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 GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA DIRECCIÓN JURÍDICA CONTRATO Nro. 750-DJ-2.011 CONTRATO DE SERVICIOS PROFES IONA LES QUE SE CELEBRA ENTRE EL GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA Y LA ING. MARÍA GABRIELA GUILLÉN CEVALLOS. PRIMERA.- COMPARECIENTES: Intervienen en la suscripción del presente contrato de servicios profesionales , por una par te el Gobierno Pr ovincial de Loja , le gal mente representado por el señor Ing. Rubén Bustamante Mon teros , Pre fec to Provincial de Lo ja ; y po r otr a, la ING. MARÍA GABRIELA GUILLÉN CEVALLOS. que en lo posterior se la denominará simplemente la contratada, co nvienen en celebrar el pres ente co nt rato, al tenor de las si guientes cláusulas: SEGUNDA.- ANTECEDENTES: Co n memorando Nro. 710-CGPDT- 2011, de fecha 08 de ago sto del 2011, suscrito por el Ingeniero Iván Lituma Añazco, Coordinador de Gobernabilidad Planificación y Desarrollo Territorial solicita al Ingeniero: Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja, se digne autorizar la contratación de los Ingeniera Mar ía Gabriela Guillén Ce val los , a tr avés  de la modalidad de Servicios Profesionales. Con memorando Nro. 1112-CGPDT-2011, de fecha 27 de octubre del 2011, suscrito por el Ingeniero Iván Lituma Añazco, Coordinador de Gobernabilidad Planificación y Desarrollo Territorial solicita al Ingeniero: Dr. Gustavo Ortíz H. Coordinador de la Unidad de la UARHR, que conforme a la autorización emitida por el Ing. Rubén Bustama nte Mont eros, Prefecto Provi ncial de Loja, se digne realizar los trámites necesarios para la contratación de la Ingeniera María Gabriela Guillén Cevallos, a través de la modalidad de Servicios Profesionales. El Dr. Gustavo Or z Hidal go, Coordinador de la Unidad Administrativa de Recursos Humanos, mediante memorandos Nro. 3529-UARH-2011, de fecha 31 de octubre de 2011, dirigidos al Ing. Hugo Piedra Piedra, Director Financiero de la En ti dad Pr ovincial, solici ta partida presupuestaria para la presente contratación. Con fecha, 07 de noviembre del 2011 se emite Certificación Presupuestaria No. 1090, con código 21.00.001.004.750199.1.100.001.0000.0000. denominada “Otras Obras de Infraestructura”.

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GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJADIRECCIÓN JURÍDICA

CONTRATO Nro. 750-DJ-2.011

CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE SECELEBRA ENTRE EL GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA Y LAING. MARÍA GABRIELA GUILLÉN CEVALLOS.

PRIMERA.- COMPARECIENTES:Intervienen en la suscripción del presente contrato de serviciosprofesionales, por una parte el Gobierno Provincial de Loja, legalmenterepresentado por el señor Ing. Rubén Bustamante Monteros, PrefectoProvincial de Loja; y por otra, la ING. MARÍA GABRIELA GUILLÉNCEVALLOS. que en lo posterior se la denominará simplemente la contratada,convienen en celebrar el presente contrato, al tenor de las siguientescláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES:Con memorando Nro. 710-CGPDT-2011, de fecha 08 de agosto del 2011,suscrito por el Ingeniero Iván Lituma Añazco, Coordinador de GobernabilidadPlanificación y Desarrollo Territorial solicita al Ingeniero: Rubén BustamanteMonteros, Prefecto Provincial de Loja, se digne autorizar la contratación de los

Ingeniera María Gabriela Guillén Cevallos,  a través  de la modalidad deServicios Profesionales.

Con memorando Nro. 1112-CGPDT-2011, de fecha 27 de octubre del 2011,suscrito por el Ingeniero Iván Lituma Añazco, Coordinador de GobernabilidadPlanificación y Desarrollo Territorial solicita al Ingeniero: Dr. Gustavo Ortíz H.Coordinador de la Unidad de la UARHR, que conforme a la autorización emitidapor el Ing. Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja, se dignerealizar los trámites necesarios para la contratación de la Ingeniera MaríaGabriela Guillén Cevallos, a través de la modalidad de Servicios Profesionales.

El Dr. Gustavo Ortíz Hidalgo, Coordinador de la Unidad Administrativa deRecursos Humanos, mediante memorandos Nro. 3529-UARH-2011, de fecha 31de octubre de 2011, dirigidos al Ing. Hugo Piedra Piedra, Director Financiero dela Entidad Provincial, solicita partida presupuestaria para la presentecontratación.

Con fecha, 07 de noviembre del 2011 se emite Certificación Presupuestaria No.1090, con código 21.00.001.004.750199.1.100.001.0000.0000. denominada“Otras Obras de Infraestructura”.

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Mediante Memorando No. 3657-UARH-2011, de fecha 08 de noviembre del2011, El Doctor Gustavo Ortíz Hidalgo Coordinador de la UARH, emite al DoctorAntonio Mora Serrano, Procurador Sindico de la Institución, Informe favorablepara la contratación por servicio profesionales de la Ingeniera María Gabriela

Guillén Cevallos. TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:Forman parte de este contrato: memorandos del señor Coordinador deGobernabilidad Planificación y Desarrollo Territorial, solicitando al señorPrefecto autorización para la presente contratación; el informe favorable delseñor Coordinador de Recursos Humanos, certificación del Director Financierosobre la disponibilidad presupuestaria y solicitud de Coordinador de RecursosHumanos enviando informe técnico favorable para la contratación del personal

CUARTA.- OBJETO:

Con todos los antecedentes expuestos, el Gobierno Provincial de Loja, porintermedio de sus representantes legales, de conformidad a la Ley Orgánica deServicio Público y su Reglamento, contrata los Servicios Lícitos yProfesionales de la ING. MARÍA GABRIELA GUILLÉN CEVALLOS, para quelabore en calidad de “Técnico, en sistemas de Información y Geográfica para elmapeo de los Sistemas Ambientales (conforme numeral 4 de términos dereferencia)”, bajo la supervisión de Coordinador de GobernabilidadPlanificación y Desarrollo Territorial. El horario de trabajo será de conformidadcon las disposiciones de la Entidad Provincial. El contratado no tiene relaciónde dependencia, sin que pueda operar la estabilidad laboral administrativa.

QUINTA.- PLAZO:El plazo del presente contrato es a partir del 01 de octubre del 2011, al 31 dediciembre del 2011.

SEXTA.- HONORARIOS:El Gobierno Provincial de Loja, se compromete a pagar a la ING. MARÍAGABRIELA GUILLÉN CEVALLOS. por la actividad que es objeto del contrato,la cantidad de NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO, 00/100 DÓLARES AMERICANOS($ 935,00), en calidad de HONORARIOS PROFESIONALES mensuales. Estosvalores se aplicarán a la partida presupuestaria Nro.-21.00.001.004.750199.1.100.001.0000.0000. Denominada: “Otras Obras de

Infraestructura”., conforme consta de la certificación financiera Nro. 1090-DF-07 de noviembre del 2011.

SÉPTIMA.- ACLARACIÓN:La ING. MARÍA GABRIELA GUILLÉN CEVALLOS. no tendrá derecho a uso ygoce de vacaciones anuales y/o mensuales, como tampoco al pago de aporte alSeguro Social. El contratado entregará a la Coordinación Institucional Técnica,un informe mensual sobre las actividades realizadas de conformidad a lostérminos de referencia para la prestación de servicios profesionales.

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Además se procederá al cobro del Timbre Provincial de conformidad a laOrdenanza.

OCTAVA.- DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO:

El Gobierno Provincial de Loja, podrá dar por terminado el contrato, encualquier momento, durante el decurso del plazo estipulado, sin que tengaderecho a indemnización por el tiempo que falte por concluir el plazo, en estecaso se pagará la remuneración en proporción a los días trabajados, para locual se notificará al contratado, por intermedio del señor Prefecto Provincial deLoja.

Así mismo este contrato terminará automáticamente a la fecha delvencimiento del plazo, sin que sea necesario notificación o solemnidadprevista.

 También puede terminar por las siguientes razones:1. Incumplimiento grave comprobado a las obligaciones contractuales2. Negligencia o inobservancia a las disposiciones superiores3. Falta de presentación oportuna de los informes que se soliciten.4. Abandono injustificado del trabajo por más de tres días consecutivos; y,5. Por renuncia voluntaria del contratado.6. Por terminación unilateral del contrato por parte de la autoridad nominadora,sin que fuere necesario otro requisito previo;

NOVENA.- CONTROVERSIAS:Cualquier controversia que se suscitare por efectos de la celebración del

presente contrato, las partes se someterán a los Jueces competentes delcantón Loja, al juicio verbal sumario, renunciando fuero y domicilio preferente.

Los comparecientes de consuno, aceptan en todas las partes las estipulacionesconstantes en este instrumento y a las cuales se someterán estrictamente.

Para constancia de lo estipulado en el presente contrato, las partes firman enla ciudad de Loja, once de noviembre del dos mil once.

Ing. Rubén Bustamante MonterosPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA

Ing. María Gabriela Guillén Cevallos,CONTRATADA.

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GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJADIRECCIÓN JURÍDICA

CONTRATO Nro. 737-DJ-2.011

CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE SECELEBRA ENTRE EL GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA Y ELING. GUSTAVO ALEXANDER JARAMILLO LOAIZA.

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PRIMERA.- COMPARECIENTES:

Intervienen en la suscripción del presente contrato de serviciosprofesionales, por una parte el Gobierno Provincial de Loja, legalmente

representado por el señor Ing. Rubén Bustamante Monteros, PrefectoProvincial de Loja; y por otra, el Ing. GUSTAVO ALEXANDER JARAMILLOLOAIZA.  que en lo posterior se lo  denominará simplemente  el contratado,convienen en celebrar el presente contrato, al tenor de las siguientescláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

Con memorando Nro. 710-CGPDT-2011, de fecha 08 de agosto del 2011,suscrito por el Ingeniero Iván Lituma Añazco, Coordinador de Gobernabilidad

Planificación y Desarrollo Territorial solicita al Ingeniero: Rubén BustamanteMonteros, Prefecto Provincial de Loja, se digne autorizar la contratación de losIngenieros. Dominguez Moreno Maritza Lorena, Cárdenas Mateus FredyLeonardo y Jaramillo Loaiza Gustavo Alexander, a través de la modalidad deServicios Profesionales.

El Dr. Gustavo Ortíz Hidalgo, Coordinador de la Unidad Administrativa deRecursos Humanos, mediante memorandos Nro. 3233-UARH-2011, de fecha 29de septiembre de 2011, dirigidos al Ing. Hugo Piedra Piedra, Director Financierode la Entidad Provincial, solicita partida presupuestaria para la presentecontratación.

Mediante Memorando No. 988-CGPDT-2011, de fecha 26 de agosto del 2011.suscrito por Ingeniero Iván Lituma Añazco, Coordinador de GobernabilidadPlanificación y Desarrollo Territorial, mediante el cual solicita al señor PrefectoProvincial se autorice la ejecución de los PD y OT.

Mediante Memorando No. 1064-CGPDT-2011, de fecha 12 de octubre del 2011.suscrito por Ingeniero Iván Lituma Añazco, Coordinador de GobernabilidadPlanificación y Desarrollo Territorial, mediante el cual se tiene previsto lacontratación de personal por servicios profesionales, cuyo gasto de 14. 960.00se cargará a la partida del plan de Desarrollo Provincial y Ordenamiento

 Territorial, Actividad Nro. 004, código 75199, lo que comunico a fin de quecontinué con el trámite pertinente para dichas contrataciones. El Dr. Gustavo Ortíz Hidalgo, Coordinador de la Unidad Administrativa deRecursos Humanos, mediante memorandos Nro. 3400-UARH-2011, de fecha 17de octubre de 2011, dirigidos al Ing. Hugo Piedra Piedra, Director Financiero dela Entidad Provincial, en el cual manifiesta que la contratación de personal porservicios profesionales se cargará a la partida del Plan de Desarrollo Provincialy Ordenamiento Territorial Actividad Nro. 004, código 750199.

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Con fecha, nueve de agosto del 2011 se emite Certificación Presupuestaria No.1040, con código 21.00.001.004.750199.1.100.001.0000.0000. denominada“Otras Obras de Infraestructura”.

Mediante Memorando No. 3485-UARH-2011, de fecha 25 de octubre del 2011,El Doctor Gustavo Ortíz Hidalgo Coordinador de la UARH, emite al Doctor PauloCarrión Jumbo, Procurador Sindico de la Institución, encargado, Informefavorable para la contratación por servicio profesionales de los IngenierosDominguez Moreno Maritza Lorena, Cárdenas Mateus Fredy Leonardo y Jaramillo Loaiza Gustavo Alexander. TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

Forman parte de este contrato: memorandos del señor Coordinador deGobernabilidad Planificación y Desarrollo Territorial, solicitando al señor

Prefecto autorización para la presente contratación; el informe favorable delseñor Coordinador de Recursos Humanos, certificación del Director Financierosobre la disponibilidad presupuestaria y solicitud de Coordinador de RecursosHumanos enviando informe técnico favorable para la contratación del personal

CUARTA.- OBJETO:

Con todos los antecedentes expuestos, el Gobierno Provincial de Loja, porintermedio de sus representantes legales, de conformidad a la Ley Orgánica deServicio Público y su Reglamento, contrata los Servicios Lícitos yProfesionales del Ing. GUSTAVO ALEXANDER JARAMILLO LOAIZA, para

que labore en calidad de “Técnico, para la adaptación del POMD al PlanProvincial, Ingeniero Ambiental (conforme numeral 4 de términos dereferencia)”, bajo la supervisión de Coordinador de GobernabilidadPlanificación y Desarrollo Territorial. El horario de trabajo será de conformidadcon las disposiciones de la Entidad Provincial. El contratado no tiene relaciónde dependencia, sin que pueda operar la estabilidad administrativa.

QUINTA.- PLAZO:

El plazo del presente contrato es a partir del 18 de Julio del 2011, al 31 dediciembre del 2011.

SEXTA.- HONORARIOS:

El Gobierno Provincial de Loja, se compromete a pagar al Ing. GUSTAVOALEXANDER JARAMILLO LOAIZA por la actividad que es objeto del contrato,la cantidad de NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO, 00/100 DÓLARES AMERICANOS($ 935,00), en calidad de HONORARIOS PROFESIONALES mensuales. Estosvalores se aplicarán a la partida presupuestaria Nro.-21.00.001.004.750199.1.100.001.0000.0000. Denominada: “Otras Obras de

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Infraestructura”., conforme consta de la certificación financiera Nro. 1040-DF-25 de octubre del 2011.

SÉPTIMA.- ACLARACIÓN:

El Ing. GUSTAVO ALEXANDER JARAMILLO LOAIZA, no tendrá derecho a usoy goce de vacaciones anuales y/o mensuales, como tampoco al pago de aporteal Seguro Social. El contratado entregará a la Coordinación Institucional Técnica, un informe mensual sobre las actividades realizadas de conformidad alos términos de referencia para la prestación de servicios profesionales.

Además se procederá al cobro del Timbre Provincial de conformidad a laOrdenanza.

OCTAVA.- DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO:

El Gobierno Provincial de Loja, podrá dar por terminado el contrato, encualquier momento, durante el decurso del plazo estipulado, sin que tengaderecho a indemnización por el tiempo que falte por concluir el plazo, en estecaso se pagará la remuneración en proporción a los días trabajados, para locual se notificará al contratado, por intermedio del señor Prefecto Provincial deLoja.

Así mismo este contrato terminará automáticamente a la fecha delvencimiento del plazo, sin que sea necesario notificación o solemnidadprevista.

 También puede terminar por las siguientes razones:

1. Incumplimiento grave comprobado a las obligaciones contractuales2. Negligencia o inobservancia a las disposiciones superiores3. Falta de presentación oportuna de los informes que se soliciten.4. Abandono injustificado del trabajo por más de tres días consecutivos; y,5. Por renuncia voluntaria del contratado.6. Por terminación unilateral del contrato por parte de la autoridad nominadora,sin que fuere necesario otro requisito previo;

NOVENA.- CONTROVERSIAS:

Cualquier controversia que se suscitare por efectos de la celebración delpresente contrato, las partes se someterán a los Jueces competentes delcantón Loja, al juicio verbal sumario, renunciando fuero y domicilio preferente.

Los comparecientes de consuno, aceptan en todas las partes las estipulacionesconstantes en este instrumento y a las cuales se someterán estrictamente.

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Para constancia de lo estipulado en el presente contrato, las partes firman enla ciudad de Loja, veintiocho de octubre del dos mil once.

Ing. Rubén Bustamante MonterosPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA

Ing. Gustavo Alexander Jaramillo Loaiza.CONTRATADO.

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GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJADIRECCIÓN JURÍDICA

CONTRATO Nro. 736-DJ-2.011

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CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE SECELEBRA ENTRE EL GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA Y ELING. FREDY LEONARDO CARDENAS MATEUS.

PRIMERA.- COMPARECIENTES:

Intervienen en la suscripción del presente contrato de serviciosprofesionales, por una parte el Gobierno Provincial de Loja, legalmenterepresentado por el señor Ing. Rubén Bustamante Monteros, PrefectoProvincial de Loja; y por otra, el Ing. FREDY LEONARDO CARDENASMATEUS, que en lo posterior se lo  denominará simplemente  el contratado,convienen en celebrar el presente contrato, al tenor de las siguientescláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

Con memorando Nro. 710-CGPDT-2011, de fecha 08 de agosto del 2011,sucrito por el Ingeniero Iván Lituma Añazco, Coordinador de GobernabilidadPlanificación y Desarrollo Territorial solicita al Ingeniero: Rubén BustamanteMonteros, Prefecto Provincial de Loja, se digne autorizar la contratación de losIngenieros. Dominguez Moreno Maritza Lorena, Cárdenas Mateus FredyLeonardo y Jaramillo Loaiza Gustavo Alexander, a través de la modalidad deServicios Profesionales, a partir del mes de agosto a diciembre del 2011.

El Dr. Gustavo Ortíz Hidalgo, Coordinador de la Unidad Administrativa deRecursos Humanos, mediante memorandos Nro. 3233-UARH-2011, de fecha 29de septiembre de 2011, dirigidos al Ing. Hugo Piedra Piedra, Director Financierode la Entidad Provincial, solicita partida presupuestaria para la presentecontratación.

Mediante Memorando No. 988-CGPDT-2011, de fecha 26 de agosto del 2011.suscrito por Ingeniero Iván Lituma Añazco, Coordinador de GobernabilidadPlanificación y Desarrollo Territorial, mediante el cual solicita al señor PrefectoProvincial se autorice la ejecución de los PD y OT.

Mediante Memorando No. 1064-CGPDT-2011, de fecha 12 de octubre del 2011.suscrito por Ingeniero Iván Lituma Añazco, Coordinador de GobernabilidadPlanificación y Desarrollo Territorial, mediante el cual se tiene previsto lacontratación de personal por servicios profesionales, cuyo gasto de 14. 960.00se cargará a la partida del plan de Desarrollo Provincial y Ordenamiento Territorial, Actividad Nro. 004, código 75199, lo que comunico a fin de quecontinué con el trámite pertinente para dichas contrataciones. 

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El Dr. Gustavo Ortíz Hidalgo, Coordinador de la Unidad Administrativa deRecursos Humanos, mediante memorandos Nro. 3400-UARH-2011, de fecha 17de octubre de 2011, dirigidos al Ing. Hugo Piedra Piedra, Director Financiero dela Entidad Provincial, en el cual manifiesta que la contratación de personal porservicios profesionales se cargará a la partida del Plan de Desarrollo Provincial

y Ordenamiento Territorial Actividad Nro. 004, código 750199.Con fecha, nueve de agosto del 2011 se emite Certificación Presupuestaria No.1040, con código 21.00.001.004.750199.1.100.001.0000.0000. denominada“Otras Obras de Infraestructura”.

Mediante Memorando No. 3485-UARH-2011, de fecha 25 de octubre del 2011,El Doctor Gustavo Ortíz Hidalgo Coordinador de la UARH, emite al Doctor PauloCarrión Jumbo, Procurador Sindico de la Institución, encargado, Informefavorable para la contratación por servicio profesionales de los IngenierosDominguez Moreno Maritza Lorena, Cárdenas Mateus Fredy Leonardo y

 Jaramillo Loaiza Gustavo Alexander. TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

Forman parte de este contrato: memorandos del señor Coordinador deGobernabilidad Planificación y Desarrollo Territorial, solicitando al señorPrefecto autorización para la presente contratación; el informe favorable delseñor Coordinador de Recursos Humanos, certificación del Director Financierosobre la disponibilidad presupuestaria y solicitud de Coordinador de RecursosHumanos enviando informe técnico favorable para la contratación del personal

CUARTA.- OBJETO:

Con todos los antecedentes expuestos, el Gobierno Provincial de Loja, porintermedio de sus representantes legales, de conformidad a la Ley Orgánica deServicio Público y su Reglamento, contrata los Servicios Lícitos yProfesionales del Ing. FREDY LEONARDO CARDENAS MATEUS, para quelabore en calidad de “Técnico, para la elaboración del Sistema Información eIndicadores Territoriales, Ingeniero Informático (conforme numeral 4 detérminos de referencia)”, bajo la supervisión de Coordinador de GobernabilidadPlanificación y Desarrollo Territorial. El horario de trabajo será de conformidadcon las disposiciones de la Entidad Provincial. El contratado no tiene relación

de dependencia, sin que pueda operar la estabilidad administrativa.

QUINTA.- PLAZO:

El plazo del presente contrato es a partir del 01 de agosto del 2011, al 31 dediciembre del 2011.

SEXTA.- HONORARIOS:

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El Gobierno Provincial de Loja, se compromete a pagar al Ing. FREDY LEONARDO CARDENAS MATEUS, por la actividad que es objeto del contrato,la cantidad de NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO, 00/100 DÓLARES AMERICANOS($ 935,00), en calidad de HONORARIOS PROFESIONALES mensuales. Estosvalores se aplicarán a la partida presupuestaria Nro.-

21.00.001.004.750199.1.100.001.0000.0000. Denominada: “Otras Obras deInfraestructura”., conforme consta de la certificación financiera Nro. 1040-DF-25 de octubre del 2011.

SÉPTIMA.- ACLARACIÓN:

El Ing. FREDY LEONARDO CARDENAS MATEUS, no tendrá derecho a uso ygoce de vacaciones anuales y/o mensuales, como tampoco al pago de aporte alSeguro Social. El contratado entregará a la Coordinación Institucional Técnica,un informe mensual sobre las actividades realizadas de conformidad a lostérminos de referencia para la prestación de servicios profesionales.

Además se procederá al cobro del Timbre Provincial de conformidad a laOrdenanza.

OCTAVA.- DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO:

El Gobierno Provincial de Loja, podrá dar por terminado el contrato, encualquier momento, durante el decurso del plazo estipulado, sin que tengaderecho a indemnización por el tiempo que falte por concluir el plazo, en estecaso se pagará la remuneración en proporción a los días trabajados, para locual se notificará al contratado, por intermedio del señor Prefecto Provincial de

Loja.

Así mismo este contrato terminará automáticamente a la fecha delvencimiento del plazo, sin que sea necesario notificación o solemnidadprevista.

 También puede terminar por las siguientes razones:

1. Incumplimiento grave comprobado a las obligaciones contractuales2. Negligencia o inobservancia a las disposiciones superiores3. Falta de presentación oportuna de los informes que se soliciten.

4. Abandono injustificado del trabajo por más de tres días consecutivos; y,5. Por renuncia voluntaria del contratado.6. Por terminación unilateral del contrato por parte de la autoridad nominadora,sin que fuere necesario otro requisito previo;

NOVENA.- CONTROVERSIAS:

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Cualquier controversia que se suscitare por efectos de la celebración delpresente contrato, las partes se someterán a los Jueces competentes delcantón Loja, al juicio verbal sumario, renunciando fuero y domicilio preferente.

Los comparecientes de consuno, aceptan en todas las partes las estipulaciones

constantes en este instrumento y a las cuales se someterán estrictamente.Para constancia de lo estipulado en el presente contrato, las partes firman enla ciudad de Loja, veintiocho de octubre del dos mil once.

Ing. Rubén Bustamante MonterosPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA

Ing. Fredy Leonardo Cárdenas MateusCONTRATADO.

C.I...................................

AMS/MCM

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CONTRATO Nro. 735-DJ-2.011

CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE SECELEBRA ENTRE EL GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA Y LAING. MARITZA LORENA DOMINGUEZ MORENO

PRIMERA.- COMPARECIENTES:

Intervienen en la suscripción del presente contrato de serviciosprofesionales, por una parte el Gobierno Provincial de Loja, legalmenterepresentado por el señor Ing. Rubén Bustamante Monteros, PrefectoProvincial de Loja; y por otra, la Ing. MARITZA LORENA DOMINGUEZMORENO, que en lo posterior se la  denominará simplemente  la contratada,

convienen en celebrar el presente contrato, al tenor de las siguientescláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

Con memorando Nro. 710-CGPDT-2011, de fecha 08 de agosto del 2011,suscrito por el Ingeniero Iván Lituma Añazco, Coordinador de GobernabilidadPlanificación y Desarrollo Territorial solicita al Ingeniero: Rubén BustamanteMonteros, Prefecto Provincial de Loja, se digne autorizar la contratación de losIngenieros. Dominguez Moreno Maritza Lorena, Cárdenas Mateus Fredy

Leonardo y Jaramillo Loaiza Gustavo Alexander, a través de la modalidad deServicios Profesionales.

El Dr. Gustavo Ortíz Hidalgo, Coordinador de la Unidad Administrativa deRecursos Humanos, mediante memorandos Nro. 3233-UARH-2011, de fecha 29de septiembre de 2011, dirigidos al Ing. Hugo Piedra Piedra, Director Financierode la Entidad Provincial, solicita partida presupuestaria para la presentecontratación.

Mediante Memorando No. 988-CGPDT-2011, de fecha 26 de agosto del 2011.suscrito por Ingeniero Iván Lituma Añazco, Coordinador de Gobernabilidad

Planificación y Desarrollo Territorial, mediante el cual solicita al señor PrefectoProvincial se autorice la ejecución de los PD y OT.

Mediante Memorando No. 1064-CGPDT-2011, de fecha 12 de octubre del 2011.suscrito por Ingeniero Iván Lituma Añazco, Coordinador de GobernabilidadPlanificación y Desarrollo Territorial, mediante el cual se tiene previsto lacontratación de personal por servicios profesionales, cuyo gasto de 14. 960.00se cargará a la partida del plan de Desarrollo Provincial y Ordenamiento

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 Territorial, Actividad Nro. 004, código 75199, lo que comunico a fin de quecontinué con el trámite pertinente para dichas contrataciones. El Dr. Gustavo Ortíz Hidalgo, Coordinador de la Unidad Administrativa deRecursos Humanos, mediante memorandos Nro. 3400-UARH-2011, de fecha 17

de octubre de 2011, dirigidos al Ing. Hugo Piedra Piedra, Director Financiero dela Entidad Provincial, en el cual manifiesta que la contratación de personal porservicios profesionales se cargará a la partida del Plan de Desarrollo Provincialy Ordenamiento Territorial Actividad Nro. 004, código 750199.

Con fecha, nueve de agosto del 2011 se emite Certificación Presupuestaria No.1040, con código 21.00.001.004.750199.1.100.001.0000.0000. denominada“Otras Obras de Infraestructura”.

Mediante Memorando No. 3485-UARH-2011, de fecha 25 de octubre del 2011,El Doctor Gustavo Ortíz Hidalgo Coordinador de la UARH, emite al Doctor Paulo

Carrión Jumbo, Procurador Sindico de la Institución, encargado, Informefavorable para la contratación por servicio profesionales de los IngenierosDominguez Moreno Maritza Lorena, Cárdenas Mateus Fredy Leonardo y Jaramillo Loaiza Gustavo Alexander. TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

Forman parte de este contrato: memorandos del señor Coordinador deGobernabilidad Planificación y Desarrollo Territorial, solicitando al señorPrefecto autorización para la presente contratación; el informe favorable delseñor Coordinador de Recursos Humanos, certificación del Director Financiero

sobre la disponibilidad presupuestaria y solicitud de Coordinador de RecursosHumanos enviando informe técnico favorable para la contratación del personal

CUARTA.- OBJETO:

Con todos los antecedentes expuestos, el Gobierno Provincial de Loja, porintermedio de sus representantes legales, de conformidad a la Ley Orgánica deServicio Público y su Reglamento, contrata los Servicios Lícitos yProfesionales de la Ing. MARITZA LORENA DOMINGUEZ MORENO, paraque labore en calidad de “Técnica, para la elaboración del Sistema Provincialde Gestión de Riesgos- Ingeniero Ambiental, Especialidad en Riesgos (conforme

numeral 4 de términos de referencia)”, bajo la supervisión de Coordinador deGobernabilidad Planificación y Desarrollo Territorial. El horario de trabajo seráde conformidad con las disposiciones de la Entidad Provincial. El contratado notiene relación de dependencia, sin que pueda operar la estabilidadadministrativa.

QUINTA.- PLAZO:

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El plazo del presente contrato es a partir del 18 de julio del 2011, al 31 dediciembre del 2011.

SEXTA.- HONORARIOS:

El Gobierno Provincial de Loja, se compromete a pagar a la Ing. MARITZALORENA DOMINGUEZ MORENO, por la actividad que es objeto del contrato,la cantidad de NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO, 00/100 DÓLARES AMERICANOS($ 935,00), en calidad de HONORARIOS PROFESIONALES mensuales. Estosvalores se aplicarán a la partida presupuestaria Nro.-21.00.001.004.750199.1.100.001.0000.0000. Denominada: “Otras Obras deInfraestructura”., conforme consta de la certificación financiera Nro. 1040-DF-25 de octubre del 2011.

SÉPTIMA.- ACLARACIÓN:

La Ing. MARITZA LORENA DOMINGUEZ MORENO, no tendrá derecho a uso ygoce de vacaciones anuales y/o mensuales, como tampoco al pago de aporte alSeguro Social. El contratado entregará a la Coordinación Institucional Técnica,un informe mensual sobre las actividades realizadas de conformidad a lostérminos de referencia para la prestación de servicios profesionales.

Además se procederá al cobro del Timbre Provincial de conformidad a laOrdenanza.

OCTAVA.- DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO:

El Gobierno Provincial de Loja, podrá dar por terminado el contrato, encualquier momento, durante el decurso del plazo estipulado, sin que tengaderecho a indemnización por el tiempo que falte por concluir el plazo, en estecaso se pagará la remuneración en proporción a los días trabajados, para locual se notificará al contratado, por intermedio del señor Prefecto Provincial deLoja.

Así mismo este contrato terminará automáticamente a la fecha delvencimiento del plazo, sin que sea necesario notificación o solemnidadprevista.

 También puede terminar por las siguientes razones:

1. Incumplimiento grave comprobado a las obligaciones contractuales2. Negligencia o inobservancia a las disposiciones superiores3. Falta de presentación oportuna de los informes que se soliciten.4. Abandono injustificado del trabajo por más de tres días consecutivos; y,5. Por renuncia voluntaria del contratado.6. Por terminación unilateral del contrato por parte de la autoridad nominadora,sin que fuere necesario otro requisito previo;

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NOVENA.- CONTROVERSIAS:

Cualquier controversia que se suscitare por efectos de la celebración delpresente contrato, las partes se someterán a los Jueces competentes del

cantón Loja, al juicio verbal sumario, renunciando fuero y domicilio preferente.Los comparecientes de consuno, aceptan en todas las partes las estipulacionesconstantes en este instrumento y a las cuales se someterán estrictamente.

Para constancia de lo estipulado en el presente contrato, las partes firman enla ciudad de Loja, veintiocho de octubre del dos mil once.

Ing. Rubén Bustamante MonterosPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA

Ing. Maritza Lorena Dominguez MorenoCONTRATADA.

C.I...................................

AMS/MCM

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GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJADIRECCIÓN JURÍDICA

CONTRATO Nro. 594-DJ-2.011

CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE SECELEBRA ENTRE EL GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA Y ELING. CRISTIAN GEOVANNY LALVAY MACANCELA.

PRIMERA.- COMPARECIENTES:

Intervienen en la suscripción del presente contrato de serviciosprofesionales, por una parte el Gobierno Provincial de Loja, legalmente

representado por el señor Ing. Rubén Bustamante Monteros, PrefectoProvincial de Loja; y por otra, el Ing. CRISTIAN GEOVANNY LALVAY MACANCELA, que en lo posterior se lo  denominará simplemente  elcontratado, convienen en celebrar el presente contrato, al tenor de lassiguientes cláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

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El Ing. Carlos Espinosa Jaramillo, Coordinador Institucional Técnico del GobiernoProvincial de Loja, con memorando Nro. 044-CITE-2010, de fecha 27 de julio del2011, dirigida al Ingeniero: Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial deLoja, solicita textualmente lo siguiente: “…se digna autorizar la contratacióndel Ing. CRISTIAN GEOVANNY LALVAY MACANCELA. a través  de la

modalidad de Servicios Profesionales por el lapso de seis meses a partir delmes de agosto del 2011, el mencionado profesional se encargará deincorporar a la base de datos de Sistema de Control y Seguimiento deProyectos (SCSP), todos los contratos de obras (Menor Cuantía, Cotización yLicitación), llevados adelante desde Junio del 2009 a Marzo del 2011, tomandoen consideración todos los procesos relacionados en dicho sistema, así comola capacitación respectiva a los técnicos involucrados del Gobierno Provincialde Loja.…”.

El Dr. Gustavo Ortíz Hidalgo, Coordinador de la Unidad Administrativa de

Recursos Humanos, mediante memorandos Nro. 2761-UARH-2011, de fecha 04de agosto de 2011, dirigidos al Ing. Hugo Piedra Piedra, Director Financiero dela Entidad Provincial, solicita partida presupuestaria para la presentecontratación.

Con fecha, nueve de agosto del 2011 se emite Certificación Presupuestaria No.812, con código 20.00.001.001.730601.1.100.001.0000.0000. denominada“Servicios Profesionales del GPL”.

Mediante Memorando No. 2828-UARH-2011, de fecha 15 de agosto del 2011.ElDoctor Gustavo Ortíz Hidalgo Coordinador de la UARH, emite al Doctor Antonio

Mora Serrano Informe favorable para la contratación por servicio profesionalesdel Ingeniero Cristian Geovanny Lalvay Macancela. TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

Forman parte de este contrato: memorandos del señor CoordinadorInstitucional Técnico, solicitando al señor Prefecto autorización para la presentecontratación; el informe favorable del señor Coordinador de Recursos Humanoscertificación del Director Financiero sobre la disponibilidad presupuestaria.

CUARTA.- OBJETO:

Con todos los antecedentes expuestos, el Gobierno Provincial de Loja, porintermedio de sus representantes legales, de conformidad a la Ley Orgánica deServicio Público y su Reglamento, contrata los servicios lícitos yprofesionales del Ing. CRISTIAN GEOVANNY LALVAY MACANCELA, paraque labore en calidad de SERVIDOS PÚBLICO DOS, en calidad de Técnico enIngeniería Civil, cuyas funciones son: “INCORPORAR A LA BASE DE DATOS DESISTEMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS (SCSP), TODOS LOSCONTRATOS DE OBRAS (MENOR CUANTÍA, COTIZACIÓN Y LICITACIÓN),

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LLEVADOS ADELANTE DESDE JUNIO DEL 2009 A MARZO DEL 2011, TOMANDOEN CONSIDERACIÓN TODOS LOS PROCESOS RELACIONADOS EN DICHOSISTEMA, ASÍ COMO LA CAPACITACIÓN RESPECTIVA A LOS TÉCNICOSINVOLUCRADOS DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA”, bajo la supervisión delseñor Coordinador Institucional Técnico de la Entidad Provincial. El horario de

trabajo será de conformidad con las disposiciones de la Entidad Provincial. Elcontratado no tiene relación de dependencia, sin que pueda operar laestabilidad administrativa.

QUINTA.- PLAZO:

El plazo del presente contrato es a partir del 01 de agosto del 2011, al 31 dediciembre del 2011.

SEXTA.- HONORARIOS:

El Gobierno Provincial de Loja, se compromete a pagar al Ing. CRISTIANGEOVANNY LALVAY MACANCELA, por la actividad que es objeto delcontrato, la cantidad de OCHOCIENTOS DIECINUEVE, 00/100 DÓLARESAMERICANOS ($ 819,00), en calidad de HONORARIOS PROFESIONALESmensuales. Estos valores se aplicarán a la partida presupuestaria Nro.-20.00.001.001.730601.1.100.001.0000.0000 Denominada: “ServiciosProfesionales del GPL”., conforme consta de la certificación financiera Nro. 812-DF-11, de fecha 09 de agosto del 2011.

SÉPTIMA.- ACLARACIÓN:

El Ing.  CRISTIAN GEOVANNY LALVAY MACANCELA, no tendrá derecho auso y goce de vacaciones anuales y/o mensuales, como tampoco al pago deaporte al Seguro Social. El contratado entregará a la Coordinación Institucional Técnica, un informe mensual sobre las actividades realizadas de conformidad alos términos de referencia para la prestación de servicios profesionales.

Además se procederá al cobro del Timbre Provincial de conformidad a laOrdenanza.

OCTAVA.- DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO:

El Gobierno Provincial de Loja, podrá dar por terminado el contrato, encualquier momento, durante el decurso del plazo estipulado, sin que tengaderecho a indemnización por el tiempo que falte por concluir el plazo, en estecaso se pagará la remuneración en proporción a los días trabajados, para locual se notificará al contratado, por intermedio del señor Prefecto Provincial deLoja.

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Así mismo este contrato terminará automáticamente a la fecha delvencimiento del plazo, sin que sea necesario notificación o solemnidadprevista.

 También puede terminar por las siguientes razones:

1. Incumplimiento grave comprobado a las obligaciones contractuales2. Negligencia o inobservancia a las disposiciones superiores3. Falta de presentación oportuna de los informes que se soliciten.4. Abandono injustificado del trabajo por más de tres días consecutivos; y,5. Por renuncia voluntaria del contratado.

NOVENA.- CONTROVERSIAS:

Cualquier controversia que se suscitare por efectos de la celebración delpresente contrato, las partes se someterán a los Jueces competentes del

cantón Loja, al juicio verbal sumario, renunciando fuero y domicilio preferente.

Los comparecientes de consuno, aceptan en todas las partes las estipulacionesconstantes en este instrumento y a las cuales se someterán estrictamente.

Para constancia de lo estipulado en el presente contrato, las partes firman enla ciudad de Loja, primero de agosto del dos mil once, un original y una copiade igual tenor.

Ing. Rubén Bustamante MonterosPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA

Ing. Cristian Geovanny Lalvay MacancelaCONTRATADO.

C.I...................................

AMS/CM

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GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA

DIRECCIÓN JURÍDICACONTRATO Nro. 1797-DJ-2.010

CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE SE CELEBRA ENTRE ELGOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA Y LA ING. MERCEDES ALEXANDRA VILLAACHUPALLAS.

PRIMERA.- COMPARECIENTES:

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Intervienen en la suscripción del presente contrato de servicios profesionales, por una parte el GobiernoProvincial de Loja, legalmente representado por el señor Ing. Rubén Bustamante Monteros, PrefectoProvincial de Loja; y por otra, la Ing. MERCEDES ALEXANDRA VILLA ACHUPALLAS, que en lo posterior se la denominará simplemente la contratada, convienen en celebrar el presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

El Ing. Carlos Espinosa Jaramillo, Coordinador Institucional Técnico del Gobierno Provincial de Loja, conmemorando Nro. 011-CITE-2010, de fecha 22 de octubre del 2010, dirigida a los Ingenieros: VicenteTorres, Mauricio Malo, y Fabián González, Directores de la Entidad Provincial, solicita textualmente losiguiente: “…Como es de su conocimiento en la última reunión del Comité estratégico del GPL llevada aefecto el día lunes 11 de octubre del 2010, se planteó a ustedes la necesidad y disposición del señor Prefecto de contratar tres técnicos para cumplir con las actividades de complementación y depuración de la base de datos de precios unitarios y especificaciones técnicas del nuevo Sistema de Control y Seguimientode Proyectos del GPL (SCSP) con cargo a las partidas de sus direcciones.- Por este motivo me permitorequerir se sirvan solicitar a la Coordinación General la autorización respectiva para la mencionadacontratación de acuerdo a los términos, que me permito adjuntar al presente…”.

El Ing. Mauricio Malo M., Director de Infraestructura del Gobierno Provincial de Loja, remite memorandoal Ing. Wadie Mahuad Ortega, Coordinador General y de Empresas Públicas, signado con el Nro. 1787-DIEC-2010, de fecha 15 de noviembre del 2010, el mismo que textualmente dice: “….En atención amemorando Nro. 11-CITE-2010, firmado por el Ing. Carlos Espinosa Jaramillo, Coordinador InstitucionalTécnicos, en base a la última reunión estratégico del GPL llevado el día lunes 11 de octubre presente, se planteo por necesidad Institucional y disposición del señor Prefecto de contratar un técnico para cumplir con la depuración de los datos de precios unitarios, especificaciones técnicas y el nuevo sistema y control yseguimiento de proyectos del GPL (SCSP); al respecto solicito se digne AUTORIZAR la contratación dela Ing. Villa Achupallas Mercedes Alexandra, a cargo de la partida presupuestaria “Construcciones yEdificaciones”, de conformidad con los términos de referencia anexados al presente…”.

El Ing. Mauricio Malo M., Director de Infraestructura, como alcance al memorando Nro.1787-DIEC, defecha 15 de noviembre del 2010, se dirige al Ing. Wadie Mahuad Ortega, Coordinador General y deEmpresas Públicas, con memorando signado con el Nro. 1980-DIEC, el mismo que expresa textualmente“…Con alcance a memorando 1787-DIEC del 15 de noviembre del 2010, relacionado con la contrataciónde la Ing. Villa Achupallas Mercedes Alexandra, para que realice la depuración de los datos de preciosunitarios, especificaciones técnicas y el nuevo sistema y control y seguimiento de proyectos del GPL(SCSP); al respecto comedidamente solicito se digne autorizar la contratación de la mencionadaFuncionaria; cuyo valor se cargará a la partida de los $ 141.730, que el Banco del Estado, transfirió el 16de noviembre del 2010, a la cuenta de la Institución a través de SPL…”.

El Ing. Wadie Mahuad Ortega, Coordinador General y de Empresas Públicas del Gobierno Provincialde Loja, (Delegación según Resolución Nro. RP-RBM-011-2010, Art. 3), mediante sumilla inserta en losmemorandos Nro. 1787 y 1980-DIEC-2010 de la Dirección de Infraestructura, autoriza la elaboración del

 presente contrato.

El Dr. Gustavo Ortiz Hidalgo, Coordinador de la Unidad Administrativa de Recursos Humanos, mediantememorandos Nros. 3773-UARH-2010, de fecha 17 de noviembre de 2010; y 3996-UARH-2010, del 29 denoviembre del 2010, dirigidos al Ing. Hugo Piedra Piedra, Director Financiero de la Entidad Provincial,emite informe favorable y solicita partida presupuestaria para la presente contratación.

TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

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Forman parte de este contrato: memorandos del señor Coordinador Institucional Técnico, y Director deInfraestructura y Equipamiento Comunitario, quienes solicitan la presente contratación; el informefavorable del señor Coordinador de Recursos Humanos que justifica la necesidad institucional, la sumilladel señor Coordinador General y de Empresas Públicas (Delegación según Resolución Nro. RP-RBM-011-2010, Art.3) autorizando la contratación; la certificación del Director Financiero sobre la disponibilidad presupuestaria; términos de referencia, los documentos de identidad o de representación legal, según el

caso.

CUARTA.- OBJETO:

Con todos los antecedentes expuestos, el Gobierno Provincial de Loja, por intermedio de susrepresentantes legales, de conformidad a la Ley Orgánica de Servicio Público, contrata los servicios lícitosy profesionales de la Ing. MERCEDES ALEXANDRA VILLA ACHUPALLAS, para que labore encalidad de “TÉCNICA EN INGENIERÍA CIVIL PARA CUMPLIR ACTIVIDADES DECOMPLEMENTACIÓN Y DEPURACIÓN DE LA BASE DE DATOS DE PRECIOS UNITARIOS YESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL NUEVO SISTEMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DEPROYECTOS DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA”, bajo la supervisión del señor Director deInfraestructura, y del señor Coordinador Institucional Técnico de la Entidad Provincial. Realizará lassiguientes actividades de conformidad a los términos de referencia: Ingreso y actualización de materiales,mano de obra, equipo; Implementación de nuevos rubros hacia la base de datos del GPL; Análisis de precios unitarios en la nueva base de datos del GPL; Realización de las especificaciones técnicas de cadauno de los rubros ingresados al sistema; Elaboración de módulos para costeo de obras tipo; Revisión,adaptación y actualización de los rubros del Ex – FISE; Informe final.   El horario de trabajo será deconformidad con las disposiciones de la Entidad Provincial. La contratada no tiene relación dedependencia, sin que pueda operar la estabilidad administrativa.

QUINTA.- PLAZO:

El plazo del presente contrato es a partir del 15 de octubre del 2010, al 28 de diciembre del 2010.

SEXTA.- HONORARIOS:

El Gobierno Provincial de Loja, se compromete a pagar a la Ing. MERCEDES ALEXANDRAVILLA ACHUPALLAS, por la actividad que es objeto del contrato, la cantidad deOCHOCIENTOS DIECINUEVE, 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($ 819,00), en calidad deHONORARIOS PROFESIONALES mensuales. Estos valores se aplicarán a la partida presupuestaria Nro.- 2010.837.27.00.001.001.000.1100.001.710507.0000.0000, Denominada:CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES (Proyecto Vivienda tipo Junta de Agua Potable deSabiango), conforme consta de la certificación financiera Nro. 879-DF-10, de fecha 03 de diciembredel 2010.

SÉPTIMA.- ACLARACIÓN:

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La Ing. MERCEDES ALEXANDRA VILLA ACHUPALLAS, no tendrá derecho a uso ygoce de vacaciones anuales y/o mensuales, como tampoco al pago de aporte al SeguroSocial. La contratada entregará a la Dirección de Infraestructura, un informemensual sobre las actividades realizadas de conformidad a los términos de referencia para la prestación de servicios profesionales.

Además se procederá al cobro del Timbre Provincial de conformidad a la Ordenanza.

OCTAVA.- DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO:

El Gobierno Provincial de Loja, podrá dar por terminado el contrato, en cualquier momento, durante eldecurso del plazo estipulado, sin que tenga derecho a indemnización por el tiempo que falte por concluir el plazo, en este caso se pagará la remuneración en proporción a los días trabajados, para lo cual se notificaráal contratado, por intermedio del señor Prefecto Provincial de Loja.

Así mismo este contrato terminará automáticamente a la fecha del vencimiento del plazo, sin que seanecesario notificación o solemnidad prevista.

También puede terminar por las siguientes razones:

1. Incumplimiento grave comprobado a las obligaciones contractuales2. Negligencia o inobservancia a las disposiciones superiores3. Falta de presentación oportuna de los informes que se soliciten.4. Abandono injustificado del trabajo por más de tres días consecutivos; y,5. Por renuncia voluntaria del contratado.

NOVENA.- CONTROVERSIAS:

Cualquier controversia que se suscitare por efectos de la celebración del presente contrato, las partes

se someterán a los Jueces competentes del cantón Loja, al juicio verbal sumario, renunciando fueroy domicilio preferente.

Los comparecientes de consuno, aceptan en todas las partes las estipulaciones constantes en esteinstrumento y a las cuales se someterán estrictamente.

Para constancia de lo estipulado en el presente contrato, las partes firman en la ciudad de Loja, a losnueve días del mes de diciembre del dos mil diez, un original y una copia de igual tenor.

Ing. Rubén Bustamante MonterosPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA

Ing. Mercedes Alexandra Villa AchupallasCONTRATADA

C.I.AMS/lr 

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H. CONSEJO PROVINCIAL DE LOJADIRECCIÓN JURÍDICA

CONTRATO Nro. 1285-DJ-2.010

CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE SE CELEBRA ENTRE ELGOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA Y LA SRTA. SANDRA ELIZABETH ARAUJO

ALDÁZ.

PRIMERA.- COMPARECIENTES:

Intervienen en la suscripción del presente contrato de servicios profesionales, por una parte el GobiernoProvincial de Loja, legalmente representado por los señores: Ing. Rubén Bustamante Monteros, PrefectoProvincial de Loja; y, Dr. Antonio Mora Serrano, Procurador Síndico del Gobierno Provincial de Loja y por otra, la señorita SANDRA ELIZABETH ARAUJO ALDÁZ, que en lo posterior se la denominarásimplemente la contratada, convienen en celebrar el presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

El Sr. Eduardo Tapia Castro, Coordinador de Turismo y Patrimonio del Gobierno Provincial de Loja,remite memorando al Ing. Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja, signado con el Nro.105-CTP, de fecha 01 de junio del 2010, el mismo que textualmente dice: “….De acuerdo al Convenio deCooperación Interinstitucional entre el Gobierno Provincial de Loja, el Instituto Nacional de PatrimonioCultural (INPC) y el Centro de Difusión Cultural- CEDIC, me permito solicitar Señor Prefecto de lamanera más comedida autorización para el pago de acuerdo a la certificación presupuestaria Nº424-DF-10 para la señorita Sandra Elizabeth Araujo Aldáz, Administradora del Proyecto, el valor de $1,120.00, por eltiempo de tres meses a partir del 04 de mayo del 2010, con un costo total de $3,360.00, con la finalidad deiniciar la ejecución del proyecto antes mencionado; con cargo a la partida “Urbanización yEmbellecimiento (Aporte del INPC)”…”

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 El Dr. Gustavo Ortiz Hidalgo, Coordinador de la Unidad Administrativa de Recursos Humanos, emite elinforme correspondiente sobre la presente contratación, mediante memorando Nro. 1710-UARH-2010, defecha 10 de junio del 2010, al Ing. Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja, el cualtextualmente dice: “…con fecha 14 de diciembre de 2009 se celebra el convenio tripartito de CooperaciónInterinstitucional entre el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural, el Gobierno Provincial de Loja y el

Centro de Difusión Cultural –CEDIC y con fecha 23 de marzo de 2010 se celebra un conveniomodificatorio al convenio antes mencionado.- La Dirección Financiera en cumplimiento lo establecido enel referido documento ha procedido a emitir la Certificación Presupuestaria Nro. 424-DF (adjunto original) para contratar los Servicios Profesionales de la señorita SANDRA ELIZABETH ARAUJO ALDAS, encalidad de ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DE PROSPECCIÓN ARQUEOLÓGICATARANZA – LLANO GRANDE, por un lapso de tres meses con costo total de 3,360.00 dólares a partir del 04 de mayo de 2010, debiendo la institución cancelar un honorario mensual de 1120 dólares.- Por loexpuesto, conforme al Art. 23 del Reglamento a la LOSCCA y en cumplimiento al convenio suscritoexistiendo necesidad institucional y por no contar con este personal, la Unidad Administrativa de RecursosHumanos, emite informe favorable a fin de contratar los servicios profesionales de la señorita SANDRAELIZABETH ARAUJO ALDAS, en calidad de ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DEPROSPECCIÓN ARQUELÓGICA TARANZA – LLANO GRANDE por un lapso de tres meses con costo

total de 3,360.00 a partir del 04 de mayo de 2010, debiendo la Institución cancelar un honorario mensualde 1120 dólares, previa presentación del informe avance y cumplimiento con el debido aval del Lic.Eduardo Tapia, Coordinador de Turismo y Patrimonio, me permito solicitar a usted, se digne disponer a laProcuraduría Síndica se realice el contrato correspondiente…”.

El Ing. Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja, mediante sumilla de fecha 13 de junio del 2010, constante en el memorando Nro. 1710-UARH-2010, de fecha 10 de junio del presente año,autoriza la elaboración del presente contrato.

TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

Forman parte de este contrato: el memorando del señor Coordinador de Turismo, que solicita la

contratación, el informe favorable del señor Coordinador de Recursos Humanos que justifica la necesidadinstitucional, la sumilla del señor Prefecto autorizando la contratación; la certificación del Director Financiero sobre la disponibilidad presupuestaria; términos de referencia, los documentos de identidad ode representación legal, según el caso.

CUARTA.- OBJETO:

Con todos los antecedentes expuestos, el Gobierno Provincial de Loja, por intermedio de susrepresentantes legales, de conformidad a lo establecido en el Art. 23 del Reglamento a la Ley Orgánica deServicio Civil y Carrera Administrativa, contrata los servicios lícitos y profesionales de la señoritaSANDRA ELIZABETH ARAUJO ALDAZ, para que labore en calidad de ADMINISTRADORA DELPROYECTO DE PROSPECCIÓN ARQUEOLÓGICA TARANZA – LLANO GRANDE, bajo la

supervisión de la Coordinación de Turismo y Patrimonio del la Entidad Provincial, quien realizará lassiguientes actividades de conformidad a los términos de referencia: Planificar, organizar y controlar losrecursos del Proyecto para un buen desempeño del mismo, mediante la utilización eficiente; Pronosticar los recursos que se necesitan, revisar y ajustar el cronograma de trabajo de acuerdo con los resultadosesperados; evaluar el avance del Proyecto; Realizar las gestiones para la contratación, pedido de informesy cancelación del personal técnico; realizar el seguimiento de los trámites del Proyecto para que lleguen asu término; coordinar el trabajo conjuntamente con el Gobierno Provincial de Loja, el Instituto Nacional dePatrimonio Cultural y el CEDIC; y elaborar informes financieros, avances de obra o cualquier informe queel Gobierno Provincial de Loja, el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural y el CEDIC lo requieran.  El

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horario de trabajo será de conformidad con las disposiciones de la Entidad Provincial. La contratada notiene relación de dependencia, sin que pueda operar la estabilidad administrativa.

QUINTA.- PLAZO:

El plazo del presente contrato es de tres meses, contados a partir del 04 de mayo del 2010, al 03 de

agosto del 2010.

SEXTA.- HONORARIOS:

El Gobierno Provincial de Loja, se compromete a pagar a la señorita SANDRA ELIZABETHARAUJO ALDAZ, por la actividad que es objeto del contrato, la cantidad de MIL CIENTOVEINTE, 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($ 1.120,00), en calidad de HONORARIOSPROFESIONALES mensuales. Estos valores se aplicarán a la partida presupuestaria Nro.-2010.837.25.00.001.001.000.1100.001.750104.0000.0000, Denominada: DE URBANIZACIÓN YEMBELLECIMIENTO (APORTE DEL INCP), conforme consta de la certificación financiera Nro.424-DF-10, de fecha 31 de mayo del 2010.

SÉPTIMA.- ACLARACIÓN:

La señorita SANDRA ELIZABETH ARAUJO ALDAZ, no tendrá derecho a uso y gocede vacaciones anuales y/o mensuales, como tampoco al pago de aporte al SeguroSocial. El contratado entregará a la Coordinación de Turismo y Patrimonio, uninforme mensual sobre las actividades realizadas de conformidad a los términos dereferencia para la prestación de servicios profesionales.

Además se procederá al cobro del Timbre Provincial de conformidad a la Ordenanza.

OCTAVA.- DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO:El Gobierno Provincial de Loja, podrá dar por terminado el contrato, en cualquier momento, durante eldecurso del plazo estipulado, sin que tenga derecho a indemnización por el tiempo que falte por concluir el plazo, en este caso se pagará la remuneración en proporción a los días trabajados, para lo cual se notificaráal contratado, por intermedio del señor Prefecto Provincial de Loja.

Así mismo este contrato terminará automáticamente a la fecha del vencimiento del plazo, sin que seanecesario notificación o solemnidad prevista.

También puede terminar por las siguientes razones:

1. Incumplimiento grave comprobado a las obligaciones contractuales2. Negligencia o inobservancia a las disposiciones superiores3. Falta de presentación oportuna de los informes que se soliciten.4. Abandono injustificado del trabajo por más de tres días consecutivos; y,5. Por renuncia voluntaria del contratado.

NOVENA.- CONTROVERSIAS:

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Cualquier controversia que se suscitare por efectos de la celebración del presente contrato, las partesse someterán a los Jueces competentes del cantón Loja, al juicio verbal sumario, renunciando fueroy domicilio preferente.

Los comparecientes de consuno, aceptan en todas las partes las estipulaciones constantes en este

instrumento y a las cuales se someterán estrictamente.Para constancia de lo estipulado en el presente contrato, las partes firman en la ciudad de Loja, a losveinticuatro días del mes de junio del dos mil diez, un original y una copia de igual tenor.

Ing. Rubén Bustamante Monteros Dr. AntonioMora SerranoPREFECTO PROVINCIAL DE LOJAPROCURADOR SÍNDICO

Srta. Sandra Elizabeth Araujo AldázCONTRATADA

C.I.

Contrato Nro. 1285-DJ-2010AMS/lr 

GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA

DIRECCION JURIDICA

CONTRATO Nro. 1159-09

CONTRATO QUE SE CELEBRA ENTRE EL GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA Y ELSEÑOR ING. ANGEL MEDARDO CORONEL PUCHAICELA, PARA DESEMPEÑAR LASFUNCIONES DE PROMOTOR VIVERISTA EN LA PARROQUIA DE MALACATOS,CANTÓN Y PROVINCIA DE LOJA; DENTRO DEL PROYECTO FORTALECIMIENTO DELA GESTIÓN INTEGRAL DE LA CUENCA BINACIONAL CATAMAYO – CHIRA.

PRIMERA.- COMPARECIENTES

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Intervienen en la celebración del presente contrato, por una parte el Gobierno Provincial de Lojalegalmente representado por los señores: Ing. Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja,Dr. Antonio Mora Serrano, Procurador Síndico del Gobierno Provincial de Loja; y, por otra el Ing. AngelMedardo Coronel Puchaicela, por sus propios derechos y convienen en celebrar el presente contrato altenor de las siguientes cláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTESDe conformidad al Art. 263 de la Constitución Política de la República del Ecuador, son competenciasexclusivas de los Gobiernos Provinciales, sin perjuicio de otras que determine la Ley: Ejecutar, encoordinación con el gobierno regional, obras en cuencas y microcuencas; la gestión ambiental provincial;Fomentar las actividades productivas provinciales; Gestionar la cooperación internacional para elcumplimiento de sus competencias; entre otras...”.

De acuerdo al Art. 7 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Provincial, corresponde a losConsejos Provinciales(Gobiernos Provinciales), realizar obras públicas de carácter provincial einterprovincial, prestar cooperación técnica o pecuniaria a las obras de interés social que se ejecuten dentrodel territorio nacional por cuanto es necesario aunar esfuerzos para el desarrollo provincial y seccional.

El Gobierno Provincial de Loja, en su gestión para poner en marcha el Programa Forestal y ejecutar los  proyectos, estableció convenios con los Municipios de Quilanga, Espíndola, Gonzanamá, Macará,Zapotillo, Sozoranga, Pindal, Puyango, Celica, Paltas y cuenta con un vivero propio del GobiernoProvincial de Loja, en cada uno de estos cantones se establecen viveros forestales destinados a la producción de plántulas de calidad de especies nativas; identificando la necesidad de ampliar su coberturaa las principales parroquias de los lugares donde nace la Cuenca del río Catamayo.

El tratamiento de la Cuenca transfronteriza Catamayo-Chira, surge a partir de la suscripción en el año 1971del Convenio par Aprovechamiento de las Cuencas Binacionales Puyango-Tumbes y Catamayo-Chira por  parte de Ecuador y Perú, el mismo que entre otros aspectos estipula la constitución de la Comisión MixtaEcuatoriana-Peruana para el manejo de las cuencas en referencia.

Posteriormente los gobiernos de Ecuador y Perú el 26 de octubre de 1998 en la ciudad de Brasilia,suscriben el Acuerdo Amplio Ecuatoriano – Peruano de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad, elmismo que entre otros instrumentos bilaterales instituye el Plan Binacional de Desarrollo de la RegiónFronteriza Ecuador-Perú. Este último con el apoyo y compromiso de la Agencia Española de CooperaciónInternacional (actualmente

AECID), dan inicio a la ejecución del proyecto Binacional de Ordenamiento, Manejo y Desarrollo de laCuenca Catamayo-Chira, cuyo período fue el comprendido entre el 2001 al 2007 concluyendo con laformulación del Plan correspondiente y la constitución del Centro Binacional de Formación Técnica,además de iniciado el proceso para la constitución de los Consejos de Cuenca nacionales en la perspectivade que estos den paso a la conformación de un Organismo de Gestión Binacional.

En este contexto y a partir de la información generada en el período anteriormente señalado e integrada enel Plan de Ordenamiento, Manejo y Desarrollo-POMD-, los gobiernos e instituciones con competencias deEcuador y Perú acuerdan una propuesta de lineamientos para una nueva actuación e la AECID en la zona,surgiendo el proyecto “Fortalecimiento de la Gestión Integral de la Cuenca Binacional Catamayo-Chira previsto de ejecutarse durante el período 2009-2011, cuyo objeto es “lograr adecuadas capacidades de losactores para la gestión de la Cuenca Catamayo Chira”.

El proyecto cuenta con el informe de dictamen favorable emitido por la Secretaría Nacional dePlanificación y Desarrollo (SENPLADFES-ECUADOR) con fecha 21 de agosto de 2008 y declaración de

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viabilidad expresada por parte del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP-Perú) con fecha 22 deseptiembre de 2008.

El 1 de junio del 2009, el H. Consejo Provincial de Loja y el proyecto Fortalecimiento de la GestiónIntegral de la Cuenca Binacional Catamayo-Chira (PGICC) suscriben un acta compromiso para lacoejecución de los proyectos: Guarango-Tara y Reforestación de microcuencas críticas de la cuenca

Catamayo-Chira (zona ecuatoriana); en el componente del PGICC “Gestión de los recursos naturalesrenovables”, en donde se identificó las correspondientes áreas geográficas de actuación.

El Ing. Franco Herrera, Director de Medio Ambiente del Gobierno Provincial de Loja, remite unacomunicación al señor Ing. Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja, signado con el Nro.352-DMA-2009, de fecha 06 de octubre del 2009, que textualmente dice “...Me dirijo a Usted con lafinalidad de solicitar comedidamente, se digne autorizar la contratación del personal que laboran encalidad de promotores viveristas para el proyecto que se coejecuta con el proyecto Binacional CatamayoChira, según al detalle adjunto.-Cabe indicar que el proyecto Binacional de Gestión Integral CatamayoChira (PGICC), ha requerido que la Institución Provincial realice los contratos a los promotores y el pagolo efectuará el PGICC, previo a la presentación de facturas y/o documentos respectivos; estas personas yase encuentran laborando en sus lugares de trabajo...”.

Con el antecedente antes expuesto, el Ing. Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja,mediante sumilla constante en memorando Nro. 352-DMA-2009, de fecha 06 de octubre del dos milnueve, dirigido a la Procuraduría Sindica, dispone la elaboración del presente contrato.

TERCERA.- FUNCIONES

El Ing. Angel Medardo Coronel Puchaicela, realizará las funciones de Promotor Viverista en la parroquia Malacatos, bajo la dependencia de la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial deLoja, debiendo realizar sus funciones de acuerdo a los términos de referencia adjuntos al presentedocumento.

CUARTA.- ACTIVIDAD TÉCNICA A CUMPLIRSE

El trabajo de apoyo técnico a la Unidad de Gestión en la fase Operativa del proyecto, será realizado aentera satisfacción del Proyecto Binacional de Gestión Integral Catamayo – Chira, cuya unidad de gestión,evaluará mensualmente el rendimiento del contratado. Si los avances del trabajo no estuvieran de acuerdocon las metas y el cronograma establecidos por la unidad de gestión, el Gobierno Provincial de Loja, sereserva el derecho a resolver el presente contrato.

QUINTA.- RELACION CIVIL ENTRE LAS PARTES

El presente contrato es de naturaleza civil, sujeto al derecho común. Por tanto entre el contratante y elcontratado no existe relación laboral o de dependencia alguna.

 No hay subordinación judicial ni de ninguna otra especie que pudiera significar relación laboral entre las  partes o sus dependientes, puesto que el contratado prestará sus servicios al contratante de maneraindependiente y autónoma.

SEXTA.- HONORARIOS

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Se estipula como honorarios mensuales la cantidad equivalente a US $ 400,00 (CUATROCIENTOSDÓLARES AMERICANOS), valores que serán abonados por el proyecto Binacional de Gestión IntegralCatamayo Chira (PGICC), previo la presentación de informes y facturas.

Para dicho efecto, la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial de Loja, en formamensual emitirá el correspondiente informe hacia el Proyecto, haciendo constar que las mismas han

sido desempeñadas a cabalidad y en cumplimiento de lo convenido entre las partes. Este informe seráanalizado documentalmente y en campo por parte del Proyecto para proceder al pago respectivo.

El contratado presentará la correspondiente factura a nombre de “AECI-Proyecto Catamayo Chira”.

Los honorarios previstos en el párrafo anterior incluyen el IVA, por tanto es de responsabilidad del Ing.Angel Medardo Coronel Puchaicela, efectuar los pagos por concepto de Impuesto a la Renta e IVA.

SEPTIMA.- MOVILIZACIÓN Y VIATICOS

El proyecto Binacional Catamayo Chira dispondrá de un valor mensual de $ 40,00 (CUARENTADOLARES AMERICANOS) para gastos de combustibles y movilización en el área de intervención, los

cuales serán entregados previa la presentación de los correspondientes recibos de viaje y/o facturas decombustible por parte del contratado.

OCTAVA.- PLAZO DEL CONTRATO

El plazo del presente contrato es a partir del 03 de agosto del 2009 al 31 de diciembre del 2009.El presente contrato no obliga a la renovación inmediata del mismo.

NOVENA.- TERMINACION DEL CONTRATO:

El presente contrato puede concluir por mutuo acuerdo de las partes si así lo convinieren y dejarenconstancia escrita. Sin embargo el Gobierno Provincial de Loja se reserva el derecho de dar por terminado

el contrato, de manera unilateral por decisión de la “AECI-Proyecto Catamayo Chira”; o en caso de que por algún motivo el convenio entre el Gobierno Provincial de Loja y el proyecto Catamayo Chira tuvieraque darse por terminado.

En caso de que el contrato terminare unilateralmente conforme a lo establecido en el párrafo anterior, el proyecto pagará al contratado, el valor del trabajo efectivamente realizado hasta la fecha de terminaciónunilateral del contrato, en forma proporcional al tiempo en que efectivamente hubiere prestado susservicios.

El contratado por su parte, se compromete a entregar los trabajos que haya efectuado hasta la fecha en queel Proyecto dé por terminado el contrato; la terminación del mismo, no dará lugar al pago deindemnizaciones por ningún concepto.

DECIMA.- JURISDICCION Y TRAMITE

En caso de suscitarse controversias relacionadas con la ejecución del presente contrato, las partes acuerdansometerse a los sistemas de conciliación del Cantón Loja.

Para constancia y conformidad de lo estipulado, las partes firman en tres ejemplares de igual tenor y valor.A los quince días del mes de octubre del 2009.

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Ing. Rubén Bustamante Monteros Dr. Antonio Mora SerranoPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA PROCURADOR SINDICO

Ing. Angel Medardo Coronel PuchaicelaCONTRATADOC.I. 1102815386

GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA

DIRECCION JURIDICA

CONTRATO Nro.1160-09

CONTRATO QUE SE CELEBRA ENTRE EL GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA Y ELSEÑOR ING. MARCO VINIC IO JARAMILLO GIRÓN, PARA DESEMPEÑAR LAS

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FUNCIONES DE PROMOTOR VIVERISTA EN LA PARROUIA DE YANGANA, CANTÓN YPROVINCIA DE LOJA; DENTRO DEL PROYECTO FORTALECIMIENTO DE LAGESTIÓN INTEGRAL DE LA CUENCA BINACIONAL CATAMAYO – CHIRA.

PRIMERA.- COMPARECIENTES

Intervienen en la celebración del presente contrato, por una parte el Gobierno Provincial de Lojalegalmente representado por los señores: Ing. Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja,Dr. Antonio Mora Serrano, Procurador Síndico del Gobierno Provincial de Loja; y, por otra el Ing. MarcoVinicio Jaramillo Girón, por sus propios derechos y convienen en celebrar el presente contrato al tenor delas siguientes cláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES

De conformidad al Art. 263 de la Constitución Política de la República del Ecuador, son competenciasexclusivas de los Gobiernos Provinciales, sin perjuicio de otras que determine la Ley: Ejecutar, encoordinación con el gobierno regional, obras en cuencas y microcuencas; la gestión ambiental provincial;Fomentar las actividades productivas provinciales; Gestionar la cooperación internacional para el

cumplimiento de sus competencias; entre otras...”.De acuerdo al Art. 7 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Provincial, corresponde a losConsejos Provinciales(Gobiernos Provinciales), realizar obras públicas de carácter provincial einterprovincial, prestar cooperación técnica o pecuniaria a las obras de interés social que se ejecuten dentrodel territorio nacional por cuanto es necesario aunar esfuerzos para el desarrollo provincial y seccional.

El Gobierno Provincial de Loja, en su gestión para poner en marcha el Programa Forestal y ejecutar los  proyectos, estableció convenios con los Municipios de Quilanga, Espíndola, Gonzanamá, Macará,Zapotillo, Sozoranga, Pindal, Puyango, Celica, Paltas y cuenta con un vivero propio del GobiernoProvincial de Loja, en cada uno de estos cantones se establecen viveros forestales destinados a la producción de plántulas de calidad de especies nativas; identificando la necesidad de ampliar su coberturaa las principales parroquias de los lugares donde nace la Cuenca del río Catamayo.

El tratamiento de la Cuenca transfronteriza Catamayo-Chira, surge a partir de la suscripción en el año 1971del Convenio par Aprovechamiento de las Cuencas Binacionales Puyango-Tumbes y Catamayo-Chira por  parte de Ecuador y Perú, el mismo que entre otros aspectos estipula la constitución de la Comisión MixtaEcuatoriana-Peruana para el manejo de las cuencas en referencia.

Posteriormente los gobiernos de Ecuador y Perú el 26 de octubre de 1998 en la ciudad de Brasilia,suscriben el Acuerdo Amplio Ecuatoriano – Peruano de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad, elmismo que entre otros instrumentos bilaterales instituye el Plan Binacional de Desarrollo de la RegiónFronteriza Ecuador-Perú. Este último con el apoyo y compromiso de la Agencia Española de CooperaciónInternacional (actualmente

AECID), dan inicio a la ejecución del proyecto Binacional de Ordenamiento, Manejo y Desarrollo de laCuenca Catamayo-Chira, cuyo período fue el comprendido entre el 2001 al 2007 concluyendo con laformulación del Plan correspondiente y la constitución del Centro Binacional de Formación Técnica,además de iniciado el proceso para la constitución de los Consejos de Cuenca nacionales en la perspectivade que estos den paso a la conformación de un Organismo de Gestión Binacional.

En este contexto y a partir de la información generada en el período anteriormente señalado e integrada enel Plan de Ordenamiento, Manejo y Desarrollo-POMD-, los gobiernos e instituciones con competencias de

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Ecuador y Perú acuerdan una propuesta de lineamientos para una nueva actuación e la AECID en la zona,surgiendo el proyecto “Fortalecimiento de la Gestión Integral de la Cuenca Binacional Catamayo-Chira previsto de ejecutarse durante el período 2009-2011, cuyo objeto es “lograr adecuadas capacidades de losactores para la gestión de la Cuenca Catamayo Chira”.

El proyecto cuenta con el informe de dictamen favorable emitido por la Secretaría Nacional de

Planificación y Desarrollo (SENPLADFES-ECUADOR) con fecha 21 de agosto de 2008 y declaración deviabilidad expresada por parte del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP-Perú) con fecha 22 deseptiembre de 2008.

El 1 de junio del 2009, el H. Consejo Provincial de Loja y el proyecto Fortalecimiento de la GestiónIntegral de la Cuenca Binacional Catamayo-Chira (PGICC) suscriben un acta compromiso para lacoejecución de los proyectos: Guarango-Tara y Reforestación de microcuencas críticas de la cuencaCatamayo-Chira (zona ecuatoriana); en el componente del PGICC “Gestión de los recursos naturalesrenovables”, en donde se identificó las correspondientes áreas geográficas de actuación.

El Ing. Franco Herrera, Director de Medio Ambiente del Gobierno Provincial de Loja, remite unacomunicación al señor Ing. Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja, signado con el Nro.

352-DMA-2009, de fecha 06 de octubre del 2009, que textualmente dice “...Me dirijo a Usted con lafinalidad de solicitar comedidamente, se digne autorizar la contratación del personal que laboran encalidad de promotores viveristas para el proyecto que se coejecuta con el proyecto Binacional CatamayoChira, según al detalle adjunto.-Cabe indicar que el proyecto Binacional de Gestión Integral CatamayoChira (PGICC), ha requerido que la Institución Provincial realice los contratos a los promotores y el pagolo efectuará el PGICC, previo a la presentación de facturas y/o documentos respectivos; estas personas yase encuentran laborando en sus lugares de trabajo...”.

Con el antecedente antes expuesto, el Ing. Ruben Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja,mediante sumilla constante en memorando Nro. 352-DMA-2009, de fecha 06 de octubre del dos milnueve, dirigido a la Procuraduría Sindica, dispone la elaboración del presente contrato

TERCERA.- FUNCIONESEl Ing. Marco Vinicio Jaramillo Girón, realizará las funciones de Promotor Viverista en la parroquia deYangana, bajo la dependencia de la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial de Loja,debiendo realizar sus funciones de acuerdo a los términos de referencia adjuntos al presente documento.

CUARTA.- ACTIVIDAD TÉCNICA A CUMPLIRSE

El trabajo de apoyo técnico a la Unidad de Gestión en la fase Operativa del proyecto, será realizado aentera satisfacción del Proyecto Binacional de Gestión Integral Catamayo – Chira, cuya unidad de gestión,evaluará mensualmente el rendimiento del contratado. Si los avances del trabajo no estuvieran de acuerdocon las metas y el cronograma establecidos por la unidad de gestión, el Gobierno Provincial de Loja, se

reserva el derecho a resolver el presente contrato.

QUINTA.- RELACION CIVIL ENTRE LAS PARTES

El presente contrato es de naturaleza civil, sujeto al derecho común. Por tanto entre el contratante y elcontratado no existe relación laboral o de dependencia alguna.

 No hay subordinación judicial ni de ninguna otra especie que pudiera significar relación laboral entre las  partes o sus dependientes, puesto que el contratado prestará sus servicios al contratante de maneraindependiente y autónoma.

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SEXTA.- HONORARIOS

Se estipula como honorarios mensuales la cantidad equivalente a US $ 400,00 (CUATROCIENTOSDÓLARES AMERICANOS), valores que serán abonados por el proyecto Binacional de Gestión IntegralCatamayo Chira (PGICC), previo la presentación de informes y facturas.

Para dicho efecto, la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial de Loja, en formamensual emitirá el correspondiente informe hacia el Proyecto, haciendo constar que las mismas hansido desempeñadas a cabalidad y en cumplimiento de lo convenido entre las partes. Este informe seráanalizado documentalmente y en campo por parte del Proyecto para proceder al pago respectivo.

El contratado presentará la correspondiente factura a nombre de “AECI-Proyecto Catamayo Chira”.

Los honorarios previstos en el párrafo anterior incluyen el IVA, por tanto es de responsabilidad del Ing.Marco Vinicio Jaramillo Girón, efectuar los pagos por concepto de Impuesto a la Renta e IVA.

SEPTIMA.- MOVILIZACIÓN Y VIATICOS

El proyecto Binacional Catamayo Chira dispondrá de un valor mensual de $ 40,00 (CUARENTADOLARES AMERICANOS) para gastos de combustibles y movilización en el área de intervención, loscuales serán entregados previa la presentación de los correspondientes recibos de viaje y/o facturas decombustible por parte del contratado.

OCTAVA.- PLAZO DEL CONTRATO

El plazo del presente contrato tes a partir del 24 de agosto del 2009 al 31 de diciembre del 2009.El presente contrato no obliga a la renovación inmediata del mismo.

NOVENA.- TERMINACION DEL CONTRATO:

El presente contrato puede concluir por mutuo acuerdo de las partes si así lo convinieren y dejarenconstancia escrita. Sin embargo el Gobierno Provincial de Loja se reserva el derecho de dar por terminadoel contrato, de manera unilateral por decisión de la “AECI-Proyecto Catamayo Chira”; o en caso de que por algún motivo el convenio entre el Gobierno Provincial de Loja y el proyecto Catamayo Chira tuvieraque darse por terminado..

En caso de que el contrato terminare unilateralmente conforme a lo establecido en el párrafo anterior, el proyecto pagará al contratado, el valor del trabajo efectivamente realizado hasta la fecha de terminaciónunilateral del contrato, en forma proporcional al tiempo en que efectivamente hubiere prestado susservicios.

El contratado por su parte, se compromete a entregar los trabajos que haya efectuado hasta la fecha en que

el Proyecto dé por terminado el contrato; la terminación del mismo, no dará lugar al pago deindemnizaciones por ningún concepto.

DECIMA.- JURISDICCION Y TRAMITE

En caso de suscitarse controversias relacionadas con la ejecución del presente contrato, las partes acuerdansometerse a los sistemas de conciliación del Cantón Loja.

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Para constancia y conformidad de lo estipulado, las partes firman en tres ejemplares de igual tenor y valor.A los quince días del mes de octubre del 2009.

Ing. Rubén Bustamante Monteros Dr. Antonio Mora SerranoPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA PROCURADOR SINDICO

Ing. Marco Vinicio Jaramillo GirónCONTRATADOC.I. 110316078-2

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GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA

DIRECCION JURIDICA

CONTRATO Nro.1161-09

CONTRATO QUE SE CELEBRA ENTRE EL GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA Y EL SEÑORING. EDWIN GASTON CABRERA OCHOA, PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DEPROMOTOR VIVERISTA EN LA PARROQUIA DE VILCABAMBA, CANTÓN Y PROVINCIA DELOJA; DENTRO DEL PROYECTO FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN INTEGRAL DE LACUENCA BINACIONAL CATAMAYO – CHIRA.

PRIMERA.- COMPARECIENTES

Intervienen en la celebración del presente contrato, por una parte el Gobierno Provincial de Loja legalmenterepresentado por los señores: Ing. Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja, Dr. Antonio MoraSerrano, Procurador Síndico del Gobierno Provincial de Loja; y, por otra el Ing. Edwin Gastón Cabrera Ochoa por sus propios derechos y convienen en celebrar el presente contrato al tenor de las siguientes cláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES

De conformidad al Art. 263 de la Constitución Política de la República del Ecuador, son competenciaexclusivas de los Gobiernos Provinciales, sin perjuicio de otras que determine la Ley: Ejecutar, en coordinacióncon el gobierno regional, obras en cuencas y microcuencas; la gestión ambiental provincial; Fomentar lasactividades productivas provinciales; Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sucompetencias; entre otras...”.

De acuerdo al Art. 7 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Provincial, corresponde a los ConsejosProvinciales(Gobiernos Provinciales), realizar obras públicas de carácter provincial e interprovincial, prestarcooperación técnica o pecuniaria a las obras de interés social que se ejecuten dentro del territorio nacional porcuanto es necesario aunar esfuerzos para el desarrollo provincial y seccional.

El Gobierno Provincial de Loja, en su gestión para poner en marcha el Programa Forestal y ejecutar los proyectos, estableció convenios con los Municipios de Quilanga, Espíndola, Gonzanamá, Macará, ZapotilloSozoranga, Pindal, Puyango, Celica, Paltas y cuenta con un vivero propio del Gobierno Provincial de Loja, encada uno de estos cantones se establecen viveros forestales destinados a la producción de plántulas de calidad deespecies nativas; identificando la necesidad de ampliar su cobertura a las principales parroquias de los lugaredonde nace la Cuenca del río Catamayo.

El tratamiento de la Cuenca Transfronteriza Catamayo-Chira, surge a partir de la suscripción en el año 1971 deConvenio par Aprovechamiento de las Cuencas Binacionales Puyango-Tumbes y Catamayo-Chira por parte deEcuador y Perú, el mismo que entre otros aspectos estipula la constitución de la Comisión Mixta Ecuatoriana-Peruana para el manejo de las cuencas en referencia.

Posteriormente los gobiernos de Ecuador y Perú el 26 de octubre de 1998 en la ciudad de Brasilia, suscriben elAcuerdo Amplio Ecuatoriano – Peruano de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad, el mismo que entreotros instrumentos bilaterales instituye el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Ecuador-PerúEste último con el apoyo y compromiso de la Agencia Española de Cooperación Internacional (actualmente

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AECID), dan inicio a la ejecución del proyecto Binacional de Ordenamiento, Manejo y Desarrollo de la CuencaCatamayo-Chira, cuyo período fue el comprendido entre el 2001 al 2007 concluyendo con la formulación del

Plan correspondiente y la constitución del Centro Binacional de Formación Técnica, además de iniciado e

 proceso para la constitución de los Consejos de Cuenca nacionales en la perspectiva de que estos den paso a lconformación de un Organismo de Gestión Binacional.

En este contexto y a partir de la información generada en el período anteriormente señalado e integrada en ePlan de Ordenamiento, Manejo y Desarrollo-POMD-, los gobiernos e instituciones con competencias de Ecuadoy Perú acuerdan una propuesta de lineamientos para una nueva actuación e la AECID en la zona, surgiendo el proyecto “Fortalecimiento de la Gestión Integral de la Cuenca Binacional Catamayo-Chira previsto de ejecutarsedurante el período 2009-2011, cuyo objeto es “lograr adecuadas capacidades de los actores para la gestión de laCuenca Catamayo Chira”.

El proyecto cuenta con el informe de dictamen favorable emitido por la Secretaría Nacional de Planificación yDesarrollo (SENPLADFES-ECUADOR) con fecha 21 de agosto de 2008 y declaración de viabilidad expresada

 por parte del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP-Perú) con fecha 22 de septiembre de 2008.

El 1 de junio del 2009, el H. Consejo Provincial de Loja y el proyecto Fortalecimiento de la Gestión Integral dela Cuenca Binacional Catamayo-Chira (PGICC) suscriben un acta compromiso para la coejecución de los  proyectos: Guarango-Tara y Reforestación de microcuencas críticas de la cuenca Catamayo-Chira (zonecuatoriana); en el componente del PGICC “Gestión de los recursos naturales renovables”, en donde se identificólas correspondientes áreas geográficas de actuación.

El Ing. Franco Herrera, Director de Medio Ambiente del Gobierno Provincial de Loja, remite una comunicaciónal señor Ing. Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja, signado con el Nro. 352-DMA-2009, defecha 06 de octubre del 2009, que textualmente dice “...Me dirijo a Usted con la finalidad de solicitarcomedidamente, se digne autorizar la contratación del personal que laboran en calidad de promotores viverista

 para el proyecto que se coejecuta con el proyecto Binacional Catamayo Chira, según al detalle adjunto.-Cabeindicar que el proyecto Binacional de Gestión Integral Catamayo Chira (PGICC), ha requerido que la InstituciónProvincial realice los contratos a los promotores y el pago lo efectuará el PGICC, previo a la presentación defacturas y/o documentos respectivos; estas personas ya se encuentran laborando en sus lugares de trabajo...”.

Con el antecedente antes expuesto, el Ing. Ruben Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja, mediantesumilla constante en memorando Nro. 352-DMA-2009, de fecha 06 de octubre del dos mil nueve, dirigido a laProcuraduría Sindica, dispone la elaboración del presente contrato

TERCERA.- FUNCIONES

El Ing. Edwin Gastón Cabrera Ochoa, realizará las funciones de Promotor Viverista en la parroquia deVilcabamba, bajo la dependencia de la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Procvincial de Loja

debiendo realizar sus funciones de acuerdo a los términos de referencia adjuntos al presente documento. 

CUARTA.- ACTIVIDAD TÉCNICA A CUMPLIRSE

El trabajo de apoyo técnico a la Unidad de Gestión en la fase Operativa del proyecto, será realizado a enterasatisfacción del Proyecto Binacional de Gestión Integral Catamayo – Chira, cuya unidad de gestión, evaluarámensualmente el rendimiento del contratado. Si los avances del trabajo no estuvieran de acuerdo con las metay el cronograma establecidos por la unidad de gestión, el Gobierno Provincial de Loja, se reserva el derecho aresolver el presente contrato.

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QUINTA.- RELACION CIVIL ENTRE LAS PARTES 

El presente contrato es de naturaleza civil, sujeto al derecho común. Por tanto entre el contratante y econtratado no existe relación laboral o de dependencia alguna.

 No hay subordinación judicial ni de ninguna otra especie que pudiera significar relación laboral entre las partes osus dependientes, puesto que el contratado prestará sus servicios al contratante de manera independiente yautónoma.

SEXTA.- HONORARIOS

Se estipula como honorarios mensuales la cantidad equivalente a US $ 400,00 (CUATROCIENTOSDÓLARES AMERICANOS), valores que serán abonados por el proyecto Binacional de Gestión IntegraCatamayo Chira (PGICC), previo la presentación de informes y facturas.

Para dicho efecto, la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial de Loja, en forma mensuaemitirá el correspondiente informe hacia el Proyecto, haciendo constar que las mismas han sido

desempeñadas a cabalidad y en cumplimiento de lo convenido entre las partes. Este informe será analizadodocumentalmente y en campo por parte del Proyecto para proceder al pago respectivo.

El contratado presentará la correspondiente factura a nombre de “AECI-Proyecto Catamayo Chira”.

Los honorarios previstos en el párrafo anterior incluyen el IVA, por tanto es de responsabilidad del Ing. EdwinGastón Cabrera Ochoa, efectuar los pagos por concepto de Impuesto a la Renta e IVA.

SEPTIMA.- MOVILIZACIÓN Y VIATICOS

El proyecto Binacional Catamayo Chira dispondrá de un valor mensual de $ 40,00 (CUARENTADOLARES AMERICANOS) para gastos de combustibles y movilización en el área de intervención, los cuales

serán entregados previa la presentación de los correspondientes recibos de viaje y/o facturas de combustible por parte del contratado.

OCTAVA.- PLAZO DEL CONTRATO

El plazo del presente contrato tes a partir del 24 de agosto del 2009 al 31 de diciembre del 2009.El presente contrato no obliga a la renovación inmediata del mismo.

NOVENA.- TERMINACION DEL CONTRATO:

El presente contrato puede concluir por mutuo acuerdo de las partes si así lo convinieren y dejaren constanciaescrita. Sin embargo el Gobierno Provincial de Loja se reserva el derecho de dar por terminado el contrato, demanera unilateral por decisión de la “AECI-Proyecto Catamayo Chira”; o en caso de que por algún motivo e

convenio entre el Gobierno Provincial de Loja y el proyecto Catamayo Chira tuviera que darse por terminado.

En caso de que el contrato terminare unilateralmente conforme a lo establecido en el párrafo anterior, el proyecto pagará al contratado, el valor del trabajo efectivamente realizado hasta la fecha de terminación unilateral decontrato, en forma proporcional al tiempo en que efectivamente hubiere prestado sus servicios.

El contratado por su parte, se compromete a entregar los trabajos que haya efectuado hasta la fecha en que eProyecto dé por terminado el contrato; la terminación del mismo, no dará lugar al pago de indemnizaciones porningún concepto.

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DECIMA.- JURISDICCION Y TRAMITE

En caso de suscitarse controversias relacionadas con la ejecución del presente contrato, las partes acuerdansometerse a los sistemas de conciliación del Cantón Loja.

Para constancia y conformidad de lo estipulado, las partes firman en tres ejemplares de igual tenor y valor. A losquince días del mes de octubre del 2009.

Ing. Rubén Bustamante Monteros Dr. Antonio Mora SerranoPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA PROCURADOR SINDICO

Ing. Edwin Gaston Cabrera OchoaCONTRATADOC.I. 1103303887

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GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA

DIRECCION JURIDICA

CONTRATO Nro.1162-09

CONTRATO QUE SE CELEBRA ENTRE EL GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA Y EL SEÑORLIVIO VICENTE CURIPOMA TENE, PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DE PROMOTORVIVERISTA EN LA PARROQUIA DE CHUQUIRIBAMBA, CANTÓN Y PROVINCIA DE LOJA;DENTRO DEL PROYECTO FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN INTEGRAL DE LA CUENCABINACIONAL CATAMAYO – CHIRA.

PRIMERA.- COMPARECIENTES

Intervienen en la celebración del presente contrato, por una parte el Gobierno Provincial de Loja legalmenterepresentado por los señores: Ing. Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja, Dr. Antonio MoraSerrano, Procurador Síndico del Gobierno Provincial de Loja; y, por otra el Sr. Livio Vicente Curipoma Tene por sus propios derechos y convienen en celebrar el presente contrato al tenor de las siguientes cláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES

De conformidad al Art. 263 de la Constitución Política de la República del Ecuador, son competenciaexclusivas de los Gobiernos Provinciales, sin perjuicio de otras que determine la Ley: Ejecutar, en coordinacióncon el gobierno regional, obras en cuencas y microcuencas; la gestión ambiental provincial; Fomentar lasactividades productivas provinciales; Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sucompetencias; entre otras...”.

De acuerdo al Art. 7 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Provincial, corresponde a los ConsejosProvinciales(Gobiernos Provinciales), realizar obras públicas de carácter provincial e interprovincial, prestarcooperación técnica o pecuniaria a las obras de interés social que se ejecuten dentro del territorio nacional porcuanto es necesario aunar esfuerzos para el desarrollo provincial y seccional.

El Gobierno Provincial de Loja, en su gestión para poner en marcha el Programa Forestal y ejecutar los proyectos, estableció convenios con los Municipios de Quilanga, Espíndola, Gonzanamá, Macará, ZapotilloSozoranga, Pindal, Puyango, Celica, Paltas y cuenta con un vivero propio del Gobierno Provincial de Loja, encada uno de estos cantones se establecen viveros forestales destinados a la producción de plántulas de calidad deespecies nativas; identificando la necesidad de ampliar su cobertura a las principales parroquias de los lugaredonde nace la Cuenca del río Catamayo.

El tratamiento de la Cuenca transfronteriza Catamayo-Chira, surge a partir de la suscripción en el año 1971 delConvenio par Aprovechamiento de las Cuencas Binacionales Puyango-Tumbes y Catamayo-Chira por parte deEcuador y Perú, el mismo que entre otros aspectos estipula la constitución de la Comisión Mixta Ecuatoriana-Peruana para el manejo de las cuencas en referencia.

Posteriormente los gobiernos de Ecuador y Perú el 26 de octubre de 1998 en la ciudad de Brasilia, suscriben elAcuerdo Amplio Ecuatoriano – Peruano de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad, el mismo que entreotros instrumentos bilaterales instituye el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Ecuador-PerúEste último con el apoyo y compromiso de la Agencia Española de Cooperación Internacional (actualmente

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AECID), dan inicio a la ejecución del proyecto Binacional de Ordenamiento, Manejo y Desarrollo de la CuencaCatamayo-Chira, cuyo período fue el comprendido entre el 2001 al 2007 concluyendo con la formulación dePlan correspondiente y la constitución del Centro Binacional de Formación Técnica, además de iniciado e proceso para la constitución de los Consejos de Cuenca nacionales en la perspectiva de que estos den paso a lconformación de un Organismo de Gestión Binacional.

En este contexto y a partir de la información generada en el período anteriormente señalado e integrada en ePlan de Ordenamiento, Manejo y Desarrollo-POMD-, los gobiernos e instituciones con competencias de Ecuadoy Perú acuerdan una propuesta de lineamientos para una nueva actuación e la AECID en la zona, surgiendo el proyecto “Fortalecimiento de la Gestión Integral de la Cuenca Binacional Catamayo-Chira previsto de ejecutarsedurante el período 2009-2011, cuyo objeto es “lograr adecuadas capacidades de los actores para la gestión de laCuenca Catamayo Chira”.

El proyecto cuenta con el informe de dictamen favorable emitido por la Secretaría Nacional de Planificación yDesarrollo (SENPLADFES-ECUADOR) con fecha 21 de agosto de 2008 y declaración de viabilidad expresada por parte del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP-Perú) con fecha 22 de septiembre de 2008.

El 1 de junio del 2009, el H. Consejo Provincial de Loja y el proyecto Fortalecimiento de la Gestión Integral de

la Cuenca Binacional Catamayo-Chira (PGICC) suscriben un acta compromiso para la coejecución de los  proyectos: Guarango-Tara y Reforestación de microcuencas críticas de la cuenca Catamayo-Chira (zonecuatoriana); en el componente del PGICC “Gestión de los recursos naturales renovables”, en donde se identificólas correspondientes áreas geográficas de actuación.

El Ing. Franco Herrera, Director de Medio Ambiente del Gobierno Provincial de Loja, remite una comunicaciónal señor Ing. Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja, signado con el Nro. 352-DMA-2009, defecha 06 de octubre del 2009, que textualmente dice “...Me dirijo a Usted con la finalidad de solicitarcomedidamente, se digne autorizar la contratación del personal que laboran en calidad de promotores viverista para el proyecto que se coejecuta con el proyecto Binacional Catamayo Chira, según al detalle adjunto.-Cabeindicar que el proyecto Binacional de Gestión Integral Catamayo Chira (PGICC), ha requerido que la InstituciónProvincial realice los contratos a los promotores y el pago lo efectuará el PGICC, previo a la presentación de

facturas y/o documentos respectivos; estas personas ya se encuentran laborando en sus lugares de trabajo...”.

Con el antecedente antes expuesto, el Ing. Ruben Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja, mediantesumilla constante en memorando Nro. 352-DMA-2009, de fecha 06 de octubre del dos mil nueve, dirigido a laProcuraduría Sindica, dispone la elaboración del presente contrato

TERCERA.- FUNCIONES

El Sr. Livio Vicente Curipoma Tene, realizará las funciones de Promotor Viverista en la parroquia deChuquiribamba, bajo la dependencia de la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial de Lojadebiendo realizar sus funciones de acuerdo a los términos de referencia adjuntos al presente documento.

CUARTA.- ACTIVIDAD TÉCNICA A CUMPLIRSE

El trabajo de apoyo técnico a la Unidad de Gestión en la fase Operativa del proyecto, será realizado a enterasatisfacción del Proyecto Binacional de Gestión Integral Catamayo – Chira, cuya unidad de gestión, evaluarámensualmente el rendimiento del contratado. Si los avances del trabajo no estuvieran de acuerdo con las metas yel cronograma establecidos por la unidad de gestión, el Gobierno Provincial de Loja, se reserva el derecho aresolver el presente contrato.

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QUINTA.- RELACION CIVIL ENTRE LAS PARTES

El presente contrato es de naturaleza civil, sujeto al derecho común. Por tanto entre el contratante y econtratado no existe relación laboral o de dependencia alguna.

 No hay subordinación judicial ni de ninguna otra especie que pudiera significar relación laboral entre las partes osus dependientes, puesto que el contratado prestará sus servicios al contratante de manera independiente yautónoma.

SEXTA.- HONORARIOS

Se estipula como honorarios mensuales la cantidad equivalente a US $ 400,00 (CUATROCIENTOSDÓLARES AMERICANOS), valores que serán abonados por el proyecto Binacional de Gestión IntegraCatamayo Chira (PGICC), previo la presentación de informes y facturas.

Para dicho efecto, la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial de Loja, en forma mensuaemitirá el correspondiente informe hacia el Proyecto, haciendo constar que las mismas han sidodesempeñadas a cabalidad y en cumplimiento de lo convenido entre las partes. Este informe será analizadodocumentalmente y en campo por parte del Proyecto para proceder al pago respectivo.

El contratado presentará la correspondiente factura a nombre de “AECI-Proyecto Catamayo Chira”.

Los honorarios previstos en el párrafo anterior incluyen el IVA, por tanto es de responsabilidad del Sr. LivioVicente Curipoma Tene, efectuar los pagos por concepto de Impuesto a la Renta e IVA.

SEPTIMA.- MOVILIZACIÓN Y VIATICOS

El proyecto Binacional Catamayo Chira dispondrá de un valor mensual de $ 40,00 (CUARENTADOLARES AMERICANOS) para gastos de combustibles y movilización en el área de intervención, los cualesserán entregados previa la presentación de los correspondientes recibos de viaje y/o facturas de combustible por parte del contratado.

OCTAVA.- PLAZO DEL CONTRATO

El plazo del presente contrato es a partir del 03 de agosto del 2009 al 31 de diciembre del 2009.El presente contrato no obliga a la renovación inmediata del mismo.

NOVENA.- TERMINACION DEL CONTRATO:

El presente contrato puede concluir por mutuo acuerdo de las partes si así lo convinieren y dejaren constanciaescrita. Sin embargo el Gobierno Provincial de Loja se reserva el derecho de dar por terminado el contrato, demanera unilateral por decisión de la “AECI-Proyecto Catamayo Chira”; o en caso de que por algún motivo econvenio entre el Gobierno Provincial de Loja y el proyecto Catamayo Chira tuviera que darse por terminado.

En caso de que el contrato terminare unilateralmente conforme a lo establecido en el párrafo anterior, el proyecto pagará al contratado, el valor del trabajo efectivamente realizado hasta la fecha de terminación unilateral decontrato, en forma proporcional al tiempo en que efectivamente hubiere prestado sus servicios.

El contratado por su parte, se compromete a entregar los trabajos que haya efectuado hasta la fecha en que eProyecto dé por terminado el contrato; la terminación del mismo, no dará lugar al pago de indemnizaciones porningún concepto.

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DECIMA.- JURISDICCION Y TRAMITE

En caso de suscitarse controversias relacionadas con la ejecución del presente contrato, las partes acuerdansometerse a los sistemas de conciliación del Cantón Loja.

Para constancia y conformidad de lo estipulado, las partes firman en tres ejemplares de igual tenor y valor. A los

quince días del mes de octubre del 2009.

Ing. Rubén Bustamante Monteros Dr. Antonio Mora SerranoPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA PROCURADOR SINDICO

Sr. Livio Vicente Curipoma TeneCONTRATADOC.I. 1101875035

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GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA

DIRECCION JURIDICA

CONTRATO Nro.1163-09

CONTRATO QUE SE CELEBRA ENTRE EL GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA Y EL SEÑORJOSÉ VIDAL CARAGUAY AGUINSACA, PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DEPROMOTOR VIVERISTA EN LA PARROQUIA DE GUALEL, CANTÓN Y PROVINCIA DELOJA; DENTRO DEL PROYECTO FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN INTEGRAL DE LACUENCA BINACIONAL CATAMAYO – CHIRA.

PRIMERA.- COMPARECIENTES

Intervienen en la celebración del presente contrato, por una parte el Gobierno Provincial de Loja legalmenterepresentado por los señores: Ing. Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja, Dr. Antonio MoraSerrano, Procurador Síndico del Gobierno Provincial de Loja; y, por otra el Sr. José Vidal Caraguay Aguinsaca por sus propios derechos y convienen en celebrar el presente contrato al tenor de las siguientes cláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES

De conformidad al Art. 263 de la Constitución Política de la República del Ecuador, son competenciaexclusivas de los Gobiernos Provinciales, sin perjuicio de otras que determine la Ley: Ejecutar, en coordinacióncon el gobierno regional, obras en cuencas y microcuencas; la gestión ambiental provincial; Fomentar lasactividades productivas provinciales; Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sucompetencias; entre otras...”.

De acuerdo al Art. 7 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Provincial, corresponde a los ConsejosProvinciales(Gobiernos Provinciales), realizar obras públicas de carácter provincial e interprovincial, prestarcooperación técnica o pecuniaria a las obras de interés social que se ejecuten dentro del territorio nacional porcuanto es necesario aunar esfuerzos para el desarrollo provincial y seccional.

El Gobierno Provincial de Loja, en su gestión para poner en marcha el Programa Forestal y ejecutar los proyectos, estableció convenios con los Municipios de Quilanga, Espíndola, Gonzanamá, Macará, ZapotilloSozoranga, Pindal, Puyango, Celica, Paltas y cuenta con un vivero propio del Gobierno Provincial de Loja, encada uno de estos cantones se establecen viveros forestales destinados a la producción de plántulas de calidad deespecies nativas; identificando la necesidad de ampliar su cobertura a las principales parroquias de los lugaredonde nace la Cuenca del río Catamayo.

El tratamiento de la Cuenca transfronteriza Catamayo-Chira, surge a partir de la suscripción en el año 1971 delConvenio par Aprovechamiento de las Cuencas Binacionales Puyango-Tumbes y Catamayo-Chira por parte deEcuador y Perú, el mismo que entre otros aspectos estipula la constitución de la Comisión Mixta Ecuatoriana-Peruana para el manejo de las cuencas en referencia.

Posteriormente los gobiernos de Ecuador y Perú el 26 de octubre de 1998 en la ciudad de Brasilia, suscriben elAcuerdo Amplio Ecuatoriano – Peruano de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad, el mismo que entreotros instrumentos bilaterales instituye el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Ecuador-PerúEste último con el apoyo y compromiso de la Agencia Española de Cooperación Internacional (actualmente

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AECID), dan inicio a la ejecución del proyecto Binacional de Ordenamiento, Manejo y Desarrollo de la CuencaCatamayo-Chira, cuyo período fue el comprendido entre el 2001 al 2007 concluyendo con la formulación dePlan correspondiente y la constitución del Centro Binacional de Formación Técnica, además de iniciado e proceso para la constitución de los Consejos de Cuenca nacionales en la perspectiva de que estos den paso a lconformación de un Organismo de Gestión Binacional.

En este contexto y a partir de la información generada en el período anteriormente señalado e integrada en ePlan de Ordenamiento, Manejo y Desarrollo-POMD-, los gobiernos e instituciones con competencias de Ecuadoy Perú acuerdan una propuesta de lineamientos para una nueva actuación e la AECID en la zona, surgiendo el proyecto “Fortalecimiento de la Gestión Integral de la Cuenca Binacional Catamayo-Chira previsto de ejecutarsedurante el período 2009-2011, cuyo objeto es “lograr adecuadas capacidades de los actores para la gestión de laCuenca Catamayo Chira”.

El proyecto cuenta con el informe de dictamen favorable emitido por la Secretaría Nacional de Planificación yDesarrollo (SENPLADFES-ECUADOR) con fecha 21 de agosto de 2008 y declaración de viabilidad expresada por parte del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP-Perú) con fecha 22 de septiembre de 2008.

El 1 de junio del 2009, el H. Consejo Provincial de Loja y el proyecto Fortalecimiento de la Gestión Integral de

la Cuenca Binacional Catamayo-Chira (PGICC) suscriben un acta compromiso para la coejecución de los  proyectos: Guarango-Tara y Reforestación de microcuencas críticas de la cuenca Catamayo-Chira (zonecuatoriana); en el componente del PGICC “Gestión de los recursos naturales renovables”, en donde se identificólas correspondientes áreas geográficas de actuación.

El Ing. Franco Herrera, Director de Medio Ambiente del Gobierno Provincial de Loja, remite una comunicaciónal señor Ing. Rubén Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja, signado con el Nro. 352-DMA-2009, defecha 06 de octubre del 2009, que textualmente dice “...Me dirijo a Usted con la finalidad de solicitarcomedidamente, se digne autorizar la contratación del personal que laboran en calidad de promotores viverista para el proyecto que se coejecuta con el proyecto Binacional Catamayo Chira, según al detalle adjunto.-Cabeindicar que el proyecto Binacional de Gestión Integral Catamayo Chira (PGICC), ha requerido que la InstituciónProvincial realice los contratos a los promotores y el pago lo efectuará el PGICC, previo a la presentación de

facturas y/o documentos respectivos; estas personas ya se encuentran laborando en sus lugares de trabajo...”.

Con el antecedente antes expuesto, el Ing. Ruben Bustamante Monteros, Prefecto Provincial de Loja, mediantesumilla constante en memorando Nro. 352-DMA-2009, de fecha 06 de octubre del dos mil nueve, dirigido a laProcuraduría Sindica, dispone la elaboración del presente contrato

TERCERA.- FUNCIONES

El Sr. José Vidal Caraguay Aguinsaca, realizará las funciones de Promotor Viverista en la parroquia deGualel, bajo la dependencia de la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Procvincial de Loja, debiendorealizar sus funciones de acuerdo a los términos de referencia adjuntos al presente documento.

CUARTA.- ACTIVIDAD TÉCNICA A CUMPLIRSE

El trabajo de apoyo técnico a la Unidad de Gestión en la fase Operativa del proyecto, será realizado a enterasatisfacción del Proyecto Binacional de Gestión Integral Catamayo – Chira, cuya unidad de gestión, evaluarámensualmente el rendimiento del contratado. Si los avances del trabajo no estuvieran de acuerdo con las metas yel cronograma establecidos por la unidad de gestión, el Gobierno Provincial de Loja, se reserva el derecho aresolver el presente contrato.

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QUINTA.- RELACION CIVIL ENTRE LAS PARTES

El presente contrato es de naturaleza civil, sujeto al derecho común. Por tanto entre el contratante y econtratado no existe relación laboral o de dependencia alguna.

 No hay subordinación judicial ni de ninguna otra especie que pudiera significar relación laboral entre las partes osus dependientes, puesto que el contratado prestará sus servicios al contratante de manera independiente yautónoma.

SEXTA.- HONORARIOS

Se estipula como honorarios mensuales la cantidad equivalente a US $ 400,00 (CUATROCIENTOSDÓLARES AMERICANOS), valores que serán abonados por el proyecto Binacional de Gestión IntegraCatamayo Chira (PGICC), previo la presentación de informes y facturas.

Para dicho efecto, la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial de Loja, en forma mensuaemitirá el correspondiente informe hacia el Proyecto, haciendo constar que las mismas han sidodesempeñadas a cabalidad y en cumplimiento de lo convenido entre las partes. Este informe será analizadodocumentalmente y en campo por parte del Proyecto para proceder al pago respectivo.

El contratado presentará la correspondiente factura a nombre de “AECI-Proyecto Catamayo Chira”.

Los honorarios previstos en el párrafo anterior incluyen el IVA, por tanto es de responsabilidad del Sr. JoséVidal Caraguay Aguinsaca, efectuar los pagos por concepto de Impuesto a la Renta e IVA.

SEPTIMA.- MOVILIZACIÓN Y VIATICOS

El proyecto Binacional Catamayo Chira dispondrá de un valor mensual de $ 40,00 (CUARENTADOLARES AMERICANOS) para gastos de combustibles y movilización en el área de intervención, los cualesserán entregados previa la presentación de los correspondientes recibos de viaje y/o facturas de combustible por parte del contratado.

OCTAVA.- PLAZO DEL CONTRATO

El plazo del presente contrato es a partir del 03 de agosto del 2009 al 31 de diciembre del 2009.El presente contrato no obliga a la renovación inmediata del mismo.

NOVENA.- TERMINACION DEL CONTRATO:

El presente contrato puede concluir por mutuo acuerdo de las partes si así lo convinieren y dejaren constanciaescrita. Sin embargo el Gobierno Provincial de Loja se reserva el derecho de dar por terminado el contrato, demanera unilateral por decisión de la “AECI-Proyecto Catamayo Chira”; o en caso de que por algún motivo econvenio entre el Gobierno Provincial de Loja y el proyecto Catamayo Chira tuviera que darse por terminado.

En caso de que el contrato terminare unilateralmente conforme a lo establecido en el párrafo anterior, el proyecto pagará al contratado, el valor del trabajo efectivamente realizado hasta la fecha de terminación unilateral decontrato, en forma proporcional al tiempo en que efectivamente hubiere prestado sus servicios.

El contratado por su parte, se compromete a entregar los trabajos que haya efectuado hasta la fecha en que eProyecto dé por terminado el contrato; la terminación del mismo, no dará lugar al pago de indemnizaciones porningún concepto.

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DECIMA.- JURISDICCION Y TRAMITE

En caso de suscitarse controversias relacionadas con la ejecución del presente contrato, las partes acuerdansometerse a los sistemas de conciliación del Cantón Loja.

Para constancia y conformidad de lo estipulado, las partes firman en tres ejemplares de igual tenor y valor. A los

quince días del mes de octubre del 2009.

Ing. Rubén Bustamante Monteros Dr. Antonio Mora SerranoPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA PROCURADOR SINDICO

Sr. José Vidal Caraguay AguinsacaCONTRATADOC.I. 1102837026

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HONORABLE CONSEJO PROVINCIAL DE LOJA

DIRECCION JURIDICA

CONTRATO Nro. 702-DJ-200

CONTRATO QUE SE CELEBRA ENTRE EL H. CONSEJO PROVINCIAL DE LOJA Y EL LICENCIADO CÉSARALFONSO ULLOA TAPIA, PARA DESEMPEÑAR LA FUNCIÓN DE COMUNICADOR SOCIAL DE LA UNIDAD DEGESTION DEL PROYECTO BINACIONAL DE ORDENAMIENTO, MANEJO Y DESARROLLO DE LA CUENCACATAMAYO – CHIRA.

CLAUSULA PRIMERA.- COMPARECIENTES

Intervienen en la celebración del presente contrato, por una parte el H. Consejo Provincial de Loja, legalmenterepresentado por los señores: Arq. Rodrigo Vivar Bermeo., Prefecto Provincial de Loja., Dra. Mgs. RebecaAguirre de Espinoza, Procuradora Síndica del H. Consejo Provincial de Loja y por otra el Lic. César AlfonsoUlloa Tapia, con Cédula de identidad: 1710866540 y domicilio en: La Tebaida Baja, Calles Cuba 21-46 y Chileconvienen en celebrar el presente contrato al tenor de las siguientes cláusulas:

CLAUSULA SEGUNDA.- ANTECEDENTES

De acuerdo a la Ley de Régimen Provincial, corresponde a los Consejos Provinciales, realizar obras públicas decarácter Provincial e Interprovincial, prestar cooperación técnica o pecuniaria a las obras de interés social que seejecuten dentro del territorio nacional por cuanto es necesario aunar esfuerzos para el desarrollo Provincial ySeccional.

El Ing. Adolfo Aguirre Jaramillo, Coordinador Ecuatoriano del Proyecto Binacional Catamayo Chira, remite un

oficio al Arquitecto Rodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provincial de Loja, signado con el Nro…………….UNIGECC de fecha..………………. del 2006, mediante el cual solicita la elaboración del presentecontrato.

Con los antecedentes antes expuestos, el Arq. Rodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provincial de Loja, mediantememorando Nro………… de fecha…………………., dirigido a la Dra. Mgs. Rebeca Aguirre de Espinozadispone la elaboración del presente contrato

El Proyecto Binacional de Ordenamiento, Manejo y Desarrollo de la cuenca Catamayo – Chira, forma parte dela X Comisión Mixta de Cooperación Técnica Hispano Ecuatoriano 2001-2004, la XI Comisión Mixta deCooperación Técnica Hispano Ecuatoriano 2005-2008; y se ejecuta con el apoyo técnico y financiero de laAgencia Española de Cooperación Internacional – AECI, a través de la Oficina Técnica de Cooperación en el

Ecuador – OTC.

El objetivo del Proyecto es la Gestión Integral y compartida de la cuenca Catamayo –Chi ra, que pe rmi ta un mejo r u so de l os r ecur sos y pos ibi li te e l d esar rol losocioeconómico en benef ic io de la población a el la vinculada, acorde con el P lan demanejo elaborado a e se p ropósi to y como consecuencia de l a p romoción deact ividades product ivas y formativas educat ivas de la población adecuadas, en un

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marco de promoción de las relaciones de interculturalidad y promoviendo polít icas deigualdad entre mujeres y hombres. La responsable de la gestión del Proyecto será laUnidad de Ges ti ón y e stá f ormada por un Cod irec to r Peruano , un Cod irec to rEcuatoriano y una Codirectora Española. Como apoyo técnico a la Unidad de Gestión,se ponen en marcha dos Unidades Técnicas en Piura y Loja que está compuesta porpersona l técnico de a l to n ive l en los campos de gest ión de cuencas, ingenier íaambiental, manejo y conservación de suelos y agua, riego, agronómica y por personaen el área administrativa en cada u na de las sedes.

Las actividades que se desarrollarán en el presente contrato de servicios profesionales están previstos en larespectiva programación del proyecto correspondiente al año 2006 y serán financiadas con los recursos queaporta el Fondo Contravalor Hispano Ecuatoriano al presupuesto del Proyecto.

CLAUSULA TERCERA.- FUNCIONES

El Lic. César Alfonso Ulloa Tapia, realizará las funciones de apoyo técnico a la Unidad de Gestión del ProyectoBinacional de Ordenamiento, Manejo y Desarrollo de la cuenca Catamayo – Chira en su fase Operativa, en laUnidad Técnica de Loja, ubicada en las dependencias del H. Consejo Provincial de Loja, calle BernardoValdivieso y José A. Eguiguren.

El Lic. César Alfonso Ulloa Tapia, tendrá las siguientes funciones:

1. Manejar, archivar y custodiar la información que se genere en materia de Comunicación tanto del Proyectcomo de la AECI y PLAN BINACIONAL.

2. Preparar ruedas de prensa.

3. Preparar Boletines Informativos

4. Mantener actualizada la página WEB del Proyecto

5. Realizar contactos con los medios de comunicación

6. Manejo de la imagen institucional

7. Proponer justificadamente la adquisición y/o actualización de equipos y programas.

8. Servirá de apoyo en la toma de decisiones.

9. Cumplir además de las actividades señaladas las que dispusiera la Codirección del Proyecto.

10. Las actividades descritas, serán llevadas a cabo en estrecha coordinación con la Unidad Técnica de Piura, laAECI y Plan Binacional

11. Las actividades encomendadas, incluyen el comprometimiento a no divulgar, entregar o suministrar total o parcialmente la información del Proyecto, lo cual única y exclusivamente lo decidirá la Codirección.

CLAUSULA QUINTA: RELACION CIVIL ENTRE LAS PARTES

El presente contrato es de naturaleza civil, sujeta al derecho común y singularmente alas reglas del mandato, conforme al Art. 2049 del Código Civi l . Por tanto entre econtratante y e l profesional no existe re lación laboral o de dependencia a lguna, n

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está consecuentemente, sometido al Código del Trabajo y leyes del Seguro SociaObligatorio.

No hay subordinac ión judic ia l n i de n inguna otra especie que pudiera s igni ficarre lac ión laboral entre las partes o sus dependientes, puesto que e l profesionaprestará sus servicios al contratante de manera independiente y autónoma.

CLAUSULA SEXTA: HONORARIOS

Los honorarios se cancelarán de l a siguiente manera:

Se estipula como honorarios mensuales la cantidad equivalente a US $ 1.200,00 (MILDOSCIENTOS DÓLARES AMERICANOS), valores que serán abonados por la AgenciaEspañola de Cooperación Internacional (AECI), de fondos de cooperación técnica,previa presentación de documento por servicios profesionales y previa presentaciónde los informes requeridos por la codirección. Los valores mensuales serán canceladosal término de cada mes.

En consecuencia el monto total del presente contrato asciende al valor de US $ 7,200(SIETE MIL DOSCIENTOS, 00/100 DÓLARES AMERICANOS).

Los honorar ios previstos en e l párrafo anter ior se cons idera inc lu ido e l pago deimpuestos; por tanto es de responsabi l idad de l L ic . César A l fonso Ul loa Tapiaefectuar las declaraciones y pagos por concepto de Impuesto a la Renta e IVA

CLAUSULA SEPTIMA: MOVILIZACIÓN Y VIATICOS

El Proyecto Catamayo Chira facil itará la movil ización necesaria para que el profesionapueda cumpl ir con las activ idades técnicas objeto de este contrato; los pasajesviát icos y subsistencias para la movi l ización interna y externa serán pagados por e

proyecto, de conformidad con el Reglamento Interno de la UNIGECC.CLAUSULA OCTAVA: PLAZO DEL CONTRATO

El presente contrato tiene una duración de doce (6) meses, contados desde el 01 deju l io a l 31 de d ic iembre de l 2006. E l presente contrato no ob l iga a la renovacióninmediata del mismo.

CLAUSULA NOVENA: TERMINACION DEL CONTRATO:

El presente contrato puede concluir por mutuo acuerdo de las partes si así lo convinieren y dejaren constanciaescrita. Sin embargo el H. Consejo Provincial de Loja se reserva el derecho de dar por terminado el contrato, dmanera unilateral por decisión de la UNIGECC.En caso de que el contrato terminare unilateralmente conforme a lo establecido en el párrafo anterior, el Proyecto pagará al Profesional, el valor del trabajo efectivamente realizado hasta la fecha de terminación unilateral decontrato, en forma proporcional al tiempo en que efectivamente hubiere prestado sus servicios profesionales.

El Profesional por su parte, se compromete a entregar los trabajos que haya efectuado hasta la fecha en que elProyecto dé por terminado el contrato; la terminación del mismo, no dará lugar al pago de indemnizaciones porningún concepto.

CLAUSULA DECIMA: RESPONSABILIDAD PROFESIONAL:

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El profesional responderá en forma personal frente a la UNIGECC del Proyecto Binacional de OrdenamientoManejo y Desarrollo de la Cuenca Catamayo – Chira, por el cumplimiento del presente contrato.

CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: DOMICILIO.- Para efectos exclusivos de notificación, el Lic. César Alfonso Ulloa Tapia, declara como su domicilio en Loja

Calles Cuba 21-46 Y Chile.

En caso de que el Contratado cambie de domicilio se obliga a notificar en forma inmediata a la entidad contratanteSi el Contratado no cumpliere con esta estipulación, la entidad contratante hará llegar toda documentación adomicilio fijado en el numeral precedente y se lo tendrá como legalmente notificado.

CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: JURISDICCION Y TRAMITE

En caso de susc i tarse controvers ias re lac ionadas con la e jecución del presentecontrato, las partes acuerdan someterse a los s istemas de conci l iación del CantónLoja.

Para constancia y conformidad de lo estipulado, las partes firman en dos ejemplares de igual tenor y valor. A los

veinticinco días del mes de mayo del dos mil seis.

Arq. Rodrigo Vivar Bermeo Dra. Rebeca Aguirre de E.PREFECTO PROVINCIAL DE LOJA PROCURADORA SINDICA

Lic. César Alfonso Ulloa Tapia CONTRATADOC.I. 1710866540

GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA

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DIRECCIÓN JURÍDICA

CONTRATO Nro. ..-DJ-2.009

CONTRATO QUE SE CELEBRA ENTRE EL GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA Y EL SEÑORING. ANGEL CORONEL, PARA DESEMPEÑAR FUNCIONES DE PROMOTOR VIVERISTA ENMALACATOS.

PRIMERA.- COMPARECIENTES:

Intervienen en la suscripción del presente contrato de servicios profesionales, por una parte el H. ConsejoProvincial de Loja, legalmente representado por los señores: Arq. Rodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provinciade Loja; y, Dr. Luis Cabrera Fajardo, Procurador Síndico, Encargado del H. Consejo Provincial de Loja y porotra, la Sra. FELICIANA MIREYA ERAZO ALDEÁN, que en lo posterior se lo denominará simplemente lacontratada, convienen en celebrar el presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

La Lic. Ginel Vivanco, Directora Ejecutiva del Patronato Provincial de Loja, remite un memorando al ArqRodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provincial de Loja, signado con el Nro. 0386-PPAS-HCPL-2009, del 18 demayo del 2009, el mismo que textualmente dice: “….Por medio del presente me permito solicitar a Usted muycomedidamente se contrate al personal médico y paramédico que laboran en Jornadas Médicas, como profesionales y auxiliares por el lapso de un mes, desde el 18 de mayo del 2009 hasta el 18 de junio del presenteaño, según se detalla a continuación:…”.

La Lic. Mary Guarnizo O., Jefe de Recursos Humanos, remite un memorando al señor Arq. Rodrigo VivarBermeo, Prefecto Provincial de Loja, signado con el Nro. 1404-JRH-2009 que en su parte pertinente dice“….En atención a sumilla inserta en memorando Nro. 0386-PPAS-HCPL-09; de fecha 18 de mayo de 2009;suscritos por la Lic. Ginel Vivanco Tandazo, Directora Ejecutiva del Patronato, solicita la contratación de personal de conformidad a la necesidad de los proyectos que se ejecutan en esa Dirección, por lo que una vez

analizado los términos de referencia que adjunto y por no existir personal disponible para que cumplan con esterequerimiento; esta Jefatura considera que es necesaria la contratación mediante la modalidad de ServiciosProfesionales, de conformidad al Art. 23 del Reglamento de la Ley Orgánica de Servicio Civil y CarreraAdministrativa de acuerdo al siguiente detalle…”.

La Licenciada Mary Guarnizo Ontaneda, Jefe de Recursos Humanos, de la Institución, remite memorandoal Econ. Jorge Luis Moncayo, Director Financiero, signado con el Nro. 1479-JRH-2009 del 01 de junio de2009, mediante el cual emite INFORME FAVORABLE para la contratación de la Sra. FELICIANAMIREYA ERAZO ALDEÁN.

El Arq. Rodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provincial de Loja, remite memorando Nro. 0500 de fecha 26 de mayodel año 2009, a la Procuraduría Sindica y Jefatura de Recursos Humanos, dispone la elaboración del contrato.

TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

Forman parte de este contrato: el memorando del señor Prefecto Provincial de Loja, disponiendo la contrataciónla certificación del Director Financiero sobre la disponibilidad presupuestaria; los documentos de identidad o de

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representación legal, según el caso; el informe del Director Departamental que solicita el contrato; y, el informede la Jefatura de Recursos Humanos de la entidad, que justifica la necesidad institucional.

CUARTA.- OBJETO:

Con todos los antecedentes expuestos, el H. Consejo Provincial de Loja, por intermedio de sus representante

legales, de conformidad a lo establecido en el Art. 23 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Civil yCarrera Administrativa, contrata los servicios lícitos y profesionales de la Sra. FELICIANA MIREYAERAZO ALDEÁN, para que labore como AUXILIAR DE ENFERMERÌA en el Patronato Provincial dAmparo Social del H. Consejo Provincial de Loja, de conformidad a los términos de referencia los mismos quese adjunta como documento habilitante. El horario de trabajo será de conformidad con las disposiciones de laEntidad Provincial. El contratado no tiene relación de dependencia, sin que pueda operar la estabilidadadministrativa.

QUINTA.- PLAZO:

El plazo del presente contrato es desde el 18 de mayo del año 2009, al 18 de junio del 2009.

SEXTA.- HONORARIOS:

El H. Consejo Provincial de Loja pagará a la Sra. FELICIANA MIREYA ERAZO ALDEÁN, por la actividadque es objeto del contrato, la cantidad de SEISCIENTOS CINCUENTA, 00/100 DÓLARES AMERICANOS($ 650,00), en calidad de HONORARIOS PROFESIONALES mensuales. Estos valores se aplicarán a la partida presupuestaria Nro.- 2209.837.29.00.001.001.000.1100.001.750108.0000.0000, Denominada: HOSPITALESY CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL Y SALUD, conforme consta de la certificación financiera Nro879-DF-09, de fecha 5 de junio del año 2009.

SÉPTIMA.- ACLARACIÓN:

La Sra. FELICIANA MIREYA ERAZO ALDEÁN, no tendrá derecho a uso y goce de vacaciones anuales y/omensuales, como tampoco al pago de aporte al Seguro Social. El contratado entregará aPatronato Provincial de Amparo Social del H. Consejo Provincial de Loja, un informemensual sobre sus actividades realizadas de conformidad a los términos de referencia para la prestación de servicios profesionales.

Además se procederá al cobro del Timbre Provincial de conformidad a la Ordenanza.

OCTAVA.- DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO:

El H. Consejo Provincial de Loja, podrá dar por terminado el contrato, en cualquier momento, durante el decursodel plazo estipulado, sin que tenga derecho a indemnización por el tiempo que falte por concluir el plazo, en est

caso se pagará la remuneración en proporción a los días trabajados, para lo cual se notificará al contratado, pointermedio del señor Prefecto Provincial de Loja.

Así mismo este contrato terminará automáticamente a la fecha del vencimiento del plazo, sin que sea necesarionotificación o solemnidad prevista.

También puede terminar por las siguientes razones:

1. Incumplimiento grave comprobado a las obligaciones contractuales

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2. Negligencia o inobservancia a las disposiciones superiores3. Falta de presentación oportuna de los informes que se soliciten.4. Abandono injustificado del trabajo por más de tres días consecutivos; y,5. Por renuncia voluntaria del contratado.

NOVENA.- CONTROVERSIAS:

Cualquier controversia que se suscitare por efectos de la celebración del presente contrato, las partes sesometerán a los Jueces competentes del cantón Loja, al juicio verbal sumario, renunciando fuero y domicilio preferente.

Los comparecientes de consuno, aceptan en todas las partes las estipulaciones constantes en este instrumento y alas cuales se someterán estrictamente.

Para constancia de lo estipulado en el presente contrato, las partes firman en la ciudad de Loja, a los ocho díadel mes de junio del año dos mil nueve, en un original y una copia de igual tenor.

Arq. Rodrigo Vivar Bermeo Dr. Luis Cabrera FajardoPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA PROCURADOR SÍNDICO (E)

Sra. Feliciana Mireya Erazo AldeánCONTRATADO

C.I.

LCF/lr.-Contrato Nro. 865-DJ-200908/06-2009

H. CONSEJO PROVINCIAL DE LOJADIRECCIÓN JURÍDICA

CONTRATO Nro. 865-DJ-2.009

CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE SE CELEBRA ENTRE EL H. CONSEJOPROVINCIAL DE LOJA Y LA SEÑORA FELICIANA MIREYA ERAZO ALDEÁN.

PRIMERA.- COMPARECIENTES:

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Intervienen en la suscripción del presente contrato de servicios profesionales, por una parte el H. ConsejoProvincial de Loja, legalmente representado por los señores: Arq. Rodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provinciade Loja; y, Dr. Luis Cabrera Fajardo, Procurador Síndico, Encargado del H. Consejo Provincial de Loja y porotra, la Sra. FELICIANA MIREYA ERAZO ALDEÁN, que en lo posterior se lo denominará simplemente lacontratada, convienen en celebrar el presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

La Lic. Ginel Vivanco, Directora Ejecutiva del Patronato Provincial de Loja, remite un memorando al ArqRodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provincial de Loja, signado con el Nro. 0386-PPAS-HCPL-2009, del 18 demayo del 2009, el mismo que textualmente dice: “….Por medio del presente me permito solicitar a Usted muycomedidamente se contrate al personal médico y paramédico que laboran en Jornadas Médicas, como profesionales y auxiliares por el lapso de un mes, desde el 18 de mayo del 2009 hasta el 18 de junio del presenteaño, según se detalla a continuación:…”.

La Lic. Mary Guarnizo O., Jefe de Recursos Humanos, remite un memorando al señor Arq. Rodrigo VivarBermeo, Prefecto Provincial de Loja, signado con el Nro. 1404-JRH-2009 que en su parte pertinente dice“….En atención a sumilla inserta en memorando Nro. 0386-PPAS-HCPL-09; de fecha 18 de mayo de 2009;

suscritos por la Lic. Ginel Vivanco Tandazo, Directora Ejecutiva del Patronato, solicita la contratación de personal de conformidad a la necesidad de los proyectos que se ejecutan en esa Dirección, por lo que una vezanalizado los términos de referencia que adjunto y por no existir personal disponible para que cumplan con esterequerimiento; esta Jefatura considera que es necesaria la contratación mediante la modalidad de ServiciosProfesionales, de conformidad al Art. 23 del Reglamento de la Ley Orgánica de Servicio Civil y CarreraAdministrativa de acuerdo al siguiente detalle…”.

La Licenciada Mary Guarnizo Ontaneda, Jefe de Recursos Humanos, de la Institución, remite memorandoal Econ. Jorge Luis Moncayo, Director Financiero, signado con el Nro. 1479-JRH-2009 del 01 de junio de2009, mediante el cual emite INFORME FAVORABLE para la contratación de la Sra. FELICIANAMIREYA ERAZO ALDEÁN.

El Arq. Rodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provincial de Loja, remite memorando Nro. 0500 de fecha 26 de mayodel año 2009, a la Procuraduría Sindica y Jefatura de Recursos Humanos, dispone la elaboración del contrato.

TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

Forman parte de este contrato: el memorando del señor Prefecto Provincial de Loja, disponiendo la contrataciónla certificación del Director Financiero sobre la disponibilidad presupuestaria; los documentos de identidad o derepresentación legal, según el caso; el informe del Director Departamental que solicita el contrato; y, el informede la Jefatura de Recursos Humanos de la entidad, que justifica la necesidad institucional.

CUARTA.- OBJETO:

Con todos los antecedentes expuestos, el H. Consejo Provincial de Loja, por intermedio de sus representantelegales, de conformidad a lo establecido en el Art. 23 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Civil yCarrera Administrativa, contrata los servicios lícitos y profesionales de la Sra. FELICIANA MIREYAERAZO ALDEÁN, para que labore como AUXILIAR DE ENFERMERÌA en el Patronato Provincial dAmparo Social del H. Consejo Provincial de Loja, de conformidad a los términos de referencia los mismos quese adjunta como documento habilitante. El horario de trabajo será de conformidad con las disposiciones de la

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Entidad Provincial. El contratado no tiene relación de dependencia, sin que pueda operar la estabilidadadministrativa.

QUINTA.- PLAZO:

El plazo del presente contrato es desde el 18 de mayo del año 2009, al 18 de junio del 2009.

SEXTA.- HONORARIOS:

El H. Consejo Provincial de Loja pagará a la Sra. FELICIANA MIREYA ERAZO ALDEÁN, por la actividadque es objeto del contrato, la cantidad de SEISCIENTOS CINCUENTA, 00/100 DÓLARES AMERICANOS($ 650,00), en calidad de HONORARIOS PROFESIONALES mensuales. Estos valores se aplicarán a la partida presupuestaria Nro.- 2209.837.29.00.001.001.000.1100.001.750108.0000.0000, Denominada: HOSPITALESY CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL Y SALUD, conforme consta de la certificación financiera Nro879-DF-09, de fecha 5 de junio del año 2009.

SÉPTIMA.- ACLARACIÓN:

La Sra. FELICIANA MIREYA ERAZO ALDEÁN, no tendrá derecho a uso y goce de vacaciones anuales y/omensuales, como tampoco al pago de aporte al Seguro Social. El contratado entregará aPatronato Provincial de Amparo Social del H. Consejo Provincial de Loja, un informemensual sobre sus actividades realizadas de conformidad a los términos de referencia para la prestación de servicios profesionales.

Además se procederá al cobro del Timbre Provincial de conformidad a la Ordenanza.

OCTAVA.- DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO:

El H. Consejo Provincial de Loja, podrá dar por terminado el contrato, en cualquier momento, durante el decurso

del plazo estipulado, sin que tenga derecho a indemnización por el tiempo que falte por concluir el plazo, en estcaso se pagará la remuneración en proporción a los días trabajados, para lo cual se notificará al contratado, pointermedio del señor Prefecto Provincial de Loja.

Así mismo este contrato terminará automáticamente a la fecha del vencimiento del plazo, sin que sea necesarionotificación o solemnidad prevista.

También puede terminar por las siguientes razones:

1. Incumplimiento grave comprobado a las obligaciones contractuales2. Negligencia o inobservancia a las disposiciones superiores3. Falta de presentación oportuna de los informes que se soliciten.4. Abandono injustificado del trabajo por más de tres días consecutivos; y,5. Por renuncia voluntaria del contratado.

NOVENA.- CONTROVERSIAS:

Cualquier controversia que se suscitare por efectos de la celebración del presente contrato, las partes sesometerán a los Jueces competentes del cantón Loja, al juicio verbal sumario, renunciando fuero y domicilio preferente.

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Los comparecientes de consuno, aceptan en todas las partes las estipulaciones constantes en este instrumento y alas cuales se someterán estrictamente.

Para constancia de lo estipulado en el presente contrato, las partes firman en la ciudad de Loja, a los ocho díadel mes de junio del año dos mil nueve, en un original y una copia de igual tenor.

Arq. Rodrigo Vivar Bermeo Dr. Luis Cabrera FajardoPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA PROCURADOR SÍNDICO (E)

Sra. Feliciana Mireya Erazo AldeánCONTRATADO

C.I.LCF/lr.-Contrato Nro. 865-DJ-200908/06-2009

H. CONSEJO PROVINCIAL DE LOJADIRECCIÓN JURÍDICA

CONTRATO Nro. 866-DJ-2.009

CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE SE CELEBRA ENTRE EL H. CONSEJOPROVINCIAL DE LOJA Y EL INGENIERO JULIO ANÍBAL PÉREZ ANDRADE.

PRIMERA.- COMPARECIENTES:

Intervienen en la suscripción del presente contrato de servicios profesionales, por una parte el H. ConsejoProvincial de Loja, legalmente representado por los señores: Arq. Rodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provinciade Loja; y, Dr. Luis Cabrera Fajardo, Procurador Síndico, Encargado del H. Consejo Provincial de Loja y porotra, el INGENIERO JULIO ANIBAL PÉREZ ANDRADE, que en lo posterior se lo denominarsimplemente el contratado, convienen en celebrar el presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

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El Ing. Ramiro Aguirre Aguirre, Director de Medio Ambiente, remite memorando al Arq. Rodrigo VivarBermeo, Prefecto Provincial de Loja signado con el Nro. 407-DMA-HCPL del 11 de mayo del 2009, el mismoque en su parte pertinente dice: “…Como es de su conocimiento y consta del oficio No. FIE-D-196 del 11 denoviembre de 2008, el fondo Italo Ecuatoriano aprobó el perfil del proyecto de mí autoría: Racionalización eintegración del manejo de las micro cuencas altas del cantón Espíndola, mediante la producción agroforestal e

irrigada y la transferencia de tecnologías apropiadas”, con un aporte de US. $ 2000.000 (DOSCIENTOS MILDOLARES).- Consecuentemente y con miras a finalizar el financiamiento del mencionado proyecto e iniciar suejecución, le agradeceré se sirva disponer la contratación del Ing Forestal Julio Annibal Pérez Andrade, con basea la partida Habilitación y Protección del suelo, subsuelo y áreas ecológicas...”.

La Lic. Mary Guarnizo O., Jefe de Recursos Humanos de la Institución, remite un memorando al señorArquitecto Rodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provincial de Loja, signado con el Nro. 1462-JRH-2009, de fecha 29de mayo del 2009, que en su parte pertinente dice: “....En atención a sumilla inserta en memorando Nro. 0407DIMA-HCPL-09, de fecha 11 de mayo de 2009; Memor. 447-DIMA-HCPL-09, de fecha 21 de mayo del 2009suscritos por el Ing. Ramiro Aguirre Aguirre, Director de Medio Ambiente, solicita la contratación del personalde conformidad a la necesidad de los proyectos que se ejecutan en esa Dirección, por lo que una vez analizadolos términos de referencia que adjunto y por no existir personal disponible para que cumplan con este

requerimiento; esta Jefatura considera que es necesaria la contratación mediante la modalidad de ServiciosProfesioanles, de conformidad al Art. 23 del Reglamento de la Ley Orgánica de Servicio Civil y CarreraAdministrativa de acuerdo al siguiente detalle...”. 

La Licenciada Mary Guarnizo Ontaneda, Jefe de Recursos Humanos, de la Institución, remite memorandoal Econ. Jorge Luis Moncayo, Director Financiero, signado con el Nro. 1481-JRH-2009 del 01 de junio de2009, mediante el cual solicita disponibilidad presupuestaria y emite INFORME FAVORABLE para lacontratación del Ing. JULIO ANIBAL PÉREZ ANDRADE.

El Arq. Rodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provincial de Loja, remite memorando Nro. 0508 de fecha 01 de juniodel año 2009, a la Procuraduría Sindica y Jefatura de Recursos Humanos, disponiendo la elaboración decontrato.

TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

Forman parte de este contrato: el memorando del señor Prefecto Provincial de Loja, disponiendo la contrataciónla certificación del Director Financiero sobre la disponibilidad presupuestaria; los documentos de identidad o derepresentación legal, según el caso; el informe del Director Departamental que solicita el contrato; y, el informede la Jefatura de Recursos Humanos de la entidad, que justifica la necesidad institucional.

CUARTA.- OBJETO:

Con todos los antecedentes expuestos, el H. Consejo Provincial de Loja, por intermedio de sus representantelegales, de conformidad a lo establecido en el Art. 23 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Civil y

Carrera Administrativa, contrata los servicios lícitos y profesionales del Ing.  JULIO ANIBAL PÉREZANDRADE, para que labore como Ingeniero Forestal en la Dirección de Medio Ambiente, de conformidad a lotérminos de referencia los mismos que se adjunta como documento habilitante.  El horario de trabajo será deconformidad con las disposiciones de la Entidad Provincial. El contratado no tiene relación de dependencia, sinque pueda operar la estabilidad administrativa.

QUINTA.- PLAZO:

El plazo del presente contrato es desde el 20 de abril del año 2009 al 31 de diciembre del 2009.

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SEXTA.- HONORARIOS:

El H. Consejo Provincial de Loja pagará al INGENIERO JULIO ANIBAL PÉREZ ANDRADE, por la actividadque es objeto del contrato, la cantidad de OCHOCIENTOS, 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($ 800,00)mensuales, en calidad de HONORARIOS PROFESIONALES. Estos valores se aplicarán a la partida

 presupuestaria Nro.- 2209.837.26.00.001.001.000.1100.001.750111.0000.0000, DenominadaHABILITACIÓN Y PROTECCIÓN DEL SUELO, SUBSUELO Y ÁREAS ECOLÓGICAS, conformconsta de la certificación financiera Nro. 880-DF-09, de fecha 5 de junio del año 2009.

SÉPTIMA.- ACLARACIÓN:

EL INGENIERO JULIO ANÍBAL PÉREZ ANDRADE, no tendrá derecho a uso y goce de vacaciones anualesy/o mensuales, como tampoco al pago de aporte al Seguro Social. El contratado entregará a laDirección de Medio Ambiente del H. Consejo Provincial de Loja , un informe mensual sobresus actividades realizadas de conformidad a los términos de referencia para la prestación deservicios profesionales.

Además se procederá al cobro del Timbre Provincial de conformidad a la Ordenanza.

OCTAVA.- DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO:

El H. Consejo Provincial de Loja, podrá dar por terminado el contrato, en cualquier momento, durante el decursodel plazo estipulado, sin que tenga derecho a indemnización por el tiempo que falte por concluir el plazo, en estcaso se pagará la remuneración en proporción a los días trabajados, para lo cual se notificará al contratado, pointermedio del señor Prefecto Provincial de Loja.

Así mismo este contrato terminará automáticamente a la fecha del vencimiento del plazo, sin que sea necesarionotificación o solemnidad prevista.

También puede terminar por las siguientes razones:

1. Incumplimiento grave comprobado a las obligaciones contractuales2. Negligencia o inobservancia a las disposiciones superiores3. Falta de presentación oportuna de los informes que se soliciten.4. Abandono injustificado del trabajo por más de tres días consecutivos; y,5. Por renuncia voluntaria del contratado.

NOVENA.- CONTROVERSIAS:

Cualquier controversia que se suscitare por efectos de la celebración del presente contrato, las partes sesometerán a los Jueces competentes del cantón Loja, al juicio verbal sumario, renunciando fuero y domicilio preferente.

Los comparecientes de consuno, aceptan en todas las partes las estipulaciones constantes en este instrumento y alas cuales se someterán estrictamente.

Para constancia de lo estipulado en el presente contrato, las partes firman en la ciudad de Loja, a los ocho díadel mes de junio del año dos mil nueve, en un original y una copia de igual tenor.

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Arq. Rodrigo Vivar Bermeo Dr. Luis Cabrera FajardoPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA PROCURADOR SÍNDICO (E)

Ing. Julio Anibal Pérez AndradeCONTRATADO

C.I.

LCF/lr.-Contrato Nro..866-DJ-200908- 06-2009

H. CONSEJO PROVINCIAL DE LOJADIRECCIÓN JURÍDICA

CONTRATO Nro. 833-DJ-2.009

CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE SE CELEBRA ENTRE EL H. CONSEJOPROVINCIAL DE LOJA Y LA DOCTORA MARÍA ISABEL TOLEDO CUEVA.

PRIMERA.- COMPARECIENTES:Intervienen en la suscripción del presente contrato de servicios profesionales, por una parte el H. ConsejoProvincial de Loja, legalmente representado por los señores: Arq. Rodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provinciade Loja; y, Dr. Luis Cabrera Fajardo, Procurador Síndico, Encargado del H. Consejo Provincial de Loja y porotra, la DOCTORA MARÍA ISABEL TOLEDO CUEVA, que en lo posterior se lo denominará simplementeel contratado, convienen en celebrar el presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

La Lic. Ginel Vivanco Tandazo, Directora del Patronato Provincial de Loja, remite memorando al Arq. RodrigoVivar Bermeo, Prefecto Provincial de Loja signado con el Nro. 298-PPAS-HCPL-2009 del 17 de abril del 2009el mismo que textualmente dice: “…A través del presente me permito solicitar a Usted muy atentamente seautorice la elaboración del Contrato por Servicios Profesionales de la Dra. Isabel Toledo, por el lapso de dosmeses a partir del 2 de enero hasta el 28 de febrero del 2009...”. La Lic. Mary Guarnizo O., Jefe de Recursos Humanos, remite un memorando al señor Arq. Rodrigo VivarBermeo, Prefecto Provincial de Loja, signado con el Nro. 1203-JRH-2009 que en su parte pertinente dice: “…Enatención a sumilla inserta en memorando Nro. 298-PPAS-HCPL-09, del 17 de abril del 2009, suscrito por la LicGinel Vivanco, Directora Ejecutiva del Patronato Provincial de Loja, solicita la contratación de personal deconformidad a la necesidad del proyecto que se ejecutan en esa Dirección, por lo que una vez analizado los

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términos de referencia que adjunto y por no existir personal disponible para que cumplan con este requerimientoesta Jefatura considera que es necesaria la contratación mediante la modalidad de Servicios Profesionales...”.

La Licenciada Mary Guarnizo Ontaneda, Jefe de Recursos Humanos, de la Institución, remite memorandoal Econ. Jorge Luis Moncayo, Director Financiero, signado con el Nro. 1344-JRH-2009 del 18 de mayo de2009, mediante el cual solicita disponibilidad presupuestaria y emite INFORME FAVORABLE para la

contratación de la Dra. MARÍA ISABEL TOLEDO CUEVA.

El Ing. Estuardo Granda Torres, Prefecto Provincial de Loja encaragado, remite memorando Nro. 0459 de fecha06 de mayo del año 2009, a la Procuraduría Sindica y Jefatura de Recursos Humanos, disponiendo la elaboracióndel contrato.

TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

Forman parte de este contrato: el memorando del señor Prefecto Provincial de Loja, disponiendo la contrataciónla certificación del Director Financiero sobre la disponibilidad presupuestaria; los documentos de identidad o derepresentación legal, según el caso; el informe del Director Departamental que solicita el contrato; y, el informede la Jefatura de Recursos Humanos de la entidad, que justifica la necesidad institucional.

CUARTA.- OBJETO:

Con todos los antecedentes expuestos, el H. Consejo Provincial de Loja, por intermedio de sus representantelegales, de conformidad a lo establecido en el Art. 23 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Civil yCarrera Administrativa, contrata los servicios lícitos y profesionales de la DOCTORA MARÍA ISABELTOLEDO CUEVA, para que labore en el Patronato Provincial de Amparo Social del H. Consejo Provincial deLoja, de conformidad a los términos de referencia los mismos que se adjunta como documento habilitante. Ehorario de trabajo será de conformidad con las disposiciones de la Entidad Provincial. El contratado no tienerelación de dependencia, sin que pueda operar la estabilidad administrativa.

QUINTA.- PLAZO:

El plazo del presente contrato es desde el 02 de enero del año 2009 al 28 de febrero del 2009.

SEXTA.- HONORARIOS:

El H. Consejo Provincial de Loja pagará a la DOCTORA MARÍA ISABEL TOLEDO CUEVA, por la actividadque es objeto del contrato, la cantidad de QUINIENTOS VEINTIOCHO, 00/100 DÓLARESAMERICANOS ($ 528,00), mensuales, en calidad de MÉDICO GINECÓLOGO. Estos valores se aplicarán a l  partida presupuestaria Nro.- 2209.837.29.00.001.001.000.1100.001.750108.0000.0000, DenominadaHOSPITALES Y CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL Y SALUD, conforme consta de la certificaciónfinanciera Nro. 838-DF-09, de fecha 21 de mayo del año 2009.

SÉPTIMA.- ACLARACIÓN:

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LA DOCTORA MARÍA ISABEL TOLEDO CUEVA, no tendrá derecho a uso y goce de vacaciones anuales y/omensuales, como tampoco al pago de aporte al Seguro Social. El contratado entregará aPatronato Provincial de Amparo Social del H. Consejo Provincial de Loja, un informemensual sobre sus actividades realizadas de conformidad a los términos de referencia para la prestación de servicios profesionales.

Además se procederá al cobro del Timbre Provincial de conformidad a la Ordenanza.

OCTAVA.- DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO:

El H. Consejo Provincial de Loja, podrá dar por terminado el contrato, en cualquier momento, durante el decursodel plazo estipulado, sin que tenga derecho a indemnización por el tiempo que falte por concluir el plazo, en estcaso se pagará la remuneración en proporción a los días trabajados, para lo cual se notificará al contratado, pointermedio del señor Prefecto Provincial de Loja.

Así mismo este contrato terminará automáticamente a la fecha del vencimiento del plazo, sin que sea necesarionotificación o solemnidad prevista.

También puede terminar por las siguientes razones:

1. Incumplimiento grave comprobado a las obligaciones contractuales2. Negligencia o inobservancia a las disposiciones superiores3. Falta de presentación oportuna de los informes que se soliciten.4. Abandono injustificado del trabajo por más de tres días consecutivos; y,5. Por renuncia voluntaria del contratado.

NOVENA.- CONTROVERSIAS:

Cualquier controversia que se suscitare por efectos de la celebración del presente contrato, las partes sesometerán a los Jueces competentes del cantón Loja, al juicio verbal sumario, renunciando fuero y domicilio preferente.

Los comparecientes de consuno, aceptan en todas las partes las estipulaciones constantes en este instrumento y alas cuales se someterán estrictamente.

Para constancia de lo estipulado en el presente contrato, las partes firman en la ciudad de Loja, a los veintidódías del mes de mayo del año dos mil nueve, en un original y una copia de igual tenor.

Arq. Rodrigo Vivar Bermeo Dr. Luis Cabrera FajardoPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA PROCURADOR SÍNDICO (E)

Dra. María Isabel Toledo CuevaCONTRATADA

C.I.

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LCF/lr.-Contrato Nro..833-DJ-200922- 05-2009

H. CONSEJO PROVINCIAL DE LOJA

DIRECCIÓN JURÍDICACONTRATO Nro. 776-DJ-2.009

CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE SE CELEBRA ENTRE EL H. CONSEJOPROVINCIAL DE LOJA Y EL INGENIERO RAMIRO CASTILLO BERMEO.

PRIMERA.- COMPARECIENTES:

Intervienen en la suscripción del presente contrato de servicios profesionales, por una parte el H. ConsejoProvincial de Loja, legalmente representado por los señores: Arq. Rodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provinciade Loja; y, Dr. Luis Cabrera Fajardo, Procurador Síndico, Encargado del H. Consejo Provincial de Loja y por

otra, el INGENIERO RAMIRO CASTILLO BERMEO, que en lo posterior se lo denominará simplemente econtratado, convienen en celebrar el presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

El Ing. Ramiro Aguirre Aguirre, Director de Medio Ambiente, remite memorando al Arq. Rodrigo VivarBermeo, Prefecto Provincial de Loja signado con el Nro. 099-DMA-HCPL del 9 de febrero del 2009, el mismoque en su parte pertinente dice: “…Como alcance al memorando 042 referente al contrato 1345 suscrito con eingeniero Ramiro Castillo, para realizar el estudio: Actualización del Plan de Manejo de la Microcuenca del RíoCampana de la Parroquia Malacatos” que ejecutamos junto a ECOBONA y con un plazo de 4 meses le hagoconocer que por razones ajenas al contratista, el mencionado docuemnto que debió entrar en vigencia a partir de1 de septiembre al 31 de diciembre de 2008, se suscribió tan solo el 10 de noviembre del año próximo pasado.

Dado que el mencionado contratista no dispuso del tiempo necesario para cumplir con lo estipulado en econtrato (4 meses) de conformidad con el informe del Procurador Síndico de la Institución, solicito se dignautorizar su contratación bajo la modalidad de servicios profesionales, a partir del 1 de enero al 10 de marzo de presente año...”. La Lic. Mary Guarnizo O., Jefe de Recursos Humanos, remite un memorando al señor Arq. Rodrigo VivarBermeo, Prefecto Provincial de Loja, signado con el Nro. 799-JRH-2009 que en su parte pertinente dice: “…Conmemorando 042-DIMA-HCPL-09, Memor. 099-DIMA-09, del 9 de febrero del 2009; suscritos por el IngRamiro Aguirre A., Director de Medio Ambiente, solicita la contratación de personal de conformidad a l

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necesidad de los proyectos que se ejecutan en esa Dirección, por lo que una vez analizado los términos dereferencia que adjunto y por no existir personal disponible para que cumplan con este requerimiento, estaJefatura considera que es necesaria la contratación mediante la modalidad de Servicios Profesionales...”.

La Licenciada Mary Guarnizo Ontaneda, Jefe de Recursos Humanos, de la Institución, remite memorandoal Econ. Jorge Luis Moncayo, Director Financiero, signado con el Nro. 865-JRH-2009 del 25 de marzo del

2009, mediante el cual solicita disponibilidad presupuestaria y emite INFORME FAVORABLE para lacontratación del Ing. RAMIRO CASTILLO BERMEO.

El Arq. Rodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provincial de Loja, remite memorando Nro. 0281 de fecha 23 de marzodel año 2009, a la Procuraduría Sindica y Jefatura de Recursos Humanos, dispone la elaboración del contrato.

TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

Forman parte de este contrato: el memorando del señor Prefecto Provincial de Loja, disponiendo la contrataciónla certificación del Director Financiero sobre la disponibilidad presupuestaria; los documentos de identidad o derepresentación legal, según el caso; el informe del Director Departamental que solicita el contrato; y, el informe

de la Jefatura de Recursos Humanos de la entidad, que justifica la necesidad institucional.

CUARTA.- OBJETO:

Con todos los antecedentes expuestos, el H. Consejo Provincial de Loja, por intermedio de sus representantes legales, dconformidad a lo establecido en el Art. 23 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativacontrata los servicios lícitos y profesionales del INGENIERO RAMIRO CASTILLO BERMEO, para que labore en lDirección de Medio Ambiente, de conformidad a los términos de referencia los mismos que se adjunta como documentohabilitante.  El horario de trabajo será de conformidad con las disposiciones de la Entidad Provincial. El contratado no tienerelación de dependencia, sin que pueda operar la estabilidad administrativa.

QUINTA.- PLAZO:

El plazo del presente contrato es desde el 01 de enero del año 2009 al 10 de marzo del 2009.

SEXTA.- HONORARIOS:

El H. Consejo Provincial de Loja pagará al INGENIERO RAMIRO CASTILLO BERMEO, por laactividad que es objeto del contrato, la cantidad de MIL, 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($1.000,00), mensuales, en calidad de CONSULTOR DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN MANEJOCAMPANA MALACATOS. Estos valores se aplicarán a la partida presupuestaria Nro.2009.837.26.00.001.001.000.1100.001.750111.0000.0000, Denominada: HABILITAMIENTO YPROTECCIÓN DEL SUELO, SUBSUELO Y ÁREAS ECOLÓGICAS (PARA PROYECTOS CONECOBONA), conforme consta de la certificación financiera Nro. 794-DF-09, de fecha 30 de abril del año2009.

SÉPTIMA.- ACLARACIÓN:

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El INGENIERO RAMIRO CASTILLO BERMEO, no tendrá derecho a uso y goce de vacaciones anualesy/o mensuales, como tampoco al pago de aporte al Seguro Social. El contratado entregará ala Dirección de Medio Ambiente, un informe mensual sobre sus actividades realizadas deconformidad a los términos de referencia para la prestación de servicios profesionales.

Además se procederá al cobro del Timbre Provincial de conformidad a la Ordenanza.

OCTAVA.- DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO:

El H. Consejo Provincial de Loja, podrá dar por terminado el contrato, en cualquier momento, durante el decurso del plazoestipulado, sin que tenga derecho a indemnización por el tiempo que falte por concluir el plazo, en este caso se pagará laremuneración en proporción a los días trabajados, para lo cual se notificará al contratado, por intermedio del señor PrefectoProvincial de Loja.

Así mismo este contrato terminará automáticamente a la fecha del vencimiento del plazo, sin que sea necesario notificacióno solemnidad prevista.

También puede terminar por las siguientes razones:

1. Incumplimiento grave comprobado a las obligaciones contractuales2. Negligencia o inobservancia a las disposiciones superiores3. Falta de presentación oportuna de los informes que se soliciten.4. Abandono injustificado del trabajo por más de tres días consecutivos; y,5. Por renuncia voluntaria del contratado.

NOVENA.- CONTROVERSIAS:

Cualquier controversia que se suscitare por efectos de la celebración del presente contrato, las partes sesometerán a los Jueces competentes del cantón Loja, al juicio verbal sumario, renunciando fuero ydomicilio preferente.

Los comparecientes de consuno, aceptan en todas las partes las estipulaciones constantes en esteinstrumento y a las cuales se someterán estrictamente.

Para constancia de lo estipulado en el presente contrato, las partes firman en la ciudad de Loja, a lostreinta días del mes de abril del año dos mil nueve, en un original y una copia de igual tenor.

Arq. Rodrigo Vivar Bermeo Dr. Luis Cabrera FajardoPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA PROCURADOR SÍNDICO (E)

Ing. Ramiro Castillo BermeoCONTRATADO

C.I.

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LCF/lr.-Contrato Nro. 776-DJ-200930-IV-2009

H. CONSEJO PROVINCIAL DE LOJADIRECCIÓN JURÍDICA

CONTRATO Nro. 392-DJ-2.009

CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE SE CELEBRA ENTRE EL H. CONSEJOPROVINCIAL DE LOJA Y EL ARQUITECTO JOSÉ EDUARDO CALVACHE VALLADARES.

PRIMERA.- COMPARECIENTES:

Intervienen en la suscripción del presente contrato de servicios profesionales, por una parte el H. ConsejoProvincial de Loja, legalmente representado por los señores: Arq. Rodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provinciade Loja; y, Dr. Luis Cabrera Fajardo, Procurador Síndico, Encargado del H. Consejo Provincial de Loja y porotra, el ARQUITECTO JOSÉ EDUARDO CALVACHE VALLADARES, que en lo posterior se lo

denominará simplemente el contratado, convienen en celebrar el presente contrato, al tenor de las siguientecláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

El Ing. Edwin Cueva Cueva, Director de Infraestructura y Equipamiento Comunitario, remite memorando a laLic. Mary Guarnizo O., jefe de Recursos Humanos signado con el Nro. 0062-DIEC del 22 de enero del 2009, emismo que en su parte pertinente dice: “….En atención a su memorando 133-JRH-09 adjunto al presente lanómina del personal, que será contratado mediante Servicios Ocasionales en el presente año, con el detalle de lafunciones indicadas y anexas, de cada uno de los servidores que se encuentran bajo mi responsabilidad.- Cabemencionar, que se incluye también los términos de referencia de la Ing. María Moncayo y Arq. EduardoCalvache V; quienes se encuentran contratados por Servicios Profesionales.

La Lic. Mary Guarnizo O., Jefe de Recursos Humanos, remite un memorando al señor Arq. Rodrigo VivarBermeo, Prefecto Provincial de Loja, signado con el Nro. 391-JRH-2009 que en su parte pertinente dice: “….Arespecto me permito informar a su Autoridad, que de conformidad a lo requerido por la Dirección dInfraestructura y por no existir personal disponible para que cumpla con estos requerimientos, esta Jefaturaconsidera que es necesaria la contratación del mencionado profesional; conforme al Art. 23 del reglamento de laLey Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa, me permito sugerir se contrate a dicho personalmediante contrato de Servicios Profesionales….”

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La Licenciada Mary Guarnizo Ontaneda, Jefe de Recursos Humanos, de la Institución, remite memorandoal Econ. Esteban Sarmiento, Director Financiero Encargado, signado con el Nro. 562-JRH-2009 del 26 defebrero del 2009, mediante el cual emite INFORME FAVORABLE para la contratación del Arq. JOSÉEDUARDO CALVACHE VALLADARES.

El Arq. Rodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provincial de Loja, remite memorando Nro. 0144 de fecha 13 de

febrero del año 2009, a la Procuraduría Sindica y Jefatura de Recursos Humanos, dispone la elaboración decontrato.

TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

Forman parte de este contrato: el memorando del señor Prefecto Provincial de Loja, disponiendo la contrataciónla certificación del Director Financiero sobre la disponibilidad presupuestaria; los documentos de identidad o derepresentación legal, según el caso; el informe del Director Departamental que solicita el contrato; y, el informede la Jefatura de Recursos Humanos de la entidad, que justifica la necesidad institucional.

CUARTA.- OBJETO:

Con todos los antecedentes expuestos, el H. Consejo Provincial de Loja, por intermedio de sus representantes legales, dconformidad a lo establecido en el Art. 23 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativacontrata los servicios lícitos y profesionales del ARQUITECTO JOSÉ EDUARDO CALVACHE VALLADARES, parque labore en la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Comunitario, de conformidad a los términos de referencia lomismos que se adjunta como documento habilitante.  El horario de trabajo será de conformidad con las disposiciones de laEntidad Provincial. El contratado no tiene relación de dependencia, sin que pueda operar la estabilidad administrativa.

QUINTA.- PLAZO:

El plazo del presente contrato es desde el 01 de enero del año 2009, al 30 de junio del 2009.

SEXTA.- HONORARIOS:

El H. Consejo Provincial de Loja pagará al ARQUITECTO JOSÉ EDUARDO CALVACHEVALLADARES, por la actividad que es objeto del contrato, la cantidad de MIL DOSCIENTOS00/100 DÓLARES AMERICANOS ($ 1.200,00), en calidad de HONORARIOS PROFESIONALESmensuales. Estos valores se aplicarán a la partida presupuestaria Nro.2009.837.27.00.001.001.000.1100.001.750107.0000.0000, Denominada: MEJORAMIENTO DE LAINFRAESTRUCTURA SOCIAL Y PRODUCTIVA EN LA PROVINCIA, conforme consta de lcertificación financiera Nro. 452-DF-09, de fecha 28 de febrero del año 2009.

SÉPTIMA.- ACLARACIÓN:

ElARQUITECTO JOSÉ EDUARDO CALVACHE VALLADARES

, no tendrá derecho a uso ygoce de vacaciones anuales y/o mensuales, como tampoco al pago de aporte al Seguro Social. Elcontratado entregará a la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Comunitario, un informemensual sobre sus actividades realizadas de conformidad a los términos de referencia para la prestaciónde servicios profesionales.

Además se procederá al cobro del Timbre Provincial de conformidad a la Ordenanza.

OCTAVA.- DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO:

5/14/2018 Contrato x Servicios Profesionales 2009-2010 - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/contrato-x-servicios-profesionales-2009-2010 69/7

El H. Consejo Provincial de Loja, podrá dar por terminado el contrato, en cualquier momento, durante el decurso del plazoestipulado, sin que tenga derecho a indemnización por el tiempo que falte por concluir el plazo, en este caso se pagará laremuneración en proporción a los días trabajados, para lo cual se notificará al contratado, por intermedio del señor PrefectoProvincial de Loja.

Así mismo este contrato terminará automáticamente a la fecha del vencimiento del plazo, sin que sea necesario notificacióno solemnidad prevista.

También puede terminar por las siguientes razones:

1. Incumplimiento grave comprobado a las obligaciones contractuales2. Negligencia o inobservancia a las disposiciones superiores3. Falta de presentación oportuna de los informes que se soliciten.4. Abandono injustificado del trabajo por más de tres días consecutivos; y,5. Por renuncia voluntaria del contratado.

NOVENA.- CONTROVERSIAS:

Cualquier controversia que se suscitare por efectos de la celebración del presente contrato, las partes sesometerán a los Jueces competentes del cantón Loja, al juicio verbal sumario, renunciando fuero ydomicilio preferente.

Los comparecientes de consuno, aceptan en todas las partes las estipulaciones constantes en esteinstrumento y a las cuales se someterán estrictamente.

Para constancia de lo estipulado en el presente contrato, las partes firman en la ciudad de Loja, a los dodías del mes de marzo del año dos mil nueve, en un original y una copia de igual tenor.

Arq. Rodrigo Vivar Bermeo Dr. Luis Cabrera FajardoPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA PROCURADOR SÍNDICO (E)

Arq. José E. Calvache ValladaresCONTRATADO

C.I.

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H. CONSEJO PROVINCIAL DE LOJADIRECCIÓN JURÍDICA

CONTRATO Nro. 392-DJ-2.009

CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE SE CELEBRA ENTRE EL H. CONSEJOPROVINCIAL DE LOJA Y EL ARQUITECTO JOSÉ EDUARDO CALVACHE VALLADARES.

PRIMERA.- COMPARECIENTES:

Intervienen en la suscripción del presente contrato de servicios profesionales, por una parte el H. ConsejoProvincial de Loja, legalmente representado por los señores: Arq. Rodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provinciade Loja; y, Dr. Luis Cabrera Fajardo, Procurador Síndico, Encargado del H. Consejo Provincial de Loja y porotra, el ARQUITECTO JOSÉ EDUARDO CALVACHE VALLADARES, que en lo posterior se lo

denominará simplemente el contratado, convienen en celebrar el presente contrato, al tenor de las siguientecláusulas:

SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

El Ing. Edwin Cueva Cueva, Director de Infraestructura y Equipamiento Comunitario, remite memorando a laLic. Mary Guarnizo O., jefe de Recursos Humanos signado con el Nro. 0062-DIEC del 22 de enero del 2009, emismo que en su parte pertinente dice: “….En atención a su memorando 133-JRH-09 adjunto al presente lanómina del personal, que será contratado mediante Servicios Ocasionales en el presente año, con el detalle de lafunciones indicadas y anexas, de cada uno de los servidores que se encuentran bajo mi responsabilidad.- Cabemencionar, que se incluye también los términos de referencia de la Ing. María Moncayo y Arq. EduardoCalvache V; quienes se encuentran contratados por Servicios Profesionales.

La Lic. Mary Guarnizo O., Jefe de Recursos Humanos, remite un memorando al señor Arq. Rodrigo VivarBermeo, Prefecto Provincial de Loja, signado con el Nro. 391-JRH-2009 que en su parte pertinente dice: “….Arespecto me permito informar a su Autoridad, que de conformidad a lo requerido por la Dirección dInfraestructura y por no existir personal disponible para que cumpla con estos requerimientos, esta Jefaturaconsidera que es necesaria la contratación del mencionado profesional; conforme al Art. 23 del reglamento de laLey Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa, me permito sugerir se contrate a dicho personalmediante contrato de Servicios Profesionales….”

La Licenciada Mary Guarnizo Ontaneda, Jefe de Recursos Humanos, de la Institución, remite memorandoal Econ. Esteban Sarmiento, Director Financiero Encargado, signado con el Nro. 562-JRH-2009 del 26 defebrero del 2009, mediante el cual emite INFORME FAVORABLE para la contratación del Arq. JOSÉ

EDUARDO CALVACHE VALLADARES.

El Arq. Rodrigo Vivar Bermeo, Prefecto Provincial de Loja, remite memorando Nro. 0144 de fecha 13 defebrero del año 2009, a la Procuraduría Sindica y Jefatura de Recursos Humanos, dispone la elaboración decontrato.

TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:

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Forman parte de este contrato: el memorando del señor Prefecto Provincial de Loja, disponiendo la contrataciónla certificación del Director Financiero sobre la disponibilidad presupuestaria; los documentos de identidad o derepresentación legal, según el caso; el informe del Director Departamental que solicita el contrato; y, el informede la Jefatura de Recursos Humanos de la entidad, que justifica la necesidad institucional.

CUARTA.- OBJETO:

Con todos los antecedentes expuestos, el H. Consejo Provincial de Loja, por intermedio de sus representantes legales, dconformidad a lo establecido en el Art. 23 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativacontrata los servicios lícitos y profesionales del ARQUITECTO JOSÉ EDUARDO CALVACHE VALLADARES, parque labore en la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Comunitario, de conformidad a los términos de referencia lomismos que se adjunta como documento habilitante.  El horario de trabajo será de conformidad con las disposiciones de laEntidad Provincial. El contratado no tiene relación de dependencia, sin que pueda operar la estabilidad administrativa.

QUINTA.- PLAZO:

El plazo del presente contrato es desde el 01 de enero del año 2009, al 30 de junio del 2009.

SEXTA.- HONORARIOS:

El H. Consejo Provincial de Loja pagará al ARQUITECTO JOSÉ EDUARDO CALVACHEVALLADARES, por la actividad que es objeto del contrato, la cantidad de MIL DOSCIENTOS00/100 DÓLARES AMERICANOS ($ 1.200,00), en calidad de HONORARIOS PROFESIONALESmensuales. Estos valores se aplicarán a la partida presupuestaria Nro.2009.837.27.00.001.001.000.1100.001.750107.0000.0000, Denominada: MEJORAMIENTO DE LAINFRAESTRUCTURA SOCIAL Y PRODUCTIVA EN LA PROVINCIA, conforme consta de lcertificación financiera Nro. 452-DF-09, de fecha 28 de febrero del año 2009.

SÉPTIMA.- ACLARACIÓN:

El ARQUITECTO JOSÉ EDUARDO CALVACHE VALLADARES, no tendrá derecho a uso y goce devacaciones anuales y/o mensuales, como tampoco al pago de aporte al Seguro Social. El contratadoentregará a la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Comunitario, un informe mensual sobresus actividades realizadas de conformidad a los términos de referencia para la prestación de servicios profesionales.

Además se procederá al cobro del Timbre Provincial de conformidad a la Ordenanza.

OCTAVA.- DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO:

El H. Consejo Provincial de Loja, podrá dar por terminado el contrato, en cualquier momento, durante el decurso del plazo

estipulado, sin que tenga derecho a indemnización por el tiempo que falte por concluir el plazo, en este caso se pagará laremuneración en proporción a los días trabajados, para lo cual se notificará al contratado, por intermedio del señor PrefectoProvincial de Loja.

Así mismo este contrato terminará automáticamente a la fecha del vencimiento del plazo, sin que sea necesario notificacióno solemnidad prevista.

También puede terminar por las siguientes razones:

5/14/2018 Contrato x Servicios Profesionales 2009-2010 - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/contrato-x-servicios-profesionales-2009-2010 72/7

1. Incumplimiento grave comprobado a las obligaciones contractuales2. Negligencia o inobservancia a las disposiciones superiores3. Falta de presentación oportuna de los informes que se soliciten.4. Abandono injustificado del trabajo por más de tres días consecutivos; y,5. Por renuncia voluntaria del contratado.

NOVENA.- CONTROVERSIAS:

Cualquier controversia que se suscitare por efectos de la celebración del presente contrato, las partes sesometerán a los Jueces competentes del cantón Loja, al juicio verbal sumario, renunciando fuero ydomicilio preferente.

Los comparecientes de consuno, aceptan en todas las partes las estipulaciones constantes en esteinstrumento y a las cuales se someterán estrictamente.

Para constancia de lo estipulado en el presente contrato, las partes firman en la ciudad de Loja, a los dodías del mes de marzo del año dos mil nueve, en un original y una copia de igual tenor.

Arq. Rodrigo Vivar Bermeo Dr. Luis Cabrera FajardoPREFECTO PROVINCIAL DE LOJA PROCURADOR SÍNDICO (E)

Arq. José E. Calvache ValladaresCONTRATADO

C.I.

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