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1 Evaluación de Proyectos-Ingeniería Prevención de riesgos laborales y ambientales USM- Rodrigo Dominguez C © Impuestos Rodrigo Domínguez Carmona Experto Profesional en Prevención de Riesgos Ingeniero Civil químico- Magister en Ingeniería Industrial Universidad Técnica Federico Santa María Av. Federico Santa María #6090, Viña del Mar IMPUESTOS Y COMPETIVIDAD En este artículo se analiza un estudio del Instituto Libertad y Desarrollo sobre los impuestos en Chile y su impacto en la capacidad del país para competir. La idea básica latente del estudio es que como los impuestos en Chile son muy elevados en comparación a los de otros países, están desincentivando a los chilenos a invertir y trabajar en el país. Quizá usted encuentre exagerado decir que las personas se irán de Chile por los altos impuestos. A lo mejor los chilenos no se van a ir del país, pero ¿Ha pensado usted por un minuto en la tremenda movilidad que tiene hoy el capital? Basta con un fax para que mucho dinero se mueva rápidamente, en forma casi instantánea, de un país a otro, y muchas veces buscando impuestos más bajos. Algo en lo que todos los economistas están de acuerdo es que los altos impuestos desincentivan el ahorro, la inversión, el esfuerzo y el trabajo. Y que los bajos impuestos, en cambio, estimulan estas mismas conductas. Esto es bastante obvio y cualquiera debería estar de acuerdo. Por ejemplo, si Chile decidiera aumentar los impuestos a las importaciones (llamados aranceles aduaneros) estas disminuirán. Si se incrementan a las empresas, entonces habrá menos incentivos para crear empresas. Los impuestos no solo desincentivan, sino que además incentivan a hacer actividades económicas que están gravadas con altos impuestos “fuera de la ley”. Por ejemplo, si los aranceles aduaneros suben mucho, habrá un incentivo a contrabandear los productos importados (para evitar pagar los aranceles). Y los impuestos a las empresas nunca se formalicen como tales, es decir, carezcan de Rol Único Tributario (RUT) y, por tanto, no paguen impuestos. (Un estupendo libro del economista peruano Hernando de Soto –“El Otro Sendero”- describe lo que para el Perú significo tener gran parte de sus empresas fuera de la ley debido a los impuestos y a la burocracia estatal asfixiante). Uno cosa es clara: a la gente no le gusta pagar impuestos, especialmente si son altos. Por ello siempre tratarán de reducir al mínimo posible los impuestos que pagan. Como los impuestos desincentivan, los que se aplican a ingreso desincentivan a trabajar y a ahorrar (o incentivan a evadirlo legal e ilegalmente). Dado que la tasa máxima en Chile es 40%, hay personas a las que el Estado les saca en impuestos casi la mitad de sus ingresos marginales (o adicionales) cuando llegan a cierto nivel de ingreso mensual. Pregúntese usted si esta situación es justa y si estaría dispuesto a trabajar con entusiasmo sabiendo que el 40 de esos ingresos adicionales se los lleva el Estado en impuestos.

Control de Impuesto

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Refiere a un control de impuesto de evaluación de proyectos

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1 Evaluación de Proyectos-Ingeniería Prevención de riesgos laborales y ambientales USM- Rodrigo Dominguez C ©

Impuestos

Rodrigo Domínguez Carmona Experto Profesional en Prevención de Riesgos Ingeniero Civil químico- Magister en Ingeniería Industrial

Universidad Técnica Federico Santa María

Av. Federico Santa María #6090, Viña del Mar

IMPUESTOS Y COMPETIVIDAD

En este artículo se analiza un estudio del Instituto Libertad y Desarrollo sobre los impuestos en Chile y su impacto en la capacidad del país para competir. La idea básica

latente del estudio es que como los impuestos en Chile son muy elevados en

comparación a los de otros países, están desincentivando a los chilenos a invertir y

trabajar en el país. Quizá usted encuentre exagerado decir que las personas se irán de Chile por los altos impuestos. A lo mejor los chilenos no se van a ir del país, pero ¿Ha

pensado usted por un minuto en la tremenda movilidad que tiene hoy el capital? Basta

con un fax para que mucho dinero se mueva rápidamente, en forma casi instantánea,

de un país a otro, y muchas veces buscando impuestos más bajos.

Algo en lo que todos los economistas están de acuerdo es que los altos impuestos desincentivan el ahorro, la inversión, el esfuerzo y el trabajo. Y que los bajos

impuestos, en cambio, estimulan estas mismas conductas. Esto es bastante obvio y

cualquiera debería estar de acuerdo. Por ejemplo, si Chile decidiera aumentar los

impuestos a las importaciones (llamados aranceles aduaneros) estas disminuirán. Si se incrementan a las empresas, entonces habrá menos incentivos para crear empresas.

Los impuestos no solo desincentivan, sino que además incentivan a hacer actividades

económicas que están gravadas con altos impuestos “fuera de la ley”. Por ejemplo, si

los aranceles aduaneros suben mucho, habrá un incentivo a contrabandear los productos importados (para evitar pagar los aranceles). Y los impuestos a las

empresas nunca se formalicen como tales, es decir, carezcan de Rol Único Tributario

(RUT) y, por tanto, no paguen impuestos. (Un estupendo libro del economista peruano

Hernando de Soto –“El Otro Sendero”- describe lo que para el Perú significo tener gran parte de sus empresas fuera de la ley debido a los impuestos y a la burocracia estatal

asfixiante).

Uno cosa es clara: a la gente no le gusta pagar impuestos, especialmente si son altos.

Por ello siempre tratarán de reducir al mínimo posible los impuestos que pagan.

Como los impuestos desincentivan, los que se aplican a ingreso desincentivan a trabajar y a ahorrar (o incentivan a evadirlo legal e ilegalmente). Dado que la tasa

máxima en Chile es 40%, hay personas a las que el Estado les saca en impuestos casi

la mitad de sus ingresos marginales (o adicionales) cuando llegan a cierto nivel de

ingreso mensual. Pregúntese usted si esta situación es justa y si estaría dispuesto a trabajar con entusiasmo sabiendo que el 40 de esos ingresos adicionales se los lleva el

Estado en impuestos.

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IMPUESTOS A LOS INGRESOS (RENTA)

Uno de los temas polémicos que estudian los economistas es el de los impuestos. Es

controvertido porque las personas que pagan impuestos siempre quieren que estos

sean lo más bajos posibles y el estado, que los gasta, casi siempre necesita más y

mayor recaudación. Además hay distintos tipos de impuestos, como los ingresos de las personas, entre otros. ¿Cómo financiar los gastos públicos? En caso de ser necesario

¿Cuál de ellos subir?

Observemos la tabla 1.1. y la tabla 1.2 por un momento. En ellas se mencionan dos

tipos de impuestos a los ingresos de las personas: el impuesto único al trabajo (segunda categoría) y el impuesto global complementario.

El impuesto único al trabajo afecto a todos los trabajadores dependientes y se paga

mensualmente. La empresa lo deduce del sueldo del trabajador y se lo paga al estado.

El impuesto global complementario se declara una vez al año, pero se hacen

retenciones y pagos provisionales mensuales al Fisco como anticipo del impuesto anual. El global complementario lo pagan los trabajadores independientes (por ejemplo

un empresario o profesional que trabaja por su cuenta) y todas aquellas personas que

tienen sueldo fijo y recibe además dividendos de acciones, o hace algún “pololo” que le

signifique ingresos, debe declarar el impuesto global complementario una vez al año. Estos dos impuestos se denominan generalmente “impuestos personales” y, en ambos

casos, el Servicio de Impuestos Internos (SII) aplica una escala de tramos. La

determinación del monto de los impuestos que pagamos recae en el Poder Ejecutivo,

quien tiene la iniciativa de proponer al Poder Legislativo alzas y bajas tributarias. En la Tabla 1.1 también se pueden ver los distintos tramos de ingresos y la tasa de

respectiva de impuesto para cada uno. Por ejemplo, en 2010, las rentas entre $0 y

$496.152 mensuales están exentas de pago del impuesto único al trabajo. Todos los

trabajadores están exentos de por esta parte de los sueldos. Las rentas superiores a $496.152 al mes y hasta $1.102.560 mensuales, pagan un 5% de impuestos en ese

tramo de ingresos. La misma lectura o interpretación se puede hacer para el global

complementario.

¿Si una persona gana $500.000 mensuales deberá pagara por concepto de impuesto

único al trabajo del medio millón de pesos? No, solo deberá pagar 5% por el tramo de ingresos que comprende esa tasa: por la renta hasta $496.152 no pagara, y tributara

un 5% por la renta comprendida entre $496.152 y $500.000. Esto significa que, todos

los chilenos, ricos y pobres, están exentos de este impuesto por los primeros $496.152

que ganan. Las mayores tasas de impuestos solo afectan lo que se gana por sobre el monto exento.

Otra columna que se encuentra en la Tabla 1.1 y Tabla 1.2 es de la “Cantidad a

rebajar”. Dicha cantidad se aplica específicamente para realizar el cálculo del pago del

impuesto único al trabajo y global complementario. Hagamos un ejemplo para explicar cómo se calcula el pago del impuesto. Imaginemos

que una persona recibió rentas durante un año por $10.000.000 y quiere calcular el

pago global complementario. ¿Qué de hacer? Es necesario multiplicar el monto de la

renta total anual por la tasa de impuesto de acuerdo al tramo, y descontar la cantidad

a rebajar correspondiente. El ejercicio que se debería hacer en este caso es: $10.000.000 x 5%=$500.000, monto al que debemos descontar la cantidad a rebajar

que, de acuerdo, equivale a $289.590. Entonces, el impuesto total que se de pagar

esta persona asciende a $210.410. ¿Fácil o no?

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Tabla 1.1 Impuesto único de Segunda Categoría Octubre 2013 (Periodo Mensual)

Desde Hasta Factor Cantidad a Rebajar

0 547.128 0,00 0,00

547.128 1.215.840 0,04 21.885

1.215.840 2.026.400 0.08 70.518

2.026.400 2.836.960 0,135 181.971

2.836.960 3.647.520 0,23 451.482

3.647.520 4.863.360 0.304 721.938

4.863.360 6.079.200 0,355 969.429

6.079.200 y mas 0,40 1.242.993

En la tabla 1.1 se muestra el detalle del descuento mensual por pago de impuesto. (Fuente: Diario Financiero)

Tabla 1.2 Impuesto Global Complementario Para el periodo Enero-Diciembre 2009 (Año Tributario 2013)

Desde Hasta Factor Cantidad a Rebajar

0.00 6.513.372 Exento 0,00

6.513.372 14.474.160 0,05 325.668

14.474.160 24.123.600 0,10 1.049.376

24.123.600 33.773.040 0,15 2.225.556

33.773.040 43.422.480 0.25 5.632.860

43.422.480 57.896.640 0,32 8.672.434

57.896.640 72.370.800 0,37 11.567.266

72.370.800 y mas 0,40 13.738.390

La tabla 1.2 muestra el detalle de descuento mensual por pago de impuesto.

(Fuente: Diario Financiero)

IMPUESTOS A LOS BIENES Y LOS MALES

Este es un tema que para muchos de ustedes resultara muy novedoso. En general asociamos los impuestos al IVA, a los impuestos a la renta de las empresas o a los

ingresos de las personas, ¿Pero cómo es esto de impuestos a los bienes y a los males

Empecemos por el principio. Hay que decir, es primer lugar, que todas las sociedades

modernas requieren recaudar algunos impuestos para financiar lo que los economistas llamamos “bienes públicos”. Se trata de aquellos bienes que la sociedad civil (personas

organizadas voluntariamente en empresas u otras instituciones) en forma voluntaria

no es capaz de proveer, porque no es posible obtener una rentabilidad adecuada en su

producción. Y la sociedad civil no provee bienes si no capaz de obtener una

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rentabilidad razonable al cambio. La verdad es que se llaman “bienes públicos”, pero

se trata más bien de servicios públicos, como por ejemplo la seguridad ciudadana u

orden público, la defensa nacional y otros servicios que , por su naturaleza, nos

benefician a todos como comunidad y, en consecuencia, no es posible cobrar por ellos a todos los miembros de una comunidad. ¿Se imaginan ustedes financiando a

Carabineros (orden publico) a través de donaciones voluntarias? Probablemente

terminaríamos teniendo mucho menos “orden público” que el que en verdad deseamos

porque como no es posible excluir de los beneficios de este servicio público a quienes no paguen voluntariamente por él, muchos probablemente no pagarían y tendríamos

menos “orden público” que en la verdad deseamos. Hace mucho tiempo que los

economistas sabemos qué través de los mercados libres no podemos aspirar a proveer

bienes públicos en las cantidades realmente deseadas. Por eso es necesario cobrar impuestos – por definición no voluntarios – y proveer los bienes públicos definidos

democráticamente.

Pero – muchos de ustedes estarán pensando – la verdad es que los gobiernos cobran

muchos más impuestos que los necesarios para proveer los bienes públicos. Pero este

es otro tema, que nos aparta del artículo que debemos comentar ahora. Hasta ahora hemos dado una explicación económica de por qué es necesario cobrar algunos

impuestos. Ahora bien, en la mayoría de los países estos impuestos se cobran a los

ingresos – de empresas y personas – y a las transacciones, como el IVA en Chile, que

es el impuesto más importante. Y lo malo de cobrarle impuestos a los ingresos de empresas y personas y a las transacciones es que ambos son “bienes” afectados por

impuestos. Es decir, debido a la existencia de impuestos hay menos ingresos para las

empresas y las personas y se realizan menos transacciones, lo que es negativo para

todos porque las transacciones voluntarias siempre benefician a las dos partes involucradas. Entonces, como es necesario recaudar algunos impuestos para financiar

los “bienes públicos”, lo ideal sería que dichos impuestos afectaran a los “males” y no a

los “bienes”, considerando que los impuestos - por definición – afectan negativamente

la producción de lo que se afecta con el impuesto. Y ahora podemos, recién, entrar de lleno a analizar el ejemplo implantación de

Vertederos en los sectores aledaños al área agrícola los cuales producen líquidos

percolados y otros “males” que han afectado negativamente a los agricultores de la

zona, disminuyendo las ventas y los precios de sus productos. Entonces, lo razonable

sería colocar un impuesto a la producción de basura, que es un mal, para que el impuesto produzca un incentivo a producir menos basura y así producir menos “males”

a quienes deben sufrir por vivir y producir cerca de rellenos de los rellenos sanitarios.

Esto parece razonable. Probablemente, las familias, para evitar pagar muchos

impuestos por la producción de basura, obligaran a los municipios a tomar medidas de basura, obligaran a los municipios a tomar medidas – como proveer un sistema para

separar la basura en sus distintos tipos – y así, reciclar parte importante de la basura,

con lo que solo se pagaría impuesto por la basura imposible de reciclar. Aquí vemos

como un impuesto a la basura – a un mal – seguramente daría origen a una cadena de decisiones virtuosas orientadas a producir menos basura para así pagar menos

impuesto.

Actualmente se cobra impuesto a un mal muy común llamado “congestión vehicular”,

donde por transitar en horas pick tiene un valor más elevado que el transitar en horas

de horario normal. No es razonable que un capital tan grande como el valor de todas las calles de una ciudad se ocupen muy intensamente a algunas horas – las horas- de

punta- y, estén prácticamente vacías el resto del día. Eso ocurre porque su uso es

gratis (¿Se han fijado ustedes que hay una cadena de supermercados que hace un

buen descuento por las compras que se hacen los domingos en la tarde? Esto es muy razonable que este vacío los domingos en la tarde. El descuento contribuye a mejorar

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las compras de los consumidores durante la semana, evitando atochamiento). Esto es

lo que habría que hacer con las calles de la ciudad para disminuir los tacos: colocar

impuestos a su uso durante las horas de punta para generar una cadena virtuosa de

decisiones orientadas a distribuir mejor el tráfico a lo largo del día y así evitarse el pago de impuestos. Probablemente algunos van a preferir pagar impuesto y seguir

usando las calles en hora punta, y es bueno que así ocurra, pues eso nos permitirá

recaudar recursos para financiar los bienes públicos de que hablábamos antes. Los

importante es que quienes pagaran el impuesto no serán los ricos o los pobres, las mujeres y los hombres, los agricultores industriales, sino todos aquellos quienes usan

las callen en hora de punta les signifique percibir un valor superior al pago de

impuesto.

Probablemente existen muchas otras “externalidades”- efectos externos negativos o males- producidos pro conductas humanas que podrían ser objeto de impuestos para

recaudar recursos para el estado, y simultáneamente, generar una cadena de

decisiones virtuosas destinadas a disminuir dichas externalidades o males con el objeto

de evitarse el pago del impuesto. Los impuestos a los “males” son muchos más

sensatos que los impuestos a los “bienes”- como los que tenemos hoy- porque los impuestos inhiben las conductas que afectan y lo razonable es inhibir los males y

nunca los bienes.

Algunos de ustedes pensaran que no hay tantos males para obtener los impuestos

necesarios para financiar el aparato estatal. Puede ser. Pero esto no llevara a un debate sobre si el nivel necesario para financiar los bienes públicos- debate muy

necesario a nuestro juicio – y, además, si los impuestos a los males no fueran

suficientes para financiar el aparato del estado democráticamente decidido, solo

afectaríamos con impuestos a los bienes estrictamente necesarios para financiar el aparato estatal, después de haber afectado con impuestos a todos los males.

IMPUESTOS MOVILES

Este articulo refleja una materia que ha sido preocupación permanente de las

autoridades del Banco Central durante los últimos años: que el nivel de crecimiento del gasto agregado (agregado quiere decir “en todas las cosas y por todos los agentes

económicos, esto es, gasto en consumo y inversión. Por el gobierno y por el sector

privado) sea permanente más elevado que el crecimiento del PIB.

Cuando el aumento del gasto agregado es más alto que el crecimiento del PIB durante mucho tiempo, se pueden producir una serie de efectos nocivos para los equilibrios

macroeconómicos, como por ejemplo aumentos de la inflación, del endeudamiento

externo y otros. Para detener el aumento del gasto y acercarlo a la tasa de crecimiento

del PIB, se pueden usar una serie de medidas económicas, llamadas de “ajuste”. Todas ellas tienen en común que tienden a desacelerar, contraer o frenar la actividad

económica.

En el pasado el Banco Central opto por subir las tasas de interés. Para inhibir el gasto

agregado. Con tasas de interés más altas las empresas tienden a postergar sus

proyectos de inversión y los consumidores a hacer algo similar con sus decisiones de consumo importantes, como comprar un auto nuevo o pedir un crédito para la casa

con que siempre se soñó.

Los economistas no pueden determinar exactamente en cuanto afecta el aumento de

las tasas de interés al gasto agregado. Rara vez podemos estimar cuantitativamente en forma exacta el impacto de ese cambio, entre otras razones porque el sistema

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económico está siempre en perpetuo movimiento u muchas otras variables además de

la tasa de interés están afectando el nivel del gasto agregado.

La globalización ha hecho que el capital sea mucho más movible y la competencia

entre los países por atraer inversión extranjera ha hecho que las tasas de impuesto a los ingresos de capital hayan bajado en el mundo y que florezcan los paraísos

tributarios. Los impuestos a las utilidades de las empresas y a las ganancias de capital

recaudan cada día menos en relación a otros impuestos.

¿Cómo puede Chile diseñar sus impuestos al capital en forma óptima en este contexto, tomando en cuenta las políticas tributarias de los otros países y asumiendo que no es

posible generar acuerdos multilaterales para coordinar políticas tributarias que

reduzcan los efectos que tiene la competencia por atraer inversión a través de bajar

los impuestos? Para responder hay que distinguir entre impuestos basados en la "fuente" y los

basados en la "residencia" del ingreso. Cuando la base del impuesto es la fuente (como

el impuesto a las utilidades), se grava el retorno al capital en el lugar en que éste fue

invertido, por lo que el impuesto afecta la inversión. Y cuando es la residencia (como el

Global Complementario), el impuesto grava el retorno al capital de los residentes del país solamente, por lo que este impuesto afecta el ahorro.

¿Por qué es relevante considerar este tecnicismo? Un teorema dice que si no hay

rentas específicas por la ubicación geográfica (como la minería del cobre en el norte de

Chile), una economía pequeña y abierta no debería jamás usar un impuesto al capital que tiene como base la fuente del mismo. La razón: como el capital es movible, dicho

impuesto lo pagará el factor trabajo de todos modos, por lo que es más eficiente poner

un impuesto a los ingresos del trabajo.

¿Por qué no suprimir entonces el impuesto que afecta a las utilidades de las empresas? Varias razones: efectivamente existen rentas específicas asociadas a una ubicación

geográfica, en particular cuando hay recursos naturales involucrados o una muy buena

infraestructura que facilita los procesos productivos. Segundo, el capital es movible

pero en forma imperfecta. Tercero, el impuesto a las utilidades de las empresas evita que se eluda el que se aplica a los ingresos personales, como el Global

Complementario.

FONDO DE UTILIDADES TRIBUTALES

El fondo de Utilidades Tributables o más conocido como FUT es como un libro que registra las utilidades de las compañías, los impuestos pagados, los retiros de

dividendos, reinversiones, dividendos percibidos de otras sociedades, etc. En como “el

libro de la viejo” de las utilidades de las compañías. Se habla de FUT negativo cuando

la empresa registra “perdidas tributarias”, es decir, no paga impuestos por ellas es positivo cuando registra “utilidades tributarias” de forma tal que dichas utilidades si

están afectas a impuestos.

También se menciona en el artículo la renta líquida imponible, es decir, la renta o

utilidades de una compañía que esta afecta o no a impuestos. Por ejemplo, una

empresa tuvo pérdidas de $100 el año pasado y este año utilidades de $120 ¿Cuánto paga en impuestos? Pagara sobre $120 - $100 = $20. Es decir la empresa descontó

las perdidas del año pasado y pagara la tasa de 20% de impuestos (actualmente

vigente) sobre los $20, de manera que el impuesto será $20 x 20%=$4.

La diferencia entre el FUT y la renta liquida imponible es que el primero incorpora más elementos que el segundo, como los dividendos, pero fundamentalmente apuntan a lo

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mismo: determinar exactamente el monto de utilidades que está afecta a tributación

en una determinada empresa y por la cual hay que pagar impuestos.

Ante esto es importante preguntarse ¿Cómo afecta lo anterior a los accionistas de una

empresa? El FUT es relevante para los accionistas de la empresa cuando se reparten dividendos. Por ejemplo, si una empresa tuvo utilidades por $1.000, pagó $200 en

impuestos y dichas utilidades fueron repartidas vía dividendos a un accionista en su

registro de impuesto global complementario, impuesto que afecta a todas las personas

que tienen más de una renta y que deben declarar sus impuestos en abril de cada año, contabilizará el monto de dividendo percibido y del cálculo del impuesto posible de

pagar descontará el FUT de la empresa.

En otras palabras, los impuestos deben ser pagados solo una vez. Si la empresa pago

por utilidades que repartió, las personas naturales que reciben dichos ingresos no deben pagar por dicha proporción de utilidades el impuesto nuevamente. Este tema no

siempre es de fácil comprensión y, adicionalmente, genera mucha polémica entre las

empresas, contadores, abogados y nosotros los contribuyentes, pues no existe una

interpretación única de los impuestos que se deben pagar.

La polémica en nuestro artículo se concentra en al menos tres aspectos: a) Declaración de perdidas tributarias pro parte de las sociedades en periodos

prolongados,

b) Destino de la inversión y

c) Facultades de interpretación por parte del Servicio de Impuestos Internos. Veamos cada una.

Respecto a la declaración de perdidas tributarias por parte de una compañía, puede

deberse a varios motivos, por ejemplo, perdidas muy fuertes ya antiguas de periodos

anteriores – hay que recordar que la crisis de comienzos de los ochenta dio origen a grandes pérdidas en la empresas-, perdidas de la gestión posterior, fusiones o

adquisiciones de compañías que traían perdidas, perdidas de otras empresas de la cual

se es dueña, reinversión de utilidades. Una empresa puede tener pérdidas tributarias

por diversos motivos y arrastrarlos en el tiempo. De hecho puede tener utilidades en un año y no pagar impuestos dicho año, dado que tiene pérdidas tributarias que son

mayores a la utilidad tributable de ese año especifico.

Por otra parte, como reinversión afecta al FUT pues son utilidades destinadas a

compras de activos para la compañía y financiamiento de nuevos proyectos, es

necesario determinar en forma afectiva por parte del SII que fue realizada. Si no fue realizada y se destinaron a su consumo corriente, deben ser corregidas por lo cual el

SII tiene un plazo determinado de revisión.

Lo anterior nos conecta con el siguiente las facultades de interpretación de normas por

parte de SII. En el artículo se establece que el SII puede revisar 3 años de contabilidad de una empresa, pero si encuentra anomalías o durante un año la empresa no efectuó

su declaración puede revisar hasta 15 años. Dado aquello, se dice que el SII estaría

interpretando la ley paro poder revisar mas años y analizar el FUT pasado. Este tema

es siempre muy complejo, pues la misión del SII es recaudar lo máximo posible dentro de sus atribuciones y las empresas se sienten “perseguidas” por lo inspectores.

En una que se respetan las leyes se debe combatir la evasión y alusión tributaria, de

forma tal que las “reglas de juego” sean parejas para todos. De la misma forma, es

necesario que las autoridades establezcan impuestos razonables que fomenten la

inversión y el crecimiento del país y que la fiscalización de su pago se efectué con criterios técnicos y razonables. Alcanzar el adecuado equilibrio será tarea de muchos

años, pero al memos estamos avanzando.

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GLOSARIO

Bienes públicos: son bienes los que proveen los privados en forma individual sino la sociedad en su conjunto, financiados a través de impuestos. Tienen rentabilidad social,

es decir, para todos los habitantes pero no privada, no son “negocio”. Por ejemplo, la

defensa nacional, programas de limpieza de calles, etc.

Externalidades: Es el efecto que causa un determinada actividad económica sobre

otra actividad o bienes involucrados. Pueden existir externalidades negativas o

positivas. Por ejemplo, un externalidad negativa es el efecto de la contaminación de

una planta sobre una siembre agrícola y una positiva es ele aumento de valor de los terrenos de una zona ante la llegada del metro.

FUT: Fondo de Utilidades Tributables. Tiene por objetivo controlar el saldo de

utilidades tributarias disponibles y en ningún caso es posible sostener que por una

simple tabulación o separación en las anotaciones de dicho registro, se puedan generar

o crear utilidades distintas a las provenientes del desarrollo de las actividades del contribuyente, que son determinadas por una contabilidad completa a través de un

balance general, que a su vez sirve de base para la determinación de la renta líquida

imponible de primera categoría.

Impuesto a la renta: es un impuesto que grava los ingresos de las personas,

empresas, u otras entidades legales. Normalmente se calcula como un porcentaje

variable de los ingresos de la persona física o jurídica sujeta a impuestos.

Impuesto primera categoría: Grava las llamadas "rentas de capital", y se aplica

fundamentalmente a las personas jurídicas y a las llamadas "sociedades de hecho".

Impuesto de Segunda Categoría: Grava las llamadas "rentas del trabajo", y se aplica fundamentalmente a las personas naturales. En la actualidad sólo sirve para el

cálculo del Global Complementario.

Impuesto Global Complementario: Grava la totalidad de los ingresos de las

personas naturales residentes en el país.

Impuesto Adicional: Grava las rentas de fuente chilena, de personas naturales y jurídicas que residen fuera del país.

Impuesto a los males: Es el impuesto que se cobra para evitar o eliminar ciertos

males que se causan a la sociedad producto de conductas que no ayudan al bien

común. Por ejemplo, la basura, la congestión, contaminación, la delincuencia. Se pueden materializar a través de impuesto para la recolección de basura, etc.

Ingreso marginal: aumento del ingreso total generado al vender una unidad

adicional de producción.

RUT: Rol Único Tributario. Es un número único chileno, que fue establecido como

identificación tributaria por el Decreto con Fuerza de Ley N° 3 del 29 de enero de

1969.

IVA: Impuesto Valor Agregado: es un impuesto indirecto sobre el consumo, es decir financiado por el consumidor final. Un impuesto indirecto es el impuesto que no es

percibido por el fisco directamente del tributario. El IVA es percibido por el vendedor

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en el momento de toda transacción comercial (transferencia de bienes o servicios). Los

vendedores intermediarios tienen el derecho de hacerse reembolsar el IVA que han

pagado a otros vendedores que los preceden en la cadena de comercialización (crédito

fiscal), deduciéndolo del monto de IVA cobrado a sus clientes (débito fiscal), debiendo entregar la diferencia al fisco. Los consumidores finales tienen la obligación de pagar el

IVA sín derecho a reembolso, lo que es controlado por el fisco obligando a la empresa

a entregar justificantes de venta al consumidor final e integrar copias de éstas a la

contabilidad de la empresa.

PIB: Producto Interno Bruto. Se conoce como "Producto interno Bruto" a la suma de

todos los bienes y servicios final que produce un país o una economía producidos por

empresas nacionales y extranjeras dentro del territorio nacional que se registran en un periodo determinado (generalmente un año)

Impuesto adicional: El cual grava las rentas de fuente chilena, de personas naturales

y jurídicas que residen fuera del país.

Impuestos especiales: Sobre determinadas rentas:

Impuesto especial sobre los "pequeños contribuyentes”: Es establecido por la

ley como un sistema simplificado para contribuyentes sin grandes ingresos (pequeños mineros artesanales, comerciantes ambulantes, suplementarios, propietarios de

talleres artesanales, pescadores artesanales).

Impuesto sobre las ganancias de capital: Es remanente de un antiguo impuesto hoy casi inexistente, y que grava ciertas rentas no habituales, obtenidas por la venta

de bienes muy específicos y determinados.

Impuesto sobre los premios de lotería: Sobre los premios de lotería se paga un impuesto único del 15%.

BIBLIOGRAFIA

Impuesto a la renta. Disponible en

http://es.wikipedia.org/wiki/Sistema_tributario_de_Chile Marzo 2012

Impuesto móviles. Disponible en:

http://www.economiaynegocios.cl/noticias/noticias.asp?id=14849 Marzo 2011

Fondo de utilidades tributables, Disponible en:

http://www.sii.cl/pagina/jurisprudencia/adminis/2003/renta/ja508.htm Marzo 2013

Diario financiero. Martes 15 de octubre 2013.