Contribuyentes No Hallados y No Habidos

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CONTRIBUYENTES NO HALLADOS Y NO HABIDOSCundo y en qu casos se adquiere la condicin de NO HALLADO?Se adquiere de modo automtico si al momento de notificar los Documentos o al efectuar la verificacin del domicilio fiscal se presenta alguna de las siguientes situaciones:1. Negativa de recepcin de la notificacin o negativa de recepcin de la constancia de verificacin del domicilio fiscal.2. Ausencia de persona capaz en el domicilio fiscal o ste se encuentra cerrado, o3. La direccin declarada como domicilio fiscal no existe.En los dos primeros casos, para que se adquiera la condicin de no hallado, las situaciones mencionadas deben producirse en 3 oportunidades en das distintos.Ejemplo:El notificador o mensajero acude al domicilio fiscal para notificar una Orden de Pago emitida por SUNAT los das lunes 6, martes 7 y mircoles 8 de noviembre y en estas 3 oportunidades se neg la recepcin de la notificacin; entonces el contribuyente adquiere la condicin de NO HALLADO desde el mircoles 8, fecha de la ltima negativa a recepcin. Consecuencias de tener la condicin de no hallado Para el contribuyente:1. No podr solicitar autorizacin de impresin de comprobantes de pago.(Literal c) del numeral 1.3. del art. 12 del Reglamento de Comprobantes de Pago.)2. LA SUNAT podr utilizar las formas de notificacin sealadas en el literal e) del artculo 104 del Cdigo Tributario.(El numeral 2 del indicado literal permite la notificacin mediante publicacin en la pgina Web de SUNAT). Para las imprentas:1. No podrn inscribirse en el Registro de Imprentas2. En caso de imprentas autorizadas, sern retiradas del Registro de Imprentas.(Ver numeral 2.3. y 2.5. del artculo 12 delReglamento de Comprobantes de Pago).

Qu debo hacer para levantar la condicin de NO HALLADO?Deber actualizar o confirmar su domicilio fiscal teniendo en cuenta lo siguiente:a. Si cambi de domicilio fiscal:Comunicar a la SUNAT su nuevo domicilio, para ello tiene las siguientes opciones:1. En forma presencial: acudiendo a cualquier Centro de Servicios al Contribuyente cercano a su domicilio con el original y fotocopia simple de alguno de los siguientes documentos: Recibo de agua, luz, telefona fija o televisin por cable cuya fecha de vencimiento se encuentre comprendida en los ltimos dos (2) meses. La ltima declaracin jurada del Impuesto Predial o autovalo. Contrato de alquiler o cesin en uso de predio con firmas legalizadas notarialmente (vigente). En caso de mercados, galeras o centros comerciales: carta con antigedad no mayor a quince (15) das calendarios, firmada por el presidente de la asociacin de comerciantes inscrita en el RUC indicando la direccin que se declara a la SUNAT como domicilio fiscal. Escritura Pblica de la propiedad inscrita en los Registros Pblicos. Contrato compra-venta del inmueble o ttulo de propiedad emitido por COFOPRI. Constancia o certificado de numeracin emitido por la municipalidad distrital correspondiente2.De manera virtual: Ingresando a SUNAT Operaciones en Lnea, con el cdigo de usuario y clave de acceso y seleccionando la opcin "Modificacin de Datos del RUC por Internet.b. Si su domicilio fiscal no ha cambiado:Si mantiene el mismo domicilio fiscal ya registrado en el RUC, no requerir presentar y/o exhibir documentacin adicional para realizar el trmite deconfirmacin de domicilio.Para tal efecto tiene las siguientes opciones: Acercarse a cualquier Centro de Servicios al Contribuyente cercano a su domicilio, con el original y fotocopia simple de su documento de identidad vigente, o Ingresar a SUNAT Operaciones en Lnea, con su cdigo de usuario y clave de acceso, y la opcin "Modificacin de Datos del RUC por Internet", y confirmar el domicilio.NOTA:En caso el trmite lo realice un tercero autorizado, deber adicionalmente exhibir el original de su DNI y copia fotosttica; as como el Formulario 2127 "Solicitud de Modificacin de Datos, Cambio de Rgimen o Suspensin Temporal de Actividades" firmado por el titular o su representante legal acreditado en el RUC.

Cmo se adquiere la condicin de NO HABIDO?1. La SUNAT proceder a requerir a los deudores tributarios que adquirieron la condicin de no hallados, para que cumplan con declarar o confirmar su domicilio fiscal, bajo apercibimiento de asignarle la condicin deno habido

2. Este requerimiento puede efectuarse mediante publicacin en la pgina web de la SUNAT, hasta el dcimo quinto da calendario de cada mes, entre otros medios.

3. Los contribuyentes as requeridos tienen hasta elltimo da hbildel mes en que se efectu la publicacin, para declarar o confirmar su domicilio fiscal.

4. Adquieren la condicin deNO HABIDO, los contribuyentes que transcurrido el plazo detallado en el punto 3, no declararon ni confirmaron su domicilio fiscal.A dems de lasconsecuencias indicadas para los No Hallados, la condicin deNo Habidotambin acarrea las siguientes:Para el contribuyente: Suspensin del computo del plazo de prescripcin para que la Administracin determine y exija el pago de la obligacin tributaria. (Art.46 Cdigo Tributario). La SUNAT podr interponer medidas cautelares previas al inicio del procedimiento de cobranza coactiva. (Literal i) del artculo 56 del T.U.O. del Cdigo Tributario D.S. 135-99-EF). En caso de solicitar fraccionamiento de pago de la deuda de acuerdo con el artculo 36 del Cdigo Tributario su solicitud ser denegada. (Literal c) del artculo 8 del Reglamento de Aplazamiento y Fraccionamiento de la Deuda Tributaria - Resolucin de Superintendencia N 199-2004/SUNAT). La SUNAT podr utilizar directamente los procedimientos de determinacin de la deuda sobre base presunta. (Numeral 11 del artculo 64 del - T.U.O. del Cdigo Tributario D.S. 135-99-EF en concordancia con el artculo 9 del Decreto Supremo 041-2006-EF). No podr obtener la "Constancia de presentacin de la declaracin jurada de goce de beneficio de estabilidad tributaria". (Segundo prrafo de la Cuarta Disposicin Final del Decreto Supremo N 047-2004-EF, sustituida por la Cuarta Disposicin Complementaria Final del Decreto Supremo N 041-2006-EF) Se considerar que no existe gua de remisin cuando el remitente o transportista que emita el documento tenga la condicin de No Habido a la fecha de inicio del traslado. (Inciso 2 del numeral 19.1. del artculo 19 de la Resolucin de Superintendencia N 007-99/SUNAT)Para los representantes legales: Sern considerados responsables solidarios por la omisin del cumplimiento de obligaciones tributarias, conforme al artculo 16 del Cdigo Tributario.

Qu debo hacer para levantar la condicin de NO HABIDO?Debe cumplir 2 requisitos:1.-Declarar o confirmar su domicilio fiscal; y,

2.-Haber presentado todas las declaraciones pago correspondientes a las obligaciones tributarias cuyo vencimiento se hubiera producido durante los doce (12) meses anteriores al mes precedente en el que se declare o confirme el domicilio fiscal.

Para declarar o confirmar su domicilio fiscal debe tener en cuenta lo siguiente:Si cambi de domicilio fiscal:Comunicar a la SUNAT su nuevo domicilio fiscal:En forma presencial,acudiendo a cualquier Centro de Servicios al Contribuyente cercano a su domicilio con el original y fotocopia simple de alguno de los siguientes documentos: Recibo de agua, luz, telefona fija o televisin por cable cuya fecha de vencimiento se encuentre comprendida en los ltimos dos (2) meses. La ltima declaracin jurada del Impuesto Predial o autovalo. Contrato de alquiler o cesin en uso de predio con firmas legalizadas notarialmente (vigente). En caso de mercados, galeras o centros comerciales: carta con antigedad no mayor a quince (15) das calendarios, firmada por el presidente de la asociacin de comerciantes inscrita en el RUC indicando la direccin que se declara a la SUNAT como domicilio fiscal. Escritura Pblica de la propiedad inscrita en los Registros Pblicos. Contrato compra-venta del inmueble o ttulo de propiedad emitido por COFOPRI. Constancia o certificado de numeracin emitido por la municipalidad distrital correspondienteSi su domicilio fiscal no ha cambiado:Comunicar a la SUNAT su domicilio fiscal:En forma presencial,acudiendo a cualquier Centro de Servicios al Contribuyente cercano a su domicilio con el original y fotocopia simple de alguno de los documentos sealados arriba.NOTA:Si el titular o representante legal efecta el trmite deber exhibir su documento de identidad original. En caso el trmite lo realice un tercero autorizado, deber exhibir,adicionalmente,el original de su DNI y copia fotosttica; as como presentar el Formulario 2127 "Solicitud de Modificacin de Datos, Cambio de Rgimen o Suspensin Temporal de Actividades" firmado por el titular o su representante legal acreditado en el RUC.IMPORTANTE:El levantamiento de la condicin de no habido se realizar siempre que la SUNAT verifique el domicilio fiscal declarado o confirmado.