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CONVENIO DE KYOTO Y LAS ADUNAS EN EL SIGLO XXI INTEGRANTES: AYALA QUISPE, YENNY GUILLEN CABELLO, GIULIANA YAPO TTICA, SONIA CURSO: ADMINISTRACION ADUANERA CICLO: 2012-2 DOCENTE: Dr. MIGUEL DÍAZ MATAYOSHI UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DEL CONO SUR DE LIMA

Convenio de Kyoto y Las Aduanas en El Siglo Xxi

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CONVENIO DE KYOTO Y LAS ADUNAS EN EL SIGLO XXI

INTEGRANTES: AYALA QUISPE, YENNY GUILLEN CABELLO, GIULIANA YAPO TTICA, SONIA

CURSO: ADMINISTRACION ADUANERACICLO: 2012-2

DOCENTE: Dr. MIGUEL DÍAZ MATAYOSHI

UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DEL CONO SUR DE LIMA

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CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA IMPLIFICACION Y ARMONIZACIONDE LOS REGIMENES ADUANEROS

y

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ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ADUANAS (OMA)

CONVENIO DE KYOTO 18 DE MAYO DE 1973

25 DE SETIEMBRE DE 1974

Entro en Vigor

Preparo

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ESTRUCTURA

CONVENIO DE KYOTO

CUERPO DEL CONVENIO ANEXOS GENERALES ANEXOS ESPECIFICOS

Tiene 31 Anexos que contienen normas para

la simplificación y armonización de los

regímenes aduaneros y de ciertos

procedimientos o formalidades aduaneras.

Presenta dos novedades importantes:

1. Su aceptación es obligatoria para

todas las Partes y 2. Regula las siguientes

materias distribuidas en diez

(10) Capítulos

Se refiere a un régimen aduanero o

práctica aduanera en particular, como

importación, exportación,tránsito, depósito y perfeccionamiento,

infracciones aduaneras, tratamiento de viajeros y

formalidades postales.

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OBJETIVO

El objetivo de este Convenio es mejorar la eficiencia y la eficacia de las medidas destinadas al cumplimiento

de la legislación y del control aduanero.

Por ello este Convenio proporciona las condiciones y los instrumentos principales que permitirán a las Partes Contratantes alcanzar una administración

aduanera moderna.

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FINALIDAD

El convenio de Kioto tiene por finalidad la

simplificación y la armonización de los

regímenes aduanero y las prácticas aduaneras,

de tal manera se incentiva a la participación

internacional, para alcanzar beneficios como

una mayor facilitación del comercio

internacional.

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ANEXO GENERAL

CAPITULO 1PRINCIPIOS GENERALES

1.1 Las Definiciones, las Normas y las Normas transitorias se aplicarán a los regímenes aduaneros y a las prácticas establecidas en el presente Anexo, y en la medida en que sea aplicable, a los regímenes y prácticas de los Anexos Específicos.

1.2 Las condiciones a cumplir, así como las formalidades aduaneras que se deberán llevar a cabo a los efectos de los regímenes y prácticas cubiertos por el presente Anexo y por los otros Anexos, serán establecidas en la legislación nacional y serán tan sencillas como sea posible.

1.3 La Aduana instituirá y mantendrá relaciones formales de consulta con las empresas, a fin de incrementar la cooperación y de facilitar la participación en el establecimiento de métodos de trabajo más efectivos y coherentes con las disposiciones nacionales y con los acuerdos internacionales.

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CAPITULO 2DEFINICIONES

Este capitulo hace mención a los términos o definiciones que básicamente deben ser sabidos para poder aplicar las diferentes normas aduaneras.

CONTROL BASADO EN AUDITORIA

CONTROL ADUANERO

DECLARANTE

DERECHOS E IMPUESTOS GARANTIA

RECONOCIMIENTOSDE LAS MERCANCIAS

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CAPITULO 3DESADUANAMIENTO Y OTRAS FORMALIDADES ADUANERAS

CREACIÓN DE OFICINAS ADUANERAS

DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DEL DECLARANTE

LA DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS

PRESENTACIÓN Y REGISTRO DE LA DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS

RECTIFICACIÓN O RETIRO DE LA DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS

VERIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS

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CAPITULO 4 DERECHOS E IMPUESTOS

1.- LIQUIDACIÓN Y COBRO DE DERECHOS E IMPUESTOS

La legislación nacional será quien determine el plazo acordado para la liquidación de los derechos e impuestos exigibles, así como las modalidades de pago que se podrá emplear para pagar derechos e impuestos, y el plazo dentro del cual la Aduana podrá iniciar acciones legales para el cobro de derechos e impuestos que no hayan sido pagados a la fecha de vencimiento.

2.- PAGO DIFERIDOCuando la legislación nacional autorice el pago diferido de los derechos e impuestos luego de la fecha de vencimiento, la misma determinará bajo qué condiciones se concederá la facilidad mencionada.

3.- DEVOLUCIÓN

Se compruebe que se han exigido por importe superior al previsto como consecuencia de un error en la liquidación. A mercancías importadas o exportadas que se hayan encontrado defectuosas Si el monto en cuestión es menor al monto mínimo previsto por la legislación nacional

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CAPITULO 5 GARANTIAS

El objetivo principal de la garantía es asegurar el pago de derechos e impuestos.

1.- REQUISITOS Y FORMAS DE GARANTÍANORMA 5.1La legislación nacional enumerará los casos en que se exige una garantía y especificará las formas en que ésta debe prestarse.

2.- MONTO DE LA GARANTÍANORMA 5.2Aduana determinara el monto de la garantía

3.- ELECCIÓN DE LA FORMA DE GARANTÍANorma 5.3Toda persona que deba constituir una garantía podrá elegir cualquier forma de garantía a condición que sea aceptable para la Aduana.

4.- RENUNCIA A LA GARANTÍANorma 5.4Cuando la legislación nacional lo prevea, la Aduana no exigirá una garantía cuando se encuentre convencida que el interesado cumplirá todas sus obligaciones ante ella.

5.- LIBERACIÓN DE LA GARANTÍANorma 5.7Cuando se haya presentado una garantía, la misma será liberada tan pronto como sea posible luego que la Aduana estime que las obligaciones por las que se exigió han sido debidamente cumplidas.

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CAPITULO 6

La aplicación de los controles aduaneros permitirá a la aduana:

Concentrarse en las áreas de alto riesgo, y por lo tanto, mejorar la rentabilidad de los recursos disponibles.

Detectar con mayor facilidad las infracciones y la situación irregular de comerciantes y viajeros.

Ofrecer mayores facilidades a los comerciantes y viajeros que cumplen con la ley

Acelerar la circulación de mercancías y personas.

CONTROL ADUANERO

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APLICACIÓN DE LA TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

CAPITULO 7

1. Controles2. Desaduanamiento más eficaz: 3. Aplicación uniforma de la legislación

aduanera: 4. Recaudación más eficaz: 5. Análisis de datos más eficaz: 6. Producción eficiente de estadísticas de

comercio exterior7. Mejorar calidad de dato

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RELACIONES ENTRE LA ADUANA Y TERCEROS

CAPITULO 8

Un tercero en cualquier persona que trata directamente con la aduana, por y en nombre de otra persona, con relación a la importación, exportación, transito o deposito de mercancías.

Por ejemplo:

Agentes de aduanas

Agentes de comercio exterior

Agentes de carga

Transportistas modales y multimodales

Servicios de entrega

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INFORMACIÓN, RESOLUCIONES REGLAMENTOS PROPORCIONADOS POR

LA ADUANA

CAPITULO 9

La disponibilidad de información sobre asuntos aduaneros para las personas interesadas es uno de los elementos claves a los efectos de facilitar el comercio. Esta información, puede ser general o específica.

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RECURSOS DE APELACIÓN EN MATERIA ADUANERA

CAPITULO 10

Uno de los principios generales del convenio de Kioto es que los asuntos aduaneros sean tratados de modo tranparente y justo.

Consecuentemente existe otro principio general y es que todas las personas que tratan con la aduana deben contar con la oportunidad de presentar un recurso de apelación con respecto a cualquier asunto.

“Toda persona que se encuentre directamente afectada por una resolución u omisión de la aduana, dispondrá del derecho de interponer un recurso” (norma 10.2)

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ANEXO A: Llegada de las mercancías al territorio aduanero

ANEXO B: Importación

ANEXO ESPECÍFICO

ANEXO C: Exportación

ANEXO D: Depósitos aduaneros y zonas francas

ANEXO E: Tránsito

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ANEXO F: Perfeccionamiento

ANEXO G: Admisión temporal

ANEXO H: Infracciones

ANEXO I: Regímenes especiales

ANEXO J: Origen

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ADUANAS EN EL SIGLO XXIMEJORAR EL CRECIMIENTO Y EL DESARROLLO

ATRAVÉS DE LA FACILITACIÓN DEL COMERCIO Y

LA SEGURIDAD FRONTERIZA (DOC. SP0270)

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ADUANAS EN EL SIGLO XXI

Aprobado durante las sesiones de la Comisión de Política General y del Consejo, durante junio de 2008.

Este documento ofrece una plataforma y un marco para futuras consideraciones dentro de la OMA y de las administraciones aduaneras.

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ADUANAS EN EL SIGLO XXILAS ADMINISTRACIONES ADUANERAS DEL PERÚ

Celebra su aniversario institucional cada 02 de octubre rememorando aquel histórico 02 de Octubre de 1773

Virrey don José Manuel Amat y Juniet.

El reto: priorizar la facilitación del comercio exterior como principal horizonte y norte de sus actividades de cara con el futuro.

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• 1.Aduanas mundialmente interconectada• 2 – Control coordinado de fronteras• 3 –Control de riesgo basado en inteligencia• 4 – Asociación Aduanas-Empresas• 5 –Métodos modernos de trabajo• 6 - Tecnología• 7 – Facultades esenciales• 8 – Servicio profesional• 9 – Fortalecimiento de capacidades• 10 - Integridad

10 FUNDAMENTOS DE CAPACITACIÓN PARA LA ADUANAS DEL SIGLO XXI

Page 23: Convenio de Kyoto y Las Aduanas en El Siglo Xxi

1.Aduanas mundialmente interconectada

Red aduanera mundial

que apoye el sistema de

comercio

internacional

10 FUNDAMENTOS DE CAPACITACIÓN PARA LA ADUANAS DEL SIGLO XXI

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2.Control coordinado de

fronteras

Consiste en el control de pasajeros, mercaderías y

transporte.

10 FUNDAMENTOS DE CAPACITACIÓN PARA LA ADUANAS DEL SIGLO XXI

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3. Control de riesgo basado en

inteligencia

Tiene como objetivo poder identificar y reducir el

riesgo

que se presente a nivel operacional

10 FUNDAMENTOS DE CAPACITACIÓN PARA LA ADUANAS DEL SIGLO XXI

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4. Asociación aduanas-empresas

Aduana debe comprender los intereses de las empresas así

como las empresas deben entender los requisitos de las

Aduanas.

10 FUNDAMENTOS DE CAPACITACIÓN PARA LA ADUANAS DEL SIGLO XXI

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5. Métodos modernos de trabajo

La administración aduanera tiene la tarea de

implementar el nuevo proceso de despacho

aduanero que permitirá reducir los tiempos

dedesaduanaje.

10 FUNDAMENTOS DE CAPACITACIÓN PARA LA ADUANAS DEL SIGLO XXI

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6. Tecnología

Aprovechar las nuevas tecnologías.

10 FUNDAMENTOS DE CAPACITACIÓN PARA LA ADUANAS DEL SIGLO XXI

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6. TECNOLOGÍA

“Utilización de Sistemas No Intrusivos en el Sistema Anticipado en el régimen de importación, por la Aduana Marítima del Callao”

Para las mercancías arribadas al país en contenedores, por el Terminal Portuario (ENAPU)

DESPACHO ANTICIPADO

LA ADMINISTRACIÓN ADUNERA PERUANA

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7. FACULTADES ESENCIALES

Contar con disposiciones legislativas que fortalezcan las facultades de observancia, la entrega de información avanzada y el intercambio de información nacional e internacional.

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7. FACULTADES ESENCIALES

Nuevo instrumento legal aprobado por el Decreto Legislativo N° 1053

Que le otorga nuevas y mejores facultades de fiscalización y control que de ser aplicados convenientemente

LA ADMINISTRACIÓN ADUNERA PERUANA

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8. SERVICIO

PROFESIONAL

La competencia del personal.La capacitación y la organización

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ADUANA PERUANA

El capital humano es el factor mas importante en todo proceso de cambio y

modernización aduanera

LA ADMINISTRACIÓN ADUNERA PERUANA

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9.FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES

Contar con las capacidades y habilidades del modelo operativo para poder cumplir con todas las funciones aduaneras de manera eficiente y efectiva.

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9. FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES

LA ADMINISTRACIÓN ADUNERA PERUANA

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10 . Integridad

La lucha contra la

corrupción.

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10. INTEGRIDAD El Plan Nacional de Lucha contra la corrupción en el Perú se denomina "Un compromiso de todos" e identifica tres factores que favorecen directamente la corrupción.

1) FALTA DE TRANSPARENCIA Y LÍMITES AL ACCESO DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA

2) INEFICIENCIA EN LOS MECANISMOS DE CONTROL Y SANCIÓN

3) LIMITADA EDUCACIÓN SOBRE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CIUDADANOS

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CONCLUSIONES

• Facilitar el comercio exterior y permitirá que sea mas rápido y controlado.

• Las Aduanas en el mundo cuentan con mayores instrumentos legales y tecnológicos que le permitirán lograr este cometido de manera mucho más eficiente en resguardo del interés fiscal.

• Es por ello que el nuevo reto de la Aduana es, enriquecerse de los nuevos instrumentos legales y tecnológicos para así contrarrestar las acciones que debilitan comercio exterior.