Contrato u Orden de Compra o de Servicio

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Contrato u Orden de Compra o de Serv

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FONDO TALO PERUANO

FONDO TALO PERUANO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE BALSAPUERTO

CONVENIO DE FINANCIAMIENTO N 009-2004-FIPPROYECTO: MEJORAMIENTO DE GANADO DE DOBLE PROPSITO EN EL DISTRITO DE BALSAPUERTO

CONTRATO N -2006-MDB-AADQUISICION, CUARENTENA Y TRASLADO DE SEMOVIENTESConste por el presente documento, EL CONTRATO PARA LA ADQUISICIN, CUARENTENA Y TRASLADO DE SEMOVIENTES, que celebran de una parte la Municipalidad Distrital de Balsapuerto, con RUC N 20220541801, con domicilio legal en Plaza de Armas S/N - Balsapuerto, debidamente representado por su Alcalde don Nazario Luis Pea Panduro, identificado con DNI N 05582374 a quien en adelante se le denominar La Municipalidad, quien interviene en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N 27972; y de la otra parte Consorcio ROSITA, debidamente representado por la Sra. Rosa Clotilde REATEGUI DIAZ, identificada con DNI N 01148857, RUC N 20450145760, domiciliada en Jr. Jos Riera N 123 - Yurimaguas, a quien en adelante se le denominar El Contratista, en los trminos y condiciones siguientes:CLAUSULA PRIMERA: Base Legal

El presente contrato se regula por las disposiciones contenidas en el TUO de la ley 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. 083-2004-PCM, y su Reglamento aprobado mediante D.S. 084-2004-PCM; el Cdigo Civil en cuanto a la naturaleza civil del presente contrato (suministro de bienes), as como de manera supletoria en todo cuanto corresponda, que las partes declaran conocer, as como las Bases Integradas de la Licitacin Pblica N 001-2006-MDB/CEA para el proyecto Mejoramiento de ganado de doble propsito en el distrito de Balsapuerto (en adelante PMGDP).CLAUSULA SEGUNDA: Antecedentes

La Municipalidad es una institucin de derecho pblico y autnomo en su rgimen econmico y administrativo, conforme a la Ley Orgnica de Municipalidades vigente ley 27972, y tiene como finalidad buscar y ejecutar acciones que tiendan al mejoramiento de las condiciones y calidad de vida de los habitantes de su jurisdiccin. En tal sentido esta Municipalidad Distrital de Balsapuerto, ha suscrito convenio de Financiamiento No Reembolsable para Proyectos de Desarrollo CF-009-2004-FIP con el Fondo talo Peruano, a fin de que se ejecute el PMGDP. Habindose llevado a cabo el correspondiente proceso de seleccin Licitacin Pblica N 001-2006-MDB/CEA, el da 25 de Abril del 2006, se presentaron los siguientes postores: - Marcial LEVEAU SAAVEDRA (Granja Avcola La Florida - Consorcio)- MINI MARKET CARNICERIA ROSITA (Consorcio Rosita)De los dos postores, se otorga la Buena Pro para la Adquisicin, Cuarentena y Traslado de Semovientes, para el proyecto Mejoramiento de ganado de doble propsito en el distrito de Balsapuerto, a la Sra Rosa Clotilde REATEGUI DIAZ, representante de Mini Market Carnicera Rosita, quien se present en Consorcio con el seor Segundo Elas LIZARRAGA BLAS, representante de Transportes MILLER, y la Sra Mara Teresa CAM SILVA, representante de MAYTE EXPRESS. por cumplir con todos los requisitos exigidos en las Bases del PMGDP y haber obtenido el mayor puntaje total, debindose por tanto, suscribir el presente contrato de conformidad con los artculos 36, 41 de la Ley y artculo 196, 198, 200, 201, 203 Y 206 del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.CLAUSULA TERCERA: Objeto del contrato, caractersticas, plazo y lugar de entrega del bien o servicio

El objeto del contrato, caractersticas, plazo y lugar de entrega del bien o servicio, se define por relacin de tems, de acuerdo a las Bases Integradas y las propuestas del Contratista:

ITEM 1: ADQUISICIN DE SEMOVIENTES

El objeto del presente contrato, para este tem, es proveer por parte del Contratista, 500 semovientes (450 vaquillas y 50 toros) para el proyecto de Mejoramiento ganado de doble propsito en el distrito de Balsapuerto ejecutado por La Municipalidad

Las caractersticas del bien estn establecidas en las Bases y el expediente de Especificaciones Tcnicas, el plazo de entrega del bien se encuentra en la propuesta del Contratista, que forma parte de este contrato.

ITEM 2: CUARENTENA

El objeto del presente contrato, para este tem, es proveer por parte del Contratista, el servicio de cuarentena para 500 semovientes (450 vaquillas y 50 toros) del proyecto de Mejoramiento ganado de doble propsito en el distrito de Balsapuerto ejecutado por La Municipalidad.

Las caractersticas y condiciones del servicio estn establecidas en las Bases y el expediente de Especificaciones Tcnicas, as como la propuesta del Contratista que forman parte de este contrato.

ITEM 3: TRASLADO DE SEMOVIENTES

El objeto del presente contrato, para este tem, es proveer por parte del Contratado, el servicio de traslado para 500 semovientes (450 vaquillas y 50 toros) del proyecto de Mejoramiento ganado de doble propsito en el distrito de Balsapuerto ejecutado por La Municipalidad, desde el lugar de adquisicin hasta las instalaciones de la cuarentena, va terrestre en camiones, y posteriormente hacia las comunidades beneficiarias, va fluvial en botes motor peque peque.

Las caractersticas y condiciones del servicio estn establecidas en las Bases y el expediente de Especificaciones Tcnicas, que forman parte de este contrato, as como la Propuesta del Contratista.CLAUSULA CUARTA: Del Plazo de EjecucinEl presente contrato tendr un plazo de ejecucin de 40 das calendario para la adquisicin de Semovientes, de la firma del contrato, 13 das de cuarentena en Tarapoto y 13 das de cuarentena en la zona de intervencin del proyecto (Centro Poblado Menor de Munichis) y 15 das calendarios para el traslado de los semovientes a las comunidades beneficiarias. Si por causas ajenas al Contratista el plazo de ejecucin se viera afectado sea por caso fortuito o fuerza mayor ste podr solicitar ampliacin de plazo de acuerdo al Art. 232 del Reglamento.CLAUSULA QUINTA: Presentacin de declaracin jurada de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

Las partes contratantes expresan que previamente a la firma del presente contrato, el postor ganador de la Buena Pro, ha cumplido con presentar a La Municipalidad una Constancia de No Estar Inhabilitado para Contratar con el Estado, emitido por CONSUCODE por cada uno de los Consorciados.CLAUSULA SEXTA: Obligaciones de El Contratista

Mediante el presente acto jurdico La Municipalidad contrata a El Contratista y ste acepta y se obliga a entregar el bien definido en las Bases del proceso de seleccin.

El Contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir con las obligaciones derivadas del mismo, bajo sancin de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.CLAUSULA SEPTIMA: Obligaciones de La Municipalidad

La Municipalidad, deber regir el presente contrato, teniendo las siguientes obligaciones:

a) Recepcionar el bien o servicio entregado por El Contratado.

b) Abonar a El Contratado el pago por el monto pactado.CLAUSULA OCTAVA: Monto del Contrato por tems

El monto del Contrato por tems es el siguiente:

ITEM 1: Adquisicin de Semovientes, el monto es de QUINIENTOS TRENTIUN MIL SETENTICINCO Y 00 /100 Nuevos Soles (S/. 531,075.00)ITEM 2: Cuarentena, el monto es de CIENTO CUARENTICINCO MIL SETECIENTOS Y 00/100 Nuevos Soles (S/. 145,700.00)ITEM 3: Traslado de Semovientes, el monto es de CIENTO SETENTISEIS MIL QUINIENTOS Y 00/100 Nuevos Soles (S/. 176,500.00)CLUSULA NOVENA: De la entrega del bien y de la prestacin de los servicios

Para efectos de entrega de los 500 semovientes y de la prestacin de los servicios de cuarentena y traslado, objeto del contrato, EL CONTRATISTA est obligado a efectuarlos en la fecha y el tiempo indicados en la propuesta presentada.

CLUSULA DCIMA: De los pagos

Los pagos se efectuarn de acuerdo a la propuesta presentada por el postor, contra entrega del producto objeto del contrato y en concordancia con la calendarizacion y/o desembolsos que percibe "La Municipalidad".CLAUSULA DCIMO PRIMERA: Fuente de Financiamiento

El egreso que origine el presente contrato, ser cubierto con cargo al Fondo Italo Peruano y la Municipalidad Distrital de Balsapuerto.CLAUSULA DCIMO SEGUNDA: Garantas

Para efectos del cumplimiento del presente contrato y acorde con lo establecido por la Ley y el Reglamento, se aplicar en lo que compete al proceso, lo establecido de acuerdo al Art. 40 de la Ley y Art. 213 como alternativa, autorizando la retencin del 10% del monto del contrato como garanta de fiel cumplimiento; durante el nmero de pagos que realizar, con cargo a ser devuelto a El Contratista, al finalizar el contrato y a lo establecido en la Ley N 28015 Ley de Promocin y Formalizacin de la Micro y Pequea Empresa.CLAUSULA DCIMO TERCERA: De la resolucin del contrato

Son causales de resolucin del Contrato las siguientes: El incumplimiento de cualquiera de las clusulas integrantes del contrato por El Contratista.La cancelacin del contrato por La Municipalidad por caso fortuito, fuerza mayor u otros motivos, sin responsabilidad alguna para las partes.

a) El incumplimiento del contrato por causas imputables a El Contratista.

b) Por restriccin presupuestal reservndose el derecho.

c) La resolucin unilateral de cualquiera de las partes, debe ser notificada a la otra parte por escrito con cinco (05) das de anticipacin al domicilio indicado en la introduccin del presente contrato.CLAUSULA DECIMO CUARTA: Calidad del Bien y las Prestaciones del ServicioLa entrega de algn bien de mala calidad que no cumpla las especificaciones tcnicas establecidas en las Bases Integradas motivar su devolucin y reposicin dentro de las 48 horas siguientes, caso contrario se resolver el contrato y el retiro del Contratista de la Municipalidad, adems de las acciones legales pertinentes.

El control de la calidad de las prestaciones del servicio de cuarentena y traslado de los semovientes y cualquier otro relacionado con el estado ptimo de calidad ser de responsabilidad de la Municipalidad debiendo realizar las reformas correspondientes a fin de que el Contratista cumpla con su propuesta. CLAUSULA DCIMO QUINTA: Disposiciones complementarias

El presente contrato no generar vnculo laboral entre La Municipalidad y El Contratista, dada la naturaleza civil de este. Cualquier eventualidad no prevista en este contrato, ser absuelta en coordinacin entre ambas partes y ser materia de un documento ampliatorio anexado a este documento.

El Contratista, de conformidad al presente contrato de suministro de bienes, ser enteramente responsable de las obligaciones tributarias que pudieran derivarse del presente contrato. La Municipalidad actuar exclusivamente como agente de retencin efectuando los descuentos legales correspondientes segn lo establecido en la legislacin vigente, para lo cual exigir la factura como condicin de pago correspondiente.

El presente contrato de Suministro de Bienes y prestaciones de servicios se sujetar, para todos sus efectos, a las Disposiciones Legales pertinentes de la Ley, su Reglamento, Modificatorias, Normas Complementarias y Conexas en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.CLAUSULA DECIMO SEXTA: Solucin de controversias

Las partes y en sujecin a la ley de la materia, acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja desde la celebracin del presente contrato o se relacione con la ejecucin y/o interpretacin de este, ser resuelto de manera definitiva mediante la aplicacin del D.S. 083-2004-PCM, y el D.S. 084-2004-PCM.

En caso de iniciarse acciones legales ante el Poder Judicial, las Partes sealan expresamente que se someten solamente a los Jueces de la ciudad de Yurimaguas.

Se suscriben tres (03) ejemplares de un mismo tenor, en la ciudad de Yurimaguas a los diecisis das del mes de Mayo del 2006.

LA MUNICIPALIDAD EL CONTRATISTA