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1 CONTROLES DE ADVERTENCIA FISCAL INFORME DE SEGUIMENTO SOBRE LAS ACCIONES A LOS CONTROLES DE ADVERTENCIA DE LOS SECTORES: HÁBITAT, AMBIENTE, MOVILIDAD Y CULTURA RECREACIÓN Y DEPORTE Primer trimestre de 2014

CONTROLES DE ADVERTENCIA FISCAL INFORME DE …€¦ · Para el primer informe del año se escogieron los sectores de Hábitat, Ambiente, Movilidad y Cultura Recreación y Deporte

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CONTROLES DE ADVERTENCIA FISCAL

INFORME DE SEGUIMENTO SOBRE LAS ACCIONES A LOS CONTROLES DE ADVERTENCIA DE LOS

SECTORES: HÁBITAT, AMBIENTE, MOVILIDAD Y CULTURA RECREACIÓN Y DEPORTE

Primer trimestre de 2014

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TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN…………………………………………………… 3 1. SECTOR HÁBITAT……………………………………………. 4

2. SECTOR MOVILIDAD……………………………………….. 10

3. SECTOR AMBIENTE ………………………………………... 14

4. SECTOR CULTURA RECREACION Y DEPORTE.……….. 16

5. CONCLUSIONES ……………………………..……………… 18

6. RECOMENDACIONES………………………………………...19

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INTRODUCCIÓN

A la Veeduría Distrital, en ejercicio de su función de control preventivo establecido en el artículo 118 de Decreto Ley 1421 de 1993, le corresponde proteger la moralidad y el patrimonio público de la administración distrital. De la misma manera, en cumplimiento de la circular 029 de 2010, se hace seguimiento y se recomienda sobre la pertinencia de las acciones realizadas por las entidades del Distrito Capital, tendientes a subsanar el control advertido. Asimismo, acorde con la directiva 002 de 2004 emanada de la Alcaldía Mayor, le concierne “... analizar las respuestas ofrecidas por las entidades distritales, hará el seguimiento respectivo y formulará las recomendaciones que se consideren pertinentes para solucionar la problemática a que se refiere el control de advertencia. Para lograr este cometido, se apoyará en las oficinas de control interno de cada una de las

entidades distritales”. Por lo anterior y en cumplimento del Plan de Acción de la Delegada para la Eficiencia Administrativa y Presupuestal, en el cual quedó consignada la realización de tres informes al año sobre las entidades que fueron objeto de Control de Advertencia1, referente al avance de las acciones establecidas tendientes a subsanar las advertencias encontradas por la Contraloría Distrital. Para el primer informe del año se escogieron los sectores de Hábitat, Ambiente, Movilidad y Cultura Recreación y Deporte. A lo largo de la vigencia 2014, cada trimestre se hará seguimiento a otros sectores hasta completar la totalidad de los sectores establecidos en el Acuerdo 257 de 2006. Es importante anotar que la Veeduría observó que en el sector Hábitat, las empresas de Telecomunicaciones y de Energía; en el sector de Cultura Recreación y Deporte, el Instituto Distrital de Arte - IDARTES, Canal Capital, Fundación Gilberto Álzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá y el Instituto Distrital de Deportes – IDRD y en el Sector Movilidad la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UAERMV, a la fecha no tienen reportados Controles de Advertencia. En general, se observa que las entidades de los sectores enunciados que fueron objeto de Control de Advertencia por parte de la Contraloría Distrital vienen

1 La función de advertencia, es una herramienta de acompañamiento de gestión que realizan las Contralorías, a las entidades sujetos de control, y se encuentra establecida en la Constitución Política y reglamentado por el Decreto 267 de 2000 y a nivel distrital por el Acuerdo 361 de 2009.

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ejecutando las acciones previstas en los Planes de Mejoramiento. No obstante, en algunos de los casos las acciones efectuadas no subsanaron eficaz y eficientemente las advertencias realizadas por el órgano de control distrital, por lo cual se configuró un hallazgo fiscal2 que podría ocasionar detrimento patrimonial de los recursos públicos. También se observó que en ocasiones las acciones establecidas en los planes de mejoramiento no se efectúan oportunamente porque las acciones dependen de fallos judiciales, laudos arbitrales y decisiones administrativas. De otra parte, debe anotarse que algunas entidades no cumplen con el deber legal de informar sobre los avances de las acciones para subsanar controles de advertencia dentro de los términos previstos en la Circular 016 de 2008. En consecuencia, a través de oficios exhortamos a las cabezas del sector para que tomen las medidas pertinentes con dichas entidades. Tal es el caso de la Secretaría de Gobierno, a quien se informó que las Alcaldías Locales de Teusaquillo, Mártires y Ciudad Bolívar no habían reportado avances. Situación similar ocurrió con las Secretarías de Movilidad, Desarrollo Económico y de Ambiente, quienes respondieron a la solicitud y enviaron la información, lo cual evidencia su interés de realizar las acciones tendientes a salvaguardar recursos públicos. Finalmente, es importante resaltar que el propósito de la Veeduría es realizar el seguimiento y monitoreo permanente sobre el avance de las acciones pertinentes tendientes corregir las anomalías detectadas y advertidas por la Contraloría Distrital, evitar riegos de pérdida de patrimonio público y posteriores hallazgos por detrimento de los recursos, así como garantizar la buena gestión de los mismos. El presente documento contiene la relación de controles de advertencia impuestos por la Contraloría Distrital a las entidades distritales en el último trimestre de 2013, así como las acciones realizadas.

1. CONTROLES DE ADVERTENCIA DEL SECTOR HÁBITAT El Sector Hábitat tiene reportados 14 Controles de Advertencia realizados por la Contraloría Distrital, distribuidos así: Secretaría de Hábitat 1, Caja de Vivienda Popular 2; Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos 5; Empresa de

2 Identificación de una desviación por parte de servidores públicos o particulares que pueda haber causado un daño patrimonial al Estado. Este hallazgo da lugar al inicio de un proceso de responsabilidad fiscal.

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Renovación Urbana 1, Metrovivienda 1, Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá 4. Las Empresas de Telecomunicaciones y de Energía no han sido objeto de Control de Advertencia.

Secretaría de Hábitat

CONTROL DE ADVERTENCIA

RIESGO ADVERTIDO

10000-18781 de

agosto 8 de 2013

La Contraloría considera que en los predios que constituyen bienes

fiscales: San Victorino y Plaza de la Hoja, que el Distrito Capital aportaría a título de subsidio familiar en especie, posiblemente no es

financieramente viable construir las 743 Unidades de Vivienda de

Interés Prioritario VIP. Si se tiene en cuenta el valor de los predios registrados en libros o el actualizado por Metrovivienda, cada una de

las unidades superaría el límite de los 70 SMLMV, establecidos por el gobierno nacional, siendo así se causaría un grave daño patrimonial al

Tesorero Distrital, en cuantía superior a los $43.329 millones. Fuente: Documentos enviados por las entidades distritales

AVANCE DE LAS ACCIONES: La entidad en su momento no reconoció el riesgo, manifestando que existe una valoración técnica equivocada por parte de la Contraloría. No obstante, la Secretaría de Hábitat realiza acciones entre las que se encuentran el desarrollo de Proyectos Asociativos cuyas acciones están encaminadas a la consecución de licencias de urbanismo de los proyectos de construcción que se realizaran en las localidades de Usme, Bosa, Ciudad Bolívar y Fontibon. Igualmente, se efectuaron acciones para gestionar suelo para VIP, tal como lo indica el Acuerdo 308 de 2008. Con base en lo establecido en el Decreto 364 de 2013 por medio del cual se adoptó la modificación excepcional del Plan de Ordenamiento Territorial, se expidió el Decreto 478 de 2013 que establece la obligación de destinar suelo para las VIP en los nuevos desarrollos urbanísticos de la ciudad. Caja de Vivienda Popular

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CONTROL DE

ADVERTENCIA RIESGO ADVERTIDO

130000 de enero 23 de 2014

a. Inobservancia del marco jurídico aplicable al Convenio 043 de 20123 b. Incumplimiento de metas del plan de desarrollo en construcción de

vivienda c. Posible daño patrimonial a partir de la destinación de los predios

San Victorino y Plaza de Hoja al programa de vivienda gratuita del gobierno nacional.

Fuente: Documentos enviados trimestralmente por las entidades distritales.

AVANCE DE LAS ACCIONES: Reconoce los riesgos de los literales a y c, pero no lo concerniente al literal b, incumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo en materia de vivienda, en razón a que el incumplimiento de las metas no tiene relación directa con la posibilidad de que se genere un daño patrimonial. Las acciones previstas en los planes de mejoramiento: reportan avances en la construcción de las obras, avances frente a los procesos de selección de los inversionistas para el diseño, construcción, promoción del proyecto inmobiliario. Este control, actualmente se encuentra abierto, con acciones pendientes que vienen realizando conjuntamente Caja de Vivienda Popular con la Secretaría Distrital de Hábitat, Metrovivienda y la Empresa de Renovación Urbana.

CONTROL DE ADVERTENCIA

RIESGO ADVERTIDO

200943370 de julio

14 de 2009

Posible detrimento patrimonial estimado en $101.2 millones, por el

pago indefinido de arriendos pagados por la CVP a 96 familias relocalizadas en la Urbanización Buena Vista Sur Oriental Etapa III.

Originados por un monto de Valor Único de Reconocimiento –VUR- de $668.3 millones otorgados a 84 familias.

Fuente: Documentos enviados por las entidades distritales.

AVANCE DE LAS ACCIONES: La CVP argumenta que su actuación responde a dar cumpliendo a un mandato proferido el 14 de noviembre de 2008 por el juez 20 del Circuito de Bogotá, el cual ordenó a la constructora MILENIO y a la CVP que se pagaran los arriendos a 96 familias que se encontraban en situación de vulnerabilidad de sus derechos fundamentales e igualmente ordenó la reubicación de las familias.

3 Convenio 043 de 16 noviembre de 2012, sucrito entre la Secretaría Distrital de Hábitat, Metrovivienda, Caja de Vivienda Popular y el Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA, se prorrogó hasta junio de 2015. Su objeto es la realización de acciones conjuntas para la construcción de vivienda VIP y VIS.

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El 16 de octubre de 2009 la CVP hizo efectiva una póliza por siniestro por $139.4 millones, los cuales ingresaron a su tesorería. Es importante anotar que en el juzgado 31 Administrativo del Circuito, cursa una demanda de Reparación Directa presentada por la CVP en contra de la constructora MILENIO. Por lo anterior, la Veeduría verificó que la CVP viene realizando las acciones pertinentes tendientes a evitar que se pierdan recursos públicos. No obstante, el control sigue abierto, pendiente de que se produzca un fallo definitivo por parte del juez administrativo.

Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos. UAESP

La UAESP, tiene reportados un total de 5 controles de advertencia.

CONTROL DE

ADVERTENCIA RIESGO ADVERTIDO

36000-08401 de abril 19 de 2006.

Inminente riesgo de agotamiento de la vida útil del Relleno Sanitario Doña Juana, la ineficiencia en el uso de alternativas

complementarias para el manejo de residuos sólidos, la carencia

de planes para la optimización de sus actuales predios y los conflictos en la adquisición de predios para su ampliación y

amortiguamiento. Aspectos que podrían eventualmente dejar a la ciudad al borde de una emergencia ambiental.

Fuente: Documentos enviados por las entidades distritales.

AVANCE DE LAS ACCIONES: La entidad realiza un plan de acción que incluye el trámite de licencias ambientales, la compra de predios para la disposición de basuras, acciones que garantizarían la continuidad del servicio hasta el 2015. La UAESP reportó el cierre del control por cumplimiento en el 100% de las acciones previstas en el plan de mejoramiento. RECOMENDACIONES: Se recomienda a la UAESP que envíen los informes con las firma del representante legal de la entidad o de quien haga sus veces, pues el control 36000-08401 relacionado con el Relleno Sanitario Doña Juana fue remitido a la Veeduría sin la respectiva firma. Igualmente, en atención a que reportan el cumplimiento del 100% de las acciones, se solicita que envíen a el reporte de cierre que haga la Contraloría Distrital.

CONTROL DE ADVERTENCIA

RIESGO ADVERTIDO

36000-200738471 de

julio 13 de 2007.

Gestión ineficiente en el manejo integral de escombros de

Bogotá D.C.

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Fuente: Documentos enviados por las entidades distritales y página web de la Contraloría de Bogotá.

AVANCE DE LAS ACCIONES: La UAESP reportó un avance de 65% en las acciones: estudio diagnóstico sobre escombros, entrada en funcionamiento del patio de separación de residuos, aprovechamiento y disposición final de escombros y en mesas de trabajo se analizó el tema normativo sobre el manejo de escombros. Sin embargo, las acciones mencionadas, a juicio de la Contraloría, no fueron suficientes para subsanar el control advertido y la Contraloría abrió proceso de responsabilidad fiscal No 50100-0020 de 2008 por valor de $581.965.680. Igualmente, frente al control de advertencia 36000-32000-1570 de mayo 4 de 2007 relacionado con “Impactos negativos que puede generar el proyecto Plan de Implantación para el Parque de Reciclaje El Tintal”, la Contraloría abrió proceso de responsabilidad fiscal No 50100-097 de 2007 por incumplimiento al contrato 202 de 2006 Parque El Tintal. No obstante, que la entidad reportará un avance de las acciones en un 95% éstas no fueron suficientes para subsanar el control advertido. RECOMENDACIONES: Se recomienda a la Secretaría de General que, en calidad de coordinadora del tema de los Controles de Advertencia, informe a la cabeza del Sector de Hábitat para que tome las medidas pertinentes relacionadas con los controles 36000-200738471 de julio 13 de 2007 y 36000-32000-1570 de mayo 4 de 2007 que fueron objeto de hallazgo fiscal por parte de la Contraloría Distrital, ya que las acciones propuestas no fueron suficientes para subsanar la advertencia. De la misma manera, es necesario que la entidad inicie las investigaciones a que haya lugar para establecer la responsabilidad de los funcionarios que por sus acciones u omisiones dieron lugar a que se configurara el hallazgo fiscal. Así mismo, que se informe a esta entidad sobre las medidas que se adoptarán para evitar que se causen futuros daños al patrimonio público por la falta de gestión.

CONTROL DE

ADVERTENCIA RIESGO ADVERTIDO

36000-12419-1 de

noviembre 28 de 2008

La falta de Gestión de la UAESP pone en riesgo recursos del

Distrito Capital que pueden superar los $100 mil millones por el

servicio de alumbrado público.

Fuente: Documentos enviados por las entidades distritales y página web de la Contraloría de Bogotá.

AVANCE DE LAS ACCIONES: la entidad reportó un avance del 80% en las acciones tendientes a subsanar el control advertido.

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No obstante las acciones realizadas, mediante oficio radicado por la UAESP 20136800116142 del 9/09/2013, el Contralor Delegado para la Participación Ciudadana de la Contraloría General de la República presentó objeciones en torno al proyecto de acuerdo entre Codensa y la UAESP relacionado con los valores de la reliquidación de las facturas del alumbrado público, porque podría ocasionar detrimento por $100 mil millones. El 12/09/2013 mediante memorando 20137010075933, la Subdirección de Asuntos Legales de la UAESP solicitó a la Subdirección de Alumbrado Público efectuar el análisis pertinente al informe de la Contraloría y realizar las reliquidaciones a que haya lugar, con el fin de llevar el caso nuevamente a Comité de Conciliaciones y adoptar las decisiones definitivas. Posteriormente, el 6 de noviembre de 2013, conjuntamente la UAESP, CODENSA y el Consorcio Inter Alumbrado revisaron la metodología y los criterios que se aplicarán en el proceso de cálculo de reliquidación del servicio de Alumbrado Público del período 1998-2004. El acta de reliquidación se allegará al proceso judicial 2009-0069 que se lleva a cabo ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que este tribunal falle al respecto y se pueda así cobrar el valor de la reliquidación a CODENSA.

CONTROL DE

ADVERTENCIA RIESGO ADVERTIDO

1000-10334 de mayo 6 de 2013.

Advertencia fiscal sobre la falta de titularidad y disponibilidad de bienes y elementos directamente afectados a la concesión del

servicio público de aseo en Bogotá, Cláusula de Reversión.

Fuente: Documentos enviados por las entidades distritales y página web de la Contraloría de Bogotá.

AVANCE DE LAS ACCIONES: en atención a que no se logró un acuerdo con los prestadores privados del servicio de aseo sobre la reversión de los bienes al Distrito, la UAESP emitió las resoluciones 220, 221, 222, mediante las cuales se liquidaron unilateralmente los contratos 53, 54, y 55 de 2003 suscritos con los consorcios Aseo Capital, Limpieza Metropolitana, LIME y ATESA. Entre las acciones previstas por la UAESP para recuperar los bienes de que trata la cláusula de reversión, se iniciarán procesos ejecutivos, previas la indagación por parte de la Subdirección de Asuntos Legales, sobre los bienes de propiedad de las mencionadas empresas. Respecto de este control, la entidad reporta un avance del 75% y se prevé que cumplirá con el total de las acciones el 31 de diciembre de 2014.

Empresa de Renovación Urbana - ERU

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CONTROL DE

ADVERTENCIA RIESGO ADVERTIDO

201170676 de junio 30 de 2011

Advertencia fiscal por el inminente riesgo de pérdida de la inversión de $40.615 millones, desembolsados por la Administración Distrital para

el proyecto San Victorino “Centro Internacional Mayorista.

2012 22298 de

diciembre 4 de

2012

Advertencia fiscal por el riesgo de afectación del patrimonio público

distrital por $27.298 millones por la compraventa del 99% de los

derechos fiduciarios de la etapa 1 del proyecto de inversión San Victorino Centro internacional de Comercio Mayorista, actualmente en

proceso licitatorio, conforme lo muestran los términos de referencia definitivos, el costo variable sobre el valor de las ventas es 2% y no el

5%, según lo recomendaron los estudios iniciales y otros. Fuente: Documentos enviados por las entidades distritales y página web de la Contraloría de Bogotá.

AVANCE DE LAS ACCIONES: Aunque la ERU no admite los riesgos, la Contraloría en auditoría realizada el 13 de mayo de 2013 hizo seguimiento a las advertencias enunciadas y las mantiene abiertas. Argumenta la ERU que el Centro Internacional de Comercio Mayorista busca desarrollar un proyecto de escala metropolitana, tal como lo establece el Decreto 880 de 1998, que tiene unos objetivos y unas estrategias acordes con el Plan de Desarrollo 2012-2016 “Bogotá Humana”. Adicionalmente, la Primera Etapa del proyecto es de 48 meses, contados a partir de la expedición de la Resolución 1110 de septiembre de 2012; es decir, vence en septiembre del 2016, y la Segunda Etapa tiene prevista su realización en 36 meses contados a partir de la culminación de la primera etapa; es decir terminaría el 6 de septiembre de 2019. En cumplimiento de la primera etapa, la ERU ha desarrollado actividades técnicas y administrativas que corresponden a la consecución de licencias y permisos urbanísticos y ambientales; y en la segunda etapa, se buscará el inversionista y constructor del proyecto. En esta última etapa se realizó una convocatoria pública que fue declarada desierta.

Metrovivienda

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CONTROL DE

ADVERTENCIA RIESGO ADVERTIDO

10100-11467 de 2006

Riesgo de comprometer el patrimonio público del distrito, al no tomar acciones correctivas frente a la información que las

Organizaciones Populares de Vivienda – OPVs - presentan para acceder a predios y al seguimiento de pago.

Fuente: Documentos enviados por las entidades distritales y página web de la Contraloría de Bogotá.

Metrovivienda y las empresas constructoras: NUEVA CIUDAD, FIDUCIARIA CENTRAL S.A y TEKOA, el 25 noviembre del 2010, firmaron un acuerdo de transacción en que dichas empresas se comprometen a pagar a Metrovivienda $4.023 millones por saldos adeudados y dejados de pagar por la compraventa que hizo Metrovivienda de los predios que se destinarían a la construcción de vivienda de interés social. Entre 2009 y 2012 las Empresas Constructoras efectivamente cumplieron con los pagos hasta completar el 62% de lo adeudado a Metrovivienda. A partir de junio de 2013 dichas Empresas incumplieron el Acuerdo de Pago, a la fecha adeudan $1.462.3 millones. En el último trimestre de 2013 no se registraron abonos a la deuda. En febrero de 2014, Metrovivienda informó que en el Juzgado 05 Civil del Circuito cursa un proceso ejecutivo singular en el que a través de abogados externos se están realizando acciones tendientes a recuperar los dineros adeudados. La Veeduría Distrital continuará con el seguimiento a la presente advertencia, para constatar si los dineros se recuperaron, de lo contrario deberán tomarse las medidas correspondientes.

Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá- EAAB La EAAB tiene reportados 4 Controles de Advertencia.

CONTROL DE ADVERTENCIA

RIESGO ADVERTIDO

10000-04217 de marzo 10 de

2008

Presunto detrimento patrimonial por aproximadamente $5.571 millones

más el valor de las 18 hectáreas del predio la Aguadora que pretenden reservarse los demandantes, Guillermo González Holguín y Gloria

González de Esguerra. El riesgo se advierte por las presuntas

irregularidades del Acuerdo de Conciliación de enero 31 de 2008 suscrito por la EAAB y la parte demandante dentro del Proceso Ordinario 1001-

3103-007-1191-0202305.

Fuente: Documentos enviados trimestralmente por las entidades distritales.

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AVANCE DE LAS ACCIONES: La EAAB reporta un avance del 98% del total de las

acciones previstas en los planes de mejoramiento. Las actividades pendientes para subsanar en su totalidad el control en mención, dependen del fallo que dicte la Corte Suprema de Justicia dentro del Recurso Extraordinario de Casación interpuesto por las partes y se encuentra al despacho desde el 9 de abril de 2013.

CONTROL DE

ADVERTENCIA RIESGO ADVERTIDO

110000-22332 de

diciembre 5 de 2008

Pronunciamiento sobre riesgo de pérdida del patrimonio público

derivado de una deficiente gestión fiscal en la gerencia jurídica de la EAAB - ESP en la defensa de los intereses públicos en litigio que

cursan en la justicia arbitral.

Fuente: Documentos enviados trimestralmente por las entidades distritales.

AVANCE DE LAS ACCIONES: La EAAB reporta un avance de 99% de las acciones. Postuló como política ante el comité de conciliación realizado el 18/12/2008 la necesidad de que todas las cláusulas compromisorias de los contratos no se aparten del principio de selección natural de árbitros por la Cámara de Comercio de Bogotá de conformidad con su reglamento, en donde se comprometen a realizar los correctivos necesarios y desde el 17 de octubre de 2013 se están ejecutando todos los trámites procesales en relación con los contratos 263 y 264/2004. Todo lo anterior tendiente a subsanar el pronunciamiento relacionado con un Laudo Arbitral de la firma CICON-KMA en relación con los contratos 263 y 264/2004, aduciendo que no garantizaban la trasparencia y objetividad, debido a que se designan los mismos peritos en diferentes procesos de la entidad, y que existen debilidades en la defensa por parte de los abogados contratados por la EAAB.

CONTROL DE ADVERTENCIA

RIESGO ADVERTIDO

10000-23045 de noviembre 16 de

2010

Contrato Especial de Gestión suscrito con Aguas Kapital Bogotá por el riesgo de pérdida del patrimonio público aproximado en

$15.391 millones por la ineficiente gestión de interventoría y

tardía decisión de la EAAB para la terminación unilateral del Contrato Especial de Gestión Suscrito.

Fuente: Documentos enviados por las entidades distritales y página web de la Contraloría de Bogotá.

AVANCE DE LAS ACCIONES: la EAAB reporta un avance del 99%. El 28 de agosto de 2013 se profirió Laudo Arbitral que determinó una condena en contra

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de la firma gestora de Aguas Kapital por valor de $16.000 millones a favor de la EAAB. Se está a la espera del reporte de la recepción de los dineros.

CONTROL DE

ADVERTENCIA RIESGO ADVERTIDO

1000-08883 de abril 22

de 2013

Advertencia fiscal por el riesgo de pérdida de recursos públicos

por valor $518.698 millones, como consecuencia del incumplimiento del Índice de Agua no Contabilizada – IANC - toda

vez que durante las vigencias 2003 a 2012 superó el nivel máximo

permitido por la Comisión Reguladora de Agua Potable –CRA -.

AVANCE DE LAS ACCIONES: EAAB reconoce el riesgo, pero aclara que el Indicador del Índice de Agua no Contabilizada – IANC - no es el indicador adecuado para evaluar y medir las pérdidas de agua, pues ese nivel de pérdida fue fijado como una referencia regulatoria sin contar con una evaluación o estudio de soporte. No obstante, la EAAB viene realizando las acciones de carácter técnico y operativo de mejora continua, entre las que se encuentran: la actualización del inventario y el estado de la infraestructura, mapa de barrios sin legalizar, instalación de micro medidores y la búsqueda de fugas, entre otras, acciones que se realizan permanentemente a la par con la prestación del servicio. El 28 de noviembre de 2013 EAAB informó que en lo corrido de 2013, detectó 2.238 casos por defraudación de fluidos en el área donde la EAAB presta sus servicios y en esa misma vigencia recuperó $763 millones. En relación con el cierre de este control la EAAB informa que no opera el cierre, debido a que es una actividad permanente propia y misional de la EAAB.

2. CONTROLES DE ADVERTENCIA, SECTOR MOVILIDAD El Sector de Movilidad tiene reportados 26 Controles de Advertencia:

- Secretaría de Movilidad 12. Solicitud de cierre 7. - Instituto Distrital de Desarrollo Urbano –IDU- 7. Solicitud de cierre 7. - Unidad Administrativa de Mantenimiento Vial 1. - Transmilenio 5. Solicitud de cierre 3. - Terminal de Transporte 1.

Secretaría de Movilidad

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La Veeduría Distrital realizó seguimiento a los controles de advertencia: 1000-

1739 de mayo 22 de 2013 y 1000-14830 de noviembre 30 de 2013, considerados los más relevantes.

Control de

Advertencia Riesgo advertido

1000-1739 de

mayo 22 de 2013

Control realizado en atención a que en la práctica no existen controles efectivos que garanticen el ingreso al tesoro distrital de los valores

adeudados por concepto sobre vehículos automotores, por la realización de trámites de tránsito ante el concesionario Servicios Integrales para la

Movilidad SIM. Fuente: Documentos enviados trimestralmente por las entidades distritales.

AVANCE DE LAS ACCIONES: Con el propósito de evitar la evasión de impuestos y de garantizar el control de los dineros que entran a la Secretaría de Movilidad por el Convenio Interadministrativo suscrito entre la Secretaría de Hacienda y el concesionario Servicios Integrales para la Movilidad SIM, se creó una herramienta tecnológica que se encuentra en fase de prueba y que pretende implementarse a partir junio de 2014. Dicha tecnología también permitirá prestar un servicio ágil y oportuno a los ciudadanos. Este control de advertencia tenía previsto su cierre para el 15 de diciembre de 2013. Pero según el funcionario de la Oficina de Atención al Ciudadano, Francisco Cardozo, la demora en el cumplimiento de las acciones se debió a que se presentaron inconvenientes tecnológicos y de coordinación con la Secretaría de Hacienda que ya fueron superados. En marzo de 2014 reportaron 100% de cumplimiento de las acciones previstas para subsanar dicho control. RECOMENDACIONES: En atención a que reportan el cumplimiento del 100% de las acciones, se recomienda que envíen a la Veeduría Distrital el reporte de cierre que haga la Contraloría Distrital.

Control de

Advertencia Riesgo advertido

10000-14787 de sep 30 de

2013

El nulo avance de la implementación del Sistema Inteligente del Transporte

- SIT -, ocasiona un riesgo de pérdida de recursos por $70.000 mil millones comprometidos a través del Convenio Interadministrativo Marco de

Cooperación No 1029 de 2010. No se ha derivado ninguna acción al respecto que mejore la movilidad.

Fuente: Documentos enviados trimestralmente por las entidades distritales.

La SDM reporta un avance del 100% por el cumplimiento de las acciones establecidas en el plan de mejoramiento institucional por lo cual el 30 de

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octubre de 2013 la entidad solicitó a la Contraloría Distrital el cierre del mencionado control.

Instituto Distrital de Desarrollo Urbano-IDU El IDU tiene reportados 7 Controles de Advertencia y solicitó a la Contraloría Distrital su cierre por las acciones tendientes a subsanarlos. Sin embargo, la Contraloría Distrital en auditorías de seguimiento consideró que aún faltan acciones por cumplir relacionadas con la terminación de obras inconclusas. La Veeduría Distrital realizó seguimiento a 3 controles:

CONTROL DE

ADVERTENCIA RIESGO ADVERTIDO

10000-06516 de abril

21 de 2008

Efectos negativos observados en la estructuración técnica, legal y

financiera de los contratos de concesión suscritos por el IDU en el

año 1999, de parqueaderos subterráneos en el corredor carrera 15, identificados con los números: 385, 386,387 y 388.

Fuente: Documentos enviados trimestralmente por las entidades distritales.

AVANCE DE LAS ACCIONES: El IDU no acepta el riesgo y manifestó a la Contraloría Distrital que dichos contratos fueron celebrados de conformidad con el ordenamiento jurídico, que no es posible modificar las cláusulas, ni terminar el contrato unilateralmente. Frente a este asunto, existe un Laudo Arbitral con fallo favorable en primera instancia al IDU y un recurso de anulación ante el Concejo de Estado interpuesto por el concesionario de los parqueaderos. Según la Contraloría Distrital, el cierre de este control de advertencia está sujeto a decisiones que tomen por un lado la Cámara de Comercio de Bogotá y a decisiones de los juzgados 35 y 38 Administrativo de Bogotá en relación con las Acciones Populares 2009-00146 y 2010-00251, en las que se ordenó la suspensión provisional de la vigencia de aplicación de la Cláusula 10.2 contenida en los contratos de concesión Números 385, 386,387 y 388 de 1999 suscritos por el IDU.

CONTROL DE

ADVERTENCIA

CONTROL

RIESGO ADVERTIDO

10000-11830 de mayo

24 de 2011

Advertencia fiscal por el posible daño patrimonial por el hecho de

no haber entregado en marzo de 2011 las 41 obras del Acuerdo

180 de 2005, Obras por Valorización. El IDU sólo entrego 16 obras y 25 se encuentran atrasadas.

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Fuente: Documentos enviados trimestralmente por las entidades distritales.

El 12 de mayo de 2012 la Contraloría Distrital realizó una auditoría y consideró que el control de advertencia se cerrará una vez se culminen en su totalidad las obras establecidas en el Acuerdo de Valorización. Al respecto el IDU informó que 5 obras de las establecidas en los proyectos 101, 107, 103, 102 y 160 ya fueron recibidas y se encuentran en servicio. La obra del proyecto 104 está en ejecución y 3 obras de los proyectos 302, 305 y 306 están en servicio. En relación con la construcción de andenes se recibieron 13 obras pertenecientes a los proyectos 404, 411, 403, 410, 402, 412, 406, 414, 112 y 154, 315, 314 y 317, actualmente en servicio, igualmente las obras de los proyectos 318 y 316 se encuentran en servicio. En conclusión, 24 obras de las 25, se encuentran terminadas y en servicio y la obra perteneciente al proyecto 104 está en ejecución. El proyecto 122 comprende la realización de tres tramos, uno de los tramos se suspendió debido a que se produjo un hallazgo arqueológico que impidió la continuación de la obra, situación inesperada que requieren un manejo especial por parte de las entidades encargadas de preservar el patrimonio arqueológico.

CONTROL DE ADVERTENCIA

RIESGO ADVERTIDO

10000-27468 de

noviembre 16 de 2011

Posible daño que podría generarse por el incumplimiento de las

metas físicas y de inversión objeto de la ejecución de los contratos de los Distritos de Conservación.

Fuente: Documentos enviados trimestralmente por las entidades distritales.

En auditoría realizada por la Contraloría Distrital el 29 de mayo de 2012, se consideró no cerrar el control advertido debido a que persiste el atraso en los contratos 069 y 072 de 2008. En relación con los contratos 071 y 078 de 2008 la Contraloría detectó hallazgo administrativo con incidencia fiscal y disciplinaria por el mal manejo de los anticipos y por el atraso en las obras.

Unidad Administrativa de Mantenimiento Vial: En marzo de 2014, la Contraloría Distrital reportó a la Veeduría Distrital el control de advertencia No 10000-03764 relacionado con el contrato 638 de 2013, cuyo objeto es aplicar la tecnología de parcheo por inyección a presión neumática para acciones de movilidad en la malla vial de la ciudad. La Veeduría realizará seguimiento a las acciones propuestas.

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Transmilenio S.A

CONTROL RIESGO ADVERTIDO

10000-00687 de enero 18 de 2013

Deficiencias en la implementación del Sistema Integrado de Recaudo Control e Información- SIRCI., implantación de

paraderos, infraestructura, adquisición de predios para adecuación de patios y capacitación a usuarios.

Fuente: Documentos enviados trimestralmente por las entidades distritales.

AVANCE EN LAS ACCIONES: Con el propósito de lograr acuerdos de solución, varios actores del sistema, en los que se encuentran voceros de las empresas Angelcom y Recaudo Bogotá, se reúnen en mesas de trabajo para lograr acuerdos técnicos y operacionales del sistema. Igualmente, Transmilenio está realizando las acciones establecidas en los planes de mejoramiento. En la visita realizada el 9 de marzo de 2014 por este ente de control, se solicitó a Transmilenio informar oportunamente el cronograma planteado para cerrar el mencionado control de advertencia.

Terminal de Transporte

CONTROL RIESGO ADVERTIDO

1000-01510 de enero

24 de 2013

Riesgo de afectación del patrimonio público por las acciones

judiciales ejercidas con respecto al predio objeto de expropiación

por vía administrativa para el desarrollo de las fases 2 y 3 del terminal de transporte.

Fuente: Documentos enviados trimestralmente por las entidades distritales.

AVANCE EN LAS ACCIONES: En el reporte correspondiente al último trimestre de 2013, la Terminal de Transporte informó que aun no hay pronunciamiento sobre la expropiación por vía administrativa de los predios requeridos para desarrollar las fases 2 y 3. A la fecha no se ha construido el puente peatonal de la autopista norte con calle 192, la terminal satélite de pasajeros interurbanos del norte no cuenta con la habilitación por parte del Ministerio de Transporte, y existe una medida cautelar en relación con los predios que deben resolver los tribunales. Entre tanto, el IDU está cumpliendo con un cronograma para la convocatoria de la licitación de la construcción del puente peatonal de la terminal del norte, mientras se define el asunto del predio. Igualmente se solicitó al contratista de

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la empresa Unión Temporal la actualización del estudio de títulos de los predios requeridos para la construcción de las obras de las fases 2 y 3. La Veeduría Distrital continuará haciendo seguimiento.

3. CONTROLES DE ADVERTENCIA DEL SECTOR ÁMBIENTE

Secretaría de Ambiente

CONTROL RIESGO ADVERTIDO

10000-21501 de 07 de Diciembre 2009

Riesgo de pérdida de patrimonio en $2.402 millones, por falta de gestión en el cobro eficiente y oportuno de las multas que se

impone por concepto de por Infracciones Ambientales.

Fuente: Documentos enviados trimestralmente por las entidades distritales.

La Veeduría verificó un avance del 97.6% en las acciones previstas para mitigar el riesgo advertido. Sin embargo, no fueron suficientes para subsanar la advertencia, en consecuencia se originaron cinco 5 procesos de responsabilidad fiscal identificados con los números: 170100-0193-09; 170100-0194-093; 170100-0180-094; 170100-0186-095 y 170100-0047-11.

CONTROL RIESGO ADVERTIDO

Nº 10000- 12342 de 2012

Mantenimiento y monitoreo de las áreas restauradas, rehabilitadas y recuperadas por la presencia de especies y plantaciones exóticas

en el Distrito Capital. Fuente: Documentos enviados trimestralmente por las entidades distritales.

La entidad informa que tiene un avance del 100% en las acciones previstas para mitigar el riesgo, por lo cual la Dirección de Gestión Ambiental de la Secretaría de Ambiente solicitó a la Contraloría Distrital el cierre del presente control desde el mes de diciembre de 2013. RECOMENDACIONES: En atención a que reportan el cumplimiento del 100% de las acciones, se recomienda que envíen a la Veeduría Distrital el reporte de cierre que haga la Contraloría Distrital.

CONTROL RIESGO ADVERTIDO

10000-30224 de 2011

Impactos ambientales negativos evidenciados en los Humedales

de Torca y Guaymaral Fuente: Documentos enviados trimestralmente por las entidades distritales.

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La Secretaría de Ambiente reporta un avance de 80% en las acciones previstas en el plan de mejoramiento tendientes a subsanar el riesgo advertido. Frente a este control no se han notificado procesos de responsabilidad fiscal. La fecha estimada para dar cierre esta prevista para junio de 2014. La Secretaría de Ambiente informa que seguirán trabajando en la planeación y gestión coordinada con entidades ambientales que permita la mitigación de los riesgos detectados por la Contraloría. También tiene previsto: “Adelantar la gestión pertinente con la CAR para la aprobación del Plan de Manejo Ambiental de los humedales de

Torca y Guaymaral, en el marco de la Comisión Conjunta CAR-SDA”. El cierre de este Control de Advertencia está sujeto a la inclusión en la propuesta de revisión del POT de la necesidad de realinderamiento del humedal y la implementación del proyecto del PMA "Evaluación y Ejecución de la propuesta de

realinderamiento del humedal Torca y Guaymaral".

Jardín Botánico

Esta entidad actualmente no reporta controles de advertencia.

4. CONTROLES DE ADVERTENCIA DEL SECTOR CULTURA RECREACIÓN Y DEPORTE

El Sector de Cultura tiene reportados dos controles de advertencia cuyas acciones para mitigar el riesgo están a cargo del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural.

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

CONTROL RIESGO ADVERTIDO

10000-08503 de 21 de

mayo de 2010.

Atraso en la ejecución del contrato de Gerencia 202 de 2009

suscrito entre Fonade y la Secretaría Distrital de Cultura, cuyo objeto es ejecutar la gerencia del proyecto denominado:

Adquisición de predios, diseño, construcción y dotación de equipamientos culturales en la ciudad de Bogotá, según

lineamientos dados por el Plan Maestro de Equipamientos Culturales.-PLAMEC.

Fuente: Documentos enviados trimestralmente por las entidades distritales.

En el último informe reporta un avance de 100% en las acciones previstas para mitigar el riesgo advertido. Este control de advertencia originó un proceso de

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responsabilidad fiscal Nº 170100-0174-12. La Contraloría Distrital en informe final de “Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral vigencia 2011” manifestó que el contrato 202 de junio 19 de 2009 continúa en ejecución, por lo tanto seguirá siendo objeto de control por parte de la Contraloría, hasta que se firme al acta de liquidación del convenio. La SDCRD con el propósito de concertar la liquidación del contrato interadministrativo de Gerencia Nº 202 DE 2009, celebrado el 19 de junio de 2009 y dado que no hay acuerdo sobre la devolución de los rendimientos, mediante radicado 2013-2130-090512-2 del 6 de diciembre de 2013 remitió el proyecto de liquidación parcial a Fonade en el que dejó la anotación “que respecto a los rendimientos financieros la Secretaría adelantará las acciones judiciales a que haya lugar”.

Por último, la Secretaría con el fin de recuperar los rendimientos financieros del convenio 202 de 2009 mediante radicado 20131100094451 del 18 de diciembre 2013 solicitó a FONADE la agilización del trámite interno de revisión del acta de liquidación parcial del Convenio 202/09 y está a la espera de la respuesta que entregue FONADE al respecto.

Instituto Distrital de Patrimonio Cultural

CONTROL RIESGO ADVERTIDO

34000-24917 de

octubre 27 de 2005

Deterioro por valor indeterminado del patrimonio histórico y

cultural de la ciudad por la falta de mantenimiento y protección de los inmuebles a cargo del IDPC.

Fuente: Documentos enviados trimestralmente por las entidades distritales.

La entidad reporta un avance de 100% en las acciones previstas para mitigar el riesgo advertido. No obstante, este control de advertencia originó el proceso de responsabilidad fiscal Nº 50100/0048/08. En razón a que la Contraloría Distrital encontró los inmuebles sin utilización aparente y no encontró soportes Técnicos del contrato de mantenimiento y restauración de los inmuebles Casas Gemelas. Al respecto, el IDPC manifestó que existen los soportes técnicos de restauración que reposan en la oficina asesora jurídica del IDPC y que la entidad no generó gastos por mantenimiento y funcionamiento del inmueble denominado Casas Gemelas ubicado en la carrera 9 No 8-30/42, aduciendo que mediante contrato de Comodato Nº 114 de 2013 entregó el inmueble para uso institucional al IDARTES y, adicionalmente, dentro de este comodato se estableció que el IDARTES adelantaría la gestión de la conexión del servicio eléctrico y la construcción de las acometidas, así como el mantenimiento y el servicio de

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vigilancia para el inmueble, una vez suscrita el acta de entrega del inmueble, hecho que sucedió el 23 de agosto 2013, tal y como lo constató este ente de control en visita que realizó en el mes de febrero de 2014. RECOMENDACIONES: En atención a que reportan el cumplimiento del 100% de las acciones, se recomienda que envíen a la Veeduría el reporte de cierre que haga la Contraloría Distrital.

5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES GENERALES Se observa que algunas entidades que fueron objeto de control de advertencia, como la Secretaría de Ambiente, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, la Secretaría de Cultura y a la UAESP, aunque realizaron las acciones previstas en los planes de mejoramiento, no fueron las pertinentes ni suficientes para evitar procesos de responsabilidad por hallazgo fiscal. Se colige que las entidades que fueron objeto de Control de advertencia fallaron en la observancia del principio planeación en la contratación pública, pues al parecer se manejaron los recursos públicos sin el cuidado requerido y, de otra parte, las acciones tendientes a subsanar el control advertido no fueron adecuadas para evitar que se perdieran los recursos públicos. No obstante que los funcionarios implicados deben responder por sus actuaciones, se hace necesario insistir en la búsqueda de un mecanismo que permita instruir a los funcionarios públicos sobre la responsabilidad que les asiste en el cumplimiento del principio de planeación, entre otros, como los establecidos en el artículo 290 de la Constitución y los definidos en el artículo 3º de la Ley 1437 de 2011, ya que este principio tiene mayor relevancia en la medida en que abarca el cumplimiento de los principios de trasparencia, eficiencia y responsabilidad de los que trata la ley 80 de 1993. Acatar el principio de planeación permitiría una mejor gestión contractual y evitaría ostensiblemente las advertencias fiscales que en gran medida se ocasionan por la mala planeación en gestión contractual. Tal y como se infiere que sucedió con el control de advertencia de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos No 36000-200738471 de julio 13 de 2007, que aunque reportó un avance del 65% en el cumplimiento de las acciones tendientes a subsanar el control advertido, entre las que se encontraban acciones para el manejo y aprovechamiento de escombros, la entrada en funcionamiento del

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patio de separación de residuos y el análisis normativo que se realizó a través de mesas de mesas de trabajo, estas acciones finalmente no fueron suficientes para subsanar el control advertido y en consecuencia la Contraloría Distrital abrió proceso fiscal No 50100-0020 de 2008 por valor de $581.965.680 millones de pesos. De la misma manera, se observa en el control de advertencia del Instituto de Patrimonio Cultural Nº 34000-24917 de octubre 27 de 2005, en donde la entidad reportó un avance de 100% en las acciones previstas para mitigar el riesgo, tampoco fueron suficientes para subsanar el control advertido y como consecuencia se generó por parte de la Contraloría Distrital el proceso de responsabilidad fiscal Nº 50100/0048/08. La misma situación se presenta en el control de advertencia 10000- 8503 de 21 de mayo de 2010 sobre el atraso en la ejecución del contrato de Gerencia 202 de 2009 suscrito entre la Secretaría Distrital de Cultura y FONADE, que aunque reportó un avance de 100% en las acciones previstas para mitigar el riesgo, no obstante, originó el proceso de responsabilidad fiscal Nº 170100-0174-12. Igualmente, el control 10000-27468 de noviembre 16 de 2011 a cargo de la Secretaría de Movilidad que se ocasionó por el incumplimiento de las metas físicas y de inversión objeto de la ejecución de los contratos de los Distritos de Conservación; control que en fecha 29 de mayo de 2012 no fue cerrado por la Contraloría Distrital, en razón a que consideró que continuaba el atraso en los contratos 069 y 072 de 2008. Y en relación con los contratos 071 y 078 de 2008, la Contraloría detectó hallazgo administrativo con incidencia fiscal y disciplinaria por el mal manejo de los anticipos y por el atraso en las obras. Por la mora en la toma de decisiones administrativas, el control de advertencia de la Secretaría de Ambiente Nº 10000-21501 de 07 de Diciembre 2009 originó cinco procesos de responsabilidad identificados con los números 70100-0193-09; 170100-0194-09; 170100-0180-094; 170100-0186-095 y 170100-0047-11. RECOMENDACIONES: Se recomienda a la Secretaría de General que, en calidad de coordinadora del tema de los Controles de Advertencia, reitere a todos los sectores que en el informe trimestral que deben remitir a la Veeduría Distrital sobre el avance del estado de los referidos controles se dé respuesta a todos los ítems de la Circular 16 de 2008. Lo anterior, debido a que algunas de las entidades de los cuatro

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sectores enunciados no dan respuesta al numeral 3 o reportan fechas distintas al control inicial. También quedan sin responder los numerales 9 y 10 de la referida circular y, en algunos casos, envían el informe sin la firma del representante legal de la entidad, tal como se observó en los controles correspondientes a la Secretaría de Ambiente. Se recomienda que se ordene a quien corresponda se revise si las acciones propuestas en los planes de mejoramiento por las entidades que han sido objeto de control fiscal son las pertinentes para subsanar la advertencia. Igualmente, procurar que las acciones tendientes a subsanar el control advertido se realicen dentro de los tiempos razonables para evitar que se constituya hallazgo fiscal. De otra parte, se recomienda a la Secretaría General que, como coordinadora del tema de los controles de advertencia, dé directrices a las entidades que a pesar de no reconocer como suyos los controles de advertencia, finalmente realizan acciones para subsanar los controles advertidos. Lo anterior para evitar que incurran en la realización de acciones que no son de su competencia. Se cita como ejemplo, el control de advertencia Nº 10000- 15408 de 3 de julio de 2013 sobre la “Degradación de la Estructura Ecológica Principal de la ciudad, como consecuencia del desarrollo urbanístico ilegal, lo que en el caso que nos ocupa pone en grave riesgo de pérdida el patrimonio natural de la ciudad como los recursos públicos a que se vio abocado pagar el Distrito Capital, en cuantía superior a los $29.306 millones, en la reubicación de aquellas familias que durante los años 80 procedieron a la ocupación de hecho de áreas del Parque Ecológico Distrital de Montaña Entrenubes”. Al respecto, la Secretaría Distrital de Ambiente no reconoce el riesgo, porque considera que el hallazgo presentado por la Contraloría de Bogotá corresponde a las Alcaldías Locales, articulo Nº 1 de la ley 810 de 2003, y en particular, a la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe. Que, si bien la Secretaría puede contribuir en un proceso para evitar este tipo de ocupaciones, es claro que ello no es de resorte directo de la entidad ambiental. Sin embargo, entre las acciones propuestas firmó un convenio para subsanar el control advertido que tenía como fecha final de acciones el mes de marzo de 2014. Las anteriores recomendaciones se realizan teniendo en cuenta lo expresado en el último párrafo de la circular 016 de 2008: ”… la Secretaría General de la Alcaldía Mayor D.C., continuará trabajando conjuntamente con las entidades distritales en la cabal ejecución de las acciones emprendidas para controlar los

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hallazgos advertidos por el ente fiscalizador, quedando atentos a prestarles la colaboración que requieran en lo relacionado con esta circular, a través de la Subdirección de Estudios de la dirección Jurídica Distrital.”