dictará y notificará en el término de quince (15) días de interpuesto el recurso, no obstante,considerando los pronunciamientos de la Procuraduría General del Estado referentes al silencioadministrativo en el ámbito de los contratos administrativos, si se notificare en un lapso mayor, nose entenderá por este hecho, que el recurso se entienda aceptado. La resolución que tome la Jefede Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría, será definitiva y no será proclive de nuevo

recurso o reclamo administrativo.

Décimo Primera.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

A más de las obligaciones señaladas en las Condiciones Particulares del Pliego que son parte del

presente contrato, las siguientes:

11.1.- El CONTRATISTA se compromete a ejecutar el contrato derivado del procedimiento decontratación tramitado, sobre la base de los términos de referencia establecidos por EP

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20 1 4 O 86PETROECUADOR en el pliego que rigió la contratación y que fueron conocidos en la etapaprecontractual; así como en la oferta adjudicada y a lo establecido en la legislación ecuatorianaambiental, de seguridad industrial y salud ocupacional, seguridad social, laboral, etc., materia

relacionada con la ejecución del contrato.

11.2.- Durante la cumplimiento del contrato, mantener un solo canal de comunicación oficial conEP PETROECUADOR por intermedio del administrador del contrato y facilitarle toda la informacióny documentación que solicite, para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con laejecución del contrato, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y

de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos.

11.3.- Cumplir con el porcentaje mínimo de Valor Agregado Ecuatoriano ofertado.

11.4.- Cumplir las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del SeguroSocial Obligatorio, adquiriendo respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que EPPETROECUADOR tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal quelabore en la ejecución de los trabajos, ni con el personal de la subcontratista.

11.5.- No contratar a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la

ejecución contractual; y que, en caso que las autoridades del ramo determinaren o descubrieren talpráctica, se someterá y aceptará las sanciones que de aquella puedan derivarse, incluso laterminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentariaspertinentes.

11.6.- Entregar el Programa de Vigilancia de la Salud y el Informe de Cumplimiento respectivo aladministrador del contrato, cuando este lo requiera.

11.7.- A más de las obligaciones ya establecidas en el presente contrato y el pliego que es partedel mismo, el CONTRATISTA está obligado a cumplir con cualquier otra que se derive de lanaturaleza del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo oen norma legal específicamente aplicable.

Décimo Segunda.- OBLIGACIONES DE EP PETROECUADOR

12.1.- Designar un administrador del contrato y los supervisores necesarios, para el adecuadocontrol de su ejecución, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada unade las obligaciones derivadas del mismo, para lo que adoptará las acciones que sean necesariascon el fin de evitar retrasos injustificados.

12.2.- Por intermedio del administrador del contrato, adoptar las medidas necesarias para elnormal cumplimiento del contrato.

12.3.- Emitir la Solicitud de Trabajo para el servicio de mantenimiento de cada vehículo, por partedel supervisor correspondiente; la Solicitud de Trabajo debe ser numerada y estar debidamente

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2 0 1 4 0 8 6aprobada por el administrador del contrato para que el trabajo pueda realizarse.

12.4.- Poner en conocimiento del CONTRATISTA, con veinticuatro (24) horas de anticipación:cualquier cambio a la Solicitud de Trabajo y/o con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación: lasuspensión de la misma.

12.5.- Verificar que el servicio objeto del contrato, se realice de acuerdo a los requerimientostécnicos establecidos por EP PETROECUADOR en el pliego que rigió la contratación y a su enterasatisfacción.

12.6.- Realizar los pagos a favor del CONTRATISTA, de los valores facturados por los trabajosefectivamente realizados y recibidos a satisfacción por parte de la CONTRATANTE.

12.7.- Elaborar el Acta de Recepción Definitiva una vez finalizado el contrato.

Décimo Tercera.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO

13.1.- EP PETROECUADOR por intermedio de la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios yConsultoría, designará un(a) servidor(a) público(a) como administrador(a) y los supervisores delcontrato necesarios, para el adecuado control de la ejecución del contrato, quienes deberánatenerse a las condiciones generales y específicas del pliego que forma parte del presente contrato,la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y cualquierotra normativa interna de EP PETROECUADOR relativa a esta materia.

13.2.- El CONTRATISTA deberá canalizar y coordinar con el administrador(a) del contrato, todas ycada una de las obligaciones contractuales aquí convenidas.

13.3.- El administradora) del contrato, queda autorizado(a) para realizar las gestiones inherentes asu ejecución, incluyendo lo que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga deplazo parcial que puede hacer el CONTRATISTA; pero, la autorización de la prórroga que varíe elplazo total del contrato, le corresponderá a la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios yConsultoría de EP PETROECUADOR.

13.4.- El administrador(a) será el encargado(a) de velar por el cumplimiento de las normas legalesy compromisos contractuales por parte del CONTRATISTA. Adoptará las acciones que seannecesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.

13.5.- Las multas que imponga el administrador(a) del contrato al CONTRATISTA, deberán constarpor escrito, estar debidamente fundamentadas y notificadas a éste.

13.6.- El administrador(a) pondrá inmediatamente en conocimiento de la Jefe de Adquisiciones deObras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, el o los recursos que interponga elCONTRATISTA por las multas que se pudieran imponer, adjuntando un informe sustentando sobrelos hechos y argumentos esgrimidos por el CONTRATISTA.

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13.7.- El administrador(a) del contrato elaborará la orden de pago, la aprobará y la remitirá al árearespectiva para que se efectúe el pago al CONTRATISTA.

13.8.- El administrador(a) del contrato reportará a la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios yConsultoría de EP PETROECUADOR, sobre todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y decualquier naturaleza, que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.

13.9.- El administrador(a) emitirá el informe final del servicio recibido, previamente a la suscripcióndel acta de recepción definitiva y enviará una copia del acta en mención, al Departamento deAdquisición de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR.

13.10.- El administrador(a) del contrato formará parte de la comisión de entrega-recepcióndefinitiva y, suscribirá el acta respectiva, verificando que contengan los requisitos establecidos en elArt 124 del Reglamento General de la LOSNCP; esto es: los antecedentes, condiciones generalesde ejecución, condiciones operativas, liquidación económica, liquidación de plazos, constancia de larecepción, cumplimiento de las obligaciones contractuales, reajustes de precios pagados opendientes de pago y cualquier otra circunstancia que se estime necesaria.

13.11.- El administradora) emitirá su opinión debidamente sustentada a la Jefe de Adquisicionesde Obras, Servicios y Consultoría, sugiriendo o no, según la situación fáctica del caso, la terminaciónunilateral del contrato.

13.12.- El administrador del contrato deberá solicitar al CONTRATISTA, el Programa de Vigilanciade la Salud y el Informe de Cumplimiento respectivo, de acuerdo con lo requerido por el Gerente deSeguridad, Salud y Ambiente de EP PETROECUADOR en memorando N° 00678-SGER-SSSA-SSB-2013 de 20 de agosto de 2013.

13.13.- El administrador, incorporará en las actas de entrega-recepción, sean parciales odefinitivas, la declaración del CONTRATISTA respecto del cumplimiento del Valor AgregadoEcuatoriano propuesto y aceptado para el servicio prestado.

13.14.- El administrador del contrato deberá publicar en el Portal Institucional del SERCOP(www.compraspubiicas.gob.ee), toda la información relevante respecto de la ejecución del contrato.

Décimo Cuarta.- RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL SERVICIO

14.1.- Sin perjuicio de la verificación continua de la prestación del servicio que deberá efectuar eladministrador del contrato, ésta se realizará en el momento mismo de la recepción y si seencontrara que el servicio no es aceptable, se procederá a solicitar al CONTRATISTA que solucionelos inconvenientes. Una vez que el CONTRATISTA corrija tales inconvenientes, lo pondrá enconocimiento de EP PETROECUADOR, solicitando la recepción del servicio.

14.2.- EP PETROECUADOR luego de verificar si el servicio cumple las condiciones estipuladas enel contrato, procederá a suscribir el Acta de Recepción Definitiva del servicio, por intermedio de la

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CONTRATO

PETROECUFÍDOR

20 1 4 O 86comisión designada por la CONTRATANTE y quien represente al CONTRATISTA, en los términosprevistos en el Capítulo VI del Reglamento General a la LOSNCP "DE LAS RECEPCIONES YLIQUIDACIÓN'.

14.3.- Una vez que el CONTRATISTA notifique la solicitud de recepción definitiva, EPPETROECUADOR tendrá el término de diez (10) días para comunicar fundamentadamente sunegativa a suscribir el acta de entrega-recepción, por incumplimientos de las obligacionescontractuales asumidas por el CONTRATISTA, La negativa se notificará por escrito alCONTRATISTA y se dejará constancia que la misma fue practicada. En el caso que el

CONTRATISTA llegare a considerar que EP PETROECUADOR incurre en la situación descrita en elúltimo párrafo del Art. 81 de la LOSNCP y en el Art. 122 de su Reglamento General, secompromete a solicitar al juez o notario público, ante quien interponga su petición de recepciónde pleno derecho, que requiera a EP PETROECUADOR su pronunciamiento sobre el tema, dándolela oportunidad que demuestre si se negó o no a recibir el objeto del contrato. En el supuesto queno demuestre haberse negado a recibir, procederá la notificación de la recepción de plenoderecho, en caso contrario, no.

14.4.- El Acta de Recepción Definitiva deberá incluir una liquidación económica del contrato, que serealizará conforme los términos previstos en el Art. 125 del Reglamento General de la LOSNCP y serfirmada de inmediato por el CONTRATISTA y los integrantes de la Comisión designada por la Jefe deAdquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, acorde a lo previsto en elArt. 124 del Reglamento General de la LOSNCP.

14.5.- Los servidores públicos encargados de suscribir el acta de recepción definitiva del servicioobjeto de la contratación, serán civil, penal y administrativamente responsables de los datos queconsignen en ellas.

Décimo Quinta.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS

15.1.- Por causas justificadas, las Partes podrán firmar contratos complementarios, de conformidad

con lo establecido en los artículos 85, 86 y 87 de la LOSNCP y en el 144 de su Reglamento General.

15.2.- Si por causas imprevistas o técnicas, debidamente justificadas, fuere necesario ampliar,modificar o complementar el alcance de este contrato, EP PETROECUADOR podrá celebrar loscontratos complementarios que se requieran siempre que la suma total de los valores de dichoscontratos complementarios, no exceda del treinta y cinco por ciento (35%) del valor actualizado

del contrato principal a la fecha en que EP PETROECUADOR resuelva la realización del contratocomplementario.

15.3.- En todos los casos, en forma previa a la suscripción de los contratos complementarios, serequerirá la verificación presupuestaria correspondiente y, de ser el caso, el CONTRATISTA deberárendir garantías adicionales de conformidad con la LOSNCP.

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RE-015-EPP-OSC-2014CONTRATO

*Alpallana E8-86 y Av. 6 de Diciembre (esquina); Telf.: (593-02) 2563060 - 2560525; Casilla: 17-11-5007 /17-11-5008 Ecuador

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Décimo Sexta.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO

16.1.- Terminación del contrato: El contrato termina conforme lo previsto en el Art. 92 de laLOSNCP y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.

16.2.- Causales de Terminación unilateral del contrato: Tratándose de incumplimiento delCONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casosestablecidos en el Art. 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales:

a) Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión,enajenación de sus acciones, participaciones o en general de cualquier cambio en suestructura de propiedad, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que seprodujo tal modificación.

b) Si la CONTRATANTE en función de aplicar lo establecido en el Art. 78 de la LOSNCP, noautoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquierforma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de laasociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social delCONTRATISTA.

c) Si se verifica, por cualquier modo, que la participación ecuatoriana real en la provisión debienes o prestación de servicios objeto del contrato es inferior a la declarada.

d) Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el formulario de laoferta "Presentación y Compromiso".

e) En caso que EP PETROECUADOR encontrare que existe inconsistencia, simulación y/oinexactitud en la información presentada por contratista, en el procedimiento precontractual oen la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud seráncausales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidadcontratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de lasacciones judiciales a que hubiera lugar.

16.3.- Procedimiento de terminación unilateral: El procedimiento a seguirse para laterminación unilateral del contrato será el previsto en el Art. 95 de la LOSNCP.

16.4.- La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por lainterposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas,arbitrales o de cualquier tipo de parte del CONTRATISTA.

16.5.-Tampoco se admitirá acciones constitucionales contra las resoluciones de terminaciónunilateral del contrato, porque se tienen mecanismos de defensa, adecuados y eficaces paraproteger los derechos derivados de tales resoluciones, previstos en la Ley.

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CONTRATO

2 0 1 4 0 8 6Décimo Séptima.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

17.1.- En caso de suscitarse divergencias o controversias en la interpretación o ejecución delpresente contrato, las Partes tratarán de llegar a un acuerdo que solucione el problema en unplazo de treinta (30) días.

17.2.- Cuando las Partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar la mediación

para la solución de controversias, en el Centro de Mediación de la Procuraduría General delEstado.

17.3.- Si respecto de la divergencia o controversias suscitadas no existiera acuerdo alguno, lasPartes en cumplimiento de los establecido en el artículo 105 de la LOSNCP, aplicarán elprocedimiento prescrito en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante el TribunalDistrital de lo Contencioso Administrativo N° 1, que ejerce jurisdicción en el domicilio de laCONTRATANTE.

17.4.- La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, elCONTRATISTA renuncia a utilizar la vía diplomática o consular para todo reclamo relacionado coneste contrato. Si el CONTRATISTA incumpliere este compromiso, EP PETROECUADOR, podrá dar

por terminado unilateralmente el contrato.

Décimo Octava.- CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN

18.1.- El CONTRATISTA no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna, ni todo ni parte deeste contrato.

18.2.- El CONTRATISTA podrá subcontratar con terceros, registrados y habilitados en el RUP, partede sus prestaciones dentro del porcentaje permitido en el Art. 79 de la LOSNCP, previa laautorización de EP PETROECUADOR por intermedio de la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios yConsultoría, en observancia de lo dispuesto en el Art. 120 del Reglamento General de la LOSNCP.

18.3.- El CONTRATISTA será el único responsable ante EP PETROECUADOR, por los actos uomisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por elmismo.

Décimo Novena.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS

19.1.- Serán de cuenta del CONTRATISTA el pago de todos los tributos y gastos que cause lacelebración de este contrato y posterior ejecución del mismo.

19.2.- EP PETROECUADOR retendrá al CONTRATISTA, los impuestos que dispongan las leyestributarias, conforme la legislación tributaria vigente.

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CONTRATO

Alpallana E8-86 y Av. 6 de Diciembre (esquina): Telf.: (593-02) 2563060 - 2560525: Casilla: 17-11-5007 /17-11-5008 Ecuador

20 1 40 8619.3.- El CONTRATISTA declarará y pagará el Impuesto a la Renta de conformidad con laCodificación de la Ley de Régimen Tributario Interno, sus reglamentos y demás disposiciones quepara efecto dicte el Servicio de Rentas Internas.

19.4.- El CONTRATISTA actuará como agente de retención del impuesto del personal a su cargoque empleare directamente o indirectamente en la cabal ejecución del presente contrato.

Vigésima.- INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS

20.1.- Los términos del contrato deben interpretarse en su sentido literal y obvio, y solo cuandoéstos no hayan recogido la intención de los contratantes, se estará más a ella que a lo literal de laspalabras. En todo caso, su interpretación sigue las siguientes normas:

a) Cuando los términos se hallan en las leyes ecuatorianas, se estará a tal definición.

b) Si no están definidos en las leyes ecuatorianas, se estará a lo dispuesto en el contrato en susentido literal y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los

contratantes.

c) En su falta o insuficiencia, se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la

codificación del Código Civil "De la Interpretación de los Contratos".

20.2.- De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán lascláusulas del contrato. De existir contradicciones entre los documentos del contrato, será la Jefe

de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR quien determine laprevalencia de un texto, de conformidad con el objeto contractual.

Vigésimo Primera.- DOMICILIO Y COMUNICACIONES

21.1.- Para todos los efectos que se deriven del presente contrato, las Partes convienen en señalarsu domicilio en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano; renunciando el CONTRATISTA a cualquierfuero especial, que en razón del domicilio pueda tener.

21.2.- Para efectos de comunicación o notificaciones, las Partes señalan como su dirección, lassiguientes:

EP PETROECUADOR: Subgerencia de Servicios AdministrativosCalle Alpallana E8-51 y Av. 6 de Diciembre(Edif. El Rocío II, piso 1)Telf: 256-0525David. Ouinteros(a)eppetroecuador.ec

RUC: 1768153530001Quito-Ecuador

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CONTRATO

www.eppotroecuador.ee

F'ETROECUFiDOK

2 0 1 4 0 8 6CONTRATISTA: SUDACAM CÍA. LTDA.

Av. Interoceánica El-115 y Carvajal(Av. Oswaldo Guayasamín)Telf.: 237-7946 / 600-0621 / [email protected]: 1792380944001Quito-Ecuador

Vigésimo Segunda.- ACEPTACIÓN DE LAS PARTES

22.1.- Libre y voluntariamente, las Partes declaran su aceptación a todo lo convenido en el presentecontrato y se someten a sus estipulaciones.

22.2.- Para constancia de las declaraciones presentes y ratificándose en todo su contenido, lasPartes suscriben el presente contrato en tres (3) ejemplares de igual contenido y valor; en la ciudadde Quito San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a los 2 MAYO 20U

JEFE ADQUISICIONES ftcI; S^VCIOSY CONSULTORÍA (E) EP>E1TRQECUÁDOR

¡antiago Reyes A.ÍTE GENERAL

ÍACAM CÍA. LTDA.

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CONTRATO

Alpallana E8-86 y Av. 6 de Diciembre (esquina): Telf.: (593-02) 2563060 - 2560525; Casilla: 17-11-5007 /17-11-5008 Ecuador