Convenio Marco de Cooperación Cientifica y Cultural entre la Universidad de San Carlos de Guatemala de Panamá. PANAMA

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  • 7/31/2019 Convenio Marco de Cooperacin Cientifica y Cultural entre la Universidad de San Carlos de Guatemala de Panam

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    CONVENIO MARCO DE COOPERACION CIENTIFICA Y CULTURAL

    ENTRE LAUNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALAY LA

    UNIVERSIDAD DE PANAM

    CARLOS ESTUARDO GLVEZ BARRIOS, comparezco en mi calidad de RECTORDE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA, en adelante denominadacomo la USAC, lo que acredito con acta nmero uno guin dos mil diez (1-2010) dela sesin celebrada por el Cuerpo Electoral Universitario de fecha veinticinco (25) demayo de dos mil diez (2010), as como los artculos 25 de la Ley Orgnica de laUniversidad de San Carlos de Guatemala y 13 de su Estatuto conforme a los cuales el

    Rector es el Representante Legal de la Universidad de San Carlos de Guatemala;sealo como lugar para recibir notificaciones y citaciones en el Edificio de Rectora, 2.Nivel, Oficina 205, Ciudad Universitaria, Zona 12, Ciudad de Guatemala, CdigoPostal nmero 01012, y GUSTAVO GARCIA DE PAREDES, comparezco en micalidad de RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE PANAM, en adelante denominadacomo la UNIVERSIDAD DE PANAM, lo que acredito con Certificacin Oficial de laSecretara General; sealo como lugar para recibir notificaciones y citaciones en laCiudad Universitaria, Edificio de la Colina, 1 Nivel, Va Simn Bolivar, Ciudad dePanam, Repblica de Panam, telfonos (507) 523-5273 al 74, 523-5278 al 80; y523-5000.

    Actuando ambas partes en nombre y representacin de nuestras respectivas

    instituciones, convenimos en suscribir el presente Convenio.

    CONSIDERANDO

    Que la USAC, de conformidad con el Artculo 82 de la Constitucin Poltica de laRepblica de Guatemala, es una institucin autnoma con personalidad jurdica y queen su carcter de nica universidad estatal, le corresponde con exclusividad dirigir,organizar y desarrollar la educacin superior del pas, la educacin profesionaluniversitaria, as como la difusin de la cultura en todas sus manifestaciones.Promover por todos los medios a su alcance la investigacin en todas las esferas delsaber humano y cooperar al estudio y solucin de los problemas nacionales; y que esuna institucin de educacin superior dedicada a la formacin de recursos humanos,investigacin y extensin, apoyando y contribuyendo al proceso de desarrollo del pas,en coordinacin con otras instancias del Estado y cuando sea requerida por lainiciativa privada.

    CONSIDERANDO

    Que la UP tiene como misin, fortalecer los vnculos de cooperacin y asistenciatcnica nacional e internacionales, que permitan a la comunidad universitaria, elintercambio de conocimientos cientficos y tecnolgicos mediante la incorporacin delproceso de internacionalizacin en las funciones de docencia, investigacin, extensiny produccin, y el aprovechamiento de recursos que favorezcan el desarrollo

    http://es.wikipedia.org/wiki/Ciudad_de_Panam%C3%A1http://es.wikipedia.org/wiki/Ciudad_de_Panam%C3%A1http://es.wikipedia.org/wiki/Panam%C3%A1http://es.wikipedia.org/wiki/Panam%C3%A1http://es.wikipedia.org/wiki/Ciudad_de_Panam%C3%A1http://es.wikipedia.org/wiki/Ciudad_de_Panam%C3%A1
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    TERCERA. ASPECTO FINANCIEROCabe destacar que las unidades acadmicas que se adhieran al presente ConvenioMarco, quedan en libertad de cubrir los gastos que se deriven de la ejecucin de susConvenios Especficos.

    CUARTA. CONVENIOS ESPECFICOSLas Partes quedamos en libertad de suscribir Convenios Especficos para darcumplimiento al objeto del presente Convenio, a travs de los cuales se describirn contoda precisin las modalidades a desarrollar, las condiciones financieras, provedas delpresupuesto asignado a las unidades acadmicas que se vean involucradas, calendariosde realizacin, as como los datos y documentos necesarios para determinar conexactitud las causas, los fines y los alcances de cada uno de dichos programas,

    procurando que sean equitativos en cuanto a beneficios y obligaciones para las Partes.Estos Convenios especficos debern ser firmados y ratificados por nuestrosrepresentantes institucionales, los cuales formarn parte de este instrumento comoanexo, de acuerdo a la legislacin vigente en ambas instituciones, y se solicite opinina la Direccin General Financiera.

    Sin embargo, cuando se trate de temas de postgrados en general, se solicitar la opininde las unidades acadmicas involucradas en el proceso y del Sistema de Estudios dePostgrados, de acuerdo a lo estipulado en su Reglamento.

    QUINTA. VIGENCIAEste Convenio Marco entrar en vigor a partir de la fecha de su ltima firma y tendr

    una vigencia de cinco (5) aos, prorrogable con la autorizacin por escrito de ambasPartes. Para darlo por concluido, bastar con que una de las Partes notifique a la otraoficialmente su deseo de rescindirlo con una antelacin mnima de noventa (90) das,sin perjuicio de los trabajos que se estn desarrollando a la fecha, los que deberncontinuarse hasta su total terminacin.

    SEXTA. COMISIN DE ENLACELa administracin e implementacin de este Convenio ser responsabilidad de laCoordinadora General de Cooperacin de la USAC y de la Direccin de CooperacinInternacional y Asistencia Tcnica de la UP.

    SPTIMA. MODIFICACIONESLas modificaciones que se realicen al presente Convenio slo sern vlidas cuandohayan sido hechas por escrito y firmada por ambas Partes.

    OCTAVA. RELACIN LABORAL

    Las partes convenimos que el personal comisionado para la realizacin conjunta decualquier accin, continuar en forma absoluta bajo la direccin y dependencia de lainstitucin con la cual tiene establecida su relacin laboral, Si en la realizacin de unprograma interviene personal que preste sus servicios a instituciones o personasdistintas a las partes, ste continuar siempre bajo la direccin y dependencia dedicha institucin o persona, por lo que su intervencin no originar relacin de carcterlaboral ni con la USAC ni con la UP.

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    NOVENA. PROPIEDAD INTELECTUALLas publicaciones que resulten de las acciones emprendidas bajo este Convenio serndebidamente referenciadas en cuanto a su autora e instituciones participantes.

    DCIMA. SOLUCIN DE CONTROVERSIASLas Partes manifestamos que el presente Convenio Marco, es producto de la buenafe, por lo que realizaremos todas las acciones posibles para su debido cumplimiento;pero en caso de presentarse alguna discrepancia, sobre su interpretacin ocumplimiento, voluntariamente y de comn acuerdo, ser resuelta amistosamenteentre los titulares de las mismas o por la Comisin de Enlace. Las soluciones oacuerdos a que lleguen, se harn constar por escrito y obligarn a las Partes almomento de su firma.

    DCIMA PRIMERA. INFORMESDe la ejecucin del presente Convenio, las partes suscribientes debern presentarinforme peridico indicando los logros y avances del mismo a las autoridadessuperiores de cada Universidad.

    Ledo el presente Convenio y enterados de su contenido y alcance legal, lo firmamos endos ejemplares, en idioma Espaol, de igual validez, en el lugar y fecha indicados.

    En Guatemala, a ___ de ________ 2012. En Panam, Panam, a ____ de ________ 2012.

    Por la USAC

    CARLOS ESTUARDO GLVEZ BARRIOS

    RECTOR

    Por la UP

    GUSTAVO GARCIA DE PAREDES

    RECTOR