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Pág. 5 LUNES 24 DE ABRIL DE 2006 B.O.C.M. Núm. 96 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Vicepresidencia Segunda y Consejería de Justicia e Interior 1450 RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2006, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y de Política Interior, por la que se anuncian los lugares donde estarán a disposición de los interesados los Anexos III del Concurso de traslado convocado por Resolución de 27 de octubre de 2005, para cubrir plazas vacantes y de nueva creación entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión Pro- cesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Adminis- trativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. De conformidad con lo establecido en la base sexta de la Reso- lución de 27 de octubre de 2005, por la que se anunció concurso de traslado para cubrir plazas vacantes y de nueva creación entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de noviembre), se anuncia que los lugares donde están a disposición de los interesados los Anexos III con sus datos personales, la baremación, los destinos solicitados y la plaza adju- dicada provisionalmente, en su caso, son las páginas web del Minis- terio de Justicia y de la Comunidad de Madrid, (www.mju.es y madrid.org) y las correspondientes páginas de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas. Los funcionarios interesados expresarán en el plazo de diez días naturales, (contados a partir del día 24 de abril) siguientes a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, su disconformidad con los datos obrantes en dicho Anexo III, para lo cual deberán solicitar su corrección mediante el Anexo IV (Modelo de Alegaciones) publi- cado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de noviembre de 2005 y en la página web del Ministerio de Justicia, aportando la prueba documental oportuna. El modelo de alegaciones y documentación adjunta, en su caso, se remitirán exclusivamente al Ministerio de Justicia en las formas que se indican a continuación: 1. o Mediante fax, dirigido a la atención de “Concursos- Despacho 220”, a los números 913 904 295, 913 902 497 y 913 904 296. 2. o Cuando no se vaya a remitir documentación, aparte del Anexo IV, se podrán enviar las alegaciones a través de correo electrónico, siguiendo las siguientes instrucciones: a) Entrar en www.mju.es b) Entrar en Empleo Público. c) Entrar en Concursos Admón. Justicia. d) Dentro del concurso de 27 de octubre de 2005, descargar el Anexo IV en formato Word. e) Rellenar convenientemente dicho Anexo IV. No será nece- sario firmar. f) Enviar por correo electrónico, introduciendo como asunto: “Anexo IV”, a las siguientes direcciones: mr.gomez@sb.mju.es mc.cruz@sb.mju.es De no reclamarse en el plazo establecido se entenderá que mues- tran su conformidad y aceptación de los datos contenidos, de su baremación y el destino provisionalmente adjudicado. Al tratarse de un concurso a resultas, los destinos provisional- mente adjudicados pueden sufrir variaciones en la resolución defi- nitiva como consecuencia de las posibles rectificaciones que puedan producirse en la baremación de las instancias. En cualquier caso, los destinos adjudicados provisionalmente no suponen derecho o la expectativa de derecho respecto a la resolución definitiva del concurso. Madrid, a 17 de abril de 2006.—La Directora General de Rela- ciones con la Administración de Justicia y de Politica Interior, María José Pérez-Cejuela Revuelta. (03/10.283/06) Consejería de Presidencia 1451 ORDEN 689/2006, de 17 de marzo, de la Consejería de Presidencia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especia- listas, Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidad de Museos, de Administración Espe- cial, Grupo B, de la Comunidad de Madrid. El artículo 9 del Decreto 140/2004, de 14 de octubre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2004 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de octubre), faculta para que las convocatorias derivadas de la misma se acumulen a las convocatorias derivadas de ofertas anteriores, cuyos Tribunales no se hubiesen constituido. En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el Decre- to 15/2003, de 13 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de febrero), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2003, así como en el ya mencionado Decreto 140/2004, de 14 de octubre, y en el ejercicio de las competencias que le están atribuidas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, en la redac- ción dada por el Decreto 249/2000, de 23 de noviembre, en relación con el Decreto 149/2004, de 21 de diciembre, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidad de Museos, de Admi- nistración Especial, Grupo B, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes BASES DE CONVOCATORIA Primera Normas generales 1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayu- dantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidad de Museos, de Administración Especial, Grupo B, de la Comunidad de Madrid, para su provisión simultánea por los turnos de promoción interna y de acceso libre. De estas plazas, una corresponde a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2003, aprobada por el

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

Vicepresidencia Segunday Consejería de Justicia e Interior

1450 RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2006, de la DirecciónGeneral de Relaciones con la Administración de Justiciay de Política Interior, por la que se anuncian los lugaresdonde estarán a disposición de los interesados los Anexos IIIdel Concurso de traslado convocado por Resolución de 27de octubre de 2005, para cubrir plazas vacantes y de nuevacreación entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión Pro-cesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Adminis-trativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

De conformidad con lo establecido en la base sexta de la Reso-lución de 27 de octubre de 2005, por la que se anunció concursode traslado para cubrir plazas vacantes y de nueva creación entrefuncionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa,Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de laAdministración de Justicia (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 12 de noviembre), se anuncia que los lugares dondeestán a disposición de los interesados los Anexos III con sus datospersonales, la baremación, los destinos solicitados y la plaza adju-dicada provisionalmente, en su caso, son las páginas web del Minis-terio de Justicia y de la Comunidad de Madrid, (www.mju.es ymadrid.org) y las correspondientes páginas de las ComunidadesAutónomas con competencias transferidas.

Los funcionarios interesados expresarán en el plazo de diez díasnaturales, (contados a partir del día 24 de abril) siguientes a lapublicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID, su disconformidad con los datosobrantes en dicho Anexo III, para lo cual deberán solicitar sucorrección mediante el Anexo IV (Modelo de Alegaciones) publi-cado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 12 de noviembre de 2005 y en la página web del Ministeriode Justicia, aportando la prueba documental oportuna.

El modelo de alegaciones y documentación adjunta, en su caso,se remitirán exclusivamente al Ministerio de Justicia en las formasque se indican a continuación:

1.o Mediante fax, dirigido a la atención de “Concursos-Despacho 220”, a los números 913 904 295, 913 902 497y 913 904 296.

2.o Cuando no se vaya a remitir documentación, aparte delAnexo IV, se podrán enviar las alegaciones a través de correoelectrónico, siguiendo las siguientes instrucciones:

a) Entrar en www.mju.esb) Entrar en Empleo Público.c) Entrar en Concursos Admón. Justicia.d) Dentro del concurso de 27 de octubre de 2005, descargar

el Anexo IV en formato Word.e) Rellenar convenientemente dicho Anexo IV. No será nece-

sario firmar.f) Enviar por correo electrónico, introduciendo como asunto:

“Anexo IV”, a las siguientes direcciones:[email protected]@sb.mju.es

De no reclamarse en el plazo establecido se entenderá que mues-tran su conformidad y aceptación de los datos contenidos, de subaremación y el destino provisionalmente adjudicado.

Al tratarse de un concurso a resultas, los destinos provisional-mente adjudicados pueden sufrir variaciones en la resolución defi-nitiva como consecuencia de las posibles rectificaciones que puedanproducirse en la baremación de las instancias. En cualquier caso,los destinos adjudicados provisionalmente no suponen derecho ola expectativa de derecho respecto a la resolución definitiva delconcurso.

Madrid, a 17 de abril de 2006.—La Directora General de Rela-ciones con la Administración de Justicia y de Politica Interior,María José Pérez-Cejuela Revuelta.

(03/10.283/06)

Consejería de Presidencia

1451 ORDEN 689/2006, de 17 de marzo, de la Consejería dePresidencia, por la que se convocan pruebas selectivas paraingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especia-listas, Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas yMuseos, Especialidad de Museos, de Administración Espe-cial, Grupo B, de la Comunidad de Madrid.

El artículo 9 del Decreto 140/2004, de 14 de octubre, por elque se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidadde Madrid para el año 2004 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 20 de octubre), faculta para que las convocatoriasderivadas de la misma se acumulen a las convocatorias derivadasde ofertas anteriores, cuyos Tribunales no se hubiesen constituido.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el Decre-to 15/2003, de 13 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 17 de febrero), por el que se aprueba la Ofertade Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2003,así como en el ya mencionado Decreto 140/2004, de 14 de octubre,y en el ejercicio de las competencias que le están atribuidas porel artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, en la redac-ción dada por el Decreto 249/2000, de 23 de noviembre, en relacióncon el Decreto 149/2004, de 21 de diciembre, esta Consejería haresuelto convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpode Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes deArchivos, Bibliotecas y Museos, Especialidad de Museos, de Admi-nistración Especial, Grupo B, de la Comunidad de Madrid, consujeción a las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

Primera

Normas generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas enel Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayu-dantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidad de Museos,de Administración Especial, Grupo B, de la Comunidad de Madrid,para su provisión simultánea por los turnos de promoción internay de acceso libre.

De estas plazas, una corresponde a la Oferta de Empleo Públicode la Comunidad de Madrid para el año 2003, aprobada por el

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Decreto 15/2003, de 13 de febrero, y la plaza restante está incluidaen la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid parael año 2004, según lo dispuesto en el Decreto 140/2004, de 14de octubre.

1.1.1. El número total de vacantes reservadas al turno de accesolibre asciende a una plaza.

1.1.2. El número total de vacantes reservadas al turno de pro-moción interna asciende a una plaza. En caso de noquedar cubierta, se acumulará a la del turno de accesolibre.

1.1.3. El aspirante que ingrese por el turno de promoción inter-na, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del RealDecreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrá, en todo caso,preferencia sobre el aspirante proveniente del turno deacceso libre para cubrir las vacantes correspondientes.Asimismo, podrá solicitar que se le adjudique destinoen el puesto que viniera desempeñando, en los términosregulados en el punto 2 del citado artículo.

1.1.4. El proceso selectivo del turno de promoción interna fina-lizará antes que el correspondiente al turno libre, deconformidad con lo establecido en el artículo 7 del Acuer-do Sectorial para el Personal Funcionario de Adminis-tración y Servicios de la Administración General de laComunidad de Madrid y sus Organismos Autónomospara los años 2004-2007 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID de 18 de marzo de 2005).

1.1.5. Los aspirantes solo podrán participar en uno de losturnos.

1.2. Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas laLey 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma dela Función Pública; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la FunciónPública de la Comunidad de Madrid; la Ley 17/1993, de 23 dediciembre, sobre el Acceso a Determinados Sectores de la FunciónPública de los Nacionales de los demás Estados miembros de laUnión Europea; el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, modificadopor el Decreto 77/2003, de 5 de junio; el Real Decreto 364/1995,de 10 de marzo; los Decretos 15/2003, de 13 de febrero, y 140/2004,de 14 de octubre; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Con-sejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativasal funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección enel ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid; lasbases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación.

1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el deoposición.

1.4. La publicación de todos los actos y acuerdos que se dictenen desarrollo del proceso selectivo se realizará a través del BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o mediante su inserciónen los tablones de anuncios señalados en las presentes bases, segúnproceda, sin perjuicio de la publicidad que se dará a dichos actos,a efectos informativos, mediante los medios establecidos en elDecreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula la Atenciónal Ciudadano en la Comunidad de Madrid.

La publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID o, en su caso, en los tablones de anuncios será vinculantea efectos de la convocatoria para la realización de los ejerciciosde la oposición, así como la que determine el inicio del cómputode cualquiera de los plazos que estén establecidos y sean de apli-cación según lo dispuesto en las bases de la presente convocatoria.

1.5. La Dirección General de la Función Pública resolverácuantas incidencias se susciten en el desarrollo de esta convo-catoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribunal de Selec-ción según lo dispuesto en la base 6.9.

Segunda

Interesados

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivaslos aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haberalcanzado la edad de jubilación forzosa.

b) Tener nacionalidad española, de un Estado miembro dela Unión Europea, del Reino de Noruega, de Liechtensteino de la República de Islandia; ser cónyuge, descendienteo descendiente del cónyuge, de los españoles o de los nacio-

nales de países miembros de la Unión Europea, de Noruega,Liechtenstein o Islandia, siempre que no estén separadosde derecho, menores de veintiún años o mayores de dichaedad que vivan a sus expensas, cualquiera que sea su nacio-nalidad, tal y como se establece en el Decreto 230/2001,de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la FunciónPública de la Administración de la Comunidad de Madridde los nacionales de los demás Estados miembros de laUnión Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 22 de octubre).

c) Estar en posesión de, o en condiciones de obtener, unade las siguientes titulaciones académicas: Diplomado Uni-versitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico. Tal ycomo previene la disposición transitoria quinta de laLey 30/1984, de 2 de agosto, se considera equivalente aDiplomatura Universitaria el haber superado tres cursoscompletos de Licenciatura.En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberáestarse en posesión de la credencial que acredite su homo-logación.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciónfísica o psíquica que sea incompatible con el desempeñode las funciones propias del Cuerpo, Escala y Especialidad.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinariodel servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funcionespúblicas.Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la espa-ñola, además de no encontrarse inhabilitados para el accesoa la Función Pública en España, no deberán estar sometidosa sanción disciplinaria o condena penal que impida, en suEstado, el acceso a la Función Pública.

2.2. Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turnode promoción interna deberán reunir los siguientes requisitos, ade-más de los restantes exigidos en esta convocatoria:

— Ostentar la condición de funcionarios de carrera.— Pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo C

de la Comunidad de Madrid.— Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carre-

ra durante al menos dos años en los referidos Cuerpos oEscalas.

Los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicasque se encuentren prestando servicios en esta Comunidad en virtuddel procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 dela Ley 1/1986, de 10 de abril, y concurran a estas plazas por elturno de promoción interna, deberán reunir los siguientes requi-sitos, además de los restantes exigidos en esta convocatoria:

— Pertenecer a un Cuerpo, Escala o Especialidad del Grupo C.— Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carre-

ra durante al menos dos años en el referido Cuerpo, Escalao Especialidad.

2.3. Los requisitos establecidos en esta base segunda deberánposeerse en el día de finalización del plazo de presentación desolicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

TerceraAspirantes que soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios

3.1. Con independencia del turno por el que concurran, aque-llos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo y/o mediospara la realización de las pruebas selectivas, además de indicarloen el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar,dentro del plazo referido en la base 5.2 de la presente convocatoria,escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan,así como certificado médico acreditativo de la adaptación soli-citada.

3.2. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas enaquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantesque hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios enla forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares con-diciones para la realización de los ejercicios que el resto de losparticipantes.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales

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de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de PrestacionesAsistenciales.

En la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivasde aspirantes admitidos y excluidos y se anuncie la fecha de cele-bración del primer ejercicio de la oposición, se indicará tambiénlos tablones de anuncios en los que el Tribunal hará pública larelación de aspirantes que han solicitado adaptación, indicandopara cada uno de ellos la adaptación concedida o, en su caso,las razones de la denegación, tablones que deberán ser los mismosque los previstos para la publicación de las relaciones de admitidos.

La relación de adaptaciones concedidas en los sucesivos ejer-cicios se hará pública junto con las resoluciones del Tribunal deconvocatoria de los mismos, en los tablones de anuncios corres-pondientes.

Cuarta

Solicitudes

4.1. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivasse ajustarán al modelo oficial que figura como Anexo II a laspresentes bases y serán facilitadas gratuitamente en cualquier ofi-cina de “Caja Madrid”, en la Oficina de Atención al Ciudadanode la Comunidad de Madrid (plaza del Descubridor Diego deOrdás, número 3) o en cualquiera de los Registros de las Con-sejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo III de estaconvocatoria.

4.2. Cumplimentación de la solicitud:4.2.1. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán

las instrucciones que constan en el reverso del ejemplarpara el interesado.— En el apartado número 2 “Datos de la convocatoria”

deben constar en los espacios reservados para ello,los siguientes datos:� Número de Orden de convocatoria: 689/2006.� Fecha de Publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE

LA COMUNIDAD DE MADRID.� Código del Cuerpo, Escala y Especialidad al que

se aspira: 2670.13.� Descripción del Cuerpo, Escala y Especialidad al

que se aspira: Ayudantes de Archivos, Bibliotecasy Museos, Especialidad Museos.

— Los aspirantes que, conforme a lo dispuesto en labase 4.3.2 estén exentos del pago de la tasa por dere-chos de examen, harán constar 0000 euros en el espa-cio destinado al efecto en el apartado número 5 dela solicitud.

A efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgá-nica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datosde Carácter Personal, y el artículo 6 de la Ley 8/2001,de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Per-sonal en la Comunidad de Madrid, los datos contenidosen la solicitud serán objeto de tratamiento automatizadopor la Dirección General de la Función Pública parael desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimen-tación obligatoria para la admisión a estas pruebasselectivas.

4.2.2. Presentación de solicitudes: Lugares, formas y plazo.— Las solicitudes podrán presentarse en los siguientes

lugares y formas:a) En cualquiera de las Oficinas de “Caja Madrid”.b) En el Registro General de la Comunidad de

Madrid (plaza del Descubridor Diego de Ordás,número 3) y en los Registros de las Consejerías,cuyas direcciones figuran en el Anexo III de estaconvocatoria.

c) En cualquiera de los lugares y formas establecidosen el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento AdministrativoComún, en cumplimiento del cual las solicitudessuscritas en el extranjero podrán cursarse a travésde las representaciones diplomáticas u OficinasConsulares de España en el extranjero.

— El plazo de presentación de solicitudes será de veintedías naturales a contar desde el día siguiente a lapublicación de la presente convocatoria en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

4.3. Tasa por derechos de examen:4.3.1. Conforme al Texto Refundido de la Ley de Tasas y Pre-

cios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobadopor el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre (BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29de octubre), y según lo establecido por el artículo 65de la Ley 6/2005, de 23 de diciembre (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de diciembre),la tasa por derechos de examen será de 24,62 euros,que serán ingresados en cualquier oficina de la “CajaMadrid” en la cuenta corriente número 6000027959,sucursal 0626, de la “Caja Madrid”, denominada “Co-munidad de Madrid. Derechos de examen”.De efectuarse el ingreso y presentación de la solicituden cualquier oficina de “Caja Madrid”, esta deberá hacerconstar en el apartado 5 de la solicitud (“Justificacióndel ingreso de las tasas por derechos de examen”) lossiguientes datos:— Sello de “Caja Madrid”.— Fecha de entrega de la solicitud.— Visado del encargado de la oficina.— Importe de la tasa.Cuando el aspirante efectúe el ingreso mediante trans-ferencia bancaria a través de una entidad financiera dis-tinta a la de “Caja Madrid”, deberá figurar en el apartadonúmero 5 de la solicitud, o bien en el resguardo de ingresoefectivo, la inscripción mecanizada del número de cuentay la cantidad ingresada que constan en esta base, acre-ditativos ambos del pago de los derechos de examen.Si dichos datos no constasen en la solicitud, deberá adjun-tarse el original del resguardo de ingreso junto con lasolicitud de participación en este proceso selectivo, enel plazo, lugares y forma, establecidos en la base 4.2.2de esta convocatoria.La falta de justificación del pago de la tasa por derechosde examen determinará la exclusión del aspirante delproceso selectivo.

4.3.2. De conformidad con el artículo 76 del Decreto Legis-lativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se apruebael Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicosde la Comunidad de Madrid, están exentas del pagode la tasa por derechos de examen:1. Las personas desempleadas que figuren en los

servicios públicos de empleo como demandantes deempleo con una antigüedad mínima de dos años,referida a la fecha de publicación de esta Ordenen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

2. Las personas con discapacidad de grado igual o supe-rior al 33 por 100.

3. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.A efectos de comprobar tales circunstancias, las personasafectadas deberán aportar dentro del plazo establecidoen la base 5.2 de esta convocatoria de diez días hábilessiguientes a la publicación de las listas provisionales deadmitidos y excluidos, los siguientes documentos:— Las personas desempleadas: Certificado de demanda

de alta, expedido por los servicios públicos de empleo,con referencia a la fecha de publicación de esta Ordenen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

— Las personas con discapacidad: Certificado actuali-zado acreditativo de la discapacidad, expedido porla Dirección General de Servicios Sociales de laComunidad de Madrid, el Instituto de Mayores yServicios Sociales u otro órgano competente paraexpedir dichas certificaciones, en el que se indiqueel grado de su discapacidad.

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— Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos: Cer-tificado acreditativo de tal condición, expedido porla Subdirección General de Atención al Ciudadanoy de Asistencia a Víctimas del Terrorismo, del Minis-terio del Interior.

De no aportar los interesados dicha documentación, osi del examen de la misma se deduce que no reúnenlos requisitos antes señalados, figurarán en la relacióndefinitiva de aspirantes excluidos.

4.3.3. Devolución de tasas por derechos de examen.De conformidad con los artículos 10 y 75.2 del TextoRefundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos dela Comunidad de Madrid, aprobado por el DecretoLegislativo 1/2002, de 24 de octubre, solo procederá ladevolución del importe de la tasa satisfecha por los aspi-rantes cuando por causas no imputables al sujeto pasivono tenga lugar la prestación por parte de la Comunidadde Madrid, cuando los ingresos se declaren indebidospor resolución o sentencia firmes o cuando se haya pro-ducido una modificación sustancial de las bases deconvocatoria.

Quinta

Admisión de aspirantes

5.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, laDirección General de la Función Pública publicará en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Resolución que aprue-be la lista de admitidos y excluidos en el plazo de un mes, sinperjuicio de lo establecido en el artículo 42.6, párrafo segundo,de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún. En dicha Resolución constará la identidad de los aspirantesexcluidos, con indicación de las causas de inadmisión.

5.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los queno figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dis-pondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir delsiguiente a la publicación de tal Resolución, a fin de subsanarel defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.

Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de pro-moción interna, no cumplan alguno de los requisitos exigidos parael acceso a dichas plazas de reserva, serán incluidos, de oficio,en la relación definitiva de aspirantes admitidos por el turno deacceso libre, siempre que la Dirección General de la Función Públi-ca tenga conocimiento de ello con anterioridad a la Resoluciónque apruebe las citadas relaciones definitivas de aspirantes admi-tidos, así como las de excluidos y además hayan declarado ensu solicitud que cumplen todos los requisitos necesarios para par-ticipar por dicho turno.

5.3. Contra la Resolución que haga pública la relación defi-nitiva de aspirantes excluidos podrá interponerse recurso de alzadaante la Consejería de Presidencia, en el plazo de un mes contadoa partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

5.4. La Dirección General de la Función Pública facilitará alas organizaciones sindicales con mayor nivel de implantación copiade las relaciones provisionales y definitivas de admitidos y excluidosal proceso selectivo.

Sexta

Tribunal calificador

6.1. El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas seráel que, en su día, se designe por Resolución del Director Generalde la Función Pública, y su composición será la determinada porel artículo 8 del Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionariode Administración y Servicios de la Administración General dela Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos para losaños 2004-2007, quedando incluido en la categoría segunda delas reseñadas en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24de mayo.

6.2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de Selección seráel que se establece para los órganos colegiados en el título II,capítulo 2, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo,de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instruccionesrelativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selec-ción en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid,y en las demás normas que les sean de aplicación. A efectos deregulación del número de sesiones, devengo y percepción de asis-tencias de los miembros del Tribunal, también será de aplicaciónlo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejeríade Hacienda.

6.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de inter-venir, notificándolo al Director General de la Función Pública,cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en elartículo 28 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebasselectivas de acceso a Cuerpos y Especialidades análogos al quecorresponden las plazas convocadas, en los cinco años anterioresa la publicación de esta convocatoria, e igualmente si hubierancolaborado durante ese período de algún modo con centros depreparación de opositores del Cuerpo al que pertenezcan las plazasconvocadas.

6.4. El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunaldeclaración expresa de no hallarse incursos en las circunstanciasprevistas en el precitado artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, ni en las demás causas de abstención previstasen esta base. Esta declaración deberá ser también cumplimentada,en su caso, por los asesores especialistas y el personal auxiliarque el Tribunal incorpore a sus trabajos, de conformidad con loprevisto en la base 6.8.

6.5. Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembrosdel Tribunal cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna de lascircunstancias previstas en el párrafo anterior, conforme al ar-tículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6.6. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,la Dirección General de la Función Pública publicará en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por laque se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayande sustituir a los que hubieran perdido su condición por algunade las causas previstas en la presente base.

6.7. El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secre-tario y Vocales titulares y, en defecto de alguno de ellos, porel Presidente, Secretario o Vocal suplente respectivo.

Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la cele-bración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se reque-rirá la presencia del Presidente y el Secretario o, en su caso, dequienes les sustituyan, y la de dos, al menos, de sus miembros.El Secretario, como miembro del Tribunal, tendrá voz y voto.

6.8. El Tribunal podrá incorporar a sus trabajos asesores espe-cialistas para las pruebas y con los cometidos que estimepertinentes, limitándose estos a prestar su colaboración en susespecialidades técnicas, y tendrán voz pero no voto. Asimismo,el Tribunal podrá valerse de ayudantes durante el desarrollo mate-rial de los ejercicios, cuya designación deberá comunicarse a laDirección General de la Función Pública, que habrá de autorizarel número de ayudantes propuestos.

6.9. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudaspuedan plantearse y para adoptar los acuerdos que garanticenel buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto por laspresentes bases y normativa aplicable.

6.10. Si el Tribunal, en cualquier momento del proceso selec-tivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno delos aspirantes incumple uno o varios de los requisitos exigidosen la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativosde su cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados,el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuestamotivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida al DirectorGeneral de la Función Pública, comunicándole, asimismo, lasinexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la soli-citud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

Contra la Resolución del Director General de la Función Públicapor la que se excluya al aspirante podrá interponerse recurso de

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alzada ante la Consejería de Presidencia, en el plazo de un mes,contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación.

Séptima

Sistema de selección

El procedimiento de selección se realizará a través del sistemade oposición.

7.1. El programa de la oposición es el que figura como Anexo Ide la presente convocatoria.

7.2. La oposición estará integrada por los ejercicios que a con-tinuación se indican, todos y cada uno de ellos eliminatorios, aexcepción del cuarto, que tendrá carácter obligatorio y de mérito:

7.2.1. Primer ejercicio.Consistirá en contestar un cuestionario de ochenta pre-guntas, de acuerdo con la siguiente distribución:— Las primeras quince preguntas versarán sobre el

temario general del programa, de las cuales las diezprimeras versarán sobre los temas 1 a 4, y las cincorestantes sobre los temas 5 a 10, de dicho temariogeneral.

— Las sesenta y cinco preguntas restantes versarán sobreel temario específico del programa, distribuidas dela siguiente forma: diez preguntas del apartado I,“Legislación específica”; veinticinco preguntas delapartado II, “Museología”, y las treinta preguntasrestantes del apartado III, “Arqueología, Bellas Artesy Etnología”.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestasalternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cadapregunta contestada correctamente se valorará en posi-tivo, la pregunta no contestada, es decir, que figurenlas cuatro letras en blanco o con más de una opciónde respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta concontestación errónea se penalizará con la tercera partedel valor asignado a la contestación correcta.El tiempo máximo para la realización de este ejercicioserá de ochenta minutos.Los aspirantes que concurran por el turno de promocióninterna estarán exentos de la realización de las diez pri-meras preguntas del cuestionario. La duración máximadel ejercicio para ellos será de setenta minutos.

7.2.2. Segundo ejercicio.Los aspirantes, en un tiempo máximo de tres horas, debe-rán desarrollar por escrito dos temas extraídos al azaren la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejer-cicio, de entre los que componen el temario específicodel programa. El primer tema será extraído de entrelos que integran el apartado II, “Museología”; y el segun-do tema se extraerá de entre los correspondientes alapartado III, “Arqueología, Bellas Artes y Etnología”.Los temas serán leídos por los aspirantes en sesión públi-ca ante el Tribunal, valorándose la amplitud de los cono-cimientos, la calidad de expresión escrita, la sistemáticaen la composición de los temas, así como su forma depresentación y exposición. El Tribunal podrá dialogarcon los aspirantes durante un plazo máximo de quinceminutos.

7.2.3. Tercer ejercicio.Consistirá en la realización de dos supuestos de carácterpráctico.El primer supuesto consistirá en la cumplimentación delLibro de Registro y de las fichas de inventario corres-pondientes a tres piezas elegidas por los aspirantes deun total de seis seleccionadas por el Tribunal de las mate-rias incluidas en el apartado III del temario específico,“Arqueología, Bellas Artes y Etnología”. Las piezasa seleccionar por el Tribunal corresponderán dos aArqueología, dos a Bellas Artes y las dos restantes aEtnología, estando obligados los aspirantes a elegiruna de cada especialidad. El opositor trabajará sobrela documentación facilitada por el Tribunal. El tiempo

máximo para la realización del supuesto será de doshoras.El segundo supuesto de carácter práctico y propuestopor el Tribunal estará relacionado con las funciones pro-pias del Cuerpo, Escala y Especialidad a la que se opta.Para la realización de este supuesto, cuya duración máxi-ma será de dos horas, los aspirantes podrán acudir pro-vistos de la documentación y el material que el Tribunaldetermine en la convocatoria de este ejercicio.Los supuestos serán leídos por los aspirantes en sesiónpública ante el Tribunal, que valorará el rigor analítico,la sistemática y el conjunto de ideas en orden a la ela-boración de una propuesta razonada para la resoluciónde los supuestos prácticos. El Tribunal podrá dialogarcon los aspirantes durante un plazo máximo de quinceminutos.

7.2.4. Cuarto ejercicio.

Tendrá carácter obligatorio y de mérito. Consistirá enla realización de una traducción directa, por escrito, encastellano de un texto profesional propuesto por el Tri-bunal en inglés o francés, por uno de los cuales deberánoptar los aspirantes. La duración será de un máximode dos horas y se permitirá el uso de diccionarios.La traducción será leída por los aspirantes en sesiónpública ante el Tribunal, que dialogará con los aspirantesen el idioma que hayan elegido, durante un tiempo máxi-mo de quince minutos.El Tribunal determinará el momento del proceso selec-tivo en el que los aspirantes harán constar por escritoel idioma elegido para la realización de este ejercicio.El Tribunal valorará la fluidez y calidad de expresiónescrita y oral.

7.3. El primer ejercicio de la oposición comenzará a partirdel mes de junio del año 2006, determinándose en la Resoluciónque se indica en la base 5.3 el lugar y fecha exactos de celebracióndel primer ejercicio, la cual será publicada en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID con una antelación mínima dediez días hábiles.

7.4. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfa-béticamente por el primero de la letra “U”, de conformidad conla Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 21de abril de 2004 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 29 de abril).

7.5. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio enllamamiento único, aunque haya de dividirse en varias sesionesla realización del ejercicio que así lo requiera, debiendo asistirlos aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados. Seránexcluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en loscasos alegados y justificados con anterioridad a la realización delejercicio, debiendo el Tribunal adoptar Resolución motivada atal efecto.

7.6. En cualquier momento, los miembros del Tribunal Cali-ficador podrán requerir a los opositores la acreditación de suidentidad.

7.7. La publicación del anuncio de celebración del segundoy sucesivos ejercicios, así como la de la lista de aprobados delos mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de la Oficinade Atención al Ciudadano (plaza del Descubridor Diego de Ordás,número 3), en la Dirección General de la Función Pública (plazadel Conde del Valle de Suchil, número 20) y en cualquier otrolugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusiónentre los interesados. La Dirección General de la Función Públicacomunicará a todas las Consejerías y organizaciones sindicales conmayor nivel de implantación dichas relaciones de aprobados.

7.8. Duración del proceso selectivo:Desde la fecha de realización del primer ejercicio hasta la publi-

cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID dela relación definitiva de aspirantes que superen el proceso selectivo,habrá de transcurrir un plazo máximo de seis meses, salvo quecircunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior que enningún caso excederá de nueve meses.

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Octava

Calificación de los ejercicios de la oposición

8.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la formasiguiente:

8.1.1. Primer ejercicio:Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario parasuperarlo obtener un mínimo de 5 puntos. Sin perjuiciode las competencias asignadas al Tribunal de Selecciónpor la base 8.2, a los efectos de la determinación delnivel mínimo necesario para superar este ejercicio, elórgano selectivo tendrá en cuenta de forma proporcionalel número de preguntas que integran los exámenes paracada turno de acceso.

8.1.2. Segundo ejercicio:Cada uno de los temas se calificará de 0 a 10 puntosy será necesario para superar el ejercicio obtener unmínimo de 5 puntos en cada tema.La calificación final de este ejercicio será determinadamediante la suma de las puntuaciones obtenidas en cadauno de los temas, debiendo estar comprendida entre 0y 20 puntos.

8.1.3. Tercer ejercicio:El primer supuesto se calificará de 0 a 6 puntos, siendonecesario obtener un 1 como mínimo en la catalogaciónde cada una de las piezas. No superarán el ejerciciolos aspirantes que obtengan menos de tres puntos eneste supuesto.El segundo supuesto de carácter práctico se calificaráde 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimode 5 puntos en este supuesto para superar el ejercicio.La calificación final de este ejercicio estará comprendidaentre 0 y 16 puntos, siendo necesario obtener un mínimode 8 puntos para su superación.

8.1.4. Cuarto ejercicio:Se calificará de 0 a 10 puntos.

8.2. El Tribunal queda facultado para determinar el nivel míni-mo exigido para la superación de cada una de las pruebas, deconformidad con el sistema de valoración que acuerde en cadaejercicio. Dicho nivel mínimo, fijado de forma independiente paracada turno, deberá garantizar, en todo caso, la idoneidad de losaspirantes seleccionados.

8.3. En cada uno de los ejercicios de la oposición se calificaráen primer lugar a los aspirantes del turno de promoción interna,procediéndose a determinar el nivel mínimo exigido para superarel ejercicio y a publicar la lista de aprobados. En sesión posterior,celebrada como mínimo cuarenta y ocho horas después, se cali-ficará a los aspirantes del turno de acceso libre.

8.4. El orden de los aspirantes que hayan superado las pruebasselectivas vendrá determinado por la suma de las puntuacionesobtenidas en los ejercicios de la oposición, debiendo ser ordenadosdesde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones. La sumade dichas puntuaciones constituirá la calificación final de cadauno de los aspirantes seleccionados en la convocatoria.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a lossiguientes criterios:

— Mayor calificación del tercer, segundo y primer ejercicios,por este orden.

— De continuar el empate, se deshará mediante la celebraciónpor parte del Tribunal de un sorteo público, que se anunciarácon la suficiente antelación.

8.5. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superadolas pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazasconvocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que con-travenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

Novena

Lista de aprobados

9.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicaslas relaciones independientes de seleccionados por cada turno deacceso, por el orden de puntuación alcanzada, con indicación de

las notas parciales de todos y cada uno de los ejercicios de laoposición, así como de su documento nacional de identidad.

9.2. Una vez establecida la relación definitiva de aspirantesque hayan superado el proceso selectivo, el Tribunal Calificadorelevará a la Dirección General de la Función Pública la relacióndefinitiva de aspirantes aprobados, por orden decreciente de pun-tuación, indicando los siguientes extremos:

a) Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuer-do con la puntuación total alcanzada; nombre, apellidosy número del documento nacional de identidad de cadauno de los aspirantes.

b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición.c) Puntuación total.La Dirección General de la Función Pública dictará Resolución

declarando los aspirantes que han superado el proceso selectivo,que deberá ser publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

DécimaPresentación de documentos

10.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde eldía siguiente a aquel en que se hiciera pública en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la relación definitivade aspirantes que han superado el proceso selectivo, los aspirantesincluidos en la misma deberán presentar en la Dirección Generalde Gestión de Recursos Humanos de la Comunidad de Madrid(plaza de Chamberí, número 8) los siguientes documentos:

a) Fotocopia debidamente compulsada del documento nacionalde identidad. Los aspirantes que no posean la nacionalidadespañola y tengan derecho a participar deberán presentarfotocopia del documento que acredite su nacionalidad y,en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de paren-tesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo delnacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo.Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesade este de que no está separado de derecho de su cónyugey, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expen-sas o está a su cargo.

b) Fotocopia debidamente compulsada de la titulación reque-rida en la base 2.1.c) o certificación académica que acreditehaber realizado y aprobado los estudios completos corres-pondientes para la expedición de dichos títulos. En el casode titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarsela documentación acreditativa de su homologación.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separadomediante expediente disciplinario del servicio de ningunaAdministración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejer-cicio de funciones públicas. Los aspirantes que no poseanla nacionalidad española deberán presentar, además de ladeclaración relativa al Estado español, declaración jurada opromesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria ocondena penal que impida en su Estado el acceso a la Fun-ción Pública.

d) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido enel proceso selectivo y según la oferta que previamente efec-túe la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos,teniendo en cuenta lo establecido en la base 1.1.3.

10.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de pre-sentar los documentos expresados en la base anterior, podrá acre-ditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoriamediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

10.3. Quienes ya ostenten la condición de funcionarios decarrera estarán exentos de justificar documentalmente las con-diciones y demás requisitos ya probados para obtener su anteriornombramiento, debiendo presentar certificado de la DirecciónGeneral de Gestión de Recursos Humanos de la Comunidad deMadrid, o de su Administración de origen, acreditativo de su con-dición, y de los servicios efectivos prestados como funcionariosde carrera en el Cuerpo, Escala o Especialidad a que pertenezcan.

10.4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerzamayor, no presentaren la documentación o del examen de la mismase dedujera que carecen de alguno de los requisitos señaladosen la base segunda, no podrán ser nombrados funcionarios de

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carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la soli-citud inicial.

10.5. La Dirección General de Gestión de Recursos Humanoscomprobará que los aspirantes del turno de promoción internaque han superado las pruebas selectivas cumplen con los requisitosestablecidos en la base 2.2. En el caso de no quedar acreditadosdichos requisitos, perderán su derecho a ser nombrados funcio-narios de carrera del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Espe-cialistas, Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos,Especialidad de Museos, de Administración Especial, Grupo B,de la Comunidad de Madrid.

UndécimaComunicaciones e incidencias

Con objeto de recibir las comunicaciones que sean procedentesy resolver las incidencias que puedan plantearse en relación conestas pruebas selectivas, el Tribunal, en su sesión de constitución,señalará el lugar que designe como sede y el nombre y teléfonode la persona o personas, miembro o no del Tribunal, que atiendacuantas cuestiones sean planteadas, haciéndolo público en lostablones de anuncios referidos en la base 7.7.

El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días natu-rales desde la recepción de las solicitudes que le sean formuladaspara su contestación, salvo que concurran circunstancias excep-cionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previstopor el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común. En todo caso, sobre las peticionesde notas o revisión de examen deberá dar respuesta razonadacon anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio.

No obstante, los aspirantes también podrán dirigir a la DirecciónGeneral de la Función Pública (plaza del Conde del Valle deSuchil, número 20) las comunicaciones sobre incidencias relativasa la actuación del Tribunal, así como las reclamaciones, quejas,peticiones o sugerencias sobre el proceso selectivo.

DuodécimaNombramiento de funcionarios de carrera

Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superadoy aporten la documentación requerida en la base décima seránnombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Técnicos yDiplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Archivos,Bibliotecas y Museos, Especialidad de Museos, de AdministraciónEspecial, Grupo B, de la Comunidad de Madrid.

La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superadoel proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contadodesde la fecha de publicación de su nombramiento como fun-cionario de carrera en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

DecimoterceraLista de espera para funcionarios interinos

13.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 delDecreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los pro-cedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservadosa personal funcionario en la Administración de la Comunidad deMadrid, a efectos de la selección de funcionarios interinos delCuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayu-dantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidad de Museos,de Administración Especial, Grupo B, de la Comunidad de Madrid,se formará una lista de espera, integrada por un máximo de 20candidatos, con los aspirantes del turno libre que hayan obtenidocomo mínimo 4 puntos en la calificación del primer ejercicio dela oposición y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiestenexpresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista deespera.

En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantesa los que el Tribunal de Selección anule el examen de algunode los ejercicios de la oposición, por incumplimiento de las normaslegales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.

El orden de los aspirantes en la lista vendrá determinado porla suma de las puntuaciones obtenidas, de mayor a menor, tantoen los ejercicios superados como, en su caso, por la puntuación

obtenida en el primer ejercicio, y teniendo en cuenta que a efectosde inclusión en la lista será suficiente haber obtenido la calificaciónmínima de 4 puntos en el primer ejercicio.

En caso de igualdad de puntuación se atenderá a la mayor cali-ficación del segundo y primer ejercicio, por este orden. De persistirel empate, se deshará mediante el orden alfabético a partir dela letra prevista en la base 7.4 de esta convocatoria.

13.2. A los efectos de la constitución de la lista de espera,el Tribunal, en el mismo acto en que haga entrega a la DirecciónGeneral de la Función Pública de la relación definitiva de aspi-rantes que hayan superado el proceso selectivo de acuerdo conlo previsto en la base 9.2, remitirá la relación de aspirantes quedeban integrar la lista de espera ordenados según los criteriosestablecidos en el precedente apartado.

Los 20 primeros aspirantes deberán presentar en el plazo deveinte días naturales, contados a partir del día siguiente al dela publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de la citada relación, la documentación acreditativa delcumplimiento de los requisitos establecidos por la base segundade esta convocatoria.

13.3. Una vez comprobado el cumplimiento de los referidosrequisitos, la Dirección General de la Función Pública aprobarála lista de espera y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

13.4. En el supuesto de agotarse la lista de espera aprobadasegún lo señalado en el apartado anterior, siempre que existanaspirantes que habiendo alcanzado la calificación mínima de 4puntos en el primer ejercicio no se hayan integrado en la inicial,la Dirección General de la Función Pública podrá ampliar dichalista con el número de candidatos que resulte conveniente en fun-ción de las necesidades del servicio. La ordenación de los can-didatos en la ampliación de la lista de espera se realizará de con-formidad con los criterios establecidos en el primer apartado deesta base.

DecimocuartaNorma final

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,los interesados podrán interponer con carácter potestativo recursode reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Pre-sidencia, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo,en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir deldía siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

Los actos administrativos que se deriven de la presente con-vocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podránser impugnados en los casos y en la forma establecida en laLey 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 17 de marzo de 2006.—El Consejero de Presidencia,PD (Orden 45/2005, de 20 de enero, BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 2 de febrero), el Director Generalde la Función Pública, Miguel Ángel López González.

ANEXO I

PROGRAMA DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA INGRESOEN EL CUERPO DE TÉCNICOS Y DIPLOMADOS

ESPECIALISTAS, ESCALA DE AYUDANTES DE ARCHIVOS,BIBLIOTECAS Y MUSEOS, ESPECIALIDAD DE MUSEOS,

DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO B,DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Temario general1. La Constitución española de 1978. Derechos fundamentales

y libertades públicas. Regulación constitucional del sistema auto-nómico. Distribución de competencias entre el Estado y las Comu-nidades Autónomas.

2. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid:Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad deMadrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y funciónejecutiva.

3. La Asamblea Legislativa: Composición, funciones y potes-tades. El Presidente de la Comunidad y el Gobierno: Composición,designación y remoción. Funciones y potestades.

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4. La Administración Autonómica: Organización y estructurabásica de las Consejerías. La Administración Institucional. La Ofi-cina de Atención al Ciudadano.

5. Las Instituciones de la Unión Europea: Consejo, Comisión,Parlamento, Tribunal de Justicia y Tribunal de Cuentas.

6. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Las rela-ciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídicode los Estados miembros. Las funciones de los Estados miembrosen la aplicación del Derecho Comunitario. La participación delas Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comu-nitario.

7. El principio de legalidad y la jerarquía normativa. Las fuen-tes del Derecho Administrativo. La Ley. Disposiciones del ejecutivocon fuerza de ley. El Reglamento.

8. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común: Ámbito de apli-cación y principios generales. Derechos de los ciudadanos en susrelaciones con la Administración. El procedimiento administrativo:Sus fases. Revisión de los actos administrativos. Los recursos admi-nistrativos. La responsabilidad patrimonial de la Administración.

9. Función Pública: Normativa básica. La Ley de la FunciónPública de la Comunidad de Madrid. Adquisición y pérdida dela condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos,deberes e incompatibilidades. Régimen disciplinario.

10. Hacienda Pública: Normativa básica. La Ley Reguladorade la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y principiosgenerales. Los presupuestos de la Comunidad de Madrid. El ciclopresupuestario.

Temario específico

I. Legislación específica1. Tratamiento del patrimonio histórico en la Unión Europea.

Acuerdos y tratados internacionales sobre protección del patri-monio histórico.

2. Evolución de la legislación española en materia de patri-monio histórico. Ley de Patrimonio Histórico de la Comunidadde Madrid.

3. Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico enla Comunidad de Madrid. Su régimen jurídico.

4. Normativa estatal y autonómica en materia de museos. LaLey de Museos de la Comunidad de Madrid.

5. Métodos operativos de protección del patrimonio histórico.La labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Infrac-ciones y sanciones administrativas. Protección penal del patri-monio.

6. El tráfico de bienes culturales. Régimen jurídico del tránsitonacional, importación y exportación. La garantía del Estado.

II. Museología1. El concepto de museo. Evolución, funciones y tipología.2. Historia de los museos. El panorama de los museos en Espa-

ña y en la Comunidad de Madrid.3. Museología y museografía. Últimas tendencias.4. La renovación de los museos españoles en el siglo XX: Reha-

bilitación y nuevas infraestructuras.5. Programación, organización y gestión de exposiciones tem-

porales.6. El museo, centro de investigación. Proyectos, recursos y rela-

ciones institucionales.7. Las nuevas propuestas de musealización. Parques culturales,

centros de interpretación y otros.8. La deontología de los profesionales de los museos.9. Registro, inventario y catalogación de fondos museísticos.

Aplicaciones informáticas para la gestión museográfica.10. Los fondos museográficos. Régimen jurídico, formas de

ingreso y tipos de movimiento.11. La conservación en el museo. Conservación preventiva y

criterios para la restauración.12. Alteraciones físico-químicas de los bienes culturales.13. Almacenamiento, manipulación, embalaje y transporte de

bienes culturales.14. La seguridad en los museos y salas de exposiciones. El

plan de seguridad integral.15. Incidencia de las nuevas tecnologías en los museos y expo-

siciones temporales.

16. Museos y desarrollo local.17. Acción cultural y educativa en los museos. Análisis de públi-

co y estrategias de comunicación.18. Organismos, centros y asociaciones nacionales e interna-

cionales en el ámbito de los museos.19. Ferias, bienales y otros foros de promoción del arte con-

temporáneo, nacionales e internacionales.

III. Arqueología, Bellas Artes y Etnología

1. Historiografía de la paleontología madrileña.2. Unidades geológicas de la región de Madrid. Evolución y

transformaciones en el paisaje y la fauna.3. El terciario en la cuenca madrileña. Procesos y registro fósil.4. Métodos y procedimientos de análisis en los estudios de

reconstrucción del paisaje del Pleistoceno.5. Teoría arqueológica: Evolución de las principales corrientes:

De Gordon Childe a la actualidad.6. Sistemas y procedimientos de datación en arqueología.7. Trabajo de campo en Arqueología: Procedimientos de exca-

vación, estratigrafía y sistemas de documentación.8. Historiografía del Paleolítico y geoarqueología del cuater-

nario en la región de Madrid.9. Ocupación humana de las terrazas del Manzanares y Jarama

durante el Paleolítico.10. La neolitización del interior peninsular.11. El Calcolítico y la Edad de Bronce en la Submeseta Sur.

El modo de vida campesino.12. El fenómeno campaniforme. Definición, origen y signifi-

cado. Manifestaciones en la Comunidad de Madrid.13. Cogotas I. El final de la Edad de Bronce en la Submeseta

Sur.14. La Edad de Hierro en la Meseta.15. Definición de la Carpetania prerromana.16. La romanización en el interior peninsular.17. El mosaico romano en España.18. Epigrafía romana en la Submeseta Sur.19. Edilicia romana.20. El mundo funerario hispano-visigodo en la Meseta. Orfe-

brería y bronces visigodos.21. La ocupación del territorio en la Marca Media de Al-Andalus.22. La cerámica andalusí.23. Arqueología de los recintos fortificados medievales y

modernos de la Comunidad de Madrid.24. Análisis de la obra de arte. Métodos fundamentales.25. Iconografía en el arte medieval.26. El siglo de Oro español. Vida cotidiana y manifestaciones

artísticas.27. Pintura y escultura barroca en España.28. Mobiliario español de los siglos XVII, XVIII y XIX.29. Historia de la indumentaria en España desde el Renaci-

miento hasta el siglo XX.30. Platería en España, con especial incidencia en la Comu-

nidad de Madrid.31. Manufacturas reales en España.32. El siglo de Goya.33. El grabado en España. Historia y técnicas. Estampa espa-

ñola contemporánea.34. Neoclasicismo y romanticismo en la pintura española del

siglo XIX.35. Pablo Picasso.36. Historia de la fotografía. Fotografía española contem-

poránea.37. Arquitectura y urbanismo madrileños del siglo XX.38. Panorama del arte español desde la transición democrática

hasta la actualidad.39. Antropología, Etnología, Etnografía y Folklore: Conceptos

y evolución.40. Antropología de la fiesta. Fiestas populares de Madrid.41. Instrumentos musicales populares en España.42. Juegos y juguetes en la tradición cultural española.43. La artesanía textil.44. Oficios tradicionales relacionados con la producción y la

transformación de los alimentos.45. Vidrios populares en España.

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Comunidad de Madrid

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ANEXO II

Fecha registro de entrada

SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS (Lea las instrucciones al dorso, antes de cumplimentarla)

1. DATOS PERSONALES

1.er Apellido 2.o

Nombre NIF

Nacionalidad (según convocatoria) Sí No Edad (según convocatoria) Sí No

Dirección

Municipio

Provincia

N.o Piso Puerta

Teléfono

Código postal

2. DATOS DE LA CONVOCATORIA

Orden de convocatoria n.o Publicación en el BOCM

Código de Cuerpo/Escala, categoría y/o especialidad Descripción

3. TURNO DE ACCESO Libre Promoción interna Discapacidad Solicita adaptación

4. TÍTULO ACADÉMICO

¿Posee el título exigido en la convocatoria?

¿Posee la experiencia sustitutoria de la titulación exigida en la convocatoria?

Sí No

Sí No

El abajo firmante declara que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud, y que reúne los requisitos exigidosen la convocatoria para el ingreso en el Cuerpo o Categoría al que aspira, comprometiéndose a probar los datos que figuran enel presente escrito.

Madrid, a .................... de ....................................................................................... de ..........................

(FIRMA)

5. JUSTIFICACIÓN DEL INGRESO DE LAS TASAS POR DERECHOS DE EXAMEN PARA LA SELECCIÓNDE PERSONAL AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID EPÍGRAFE 17.1. TARIFA: 171.1

Cta. “Caja Madrid”, 2038 0626 6000027959Sello y firma de la entidad financiera donde se efectúa el ingresoCENTRO GESTOR: Consejería de Hacienda Importe , euros

Los datos que se recogen se tratarán informáticamente, o se archivarán con el consentimiento del ciudadano, quien tiene derecho a decidir quién puedetener sus datos, para qué los usa, solicitar que los mismos sean exactos y que se utilicen para el fin que se recogen, con las excepciones contempladas en la legislaciónvigente. Para cualquier cuestión sobre esta materia puede dirigirse al teléfono de información 012.

Si usted considera que el presente modelo no está claro o puede mejorarse, le rogamos dirija por escrito sus sugerencias a la Oficina de Atención alCiudadano de la Comunidad de Madrid, plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3, 28003 Madrid, o a través de Internet: www.madrid.org

DESTINATARIO EXCMO. SR. CONSEJERO DE DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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INSTRUCCIONES

1) Se utilizará letra mayúscula o de imprenta.

2) Datos personales: Apellidos y Nombre, NIF, Nacionalidad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria,en caso contrario marcará NO), Edad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcaráNO), Dirección, Municipio, Teléfono, Provincia, Código Postal.

Deberán cumplimentarse la totalidad de los datos requeridos en la convocatoria (datos personales, datos de la convocatoria,turno de acceso, título académico exigido o experiencia sustitutoria, en su caso, justificación del ingreso de las tasas porderechos de examen y firma de la solicitud). Su ausencia dará lugar a la exclusión provisional del proceso selectivo.

3) Datos de la convocatoria: Deberá incluirse el número de orden de la convocatoria que consta en el BOCM, la fecha depublicación en el BOCM y, en todo caso, el código del Cuerpo/Escala o Categoría que figura en la base correspondientede cada convocatoria.

4) Turnos de acceso: Los aspirantes deberán optar sólo por uno de los turnos posibles de la convocatoria.

Si se accede por el turno de promoción interna o discapacidad, el aspirante deberá acompañar a la solicitud la documentaciónque, en su caso, se indique en la convocatoria.

5) Título académico: Se deberá indicar si se posee el título exigido en la convocatoria. El apartado de la experiencia sustitutoriade la titulación solo deberá rellenarse cuando el aspirante no posea la titulación académica exigida en la convocatoriapero sí la experiencia sustitutoria en aquellos supuestos en que así se prevea dicha posibilidad.

6) Importe a ingresar: Se hará constar la cantidad ingresada en concepto de tasas.

7) Justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen: Se exigirá a las sucursales de “Caja Madrid” el sello confecha y el visado del empleado de dicha sucursal o impresión de validación mecánica. También deberá constar la cantidadingresada en concepto de tasas.

8) Destinatario: Se hará constar el Cargo/Órgano y Consejería de la Comunidad de Madrid a la que se dirige la instancia.

9) Lugares de entrega de las solicitudes dentro del plazo de presentación de instancias establecido en la convocatoria. Podránpresentarse:

a) En cualquiera de las oficinas de “Caja Madrid”, en el momento de efectuar el pago.b) También, una vez efectuado el pago en la cuenta de “Caja Madrid” que consta en el anverso de esta instancia, en

el Registro General de la Comunidad de Madrid, en los registros de cualquiera de las Consejerías y en los lugaresestablecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

ANEXO III

DIRECCIONES DE LOS REGISTROS

Consejería Dirección

Registro General de laComunidad de Madrid

Plaza del Descubridor Diego de Ordás,número 3.

Vicepresidencia Prime-ra y Portavocía delGobierno

Calle Carretas, número 4.

Vicepresidencia Segun-da y Consejería deJusticia e Interior

Gran Vía, número 18.

Presidencia Calle Carretas, numero 4.Hacienda Plaza de Chamberí, número 8.Empleo y Mujer Calle Santa Hortensia, número 30.Economía e Innovación

TecnológicaCalle Príncipe de Vergara, número 132.

Transportes e Infraes-tructuras

Calle Maudes, número 17.

Sanidad y Consumo Calle Aduana, número 29.Familia y Asuntos Socia-

lesCalle Alcalá, número 63.

Cultura y Deportes Calle Caballero de Gracia, número 32.Educación Gran Vía, número 3.M e d i o A m b i e n t e y

Ordenación del Terri-torio

Calle Princesa, número 3.

(01/1.003/06)

Consejería de Presidencia

1452 ORDEN 690/2006, de 17 de marzo, de la Consejería dePresidencia, por la que se convocan pruebas selectivas paraingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especia-listas, Escala de Asistentes Sociales, de AdministraciónEspecial, Grupo B, de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 140/2004, de 14 deoctubre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público dela Comunidad de Madrid para el año 2004 (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de octubre), y en el ejerciciode las competencias que le están atribuidas por el artículo 2.bis.7del Decreto 74/1988, de 23 de junio, en la redacción dada porel Decreto 249/2000, de 23 de noviembre, en relación con el Decre-to 149/2004, de 21 de diciembre, esta Consejería ha resuelto con-vocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Técnicosy Diplomados Especialistas, Escala de Asistentes Sociales, deAdministración Especial, Grupo B, de la Comunidad de Madrid,con sujeción a las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

Primera

Normas generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir trece plazasen el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala deAsistentes Sociales, de Administración Especial, Grupo B, de laComunidad de Madrid, para su provisión simultánea por los turnosde promoción interna, discapacidad y de acceso libre. Estas plazas

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corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidadde Madrid para el año 2004, aprobada por el Decreto 140/2004,de 14 de octubre.

1.1.1. El número total de vacantes reservadas al turno de accesolibre asciende a seis plazas.

1.1.2. El número total de vacantes reservadas al turno de pro-moción interna asciende a seis plazas. En caso de noquedar cubiertas, se acumularán a las del turno de accesolibre.

1.1.3. De acuerdo con lo que se determina en el artículo 6del Decreto 140/2004, de 14 de octubre, en relación alo dispuesto por la disposición adicional decimonovenade la Ley 30/1984, de 2 de agosto, del total de las plazasconvocadas se reserva una para personas con discapa-cidad de grado igual o superior al 33 por 100, siempreque se cumplan los requisitos que en dichas normas seestablecen. La plaza reservada para el turno de disca-pacidad se acumulará a las del turno de acceso libreen caso de no cubrirse.

1.1.4. Los aspirantes que ingresen por el turno de promocióninterna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán,en todo caso, preferencia sobre los aspirantes provenien-tes del turno de acceso libre para cubrir las vacantescorrespondientes. Asimismo, podrán solicitar que se lesadjudique destino en el puesto que vinieran desempe-ñando, en los términos regulados en el punto 2 del citadoartículo.

1.1.5. El proceso selectivo del turno de promoción interna fina-lizará antes que el correspondiente al turno libre, deconformidad con lo establecido en el artículo 7 del Acuer-do Sectorial para el Personal Funcionario de Adminis-tración y Servicios de la Administración General de laComunidad de Madrid y sus Organismos Autónomospara los años 2004-2007 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID de 18 de marzo de 2005).

1.1.6. Los aspirantes solo podrán participar en uno de losturnos.

1.2. Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas laLey 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma dela Función Pública; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la FunciónPública de la Comunidad de Madrid; la Ley 17/1993, de 23 dediciembre, sobre el Acceso a Determinados Sectores de la FunciónPública de los Nacionales de los demás Estados miembros de laUnión Europea; el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, modificadopor el Decreto 77/2003, de 5 de junio; el Real Decreto 364/1995,de 10 de marzo; el Decreto 140/2004, de 14 de octubre; laOrden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda,por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamientoy actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de laAdministración de la Comunidad de Madrid; las bases de estaconvocatoria y demás normativa de aplicación.

1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el deoposición.

1.4. La publicación de todos los actos y acuerdos que se dictenen desarrollo del proceso selectivo se realizará a través del BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o mediante su inserciónen los tablones de anuncios señalados en las presentes bases, segúnproceda, sin perjuicio de la publicidad que se dará a dichos actos,a efectos informativos, mediante los medios establecidos en elDecreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula la Atenciónal Ciudadano en la Comunidad de Madrid.

La publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID o, en su caso, en los tablones de anuncios será vinculantea efectos de la convocatoria para la realización de los ejerciciosde la oposición, así como la que determine el inicio del cómputode cualquiera de los plazos que estén establecidos y sean de apli-cación según lo dispuesto en las bases de la presente convocatoria.

1.5. La Dirección General de la Función Pública resolverácuantas incidencias se susciten en el desarrollo de esta convo-catoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribunal de Selec-ción según lo dispuesto en la base 6.9.

Segunda

Interesados

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivaslos aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haberalcanzado la edad de jubilación forzosa.

b) Tener nacionalidad española, de un Estado miembro dela Unión Europea, del Reino de Noruega, de Liechtensteino de la República de Islandia; ser cónyuge, descendienteo descendiente del cónyuge, de los españoles o de los nacio-nales de países miembros de la Unión Europea, de Noruega,Liechtenstein o Islandia, siempre que no estén separadosde derecho, menores de veintiún años o mayores de dichaedad que vivan a sus expensas, cualquiera que sea su nacio-nalidad, tal y como se establece en el Decreto 230/2001,de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la FunciónPública de la Administración de la Comunidad de Madridde los nacionales de los demás Estados miembros de laUnión Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 22 de octubre).

c) Estar en posesión de, o en condiciones de obtener, el títulode Diplomado en Trabajo Social.En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberáestarse en posesión de la credencial que acredite suhomologación.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciónfísica o psíquica que sea incompatible con el desempeñode las funciones propias del Cuerpo y Escala.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinariodel servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funcionespúblicas.Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la espa-ñola, además de no encontrarse inhabilitados para el accesoa la Función Pública en España, no deberán estar sometidosa sanción disciplinaria o condena penal que impida, en suEstado, el acceso a la Función Pública.

2.2. Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turnode promoción interna deberán reunir los siguientes requisitos, ade-más de los restantes exigidos en esta convocatoria:

— Ostentar la condición de funcionarios de carrera.— Pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo C

de la Comunidad de Madrid.— Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carre-

ra durante al menos dos años en los referidos Cuerpos oEscalas.

Los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicasque se encuentren prestando servicios en esta Comunidad en virtuddel procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 dela Ley 1/1986, de 10 de abril, y concurran a estas plazas por elturno de promoción interna, deberán reunir los siguientes requi-sitos, además de los restantes exigidos en esta convocatoria:

— Pertenecer a un Cuerpo, Escala o Especialidad del Grupo C.— Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carre-

ra durante al menos dos años en el referido Cuerpo, Escalao Especialidad.

2.3. Los requisitos establecidos en esta base segunda deberánposeerse en el día de finalización del plazo de presentación desolicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

Tercera

Aspirantes que concurran por el turno de discapacidad y/o solicitenadaptaciones de tiempo y/o medios

3.1. Los aspirantes que concurran por el turno de discapacidaddeberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud,poseer una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100y reunir los requisitos previstos en la base segunda, apartados 1y 3, de esta convocatoria.

3.2. Con independencia del turno por el que concurran, aque-llos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo y/o mediospara la realización de las pruebas selectivas, además de indicarlo

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en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar,dentro del plazo referido en la base 5.2 de la presente convocatoria,escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan,así como certificado médico acreditativo de la adaptación soli-citada.

3.3. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas enaquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantesque hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios enla forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares con-diciones para la realización de los ejercicios que el resto de losparticipantes.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,colaboración de los órganos competentes de los Servicios Socialesde la Comunidad de Madrid o de la Unidad de PrestacionesAsistenciales.

En la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivasde aspirantes admitidos y excluidos y se anuncie la fecha de cele-bración del primer ejercicio de la oposición, se indicará tambiénlos tablones de anuncios en los que el Tribunal hará pública larelación de aspirantes que han solicitado adaptación, indicandopara cada uno de ellos la adaptación concedida o, en su caso,las razones de la denegación, tablones que deberán ser los mismosque los previstos para la publicación de las relaciones de admitidos.

La relación de adaptaciones concedidas en los sucesivos ejer-cicios se hará pública junto con las resoluciones del Tribunal deconvocatoria de los mismos, en los tablones de anuncios corres-pondientes.

Cuarta

Solicitudes

4.1. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivasse ajustarán al modelo oficial que figura como Anexo II a laspresentes bases y serán facilitadas gratuitamente en cualquier ofi-cina de “Caja Madrid”, en la Oficina de Atención al Ciudadanode la Comunidad de Madrid (plaza del Descubridor Diego deOrdás, número 3) o en cualquiera de los Registros de las Con-sejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo III de estaconvocatoria.

4.2. Cumplimentación de la solicitud:4.2.1. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán

las instrucciones que constan en el reverso del ejemplarpara el interesado.— En el apartado número 2 “Datos de la convocatoria”

deben constar en los espacios reservados para ello,los siguientes datos:� Número de Orden de convocatoria: 690/2006.� Fecha de Publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE

LA COMUNIDAD DE MADRID.� Código del Cuerpo y Escala al que se aspira: 2671.� Descripción del Cuerpo y Escala al que se aspira:

Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala Asis-tentes Sociales.

— Los aspirantes que, conforme a lo dispuesto en labase 4.3.2 estén exentos del pago de la tasa por dere-chos de examen, harán constar 0000 euros en el espa-cio destinado al efecto en el apartado número 5 dela solicitud.

A efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgá-nica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datosde Carácter Personal, y el artículo 6 de la Ley 8/2001,de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Per-sonal en la Comunidad de Madrid, los datos contenidosen la solicitud serán objeto de tratamiento automatizadopor la Dirección General de la Función Pública parael desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimen-tación obligatoria para la admisión a estas pruebasselectivas.

4.2.2. Presentación de solicitudes: Lugares, formas y plazo.— Las solicitudes podrán presentarse en los siguientes

lugares y formas:a) En cualquiera de las Oficinas de “Caja Madrid”.

b) En el Registro General de la Comunidad deMadrid (plaza del Descubridor Diego de Ordás,número 3) y en los Registros de las Consejerías,cuyas direcciones figuran en el Anexo III de estaconvocatoria.

c) En cualquiera de los lugares y formas estableci-dos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, en cumplimiento del cual las soli-citudes suscritas en el extranjero podrán cursarsea través de las representaciones diplomáticas u Ofi-cinas Consulares de España en el extranjero.

— El plazo de presentación de solicitudes será de veintedías naturales a contar desde el día siguiente a lapublicación de la presente convocatoria en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

4.3. Tasa por derechos de examen:4.3.1. Conforme al Texto Refundido de la Ley de Tasas y Pre-

cios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobadopor el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre (BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29de octubre), y según lo establecido por el artículo 65de la Ley 6/2005, de 23 de diciembre (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de diciembre),la tasa por derechos de examen será de 24,62 euros,que serán ingresados en cualquier oficina de la “CajaMadrid”, en la cuenta corriente número 6000027959,sucursal 0626, de la “Caja Madrid”, denominada “Co-munidad de Madrid. Derechos de examen”.De efectuarse el ingreso y presentación de la solicituden cualquier oficina de “Caja Madrid”, esta deberá hacerconstar en el apartado 5 de la solicitud (“Justificacióndel ingreso de las tasas por derechos de examen”) lossiguientes datos:— Sello de “Caja Madrid”.— Fecha de entrega de la solicitud.— Visado del encargado de la oficina.— Importe de la tasa.Cuando el aspirante efectúe el ingreso mediante trans-ferencia bancaria a través de una entidad financiera dis-tinta a la de “Caja Madrid”, deberá figurar en el apartadonúmero 5 de la solicitud, o bien en el resguardo de ingresoefectivo, la inscripción mecanizada del número de cuentay la cantidad ingresada que constan en esta base, acre-ditativos ambos del pago de los derechos de examen.Si dichos datos no constasen en la solicitud, deberá adjun-tarse el original del resguardo de ingreso junto con lasolicitud de participación en este proceso selectivo, enel plazo, lugares y forma, establecidos en la base 4.2.2de esta convocatoria.La falta de justificación del pago de la tasa por derechosde examen determinará la exclusión del aspirante delproceso selectivo.

4.3.2. De conformidad con el artículo 76 del Decreto Legis-lativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se apruebael Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicosde la Comunidad de Madrid, están exentas del pagode la tasa por derechos de examen:1. Las personas desempleadas que figuren en los servi-

cios públicos de empleo como demandantes deempleo con una antigüedad mínima de dos años,referida a la fecha de publicación de esta Ordenen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

2. Las personas con discapacidad de grado igual o supe-rior al 33 por 100.

3. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.A efectos de comprobar tales circunstancias, las personasafectadas deberán aportar dentro del plazo establecidoen la base 5.2 de esta convocatoria de diez días hábiles

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siguientes a la publicación de las listas provisionales deadmitidos y excluidos, los siguientes documentos:— Las personas desempleadas: Certificado de demanda

de alta, expedido por los servicios públicos de empleo,con referencia a la fecha de publicación de esta Ordenen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

— Las personas con discapacidad: Certificado actuali-zado acreditativo de la discapacidad, expedido porla Dirección General de Servicios Sociales de laComunidad de Madrid, el Instituto de Mayores yServicios Sociales u otro órgano competente paraexpedir dichas certificaciones, en el que se indiqueel grado de su discapacidad.

— Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos: Cer-tificado acreditativo de tal condición, expedido porla Subdirección General de Atención al Ciudadanoy de Asistencia a Víctimas del Terrorismo, del Minis-terio del Interior.

De no aportar los interesados dicha documentación, osi del examen de la misma se deduce que no reúnenlos requisitos antes señalados, figurarán en la relacióndefinitiva de aspirantes excluidos.

4.3.3. Devolución de tasas por derechos de examen.De conformidad con los artículos 10 y 75.2 del TextoRefundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos dela Comunidad de Madrid, aprobado por el DecretoLegislativo 1/2002, de 24 de octubre, solo procederá ladevolución del importe de la tasa satisfecha por los aspi-rantes cuando por causas no imputables al sujeto pasivono tenga lugar la prestación por parte de la Comunidadde Madrid, cuando los ingresos se declaren indebidospor resolución o sentencia firmes o cuando se haya pro-ducido una modificación sustancial de las bases deconvocatoria.

Quinta

Admisión de aspirantes

5.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, laDirección General de la Función Pública publicará en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Resolución que aprue-be la lista de admitidos y excluidos en el plazo de un mes, sinperjuicio de lo establecido en el artículo 42.6, párrafo segundo,de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún. En dicha Resolución constará la identidad de los aspirantesexcluidos, con indicación de las causas de inadmisión.

5.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los queno figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dis-pondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir delsiguiente a la publicación de tal Resolución, a fin de subsanarel defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.

Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de pro-moción interna o por el turno de discapacidad, no cumplan, o,en su caso, no acrediten el cumplimiento de alguno de los requisitosexigidos para el acceso a dichas plazas de reserva, serán incluidos,de oficio, en la relación definitiva de aspirantes admitidos porel turno de acceso libre, siempre que la Dirección General dela Función Pública tenga conocimiento de ello con anterioridada la Resolución que apruebe las citadas relaciones definitivas deaspirantes admitidos, así como las de excluidos y además hayandeclarado en su solicitud que cumplen todos los requisitos nece-sarios para participar por dicho turno.

5.3. Contra la Resolución que haga pública la relación defi-nitiva de aspirantes excluidos podrá interponerse recurso de alzadaante la Consejería de Presidencia, en el plazo de un mes contadoa partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

5.4. La Dirección General de la Función Pública facilitará alas organizaciones sindicales con mayor nivel de implantación copiade las relaciones provisionales y definitivas de admitidos y excluidosal proceso selectivo.

SextaTribunal Calificador

6.1. El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas seráel que, en su día, se designe por Resolución del Director Generalde la Función Pública, y su composición será la determinada porel artículo 8 del Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionariode Administración y Servicios de la Administración General dela Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos para losaños 2004-2007, quedando incluido en la categoría segunda delas reseñadas en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24de mayo.

6.2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de selección seráel que se establece para los órganos colegiados en el título II,capítulo 2, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo,de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instruccionesrelativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selec-ción en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid,y en las demás normas que les sean de aplicación. A efectos deregulación del número de sesiones, devengo y percepción de asis-tencias de los miembros del Tribunal, también será de aplicaciónlo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejeríade Hacienda.

6.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de inter-venir, notificándolo al Director General de la Función Pública,cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en elartículo 28 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebasselectivas de acceso a Cuerpos y Escalas análogos al que corres-ponden las plazas convocadas, en los cinco años anteriores a lapublicación de esta convocatoria, e igualmente si hubierancolaborado durante ese período de algún modo con centros depreparación de opositores del Cuerpo al que pertenezcan las plazasconvocadas.

6.4. El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunaldeclaración expresa de no hallarse incursos en las circunstanciasprevistas en el precitado artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, ni en las demás causas de abstención previstasen esta base. Esta declaración deberá ser también cumplimentada,en su caso, por los asesores especialistas y el personal auxiliarque el Tribunal incorpore a sus trabajos, de conformidad con loprevisto en la base 6.8.

6.5. Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembrosdel Tribunal cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna de lascircunstancias previstas en el párrafo anterior, conforme al ar-tículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6.6. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,la Dirección General de la Función Pública publicará en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por laque se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayande sustituir a los que hubieran perdido su condición por algunade las causas previstas en la presente base.

6.7. El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secre-tario y Vocales titulares y, en defecto de alguno de ellos, porel Presidente, Secretario o Vocal suplente respectivo.

Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la cele-bración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se reque-rirá la presencia del Presidente y el Secretario o, en su caso, dequienes les sustituyan, y la de dos, al menos, de sus miembros.El Secretario, como miembro del Tribunal, tendrá voz y voto.

6.8. El Tribunal podrá incorporar a sus trabajos asesores espe-cialistas para las pruebas y con los cometidos que estime per-tinentes, limitándose estos a prestar su colaboración en sus espe-cialidades técnicas, y tendrán voz pero no voto. Asimismo, el Tri-bunal podrá valerse de ayudantes durante el desarrollo materialde los ejercicios, cuya designación deberá comunicarse a la Direc-ción General de la Función Pública, que habrá de autorizar elnúmero de ayudantes propuestos.

6.9. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudaspuedan plantearse y para adoptar los acuerdos que garanticen

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el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto por laspresentes bases y normativa aplicable.

6.10. Si el Tribunal, en cualquier momento del proceso selec-tivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno delos aspirantes incumple uno o varios de los requisitos exigidosen la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativosde su cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados,el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuestamotivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida al DirectorGeneral de la Función Pública, comunicándole, asimismo, lasinexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la soli-citud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

Contra la Resolución del Director General de la Función Públicapor la que se excluya al aspirante podrá interponerse recurso dealzada ante la Consejería de Presidencia, en el plazo de un mes,contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación.

SéptimaSistema de selección

El procedimiento de selección se realizará a través del sistemade oposición.

7.1. El programa de la oposición es el que figura como Anexo Ide la presente convocatoria.

7.2. La oposición estará integrada por los ejercicios que a con-tinuación se indican, todos y cada uno de ellos eliminatorios:

7.2.1. Primer ejercicio.Consistirá en contestar un cuestionario de ochenta pre-guntas, de acuerdo con la siguiente distribución:— Las primeras quince preguntas versarán sobre el

temario general del programa, de las cuales las diezprimeras versarán sobre los temas 1 a 4, y las cincorestantes sobre los temas 5 a 10, de dicho temariogeneral.

— Las sesenta y cinco preguntas restantes versarán sobreel temario específico.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestasalternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cadapregunta contestada correctamente se valorará en posi-tivo; la pregunta no contestada, es decir, que figurenlas cuatro letras en blanco o con más de una opciónde respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta concontestación errónea se penalizará con la tercera partedel valor asignado a la contestación correcta.El tiempo máximo para la realización de este ejercicioserá de ochenta minutos.Los aspirantes que concurran por el turno de promocióninterna estarán exentos de la realización de las diez pri-meras preguntas del cuestionario. La duración máximadel ejercicio para ellos será de setenta minutos.

7.2.2. Segundo ejercicio.Los aspirantes, en un tiempo máximo de dos horas, debe-rán desarrollar por escrito dos temas extraídos al azaren la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejer-cicio, de entre los que componen el temario específicodel programa.Los temas serán leídos por los aspirantes en sesión públi-ca ante el Tribunal, valorándose la amplitud de los cono-cimientos, la calidad de expresión escrita, la sistemáticaen la composición de los temas, así como su forma depresentación y exposición. El Tribunal podrá dialogarcon los aspirantes durante un plazo máximo de quinceminutos.

7.2.3. Tercer ejercicio.Los aspirantes realizarán dos supuestos prácticos, queversarán sobre el temario específico del programa.Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxi-ma será de cuatro horas, los aspirantes podrán acudirprovistos de la documentación y el material que el Tri-bunal determine en la convocatoria de este ejercicio.El Tribunal valorará el rigor analítico, la sistemática yel conjunto de ideas en orden a la elaboración de unapropuesta razonada para la resolución de los supuestosprácticos.

7.3. El primer ejercicio de la oposición comenzará a partirdel mes de junio del año 2006, determinándose en la Resoluciónque se indica en la base 5.3 el lugar y fecha exactos de celebracióndel primer ejercicio, la cual será publicada en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID con una antelación mínima dediez días hábiles.

7.4. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfa-béticamente por el primero de la letra “U”, de conformidad conla Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 21de abril de 2004 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 29 de abril).

7.5. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio enllamamiento único, aunque haya de dividirse en varias sesionesla realización del ejercicio que así lo requiera, debiendo asistirlos aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados. Seránexcluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en loscasos alegados y justificados con anterioridad a la realización delejercicio, debiendo el Tribunal adoptar Resolución motivada atal efecto.

7.6. En cualquier momento, los miembros del Tribunal Cali-ficador podrán requerir a los opositores la acreditación de suidentidad.

7.7. La publicación del anuncio de celebración del segundoy sucesivos ejercicios, así como la de la lista de aprobados delos mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de la Oficinade Atención al Ciudadano (plaza del Descubridor Diego de Ordás,número 3), en la Dirección General de la Función Pública (plazadel Conde del Valle de Suchil, número 20) y en cualquier otrolugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusiónentre los interesados. La Dirección General de la Función Públicacomunicará a todas las Consejerías y organizaciones sindicales conmayor nivel de implantación dichas relaciones de aprobados.

7.8. Duración del proceso selectivo:Desde la fecha de realización del primer ejercicio hasta la publi-

cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID dela relación definitiva de aspirantes que superen el proceso selectivo,habrá de transcurrir un plazo máximo de seis meses, salvo quecircunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior que enningún caso excederá de nueve meses.

Octava

Calificación de los ejercicios de la oposición

8.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la formasiguiente:

8.1.1. Primer ejercicio:Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario parasuperarlo obtener un mínimo de 5 puntos. Sin perjuiciode las competencias asignadas al Tribunal de Selecciónpor la base 8.2, a los efectos de la determinación delnivel mínimo necesario para superar este ejercicio, elórgano selectivo tendrá en cuenta de forma proporcionalel número de preguntas que integran los exámenes paracada turno de acceso.

8.1.2. Segundo ejercicio:Cada uno de los temas se calificará de 0 a 10 puntosy será necesario para superar el ejercicio obtener unmínimo de 5 puntos en cada tema.La calificación final de este ejercicio será determinadamediante la media aritmética de las puntuaciones obte-nidas en cada uno de los temas, debiendo estar com-prendida entre 0 y 10 puntos.

8.1.3. Tercer ejercicio:Se calificará de 0 a 10 puntos por cada supuesto, siendonecesario para superar el ejercicio obtener un mínimototal de 10 puntos y no haber obtenido menos de 5 encada uno de ellos. Una vez calificados los dos supuestos,se efectuará la media aritmética entre las puntuacionesobtenidas en cada uno de los mismos, para así obtenerla calificación total de este ejercicio, que deberá estarcomprendida entre 0 y 10 puntos.

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8.2. El Tribunal queda facultado para determinar el nivel míni-mo exigido para la superación de cada una de las pruebas, deconformidad con el sistema de valoración que acuerde en cadaejercicio. Dicho nivel mínimo, fijado de forma independiente paracada turno, deberá garantizar, en todo caso, la idoneidad de losaspirantes seleccionados.

8.3. En cada uno de los ejercicios de la oposición se calificaráen primer lugar a los aspirantes del turno de promoción interna,procediéndose a determinar el nivel mínimo exigido para superarel ejercicio y a publicar la lista de aprobados. En sesión posterior,celebrada como mínimo cuarenta y ocho horas después, se cali-ficará, separadamente y por este orden, a los aspirantes del turnode discapacidad y a los aspirantes del turno de acceso libre.

8.4. El orden de los aspirantes que hayan superado las pruebasselectivas vendrá determinado por la suma de las puntuacionesobtenidas en los ejercicios de la oposición, debiendo ser ordenadosdesde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones. La sumade dichas puntuaciones constituirá la calificación final de cadauno de los aspirantes seleccionados en la convocatoria.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a lossiguientes criterios:

— Aspirantes que concurran por el turno de discapacidad. Depersistir el empate entre estos aspirantes, este se dirimiráatendiendo a los criterios de prelación generales que se rela-cionan a continuación.

— Mayor calificación del tercer, segundo y primer ejercicios,por este orden.

— De continuar el empate, se deshará mediante la celebraciónpor parte del Tribunal de un sorteo público, que se anunciarácon la suficiente antelación.

8.5. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superadolas pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazasconvocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que con-travenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

Novena

Lista de aprobados

9.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicaslas relaciones independientes de seleccionados por cada turno deacceso, por el orden de puntuación alcanzada, con indicación delas notas parciales de todos y cada uno de los ejercicios de laoposición, así como de su documento nacional de identidad.

9.2. Una vez establecida la relación definitiva de aspirantesque hayan superado el proceso selectivo, el Tribunal Calificadorelevará a la Dirección General de la Función Pública la relacióndefinitiva de aspirantes aprobados, por orden decreciente de pun-tuación, indicando los siguientes extremos:

a) Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuer-do con la puntuación total alcanzada; nombre, apellidosy número del documento nacional de identidad de cadauno de los aspirantes.

b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición.c) Puntuación total.La Dirección General de la Función Pública dictará Resolución

declarando los aspirantes que han superado el proceso selectivo,que deberá ser publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

Décima

Presentación de documentos

10.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde eldía siguiente a aquel en que se hiciera pública en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la relación definitivade aspirantes que han superado el proceso selectivo, los aspirantesincluidos en la misma deberán presentar en la Dirección Generalde Gestión de Recursos Humanos de la Comunidad de Madrid(plaza de Chamberí, número 8) los siguientes documentos:

a) Fotocopia debidamente compulsada del documento nacio-nal de identidad. Los aspirantes que no posean la nacio-nalidad española y tengan derecho a participar deberán pre-sentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad

y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo deparentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargodel nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo.Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesade este de que no está separado de derecho de su cónyugey, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expen-sas o está a su cargo.

b) Fotocopia debidamente compulsada de la titulación reque-rida en la base 2.1.c), o certificación académica que acreditehaber realizado y aprobado los estudios completos corres-pondientes para la expedición de dichos títulos. En el casode titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarsela documentación acreditativa de su homologación.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separadomediante expediente disciplinario del servicio de ningunaAdministración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejer-cicio de funciones públicas. Los aspirantes que no poseanla nacionalidad española deberán presentar, además de ladeclaración relativa al Estado español, declaración juradao promesa de no estar sometidos a sanción disciplinariao condena penal que impida en su Estado el acceso a laFunción Pública.

d) Los aspirantes que hayan participado por el turno de dis-capacidad, deberán acreditar que reúnen el requisito esta-blecido en la base 1.1.3, mediante certificado actualizadoacreditativo de la discapacidad expedido por la DirecciónGeneral de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid,el Instituto de Mayores y Servicios Sociales o cualquier otroórgano competente para expedir dichas certificaciones, salvoen el supuesto que lo hubieran aportado a los efectos pre-vistos en la base 4.3.2.

e) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido enel proceso selectivo y según la oferta que previamente efec-túe la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos,teniendo en cuenta lo establecido en la base 1.1.4.

10.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de pre-sentar los documentos expresados en la base anterior, podrá acre-ditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoriamediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

10.3. Quienes ya ostenten la condición de funcionarios decarrera estarán exentos de justificar documentalmente las con-diciones y demás requisitos ya probados para obtener su anteriornombramiento, debiendo presentar certificado de la DirecciónGeneral de Gestión de Recursos Humanos de la Comunidad deMadrid, o de su Administración de origen, acreditativo de su con-dición, y de los servicios efectivos prestados como funcionariosde carrera en el Cuerpo, Escala o Especialidad a que pertenezcan.

10.4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerzamayor, no presentaren la documentación o del examen de la mismase dedujera que carecen de alguno de los requisitos señaladosen la base segunda, no podrán ser nombrados funcionarios decarrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la soli-citud inicial.

10.5. La Dirección General de Gestión de Recursos Humanoscomprobará que los aspirantes del turno de promoción internaque han superado las pruebas selectivas cumplen con los requisitosestablecidos en la base 2.2. En el caso de no quedar acreditadosdichos requisitos, perderán su derecho a ser nombrados funcio-narios de carrera del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Espe-cialistas, Escala de Asistentes Sociales, de Administración Especial,Grupo B, de la Comunidad de Madrid.

UndécimaComunicaciones e incidencias

Con objeto de recibir las comunicaciones que sean procedentesy resolver las incidencias que puedan plantearse en relación conestas pruebas selectivas, el Tribunal, en su sesión de constitución,señalará el lugar que designe como sede y el nombre y teléfonode la persona o personas, miembro o no del Tribunal, que atiendacuantas cuestiones sean planteadas, haciéndolo público en lostablones de anuncios referidos en la base 7.7.

El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días natu-rales desde la recepción de las solicitudes que le sean formuladas

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para su contestación, salvo que concurran circunstancias excep-cionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previstopor el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común. En todo caso, sobre las peticionesde notas o revisión de examen deberá dar respuesta razonadacon anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio.

No obstante, los aspirantes también podrán dirigir a la DirecciónGeneral de la Función Pública (plaza. del Conde del Valle deSuchil, número 20) las comunicaciones sobre incidencias relativasa la actuación del Tribunal, así como las reclamaciones, quejas,peticiones o sugerencias sobre el proceso selectivo.

DuodécimaNombramiento de funcionarios de carrera

Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superadoy aporten la documentación requerida en la base décima seránnombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Técnicos yDiplomados Especialistas, Escala de Asistentes Sociales, de Admi-nistración Especial, Grupo B, de la Comunidad de Madrid.

La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superadoel proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contadodesde la fecha de publicación de su nombramiento como fun-cionario de carrera en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

DecimoterceraLista de espera para funcionarios interinos

13.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 delDecreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los pro-cedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservadosa personal funcionario en la Administración de la Comunidad deMadrid, a efectos de la selección de funcionarios interinos delCuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Asis-tentes Sociales, de Administración Especial, Grupo B, de la Comu-nidad de Madrid, se formará una lista de espera, integrada porun máximo de cincuenta candidatos, con los aspirantes del turnolibre y el turno de discapacidad que hayan obtenido como mínimo 4puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición yno superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresa-mente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantesa los que el Tribunal de Selección anule el examen de algunode los ejercicios de la oposición, por incumplimiento de las normaslegales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.

El orden de los aspirantes en la lista vendrá determinado porla suma de las puntuaciones obtenidas, de mayor a menor, tantoen los ejercicios superados como, en su caso, por la puntuaciónobtenida en el primer ejercicio, y teniendo en cuenta que a efectosde inclusión en la lista será suficiente haber obtenido la calificaciónmínima de 4 puntos en el primer ejercicio.

En caso de igualdad de puntuación se atenderá a la mayor cali-ficación del segundo y primer ejercicio, por este orden. De persistirel empate, se deshará mediante el orden alfabético a partir dela letra prevista en la base 7.4 de esta convocatoria.

13.2. A los efectos de la constitución de la lista de espera,el Tribunal, en el mismo acto en que haga entrega a la DirecciónGeneral de la Función Pública de la relación definitiva de aspi-rantes que hayan superado el proceso selectivo de acuerdo conlo previsto en la base 9.2, remitirá la relación de aspirantes quedeban integrar la lista de espera ordenados según los criteriosestablecidos en el precedente apartado.

Los cincuenta primeros aspirantes deberán presentar en el plazode veinte días naturales, contados a partir del día siguiente alde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de la citada relación, la documentación acreditativadel cumplimiento de los requisitos establecidos por la base segundade esta convocatoria.

13.3. Una vez comprobado el cumplimiento de los referidosrequisitos, la Dirección General de la Función Pública aprobarála lista de espera y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

13.4. En el supuesto de agotarse la lista de espera aprobadasegún lo señalado en el apartado anterior, siempre que existanaspirantes que habiendo alcanzado la calificación mínima de 4

puntos en el primer ejercicio no se hayan integrado en la inicial,la Dirección General de la Función Pública podrá ampliar dichalista con el número de candidatos que resulte conveniente en fun-ción de las necesidades del servicio. La ordenación de los can-didatos en la ampliación de la lista de espera se realizará de con-formidad con los criterios establecidos en el primer apartado deesta base.

DecimocuartaNorma final

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,los interesados podrán interponer con carácter potestativo recursode reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Pre-sidencia, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo,en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencio-so-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir deldía siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

Los actos administrativos que se deriven de la presente con-vocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podránser impugnados en los casos y en la forma establecida en laLey 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 17 de marzo de 2006.—El Consejero de Presidencia,PD (Orden 45/2005, de 20 de enero, BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 2 de febrero), el Director Generalde la Función Pública, Miguel Ángel López González.

ANEXO I

PROGRAMA DE LAS PRUEBAS SELECTIVASPARA INGRESO EN EL CUERPO DE TÉCNICOS

Y DIPLOMADOS ESPECIALISTAS, ESCALA DE ASISTENTESSOCIALES, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO B,

DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Temario general1. La Constitución española de 1978. Derechos fundamentales

y libertades públicas. Regulación constitucional del sistema auto-nómico. Distribución de competencias entre el Estado y las Comu-nidades Autónomas.

2. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid:Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad deMadrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y funciónejecutiva.

3. La Asamblea Legislativa: Composición, funciones y potes-tades. El Presidente de la Comunidad y el Gobierno: Composición,designación y remoción. Funciones y potestades.

4. La Administración autonómica: Organización y estructurabásica de las Consejerías. La Administración Institucional. La Ofi-cina de Atención al Ciudadano.

5. Las Instituciones de la Unión Europea: Consejo, Comisión,Parlamento, Tribunal de Justicia y Tribunal de Cuentas.

6. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Las rela-ciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídicode los Estados miembros. Las funciones de los Estados miembrosen la aplicación del Derecho Comunitario. La participación delas Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comu-nitario.

7. El principio de legalidad y la jerarquía normativa. Las fuen-tes del Derecho Administrativo. La Ley. Disposiciones del ejecutivocon fuerza de ley. El Reglamento.

8. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común: Ámbito de apli-cación y principios generales. Derechos de los ciudadanos en susrelaciones con la Administración. El procedimiento administrativo:Sus fases. Revisión de los actos administrativos. Los recursos admi-nistrativos. La responsabilidad patrimonial de la Administración.

9. Función Pública: Normativa básica. La Ley de la FunciónPública de la Comunidad de Madrid. Adquisición y pérdida dela condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos,deberes e incompatibilidades. Régimen disciplinario.

10. Hacienda Pública: Normativa básica. La Ley Reguladorade la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y principiosgenerales. Los presupuestos de la Comunidad de Madrid. El ciclopresupuestario.

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Temario específico1. Historia y evolución de los sistemas de protección social

en España.2. El bienestar social y la Constitución española.3. Marco legislativo e institucional de los Servicios Sociales

con referencia a la Administración Central, Autonómica y Local.4. La Ley de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.5. La política social en el marco Europeo. Fondo Social Euro-

peo. Líneas de protección social.6. La organización de los servicios sociales en la Comunidad

de Madrid. Consejería de Familia y Asuntos Sociales. Estructuray competencias.

7. Estructura funcional del Sistema de Servicios Sociales. Aten-ción Social Primaria y Atención Social Especializada. Divisionesterritoriales.

8. Régimen Jurídico de conciertos, convenios y subvencionesde la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.

9. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Estructura,funciones y recursos. Instituto de Mayores y Servicios Sociales(IMSERSO): Competencias.

10. El Plan concertado de prestaciones básicas de ServiciosSociales. Concepto. Administraciones implicadas. Desarrollo enla Comunidad de Madrid.

11. La Seguridad Social en España. Evolución. Prestaciones.12. Protección por desempleo. Prestación de nivel contributivo.

Prestación de nivel asistencial.13. Prestaciones no contributivas. Pensión de Invalidez. Pen-

sión de Jubilación. Otras prestaciones.14. Rentas mínimas o salario social. La renta mínima de inser-

ción en la Comunidad de Madrid. Plan contra la exclusión socialde la Comunidad de Madrid.

15. Los centros de Servicios Sociales. Estructura, organizacióny funciones.

16. Programa de trabajo social de zona. Información, orien-tación y valoración.

17. Programa de familia y convivencia. Apoyo a la familia endificultad social.

18. Programa de prevención de la marginación, inserción ypromoción social. La detección precoz de los problemas sociales.

19. Programa de cooperación social. Asociacionismo y parti-cipación ciudadana.

20. Las personas mayores. Aspectos físicos, psicológicos ysociales de la vejez. Consecuencias del envejecimiento.

21. Programas y prestaciones para personas mayores. Plan deMayores de la Comunidad de Madrid.

22. Ayuda a domicilio. Concepto. Objetivos. Modalidades. Sis-temas organizativos.

23. Discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales. Aspectos físi-cos, psíquicos, sociales y legales.

24. Programas y prestaciones para discapacitados. Plan deAcción para Personas con Discapacidad de la Comunidad deMadrid.

25. La Consejería de Inmigración y la Agencia Regional parala Inmigración y la Cooperación. Estructura y competencias.

26. La inmigración en España. Teorías explicativas. Marco jurí-dico. Competencias.

27. Políticas de integración con la población inmigrante. PlanRegional para la Inmigración de la Comunidad de Madrid. Con-ceptos. Características. Competencias. Principales programas deactuación.

28. La intervención social con la población inmigrante. Pro-cesos de acompañamiento. Sensibilización e interculturalidad.

29. Ex reclusos. Aspectos legales y de inserción social. ServiciosSociales penitenciarios.

30. Las personas sin hogar. Características. Programas de aten-ción a nivel regional y local. Prestaciones dirigidas a personas sinhogar. Coordinación de recursos.

31. Mujeres en situación de dificultad social. Programas yprestaciones.

32. Políticas de igualdad entre hombres y mujeres. Legislaciónaplicable contra la violencia de género.

33. La atención a la infancia y la adolescencia en la Comunidadde Madrid. Marco legislativo.

34. El Instituto Madrileño del Menor y la Familia. Organi-zación, funciones y competencias. El Defensor del Menor.

35. Adopción y acogimiento. Aspectos legales.36. Tutela y guarda. Aspectos legales. Consejos Locales de

Atención a la Infancia y la Adolescencia.37. Menores en conflicto social. Ley Orgánica 5/2000, de 12

de enero, Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores.Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Rein-serción del Menor Infractor.

38. Adolescencia y juventud. Aspectos psicológicos y sociales.Programas de atención a la juventud.

39. Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos. Organizacióny competencias. Marco jurídico.

40. La iniciativa social y los servicios sociales. Las organiza-ciones no gubernamentales y su papel en la acción social.

41. El voluntariado. Concepto. Marco legislativo. Plan Regio-nal de Voluntariado de la Comunidad de Madrid: Características,competencias y principales programas de actuación.

42. Marco legislativo de inspección, registro y autorizacionesde los centros y servicios de acción social.

43. Fondo Social Europeo: Programa operativo Objetivo 3. Ini-ciativa comunitaria EQUAL.

44. La cooperación internacional para el desarrollo en lasAdministraciones Públicas. Legislación estatal y autonómica. ElPlan General de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidadde Madrid.

45. La intervención de los Servicios Sociales en situacionesde urgencia y emergencia social.

46. Infravivienda como elemento de marginación. Instituto derealojamiento e inserción social.

47. El trabajo social dentro del trabajo educativo. Los Equiposde Orientación Educativa y Psicopedagógica (EOEP).

48. La Consejería de Sanidad y Consumo. Estructura y com-petencias. La Ley General de Sanidad.

49. La salud en la Comunidad de Madrid. Principales carac-terísticas.

50. La organización de los Servicios Sanitarios en la Comu-nidad de Madrid. Niveles asistenciales en las Áreas de Salud.

51. Organización de los Servicios de Salud Pública en la Comu-nidad de Madrid. Legislación. Competencias. Estructura.

52. Concepto de educación para la salud. Principales finali-dades y estrategias de intervención en educación para la salud.

53. El trabajo social en los programas de salud pública, pre-vención y promoción de la salud.

54. El trabajo social en la Atención Primaria de Salud y enAtención Especializada. Intervención social en los programas decontrol y seguimiento del VIH/SIDA.

55. El trabajo social en los programas de prevención y segui-miento del alcoholismo.

56. La salud mental en la Comunidad de Madrid. Organizacióny estructura. Funciones.

57. El trabajo social en salud mental. Programa de AtenciónSocial a Personas con Enfermedad Mental Crónica.

58. Drogodependencias. Plan Nacional sobre Drogas. AgenciaAntidroga de la Comunidad de Madrid: Estructura, competenciasy programas. Programas de reducción del daño.

59. Las necesidades sociales: Concepto, características y tipo-logía.

60. Planteamientos metodológicos actuales del trabajo social.61. Niveles de intervención del trabajo social: Individuo, grupo

y comunidad.62. Técnicas instrumentales y de intervención en el trabajo

social.63. Técnicas aplicables en el nivel individualizado y en el nivel

grupal de intervención.64. Técnicas aplicables en el nivel comunitario de intervención.65. Programación y planificación en trabajo social.66. Investigación social cuantitativa. Técnicas y aplicaciones

en trabajo social.67. Investigación social cualitativa. Técnicas y aplicaciones en

trabajo social.68. Evaluación de programas y proyectos de servicios sociales.

Objetivos y metodología.69. La documentación como instrumento del trabajo social.

Nuevas tecnologías de la información aplicadas al trabajo social.70. El trabajo social en equipo. Trabajo social y otras pro-

fesiones. Papel del educador social, psicólogo, sociólogo, pedagogo,mediador social, abogado, en los servicios sociales.

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Comunidad de Madrid

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ANEXO II

Fecha registro de entrada

SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS (Lea las instrucciones al dorso, antes de cumplimentarla)

1. DATOS PERSONALES

1.er Apellido 2.o

Nombre NIF

Nacionalidad (según convocatoria) Sí No Edad (según convocatoria) Sí No

Dirección

Municipio

Provincia

N.o Piso Puerta

Teléfono

Código postal

2. DATOS DE LA CONVOCATORIA

Orden de convocatoria n.o Publicación en el BOCM

Código de Cuerpo/Escala, categoría y/o especialidad Descripción

3. TURNO DE ACCESO Libre Promoción interna Discapacidad Solicita adaptación

4. TÍTULO ACADÉMICO

¿Posee el título exigido en la convocatoria?

¿Posee la experiencia sustitutoria de la titulación exigida en la convocatoria?

Sí No

Sí No

El abajo firmante declara que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud, y que reúne los requisitos exigidosen la convocatoria para el ingreso en el Cuerpo o Categoría al que aspira, comprometiéndose a probar los datos que figuran enel presente escrito.

Madrid, a .................... de ....................................................................................... de ..........................

(FIRMA)

5. JUSTIFICACIÓN DEL INGRESO DE LAS TASAS POR DERECHOS DE EXAMEN PARA LA SELECCIÓNDE PERSONAL AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID EPÍGRAFE 17.1. TARIFA: 171.1

Cta. “Caja Madrid”, 2038 0626 6000027959Sello y firma de la entidad financiera donde se efectúa el ingresoCENTRO GESTOR: Consejería de Hacienda Importe , euros

Los datos que se recogen se tratarán informáticamente, o se archivarán con el consentimiento del ciudadano, quien tiene derecho a decidir quién puedetener sus datos, para qué los usa, solicitar que los mismos sean exactos y que se utilicen para el fin que se recogen, con las excepciones contempladas en la legislaciónvigente. Para cualquier cuestión sobre esta materia puede dirigirse al teléfono de información 012.

Si usted considera que el presente modelo no está claro o puede mejorarse, le rogamos dirija por escrito sus sugerencias a la Oficina de Atención alCiudadano de la Comunidad de Madrid, plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3, 28003 Madrid, o a través de Internet: www.madrid.org

DESTINATARIO EXCMO. SR. CONSEJERO DE DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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INSTRUCCIONES

1) Se utilizará letra mayúscula o de imprenta.

2) Datos personales: Apellidos y Nombre, NIF, Nacionalidad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria,en caso contrario marcará NO), Edad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcaráNO), Dirección, Municipio, Teléfono, Provincia, Código Postal.

Deberán cumplimentarse la totalidad de los datos requeridos en la convocatoria (datos personales, datos de la convocatoria,turno de acceso, título académico exigido o experiencia sustitutoria, en su caso, justificación del ingreso de las tasas porderechos de examen y firma de la solicitud). Su ausencia dará lugar a la exclusión provisional del proceso selectivo.

3) Datos de la convocatoria: Deberá incluirse el número de orden de la convocatoria que consta en el BOCM, la fecha depublicación en el BOCM y, en todo caso, el código del Cuerpo/Escala o Categoría que figura en la base correspondientede cada convocatoria.

4) Turnos de acceso: Los aspirantes deberán optar sólo por uno de los turnos posibles de la convocatoria.

Si se accede por el turno de promoción interna o discapacidad, el aspirante deberá acompañar a la solicitud la documentaciónque, en su caso, se indique en la convocatoria.

5) Título académico: Se deberá indicar si se posee el título exigido en la convocatoria. El apartado de la experiencia sustitutoriade la titulación solo deberá rellenarse cuando el aspirante no posea la titulación académica exigida en la convocatoriapero sí la experiencia sustitutoria en aquellos supuestos en que así se prevea dicha posibilidad.

6) Importe a ingresar: Se hará constar la cantidad ingresada en concepto de tasas.

7) Justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen: Se exigirá a las sucursales de “Caja Madrid” el sello confecha y el visado del empleado de dicha sucursal o impresión de validación mecánica. También deberá constar la cantidadingresada en concepto de tasas.

8) Destinatario: Se hará constar el Cargo/Órgano y Consejería de la Comunidad de Madrid a la que se dirige la instancia.

9) Lugares de entrega de las solicitudes dentro del plazo de presentación de instancias establecido en la convocatoria. Podránpresentarse:

a) En cualquiera de las oficinas de “Caja Madrid”, en el momento de efectuar el pago.b) También, una vez efectuado el pago en la cuenta de “Caja Madrid” que consta en el anverso de esta instancia, en

el Registro General de la Comunidad de Madrid, en los registros de cualquiera de las Consejerías y en los lugaresestablecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

ANEXO III

DIRECCIONES DE LOS REGISTROS

Consejería Dirección

Registro General de laComunidad de Madrid

Plaza del Descubridor Diego de Ordás,número 3.

Vicepresidencia Primeray P o r t a v o c í a d e lGobierno

Calle Carretas, número 4.

Vicepresidencia Segunday Consejería de Justiciae Interior

Gran Vía, número 18.

Presidencia Calle Carretas, numero 4.Hacienda Plaza de Chamberí, número 8.Empleo y Mujer Calle Santa Hortensia, número 30.Economía e Innovación

TecnológicaCalle Príncipe de Vergara, número 132.

Transportes e Infraes-tructuras

Calle Maudes, número 17.

Sanidad y Consumo Calle Aduana, número 29.Familia y Asuntos Sociales Calle Alcalá, número 63.Cultura y Deportes Calle Caballero de Gracia, número 32.Educación Gran Vía, número 3.Medio Ambiente y Orde-

nación del TerritorioCalle Princesa, número 3.

(01/1.002/06)

Consejería de Hacienda

1453 ORDEN de 10 de abril de 2006, de la Consejera de Hacien-da, por la que se aprueba convocatoria pública para laprovisión de puestos de trabajo por el sistema de Libre Desig-nación (artículo 55) en la Consejería de Hacienda.

El artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, Reguladorade la Función Pública de la Comunidad de Madrid, en relacióncon el artículo 17 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidaspara la Reforma de la Función Pública, que ostenta el carácterde bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos, prevéla posibilidad de efectuar convocatoria pública para la provisiónde puestos de trabajo abiertos a otras Administraciones.

Existiendo un puesto de trabajo vacante reservado a funcio-narios, y siendo necesario proceder a su inmediata provisión, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 1/1986,de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

Atendiendo a la propuesta cursada a tal efecto por la Consejeríade Hacienda, y teniendo en cuenta que las necesidades del servicioasí lo aconsejan,

DISPONGO

Primero

Convocar, de conformidad con el procedimiento establecido enel artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, los puestos detrabajo reservados a personal funcionario que se incluyen dentrodel correspondiente Anexo, mediante el sistema de provisión queen el mismo se determina en la Consejería que igualmente seindica.

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Segundo

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a suorganización y desarrollo, por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2de agosto; en la Ley 1/1986, de 10 de abril; en la Orden 923/1989,de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), en laOrden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de sep-tiembre), y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Tercero

Podrán participar en este proceso los funcionarios propios dela comunidad de Madrid y aquellos que, procedentes de otrasAdministraciones Públicas y de acuerdo con lo que establezca larelación de puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria,se encuentren incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 17de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reformade la Función Pública.

Cuarto

De conformidad con lo establecido en el artículo 2.o, base segun-da, de la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), de la Consejeríade Hacienda, las solicitudes para tomar parte en esta convocatoriase dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Consejería deHacienda, y se presentarán en el plazo de quince días hábilesa contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria,en el Registro de dicha Consejería o en la forma establecida enel artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

Quinto

Los modelos de solicitud para provisión de puestos de trabajoe historial académico y profesional serán los regulados en laOrden 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 deagosto).

Sin perjuicio de lo anterior, los funcionarios de otras Admi-nistraciones Públicas que participen en la presente convocatoria

deberán presentar el modelo que figura como Anexo III, “Cer-tificado de Registro de Personal”, debidamente cumplimentadoy firmado por el titular del órgano encargado del Registro dePersonal de su Administración de origen.

Aquellos funcionarios de otras Administraciones Públicas quese encuentren ocupando un puesto de trabajo de forma provisionalen la Comunidad de Madrid en el momento de aprobarse la pre-sente convocatoria deberán presentar, además del Anexo III, elCertificado de Registro de Personal señalado en el párrafo primerode este apartado.

Sexto

Los funcionarios seleccionados para la cobertura de los puestosde trabajo de esta convocatoria que procedan de otra Adminis-tración, no adquirirán la condición de funcionarios de la Comu-nidad de Madrid, pero se integrarán en la Administración de estaen la forma prevista en el artículo 55, párrafo segundo, de laLey 1/1986, de 10 de abril, sin perjuicio de que, a efectos de pro-visión, hayan de tenerse en cuenta las especificaciones que a esterespecto contenga la relación de puestos de trabajo.

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contrala misma podrá interponerse con carácter potestativo recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano quela ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-adminis-trativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Con-tencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partirdel día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recursoque se estime procedente interponer. Todo ello conforme a lodispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998,de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Dada en Madrid, a 10 de abril de 2006.

La Consejera de Hacienda,PD (Acuerdo del Consejo de Gobierno

de 15 de noviembre de 2001,BOCM de 16 de noviembre de 2001),

ENGRACIA HIDALGO TENA

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIAPARA LIBRE DESIGNACIÓN (ARTÍCULO 55) EN LA CONSEJERÍA DE HACIENDA

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ANEXO III

CERTIFICADO DE REGISTRO DE PERSONAL

D/D.a .............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

Cargo ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

CERTIFICO: Que según los antecedentes obrantes en este Registro de Personal, el funcionario abajo indicado tiene acreditadoslos siguientes extremos:

1. DATOS PERSONALES

Apellidos y nombre: DNI:

Cuerpo o Escala: Grupo: NRP:

Administración de origen: Fecha de toma de posesión:

2. SITUACIÓN ADMINISTRATIVA

� Servicio activo � Servicios Especiales � Servicios CC AAFecha traslado:

� Suspensión firme de funciones:Fecha terminación período:

� Ex. Voluntaria (artículo 29.3 Ap. , Ley 30/1984)Fecha de cese servicio activo:

� Excedencia para el cuidado de hijos (artículo 29.4, Ley 30/1984):Toma de posesión último destino definitivo:Fecha cese servicio activo:

3. DESTINO

3.1. Destino actual:

ADMINISTRACIÓN (2)(ESTADO, AUTONÓMICA O LOCAL) DENOMINACIÓN NCD OCUP. (1)

FECHAINICIO

3.2. Destinos anteriores:

ADMINISTRACIÓN (2)(ESTADO, AUTONÓMICA O LOCAL) DENOMINACIÓN NCD OCUP. (1)

FECHAINICIO

FECHAFINAL

(1) Debe hacerse constar si el puesto ha sido ocupado como Titular (T) o como Provisional (P).(2) Debe hacerse constar la denominación del Ministerio, Consejería o Administración Local.

4. GRADO

4.1. Grado Personal Consolidado: Fecha Consolidación:

5. ANTIGÜEDAD

5.1. Antigüedad: Tiempo de servicios reconocidos en la Administración del Estado, Autonómica o Local hasta la fecha depublicación de la convocatoria:

ADMINISTRACIÓN CUERPO O ESCALA GRUPO AÑOS MESES DÍAS

Total años de servicio ....................................

CERTIFICACIÓN que expido a petición del interesado y para que surta efecto en el proceso convocado por Orden de la

Consejera de Hacienda de la Comunidad de Madrid de 10 de abril de 2006 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

del día 24 de abril de 2006).

......................................................................................................................., a ................. de .................................................................... de ..................................

(FIRMA)

(03/10.142/06)

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Consejería de Economía e Innovación Tecnológica

1454 CORRECCIÓN de errores de la Orden 892/2006, de 4 deabril, de la Consejería de Economía e Innovación Tecno-lógica, por la que se resuelve la Orden 320/2006, de 7 defebrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 16 de febrero de 2006), por la que se convocaba unpuesto de trabajo mediante el sistema de Libre Designaciónen la referida Consejería.

Apreciado error tipográfico en la publicación de la citada Orden,BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 92,correspondiente al día 19 de abril de 2006, página 13 (númerode inserción 03/9.568/06), se procede a su corrección en los siguien-tes términos:

En el Anexo:Donde dice: “Puesto de trabajo: 37282”.Debe decir: “Puesto de trabajo: 37382”.

(03/10.456/06)

Consejería de Educación

1455 ORDEN 1643/2006, de 24 de marzo, de la Consejería deEducación, por la que se convoca un puesto de trabajopara su provisión por el sistema de Libre Designación enla Consejería de Educación.

Existiendo un puesto de trabajo vacante en la Consejería deEducación y siendo necesario proceder a su inmediata provisión,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 1/1986,de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión del puesto de trabajoque se incluye dentro del correspondiente Anexo, mediante elsistema de Libre Designación.

Segundo

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a suorganización y desarrollo por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de laComunidad de Madrid, en la Orden 923/1989, de 20 de abril (BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril),de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las basesgenerales que han de regir en las convocatorias para la provisiónde puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Desig-

nación en la Orden 2094/1990, de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre), de la Con-sejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general queha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen paralos concursos de provisión de puestos de trabajo y en el RealDecreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Regla-mento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Admi-nistración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajoy Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Admi-nistración General del Estado.

TerceroLos participantes deberán reunir los requisitos indispensables

para el desempeño de los puestos de trabajo que soliciten, deacuerdo con las circunstancias y condiciones que para los mismosfiguren en la relación de puestos de trabajo en cuanto a Admi-nistración de pertenencia, Grupo de titulación, Cuerpo, Escala,especialidad funcionarial y titulación exigida en su caso.

CuartoDe conformidad con lo establecido en la base sexta de la

Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID de 27 de abril), las solicitudes para tomarparte en esta convocatoria se dirigirán a la Secretaría GeneralTécnica de la Consejería de Educación y se presentarán en elplazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publi-cación de la convocatoria, en el Registro de dicha Consejería oen la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

QuintoLos modelos de solicitud para provisión de puestos de trabajo

e historial académico y profesional serán los regulados en laOrden 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 deagosto).

SextoContra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,

los interesados podrán interponer con carácter potestativo recursode reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Edu-cación, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo,en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir deldía siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

Dada en Madrid, a 24 de marzo de 2006.—El Consejero deEducación, PD (Orden 37/2002, de 14 de enero, del Consejerode Educación), el Secretario General Técnico, Gerardo RavassaCheca.

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA PARA LIBRE DESIGNACIÓNEN LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

(03/9.400/06)

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Consejería de Sanidad y Consumo

1456 DECRETO 33/2006, de 20 de abril, del Consejo de Gobier-no, por el que se cesa a doña María del Carmen PlataEsteban como Directora General de la Agencia “Pedro LaínEntralgo” para la Formación, Investigación y Estudios Sani-tarios de la Comunidad de Madrid.

El artículo 131.1.b) de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, deOrdenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, determina queel nombramiento y cese de la Directora General de la Agencia“Pedro Laín Entralgo” para la Formación, Investigación y EstudiosSanitarios de la Comunidad de Madrid, deberá acordarse por elConsejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Sanidad yConsumo, oído el Consejo de Administración.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 21.m) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno yAdministración de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Con-sejero de Sanidad y Consumo, oído el Consejo de Administraciónde la Agencia “Pedro Laín Entralgo” para la Formación, Inves-tigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid, elConsejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 20de abril de 2006,

DISPONE

Cesar, a petición propia por cambio de destino, a doña Maríadel Carmen Plata Esteban como Directora General de la Agencia“Pedro Laín Entralgo” para la Formación, Investigación y EstudiosSanitarios de la Comunidad de Madrid, agradeciéndole los serviciosprestados.

Dado en Madrid, a 20 de abril de 2006.

El Consejero de Sanidad y Consumo,MANUEL LAMELA FERNÁNDEZ

La Presidenta,ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA

(03/10.476/06)

Consejería de Sanidad y Consumo

1457 DECRETO 34/2006, de 20 de abril, del Consejo de Gobier-no, por el que se nombra a don Andrés Castro Bande comoDirector General de la Agencia “Pedro Laín Entralgo” parala Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de laComunidad de Madrid.

El artículo 131.1.b) de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, deOrdenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, determina queel nombramiento y cese del Director General de la Agencia “PedroLaín Entralgo” para la Formación, Investigación y Estudios Sani-tarios de la Comunidad de Madrid, deberá acordarse por el Consejode Gobierno, a propuesta del Consejero de Sanidad y Consumo,oído el Consejo de Administración.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 21.m) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno yAdministración de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Con-sejero de Sanidad y Consumo, oído el Consejo de Administraciónde la Agencia “Pedro Laín Entralgo” para la Formación, Inves-tigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid, elConsejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 20de abril de 2006,

DISPONE

Nombrar a don Andrés Castro Bande como Director Generalde la Agencia “Pedro Laín Entralgo” para la Formación, Inves-tigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid.

Dado en Madrid, a 20 de abril de 2006.

El Consejero de Sanidad y Consumo,MANUEL LAMELA FERNÁNDEZ

La Presidenta,ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA

(03/10.477/06)

Universidad de Alcalá

1458 RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2006, de la Universidadde Alcalá, por la que se procede al nombramiento comofuncionarios de carrera de la Escala Auxiliar Administrativade esta Universidad.

Este Rectorado, de conformidad con lo establecido en el ar-tículo 150.2 de los Estatutos de la Universidad de Alcalá, aprobadospor Decreto 221/2003, de 23 de octubre, del Consejo de Gobiernode la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID de 31 de octubre), y en el artículo 25 delReal Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

HA RESUELTO

Primero

Nombrar funcionarios de carrera de la Escala Auxiliar Admi-nistrativa de esta Universidad a los aspirantes que han superadolas pruebas selectivas convocadas por Resolución de 23 de diciem-bre de 2004 (“Boletín Oficial del Estado” de 20 de enero de 2005),incluidos en el Anexo, con expresión del destino que se adjudica.

Segundo

Para adquirir la condición de funcionarios de carrera deberánprestar juramento o promesa, de conformidad con lo establecidoen el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Tercero

Al tomar posesión los nuevos funcionarios, deberán realizar ladeclaración a que se refiere el artículo 13 del Real Decreto 598/1985o la opción o solicitud de compatibilidad contempladas en el ar-tículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompa-tibilidades del Personal al Servicio de la Administración Pública.

Cuarto

La toma de posesión deberá efectuarse en el plazo de un mes,contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presenteResolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID. Para ello, los interesados deberán personarse en el Servi-cio de PAS y Gestión Económica Recursos Humanos de la Uni-versidad de Alcalá, plaza San Diego, sin número, de Alcalá deHenares.

Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ellacabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo dedos meses desde el día siguiente a su notificación ante los Juzgadosde lo Contencioso-Administrativo de Madrid. Sin perjuicio de loanterior, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativa-mente en reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes.En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-admi-nistrativo hasta que no sea resuelto expresamente o se haya pro-ducido la desestimación presunta del recurso de reposicióninterpuesto.

Alcalá de Henares, a 21 de marzo de 2006.—El Rector, PD(Resolución del Rectorado de 1 de noviembre de 2003, BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de enero de 2004),el Gerente, Daniel Sotelsek Salem.

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ANEXO

ESCALA AUXILIAR ADMINISTRATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

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(02/4.539/06)

C) Otras Disposiciones

Vicepresidencia Segunday Consejería de Justicia e Interior

1459 ORDEN de 3 de abril de 2006, del Vicepresidente Segundoy Consejero de Justicia e Interior, por la que se crean losficheros de datos de carácter personal “Empleados Con-sejería”, “Control Acceso Sede Consejería”, “Control AccesoSede Vicepresidencia Segunda” y “Control Horario”, ads-critos a esta Vicepresidencia Segunda.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de CarácterPersonal en la Comunidad de Madrid, establece que la aprobaciónde disposiciones de carácter general por las que se creen, modi-fiquen o supriman los ficheros de carácter personal incluidos enel ámbito de aplicación de la referida Ley, serán objeto de apro-bación mediante Orden del Consejero respectivo cuando afectenal ámbito de la Comunidad de Madrid. No obstante, en los Entesdotados de especial autonomía o independencia de la Adminis-tración de la Comunidad de Madrid, esa competencia correspon-derá a estos.

Por la presente Orden se crean los ficheros de “EmpleadosConsejería”, “Control Acceso Sede Consejería”, “Control AccesoSede Vicepresidencia Segunda” y “Control Horario”, adscritos a

la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia Segunda yConsejería de Justicia e Interior para el tratamiento de los datospersonales, respectivamente, de los empleados públicos de Admi-nistración General de la Consejería; de los ciudadanos que accedena las dependencias de la sede donde se encuentra ubicada la Con-sejería de Justicia e Interior; de los ciudadanos que acceden alas dependencias de la sede donde se encuentra ubicada la Vice-presidencia Segunda, y del control horario de los empleados públi-cos de Administración General de la Consejería.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, resulta necesarioproceder a la creación de un fichero manual estructurado de datosde carácter personal constituido por el conjunto de datos y docu-mentos necesarios para la gestión del personal de AdministraciónGeneral de la Consejería; otro, constituido por el conjunto dedatos de las personas que visitan o acceden a las dependenciasde la sede donde se encuentra ubicada la Consejería de Justiciae Interior, el horario en que se ha producido la visita y la depen-dencia visitada; un tercero, constituido por el conjunto de datosde las personas que visitan o acceden a las dependencias de lasede donde se encuentra ubicada la Vicepresidencia Segunda, elhorario en que se ha producido la visita y la dependencia visitada,y un cuarto, constituido por el conjunto de datos y documentosnecesarios para la gestión del control de horario del personal deAdministración General de la Consejería.

La creación de estos ficheros se ajusta a los términos y con-diciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protecciónde Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid; en

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el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimientode elaboración de disposiciones de carácter general de creación,modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carác-ter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficherosde Datos Personales, y en el Real Decreto 994/1999, de 11 dejunio, por el que se aprueba el Reglamento de Medida de Seguridadde los ficheros automatizados que contengan datos de carácterpersonal.

La presente Orden ha sido sometida al preceptivo informe dela Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Por todo ello, de conformidad con el artículo 4 de la Ley 8/2001,de 13 de julio,

DISPONGO

Artículo único

1. Se crean los ficheros de datos de carácter personal “Em-pleados Consejería”, “Control Acceso Sede Consejería”, “ControlAcceso Sede Vicepresidencia Segunda” y “Control Horario”, quese regula en el Anexo de la presente Orden, en los términos ycondiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protecciónde Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.

2. En relación con las medidas de seguridad para la protecciónde los datos personales contenidos en los ficheros que se crean,se dará cumplimiento, en los términos que se establecen en laregularización efectuada en Anexo citado, a lo previsto por elReal Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se apruebael Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros auto-mátizados que contengan datos de carácter personal.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 3 de abril de 2006.

El Vicepresidente Segundoy Consejero de Justicia e Interior,

ALFREDO PRADA PRESA

ANEXO I

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: EMPLEADOS CONSEJERÍA.1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del

fichero: Consejería de Justicia e Interior, Secretaría GeneralTécnica.

2. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitarlos derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Sub-dirección General de Personal.

3. Nombre y descripción del fichero que se crea: EMPLEA-DOS CONSEJERÍA. CONTIENE LOS DATOS Y DOCUMEN-TACIÓN NECESARIA PARA LA GESTIÓN DE PERSONALDE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA CONSEJERÍA.

4. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero:Manual estructurado.

7. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán enel fichero:

— Datos especialmente protegidos: Afiliación sindical.— otros datos especialmente protegidos: Salud, 40, 1998, des-

cuento IRPF.— Datos relativos a la comisión de infracciones: Infracciones

penales, infracciones administrativas, 1, 1986, Ley de la Fun-ción Pública de la Comunidad de Madrid.

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, número de Segu-ridad Social/mutualidad, nombre y apellidos, dirección (pos-tal, electrónica), teléfono, firma/huella, número de registropersonal.

— Datos característicos personales: Estado civil, datos de fami-lia, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, edad, sexo,nacionalidad.

— Datos académicos y profesionales: Formación y titulaciones,experiencia profesional.

— Datos de detalle del empleo: Cuerpo/Escala, Categoría/gra-do, puestos de trabajo, historial del trabajador.

— Datos económico-financieros y de seguros: Créditos/présta-mos/avales, datos bancarios, datos económicos de nómina,impuestos.

8. Descripción detallada de finalidad del fichero y usos pre-vistos del mismo: ARCHIVAR LA DOCUMENTACIÓN NECE-SARIA PARA LA GESTIÓN DEL PERSONAL DE LA CON-SEJERÍA.

9. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtenerdatos o que resulten obligados a suministrarlos: PERSONAL DEADMINISTRACIÓN GENERAL ADSCRITO A LA CONSE-JERÍA DE JUSTICIA E INTERIOR.

10. Procedencia o procedimiento de recogida de datos:— Procedencia de los datos: El propio interesado o su repre-

sentante legal, Administraciones Públicas.— Procedimiento de recogida: Formularios o cupones.11. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas,

indicando de forma expresa las que constituyan transferenciasinternacionales:

— No se prevén cesiones.

Fichero: CONTROL ACCESO SEDE CONSEJERÍA.1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del

fichero: Consejería de Justicia e Interior, Secretaría GeneralTécnica.

2. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitarlos derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposi-ción: Servicio de Gestión Presupuestaria y Asuntos Generales.

3. Nombre y descripción del fichero que se crea: CONTROLACCESO SEDE CONSEJERÍA. CONTIENE LOS DATOS DELAS PERSONAS QUE ACCEDEN A LAS DEPENDENCIASDE LA SEDE DONDE SE ENCUENTRA UBICADA LACONSEJERÍA.

4. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero:Informatizado.

5. Sistema de información al que pertenece el fichero: CON-TROL ACCESO CONSEJERÍA.

6. Medidas de seguridad que se aplican: Básico.7. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en

el fichero:— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y ape-

llidos.— Datos de detalle del empleo: Otros, persona objeto de la

visita.8. Descripción detallada de finalidad del fichero y usos pre-

vistos del mismo: CONOCER LA IDENTIDAD DE LAS PER-SONAS QUE VISITAN O ACCEDEN A LAS DEPENDENCIASDE LA CONSEJERÍA, EL HORARIO EN EL QUE SE HAPRODUCIDO LA VISITA Y LA DEPENDENCIA VISITADA.

9. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtenerdatos o que resulten obligados a suministrarlos: TODAS LAS PER-SONAS QUE ACCEDEN A LAS DEPENDENCIAS DE LACONSEJERÍA.

10. Procedencia o procedimiento de recogida de datos:— Procedencia de los datos: El propio interesado o su repre-

sentante legal.— Procedimiento de recogida: Otros, presentación documento

nacional de identidad/documentos acreditativos de identidad.11. Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas,

indicando de forma expresa las que constituyan transferenciasinternacionales:

— No se prevén cesiones.

Fichero: CONTROL ACCESO VICEPRESIDENCIA SEGUN-DA.

1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable delfichero: Consejería de Justicia e Interior, Secretaría GeneralTécnica.

2. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitarlos derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposi-ción: Servicio de Gestión Presupuestaria y Asuntos Generales.

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3. Nombre y descripción del fichero que se crea: CONTROLACCESO VICEPRESIDENCIA SEGUNDA. CONTIENE LOSDATOS DE LAS PERSONAS QUE ACCEDEN A LAS DEPEN-DENCIAS DE LA SEDE DONDE SE ENCUENTRA UBICADALA VICEPRESIDENCIA SEGUNDA.

4. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero:Informatizado.

5. Sistema de información al que pertenece el fichero: CON-TROL ACCESO VICEPRESIDENCIA SEGUNDA.

6. Medidas de seguridad que se aplican: Básico.7. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en

el fichero:— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y ape-

llidos.— Datos de detalle del empleo: Otros, persona objeto de la

visita.8. Descripción detallada de finalidad del fichero y usos pre-

vistos del mismo: CONOCER LA IDENTIDAD DE LAS PER-SONAS QUE VISITAN O ACCEDEN A LAS DEPENDENCIASDE LA VICEPRESIDENCIA, EL HORARIO EN EL QUE SEHA PRODUCIDO LA VISITA Y LA DEPENDENCIA VISI-TADA.

9. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtenerdatos o que resulten obligados a suministrarlos: TODAS LAS PER-SONAS QUE ACCEDEN A LAS DEPENDENCIAS DE LAVICEPRESIDENCIA.

10. Procedencia o procedimiento de recogida de datos:— Procedencia de los datos: El propio interesado o su repre-

sentante legal.— Procedimiento de recogida: Otros, presentación documento

nacional de identidad/documentos acreditativos de identidad.11. Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas,

indicando de forma expresa las que constituyan transferenciasinternacionales:

— No se prevén cesiones.

Fichero: CONTROL HORARIO.1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del

fichero: Consejería de Justicia e Interior, Secretaría GeneralTécnica.

2. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitarlos derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Sub-dirección General de Personal.

3. Nombre y descripción del fichero que se crea: CONTROLHORARIO. GESTIÓN DEL CONTROL HORARIO DEL PER-SONAL DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA CON-SEJERÍA.

4. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero:Informatizado.

5. Sistema de información al que pertenece el fichero: CON-TROL HORARIO.

6. Medidas de seguridad que se aplican: Básico.7. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en

el fichero:— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y ape-

llidos, número de registro personal.8. Descripción detallada de finalidad del fichero y usos pre-

vistos del mismo: GESTIÓN DEL CONTROL HORARIO DELPERSONAL DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LACONSEJERÍA.

9. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtenerdatos o que resulten obligados a suministrarlos: PERSONAL DEADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA CONSEJERÍA.

10. Procedencia o procedimiento de recogida de datos:— Procedencia de los datos: El propio interesado o su repre-

sentante legal.— Procedimiento de recogida: Formularios o cupones, otros,

lector de tarjeta.11. Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas,

indicando de forma expresa las que constituyan transferenciasinternacionales:

— No se prevén cesiones.(03/9.235/06)

Consejería de Economía e Innovación Tecnológica

1460 CORRECCIÓN de errores de la Orden 858/2006, de 31de marzo, de la Consejería de Economía e Innovación Tec-nológica, por la que se efectúa la convocatoria correspon-diente al año 2006, de pruebas para la obtención de lahabilitación como Guía de Turismo de la Comunidad deMadrid.

Apreciado error tipográfico en la publicación de la citada Orden,BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 92,correspondiente al día 19 de abril de 2006, páginas 21 a 26 (númerode inserción 03/9.237/06), se procede a su corrección en los siguien-tes términos:

En la página 24, Anexo I, en el recuadro “Documentos quese adjuntan”, en las líneas primera, segunda y cuarta se debe eli-minar la palabra “compulsada”.

(03/10.457/06)

Consejería de Economía e Innovación Tecnológica

1461 RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2006, del Director Generalde Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se sometea información pública el proyecto de duplicación de la cal-zada de la carretera M-503, en cuanto a su cruce con lasvías pecuarias “Vereda de San Antón”, “Cordel Segoviano”y “Cordel de la Espernada”.

Se ha recibido en esta Dirección General, remitido por la Direc-ción General de Carreteras, de la Consejería de Transportes eInfraestructuras de esta Comunidad Autónoma, solicitud de auto-rización de cruce de las vías pecuarias “Vereda de San Antón”,“Cordel Segoviano” y “Cordel de la Espernada” por la carrete-ra M-503, en su tramo entre las carreteras M-50 y M-600, cuyotrazado se proyecta duplicar.

Estos cruces de vías pecuarias están proyectados en los términosmunicipales de Majadahonda, Valdemorillo y Villanueva delPardillo.

Por ello, en cumplimiento del punto 3 del artículo 28 de laLey 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad deMadrid, y conforme a la letra del artículo 86 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y de Procedimiento Administrativo Común,

RESUELVO

Someter a un período de información pública de un mes, apartir del día siguiente a la publicación de la presente resolución,el proyecto de cruce de la duplicación de la calzada de la carre-tera M-503 entre las carreteras M-50 y 600, sobre las vías pecuarias“Vereda de San Antón”, “Cordel Segoviano” y “Cordel de la Espe-ranza”, a su paso por los municipios de Majadahonda, Valdemorilloy Villanueva del Pardillo.

A estos efectos, el expediente, de referencia VPa CARR 25/2006,podrá examinar en las dependencias de la Dirección General deAgricultura y Desarrollo Rural, sita en Madrid, en la ronda deAtocha, número 17, primera planta, en horario de nueve a catorcehoras, de lunes a viernes.

Madrid, a 3 de marzo de 2006.—El Director General de Agri-cultura y Desarrollo Rural, Luis Sánchez Álvarez.

(03/9.361/06)

Consejería de Economía e Innovación TecnológicaINSTITUTO MADRILEÑO DE DESARROLLO (IMADE)

1462 RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2006, del Director-Gerente del Instituto Madrileño del Desarrollo, por la quese publican las subvenciones concedidas durante el cuartotrimestre del año 2005.

El artículo 7.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvencionesde la Comunidad de Madrid, establece que las entidades con-

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cedentes publicarán trimestralmente en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID, las subvenciones concedidas en cadaperíodo con expresión de la entidad beneficiaria, cantidad con-cedida y finalidad de la subvención.

De conformidad con lo expuesto se procede a publicar las ayudasconcedidas por el Instituto Madrileño de Desarrollo durante elcuarto trimestre de 2005, al amparo de las siguientes Órdenesreguladoras:

— Orden 4836/2001, de 21 de junio, por la que se establece elrégimen de ayudas y el sistema de gestión del Plan de Com-petitividad de la Pequeña y Mediana Empresa (Pyme) enla Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID de 26 de junio de 2001).

— Orden 16/2002, de 3 de enero, de la Consejería de Economíae Innovación Tecnológica, por la que se regula el Plan deInnovación Empresarial de la Comunidad de Madrid, en el

período 2002-2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 10 de enero de 2002).

— Orden 5135/2004, de 1 de junio, de la Consejería de Eco-nomía e Innovación Tecnológica, por la que se regula elPrograma de Reactivación Empresarial de la Comunidad deMadrid (PRECOMA 2004), en el período 2004-2005 (BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 dejunio de 2004).

— Orden 486/2002, de 8 de febrero, de la Consejería de Eco-nomía e Innovación Tecnológica, por la que se regulan lasayudas a las Pequeñas y Medianas Empresas de la Comu-nidad de Madrid para su Internacionalización, en el perío-do 2002-2003 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 15 de febrero de 2002).

Madrid, a 13 de enero de 2006.—El Gerente del Instituto Madri-leño de Desarrollo, Aurelio García de Sola y Arriaga.

Orden 4386/2001, de 21 de junio, por la que se establece el régimen de ayudas y el sistema de gestión del Plan de Competitividadde la Pequeña y Mediana Empresa (Pyme) en la Comunidad de Madrid, en el período 2001-2006 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 26 de junio de 2001).

CUARTO TRIMESTRE 2005

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Orden 16/2002, de 3 de enero, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se regula el Plan deInnovación Empresarial de la Comunidad de Madrid, en el período 2002-2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 10 de enero de 2002).

CUARTO TRIMESTRE DE 2005

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Orden 5135/2004, de 1 de junio, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se regula el Programade Reactivación Empresarial de la Comunidad de Madrid (PRECOMA-2004) en el período 2004-2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 22 de junio de 2004).

CUARTO TRIMESTRE DE 2005

Orden 486/2002, de 8 de febrero, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se regulan las ayudasa las Pequeñas y Medianas Empresas de la Comunidad de Madrid para su Internacionalización, en el período 2002-2003 (BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de febrero de 2002).

CUARTO TRIMESTRE DE 2005

(03/9.228/06)

Consejería de Educación

1463 ORDEN 1479/2006, de 16 de marzo, por la que se convocapara el año 2006 los Premios “Aurelio Blanco” para alum-nos de Escuelas de Arte, cuya titularidad corresponde ala Comunidad de Madrid.

La convocatoria de estos premios tiene su origen en el legadoque don Aurelio Blanco Castro aporta a la Consejería de Educacióndestinado a las Escuelas de Arte.

La Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid tieneentre sus objetivos educativos alcanzar la mayor calidad de lasenseñanzas artísticas, así como el logro del nivel de formaciónque posibilite a los estudiantes de los centros públicos ubicadosen la Comunidad de Madrid la competencia profesional al másalto nivel. Para ello, se considera importante fomentar la rea-lización de proyectos en las distintas especialidades de las Escuelasde Arte.

Dada la especificidad de las materias artísticas y la diversidadde opciones formativas se considera como vía adecuada la con-vocatoria de premios destinados a los proyectos de las distintasespecialidades que se imparten en las Escuelas de Arte de la Comu-nidad de Madrid.

La Orden 2805/2005, de 25 de mayo (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de junio), de carácter nomi-nativo, establece las bases reguladoras para las concesión de losPremios “Aurelio Blanco” para alumnos de Escuelas de Arte, cuyatitularidad corresponde a la Comunidad de Madrid y dispone ensu artículo 3.2 que en las respectivas convocatorias se fijarán lospremios económicos a percibir por los proyectos ganadores.

En cumplimiento de lo dispuesto en dicha norma y de con-formidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones, aplicable en aquellos preceptos queconstituyan legislación básica del Estado, así como en la Ley 2/1995,de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

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y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por lasdisposiciones vigentes,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

La presente Orden tiene por objeto convocar para el año 2006los ocho Premios “Aurelio Blanco” de la Comunidad de Madrid,dirigidos al alumnado de las Escuelas de Arte y de Conservacióny Restauración de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid.Para la obtención de dichos premios se valorarán los proyectospresentados por los alumnos de dichas Escuelas. El objetivo espotenciar y promocionar la calidad técnica y de contenidos deltrabajo de los alumnos de estos centros educativos de la Comunidadde Madrid.

Artículo 2

Premios y financiación

El presupuesto asignado para financiar la presente convocatoriaserá de 19.600 euros, con cargo a la Partida 48390 del Programa 506del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para elaño 2006.

Los proyectos ganadores serán perceptores de un premio eco-nómico de 2.450 euros cada uno de ellos, otorgados por la Con-sejería de Educación mediante el sistema de concurrencia com-petitiva. Los premios se harán efectivos en un solo plazo, previaconcesión mediante Orden de adjudicación del Consejero deEducación.

Artículo 3

Solicitudes, requerimientos y plazos

El plazo de presentación de solicitudes, según modelo adjuntoen Anexo I, y demás requerimientos de la convocatoria, exigidosen los artículos 17 y 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones, serán los que figuran en laOrden 2805/2005, de 25 de mayo, de la Consejería de Educación,

por la que se establecen las bases reguladoras para la concesiónde los Premios “Aurelio Blanco”.

Artículo 4

Recursos contra la convocatoria

La presente Orden pone fin a la vía administrativa, siendo sus-ceptible de recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de loContencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente alde su publicación. Cabe también contra ella recurso potestativode reposición, ante el Consejero de Educación, en el plazo deun mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdocon lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cuantos otrosrecursos estime oportuno interponer el interesado.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Se faculta a la Dirección General de Centros Docentes parainterpretar y resolver cuantas cuestiones surjan de la aplicaciónde la presente Orden, procediendo, si es preciso, a dictar y publicarlas instrucciones necesarias para su desarrollo y cumplimiento.

Segunda

Se autoriza a la Dirección General de Centros Docentes para,en su caso, organizar una exposición con los trabajos y proyectospremiados.

Tercera

La presente convocatoria entrará en vigor el día siguiente desu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

Madrid, a 16 de marzo de 2006.

El Consejero de Educación,LUIS PERAL GUERRA

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ANEXO I

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LOS PREMIOS “AURELIO BLANCO” DE LA COMUNIDAD DE MADRID

DATOS PERSONALES DEL/DE LA SOLICITANTE

Apellidos: ................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

Nombre: ............................................................................................................................................................................................ DNI/pasaporte: ............................................................................

Domicilio: ........................................................................................................................................................................................................................................................ CP: ..........................................

Localidad: ........................................................................................ Teléfono: ............................................................................ E-Mail: ........................................................................................

DATOS DEL CENTRO EDUCATIVO

Nombre: ....................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

Dirección: ................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

Localidad: ........................................................................................................................................................................................................................................................ CP: ..........................................

DATOS DEL PROYECTO

Título: .........................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

DATOS BANCARIOS DEL SOLICITANTE

BANCO SUCURSAL DC NÚMERO DE CUENTA BANCARIA

MANIFIESTA: Conocer y aceptar las bases de la convocatoria de los Premios “Aurelio Blanco” de la Comunidad de Madrid,y SOLICITA tomar parte en dicha convocatoria.

En ................................................................................, a ................. de .................................................................... de 2006

Los datos recogidos serán tratados con su consentimiento informado en los términos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos deCarácter Personal, y de conformidad a los principios dispuestos en la misma y en la Ley 8/2001, de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer el derecho de acceso,rectificación, cancelación y oposición ante el responsable del fichero.

Para cualquier cuestión relacionada con esta materia, o si tiene usted alguna sugerencia que permita mejorar este impreso, puede dirigirse al teléfono de informaciónadministrativa 012.

DESTINATARIO EXCMO. SR. CONSEJERO DE EDUCACIÓN

(03/9.435/06)

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Consejería de Medio Ambientey Ordenación del Territorio

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA)

1464 RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2006, del Director-Ge-rente del Instituto de la Vivienda de Madrid, por la quese hace pública la aprobación definitiva del Estudio de Deta-lle de la UA-25, “Urbajarama”. Ayuntamiento de Ciem-pozuelos (Madrid).

En sesión plenaria celebrada el 31 de enero de 2006 se procedióa la aprobación definitiva del Estudio de Detalle presentado porel Instituto de la Vivienda de Madrid relativo a la Unidad deActuación UA-25, “Urbajarama”, de las Normas Subsidiarias Mu-nicipales de Planeamiento.

Lo que se hace público a los efectos oportunos, de conformidadcon lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y 124.1 del TextoRefundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urba-na, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio.

Contra el indicado acuerdo podrá interponerse recurso conten-cioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de loContencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justiciade Madrid, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artícu-lo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa.

Todo ello entendido sin perjuicio de que se considere oportunointerponer cualquier otro recurso que se estime más pertinente.

Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 27 de marzo de 2006.—El Gerente del Instituto de

la Vivienda de Madrid, Domingo Menéndez Menéndez.(03/9.391/06)

Consejería de Familia y Asuntos Sociales

1465 ORDEN 623/2006, de 29 de marzo, de la Consejería deFamilia y Asuntos Sociales, por la que se modifica laOrden 691/2002, de 12 de julio, de la Consejería de ServiciosSociales, por la que se nombra a Vocales que conformaránel Consejo Asesor de Personas con Discapacidad de laComunidad de Madrid y se designa a la Secretaria delConsejo.

Habiéndose producido modificación en la designación de losrepresentantes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y dela Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territoriode la Comunidad de Madrid, y en virtud de lo dispuesto en losartículos 4 y 5 del Decreto 276/2000, de 28 de diciembre, del Con-sejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que secrea el Consejo Asesor de Personas con Discapacidad (BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 10, de 12 deenero de 2001),

DISPONGO

Artículo primero

Dejar sin efecto el nombramiento de don José María GarcíaMartín como Vocal, en representación del Ministerio de Trabajoy Asuntos Sociales.

Nombrar a don Juan Carlos Ramiro Iglesias como Vocal, enrepresentación del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Artículo segundo

Dejar sin efecto el nombramiento de don Javier HernándezMorales como Vocal, en representación de la Consejería de MedioAmbiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Nombrar a don José María Zoya Asensio como Vocal, en repre-sentación de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación delTerritorio de la Comunidad de Madrid.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguienteal de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

Madrid, a 29 de marzo de 2006.

La Consejera de Familia y Asuntos Sociales,BEATRIZ ELORRIAGA PISARIK

(03/9.998/06)

D) Anuncios

Consejería de HaciendaResolución de 4 de abril de 2006, de la Secretaria General Técnica

de la Consejería de Hacienda, por la que se hace pública laadjudicación del contrato de “Información y orientación técnicapara la realización del Programa de Ayuda para la Declaracióndel Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impues-to sobre el Patrimonio en centros localizados en la Comunidadde Madrid”.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Hacienda.b) Dependencia que tramita el expediente: Subdirección Gene-

ral de Gestión Económico-Presupuestaria y Organización.Secretaría General Técnica.

c) Número de expediente: 05-AT-2.7/2006.2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Contrato de servicio.b) Descripción del objeto: Prestación del servicio de informa-

ción y orientación técnica para la realización del Programade Ayuda para la Declaración del Impuesto sobre la Rentade las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonioen centros localizados en la Comunidad de Madrid.

c) Lotes: No.d) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio

de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 8 de marzo de 2006.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Urgente.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 469.224,17 euros.5. Adjudicación:a) Fecha: 3 de abril de 2006.b) Contratista: “Telecyl, Sociedad Anónima”.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: 425.284,02 euros.Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 4 de abril de 2006.—La Secretaria General Técnica,

Mar Pérez Merino.(03/9.392/06)

Consejería de Economía e Innovación TecnológicaNotificación de 27 de marzo de 2006, de la Dirección General

de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, debaja en el Registro de Instalaciones de Rayos X con fines de diag-nóstico médico, de la Comunidad de Madrid.

Por medio de la presente se pone en conocimiento de la personaa continuación reseñada, que en esta Dirección General de Indus-tria, Energía y Minas se sigue expediente en el que se ha dictadotrámite que en este acto se notifica.

Requerido y último domicilio. — Expediente. — Objeto del reque-rimiento

Jorge Díaz Valderrama. Bravo Murillo, 240, 1.o derecha,28020 Madrid. — Número de expediente IRCAM-1442. — Sobre

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Resolución de expediente de baja en la Inscripción en el Registrode Instalaciones de Rayos X con fines de diagnóstico médico,de la Comunidad de Madrid.

Lo que se notifica al titular indicado a los efectos previstosen el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,de 13 de enero, y con el contenido expresado en el artículo 61del mismo texto legal, por entender esta Dirección General quela publicación íntegra del escrito lesionaría los derechos o intereseslegítimos de dicho titular.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes,a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio,ante el excelentísimo señor Consejero de Economía e InnovaciónTecnológica de la Comunidad de Madrid, de conformidad conlo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dadapor la Ley 4/1999, de 13 de enero, por no ser el presente actodefinitivo en vía administrativa. El interesado tiene a su disposiciónel expediente de referencia en la Dirección General de Industria,Energía y Minas, calle Cardenal Marcelo Spínola, número 13, edi-ficio F-4, 28016 Madrid.

Madrid, a 27 de marzo de 2006.—El Director General de Indus-tria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(03/9.370/06)

Consejería de Economía e Innovación Tecnológica

Notificación de 27 de marzo de 2006, de la Dirección Generalde Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, debaja en el Registro de Instalaciones de Rayos X con fines de diag-nóstico médico, de la Comunidad de Madrid.

Por medio de la presente se pone en conocimiento de la personaa continuación reseñada, que en esta Dirección General de Indus-tria, Energía y Minas se sigue expediente en el que se ha dictadotrámite que en este acto se notifica.

Requerido y último domicilio. — Expediente. — Objeto del reque-rimiento

Esther Modzelewicz de Socol. Avenida General Perón, 17,bajo A, 28020 Madrid. — Número de expediente IRCAM-412. —Sobre Resolución de expediente de baja en la Inscripción en elRegistro de Instalaciones de Rayos X con fines de diagnósticomédico, de la Comunidad de Madrid.

Lo que se notifica al titular indicado a los efectos previstosen el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,de 13 de enero, y con el contenido expresado en el artículo 61del mismo texto legal, por entender esta Dirección General quela publicación íntegra del escrito lesionaría los derechos o intereseslegítimos de dicho titular.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes,a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio,ante el excelentísimo señor Consejero de Economía e InnovaciónTecnológica de la Comunidad de Madrid, de conformidad conlo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dadapor la Ley 4/1999, de 13 de enero, por no ser el presente actodefinitivo en vía administrativa. El interesado tiene a su disposiciónel expediente de referencia en la Dirección General de Industria,Energía y Minas, calle Cardenal Marcelo Spínola, número 13, edi-ficio F-4, 28016 Madrid.

Madrid, a 27 de marzo de 2006.—El Director General de Indus-tria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(03/9.372/06)

Consejería de Economía e Innovación Tecnológica

Notificación de 27 de marzo de 2006, de la Dirección Generalde Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, dedesistimiento de solicitud de inscripción en el Registro de Ins-talaciones de Rayos X con fines de diagnóstico médico, de laComunidad de Madrid.

Por medio de la presente se pone en conocimiento de la personaa continuación reseñada, que en esta Dirección General de Indus-tria, Energía y Minas se sigue expediente en el que se ha dictadotrámite que en este acto se notifica.

Requerido y último domicilio. — Expediente. — Objeto del reque-rimiento

Jorge Enrique Iglesias Piana. Avenida Reina Victoria, 3, 1.o D,28003 Madrid. — Número de expediente IRCAM-1446. — SobreResolución de expediente de desistimiento de solicitud de Ins-cripción en el Registro de Instalaciones de Rayos X con finesde diagnóstico médico, de la Comunidad de Madrid.

Lo que se notifica al titular indicado a los efectos previstosen el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,de 13 de enero, y con el contenido expresado en el artículo 61del mismo texto legal, por entender esta Dirección General quela publicación íntegra del escrito lesionaría los derechos o intereseslegítimos de dicho titular.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes,a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio,ante el excelentísimo señor Consejero de Economía e InnovaciónTecnológica de la Comunidad de Madrid, de conformidad conlo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dadapor la Ley 4/1999, de 13 de enero, por no ser el presente actodefinitivo en vía administrativa. El interesado tiene a su disposiciónel expediente de referencia en la Dirección General de Industria,Energía y Minas, calle Cardenal Marcelo Spínola, número 13, edi-ficio F-4, 28016 Madrid.

Madrid, a 27 de marzo de 2006.—El Director General de Indus-tria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(03/9.374/06)

Consejería de Economía e Innovación Tecnológica

Notificación de 27 de marzo de 2006, de la Dirección Generalde Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, debaja en el Registro de Instalaciones de Rayos X con fines de diag-nóstico médico, de la Comunidad de Madrid.

Por medio de la presente se pone en conocimiento de la personaa continuación reseñada, que en esta Dirección General de Indus-tria, Energía y Minas se sigue expediente en el que se ha dictadotrámite que en este acto se notifica.

Requerido y último domicilio. — Expediente. — Objeto del reque-rimiento

Celia López Huertas. Calle Infantas, 8, 3.o B, 28300 Aranjuez(Madrid). — Número de expediente IRCAM-1436. — Sobre Reso-lución de expediente de baja en la Inscripción en el Registro deInstalaciones de Rayos X con fines de diagnóstico médico, dela Comunidad de Madrid.

Lo que se notifica al titular indicado a los efectos previstosen el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,de 13 de enero, y con el contenido expresado en el artículo 61del mismo texto legal, por entender esta Dirección General quela publicación íntegra del escrito lesionaría los derechos o intereseslegítimos de dicho titular.

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Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes,a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio,ante el excelentísimo señor Consejero de Economía e InnovaciónTecnológica de la Comunidad de Madrid, de conformidad conlo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dadapor la Ley 4/1999, de 13 de enero, por no ser el presente actodefinitivo en vía administrativa. El interesado tiene a su disposiciónel expediente de referencia en la Dirección General de Industria,Energía y Minas, calle Cardenal Marcelo Spínola, número 13, edi-ficio F-4, 28016 Madrid.

Madrid, a 27 de marzo de 2006.—El Director General de Indus-tria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(03/9.375/06)

Consejería de Economía e Innovación Tecnológica

DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS

Resolución de 7 de marzo de 2006, de la Dirección General deIndustria, Energía y Minas, por la que se otorga a “RepsolButano, Sociedad Anónima”, autorización administrativa previapara el almacenamiento y distribución de GLP canalizadopara 431 viviendas en la Urbanización Residencial UE-21 “ElPracticante”, en el término municipal de Camarma de Esteruelas(Madrid).

2003PG483

La empresa “Repsol Butano, Sociedad Anónima”, presentó soli-citud de autorización administrativa previa para el almacenamientoy distribución de GLP canalizado, para 431 viviendas en la Urba-nización Residencial UE-21 “El Practicante”, en el término muni-cipal de Camarma de Esteruelas (Madrid), adjuntando proyectobásico y demás documentación, que fue sometida a informaciónpública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID defecha 11 de agosto de 2003).

Mediante la autorización solicitada se proyecta suministrar GLPcanalizado a la red de distribución para 431 viviendas en la Urba-nización Residencial UE-21 “El Practicante”, en el término muni-cipal de Camarma de Esteruelas (Madrid), para usos domésticos,en el ámbito a que se refiere la solicitud.

Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente instruidoal efecto, de conformidad a lo establecido en la Ley 34/1998, de 7de octubre, del Sector de Hidrocarburos y demás disposicionesde aplicación, así como las competencias transferidas a la Comu-nidad de Madrid en materia de industria, energía y minas porReal Decreto 1860/1984, de 18 de julio, y el Decreto 115/2004,de 29 de julio, por el que se establece la estructura de la Consejeríade Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad deMadrid, teniendo en cuenta que “Repsol Butano, Sociedad Anó-nima”, cumple los requisitos establecidos en la Ley 34/1998, de 7de octubre, para ser solicitante de autorización administrativa pre-via para la distribución de GLP y, no habiéndose presentado duran-te el plazo de información pública ninguna otra solicitud en con-currencia, ni alegaciones al respecto, esta Dirección General

RESUELVE

Otorgar a “Repsol Butano, Sociedad Anónima”, autorizaciónadministrativa previa para el almacenamiento y distribución deGLP canalizado para 431 viviendas en la Urbanización ResidencialUE-21 “El Practicante”, en el término municipal de Camarmade Esteruelas (Madrid).

La presente autorización de distribución deberá cumplir en todomomento lo establecido en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, delSector de Hidrocarburos, y cuantas otras disposiciones hayan sidodictadas o se dicten por la Administración Central y por la Con-sejería de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidadde Madrid en materia de suministro de combustibles gaseosos,instalaciones de gas y en lo relativo a la conducción y distribución

en relación con dicho suministro, así como las condiciones quefiguran a continuación:

Primera

La presente autorización administrativa previa se otorga parael almacenamiento y distribución de GLP canalizado para 431viviendas en la Urbanización Residencial UE-21 “El Practicante”,en el término municipal de Camarma de Esteruelas (Madrid).

Segunda

La autorización administrativa se otorga, única y exclusivamente,para GLP, perteneciente a la tercera familia, según la norma UNE60.002:1995.

Tercera

La presente autorización administrativa previa, de acuerdo conlo dispuesto en el artículo 73.4 de la citada Ley de Hidrocarburos,en ningún caso se entenderá concedida en régimen de monopolioni concederá derechos exclusivos.

Cuarta

El titular vendrá obligado a efectuar el suministro y realizarlas ampliaciones necesarias para atender a cualquier peticionarioque solicite el servicio, en el ámbito de la presente autorizaciónadministrativa previa. En el caso de que el titular de la presenteautorización se negase a prestar el suministro solicitado, alegandoinsuficiencia de medios técnicos, la Dirección General de Industria,Energía y Minas comprobará si tiene fundamento técnico estanegativa, y resolverá en consecuencia.

Quinta

El solicitante constituirá en el plazo de un mes a contar desdela fecha de publicación de la Resolución de autorización en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, una fianzapor valor de 1.409 euros, equivalente al 2 por 100 del presupuestoque figura en el expediente, para garantizar el cumplimiento desus obligaciones, conforme al artículo 73.4 de la Ley 34/1998, delSector de Hidrocarburos.

Dicha fianza se constituirá en la Caja General de Depósitosde la Tesorería de la Comunidad de Madrid (plaza de Chamberí,número 8, Madrid), a disposición del Director General de Indus-tria, Energía y Minas, en metálico, en valores del Estado o medianteaval bancario.

El solicitante deberá remitir a la Dirección General de Industria,Energía y Minas de la Comunidad de Madrid la documentaciónacreditativa del depósito de dicha fianza dentro del plazo de treintadías contados desde su constitución.

La fianza será devuelta al solicitante una vez que, autorizadaslas instalaciones y construidas en los plazos que se establezcanen las autorizaciones para el montaje de las mismas, la DirecciónGeneral de Industria, Energía y Minas de esta Comunidad for-malice la Puesta en servicio de aquellas.

Sexta

Las instalaciones deberán diseñarse para responder a los avancestecnológicos en el campo del gas y lograr abastecimientos másflexibles y seguros. A este fin, los sistemas de conducción del gasdeberán diseñarse para que sean compatibles con gases de segunday tercera familia, y ser objeto de una progresiva modernización,adaptándose a las directrices que marque la Administración Cen-tral y la Comunidad de Madrid.

Las instalaciones de distribución deberán cumplir lo establecidoen el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseo-sos, aprobado por Orden del Ministerio de Industria de 18 denoviembre de 1974, y sus modificaciones.

El cambio de las características del gas suministrado, o la sus-titución por otro intercambiable, requerirá la autorización admi-nistrativa previa, de acuerdo con la Ley 34/1998, de 7 de octubre,del Sector de Hidrocarburos.

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Séptima

El titular de la presente autorización, dentro del plazo de ochomeses, contado a partir de la fecha de publicación de esta Reso-lución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,deberá presentar la solicitud de autorización de montaje de lasinstalaciones, acompañando proyecto y demás documentaciónpertinente.

El titular está obligado a efectuar el inicio de la prestación delservicio en el plazo de un mes desde la puesta en marcha, nosuperando en ningún caso los seis meses desde la obtención dela autorización del proyecto de ejecución, salvo causas justificadasmotivadas por permisos o licencias de cualquier Organismo, u otraspreviamente aceptadas por la Dirección General de Industria,Energía y Minas.

Octava

Autorizado el montaje de las instalaciones, los reconocimientos,ensayos y pruebas, de carácter general o parcial, que según lasdisposiciones en vigor hayan de realizarse en las obras compren-didas en el área de la distribución, deberán ser comunicados porel titular a esta Dirección General de Industria, Energía y Minascon la debida antelación, que podrá, si lo considera necesario,inspeccionar las mismas.

Una vez construidas las instalaciones, el titular dará cuenta desu terminación a esta Dirección General de Industria, Energíay Minas y presentará la documentación necesaria a efectos deque esta emita, si procede, la puesta en servicio de acuerdo conla Orden 3929/1996, de 17 de junio, de la Consejería (BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de julio de 1996).

Novena

El titular de la presente autorización deberá mantener un correc-to suministro y un adecuado y eficiente servicio de mantenimientode las instalaciones, reparación de averías, reclamaciones y, engeneral, de atención a los usuarios. En lo referente a las insta-laciones receptoras, deberá atenerse a todo lo dispuesto en elReglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles,aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, y modificadosegún el Real Decreto 3484/1983, de 14 de diciembre; al RealDecreto 1085/1992, de 11 de septiembre; a la Orden Ministerialde 17 de diciembre de 1985 (“Boletín Oficial del Estado” de 9de enero de 1986); a la Orden 1582/1994, de 21 de septiembre(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de sep-tiembre de 1994); a la Orden 3929/1996, de 17 de junio (BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de julio de 1996),y demás disposiciones que hayan sido dictadas o se dicten porla Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.

Previamente a que se emita la puesta en servicio de las ins-talaciones, se deberá comprobar por la Dirección General de Indus-tria, Energía y Minas que el solicitante ha presentado la docu-mentación necesaria que acredita, a juicio de dicha DirecciónGeneral, que dispone de un servicio adecuado a efectos del cum-plimiento de lo estipulado en esta condición.

Décima

La determinación de las tarifas de aplicación del suministro degas se regirán por las disposiciones vigentes en cada momentosobre la materia, de acuerdo con el capítulo VII de la Ley 34/1998.

Undécima

Las instalaciones a establecer cumplirán las disposiciones y nor-mas técnicas que en general sean de aplicación y, en particular,las correspondientes del Reglamento General del Servicio Públicode Gases Combustibles, Reglamento de Redes y Acometidas deCombustibles Gaseosos, Normas para su aplicación o complemen-tarias, Reglamento de Recipientes a Presión, Reglamentos Elec-trotécnicos, Normas sobre Instalaciones Distribuidoras, así comocuantas la sustituyan o se dicten a nivel estatal o de esta Comunidadsobre el de suministro de gases combustibles.

Duodécima

La presente autorización podrá ser revocada por el incumpli-miento de los requisitos aquí fijados, y por la variación sustancialde los datos básicos de la solicitud que dieron origen a suotorgamiento.

Decimotercera

La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros,dejando a salvo los derechos particulares e independientementede las autorizaciones, licencias o permisos de competencia muni-cipal u otros necesarios para la realización de las obras de lasinstalaciones de gas.

Contra esta Resolución podrá interponer recurso de alzada enel plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en quetenga lugar la notificación, ante el excelentísimo señor Consejerode Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad deMadrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificadasu redacción por la Ley 4/1999.

Madrid, a 7 de marzo de 2006.—El Director General, CarlosLópez Jimeno.

(02/4.804/06)

Consejería de Economía e Innovación TecnológicaDIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS

Resolución de 8 de marzo de 2006, de la Dirección General deIndustria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, porla que se somete a información pública la solicitud de auto-rización administrativa previa, para el almacenamiento y dis-tribución de GLP canalizado a 85 viviendas unifamiliares, sitasen el paseo de la Ermita, con vuelta a la calle Eras, en el términomunicipal de Pedrezuela (Madrid).

2006PG90

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre,del Sector de Hidrocarburos, se somete a información pública lasolicitud de Autorización Administrativa Previa para el almace-namiento y distribución de GLP canalizado a 85 viviendas uni-familiares, sitas en el paseo de la Ermita, con vuelta a la calleEras, en el término municipal de Pedrezuela (Madrid).

Peticionaria: “Repsol Butano, Sociedad Anónima”, con domi-cilio social en la calle Alberto Aguilera, número 32, 28015 Madrid.

Objeto: Autorización Administrativa Previa para el almacena-miento y distribución de GLP canalizado a 85 viviendas unifa-miliares, sitas en el paseo de la Ermita, con vuelta a la calle Eras,en el término municipal de Pedrezuela (Madrid).

Área de la Autorización Administrativa Previa: Comprende lainstalación indicada en los planos incluidos en el proyecto dereferencia.

Gas a suministrar: GLP, perteneciente a la tercera Familia, segúnNorma UNE 60.002.

Características de las instalaciones:— Dos depósitos de almacenamiento de GLP, en instalación

enterrada, de 13,03 metros cúbicos de capacidad cada uno,dotado de la valvulería reglamentaria.

— Red de distribución integrada por tubería de polietile-no SDR 11, de diámetro 40 y 20 milímetros, con una longitudtotal de 995 metros, según Norma UNE 53.333.

Presupuesto: El presupuesto total asciende a 11.980 euros.Todas aquellas personas naturales o jurídicas que se consideren

interesadas o efectadas en sus derechos, podrán presentar ale-gaciones o proyecto en concurrencia, en el plazo de treinta díasa partir de la fecha de publicación de este anuncio, en la DirecciónGeneral de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid,en donde pueden examinar el proyecto existente.

Madrid, a 8 de marzo de 2006.—El Director General, CarlosLópez Jimeno.

(02/4.803/06)

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Consejería de Economía e Innovación Tecnológica

DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS

Resolución de 9 de marzo de 2006, de la Dirección General deIndustria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, porla que se somete a información pública la solicitud de auto-rización administrativa previa, para el almacenamiento y dis-tribución de GLP canalizado para 14 viviendas, sitas en la calleCamino de Orusco, número 6, en el término municipal de Cara-baña (Madrid).

2006PG089

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre,del Sector de Hidrocarburos, se somete a información pública lasolicitud de Autorización Administrativa Previa para el almace-namiento y distribución de GLP canalizado para 14 viviendas, sitasen la calle Camino de Orusco, número 6, en el término municipalde Carabaña (Madrid).

Peticionaria: “Repsol Butano, Sociedad Anónima”, con domi-cilio social en la calle General Martínez Campos, número 3,28010 Madrid.

Objeto: Autorización Administrativa Previa para el almacena-miento y distribución de GLP canalizado para 14 viviendas, sitasen la calle Camino de Orusco, número 6, en el término municipalde Carabaña (Madrid).

Área de la Autorización Administrativa Previa: Comprende lainstalación indicada en los planos incluidos en el proyecto dereferencia.

Gas a suministrar: GLP, perteneciente a la tercera Familia, segúnNorma UNE 60.002.

Características de las instalaciones:— Un depósito de almacenamiento de GLP, en instalación

enterrada, de 4,88 metros cúbicos de capacidad, dotado dela valvulería reglamentaria.

— Red de distribución integrada por tubería de polietile-no PE-40, de diámetro 40 milímetros, con una longitud totalde 150 metros, según Norma UNE 53.333.

Presupuesto: El presupuesto total asciende a 2.633 euros.Todas aquellas personas naturales o jurídicas que se consideren

interesadas o efectadas en sus derechos, podrán presentar ale-gaciones o proyecto en concurrencia, en el plazo de treinta díasa partir de la fecha de publicación de este anuncio, en la DirecciónGeneral de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid,en donde pueden examinar el proyecto existente.

Madrid, a 9 de marzo de 2006.—El Director General, CarlosLópez Jimeno.

(02/4.765/06)

Consejería de Economía e Innovación Tecnológica

DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS

Resolución de 9 de marzo de 2006, de la Dirección General deIndustria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, porla que se somete a información pública la solicitud de auto-rización administrativa previa, para el almacenamiento y dis-tribución de GLP canalizado para 112 viviendas unifamiliares,situadas en la UE-8, en el término municipal de Aldea del Fresno(Madrid).

2005PG1121

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre,del Sector de Hidrocarburos, se somete a información pública lasolicitud de Autorización Administrativa Previa para el almace-namiento y distribución de GLP canalizado para 112 viviendasunifamiliares, situadas en la UE-8, en el término municipal deAldea del Fresno (Madrid).

Peticionaria: “Repsol Butano, Sociedad Anónima”, con domi-cilio social en la calle Alberto Aguilera, número 32, 28015 Madrid.

Objeto: Autorización Administrativa Previa para el almacena-miento y distribución de GLP canalizado para 112 viviendas uni-familiares, situadas en la UE-8, en el término municipal de Aldeadel Fresno (Madrid).

Área de la Autorización Administrativa Previa: Comprende lainstalación indicada en los planos incluidos en el proyecto dereferencia.

Gas a suministrar: GLP, perteneciente a la tercera Familia, segúnNorma UNE 60.002.

Características de las instalaciones:

— Un depósito de almacenamiento de GLP, en instalaciónenterrada, de 19,07 metros cúbicos de capacidad, dotado dela valvulería reglamentaria.

— Equipo de regulación dotado de regulador, limitador, filtroy llaves necesarias.

— 1.866 metros de red de distribución integrada por tuberíade polietileno de 40 y 63 milímetros de diámetro, segúnUNE 53.333 y accesorios electrosoldables.

Presupuesto: El presupuesto total asciende a 24.759,60 euros.Todas aquellas personas naturales o jurídicas que se consideren

interesadas o efectadas en sus derechos, podrán presentar ale-gaciones o proyecto en concurrencia, en el plazo de treinta díasa partir de la fecha de publicación de este anuncio, en la DirecciónGeneral de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid,en donde pueden examinar el proyecto existente.

Madrid, a 9 de marzo de 2006.—El Director General, CarlosLópez Jimeno.

(02/4.793/06)

Consejería de Transportes e Infraestructuras

MINTRA (MADRID, INFRAESTRUCTURASDEL TRANSPORTE)

Anuncio de corrección de errores de la Resolución de MINTRA(Madrid, Infraestructuras del Transporte), de fecha 12 de abrilde 2006, por la que se hace pública convocatoria del concurso,por procedimiento abierto, para la adjudicación del contrato de“Concesión de obra pública para la construcción y explotaciónde las Líneas de Metro Ligero de la Comunidad de Madrid T1,entre Pinar de Chamartín-Sanchinarro-Las Tablas; T2, entreColonia Jardín y Pozuelo de Alarcón, y T3, entre Colonia Jardíny Boadilla del Monte”.

Detectados errores en el anuncio de dicha Resolución publicadoen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núme-ro 93, el día 20 de abril de 2006, páginas 23 y 24, se procedea su subsanación.

Donde dice:

«7. Requisitos específicos del contratista:

— Solvencia económica y financiera: Los licitadores, tantonacionales como extranjeros, deberán justificar su solvenciaeconómica y financiera mediante la presentación de lossiguientes documentos y ajustándose a los criterios que acontinuación se definen para cada uno de ellos.

1. Informe de alguna institución financiera debidamenteinscrita en el Registro de Entidades Financieras del“Banco de España” en el cual se ponga de manifiestoque el licitador o conjunto de licitadores gozan de unasituación financiera suficientemente saneada para obte-ner, de acuerdo con las prácticas usuales en los mercadosfinancieros, la financiación suficiente para hacer frentea inversiones de más de 600.000.000 de euros en el casode presentar oferta, bien al lote 1, bien al lote 1 y allote 2, o de 300.000.000 de euros en el caso de presentaroferta únicamente al lote 2, en condiciones y plazos aná-logos a los del proyecto licitado.»

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Debe decir:«7. Requisitos específicos del contratista:— Solvencia económica y financiera: Los licitadores, tanto

nacionales como extranjeros, deberán justificar su solvenciaeconómica y financiera mediante la presentación de lossiguientes documentos y ajustándose a los criterios que acontinuación se definen para cada uno de ellos.1. Informe de alguna institución financiera debidamente

inscrita en el Registro de Entidades Financieras del“Banco de España” en el cual se ponga de manifiestoque el licitador o conjunto de licitadores gozan de unasituación financiera suficientemente saneada para obte-ner, de acuerdo con las prácticas usuales en los mercadosfinancieros, la financiación suficiente para hacer frentea inversiones de más de 600.000.000 de euros en el casode presentar oferta al lote 1 o de 300.000.000 de eurosen el caso de presentar oferta al lote 2, en condicionesy plazos análogos a los del proyecto licitado.»

Y donde dice:“8. Presentación de las ofertas:b) Documentación a presentar:

En el caso de que un licitador decida concurrir a un únicolote deberá aportar la documentación de la manera siguiente:— En un único sobre, firmado, cerrado e identificado con

el número 1, la documentación administrativa.— En un único sobre, firmado, cerrado e identificado con

el número 2, la proposición. Este sobre estará confor-mado por dos sobres, 2.1 y 2.2, cerrados e independien-tes, con el contenido específico que se describe en estacláusula.

En el caso de que un mismo licitador decida concurrir alos dos lotes deberá aportar la documentación de la manerasiguiente:— En un único sobre, firmado, cerrado e identificado con

el número 1, la documentación administrativa, tanto lacomún a los dos lotes como, en su caso, la que resulteespecífica de cada uno de ellos.

— En dos sobres independientes, cerrados, firmados e iden-tificados ambos con el número 2, la proposición corres-pondiente a cada uno de los lotes. Dentro de cada unode estos sobres se incluirán dos sobres, 2.1 y 2.2, cerradose independientes, en los que se contenga la proposiciónal lote que corresponda, con el contenido específico quese describe en esta cláusula.

En el caso de licitar para los dos lotes deberá constar enel exterior del sobre número 1 la referencia a los dos lotesy en el exterior de los sobres números 2, 2.1 y 2.2, la refe-rencia al lote al que se refiera cada uno.”

Debe decir:“8. Presentación de las ofertas:b) Documentación a presentar:

El licitador podrá únicamente concurrir a uno de los doslotes a cuyo efecto deberá aportar la documentación dela manera siguiente:— En un único sobre, firmado, cerrado e identificado con

el número 1, la documentación administrativa.— En un único sobre, firmado, cerrado e identificado con

el número 2, la proposición. Este sobre estará confor-mado por dos sobres, 2.1 y 2.2, cerrados e independien-tes, con el contenido específico que se describe en estacláusula.

Si por el volumen de documentación fuera necesario, sepresentarán en cajas con la numeración 1 y 2 igualmentefirmadas y cerradas de manera que se garantice el secretode su contenido.”

En Madrid, a 20 de abril de 2006.—El Consejero-Delegado,Jesús Miguel Trabada Guijarro.

(01/1.039/06)

Consejería de Medio Ambientey Ordenación del Territorio

Resolución 705/2006, de 28 de marzo, de la Secretaría GeneralTécnica, por la que se acuerda publicar la notificación del Acuer-do de la Comisión de Urbanismo de Madrid número 72/2006,de 28 de febrero, por el que se desestima el recurso de reposicióninterpuesto por doña María del Carmen López Linares, contrael Acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Madrid núme-ro 319/1999, por el que se deniega la calificación urbanísticapara ampliar la vivienda unifamiliar existente en la parcela 1del polígono 6 del Catastro de Rústica, en Suelo No Urbanizable,en el término municipal de Alcalá de Henares.

Intentada sin efecto la notificación del Acuerdo de la Comisiónde Urbanismo de Madrid número 72/2006, de 28 de febrero, porel que se desestima el recurso de reposición interpuesto por doñaMaría del Carmen López Linares, contra el Acuerdo de la Comi-sión de Urbanismo de Madrid número 319/1999, por el que sedeniega la calificación urbanística para ampliar la vivienda uni-familiar existente en la parcela 1 del polígono 6 del Catastro deRústica, en Suelo No Urbanizable, en el término municipal deAlcalá de Henares, procede su publicación a los efectos previstosen el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común.

“En virtud del contenido del informe evacuado por el Serviciode Recursos e Informes de la Secretaría General Técnica de laConsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio confecha 22 de febrero de 2006, y aceptando la propuesta formuladapor dicha Unidad, elevada a su consideración, la Comisión deUrbanismo de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 116de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, y en el artículo 14 del Decreto 69/1983, de 30 de junio,de Distribución de Competencias en materia de Ordenación delTerritorio y Urbanismo entre los Órganos de la Comunidad deMadrid,

ACORDÓ

Primero

Desestimar el recurso de reposición interpuesto por doña Maríadel Carmen López Linares, contra el Acuerdo de la Comisiónde Urbanismo de Madrid número 319/1999, por el que se deniegala calificación urbanística para ampliar la vivienda unifamiliar exis-tente en la parcela 1 del polígono 6 del Catastro de Rústica, enSuelo No Urbanizable, en el término municipal de Alcalá de Hena-res, ya que, independientemente de que el propietario de la vivien-da sea el guardés de la finca, no puede deducirse que la ampliaciónpropuesta se realiza para llevar a cabo servicios de guardería delterritorio.

Segundo

Notificar el presente Acuerdo a los interesados, junto con copiadel informe del Servicio de Recursos e Informes de la SecretaríaGeneral Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Orde-nación del Territorio de fecha 22 de febrero de 2006, que motivóel mismo.

Se adjunta fotocopia compulsada del informe-propuesta de laSecretaría General Técnica.

Lo que se le notifica, significándole que el Acuerdo transcritoagota la vía administrativa, y que contra el mismo procederá,en su caso, recurso contencioso-administrativo, a interponer enel plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepciónde la presente notificación, ante la Sala correspondiente del Tri-bunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con loestablecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora dela Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Sin perjuicio de quelos interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que esti-men procedente en defensa de sus derechos.”

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Madrid, a 28 de marzo de 2006.—El Secretario General Técnico,PDF (Resolución 3314/2005, de 10 de febrero), la SubdirectoraGeneral de Legislación, Recursos y Coordinación Jurídica, MaríaIsabel Jimeno Almorox.

(03/9.414/06)

Consejería de Medio Ambientey Ordenación del Territorio

Resolución de 21 de marzo de 2006, de la Secretaría General Técnicade la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,por la que se hace pública la adjudicación del contrato de obrasde: Consolidación de repoblaciones en varios montes de la Comar-ca VII de la Comunidad de Madrid, año 2006.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación

del Territorio.b) Dependencia que tramita el expediente: Contratación.c) Número de expediente: 10-CO-00062.1/2005 (10-C/06).2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: De obras.b) Descripción del objeto: Consolidación de repoblaciones en

varios montes de la Comarca VII de la Comunidad deMadrid, año 2006.

c) Lote: ...d) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio

de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 24 de enero de 2006.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Subasta.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 244.482,34 euros.5. Adjudicación:a) Fecha: 16 de marzo de 2006.b) Contratista: “Vivers Centre Verd, Sociedad Anónima”.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: 143.948,90 euros.Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 21 de marzo de 2006.—El Secretario General Técnico,

PD (Resolución 3314/2005, de 10 de febrero), la SubdirectoraGeneral de Programación Económico-Administrativa, CristinaMata García de Casasola.

(03/9.667/06)

Consejería de Medio Ambientey Ordenación del Territorio

Resolución de 24 de marzo de 2006, de la Secretaría GeneralTécnica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenacióndel Territorio, por la que se hace pública la adjudicación delcontrato de obras de: Remodelación y ampliación de la CasaConsistorial de Cabanillas de la Sierra.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación

del Territorio.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Con-

tratación.c) Número de expediente: 10-CO-00041.5/2005 (31-A/05).2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Contrato de obras.b) Descripción del objeto: Remodelación y ampliación de la

Casa Consistorial de Cabanillas de la Sierra.c) Lote: ...

d) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anunciode licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 10 de noviembre de 2005.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 1.041.708,68

euros.5. Adjudicación:a) Fecha: 15 de marzo de 2006.b) Contratista: “Construcciones Valmasedo, Sociedad Limi-

tada”.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: 964.413,89 euros.Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 24 de marzo de 2006.—El Secretario General Técnico

de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,PD (Resolución 3314/2005, de 10 de febrero), la SubdirectoraGeneral de Programación Económico-Administrativa, CristinaMata García de Casasola.

(03/9.574/06)

Consejería de Medio Ambientey Ordenación del Territorio

Resolución de 24 de marzo de 2006, de la Secretaría GeneralTécnica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenacióndel Territorio, por la que se hace pública la adjudicación delcontrato de obras de: Acondicionamiento del entorno de la plazaJuan Yagüe, en Berzosa del Lozoya.

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Consejería de Medio Ambiente y Ordenacióndel Territorio.

b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Con-tratación.

c) Número de expediente: 10-CO-00053.0/2005 (36-A/05).

2. Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato: Contrato de obras.b) Descripción del objeto: Acondicionamiento del entorno de

la plaza Juan Yagüe, en Berzosa del Lozoya.c) Lote: ...d) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio

de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 10 de noviembre de 2005.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Subasta.

4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 878.748,53 euros.

5. Adjudicación:

a) Fecha: 15 de marzo de 2006.b) Contratista: UTE “Bilfinguer, Sociedad Anónima”, y “Aglo-

merados Andaluces, Sociedad Anónima”.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: 652.470,76 euros.

Hágase público para general conocimiento.

Madrid, a 24 de marzo de 2006.—El Secretario General Técnicode la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,PD (Resolución 3314/2005, de 10 de febrero), la SubdirectoraGeneral de Programación Económico-Administrativa, CristinaMata García de Casasola.

(03/9.575/06)

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Consejería de Medio Ambientey Ordenación del Territorio

Resolución de 4 de abril de 2006, de la Secretaría General Técnicade la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Terri-torio, por la que se hace pública la adjudicación del contratode obras de: Rehabilitación de fachadas del edificio sito en lacalle Maudes, número 17, sede de la Consejería de MedioAmbiente y Ordenación del Territorio.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación

del Territorio.b) Dependencia que tramita el expediente: Contratación.c) Número de expediente: 10-CO-00048.3/2005 (34-A/05).2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Contrato de obras.b) Descripción del objeto: Rehabilitación de fachadas del edi-

ficio sito en la calle Maudes, número 17, sede de la Con-sejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

c) Lote: ...d) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio

de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 23 de diciembre de 2005.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 4.002.208,93

euros.5. Adjudicación:a) Fecha: 31 de marzo de 2006.b) Contratista: “CPA, Sociedad Limitada”.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: 3.145.736,22 euros.Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 4 de abril de 2006.—El Secretario General Técnico

de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,PD (Resolución 3314/2005, de 10 de febrero), la SubdirectoraGeneral de Programación Económico-Administrativa, CristinaMata García de Casasola.

(03/9.576/06)

Consejería de Medio Ambientey Ordenación del Territorio

Resolución de 18 de abril de 2006, de la Secretaría General Técnicade la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Terri-torio, por la que se hace pública convocatoria de concurso porprocedimiento abierto para la adjudicación del contrato de ser-vicio de: “Actuaciones directas de información ambiental y pre-vención en zonas de alto riesgo de incendios forestales en laComunidad de Madrid, años 2006 y 2007”.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación

del Territorio.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Con-

tratación.c) Número de expediente: 10-AT-00014.8/2006 (17-A/06).2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: “Actuaciones directas de informa-

ción ambiental y prevención en zonas de alto riesgo de incen-dios forestales en la Comunidad de Madrid, años 2006 y2007”.

b) División por lotes y número: ...c) Lugar de ejecución: Comunidad de Madrid.d) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: 30 de sep-

tiembre de 2007.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Urgente.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 300.000 euros.5. Garantía provisional: 6.000 euros.6. Obtención de información:Teléfono: 915 801 634.Telefax: 915 803 993.Fecha límite de obtención de información: Un día antes de fina-

lizar el plazo de presentación de ofertas.Horario: De nueve a catorce.7. Requisitos específicos del contratista:— De solvencia económica y financiera:

� Artículo 16, apartado 1.c), del texto refundido de la Leyde Contratos de las Administraciones Públicas: Declara-ción relativa a la cifra de negocios global y de las obras,suministros, servicios o trabajos realizados por la empresaen el curso de los tres últimos ejercicios.

� Criterios de selección: Se presentará declaración de la cifrade negocios global en el curso de los tres últimos ejercicios,relativa a servicios y trabajos similares al objeto del con-trato, con un importe anual igual o superior a 200.000euros.

— De solvencia técnica o profesional:� Artículo 19, apartado b), del texto refundido de la Ley

de Contratos de las Administraciones Públicas: Una rela-ción de los principales servicios o trabajos realizados enlos últimos tres años que incluya importe, fechas y bene-ficiarios públicos o privados de los mismos.

� Criterios de selección: Se presentará una relación, firmadapor el representante de la empresa, de los principales tra-bajos realizados en los tres últimos años, que incluya impor-te, fechas y beneficarios públicos o privados de los mismos,con mención expresa a dos o más trabajos similares alobjeto del presente contrato.

8. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: 3 de mayo de 2006, hasta

las catorce horas.b) Documentación a presentar: La que se relaciona en el Pliego

de Cláusulas Administrativas Particulares.c) Lugar de presentación:

1.o Entidad: Consejería de Medio Ambiente y Ordenacióndel Territorio.

2.o Domicilio: Calle Princesa, número 3, décima planta.3.o Localidad y código postal: 28008 Madrid.4.o Horario: De nueve a catorce.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Cuarenta y cinco días.

e) Admisión de variantes: No.9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del

Territorio.b) Domicilio: Calle Princesa, número 3, décima planta.c) Localidad: 28008 Madrid.d) Fecha: 10 de mayo de 2006.e) Hora: A las doce y treinta.10. Otras informaciones: Las proposiciones se presentarán en

sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le repre-sente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos elnúmero de referencia y la denominación del contrato, el nombrey apellidos del licitador o razón social de la empresa y su corres-pondiente NIF o CIF. El número y denominación de los sobresse determinan en el Pliego de Cláusulas Administrativas Parti-culares. En su interior se hará constar una relación numérica delos documentos que contienen.

11. Gastos de anuncios: Los gastos de los anuncios serán decuenta del adjudicatario.

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12. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la UniónEuropea” (en su caso): ...

13. Página web donde pueden consultarse y obtenerse los plie-gos: http://www.madrid.org

Para obtener los pliegos, acceda a “Empresas” y a continuacióna “Servicios y trámites”, donde podrá consultar las convocatoriasde contratos públicos.

Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 18 de abril de 2006.—El Secretario General Técnico

de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,PD (Resolución 3314/2005, de 10 de febrero), la SubdirectoraGeneral de Programación Económico-Administrativa, CristinaMata García de Casasola.

(01/1.017/06)

Consejería de Medio Ambientey Ordenación del Territorio

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA)

Resolución de 4 de abril de 2006, del Director-Gerente del Institutode la Vivienda de Madrid, por la que se hace pública la adju-dicación del contrato de suministros titulado: Concurso de adqui-sición de materiales de fontanería para la conservación de vivien-das del Instituto de la Vivienda de Madrid. Año 2006.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Instituto de la Vivienda de Madrid.b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contra-

tación.c) Número de expediente: 50-SU-00017.4/2005.2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Suministro.b) Descripción del objeto: Concurso de adquisición de mate-

riales de fontanería para la conservación de viviendas delInstituto de la Vivienda de Madrid. Año 2006.

c) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anunciode licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 4 de enero de 2006.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.4. Presupuesto base de licitación: 168.697,16 euros, importe total.5. Adjudicación:a) Fecha: 17 de marzo de 2006.b) Contratista: “Instalaciones Fco. Porras, Sociedad Limitada”.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: 168.697,16 euros.Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 4 de abril de 2006.—El Director-Gerente del Instituto

de la Vivienda de Madrid, Domingo Menéndez Menéndez.(03/9.431/06)

Consejería de Sanidad y ConsumoNotificación de 31 de marzo de 2006, de la Secretaría General

Técnica, por la que se procede a la publicación de laOrden 513/2006, de 9 de marzo, de la Consejería de Sanidady Consumo, por la que se desestima el recurso de alzada, inter-puesto por “Promociones Vacacionales de la Costa Mediterrá-nea, Sociedad Limitada”, contra la Resolución del DirectorGeneral de Salud Pública, Alimentación y Consumo, de fecha 14de junio de 2004.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilioseñalado al efecto por el interesado de la Orden 513/2006, de 9de marzo, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la quese desestima el recurso de alzada interpuesto por “Promociones

Vacacionales de la Costa Mediterránea, Sociedad Limitada”, con-tra la Resolución del Director General de Salud Pública, Alimen-tación y Consumo, de fecha 14 de junio de 2005, se procede aordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos delAyuntamiento que corresponda, a los efectos de lo previsto enel artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

De conformidad con el artículo 61 del mismo texto legal, enevitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegrade la citada Orden pudiera derivarse para los derechos e intereseslegítimos del interesado, se significa que el original del acto quese notifica puede ser retirado, previa acreditación de su identidadmediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestroordenamiento jurídico, en las dependencias de la Sección de Recur-sos de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidady Consumo, sito en la calle Aduana, número 29, primera planta,de lunes a viernes, de nueve a catorce horas.

Contra dicha Orden, que agota la vía administrativa, podrá inter-poner directamente recurso contencioso-administrativo ante elórgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses a partirdel día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID del presente anuncio, a tenor delo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, todoello sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso queestime oportuno.

En Madrid, a 31 de marzo de 2006.—El Secretario GeneralTécnico (firmado).

(03/9.377/06)

Consejería de Sanidad y ConsumoNotificación de 31 de marzo de 2006, de la Secretaría General

Técnica, por la que se procede a la publicación de laOrden 563/2006, de 14 de marzo, de la Consejería de Sanidady Consumo, por la que se desestima el recurso de alzada, inter-puesto por don José Luis Martín, en nombre y representaciónde “Instalaciones de Gas Natural Butano, Sociedad Limitada”,contra la Resolución del Director General de Consumo, defecha 21 de febrero de 2005.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilioseñalado al efecto por el interesado de la Orden 563/2006, de 14de marzo, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la quese desestima el recurso de alzada interpuesto por don José LuisMartín, en nombre y representación de “Instalaciones de Gas Natu-ral Butano, Sociedad Limitada”, contra la Resolución del DirectorGeneral de Consumo, de fecha 21 de febrero de 2005, se procedea ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictosdel Ayuntamiento que corresponda, a los efectos de lo previstoen el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común.

De conformidad con el artículo 61 del mismo texto legal, enevitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegrade la citada Orden pudiera derivarse para los derechos e intereseslegítimos del interesado, se significa que el original del acto quese notifica puede ser retirado, previa acreditación de su identidadmediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestroordenamiento jurídico, en las dependencias de la Sección de Recur-sos de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidady Consumo, sito en la calle Aduana, número 29, primera planta,de lunes a viernes, de nueve a catorce horas.

Contra dicha Orden, que agota la vía administrativa, podrá inter-poner directamente recurso contencioso-administrativo ante elórgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses a partirdel día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID del presente anuncio, a tenor delo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, todo

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ello sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso queestime oportuno.

En Madrid, a 31 de marzo de 2006.—El Secretario GeneralTécnico (firmado).

(03/9.379/06)

Consejería de Sanidad y Consumo

GERENCIA ÁREA 7 ATENCIÓN PRIMARIA

Resolución de 4 de abril de 2006, de la Gerencia del Área 7 deAtención Primaria, por la que se hace pública la licitación parala contratación del suministro de gasas, ventas y esparadrapospara centros de salud dependientes de esta Gerencia.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud. Gerencia de Aten-

ción Primaria.b) Dependencia que tramita el expediente: Dirección de Ges-

tión y Servicios Generales (Contratación).c) Número de expediente: CA 4/2006 AP7.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Suministro de gasas, vendas y espa-

radrapos para centros de salud dependientes de esta Geren-cia del Área 7 de Atención Primaria.

b) División por lotes y número: Según Pliego de CláusulasAdministrativas.

c) Lugar de ejecución: Entrega en el almacén de la calleEspronceda.

d) Plazo de ejecución: Veinticuatro meses.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.4. Presupuesto base de licitación: 355.643,26 euros, importe total.5. Garantía provisional: El 2 por 100 del presupuesto de cada

lote.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Gerencia del Área 7 de Atención Primaria.b) Domicilio: Calle Espronceda, número 24.c) Localidad y código postal: 28003 Madrid.d) Teléfono: 913 352 568.e) Telefax: 913 993 553.f) Fecha límite de obtención de documentos e información: 1

de junio de 2006.7. Requisitos específicos del contratista:a) Clasificación, en su caso: Según se recoge en el Pliego de

Cláusulas Administrativas.b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y pro-

fesional: Conforme se establece en el Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares.

8. Presentación de ofertas o de las solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación: 1 de junio de 2006.b) Documentación a presentar: La establecida en los Pliegos

de Cláusulas Administrativas Particulares y Técnicas.c) Lugar de presentación: Registro General.

1.o Entidad: Gerencia del Área 7 de Atención Primaria.2.o Domicilio: Calle Espronceda, número 24.3.o Localidad y código postal: 28003 Madrid.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta (concurso): Tres meses desde la apertura de pro-posiciones económicas.

e) Admisión de variantes: Sí.9. Apertura de ofertas:a) Entidad: Gerencia del Área 7 de Atención Primaria.b) Domicilio: Calle Espronceda, número 24.c) Localidad: Madrid.d) Fecha: 21 de junio de 2006.e) Hora: A las diez.

10. Otras informaciones. Pliegos en Internet: www.madrid.org11. Gastos de anuncios: Por cuenta del/de los adjudicatario/s.12. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión

Europea”: La fecha máxima de remisión es el 11 de abril de 2006.Madrid, a 4 de abril de 2006.—El Director-Gerente del Área 7

de Atención Primaria, Manuel Ballarín Bardaji.(01/943/06)

Consejería de Sanidad y Consumo

GERENCIA ÁREA 11 ATENCIÓN PRIMARIA

Resolución de 22 de marzo de 2006, del Gerente del Área 11 deAtención Primaria del Servicio Madrileño de Salud, por la quese hace pública la adjudicación del servicio comprendido en elexpediente CP/TA/AB/11/51/SE/06 “Servicio de limpieza de losDistritos de Aranjuez, Carabanchel y Arganzuela”, destinadoa los centros de salud pertenecientes al Área 11, mediante con-curso abierto.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud. Área 11 de Aten-

ción Primaria.b) Dependencia que tramita el expediente: Departamento de

Gestión de Servicios y Contratación Administrativa. Área 11de Atención Primaria.

c) Número de expediente: CP/TA/AB/11/51/SE/06.2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Servicios.b) Descripción del objeto: CP/TA/AB/11/51/SE/06 “Servicio de

limpieza de los Distritos de Aranjuez, Carabanchel yArganzuela”.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.4. Presupuesto base de licitación: 1.903.806,17 euros, importe

total.5. Adjudicación:a) Fecha: 22 de marzo de 2006.b) Contratistas:

— “Limpieza Getafe, Sociedad Anónima”: Lote 1, Aran-juez.

— “Limpiezas Ana María Caro, Sociedad Limitada”:Lote 2, Carabanchel. Lote 3, Arganzuela.

c) Nacionalidad: Españolas.d) Importe de adjudicación:

— Lote 1, Aranjuez: 418.992 euros.— Lote 2, Carabanchel: 885.616,62 euros.— Lote 3, Arganzuela: 520.445,73 euros.

En Madrid, a 3 de abril de 2006.—El Director-Gerente delÁrea 11 de Atención Primaria, Juan José Muñoz González.

(03/9.429/06)

Consejería de Sanidad y Consumo

HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO“GREGORIO MARAÑÓN”

Notificación de 23 de marzo de 2006, de la liquidación de preciospúblicos correspondientes a asistencias sanitarias prestadas enel Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.

Tras reiterados intentos de notificación y ante la imposibilidadde hacer efectivos los mismos, se plantea un supuesto de impo-sibilidad práctica de notificación, por lo que, al amparo del ar-tículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, se adjunta relación de obligados al pago

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a los que se les notifica la liquidación de precios públicos corres-pondientes a asistencias sanitarias prestadas en este Hospital Gene-ral Universitario “Gregorio Marañón”, de conformidad con elDecreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se apruebael Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos dela Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID número 257, de 29 de octubre de 2002), y de laOrden 234/2005, de 23 de febrero, del Consejero de Sanidad, por laque se fijan los precios públicos por la prestación de los serviciosy actividades de naturaleza sanitaria de la Red de Centros dela Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID número 56, de 8 de marzo), aparece usted comoobligado al pago de la liquidación de precios públicos que figurarelacionada a continuación:

Nombre y apellidos. — DNI/Pasaporte. — Número de factura eimporte

William Humbert González Martínez. — 121.850. — 2446/2005,112 euros.

Tadeu Almeida Vieira. — 45.086. — 2447/2005, 12 euros.Kristian Joy Catral. — 364.510.826. — 2448/2005, 112 euros.Eleodoro Elme Ramírez Tinco. — 3.600.118. — 2450/2005,

112 euros.Teresa García López. — 2.900.850. — 2457/2005, 112 euros.Esaú Aarón González Asunción. — 50875843-G. — 2459/2005,

112 euros.Diego Fernández Sánchez Guevarra. — 18.600.705. —

2462/2005, 112 euros.Ángel Soren Philip. — 602.955.520. — 2467/2005, 112 euros.Jimmy Anthony Miranda Reyes. — 168.618.816. — 2470/2005,

112 euros.Jaimar Nathaly Rey Arenas. — 6.184.705. — 2471/2005,

112 euros.Taavi Antinpoik Silantera. — 16.446.086. — 2475/2005,

112 euros.Dorothy Kay Dean. — 153.058.732. — 2478/2005, 112 euros.Sandra Aynat Soto. — 6206669-G. — 2479/2005, 112 euros.Beata Kaszas. — ZE-441458. — 2487/2005, 112 euros.Gershen Sarah Bess. — No consta. — 2491/2005, 112 euros.Francisco Javier Aguiar Marcano. — 16.667.672. — 2492/2005,

112 euros.María Evangelis Salamanca. — 5.702.033. — 2511/2005,

112 euros.Lindsay Camila Teles Carvalho. — 643.109. — 2512/2005,

112 euros.Yasmine Malika Sebti. — 540.073. — 2513/2005, 112 euros.Joana Darc Gonçalves Silva. — 6289264-Y. — 2514/2005,

112 euros.César Augusto Antunes Melo. — 530.870. — 2524/2005,

112 euros.Zhou Wu. — 6.169.091. — 2525/2005, 112 euros.Paula Janaina Souza Costa. — 63.885. — 2526/2005, 112 euros.Mariana Sánchez Zolliker. — 6.197.634. — 2530/2005, 112 euros.Paul Iconaru. — 5.707.476. — 2537/2005, 112 euros.Moritz Scheffler. — 647.606.499. — 2541/2005, 112 euros.Ian William Carroll. — 30.683.581. — 2554/2005, 112 euros.Karuliny Basso Da Silva Meirelles-Collazzi. — 568.976. —

2555/2005, 112 euros.Julio Solano González. — 70.510.180. — 2562/2005, 112 euros.Cristóbal Ismael Echenique Peñalver. — 117.272. — 2564/2005,

112 euros.Felicidad García Sarriá. — 21219503-W. — 2566/2005, 112 euros.David Salerno Silva. — CP-645011. — 2581/2005, 112 euros.Jesús Carreño Garrido. — 25.679.710. — 2586/2005, 112 euros.Jesús Alina Román Ortiz. — 289.138. — 2995/2005, 112 euros.Gisleide Vieira Souza. — 175.627. — 2996/2005, 112 euros.Santa Esther Duarte Ayala. — 2.620.102. — 3004/2005,

112 euros.Mariana Gangoiti Romano. — 139.010.611. — No consta,

112 euros.Sara Myriam Lervis. — 6087541-Q. — 3015/2005, 112 euros.Haday Eitan Mosche. — 396.530. — 3021/2005, 112 euros.Pablo Lis Valcarce. — 36.171.316. — 3025/2005, 112 euros.Frecia Ávila Orellana. — 4295965-W. — 3030/2005, 112 euros.

Iván Antonio Fernández Domínguez. — 51990200-B. —3033/2005, 112 euros.

Sebastián Muñoz Muñoz. — 51.627.150. — 3034/2005, 112 euros.Petrica Iordache. — GL-328098. — 3037/2005, 112 euros.David Salerno Silva. — CP-645011. — 3041/2005, 112 euros.Thiago Henrique Santiago Santos. — CP-651702. — 3042/2005,

112 euros.Manuel Arnoldo Robert Batalla. — 108.660.483. — 3055/2005,

112 euros.Daniel Leiva Rojas Leiva. — 1.564.508. — 3069/2005, 112 euros.Rose Marie Gonçalves. — 02ZZ17554. — 3070/2005, 112 euros.Cristian David Carrizo. — 28543226-N. — 3511/2005, 112 euros.Robert Piotr Maniak. — AB-4951776. — 3513/2005, 112 euros.Edgar Mojica Urosa. — 533.003.242. — 3524/2005, 224 euros.Marjorie Neva Murria. — 3.199.844. — 3525/2005, 112 euros.John Edgar Castrillón Roja. — 4223354-V. — 3542/2005, 112 euros.María Luisa Pardo Collazo. — 1.799.335. — 3546/2005, 112 euros.Oana Loredana Barca. — 6.544.091. — 3555/2005, 224 euros.David Holger Sattler. — 405.418.162. — 3556/2005, 112 euros.Luis Pérez Poyato. — 416.924. — 7505/2005, 42 euros.Gloria Torres Jiménez. — 51945945-P. — 6793/2005, 438 euros.Gloria Torres Jiménez. — 51945945-P. — 4526/2005, 224 euros.Gloria Torres Jiménez. — 51945945-P. — 4134/2005, 8.848 euros.Raúl Humberto Díaz Subiabre. — 40.502.289. — 5999/2005,

112 euros.

Recaudación en período voluntario

Plazos de ingresoDe acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 de la

Orden 3530/1998, de 14 de diciembre, del Consejero de Haciendade la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID de 18 de diciembre de 1998) y el artículo 62,apartado 2, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tri-butaria, se establece como período voluntario de pago el siguiente:

a) Para las notificaciones entre los días 1 y 15 de cada mes,desde la fecha de notificación hasta el día 20 del messiguiente.

b) Las notificaciones entre los días 16 y último de cada mes,desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundomes siguiente.Si el último día no fuera hábil, se aplazará en ambos casosal inmediato posterior.

Forma de pagoMediante ingreso o transferencia en “Caja Madrid”, cuenta

número 2038 1606 81 6000003133, a nombre de Hospital GeneralUniversitario “Gregorio Marañón”, sucursal de Madrid, calle Doc-tor Esquerdo, número 46, con vuelta a la calle Ibiza.

Conforme a lo expuesto, deberá hacer constar nombre y apellidosdel obligado al pago, así como el número de factura a cancelar.

RecursosDe reposición, conforme a los artículos 222 y siguientes de la

Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que se podráinterponer en el plazo de un mes, contado desde el día siguientea la publicación de la presente, o bien, de acuerdo a los artículos 234y siguientes del mismo texto; Reclamación Económico-Adminis-trativa, que se presentará ante la Gerencia de este Hospital GeneralUniversitario “Gregorio Marañón”, sito en la calle Doctor Esquer-do, número 46, 28007 Madrid.

Madrid, a 23 de marzo de 2006.—El Gerente del Hospital Gene-ral Universitario “Gregorio Marañón”, Ignacio Martínez González.

(01/915/06)

Consejería de Sanidad y Consumo

HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO“GREGORIO MARAÑÓN”

Notificación de 24 de marzo de 2006, de la liquidación de preciospúblicos correspondientes a asistencias sanitarias prestadas enel Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.

Page 47: CONVENIO ALIMENTACION MADRID

Pág. 51LUNES 24 DE ABRIL DE 2006B.O.C.M. Núm. 96

Tras reiterados intentos de notificación y ante la imposibilidadde hacer efectivos los mismos, se plantea un supuesto de impo-sibilidad práctica de notificación, por lo que, al amparo del ar-tículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, se adjunta relación de obligados al pagoa los que se les notifica la liquidación de precios públicos corres-pondientes a asistencias sanitarias prestadas en este Hospital Gene-ral Universitario “Gregorio Marañón”, de conformidad con elDecreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se apruebael Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos dela Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID número 257, de 29 de octubre de 2002), y Acuerdode 2 de agosto de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que semodifican las cuantías de los precios públicos por la prestaciónde los servicios y actividades de naturaleza sanitaria de la Red deCentros de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID número 221, de 17 de septiembre), apa-rece usted como obligado al pago de la liquidación de preciospúblicos que figura relacionada a continuación:

Nombre y apellidos. — DNI/Pasaporte. — Número de factura eimporte

Nicolina Katilova. — 910.038.941. — 5931/2004, 145,44 euros.Mirian Escobar Cortes. — 7.437.400. — 5934/2004, 145,44 euros.María Cecilia Altieri Bequio. — B-846274. — 5954/2004,

145,44 euros.Ariel Cuéllar Calle. — 5.969.531. — 5955/2004, 145,44 euros.Amra Dapo. — 1.593.755. — 5956/2004, 145,44 euros.Gherhes Menelica Cetatean-Roman. — 654.722. — 5964/2004,

145,44 euros.Vittorio Oberto. — AG-6733316. — 5966/2004, 1.017,74 euros.Marc Prochowski. — 561.125.361. — 6703/2004, 145,44 euros.Giroux Chantal. — 295.266. — 7890/2004, 145,44 euros.Diaconu Ionut. — 9.457.015. — 7904/2004, 145,44 euros.María Teresa Guijarro Platas. — 779.937. — 514/2005,

145,44 euros.Antonio Bruno Jiménez. — 2.258.510. — 517/2005, 145,44 euros.Michael James Finn. — N-499877. — 528/2005, 145,44 euros.María José Salido Manzaneque. — 6.234.852. — 999/2005,

145,44 euros.Parul Nafees Barry. — 104.699.042. — 539/2005, 145,44 euros.Laurentiu Coste Iordan. — 8.943.875. — 543/2005, 145,44 euros.Emilia Olkinuo. — 132.243. — 546/2005, 145,44 euros.Alberto José Iturralde Pavía. — 3.438.758. — 549/2005,

145,44 euros.Karell Karynthy Navarro González. — 1.338.640. — 554/2005,

145,44 euros.Dier Ameth Rangel Pimentel. — 1.335.287. — 555/2005,

145,44 euros.Elena Micu. — 7.333.338. — 557/2005, 145,44 euros.Gerardo Pulido Monckeberg. — 5.483.390. — 559/2005,

145,44 euros.Kim Byoung Jo. — GG-0067361. — 560/2005, 145,44 euros.Mary Jacqueline Gutiérrez Finol. — 1.102.715. — 1008/2005,

145,44 euros.Gregory Lee Gadsby. — 711.645.528. — 582/2005, 145,44 euros.Andrea Liliana Castillo Torres. — C-52789919. — 1036/2005,

145,44 euros.María Lourdes Corona Guerra. — 501.503. — 1043/2005,

145,44 euros.Alejandro Fernández Bruno. — 2.909.230. — 1785/2005,

290,88 euros.Jaime Niño Romero. — 5.425.295. — 1786/2005, 145,44 euros.Wander Silva Castro. — 18.005.548. — 1791/2005, 145,44 euros.Clarissa Almeida Godoy. — 609.555. — 1798/2005, 290,88 euros.Aitor Viñas López. — 11895075-G. — 2575/2005, 145,44 euros.Rose Marie Gonçalves. — 02ZZ17554. — 3074/2005, 216,39 euros.

Recaudación en período voluntario

Plazos de ingresoDe acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 de la

Orden 3530/1998, de 14 de diciembre, del Consejero de Hacienda

de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID de 18 de diciembre de 1998) y el artículo 62,apartado 2, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tri-butaria, se establece como período voluntario de pago el siguiente:

a) Para las notificaciones entre los días 1 y 15 de cada mes,desde la fecha de notificación hasta el día 20 del messiguiente.

b) Las notificaciones entre los días 16 y último de cada mes,desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundomes siguiente.Si el último día no fuera hábil, se aplazará en ambos casosal inmediato posterior.

Forma de pagoMediante ingreso o transferencia en “Caja Madrid”, cuenta

número 2038 1606 81 6000003133, a nombre de Hospital GeneralUniversitario “Gregorio Marañón”, sucursal de Madrid, calle Doc-tor Esquerdo, número 46, con vuelta a la calle Ibiza.

Conforme a lo expuesto, deberá hacer constar nombre y apellidosdel obligado al pago, así como el número de factura a cancelar.

RecursosDe reposición, conforme a los artículos 222 y siguientes de la

Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que se podráinterponer en el plazo de un mes, contado desde el día siguientea la publicación de la presente, o bien, de acuerdo a los artículos 234y siguientes del mismo texto; Reclamación Económico-Adminis-trativa, que se presentará ante la Gerencia de este Hospital GeneralUniversitario “Gregorio Marañón”, sito en la calle Doctor Esquer-do, número 46, 28007 Madrid.

Madrid, a 24 de marzo de 2006.—El Gerente del Hospital Gene-ral Universitario “Gregorio Marañón”, Ignacio Martínez González.

(01/914/06)

Consejería de Sanidad y Consumo

HOSPITAL UNIVERSITARIO “LA PAZ”

Resolución de 11 de abril de 2006, de la Dirección-Gerencia delHospital Universitario “La Paz”, por la que se anuncia/n con-curso/s por procedimiento abierto de suministros: Núme-ro CA 2006-0-44, “Material sanitario: Mallas, adhesivos cutá-neos, etcétera”; número CA 2006-0-52, “Material sanitario: Sis-temas de suspensión vía transotubuladores para tratamientoincontinencia urinaria”, y número CA 10/06, “Equipamientomédico”.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud. Hospital Univer-

sitario “La Paz”.b) Dependencia que tramita el expediente: Unidad de Con-

tratación.c) Números de expedientes: CA 2006-0-44, CA 2006-0-52 y

CA 10/06.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto:

— CA 2006-0-44: “Material sanitario: Mallas, adhesivoscutáneos, etcétera”.

— CA 2006-0-52: “Material sanitario: Sistemas de suspen-sión vía transotubuladores para tratamiento incontinen-cia urinaria”.

— CA 10/06: “Equipamiento médico (microscopio quirúr-gico, respirador volumétrico y sistema de electromio-grafía y potenciales evocados)”.

b) Número de unidades a entregar: Ver Pliegos de Prescrip-ciones Técnicas.

c) División por lotes y número:— CA 2006-0-44: Sí (17).— CA 2006-0-52: Sí (1).— CA 10/06: Sí (3).

Page 48: CONVENIO ALIMENTACION MADRID

Pág. 52 LUNES 24 DE ABRIL DE 2006 B.O.C.M. Núm. 96

d) Lugar de entrega: Hospital Universitario “La Paz”.e) Plazo de entrega: Ver Pliego de Cláusulas Administrativas

Particulares.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.4. Presupuesto base de licitación:— CA 2006-0-44: 138.518,44 euros.— CA 2006-0-52: 90.149,64 euros.— CA 10/06: 170.000 euros.5. Garantía provisional: Ver punto 8 del cuadro de caracte-

rísticas del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Hospital Universitario “La Paz”. Unidad de Con-

tratación, planta segunda del edificio “Escuela de Enfer-meras”, de lunes a viernes, en horario de ocho a doce.

b) Domicilio: Paseo de la Castellana, número 261.c) Localidad y código postal: 28046 Madrid.d) Teléfonos: 917 277 312 y 917 277 247.e) Fax: 917 277 047.f) Fecha límite de obtención de documentos e información:

El día 12 de mayo de 2006.7. Requisitos específicos del contratista: Solvencia económica

y financiera y solvencia técnica y profesional: Ver Pliego de Cláu-sulas Administrativas Particulares.

8. Presentación de ofertas o de las solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación: El día indicado en el apar-

tado f) del punto 6, en horario de Registro.b) Documentación a presentar: La especificada en el Pliego

de Cláusulas.c) Lugar de presentación: Hospital Universitario “La Paz” (Re-

gistro General), planta sótano del Hospital Maternal, paseode la Castellana, número 261, 28046 Madrid.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta (concurso): Tres meses contados a partir de laapertura de las proposiciones.

e) Admisión de variantes (concurso): Ver Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares.

9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Hospital Universitario “La Paz” (Sala de Juntas

del Edificio “Escuela de Enfermeras”, segunda planta).b) Domicilio: Paseo de la Castellana, número 261.c) Localidad: Madrid.d) Fechas:

— CA 2006-0-44: El día 31 de mayo de 2006, a las nuevey cuarenta horas.

— CA 2006-0-52: El día 31 de mayo de 2006, a las nuevey cincuenta horas.

— CA 10/06: El día 31 de mayo de 2006, a las diez horas.10. Otras informaciones: ...11. Gastos de anuncios: El importe de este anuncio será por

cuenta de los adjudicatarios.12. Fecha de envío al “Diario Oficial de la Unión Europea”:

No procede.13. En su caso, portal informático o página web donde figuren

las informaciones relativas a la convocatoria o donde pueden obte-nerse los pliegos: www.madrid.org/psga�gestiona

Madrid, a 11 de abril de 2006.—El Director-Gerente, RafaelPérez-Santamarina Feijoo.

(01/1.022/06)

Consejería de Sanidad y ConsumoHOSPITAL UNIVERSITARIO DE “LA PRINCESA”

Resolución de 30 de marzo de 2006, de la Gerencia del HospitalUniversitario de “La Princesa”, por la que se hace pública laadjudicación del contrato titulado: Reactivos para la realizaciónde pruebas de alergia para el Hospital Universitario de “LaPrincesa”, de Madrid.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud. Hospital Univer-

sitario de “La Princesa”.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Logís-

tica.c) Número de expediente: PNG 18/2006 HUP.2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Suministros.b) Descripción del objeto: Reactivos para la realización de

pruebas de alergia.c) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio

de licitación: Sin publicidad.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Sin publicidad.c) Forma: Procedimiento negociado.4. Presupuesto base de licitación o canon de explotación: Im-

porte total, 205.543,19 euros.5. Adjudicación:a) Fecha: 7 de marzo de 2006.b) Contratista: “Swden Diagnostics, Sociedad Limitada”.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: 205.543,19 euros.Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 30 de marzo de 2006.—El Director-Gerente, Jorge

Gómez Zamora.(03/9.573/06)

Consejería de Sanidad y Consumo

HOSPITAL UNIVERSITARIO DE “LA PRINCESA”

Resolución de 30 de marzo de 2006, de la Gerencia del HospitalUniversitario de “La Princesa”, por la que se hace pública laadjudicación del contrato titulado: Reactivos para la determi-nación del virus de la Hepatitis C para el Hospital Universitariode “La Princesa”, de Madrid.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud. Hospital Univer-

sitario de “La Princesa”.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Logís-

tica.c) Número de expediente: PNG 28/2006 HUP.2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Suministros.b) Descripción del objeto: Reactivos para la determinación del

virus de la Hepatitis C.c) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio

de licitación: Sin publicidad.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Sin publicidad.c) Forma: Procedimiento negociado.4. Presupuesto base de licitación o canon de explotación: Im-

porte total, 90.763,20 euros.5. Adjudicación:a) Fecha: 15 de marzo de 2006.b) Contratista: “Roche Diagnostics, Sociedad Limitada”.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: 90.763,20 euros.Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 30 de marzo de 2006.—El Director-Gerente, Jorge

Gómez Zamora.(03/9.572/06)

Page 49: CONVENIO ALIMENTACION MADRID

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Consejería de Sanidad y ConsumoHOSPITAL UNIVERSITARIO DE “LA PRINCESA”

Resolución de 6 de abril de 2006, de la Gerencia del HospitalUniversitario de “La Princesa”, por la que se hace pública laadjudicación del contrato titulado: Suministro de material parala automatización de inmunohistoquímica para el Hospital Uni-versitario de “La Princesa”, de Madrid.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud. Hospital Univer-

sitario de “La Princesa”.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Logís-

tica.c) Número de expediente: PNG 15/2006 HUP.2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Suministros.b) Descripción del objeto: Material para la automatización de

inmunohistoquímica.c) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio

de licitación:— BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID nú-

mero 4, de 5 de enero de 2006.— “Boletín Oficial del Estado” número 310, de 28 de di-

ciembre de 2005.— “Diario Oficial de la Unión Europea” número 2005/S

245-241553, de 21 de diciembre de 2005.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Anticipada.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.4. Presupuesto base de licitación o canon de explotación: Im-

porte total, 323.289 euros.5. Adjudicación:a) Fecha: 29 de marzo de 2006.b) Contratista: “Vitro, Sociedad Anónima”.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: 323.289 euros.Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 6 de abril de 2006.—El Director-Gerente, Jorge

Gómez Zamora.(03/9.571/06)

Consejería de Cultura y DeportesORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO MADRILEÑO

DEL DEPORTE, EL ESPARCIMIENTOY LA RECREACIÓN (IMDER)

Resolución de 7 de abril de 2006, del Gerente del Organismo Autó-nomo Instituto Madrileño del Deporte, el Esparcimiento y laRecreación (IMDER), por la que se convoca concurso por pro-cedimiento abierto del contrato para el «Suministro de dos robotslimpiafondos para las piscinas sitas en las instalaciones: ParqueDeportivo “Puerta de Hierro” y Centro de Natación “M.86”».

Expediente número: 9/2006.1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Organismo Autónomo Instituto Madrileño del

Deporte, el Esparcimiento y la Recreación.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General.2. Objeto del contrato:d) Descripción del objeto: «Suministro de dos robots limpia-

fondos para las piscinas sitas en las instalaciones: ParqueDeportivo “Puerta de Hierro” y Centro de Nata-ción “M.86”».

e) Lugar de ejecución: Parque Deportivo “Puerta de Hierro”y Centro de Natación “M.86”.

c) Plazo de ejecución: La fecha máxima de entrega se estableceen un mes.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 38.280 euros.5. Garantías: Provisional, 2 por 100 del precio de licitación,

765,60 euros; definitiva, 4 por 100 del precio de adjudicación delcontrato.

6. Obtención de documentación e información:Pliegos de Cláusulas Administrativas y Prescripciones Técnicas:

Gerencia del IMDER, Gran Vía, número 10, sexta planta, de nuevea catorce horas.

Portal informático o página web donde figuran las informacionesrelativas a la convocatoria y donde pueden obtenerse los pliegos:www.madrid.org

8. Requisitos específicos del contratista: Los requeridos en elPliego de Cláusulas Administrativas.

9. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: Dieciséis días naturales, con-

tados a partir del día siguiente de la fecha de publicacióndel anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.Caso de que el plazo anterior finalizase en sábado, domingoo festivo, se prorrogará al día hábil siguiente.

b) Documentación a presentar: Constará de dos sobres cerra-dos y firmados por el licitador o persona que le represente,en cada uno de los cuales se expresará su respectivo con-tenido, dirección, teléfono, fax, NIF y nombre del licitador.Sobre número 1: “Documentación administrativa”.Sobre número 2: “Documentación económica”.La proposición se redactará con arreglo al modelo delAnexo II del Pliego de Cláusulas Administrativas y la docu-mentación a presentar en cada sobre será la establecidaen dicho Pliego.

c) Lugar de presentación: Registro de la Gerencia del IMDER,Gran Vía, número 10, sexta planta, 28013 Madrid, de nuevea catorce horas.

10. Apertura de ofertas: En la sede de la Gerencia del IMDER,Gran Vía, número 10, a las trece horas del quinto día hábil contadoa partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentaciónde proposiciones, salvo que este fuese sábado, en cuyo caso secelebraría el siguiente día hábil en el mismo lugar y a la mismahora.

11. Gastos de anuncios: Por cuenta del adjudicatario.Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 78

de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.Madrid, a 7 de abril de 2006.—El Gerente, Juan Antonio Escu-

dero Lobato.(01/988/06)

Consejería de Familia y Asuntos Sociales

ORGANISMO AUTÓNOMO SERVICIO REGIONALDE BIENESTAR SOCIAL

Resolución de 28 de marzo de 2006, del Gerente por delegacióndel Servicio Regional de Bienestar Social, por la que se hacepública la adjudicación del contrato de: «Obras para la sus-titución de dos máquinas frigoríficas en la Residencia de Mayo-res “Vallecas”».

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Servicio Regional de Bienestar Social.b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contra-

tación del Servicio Regional de Bienestar Social.c) Número de expediente: 08-CO-00037.6/2005 (931/24-09/06).2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Contrato de obras.

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b) Descripción del objeto: “Obras para la sustitución de dosmáquinas frigoríficas en la Residencia de Mayores “Va-llecas”».

c) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anunciode licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 11 de enero de 2006.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 102.941,29 euros.5. Adjudicación:a) Fecha: 27 de marzo de 2006.b) Contratista: “Gesair, Sociedad Limitada”.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: 75.147,14 euros.Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 28 de marzo de 2006.—El Gerente del Servicio Regio-

nal de Bienestar Social, Gonzalo Quiroga Churruca.(03/9.450/06)

Consejería de Empleo y Mujer

Resolución de 8 de marzo de 2006, de la Dirección general deTrabajo de la Consejería de Empleo y Mujer, sobre registro, depó-sito y publicación del convenio colectivo del Sector de Comerciode Alimentación, suscrito por la Asociación Madrileña de Empre-sarios de Alimentación y Distribución “La Única”, Asociaciónde Detallistas de Huevos, Aves y Caza, Asociación de EmpresariosDetallistas de Pescados y Productos Congelados (ADEPESCA),Federación Madrileña de Detallistas de Carne (FEDECARNE),Asociación de Empresarios Detallistas de Frutas y Productos Hor-tícolas, CC OO y UGT (código número 2800715).

Examinado el texto del convenio colectivo del Sector de Comer-cio de Alimentación, suscrito por la representación empresarialy sindicatos arriba referenciados, el día 13 de febrero de 2006,completada la documentación exigida en el artículo 6 del RealDecreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósitode Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lodispuesto en el artículo 2 de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo,y en el artículo 7.1.a) del Decreto 127/2004, de 29 de julio, porel que se establece la estructura orgánica de la Consejería deEmpleo y Mujer, esta Dirección General

RESUELVE

1.o Inscribir dicho convenio en el Registro Especial de Con-venios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondientedepósito en este Organismo.

2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoriay gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 8 de marzo de 2006.—El Director General de Trabajo,Javier Vallejo Santamaría.

CONVENIO COLECTIVO PARA EL COMERCIODE ALIMENTACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID

El presente convenio colectivo ha sido concertado por los repre-sentantes de la Asociación Madrileña de Empresarios de Alimen-tación y Distribución “La Única”, por la Asociación de Detallistasde Huevos, Aves y Caza de Madrid, por la Asociación de Empre-sarios Detallistas de Pescados y Productos Congelados de la Comu-nidad de Madrid (ADEPESCA), Federación Madrileña de Deta-llistas de la Carne (FEDECARNE) y por la Asociación de Empre-sarios Detallistas de Frutas y Productos Hortícolas de Madrid,todos ellos en representación de los empresarios del sector, y porlos representantes sindicales el Sindicato de Comercio, Hosteleríay Turismo de Madrid de CC OO (SICOHT) y la Federación de

Trabajadores de Comercio, Hostelería-Turismo y Juego de UGTde Madrid, en representación de los trabajadores del sector.

Capítulo 1

Disposiciones generales

Artículo 1. Ámbito funcional.—El presente convenio colectivoestablece y regula las normas básicas de las condiciones mínimasde trabajo de las empresas de comercio de alimentación al pormenor (establecimientos tradicionales, autoservicios, supermerca-dos y tiendas descuento), mayoristas y distribuidores de alimen-tación.

Art. 2. Ámbito territorial.—Los preceptos contenidos en el pre-sente convenio serán de aplicación en todas las empresas definidasen el ámbito funcional y cuya sede social principal se ubique enla Comunidad de Madrid, así como a todos los centros de trabajoexistentes dentro de la Comunidad, aun si la sede social de laempresa a la que pertenecen radique fuera de ella.

Art. 3. Ámbito personal.—El presente convenio será de apli-cación a todos los trabajadores por cuenta ajena pertenecientesa las empresas reflejadas en el ámbito funcional y territorial.

Art. 4. Ámbito temporal. Denuncia y prórroga del convenio.—Elpresente convenio colectivo entrará en vigor al día siguiente desu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y su duración será desde el 1 de enero de 2005 hastael 31 de diciembre de 2008.

La denuncia por cualquiera de las partes legitimadas para ellodeberá realizarse por escrito a través de cualquier procedimientoadmitido en derecho, dándose traslado a la otra parte implicadacon un mínimo de tres meses de antelación a la fecha de ter-minación de la vigencia del convenio colectivo.

Las condiciones pactadas en el presente convenio colectivo sub-sistirán en tanto no sean sustituidas por un nuevo texto pactado.

Art. 5. Vinculación a la totalidad, condiciones más beneficiosas,compensación y absorción.—Las condiciones pactadas en este con-venio forman un todo o unidad indivisible y a efectos de su apli-cación práctica serán consideradas globalmente en su cómputoanual.

Todas las condiciones económicas contenidas en el presente con-venio se establecen en el carácter de mínimas, por lo que las situa-ciones más favorables, con respecto a lo contenido en el presenteconvenio, subsistirán para aquellos trabajadores que vinierandisfrutándolas.

Los beneficios otorgados por el presente convenio podrán sercompensados y absorbidos con respecto a situaciones que ante-riormente rigieran por voluntaria concesión de las empresas.

Capítulo 2

Organización del trabajo

Art. 6. Organización del trabajo.—La organización del trabajo,con sujeción a lo previsto en el presente convenio, es facultadexclusiva de la dirección de las empresas.

Sin merma de la autoridad reconocida a la dirección de la empre-sa, los comités de empresa, delegados de personal, delegados sin-dicales y secciones sindicales tendrán la función de asesoramiento,orientación y propuestas en lo referente a la organización y racio-nalización del trabajo, así como todas aquellas materias que con-templa la normativa vigente.

Art. 7. Igualdad en el trabajo.—No se podrá admitir ningunadiscriminación entre los trabajadores que venga amparada en cues-tiones religiosas, políticas, sexuales, raciales o de edad, compro-metiéndose las empresas a garantizar la igualdad de percepcioneseconómicas entre sexos a igualdad de funciones.

En cuanto a la integración laboral de trabajadores con minus-valías o discapacidades de cualquier clase y en aquellas circuns-tancias en que no pueda darse cumplimiento, en función de lanaturaleza de los puestos de trabajo, a la cuota mínima de tra-bajadores minusválidos, las empresas podrán acogerse a la adop-ción de las medidas alternativas recogidas en el Real Decre-to 27/2000, de 14 de enero.

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Capítulo 3Clasificación profesional

Art. 8. Clasificación del personal.—Los trabajadores que pres-ten sus servicios en las empresas incluidas en el ámbito del presenteconvenio serán clasificados en atención a sus aptitudes profesio-nales, titulaciones y contenido general de la prestación.

La clasificación se realizará en grupos profesionales, por inter-pretación y aplicación de los factores de valoración y por las tareasy funciones básicas más representativas que desarrollen lostrabajadores.

Por acuerdo entre el trabajador y el empresario se estableceráel contenido de la prestación laboral objeto del contrato, así comosu pertenencia a uno de los grupos profesionales previstos en esteconvenio.

Este criterio de clasificación no supondrá que se excluya, enlos puestos de trabajo de cada grupo profesional, la realizaciónde tareas complementarias que sean básicas.

La realización de funciones de superior o inferior grupo se haráconforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Estatuto de losTrabajadores.

La presente clasificación profesional pretende lograr una mejorintegración de los recursos humanos en la estructura organizativade la empresa sin merma alguna de la dignidad, oportunidad depromoción y justa retribución de los trabajadores y sin que seproduzca discriminación alguna por razones de edad, sexo o decualquier otra índole.

Art. 9. Factores de valoración.—Los factores que, conjuntamenteponderados, deben tenerse en cuenta para la inclusión de los tra-bajadores en un determinado grupo profesional son los siguientes:

a) Conocimientos: Factor para cuya valoración se tendrá encuenta, además de la formación básica necesaria para cum-plir correctamente los cometidos, la experiencia adquiriday la dificultad para la adquisición de dichos conocimientosy experiencias.

b) Iniciativa: Factor para cuya valoración se tendrá en cuentael grado de seguimiento a normas o directrices para la eje-cución de tareas o funciones.

c) Autonomía: Factor para cuya valoración se tendrá en cuentael grado de dependencia jerárquica en el desempeño delas tareas o funciones que se desarrollen.

d) Responsabilidad: Factor para cuya valoración se tendrá encuenta el grado de autonomía de acción del titular de lafunción, el nivel de influencia sobre los resultados y la rele-vancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicosy productivos.

e) Mando: Factor para cuya valoración se tendrá en cuentael grado de supervisión y ordenación de las funciones ytareas, la capacidad de interrelación, las características delcolectivo y el número de personas sobre las que se ejerceel mando.

f) Complejidad: Factor para cuya valoración se tendrá en cuen-ta el número y el grado de integración de los diversos factoresantes enumerados en la tarea o puesto encomendado.

Para una mejor adecuación de los anteriores factores de valo-ración a las especiales características de las empresas de hasta 50trabajadores, las partes firmantes acuerdan definir unos gruposprofesionales para estas empresas, que aun teniendo su concep-tualización en los mismos criterios, esto es, la interpretación yaplicación de los factores de valoración descritos y en las tareasy funciones desarrolladas, se ajusten y respondan de una maneramás próxima a la realidad organizativa de dichas empresas.

Art. 10. Grupos profesionales:a) En empresas de más de 50 trabajadores:

— Grupo I: Están comprendidos en este grupo aquellostrabajadores que realizan tareas que consisten en ope-raciones realizadas siguiendo un método de trabajo pre-ciso, según instrucciones específicas, con total grado dedependencia jerárquica y funcional, pudiendo requeriresfuerzo físico. No necesitan formación específica, aun-que ocasionalmente pueda ser necesario un período deadaptación.

— Grupo II: Están comprendidos en este grupo aquellostrabajadores que, teniendo una aptitud cualificada por

sus conocimientos y capacidades, con personal a su cargoo sin él, ostentan la responsabilidad de un trabajo espe-cífico, con autonomía para poner en práctica las normasrecibidas e interpretarlas. Esto es, realizan tareas queconsisten en la ejecución de trabajos que, aunque serealizan bajo instrucciones precisas, requieren adecuadosconocimientos profesionales y aptitudes prácticas cuyaresponsabilidad está limitada por una supervisión directay sistemática.

— Grupo III: Se integran en este grupo aquellos traba-jadores que por su experiencia y/o formación univer-sitaria de grado superior o medio, tienen como contenidode su prestación laboral la obtención de resultados conun grado medio de autonomía y responsabilidad, siguien-do las políticas y directrices fijadas por los dos grupossiguientes.

— Grupo IV: Están comprendidos en este grupo aquellostrabajadores que, teniendo una aptitud profesional alta-mente cualificada, adquirida a través de una experienciay/o de una formación universitaria, tienen como con-tenido de su prestación laboral la consecución de resul-tados operacionales en un área específica, vinculadosdirectamente con las políticas generales de la empresa.Dependen directamente del personal del grupo V.

— Grupo V: Están comprendidos en este grupo aquellaspersonas que coordinan, dirigen, establecen y crean polí-ticas generales, marcando objetivos y determinadosmodos de obtenerlos, y que afecta a un área, direccióny jefatura básica de la organización.

— Grupo 0: Están comprendidos en este grupo aquellaspersonas que ejercen funciones generales de direccióny cuya relación está basada en la confianza.

b) En empresas de hasta 50 trabajadores:— Grupo I: Se asimila al Grupo I de las empresas de más

de 50 trabajadores.— Grupo II: Se asimila a los Grupos II y III de las empresas

de más de 50 trabajadores.— Grupo III: Se asimila a los Grupos IV y V de las empresas

de más de 50 trabajadores.

Capítulo 4

Normativa sobre empleo

La contratación de trabajadores se ajustará a las normas legalesgenerales vigentes sobre empleo.

Art. 11. Período de prueba.—El ingreso de los trabajadores seconsiderará hecho a título de prueba. La duración del períodode prueba será variable según el grupo profesional de cada tra-bajador, de acuerdo con la siguiente escala en los contratos denaturaleza temporal:

— Grupo I: Quince días.— Grupos II y III: Dos meses.— Grupos IV y superiores: Cuatro meses.En los contratos celebrados con carácter indefinido la duración

del período de prueba será de seis meses para todos los gruposprofesionales.

Estos períodos serán por días naturales de trabajo efectivo, porlo que no computarán en el mismo los períodos de tiempo enlos que esté suspendido el contrato de trabajo.

Durante estos períodos de prueba la relación laboral podrá serresuelta por cualquiera de las partes sin necesidad de preaviso,regulado en este convenio colectivo.

Art. 12. Modalidades de contratación.—Las modalidades decontratación se ajustarán siempre a lo establecido en cada momen-to por la legislación vigente:

a) Contrato indefinido: Los contratos de carácter indefinidoserán la forma habitual de contratación en el sector, enaquellos puestos de trabajo que correspondan a la actividadhabitual y estable de las empresas. En el caso de que el ingre-so del trabajador se realice mediante un contrato de carácterindefinido, el período de prueba regulado en el artículoanterior pasará a ser de seis meses, con independencia delgrupo profesional que ostente el trabajador.

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b) Contrato para la formación: Se estará al artículo 11 delEstatuto de los Trabajadores o a la norma que lo sustituyao complemente. La duración de este contrato no será inferiora seis meses ni superior a tres años, pudiéndose prorrogarpor períodos de seis meses hasta alcanzar la duraciónmáxima.Si al finalizar el segundo año las partes concertaran unanueva prórroga, esta será necesariamente por el períodode un año a cuya finalización el contrato se transformaráen indefinido.Se podrá concertar para la formación o adiestramiento encuantos puestos de trabajo u oficios existan en los centrosde trabajo, siempre que exista para los mismos un certificadode profesionalidad aprobado por el Instituto Nacional deEmpleo.El tiempo que se dedique a la formación teórica se podráconcentrar a lo largo de la duración del contrato, respe-tándose el límite mínimo del 15 por 100 de la jornada máximapactada.Para los trabajadores incluidos en los colectivos a los queno es de aplicación el límite máximo de edad a partir delos veintiún años, el salario será el 100 por 100 del corres-pondiente en la tabla salarial, sin que exista minoraciónpor el tiempo dedicado a formación.El número máximo de contratos para la formación se esta-blece en función de la plantilla de cada centro de trabajo,siendo de aplicación la siguiente escala solo en aquellasempresas que conviertan en indefinidos a un 75 por 100de los contratados bajo esta modalidad a la finalización desus contratos, a lo largo de la vigencia de este convenio:— Hasta cinco trabajadores: Tres contratos para la for-

mación.— Hasta 10 trabajadores: Cinco contratos para la for-

mación.— Hasta 25 trabajadores: Nueve contratos para la for-

mación.— Hasta 40 trabajadores: 13 contratos para la formación.— Hasta 50 trabajadores: 19 contratos para la formación.— Hasta 100 trabajadores: 25 contratos para la formación.— Hasta 250 trabajadores: 31 contratos para la formación.— Hasta 500 trabajadores: 41 contratos para la formación.— A partir de 500 trabajadores: 51 contratos para la

formación.En defecto del anterior compromiso de contratación fija,la limitación será la establecida reglamentariamente.

c) Contrato en prácticas: Se estará al artículo 11 del Estatutode los Trabajadores o a la norma que lo sustituya o com-plemente. Este contrato se podrá concertar para el desem-peño de puestos de trabajo incluidos en los Grupos III,IV y V, siéndole de aplicación el período de prueba generalde seis meses.

d) Contrato eventual: Se estará al artículo 15 del Estatuto delos Trabajadores o a la norma que lo sustituya o comple-mente. La duración máxima de esta modalidad de contra-tación será de doce meses en un período de dieciocho meses.En caso de que se concierte por un período menor a laduración máxima, solo cabrá una prórroga.Atendiendo a la naturaleza del sector y ante la imposibilidadde predeterminar el carácter estacional o excepcional quehabilita la contratación de trabajadores eventuales, se acuer-da que la mención a este artículo del convenio otorgue plenavalidez y eficacia al uso de esta modalidad contractual.

e) Contrato por obra o servicio determinado: Se estará al ar-tículo 15 del Estatuto de los Trabajadores o a la normaque lo sustituya o complemente. Se identifican como trabajosy tareas con sustantividad propia dentro de la actividad nor-mal de las empresas del sector:— Las campañas, promociones y épocas especiales de venta.— Las ferias, exposiciones y promociones especiales de

productos.— Los trabajos consistentes en la preparación o acondi-

cionamiento de mercancía debida a encargos puntualesde clientes.

La duración máxima de estos contratos será de dos años,contados a partir del inicio de las tareas de preparaciónde la campaña o promoción.

f) Contrato de interinidad: Se estará al artículo 15 del Estatutode los Trabajadores o a la norma que lo sustituya ocomplemente.En el contrato de interinidad por sustitución del descansopor maternidad se podrá incluir, a efectos de la duracióndel mismo, el tiempo de lactancia acumulada que se disfruteinmediatamente a continuación de la finalización del des-canso maternal.

g) Contrato a tiempo parcial y de relevo: Se estará a lo dis-puesto en el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores.

Art. 13. Cese voluntario, preaviso en caso de extinción y com-pensación económica.—El trabajador que desee causar baja volun-taria en la empresa habrá de comunicar dicha decisión por escritocon quince días de antelación a la fecha de finalización de susservicios. Por cada día de retraso, la empresa descontará de suliquidación de haberes la parte proporcional.

Si el contrato de trabajo de duración determinada es superiora un año, la parte del contrato que formule la denuncia está obli-gada a notificar a la otra la terminación del mismo con una ante-lación mínima de quince días.

Durante el período de prueba la relación laboral podrá serresuelta por cualquiera de las partes sin necesidad de preaviso.

A los contratos temporales les será de aplicación a su finalización,en su caso, la indemnización de ocho días de salario por año detrabajo o la cantidad que dispusiera la nómina legal en vigor.

La indemnización de ocho días por año trabajado también seráde aplicación si el empresario resolviera el contrato a partir delquinto mes, en aquellos contratos que se hubiesen suscrito ini-cialmente con carácter indefinido y cuyo período de prueba fuerade seis meses.

Art. 14. Jubilación:

a) Jubilación ordinaria: Con el objeto de fomentar el empleo,se pacta que la edad de jubilación será a los sesenta y cincoaños, salvo que el trabajador afectado no hubiese cubiertoel período de carencia exigido para lucrar la pensión dejubilación, pudiendo continuar, en tal caso, en la prestaciónde sus servicios hasta completar tal período. Quedan exclui-dos de lo anteriormente expuesto los trabajadores que, reu-niendo los requisitos legales, deseen acogerse a la jubilaciónanticipada.

b) Jubilación especial a los sesenta y cuatro años: Igualmente,el trabajador podrá jubilarse a los sesenta y cuatro años,de acuerdo a lo previsto en el Real Decreto 1191/1985,de 17 de julio, comprometiéndose la empresa a sustituiral trabajador en las condiciones y requisitos establecidosen dicha norma, a fin de que aquel pueda acceder, en sucaso, al 100 por 100 de la pensión de jubilación.

c) Jubilación parcial: Los trabajadores que tengan cumplidossesenta años de edad, y que reúnan las condiciones exigidaspara tener derecho a la pensión contributiva de jubilaciónde la Seguridad Social, podrán acceder a la jubilación parcialen los siguientes términos:

— El trabajador concertará, previo acuerdo con su empresa,un contrato a tiempo parcial por el que aquel reduzcasu jornada de trabajo y su salario entre un mínimo del 25por 100 y un máximo del 85 por 100 de aquellos. Estosporcentajes se entenderán referidos a una jornada detrabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.

— Si el trabajador accede a la jubilación parcial con menosde sesenta y cinco años de edad, sin que, a tales efectosse tenga en cuenta las bonificaciones o anticipacionesde edad de jubilación que correspondan, la empresa con-certará simultáneamente un contrato de relevo con otrotrabajador en situación de desempleo o que tenga con-certado con la empresa un contrato de duración deter-minada, con objeto de sustituir la jornada de trabajodejada vacante por el trabajador que se jubila par-cialmente.

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Capítulo 5Condiciones de trabajo

Art. 15. Jornada laboral:a) Jornada laboral: La duración máxima de la jornada ordinaria

de trabajo de los trabajadores afectados por el presenteconvenio será de cuarenta horas semanales de trabajo efec-tivo y, en cómputo anual, de 1.810 horas de trabajo efectivo.A efectos de determinar dicha duración máxima, se con-siderará el tiempo transcurrido desde que el trabajador seincorpora a su puesto de trabajo hasta que lo abandona.No obstante lo anterior, los firmantes del presente conveniocolectivo, reconociendo el mayor volumen de ventas y tra-bajo en los períodos comprendidos entre el 15 de junioal 15 de julio y el 5 de diciembre al 5 de enero, acuerdanla posibilidad del establecimiento por el empresario de unadistribución irregular de la jornada de trabajo. Dicha dis-tribución estará limitada a un máximo de nueve horas diariasdurante los períodos reseñados. El disfrute del descansoequivalente a la jornada irregular se efectuará dentro delos dos meses siguientes a su realización.El establecimiento de la jornada irregular se tendrá quepreavisar con un plazo mínimo de siete días.No obstante, en aquellas poblaciones que por su localizacióngeográfica tradicionalmente se venga realizando una jornadadistinta a la anteriormente señalada, se seguirá manteniendoen sus mismos términos con el consentimiento de las partesexpresado de cualquier forma.

b) Descanso semanal, fiestas y permisos: En cumplimiento delo dispuesto en el artículo 37.1 del Estatuto de los Tra-bajadores, y en base a lo previsto en el Real Decre-to 1561/1995, el medio día de descanso se podrá disfrutaren períodos de hasta cuatro semanas, pudiendo disfrutarseseparado del día completo en cualquier día de la semana.

c) Asuntos propios: Los trabajadores podrán disfrutar de undía de licencia para asuntos propios por semestre naturalanual. Este disfrute está condicionado a que, en el semestrede que se trate, no hayan sufrido ninguna ausencia injus-tificada.La fijación del día o días de licencia a que se refiere elpárrafo precendente se realizará por acuerdo entre traba-jador y empresa, atendiendo siempre a las necesidades pro-ductivas de esta última. No serán acumulables a puentes,días festivos o vacaciones, salvo acuerdo entre empresa ytrabajador.En el supuesto de que, disfrutada/s la/s licencia/s a que serefieren los párrafos precedentes, el trabajador incumpliesecon posterioridad (por ausencia injustificada dentro del mis-mo semestre) el presupuesto de viabilidad de la/s misma/s,la empresa podrá descontarle de la nómina de salarioscorrespondiente al mes siguiente el importe de los salarioscorrespondientes al día/s indebidamente disfrutado/s.

Art. 16. Horas extraordinarias.—Tendrán la consideración dehoras extraordinarias todas aquellas horas de trabajo que se rea-licen sobre la duración máxima de jornada ordinaria, semanal oanual.

Art. 17. Vacaciones.—Los trabajadores afectados por el pre-sente convenio disfrutarán de treinta días naturales de vacacionesretribuidas en el año natural. De estos, al menos, veintiún díasdeberán disfrutarse de manera continuada dentro del período com-prendido entre el 1 de junio y el 30 de septiembre. Por acuerdoentre empresa y trabajador se podrá pactar otro régimen distintoen cuanto a calendario de disfrute y períodos con un máximode dos períodos.

El trabajador conocerá las fechas que le corresponden, al menos,con dos meses de antelación a su disfrute. Las vacaciones se dis-frutarán anualmente en turnos rotativos dentro del períodoseñalado.

El inicio de las vacaciones no podrá coincidir con el descansosemanal o un festivo, de forma y manera que, en estos casos,se entenderán iniciadas las vacaciones al día siguiente del festivoo descanso semanal, salvo que sea mes natural.

Fuera del período obligatorio de disfrute, el trabajador tendrála opción de fijar la fecha de disfrute de su vacación anual, siemprede manera continuada y de mutuo acuerdo con la empresa.

Art. 18. Licencias retribuidas.—El trabajador, previo aviso yjustificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a la per-cepción de sus haberes, por alguno de los motivos y por el tiemposiguiente:

a) Quince días naturales en caso de matrimonio.b) Por el tiempo preciso y con justificante del mismo con el

correspondiente visado del facultativo, cuando por razónde enfermedad el trabajador precise la asistencia a con-sultorio médico en horas coincidentes con su jornada laboral.

c) Dos días naturales en caso de nacimiento de hijo, accidente,enfermedad grave, hospitalización o fallecimiento de parien-tes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un des-plazamiento al efecto fuera de la Comunidad de Madrid,el plazo será de cuatro días.

d) Un día por traslado del domicilio habitual.e) Un día en el caso de matrimonio de parientes hasta segundo

grado de consanguinidad o afinidad.f) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un

deber inexcusable de carácter público o personal compren-dido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en unanorma legal o convencional un período determinado, se esta-rá a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausenciay a su compensación económica.

g) Para realizar funciones sindicales o de representación delpersonal en los términos establecidos legal o convencio-nalmente.

h) Quienes ostenten cargos electivos a nivel provincial, auto-nómico o estatal en las organizaciones sindicales más repre-sentativas tendrán derecho al disfrute de los permisos noretribuidos necesarios para el desarrollo de las funcionessindicales propias de su cargo, pudiéndose establecer poracuerdo limitaciones al disfrute de las mismas. Los repre-sentantes sindicales que participen en la comisión nego-ciadora de convenios colectivos, manteniendo su vinculacióncomo trabajador en activo en alguna empresa, tendrán dere-cho a la concesión de los permisos retribuidos que seannecesarios para el adecuado ejercicio de su labor como nego-ciador, siempre que la empresa esté afectada por lanegociación.

i) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenesprenatales y técnicas de preparación al parto que debanrealizarse dentro de la jornada de trabajo.

j) Para concurrir a exámenes, cuando el trabajador curse conregularidad estudios conducentes a la obtención de un títuloacadémico o profesional reconocido oficialmente. Igualmen-te, por el tiempo imprescindible para las pruebas del carnéde conducir, recayendo la licencia en el día concreto delexamen hasta un máximo de tres convocatorias.El listado de parientes incluidos en el ámbito de aplicaciónde este artículo, esto es, hasta el segundo grado de con-sanguinidad o afinidad, son: Cónyuge, hijos, padres, abuelos,nietos y hermanos del trabajador e hijos, padres, abuelos,nietos y hermanos del cónyuge.

Capítulo 6

Salario y retribuciones

Art. 19. Estructura salarial.—Las retribuciones de los traba-jadores incluidos en el ámbito de aplicación del presente convenioestarán distribuidas, en su caso, entre el salario base de grupoy los complementos del mismo.

Art. 20. Salario base de grupo.—Por él se entiende la retribuciónque remunera la prestación de servicios del trabajador por unidadde tiempo o de obra en función de su pertenencia a uno de losgrupos profesionales descritos en el presente convenio colectivo.

El salario base de grupo remunera la jornada semanal, mensualy/o anual de trabajo efectivo pactada en este convenio colectivoo norma legal y los períodos de descanso legalmente establecidos,y será el establecido en las tablas salariales anexas (Anexo I) paracada grupo profesional.

Art. 21. Complementos salariales.—Son complementos salaria-les las cantidades que se adicionan al salario base de grupo porcualquier concepto distinto al de la jornada mensual y/o anual

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del trabajador y su adscripción a un grupo profesional. Los com-plementos salariales se ajustarán principalmente a alguna de lassiguientes modalidades:

a) Personales: Son los complementos derivados de las con-diciones personales del trabajador.

b) De puesto de trabajo: Son los complementos integradospor las cantidades que deba percibir el trabajador por razónde las características del puesto de trabajo en el que desarro-lla efectivamente la actividad, o bien, en función de la pres-tación en algún momento, forma o lugar determinado, obajo ciertas características diferenciadas. Este complementoes de índole funcional y su percepción depende exclusiva-mente de la efectiva prestación del trabajo en el puestoasignado, o bien, en la modalidad o circunstancia que seretribuye específicamente, por lo que no tendrá carácterconsolidable.Se considera complemento de puesto de trabajo la noc-turnidad (de 22,00 a 06,00 horas), que se cuantifica en un 20por 100 sobre el importe del salario base de grupo, aplicablea aquellos trabajos para los que no se haya establecido unsalario específico en atención a que el trabajo sea nocturnopor su propia naturaleza, y cuando no se haya acordadola compensación de este trabajo por descansos.

c) Variable: Consistente en las cantidades que percibe el tra-bajador por razón de una mejor calidad o mayor cantidadde trabajo, o bien, en base a la situación y resultados dela empresa o de un área o sección de la misma, por loque no tendrán carácter consolidable. Tendrá este carácterel incentivo por desempeño.

Art. 22. Pagas extraordinarias.—Las retribuciones básicas esta-blecidas en el presente convenio se abonarán a razón de docepagas mensuales y tres pagas extraordinarias proporcionales a laantigüedad del trabajador, abonables: La de beneficios, antes del 30de marzo; la de verano, antes del 15 de julio, y la de Navidad,antes del 20 de diciembre.

Todas las pagas mencionadas con anterioridad podrán prorra-tearse de mutuo acuerdo entre empresa y trabajador en doce men-sualidades. Las pagas se abonarán a razón del salario base degrupo o contratación y antigüedad consolidada.

Art. 23. Incremento salarial, tablas salariales y atrasosde 2005:

a) Incremento del año 2005: Los salarios base establecidos enel artículo 21 del presente convenio tendrán un incrementosalarial del 3,7 por 100 en relación a las tablas del año 2004publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID el día 8 de abril de 2005.El mismo porcentaje de incremento será aplicable al com-plemento de antigüedad.

b) Incremento para el año 2006: Los salarios base establecidosen el artículo 21 del presente convenio tendrán un incre-mento salarial del 5 por 100. El mismo porcentaje de incre-mento será aplicable al complemento de antigüedad.

c) Incremento para el año 2007: Los salarios base establecidosen el artículo 21 del presente convenio tendrán un incre-mento salarial del 5 por 100. El mismo porcentaje de incre-mento será aplicable al complemento de antigüedad.

d) Incremento para el año 2008: Los salarios base establecidosen el artículo 21 del presente convenio tendrán un incre-mento salarial del 5 por 100. El mismo porcentaje de incre-mento será aplicable al complemento de antigüedad.Las tablas son las que figuran en el Anexo I.

e) Los trabajadores tendrán derecho a percibir una diferenciade atrasos entre las tablas definitivas del año 2004 publicadasen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDel día 8 de abril de 2005 y las pactadas en el presente con-venio para el año 2005. Dichos atrasos tendrán efectosretroactivos desde el 1 de enero de 2005, debiendo abonarlolas empresas en el plazo de tres meses a partir de la publi-cación del presente convenio.

Art. 24. Conciliación de la vida familiar y laboral.—En estamateria se estará muy especialmente a la normativa de SeguridadSocial, a la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover laconciliación de la vida familiar y laboral de las personas traba-

jadoras, y a las normas y Reglamentos de Seguridad y Salud enel Trabajo:

1. En el supuesto de parto, la suspensión tendrá una duraciónde dieciséis semanas, que se disfrutarán de forma ininterrumpida,ampliables en el supuesto de parto múltiple en dos semanas máspor cada hijo a partir del segundo. El período de suspensión sedisfrutará a opción de la interesada, siempre que seis semanassean inmediatamente posteriores al parto. En el caso de falle-cimiento de la madre, el padre podrá hacer uso de la totalidado, en su caso, de la parte que reste del período de suspensión.

No obstante lo anterior y sin perjuicio de las seis semanas inme-diatamente posteriores al parto de descanso obligatorio para lamadre, en el caso de que el padre y la madre trabajen, esta, aliniciarse el período de descanso por maternidad, podrá optar por-que el padre disfrute de una parte determinada e ininterrumpidadel período de descanso posterior al parto, bien de forma simul-tánea o sucesiva con el de la madre, salvo que en el momentode su efectividad la incorporación al trabajo de la madre supongaun riesgo para su salud.

2. En los supuestos de adopción o acogimiento, tanto pre-adoptivo como permanente, de menores de hasta seis años, lasuspensión tendrá una duración de dieciséis semanas ininterrum-pidas, ampliables en el supuesto de adopción o acogimiento múl-tiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo, con-tadas a la elección del trabajador, bien a partir de la decisiónadministrativa o judicial de acogimiento, bien a partir de la reso-lución judicial por la que se constituye la adopción. La duraciónde la suspensión será, asimismo, de dieciséis semanas en los supues-tos de adopción o acogimiento de menores de seis años de edad,cuando se trate de menores discapacitados o minusválidos o porquesus circunstancias y experiencias personales o que por venir delextranjero tengan especiales dificultades de inserción social y fami-liar debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes.En el caso de que la madre y el padre trabajen, el período desuspensión se distribuirá a opción de los interesados, que podrándisfrutarlo de forma simultánea o sucesiva, siempre con períodosininterrumpidos y con los límites señalados.

3. En los casos de disfrute simultáneo de períodos de descanso,la suma de los mismos no podrá exceder de las dieciséis semanasprevistas en los apartados anteriores o de las que correspondaen caso de parto múltiple. Los períodos a los que se refiere elpresente artículo podrán disfrutarse en régimen de jornada com-pleta o a tiempo parcial, previo acuerdo entre los empresariosy los trabajadores afectados, en los términos que reglamentaria-mente se determinen.

4. Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nuevemeses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, quepodrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad, podrásustituir este derecho por una reducción de su jornada en mediahora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutadoindistintamente por la madre o el padre en caso de que ambostrabajen. Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nuevemeses, por su voluntad, podrán sustituir este derecho acumulandohasta un período de un máximo de dos semanas naturales porla madre o el padre, en el caso de que ambos trabajen. En lasempresas donde exista más de un turno de trabajo, los trabajadorescon un hijo menor de seis años y que disfruten de reducción dejornada podrán elegir turno para conciliar el trabajo con el cuidadodel menor.

Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador sobrela concreción horaria y la determinación del período de disfruteserán resueltas por la jurisdicción competente a través del pro-cedimiento establecido en el artículo 138 bis de la Ley de Pro-cedimiento Laboral.

5. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directoalgún menor de seis años o un minusválido físico, psíquico o sen-sorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derechoa una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución pro-porcional del salario entre, al menos, un tercio y un máximo dela mitad de la duración de aquella.

6. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cui-dado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consan-guinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfer-medad no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe actividadretribuida.

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La reducción de jornada contemplada en el presente apartadoconstituye un derecho individual de los trabajadores, hombres omujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empre-sa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empre-sario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadasde funcionamiento de la empresa.

7. Los trabajadores tendrán derecho a un período de exce-dencia de duración no superior a tres años para atender al cuidadode cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adop-ción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente comopreadoptivo, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso,de la resolución judicial o administrativa.

8. También tendrán derecho a un período de excedencia deduración no superior a un año, salvo que se establezca una duraciónmayor por negociación colectiva, los trabajadores para atenderal cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consangui-nidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedadno puedan valerse por sí mismo, y no desempeñen actividadretribuida.

La excedencia contemplada en el presente apartado constituyeun derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres.No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa gene-rasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresariopodrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas dela empresa.

Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevoperíodo de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, ensu caso, se viniera disfrutando.

9. El período en que el trabajador permanezca en situaciónde excedencia conforme a lo establecido en este artículo será com-putable a efectos de antigüedad y el trabajador tendrá derechoa la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya parti-cipación deberá ser convocado por el empresario, especialmentecon ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendráderecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dichoplazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismogrupo profesional o categoría equivalente.

Art. 25. Incapacidad temporal.—Cuando un trabajador seencuentre en situación de incapacidad temporal (IT), bien seapor contingencias comunes o profesionales, la empresa garantizarála percepción de los importes que se reflejan a continuación, com-plementando, en su caso, la acción protectora de la SeguridadSocial, incrementando a su cargo el importe del subsidio de enfer-medad o accidente legalmente establecido, y hasta un máximode dieciocho meses.

Enfermedad común y accidente no laboral: En los tres primerosdías de la primera situación de IT ocurrida en el año natural,se complementará hasta el 50 por 100 del salario base de grupoy antigüedad consolidada. En la segunda y sucesivas bajas no sepercibirá complemento alguno, salvo en el caso de hospitalizacióno intervención quirúrgica, en el que se recibirá complemento hastaalcanzar el 100 por 100 del salario base de grupo y antigüedadconsolidada.

Del cuarto al decimoquinto día, en todos los casos, el com-plemento a abonar por las empresas alcanzará el 75 por 100 delsalario base de grupo y antigüedad consolidada.

A partir del decimoquinto día, en todos los casos, el comple-mento a abonar por las empresas alcanzará el 100 por 100 delsalario base de grupo y antigüedad consolidada.

Accidente laboral, hospitalización o enfermedad profesional: Serecibirá complemento hasta alcanzar el 100 por 100 del salariobase de grupo y antigüedad consolidada desde el primer día dela baja hasta los dieciocho meses.

Art. 26. Protección social. Seguro de vida.—1. Las empresasvendrán obligadas a suscribir un seguro colectivo de vida, en elque se asegure el riesgo de muerte e invalidez en los grados deincapacidad permanente, total, absoluta o gran invalidez por cual-quier causa, por un importe de 6.010 euros por trabajador, inde-pendientemente del tipo de contrato y de la jornada a realizar.

Art. 27. Formación profesional.—La formación profesional es unfactor fundamental en relación con la inversión y la mejora dela cualificación de la mano de obra en las empresas, así comoun derecho de los trabajadores. Las partes acuerdan adherirse alAcuerdo Nacional de Formación Continua (“Boletín Oficial del

Estado” de febrero de 2000), en orden a impulsar la elaboracióny ejecución de planes de formación de empresa, agrupados e inter-sectoriales, en los que puedan participar los trabajadores de estesector para la consecución de mejoras en la cualificación y emplea-bilidad de los mismos.

Art. 28. Prendas de trabajo.—En los casos en que el puestode trabajo requiera determinada uniformidad, las empresas dota-rán a los trabajadores de las prendas necesarias para el desempeñode la actividad, pudiendo sustituir la dotación por una compen-sación económica que no tendrá el carácter de condición más bene-ficiosa ni carácter salarial.

Art. 29. Descuento en compras.—Los trabajadores afectadospor el presente convenio tendrán derecho en las compras querealicen en la propia empresa al adquirir los artículos a preciode costo, incrementado con los gastos generales, siempre que losartículos adquiridos se destinen a uso personal y al de sus familiaresque con él convivan y estén a su cargo.

Art. 30. Plus de transporte.—En este concepto se entiendencomprendidas las cantidades que el trabajador perciba como ayudaal desplazamiento desde su residencia al centro de trabajo habitual,careciendo de la consolidación legal de salario y no computándosea efectos de cotización a la Seguridad Social, hasta el límite máximoestablecido que legalmente se determine en cada momento.

Art. 31. Desplazamientos y traslados.—Las empresas podrándestinar temporalmente a su personal a otros centros de la empresaen el ámbito de la Comunidad de Madrid, siempre que el des-plazamiento se fundamente en razones organizativas, técnicas, deproducción o contratación, no conllevando la obligación de abonardietas o gastos de viaje. Cuando el desplazamiento implique uncambio de residencia, se estará a lo dispuesto en el artículo 40del Estatuto de los Trabajadores.

No obstante lo anterior, cuando los trabajadores se vean obli-gados, en virtud de orden expresa del empresario o persona quelo represente, a realizar trabajos de carácter profesional por cuentade la empresa fuera del centro de trabajo, tendrán derecho a lasdietas y gastos de desplazamiento que se hayan generado.

Capítulo 7Derecho sindical

Art. 32. Derechos sindicales.—Las partes firmantes se recono-cen como interlocutores válidos en orden a instrumentar unas rela-ciones laborales, basadas en el respeto mutuo y tendentes a facilitarla resolución de cuantos conflictos y problemas suscite la dinámicasocial en la empresa.

La empresa respetará el derecho de todos los trabajadores asindicarse libremente y a no discriminar ni hacer depender elempleo de un trabajador a la condición de que no se afilie orenuncie a su afiliación sindical.

Art. 33. Representación de los trabajadores.—En las empresaso, en su caso, en los centros de trabajo de más de 250 trabajadores,independientemente del tipo de contrato y jornada, se elegirá undelegado sindical, al amparo del artículo 10 de la LOLS, teniendolas atribuciones y garantías que esa norma reconoce.

Art. 34. Comité intercentros.—En las empresas o, en su caso,en los centros de trabajo de mas de 250 trabajadores indepen-dientemente del tipo de contrato y jornada, se elegirá un delegadosindical, al amparo del artículo 10 de la Ley Orgánica de LibertadSindical (LOLS), teniendo las atribuciones y garantías que esanorma reconoce.

En aquellas empresas donde exista una dispersión de centrosy al amparo del artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores,se podrá constituir un comité intercentros, como órgano de repre-sentación colegiado, que sirve de cauce de interlocución y reso-lución a todas aquellas materias que excedan de las competenciaspropias de la representación de los trabajadores de un solo centro,por ser materias de afección general en toda la empresa.

El comité intercentros estará formado por un máximode 11 miembros, designados de entre los distintos miembros delcomité de empresa o delegados de personal, y guardando la pro-porcionalidad de los sindicatos según los resultados electoralesconsiderados globalmente. La comunicación de alta y baja de losmiembros se realizará por los sindicatos a la empresa y se tramitaráen el registro administrativo correspondiente, dándose la oportunadifusión en los tablones de anuncios.

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Al comité intercentros le serán de aplicación las normas previstasen el Estatuto de los Trabajadores para el comité de empresa.

Art. 35. Garantías.—Los delegados de personal, miembros decomités de empresa y delegados sindicales gozarán de las garantíasque les reconoce el Estatuto de los Trabajadores y la Ley Orgánicade Libertad Sindical.

Art. 36. Horas sindicales.—Las horas sindicales legalmenteestablecidas se podrán acumular entre los delegados de personal,miembros de comité de empresa y delegados sindicales para sudisfrute en el mes.

Los sindicatos con presencia en más de un centro de trabajode la misma empresa, podrán usar el sistema de acumulación dehoras en el ámbito de toda la empresa, remitiendo a esta antesdel inicio de cada mes el reparto; cuando no haya variación, setendrá en cuenta la primera comunicación.

Los delegados y miembros del comité podrán renunciar en todoo en parte al crédito horario que les corresponde legalmente, enfavor de otros delegados y miembros del comité. Para que ellosea efectivo, la cesión se presentará por escrito al sindicato, dándosetraslado posteriormente a la empresa, haciéndose constar los nom-bres de cedente y cesionario, número de horas a ceder y períodode efectos.

A efectos de no perjudicar la organización del trabajo, los dele-gados de personal y miembros del comité de empresa notificaránpreviamente a la empresa el disfrute del crédito sindical, que debe-rán posteriormente justificar.

Art. 37. Comisión paritaria.—Para la interpretación, aplicación,vigilancia y cumplimiento de lo pactado en el presente conveniocolectivo, se constituirá una comisión paritaria compuesta por cua-tro miembros de cada una de las dos partes negociadoras y queentenderá necesariamente con carácter previo del tratamiento ysolución de cuantas cuestiones de interpretación colectiva y con-flictos de igual carácter puedan suscitarse en el ámbito de aplicacióndel presente convenio colectivo. No obstante, se considerará váli-damente constituida con la asistencia, al menos, de dos miembrosde la parte social y otros dos por la parte empresarial.

Cualquier cuestión que se someta a la consideración de la comi-sión paritaria será resuelta en diez días naturales desde la pre-sentación de la solicitud; en caso de silencio transcurrido este plazo,se entenderá agotado el trámite y quedará expedita la vía queresulte de aplicación.

En el supuesto de discrepancia en el seno de la comisión pari-taria, las partes, de mutuo acuerdo, podrán someter las mismasa un procedimiento de mediación, finalizado el cual sin resultadopositivo, podrán ejercer las acciones que estimen pertinentes.

La comisión paritaria elegirá un presidente y un secretario; deese acta, así como de todas sus actas; se dará traslado a la autoridadlaboral para su publicación correspondiente. La comisión paritariase entenderá válidamente constituida con la concurrencia de dosmiembros de cada una de las dos representaciones y sus acuerdosrequerirán la mayoría simple de cada una de las representacionespresentes.

Se acuerda dar por constituida válidamente la comisión paritariadel convenio colectivo a la firma del mismo.

La sede de la comisión paritaria se acuerda que sea el domiciliosocial de cada una de las organizaciones empresariales y sindicalesfirmantes del presente convenio colectivo.

Art. 38. Funciones de la comisión paritaria.—Son funcionesespecíficas de la comisión paritaria las siguientes:

a) Interpretación de las cláusulas del convenio colectivo.b) Realización de tareas de vigilancia de lo pactado.c) Realización de mediaciones o arbitrajes no vinculantes con

carácter previo y necesario al tratamiento de interpreta-ciones o conflictos de carácter colectivo.

d) Las partes podrán recabar de la comisión paritaria la ela-boración de un informe anual acerca del cumplimiento delconvenio, de las dificultades surgidas en su aplicación e inter-pretación y del desarrollo de los trabajos reseñados en elpropio convenio encargados a comisiones específicas detrabajo.

e) La comisión paritaria velará por el correcto tratamiento dela información sobre empleo, dadas las especialidades delsector, así como el grado de cumplimiento de los diferentescompromisos de contratación pactados.

f) Impulsar el cumplimiento de la Ley de Prevención de Ries-gos Laborales.

g) Aprobación anual de las revisiones salariales pactadas, con-formando las tablas salariales y procediendo a aplicar lasrevisiones correspondientes en caso de desviaciones en elIPC.

h) Adaptar a la realidad del sector el Acuerdo para la Esta-bilidad en el Empleo y la Negociación Colectiva.

i) Seguimiento y control de la contratación bajo la modalidadde obra o servicio.

j) Adaptación de la cláusula de descuelgue salarial reguladaen la disposición final primera.

Art. 39. Solución extrajudicial de conflictos laborales.—Las par-tes acuerdan someterse en su totalidad y sin condicionamientoalguno al II Acuerdo sobre Solución Extrajudicial de ConflictosLaborales de 31 de enero de 2001 (“Boletín Oficial del Estado”de 26 de febrero de 2001) y al Acuerdo Tripartito en materiade solución extrajudicial de conflictos laborales suscrito el 3 deabril de 2001 (“Boletín Oficial del Estado” de 2 de mayo de 2001),así como a las normas reglamentarias que desarrollan el ASEC-II,vinculando a la totalidad de los trabajadores y a las empresas.

En función del ámbito territorial del convenio, el sometimientose refiere al Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, publi-cado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDnúmeros 167, de 16 de julio de 1998, y 235, de 3 de octubre de2000, al que se acudirá con carácter preceptivo en caso de dis-crepancias en el seno de la comisión paritaria.

Capítulo 8Régimen disciplinario

Art. 40. Régimen disciplinario.—La empresa podrá sancionarlas acciones u omisiones punibles en que incurran los trabajadoresde acuerdo con la graduación de las faltas y sanciones que seestablecen en el presente texto.

Toda falta cometida por un trabajador se clasificará, atendiendoa su importancia y trascendencia, en leve, grave o muy grave.

Art. 41. Faltas leves.—Se consideran faltas leves las siguientes:1. Las sumas de falta de puntualidad en la asistencia al trabajo

cuando excede de quince minutos en un mes, siempre que deestos retrasos no se deriven graves perjuicios para el trabajo, encuyo caso se calificará de grave o muy grave.

2. No cursar en tiempo oportuno la baja correspondiente, cuan-do se falte al trabajo por motivo justificado, a no ser que se pruebela imposibilidad de haberlo efectuado.

3. Descuido, error o demora inexplicable en la ejecución decualquier trabajo. Si se originara un perjuicio a la organizacióndel trabajo, esta falta podrá ser calificada como grave o muy grave,según los casos.

4. Pequeños descuidos en la conservación o uso en los géneroso del material de la empresa.

5. No comunicar a la empresa el cambio de domicilio o mediode comunicación.

6. Las discusiones con otros trabajadores dentro de las depen-dencias de la empresa, siempre que no sea en presencia de público.

7. El abandono del trabajo sin causa justificada, aunque seapor breve tiempo. Si como consecuencia del mismo se originaseperjuicio a la empresa o hubiere causado riesgo a la integridadde las personas o mercancías, esta falta podrá ser consideradacomo grave o muy grave, según los casos.

8. Falta de aseo y limpieza personal cuando sea de tal índoleque pueda afectar al proceso productivo e imagen de la empresa.

9. No atender al público con la corrección y diligencias debidas.10. Faltar un día al trabajo sin la debida autorización o causa

justificada.Art. 42. Faltas graves.—Se considerarán faltas graves las

siguientes:1. La suma de falta de puntualidad en la asistencia al trabajo

cuando exceda de treinta minutos en un mes.2. La desobediencia a la dirección de la empresa o a quienes

se encuentren con facultades de dirección u organización en elejercicio regular de sus funciones en cualquier materia de su tra-bajo. Si la desobediencia fuese reiterada o implicase quebrantomanifiesto de la disciplina en el trabajo o de ella se derivase per-

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juicio para la empresa o para las personas podrá ser calificadacomo falta muy grave.

3. Descuido importante en la conservación o uso de los géneroso del material de la empresa.

4. Simular la presencia de otro trabajador, fichando o firmandopor él.

5. Las discusiones con otros trabajadores en presencia delpúblico o que transcienda a este.

6. Emplear para uso propio artículos, enseres o prendas dela empresa o sacarlos de las instalaciones o dependencias de laempresa, a no ser que medie autorización expresa.

7. Realizar, sin el oportuno permiso, trabajos particularesdurante la jornada.

8. La inasistencia al trabajo sin la debida autorización o causajustificada de dos días en un mes. Cuando de estas faltas se derivenperjuicios para la empresa o el público, se considerarán comofaltas muy graves.

9. La embriaguez o la ingesta de estupefacientes o sustanciassimilares manifestada en una ocasión, en jornada laboral y endependencias de la empresa.

10. La comisión de tres faltas leves, aunque sea de distintanaturaleza, dentro de un trimestre y habiendo mediado sancióno amonestación por escrito.

Art. 43. Faltas muy graves.—Se consideran como faltas muygraves las siguientes:

1. Faltar más de dos días al trabajo sin la debida autorizacióno causa justificada en un año.

2. La simulación de enfermedad o accidente.3. El fraude, deslealtad o abuso de confianza en las gestiones

encomendadas, así como en el trato con otros trabajadores o cual-quier otra persona durante el trabajo, o hacer negociaciones decomercio o industria por cuenta propia o de otra persona sin expre-sa autorización de la empresa, así como la competencia deslealen la actividad de la misma.

4. Hacer desaparecer, inutilizar o causar desperfectos en mate-riales, útiles, herramientas, maquinaria, aparatos, instalaciones,edificios, enseres y documentos de la empresa.

5. El robo, hurto, apropiación o malversación cometidos tantoa la empresa como a los compañeros de trabajo o a cualquierotra persona dentro de las dependencias de la Empresa o durantela jornada laboral en cualquier otro lugar.

6. Violar el secreto de la correspondencia o documentos reser-vados de la empresa o revelar a personas extrañas a la mismael contenido de éstos.

7. Las riñas y pendencias con los compañeros de trabajo.8. Falta notoria de respeto o consideración al público.9. Los malos tratos de palabra u obra o la falta grave de respeto

y consideración a los superiores o a sus familiares, así como alos compañeros y subordinados.

10. Toda conducta en el ámbito laboral que atente gravementeal respeto de la intimidad y dignidad mediante la ofensa, verbalo física, de carácter sexual. Si la referida conducta es llevada acabo prevaliéndose de una posición jerárquica, supondrá una cir-cunstancia agravante de aquella.

11. La comisión por un superior de un hecho arbitrario quesuponga la vulneración de un derecho del trabajador legalmentereconocido, de donde se derive un perjuicio grave para elsubordinado.

12. La continuada y habitual falta de aseo y limpieza de talíndole que pueda afectar al proceso productivo e imagen de laempresa.

13. Incumplir consciente o negligentemente la normativa higié-nico-sanitaria de aplicación en la manipulación de alimentos ola de prevención de riesgos laborales, siempre que el trabajadorhaya sido informado de los riesgos del puesto y de las medidasde protección aplicables.

14. La embriaguez habitual y drogodependencia manifestadaen jornada laboral.

15. La disminución continuada y voluntaria en el rendimientonormal de su trabajo, siempre que no esté motivada por derechoalguno reconocido por las Leyes.

16. La reincidencia en falta grave, aunque sea de distinta natu-raleza, siempre que se cometa dentro de los seis meses siguientesde haberse producido la primera.

17. Realizar habitualmente sin el oportuno permiso trabajosparticulares durante la jornada laboral, así como emplear reite-radamente para uso propio herramientas o materiales de laempresa.

Art. 44. Régimen de sanciones.—Corresponde a la direcciónde la empresa la facultad de imponer las sanciones en los términoscontenidos en el presente convenio. La sanción de las faltas leves,graves y muy graves requerirá comunicación escrita al trabajador,haciendo constar la fecha y los hechos que la motivan.

Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso aten-diendo a la gravedad de las faltas cometidas serán las siguientes:

— Por faltas leves:� Amonestación verbal.� Amonestación por escrito.� Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.

— Por faltas graves:� Suspensión de empleo y sueldo de cuatro a quince días.

— Por faltas muy graves:� Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días.� Rescisión del contrato mediante despido disciplinario, en

los supuestos en que la falta fuera calificada en su gradomáximo.

Art. 45. Prescripción.—La facultad de la dirección de la empre-sa para sancionar prescribirá para las faltas leves a los diez días,para las graves a los veinte días y para las muy graves a los sesentadías a partir del día en que la empresa tuvo conocimiento desu comisión y, en cualquier caso, a los seis meses de habersecometido.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Única

Tabla informativa grupos profesionales

A efectos meramente enunciativos, los grupos donde se encua-dran las antiguas y extintas categorías profesionales son los quese detallaron y firmaron en la comisión paritaria del conveniocolectivo de Comercio de Alimentación de 20 de diciembre de2001.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Complemento salarial por antigüedad

Los trabajadores afectados por este convenio colectivo quevenían percibiendo como complemento de antigüedad una can-tidad económica que era el 7 por 100 sobre el salario base, enperíodos de cuatrienios desde su ingreso en la empresa, conta-bilizándose a este fin el período de aprendizaje o formativo. Conefectos 1 de enero de 1998 se suprimió y dejó sin efecto el devengodel complemento de antigüedad.

No obstante, se respetó la cantidad que venía percibiendo eltrabajador como complemento salarial por antigüedad hasta el 1de enero de 1998, pasando a denominarse complemento salarialde antigüedad consolidada “ad personam” desde dicha fecha, sien-do cotizable y no compensable ni absorbible, aplicándose cadaaño a partir de esa fecha el mismo porcentaje de la revisión salarialque se viene pactando para el salario base en este convenio ylos convenios colectivos de los años sucesivos.

Segunda

Cláusula de descuelgue salarial

Sin perjuicio de que los efectos económicos del presente con-venio colectivo sean de obligado cumplimiento para todas lasempresas incluidas en el ámbito de aplicación del convenio colec-tivo, el incremento salarial pactado no será de obligado cumpli-miento para aquellas empresas que acrediten realmente situaciónde pérdidas o déficit en el ejercicio 2005. Asimismo, se tendráen cuenta los resultados del ejercicio corriente.

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La realidad y cuantía del déficit se determinará en base a ladocumentación contable y mercantil de obligado depósito en elregistro mercantil, y de tratarse de empresarios individuales, enbase a la documentación presentada ante organismos oficiales decualquier clase, incluido el Ministerio de Economía y Hacienda.Los empresarios que se encuentren acogidos al sistema de módulospodrán acreditar la situación de pérdidas a través de herramientasracionales de gestión.

La empresa que pretenda desvincularse de los compromisos eco-nómicos contenidos en el presente convenio habrá de seguir elpresente procedimiento:

1. Dentro de los quince días siguientes a la publicación delconvenio colectivo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID, la empresa habrá de comunicar a los representantesde los trabajadores (o a los propios trabajadores de no existirrepresentación en la empresa) y a la comisión paritaria del conveniocolectivo su intención de acogerse a esta cláusula.

Para los ejercicios de vigencia del presente convenio, el cómputode los quince días se entenderá desde la publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de las tablas corres-pondientes a cada ejercicio; no obstante lo anterior, la empresapodrá comunicar en los términos del párrafo anterior su intenciónde descolgarse para el ejercicio siguiente antes de la publicaciónde las nuevas tablas salariales y una vez conocida oficialmentela previsión del Gobierno sobre el IPC de los presupuestos gene-rales del Estado.

2. En el plazo máximo de quince días desde la anterior comu-nicación, la empresa hará entrega de la documentación que acreditela situación de pérdidas a la representación de los trabajadoreso a los propios trabajadores de no existir representación en laempresa.

3. En el plazo de quince días desde la entrega de la corres-pondiente documentación, la empresa y la representación de lostrabajadores acordarán, si procede, el alcance, cuantía y vigenciadel descuelgue económico.

4. De existir acuerdo entre las partes sobre la cuantía del des-cuelgue, así como en la forma de aplicación del mismo, se comu-nicará a la comisión paritaria del convenio, procediendo esta alarchivo del expediente.

5. En caso de desacuerdo, en el plazo máximo de diez díasdesde que se haya producido este, la empresa podrá solicitar eldescuelgue a la comisión paritaria del convenio, para lo que habráde aportar, como mínimo, la misma documentación que hubierahecho entrega a los trabajadores o a sus representantes. La comi-sión paritaria, previo estudio de la documentación, determinaráen el plazo de quince días desde su recepción la procedencia ono del descuelgue, así como su cuantía, vigencia y aplicación, siprocediera esta.

6. De no alcanzarse acuerdo en la comisión paritaria del con-venio, las discrepancias se solventarán de acuerdo con los pro-cedimientos regulados en el ASEC y en el Instituto Laboral dela Comunidad de Madrid.

A petición de cualquiera de las partes podrá solicitarse el informede un censor jurado de cuentas para aquellas empresas de másde 50 trabajadores.

Las empresas que se acojan a la cláusula de descuelgue en suce-sivos convenios no podrán superar en más de un 15 por 100 dediferencia con las tablas salariales del convenio.

En caso de que la empresa que pretenda la inaplicación salarialformara parte de un grupo de empresas que actúen en el ámbitode la Comunidad de Madrid o en el nacional, con la misma actividady que estuviera sujeta a la presentación de cuentas anuales con-solidadas en el Registro Mercantil, la Comisión Paritaria del con-venio colectivo, analizará que a raíz de esta conexión no pudierandesvirtuarse los resultados concretos de la empresa en cuestión,examinando para ello, si fuera necesario, los datos que corres-pondan.

Todas las empresas en que se haya pactado un tratamiento sala-rial diferenciado acogiéndose a lo establecido en esta disposiciónfinal, una vez finalizada la vigencia temporal del acuerdo, dispondráde un ejercicio económico para adaptarse a los salarios pactadosen el convenio colectivo vigente.

Tercera

Compromiso de empleo estable

Las partes firmantes, conscientes de la actual situación de empleoen el sector, acuerdan establecer un compromiso de empleo establede manera que las empresas de más de 10 trabajadores se com-prometen a contar a la finalización del primer año de la vigenciadel presente convenio con un porcentaje no inferior al 75 por100 de empleo fijo sobre el total de sus plantillas, excluidos loscontratos de interinidad.

Cuarta

Parejas de hecho

A partir de la entrada en vigor del presente convenio se equiparala situación de pareja de hecho a la del matrimonio civil, siempreque aquella se encuentre debidamente inscrita en el registro legal-mente constituido al efecto.

Quinta

Acoso moral

Las partes firmantes del presente convenio coinciden en la nece-sidad de combatir las situaciones de acoso moral en el trabajo,facultando a la comisión paritaria para el establecimiento de pro-cedimientos de vigilancia, control y evaluación, así como de medi-das tendentes a paliar los efectos de situaciones derivadas de acosomoral.

Para ello, ambas partes acuerdan, como punto de partida, definirel acoso moral, en los siguientes términos:

— Situación en la que una persona o en ocasiones un grupode personas ejerce una violencia psicológica extrema de for-ma sistemática y recurrente y durante un tiempo prolongado,sobre otra persona o personas en el lugar de trabajo, conla finalidad de destruir su reputación, perturbar el ejerciciode sus labores y lograr finalmente que esa persona o personasacaben abandonando el lugar de trabajo.

— Es el continuo y deliberado maltrato verbal, moral o físicoque recibe un trabajador por parte de uno u otros, que secomportan con él cruelmente con vistas a lograr su aniqui-lación y destrucción psicológica, intentando obtener la salidade la empresa a través de diferentes procedimientos.

— Es una actuación por la que un superior aísla a un trabajador,sometiéndole a la anulación de su capacidad profesional yel deterioro psicológico sin que existan causas profesionalesobjetivas, el hostigado acaba cayendo en un estado depresivoque, en la mayoría de los casos le conduce a diversasenfermedades.

Sexta

Normas subsidiarias

En lo no previsto en el presente convenio colectivo se estaráa la legislación vigente, Estatuto de los Trabajadores, disposicionesconcordantes y cualquier otra norma aplicable.

ANEXO I

TABLA SALARIAL

Quedan fijadas las siguientes tablas salariales correspondientesa los salarios base de grupo, según se indica en el artículo 21del presente convenio, para los años 2005, 2006, 2007 y 2008.

Page 59: CONVENIO ALIMENTACION MADRID

Pág. 63LUNES 24 DE ABRIL DE 2006B.O.C.M. Núm. 96

(03/7.923/06)

Consejería de Empleo y Mujer

Notificación suspensión del procedimiento.

Don Javier Vallejo Santamaría, Director General de Trabajo,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (“Boletín Oficial del Estado” del 27), hace saber a la inte-resada abajo relacionada que, en cumplimiento de lo dispuestoen el artículo 3.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 deagosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobreInfracciones y Sanciones en el Orden Social (“Boletín Oficial delEstado” de 8 de agosto), y el artículo 5 del Real Decreto 928/1998,de 14 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” de 3 de junio), porel que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientospara la imposición de sanciones por infracciones de orden social,y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la SeguridadSocial, la tramitación de los expedientes administrativos sancio-nadores referenciados se encuentra suspendida por concurrenciacon el Orden Penal, hasta que sea firme la sentencia o el autode sobreseimiento que dicte la autoridad judicial competente endicho procedimiento.

Infractora: “Teleserver, Sociedad Anónima”.Código de identificación fiscal: A-80354640.Último domicilio: Camino de Húmera, número 38, 28223 Pozue-

lo de Alarcón (Madrid).

Acta: 5376/2005.Importe: 48.080,98 euros.Madrid, a 21 de marzo de 2006.—El Director General de Tra-

bajo, Javier Vallejo Santamaría.(03/9.231/06)

Consejería de Empleo y Mujer

Notificación de 21 de marzo de 2006, de resolución revocatoriay suspensión del procedimiento.

Don Javier Vallejo Santamaría, Director General de Trabajo,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre), hacesaber a la interesada abajo relacionada que se ha dictado Reso-lución acordando revocar la anterior recaída en el expediente dereferencia en fecha 11 de abril de 2003, y retrotraer el proce-dimiento al momento de suspensión de la tramitación del expe-diente administrativo sancionador, hasta que sea firme la sentenciao el auto de sobreseimiento que dicte la autoridad judicial com-petente en el orden jurisdiccional social, en cumplimiento de lodispuesto en el artículo 6.2 del Real Decreto 928/1998, de 14 demayo (“Boletín Oficial del Estado” de 3 de junio), por el quese aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para laimposición de sanciones por infracciones de orden social y paralos expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social.

Infractora: “Sistemas e Instalaciones de Telecomunicaciones,Sociedad Anónima” (SINTEL). Código de identificación fiscal:A-28048502. Último domicilio: Calle del Arte, número 21, 28033Madrid. Acta: 5303/2000. Importe: 6.010,12 euros.

Madrid, a 21 de marzo de 2006.—El Director General de Tra-bajo, Javier Vallejo Santamaría.

(03/9.264/06)