52
Centro de Ediciones de la Diputación Provincial de Málaga (CEDMA) Teléfono: 952 069 200 Avda. de los Guindos, 48 (Centro Cívico) Fax: 952 069 215 29004 MÁLAGA Depósito legal: MA 1-1958 e-mail: [email protected] www.bopmalaga.org www.cedma.com B O P Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Miércoles, 19 de abril de 2006 Página 1# Número 73 S U M A R I O INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial de Jaén . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2 SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MÁLAGA Secretaría General . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2 JUNTA DE ANDALUCÍA Consejería de Medio Ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 Consejería de Empleo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Juzgados de lo Social . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL Ayuntamientos de Antequera, Benahavís, Benalmádena, Cártama, Frigiliana, Fuengirola, Málaga, Mijas y Torremolinos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39 B

Convenio Construccion Malaga 2006

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Page 1: Convenio Construccion Malaga 2006

Centro de Ediciones de la Diputación Provincial de Málaga (CEDMA) Teléfono: 952 069 200Avda. de los Guindos, 48 (Centro Cívico) Fax: 952 069 21529004 MÁLAGA Depósito legal: MA 1-1958

e-mail: [email protected] www.bopmalaga.org www.cedma.comBO

P Boletín Oficialde la Provincia

de MálagaMiércoles, 19 de abril de 2006 Página 1#Número 73

S U M A R I O

INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIALDirección Provincial de Jaén . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MÁLAGASecretaría General . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2

JUNTA DE ANDALUCÍAConsejería de Medio Ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5Consejería de Empleo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJuzgados de lo Social . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25

ADMINISTRACIÓN MUNICIPALAyuntamientos de Antequera, Benahavís, Benalmádena, Cártama, Frigiliana, Fuengirola,Málaga, Mijas y Torremolinos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39B

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Página 2 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIALDIRECCIÓN PROVINCIAL DE JAÉN

———

E d i c t o

Notificación de responsabilidad empresarial por faltade medidas en materia de seguridad e higiene

Don José Luis Jurado Hermoso, Secretario Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Jaén,Certifica: Que por esta Dirección Provincial se ha intentado la notificación de la resolución que a continuación se extracta:Soto de Valderrama Construcciones, Sociedad Limitada, avda. Independencia, 8. 29600 Marbella. Certificada con acuse de recibo – INSS –

Jaén Registro General, fecha 9 de diciembre de 2005 – Salida – Subsidios – RFMSHT n.º 44/05 – LG/lp. – Resolución de expediente de responsabi-lidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, iniciado a instancia de Inspección de Trabajo, por el accidente sufrido ensu empresa, el 03-12-03, por el trabajador don Antonio Miguel Lara Collado, con reconocimiento de incremento del 30% de todas las prestacionesderivadas del mismo con cargo exclusivo a la empresa responsable Soto Valderrama Construcciones, Sociedad Limitada, disponiendo de un plazo de30 días para interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional, estando la resolución íntegra a su disposición en la Dirección Provincial del Insti-tuto Nacional de la Seguridad Social, sita en avda. Madrid, 70, en Jaén. El Director Provincial.

Y para que conste y surta efectos de notificación previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico para las Administraciones Públi-cas y Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, expide y firma la presente certificación con el visto bueno del señorDirector Provincial, en Jaén, a 27 de febrero de 2006.

Firmado: José Luis Jurado Hermoso.V.º B.º: El Director Provincial, firmado: Andrés Blázquez Orozco.

3 8 8 9 /0 6££ D

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MÁLAGASECRETARÍA GENERAL

SERVICIO DE ASUNTOS JURÍDICOS———

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJ-PAC, se hace pública notificación, enel Boletín Oficial de la Provincia, de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Subdelegación del Gobierno enMálaga, a las personas o entidades denunciadas.

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Asuntos Jurídicos de esta Subdelegación del Gobierno, donde podrán ejercer el dere-cho de alegar por escrito o proponer las pruebas que estimen oportunas en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de estapublicación.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, los acuerdos podrán ser considerados propuesta de resolución con los efec-tos previstos en el artículo 13.2 del RD 1398/93, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

EXPEDIENTE INTERESADO DNI LOCALIDAD FECHA ART. LO 1/92, 21 FEB.

1 6/1646 DOMINGO NARANJO ROBLES 25075835 MÁLAGA 23/02/2006 23.a)2 6/1643 FARSAL AZAOUM X1948683P MÁLAGA 23/02/2006 23.a)3 6/1632 JOSÉ JIMÉNEZ ESCALONA 25103525 MÁLAGA 22/02/2006 23.a)4 6/1626 SERGIO VILLA DURÁN 74839263 MÁLAGA 22/02/2006 23.a)5 6/1623 FCO. JAVIER GÓMEZ FLORIDO 25688563 MÁLAGA 22/02/2006 23.a)6 6/1610 DAVID JIMÉNEZ FERNÁNDEZ 74852626 MÁLAGA 22/02/2006 23.a)7 6/1584 ALEX MESQUITA DE CARVALHO X3135905Q MÁLAGA 21/02/2006 23.a)8 6/1575 FCO. JAVIER GÓMEZ FLORIDO 25688563 MÁLAGA 21/02/2006 23.a)9 6/1574 ALFREDO JIMÉNEZ ROLDÁN 84874859 MÁLAGA 21/02/2006 23.a)

10 6/1567 DAVID GALEOTE MARTÍN 74872515 MÁLAGA 21/02/2006 23.a)11 6/1648 RAMÓN SANTIAGO SANTIAGO 26808053 MÁLAGA 23/02/2006 23.a)

Lo que se hace público en este Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de notificación, según lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92,de 26 de noviembre, LRJ-PAC.

Málaga, 28 de marzo de 2006.El Instructor, Antonio Soto Raigón.

4 1 3 1 /0 6££ D

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJ-PAC, se hace pública notificación, enel Boletín Oficial de la Provincia, de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Subdelegación del Gobierno enMálaga, a las personas o entidades denunciadas.

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Asuntos Jurídicos de esta Subdelegación del Gobierno, donde podrán ejercer el dere-cho de alegar por escrito o proponer las pruebas que estimen oportunas en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de estapublicación.

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Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 3#

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, los acuerdos podrán ser considerados propuesta de resolución con los efec-tos previstos en el artículo 13.2 del RD 1398/93, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

EXPEDIENTE INTERESADO DNI LOCALIDAD FECHA ART. LO 1/92, 21 FEB.

1 6/1805 DANIEL LOZANO CRUZ 74849022 MÁLAGA 27/02/2006 25.12 6/1798 JUAN MANUEL ZUÑIGA HIDALGO 25698002 MÁLAGA 27/02/2006 25.13 6/1771 JAVIER JIMÉNEZ ARROJO 25086894 MÁLAGA 01/03/2006 23.a)4 6/1768 JOSÉ MARÍA LAGUNA MELLADO 44591404 MÁLAGA 01/03/2006 23.a)5 6/1741 EMEKA BEN AELI X294519D MÁLAGA 24/02/2006 25.16 6/1693 JOSÉ LUIS SANTIAGO FERNÁNDEZ 33398941 MÁLAGA 23/02/2006 23.a)7 6/1675 ANTONIO BELMONTE CANILLAS 33357832 MÁLAGA 23/02/2006 25.18 6/1666 FRANCISCO LÓPEZ COBOS 25102626 MÁLAGA 23/02/2006 25.19 6/1663 FCO. JAVIER GÓMEZ FLORIDO 25688563 MÁLAGA 23/02/2006 23.a)

10 6/1656 FCO. JAVIER GARCÍA GONZÁLEZ 74880973 MÁLAGA 23/02/2006 23.a)11 6/1831 ÁLVARO RANDO TIRADO 26804344 MÁLAGA 01/03/2006 23.a)

Lo que se hace público en este Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de notificación, según lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92,de 26 de noviembre, LRJ-PAC.

Málaga, 28 de marzo de 2006.El Instructor, Antonio Soto Raigón.

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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJ-PAC, se hace pública notificación, enel Boletín Oficial de la Provincia, de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Subdelegación del Gobierno enMálaga, a las personas o entidades denunciadas.

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Asuntos Jurídicos de esta Subdelegación del Gobierno, donde podrán ejercer el dere-cho de alegar por escrito o proponer las pruebas que estimen oportunas en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de estapublicación.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, los acuerdos podrán ser considerados propuesta de resolución con los efectosprevistos en el artículo 13.2 del RD 1398/93, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

EXPEDIENTE INTERESADO DNI LOCALIDAD FECHA ART. LO 1/92, 21 FEB.

1 6/1195 JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ RAMOS 78976416 MARBELLA 14/02/2006 25.12 6/1301 ANAS MOUNIR X2572014Q MARBELLA 15/02/2006 25.13 6/1384 IVÁN BENJAMÍN ARAGÓN ARCAS 75963138 MARBELLA 17/02/2006 25.14 6/1458 ANTONIO PACHECO TORRES 25541715 ESTEPONA 20/02/2006 23.a)5 6/1472 FRANCISCO J. MONTEGORDO BONILLA 08921166 ESTEPONA 20/02/2006 23.a)6 6/1586 MIGUEL MACÍAS RIVAS 27343620 MARBELLA 22/02/2006 25.17 6/1679 JUAN JOSÉ CAÑAS GARCÍA 78964951 MARBELLA 23/02/2006 23.a)8 6/2002 MIGUEL ÁNGEL PEDRAGLIO LOLI 27336767 MARBELLA 07/03/2006 23.a)9 6/2158 JOSÉ CARLOS LORDA NANTES 52497713 ESTEPONA 10/03/2006 23.a)

10 6/2241 ALFONSO ARANDA LIMA 78974593 MARBELLA 13/03/2006 23.a)11 6/2265 GANNY OWOLABI ROLAWOLE IMAM X2171723V MARBELLA

(SAN PEDRO DE ALCÁNTARA) 13/03/2006 23.a)

Lo que se hace público en este Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de notificación, según lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92,de 26 de noviembre, LRJ-PAC.

Málaga, 27 de marzo de 2006.El Instructor, Antonio Soto Raigón.

4 1 1 9 /0 6££ D

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJ-PAC, se hace pública notificación, enel Boletín Oficial de la Provincia, de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Subdelegación del Gobierno enMálaga, a las personas o entidades denunciadas.

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Asuntos Jurídicos de esta Subdelegación del Gobierno, donde podrán ejercer el dere-cho de alegar por escrito o proponer las pruebas que estimen oportunas en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de estapublicación.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, los acuerdos podrán ser considerados propuesta de resolución con los efectosprevistos en el artículo 13.2 del RD 1398/93, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

EXPEDIENTE INTERESADO DNI LOCALIDAD FECHA ART. LO 1/92, 21 FEB.

1 6/1927 JUAN RAMÓN LÓPEZ NAVAS 53154287 VÉLEZ-MÁLAGA 03/03/2006 25.12 6/1882 JOSÉ MARÍA BAPTISTA MONTEIRO 11837814 BENALMÁDENA 01/03/2006 25.13 6/1668 ALONSO VERDÚN CANO 53156481 VÉLEZ-MÁLAGA 23/02/2006 25.1

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Página 4 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

EXPEDIENTE INTERESADO DNI LOCALIDAD FECHA ART. LO 1/92, 21 FEB.

4 6/1620 JOSÉ MANUEL LUQUE ROMÁN 77343974 BENALMÁDENA 22/02/2006 23.a)5 6/1307 SALVADOR MARTÍN CÓRDOBA 43040906 VÉLEZ-MÁLAGA 15/02/2006 25.16 6/1227 JESÚS BAÑOS ROMERO 11714099 VÉLEZ-MÁLAGA 13/02/2006 23.a)7 6/2014 GUSTAVO GAVIRA TORRALBA 47504087 BENALMÁDENA 07/03/2006 23.a)8 6/2237 JOSÉ CARMONA HEREDIA 23778040 VÉLEZ-MÁLAGA 10/03/2006 23.a)9 6/2321 JUAN MANUEL JURADO MORÓN 28466582 BENALMÁDENA 13/03/2006 23.a)

10 6/2403 JOSÉ MARÍA HERRERO CRUZ 50724912 VÉLEZ-MÁLAGA 14/03/2006 23.a)

Lo que se hace público en este Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de notificación, según lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92,de 26 de noviembre, LRJ-PAC.

Málaga, 27 de marzo de 2006.El Instructor, Antonio Soto Raigón.

4 1 2 0 /0 6££ D

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJ-PAC, se hace pública notificación, enel Boletín Oficial de la Provincia, de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Subdelegación del Gobierno enMálaga, a las personas o entidades denunciadas.

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Asuntos Jurídicos de esta Subdelegación del Gobierno, donde podrán ejercer el dere-cho de alegar por escrito o proponer las pruebas que estimen oportunas en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de estapublicación.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, los acuerdos podrán ser considerados propuesta de resolución con losefectos previstos en el artículo 13.2 del RD 1398/93, de 4 de agosto por el que se aprueba el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

EXPTE. INTERESADO DNI LOCALIDAD FECHA ART. LO 1/92, 21 FEB.

1 6/1639 DAVID BELMONTE MELGAR 79015512 FUENGIROLA 23/02/2006 23.a)2 6/1633 JOSÉ LUQUE TRUJILLO 25091954 CÁRTAMA 23/02/2006 23.a)3 6/1583 JOSÉ RUIZ ALCÁNTARA 33392139 ALMÁCHAR 22/02/2006 25.14 6/1494 JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ MERCHÁN 74868571 TORROX 20/02/2006 23.a)5 6/1332 FRANCISCO MEDINA CARRASCO 33394219 CÁRTAMA (ESTACIÓN) 16/02/2006 23.a)6 6/1678 JAVIER ULLOA ZOUAUI 27392229 FUENGIROLA 23/02/2006 23.a)7 6/1766 GENOVEVA ESPAÑA GÁMEZ 748166396 ALMÁCHAR 24/02/2006 23.a)8 6/1847 ISIDORO PEDRO ÁLES GARCÍA 27266563 CANTORIA 01/03/2006 25.19 6/1935 ANTONIO JURADO CASTÁN 24901260 TORROX 03/03/2006 25.1

10 6/2079 MICAEL RUTZ VEGA 25737709 TORREMOLINOS 07/03/2006 23.a)

Lo que se hace público en este Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de notificación, según lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92,26 de noviembre, LRJ-PAC.

Málaga, 27 de marzo de 2006.El Instructor, Antonio Soto Raigón.

4 1 2 1 /0 6££ D

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJ-PAC, se hace pública notificación, enel Boletín Oficial de la Provincia, de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Subdelegación del Gobierno enMálaga, a las personas o entidades denunciadas.

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Asuntos Jurídicos de esta Subdelegación del Gobierno, donde podrán ejercer el dere-cho de alegar por escrito o proponer las pruebas que estimen oportunas en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de estapublicación.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, los acuerdos podrán ser considerados propuesta de resolución con losefectos previstos en el artículo 13.2 del RD 1398/93, de 4 de agosto por el que se aprueba el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

EXPTE. INTERESADO DNI LOCALIDAD FECHA ART. LO 1/92, 21 FEB.

1 6/2145 JAVIER MANCHEÑO YUSTE 74001950 ESTEPONA 09/03/2006 23.a)2 6/1790 MIGUEL DAVID ARA GARCÍA 78970560 ESTEPONA 01/03/2006 25.13 6/1449 FCO. JAVIER RUIZ JIMÉNEZ 27394568 MIJAS (MIJAS) 17/02/2006 23.a)4 6/1356 ABDELFETTAH EL KAHAL X2467015N MIJAS 16/02/2006 25.15 6/1334 DIEGO JESÚS PEÑA LÓPEZ 78972930 OJÉN 16/02/2006 23.a)6 6/2214 JOSÉ FERNÁNDEZ VERGARA 33385326 ANTEQUERA 10/03/2006 23.a)

Lo que se hace público en este Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de notificación, según lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92,26 de noviembre, LRJ-PAC.

Málaga, 27 de marzo de 2006.El Instructor, Antonio Soto Raigón.

4 1 2 2 /0 6££ D

Page 5: Convenio Construccion Malaga 2006

Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 5#

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJ-PAC (Boletín Oficial del Estadonúmero 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación, en el Boletín Oficial de la Provincia, de las resoluciones de los expedientessancionadores que se indican, instruidos por la Subdelegación del Gobierno en Málaga, a las personas o entidades que a continuación se relacionan.

Contra estas resoluciones que no son firmes en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministerio del Interior dentrodel plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de esta publicación.

Transcurrido dicho plazo, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en periodo voluntario dentro de los quince díassiguientes con la advertencia de que, en caso contrario, serán enviadas a la Delegación Provincial de Hacienda para su cobro en vía de apremio.

EXPTE. INTERESADO DNI LOCALIDAD FECHA LO 1/92, 21 FEB. CUANTÍA

1 5/5321 JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ REBOLLO 25053590 ÁLORA 08/03/2006 25.1 541,00 €2 5/4941 JOSÉ ANTONIO SANTIAGO JIMÉNEZ 53684678 MÁLAGA 22/02/2006 25.1 421,00 €3 5/4917 JUAN CARLOS JIMÉNEZ TORRES 25669513 MÁLAGA 21/02/2006 23.a) 301,00 €4 5/4522 GONZALO GARCÍA PONCE 25049646 NERJA 06/02/2006 23.a) 301,00 €5 5/4502 PEDRO DAVID JIMÉNEZ MUÑOZ 74853524 ALMOGÍA 06/02/2006 25.1 1.202,00 €6 5/4435 MANUEL MARTÍNEZ LATORRE 27343590 MARBELLA 06/02/2006 25.1 962,00 €7 5/4285 ÓSCAR MORANTE LARROSA 78974015 MARBELLA 16/02/2006 23.a) 400,00 €8 5/4084 JORGE OLMEDO FERNÁNDEZ 53698393 ÁLORA 20/01/2006 23.a) 500,00 €9 5/3742 ALEXANDER JOHN MACKENZIE KEIR 0724360 ALFARNATEJO 30/01/2006 23.a) 301,00 €

10 5/3217 JUAN BENITO ÁLVAREZ ÁLVAREZ 53655241 NERJA 23/11/2005 23.a) 301,00 €11 5/5505 DARREN MICHAEL HEARD X2686053K MÁLAGA 10/03/2006 25.1 1.000,00 €

Lo que se hace público en este Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de notificación, según lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92,26 de noviembre, LRJ-PAC.

Málaga, 27 de marzo de 2006.El Instructor, Antonio Soto Raigón.

4 1 1 0 /0 6££ D

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJ-PAC (Boletín Oficial del Estadonúmero 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación, en el Boletín Oficial de la Provincia, de las resoluciones de los expedientessancionadores que se indican, instruidos por la Subdelegación del Gobierno en Málaga, a las personas o entidades que a continuación se relacionan.

Contra estas resoluciones que no son firmes en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministerio del Interior dentrodel plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de esta publicación.

Transcurrido dicho plazo, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en periodo voluntario dentro de los quince díassiguientes con la advertencia de que, en caso contrario, serán enviadas a la Delegación Provincial de Hacienda para su cobro en vía de apremio.

EXPTE. INTERESADO DNI LOCALIDAD FECHA LO 1/92, 21 FEB. CUANTÍA

1 5/4722 ANTONIO FAJARDO LORCA 25323911 VILLANUEVA DEL TRABUCO 14/02/2006 25.1 361,00 €2 5/4657 JOSÉ MIGUEL GÓMEZ GONZÁLEZ 78969802 OJÉN 10/02/2006 25.1 301,00 €3 5/4598 JESÚS MANUEL DONAIRE VÁZQUEZ 25700095 BENALMÁDENA 20/02/2006 25.1 361,00 €

(ARROYO DE LA MIEL-BENALMADENA COSTA)

4 5/4392 ANTONIO QUINTERO ARIAS 24808640 IZNATE 06/02/2006 25.1 391,00 €5 5/4323 FRANCISCO JAVIER MORALES SERRANO 25717588 ALHAURÍN EL GRANDE 01/02/2006 25.1 301,00 €6 5/4200 FRANCISCO MOLINA LUQUE 74919657 VILLANUEVA DE ALGAIDAS 31/01/2006 23.a) 500,00 €7 5/4125 JOSÉ MANUEL VILLAR FRUTOS 25073591 CÁRTAMA 06/02/2006 23.a) 400,00 €8 5/3918 ANTONIO REINA ANAYA 22740839 TEBA 18/01/2006 23.a) 301,00 €9 5/3880 JESÚS ANTONIO GARCÍA MARTÍN 78682826 TORREMOLINOS 27/12/2005 23.a) 400,00 €

10 5/3813 MANUEL PEDRAZA SOLER 24799945 COMARES 23/01/2006 23.a) 301,00 €11 5/4973 FRANCISCO J. BENÍTEZ GUERRERO 77454470 ESTEPONA 06/03/2006 25.1 1.261,00 €

Lo que se hace público en este Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de notificación, según lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92,26 de noviembre, LRJ-PAC.

Málaga, 27 de marzo de 2006.El Instructor, Antonio Soto Raigón.

4 1 1 1 /0 6££ D

JUNTA DE ANDALUCÍACONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE

AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA

CUENCA MEDITERRÁNEA ANDALUZA

———

Término municipal de ToloxProvincia de Málaga

A n u n c i o

Habiéndose formulado en esta Consejería la petición que se rese-ña en la siguiente nota:

Expediente: MA-41888.Asunto: Construcción de edificación en zona de policía de la mar-

gen izquierda del arroyo de los Caballos, a su paso por el términomunicipal de Tolox (Málaga), coordenadas UTM X = 329931, Y =4061725, hoja = 1051,4,4.

Peticionario: Juan Antonio Vera Merchán.Cauce: Arroyo de los Caballos de Tolox.Término municipal: Tolox (Málaga).

Esta Consejería señala un plazo de un mes para que puedan for-mularse alegaciones por quienes se consideren afectados, contado apartir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Bole-tín Oficial de esta provincia, para lo que podrá examinar el expediente

Page 6: Convenio Construccion Malaga 2006

Página 6 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

y documentos durante el mencionado plazo, en las oficinas de estaConsejería.

Málaga, 14 de marzo de 2006.El Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, firmado: José Anto-

nio Caffarena Laporta.3 4 8 6 /0 6

££ D

CONSEJERÍA DE EMPLEODELEGACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA

———

A n u n c i o

Expte.: 29/301.En cumplimiento del artículo 4.º del Real Decreto 873/77, de 22

de abril, sobre depósito de Estatutos de las organizaciones constituidasal amparo de la Ley 19/77, de 1 de abril, y a los efectos previstos en elmismo, se hace público que en este centro, y a las 11:20 horas del día22 de febrero de 2006, han sido depositados los estatutos modificadosde la organización denominada: “Agrupación de Defensa Sanitaria deRumiantes El Torcal”.

Ámbito territorialComarcas de Antequera y Axarquía provincia de Málaga.

Ámbito profesionalPersonas físicas o jurídicas, así como las comunidades de bienes

que desarrollen la actividad de producción de bovino, ovino y/o capri-no, como titular de explotación ganadera, que reúna, además, lassiguientes condiciones:

– Que la explotación ganadera este dentro del ámbito de la aso-ciación.

– Tener registrada oficialmente la explotación.

FinesFomento de las explotaciones de los ganaderos asociados dentro

del marco sanitario y zootécnico, mediante el desarrollo de programascomunes de profilaxis, lucha y erradicación de las enfermedades ani-males.

Promover y articular la coordinación de las distintas medidas sani-tarias de incidencia en el ámbito profesional y territorial del sector.

Control, defensa y mejora de las especies bovina, ovina y caprina,así como de la sanidad de las explotaciones, en el ámbito del sector.

3 9 8 7 /0 6££ D

A n u n c i o

Expte: 29/906.En cumplimiento del artículo 4.º, apartado 4, de la Ley Orgánica

11/85, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, sobre depósito de Estatutosde Sindicatos constituidos al amparo de dicha Ley, se hace público queen este centro, y a las 11:30 horas del día 23 de marzo de 2006, han sidodepositados los estatutos de la organización denominada: “Unión deSindicatos de Trabajadoras y Trabajadores en Andalucía-Málaga (Usted-Málaga)”, cuyos ámbitos territorial, profesional y fines son:

Ámbito territorialProvincia de Málaga.

Ámbito profesionalTodas las trabajadoras y a todos los trabajadores de todos los sec-

tores de producción, servicios y funcionariado, cualquiera que sea lasituación laboral, administrativa y estatutaria en que se encuentren,tanto en las administraciones públicas o en sus organismos autónomoscomo en las empresas privadas.

Fines– Defender los intereses profesionales, sociopolíticos y económi-

cos de todas las personas que trabajan en Andalucía.

– Reclamar la participación, gestión y control efectivos por lostrabajadores, en todo en cuanto afecte a la elaboración de laspolíticas laborales y sociales.

– Luchar contra cualquier forma de exclusión y contra toda dis-criminación hacia las mujeres.

3 9 8 8 /0 6££ D

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN LABORAL———

Expediente n.º 012/06.Visto el texto de la tabla salarial y calendario laboral del Sector de

Construcción, Obras Públicas y Oficios Auxiliares, código de convenio2900095, recibido en esta Delegación Provincial de la Consejería deEmpleo con fecha 15/02/06, y de conformidad con lo dispuesto en elartículo 90.3 del Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo (Estatu-to de los Trabajadores), esta Delegación Provincial de Empleo, acuerda:

1.º Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de este Orga-nismo, con notificación a la comisión negociadora, quien queda adverti-da de la prevalencia de la legislación general sobre aquellas cláusulasque pudieran señalar condiciones inferiores o contrarias a ellas.

2.º Proceder al depósito del texto original del convenio en el Centrode Mediación, Arbitraje y Conciliación de esta Delegación Provincial.

3.º Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Málaga, 7 de marzo de 2006.El Delegado Provincial de Empleo, firmado: Juan Carlos Lomeña

Villalobos.

Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias de la Construc-ción, Obras Públicas y Oficios Auxiliares de Málaga y su Provincia

para los años 2004, 2005 Y 2006

COMISIÓN PARITARIA

Acta número 1/2006

En Málaga, siendo las 12,00 horas del día 2 de febrero del año dosmil seis, se reúnen los Sres. indicados a continuación, todos ellosmiembros de la comisión paritaria del convenio arriba indicado, previaconvocatoria del Sr. Presidente, y con el siguiente

ORDEN DEL DÍA

1. Revisión articulado del convenio– Artículos 25 y 26: a) Cálculo de aplicación de la Cláusula de Garantía Salarial del año

2005.b)Cálculo y aplicación del incremento económico para el año

2006, respecto al salario base, gratificaciones extraordinarias,retribución de vacaciones, plus salarial de actividad y plus extra-salarial de distancia y transporte.

2. Cálculo y aplicación del incremento sobre otros conceptos retri-butivos, expresamente contemplados en el Convenio.

3. Acuerdo del “Calendario laboral año 2006-provincia de Málaga”.Asistentes– Por CCOO: D. Francisco Díaz Mateo

D. Doroteo Chaves Martínez– Por UGT: D. Antonio Díaz Lara

D. Javier Portillo Barba– Por FECMA: D. Juan Moreno Moreno

D. José Luis Piédrola OrtaD. Juan Manuel Pérez González

UNOa) CÁLCULO DE APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA DE GARANTÍA

SALARIAL DEL AÑO 2005Los miembros de la comisión paritaria proceden a establecer el

porcentaje de revisión económica que ha de aplicarse, según lo dis-puesto en el artículo 25.2 del vigente convenio 2004-2006, a los con-ceptos retributivos de salario base, gratificaciones extraordinarias,

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Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 7#

retribución de vacaciones, y plus salarial de actividad y plus extrasala-rial de distancia y transporte que sirvieron de base (tablas 2004) parael incremento del año 2005, de acuerdo con los siguientes datos:

IPC al 31 de diciembre 2005 s/nota INE . . . . . . . . . . . . . . 3,70 %

IPC previsto en Presupuestos Generales del Estadopara el año 2005. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,00 %

Exceso producido . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,70 %

Fijado el porcentaje de revisión correspondiente al año 2005 seprocede a la actualización de las tablas de los Anexos II y III que fue-ron establecidas por la Comisión Paritaria para el año 2005 (BOP deMálaga, núm. 191 de fecha 19 de julio de 2005), a los efectos de quesirvan de base para el incremento económico previsto para el año2006 (artículo 7.2 del Acuerdo Sectorial Nacional de la Construccióndel 13.06.03 y artículo 25.2 del vigente Convenio Provincial para losaños 2004-2006).

De acuerdo con el artículo 26.1 del vigente convenio provincial, elexceso (1,70%) del IPC real (3,70%) sobre el previsto en el conveniopara el año 2005 (2,00%), produce una revisión económica en eseexceso con efectos desde el día 1 de enero de 2005.

b) INCREMENTO ECONÓMICO AÑO 2006La revisión se efectuará sobre las Tablas del año 2004, que sirvie-

ron de base para obtener las del 2005, y se sumará a las vigentes en el2005 para obtener las que sirvan de base a las Tablas del 2006, apli-cándole el 2,80%, de acuerdo al artículo 25.2 del vigente ConvenioProvincial.

La comisión negociadora fija las nuevas tablas de retribución parael año 2006 que como Anexos II y III se adjuntan a este acta, y queserán de aplicación con efectos del 1º de enero del año 2006.

LIQUIDACIÓN DE ATRASOS

Se estará a lo dispuesto en la cláusula adicional segunda del vigen-te convenio provincial para los años 2004-2006.

CÓMPUTO ANUAL CONCEPTOS SALARIALES (punto 9 del artículo 48del convenio)

Los salarios anuales en función de las 1.746 horas de trabajo efec-tivo para el año 2006 son los que se expresan a continuación para cadacategoría y nivel de los enumerados en el Anexo I del vigente conve-nio 2004-2006.

Para salario Para salarioNivel mensual diario

II 18.861,66 –III 16.451,05 –IV 16.406,33 –V 15.658,36 –

VI 15.009,83 14.974,00VII 14.406,88 14.380,46

VIII 14.011,69 13.976,37IX 13.777,91 13.752,37X 13.570,05 13.545,02

XI – 13.543,23XII – 13.501,20

XIII 7.472,37 7.474,90

Jef. Equipo

VIII – 14.140,19IX – 13.905,64X – 13.701,59

XI – 13.696,16XII – 13.656,06

Contratos para la formación

XIV Retribuciones referidas al 100% de la jornada de traba-jo, según el salario del nivel IX de las tablas del conve-nio.

Colectivos a los que se refiere el artículo 19.4 del convenio pro-vincial (excluido el 19.4.6)

1.er año 8.266,74 8.251,422.º año 9.644,53 9.626,663.er año 11.711,22 11.689,51

Colectivo a los que se refiere el artículo 19.4.6 del convenio pro-vincial

1.er año 13.089,01 13.064,752.º año 13.777,91 13.752,37

DOS. OTROS CONCEPTOS RETRIBUTIVOSPor estar así dispuesto en los artículos 41, 42, 45 y 61 del vigente

Convenio Provincial 2004-2006, el incremento económico fijado del2,80% será de aplicación a las retribuciones de dichos artículos.

Consecuente con lo anterior, la Comisión Paritaria fija los impor-tes que con efectos del 1.º de enero del año 2006 tendrán derecho apercibir los trabajadores por tales retribuciones cuando se den las cir-cunstancias de su devengo, manteniéndose las mismas condiciones deproductividad respecto al artículo 42.

Artículo 41. Retribución de las horas extraordinariasPara el año 2006 se abonarán en la cuantía que para cada nivel se

fijan en la tabla Anexo VI, que se adjunta a este acta.

Artículo 42. Retribución trabajos especiales del yeso y escayola– Trabajos de yeso

M2 de yeso a buena vista . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1,84 euros/m2

M2 de yeso maestreado en paramentosverticales y horizontales a buena vista . . . . . . . .2,37 euros/m2

– Trabajos de escayolaM2 de techo continuo de plancha de escayola lisa

terminada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .3,89 euros/m2.

Para una producción semanal de 105 m2 referida a la jornada de 40horas semanales y que corresponden a una producción diaria, en igualperiodo, de 21 m2.

Artículo 45. Desgaste de herramientas.Para el año 2006 será de cero cuarenta y seis (0,46) euros por día

efectivamente trabajado.

Artículo 61. LocomociónPara el año 2006 será de diecisiete con cinco céntimos de euro

(17,5 cts de euro) por kilómetro.

TRES. ACUERDO CALENDARIO PROVINCIAL1. La jornada ordinaria anual para el año 2006 se establece en

1.746 horas, según el Acuerdo Sectorial Nacional (artículo 5).2. A efectos de distribución del cómputo anual de la jornada fijada

en el punto anterior, y con carácter exclusivo para el año 2006, se con-siderarán como no laborables, en toda la provincia, los siguientes días:

27 de febrero14 de agosto13 de octubre7 de diciembre

3. La jornada ordinaria semanal será de (40) horas, distribuidasde lunes a viernes, con las siguientes excepciones:

Semana Santa: jornada de (6) horas el Miércoles Santo.Mes de agosto: jornada continuada de (7) horas desde el (1) al

(31) de agosto, ambos inclusive.4. Se confecciona el calendario laboral de la provincia de Mála-

ga, para el año 2006, que con la conformidad de todos los asistentesqueda aprobado por unanimidad y se une a la presente acta comoanexo.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se aprueba la presenteacta, suscribiendo la misma todos los asistentes, acordándose que porparte del Sr. Presidente se remita, junto con su anexo, al Iltmo. Sr.Delegado Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecno-lógico para su registro y publicación en el Boletín Oficial de la Pro-vincia de Málaga.

Por CCOO (firmas ilegibles).Por UGT (firmas ilegibles).Por FECMA (firmas ilegibles).

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Página 8 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

ANEXO II

Tabla de salarios, plus salarial y plus extrasalarial - año 2006

PLUS SALARIAL PLUS EXTRASALARIALSALARIO BASE Complemento actividad Plus distancia y transporte

Nivel Mensual Diario día trabajado día trabajado

II 1.165,20 – 1,57 6,67III 1.013,49 – 1,57 6,67IV 1.010,69 – 1,57 6,67V 963,49 – 1,57 6,67

VI 926,46 30,31 1,57 6,67VII 888,21 29,09 1,57 6,67

VIII 863,21 28,24 1,57 6,67IX 848,42 27,78 1,57 6,67X 835,47 27,36 1,57 6,67

XI – 27,36 1,57 6,67XII – 27,26 1,57 6,67

XIII 445,49 14,64 1,57 6,67

Jefe equipo

VIII – 28,59 1,57 6,67IX – 28,11 1,57 6,67X – 27,68 1,57 6,67

XI – 27,67 1,57 6,67XII – 27,59 1,57 6,67

Contratos para la formación

XIV Retribuciones referidas al 100% de la jornada de trabajo, según el salario del nivel IX de las tablas del convenio

Colectivos a los que se refiere el artículo 19.4. del Convenio Provincial (excluido el 19.4.6)

1.er año 509,05 16,67 0,94 6,672.º año 593,90 19,45 1,10 6,673.er año 721,16 23,62 1,33 6,67

Colectivo a los que se refiere el artículo 19.4.6 del Convenio Provincial

1.er año 806,00 26,39 1,49 6,672.º año 848,42 27,78 1,57 6,67

ANEXO III

Tabla de pagas extraordinarias y de vacaciones - año 2006

PAGAS EXTRAORDINARIAS

NIVEL JUNIO DICIEMBRE PAGA DE VACACIONES

II 1.899,16 1.899,16 1.899,16III 1.651,90 1.651,90 1.651,90IV 1.647,27 1.647,27 1.647,27V 1.571,01 1.571,01 1.571,01

VI 1.490,60 1.490,60 1.490,60VII 1.429,86 1.429,86 1.429,86

VIII 1.389,80 1.389,80 1.389,80IX 1.366,09 1.366,09 1.366,09X 1.344,29 1.344,29 1.344,29

XI 1.343,70 1.343,70 1.343,70XII 1.340,60 1.340,60 1.340,60

XIII 741,68 741,68 741,68

Jefe equipo

VIII 1.405,58 1.405,58 1.405,58IX 1.380,78 1.380,78 1.380,78X 1.360,08 1.360,08 1.360,08

XI 1.359,48 1.359,48 1.359,48XII 1.355,83 1.355,83 1.355,83

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Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 9#

Contratos para la formación

XIV Retribuciones referidas al 100% de la jornada de trabajo, según el salario del nivel IX de las tablas del convenio

Colectivos a los que se refiere el artículo 19.4 del Convenio Provincial (excluido el 19.4.6)

1.er año 819,65 819,65 819,652.º año 956,26 956,26 956,263.er año 1.161,18 1.161,18 1.161,18

Colectivo a los que se refiere el artículo 19.4.6 del Convenio Provincial

1.er año 1.297,78 1.297,78 1.297,782.º año 1.366,09 1.366,09 1.366,09

ANEXO VI

Tabla de horas extraordinarias - año 2006

(A)

NIVEL IMPORTE HORA EXTRA INCREMENTO ANTIGÜEDAD CONSOLIDADA

II 14,21 Para el cálculo del valor de la hora extraordinaria III 12,35 de los trabajadores que al 21 de noviembre de 1996IV 12,33 tuvieran derecho al complemento de antigüedad,V 11,75 se aplicará la siguiente fórmula:

VI 11,24 HE = IHE + (AC x 0,659)VII 10,79 De donde:

VIII 10,51 HE= Valor hora extra con antigüedad consolidada.IX 10,33 IHE= Importe hora extra (A).X 10,20 AC= Antigüedad consolidada diaria ANEXO IV.

XI 10,15XII 10,12

242 1.914

21 168

221 1.746

S NL = Sábado y no laborable s/convenio FA = Festivo Autonomía Andalucía

D F = Domingo y festivos nacional FL = Fiesta local - Málaga capital*

* Las diferentes localidades de la provincia adaptarán el calendario a sus propias fiestas locales.* Si alguna de las fiestas locales coincidiesen en sábado (S) o no laborable (NL), estas pasarán al día posterior laborable.

– Según el artículo 48.1 del vigente Convenio Provincial de la Construcción 2004-2006, el cómputo anual de la jornada fijada es de 1.746horas. Con carácter exclusivo para el 2006, se considerarán como no laborables, en toda la provincia, los siguientes días:

27 de febrero 14 de agosto 13 de octubre 7 de diciembre

– La jornada ordinaria semanal será de (40) horas, de lunes a viernes, con las siguientes excepciones:

Jornada especial– Semana Santa: Jornada de (6) horas el Miércoles Santo.

Jornada continuada– Mes de agosto: Jornada continuada de (7) horas desde el (1) al (31) de agosto, ambos incluidos.

(Firmas ilegibles).3 4 9 1 /0 6

££ D

ANEXO VII

Convenio Construcción, Obras Públicas y Oficios AuxiliaresCalendario laboral año 2006 - provincia de Málaga

MESES Días HorasDÍAS 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 labor. trabajo

ENERO D F 8 8 8 F S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 20 160

FEBRERO 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D NL FA X X X 18 144

MARZO 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 23 184

ABRIL S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 6 F F S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D X 18 142

MAYO F 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 22 176

JUNIO 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 X 22 176

JULIO S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 21 168

AGOSTO 7 7 7 7 S D 7 7 7 7 7 S D NL F 7 7 7 S D FL 7 7 7 7 S D 7 7 7 7 20 140

SEPTIEMBRE 8 S D 8 8 8 8 FL S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S X 20 160

OCTUBRE D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 F NL S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 20 160

NOVIEMBRE F 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 X 21 168

DICIEMBRE 8 S D 8 8 F NL F S D 8 8 8 8 8 S D 8 8 8 8 8 S D F 8 8 8 8 S D 17 136

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Página 10 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

Exp. n.º 019/06.Visto el texto del Convenio Colectivo de la empresa Turismo

Ayuntamiento de Marbella 2000, Sociedad Limitada, código de conve-nio 2907112, recibido en esta Delegación Provincial de la Consejeríade Empleo con fecha 15 de febrero de 2006, y de conformidad con lodispuesto en el artículo 90.3 del Real Decreto Legislativo 1/95, de 24de marzo (Estatuto de los Trabajadores), esta Delegación Provincial deEmpleo acuerda:

1.º Ordenar su inscripcion en el Registro de Convenios de esteorganismo, con notificación a la Comisión Negociadora, quien quedaadvertida de la prevalencia de la legislación general sobre aquellascláusulas que pudieran señalar condiciones inferiores o contrarias aellas.

2.º Proceder al depósito del texto original del convenio en el Centrode Mediación, Arbitraje y Conciliación de esta Delegación Provincial.

3.º Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Málaga, 20 de marzo de 2006.El Delegado Provincial de Empleo, firmado: Juan Carlos Lomeña

Villalobos.

ACTA DE REUNIÓN DE LA MESA NEGOCIADORA DEL NUEVO CONVENIO COLECTIVO DE LA ENTIDAD TURISMO AYUNTAMIENTODE MARBELLA 2000, SOCIEDAD LIMITADA, CELEBRADA EL DÍA 15

DE SEPTIEMBRE DE 2005

Relación de miembros asistentes a la reunión de la mesa negocia-dora:

Presidente: Don Carlos Fernández Gámez (por la empresa).Vice-Presidente: Don Antonio de Sola Caballero (por la empresa).Secretario: Don Ramón Ramírez Luna (por la empresa).Don Florentino Rodríguez Álvarez (por la empresa).Don Miguel Luna Rodríguez (por el SIEP).Don Benito Ferreira Marín (por el SIEP).Don Ricardo Cuenca Cervera (por el SIEP).Don Pedro A. Rodríguez Mateo (por el SIEP).Doña Yolanda Corral Fernández (por el CSCIF).Doña Mercedes Ramírez Zamora (por el CSCIF).Doña María del Carmen Montes Barrera (por UT).Doña Carolina Benítez Granado (por UT).

Orden del día

1.º Lectura y aprobación del acta de la reunión anterior.2.º Aprobación de nuevoconveniocolectivo de la empresa para el

período 2005-2008.El Presidente da por comenzada la reunión de la mesa negociadora

siendo las 10 de la mañana, y pasando a continuación a tratarse lospuntos del Orden del Día:

1.º Lectura y aprobación del acta de la reunión anteriorPor el Secretario se procede a la lectura al acta de la reunión ante-

rior, celebrada el dia 4 de agosto de 2005, en las dependencias munici-pales de la Tenencia de Alcaldía de Puerto Banús, a la cual asistierontodos los hoy presentes, dando comienzo a las 17:00 horas y finalizan-do a las 21:00 horas, y tratándose como únicos puntos del orden deldía la lectura y aprobación del acta de la reunión anterior, celebrada eldía 12 de julio de 2005, y el punto consistente en acuerdos parcialesalcanzados hasta dicha fecha con relación a la propuesta de conveniocolectivo presentada por los trabajadores a la empresa.

Una vez finalizada la lectura de dicho acta la misma fue aprobadaíntegramente por unanimidad.

2.º Aprobación de nuevo convenio colectivo de la empresa para elperiodo 2005-2008

Tras un largo debate y análisis, la mesa negociadora, compuesta porlos representantes de la empresa y los representantes de los trabajadores,

acuerda la aprobación del texto del convenio colectivo que más ade-lante se dirá, para su traslado a la señora Alcaldesa, en su calidad dePresidenta del Consejo de Administración de la empresa, como a lasasambleas de los trabajadores:

El texto de la propuesta de nuevo convenio colectivo de la empre-sa aprobado por la mesa negociadora para el período 2005-2008, es elsiguiente:

Í N D I C E

C A P Í T U L O I

Disposiciones generales

Artículo 1. Ámbito funcionalArtículo 2. Ámbito personalArtículo 3. Vigencia y prórroga del convenio colectivoArtículo 4. Vinculación del convenio colectivoArtículo 5. Garantía personal

C A P Í T U L O I I

Organización del trabajo

Artículo 6. Organización del trabajoArtículo 7. Formación profesional

C A P Í T U L O I I I

Contratación, periodo de prueba, promociones y ascensos

Artículo 8. Ingresos.Artículo 9. Periodos de prueba Artículo 10. ContrataciónArtículo 11. Contratación eventualArtículo 12. Contratación a tiempo parcialArtículo 13. Contratos formativosArtículo 14. AscensosArtículo 15. Puestos de nueva creación y vacantesArtículo 16. Promoción internaArtículo 17. Ceses en la empresa

C A P Í T U L O I V

Tiempos de trabajo y descansos

Artículo 18. Jornada laboralArtículo 19. Descanso semanalArtículo 20. Calendario laboralArtículo 21. Horario de trabajoArtículo 22. Verificación y controlArtículo 23. VacacionesArtículo 24. Festivos

C A P Í T U L O V

Licencias y excedencias

Artículo 25. Licencias retribuidasArtículo 26. Licencias no retribuidasArtículo 27. ExcedenciasArtículo 28. Días por asuntos propios

C A P Í T U L O V I

Clasificación profesional

Artículo 29. Clasificación profesional Artículo 30. Modo de operar en la clasificación profesional

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Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 11#

Artículo 31. Tabla de equivalenciasArtículo 32. Progresión salarialArtículo 33. Evaluación del desempeño

C A P Í T U L O V I I

Régimen retributivo

Artículo 34. Estructura salarialArtículo 35. Cláusula de revisión anual Artículo 36. Indemnizaciones y suplidoArtículo 37. Trabajos extraordinarios

C A P Í T U L O V I I I

Condiciones sociales

Artículo 38. Protección vida familiarArtículo 39. Reconocimiento médicoArtículo 40. Incapacidad temporalArtículo 41. Prendas de trabajoArtículo 42. JubilacionesArtículo 43. Seguro de vida y accidenteArtículo 44. Trabajador con capacidad disminuidaArtículo 45. Prestación complementaria por incapacidad

C A P Í T U L O I X

Prestaciones económicas

Artículo 46. Ayuda por natalidad y enfermedadArtículo 47. Ayudas por minusvalíaArtículo 48. Ayuda escolarArtículo 49. Ayudas por fallecimientoArtículo 50. Ayudas protésicas y odontológicasArtículo 51. AnticiposArtículo 52. Premios a la permanenciaArtículo 53. Fondos para actividades y día del Patrón

C A P Í T U L O X

Derechos sindicales

Artículo 54. Facultades, garantías sindicales y composición de los órganos de representación y acumulación de horas

Artículo 55. Derecho a sindicarseArtículo 56. Secciones sindicales y reunionesArtículo 57. Secciones sindicales de los sindicatosArtículo 58. Cargos sindicales de nivel superiorArtículo 59. Comisión negociadora de convenios colectivosArtículo 60. Delegados sindicales y comité de empresaArtículo 61. Número de delegados sindicalesArtículo 62. Funciones y derechos de los delegados sindicalesArtículo 63. Locales sindicales y tablonesArtículo 64. Prácticas antisindicalesArtículo 65. Prevención de riesgos laborales

C A P Í T U L O X I

Faltas y sanciones

Artículo 66. Régimen disciplinarioArtículo 67. Régimen de sancionesArtículo 68. Prescripción

Disposición adicional

Modelo de evaluación para la clasificación de grupos grupo

Disposiciones transitorias

Subrogación del convenioNotificación de la aprobación

Disposiciones finales

Respetar acuerdos privados pactadosPublicación del convenioParejas de hechoAplicación general

Tabla salarial

Tabla salarial

C A P Í T U L O I

Disposiciones generales

Artículo 1. Ámbito funcionalEl presente convenio colectivo regula las relaciones laborales

entre la empresa Turismo Ayuntamiento de Marbella, Sociedad Limi-tada, y el personal que presta o preste sus servicios en los centros detrabajo de la empresa, cuya actividad es la información y promociónde eventos, así como la actividad turística y de congresos en Marbella.

No obstante si durante el tiempo de vigencia del presente conve-nio, se suscitara la necesidad de ampliar el mismo, por regulacionesno incluidas o modificadas por la Ley Laboral, las partes legitimadaspara su firma podrán, previo acuerdo, regular dichas ampliaciones y omodificaciones tomando como referencia el marco ley.

Artículo 2. Ámbito personalEl presente convenio colectivo afectará a todo el personal que

presta o preste sus servicios en la empresa mediante contrato laboral,cualesquiera que fueran sus cometidos, si bien las condiciones estable-cidas en el mismo podrán ser mejoradas.

Artículo 3. Vigencia, denuncia y prorroga del convenio1) El presente convenio colectivo entrará en vigor a partir del día

siguiente de la firma entre las partes legitimadas, Comité de Empresay el Consejo de Administración, que será ratificado por el Pleno delMI. Ayuntamiento de Marbella, y se mandará para su publicación alBoletín Oficial de la Provincia (BOPMA).

2) Su vigencia será hasta el 31 de diciembre del 2008.3) La denuncia se podrá hacer por escrito por una de las dos par-

tes, con una antelación mínima de dos meses, sobre la fecha fijadapara su terminación, procediendo a formar la comisión negociadora,entre la empresa y los delegados del comité de empresa.

4) Transcurrido el plazo previsto en el párrafo 2.º del artículo 3, elcontenido normativo y obligacional del convenio se prorrogará con lasubida del IPC a todo el articulado del presente convenio, incluida latabla retributiva o, si fueran mayores, las marcadas para las Adminis-traciones Públicas Autonómicas o del Sector.

5) No obstante, las partes se obligan a lo establecido por la ley,para iniciar las negociaciones del convenio colectivo.

6) Anualmente se podrá incluir conceptos, cláusulas adicionales ycualquier mejora que se estime oportuna, que mediante la negociaciónentre la representación legal de los trabajadores (comité de empresa) yla dirección de la empresa.

7) Este convenio mantendrá su vigencia en los términos legalmen-te establecidos, hasta la firma del convenio siguiente, teniendo siem-pre en cuenta la retroactividad del nuevo convenio.

Artículo 4. Vinculación del convenioLas condiciones aquí pactadas constituyen un todo orgánico indi-

visible y a efectos de su aplicación práctica deberán ser consideradas

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globalmente, pero si algún o algunos artículos tuvieran que ser suscep-tibles de modificación, por imperativo legal, se aplicaría en su totali-dad el convenio colectivo, quedando obligados a reunirse la comisiónnegociadora para resolver sobre el mismo, dentro del plazo otorgadopor la Administración pertinente.

Artículo 5. Comisión M¡mixta de V¡vigilancia e interpretación delconvenio

1) Para la interpretación y cumplimiento del convenio colectivo,se constituirá una comisión mixta de vigilancia e interpretación a par-tir de la fecha de entrada en vigor del mismo.

2) Esta comisión estará formada por cinco miembros, como máxi-mo, de la representación de los trabajadores proporcional a los miem-bros del comité y otros tantos de la representación de la empresa, sien-do aconsejable que sean de los que, en su día negociaron el convenio.Cada una de las partes podrán asistir con un asesor con voz pero sinvoto.

3) Esta comisión tendrá las siguientes funciones:a) La actualización de la plantilla (clasificación, número de pues-

tos).b) El plan anual de provisión y/o promoción de los puestos

vacantes o de nueva creación y los sistemas de selección.c) El diseño y aprobación de planes de formación.d) Criterios de las retribuciones complementarias que correspon-

da aplicar a cada puesto de trabajo.e) Bases y convocatorias de selección y contratación de personal,

promoción y cursos, así como convocatoria de puestos de tra-bajo.

f) Interpretación de las cláusulas del convenio sobre las que sur-jan discrepancias.

g) Vigilancia y seguimiento de lo pactado en el convenio.h) Facultad de conciliación previa y no vinculante en los conflic-

tos colectivos.i) Seguimiento de las horas extraordinarias.j) Realización de informes vinculantes sobre la organización

interna, total o parcial, del régimen de servicios, etc.4) Procedimiento de actuación:La comisión se reunirá cada dos meses, o cuando se le presente

cualquiera de los problemas del ámbito de las funciones que le sonpropias, o cuando alguna de las dos partes lo solicite.

Desde el momento que se le plantee un problema, la comisión sedeberá reunir en un máximo de siete días y la decisión se tomará en unmáximo de siete días.

Los acuerdos de la comisión mixta de vigilancia se tomarán pormayoría simple y para que sean válidos la comisión deberá estar com-puesta por un mínimo de cinco miembros.

La comisión mixta de vigilancia e interpretación del conveniocolectivo podrá hacer las consultas y recabar la información que encada caso considere oportunas.

De todas las actuaciones de la comisión se levantará acta porduplicado, que será firmada por sus componentes, quedando unacopia, para cada uno de los miembros.

C A P Í T U L O I I

Organización del trabajo

Artículo 6. Organización del trabajo1) La organización del trabajo en la empresa afectada por este con-

venio colectivo, corresponde a la dirección de la misma, con el acuer-do de la parte social.

2) La organización del trabajo tiene por objeto alcanzar en laempresa un nivel adecuado de eficacia, basado en la utilización ópti-ma de sus recursos humanos y materiales.

3) Los trabajadores a través de sus representantes legales, delega-dos de personal, comité de empresa o secciones sindicales, tendránderecho a conocer de aquellas decisiones de carácter organizativo quepuedan afectar a los mismos, con el acuerdo de la parte social.

4) En todo caso, la empresa estará obligada a negociar con carác-ter previo, con los representantes legales de los trabajadores sobrecualquier modificación que se produzca en la organización de laempresa que pueda afectar a los trabajadores.

5) El comité de empresa tiene atribuidas funciones de asesora-miento, orientación y propuestas en los temas relacionados con laorganización y racionalización del trabajo, teniendo derecho a presen-tar informe de las decisiones que aquélla adopte en los casos deimplantación o revisión de los sistemas de organización y control deltrabajo y de las facultades expresamente otorgadas en este conveniocolectivo, a la comisión mixta de vigilancia e Interpretación del con-venio colectivo, que siempre será vinculante.

Artículo 7. Formación profesional1) La empresa y la centrales sindicales firmantes del presente con-

venio colectivo suscriben en todos sus términos el Acuerdo de Forma-ción Continua en los ámbitos funcional y territorial, como mejorforma de organizar y gestionar las acciones de formación que se pro-muevan en el sector.

2) Las partes se comprometen a suscribir cualquier otro acuerdode naturaleza que se firme a posteriori.

3) Sin perjuicio del derecho individual de los trabajadores, Elcomité de empresa debe participar en el desarrollo de los planes deformación de la empresa.

4) La empresa velará de forma adecuada por la actualización deconocimientos por parte del personal. A estos efectos, cuando dichoscursos sean organizados por la empresa, esta adaptará la jornada labo-ral del trabajador de la siguiente forma:

a) Disfrutar del permiso oportuno de formación o perfecciona-miento profesional, con reserva del puesto de trabajo, cuandono sean convocados por la empresa, remitiéndose a lo estable-cido en este convenio colectivo.

b) A todos los cursos se les dará la oportuna publicidad, reflejan-do el motivo del curso, la duración y al personal que está desti-nado, quedando la opción de llenar el cupo, a otros trabajado-res que estén interesados en los mismos y lo hayan solicitado.

c) La empresa tendrá plena libertad para realizar otras actividadesformativas que estime necesarias al conjunto de los trabajado-res, sin menoscabo de los derechos reconocidos en el presenteartículo.

d) A los trabajadores que se encuentren libre de servicio, en turnodiferente al de la impartición del curso y de vacaciones, laempresa compensará con los mismos días detraídos al trabaja-dor, inmediatamente después de haber terminado el curso, tam-bién alterará la empresa el turno de trabajo de los trabajadoresque asistan a los mismos, para que este coincida con los mis-mos.

e) Cuando se impartan cursos, se llevarán a cabo los mismos,hasta que se hayan completado la asistencia de todos los traba-jadores a los que va dirigido.

C A P Í T U L O I I I

Contratación, periodo de prueba, promociones y ascensos

Artículo 8. Ingresos1) Corresponde a la dirección de la empresa la admisión e ingreso

del personal con la mesa de contratación, de acuerdo con las disposi-ciones legales sobre el empleo, así como el establecimiento de las con-diciones y pruebas que hayan de exigirse al personal de nuevo ingresoen cada caso.

2) A tal efecto la empresa utilizará cualquiera de las modalidadesde contratación, establecidas en el Estatuto de los Trabajadores ydemás disposiciones legales sobre la materia.

3) A efectos de contratación, se tendrá especialmente en cuenta alpersonal que preste o haya prestado sus servicios a la empresa tempo-ralmente, en contratos por obra, interinos, en prácticas etc, creándose a

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tal fin, una bolsa de trabajo en la que ocupen una posición prioritarialos trabajadores que hayan permanecido vinculados con la empresadurante más tiempo, previa solicitud del interesado, acompañándolocon un currículum vitae, siempre que cumpla los requisitos del puestoa ocupar.

4) La empresa entregará al comité de empresa a los representantesde los trabajadores, de las copias básicas de contratos que se formali-cen.

Artículo 9. Periodo de prueba1) Los periodos de prueba, por grupos profesionales serán los

siguientes:Grupo 1: Cuatro meses.Grupo 2 y 3: Dos meses.Grupo 4: Un meses.Grupo 5: Quince días.

2) Superado el periodo de prueba sin que se haya producido eldesistimiento, el contrato producirá plenos efectos, computándose eltiempo de los servicios prestados a todos los efectos, respecto de losderechos y obligaciones del trabajador en la empresa.

3) Durante el periodo de prueba, el trabajador tendrá los derechosy obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñecomo si fuera de plantilla, excepto los derivados de la resolución de larelación laboral, que podrá producirse de acuerdo con la legislaciónvigente y a instancias de cualquiera de las partes durante su transcur-so.

Artículo 10. ContrataciónLa contratación de trabajadores se ajustará a las normas legales

generales sobre empleo, comprometiéndose la empresa a la utilizaciónde los diversos modos de contratación de acuerdo con la finalidad decada uno de los contratos y remitiéndose a los requisitos establecidosen el artículo 8, punto 3.

Artículo 11. Contratación eventualEn desarrollo de los dispuesto en el artículo 15,b) del Estatuto de

los Trabajadores, la empresa podrá acogerse a esta modalidad de con-tratación por un tiempo máximo de seis meses dentro de un periodo dedoce meses y después se le hará indefinido, remitiéndose a los requisi-tos establecidos en el artículo 8 punto 3.

Artículo 12. Contratación a tiempo parcialEn desarrollo del artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores, se

establece los siguientes parámetros a esta modalidad de contratación:1. Será contrato a tiempo parcial (C.T.P) todo aquel que se perfec-

cione para la realización de una jornada anual inferior en un 15 por100 a la pactada en este convenio colectivo.

2. Cuando un trabajador a tiempo parcial desee pasar a ser trabaja-dor a tiempo completo, y viceversa o para el incremento del tiempo detrabajo de los contratados a tiempo parcial, deberá comunicarlo porescrito a la empresa, llevándose a efecto la modificación solicitada.

3. A los efectos anteriores, la empresa vendrá obligada a informaral comité de empresa del centro, sobre la existencia de vacantes.

4. En ningún caso la fijación de una jornada ordinaria de trabajo atiempo parcial y la suma de total de las horas complementarias pacta-das entre la empresa y la representación legal de los trabajadores,podrá ser igual o superior al límite máximo de jornada anual del traba-jo efectivo de conformidad con el artículo 18 de este convenio colec-tivo.

5. La realización de las horas complementarias por los contratadosa tiempo parcial se ajustará a las siguientes reglas:

a) La realización de las horas complementarias deberán ser comu-nicadas mediante un preaviso de siete días por la empresa altrabajador, en el que se hará constar el día y la hora de realiza-ción de dichas horas complementarias.

6. En cualquier caso la realización de horas complementariashabrá de respetar los límites en materia de jornada y descanso de con-formidad con lo establecido en este convenio colectivo.

Artículo 13. Contratos formativos1. CONTRATO DE TRABAJO EN PRÁCTICAS. Se estará a lo dispuesto en

el artículo 11 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores,aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, y a la legislaciónvigente.

2. CONTRATO PARA LA FORMACIÓN. Podrán concertarse contratospara la formación con trabajadores mayores de dieciséis años y meno-res de veintiuno, sin límite de edad, cuando se trate de contratados, deconformidad con lo establecido en el artículo 11.2.a) del Estatuto delos Trabajadores.

El contrato para la formación se ajustará a las siguientes reglas:Considerando que el objeto de este tipo de contratación es la

adquisición, por parte del trabajador de la formación teórica y prácticanecesaria para realizar adecuadamente un oficio o un puesto de trabajoque requiera un determinado nivel de cualificación.

La duración mínima de estos contratos será de seis meses, siendodos años su periodo máximo de duración.

La retribución de este tipo de contratos será la siguiente:Primer año de formación: 100 por 100 salario bruto.Segundo año de formación: 100 por 100 salario bruto.

Artículo 14. Ascensos1. El ascenso de los trabajadores a tareas o puestos de trabajo que

impliquen mando o confianza, serán de libre designación por laempresa.

2. Salvo lo dispuesto en el artículo relativo a la movilidad funcio-nal, durante el tiempo que el trabajador preste sus servicios en elgrupo superior, percibirá el salario del grupo de destino, aunque no loconsolide, entendiéndose que si el empleado no consolida dicho pues-to de destino, retornará a su puesto de origen en las mismas condicio-nes que tenia antes de efectuarse el ascenso.

3.A estos efectos, el periodo de consolidación del nuevo puesto dedestino será de seis meses para los grupos profesionales regulado eneste convenio colectivo.

Artículo 15. Puestos de nueva creación y vacantes1. Para los puestos de nueva creación en el centro de trabajo, debe-

rán superar satisfactoriamente las pruebas que al efecto se establezcan.Se entiende que este sistema será de aplicación siempre y cuando

la cobertura del puesto de destino vaya a ser realizado en su totalidad. 2. Cuando se produzca una vacante definitiva que vaya a ser

cubierta, corresponderá a la empresa el decidir sobre la solicitud deocuparla, teniendo preferencia provisional, en igualdad de condicio-nes, el trabajador con más antigüedad. En ningún caso se producirádiscriminación por razón de edad.

3. A estos efectos, la empresa está obligada a negociar con la mesade contratación, de la existencia de vacantes.

Artículo 16. Promoción internaPara la aplicación se seguirá el método siguiente:1. La empresa y la representación legal de los trabajadores (la

mesa de contratación del comité de empresa), definirán los requisitosnecesarios para la categoría a cubrir.

2. El ascenso a categorías para cubrir puestos de confianza o queimpliquen funciones de jefatura, será de libre designación de laempresa.

3. En dicho supuesto el trabajador designado pasará a cubrir laplaza provisionalmente y sin cambio de categoría durante un plazo deseis meses, al final de los cuales consolidará la categoría en funcióndel rendimiento acreditativo o volverá a su puesto y categoría de pro-cedencia.

Artículo 17. Ceses en la empresaEl trabajador que desee cesar voluntariamente en “Turismo

Ayuntamiento de Marbella 2000, Sociedad Limitada”, deberá ponerloen conocimiento de la empresa por escrito con una antelación, almenos, de siete días.

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El trabajador, con la reserva a que se refiere el párrafo anterior, alcesar en la prestación de sus servicios tendrá derecho a percibir laspartes proporcionales de las pagas extraordinarias según ley.

Cuando un trabajador por la razón que fuera, cesase en la empresay requiera la documentación legal a la misma, para cumplimentar antela oficina de empleo, la empresa estará obligada a entregar originalesde dicha documentación en el plazo máximo de 7 días naturales, acontar desde el día de cese.

C A P Í T U L O I V

Tiempo de trabajo, descansos y vacaciones

Artículo 18. Jornada laboral1. La jornada para los tres años de vigencia de este convenio

colectivo, queda establecida en 35 horas semanales, de lunes a vier-nes.

El horario en turnos de trabajo regular estará comprendido entrelas 08:00 horas y las 15:00 en turno de mañana y entre las 15:00 horasy las 22:00 horas en turno de tarde, considerándose como horas extras,toda aquella jornada que sobrepase los horarios establecidos.

Siguiendo las recomendaciones de la OMS, en la cual se indicaque se evitarán las jornadas de turnos partidos, así como la intercala-ción de una jornada entre ambas, habiendo sido comprobado que estoreduce el rendimiento laboral de los trabajadores.

2. Cuando existan probadas razones técnicas, organizativas o pro-ductivas que requieran mayor presencia de los trabajadores en el pues-to de trabajo, la empresa podrá establecer, previo acuerdo con losrepresentantes legales de los trabajadores.

Dichas horas, se abonaran como horas extraordinarias, respetándo-se la tipificación y las cuantías de las mismas, en este convenio colec-tivo.

3. La dirección de la empresa y la representación legal de los tra-bajadores se reunirán cuatrimestralmente a los efectos de proceder alcontrol de la jornada irregular pactada.

4. La base P.I.C. responsable de los Vigilantes de Servicios Gene-rales deberá permanecer abierta durante la prestación de servicio delos mismos.

Artículo 19. Descanso semanal1. Los trabajadores disfrutarán de un descanso de dos días sema-

nales. 2. El descanso semanal será de sábado y domingo regulado en el

presente convenio colectivo. 3. Excepcionalmente se podrá variar el sistema de descansos, pre-

via negociación de la empresa con los representantes legales de lostrabajadores incluyendo a todos los trabajadores sin discriminaciónalguna.

4. El preaviso en el caso de alteración del sistema de descansodeberá ser comunicado al trabajador o trabajadores afectados con almenos siete días de antelación.

5. El día de descanso alterado será adicionado, a las cuatro sema-nas anteriores o posteriores a la modificación del sistema de descan-sos, o acumulados a las vacaciones anuales o al disfrute acumuladopor días festivos trabajados, siendo opción potestativa del trabajador,dicha elección.

6. Asimismo se realizaran los cuadrantes de servicios con anterio-ridad a 30 días, para cubrir lo servicios mensualmente.

Artículo 20. Calendario1. Durante los dos meses anteriores a la finalización de cada año

natural, la empresa afectada por el presente convenio colectivo, elabo-rará el calendario laboral del año siguiente, a efectos de lo cual losrepresentantes de los trabajadores negociarán con la dirección acercade la postura respecto al calendario. Dicho calendario se expondrá enel centro de trabajo durante todo el año natural.

2. Los calendarios incluirán el disfrute de las fiestas nacionales,

autonómicas, locales, incluyendo las fechas de disfrute de las vacacio-nes anuales y semana de Navidad.

3. Se constituye como día festivo el día 29 de septiembre, conside-rándose a todos los efectos como día inhábil.

Artículo 21. Horario de trabajo1. El horario de trabajo será el estipulado en el presente convenio,

que es de 35 horas semanales, en jornada de lunes a viernes, concarácter general, salvo aquellos servicios que por sus peculiares carac-terísticas, no puedan ajustarse a dicho horario, en cuyo caso se abona-ran estos como días festivos, todas las jornadas laborales tendrán undescanso de 30 minutos.

2. Durante el periodo comprendido entre los días 21 de junio a 21de septiembre, ambos inclusive, el horario de la jornada laboral seráreducido en una hora. En las semanas de fiestas locales y SemanaSanta, la jornada laboral se verá reducida en dos horas por día trabaja-do, siendo su reparto convenido entre la empresa y la representaciónsindical.

Artículo 22. Verificación y control1. Todo el personal incluido en el ámbito de esté convenio colecti-

vo deberá someterse a los sistemas de control de asistencia que ladirección de la empresa en cada momento estime más adecuado.

2. En cualquier caso, la empresa informará a los representantes delos trabajadores de los sistemas de control de asistencia que tenganimplantados, así como respecto a su posible modificación.

Artículo 23. Vacaciones1. El régimen de vacaciones anuales retribuidas del personal afec-

tado por el presente convenio colectivo será de 23 días hábiles, quedeberán disfrutarse necesariamente entre el 1 de enero y el 31 dediciembre.

No obstante lo anterior, en función de las necesidades de la pro-ducción la empresa y el trabajador podrán fraccionar en cuatro perio-dos de disfrute de las vacaciones, debiendo en este caso de disfrutarsedos de los periodos, de cinco días hábiles, entre el 1 de junio y el 30de septiembre.

2. El calendario de vacaciones para nuevos años, se fijará entre losrepresentantes de los trabajadores y la empresa, en la primera quince-na del último mes del año, publicándose en el tablón de anuncios, paraconocimiento general.

3. El cómputo de vacaciones se efectuará por año natural, calcu-lándose en proporción al tiempo de permanencia en la empresa en loscasos de nuevo ingreso.

4. La retribución correspondiente a los periodos de vacacionesincluirán todos los conceptos habituales.

5. La empresa deberá tener previsto las vacaciones del personal,para realizar las contrataciones necesarias, a fin de cubrir las mismas.

6. El matrimonio en el que ambos sean trabajadores de esta empre-sa, tendrán preferencia para elegir el disfrute de las vacaciones conjun-tamente.

7. En los casos en que el trabajador tuviera que interrumpir susvacaciones, por cursos convocados por la empresa y por bajas médicasde enfermedad o accidente contrastadas por los servicios médicos, quesean superiores a 7 días, el trabajador tendrá derecho a interrumpir lasmismas, pudiendo proseguirlas a partir del alta médica, sin mermaalguna de los días a que tuviera derecho.

Artículo 24. FestivosLos trabajadores afectados por el presente convenio colectivo ten-

drán derecho al disfrute de los festivos que correspondan según elcalendario laboral publicado anualmente por la Junta de Andalucía ylas fiestas locales de Marbella, así como los días que la empresa dicta-mine y no esté recogido en este convenio, y en aquellos casos, que eltrabajador por necesidad inexcusable de su puesto de trabajo tenga quetrabajar, se le abonará la jornada como horas extraordinarias, fijada enla tabla salarial.

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C A P Í T U L O V

Licencias y excedencias

Artículo 25. Licencias retribuidas1. El trabajador, previo aviso y justificante, podrá ausentarse del

trabajo, con derecho a sus retribuciones totales, por los motivos y porel tiempo siguiente:

a) 20 días hábiles en caso de matrimonio.b) Por matrimonio de hermanos, padres e hijos, 1 día hábil en la

fecha de la celebración, y 3 días hábiles si es fuera de la pro-vincia.

c) Por nacimiento de hijo de trabajador: 3 días hábiles (dos díasmás si el alumbramiento tiene lugar fuera de la provincia).

d) Por fallecimiento de familiares de primer y segundo grado deconsanguinidad o afinidad del trabajador y del cónyuge: 3días naturales y 5 días naturales si es fuera de la provincia.En caso de que el fallecido sea el cónyuge y tuviese menoresde edad o disminuidos, la licencia será de 15 días hábiles.

e) Por enfermedad de familiares de 1.º y 2.º grado de consangui-nidad y afinidad del trabajador:Grave. 7 días naturales incluidos las operaciones.Muy grave. 10 días naturales, ampliados según necesidad ycon justificación médica.En el caso que conviva con el trabajador, el tiempo se prorro-gará el tiempo que se estime necesario, siempre con justifica-ción médica.Por enfermedad de familiares de 1.º y 2.º grado de consangui-nidad del cónyuge: : grave 7 días hábiles.La empresa concederá las peticiones de los trabajadores, enel caso que por una enfermedad grave de un familiar del tra-bajador, en primer grado de consanguinidad y por prescrip-ción médica, deban ir acompañados a consulta o tratamientomédico, igualmente a los ascendientes que convivan con eltrabajado; asimismo tendrá la misma consideración las altashospitalarias que conlleven la asistencia domiciliaria.

f) Igual tratamiento tendrán aquellos supuestos de enfermeda-des graves infecto-contagiosas diagnosticadas por facultativo.

g) Por el tiempo establecido para disfrutar de los derechos edu-cativos generales y de la formación profesional, en lossupuestos y formas regulados en la legislación vigente, dis-frutando de un día por examen en la localidad, dos si es fuerade la localidad y tres si es fuera de la provincia.

h) El tiempo que fuese necesario al año, en los casos que serelacionan con las actividades profesionales de un trabajador:congresos, mesas redondas, cursillos, etc. o por estudios rela-cionados con la profesión, debiéndose solicitar en este últimocaso, al Departamento de Personal de la Empresa, dicha auto-rización con una antelación de diez días, sobre lo que resol-verá la comisión mixta de vigilancia e interpretación del con-venio colectivo.

i) 3 días naturales por traslado de domicilio habitual. j) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un

deber inexcusable de carácter público y personal, comprendi-do el ejercicio del sufragio activo.

k) Para realizar funciones sindicales de representación del per-sonal en los términos establecidos en la Ley y en este conve-nio colectivo.

l) En todos los casos de este artículo, en que el trabajador tengael turno de noche, se aumentará en un día mas, siendo estedía la jornada precedente la solicitud del trabajador.

m) La empresa concederá permiso retribuidos a aquellos traba-jadores que participen en actividades deportivas de alto nivelen su condición de deportistas o delegados de las mismas,que se incluyan en los calendarios oficiales federativos, obien pruebas en las que representen a un colectivo profesio-nal de la empresa, de forma que se facilite a estos su partici-

pación en concentraciones, encuentros, expediciones, etc,siempre y cuando el trabajador justifique dicha participación.

2. A estos efectos se entenderá que existe desplazamiento cuandoel trabajador tuviere que desplazarse fuera de la localidad.

3. Todas las licencias y prestaciones contemplarán a la pareja dehecho como unidad familiar, incluyendo los hijos de ambos.

4. Licencias por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento:a) Los trabajadores, en concepto de mejora, tendrán derecho a un

periodo de licencia de 20 semanas de duración por alumbra-miento, adopción o acogimiento de un menor de hasta diezaños distribuidos a opción de los interesados y de forma conti-nuada si los dos trabajadores pertenecen a la misma empresa.En el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiple, elperiodo de licencia será de dos semanas más de duración.Los supuestos no contemplados en los apartados anteriores seregirán por lo establecido en la Ley vigente.

b) Asimismo, tendrá derecho a una pausa de una hora de traba-jo, que podrá dividir en dos fracciones, cuando la destine a lalactancia de su hijo menor de dieciocho meses, pudiéndosesustituir este derecho, por una reducción de la jornada normalen una hora, con la misma finalidad, siempre a elección de latrabajadora.

c) Adecuación de puesto de trabajo a la mujer embarazada, enel supuesto que este trabajo fuese penoso o perjudicial parasu estado y previo informe médico especialista, se adecuará ala gestante al lugar de trabajo idóneo o compatible con susituación, sin que ello pueda suponer perjuicio en su salario ocategoría laboral.

d) Los matrimonios con hijos y que los dos trabajen en laempresa, tendrán derecho a elegir los turnos de trabajo.

e) Los matrimonios con hijos y que los dos trabajen en laempresa, tendrán derecho a disfrutar las vacaciones conjunta-mente en las mismas fechas.

Artículo 26. Licencias no retribuidas1. Podrán solicitar licencia sin derecho a retribución, por una dura-

ción máxima de cinco años, los trabajadores que lleven al servicio dela empresa más de un año.

2. La empresa resolverá favorablemente las solicitudes que en estesentido se les formulen.

3. Para tener derecho a una nueva licencia deberán transcurrir almenos dos años completos desde la fecha de terminación de la anterior.

Artículo 27. Excedencias1. Sin perjuicio de lo establecido en el presente convenio colecti-

vo, se tendrán en cuenta las siguientes reglas.2. La excedencia podrá ser voluntaria, que dará derecho a la con-

servación del puesto de trabajo y al cómputo de la antigüedad durantesu vigencia, se concederá por la elección o designación de un cargopúblico que imposibilite su asistencia al trabajo. El reingreso deberásolicitarse al día siguiente.

3. Quienes ostenten cargos electivos a nivel provincial, autonómi-co o estatal, en las organizaciones sindicales, tendrán derecho a laexcedencia, con derecho a reserva de su puesto de trabajo y al cómpu-to de la antigüedad mientras dure el ejercicio de su cargo representati-vo, debiendo incorporarse a su puesto de trabajo al día siguiente, dehaber cesado en el cargo sindical.

4. El trabajador con, al menos, una antigüedad de un año en laempresa, tiene derecho a solicitar excedencia voluntaria por un perio-do no menor a un año ni mayor a cinco, salvo acuerdo individual.

5. Las peticiones de excedencia serán resueltas por la empresa enel plazo máximo de quince días, en caso de que el trabajador quehabiendo solicitado su incorporación a la empresa antes de finalizar elplazo concedido, la empresa se vera obligada a reincorporarlo en elplazo de 15 días.

6. El trabajador que no solicite el reingreso antes de la terminaciónde su excedencia voluntaria, previo aviso de la empresa al trabajador,perderá el derecho al reingreso, causando baja en la empresa.

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Artículo 28. Días por asuntos propios1. Todos los trabajadores que tengan un contrato superior a seis

meses tienen derecho a disfrutar anualmente cinco días por asuntospropios, y los que tengan 6 meses o menos, disfrutarán de tres días.

2. Los cuales serán notificados por escrito a la empresa, comomínimo con tres días de antelación, salvo en los casos de necesidadesurgentes.

C A P Í T U L O V I

Clasificación profesional

Artículo 29. Clasificación profesional, disposiciones generales

1. PRINCIPIOS GENERALES

a) Se entiende por sistema de clasificación profesional la ordena-ción jurídica por la que, en base técnica y organizativa, se contemplala inclusión de los trabajadores en un marco general que establece losdistintos cometidos laborales.

b) A estos efectos, se entiende por grupo profesional el que agrupalas actitudes profesionales, titulaciones y cometido general de la pres-tación, incluyendo tanto diversas categorías profesionales, como dis-tintas funciones o especialidades profesionales, previa realización, siello es necesario, de curso de formación.

c) El sistema de clasificación profesional será la base sobre la quese regulará la forma de llevar a cabo la movilidad funcional y sus dis-tintos supuestos.

2. ASPECTOS BÁSICOS DE CLASIFICACIÓN

a) El presente sistema de clasificación profesional se establece,fundamentalmente, atendiendo a los criterios que el artículo 22 delEstatuto de los Trabajadores fija para la existencia del grupo profesio-nal; aptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de laprestación, incluyendo en cada grupo tanto distintas funciones comoespecialidades profesionales.

b) La clasificación profesional se realiza en áreas de actividad ygrupos profesionales por interpretación y aplicación de factores gene-rales objetivos y por las tareas y funciones básicas más representativasque desarrollen los trabajadores. Los trabajadores en función del pues-to de trabajo que desarrollan serán adscritos a una determinada área deactividad y a un grupo profesional de los establecidos en el presentecapítulo, circunstancias que definirán su posición en el esquema orga-nizativo y retributivo.

Así, la posesión por parte de un trabajador de alguna o todas lascompetencias representativas de un grupo profesional determinado, noimplica necesariamente su adscripción al mismo, sino que su clasifica-ción estará determinada por la exigencia y el ejercicio efectivo de talescompetencias en las funciones correspondientes a su puesto de trabajo.En cualquier caso, dichos mayores conocimientos por parte del traba-jador, le serán válidos y la empresa deberá tenerlos en cuenta en lasfuturas promociones que se planteen.

c) No obstante lo establecido en este capítulo respecto de los gru-pos profesionales es de conformidad con lo estipulado en este conve-nio colectivo, sobre la movilidad funcional, se podrá producir única-mente en las áreas de actividad. Dicha movilidad funcional será exclu-siva de cada área de actividad de forma independiente.

d) Los factores que influyen en la clasificación profesional de lostrabajadores y que, por tanto, indican la pertenencia de cada uno deestos a un determinado grupo profesional, todo ello según los criteriosdeterminados por el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores, sonlos que se definen a continuación:

1. FORMACIÓN: Factor para cuya valoración se tendrá en cuanta elconjunto de conocimientos, experiencia y habilidad requeridos para eldesempeño normal de un puesto de trabajo, referidos a una función oactividad empresarial. Este factor se integra por:

Titulación: Considera el nivel mínimo y suficiente de conoci-mientos teóricos que debe poseer una persona de capacidad media

para llegar a desempeñar satisfactoriamente tales funciones del puestode trabajo.

Especialización: Considera la exigencia de conocimientos especia-lizados o complementarios a la formación inicial básica.

2. INICIATIVA: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta elgrado de seguimiento a normas o directrices para la ejecución de tare-as o funciones.

3. AUTONOMÍA: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta elgrado de dependencia jerárquica en el desempeño de las tareas o fun-ciones que se desarrollen.

4. RESPONSABILIDAD: Factor para cuya valoración se tendrá encuenta el grado de autonomía de acción del titular de la función, elnivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestiónsobre los recursos humanos, técnicos y productivos.

5. MANDO: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta elgrado de supervisión y ordenación de las funciones y tareas, la capaci-dad de interrelación, las características del colectivo y el número depersonal sobre las que ejerce el mando.

6. COMPLEJIDAD: Factor para cuya valoración se tendrá en cuentael número y el grado de integración de los diversos factores antes enu-merados en la tarea o puesto encomendado.

3. GRUPOS PROFESIONALES

Los grupos profesionales, y dentro de ellos se dividen por áreas deactividad y las tareas laborales descritas en los mismos, no suponen laobligación de tener provistas todas y cada una de dichas labores queaquí se enuncian, si la necesidad y el volumen de la empresa lo requie-re.

A estos mismos efectos, las labores descritas en todos y cada unode los grupos profesionales que siguen, tienen un carácter meramenteenunciativo, no limitativo, y deben servir de referencia para la asigna-ción de puestos análogos que surjan con posterioridad como conse-cuencia de cambio tecnológico.

Esta estructura profesional pretende obtener una más razonableestructura productiva, todo ello sin merma de la dignidad, oportunidadde promoción y justa retribución que corresponde a cada trabajador.Los actuales puestos de trabajo y tareas se ajustarán a los grupos esta-blecidos en el presente convenio colectivo.

Sin embargo, desde el momento en que exista en una empresa untrabajador que realice las funciones especificadas en la definición deun grupo habrá de ser remunerado, por lo menos, con la retribuciónque a la misma se le asigne en este convenio colectivo.

En aquellos supuestos en que sea precisa la adscripción a un grupoprofesional determinado y su correspondiente labor o tarea no vengarecogida en el presente convenio colectivo, la misma será llevada a lacomisión mixta, que operará según los criterios establecidos en esteconvenio colectivo.

GRUPO PROFESIONAL 1

Criterios generalesFunciones de coordinación de planificación, organización direc-

ción, coordinación y control de las actividades propias al más altonivel de las distintas áreas de actividades de la empresa.

Las funciones del personal perteneciente a este grupo están dirigi-das al establecimiento de las políticas orientadas para la eficaz utiliza-ción de los recursos humanos y materiales, asumiendo la responsabili-dad de alcanzar los objetivos planificados. Tomar decisiones que afec-ten a aspectos fundamentales de la actividad de la empresa y desempe-ñar puesto directivos en las áreas de actividad de la empresa, departa-mentos etc.

GRUPO PROFESIONAL 2

Criterios generalesFunciones que consisten en la realización de actividades comple-

jas y diversas, con objetivos definidos y con alto grado de exigencia

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en autonomía y responsabilidad, dirigen normalmente un conjunto defunciones que comportan una actividad técnica o profesional.

Se incluyen, además la realización de tareas complejas que, impli-cando responsabilidad de mando, exigen un alto contenido intelectualo de interrelación humana.

GRUPO PROFESIONAL 3

Criterios generalesSe incluyen en este grupo, la realización de las funciones de inte-

grar, coordinar y supervisar la ejecución de tareas diversas, con la res-ponsabilidad de ordenar el trabajo de su conjunto de trabajadores.

Se incluyen, además la realización de tareas complejas que, sinimplicar mando, exigen un alto contenido intelectual.

GRUPO PROFESIONAL 4

Criterios generalesRealización de tareas complejas pero homogéneas que, pudiendo

implicar mando, exigen un alto contenido intelectual, así como aque-llas que consisten en establecer o desarrollar programas o aplicar téc-nicas siguiendo instrucciones generales.

GRUPO PROFESIONAL 5

Criterios generalesTareas consistentes en la ejecución de operaciones que, aún cuan-

do se realicen bajo instrucciones precisas, requieran adecuados cono-cimientos profesiones y aptitudes prácticas, cuya responsabilidad estálimitada por una supervisión directa y sistemática.

Incluye además la realización de tareas que, aún sin implicar orde-nación de trabajo, tienen un contenido medio de actividad intelectual yde relaciones humanas, con o sin trabajadores a su cargo.

Artículo 30. Modo de operar en la clasificación profesionalDebido a las implicaciones colectivas que tiene esta estructuración

profesional y por la necesidad de que exista el máximo acuerdo posi-ble en su aplicación, se establece el siguiente modo de operar:

a) Se procederá a negociar entre la empresa y los representantesde los trabajadores.

b) En el supuesto de haber acuerdo se acatará lo acordado.c) De no haber acuerdo, las partes podrán someterse a mediación

o arbitraje de la comisión mixta en los términos que se detallanen este convenio colectivo.

d) Por otra parte, se podrá consultar a la comisión mixta de vigi-lancia e interpretación del convenio, para que emita el corres-pondiente dictamen, que tendrá carácter vinculante.

Para resolver la mediación propuesta o responder a la consulta for-mulada, la empresa y sindicatos representados en la comisión mixta,podrán examinar las características de la actividad objeto de desacuer-do o consulta.

Tras conocerse la interpretación de la comisión mixta la direcciónde la empresa aplicará la clasificación profesional, quedando no obs-tante abierta a la vía jurisdiccional pertinente para cualquier reclama-ción.

En cualquier caso, la negociación no presupone la necesidad demutuo acuerdo a nivel de empresa entre los representantes de los tra-bajadores y la dirección, para el establecimiento de la clasificaciónprofesional, pues no se debe olvidar que en los conflictos sobre clasifi-cación profesional será el trabajador o trabajadores afectados los quetendrían que aceptar o no su nueva clasificación profesional.

Artículo 31. Tabla de equivalenciasA los efectos de facilitar el cambio de categorías profesionales a

los grupos profesionales definidos en párrafo anterior, se configuraráuna tabla de equivalencias de categorías grupos profesionales.

Artículo 32. Progresión salarial dentro de la categoría profesionalLa progresión salarial dentro de cada categoría profesional vendrá

determinada por los criterios de progresión que aquí se establecen ypor la evaluación del desempeño en los términos recogidos en elartículo siguiente.

Criterios de progresión. La progresión salarial (o subida de nivelsalarial dentro de una misma categoría profesional) se realizará deconformidad con los siguientes criterios, todos ellos determinantes yexcluyentes:

1. Antigüedad en la categoría: Se exigirá una permanencia mínimade dos en la categoría.

2. Valoración: La empresa y los representantes legales de los tra-bajadores (comité de empresa), valorará al trabajador más adecuado,en base a los méritos y otras circunstancias a tener en cuenta por losmismos, teniendo como precepto el punto 1 de este artículo.

Artículo 33. Evaluación del desempeñoPara la aplicación de la progresión salarial se establece el modelo

de evaluación del desempeño, que contempla como factores deevaluación los factores de encuadramiento que definen los gruposprofesionales, salvo el de complejidad, puesto que por su defini-ción, contempla el grado de integración del resto de los factores,los cuales desarrollarán en el primer año de vigencia del presenteconvenio colectivo, valorado entre la empresa y la representaciónlegal de los trabajadores (comité de empresa).

1. FACTORES DE EVALUACIÓN

a) CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA: Factor que tiene en cuenta,además de la formación básica necesaria para cumplir correc-tamente los cometidos, la experiencia adquirida y la dificultadpara la adquisición de dichos conocimientos y experiencias.

b) INICIATIVA: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta elgrado de seguimiento a normas o directrices para la ejecuciónde tareas o funciones.

c) AUTONOMÍA: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta elgrado de desempeño de dependencia jerárquica en el desempe-ño de las tareas o funciones que se desarrollen.

d) RESPONSABILIDAD: Factor para cuya valoración se tendrá encuenta el grado de autonomía de acción del titular de la función,el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de lagestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.

2. MÉTODO DE EVALUACIÓN

a) La evaluación será visada por la empresa y el comité deempresa.

b) PROGRESIÓN SALARIAL: Se exigirá no haber tenido una subidade nivel salarial en los últimos dos años.

3. PERIODO DE TRANSICIÓN

Se establece un periodo de transición en el que, excepcionalmente,los criterios a aplicar la progresión salarial, todos ellos determinantesy excluyentes, serán los siguientes:

ANTIGÜEDAD: Se exigirá dos años de antigüedad en la empresa.

4. EFECTIVIDAD DE LAS SUBIDAS DE NIVEL

Todas las subidas de nivel serán efectuadas con fecha 1 de enerodel año en el que se produzcan. En todo caso, y por motivos de ges-tión, las subidas de nivel se decidirán en el mes de febrero de cadaaño, si bien sus efectos tendrán carácter retroactivo con fecha 1 deenero de cada año.

C A P Í T U L O V I I

Régimen retributivo

Artículo 34. Estructura salarialLos trabajadores serán remunerados por Turismo Ayuntamiento de

Marbella 2000, SL. Se incorporarán a este convenio las tablas salaria-les que recogen los salarios pactados para cada una de las categorías yactividades realizadas por la empresa.

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La remuneración económica estará compuesta por salario base,trienios y los complementos de destino, específico, prolongación de lajornada laboral, trabajos en festivos y puentes, nocturnidad, idiomas,transporte, complemento de productividad y plus convenio, asimismose percibirán prorrateadas en 12 mensualidades las pagas extraordina-rias que se recogen en las tablas salariales que se acompañan.

En concepto de antigüedad se percibirán trienios por un importedel 4% del salario de cada categoría, que se calcula sobre el salariobruto. Los trienios se computarán desde el primer contrato que estetrabajador tenga en esta empresa, salvo que hubiera sido subrogado deotra empresa, en cuyo caso se computaría, el primero contrato de laotra u otras empresas del Ayuntamiento.

TRABAJOS EXTRAORDINARIOS. El precio de la hora será igual al queresulte de dividir el sueldo bruto de una mensualidad ordinaria por lashoras convenidas de trabajo que se fijan en 140 mensuales.

Los trabajos prestados en la modalidad de mayor dedicación, segratificarán en función de las horas trabajadas al precio de la horaantes fijada correspondiente a la categoría del puesto de trabajo, quese referirán a 3 horas diarias en jornada de lunes a viernes, sin quepuedan exceder de 30 horas mensuales. Dichos trabajos, siempreque no correspondan a un régimen habitual de servicio, si se reali-zan en días festivos, tendrán un incremento del 50%, si se efectúanen jornada nocturna un 75% y del 100% si se efectúan en festivosnocturno.

Los prestados en conceptos de horas extraordinarias se gratificaránen función a las horas trabajadas, al precio de la hora antes fijada, conlos siguientes incrementos:

1. Horas diurnas fuera de turno normal de trabajo con el incremen-to del 50%.

2. Horas en días festivos, inhábiles o de permiso con el incremen-to del 75%.

3. Horas nocturnas fuera de horario establecido, con el incremen-to del 100%.

4. Horas nocturnas en día festivo con el incremento del 125%.Se entiende hora nocturna: de 22 a 8 horas. Dichos porcentajesno serán acumulativos.

Artículo 35. Cláusula de revisión salarialEn el caso en que el IPC, establecido por el Instituto Nacional de

Estadística, registrara al 31 de diciembre de cada año un incrementosuperior al previsto en la LPGE, se efectuará una revisión salarial tanpronto se constate esta circunstancia.

Esta revisión se abonará en el primer trimestre del año y con efec-tos retroactivos de primero de enero, consolidándose esta cuantía en elsalario mensual.

Artículo 36. Indemnizaciones y suplidos1. La empresa abonará la cantidad de 60 euros diarios por indem-

nización de viaje, más la justificación de los gastos efectuados en todoel proceso, desde el día de salida del trabajador hasta el día de llegada.

2. En aquellos casos en que sea preciso que los trabajadores utili-cen vehículos propios para desplazamiento a consecuencia de su tra-bajo y previa comprobación de la no disponibilidad de vehículos de laempresa, se abonará como compensación la cantidad de 0,20 eurospor kilómetro.

3. La empresa correrá con los gastos de las reparaciones y dañosde vehículos particulares utilizados al servicio de la empresa, causadaspor accidentes y previa comprobación de los justificantes presentadosal efecto.

Artículo 37. Trabajos extraordinariosAdecuación de puesto de trabajo a la mujer embarazada, en el

supuesto que este trabajo fuese penoso o perjudicial para su estado yprevio informe médico especialista, se adecuará a la gestante al lugarde trabajo idóneo o compatible con su situación, sin que ello puedasuponer perjuicio en su salario o categoría laboral.

C A P Í T U L O V I I I

Condiciones sociales

Artículo 38. Protección de la vida familiar1. Los trabajadores tendrán derecho a un periodo de excedencia no

superior a cinco años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuan-do sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de aco-gimiento, tanto permanente como preadoptivo, a contar desde la fechade nacimiento, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.

2. También tendrán derecho a un periodo de excedencia no supe-rior a dos años los trabajadores para atender al cuidado de un familiar,hasta segundo grado de consanguinidad, que por razones de edad,accidente o enfermedad no pueda valerse por si mismo y no desempe-ñe actividad retributiva.

3. Si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen estederecho por el mismo sujeto causante, la empresa podrá limitar suejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de laempresa.

4. Cuando un nuevo sujeto causante diese derecho a un nuevoperiodo de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en sucaso se viniera disfrutando.

5. En los casos contemplados en los apartados 1, 2, 3 y 4 de esteartículo, en que el trabajador permanezca en situación de excedencia,dicho periodo será computable a efectos de antigüedad y el trabajadortendrá derecho a asistir a cursos de formación profesional, a cuya par-ticipación deberá ser convocado por la empresa firmante del presenteconvenio, especialmente con ocasión de su reincorporación. Duranteel primer año tendrá derecho a la reserva del puesto de trabajo. Trans-currido dicho periodo, la reserva quedará referida a un puesto de tra-bajo en su mismo grupo profesional.

Artículo 39. Reconocimientos médicos1. Los reconocimientos médicos que se efectúen deberán ser espe-

cíficos, adecuándose a las distintas funciones profesionales existentesen el centro de trabajo.

2. Aquellos trabajadores y grupos de trabajadores, que por suscaracterísticas personales, por sus condiciones de mayor exposición ariesgos o por otras circunstancias tengan mayor vulnerabilidad almismo, las condiciones de salud serán vigiladas de modo particular.

3. La empresa afectada por el presente convenio colectivo, efectuaráa todos los trabajadores, un reconocimiento médico durante el año.

4. En caso que la empresa no tenga los medios adecuados para lle-var a efecto dicho reconocimiento médico, concertará con una entidadsanitaria el reconocimiento anual periódico para todo el personal.

Artículo 40. Incapacidad temporal1. La empresa abonará al trabajador que se encuentre en incapaci-

dad temporal o accidente laboral por un periodo máximo de hasta die-ciocho meses el siguiente complemento :

a) El 100 por 100 del salario bruto en caso de accidente de trabajo yenfermedad profesional.

b) El 100 por 100 del salario bruto en los casos de enfermedadcomún.

Artículo 41. Prendas de trabajo1. A los trabajadores que se les exija llevar un uniforme determina-

do, se les proveerá obligatoriamente de éste por parte de la empresa enconcepto de útiles de trabajo.

2. La provisión de tales prendas se ha de hacer al comenzar la rela-ción laboral entre la empresa y el trabajador, o en el momento de exigen-cia por parte del empleador del uso del uniforme o prenda de trabajo.

3. En cualquier caso la empresa deberá reponer tanto las prendascomo los complementos necesarios para la prestación laboral y quefuesen especialmente requeridos, en caso de desgaste, deterioro oaccidente de las mismas.

4. Todos los años la empresa suministrará la uniformidad deverano, en el mes de Mayo la uniformidad de invierno, en el mes de

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septiembre, compuesta por todas las prendas de vestir necesarias, conel calzado y los calcetines, adecuando las tallas a cada persona..

5. Todos los trabajadores adscritos a la empresa TurismoAyuntamiento de Marbella 2000 S.L., y que presten sus servicios en lamisma como vigilante de servicios generales deberán vestir la mismauniformidad independientemente de donde preste sus servicios, el cualserá obligatorio durante la prestación del mismo.

Artículo 42. Jubilaciones1. Se establece con carácter normativo la jubilación para el perso-

nal de Turismo Ayuntamiento de Marbella 2000, Sociedad Limitada,que se aplicará automáticamente a todos los trabajadores que cumplansesenta y cinco años de edad, con efectos del día 1 del mes siguienteal del cumplimiento de dicha edad, siempre que tenga derecho a perci-bir pensión de jubilación de la Seguridad Social.

2. En el caso que el trabajador que cumpliera los 65 años de edad,quisiera continuar su relación laboral con la empresa, se estará a lodispuesto en el Decreto Ley 16/2001 y en la Ley 35/2002, dejando altrabajador la opción de continuar su relación laboral, que se prorrogarápor cinco años más, prorrogando la misma, cada tres años, siempre ycuando el trabajador esté en facultades de poder realizar su trabajo, sinmenoscabo de su salud.

Artículo 43. Seguro de vida y accidente1. Todos los trabajadores de la empresa están incluidos en la

cobertura de una póliza de seguro colectivo, que abarcará las siguientecondiciones generales :

Por fallecimiento: 30.000,00 euros.Por invalidez absoluta y permanente: 30.000,00 euros.2. La empresa entregará copia del Seguro Colectivo suscrito a

cada trabajador.3. El trabajador podrá designar libremente al beneficiario de dicho

seguro, si así no lo hiciese, se estará a lo establecido en el derecho desucesiones vigente.

Artículo 44. Trabajadores con incapacidad permanente totalSe entiende por trabajador con capacidad disminuida aquel que

deja de estar en condiciones físicas o psíquicas para continuar reali-zando eficazmente la tarea que venia desempeñando, en función de sucategoría laboral, sea ello debido, bien a un accidente laboral o nolaboral, o bien a una enfermedad cuyas lesiones hubiesen sido califi-cadas por la Seguridad Social como invalidantes permanentes para laprofesión habitual.

Artículo 45. Prestaciones complementarias por incapacidad labo-ral transitoria

Se establece una prestación por enfermedad o accidente con el finde que los trabajadores en estas situaciones, justificadas mediante eloportuno parte de baja extendido por la Seguridad Social, completenla percepción del 100 por 100 de su retribución bruta, desde el primerdía en que se produzca esta situación.

C A P Í T U L O I X

Prestaciones económicas

Artículo 46. Ayuda por natalidad y enfermedadNatalidad: El trabajador o trabajadora percibirá en concepto de

natalidad o adopción 105,00 euros por cada hijo (1 sola ayuda si loscónyuges o la pareja de hecho son trabajadores de la empresa.

Artículo 47. Ayudas por minusvalíaLa empresa abonará mensualmente una cantidad de 100 euros por

cada hijo, cónyuge o ascendiente minusválido que, conviviendo con eltrabajador, tenga reconocida por el EVO una disminución de capaci-dad igual o superior al 33%

Dicho trabajador y aquellos que convivan con familiar que. porenfermedad u otro motivo análogo precisen de asistencia permanente,

podrán reducir su jornada de trabajo, con la disminución proporcionaldel salario, entre un tercio y un máximo de la mitad de la duración deaquella, así como la reducción de una hora retribuida en su jornadalaboral, si la incapacidad es igual o superior al 65%.

De dicha cantidad se descontará la que pueda recibir como ayudade otros organismos por dicho concepto.

Artículo 48. Ayuda escolarLos trabajadores en activo comprendidos dentro del ámbito de este

convenio solicitarán, para su abono durante los meses de octubre ynoviembre , en concepto de ayuda escolar única por hijo o menor quese halle bajo su custodia, guarda o tutela legalmente establecida, lasque a continuación se relacionan (relación confeccionada con arregloal nuevo sistema implantado por la LOSE, haciéndose extensiva a loscursos residuales del sistema anterior y homologándose a cualquiersistema que pudiera implantarse).

a) Para guarderías y educación infantil, 50,00 euros anuales porhijo.

b) Para cursar estudios de Educación Primaria, 60,00 euros anua-les por hijo.

c) Para cursar estudios de Educación Secundaria obligatoria. 1.ºciclo, 75,00 euros anuales por hijo.

d) Para cursar estudios de Educación Secundaria obligatoria, 2.ºciclo, 95,00 euros anuales por hijo.

e) Para cursar estudios de Bachillerato, F.P. Grado Medio, ArtesPlástica, 120,00 euros anuales por hijo.

f) Para cursar estudios universitarios, F.P. Grado Superior, Ense-ñanzas Artísticas, Escuelas de Diseño y Escuelas de Conserva-torios Superiores, 240,00 euros anuales por hijo. (Pago de lamatrícula, si es el trabajador).

g) Si los estudios de los apartados anteriores, obligatoriamentetuvieran que realizarse residiendo fuera del término municipal,se concederá durante el año académico, una ayuda de 90,00euros mensuales por hijo, o bien una ayuda mensual para trans-porte, en caso de no residencia fuera de la localidad, de 50,00euros, si el traslado se efectúa desde San Pedro, y de 38,00euros, si se efectúa desde Marbella (los concesionarios de estaayuda no percibirán la estipulada en el apartado g). Dichaayuda, previa petición del interesado, se abonará al hijo/a enuna cartilla sin descuento del IRPF y se mantendrá durante loscursos de los que conste la carrera, ampliable a dos cursos mássi no hubiese finalizado la misma.

h) Los propios trabajadores tendrán el mismo derecho reconocidoen los apartados anteriores, excepto los recogidos en el aparta-do h), siempre que cursen los referidos estudios. Se abonaráuna ayuda para compra de libros de texto de 115,00 euros parael Acceso a la Universidad o Estudios Universitarios, previapresentación de factura. Respecto del abono de las matrículas,se reducirá el importe de la misma en un 15% por cada terceramatriculación con carácter acumulativo.

i) Doctorado y proyecto fin de carrera, el importe de la matrícula.j) La empresa podrá exigir al beneficiario aquella documentación

acreditativa de su concurrencia a los exámenes de las asignatu-ras objeto de matriculación, pudiendo dar lugar, caso de noresultar acreditada dicha concurrencia, a la no concesión de laayuda en cursos sucesivos.

k) En caso que se iniciara una nueva carrera sin finalizar la anterior,la ayuda se referirá al número de cursos de la nueva carrera y sino la finalizara dos cursos más, de los que se restarán los cursossubvencionados en la antigua carrera. Asimismo serán objeto deayuda 2 matriculaciones por asignatura como máximo.

l) No se podrá solicitar ayuda para cursar una segunda carrera si laprimera hubiera sido objeto de ayuda, salvo que sea continua-ción de un ciclo o grado superior.Para los trabajadores que lleven menos de un año en la empre-sa, tanto fijos como no, las anteriores ayudas se aplicarán pro-porcionalmente al tiempo trabajado durante el curso del año. El

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importe de la ayuda será dividida en nueve partes, y el traba-jador que no lleve un año de servicio en la empresa cuandotuviese derecho a ayuda, percibirá una novena parte del impor-te total por cada mes de antigüedad en la empresa.Cualquier petición de ayudas por estudios no contemplados enlos apartados anteriores, se estudiará por la comisión mixta devigilancia e interpretación del convenio colectivo.

m) Todas las solicitudes de becas serán estudiadas por la Comisiónmixta de vigilancia e interpretación del convenio colectivo.

Artículo 49. Ayuda por fallecimientoEn el supuesto que un trabajador falleciera antes de la jubilación,

se entregará al cónyuge, hijos o a quien por el trabajador se hayadeterminado, la cantidad de 1.000,00 euros, que se incluirá en la ulti-ma nómina a percibir.

Artículo 50. Ayuda protésica, odontológica y farmacéuticaAprobar el siguiente baremo de prestaciones para el trabajador e

hijos en todo caso, cónyuge, si no trabaja y personas a su cargo.

PRÓTESIS OCULARES

Gafas completas o lentillas: 80,00 euros Renovación de cristales (los dos): 50,00 euros Armadura de gafas: 32,00 eurosMáximo de ayuda al año por estos conceptos, por unidad familiar:

200,00 euros

PRÓTESIS Y TRATAMIENTOS ODONTOLÓGICOS

Aparato dental completo (superior e inferior): 400,00 eurosAparato dental parcial: 200,00 eurosPiezas (c/u): 64,00 euros Empastes (c/u): 32,00 euros Pulpotomía: 60,00 euros Tartrectomía: 20,00 eurosOrtodoncia: 360,00 euros Coronas y puentes (c/u): 90,00 euros Máximo de ayuda anual por unidad familiar, cuyo tope se incre-

mentará en un 15% más en los casos de familias numerosas: 900,00euros

PRÓTESIS ORTOPÉDICAS

Plantillas, 2 anuales por beneficiario: 16,00 euros Calzado, 2 anuales por beneficiario: 40,00 euros Vehículo de inválido, 1 durante la vigencia del convenio: 240,00

euros

PRÓTESIS AUDITIVAS

Audífonos: 1 anual por beneficiario: 320,00 euros Aparatos de fonación, 1 anual por trabajador: Según factura

PRÓTESIS QUIRÚRGICAS

Aparatos y prótesis colocados en actos quirúrgicos: Según facturaCurso de preparación al parto: 100% del importe del mismo

Todas aquellas actuaciones que no aparezcan recogidas en losapartados anteriores, serán objeto de una ayuda equivalente a la pres-tada por la Seguridad Social o, en su defecto, estudiada por la Comi-sión mixta de vigilancia e interpretación del convenio colectivo.

La empresa gestionará con entidades de seguros o profesionales laposibilidad de cubrir estas ayudas con objeto de reducir costes a laempresa. Por ello y previo informe de la Comisión mixta de vigilanciae interpretación del convenio colectivo, si la empresa llega a acuerdocon cualquier entidad para el desarrollo de éstas prestaciones, los tra-bajadores deberán acogerse a las prevenciones que recojan los acuer-dos a los que llegue la empresa, en lugar de recibir la ayuda protésicay odontológica.

Artículo 51. AnticiposSe concederán anticipos de caja, siendo este como máximo el

80% de su sueldo bruto, el cual le será descontado de su nómina y encaso que esta ya estuviera confeccionada, en la del siguiente mes.

Artículo 52. Premio a la permanenciaLa empresa premiará a sus trabajadores por los años de servicios

prestados a la misma basándose en la antigüedad establecida del traba-jador, aplicándose de la siguiente forma:

a) A los 15 años: 800,00 euros b) A los 20 años: 800,00 euros c) A los 25 años: 800,00 euros d) A los 30 años: 800,00 euros e) A los 35 años: 800,00 euros f) A los 40 años: 800,00 euros

Aquellos trabajadores que habiendo cumplido más de 15 años deservicio y se jubilen sin cobrar ninguno de los premios establecidos eneste artículo, cobrarán una gratificación especial de permanencia de1.000,00 euros en el momento de la jubilación.

Artículo 53. Fondo para actividades y día del PatrónLa empresa ayudará al comité de empresa, para la realización de

distintas actividades en la festividad del Patrón, fijada el día 29 de sep-tiembre de cada año y que se acordará en la Comisión de Vigilancia.

C A P Í T U L O X

Derechos sindicales

Artículo 54. Facultades, garantías sindicales y Composición delos órganos de representación y acumulación de horas

1. Las facultades y garantías de los representantes legales de lostrabajadores en el seno de la empresa serán las reconocidas en el RealDecreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba elTexto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y la LeyOrgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.

2. Respecto a la composición de los órganos de representación delos trabajadores en la empresa para determinar el número de los repre-sentantes de los trabajadores, se atendrá a lo dispuesto en los artículos62.1 y 66.1 del Estatuto de los Trabajadores.

3. Acumulación de horas sindicales.Los delegados sindicales y los miembros del comité de empresa

podrán acumular durante todo el año, en uno o varios de sus compo-nentes. el crédito horario de que estos disponen, siempre que losrepresentantes pertenezcan a una misma organización sindical y éstalo comunique fehacientemente a la dirección de la empresa.

Para poder llevar a efecto la acumulación de horas sindicales a laque se hace referencia en este artículo, la cesión de horas sindicalespodrá ser total o parcial.

Artículo 55. Derecho a sindicarseLa empresa respetará el derecho de todos los trabajadores a sindi-

carse libremente. En este sentido, no podrán supeditar el empleo de untrabajador a la condición de que se afilie a renuncie a su afiliación sin-dical y tampoco despedir a un trabajador o perjudicarle a causa de suafiliación o actividad sindical.

Artículo 56. Secciones sindicales y reunionesLos trabajadores afiliados a un sindicato podrán, en el ámbito de la

empresa de trabajo:a) Constituir secciones sindicales, de conformidad con lo estable-

cido en el Estatuto de los Trabajadores.b) Celebrar reuniones, previa notificación a la dirección de la

empresa, distribuir información sindical.c) Recibir la información que les remita su sindicato.d) Convocar asambleas con los trabajadores, para debatir cuestio-

nes importantes relacionadas con el ámbito laboral de la empresa, dedos horas mensuales.

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Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 21#

Artículo 57. Secciones sindicales de los sindicatosLas secciones sindicales de los sindicatos que tengan representa-

ción en el comité de empresa, tendrán los siguientes derechos:a) Con la finalidad de facilitar la difusión de aquellos avisos que

puedan interesar a los afiliados al sindicato y a los trabajadores engeneral, la empresa pondrá a su disposición un tablón o tablones nece-sarios de anuncios que deberá situarse dentro del centro de trabajo yen lugar donde se garantice un adecuado acceso al mismo de los traba-jadores.

b) A la negociación colectiva, en los términos establecidos en lalegislación vigente.

Artículo 58. Cargos sindicales de nivel superiorQuienes ostentan a nivel provincial, autonómico o estatal, un

cargo en el sindicato tendrá derecho:a) Al disfrute de los permisos no retribuidos necesarios para el

desarrollo de las funciones sindicales propias de su cargo.b) A la excedencia voluntaria con derecho a reserva del puesto de

trabajo.c) A la asistencia y al acceso a los centros de trabajo para partici-

par en las tareas propias de su sindicato o del conjunto de los trabaja-dores, previa comunicación a la dirección de la empresa y sin que elejercicio de ese derecho pueda interrumpir el desarrollo normal delproceso productivo.

Artículo 59. Comisión negociadora del convenio colectivoLos representantes sindicales que participen en las comisiones

negociadoras de este convenio colectivo, y que mantengan su vincula-ción como trabajador en activo en la empresa, tienen derecho a la con-cesión de los permisos retribuidos que sean necesarios para el adecua-do ejercicio de su labor como negociadores, siempre que la empresaesté afectada por la negociación.

Artículo 60. Comité de empresa y horas sindicales1. En la empresa que tenga más de 100 trabajadores, cualquiera

que sea la clase de contrato, las secciones sindicales constituidas porlos trabajadores afiliados a los sindicatos, estarán representados atodos los efectos, por los delegados obtenidos en las elecciones sindi-cales al comité de empresa.

2. Cada delegado del comité de empresa dispondrá de un créditohorario de 40 horas mensuales, que se podrá acumular en uno o variosdelegados.

Artículo 61. Delegados de secciones y horas sindicales1. El número de delegados sindicales para cada sección sindical de

los sindicatos legalmente representados en la empresa será de un dele-gado por cada 20 afiliados y o fracción.

2. Las horas sindicales para las secciones sindicales, debidamenteacreditadas, constituidas y que hayan participado en elecciones sindi-cales en la empresa, serán de 40 horas mensuales por cada sección sin-dical y 40 horas por Delegado.

3. Los delegados sindicales serán nombrados por cada sindicato,que será notificado por escrito al departamento de personal de laempresa, tanto del nombramiento, como del cese como delegado.

Artículo 62. Funciones y derecho de los delegados sindicalesLa función de los delegados sindicales es representar y defender

los intereses del Sindicato al que representan en el seno de la empresa.Los delegados sindicales tendrán derecho a la misma información y

documentación que la empresa ponga a disposición del comité deempresa, estando obligados a guardar sigilo profesional en aquellas ma-terias en las que la dirección de la empresa así lo hubiere manifestado.

Igualmente, tendrán derecho a asistir, con voz pero sin voto, a lasreuniones de los Comités de Empresa y de los órganos internos de losmismos, en materia de seguridad e higiene.

Serán oídos por la empresa previamente a la adopción de medidasde carácter colectivo que afecten a los trabajadores en general y a los

afiliados de su Sindicato en particular y especialmente en los despidosy sanciones de estos últimos.

Artículo 63. Locales sindicales y tablones1. Las secciones sindicales de los sindicatos que tengan represen-

tación en el comité de empresa, tendrán derecho a la utilización de unlocal adecuado en los términos previstos en el artículo 8.2.c de la LeyOrgánica de Libertad Sindical.

2. El tablón sindical al que se hace referencia será de exclusivouso de las secciones sindicales. Cuando no existan condiciones en elcentro de trabajo para ello, el tablón se deberá compartir con el comitéde empresa o en su caso, con los Delegados de Personal.

Artículo 64. Prácticas antisindicalesCuando a juicio de una de las partes firmantes se entendiere que,

de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y siguiente de laLey Orgánica de Libertad Sindical, se producen actos que pudierancalificarse de antisindicales, estas podrán recabar la tutela del derechoante la Jurisdicción competente a través de proceso jurisdiccional delos derechos fundamentales de la persona.

Artículo 65. Prevención de riesgos laboralesSe estará a lo dispuesto por la legislación vigente, en lo referente a

la prevención de riesgos laborales en las empresas.La empresa, en el plazo de un mes a la firma del presente conve-

nio, creará el Comité de Seguridad e Higiene.La protección de la salud conjuntamente con la prevención de los

riesgos laborales, constituye un objetivo básico y prioritario de laspartes firmantes de este acuerdo y consideran que para alcanzarlo serequiere el establecimiento y planificación de una acción preventivaen los centros de trabajo que tengan por finalidad la eliminación oreducción de los riesgos en su origen, o a partir de su elaboración,adoptando las medidas necesarias tanto en la corrección de la situa-ción existente, como en la evaluación técnica y organizativa de laempresa.

En cuantas materias afecten a la prevención de la salud y la seguri-dad de los trabajadores, serán de aplicación las disposiciones conteni-das en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgoslaborales y normativa complementaria.

En las revisiones o en las nuevas evaluaciones de riesgos deberánincluirse necesariamente la prevención, estudio y tratamiento de losriesgos y daños psicosociales (estrés, fatiga mental, síndrome del que-mado, etc.)

El Comité de Seguridad y Salud se reunirá en sesión ordinariacada tres meses y de manera extraordinaria, a petición de algunas delas partes.

Los miembros del Comité de Seguridad y Salud dispondrán parael eficaz desempeño de sus funcione de 40 horas mensuales de su jor-nada laboral, sin merma de sus retribuciones ni de su crédito horariopersonal por su condición de delegado.

El Comité de Seguridad y Salud realizará un fichero o catálogo delos centros y locales de trabajo de la empresa, y redactará anualmenteuna memoria de las actividades realizadas.

El requisito para formar parte del Comité de Seguridad y Salud, esque sus miembros tengan acreditado haber realizado y superado cursode seguridad e higiene y que el comité de empresa lo haya nombrado.

C A P Í T U L O X I

Faltas y sanciones

Artículo 66. Régimen disciplinario1. Los trabajadores podrán ser sancionados por la dirección de la

empresa, de acuerdo con la reglamentación de faltas y sanciones quese especifica en los apartados siguientes.

2. Toda falta cometida por un trabajador se clasificará atendiendo asu índole y circunstancias que concurran en leves, graves y muy graves.

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Página 22 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

3. Se considerarán como faltas leves:a) La impuntualidad no justificada en la entrada o en la salida del

trabajo, hasta tres ocasiones en un mes por un tiempo superiora una hora, por cada ocasión.

b) La inasistencia injustificada al trabajo de un día durante elperiodo de un mes.

c) La no comunicación previa debida de la inasistencia al trabajopor causa justificada, salvo que se acredite la imposibilidad dela notificación, como enfermedad, accidente de cualquier tipo.

d) El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada por bre-ves periodos de tiempo y siempre que ello no hubiere causadoriesgo a la integridad de las personas o de las cosas, en cuyocaso podrá ser calificado, según la gravedad, como falta graveo muy grave.

e) La falta de corrección en el trato con el público cuando noperjudiquen gravemente la imagen de la empresa.

f) Los descuidos en la conservación del material que se tuvierea su cargo o fuere responsable y que produzcan deteriorosleves del mismo.

g) La embriaguez no habitual en el trabajo.4. Se considerarán como faltas graves:

a) La impuntualidad no justificada en la entrada o en la salida deltrabajo, hasta en tres ocasiones en un mes por un tiempo totalde hasta diez horas.

b) La inasistencia injustificada al trabajo de tres días durante elperiodo de tres meses.

c) El entorpecimiento, la omisión maliciosa y el falseamiento delos datos que tuvieren incidencia en la Seguridad Social.

d) La simulación de enfermedad o accidente, sin perjuicio de loprevisto en la letra d) del número 3.

e) La suplantación de otro trabajador, alternando los registros ycontroles de entrada y salida del trabajo.

f) La desobediencia a las órdenes e instrucciones de trabajo porescrito, incluidas las relativas a las normas de seguridad ehigiene, así como la imprudencia o negligencia en el trabajo,salvo que de ellas derivasen perjuicios graves a la empresa,causaren averías a las instalaciones, maquinarias y, en gene-ral, bienes de la empresa o comportasen riesgo de accidentepara las personas, en cuyo caso serán consideradas como fal-tas muy graves.

g) La falta de comunicación a la empresa de los desperfectos oanormalidades observados en los útiles, herramientas,vehículos y obras a su cargo, cuando de ello se hubiere deri-vado un perjuicio grave a la empresa.

h) La embriaguez habitual en el trabajo.i) La falta de aseo y limpieza personal cuando pueda afectar al

proceso productivo o a la prestación del servicio y siempreque, previamente hubiere mediado la oportuna advertencia dela empresa.

j) La ejecución deficiente de los trabajos encomendados, siem-pre que de ello se derivase perjuicio grave para las personas olas cosas.

k) Las ofensas de palabras proferidas o de obras cometidas con-tra las personas, dentro del centro de trabajo, cuando revistanacusada gravedad.

l) La reincidencia en la comisión de cinco faltas leves, aunquesean de distinta naturaleza y siempre que hubiere mediadosanción distinta de la amonestación verbal, dentro de un mes.

m) La no utilización del uniforme completo durante el servicio,así como su utilización fuera del horario del servicio sincausa justificada.

5. Se considerarán como faltas muy graves:a) La impuntualidad no justificada en la entrada o en la salida del

trabajo en veinte ocasiones durante seis meses o en cuarentadurante un año debidamente notificado.

b) La inasistencia injustificada al trabajo durante tres días con-secutivos o seis alternos en un periodo de un mes.

c) El fraude en las gestiones encomendadas o la apropiación,hurto o robo de bienes propiedad de la empresa, de compañe-ros o de cualesquiera otras personas dentro de las dependen-cias de la empresa.

d) La embriaguez habitual o toxicomanía si repercute negativa-mente en el trabajo.

e) El abuso de autoridad ejercido por quienes desempeñan fun-ciones de mando.

f) La discriminación por parte de quienes ejercen el mando, y oel apartamiento de su trabajo y responsabilidad habitual inhe-rente al mismo (moobing), con el consiguiente menoscabo desu valía o profesionalidad.

g) El acoso sexual.h) La reiterada no utilización de los elementos de protección en

materia de seguridad e higiene, debidamente advertida.i) La reincidencia o reiteración en la comisión de faltas graves,

considerando como tal aquella situación en la que, con ante-rioridad al momento de la comisión del hecho, el trabajadorhubiese sido sancionado tres o mas veces por faltas graves,aún de distinta naturaleza, durante el periodo de seis meses.

Artículo 67. Régimen de sanciones1. Corresponde a la dirección de la empresa la facultad de incoar

los expedientes e imponer las sanciones en los términos contenidos enel presente convenio. Las sanciones máximas que podrán imponerseen cada caso atendiendo a la gravedad de las faltas cometidas serán lassiguientes

POR FALTAS LEVES:Amonestación verbal.Amonestación por escrito.Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.

POR FALTAS GRAVES:Suspensión de empleo y sueldo de cuatro a quince días.

POR FALTAS MUY GRAVES:Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días.Rescisión del contrato con pérdida de todos los derechos en la

empresa.Procedimiento:Para la imposición de las sanciones se seguirá los trámites previstos

en la legislación general, generando un expediente y notificando a laparte interesada el motivo del mismo, las consecuencias y el plazo deinicio, que será de siete días naturales desde que se firme la notificación.

Tomándole manifestación a cualquier alegación que tuviere quehacer al interesado, así como las que estime oportuno la dirección dela empresa, teniendo derecho a estar asesorado y representado en todomomento por su representante sindical y o abogado.

El incumplimiento y o alteración del procedimiento, así como laausencia de garantías para el trabajador, en la incoación del expedien-te, este será considerado nulo de pleno derecho, anulándose el mismoy no constando a ningún efecto en su expediente.

2. Sin perjuicio de lo estipulado anteriormente, los representantesde los trabajadores podrán emitir informe en los casos de faltas graveso muy graves y leves cuando la sanción lleve aparejada suspensión deempleo y sueldo.

Artículo 68. PrescripciónLas faltas enunciadas en este convenio colectivo prescribirán:Las leves, a los diez días de su comisión.Las graves, a los quince días.Las muy graves, a los veinte días, de su comisión y, en todo caso,

a los tres meses de haberse cometido.Cualquier falta leve, grave y muy grave que no fuere comunicada

en forma y fecha, o excediera de diez, quince y veinte días naturalesrespectivamente, desde la supuesta falta, a la comunicación y iniciodel expediente por parte de la empresa, habrá prescrito.

Asimismo cualquier procedimiento sancionador, que no respetaralas garantías constitucionales más elementales de los trabajadores,

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Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 23#

será nulo de pleno derecho, no constando este en el expediente del tra-bajador, ni será tenido en cuenta para una acumulación de faltas.

Disposición adicional primera

Modelo de evaluación para la clasificación de grupos

G R U P O

Evaluado:Nombre:Cat. Profesional: Grupo Profesional:Evaluador:Nombre:Cargo: Área de actividad funcional:

GradosFactores

1 2 3 4 5 6

Posee una muy alta capacidad de análisis que lepermite interpretar y relacionar los contenidos ysintetizar de forma fiel y precisa los mismo y susconclusiones

Tiene capacidad para abordar tareas de gran com-plejidad técnica o de gestión, estableciendo priori-dades y logrando resultados eficaces.

Tiene una alta capacidad de expresión, tanto oralcomo escrita y puede realizar exposiciones y tra-bajos de gran calidad.

Posee una alta capacidad para enseñar procedi-mientos y metodologías en el trabajo. Sus capaci-dades didácticas le posibilita iniciar procesos demejora continua en su entorno.

Tiene firmeza y capacidad de decisión, puedeabordar situaciones complejas y resolverlasbasándose en las conclusiones de su trabajo, eli-giendo entre diferentes opciones y asumiendo susconsecuencias.

Posee capacidad de innovación en el trabajo, esreceptivo para las novedades, con flexibilidadpara adecuar en cada prestación y con finalidad demejorar continuamente la actividad.

Tiene capacidad de liderazgo en su entorno. Tienepoder de convicción y persuasión, estableciendoun referente con sus actuaciones.

Actúa con independencia y puede asumir situacio-nes donde se requiera su total autonomía, con laconfianza de que gestionará e informará correcta-mente de lo encomendado.

Tiene alta capacidad de comunicación para ofre-cer el resultado de su trabajo de forma clara ycomprensible. Es receptivo con las necesidades delos otros.

Es capaz de alcanzar altos niveles de rendimientocon los recurso que utiliza y/o gestiona, garantizan-do su racionalidad y superando las previsiones.

Posee capacidad para definir los objetivos clara-mente, detectando las necesidades y estableciendolas prioridades.

Tiene capacidad para desarrollar los contenidos,puede definirlos y proporciona los enfoques másidóneos para alcanzar los objetivos.

Total grupo

G R U P O

Nombre y apellidos:

Recomendaciones de formación:

Observaciones de evaluación:

Firma y fecha: Firma y fecha: Firma y fecha:Del evaluado De la empresa Del representante sindical

Escala : 1 = Poco De 1 a 36 = Negativo2 = Escaso De 37 a 72 = Positivo3 = Moderado4 = Aceptable5 = Bueno6 = Muy bueno

Disposiciones transitorias

1. En la sucesión de empresa y por el cambio de la titularidad de laempresa, centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma de lamisma, no se extinguirá por sí mismo la relación laboral quedando elnuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laboralesdel anterior. Cuando el cambio tenga lugar por actos inter vivos, elcedente y en su defecto el cesionario, está obligado a notificar dichocambio a los representantes legales de los trabajadores de la empresacedida, respondiendo ambos solidariamente durante tres años de lasobligaciones laborales nacidas con anterioridad a la transmisión y queno hubieran sido satisfechas.

2. El cedente y el cesionario responderán también solidariamentede las obligaciones nacidas con posterioridad a la transmisión, cuandola cesión fuese declarada delito.

3. También se acatará lo aprobado en la Comisión de Gobierno delM.I. Ayuntamiento de Marbella, en sesión ordinaria celebrada el 14 demayo del 2003, en los términos contenidos en la misma, en relacióncon los trabajadores.

Disposiciones finales

1. Con carácter personal la empresa viene obligada a respetar lascondiciones particulares que con carácter global y en cómputo anualdel conjunto de mejoras del presente convenio, manteniéndose estric-tamente en cada caso.

2. La empresa se compromete a la publicación del texto del pre-sente convenio, a partir de la entrada en vigor del mismo.

El presente convenio entrará en vigor a partir de la firma de laempresa y el comité de empresa.

3. En los artículos de este convenio donde aparezcan las palabrascónyuge o matrimonio, se hará extensiva a la pareja y a la pareja dehecho, previa aportación del certificado de convivencia.

4. A todos los trabajadores, sea cual sea su contrato, les será deaplicación, el presente convenio, tal como se recoge en el mismo.

5. Se acuerda reconocer la antigüedad de los trabajadores de Turis-mo Ayuntamiento de Marbella 2000 S.L. desde el primer contrato quese haya tenido bien en esta empresa u otra empresa perteneciente alAyuntamiento de Marbella.

6. Se acuerda que el salario bruto de los vigilantes de serviciosgenerales sea equiparado al de Auxiliar Administrativo, debido a queen el convenio anterior por error no se contabilizó la misma cantidad.

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Tabla salarial Turismo Ayuntamiento de Marbella 2000, SL

CONCEPTOS FIJOS

Salario Com. Comp. Plus x Plus Plus Extra Extra TotalCategoría base destino específico idiomas transporte convenio julio Navidad bruto

Director 1.677,00 1.036,00 609,00 49,00 94,00 269,00 304,42 304,42 4.404,83Jefe de Departamento 1.600,00 990,00 620,00 49,00 94,00 269,00 289,92 289,92 4.201,83Coordinador 1.600,00 740,00 621,00 49,00 94,00 269,00 269,08 269,08 3.910,17

Jefe de Sección 1.450,00 730,00 288,00 49,00 94,00 212,00 223,33 223,33 3.269,67Oficial 1.ª Administrativo 1.333,00 250,00 140,00 49,00 94,00 212,00 161,25 161,25 2.400,50Jefe de Servicios 1.333,00 250,00 140,00 49,00 94,00 212,00 161,25 161,25 2.400,50

Relaciones Públicas 1.080,00 325,00 306,00 49,00 94,00 159,00 155,83 155,83 2.324,67Secretaria 1.080,00 325,00 306,00 49,00 94,00 159,00 155,83 155,83 2.324,67Oficial 2.ª Administrativo 1.080,00 245,00 105,00 49,00 94,00 159,00 132,42 132,42 1.996,83

Auxiliar Admvo. Oficina 960,00 125,00 100,00 49,00 94,00 100,00 107,08 107,08 1.642,17Vigilante Servicios Generales 960,00 125,00 100,00 49,00 94,00 100,00 107,08 107,08 1.642,17

Limpiadora 655,00 59,00 60,00 94,00 93,00 72,25 72,25 1.105,50

1. A los Vigilantes de Servicios Generales, en la tabla de idiomas, esta se le aplicará solo a aquellos que justifiquen que hablan dichos idiomas.2. A todos los trabajadores que trabajen por la noche en días laborales, se les aplicará la cantidad de 40.00 euros por cada noche.3. A todos los trabajadores que trabajen en los días festivos y fines de semana, se les aplicará el porcentaje establecido en la tabla siguiente.

Tabla salarial Turismo Ayuntamiento de Marbella 2000, SL

ANEXO A LA TABLA SALARIAL

Hora extra Hora extra Hora extra Categoría Trienio Nocturnidad Hora e. diurna nocturna diurna en festivo nocturna afestivo

Director 135,36 40,00 13,05 19,57 26,09 32,62Jefe de Departamento 128,40 40,00 12,43 18,64 24,85 31,06Coordinador 117,04 40,00 11,53 17,30 23,06 28,83

Jefe de Sección 98,72 40,00 9,57 14,36 19,14 23,93Oficial 1.ª Administrativo 68,92 40,00 6,91 10,37 13,82 17,28Jefe de Servicios 68,92 40,00 6,91 10,37 13,82 17,28

Relaciones Públicas 68,44 40,00 6,68 10,02 13,36 16,70Secretaria 68,44 40,00 6,68 10,02 13,36 16,70Oficial 2.ª Administrativo 57,20 40,00 5,68 8,51 11,35 14,19

Auxiliar Admvo. Oficina 47,40 40,00 4,59 6,88 9,18 11,47Vigilante Servicios Generales 47,40 40,00 4,59 6,88 9,18 11,47

Limpiadora 30,96 40,00 3,10 4,64 6,19 7,74

1. A los Vigilantes de Servicios Generales, en la tabla de idiomas, esta se le aplicará solo a aquellos que justifiquen que hablan dichos idiomas.2. A todos los trabajadores que trabajen por la noche en días laborales, se les aplicará la cantidad de 40.00 euros por cada noche.3. A todos los trabajadores que trabajen en los días festivos y fines de semana, se les aplicará el porcentaje establecido en la presente tabla.Y siendo las 16: 00 horas, el Presidente dio por finalizada la reunión, y en prueba de conformidad con el contenido de lo tratado en la misma,

y por tanto, de los acuerdos adoptados, firman la presente todos y cada uno de los asistentes a la misma.(Firmas ilegibles).

3 8 2 8 /0 6££ D

CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESADELEGACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA

SERVICIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS

———

Información pública

De acuerdo con lo establecido en la Ley 54/1997, Ley del SectorEléctrico, de 27 de noviembre (BOE 28-11-97) y en el Título VII delRD 1955/2000 de 1 de diciembre (BOE 27-12-00), por el que se regulael procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica,se abre información pública sobre el expediente incoado en esta Dele-gación Provincial, con objeto de autorizar la construcción y aprobar elproyecto de la instalación eléctrica siguiente:

Peticionaria: Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada.Domicilio: Calle Maestranza, 6, Málaga.Finalidad: Línea aérea de media tensión D/C LA-56 a 25 KV y

centro de entrega de energía para alimentación a estación AVE “Colo-nia Santa Ana”.

Situación: Antequera.Características:– Línea aérea de media tensión de 25 KV, de 252,20 m con apo-

yos metálicos, conductores LA-56 de 54,6 mm2 de sección yaisladores de cadena.

– Línea subterránea de media tensión de 25 KV, de 10 m, con-ductores de aluminio de 240 mm2 de sección, tipo RHZ1-18/30.

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Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 25#

– Edificio prefabricado, normalizado modular para C.T. tipoCTA-4B.

– Grupo compacto de celdas normalizadas prefabricadas modula-res en SF6 (4L+1P).

– Transformador tipo interior de 100 KVA 25/20 KV.– Red normalizada de puestas a tierra y elementos de seguridad.– Apoyo metálico paso a subestación de línea D/C, juego de

autoválvulas OZN. 10 KA, 25 KV, bajada de cables protegidosbajo tubo y puestas a tierra.

Término municipal afectado: Antequera.Referencia expediente: AT-678/7231.Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documen-

tación presentada en esta Delegación Provincial, sita en calle Bode-gueros, 21, edificio Luxfor, 1.ª planta, y formularse al mismo tiempolas reclamaciones, por duplicado, que se estimen oportunas, en elplazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publica-ción de este anuncio.

Málaga, 28 de marzo de 2006.La Delegada Provincial, firmado: María Gámez Gámez.

4 4 7 2 /0 6££ D

RESOLUCIÓN de la Delegación Provincial de Málaga de la Conseje-ría de Innovación, Ciencia y Empresa, autorizando la construc-ción y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica que secita.

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, solici-tando autorización y aprobación del proyecto de la instalación eléctri-ca, y cumplidos los trámites establecidos en la Ley 54/1997, del Sec-tor Eléctrico, de 27 de noviembre (BOE de 28-11-97) y en el TítuloVII del RD 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE de 27-12-00), por elque se regula el procedimiento de autorización de instalación de ener-gía eléctrica.

Esta Delegación Provincial, por delegación otorgada medianteresolución de 23 de febrero de 2005 de la Dirección General de Indus-tria, Energía y Minas (BOJA de 28-03-2005),

Ha resuelto: Autorizar la construcción y aprobación del proyectode la instalación eléctrica cuya finalidad y principales característicastécnicas y condiciones son las siguientes:

Peticionaria: Natiel 2000, Sociedad Anónima.Domicilio: Calle Zuloaga, Las Chimeneas, Rincón de la Victoria.Finalidad: Línea subterránea de media tensión y centro de trans-

formación para distribución de energía eléctrica y su posterior cesión ala compañía distribuidora, la cual deberá constar documentalmente.

Situación: Calle Morche, Torrox.Características: – 561 m de línea subterránea de 20 KV conductor de aluminio

18/30 KV de 240 mm2 de sección. – Centro de transformación prefabricado con transformador de

250 KVA.Término municipal afectado: Torrox.Referencia: AT-9015.

C o n d i c i o n e s

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presen-tado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso,se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de seis meses, contados apartir de la fecha de la presente resolución.

3. La Administración dejará sin efecto la presente resolución encualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condi-ciones impuestas en ella.

4. Asimismo, la titular de las instalaciones tendrá en cuenta en estaejecución las condiciones impuestas por los organismos y corporaciones

que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimien-to y aceptadas por la misma. Además la titular deberá disponer detodos los permisos de paso, cruce y ocupación necesarios.

5. El director de obra de las citadas instalaciones certificará quelas mismas se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de apli-cación.

6. En el caso de proyectos de modificación de instalaciones exis-tentes, se aportarán las revisiones reglamentarias de las instalacionesque alimenta.

7. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesio-nes y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras dispo-siciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordena-ción del territorio y al medio ambiente.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administra-tiva, podrá interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señorConsejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, apartir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo pre-visto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, modificados por la Ley 4/1999, de 13de enero.

Málaga, 20 de marzo de 2006.La Delegada Provincial, firmado: María Gámez Gámez.

4 3 5 4 /0 6££ D

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA———

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 7 DE MÁLAGA

Procedimiento: 793/05.Ejecución n.º: 793/2005.De Juan David Moreno Linares.Contra Belco Costa del Sol, Sociedad Limitada y Fogasa.

E d i c t o

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número siete deMálaga

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número793/2005, sobre despidos, a instancia de Juan David Moreno Linarescontra Belco Costa del Sol, Sociedad Limitada y Fogasa, en la que confecha 13/03/06 se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:

En nombre de Su Majestad el Rey, el ilustrísimo señor don Fran-cisco Álvarez Domínguez, Magistrado-Juez de lo Social número sietede Málaga, ha pronunciado la siguiente

Sentencia número 127/06. En Málaga, a 13 de marzo de 2006, vis-tos en juicio oral y público los presentes autos seguidos en este Juzga-do bajo el número 793/2005, promovidos por Juan David MorenoLinares contra Belco Costa del Sol, Sociedad Limitada y Fogasa,sobre despidos.

F a l l o

I. Que, estimando la demanda sobre despido interpuesta por JuanDavid Moreno Linares frente a la empresa “Belco Costa del Sol,Sociedad Limitada, y habiendo sido llamado a juicio el Fondo deGarantía Salarial, debo declarar y declaro nulo el despido de la actoraproducido el 23.5.05.

II. Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral quevinculaba a las partes, condenando a la empresa demandada a abonar ala actora las sumas de 2.982 € por el concepto de indemnización y lade 6.134 € por las de salarios dejados de percibir.

Page 26: Convenio Construccion Malaga 2006

Página 26 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

Incorpórese la presente sentencia al correspondiente libro, librán-dose testimonio de la misma para su unión a autos y notifíquese a laspartes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma y de conformi-dad con la vigente Ley de Procedimiento Laboral cabe recurso desuplicación ante la Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superiorde Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Socialdentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la pre-sente, y debiendo si el recurrente es el demandado consignar en lacuenta corriente 2955, codificación 67, que este Juzgado de lo Socialtiene abierta en la oficina principal de Banesto, sucursal de calle Ala-meda Principal, 34, la cantidad objeto de la condena, pudiendo susti-tuirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante avalbancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidariadel avalista. Y la suma de 150.25 € en la citada cuenta, codificación 65del expresado banco y sucursal.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgado, lo pronuncio,mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por elIltmo. Sr. Magistrado de Trabajo que la suscribe, estándose celebrandoaudiencia pública en el día de la fecha, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a Juan David MorenoLinares, Belco Costa del Sol, Sociedad Limitada y Fogasa, cuyoactual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto quese publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, con laprevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actua-ciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las quedeban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplaza-mientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente dis-ponga otra cosa.

En Málaga, a 21 de marzo de 2006.El Secretario Judicial (firma ilegible).

3 9 1 2 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 7 DE MÁLAGA

Procedimiento: 794/05.Ejecución n.º: 794/2005.De Antonio Aponte Sánchez.Contra Belco Costa del Sol, Sociedad Limitada y Fogasa.

E d i c t o

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número siete deMálaga

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número794/2005, sobre despidos, a instancia de Antonio Aponte Sánchez con-tra Belco Costa del Sol, Sociedad Limitada y Fondo de Garantía Sala-rial, en la que con fecha 13/03/06 se ha dictado auto que sustancialmen-te dice lo siguiente:

En nombre de Su Majestad el Rey, el ilustrísimo señor don Fran-cisco Álvarez Domínguez, Magistrado-Juez de lo Social número sietede Málaga, ha pronunciado la siguiente

Sentencia número 128/06. En Málaga, a 13 de marzo del 2006,vistos en juicio oral y público los presentes autos seguidos en este Juz-gado bajo el número 794/2005, promovidos por Antonio Aponte Sán-chez contra Belco Costa del Sol, Sociedad Limitada y Fogasa, sobredespidos.

F a l l o

I. Que, estimando la demanda sobre despido interpuesta por D.Antonio Aponte Sánchez, frente a la empresa Belco Costa del Sol,Sociedad Limitada, y habiendo sido llamado a juicio el Fondo deGarantía Salarial, debo declarar y declaro nulo el despido de la actoraproducido el 23.5.05.

II. Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral quevinculaba a las partes, condenando a la empresa demandada a abonar ala actora las sumas de 2.478 € por el concepto de indemnización y lade 10.823 € por las de salarios dejados de percibir.

Incorpórese la presente sentencia al correspondiente libro, librán-dose testimonio de la misma para su unión a autos y notifíquese a laspartes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma y de conformi-dad con la vigente Ley de Procedimiento Laboral cabe recurso desuplicación ante la Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superiorde Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Socialdentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la pre-sente, y debiendo si el recurrente es el demandado consignar en lacuenta corriente 2955, codificación 67, que este Juzgado de lo Socialtiene abierta en la oficina principal de Banesto, sucursal de calle Ala-meda Principal, 34 , la cantidad objeto de la condena, pudiendo susti-tuirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante avalbancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidariadel avalista. Y la suma de 150.25 € en la citada cuenta, codificación 65del expresado banco y sucursal.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgado, lo pronuncio,mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por elIltmo. Sr. Magistrado de Trabajo que la suscribe, estándose celebrandoaudiencia pública en el día de la fecha, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a Antonio Aponte Sán-chez, Belco Costa del Sol, Sociedad Limitada y Fondo de GarantíaSalarial, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el pre-sente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia deMálaga, con la prevención de que las demás resoluciones que recai-gan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado,salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se tratede emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresa-mente disponga otra cosa.

En Málaga, a 21 de marzo de 2006.El Secretario Judicial (firma ilegible).

3 9 1 3 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 4 DE MÁLAGA

E d i c t o

La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número cuatro deMálaga y provincia

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número22/06, sobre reclamación de cantidad, a instancia de doña Eva MaríaOrtega Lozano, doña Inmaculada Ortega Lozano y doña Sally AnneCarr contra SR. Julian’s Marbella, Sociedad Limitada, en la que, confecha 20 de marzo de 2006, se ha dictado auto que sustancialmentedice lo siguiente:

Parte dispositiva

I. Se despacha ejecución frente a SR. Julian’s Marbella, SociedadLimitada, por importe de 5.830,35 euros de principal, más 1.166,07euros, como presupuesto provisional para intereses, gastos y costas.

II. Requiérase a la ejecutada para que manifieste relacionadamentelos bienes y derechos suficientes para cumplir la cuantía de la ejecu-ción, con expresión, en su caso, de los siguientes extremos: a) perso-nas que ostente derechos de cualquier naturaleza sobre los mismos; b)si dichos bienes o derechos están sujetos a otro proceso de ejecución,con indicación de los extremos que resulten de interés a esta ejecu-ción; c) las cargas o gravámenes que pesen sobre los mismos, asícomo, de ser bienes inmuebles, si están ocupados, por qué persona yqué título; y si estuviesen gravados con cargas reales, el importe del

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Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 27#

crédito garantizado y, en su caso, la parte de pago pendiente a la fechade la notificación de esta resolución.

III. Apercíbase a la parte ejecutada de que, en el caso de no cum-plir el requerimiento anterior, en el plazo de cinco días hábiles desdela notificación de esta resolución, se le podrá imponer un apremiopecuniario, en los términos establecidos en el artículo 239.2 de la Leyde Procedimiento Laboral.

IV. Requiérase a la parte ejecutante para que designe bienes oderechos de la ejecutada suficientes para el fin de la ejecución, en elplazo de cinco días hábiles desde la notificación de esta resolución.

V. Practíquese la diligencia de embargo de bienes y derechos.VI. Interésese de los organismos y registros públicos, entidades

financieras o depositarias información sobre los bienes y derechos delo que sea titular la parte ejecutada, a cuyo se librarán los oficioscorrespondientes, sin perjuicio del resultado de los requerimientosanteriores.

VII. Líbrese oficio al Juzgado Decano de Málaga, Oficina de Con-sulta Registral Averiguación Patrimonial Terminal de la Agencia Esta-tal de la Administración Tributaria, a fin de recabar datos.

VIII. Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial. Contra la presente resolución cabe recurso de oposición en el

plazo de diez días hábiles a su notificación.Y para que sirva de notificación a SR. Julian’s Marbella, Sociedad

Limitada, se expide la presente en Málaga, a 20 de marzo de 2006.La Secretaria Judicial (firma ilegible).

3 9 3 0 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 5 DE MÁLAGA

Procedimiento: 205/03.Ejecución número 250/2003.De don Daniel Hidalgo Castellanos.Contra don César Carlos Gil Mauriz.

E d i c t o

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número cinco deMálaga

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número250/2003, sobre ejecución, a instancia de don Daniel Hidalgo Caste-llanos contra don César Carlos Gil Mauriz, en la que con fecha 21 demarzo de 2006 se ha dictado auto cuya parte dispositiva sustancial-mente dice lo siguiente:

Parte dispositiva

Declarar al ejecutado don César Carlos Gil Mauriz en situación deinsolvencia con carácter provisional por importe de 2.840,86 euros deprincipal, más 568,17 euros que provisionalmente se presupuestanpara intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de suulterior tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo deGarantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma podrán inter-poner recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de los cincodías hábiles siguientes al de su notificación, y que transcurrido dichotérmino, si no manifiestan alegación alguna, se procederá al archivoprovisional de las actuaciones.

Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma la ilustrísima señoradoña María José Beneito Ortega, Jueza del Juzgado de lo Socialnúmero cinco de Málaga. Doy fe.

La Jueza. El Secretario.Y para que sirva de notificación en forma a don César Carlos Gil

Mauriz, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el pre-sente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de

Málaga, con la prevención de que las demás resoluciones que recai-gan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado,salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se tratede emplazamientos y todas aquellas otras para las que las que la leyexpresamente disponga otra cosa.

El Secretario Judicial (firma ilegible).3 9 3 1 /0 6

££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 6 DE MÁLAGA

Procedimiento: 588/05.De Diego Sánchez Valentín.Contra Golpes de Mar, Sociedad Limitada y El Tardón de la Playa,

Sociedad Limitada.

E d i c t o

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número seis deMálaga

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento núme-ro 588/2005, sobre cantidad, a instancia de Diego Sánchez Valentíncontra Golpes de Mar, Sociedad Limitada y El Tardón de la Playa,Sociedad Limitada, en la que con fecha 24 de marzo de 2006 se hadictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:

Su señoría ilustrísima doña Rosa María Rojo Cabezudo, Magistra-da-Jueza del Juzgado de lo Social número seis de Málaga, dijo: Queprocede admitir el escrito de desistimiento presentado por Diego Sán-chez Valentín.

Consiguientemente debo de archivar y archivo las presentes dili-gencias. Notifíquese y adviértase a las partes que contra el presenteauto cabe interponer recurso de reposición dentro de los cinco díassiguientes a su notificación para ante este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en forma a Golpes de Mar, Socie-dad Limitada, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro elpresente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provinciade Málaga, con la prevención de que las demás resoluciones querecaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juz-gado, salvo las que deban revestir la forma de autos, sentencias o setrate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la leyexpresamente disponga otra cosa.

En Málaga, a 24 de marzo de 2006.El Secretario Judicial (firma ilegible).

3 9 9 7 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 6 DE MÁLAGA

Procedimiento: 947/05.De José Rego García.Contra Mármoles Gestión y Construcción Marbella, Sociedad

Limitada (Margecon).

E d i c t o

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número seis deMálaga

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento núme-ro 947/2005, sobre despidos, a instancia de José Rego García contraMármoles Gestión y Construcción Marbella, Sociedad Limitada (Mar-gecon), en la que con fecha se ha dictado auto que sustancialmentedice lo siguiente:

Su señoría ilustrísima doña Rosa María Rojo Cabezudo, Magistra-da-Jueza del Juzgado de lo Social número seis de Málaga, ante mí, el

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Página 28 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

Secretario Judicial, dijo: Que debía declarar y declaraba por desistidoal actor José Rego García de su demanda y consiguientemente se pro-cede al archivo de las actuaciones.

Notifíquese y adviértase a la parte actora que contra el presenteauto cabe recurso de reposición en el término de los cinco díassiguientes a su notificación.

Y para que sirva de notificación en forma a Mármoles Gestión yConstrucción Marbella, Sociedad Limitada (Margecon), cuyo actualdomicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que sepublicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, con la pre-vención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuacionesle serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que debanrevestir la forma de autos, sentencias o se trate de emplazamientos ytodas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otracosa.

En Málaga, a 29 de marzo de 2006.El Secretario Judicial (firma ilegible).

3 9 9 8 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 9 DE MÁLAGA

Procedimiento: Ejecución 35/2006.De Mohamed Boudakhama.Contra Abdeslam El Bouchafrati.

E d i c t o

Doña María Dolores Fernández de Liencres Ruiz, Secretaria Judi-cial del Juzgado de lo Social número nueve de Málaga,

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo elnúmero 35/2006, a instancia de la parte actora, Mohamed Boudakha-ma, contra Abdeslam El Bouchafrati, sobre ejecución, se ha dictadoresolución, de fecha 6 de marzo de 2006, del tenor literal siguiente:

Vistos los preceptos legales citados y otros de general y pertinenteaplicación,

Parte dispositiva

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase, sin previo requerimiento depago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de lademandada, Abdeslam El Bouchafrati, en cantidad suficiente a cubrirla suma de 11.025,32 euros en concepto de principal, más la de2.000,68 euros calculados para intereses, costas y gastos, debiéndoseguardar en la diligencia el orden establecido en la Ley de Enjuicia-miento Civil, advirtiéndose a la ejecutada, administrador, representan-te, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de lasobligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incum-birán hasta que se nombre depositario, sirviendo la presente resoluciónde mandamiento en forma al agente judicial del Servicio de Notifica-ciones y Embargos del Decanato de los juzgados de esta capital, paraque, asistido de Secretario o funcionario habilitado para ello, se llevena efecto las diligencias acordadas, así como para solicitar el auxilio dela fuerza pública, si fuese necesario.

Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado, requiéraseal ejecutante para que, en el plazo de diez días, señale bienes, derechoso acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto deembargo, sin perjuicio de lo cual líbrense oficios al Servicio de Índi-ces en Madrid y al Decanato de los juzgados de esta capital a fin deque informen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de laejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saberque contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derechode la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que serefiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de suefectividad.

Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma la ilustrísima señoradoña Rocío Anguita Mandly, Magistrada-Jueza del Juzgado de loSocial número nueve de Málaga. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado, Abdeslam El Bou-chafrati, actualmente en paradero desconocido, expido el presente parasu publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertenciade que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las quedeban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 1 de marzo de 2006.La Secretaria Judicial (firma ilegible).

4 0 0 3 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 2 DE MÁLAGA

Procedimiento: Despidos 228/2006.De don Juan José Alcaide Moral.Contra Caly-Gon Construcciones, Sociedad Limitada.

E d i c t o

Doña María Mercedes Pérez Lisbona, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número dos de Málaga,

Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en losautos número 228/2006 se ha acordado citar a Caly-Gon Construccio-nes, Sociedad Limitada, como parte demandada, por tener ignoradoparadero, para que comparezca el próximo día 18 de abril de 2006, alas 11:10 horas, para asistir a los actos de conciliación y juicio, en sucaso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en calleCompositor Lehmberg Ruiz, número 28, debiendo comparecer perso-nalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios deprueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única con-vocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente se la cita para que, en el mismo día y hora, la referidaparte realice prueba de confesión judicial y presente el día del juiciocontrato de trabajo del actor y recibos de salarios percibidos por elmismo.

Se pone en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición,en la Secretaría de este Juzgado de lo Social, copia de la demanda pre-sentada.

Y para que sirva de citación a Caly-Gon Construcciones, SociedadLimitada, se expide la presente cédula de citación para su publicaciónen el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablónde anuncios.

En Málaga, a 29 de marzo de 2006.La Secretaria Judicial (firma ilegible).

4 0 0 4 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 6 DE MÁLAGA

Procedimiento: Cantidad 138/2006.De don Luis Alberto Beltrán Menéndez.Contra Pinturas y Decoraciones García Gallego, Sociedad Limitada.

E d i c t o

Cédula de citación

En virtud de providencia dictada en esta fecha por la ilustrísimaseñora doña Rosa María Rojo Cabezudo, Magistrada del Juzgado delo Social número seis de Málaga, en los autos número 138/2006,seguidos a instancias de don Luis Alberto Beltrán Menéndez contra

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Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 29#

Pinturas y Decoraciones García Gallego, Sociedad Limitada, sobrecantidad, se ha acordado citar a Pinturas y Decoraciones García Galle-go, Sociedad Limitada, como parte demandada, por tener ignoradoparadero, para que comparezca el día 28 de noviembre de 2006, a las12:20 horas, para asistir a los actos de conciliación o juicio que ten-drán lugar ante este Juzgado, sito en calle Hilera, edificio Rialto,número 6-A, entreplanta, debiendo comparecer personalmente, o porpersonal que esté legalmente apoderado, y con los medios de pruebade que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoriay que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndoseen conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición, en la Secre-taría de este Juzgado, copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a Pinturas y Decoraciones GarcíaGallego, Sociedad Limitada, para los actos de conciliación o juicio, seexpide la presente cédula de citación para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia, y su colocación en el tablón de anuncios.

En Málaga, a 28 de marzo de 2006.El Secretario Judicial (firma ilegible).

4 0 5 5 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 6 DE MÁLAGA

Procedimiento: 797/05.Ejecución número: 92/2006.De Gao Quinhua.Contra Alepol 34 Construcciones y Contratas, Sociedad Limitada.

E d i c t o

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número seis deMálaga

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución núm.92/2006, sobre ejecución, a instancia de Gao Quinhua contra Alepol34 Construcciones y Contratas, Sociedad Limitada, en la que, confecha 15 de diciembre de 2005, se ha dictado auto que sustancialmentedice lo siguiente:

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase, sin previo requerimiento depago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de lademandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 2.776,13 eurosen concepto de principal, más la de 444,18 euros calculados para cos-tas y gastos, debiéndose guardar en la diligencia el orden establecidoen la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose a la ejecutada, admi-nistrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder seencuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades deriva-das del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario,sirviendo la presente resolución de mandamiento en forma al agentejudicial del Servicio de Notificaciones y Embargos del Decanato delos juzgados de esta capital, para que, asistido de Secretario o funcio-nario habilitado para ello, se lleven a efecto las diligencias acordadas,así como para solicitar el auxilio de la fuerza pública, si fuese necesa-rio.

Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado requiéraseal ejecutante para que en el plazo de diez días señale bienes, derechoso acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto deembargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saberque contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derechode la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que serefiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de suefectividad.

Estando en ignorado paradero la empresa ejecutada, notifíquese ala misma a través de edicto a insertar en el Boletín Oficial de la Pro-vincia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 274 LPL deseaudiencia al Fogasa por termino de 15 días.

Y para que sirva de notificación en forma a Alepol 34 Construc-ciones y Contratas, Sociedad Limitada, cuyo actual domicilio o para-dero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en elBoletín Oficial de la Provincia de Málaga, con la prevención de quelas demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notifi-cadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir laforma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todasaquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Málaga, a 22 de marzo de 2006.El Secretario Judicial (firma ilegible).

4 0 5 6 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 2 DE MÁLAGA

Procedimiento: 1299/04.Ejecución n.º 107/2005.De doña Leticia Membrilla Unica.Contra RSK Extreme Wear, Sociedad Limitada.

E d i c t o

Doña María Mercedes Pérez Lisbona, Secretaria del Juzgado de loSocial número dos de Málaga,

Doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 107/2005, dimanante de autos núm. 1299/04, en materia deejecución, a instancias de doña Leticia Membrilla Unica contra RSKExtreme Wear, Sociedad Limitada, habiéndose dictado resolucióncuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literalsiguiente:

Auto. En Málaga, a 3 de abril de 2006.Dada cuenta, y (...)

Parte dispositiva

Declarar a la ejecutada RSK Extreme Wear, Sociedad Limitada, ensituación de insolvencia con carácter provisional por importe de1.370,63 euros de principal, más 222,72 euros que, provisionalmente,se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sinperjuicio de su ulterior tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo deGarantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma podrán inter-poner recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de los cincodías hábiles siguientes al de su notificación, y que transcurrido dichotérmino, si no manifiestan alegación alguna, se procederá al archivoprovisional de las actuaciones.

Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma el Iltmo. Sr. D. JoséEnrique Medina Castillo, Juez del Juzgado de lo Social número dos deMálaga. Doy fe.

El Juez. La Secretaria.Y para que sirva de notificación en forma a RSK Extreme Wear,

Sociedad Limitada, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen,libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de laProvincia de Málaga, con la prevención de que las demás resolucio-nes que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estradosdel Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o senten-cias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que laley expresamente disponga otra cosa.

Dado en Málaga, a 3 de abril de 2006.La Secretaria Judicial.

4 2 4 7 /0 6££ D

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Página 30 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 2 DE MÁLAGA

Procedimiento: 809/03.Ejecución n.º 135/2004.De don Francisco González Pérez.Contra T. Dacuan, Sociedad Limitada.

E d i c t o

Doña María Mercedes Pérez Lisbona, Secretaria del Juzgado de loSocial número dos de Málaga,

Doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 135/2004, dimanante de autos núm. 809/03, en materia de eje-cución, a instancias de don Francisco González Pérez contra T.Dacuan, Sociedad Limitada, habiéndose dictado resolución cuyo enca-bezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Auto. En Málaga, a 3 de abril de 2006.Dada cuenta, y (...)Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinen-

te aplicación,

Parte dispositiva

Declarar a la ejecutada T. Dacuan, Sociedad Limitada, en situa-ción de insolvencia con carácter provisional por importe de 2.185,37euros de principal, más 355,12 euros que, provisionalmente, se presu-puestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuiciode su ulterior tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo deGarantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma podrán inter-poner recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de los cincodías hábiles siguientes al de su notificación, y que transcurrido dichotérmino, si no manifiestan alegación alguna, se procederá al archivoprovisional de las actuaciones.

Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma el Iltmo. Sr. D. JoséEnrique Medina Castillo, Juez del Juzgado de lo Social número dos deMálaga. Doy fe.

El Juez. La Secretaria.Y para que sirva de notificación en forma a T. Dacuan, Sociedad

Limitada, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro elpresente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provinciade Málaga, con la prevención de que las demás resoluciones querecaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juz-gado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o setrate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la leyexpresamente disponga otra cosa.

Dado en Málaga, a 3 de abril de 2006.La Secretaria Judicial (firma ilegible).

4 2 4 8 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 11 DE MÁLAGA

Procedimiento: Cantidad 187/2006.De Brian McMurray.Contra Mijas Costa Catering, Sociedad Limitada.

E d i c t o

Don Luis Villalobos Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado delo Social número once de Málaga,

Hace saber: Que, en virtud de proveído dictado en esta fecha enlos autos número 187/2006, seguidos en este Juzgado a instancias de

Brian McMurray, se ha acordado citar a Mijas Costa Catering, Socie-dad Limitada, como parte demandada, por tener ignorado paradero,para que comparezca el próximo día 20 de abril de 2006, a las 11:55horas, para asistir a los actos de conciliación y juicio, en su caso, quetendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en calle Hilera, edifi-cio Rialto, número 6-A, entreplanta, debiendo comparecer personal-mente o por persona legalmente apoderada y con los medios de pruebade que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoriay que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se la cita para que, en el mismo día y hora, la referidaparte realice prueba de confesión judicial, con la advertencia de que deno comparecer podrá ser tenido por confeso.

Se pone en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición,en la Secretaría de este Juzgado de lo Social, copia de la demanda pre-sentada.

Y para que sirva de citación a Mijas Costa Catering, SociedadLimitada, se expide la presente cédula de citación para su publicaciónen el Boletín Oficial de la Provincia, y para su colocación en el tablónde anuncios.

En Málaga, a 23 de marzo de 2006.El Secretario Judicial (firma ilegible).

3 9 9 0 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 3 DE MÁLAGA

Procedimiento: 148/05.Ejecución número: 26/2006.De don José Manuel Jimena Escobar.Contra Transformaciones Plásticas del Sur, Sociedad Limitada.

E d i c t o

La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número tres deMálaga

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número26/2006, sobre pieza separada, a instancia de don José Manuel JimenaEscobar contra Transformaciones Plásticas del Sur, Sociedad Limita-da, en la que, con fecha 29 de marzo de 2006, se ha dictado auto quesustancialmente dice lo siguiente:

Parte dispositiva

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase a la ejecución del auto porla suma de 2.628,00 euros en concepto de principal, más la de 420,48euros calculados para intereses y gastos y, no pudiéndose practicardiligencia de embargo al encontrarse la ejecutada en paradero desco-nocido, requiérase a la parte ejecutante a fin de que, en el plazo de 10días, señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecuta-da que puedan ser objeto de embargo.

Líbrense oficios al Servicio de Índices en Madrid y al Decanato delos juzgados de esta capital a fin de que informen sobre bienes queaparezcan como de la titularidad de la ejecutada.

Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que, en el plazode quince días, insten las diligencias que a su derecho interesen.

Se decreta el embargo de cualquier cantidad que la Agencia Tribu-taria tenga a favor de la empresa demandada, para lo que se librará elcorrespondiente oficio.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saberque contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derechode la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que serefiere el fundamento quinto de esta resolución, y sin perjuicio de suefectividad.

Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma el ilustrísimo señordon Ramón Jurado Pousibet, Juez del Juzgado de lo Social númerotres de Málaga. Doy fe. Firmado.

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Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 31#

Y para que sirva de notificación en forma a TransformacionesPlásticas del Sur, Sociedad Limitada, cuyo actual domicilio o paraderose desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BoletínOficial de la Provincia de Málaga, con la prevención de que lasdemás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notifica-das en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la formade autos, sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellasotras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

La Secretaria Judicial, firmado: Cristina Campo Urbay.4 0 7 2 /0 6

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JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 3 DE MÁLAGA

E d i c t o

Doña Cristina Campo Urbay, Secretaria del Juzgado de lo Socialnúmero tres de los de Málaga y su provincia,

Doy fe y testimonio: Que en los autos n.º 631/2005 se ha dictadola sentencia n.º 132/2006 cuyo encabezamiento y fallo copiados lite-ralmente dicen:

En la ciudad de Málaga, a 10 de marzo de 2006. Vistos, en nombrede Su Majestad el Rey, por el ilustrísimo señor don José-Ramón Jura-do Pousibet, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número tres delos de Málaga y su provincia, los presentes autos, seguidos en esteJuzgado con el número 631/2005, a instancias de don Ildefonso GarcíaCarmona contra la empresa CRB Obras y Construcciones de Canta-bria, Sociedad Limitada, sobre reclamación de cantidad, debiendoestimar parcialmente la demanda, como la estimo, debo condenar ycondeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de3.041,24 euros.

Incorpórese esta sentencia al libro de sentencias, llévese testimo-nio de la misma a los autos de su razón para su constancia y notifíque-se a las partes con la indicación de que cabe interponer contra ellarecurso de suplicación ante la Sala de lo Social de Málaga del TribunalSuperior de Justicia de Andalucía, recurso que, en caso de interponer-se, deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco díashábiles siguientes al de la notificación, mediante escrito, comparecen-cia o simple anuncio al practicarse la notificación, haciéndose saber ala empresa condenada que, en caso de recurrir, deberá consignar en lacuenta oficial de este Juzgado (c/c abierta en la sucursal de la Alamedade Colón, número 34, de Málaga, de Banesto, con el número 2951-65y número de autos y la denominación “Cuenta de depósitos y consig-naciones Juzgado de lo Social 3”) la suma de 150,25 euros comodepósito especial para recurrir (artículo 227.1.a/ de la Ley de Procedi-miento Laboral) y la cantidad total de la condena, pudiendo sustituiren cuanto a esta la consignación en metálico por el aseguramientomediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabi-lidad solidaria del avalista (artículo 228 de la ley citada).

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronun-cio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación a la empresa CRB Obrasy Construcciones de Cantabria, Sociedad Limitada, cuyo paraderoactual es desconocido, expido la presente para su publicación en elBoletín Oficial de la Provincia de Málaga dejando copia en el tablónde anuncios de este Juzgado.

Dado en Málaga, a 30 de marzo de 2006.La Secretaria, firmado: Cristina Campo Urbay.

4 0 7 3 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 1 DE MÁLAGA

E d i c t o

Doña Magdalena Quesada Enciso, Secretaria del Juzgado de loSocial número uno de Málaga y su provincia,

Doy fe y testimonio: Que en la ejecución número 57/06 seguida eneste Juzgado se ha dictado auto, cuya parte dispositiva dice literalmente:

Primero. La ejecución en vía de apremio y se decreta, sin previorequerimiento, el embargo de bienes de la parte ejecutada Dijee Enter-prise, Sociedad Limitada, Diana-Jean Palumbo Palumbo, con CIFB/92096601, no consta, ambas con domicilio en calle Pincarrasco,número 11, 29.620 Torremolinos, en cantidad suficiente a cubrir lasuma de 4.579,58 euros en concepto de principal, más 744,18 eurospresupuestados para costas, gastos e intereses, sin perjuicio de ulteriory definitiva liquidación.

Segundo. Requiérase las ejecutadas, para que informen a este Juz-gado sobre bienes o derechos suficientes para cubrir la cuantía de laejecución, con expresión en su caso de cargas y gravámenes, personasque ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre los bienes y, deestar sujetos a otro proceso, concretar los extremos de este que puedaninteresar a la ejecución; y en el caso de inmuebles, si están ocupados,por qué personas y con qué título, con los apercibimientos derivadosdel artículo 589.2 y 3 de la LEC; y advirtiéndole que podrá evitar elembargo pagando o consignando la cantidad por la que se hubiere des-pachado ejecución (artículos 247.1 de LPL y 589.1 LEC).

Tercero. Requiérase al ejecutante para que en su caso inste lasmedidas de localización e investigación previstas en el artículo 590 dela LEC, así como facilite el NIF/NIE de doña Diana-Jean PalumboPalumbo.

Cuarto. Para su efectividad, practíquense las siguientes diligen-cias:

Líbrense atentos oficios al Excmo. Ayuntamiento de Torremolinos,y Catastro, a fin de recabar cuanta información sea posible sobre bienessuficientes de la propiedad de la demandada sobre los que poder reali-zar traba o embargo y, tratándose la demanda de una persona jurídica,líbrese oficio a la Delegación de Hacienda a fin de que proceda a laretención y transferencia de aquellas devoluciones que por IVA, rentasu otros conceptos le puedan corresponder, así como al Registro Centralde Madrid, Servicio de Índices.

Sirva la presente resolución de mandamiento en forma para lapráctica de embargo; así como para solicitar el auxilio de la fuerzapública, si fuera necesario, guardándose en la traba el orden y limita-ciones que establecen los artículos 584, 592, 605 y ss. de la Ley deEnjuiciamiento Civil, depositándose los bienes conforme a ley.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con indicación deque contra la misma cabe plantear oposición ante este Juzgado, en elplazo de diez días hábiles, siguientes al de su notificación.

Y para que conste y sirva de notificación en legal forma a losdemandados Dijee Enterprise, Sociedad Limitada, y Diana-JeanPalumbo Palumbo, a las cuales se advierte que las siguientes comuni-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma deauto, sentencia o se trate de emplazamiento, de conformidad con elartículo 59 de la LPL, expido y firmo el presente edicto, por duplica-do, uno de cuyos ejemplares se expondrá en el tablón de anuncios deeste Juzgado y el otro para su publicación en el Boletín Oficial, a 31de marzo de 2006.

La Secretaria Judicial (firma ilegible).4 0 0 7 /0 6

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JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 4 DE MÁLAGA

Procedimiento: 1303/2003.Ejecución número 119/2005.De Sandra Mateo Martín.Contra Alberto Cappa.

E d i c t o

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número cuatro deMálaga

Page 32: Convenio Construccion Malaga 2006

Página 32 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número119/2005, sobre ejecución, a instancia de Sandra Mateo Martín contraAlberto Cappa, en la que con fecha 19 de septiembre de 2005 se hadictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:

I. Se decreta el embargo de la finca registral 16.792-A, libro 878,tomo 1.914, Torremolinos, Registro de la Propiedad 3 de Málaga pro-piedad Alberto Cappa a fin de cubrir la cantidad reclamada de1.571,82 euros de principal, más 330 euros presupuestadas provisio-nalmente para costas, gastos e intereses.

II. Anótese preventivamente dicho embargo en el Registro de laPropiedad correspondiente, a cuyo efecto se remitirá mandamientopor duplicado en la forma prevista en el artículo 629.1 de la Ley deEnjuiciamiento Civil.

Notifíquese la presente a las partes haciéndoles saber que contrala misma cabe recurso de reposición, ante ese Juzgado, en el quintodía hábil a su notificación.

Y para que sirva de notificación en forma a Alberto Cappa, cuyoactual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edictoque se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, conla prevención de que las demás resoluciones que recaigan en lasactuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo lasque deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de empla-zamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente dis-ponga otra cosa.

En Málaga, a 16 de marzo de 2006.El Secretario Judicial (firma ilegible).

4 0 2 7 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 6 DE MÁLAGA

Procedimiento: Sanciones 207/2006.De doña Lourdes Ladrón de Guevara García.Contra Aldi Dos Hermanas Supermercados, Sociedad Limitada y

Aldi Supermercados, Sociedad Limitada.

E d i c t o

Cédula de citación

En virtud de providencia dictada en esta fecha por la ilustrísimaseñora doña Rosa María Rojo Cabezudo, Magistrada del Juzgado delo Social número seis de Málaga, en los autos número 207/2006seguidos a instancias de doña Lourdes Ladrón de Guevara Garcíacontra Aldi Dos Hermanas Supermercados, Sociedad Limitada y AldiSupermercados, Sociedad Limitada, sobre sanciones, se ha acordadocitar a Aldi Dos Hermanas Supermercados, Sociedad Limitada, comoparte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezcael día 22 de mayo de 2006, a las 12:00 horas, para asistir a los actosde conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado, sito enC/ Hilera, ed. Rialto, n.º 6-A, entreplanta, debiendo comparecer per-sonalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con losmedios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada deasistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a sudisposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito dedemanda presentado.

Y para que sirva de citación a Aldi Dos Hermanas Supermerca-dos, Sociedad Limitada, para los actos de conciliación o juicio, seexpide la presente cédula de citación para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia, y su colocación en el tablón de anuncios.

En Málaga, a 29 de marzo de 2006.El Secretario Judicial (firma ilegible).

4 0 5 7 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 2 DE MÁLAGA

Procedimiento: Cantidad 7/2006.De Ian Andrew Wooldridge.Contra The Old Town Grill, Sociedad Limitada.

E d i c t o

Doña María Mercedes Pérez Lisbona, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número dos de Málaga,

Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en losautos número 7/2006 se ha acordado citar a The Old Town Grill,Sociedad Limitada, como parte demandada, por tener ignorado para-dero, para que comparezca el próximo día 18 de julio de 2006, a las10:30 horas, para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso,que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en calle Composi-tor Lehmberg Ruiz, número 28, debiendo comparecer personalmente,o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria yque no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se la cita para que, en el mismo día y hora, la referidaparte realice prueba de confesión judicial, debiendo aportar al acto deljuicio la documental solicitada de contrario.

Se pone en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición,en la Secretaría de este Juzgado de lo Social, copia de la demanda pre-sentada.

Y para que sirva de citación a The Old Town Grill, Sociedad Limi-tada, se expide la presente cédula de citación para su publicación en elBoletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón deanuncios.

En Málaga, a 30 de marzo de 2006.La Secretaria Judicial (firma ilegible).

4 0 0 8 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 2 DE MÁLAGA

Procedimiento: Despidos 270/2006.De don Mohamed Soussi-Kasri.Contra Drai Charlie.

E d i c t o

Doña María Mercedes Pérez Lisbona, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número dos de Málaga,

Hace saber: Que, en virtud de proveído dictado en esta fecha enlos autos número 270/2006, se ha acordado citar a Drai Charlie, comoparte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca elpróximo día 8 de mayo del presente a la hora de las 11:30 para asistira los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar eneste Juzgado de lo Social, sito en calle Compositor Lehmberg Ruiz, n.º28, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmenteapoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con laadvertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.

Igualmente, se la cita para que, en el mismo día y hora, la referidaparte realice prueba de confesión judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposiciónen la Secretaría de este Juzgado de Social copia de la demandada pre-sentada.

Y para que sirva de citación a Drai Charlie, se expide la presentecédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Pro-vincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

Page 33: Convenio Construccion Malaga 2006

Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 33#

En Málaga, a 11 de abril de 2006.La Secretaria Judicial (firma ilegible).

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JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 9 DE MÁLAGA

Promoción: Ejecución 38/2006.De doña Gema Villalba Zabala.Contra Construcciones Encocer, Sociedad Limitada; Encofrados y

Ferrallados Linares, Sociedad Limitada y Fogasa.

E d i c t o

Doña M.ª Dolores Fernández de Liencres Ruiz, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número nueve de Málaga,

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo elnúmero 38/2006, a instancia de la parte actora, doña Gema VillalbaZabala, contra Construcciones Encocer, Sociedad Limitada; Encofra-dos y Ferrallados Linares, Sociedad Limitada y Fogasa, sobre ejecu-ción, se ha dictado resolución, de fecha 6 de marzo 2006, del tenorliteral siguiente:

Parte dispositiva

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase, sin previo requerimiento depago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad delas demandadas, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 3.550,50euros en concepto de principal, más la de 900,50 euros calculadospara intereses, costas y gastos, debiéndose guardar en la diligencia elorden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose alas ejecutadas, administrador, representante, encargado o tercero, encuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabi-lidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombredepositario, sirviendo la presente resolución de mandamiento enforma al agente judicial del Servicio de Notificaciones y Embargos delDecanato de los juzgados de esta capital, para que, asistido de Secreta-ria o funcionario habilitado para ello, se lleven a efecto las diligenciasacordadas, así como para solicitar el auxilio de la fuerza pública, sifuese necesario.

Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado, requiérase ala ejecutante para que, en el plazo de diez días, señale bienes, derechoso acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto deembargo, sin perjuicio de lo cual líbrense oficios al Servicio de Índi-ces en Madrid y al Decanato de los juzgados de esta capital, a fin deque informen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de laejecutadas, Construcciones Encocer, Sociedad Limitada, NIF B-92576149 y Encofrados y Ferrallados Linares, Sociedad Limitada,NIF B-23487950.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saberque contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derechode las ejecutadas a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que serefiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de suefectividad.

Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma la ilustrísima señoradoña Rocío Anguita Mandly, Magistrada-Jueza del Juzgado de loSocial número nueve de Málaga. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a las demandadas, ConstruccionesEncocer, Sociedad Limitada y Encofrados y Ferrallados Linares,Sociedad Limitada, actualmente en paradero desconocido, expido elpresente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, conla advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estra-dos, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se tratede emplazamiento.

En Málaga, a 22 de marzo de 2006.La Secretaria Judicial (firma ilegible).

4 0 8 1 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 9 DE MÁLAGA

Promoción: Ejecución 42/2006.De don Alejandro Baides Losa.Contra Teleno, Productos de Castilla y León, Sociedad Limitada;

Rest-Málaga, Sociedad Limitada; Zorel, Sociedad Limitada; Castella-no Malagueña de Hostelería, Sociedad Limitada; Restauradora deMálaga, Sociedad Limitada y don Carlos Javier Antón Barreales.

E d i c t o

Doña M.ª Dolores Fernández de Liencres Ruiz, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número nueve de Málaga,

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo elnúmero 42/2006, a instancia de la parte actora, don Alejandro BaidesLosa, contra Teleno, Productos de Castilla y León, Sociedad Limitada;Rest-Málaga, Sociedad Limitada; Zorel, Sociedad Limitada; Castella-no Malagueña de Hostelería, Sociedad Limitada; Restauradora deMálaga, Sociedad Limitada y don Carlos Javier Antón Barreales,sobre ejecución, se ha dictado resolución, de fecha 6 de marzo de2006, del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase, sin previo requerimiento depago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad delas demandadas, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 22.484,52euros en concepto de principal, más la de 5.000,48 euros calculadospara intereses, costas y gastos, debiéndose guardar en la diligencia elorden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose alas ejecutadas, administrador, representante, encargado o tercero, encuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabi-lidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombredepositario, sirviendo la presente resolución de mandamiento enforma al agente judicial del Servicio de Notificaciones y Embargos delDecanato de los juzgados de esta capital, para que, asistido de Secreta-ria o funcionario habilitado para ello, se lleven a efecto las diligenciasacordadas, así como para solicitar el auxilio de la fuerza pública, sifuese necesario.

Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado, requiéraseal ejecutante para que, en el plazo de diez días, señale bienes, derechoso acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto deembargo, sin perjuicio de lo cual líbrense oficios al Servicio de Índi-ces en Madrid y al Decanato de los juzgados de esta capital, a fin deque informen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de lasejecutadas Teleno, Productos de Castilla y León, SLM, NIF B-29858586; Rest-Málaga, Sociedad Limitada, B-92406545; Zorel,Sociedad Limitada, NIF B-92484302; Castellano Malagueña de Hos-telería, Sociedad Limitada, B-92381391, y Restauradora de Málaga,Sociedad Limitada NIF B-92449479.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saberque contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derechode las ejecutadas a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que serefiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de suefectividad.

Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma la ilustrísima señoradoña Rocío Anguita Mandly, Magistrada-Jueza del Juzgado de loSocial número nueve de Málaga. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a las demandadas, CastellanoMalagueña de Hostelería, Sociedad Limitada y Restauradora de Mála-ga, Sociedad Limitada, actualmente en paradero desconocido, expidoel presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia,con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán enestrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o setrate de emplazamientos.

En Málaga, a 6 de marzo de 2006.La Secretaria Judicial (firma ilegible).

4 0 8 2 /0 6££ D

Page 34: Convenio Construccion Malaga 2006

Página 34 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 4 DE MADRID

Autos número 765/05.Sentencia número 136/06.

E d i c t o

Cédula de notificación

Doña Asunción Varona García, Secretaria Judicial del Juzgado delo social número cuatro de Madrid,

Hace saber: Que en el procedimiento demanda 765/2005 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancias de don Máximo AndrésMoreno García contra la empresa Instituto Nacional de la SeguridadSocial, Tesorería General de la Seguridad Social, sobre SeguridadSocial, se ha dictado la siguiente:

Sentencia. En Madrid, 23 de marzo de 2006.Habiendo visto la señora doña María Isabel Saiz Areses, Jueza de

lo Social número cuatro de Madrid, las presentes actuaciones de juiciosobre prestaciones seguidas ante este Juzgado con el número 765/05, ainstancia de don Máximo Andrés Moreno García asistido del letradoseñor don Andrés Ruiz Vázquez frente al Instituto Nacional de laSeguridad Social y TGSS, representados por la letrada señora doñaAna Isabel Martínez Muñoz; autos en los que se ha dictado la presentesentencia en base a los siguientes:

Antecendentes de hecho

Primero Que a este Juzgado correspondió por turno de repartodemanda suscrita por la parte actora en la que tras alegar los hechos yfundamentos que estimó de aplicación al caso de autos, terminó supli-cando al Juzgado dicté sentencia de conformidad con sus pretensiones.

Segundo. Que admitida a trámite la demanda, se convocó a laspartes a juicio, el cual se celebró con asistencia de la parte actora y delas entidades gestoras no compareciendo las empresas demandadaspese a estar citadas en legal forma y con los apercibimientos legales.Abierto el juicio la parte actora se ratificó en su demanda, realizandolas aclaraciones pertinentes. La demandada contestó a la demanda y sepracticaron las pruebas que fueron propuestas y admitidas. Evacuadoel trámite de conclusiones, quedaron los autos vistos para sentencia.

Tercero. Que en la tramitación de este procedimiento se han obser-vado las prescripciones legales, excepto los plazos legales, debido alcúmulo de asuntos pendientes.

Hechos probados

Primero. Don Máximo Andrés Moreno García, nacido el 13-4-40,con DNI 1757857, y número de afiliación a la Seguridad Social28/0087173789, en mayo de 2005 solicitó la pensión de jubilacióncomo consecuencia de su cese en el trabajo producido en fecha 30-4-05.

El INSS instruyó el oportuno expediente administrativo dictándo-se resolución en fecha 16-5-05, por la que se le comunica que tienederecho a la pensión de de jubilación por un importe mensual de665,46 euros, una base reguladora de 792,21 euros y un porcentaje depensión del 84%, indicándole que dado que viene percibiendo otrapensión de invalidez y ambas son incompatibles entre sí, deberá efec-tuar opción por una de ellas, concediéndole el plazo de diez días paraefectuar dicha opción.

El actor optó por la pensión de jubilación y en fecha 25-5-05 elINSS dictó resolución reconociéndole el derecho a percibir dicha pen-sión por una base reguladora de 792,21 euros mensuales, rectificandoel porcentaje de la pensión fijándolo en el 86% a la vista de la solici-tud de rectificación de vida laboral presentada por el actor y por untotal de 28 años cotizados.

El actor formuló reclamación previa frente a dicha resolución quefue desestimada por la entidad gestora en fecha 1-7-05 haciéndose

constar en los hechos que comprobadas de nuevo sus cotizaciones noaparecen otras que las ya computadas para el reconocimiento y cálculode su pensión de jubilación.

Segundo. La entidad gestora ha reconocido al actor para el cálculode su pensión un total de 9.863 días cotizados, con arreglo al detalleque se efectúa por la entidad gestora en el certificado obrante en lasactuaciones a los folios 172 y 173 del procedimiento y cuyo contenidose da aquí por reproducido.

En concreto en lo que se refiere a los periodos computados enrelación a las empresas demandadas en este procedimiento, la entidadgestora ha computado los siguientes periodos:

P. Almeida: 4-8-67 al 24-9-67, 52 días19-2-68 a 19-2-68, 1 día

R. Almeida: 9-12-67 a 9-12-67, 1 díaMinisa, SL: 12-3-73 al 7-7-75, 848 días

Tercero. La parte actora solicita que se computen por la entidadgestora como días cotizados a la Seguridad Social, del 19-2-67 al 4-8-67 por su prestación de servicios para la empresa R. Almeida, asícomo del 5-8-67 al 9-12-67 para esta misma empresa, y el periodo de7-7-75 al 30-9-75 para la empresa Minisa, alegando además que elperiodo desde el 1-10-75 al 21-10-93 pasó a la situación de desempleoy posteriormente incapacidad temporal e incapacidad permanente.

Cuarto. Por sentencia dictada por la Magistratura de Trabajo en elaño 1976, se declaró resuelto el contrato de trabajo del actor con laempresa Minisa, Sociedad Limitada, en virtud de resolución de laDelegación Provincial de Trabajo de Málaga, en fecha 30-9-75, dicta-da en expediente de regulación de empleo 83/75.

Quinto. En fecha 22-7-76 se dictó resolución por el InstitutoNacional de Previsión indicando que la Comisión Permanente del con-sejo provincial del referido Instituto, ha acordado la continuidad delabono de las prestaciones económicas y asistenciales hasta ulteriorcalificación definitiva de su proceso de IT por la comisión técnicacalificadora.

En fecha 22-7-81 se inició la tramitación del expediente de incapa-cidad permanente del actor, dictándose resolución por la ComisiónTécnica Calificadora en fecha 7-1-82, declarando al actor en situaciónde incapacidad permanente en grado de total para su profesión habi-tual de fontanero derivada de enfermedad común y efectos desde el13-10-80. En cuanto a la base reguladora reconocida en dicha resolu-ción se hizo constar que era el resultado del cociente de dividir por 28la suma de sus bases de cotización correspondientes a 24 meses natu-rales consecutivos anteriores a la fecha del agotamiento de la ILT(periodo 12/74 11/76).

Sexto. Con arreglo al informe de vida laboral del actor, este figuraen alta en la Seguridad Social en la empresa P. Almeida en el periodode 4-8-67 al 16-10-67 y el día 19-2-68; en la empresa R.Almeida en elperiodo de 19-2-67 al 9-12-67; en la empresa V Paz Salamanca el 4-11-65; y en la empresa Minisa, Sociedad Limitada del 12-3-73 al 7-7-75.

Séptimo. No se discute la base reguladora de la prestación de jubi-lación reconocida por el INSS ni la fecha de efectos de la misma.

Fundamentos de derechos

Primero. A los hechos declarados probados se ha llegado aprecian-do conjuntamente la prueba practicada, en concreto la documentalaportada por las partes y el expediente administrativo.

Se discute en el presente caso únicamente el porcentaje de la pen-sión de jubilación reconocido por la entidad gestora al actora, puesmientras la entidad gestora le ha reconocido un porcentaje del 86% dela base reguladora a la vista de los años cotizados, el trabajador consi-dera que se debe aplicar un 92% de la base reguladora al haber presta-do servicios estando de alta en la Seguridad Social durante más de 30años.

De la documental aportada por la entidad gestora como comple-mento al expediente administrativo, se desprenden los días cotizados

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Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 35#

que han sido tenidos en cuenta para el cálculo de la pensión de jubila-ción descontando los periodos superpuestos que no pueden computar-se dos veces para el cálculo del porcentaje a aplicar. De ese certificadoaportado por la entidad gestora y que obra a los folios 172 y 173 sedesprende cuales son los periodos discutidos en relación a las empre-sas demandadas. De este modo en relación a la empresa P. Almeida laentidad gestora únicamente ha tenido en cuenta el periodo del 4-8-67al 24-9-67 , es decir un total de 52 días cotizados que es lo que constaen la TGSS. Pese a ello, y aún cuando no figuren cotizaciones efecti-vas en otros periodos, del informe de vida laboral se acredita que eltrabajador estuvo también de alta en esa empresa en otros periodos, enconcreto el 9-2-68 y del 25-9-67 al 16-10-67, lo que supone un totalde 23 días más que no figuran cotizados por la empresa aún cuando sífiguran como días en alta del trabajador. En cuanto a la empresa R.Almeida la entidad gestora tiene en cuenta el periodo que figura coti-zado, que es el referido al día 9-12-67, y sin embargo del informe devida laboral aportado figura el trabajador en alta en dicha empresatambién en el periodo comprendido entre el 19-2-67 y hasta el 9-12-67, es decir, un total de 221 días descontando los periodos superpues-tos por estar en alta en la empresa P. Almeida (del 4-8-67 al 16-10-67),y que no habría cotizaciones efectuadas por la empresa a favor del tra-bajador pese a estar de alta en dicha empresa. En cuanto a la empresaV Paz Salamanca, la entidad gestora no le reconoce ningún día cotiza-do a esa empresa y sin embargo sí consta de alta en la misma duranteun día el 4-11-65, pero dado que ese día ya ha sido computado por losdías cotizados por la empresa Marcelina Sotoca, no cabe volver acomputar ese día para calcular el porcentaje de la pensión al tratarsede periodos superpuestos. Finalmente en cuanto a la empresa Minisa,Sociedad Limitada, la entidad gestora le ha reconocido el periodo de12-3-73 al 7-7-75 que es precisamente el periodo que figura en alta enla Seguridad Social en dicha empresa. Con arreglo a la documentalaportada en virtud de un expediente de regulación de empleo la rela-ción laboral con esa empresa no finalizó hasta el 30-9-75, deduciéndo-se del expediente de incapacidad permanente aportado que hasta elmes de noviembre de 1976 permaneció en situación de ILT que seabonaría en pago directo por el INSS como consecuencia de la extin-ción del contrato de trabajo a partir del 1-10-75.

Si bien es cierto que durante el periodo de invalidez provisional yde ILT con extinción de contrato cesa la obligación de cotizar, lo cier-to es que de los datos que se deducen de la documental aportada, hastael 30-9-75 la situación del trabajador era de ILT y no de invalidez pro-visional, y por tanto con obligación de cotizar, desprendiéndose estoademás del certificado de empresa que computa también como díascotizados los del mes de julio y agosto del 75 que, sin embargo, nofiguran como cotizados y en alta a favor del trabajador. En consecuen-cia, se estima que esos 85 días que faltan hasta la extinción del contra-to con la empresa Minisa, Sociedad Limitada, sí existía obligación decotizar y deben por ello computarse a los efectos de calcular el por-centaje de la pensión. En consecuencia el total de los días que se esti-ma deben ser computados, además de los ya tenidos en cuenta por laentidad gestora, son 329 días que suponen un total de días cotizadosde 10.192 días, que supone un total de 28 años cotizados y dado queesos años son precisamente los que fueron computados por la entidadgestora para calcular el porcentaje de su pensión del 86%, se estimaque la resolución dictada por la entidad gestora es ajustada a derecho ydebe desestimarse íntegramente la demanda, no procediendo la modi-ficación del porcentaje de la pensión.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplica-ción al caso de autos,

Fallo: Que desestimando la demanda formulada por don MáximoAndrés Moreno García frente a Instituto Nacional de la SeguridadSocial y TGSS, absuelvo a los demandados de los pedimentos conteni-dos en el suplico de la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber quecontra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberáanunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la noti-ficación de esta sentencia, y que será resuelto, en su caso y cumplidos

los trámites legales, por la Sala de lo Social del Tribunal Superior deJusticia de Madrid.

Expídase testimonio de esta resolución, que quedará unido a losautos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentenciasde este Juzgado.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la

ilustrísima señora Magistrada que suscribe estando celebrando audien-cia pública en el día de la fecha. Doy fe.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Minisa, Socie-dad Limitada, en ignorado paradero, expido la presente para su inser-ción en el Boletín Oficial de la Provincia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones seharán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma deauto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 28 de marzo de 2006.La Secretaria Judicial (firma ilegible).

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JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 9 DE MÁLAGA

Procedimiento: Ejecución 179/2005.De Andrés Gómez García, Cristina Alarcón Ruiz y Jorge Salado

Urtia.Contra Adexco, Sociedad Limitada.

E d i c t o

Doña María Dolores Fernández de Liencres Ruiz, Secretaria Judi-cial del Juzgado de lo Social número nueve de Málaga,

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo elnúmero 179/2005, a instancia de la parte actora Andrés Gómez García,Cristina Alarcón Ruiz y Jorge Salado Urtia contra Adexco, SociedadLimitada, sobre ejecución, se ha dictado resolución de fecha 27 demarzo de 2006, del tenor literal siguiente:

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinen-te aplicación,

Parte dispositiva

Declarar a la ejecutada Adexco, Sociedad Limitada, en situaciónde insolvencia con carácter provisional por importe de 37.910,96euros de principal, más 6.500,04 euros que provisionalmente se presu-puestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuiciode su ulterior tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo deGarantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma podrán inter-poner recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de los cincodías hábiles siguientes al de su notificación, y que transcurrido dichotérmino, si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivoprovisional de las actuaciones.

Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma la ilustrísima señoradoña Rocío Anguita Mandly, Magistrada-Jueza del Juzgado de loSocial número nueve de Málaga. Doy fe.

La Magistrada-Jueza. La Secretaria.Y para que sirva de notificación a la demandada Adexco, Sociedad

Limitada, actualmente en paradero desconocido, expido el presentepara su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la adver-tencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvolas que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de empla-zamientos.

En Málaga, a 27 de marzo de 2006.La Secretaria Judicial (firma ilegible).

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Página 36 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 9 DE MÁLAGA

Procedimiento: Ejecución 56/2006.De Mirian Antonia Velazco de Rodas.Contra Euro Emprendimientos Empresarios, Sociedad Limitada.

E d i c t o

Doña María Dolores Fernández de Liencres Ruiz, Secretaria Judi-cial del Juzgado de lo Social número nueve de Málaga,

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo elnúmero 56/2006, a instancia de la parte actora Mirian Antonia Velazcode Rodas contra Euro Emprendimientos Empresarios, Sociedad Limi-tada, sobre ejecución, se ha dictado resolución de fecha 21 de marzode 2006 del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase, sin previo requerimiento depago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de lademandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 4.332,82 eurosen concepto de principal, más la de 850,18 euros calculados para inte-reses, costas y gastos, debiéndose guardar en la diligencia, el ordenestablecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose a la eje-cutada, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyopoder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilida-des derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombredepositario, sirviendo la presente resolución de mandamiento enforma al Agente Judicial del Servicio de Notificaciones y Embargosdel Decanato de los Juzgados de esta capital, para que, asistido deSecretario o funcionario habilitado para ello, se lleven a efecto las dili-gencias acordadas, así como para solicitar el auxilio de la fuerza públi-ca, si fuese necesario.

Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado requiérase ala ejecutante para que en el plazo de diez días señale bienes, derechoso acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto deembargo sin perjuicio de lo cual líbrense oficios al Servicio de Índicesen Madrid y al Decanato de los Juzgados de esta capital, a fin de queinformen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de la eje-cutada Euro Emprendimientos, Sociedad Limitada, número B-92-343-540.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saberque contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derechodel ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que serefiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de suefectividad.

Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma la ilustrísima señoradoña Rocío Anguita Mandly, Magistrada-Jueza del Juzgado de loSocial número nueve de Málaga. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada Euro Emprendi-mientos Empresarios, Sociedad Limitada, actualmente en paraderodesconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Ofi-cial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notifica-ciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma deauto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 21 de marzo de 2006.La Secretaria Judicial (firma ilegible).

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JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 6 DE MÁLAGA

Procedimiento: Cantidad 137/2006.De Antonio Guerrero Bernal.Contra Pinturas y Decoraciones García Gallego, Sociedad Limitada.

E d i c t o

Cédula de citación

En virtud de providencia dictada en esta fecha por la ilustrísimaseñora doña Rosa María Rojo Cabezudo, Magistrada del Juzgado delo Social número seis de Málaga, en los autos número 137/2006,seguidos a instancias de Antonio Guerrero Bernal contra Pinturas yDecoraciones García Gallego, Sociedad Limitada, sobre cantidad, seha acordado citar a Pinturas y Decoraciones García Gallego, SociedadLimitada, como parte demandada, por tener ignorado paradero, paraque comparezca el día 28 de noviembre de 2006, a las 12:15 horas,para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar anteeste Juzgado, sito en calle Hilera, ed. Rialto, número 6-A, entreplanta,debiendo comparecer personalmente o por personal que esté legal-mente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse,con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderánpor falta injustificada de asistencia.

Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposi-ción, en la Secretaría de este Juzgado, copia del escrito de demandapresentado.

Y para que sirva de citación a Pinturas y Decoraciones GarcíaGallego, Sociedad Limitada, para los actos de conciliación o juicio, seexpide la presente cédula de citación para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia y su colocación en el tablón de anuncios.

En Málaga, a 28 de marzo de 2006.El Secretario Judicial (firma ilegible).

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JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 6 DE MÁLAGA

Procedimiento: 1251/04.Ejecución número 45/2006.De Fundación Laboral de la Construcción.Contra Morgacons, Sociedad Limitada.

E d i c t o

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número seis deMálaga

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número45/2006, sobre ejecución, a instancia de Fundación Laboral de laConstrucción contra Morgacons, Sociedad Limitada, en la que, confecha 24 de febrero de 2006, se ha dictado auto que sustancialmentedice lo siguiente:

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase, sin previo requerimiento depago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de lademandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 468,53 euros enconcepto de principal, más la de 75 euros calculados para gastos,debiéndose guardar en la diligencia el orden establecido en la Ley deEnjuiciamiento Civil, advirtiéndose a la ejecutada, administrador,representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren losbienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósitoque le incumbirán hasta que se nombre depositario, sirviendo la pre-sente resolución de mandamiento en forma al agente judicial de servi-cio de este este Juzgado, para que, asistido del Secretario o funciona-rio habilitado para ello, se lleven a efecto las diligencias acordadas, asícomo para solicitar el auxilio de la fuerza pública, si fuese necesario.

Líbrense los oficios oportunos al Juzgado Decano de Málaga, a finde que informen de bienes propiedad de la empresa ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saberque contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derechode la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que serefiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de suefectividad.

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Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 37#

Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma la ilustrísima señoradoña Rosa María Rojo Cabezudo, Magistrada-Jueza del Juzgado de loSocial número seis de Málaga. Doy fe. La Magistrada-Jueza. El Secre-tario.

Diligencia. Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.Y para que sirva de notificación en forma a Morgacons, Sociedad

Limitada, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro elpresente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provinciade Málaga, con la prevención de que las demás resoluciones querecaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juz-gado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o setrate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la leyexpresamente disponga otra cosa.

En Málaga, a 24 de febrero de 2006.El Secretario Judicial (firma ilegible).

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JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 4 DE MÁLAGA

E d i c t o

Cédula de citación

En virtud de lo acordado por el ilustrísimo señor don ErnestoUtrera Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número cua-tro de los de Málaga y provincia, en los autos número 130/05, segui-dos a instancias de don Fernando Andrés Franco, don Miguel ÁngelFalcón y don Andrés Ariel Luque Luque contra Sermaco, SociedadLimitada y doña Fuensanta Florido Márquez, sobre cantidad, se haacordado citar a Sermaco, Sociedad Limitada, como parte demandada,por tener ignorado paradero, para que comparezca el próximo día 30de mayo de 2006, a las 11:30 horas, para asistir a los actos de concilia-ción y juicio, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito encalle Compositor Lehmberg Ruiz, número 28, 1.º de Málaga, debiendocomparecer personalmente o por persona que esté legalmente apodera-da y con los medios de prueba de que intente valerse, con la adverten-cia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia.

Igualmente, se la cita para que, en el mismo día y hora, la referidaparte realice la prueba de confesión judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición,en la Secretaría de este Juzgado de lo Social, copia del escrito dedemanda presentado por la parte actora.

Y para que sirva de citación a la expresada demandada, se expidela presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficialde la Provincia, y para su colocación en el tablón de anuncios.

En Málaga, a 24 de marzo de 2006.La Secretaria Judicial (firma ilegible).

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JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 4 DE MÁLAGA

E d i c t o

Cédula de citación

En virtud de lo acordado por el ilustrísimo señor don ErnestoUtrera Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social númerocuatro de los de Málaga y provincia, en los autos número 347/06,seguidos a instancias de doña Gabriela Roxana Liuzzi, doña Carmen

Guerrero Serrano, doña Adriana Ana Fernández Buiscardi, doña Patri-cia Pérez Rubio, doña Marcella Graco González, doña María DoloresPadilla Alba, don Pedro Montiel Cruz, doña Fátima Romero Álvarez,don Alejandro Góngora Real, doña Rosa María Suárez Fernández,doña Patricia Alejandra Martín Montoro, don José Montes Martell,doña Begoña Salvador Blanco, don Gustavo Alberto Liuzzi, doñaYolanda Rojas Soler, doña Gema Pérez Jiménez, doña María JoséHeredia Bernardos, doña Raquel Blanco Portal, doña PurificaciónGallego Jiménez, doña María Victoria Borona Martínez, doña EvaMaría Sanabria Aragonés, doña Luz Marian Gala Bravo, doña MaríaNieves Puyana Louzado, doña María Concepción Plaza Fierro, doñaCristina Pascual Molina, don José Ramón García Puyol, doña LidiaBenítez Martín, don Francisco Paniagua Villoria, doña Joanna EvaDrozdowska, don Manuel Saco García, doña Sara Isabel Portales Gál-vez, doña Ana Hervia Chacón, doña Isabel María Palomo Pérez, donJosé C. Cornejo Domínguez, doña Adelaida Sarasua López, doñaMaría Elisa Padial García, doña María del Carmen Delgado Viruet,doña Isabel María Sierra Pérez, doña Beatriz Posadas Porras, doñaVictoria Salvadora Gavilán Perdiguero, doña María Trinidad PérezCórdoba, doña Lucia García Rueda, doña Aihoa Castillo Invernot,doña María del Mar Gómez Hidalgo, contra Telefix Service Gropu,Sociedad Limitada; Jazz Telecom, Sociedad Anónima, Petronio Gio-vanni y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha acordadocitar a Telefix Service Gropu, Sociedad Limitada; Jazz Telecom,Sociedad Anónima (JAZZTEL) y Petrono Giovanni, como partedemandada, por tener ignorado paradero, para que comparezcan el día6 de junio de 2006, a las 12:30 horas, para asistir a los actos de conci-liación y juicio, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito encalle Compositor Lehmberg Ruiz, número 28, 1.º de Málaga, debiendocomparecer personalmente o por persona que esté legalmente apodera-da y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia.

Igualmente, se la cita para que, en el mismo día y hora, la referidaparte realice prueba de confesión judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición,en la Secretaría de este Juzgado de lo Social, copia del escrito dedemanda presentado por la parte actora.

Y para que sirva de citación a la expresada demandada, se expidela presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficialde la Provincia, y para su colocación en el tablón de anuncios.

En Málaga, a 27 de marzo de 2006.La Secretaria Judicial.

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JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 10 DE MÁLAGA

Procedimiento: Seguridad social 125/2006.De don Francisco Benítez Cisneros.Contra INSS, TGSS, Ibermutuamur y Cimentaciones Armando

González.

E d i c t o

Cédula de citación

En virtud de providencia dictada en esta fecha por la ilustrísimaseñora doña María Rosario Muñoz Enrique, Magistrada del Juzgadode lo Social número diez de Málaga, en los autos número 125/2006,seguidos a instancias de don Francisco Benítez Cisneros contra INSS,TGSS, Ibermutuamur y Cimentaciones Armando González, sobreseguridad social, se ha acordado citar a Cimentaciones Armando Gon-zález, como parte demandada, por tener ignorado paradero, para quecomparezca el día 18 de septiembre de 2006, a las 10:10 horas, para

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Página 38 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante esteJuzgado, sito en calle Hilera, ed. Rialto, n.º 6-A, entreplanta, debiendocomparecer personalmente o por personal que esté legalmente apode-rado y con los medios de prueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por faltainjustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parteque tiene a su disposición, en la Secretaría de este Juzgado, copia delescrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a Cimentaciones Armando González,para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula decitación, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y sucolocación en el tablón de anuncios.

En Málaga, a 21 de marzo de 2006.El Secretario Judicial (firma ilegible).

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JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 10 DE MÁLAGA

Procedimiento: Cantidad 157/2006.De don José Manuel Santana Rodríguez.Contra don José Sebastián Gil Ruiz.

E d i c t o

Cédula de citación

En virtud de providencia dictada en esta fecha por la ilustrísimaseñora doña María Rosario Muñoz Enrique, Magistrada del Juzgadode lo Social número diez de Málaga, en los autos número 157/2006,seguidos a instancias de don José Manuel Santana Rodríguez contradon José Sebastián Gil Ruiz, sobre cantidad, se ha acordado citar adon José Sebastián Gil Ruiz, como parte demandada, por tener ignora-do paradero, para que comparezca el día 19 de septiembre de 2006, alas 11:00 horas, para asistir a los actos de conciliación o juicio quetendrán lugar ante este Juzgado, sito en calle Hilera, ed. Rialto, n.º 6-A, entreplanta, debiendo comparecer personalmente o por personalque esté legalmente apoderado y con los medios de prueba de queintente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y quese suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose enconocimiento de dicha parte que tiene a su disposición, en la Secreta-ría de este Juzgado, copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a don José Sebastián Gil Ruiz, paralos actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de cita-ción, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y sucolocación en el tablón de anuncios.

En Málaga, a 21 de marzo de 2006.El Secretario Judicial (firma ilegible).

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JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 10 DE MÁLAGA

Procedimiento: Cantidad 1155/2005.De don Francisco Cervantes Mauri.Contra doña Isabel Yolanda Sánchez Carrasco.

E d i c t o

Cédula de citación

En virtud de providencia dictada en esta fecha por la ilustrísimaseñora doña María Rosario Muñoz Enrique, Magistrada del Juzgado

de lo Social número diez de Málaga, en los autos número 1155/2005,seguidos a instancias de don Francisco Cervantes Mauri contra doñaIsabel Yolanda Sánchez Carrasco, sobre cantidad, se ha acordado citara doña Isabel Yolanda Sánchez Carrasco, como parte demandada, portener ignorado paradero, para que comparezca el día 24 de octubre de2006, a las 10:50 horas, para asistir a los actos de conciliación o juicioque tendrán lugar ante este Juzgado, sito en calle Hilera, ed. Rialto, n.º6-A, entreplanta, debiendo comparecer personalmente o por personalque esté legalmente apoderado y con los medios de prueba de queintente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y quese suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose enconocimiento de dicha parte que tiene a su disposición, en la Secreta-ría de este Juzgado, copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a doña Isabel Yolanda SánchezCarrasco, para los actos de conciliación o juicio, se expide la presentecédula de citación, para su publicación en el Boletín Oficial de la Pro-vincia y su colocación en el tablón de anuncios.

En Málaga, a 22 de marzo de 2006.El Secretario Judicial (firma ilegible).

4 0 4 6 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 3 DE MÁLAGA

E d i c t o

Doña Cristina Campo Urbay, Secretaria del Juzgado de lo Socialnúmero tres de los de Málaga y su provincia,

Doy fe y testimonio: Que en los autos n.º 1089/2005 se ha dictadola sentencia n.º 92/2006 cuyo encabezamiento y fallo, copiados literal-mente, dicen:

En la ciudad de Málaga, a 25 de noviembre de 2004.Vistos, en nombre de Su Majestad el Rey, por el ilustrísimo señor

don José Ramón Jurado Pousibet, Magistrado-Juez del Juzgado de loSocial número tres de los de Málaga y su provincia.

Fallo: En los autos seguidos en este Juzgado de lo Social númerotres de Málaga con el número 1089/2005 a instancias de don ManuelToledo Cuenca contra la empresa Excavaciones El Copo, SociedadLimitada, sobre despido, en los que ha sido citado el Fogasa, debiendoestimar la demanda, como la estimo, debo declarar y declaro improce-dente el despido del actor y debo condenar, como condeno, a laempresa demandada a la readmisión del trabajador en su puesto de tra-bajo o, a elección de la empresa, al abono al actor de la cantidad de8965,75 euros en concepto de indemnización, con abono en amboscasos de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (el1 de septiembre de 2005) hasta el día de la notificación de esta senten-cia a la empresa condenada, a razón de 36.06 euros diarios. La empre-sa deberá optar entre la readmisión o la indemnización en el plazo delos cinco días hábiles siguientes al de la fecha en que le sea notificadaesta sentencia, sin esperar a su firmeza, mediante escrito o compare-cencia ante la Secretaría de este Juzgado; en el caso de que no efectúela referida opción dentro del plazo expresado, se entenderá que proce-de la readmisión.

Incorpórese esta sentencia al libro de sentencias, llévese testimo-nio de la misma a los autos de su razón para su constancia y notifíque-se a las partes con la indicación de que cabe interponer contra ellarecurso de suplicación ante la Sala de lo Social de Málaga del TribunalSuperior de Justicia de Andalucía, recurso que, en caso de interponer-se, deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco díashábiles siguientes al de la notificación de la sentencia, mediante escri-to, comparecencia o simple anuncio al practicarse la notificación,haciéndose saber a la empresa condenada que, en caso de recurrir,deberá consignar en la cuenta oficial de este Juzgado (c/c abierta en lasucursal de la Alameda de Colón, número 34, de Málaga, de Banesto,

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Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 39#

con el número 2951-65 y número de autos y la denominación “cuentade depósitos y consignaciones Juzgado de lo Social 3”) la suma de150,25 euros como depósito especial para recurrir (artículo 227.1.a/ dela Ley de Procedimiento Laboral) y el importe total de la condena,pudiendo sustituir en cuanto a este la consignación en metálico por elaseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constarla responsabilidad solidaria del avalista (artículo 228 de la ley citada).

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronun-cio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación a la empresa Excavacio-nes El Copo, Sociedad Limitada, cuyo paradero actual es desconocido,expido la presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Pro-vincia de Málaga que se fijará en el tablón de anuncios de este Juzga-do por término de diez días.

Dado en Málaga, a 29 de marzo de 2006.La Secretaria, firmado: Cristina Campo Urbay.

4 0 6 8 /0 6££ D

JUZGADO DE LO SOCIALNÚM. 3 DE MÁLAGA

Procedimiento: Pieza separada 63/2006.De don Sergio Molero Guerrero, don Santiago Navarro Fuentes y

don José Barranco Sánchez.Contra Rafael Guerrero Cuadro Construcciones, Sociedad Limita-

da y Promotores y Consultores Ziur, Sociedad Limitada.

E d i c t o

Doña Cristina Campo Urbay, Secretaria del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Málaga,

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado, bajo elnúmero 63.1/2006, a instancia de la parte actora, don Sergio MoleroGuerrero, don Santiago Navarro Fuentes y don José Barranco Sán-chez, contra Rafael Guerrero Cuadro Construcciones, Sociedad Limi-tada y Promotores y Consultores Ziur, Sociedad Limitada, sobre piezaseparada, se ha dictado resolución, de fecha 29 de marzo de 2006, deltenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase, sin previo requerimiento depago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad delas demandadas, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 4.413,66euros en concepto de principal, más la de 706,17 euros calculadospara intereses legales y costas y gastos, debiéndose guardar en la dili-gencia el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advir-tiéndose a las ejecutadas, administrador, representante, encargado otercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones yresponsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta quese nombre depositario, sirviendo la presente resolución de manda-miento en forma al agente judicial del Servicio de Notificaciones yEmbargos del Decanato de los Juzgados de esta capital, para que, asis-tido de Secretario o funcionario habilitado para ello, se lleven a efectolas diligencias acordadas, así como para solicitar el auxilio de la fuer-za pública, si fuese necesario.Teniendo en cuenta el importe del prin-cipal adeudado requiérase a los ejecutantes para que, en el plazo dediez días señalen bienes, derechos o acciones propiedad de la parteejecutada que puedan ser objeto de embargo, sin perjuicio de lo cuallíbrense oficios al Servicio de Índices en Madrid y al Decanato de losJuzgados de esta capital a fin de que informen sobre bienes que apa-rezcan como de la titularidad de las ejecutadas. Notifíquese la presenteresolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no caberecurso alguno, sin perjuicio del derecho de las ejecutadas a oponersea lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuartode esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad. Notifíquese lapresente resolución a la demandada, Rafael Guerrero Cuadro, Socie-dad Limitada, en ignorado paradero a través de edicto que se publicaráen el BOP y tablón de anuncios de este Juzgado por término de diezdías. Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma el ilustrísimo señordon José Ramón Jurado Pousibet, Juez del Juzgado de lo Social núme-ro tres de Málaga. Doy fe. Firmado.

Y para que sirva de notificación a la demandada, Rafael GuerreroCuadro Construcciones, Sociedad Limitada, actualmente en paraderodesconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Ofi-cial de la Provincia y tablón de anuncios de este Juzgado por términode diez días, con la advertencia de que las siguientes notificaciones seharán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sen-tencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 29 de marzo de 2006.La Secretaria Judicial, firmado: Cristina Campo Urbay.

4 0 6 9 /0 6££ D

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL————

A N T E Q U E R A

Intervención General de Fondos

A n u n c i o

El Excmo. Ayuntamiento, en sesión plenaria celebrada el día 7 de abril de 2006 y con el quórum legal necesario, acordó la aprobación inicial

del presupuesto general para 2006 y sus bases de ejecución y que comprende los presupuestos del Ayuntamiento, organismos autónomos y empresas

dependientes del mismo, así como la plantilla del personal funcionario y laboral.

En cumplimiento de dicho acuerdo y de lo dispuesto en los artículos 150 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, y 12 de la Ley 7/85, de 2 de

abril, se expone al público por plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen

oportunas.

No habiéndose presentado reclamación alguna, dicho presupuesto se considerará definitivamente aprobado, siendo el resumen el siguiente:

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Página 40 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

PRESUPUESTO CONSOLIDADO DE 2006ESTADO DE GASTOS

CAPITULOS CONSOLIDADO AJUSTES AYUNTAMIENTO PATRONATO DEPORTES F.M.C. PROMOCION Y DESARROLLO AGUAS DEL TORCAL S.P.E.R.A.C.S.A.

GASTOS DE PERSONAL 15.113.933,33 92.914,38 9.865.984,36 758.988,05 267.666,77 423.891,93 3.809.281,00 81.035,60

GASTOS BIENES Y SERVICIOS 10.780.268,69 676.176,00 4.507.690,78 443.494,40 932.309,98 746.778,35 2.184.733,00 2.641.438,18

GASTOS FINANCIEROS 621.210,36 429.000,00 280,00 60,00 60,00 93.207,00 98.603,36

TRANSFER. CORRIENTES 2.880.917,90 3.320.742,55 5.977.593,45 96.520,00 53.155,00 74.392,00

INVERSIONES REALES 29.580.347,64 27.738.839,64 27.708,00 178.800,00 1.635.000,00

TRANSFERENCIAS CAPITAL 668.000,00 323.190,00 991.190,00 -

TOTAL GASTOS NO FINANCIEROS 59.644.677,92 4.413.022,93 49.510.298,23 1.326.990,45 1.253.191,75 1.423.922,28 7.722.221,00 2.821.077,14

VARIAC.ACTIVOS FINANCIEROS 80.100,00 - 64.100,00 16.000,00

VARIAC.PASIVOS FINANCIEROS 1.942.858,00 1.500.000,00 - 442.858,00

TOTAL GASTOS FINANCIEROS 2.022.958,00 - 1.500.000,00 - - - 506.958,00 16.000,00

TOTAL GASTOS 61.667.635,92 4.413.022,93 51.010.298,23 1.326.990,45 1.253.191,75 1.423.922,28 8.229.179,00 2.837.077,14

ESTADO DE INGRESOS

CAPITULOS CONSOLIDADO AJUSTES AYUNTAMIENTO PATRONATO DEPORTES F.M.C. PROMOCION Y DESARROLLO AGUAS DEL TORCAL S.P.E.R.A.C.S.A.

IMPUESTOS DIRECTOS 9.068.529,05 9.068.529,05 - -

IMPUESTOS INDIRECTOS 1.955.000,00 1.955.000,00 - -

TASAS Y OTROS INGRESOS 19.405.901,72 688.127,00 10.630.547,42 655.149,82 119.811,34 9.500,00 5.918.052,00 2.760.968,14

TRANSFER. CORRIENTES 9.882.872,52 3.401.705,93 9.479.943,54 671.190,63 1.143.700,00 1.246.617,28 676.127,00 67.000,00

INGRESOS PATRIMONIALES 197.991,00 181.336,00 650,00 1.000,00 3.005,00 12.000,00

ENAJENACION INVERSIONES 3.963.886,02 3.963.886,02

TRANSFERENCIAS CAPITAL 12.731.056,20 164.800,00 12.731.056,20 164.800,00

TOTAL ING. NO FINANCIEROS 57.205.236,51 4.254.632,93 48.010.298,23 1.326.990,45 1.264.511,34 1.423.922,28 6.594.179,00 2.839.968,14

VARIAC.ACTIVOS FINANCIEROS 89.109,00 - - - 89.109,00

VARIAC.PASIVOS FINANCIEROS 4.635.000,00 3.000.000,00 1.635.000,00

TOTAL ING. FINANCIEROS 4.724.109,00 - 3.000.000,00 - - - 1.635.000,00 89.109,00

TOTAL INGRESOS 61.929.345,51 4.254.632,93 51.010.298,23 1.326.990,45 1.264.511,34 1.423.922,28 8.229.179,00 2.929.077,14

PLANTILLA DE PERSONAL DEL EXCMO.AYUNTAMIENTO DE ANTEQUERA

ACTUALIZADA AL 10/03/2006

A) Funcionarios de carrera

Denominación N Grupo Escala Subescala Clase

HABILITACIÓN NACIONAL

Secretario 1 A Hab.Nal. Secretaría Super.Interventor 1 A Hab.Nal. Int.Tesorería Super.

ADMINISTRACIÓN GENERAL

Tec.Adm.Gral. 2 A Ad.Gral. TécnicaAdministrativo 23 C Ad.Gral. Admva.Aux. Administrativo 2 D Ad.Gral. AuxiliarConserje-Conservador 1 E Ad.Gral. Subalterna

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

Ing.Técnico 2 B Ad.Esp. Técnica Media.Aparejador 1 B Ad.Esp. Técnica Media.Arquitec.Tco. 1 B Ad.Esp. Técnica Media.Admvo. de Gestión 1 C ” Ser.Esp. Com.Esp.Inspec.Pol. Local 1 B Ad.Esp. ” P.Loc.Subinspec. Pol. Local 1 B Ad.Esp. Ser.Esp. P.Loc.Ofic P. Local 4 C ” ” ”Policía Local 41 C ” ” ”Guarda conservador 2 E Ad.Esp. ”Adm.Cementerio 1 D ” ” Com.Esp.Oficial Mercado 1 D ” ” ”Capataz Electricista 1 D ” ” Pers.Ofic.Capat.Inst.Eléct. 1 D ” ” ”Capataz de Talleres 1 D ” ” ”Of. Fontanero 3 D ” ” Pers.Ofic.O. Mecánico Sold. 1 D ” ” ”Of. Electricista 2 D ” ” Pers.Ofic.Sepulturero 1 E ” ” ”Ofic. Jardinero 1 D ” ” ”

Denominación N Grupo Escala Subescala Clase

Matarife 1 E ” ” Com.Esp.Aux. Gestión 2 D ” ” ”Peón Serv. Municp. 3 E ” ” Pers.Ofic.

VACANTES

Conserje-Conserv. 3 E Ad.Esp. SubalternaAuxiliar Admvo. 5 D ” AuxiliarSubins Pol.Local 1 B Ad.Esp. Serv.Esp. P.LocalOficial Pol.Local 6 C ” ” ”Policía Local 7 C Ad.Esp. Serv.Esp. P.Local.Jardinero 3 E Ad.Esp. Serv.Esp. Pers.Ofic.Conductor-Electric. 1 D ” ” Pers.Ofic.Arquitecto 1 A ” Técnica SuperiorIngeniero Superior 1 A ” Técnica SuperiorArquitecto Tco. 3 B ” ” MediaGuarda-Guía 2 D ” ”Admvo. de Gestión 1 C ” Serv.Esp. Comet.Espec.Admvo. Delegación 1 C ” Serv.Esp. Comet.Espec.Admvo. Pol.Urbana 1 C ” Serv.Esp. Comet.Espec.Oficial Picapedrero 1 D ” ” Pers. OficiosOf. Carpintero 1 D ” ” ”Of. Fontanero 1 D ” ” ”Of.Serv.Oper.Pol.Loc 1 D ” ” ”Peón Serv. Munic. 2 E ” ” ”Técnico Recurs.Hum. 1 B Admón Gral. De GestiónAdministrativo 3 C ” Admva. Delineante Superior 2 C ” ” AuxiliarOperario Servicios 1 E ” Serv.Esp. Comet.Espec.Oficial Sepulturero 1 D ” ” Pers. OficiosGuarda-Conservador 1 E ” ” ”Operador de Ordenador 1 D Ad.Esp. Serv.Esp. Comet.Espec.Capataz 3 C ” ” Pers.Ofic.Ofic. Manten.Servic. 1 D ” ” ”Director Biblioteca 1 A Ad.Esp. Técnica SuperiorCoord.Supram.Bibliot. 1 A ” ” ”Diplomado Bibliot. 3 B ” ” MediaAuxiliar Biblioteca 2 D Ad.Gral. Auxiliar

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Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 41#

Denominación N Grupo Escala Subescala Clase

Ordenanza Biblioteca 2 E ” SubalternaAgente Movilidad 4 D Ad.Esp. Serv.Esp. P.LocalTesorero 1 A Hab.Nal. Int.Tesorería Super.Tec.Adm.Gral. 1 A Ad.Gral. Técnica

B) Personal laboral fijo

Denominación puesto trabajo Número Titulación exigida

Restaurador 2 Ldo. Bellas ArtesBiólogo 1 Ldo. en BiológicasPsicólogo 2 Ldo. PsicologíaJefe Servicio 1 Bachiller Superior o equiv.Diplomado Empresariales 1 Diplomado EmpresarialesProfesor Estimulación Precoz 1 Profesor E.G.B.Educador 1 ”Aparejador 3 Arquitectura Tca.Jefe 2.ª Administrativo 4Oficial 1 Albañil 7Oficial Conductor 9

” Fontanero 1” Pintor 6” Picapedrero 3

Guarda 2Conserje 4Peón 6Oficial 1.º Admvo. 16Oficial 1.ª Electric. 1Capataz Obras 5Capataz Jardines 1Ofic.1.ª Conductor Jardinero 2Encargado Serv. Pintura 1Jefe 1.ª Admvo. 2Trabajadores Sociales 8Operador Ordenador 2Limpiadora 1Jardinero 1Delineante Superior 2Ayudante Biblioteca 2Archivero 1Oficial 1.ª Jardinero 4

VACANTES

Peón 2Capataz Obras 1Ofic. 1.ª Albañil 1Profesor E.G.B. 1Jardinero 1Ofic. 1.ª Admvo. 1Ofic. Jardinero 3Trabajador Social 1Periodista 1Arqueólogo 1Ofic. 1.ª Picapedrero 1Fisioterapeuta 1Peón Sepulturero 3Tallista 1Psicólogo 1Mediador Social 1Coordinador/a Drogodependencias 1Auxiliar Museo-Guía 2

C. Personal laboral duración determinada Titulado Superior 2Educador 1Trabajador Social 1Psicólogo 2Médico 1Limpiadora Anejos 1

D. Personal eventualDenominación Número

Jefe Gabinete Alcaldía 1

PLANTILLA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCALDE PROMOCIÓN Y DESARROLLO

ACTUALIZADA AL 10/03/2006

Denominación puesto trabajo Número Titulación exigida

B) Personal laboral fijoLdo. Derecho 1Lda. Ciencias Económicas 1Asim. Jefe 1.ª Admvo. 1Asim. Jefe 2.ª Admvo. 1Oficial 1.ª Administrativo 5

VACANTESTécnico en Turismo 1Resp. Personal Prom. y Desarrollo 1 Auxiliar Guía de Turismo 2Auxiliar Admvo. Promoción Económica 1

C) Personal laboral duración determinadaAuxiliar Guía de Turismo 1

PLANTILLA DE PERSONALFUNDACIÓN MUNICIPAL DE CULTURA

ACTUALIZADA AL 10/03/2006

Denominación puesto trabajo Número Titulación exigida

B. Personal laboral fijoJefe 2.ª Admvo. 1Técnico Socio Cultural 1Conserje 1Monitor Socio-Cultural 1

VACANTES

Aux.Admvo. 2Técnico Socio Cultural 1Administrativo 1Monitor Socio-Cultural FMC 1

C. Personal laboral duración determinadaTitul. Grado Medio 2Monitor 1

PLANTILLA DEL PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL

ACTUALIZADA AL 10/03/2006

A) Funcionarios de carrera

Denominación N Grupo Escala Subescala Clase

Administración General

Portero-Conservador 1 E Ad.Gral. Subalterna

Administración Especial

Pro.Educa.Física 1 A Ad.Esp. Técnica Super.

VACANTES

Ninguna

Denominación puesto trabajo Número Titulación exigida

B) Personal laboral fijo

Coord.Gral.Act.Deport. 1Diplomado Deportivo 1

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Página 42 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

Oficial 1.ª Admvo. 2Monitor 1Auxiliar Administrativo 2Guarda 2Peones 3Ofic. 1.ª Ofic. varios 1

VACANTES

Coordinador Deportivo 1Oficial 1.ª Administrativo 1Oficial 1.ª Mantenimiento 1

C) Personal laboral duración determinadaMonitores 10Peón Mantenimiento 1Socorristas 4

PLANTILLA DE LA S.P.E.R.A.C., S.A.

ACTUALIZADA AL 10/03/2006

Denominación puesto trabajo Número Titulación exigida

B) Personal laboral fijo

NINGUNO

VACANTES

Administrativo de Delegación 2

C) Personal laboral duración determinadaAux. Administrativo 2Gerente/ Titulado Superior 1Delineante Superior 1Conserje 1

PLANTILLA DE PERSONAL AGUAS DEL TORCAL S.A.SECCIÓN: ABASTECIMIENTO DE AGUAS

ACTUALIZADA AL 13/04/2004

B) Personal laboral fijo

Denominación puesto trabajo Número Titulación exigida

Gerente 1Jefe Dpto. Abonados 1Jefe Dpto. Informática 1Jefe Mantenimiento 1 Jefe Sección Agua 1Jefe Sección Saneamiento 1Jefe Depuradora 1Encargado Almacén 1Encargado Depuración 1Encargado Sección 4Encargado Prevención 1Encargado Laboratorio 1Encargado Fugas 1Oficial 1.ª Agua 15Oficial 1.ª Servicios 3Oficial 1.ª Saneamiento 2Conductor 2Oficial 2 Saneamiento 2Oficial 1 Depuración 6Lector 5Peón Saneamiento 1Peón Servicios 1Personal Limpieza (media jornada) 1

SUSTITUCIÓN POR VACACIONESPeón Servicios 2

SECCIÓN: LIMP. VIARIA Y REC. RESIDUOS SÓLIDOS

B) Personal laboral fijoEncargado General 1Capataz General 1Mecánico 2Conductor 11Peón Limpieza 17Peón Recogida 14Peón Vertedero 1

SUSTITUCIÓN POR VACACIONESPeón Limpieza 8Peón recogida 4Conductor diurno 3Conductor nocturno 2

Antequera, 7 de abril de 2006.El Alcalde, firmado: Ricardo Millán Gómez.

4 4 2 9 /0 6££ D

B E N A H AV Í S

E d i c t o

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 13 defebrero de 2006, acordó por unanimidad de todos sus miembros apro-bar definitivamente el proyecto de urbanización correspondiente a la6.ª fase del proyecto de urbanización UE.8 del PPO Motemayor Alto.

Contra este acuerdo que pone fina al vía administrativa, podráinterponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dosmeses, contados desde el día siguiente a la inserción de este edicto enel Boletín Oficial de la Provincia, todo ello de conformidad con elartículo 110 de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Benahvís, 20 de febrero de 2006.El Alcalde, firmado: Antonio Mena García.

3 1 6 9 /0 6££ D

B E N A L M Á D E N A

Cuerpo de Policía Local – Jefatura de Benalmádena

D e c r e t o

Benalmádena, 27 de marzo de 2006.Por la Policía Local se informa de la existencia de diversos

vehículos depositados, que se presume racionalmente su abandono,una vez transcurridos más de dos meses tras su retirada de la víapública por agentes de esta unidad.

Realizadas las averiguaciones pertinentes para la localización desus propietarios, cuya gestión ha resultado infructuosa, se pone enconocimiento de los titulares de los vehículos que pueden retirarlosdentro del plazo de quince días contados a partir del día siguiente a lapublicación del presente decreto en el Boletín Oficial de la Provincia(BOP).

Marca Modelo Matrícula/bastidor Titular

Fiat Tempra MA-8807-BF José María Plata CuestaBMW 518 MA-7302-DF Martín Thomas MacCannSeat Panda 40 MA-3713-Z Eugenia García RamosFiat Fiorino 8383-BTY Ernesto A.Dilorenzo MárquezPeugeot 505 GTD MA-9219-V Domingo González DelgadoFiat Fiorino MA-7948-BL Pan Amalia, SL

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Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 43#

Marca Modelo Matrícula/bastidor Titular

Seat Terra MA-7536-BC Antonio J. Castillo TorresMercedes 190 O-0767-AN Manuel E. Busto PolaJeep Cherokee 7475-BDC Peter HaleyPeugeot 505 M-9454-IT Nemesio Ruiz LoboOpel Rekord MA-1737-Z Nemesio Ruiz LoboFiat Regata M-2216-JU Nemesio Ruiz LoboFiat Regata MA-0335-BT Nils Paul SoderbergSeat Anda MA-4120-AC José Manuel Martín RogelCitröen AX VS7ZAZB0023ZB1080Fiat Punto ZFA17600000201132Ford Transit SFAVXXBDVVLA40324Ciclomotor VTTAA11600102403Renaul Express GE-894949

Transcurrido dicho plazo sin respuesta alguna por parte de los titu-lares, se entenderá que los mismos renuncian a los vehículos, queserán considerados como residuos sólidos urbanos, de conformidadcon lo establecido en el artículo 71.1a) de la vigente Ley sobre Tráficoy Seguridad Vial, aprobado por RDL 339/90, de 2 de Marzo (modifi-cado con la Ley 11/99, de 21 de abril), con lo que el Ayuntamientoadquirirá la propiedad de aquellos, y procederá a su enajenaciónmediante el procedimiento legalmente establecido.

Lo decreta, manda y firma el señor Alcalde, en el lugar y fechaarriba indicados.

El Alcalde, Enrique Bolín Pérez-Argemí3 8 7 5 /0 6

££ D

C Á R T A M A

A n u n c i o

Habiéndose producido la vacante en el cargo de Juez de Paz susti-tuta de esta localidad, y en cumplimiento de lo preceptuado en elartículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y el artículo 5 delReglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, por medio delpresente se convoca a todos los ciudadanos interesados en ocuparla,para que en el plazo de quince días hábiles, contados a partir de lapublicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, pre-senten su solicitud en la Secretaría General de este Ayuntamiento.

En Cártama, a 29 de marzo de 2006.El Alcalde, firmado: José Garrido Mancera.

4 2 5 5 /0 6££ D

F R I G I L I A N A

A n u n c i o

Aprobada inicialmente la Ordenanza Municipal n.º 8 reguladoradel Reglamento de Vertido y Depuración de las Aguas Residuales ensesión plenaria de fecha 27 de marzo de 2006, se abre un periodo deinformación pública por plazo de 30 días hábiles, contados a partir dela insrción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Povincia, paraque cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expedienteen la Secretaría del Ayuntamiento y formular las alegaciones que esti-men pertinentes. De no producirse estas alegaciones, la ordenanza seconsiderará definitivamente aprobada.

Frigiliana, 28 de marzo de 2006.El Alcalde (firma ilegible).

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F R I G I L I A N A

A n u n c i o

El Ayuntamiento Pleno de Frigiliana, en sesión ordinaria celebradaen fecha 27 de marzo de 2006, adoptó el acuerdo de aprobación de la

actualización del proyecto de reparación de la UA-4 de las NNSSPP,lo que se hace público por un periodo de veinte días hábiles, contado apartir del siguiente al de la publicación del presente anuncio a fin deque los interados puedan formular alegaciones u objeciones oportunas,según la tramitación prevista en el artículo 101 de la Ley 7/2002, de17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Frigiliana, 28 de marzo de 2006.El Alcalde (firma ilegible).

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F R I G I L I A N A

E d i c t o

Para su conocimiento y efectos consiguientes, se hace saber que elPleno de la Corporación, en sesión celebrada en fecha 27 de marzo de2006, adoptó entre otros el siguiente acuerdo, que dice así:

Primero: Aprobar el proyecto de actuación n.º 8/05 presentado pordon José Martín Rojas para construcción de vivienda unifamiliar ensuelo no urbanizable en la parcela n.º 130, polígono 2 del parajeMallarín, junto con la documentación aportada, y que son:

– Certificación de no estar inscrito en el Padrón Municipal deHabitantes.

– Justificación de la superficie de la parcela mediante nota sim-ple registral.

Segundo: Notificar el presente acuerdo al interesado apercibiéndo-le de que, transcurrido un año desde la presente resolución sin habersolicitado licencia urbanística municipal, decaerá en su derecho dehacer valer el presente proyecto de actuación.

Tercero: De conformidad con lo establecido en el artículo 43.º1 dela LOUA remítase la publicación de la presente resolución al BoletínOficial de la Provincia.

Frigiliana, 28 de marzo de 2006.El Alcalde (firma ilegible).

3 9 7 2 /0 6££ D

F R I G I L I A N A

A n u n c i o

Presupuesto general ejercicio 2006

En la Intervención de esta Entidad Local y conforme disponen losartículos 112 de la Ley 7/85 de 2 de Abril y 169.º1 del Texto Refundi-do de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por RDLegislativo 2/2004 de 5 de marzo, se encuentra expuesto al público, aefectos de reclamaciones, el presupuesto general para el ejercicio2006, aprobado provisionalmente por la Corporación en Pleno, ensesión celebrada el día 27 de marzo de 2006.

Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en elartículo 170.º1 del Texto Refundido citado a que se ha hecho referen-cia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 dedicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a lossiguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince díashábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio enel Boletín Oficial de la Provincia.

b) Oficina de presentación: Registro General.c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

Frigiliana, a 28 de marzo de 2006. El Alcalde (firma ilegible).

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Page 44: Convenio Construccion Malaga 2006

Página 44 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

F R I G I L I A N A

Edicto sobre proyecto de actuación expediente número 00003/06

El señor Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento hacer saber:Que por doña Esperanza Ramírez Montilla ha sido presentado en esteAyuntamiento proyecto de actuación promovido por doña EsperanzaRamírez Montilla, DNI 77468412L, para actuación de interés públicoconsistente en construcción de vivienda turística de alojamiento rural,en pago Pendón Praje, parcela número 329, polígono 3.

Lo que se hace público por plazo de 20 días, con llamamiento alos propietarios de terrenos incluidos en el ámbito del proyecto, con-forme a lo establecido en el artículo 43 1.c) de la Ley 7/2002, deOrdenación Urbanística de Andalucía.

Lo que se hace público para general conocimiento.Frigiliana, 3 de abril de 2006.El Alcalde (firma ilegible).

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F U E N G I R O L A

Departamento de IBI

Anuncio de cobranza y exposición al público

(Artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, Reglamen-to General de Recaudación)

Aprobada por Resolución de la Concejalía de Hacienda de fecha 3de abril del presente año la lista cobratoria del impuesto de bienesinmuebles de naturaleza urbana correspondiente al periodo impositivo2006, se expone al público en este Ayuntamiento por un periodo de 30días hábiles, contados a partir de la inserción del presente anuncio enel Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que pueda ser examinadapor las personas que se consideren afectadas.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 delReal Decreto 939/2005 de 29 de julio, por el que se aprueba en Regla-mento General de Recaudación, se establece como plazo de ingreso,en periodo voluntario, las fechas que a continuación se indican, enhorario de oficinas de 9 a 13:30 horas de lunes a viernes:

Tributo: Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.Periodo impositivo: 2006.Fecha de inicio: 30/05/2006.Fecha de finalización: 20/10/2006.Los contribuyentes que realicen el pago desde el 18/04/2006 al

29/05/2006, o domicilien los mismos en entidades financieras, goza-rán de una bonificación del 5%.

El ingreso se efectuará en las oficinas de la Recaudación Munici-pal, o en las entidades financieras que se anuncian en el aviso decobro.

Los contribuyentes, que por cualquier circunstancia, no reciban lacomunicación en su domicilio están asimismo obligados a pagar susdébitos durante el plazo voluntario de cobranza anteriormente estable-cido, en las misma oficinas de recaudación.

Transcurridos los plazos de ingreso señalados, las deudas seránexigidas por el procedimiento de apremio, incrementándose en el 20%los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Fuengirola, a lunes 3 de abril de 2006.La Alcaldesa-Presidenta (PD 4.019/2003), firmado: Ana María

Mula Redruello.4 4 5 8 /0 6

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M Á L A G A

Instituto Municipal del Taxi

Turnos Aeropuerto 2006

El señor Presidente del Instituto Municipal del Taxi ha dictado,con fecha 24 de febrero de 2006, resolución del siguiente tenor literal:

“A la vista del expediente tramitado con ocasión de la pretensióndel colectivo de taxistas de que, al igual que todos los años, se esta-blezcan turnos de parada en el Aeropuerto para el ejercicio 2006.

RESULTANDO: Que por el Área de Transportes se ha emitidoinforme del siguiente tenor literal:

“Con fecha de 4 y 25 de enero respectivamente, los representantesde AUMAT y Taxi Unión SCA, han solicitado que, al igual que todoslos años, la recogida de viajeros en el aeropuerto se rija por el sistemade turnos, tal como permite el artículo 28.2 de la Ordenanza Municipal.

Se mantiene el sistema de turnos adoptado el año pasado, tras sumodificación por resolución de 24 de junio de 2005 del Presidente delInstituto Municipal del Taxi con el objetivo de:

PRIMERO. Ampliar el número de taxis que prestan servicio en laparada de la terminal T2, la principal, durante los fines de semana delperiodo de mayor afluencia de viajeros –julio a septiembre- en unnúmero de 52 o 53 taxis más.

SEGUNDO. Asegurar la prestación del servicio de la terminal T1determinando las licencias que cada día deben obligatoriamente pres-tar servicio, sin perjuicio de que las licencias salientes del turno de laterminal T2 están autorizadas para prestar servicio en la T1 en defectode los que obligatoriamente deben prestarlo según lo expuesto.

TERCERO. El nivel 7 será atendido por el turno saliente de la ter-minal T2, de modo que los taxistas correspondientes estarán autoriza-dos para prestar servicio en la parada correspondiente a dicho nivel 7,lógicamente sin superar la capacidad de la parada en los términos queestablece el artículo 28 de la Ordenanza Municipal para el ServicioUrbano e Interurbano de Transportes en Automóviles Ligeros.

Al igual que en los últimos años se ha mantenido el carácter obli-gatorio de los turnos de la terminal T2 y como en el último año se res-tringe la recogida de viajeros en el Aeropuerto de forma rigurosa a laslicencias que tengan turno en la semana correspondiente de tal formaque, por ejemplo, el taxista que haga un servicio con destino al Aero-puerto y no tenga turno deberá abandonar el Aeropuerto sin recogerpasaje alguno, ya que no estará autorizado para ello. Únicamente sedeberá permitir al turno de la terminal T1, antes referido, permaneceren lo que denominamos como “bolsa auxiliar” para cubrir la posiblefalta de servicio por el turno. Asimismo, se debe mantener, al igualque otro años, el área de influencia del recinto aeroportuario –en lostérminos del artículo 28.2 de la Ordenanza Municipal– dentro de lacuál no se podrá coger servicio fuera de las paradas mencionadas.

Como en otros años, en la aplicación de los turnos en las paradas,deberá tenerse presente que, conforme al artículo 28.3 de la ordenanzamunicipal, los taxis no pueden superar la capacidad de la paradacorrespondiente, por lo que los que no tengan cabida estacionarán enla zona del aeropuerto que se habilite para ello. Por tanto, conforme alartículo 27.1 de la ordenanza municipal los vehículos taxi autorizadospor el turno únicamente podrán situarse en la parada o en dicha zonahabilitada.

A efectos del adecuado orden de las paradas se considera conve-niente que la llamada desde lo que hemos denominado “bolsa auxi-liar” a la parada cuando falten taxis del turno sea efectuada de cincoen cinco taxis, sin exceder de tal número ni que sea en númeroinferior.

Por otra parte, debemos tener presente que según el artículo 28.1de la ordenanza municipal el usuario podrá contratar el vehículo queprefiera de los situados en parada, sin perjuicio de que los conductoresde taxi respeten el orden de llegada de los vehículos a la parada.

La única salvedad al régimen de los turnos referidos se encontrará,claro está, en el régimen de contratación previa establecido en elDecreto 11/85 de la Junta de Andalucía.

Por último, de conformidad con el artículo 49.5 h) de la reiteradaOrdenanza Municipal para el Servicio Urbano e Interurbano de Trans-portes en Automóviles Ligeros, el incumplimiento del régimen deparadas, así como de los turnos que, en su caso, se establezcan paralos mismos, será sancionable como infracción leve, salvo que se con-sidere muy grave o grave de conformidad con le Ley 2/2003, de 12 demayo de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos deViajeros en Andalucía (BOJA número 99, de 27 de mayo de 2003).Corresponderá, por tanto, a la Policía Local, vigilar el cumplimientode lo previsto en las disposiciones referidas de conformidad con lodispuesto en el artículo 53.1. d) de la Ley 2/1986, de 13 de marzo deFuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.”

Page 45: Convenio Construccion Malaga 2006

Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 45#

D I S P O N G O

PRIMERO. La recogida de viajeros en las paradas de taxi del Aero-puerto de Málaga por parte de los taxis con licencia municipal de esteExcmo. Ayuntamiento se realizará respetando los turnos que se esta-blecen como anexos de la presente resolución.

En el anexo I se establecen los taxis que prestarán servicio en lasemana correspondiente en la terminal T2. En el anexo II se determi-nan los que podrán prestar servicio en la terminal T1 y nivel 7 (lossalientes de la terminal T2) y los que deben prestar servicio en cadadía en dicha terminal 1 por estar obligados. Dichos turnos excluyenque cualquier otra licencia municipal, que no se encuentre incluida enlos mismos en cada momento, pueda recoger clientes en el Aeropuer-to, salvo que exista contratación previa en los términos previstos en elDecreto 11/85 y legislación correspondiente de la Junta de Andalucía.Únicamente se permite al turno de la terminal T1 permanecer como“bolsa auxiliar” para cubrir la posible falta de servicio por el turnocorrespondiente. Los mencionados turnos tendrán un carácter obliga-torio para las licencias incluidas en ellos en lo que se refiere al servi-cio de la terminal T2, pero no para la cobertura de la terminal T1 ynivel 7 ya que dichos turnos únicamente autorizarán para recoger en laparada, a excepción de las licencias que vienen enumeradas para cadadía de la semana de cada turno de la T1 cuyo turno será obligatorio ypreferente a los restantes autorizados por la T1.

SEGUNDO. No se admitirá, en ningún caso, la recogida de viajerosen el aeropuerto por otras licencias que no sean las autorizadas en losturnos referidos, o por formar parte de la denominada “bolsa auxiliar”en el apartado anterior, de tal forma que, por ejemplo, el taxista quehaga un servicio con destino al aeropuerto y no tenga turno deberáabandonar el Aeropuerto sin recoger pasaje alguno por no estar autori-zado para ello.

TERCERO. Se crea un área de influencia que abarcará todo elrecinto aeroportuario dentro de la cual no se podrá coger servicio fuerade las paradas autorizadas.

CUARTO. Salvo necesidades debidamente justificadas, los taxis noautorizados por el turno de parada correspondiente, o por la contrata-ción previa mencionada no podrán estacionar libremente en cualquierpunto del aeropuerto, de conformidad con las obligaciones de servicioestablecidas en las ordenanzas municipales. Los autorizados deberánhacerlo en las paradas o lugares establecidos para ello.

QUINTO. Los cambios de turno semanal tendrán lugar a las 8,00horas del lunes.

SEXTO. De conformidad con el artículo 49.5 h) de las OrdenanzasMunicipales el incumplimiento del régimen de paradas, así como losturnos que, en su caso, se establezcan para las mismas, será sanciona-ble como infracción leve, salvo que se considere muy grave o grave,de conformidad con la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación delos Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía(BOJA, número 99 de 22 de mayo de 2003).”

Lo que se hace público, comunicando que contra la resolucióntranscrita se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposiciónante el órgano que dictó el mismo, en el plazo de un mes contadodesde el día siguiente a aquel en que tiene lugar la presente publica-ción, o bien recurso contencioso-administrativo ante el órgano corres-pondiente de la jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazode dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publica-ción, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley Reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, se comunica que contra el acto o acuerdo que resuelvael recurso de reposición se podrá interponer igualmente recurso con-tencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el

plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que senotifique la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubie-se resuelto expresamente dicho recurso, será de aplicación el régimende actos presuntos a tal efecto regulado en el articulo 46 de la Ley dela Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recur-so que se estime procedente.

Málaga, 27 de febrero de 2006.El Oficial Mayor, EF de titular del Órgano de Apoyo a la Junta de

Gobierno Local, PD, Alfonso Calbacho Villanueva.

Modificación de los turnos de taxi en el aeropuerto de Málaga,año 2006

El señor Presidente del Instituto Municipal del Taxi, ha dictadocon fecha 23 de marzo de 2006, Resolución del siguiente tenor literal:

A la vista del informe emitido por el Área de Transporte de fecha23 de marzo de 2006, del siguiente tenor literal:

Con fecha 24 de febrero del presente se aprobó resolución del Pre-sidente del Instituto Municipal del Taxi donde se establecen los taxisque van a prestar servicio en la terminal T1, T2 y nivel 7 del Aero-puerto de Málaga. En el mismo se ha detectado error material, y deconformidad con el artículo 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviem-bre, de RJAP y PAC, se propone la rectificación de la mencionadaResolución mediante la aprobación de los anexos I y II que se adjunta.No obstante, el órgano competente resolverá lo que estime más opor-tuno a los intereses municipales.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 25.11) de la Ley 7/85,Reguladora de las Bases del Régimen Local; el artículo 4 de la Ley2/2003, de mayo, de Ordenación de los Transportes urbanos y Metro-politanos de Viajeros en Andalucía; el artículo. 15 de los Estatutos delInstituto Municipal del Taxi (BOP de septiembre de 2002); y de con-formidad con el Acuerdo adoptado por el Excmo. Ayuntamiento Plenoel día 27 de junio de 2003.

D I S P O N G O

Rectificar los errores materiales hallados en la resolución de 24 defebrero mediante la aprobación de los anexos I y II que se adjuntan.

Lo que se hace público, comunicando que contra la Resolucióntranscrita se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposiciónante el órgano que dictó el mismo, en el plazo de un mes contadodesde el día siguiente a aquel en que tiene lugar la presente publica-ción, o bien recurso contencioso-administrativo ante el órgano corres-pondiente de la jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazode dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publica-ción, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley Reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, se comunica que contra el acto o acuerdo que resuelvael recurso de reposición se podrá interponer igualmente recurso con-tencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en elplazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que senotifique la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubie-se resuelto expresamente dicho recurso, será de aplicación el régimende actos presuntos a tal efecto regulado en el artículo 46 de la Ley dela Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recur-so que se estime procedente.

En Málaga, a 3 de abril de 2006.El Oficial Mayor, EF de titular del órgano de Apoyo a la Junta de

Gobierno Local, PD, Alfonso Calbacho Villanueva.

A N E X O I

Turnos de parada en el Aeropuerto de Málaga Terminal T-2. Ejercicio 2006

27 DE FEBRERO AL 05 DE MARZO DE 2006 . . 295 AL 441 Y DEL A-27 AL A-39.6 AL 12 DE MARZO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 588 Y DEL A-40 AL A-50.

Page 46: Convenio Construccion Malaga 2006

Página 46 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

13 AL 19 DE MARZO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 589 AL 735 Y DEL A-51 AL A-61.20 AL 26 DE MARZO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 736 AL 882 Y DEL A-62 AL A-73.27 MARZO AL 2 DE ABRIL . . . . . . . . . . . . . . . . 883 AL 1029 Y DEL A-75 AL A-86.3 AL 9 DE ABRIL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1030 AL 1176 Y DEL A-87 AL A-98.10 AL 16 DE ABRIL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1177 AL 1324 Y DEL A-99 AL A-109.17 AL 23 DE ABRIL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 AL 147 Y DEL A-2 AL A-15.24 AL 30 DE ABRIL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 148 AL 294 Y DEL A-16 AL A-26.1 MAYO AL 7 DE MAYO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 295 AL 441 Y DEL A-27 AL A-39.8 AL 14 DE MAYO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 588 Y DEL A-40 AL A-50.15 AL 21 DE MAYO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 589 AL 735 Y DEL A-51 AL A-61.22 AL 28 DE MAYO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 736 AL 882 Y DEL A-62 AL A-73.29 MAYO AL 4 DE JUNIO . . . . . . . . . . . . . . . . . 883 AL 1029 Y DEL A-75 AL A-86.5 AL 11 DE JUNIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1030 AL 1176 Y DEL A-87 AL A-98.12 AL 18 DE JUNIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1177 AL 1324 Y DEL A-99 AL A-109.19 AL 25 DE JUNIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 AL 147 Y DEL A-2 AL A-15.26 JUNIO AL 2 DE JULIO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 148 AL 294 Y DEL A-16 AL A-26.3 AL 9 DE JULIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 295 AL 441 Y DEL A-27 AL A-39.

COCHE DE APOYO

VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 254 AL 294 Y DEL A-16 AL A-26SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 148 AL 200DOMINGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 201 AL 253

10 AL 16 DE JULIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 588 Y DEL A-40 AL A-50.

COCHES DE APOYO

VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 402 AL441 Y DEL A-27 AL A-39SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 295 AL 348DOMINGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 349 AL 401

17 AL 23 DE JULIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 589 AL 735 Y DEL A-51 AL A-61.

COCHES DE APOYO

VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 548 AL 588 Y DEL A-40 AL A-50SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 494DOMINGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 495 AL 547

24 AL 30 DE JULIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 736 AL 882 Y DEL A-62 AL A-73.

COCHES DE APOYO

VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 695 AL 735 Y DEL A-51 AL A-61SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 589 AL 641DOMINGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 642 AL 694

31 JULIO AL 6 DE AGOSTO . . . . . . . . . . . . . . . . 883 AL 1029 Y DEL A-75 AL A-86.

COCHES DE APOYO

VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 842 AL 882 Y DEL A-62 AL A-73SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 736 AL 788DOMINGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 789 AL 841

7 AL 13 DE AGOSTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1030 AL 1176 Y DEL A-87 AL A-98

COCHES DE APOYO

VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 989 AL 1029 Y DEL A-75 AL A-86SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 883 AL 935DOMINGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 936 AL 988

14 AL 20 DE AGOSTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1177 AL 1324 Y DEL A-99 AL A-109.

COCHES DE APOYO

VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1136 AL 1176 Y DEL A-87 AL A-98SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1030 AL 1082DOMINGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1083 AL 1135

21 AL 27 DE AGOSTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 AL 147 Y DEL A-2 AL A-15.

COCHES DE APOYO

VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1283 AL 1324 Y DEL A-99 AL A-109SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1177 AL 1229DOMINGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1230 AL 1282

28 AGOSTO AL 3 DE SEPTIEMBRE . . . . . . . . . 148 AL 294 Y DEL A-16 AL A-26.

COCHES DE APOYO

VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 109 AL 147 Y DEL A-2 AL A-15SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 AL 54DOMINGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55 AL 108

4 AL 10 DE SEPTIEMBRE. . . . . . . . . . . . . . . . . . 295 AL 441 Y DEL A-27 AL A-39.11 AL 17 DE SEPTIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 588 Y DEL A-40 AL A-50.18 AL 24 DE SEPTIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . 589 AL 735 Y DEL A-51 AL A-61.25 SEPTIEMBRE AL 1 DE OCTUBRE . . . . . . . . 736 AL 882 Y DEL A-62 AL A-73.2 AL 8 DE OCTUBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 883 AL 1029 Y DEL A-75 AL A-86.9 AL 15 DE OCTUBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1030 AL 1176 Y DEL A-87 AL A-98.16 AL 22 DE OCTUBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1177 AL 1324 Y DEL A-99 AL A-109.

23 AL 29 DE OCTUBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 AL 147 Y DEL A-2 AL A-15.30 OCTUBRE AL 5 DE NOVIEMBRE . . . . . . . . 148 AL 294 Y DEL A-16 AL A-26.6 AL 12 DE NOVIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . 295 AL 441 Y DEL A-27 AL A-39.13 AL 19 DE NOVIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 588 Y DEL A-40 AL A-50.20 AL 26 DE NOVIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . 589 AL 735 Y DEL A-51 AL A-61.27 NOVIEMBRE AL 3 DE DICIEMBRE . . . . . . 736 AL 882 Y DEL A-62 AL A-73.4 AL 10 DE DICIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 883 AL 1029 Y DEL A-75 AL A-86.11 AL 17 DE DICIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1030 AL 1176 Y DEL A-87 AL A-98.18 AL 24 DE DICIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1177 AL 1324 Y DEL A-99 AL A-109.25 AL 31 DE DICIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 AL 147 Y DEL A-2 AL A-15.1 ENERO AL 7 ENERO 2007 . . . . . . . . . . . . . . . . 148 AL 294 Y DEL A-16 AL A-26.8 ENERO AL 14 ENERO 2007 . . . . . . . . . . . . . . . 295 AL 441 Y DEL A-27 AL A-39.15 AL 21 ENERO 2007 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 588 Y DEL A-40 AL A-50.22 AL 28 ENERO 2007 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 589 AL 735 Y DEL A-51 AL A-61.29 ENERO AL 4 FEBRERO 2007 . . . . . . . . . . . . 736 AL 882 Y DEL A-62 AL A-73.5 AL 11 FEBRERO 2007. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 883 AL 1029 Y DEL A-75 AL A-86.12 AL 18 FEBRERO 2007. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1030 AL 1176 Y DEL A-87 AL A-98.19 AL 25 FEBRERO 2007. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1177 AL 1324 Y DEL A-99 AL A-109.26 FEBRERO AL 4 MARZO 2007 . . . . . . . . . . . . 1 AL 147 Y DEL A-2 AL A-15.

A N E X O I I

Turnos de parada en el Aeropuerto de Málaga Terminal T-1. Ejercicio 2006

02 ENERO AL 8 DE ENERO. . . . . . . . . . . . . . . . . 295 AL 441 Y DEL A-27 AL A-39LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 347 AL 357 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 358 AL 368 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 295 AL 304 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-27 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 305 AL 314 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-28 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 315 AL 324 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-29 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 325 AL 335 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-30 (12)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 336 AL 346 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-31 (12)

9 ENERO AL 15 ENERO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 588 Y DEL A-40 AL A-50LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 494 AL 504 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 505 AL 515 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 451 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-40 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 452 AL 461 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-41 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 462 AL 471 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A- 42 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 472 AL 482 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-43 (12)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 483 AL 493 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-44 (12)

16 ENERO AL 22 ENERO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 589 AL 735 Y DEL A-51 AL A-61LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 641 AL 651 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 652 AL 662 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 589 AL 598 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-51 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 599 AL 608 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-52 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 609 AL 618 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-53 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 619 AL 629 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-54 (12)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 630 AL 640 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)

23 ENERO AL 29 ENERO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 736 AL 882 Y DEL A-62 AL A-73LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 788 AL 798 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-62 (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 799 AL 809 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-63 (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 736 AL 745 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-64 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 746 AL 755 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-65 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 756 AL 765 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A- 66 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 766 AL 776 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-67 (12)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 777 AL 787 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-68 (12)

30 ENERO AL 5 FEBRERO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 883 AL 1029 Y DEL A-75 AL A-86LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 935 AL 945 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 946 AL 956 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 883 AL 892 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-75 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 893 AL 902 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-76 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 903 AL 912 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-77 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 913 AL 923 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-78 (12)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 924 AL 934 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-79 (12)

06 FEBRERO AL 12 FEBRERO . . . . . . . . . . . . . . . 1030 AL 1176 Y DEL A-87 AL A-98LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1082 AL 1092 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1093 AL 1103 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1030 AL 1039 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-87 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 104 AL 1049 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-88 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1050 AL 1059 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-89 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1060 AL 1070 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-90 (12)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1071 AL 1081. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-91 (12)

13 FEBRERO AL 19 FEBRERO . . . . . . . . . . . . . . . 1177 AL 1324 Y DEL A-99 AL A-109LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1303 AL 1313 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1314 AL 1324 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1251 AL 1260 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-105 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 126 AL 1270 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-106 (11)

Page 47: Convenio Construccion Malaga 2006

Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 47#

VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 127 AL 1280 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A- 107 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 128 AL 1291 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-108 (12)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 129 AL 1302 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-109 (12)

20 FEBRERO AL 26 FEBRERO . . . . . . . . . . . . . . . 1 AL 147 Y DEL A-2 AL A-15LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 126 AL 136 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 AL 147 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 AL 84 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-11 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 85 AL 94 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-12 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 95 AL 104 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-13 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 105 AL 114 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-14 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 115 AL.125 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-15 (12)

27 FEBRERO AL 5 MARZO . . . . . . . . . . . . . . . . . 148 AL 294 Y DEL A-16 AL A-26LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 284 AL 294 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 222 AL 231 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-21 (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 232 AL 241 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-22 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 242 AL 251 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-23 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 252 AL 261 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-24 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26 AL 272 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-25 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 273 AL 283 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-26 (12)

6 AL 12 MARZO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 295 AL 441 Y DEL A-27 AL A-39LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 420 AL 430 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-39 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 431 AL 441 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 369 AL 378 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-33 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 379 AL 388 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-34 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 389 AL 398 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-35 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 399 AL 408 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-36 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 409 AL 419 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-37 (12)

13 AL 19 MARZO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 588 Y DEL A-40 AL A-50LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 567 AL 577 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-50 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 578 AL 588 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51 AL 525 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-45 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 526 AL 535 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-46 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 536 AL 545 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-47 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 546 AL 555 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-48 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 556 AL 566 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-49 (12)

20 AL 26 MARZO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 589 AL 735 Y DEL A-51 AL A-61LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 714 AL 724 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-60 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 725 AL 735 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-61 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 663 AL 672 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-55 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 673 AL 682 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-56 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 683 AL 692 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-57 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 693 AL 702 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-58 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 703 AL 713 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-59 (12)

27 MARZO AL 2 ABRIL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 736 AL 882 Y DEL A-64 AL A-73LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 86 AL 871 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 872 AL 882 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 810 AL 819 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-69 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 820 AL 829 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-70 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 830 AL 839 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-71 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 840 AL 849 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-72 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 850 AL 860 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-73 (12)

3 AL 9 ABRIL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 883 AL 1029 Y DEL A-75 AL A-86LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1008 AL 1018 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-86 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1019 AL 1029 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 957 AL 966 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-80 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 967 AL 976 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-81 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 977 AL 986 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-82 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 987 AL 996 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-84 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 997 AL 1007 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-85 (12)

10 AL 16 ABRIL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1030 AL 1176 Y DEL A-87 AL A-98LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1155 AL 1165 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-98 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1166 AL 1176 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1104 AL 1113. . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-92 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1114 AL 1123. . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-93 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1124 AL 1133 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-94 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1134 AL 1143 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-95 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 114 AL 1154 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-96 (12)

17 AL 23 ABRIL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1177 AL 1324 Y DEL A-99 AL A-109LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1218 AL 1228 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-103 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1229 AL 1239 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-104 (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1240 AL 1250 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1177 AL 1186 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A- 99 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1187 AL 1196 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-100 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1197 AL 1206 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-101 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1207 AL 1217 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-102 (12)

24 AL 30 ABRIL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 AL 147 Y DEL A-2 AL A-15LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42 AL 52 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-10 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53 AL 63 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 64 AL 74 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 AL 10 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-2 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 AL 20 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-4 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 AL 30 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-7 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 AL 41 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-9 (12)

1 MAYO AL 7 MAYO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 148 AL 294 Y DEL A-16 AL A-26LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 189 AL 199 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-20 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200 AL 210 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 211 AL 221 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 148 AL 157 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-16 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 158 AL 167 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-17 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 168 AL 177 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-18 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 178 AL 188 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-19 (12)

8 MAYO AL 14 MAYO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 295 AL 441 Y DEL A-27 AL A-39LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 336 AL 346 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-31 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 347 AL 357 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 358 AL 368 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 295 AL 304 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-27 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 305 AL 314 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-28 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 315 AL 324 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-29 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 325 AL 335 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-30 (12)

15 MAYO AL 21 MAYO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 588 Y DEL A-40 AL A-50LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 483 AL 493 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-44 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 494 AL 504 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 505 AL 515 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 451 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-40 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 452 AL 461 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-41 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 462 AL 471 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-42 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 472 AL 482 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-43 (12)

22 MAYO AL 28 MAYO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 589 AL 735 Y DEL A-51 AL A-61LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 630 AL 640 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 641 AL 651 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 652 AL 662 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 589 AL 598 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-51 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 599 AL 608 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-52 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 609 AL 618 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-53 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 619AL 629. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-54 (12)

29 MAYO AL 4 JUNIO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 736 AL 882 Y DEL A-62 AL A-73LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 777 AL 787 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-68 (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 788 AL 798 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-62 (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 799 AL 809 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-63 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 736 AL 745 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-64 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 746 AL 755 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-65 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 756 AL 765 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-66 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 766 AL 776 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-67 (12)

5 JUNIO AL 11 JUNIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 883 AL 1029 Y DEL A-75 AL A-86LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 924 AL 934 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-79 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 935 AL 945 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 946 AL 956 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 883 AL 892 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-75 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 893 AL 902 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-76 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 903 AL 912 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-77 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 913 AL 923 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-78 (12)

12 AL 18 JUNIO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1030 AL 1176 Y DEL A-87 AL A-98LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1071 AL 1081 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-91 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1082 AL 1092 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1093 AL 1103 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1030 AL 1039 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-87 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1040 AL 1049 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-88 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1050 AL 1059 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-89 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1060 AL 1070 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-90 (12)

19 AL 25 JUNIO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1177 AL 1324 Y DEL A-99 AL A-109LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1292 AL 1302 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-109 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1303 AL 1313 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1314 AL 1324 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1251 AL 1260 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-105 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1261 AL 1270 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-106 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1271 AL 1280 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-107 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1281 AL 1291 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-108 (12)

26 JUNIO AL 2 JULIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 AL 147 Y DEL A-2 AL A-15LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 115 AL 125 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-15 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 126 AL 136 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 137 AL 147 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75 AL 84 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-11 (11)

Page 48: Convenio Construccion Malaga 2006

Página 48 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 85 AL 94 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-12 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 95 AL 104 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-13 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 105 AL 114 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-14 (11)

3 JULIO AL 9 JULIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 148 AL 294 Y DEL A-16 AL A-26LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 273 AL 283 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-26 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 284 AL 294 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 222 AL 231 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-21 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 232 AL 241 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-22 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 242 AL 251 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-23 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 252 AL 261 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-24 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 262 AL 272 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-25 (11)

10 JULIO AL 16 JULIO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 295 AL 441 Y DEL A-27 AL A-39LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 409 AL 419 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-37 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 420 AL 430 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-39 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 431 AL 441 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 369 AL 378 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-33 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 379 AL 388 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-34 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 389 AL 398 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-35 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 399 AL 408 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-36 (11)

17 JULIO AL 23 JULIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 588 Y DEL A-40 AL A-50LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 556 AL 566 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-49 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 567 AL 577 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-50 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 578 AL 588 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 516 AL 525 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-45 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 526 AL 535 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-46 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 536 AL 545 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-47 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 546 AL 555 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-48 (11)

24 JULIO AL 30 JULIO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 589 AL 735 Y DEL A-51 AL A-61LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 703 AL 713 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-59 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 714 AL 724 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-60 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 725 AL 735 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-61 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 663 AL 672 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-55 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 673 AL 682 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-56 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 683 AL 692 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-57 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 693 AL 702 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-58 (11)

31 JULIO AL 6 AGOSTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 736 AL 882 Y DEL A-62 AL A-73LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 850 AL 860 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-73 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 861 AL 871 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 872 AL 882 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 810 AL 819 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-69 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 820 AL 829 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-70 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 830 AL 839 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-71 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 840 AL 849 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-72 (11)

7 AGOSTO AL 13 AGOSTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 883 AL 1029 Y DEL A-75 AL A-86

LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 997 AL 1007 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-85 (12)

MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1008 AL 1018 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-86 (12)

MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1019 AL 1029 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)

JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 957 AL 966 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-80 (11)

VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 967 AL 976 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A- 81 (11)

SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 977 AL 986 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-82 (11)

DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 987 AL 996 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-84 (11)

14 AGOSTO AL 20 AGOSTO . . . . . . . . . . . . . . . . . 1030 AL 1176 Y DEL A-87 AL A-98

LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1144 AL 1154 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-96 (12)

MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1155 AL 1165 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-98 (12)

MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1166 AL 1176 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)

JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1104 AL 1113. . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-92 (11)

VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1114 AL 1123. . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-93 (11)

SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1124 AL 1133 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-94 (11)

DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1134 AL 1143 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-95 (11)

21 AGOSTO AL 27 AGOSTO . . . . . . . . . . . . . . . . 1177 AL 1324 Y DEL A-99 AL A-109

LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1207 AL 1217 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-102 (12)

MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1218 AL 1228 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-103 (12)

MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1229 AL 1239 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-104 (11)

JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1240 AL 1250 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)

VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1177 AL 1186 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-99 (11)

SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1187 AL 1196 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-100 (11)

DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1197 AL 1206 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-101 (11)

28 AGOSTO AL 3 SEPTIEMBRE . . . . . . . . . . . . . 1 AL 147 Y DEL A-2 AL A-15LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 AL 41 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-9 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42 AL 52 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-10 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53 AL 63 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 64 AL 74 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 AL 10 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-2 (11)

SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 AL 20 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-4 (11)

DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 AL 30 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-7 (11)

4 AL 10 SEPTIEMBRE. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 148 AL 294 Y DEL A-16 AL A-26LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 178 AL 188 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-19 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 189 AL 199 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-20 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200 AL 210 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 211 AL 221 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 148 AL 157 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-16 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 158 AL 167 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-17 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 168 AL 177 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-18 (11)

11 AL 17 SEPTIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 295 AL 441 Y DEL A-27 AL A-39LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 325 AL 335 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-30 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 336 AL 346 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-31 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 347 AL 357 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35 AL 368 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29 AL 304 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-27 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 305 AL 314 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-28 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 315 AL 324 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-29 (11)

18 AL 24 SEPTIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 588 Y DEL A-40 AL A-50LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 472 AL 482 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-43 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 483 AL 493 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-44 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 494 AL 504 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 505 AL 515 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 451 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-40 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 452 AL 461 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-41 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 462 AL 471 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-42 (11)

25 SEPTIEMBRE AL 1 OCTUBRE . . . . . . . . . . . . 589 AL 735 Y DEL A-51 AL A-61LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 619 AL 629 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-54 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 630 AL 640 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 641 AL 651 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 652 AL 662 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 589 AL 598 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-51 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 599 AL 608 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-52 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 609 AL 618 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-53 (11)

2 OCTUBRE AL 8 OCTUBRE . . . . . . . . . . . . . . . . 736 AL 882 Y DEL A-62 AL A-73LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 766 AL 776 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-67 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 777 AL 787 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-68 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 788 AL 798 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-62 (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 799 AL 809 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-63 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 736 AL 745 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-64 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 746 AL 755 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-65 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 756 AL 765 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-66 (11)

9 OCTUBRE AL 15 OCTUBRE . . . . . . . . . . . . . . . 883 AL 1029 Y DEL A-75 AL A-86LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 913 AL 923 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-78 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 924 AL 934 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-79 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 935 AL 945 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 946 AL 956 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 883 AL 892 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-75 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 893 AL 902 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-76 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 903 AL 912 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-77 (11)

16 OCTUBRE AL 22 OCTUBRE . . . . . . . . . . . . . . 1030 AL 1176 Y DEL A-87 AL A-98LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1060 AL 1070 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-90 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1071 AL 1081 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-91 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1082 AL 1092 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1093 AL 1103 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1030 AL 1039 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-87 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1040 AL 1049 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-88 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1050 AL 1059 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-89 (11)

23 OCTUBRE AL 29 OCTUBRE . . . . . . . . . . . . . . 1177 AL 1324 Y DEL A-99 AL A-109LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1281 AL 1291 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-108 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1292 AL 1302 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-109 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1303 AL 1313 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1314 AL 1324 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1251 AL 1260 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-105 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1261 AL 1270 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-106 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1271 AL 1280 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-107 (11)

30 OCTUBRE AL 5 NOVIEMBRE. . . . . . . . . . . . . 1 AL 147 Y DEL A-2 AL A-15LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 105 AL 114 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-14 (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 AL 125 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-15 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12 AL 136 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 137 AL 147 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75 AL 84 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-11 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 85 AL 94 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-12 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 95 AL 104 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-13 (11)

6 AL 12 NOVIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 148 AL 294 Y DEL A-16 AL A-26LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 262 AL 272 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-25 (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 273 AL 283 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-26 (12)

Page 49: Convenio Construccion Malaga 2006

Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 49#

MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 284 AL 294 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 222 AL 231 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-21 (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 232 AL 241 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-22 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 242 AL 251 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-23 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 252 AL 261 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-24 (11)

13 AL 19 NOVIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 295 AL 441 Y DEL A-27 AL A-39LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39 AL 408 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-36 (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 409 AL 419 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-37 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 420 AL 430 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-39 (12)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 431 AL 441 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 369 AL 378 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-33 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 379 AL 388 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-34 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 389 AL 398 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-35 (11)

20 AL 26 NOVIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 588 Y DEL A-40 AL A-50LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 546 AL 555 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-48 (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 556 AL 566 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-49 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 567 AL 577 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-50 (12)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 578 AL 588 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 516 AL 525 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-45 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 526 AL 535 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-46 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 536 AL 545 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-47 (11)

27 NOVIEMBRE AL 3 DICIEMBRE . . . . . . . . . . . 589 AL 735 Y DEL A-51 AL A-61LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 693 AL 702 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-58 (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 703 AL 713 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-59 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 714 AL 724 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-60 (12)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 725 AL 735 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-61 (12)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 663 AL 672 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-55 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 673 AL 682 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-56 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 683 AL 692 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-57 (11)

4 AL 10 DICIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 736 AL 882 Y DEL A-64 AL A-73LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 840 AL 849 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-72 (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 850 AL 860 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-73 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 86 AL 871 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 872 AL 882 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 810 AL 819 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-69 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 820 AL 829 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-70 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 830 AL 839 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-71 (11)

11 AL 17 DICIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 883 AL 1029 Y DEL A-75 AL A-86LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 987 AL 996 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-84 (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 997 AL 1007 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-85 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1008 AL 1018 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-86 (12)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1019 AL 1029 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 95 AL 966 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-80 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 967 AL 976 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-81 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 977 AL 986 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-82 (11)

18 AL 24 DICIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1030 AL 1176 Y DEL A-87 AL A-98LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1134 AL 1143 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-95 (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1144 AL 1154 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-96 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1155 AL 1165 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-98 (12)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1166 AL 1176 . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1104 AL 1113. . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-92 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1114 AL 1123. . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-93 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1124 AL 1133 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-94 (11)

25 AL 31 DICIEMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1177 AL 1324 Y DEL A-99 AL A-109LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1207 AL 1217 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-102 (12)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1218 AL 1228 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-103 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 122 AL 1239 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-104 (12)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 124 AL 1250 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1177 AL 1186 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-99 (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1187 AL 1196 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-100 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1197 AL 1206 . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-101 (11)

1 ENERO AL 7 ENERO 2007 . . . . . . . . . . . . . . . . 1 AL 147 Y DEL A-2 AL A-15LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 AL 30 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-7 (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 AL 41 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-9 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42 AL 52 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-10 (12)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53 AL 63 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 64 AL 74 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 AL 10 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-2 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 AL 20 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-4 (11)

8 ENERO AL 14 ENERO 2007 . . . . . . . . . . . . . . . 148 AL 294 Y DEL A-16 AL A-26LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 168 AL 177 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-18 (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 178 AL 188 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-19 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18 AL 199 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-20 (12)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200 AL 210 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 211 AL 221 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 148 AL 157 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-16 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 158 AL 167 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-17 (11)

15 ENERO AL 21 ENERO 2007 . . . . . . . . . . . . . . 295 AL 441 Y DEL A-27 AL A-39LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 315 AL 324 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-29 (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 325 AL 335 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-30 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 336 AL 346 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-31 (12)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 347 AL 357 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 358 AL 368 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 295 AL 304 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-27 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 305 AL 314 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-28 (11)

22 ENERO AL 28 ENERO 2007 . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 588 Y DEL A-40 AL A-50LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 462 AL 471 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-42 (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 472 AL 482 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-43 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 483 AL 493 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-44 (12)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 494 AL 504 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 505 AL 515 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 442 AL 451 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-40 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 452 AL 461 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-41 (11)

29 ENERO AL 4 FEBRERO 2007 . . . . . . . . . . . . . 589 AL 735 Y DEL A-51 AL A-61LUNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 609 AL 618 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-53 (11)MARTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 619 AL 629 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-54 (12)MIÉRCOLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 630 AL 640 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)JUEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 641 AL 651 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)VIERNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 652 AL 662 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (11)SÁBADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 589 AL 598 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-51 (11)DOMINGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 599 AL 608 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A-52 (11)

4 1 9 3 /0 6££ D

M Á L A G A

Área de Organización, Personal y Calidad de los Servicios

A n u n c i o

De conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/1985,Reguladora de las Bases del Régimen Local, se somete a exposiciónpública, durante los treinta días hábiles siguientes a la publicación delpresente anuncio, el acuerdo adoptado por el Pleno Municipal ensesión ordinaria de 30 de marzo, por el que se aprueba inicialmente laOrdenanza Reguladora de la Prestación Telemática de Servicios Públi-cos y el Registro Telemático del Excmo. Ayuntamiento de Málaga.

Dentro del mencionado plazo de treinta días, los interesadospodrán examinar el texto citado en las de dependencias del Servicio deAtención Integral al Ciudadano, sitas en la en la calle Fernández Fer-mina, 4 bajo, y en la página web del Ayuntamiento http://www.ayto-malaga.es y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Málaga, 5 de abril de 2006.La Teniente de Alcalde Delegada de Organización, Personal y

Calidad de los Servicios, firmado: Carolina España Reina.4 2 6 6 /0 6

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M Á L A G A

Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e InfraestructurasDepartamento de Planeamiento y Gestión Urbanística

Ejecución del Planeamiento

E d i c t o

Expediente: Proyecto de reparcelación 314/05 (197)Solicitante: Atycón, S.L.Representante: Francisco Valverde GonzálezSituación: UE-LO.2 “Río Gargálica” U.E.-3.Asunto: Edicto acuerdo aprobación del proyecto de reparcelación

por compensación.

Por el Consejo de Administración de la Gerencia Municipal deUrbanismo de fecha 22 de marzo de 2006, se adoptó, entre otros, elsiguiente acuerdo:

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Página 50 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

«Asunto: Propuesta de aprobación del Proyecto de ReparcelaciónUE-LO.2 “Río Gargálica” UE-3.

1.º Aprobar el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecu-ción 3 de la UE-LO.2 “Río Gargálica”, conforme al texto fechado el28 de septiembre de 2005 presentado en Registro de Entrada de Docu-mentos con la fecha 30 de noviembre del mismo año y consecuente-mente la Indemnización Económica Sustitutoria propuesta.

2.º Aceptar expresamente los terrenos de cesión obligatoria y gra-tuita que resultan del Proyecto de Reparcelación, los cuales debenresultar libres de cargas y gravámenes.

3.º Requerir a la entidad Atycón, Sociedad Limitada, para que en elplazo máximo improrrogable de diez días a contar desde la notifica-ción del presente acuerdo proceda al abono en la cuenta de la GerenciaMunicipal de Urbanismo, de la Indemnización Económica Sustitutoriaa favor del Excmo. Ayuntamiento por un importe de 427.634,77 €.

4.º Disponer que por esta Gerencia Municipal de Urbanismo,Obras e Infraestructuras se proceda a realizar el ingreso de la cantidad14.721,61 €, en la cuenta que el promotor del expediente designe alefecto, en concepto de Compensación Interpoligonal a favor de la Uni-dad de Ejecución 3 de la UE-LO.2 “Río Gargálica”.

Significar que en cumplimiento del punto 3.º anterior se podrácompensar esta cantidad a percibir por la mercantil Atycón, SociedadLimitada, promotora del expediente, mediante el ingreso de412.913,16 €, si perjuicio de los ajustes contables oportunos.

5.º Disponer que, una vez se haya cumplimentado el acuerdo 3.ºprecedente y sea firme en vía administrativa el acuerdo aprobatorio, elpromotor del expediente, con motivo de las alteraciones acaecidas enlos inmuebles resultantes del Proyecto de Reparcelación, y de confor-midad con lo dispuesto por los artículos 13 y 36 del vigente TextoRefundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el RealDecreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, deberá aportar soportemagnético –en formato CD– que contenga los planos a escala corres-pondientes a la descripción física y gráfica de las fincas resultantes ycuadro resumen de las mismas con indicación de sus titulares, califica-ción urbanística y techos edificables.

6.º Disponer que, una vez se haya cumplimentado el acuerdo . pre-cedente y sea firme en vía administrativa el acuerdo aprobatorio, seentregue certificación del presente acuerdo, junto a dos copias autenti-cadas del Proyecto de Reparcelación aprobado al promotor del expe-diente para su inscripción en el Registro de la Propiedad, o elevación apúblico en su caso, quedando obligado a aportar a esta Administracióncopia inscrita del mismo, extremo que deberá estar cumplimentado enun plazo de seis meses a contar a partir de la presente aprobación delproyecto.

7.º Disponer la publicación de la parte dispositiva del presenteacuerdo en el BOP, de conformidad con lo dispuesto en el art. 101 dela LOUA 7/02 de 17 de diciembre.

8.º Facultar al señor Vicepresidente del Consejo de Administraciónde esta Gerencia, o persona en quien delegue, para la firma de cuantosdocumentos públicos o privados fuesen necesarios hasta la inscripcióndel Proyecto en el Registro de la Propiedad.

9.º Dar traslado de los acuerdos precedentes al Servicio Económi-co significándole expresamente que proceda a iniciar el procedimientode abono referido en el acuerdo 4.º precedente».

El informe que sirve de propuesta a estos acuerdos, así como elresto del expediente administrativo, se encuentra a disposición dequien desee consultarlo, en el Departamento de Planeamiento y Ges-tión Urbanística de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras eInfraestructura, Servicio de Ejecución del Planeamiento.

Lo que se publica para general conocimiento y efectos, comuni-cando que contra el acuerdo transcrito, acto que es definitivo en víaadministrativa, podrá interponer, en el plazo de un mes, recurso potes-tativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, o bien, inter-poner directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzga-do de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses conta-dos desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto,

advirtiéndole, que en el primer caso, no se podrá interponer recursocontencioso-administrativo hasta que no sea resuelto expresamente ose haya producido la desestimación presunta del recurso de reposicióninterpuesto, por el transcurso del plazo de un mes sin notificación desu resolución expresa, en cuyo caso el plazo para interponer el recursocontencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel enque se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de repo-sición, o en que éste deba entenderse presuntamente desestimado, con-forme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común según redacción modificada por la Ley4/1999 de 13 de enero, y artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio,reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello seadvierte, sin perjuicio que el interesado pueda ejercitar cualquier otrorecurso que estime procedente.

Málaga, 3 de abril de 2006.El Gerente de Urbanismo, Obras e Infraestructuras, firmado: Javier

Gutiérrez Sordo.4 4 4 8 /0 6

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M Á L A G A

Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e InfraestructurasDepartamento de Planeamiento y Gestión Urbanística

Ejecución del Planeamiento

E d i c t o

Expediente: Proyecto de reparcelación 315/05 (198).Solicitante: Atycón, Sociedad Limitada.Representante: Don Francisco Valverde GonzálezSituación: UE-LO.2 “Río Gargálica” UE-2.Asunto: Edicto acuerdo aprobación del proyecto de reparcelación

por compensación.

Por el Consejo de Administración de la Gerencia Municipal deUrbanismo de fecha 22 de marzo de 2006, se adoptó, entre otros, elsiguiente acuerdo:

«Asunto. Propuesta de aprobación del proyecto de reparcelaciónUE-LO.2 “Río Gargálica” U.E.-2.

1.º Aprobar el proyecto de reparcelación de la Unidad de Ejecu-ción 2 de la UE-LO.2 “Río Gargálica”, conforme al texto fechado el28 de septiembre de 2005, presentado en Registro de Entrada deDocumentos con la fecha 30 de noviembre del mismo año y, conse-cuentemente, la indemnización económica sustitutoria propuesta.

2.º Aceptar expresamente los terrenos de cesión obligatoria y gra-tuita que resultan del proyecto de reparcelación, los cuales debenresultar libres de cargas y gravámenes.

3.º Requerir a la entidad Atycón, Sociedad Limitada para que, enel plazo máximo improrrogable de diez días a contar desde la notifica-ción del presente acuerdo, proceda al abono en la cuenta de la Geren-cia Municipal de Urbanismo de la indemnización económica sustituto-ria a favor del Excmo. Ayuntamiento, por un importe de 492.806,57euros.

4.º Disponer que por esta Gerencia Municipal de Urbanismo,Obras e Infraestructuras se proceda a realizar el ingreso de la cantidad97.820,95 euros, en la cuenta que el promotor del expediente designeal efecto, en concepto de compensación interpoligonal a favor de laUnidad de Ejecución 2 de la UE-LO.2 “Río Gargálica”.

Significar que en cumplimiento del punto 3.º anterior se podrácompensar esta cantidad a percibir por la mercantil Atycón, SociedadLimitada, promotora del expediente, mediante el ingreso de394.985,62 euros, si perjuicio de los ajustes contables oportunos.

5.º Disponer que, una vez se haya cumplimentado el acuerdo 3.ºprecedente y sea firme en vía administrativa el acuerdo aprobatorio, el

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Número 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Página 51#

promotor del expediente, con motivo de las alteraciones acaecidas enlos inmuebles resultantes del Proyecto de Reparcelación, y de confor-midad con lo dispuesto por los artículos 13 y 36 del vigente TextoRefundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el RealDecreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, deberá aportar soportemagnético –en formato CD– que contenga los planos a escala corres-pondientes a la descripción física y gráfica de las fincas resultantes ycuadro resumen de las mismas con indicación de sus titulares, califica-ción urbanística y techos edificables.

6.º Disponer que, una vez se haya cumplimentado el acuerdo 3.ºprecedente y sea firme en vía administrativa el acuerdo aprobatorio, seentregue certificación del presente acuerdo, junto a dos copias autenti-cadas del proyecto de reparcelación aprobado, al promotor del expe-diente, para su inscripción en el Registro de la Propiedad, o elevacióna público, en su caso, quedando obligado a aportar a esta Administra-ción copia inscrita del mismo, extremo que deberá estar cumplimenta-do en un plazo de seis meses a contar a partir de la presente aproba-ción del proyecto.

7.º Disponer la publicación de la parte dispositiva del presenteacuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lodispuesto en el art. 101 de la LOUA 7/02, de 17 de diciembre.

8.º Facultar al señor Vicepresidente del Consejo de Administraciónde esta Gerencia, o persona en quien delegue, para la firma de cuantosdocumentos públicos o privados fuesen necesarios hasta la inscripcióndel proyecto en el Registro de la Propiedad.

9.º Dar traslado de los acuerdos precedentes al Servicio Económi-co, significándole expresamente que proceda a iniciar el procedimien-to de abono referido en el acuerdo 4.º precedente».

El informe que sirve de propuesta a estos acuerdos, así como elresto del expediente administrativo, se encuentra a disposición dequien desee consultarlo, en el Departamento de Planeamiento y Ges-tión Urbanística de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras eInfraestructura, Servicio de Ejecución del Planeamiento.

Lo que se publica para general conocimiento y efectos, comuni-cando que contra el acuerdo transcrito, acto que es definitivo en víaadministrativa, podrá interponer, en el plazo de un mes, recurso potes-tativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, o bien interpo-ner directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contadosdesde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, advir-tiéndole que, en el primer caso, no se podrá interponer recurso conten-cioso-administrativo hasta que no sea resuelto expresamente o se hayaproducido la desestimación presunta del recurso de reposición inter-puesto, por el transcurso del plazo de un mes sin notificación de suresolución expresa, en cuyo caso el plazo para interponer el recursocontencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel enque se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de repo-sición, o en que este deba entenderse presuntamente desestimado, con-forme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, según redacción modificada por la Ley4/1999, de 13 de enero, y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todoello se advierte, sin perjuicio que el interesado pueda ejercitar cual-quier otro recurso que estime procedente.

Málaga, 3 de abril de 2006.El Gerente de Urbanismo, Obras e Infraestructuras, firmado:

Javier Gutiérrez Sordo.4 4 4 9 /0 6

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M I J A S

E d i c t o

Mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local defecha 24 de marzo de 2006, se ha procedido a la aprobación inicial del

estudio de detalle de parcela en el sector SUP. C-4 (RT) “Finca Cala-honda”, promovido por don Francisco Cárdenas Martínez, en rep. deResidencial Calahonda Costa, Sociedad Limitada, cuya parte resoluto-ria tiene el siguiente tenor literal:

Único: Aprobar inicialmente el estudio de detalle de parcela en elSector SUP. C-4 (RT) “Finca Calahonda”, debiendo someterse a infor-mación pública por plazo de veinte días, mediante anuncios que debe-rán insertarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en uno de los dia-rios de los de mayor difusión de la misma y tablón de anuncios, deacuerdo con lo previsto en el artículo 32.1.2.ª de la LOUA.

Lo que se hace público para general conocimiento, hallándose demanifiesto el expediente en el Departamento de Urbanismo del Ayun-tamento de Mijas, significándose que las alegaciones que deseen for-mular podrán presentarse en el Registro General de Entrada delAyuntamiento, durante el plazo de veinte días, que empezará a contara partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto yfinalizará el día que termine el plazo de la última publicación que seefectúe.

Mijas, a 5 de abril de 2006.El Alcalde (PD Decreto 27/09/05), firmado: Juan Jesús Cruz Criado.

3 6 4 6 /0 6££ D

M I J A S

E d i c t o

Mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, defecha 24 de marzo de 2006, se ha procedido a la aprobación inicial delexpediente de adaptación del Sector SUP S-20 (RT) “Alta Verde”, pro-movido por don José María García Gutiérrez, en representación deGrupo Inmobiliario Hispania-Europa, Sociedad Anónima, cuya parteresolutoria tiene el siguiente tenor literal:

Primero. Aprobar inicialmente el referido expediente de adapta-ción, debiendo someterse a información pública mediante los plazosreglamentarios.

Segundo. Antes de la aprobación definitiva deberá suprimir el ST-2,ya que no se deberá construir la EDAR. Asimismo, deberá aportarcompromiso fehaciente de conexión al PEDI.

Tercero. Teniendo en cuenta que son varios los propietarios deterrenos en el citado sector, se deberán tramitar las correspondientesbases y estatutos de actuación, constituir la Junta de Compensaciónpara su posterior inscripción en el Registro de Entidades UrbanísticasColaboradoras y presentar el proyecto de reparcelación y el de urbani-zación.

Lo que se hace público para general conocimiento, hallándose demanifiesto el expediente en el Departamento de Urbanismo delAyuntamiento de Mijas, significándose que las alegaciones que deseenformular podrán presentarse en el Registro General de Entrada delAyuntamiento, durante el plazo de veinte días, que empezará a contara partir del día siguiente del de la publicación del presente edicto yfinalizará el día que termine el plazo de la última publicación que seefectúe.

Mijas, a 5 de abril de 2006.El Alcalde (PD Decreto 27/09/05), firmado: Juan Jesús Cruz Criado.

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T O R R E M O L I N O S

Delegación de Tráfico

E d i c t o

Se notifica a los propietarios de los vehículos que se relacionan,y que se hallan depositados en las dependencias, que podrán proceder

Page 52: Convenio Construccion Malaga 2006

Página 52 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 19 de abril de 2006 Número 73#

a su retirada previo pago de los gastos que se hayan devengado a favor del Ayuntamiento por la retirada, traslado y depósito de los mismos hasta lafecha de su recuperación. Para ello dispondrán del plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este edicto en elBoletín Oficial de la Provincia.

En el supuesto de no ser retirados en el plazo establecido, se entenderá que renuncian a la propiedad de los vehículos por abandono, adqui-riendo automáticamente la misma el Ayuntamiento de Torremolinos, de conformidad con la Ley 11/1999, de abril, en materia de tráfico, la 10/1998,de 21 de abril, de Residuos, y demás normas concordantes, procediéndose a su enajenación y adjudicación mediante el procedimiento de licitaciónlegalmente establecido.

Por el contrario, si desea renunciar a la propiedad del vehículo expresamente, deberá manifestarlo por escrito, adjuntando la documentaciónque acredite fehacientemente su titularidad.

EXPEDIENTE MATRÍCULA VEHÍCULO TITULAR/ÚLTIMO DOMICILIO

998 05 MA-0542-CV NISSAN MAXIMA ABED ABDELAZIZPDTA. MANUEL ABASCAL 3 - 1 29620 TORREMOLINOS MÁLAGA

1266 05 MA-2434-AZ RENAULT COMBI BUSH DENISE ALISONEL CUARTELILLO SN 29313 VILLANUEVA DEL TRABUCO MÁLAGA

1268 05 MA-0026-Z RENAULT 25 WRIGHT DEREKURB. HIDALGA - EDF. A APTO A 1 29639 BENALMÁDENA MÁLAGA

1345 05 MA-3971-BB OPEL VECTRA CORTES CAMPOS AGUSTÍNFINCA ALDEMAR 2 29620 TORREMOLINOS MÁLAGA

1609 05 C-5413-BBJ YAMAHA YQ 50 ROGERIO CAMINO CRISTIANC/ ANTONIO MOYA FERNÁNDEZ 9 B 29620 TORREMOLINOS MÁLAGA

1729 05 C-2864-BDD SUZUKI CATANA CEBALLOS MERCEDO MELISA M.C/ ROQUEDAL 6 1 2 29620 TORREMOLINOS MÁLAGA

1791 05 C-6013-BJF VESPINO LX VALLE HEREDIA JOSÉ ANTONIOC/ BETSAIDA 2 1 A 29006 MÁLAGA

1797 05 M-4437-KN AUDI 1.8 E VIDERA GARCÍA JESÚSPASEO MARÍTIMO - EDF. CARLITA 8 B 29640 FUENGIROLA MÁLAGA

3033 05 C-9068-BHM PIAGGIO ZIP CRUZ CONDE DE BOOM MIGUELFRANCISCO DE QUEVEDO 30 29620 TORREMOLINOS MÁLAGA

3040 05 MA-2177-AY RENAULT CLIO FERNÁNDEZ MORILLA PEDROAZORÍN 5 BAJO A 29130 ALHAURÍN DE LA TORRE MÁLAGA

3215 05 MA-2017-BT NISSAN VANETTE SERRANO PÉREZ JUAN JESÚSBARTOLOMÉ ESPEJO 6 - 7 - D 29014 MÁLAGA

3290 05 MA-3521-AU FORD FIESTA MARTÍN ANTONIOCAPULINO JÁUREGUI 10 29002 MÁLAGA

3458 05 MA-4923-BM RENAULT LAGUNA ÁLVAREZ FALAGAN CARLOS IPASEO MARQUÉS ZAFRA 28 6E 29631 ARROYO DE LA MIEL - BENALMÁDENA MÁLAGA

3459 05 M-2169-FY FORD FIESTA WRIGHT RAYMONDAVD. SOROLLA 39 11A 29620 TORREMOLINOS MÁLAGA

3541 05 MA-2896-AN NISSAN BLUEBIRD DOPICO RAMÍREZ M.ª CRISTINAPALMA DEL RÍO 37 4.º B 29004 MÁLAGA

3570 05 MA-7424-BF HONDA DOMINATOR CORONADO MARTÍN C.AVD. SUEL - EDF. AJOLIN BL 4 - 7 29640 FUENGIROLA MÁLAGA

3795 05 C-0575-BCL DERBI MARTÍN GONZÁLEZ JOSÉC/ PDTA. SÁNCHEZ ROMERO 2C 29620 TORREMOLINOS MÁLAGA

3910 05 C-3992-BBX DERBI VARIANT MUÑOZ VALENZUELA ÁNGELCOSTILLA SANTA ROSALÍA 29591 STA. ROSALÍA MÁLAGA

105 06 MA-6060-CN VW GOLF PAREDES SANOJA MIGUEL A.URB. GUADALCÁNTARA II 3 - 4 C 29600 MARBELLA MÁLAGA

195 06 MA-4216-BV ROVER 218 LAINEZ FLORES MIGUEL ÁNGELC/ VICTORIA MÉRIDA PIRET 8 29004 MÁLAGA

233 06 6065-BHL VW GOLF CHARRIERE ANDRE MARCELC/ EUROSOL 11 - 2 29620 TORREMOLINOS MÁLAGA

238 06 MA-3968-AV OPEL KADETT LÓPEZ DOMINGUES ISABEL M.ªC/ JOSÉ MARÍA JAQUARD 7 - 5 29006 MÁLAGA

243 06 CA-1443-AL PEUGEOT 205 TANDE THOMPSON LILIANA C.C/ DIEGO DE ALMAGUER 1 - 3 - B 29002 MÁLAGA

452 06 MA-7684-BC CITROËN BX HOOD PAUL PETER URB GOLF TORREQUEBRADA 5 29639 BENALMÁDENA-COSTA MÁLAGA

Este edicto se publica al no haberse podido hacer efectiva la notificación al interesado en su domicilio, dando cumplimiento al artículo 59.4de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

En Torremolinos, a 24 de marzo de 2006.El Alcalde-Presidente, firmado: Pedro Fernández Montes.

3 7 9 8 /0 6££ D

O F I C I N A S

Avda. de los Guindos, 48 (Centro Cívico) - 29004 Málaga

Horario: de 9:00 a 13:30

Teléfonos: 952 06 92 79/80/81/82/83 - Fax: 952 60 38 44

Se publica todos los días, excepto sábados, domingos y festivos en el municipio de Málaga

Extracto de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Exacción de Tasaspor la Prestación de Servicio del Boletín Oficial de la Provincia,artículo 6.1, publicada en el BOP con fecha 27 de diciembre de 2005

TASA GENERAL DE INSERCIÓN DE EDICTOS

ORDINARIO URGENTE0,29 euros/palabra 0,58 euros/palabra

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA