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 BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 125 Martes 26 de mayo de 2015 Sec. II.B. Pág. 44932 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos MINISTERIO DE DEFENSA 5763 Resolución 452/38050/2015, de 20 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación mediante las formas de ingreso directo y promoción, sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina. NORMATIVA REGULADORA  Ley 30/1992, de 26 de noviembre («BOE» número 285, de 27 de noviembre), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («BOE» número 12, de 14 de enero).  Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carr era Militar («BOE» número 278, de 20 de noviembre), modificada por la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio («BOE» número 180, de 28 de julio), de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.  Ley 11/2007, de 22 de juni o («BOE» número 150, de 23 de junio ), de acces o electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.  Ley Orgánica 9/2011, de 27 de juli o («BO E» número 180, de 28 de juli o), de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.  Real Decreto 293/2009, de 6 de marzo, por el que se aprueban las medidas de protección de la maternidad en el ámbito de la enseñanza en las Fuerzas Armadas.  Real Decreto 35/2010, de 15 de enero («BOE» número 14, de 16 de enero), p or el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, modificado por el Real Decreto 418/2011, de 25 de marzo («BOE» número 73, de 26 de marzo), por Real Decreto 1141/2012, de 27 de julio («BOE» número 182, de 31 de julio), por Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo («BOE» número 132, de 31 de mayo) y por Real Decreto 339/2015, de 30 de ab ril («BOE» número 104, de 1 de mayo).  Real Decreto 412/2014, de 6 de junio («BOE» número 138, de 7 de junio), por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.  Real Decreto 234/2015, de 27 de marzo («BOE» númer o 75, de 28 de mar zo), por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2015.  Orden PRE/ 262 2/2 007, de 7 de sep tie mbre («B OE» número 220, de 13 de septiembre), por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación, modificada por la Orden PRE/528/2009, de 2 de marzo («BOE» número 55, de 5 de marzo).  Orden minist erial 64/2010, de 18 de noviembre («BOD» númer o 229, de 24 de noviembre), por la que se regula los procedimientos para evaluar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para las Fuerzas Armadas, modificada por la OM 86/2011, de 18 de noviembre («BOD» número 231, de 28 de noviembre), y desarrollada por la Instrucción 75/2010, de 20 de diciembre («BOD» número 249, de 24 de diciembre) y modificada por Instrucción 77/2012, de 15 de octubre («BOD» número 211, de 29 de octubre), por Instrucción 9/2013, de 12 de febrero («BOD» número 36, de 20 de febrero) y por la Instrucción 53/2014, de 4 de noviembre («BOD» número 224, de 17 de noviembre).   c   v   e   :    B    O    E      A      2    0    1    5      5    7    6    3

Convocatoria Cms Medicina

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Convocatoria Cms Medicina

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  • BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 125 Martes 26 de mayo de 2015 Sec. II.B. Pg. 44932

    II. AUTORIDADES Y PERSONAL

    B. Oposiciones y concursos

    MINISTERIO DE DEFENSA5763 Resolucin 452/38050/2015, de 20 de mayo, de la Subsecretara, por la que

    se convocan procesos de seleccin para el ingreso en los centros docentes militares de formacin mediante las formas de ingreso directo y promocin, sin exigencia de titulacin universitaria previa, para la incorporacin como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina.

    NORMATIVA REGULADORA

    Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE nmero 285, de 27 de noviembre), de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nmero 12, de 14 de enero).

    Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar (BOE nmero 278, de 20 de noviembre), modificada por la Ley Orgnica 9/2011, de 27 de julio (BOE nmero 180, de 28 de julio), de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.

    Ley 11/2007, de 22 de junio (BOE nmero 150, de 23 de junio), de acceso electrnico de los ciudadanos a los Servicios Pblicos.

    Ley Orgnica 9/2011, de 27 de julio (BOE nmero 180, de 28 de julio), de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.

    Real Decreto 293/2009, de 6 de marzo, por el que se aprueban las medidas de proteccin de la maternidad en el mbito de la enseanza en las Fuerzas Armadas.

    Real Decreto 35/2010, de 15 de enero (BOE nmero 14, de 16 de enero), por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promocin y de ordenacin de la enseanza de formacin en las Fuerzas Armadas, modificado por el Real Decreto 418/2011, de 25 de marzo (BOE nmero 73, de 26 de marzo), por Real Decreto 1141/2012, de 27 de julio (BOE nmero 182, de 31 de julio), por Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo (BOE nmero 132, de 31 de mayo) y por Real Decreto 339/2015, de 30 de abril (BOE nmero 104, de 1 de mayo).

    Real Decreto 412/2014, de 6 de junio (BOE nmero 138, de 7 de junio), por el que se establece la normativa bsica de los procedimientos de admisin a las enseanzas universitarias oficiales de Grado.

    Real Decreto 234/2015, de 27 de marzo (BOE nmero 75, de 28 de marzo), por el que se aprueba la provisin de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil para el ao 2015.

    Orden PRE/2622/2007, de 7 de septiembre (BOE nmero 220, de 13 de septiembre), por la que se aprueba el cuadro mdico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formacin, modificada por la Orden PRE/528/2009, de 2 de marzo (BOE nmero 55, de 5 de marzo).

    Orden ministerial 64/2010, de 18 de noviembre (BOD nmero 229, de 24 de noviembre), por la que se regula los procedimientos para evaluar la competencia lingstica en los idiomas extranjeros considerados de inters para las Fuerzas Armadas, modificada por la OM 86/2011, de 18 de noviembre (BOD nmero 231, de 28 de noviembre), y desarrollada por la Instruccin 75/2010, de 20 de diciembre (BOD nmero 249, de 24 de diciembre) y modificada por Instruccin 77/2012, de 15 de octubre (BOD nmero 211, de 29 de octubre), por Instruccin 9/2013, de 12 de febrero (BOD nmero 36, de 20 de febrero) y por la Instruccin 53/2014, de 4 de noviembre (BOD nmero 224, de 17 de noviembre).

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    Orden DEF/689/2012, de 30 de marzo (BOE nmero 84, de 7 de abril), por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de seleccin para el ingreso en los centros docentes militares de formacin para acceder a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, sin exigencia de titulacin universitaria previa, modificada por la Orden DEF/778/2013, de 29 de abril (BOE nmero 111, de 9 de mayo), por la que se modifican diversas disposiciones que regulan el ingreso en los centros docentes militares de formacin y por la Orden DEF/862/2014, de 21 de mayo, por la que se aprueban las normas por las que ha de regirse la prueba de lengua inglesa a realizar en los procesos de seleccin para el ingreso en los centros docentes militares de formacin.

    Orden DEF/1078/2012, de 21 de mayo (BOE nmero 124, de 24 de mayo), por la que se aprueban las pruebas fsicas y marcas a alcanzar en los procesos de seleccin para el ingreso en los centros docentes militares de formacin y para la superacin de los planes de estudios de la enseanza de formacin, modificada por Orden DEF/778/2013, de 29 de abril (BOE nmero 111, de 9 de mayo).

    Orden DEF/1097/2012, de 24 de mayo (BOE nmero 127, de 28 de mayo), por la que se determinan las titulaciones requeridas para ingresar en los centros docentes militares de formacin para acceso a las diferentes escalas de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Orden DEF/853/2014, de 21 de mayo (BOE nmero 128, de 27 de mayo).

    Orden DEF/862/2014, de 21 de mayo (BOE nmero 128, de 27 de mayo), por la que se aprueban las normas por las que ha de regirse la prueba de lengua inglesa a realizar en los procesos de seleccin para el ingreso en los centros docentes militares de formacin.

    Instruccin 7/2011, de 2 de marzo (BOD nmero 46, de 8 de marzo), del Subsecretario de Defensa, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los rganos de Seleccin, Comisiones Permanentes de Seleccin, Tribunales Mdicos Militares de Apelacin y sus rganos Asesores y de Apoyo.

    Instruccin 18/2013, de 25 de febrero (BOE nmero 56, de 6 de marzo), de la Subsecretara, por la que se establecen los parmetros de ponderacin de las materias de la fase especfica para ingreso en los centros docentes militares de formacin para acceder a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, sin titulacin universitaria previa.

    En cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 234/2015, de 27 de marzo, y en uso de las competencias que me estn atribuidas en el artculo 9 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, dispongo:

    Primero.

    Convocar los procesos de seleccin para el ingreso en los centros docentes militares de formacin mediante las formas de ingreso directo, promocin para cambio de escala y promocin para cambio de cuerpo, sin exigencia de titulacin universitaria previa, para incorporarse como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, y aprobar las bases que los regulan, que se adjuntan en el anexo a esta resolucin.

    Segundo.

    A los fines de la presente convocatoria:

    i. Toda referencia a con crditos superados, se entender que es al proceso de seleccin en el que se considera como requisito haber superado un determinado nmero de crditos de la titulacin de graduado en Medicina o, en su caso, de la titulacin de licenciado en Medicina.

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    ii. Toda referencia a sin crditos superados, se entender que es al proceso de seleccin en el que no se considera como requisito haber superado un determinado nmero de crditos de la titulacin de graduado en Medicina o, en su caso, de la titulacin de licenciado en Medicina.

    Tercero.

    Ofertar treinta (30) plazas, distribuidas de la forma siguiente:

    Escala/Cuerpo/Especialidad Crditos superados (1) CdigoIngreso directo

    Promocin

    TotalCambio de Cuerpo (2) Cambio de Escala

    Suboficialesa)

    Tropa y Marinera (3)

    b)

    Militar de Carrerac)

    Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad (Medicina).

    Con.060

    1 1 1 0 3Sin. 24 1 1 1 27

    Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 2 2 1 30

    (1) Plazas ofertadas segn disposicin adicional cuarta del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero y disposicin transitoria tercera de la Orden DEF/689/2012, de 30 de marzo.

    (2) Distribucin de plazas segn norma tercera de la Orden DEF/689/2012, de 30 de marzo.(3) Promocin para cambio de cuerpo de militares de tropa y marinera, temporales y permanentes.

    Nota: Para las plazas ofertadas para ingreso por promocin, a los efectos de la distribucin de plazas se considera procedencia a la diferente categora o condicin militar para la que se oferta: suboficiales, tropa y marinera o militar de carrera. Estas procedencias estn identificadas en la tabla anterior como a), b) y c), respectivamente.

    Cuarto. Normas de acumulacin de plazas.

    La acumulacin se efectuar segn las siguientes normas:

    1. Plazas ofertadas para ingreso por promocin:

    1.1 Dentro de cada oferta de plazas, diferenciando plazas con crditos superados y plazas sin crditos superados, se aplicarn los siguientes criterios ordenados por prioridad:

    Las plazas ofertadas que no resulten cubiertas en la procedencia a), se acumularn a las ofertadas al personal de la procedencia b), y viceversa.

    Las plazas ofertadas en la procedencia c) que no resulten cubiertas, se acumularn a las ofertadas al personal de la procedencia b), y si an quedaran plazas sin cubrir, se acumularn a las ofertadas al personal de la procedencia a).

    1.2 Si una vez hecho lo anterior an quedaran plazas sin cubrir, se aplicar lo siguiente:

    Se tendr en cuenta la procedencia inicial de las plazas no cubiertas, es decir, antes de aplicar la norma 1.1 anterior. Si no es posible conocer dicha procedencia inicial, las plazas no cubiertas se asignarn, una a una, a las distintas procedencias por el siguiente orden: a), b) y c).

    Dentro de cada procedencia, las plazas no cubiertas con crditos superados se acumularn a las ofertadas sin crditos superados, y viceversa.

    2. Finalmente, las plazas ofertadas para ingreso directo con crditos superados que no resulten cubiertas se acumularn a las plazas para la misma forma de ingreso sin crditos superados, y viceversa.

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    Quinto.

    El Director General de Reclutamiento y Enseanza Militar adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo de los procesos de seleccin.

    Madrid, 20 de mayo de 2015.La Subsecretaria de Defensa, Irene Domnguez-Alcahud Martn-Pea.

    APNDICES

    1. Solicitud de admisin a los procesos de seleccin para la incorporacin como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, sin exigencia de titulacin universitaria previa.

    2. Modelo 790. Solicitud de admisin a pruebas selectivas en la administracin pblica y liquidacin de tasas de derechos de examen.

    3. Autorizacin paterno/tutorial para realizar las pruebas de aptitud psicofsica a los aspirantes menores de edad.

    4. Declaracin de procesamiento e imputacin.5. Declaracin de preferencias de ingreso.6. Declaracin de no estar separado del servicio.7. Certificado resultado de pruebas analticas de deteccin de consumo de

    sustancias psicotrpicas.8. Componentes del rgano de Seleccin y del Tribunal Mdico Militar de Apelacin.9. Modelos de certificado mdico oficial para realizacin pruebas fsicas.10. Pruebas fsicas.11. Relacin de Subdelegaciones de Defensa y Oficinas Delegadas.

    ANEXO

    Bases

    Primera. Sistema de seleccin.

    El sistema de seleccin a emplear en los procesos de seleccin que se convocan ser el de concurso-oposicin.

    Los procesos de seleccin comenzarn con la publicacin de la presente convocatoria y concluirn en la fecha de presentacin en los centros docentes militares de formacin de los aspirantes propuestos como alumnos por el rgano de Seleccin.

    Segunda. Requisitos de los aspirantes.

    1. Para ser admitidos en cada uno de los procesos de seleccin, los aspirantes debern reunir los siguientes requisitos en las fechas indicadas y mantener hasta el momento de la incorporacin al centro docente militar de formacin:

    1.1 El da de finalizacin del plazo de presentacin de solicitudes:

    1.1.1 Requisitos generales:

    a) Nacionalidad espaola.b) Tener cumplidos o cumplir en el ao en curso los dieciocho (18) aos de edad y,

    no cumplir ni haber cumplido en el ao 2015 las siguientes edades mximas:

    i. Sin crditos superados:

    Ingreso directo: 21 aos. Promocin para cambio de escala y cambio de cuerpo: 27 aos.

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    ii. Con crditos superados:

    Ingreso directo: 25 aos. Promocin para cambio de escala y cambio de cuerpo: 27 aos.

    c) No estar privado de los derechos civiles.d) Carecer de antecedentes penales.e) No hallarse procesado o imputado en algn procedimiento judicial por delito doloso.f) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de

    cualquiera de las Administraciones Pblicas, o de los rganos constitucionales, o de los rganos estatuarios de las comunidades autnomas, ni hallarse inhabilitado con carcter firme para el ejercicio de las funciones pblicas.

    g) No haber causado baja de un centro docente militar de formacin por los motivos establecidos en el artculo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.

    h) No haberse resuelto su compromiso de vinculacin profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condiciones psicofsicas.

    i) No podrn participar en los procesos de seleccin para cursar enseanzas del mismo nivel y caractersticas, aquellos que hayan causado baja en un centro docente militar de formacin por el motivo establecido en el artculo 71.2.b) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.

    j) En el caso de haber dado positivo en deteccin de sustancias psicotrpicas o drogas, en la analtica que en el seno de un proceso de seleccin anterior le hubiera sido practicada, deber haber transcurrido un periodo de un ao, contado a partir de la fecha de exclusin.

    k) Los solicitantes militares profesionales no deben haber dado positivo en las pruebas de deteccin de sustancias psicotrpicas o drogas que se le hubieran realizado dentro del perodo de un ao inmediatamente anterior a la fecha lmite de presentacin de solicitudes.

    l) Los solicitantes militares profesionales no deben tener anotadas con carcter firme en va administrativa, en su historial militar individual, sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.

    1.1.2 Requisitos especficos:

    1.1.2.1 Procesos de seleccin para ingreso directo. Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imgenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades, virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, tnico o religioso. Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de las Fuerzas Armadas, no especiales, cuya denominacin, composicin y utilizacin se recoge en la Orden ministerial 6/1989, de 20 de enero, todo ello de conformidad con el artculo 15.5 del Reglamento de ingreso y promocin y de ordenacin de la enseanza de formacin en las Fuerzas Armadas, en la redaccin dada al mismo por el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo.

    1.1.2.2 Procesos para ingreso por promocin:

    a) Encontrarse en la situacin de servicio activo o de excedencia siempre que sea por la modalidad e) del artculo 110.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre (excedencia por razn de violencia de gnero).

    b) No superar el nmero mximo de tres convocatorias ordinarias y dos extraordinarias en un mismo proceso de seleccin. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo, las tres primeras convocatorias son ordinarias y las dos siguientes extraordinarias. Las convocatorias extraordinarias debern calificarse expresamente como tales en la solicitud de admisin al proceso correspondiente. Una cv

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    convocatoria se entiende consumida cuando el aspirante haya sido incluido en la lista de admitidos a las pruebas. No obstante, si la incomparecencia obedeciera a causa de fuerza mayor debidamente justificada, a motivos de embarazo, parto o posparto, o bien a que el militar se encuentre participando en una misin fuera del territorio nacional, se resolver, previa solicitud y justificacin documental del interesado efectuada antes del inicio de la primera prueba, no computarle la convocatoria como consumida.

    c) No dar positivo en deteccin de sustancias psicotrpicas o drogas, en la analtica que se practique en este proceso de seleccin. En caso contrario ser excluido inmediatamente, de conformidad con la disposicin decimocuarta del II Plan General de Prevencin de Drogas en las Fuerzas Armadas, de 22 de febrero de 2010, de la Subsecretaria de Defensa.

    d) Haber cumplido los siguientes tiempos de servicio en su escala, en la fecha de incorporacin al centro docente militar de formacin correspondiente:

    Suboficiales: Un (1) ao, contados desde su incorporacin a la Escala de Suboficiales.

    Militares de tropa y marinera: Un (1) ao, contado desde su incorporacin a la Escala de Tropa o Marinera.

    e) Los militares que tengan establecida su relacin de servicios profesionales mediante compromisos de carcter temporal, debern tenerlo en vigor en la fecha de incorporacin al centro docente militar de formacin.

    f) Estar en posesin de un perfil en el idioma ingls con un grado de conocimiento de al menos 1 (uno) en todos los rasgos que lo conforman, obtenido en las condiciones establecidas en la Orden Ministerial 64/2010, de 18 de noviembre, y en la normativa que la desarrolla. Los aspirantes que no posean el perfil lingstico citado, debern realizar y superar la prueba de lengua inglesa descrita en la base dcima 2.1. En el caso de que el aspirante no supere la puntuacin mnima, ser excluido del proceso de seleccin por no cumplir el requisito de nivel lingstico.

    1.2 El da 17 de julio, para los aspirantes que participen en el proceso de seleccin sin crditos superados:

    a) Haber superado una de las siguientes pruebas, o bien tener acreditada la correspondiente titulacin, en funcin del proceso de seleccin en el que solicite ser admitido:

    i. Ingreso directo: Prueba de acceso a las enseanzas universitarias oficiales de Grado (PAU).

    ii. Ingreso por promocin:

    Prueba de acceso a las enseanzas universitarias oficiales de Grado (PAU). Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 aos. Ttulo de Tcnico Superior de Formacin Profesional, Tcnico Superior de Artes

    Plsticas y Diseo, o Tcnico Deportivo Superior a que se refieren los artculos 44, 53 y 65 de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin, o ttulos equivalentes.

    Cuando se aporte la PAU, solo ser vlida la nota de la PAU obtenida en convocatoria ordinaria (primera convocatoria) del ao 2015 o en convocatorias, ordinarias o extraordinarias, de aos anteriores.

    1.3 El da 24 de julio, para los aspirantes que participen en el proceso de seleccin con crditos superados:

    a) Ingreso directo y promocin: Haber superado al menos 120 ECTS y un mximo de 180 ECTS de la titulacin de graduado en Medicina o, en su caso, al menos 160 y un mximo de 240 crditos de la titulacin de licenciado en Medicina, cursados en los tres aos anteriores a la fecha 24 de julio de 2015. El nmero de crditos que se justifiquen

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    deber ser el total de crditos superados por el interesado hasta la fecha de expedicin del documento que lo acredite. La acreditacin de un nmero de crditos inferior al mnimo o superior al mximo, de los indicados anteriormente, ser causa de exclusin.

    2. Comprobacin de requisitos durante el proceso.

    Una vez admitidos al proceso de seleccin, si en el transcurso del mismo y hasta la fecha de presentacin en el centro docente militar de formacin de los aspirantes propuestos para ingresar como alumnos, se comprobara que cualquiera de ellos carece o no rene alguno de los requisitos exigidos en esta convocatoria, el rgano de Seleccin acordar su exclusin. El aspirante perder los derechos de participacin, quedando anuladas todas las actuaciones, as como los derechos o expectativas derivados de su condicin de aspirante o del hecho de haber superado el proceso selectivo.

    Si dicha informacin se conociera una vez nombrado alumno o durante el desarrollo de su formacin, ser propuesto de baja como alumno por el Subdirector General de Enseanza, con arreglo al procedimiento legalmente establecido y sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido.

    Tercera. Plazo de presentacin de solicitud de admisin al proceso de seleccin.

    El plazo de presentacin de solicitudes ser de diez (10) das naturales, contados a partir del da siguiente al de la publicacin de esta Resolucin en el Boletn Oficial del Estado.

    Cuarta. Aportacin de documentacin.

    1. Los aspirantes que deseen participar en los procesos selectivos de esta Resolucin debern aportar la siguiente documentacin en los plazos indicados:

    1.1 Presentacin dentro del plazo establecido en la base tercera:

    1.1.1 Solicitud de admisin a los procesos de seleccin para la incorporacin como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, sin exigencia de titulacin universitaria previa. Apndice 1: Para ser admitido al proceso de seleccin, el aspirante deber aportar la solicitud (apndice 1), junto con el resto de documentacin, mediante el procedimiento indicado en el apartado 2 de esta base.

    El aspirante que no sea militar profesional deber cumplimentar obligatoriamente el nmero de seguridad social o nmero de afiliacin a la Seguridad Social (NSS/NAF). El nmero de seguridad social se podr solicitar en la Administracin de la Tesorera General de la Seguridad Social en la que radique el domicilio del aspirante.

    Se deber indicar, marcando con una X en la casilla correspondiente del apartado D Oferta de plazas a las que se presenta, a qu oferta de plazas opta: Sin crditos superados de la titulacin de Medicina o Con crditos superados. En el caso de que opte a las dos ofertas de plazas, deber manifestar su preferencia en cada casilla con un nmero ordinal (1., 2.).

    De igual forma, en el caso de optar a plazas para varias formas de ingreso (ingreso directo, promocin cambio de escala o promocin cambio de cuerpo), deber manifestar su preferencia en la casilla que corresponda del apartado C con un nmero ordinal (1., 2.).

    Las opciones de ingreso manifestadas en el apartado D de la solicitud, solo podrn ser modificadas o anuladas por el interesado y exclusivamente dentro del plazo de presentacin de las mismas. Para ello, solicitar la correspondiente anulacin o realizar otra solicitud que anular la anterior. Asimismo, quien no cumplimente ninguna opcin de ingreso ser excluido del proceso de seleccin.

    El aspirante deber cumplimentar el apartado E Antecedentes penales, rodeando mediante un crculo la opcin que proceda, indicando si autoriza al Ministerio de Defensa a solicitar de oficio del Registro Central de Penados la certificacin, comprobacin o

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    verificacin de que carece de antecedentes penales. En caso contrario, si opta por no conceder esta autorizacin, deber aportar con la documentacin de solicitud el certificado de que carece de antecedentes penales expedido por el Registro Central de Penados, cuya fecha de expedicin deber ser posterior a la fecha de publicacin de la presente convocatoria.

    El personal sin vinculacin profesional a las Fuerzas Armadas deber cumplimentar el apartado F Acreditacin de identidad y datos personales, en el que se indica si autoriza al Ministerio de Defensa para recabar los datos relativos a la identidad del solicitante en el Sistema de Verificacin de Datos de Identidad (SVDI). Si opta por no conceder esta autorizacin, deber aportar con la documentacin de solicitud una copia compulsada por ambas caras del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte en vigor, o, en su caso, fotocopia de la documentacin que acredite su solicitud por extravo u otra circunstancia.

    1.1.2 Modelo 790. Solicitud de admisin a pruebas selectivas en la administracin pblica y liquidacin de tasas de derechos de examen. Apndice 2: El ejemplar para la Administracin del Modelo 790 deber presentarse, debidamente validado por la entidad colaboradora en la recaudacin tributaria (bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crdito), como justificante de haber ingresado las cantidades establecidas en esta convocatoria en concepto de derechos de examen. La validacin por la entidad se realizar a travs de certificacin mecnica o, en su defecto, sello y fecha en el espacio destinado a esos efectos.

    Los ejemplares del modelo 790 podrn ser retirados gratuitamente en el Servicio de Informacin Administrativa del Ministerio de Defensa, en las Subdelegaciones de Defensa o bien podrn descargarse desde la pgina web: www.060.es (Sistema de Inscripcin en Pruebas Selectivas). El ingreso del importe correspondiente se efectuar en cualquier entidad financiera de las que actan como entidades colaboradoras en la recaudacin tributaria. Los importes son los siguientes:

    a) Ingreso directo: Veintinueve euros con noventa cntimos (29,90 ).b) Promocin para cambio de escala o cambio de cuerpo: Catorce euros con

    noventa y seis cntimos (14,96 ).

    Tendrn derecho a la reduccin o estarn exentos de pago de la tasa de derechos de examen:

    a) Los aspirantes que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicacin de la convocatoria. Sern requisitos para el disfrute de la exencin que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promocin, formacin o reconversin profesionales y que, igualmente, carezcan de rentas superiores, en cmputo mensual, al Salario Mnimo Interprofesional. Los aspirantes tendrn que acreditar dicha circunstancia a travs de dos documentos, que acompaarn a la solicitud:

    Certificacin relativa a la condicin de demandante de empleo, con los requisitos sealados, que expedir la oficina del Servicio Pblico de Empleo.

    Declaracin jurada o promesa escrita en la que se afirme que no se perciben rentas superiores al Salario Mnimo Interprofesional.

    b) Las familias numerosas en los trminos del art. 12.1.c), de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Proteccin a las Familias Numerosas:

    Exencin del 100 % los miembros de familias de la categora especial. Reduccin del 50 % los miembros de familias de la categora general.

    La condicin de familia numerosa y su categora se acreditar mediante fotocopia compulsada del correspondiente ttulo actualizado.

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    No abonar la tasa de los derechos de examen antes de la finalizacin del plazo de presentacin de solicitudes, determinar la exclusin definitiva del aspirante.

    En ningn caso la presentacin y pago en las entidades colaboradoras a que se hace referencia supondr la sustitucin del trmite de presentacin, en tiempo y forma, de la solicitud.

    De conformidad con lo establecido en el artculo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Pblicos, se proceder a la devolucin de las tasas que se hubieran exigido cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no proceder devolucin alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusin o eliminacin de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado. No se iniciar la tramitacin del expediente de devolucin de tasas hasta que se proceda a la publicacin de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos a los procesos de seleccin de esta convocatoria.

    1.1.3 Declaracin de procesamiento e imputacin. Apndice 4: Declaracin de no hallarse procesado o imputado en algn procedimiento judicial por delito doloso.

    1.1.4 Declaracin de preferencias de ingreso. Apndice 5: Declaracin de preferencias de ingreso para cumplimentar por aquel aspirante que solicite participar en ms de un proceso de seleccin, derivado de la aplicacin del Real Decreto 234/2015, de 27 de marzo, y que alguno de ellos no sea desarrollado por el mismo rgano de Seleccin.

    Las preferencias manifestadas en el Apndice 5 para esta convocatoria solo se podrn modificar dentro del plazo establecido en la base tercera. Para ello, el interesado deber remitir solicitud por escrito al Director General de Reclutamiento y Enseanza Militar, consignando su nombre, apellidos y NIF, Resolucin de esta convocatoria cuyo apndice 5 se modifica, lugar, fecha y firma, junto con el nuevo ejemplar del documento (apndice 5).

    En el caso de que el interesado tenga derecho a obtener plaza en varios procesos de seleccin, y haya declarado diferentes preferencias de ingreso en distintos Apndices 5, tendr validez el orden de preferencia manifestado en el ejemplar presentado en el ltimo proceso de seleccin en el que haya solicitado participar.

    1.1.5 Declaracin de no estar separado del Servicio. Apndice 6: Declaracin de no estar separado del servicio de las Administraciones Pblicas, ni inhabilitado con carcter firme para el ejercicio de funciones pblicas.

    1.1.6 Adems de lo anterior, en funcin de la procedencia o edad del personal que solicite la admisin, tambin se aportar lo siguiente:

    a) Militares profesionales:

    Certificado del Jefe de Unidad, Centro u Organismo (UCO) de destino/dependencia con el resultado de las pruebas analticas de deteccin de consumo de sustancias psicotrpicas realizadas dentro del perodo de un ao inmediatamente anterior a la fecha lmite de presentacin de solicitudes, segn lo establecido en el II Plan de Deteccin de Drogas en las Fuerzas Armadas, de febrero de 2010, de la Subsecretaria de Defensa (apndice 7).

    Certificado del Jefe de UCO de destino/dependencia que acredite lo que exige el apartado 1.1.1.l) de la base segunda.

    Copia de la hoja general de servicios actualizada, remitida por los Jefes de UCO de destino/dependencia, en el caso de que la UCO disponga de medios, expedida en fecha posterior a la publicacin de la convocatoria y antes de que finalice el plazo de admisin de solicitudes, extrada del Sistema de Informacin de Personal de Defensa (SIPERDEF), en su caso, con nota de reparos, y todo ello, certificado por el responsable de Hojas/Jefe del Detall, con el V. B. del Jefe de su UCO y el conforme del aspirante.

    b) Aspirantes menores de edad en la fecha de finalizacin de presentacin de solicitudes: Autorizacin paterno/tutorial para la realizacin de la prueba de aptitud psicofsica, junto con una fotocopia del DNI/pasaporte de la persona que lo autoriza (apndice 3).

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    1.2 Presentacin antes del inicio de la primera prueba: Mritos a aportar para la fase de concurso (excepto documentos que acrediten reunir los requisitos especificados en los apartados 1.2 y 1.3 de la base segunda, que se presentarn en las fechas que se determinan en los apartados 1.4 y 1.5, respectivamente, de esta base).

    Solamente se valorarn aquellos mritos debidamente justificados, que se posean en la fecha en que finaliza el plazo de presentacin de solicitudes. Para la justificacin de los mritos se admitirn documentos originales o copias debidamente compulsadas, que debern ser presentados con anterioridad al inicio de la primera prueba. No ser objeto de valoracin ninguna copia que carezca de diligencia de compulsa.

    En la valoracin de los estudios universitarios, slo se considerar la certificacin oficial expedida por la Facultad, Escuela Tcnica o Centro docente correspondiente donde figuren: las asignaturas, crditos y calificaciones numricas que correspondan a cada una de ellas.

    1.3 Presentacin antes del inicio de la primera prueba fsica: Certificado mdico oficial. Apndice 9: Cada aspirante deber aportar, el da que se le haya asignado para realizar las pruebas fsicas, uno de los dos modelos de certificado mdico oficial que figura en el apndice 9. En el modelo de certificado mdico que el aspirante presente (de los dos permitidos) deber figurar, expresamente: que el aspirante se encuentra capacitado fsicamente para la realizacin de pruebas de aptitud fsica consistentes en ejercicios de: Potencia tren inferior, Potencia tren superior, Velocidad (carrera de 50 metros), Resistencia (carrera de 1000 metros), Soltura acutica (50 metros) y Agilidad.

    El certificado mdico oficial deber haberse expedido con fecha posterior a la fecha de publicacin de esta Resolucin. El rgano de Seleccin comprobar los requisitos de los certificados mdicos, antes del inicio de los ejercicios de que consta la prueba.

    El incumplimiento de alguno de los requisitos expuestos conllevar, para el aspirante, su eliminacin del proceso de seleccin y la prdida de los derechos de participacin.

    1.4 Presentacin hasta el da 17 de julio, para poder participar en el proceso de seleccin sin crditos superados:

    a) Prueba de acceso a las enseanzas universitarias oficiales de Grado, o prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 aos.

    Se deber presentar original o copia compulsada del documento oficial y definitivo que acredite la superacin de dicha prueba. Solo ser vlida la nota de la PAU obtenida en convocatoria ordinaria (primera convocatoria) del ao 2015 o en convocatorias, ordinarias o extraordinarias, de aos anteriores. No se tendrn en cuenta calificaciones de las materias de la fase especfica cuyo plazo de validez haya expirado, segn el artculo 15.4 del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre.

    En el caso de alumnos procedentes de sistemas educativos de otros pases, se presentar original o copia compulsada de la credencial de convalidacin de la prueba de acceso del pas origen con la prueba de acceso a la universidad espaola.

    b) Ttulo de Tcnico Superior de Formacin Profesional, Tcnico Superior de Artes Plsticas y Diseo, o Tcnico Deportivo Superior a que se refieren los artculos 44, 53 y 65 de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin, o ttulos equivalentes.

    Se aportar original, o bien copia compulsada o legalizada del documento oficial y definitivo que acredite la titulacin, en la que figuren las calificaciones de los distintos mdulos profesionales del ciclo formativo que corresponda.

    La legalizacin de los documentos solicitados deber ser realizada por la secretara del centro docente que los emite, notaras, intervencin militar o por los encargados de las oficinas de registro de la Administracin General del Estado y de sus Organismos pblicos. El sello o acreditacin de legalizacin expresar la fecha en que se practic, as como la identificacin del rgano y de la persona que expiden la copia legalizada, de acuerdo con lo establecido en el artculo 8 del Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentacin de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administracin General del Estado, la expedicin de copias de documentos y devolucin

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    de originales y el rgimen de las oficinas de registro, modificado por Real Decreto 136/2010, de 12 de febrero.

    Los aspirantes podrn adelantar la documentacin citada en los apartados a) y b) anteriores al siguiente correo electrnico: [email protected], sin que este trmite vincule al rgano convocante hasta que obre en su poder la documentacin requerida.

    1.5 Presentacin hasta el da 24 de julio, para poder participar en el proceso de seleccin con crditos superados: Crditos superados de la titulacin de Medicina.

    Certificacin acadmica oficial expedida por la Facultad de Medicina correspondiente, en la que se acredite la totalidad de crditos superados por el aspirante hasta la fecha de expedicin del certificado. En la misma figurarn todas las asignaturas superadas por curso acadmico, as como los crditos correspondientes y calificaciones numricas obtenidas en cada una de ellas.

    No ser vlida la presentacin de documento que, con carcter informativo, pueda obtener el aspirante a travs de la pgina web de la Universidad.

    Los aspirantes podrn adelantar la documentacin citada por correo electrnico: [email protected], sin que este trmite vincule al rgano convocante hasta que obre en su poder la documentacin requerida.

    2. El procedimiento para la aportacin de documentacin ser el siguiente:

    2.1 Militares profesionales.

    Los militares profesionales debern remitir la solicitud de admisin (apndice 1), tanto para ingreso directo como para ingreso por promocin, junto con el resto de documentacin, a travs de su UCO de destino/dependencia al Director General de Reclutamiento y Enseanza Militar. Los Jefes de Unidad de destino/dependencia cursarn la solicitud de admisin y el resto de la documentacin aportada por el interesado, directamente y de manera individual, debidamente registrada y sellada, por correo urgente en el momento de recibirla, sin esperar a acumularla con otras.

    Al da siguiente de la finalizacin del plazo de admisin de solicitudes, los Jefe de UCO de destino/dependencia remitirn, va correo electrnico a la direccin [email protected], relacin nominal de todos los aspirantes de su UCO que solicitan formar parte de los procesos de seleccin de la presente convocatoria. En el caso de que la UCO no tenga acceso a SIPERDEF, en el mismo correo se indicar dicha circunstancia.

    2.2 Personal sin vinculacin profesional a las Fuerzas Armadas.

    2.2.1 De forma presencial o a travs de correo postal. La solicitud de admisin al proceso de seleccin y documentacin adjunta se tramitar al Director General de Reclutamiento y Enseanza Militar, preferentemente de forma presencial en las Secretaras Generales, reas de Reclutamiento, rganos de Apoyo y Oficinas Delegadas dependientes de las Subdelegaciones de Defensa de su provincia de residencia, en las direcciones que figuran en el apndice 11, o por correo postal certificado a la Secretara de Procesos de Seleccin de la Subdireccin General de Reclutamiento y Orientacin Laboral, paseo de la Castellana n. 109, 28071 de Madrid. En este caso, la fecha de entrada ser la que conste en el sello que se estampe cuando se presente la solicitud.

    Por las citadas Secretaras Generales, reas de Reclutamiento, rganos de Apoyo y Oficinas Delegadas, se dispondr lo necesario para que la introduccin de los datos de las solicitudes en el sistema informtico y la remisin de la documentacin a la Subdireccin General de Reclutamiento y Orientacin Laboral se realice de forma inmediata, con objeto de que en la citada Subdireccin se proceda a su validacin.

    En el caso de que se opte por presentar la solicitud y la documentacin ante una oficina de correos, se har en sobre abierto, para que la solicitud (apndice 1) sea fechada y sellada por el empleado de correos antes de ser certificada.

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    2.2.2 Empleando la Sede Electrnica Central del Ministerio de Defensa (SECMD). Los aspirantes que dispongan de un certificado electrnico en vigor o del DNI electrnico, tambin podrn tramitar la documentacin a travs de la Sede Electrnica Central del Ministerio de Defensa https://sede.defensa.gob.es/acceda (Procedimientos, DIGEREM- Procesos Selectivos). En la citada Sede Electrnica, de acuerdo con lo que determina la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrnico de los ciudadanos a los Servicios Pblicos (BOE nmero 150, de 23 de junio), una vez cumplimentado el formulario de solicitud y haber anexado la documentacin requerida, el aspirante proceder a firmar electrnicamente la solicitud envindola al Registro Electrnico del Ministerio de Defensa, que le proporcionar el correspondiente acuse de recibo. No obstante, los documentos acreditativos de lo requerido, en su caso, en los apartados 1.2 y 1.3 de la base segunda y los mritos alegados, tambin debern remitirse en soporte papel, conforme a lo estipulado en esta base.

    Asimismo, sin necesidad de firma electrnica, los aspirantes podrn adelantar los datos de su solicitud, a travs de la citada Sede Electrnica, sin que este trmite vincule al rgano convocante hasta que obre en su poder la documentacin requerida que, junto con el apndice 1 obtenido y firmado por el aspirante, ser remitida de acuerdo con lo que se determina en esta base.

    Como alternativa, y sin necesidad de disponer de un certificado electrnico en vigor o del DNI electrnico, los aspirantes tambin podrn tramitar la documentacin a travs de la SECMD empleando el sistema Cl@ve PIN, de claves concertadas (usuario ms contrasea). Para poder hacer uso de Cl@ve PIN es obligatorio registrarse previamente en el sistema, aportando los datos de carcter personal necesarios.

    No obstante lo anterior, si se tramita la documentacin empleando el sistema Cl@ve PIN, los documentos acreditativos de lo requerido, en su caso, en los apartados 1.2 y 1.3 de la base segunda y los mritos alegados, tambin debern remitirse en soporte papel, conforme a lo estipulado en esta base.

    2.2.3 Otros procedimientos. En todo caso, la presentacin de solicitudes podr hacerse en la forma establecida en el artculo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

    3. El aspirante podr solicitar la participacin en ms de un proceso de seleccin, derivado de la aplicacin del Real Decreto 234/2015, de 27 de marzo. En el caso de que todos los procesos en los que tenga intencin de participar sean desarrollados por el mismo rgano de Seleccin, deber remitir un solo ejemplar del Apndice 1, aportando una sola copia de la documentacin comn exigida. Se debern abonar las tasas que correspondan a cada uno de los procesos de seleccin, y aportar un ejemplar del modelo 790 por cada proceso de seleccin en el que solicite participar. En este caso, el Apndice 5 (declaracin de preferencias de ingreso) no deber acompaar a la documentacin.

    En el caso de que alguno de los procesos de seleccin en el que tenga intencin de participar no sea desarrollado por el mismo rgano de Seleccin, deber cursar toda la documentacin que determine cada convocatoria (Apndice 1 y resto de documentos) de forma independiente. Se debern abonar las tasas que correspondan a cada uno de los procesos de seleccin, y aportar un ejemplar del modelo 790 por cada proceso de seleccin en el que solicite participar. En este caso se deber cumplimentar la declaracin de preferencias de ingreso (apndice 5) y adjuntar al resto de la documentacin.

    4. Cuando se complete la documentacin para un mismo proceso de seleccin, se adjuntar a la misma un escrito que deber contener nombre, apellidos y DNI del aspirante, la autoridad a la que se dirige, para qu procesos de seleccin aporta la documentacin, as como lugar, fecha y firma. En dicho escrito se estampar el sello correspondiente, junto con la fecha de presentacin.

    5. Quienes dentro del plazo fijado no presentasen la documentacin exigida, quedarn excluidos del proceso de seleccin y sus actuaciones quedarn anuladas.

    6. Una vez iniciado el proceso de seleccin, los aspirantes podrn tener contacto con el rgano de Seleccin a travs de la direccin de correo electrnico: [email protected]. El contenido de los correos tiene una finalidad

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    esencialmente informativa, careciendo de cualquier eficacia administrativa como argumento en recursos, peticiones o reclamaciones.

    Quinta. Admisin de aspirantes.

    Transcurrido el plazo de presentacin de solicitudes, el Director General de Reclutamiento y Enseanza Militar publicar con efectos de notificacin oficial en la pgina web de reclutamiento del Ministerio de Defensa (con acceso directo a travs de la direccin electrnica: www.reclutamiento.defensa.gob.es/convounica) una resolucin que indicar:

    1. Relacin de aspirantes admitidos.2. Relacin de aspirantes excluidos y excluidos condicionales, con indicacin de las

    causas de exclusin.3. El lugar, fecha y hora del comienzo de la primera prueba y, en su caso, el orden

    de actuacin de los aspirantes, al que se refiere en la base sptima.

    El mismo da de su publicacin en la anterior direccin electrnica, la citada resolucin tambin se publicar en el tabln de anuncios del Ministerio de Defensa (calle General Yage, n. 1, Madrid). Posteriormente, se publicar la relacin de excluidos y excluidos condicionales en el Boletn Oficial del Estado.

    Los aspirantes omitidos y excluidos condicionales dispondrn de un plazo de diez (10) das hbiles, contados a partir del da siguiente al de la publicacin de la resolucin en la direccin electrnica indicada, para subsanar la omisin o el defecto que haya motivado la exclusin. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan encontrado errores en la consignacin de sus datos personales o deseen desistir del procedimiento podrn manifestarlo en el mismo plazo. Los escritos de alegaciones y/o desistimientos se dirigirn al Director General de Reclutamiento y Enseanza Militar, mediante cualquiera de las formas indicadas en el apartado 2 de la base cuarta.

    Resueltas las alegaciones, reclamaciones o, en su caso, aceptados los desistimientos, la Direccin General de Reclutamiento y Enseanza Militar dictar resolucin, por la que se aprueben los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos.

    Una vez publicado el listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos al proceso de seleccin y hasta la finalizacin del citado proceso, toda aportacin de documentacin, solicitud de informacin o trmite se realizar a travs de la Secretara del rgano de Seleccin. En la direccin electrnica indicada anteriormente se publicar, junto con el listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos, la direccin postal y nmero de telfono de la citada Secretara.

    Sexta. rgano de Seleccin, Tribunal Mdico Militar de Apelacin y Secretara de Procesos de Seleccin.

    Para el desarrollo y resolucin de los procesos de seleccin de esta convocatoria, se constituye un rgano de Seleccin con la composicin que se establece en el apndice 8.

    Los aspirantes podrn recusar a los miembros del rgano de Seleccin, segn lo sealado en el artculo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cuando concurran las circunstancias previstas en el artculo 28 de la citada Ley.

    Como rganos asesores y de apoyo, dependientes del rgano de Seleccin, se constituir una Junta de Reconocimiento Mdico y una Junta de Educacin Fsica, y se nombrarn asesores en la prueba de lengua inglesa y en aquellas otras materias que se consideren. Igualmente, se constituir una Secretara para la gestin de cada proceso de seleccin.

    Se constituir un Tribunal Mdico Militar de Apelacin, con la finalidad de resolver las revisiones de los resultados del reconocimiento mdico que los aspirantes, expresamente, pudieran solicitar ante el rgano de seleccin. Su composicin se establece en el apndice 8.

    En la Direccin General de Reclutamiento y Enseanza Militar se constituir una Secretara de Procesos de Seleccin, que desempear los cometidos especificados en cv

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    el artculo 13 de la Instruccin 7/2011, de 2 de marzo, del Subsecretario de Defensa, as como la coordinacin entre rganos de Seleccin cuando un aspirante pueda obtener plaza en ms de un proceso de seleccin. Dicha Secretara tambin se encargar de hacer efectiva la reposicin de bajas de aspirantes nombrados alumnos, cuando corresponda. Formarn parte de la Secretara de procesos de Seleccin asesores especialistas para los rganos de Seleccin.

    Sptima. Orden de actuacin.

    En aquellas pruebas que lo requieran, el orden de actuacin de los aspirantes se iniciar por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra J, segn lo establecido en la Resolucin de 5 de febrero de 2015 (BOE nmero 36, de 11 de febrero), de la Secretara de Estado de Administraciones Pblicas, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administracin del Estado.

    Octava. Fase de concurso.

    La fase de concurso consistir en la comprobacin y valoracin de los mritos aportados por los aspirantes admitidos y en el establecimiento de su orden de prelacin. Se realizar conforme a lo que establecen los anexos I y II de la Orden DEF/689/2012, modificados por la Orden DEF/778/2013, de 29 de abril. Los resultados se expresaran con tres cifras decimales, redondeadas a la milsima.

    Las asignaturas o estudios superados se valorarn una sola vez y no sern consideradas por el rgano de Seleccin las convalidaciones de los mismos estudios en otros centros de enseanza.

    Para poder obtener la puntuacin de la fase de concurso en los procesos de seleccin para la forma de ingreso por promocin, la Direccin General de Reclutamiento y Enseanza Militar solicitar a la Direccin General de Personal y a las Direcciones de Personal del Ejrcito de Tierra, de la Armada y del Ejrcito del Aire, la nota global de los dos ltimos Informes Personales de Calificacin (IPEC) que posean de los aspirantes. La valoracin se realizar de acuerdo con el apartado 1.e) del anexo II de la Orden DEF/689/2012, de 30 de marzo. Asimismo, dichos rganos informarn si en alguno de los informes citados hay cinco o ms valoraciones con E. En el caso de que algn aspirante procedente de la Escala de Tropa o Marinera no disponga del IPEC correspondiente, su UCO de destino/dependencia confeccionar un informe al objeto de poder valorar este apartado.

    Para el clculo de la nota de admisin a que hace referencia el captulo II del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, se fijan los siguientes parmetros de ponderacin para las materias siguientes de la fase especfica:

    a) Biologa: 0,2.b) Qumica: 0,2.c) Resto de las materias: 0,1.

    No se tendrn en cuenta calificaciones de las materias de la fase especfica cuyo plazo de validez haya expirado, segn el artculo 15.4 del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre.

    Los resultados provisionales de la fase de concurso sern expuestos en la pgina web www.reclutamiento.defensa.gob.es/convounica, y en el tabln de anuncios de las dependencias donde se ubique el rgano de Seleccin, para conocimiento de los aspirantes, dando un plazo para posibles alegaciones de tres (3) das naturales contados a partir del da siguiente al que se hayan hecho pblicos los resultados. Las alegaciones que se formulen, debern ser remitidas al Presidente del rgano de Seleccin. Una vez estudiadas dichas alegaciones, se har pblico el resultado final de la fase de concurso.

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    Novena. Fase de oposicin.

    La fase de oposicin consistir en la realizacin de las pruebas recogidas en esta base y en el establecimiento del orden de prelacin de los aspirantes.

    Las pruebas, en funcin del proceso de seleccin, sern las siguientes:

    a) Sin crditos superados:

    Ingreso directo: Lengua inglesa y aptitud psicofsica. Promocin para cambio de escala: Aptitud psicofsica. Promocin para cambio de cuerpo: Aptitud psicofsica y prueba de conocimientos

    cientficos.

    b) Con crditos superados:

    Ingreso directo: Lengua inglesa y aptitud psicofsica. Promocin para cambio de escala o cuerpo: Aptitud psicofsica.

    Dcima. Desarrollo y descripcin de las pruebas.

    1. Desarrollo de las pruebas.

    La resolucin a que hace referencia la base quinta servir como llamamiento a la primera prueba, que ser realizada por todos aquellos aspirantes que hayan sido declarados admitidos al proceso de seleccin.

    Una vez comenzada la primera prueba de la fase de oposicin, la publicacin de las sucesivas, as como del lugar, fecha y hora de celebracin, la ir efectuando el rgano de Seleccin en el lugar donde se est realizando la ltima, y se anunciar por cualquier otro medio, si fuera conveniente, para facilitar su mxima divulgacin.

    El rgano de Seleccin adoptar las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposicin, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

    Las pruebas de lengua inglesa, psicolgica y de conocimientos cientficos se realizarn en tanda nica. Las pruebas fsicas y el reconocimiento mdico, se podrn realizar por tandas.

    Para la realizacin de la prueba de conocimientos y de lengua inglesa no se permitir el uso de textos, apuntes o diccionarios cualquiera que sea su soporte.

    La no presentacin del aspirante a una prueba o ejercicio en el momento que el Presidente del rgano de Seleccin declare el inicio del mismo, supondr la eliminacin del proceso de seleccin, salvo en los casos contemplados en el artculo 18 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero.

    En cualquier momento, el rgano de Seleccin podr requerir a los aspirantes que acrediten su identidad, debiendo stos ir provistos del original en vigor de alguno de los siguientes documentos: Documento nacional de identidad, tarjeta de identidad militar, permiso de conduccin o pasaporte, o bien documento que acredite su solicitud por extravo u otra circunstancia.

    Los resultados obtenidos tras la aplicacin de las correspondientes frmulas se expresarn con tres cifras decimales, redondeados a la milsima y sern expuestos en los siguientes lugares: en la pgina web www.reclutamiento.defensa.gob.es/convounica y en el tabln de anuncios de las dependencias donde se ubique el rgano de Seleccin.

    En el caso de ejercicios tipo respuesta mltiple, consistentes en la contestacin de preguntas con respuestas alternativas de las que solo una de ellas es correcta, el rgano de Seleccin har pblica la plantilla utilizada para su correccin.

    Los aspirantes tendrn un plazo de tres (3) das naturales, contados a partir del da siguiente al de difusin de los resultados obtenidos, para solicitar la revisin o efectuar cualquier reclamacin de cualquiera de las pruebas realizadas.

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    Los aspirantes del Ejrcito de Tierra, Armada, Ejrcito del Aire y Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, que se presenten a las plazas de promocin para cambio de escala o cambio de cuerpo, tendrn en cuenta que:

    Launiformidadparaasistiralasdiferentespruebas,salvoparalarealizacindelaspruebas fsicas, ser uniforme de diario modalidad C.

    Tendrn derecho a ttulo de viaje, expedido por su Unidad o a travs de laDelegacin o Subdelegacin de Defensa correspondiente, y al 20 % de indemnizacin por residencia eventual (IRE), durante los das en que realicen los exmenes. Datos administrativos:

    a) Ejrcito de Tierra: Cdigo de Autoridad Delegada: ET306 DIREN. Cdigo de Actividad: A determinar por JESAE DIEN.

    b) Armada. Cdigo de Operacin NF0011. N. CIS cargo cupo ALPER 850000/15.c) Ejrcito del Aire. Cdigo de comisin: F201-7-01.

    2. Descripcin de las pruebas.

    2.1 Prueba de lengua inglesa. La prueba constar de los siguientes ejercicios:

    Ejercicio de comprensin escrita: Consistir en la lectura de 30 textos cortos. Cada uno de ellos tendr una pregunta con cuatro opciones de respuesta. Slo hay una respuesta correcta. El tiempo para la realizacin del ejercicio ser de 50 minutos.

    Ejercicio de gramtica y vocabulario: Consistir en varios textos con espacios en blanco que se tendrn que completar. El nmero total de espacios en blanco ser 30. Se presentarn cuatro opciones de respuesta por cada espacio en blanco. Slo hay una respuesta correcta. El tiempo para la realizacin del ejercicio ser de 50 minutos.

    La prueba se realizar para la forma de ingreso directo, y ser eliminatoria. La calificacin de la misma ser de apto o no apto. Los que resulten no aptos quedarn eliminados del proceso de seleccin.

    Los criterios de evaluacin de la prueba de lengua inglesa se ajustarn a los de las competencias propias del nivel A2 definido en el Marco Comn Europeo de Referencia para las Lenguas: aprendizaje, enseanza y evaluacin (MCERL), del Consejo de Europa. Sern declarados apto aquellos aspirantes que hayan obtenido un nmero de respuestas correctas igual o superior a veinticuatro (24). No restan puntos las respuestas no contestadas o contestadas errneamente.

    El personal que participe en alguno de los procesos para ingreso por promocin y no est en posesin del perfil del idioma ingls especificado en el apartado 1.1.2.2.f) de la base segunda, realizar la misma prueba de lengua inglesa que la que se define para la forma de ingreso directo en este apartado. En este caso dicha prueba no formar parte de la fase de oposicin y no ser puntuable. Continuarn en el proceso de seleccin aquellos que hayan obtenido un nmero de respuestas correctas igual o superior a veinticuatro (24).

    El orden de realizacin de los ejercicios ser determinado por el Presidente del rgano de Seleccin.

    2.2 Prueba de aptitud psicofsica. La aptitud psicofsica se verificar mediante:

    Pruebas fsicas. Pruebas psicolgicas. Reconocimiento mdico.

    Las calificaciones que pueden obtenerse en las pruebas fsicas y en el reconocimiento mdico sern de apto y no apto, quedando estos ltimos eliminados del proceso de seleccin.

    El aspirante que participe en ms de un proceso de seleccin, derivado de la aplicacin del Real Decreto 234/2015, de 27 de marzo, superadas las pruebas fsicas y el reconocimiento mdico la primera vez que sea convocado, quedar exento de pasar las cv

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    pruebas fsicas y el reconocimiento mdico correspondientes a los siguientes procesos de seleccin en los que participe, siempre que las marcas de las pruebas fsicas y las exigencias del reconocimiento mdico sean de igual o superior dificultad a las que se pretenden convalidar.

    2.2.1 Pruebas fsicas: Los aspirantes debern finalizar las pruebas y superar las marcas de las pruebas fsicas recogidas en el apndice 10. Cuando para el ingreso se requiera tener crditos superados, las pruebas a realizar y marcas a superar por el aspirante en el proceso de seleccin sern las mismas que las exigidas a los alumnos de segundo curso de enseanza de formacin.

    La convocatoria para la realizacin de las pruebas fsicas se har pblica por el Presidente del rgano de Seleccin. En la convocatoria se indicar la tanda, fecha y hora en la que cada aspirante las realizar, debiendo aportar el modelo de certificado mdico oficial que corresponda.

    En las formas de ingreso por promocin, los militares profesionales podrn acreditar la aptitud fsica mediante la presentacin del correspondiente certificado de haber superado las pruebas peridicas de evaluacin fsica que, en el mbito de sus competencias, pueden determinar el Subsecretario de Defensa o los Jefes de Estado Mayor del Ejrcito de Tierra, de la Armada y del Ejrcito del Aire. Dicha acreditacin se efectuar slo para aquellas pruebas que por sus caractersticas sean idnticas a las requeridas en este proceso, obtenidas dos meses antes del fin de plazo de presentacin de solicitudes y con una marca igual o mejor a las marcas mnimas establecidas en esta convocatoria.

    Sin perjuicio de lo estipulado en la base decimosptima respecto a la proteccin de la maternidad, los aspirantes en quienes concurriese alguna circunstancia debidamente justificada, enfermedad banal o lesin fortuita, que le impida realizar las pruebas fsicas en la fecha prevista, podr solicitar del Presidente del rgano de Seleccin, antes de su inicio, su inclusin en alguna de las tandas de incidencias que sea necesario programar. El rgano de Seleccin podr decidir, previa deliberacin, acceder a lo solicitado incluyendo al aspirante en la tanda de incidencias para realizar las pruebas fsicas en la fecha que determine.

    El orden de realizacin de las pruebas ser establecido por la Junta de Educacin Fsica, y permitir la recuperacin de la prueba anterior y el calentamiento necesario para la realizacin de la siguiente.

    Si durante la realizacin de las pruebas fsicas, una vez que el aspirante haya comenzado la ejecucin de la primera, no terminara alguna de ellas, se considerar eliminado del proceso de seleccin.

    El requisito especfico del apartado 1.1.2.1 de la base segunda, se deber verificar durante el desarrollo de las pruebas fsicas. Si se detectara la existencia de algn caso en el que no se cumple el requisito, se pondr en conocimiento del Presidente del rgano de Seleccin a fin de que el personal afectado sea excluido del proceso de seleccin.

    2.2.2 Pruebas Psicolgicas: Consistirn en la realizacin de una o ms pruebas que exploren las caractersticas de la personalidad de los aspirantes para detectar indicadores de posibles trastornos que pudieran comprometer su rendimiento como alumnos de un centro docente militar de formacin o su futuro desempeo profesional. Los resultados obtenidos por los aspirantes sern considerados en el reconocimiento mdico.

    2.2.3 Reconocimiento Mdico: La convocatoria para los reconocimientos mdicos se har pblica por el Presidente del rgano de Seleccin. En ella se indicar la tanda, fecha y hora en la que cada aspirante se someter al reconocimiento mdico. En los procesos de seleccin para ingreso directo, al reconocimiento mdico sern convocados los aspirantes seleccionados, en su caso, segn la base undcima.

    Se aplicar el cuadro mdico de exclusiones aprobado por Orden PRE/2622/2007, de 7 de septiembre, exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formacin, modificada por la Orden PRE/528/2009, de 2 de marzo. Los implantes de lentes intraoculares constituyen causa de exclusin mdica contemplada en el nmero 13, de la letra H del citado cuadro.

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    El reconocimiento mdico se realizar en el Edificio de Cuidados Mnimos, 3. planta, del Hospital Central de la Defensa Gmez Ulla, sito en la Glorieta del Ejrcito s/n, de Madrid.

    Los aspirantes se presentarn al reconocimiento mdico en ayunas y con retencin de orina, e irn provistos de un bolgrafo de tinta azul o negra para rellenar el cuestionario de salud correspondiente. Con la finalidad de alcanzar una exploracin oftalmolgica ms precisa, se recomienda a los portadores de lentes de contacto, tanto de uso diurnas como nocturnas, que suspendan su utilizacin al menos una semana antes de la fecha del reconocimiento mdico y acudan a l con gafas debidamente actualizadas.

    El resultado del reconocimiento mdico podr ser revisado a instancia del aspirante, mediante solicitud dirigida al Presidente del rgano de Seleccin, del proceso de seleccin en el que participe, en un plazo no superior a tres (3) das naturales, contados a partir del da siguiente en que se haga pblico el resultado por la Junta de Reconocimiento Mdico. El Presidente del rgano de Seleccin dispondr su comparecencia ante el Tribunal Mdico Militar de Apelacin. El fallo de este Tribunal ser definitivo para la continuacin del aspirante en el proceso de seleccin.

    Sin perjuicio de lo estipulado en la base decimosptima respecto a la proteccin de la maternidad, los aspirantes en quienes concurriese alguna circunstancia justificada, enfermedad banal o lesin fortuita, que les impida someterse al reconocimiento en la fecha prevista, podrn solicitar al rgano de Seleccin su inclusin en una tanda de incidencias, y se sometern al reconocimiento mdico, o lo completarn, en la fecha que determine el rgano de Seleccin.

    El requisito especfico del apartado 1.1.2.1 de la base segunda, se deber verificar durante el desarrollo del reconocimiento mdico. Si se detectara la existencia de algn caso en el que no se cumple el requisito, se pondr en conocimiento del Presidente del rgano de Seleccin a fin de que el personal afectado sea excluido del proceso de seleccin.

    La Junta de Reconocimiento Mdico y el Tribunal Mdico Militar de Apelacin remitirn al Presidente del rgano de Seleccin las actas con los resultados mdicos obtenidos por los aspirantes.

    2.3 Prueba de conocimientos cientficos. La prueba de conocimientos cientficos ser eliminatoria. Para ser declarado apto ser necesario alcanzar una puntuacin igual o superior a sesenta (60) puntos. El declarado no apto no podr continuar el proceso de seleccin.

    La prueba comprender la realizacin de dos ejercicios sobre las materias de la modalidad del bachillerato de Ciencias y Tecnologa de Biologa y Qumica. Consistir en contestar por escrito formularios tipo test de cien (100) preguntas tericas y prcticas por materia. El tiempo por ejercicio ser de ciento ochenta (180) minutos. Podr utilizarse calculadora cientfica no programable, a proporcionar por el rgano de Seleccin.

    Los contenidos de las cuestiones y su nivel, estarn relacionados con los que figuran en el Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseanzas mnimas.

    La puntuacin de cada uno de los ejercicios se obtendr mediante la frmula: P=A-[E/(n-1)], donde A es el nmero de preguntas acertadas, E es el nmero de errores, n es el nmero de opciones presentadas como solucin y P es la puntuacin obtenida en el correspondiente ejercicio; no contabilizando las respuestas en blanco como errores.

    La puntuacin de la prueba se obtendr de la media aritmtica de los ejercicios que la componen. No se considerarn las puntuaciones negativas, siendo cien (100) puntos la mxima que se puede alcanzar y cero, la mnima.

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    Undcima. Seleccin previa en la forma de ingreso directo.

    En los procesos de seleccin para ingreso directo, si previamente al reconocimiento mdico y posteriormente a la prueba de lengua inglesa, el nmero de aspirantes declarados apto fuera superior en 2,5 veces al de plazas convocadas (diferenciando las plazas con crditos superados y sin crditos superados), se efectuar una seleccin previa que estar basada exclusivamente en la puntuacin final de la fase de concurso, ordenada de mayor a menor puntuacin, continuando el proceso de seleccin un nmero de aspirantes igual al resultado de multiplicar por la cifra anteriormente citada el de plazas convocadas, incrementados con los que tengan igual puntuacin a la del ltimo seleccionado.

    Si una vez realizadas todas las pruebas de que consta la oposicin, el nmero de aspirantes seleccionados fuera insuficiente para cubrir el de plazas convocadas (con crditos superados y sin crditos superados) para el ingreso directo en el centro docente militar de formacin, el rgano de Seleccin podr requerir, por riguroso orden de prelacin basado en la puntuacin final de la fase de concurso ordenada de mayor a menor puntuacin y en las preferencias manifestadas por los aspirantes, a los aspirantes que considere suficientes para, una vez superadas las pruebas que les resten, garantizar la cobertura de las plazas convocadas.

    Duodcima. Calificacin final.

    1. La calificacin final y posterior ordenacin de los aspirantes del proceso de seleccin, se efectuar conforme a la aplicacin de las siguientes frmulas:

    1.1 Ingreso directo con y sin crditos superados:

    CF = PFC

    Las puntuaciones se ordenarn de mayor a menor.En el supuesto de igualdad en la calificacin final, se aplicar la siguiente prioridad:

    Sin crditos superados: Tendr prioridad el aspirante cuyo cuarto ejercicio de la fase general de la prueba de acceso a las enseanzas universitarias oficiales de grado corresponda a una materia vinculada a la rama de conocimiento de Ciencias de la Salud. De persistir sta, se tomar en consideracin la calificacin obtenida en dicho ejercicio.

    Con crditos superados: Tendr prioridad el que tenga mayor puntuacin en la valoracin de los mritos militares (VMM), de persistir el empate, el de menor edad.

    1.2 Promocin para cambio de cuerpo sin crditos superados:

    CF = PC + PFC

    Las puntuaciones se ordenarn de mayor a menor.En caso de igualdad en la puntuacin de la calificacin final, tendr prioridad:

    1. El que tenga mayor puntuacin en la valoracin de los mritos militares.2. De persistir la igualdad, se valorar el perfil lingstico o la prueba de lengua

    inglesa realizada en su lugar, aplicando lo siguiente:

    1. Tendr prioridad el aspirante que acredite el perfil lingstico al que realice en su lugar la prueba de lengua inglesa.

    2. De entre los que acrediten el perfil lingstico, tendr prioridad el que tenga un perfil superior en el idioma ingls obtenido de la suma de los grados de capacidad lingstica en los distintos rasgos. El indicador + (plus) tendr un valor de 0,5 puntos.

    3. De entre los que realicen la prueba de lengua inglesa, tendr prioridad el que obtenga mayor puntuacin en dicha prueba.

    3. De no deshacerse la igualdad, el que consiga mayor puntuacin en la prueba de conocimientos cientficos.

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    1.3 Promocin para cambio de escala sin crditos superados:

    CF = PFC

    Las puntuaciones se ordenarn de mayor a menor.En caso de igualdad en la puntuacin de la calificacin final, tendr prioridad:

    1. El que tenga mayor puntuacin en la valoracin de los mritos militares.2. De persistir la igualdad, se valorar el perfil lingstico o la prueba de lengua

    inglesa realizada en su lugar, aplicando lo siguiente:

    1. Tendr prioridad el aspirante que acredite el perfil lingstico al que realice en su lugar la prueba de lengua inglesa.

    2. De entre los que acrediten el perfil lingstico, tendr prioridad el que tenga un perfil superior en el idioma ingls obtenido de la suma de los grados de capacidad lingstica en los distintos rasgos. El indicador + (plus) tendr un valor de 0,5 puntos.

    3. De entre los que realicen la prueba de lengua inglesa, tendr prioridad el que obtenga mayor puntuacin en dicha prueba.

    3. De no deshacerse la igualdad, el de mayor empleo y, en su caso, antigedad.

    1.4 Promocin para cambio de escala o cuerpo con crditos superados:

    CF = PFC

    Las puntuaciones se ordenarn de mayor a menor.En caso de igualdad en la puntuacin de la calificacin final, tendr prioridad:

    1. El que tenga mayor puntuacin en la valoracin de los mritos militares.2. De persistir la igualdad, se valorar el perfil lingstico o la prueba de lengua

    inglesa realizada en su lugar, aplicando lo siguiente:

    1. Tendr prioridad el aspirante que acredite el perfil lingstico al que realice en su lugar la prueba de lengua inglesa.

    2. De entre los que acrediten el perfil lingstico, tendr prioridad el que tenga un perfil superior en el idioma ingls obtenido de la suma de los grados de capacidad lingstica en los distintos rasgos. El indicador + (plus) tendr un valor de 0,5 puntos.

    3. De entre los que realicen la prueba de lengua inglesa, tendr prioridad el que obtenga mayor puntuacin en dicha prueba.

    3. De no deshacerse la igualdad, la obtenida en la valoracin de los crditos superados.

    1.5 Leyenda de las frmulas:

    CF: Calificacin final.PFC: Puntuacin fase de concurso aplicando lo dispuesto en anexo I o anexo II,

    segn corresponda, de la Orden DEF/689/2012, de 30 de marzo, modificados por la Orden DEF/778/2013, de 29 de abril.

    PC: Puntuacin obtenida en la prueba de conocimientos cientficos.

    2. Si tras aplicar los criterios de ordenacin establecidos persistiera la igualdad, tendr preferencia el de mayor edad.

    3. La relacin de aspirantes ordenados, atendiendo a la puntuacin obtenida, se har pblica en los mismos lugares en los que se expongan los resultados de las diferentes pruebas, especificados en el apartado 1 de la base dcima.

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    Decimotercera. Asignacin de plazas.

    Una vez obtenida la calificacin final, la asignacin de plazas se efectuar teniendo en cuenta, en cada una de las listas, la ordenacin de los aspirantes conforme a los criterios establecidos en la base anterior. Se tendr presente la posible acumulacin de plazas.

    Si algn aspirante participara en otros procesos de seleccin que no sean desarrollados por el mismo rgano de Seleccin, y le correspondiera plaza en varios de ellos, se tendr en cuenta el orden de preferencias de ingreso manifestado por el aspirante, de conformidad con lo previsto en el apartado 1.1.4 de la base cuarta. En ese caso, el Director General de Reclutamiento y Enseanza Militar coordinar la actuacin de los rganos de Seleccin implicados.

    El Presidente del rgano de Seleccin elevar al Director General de Reclutamiento y Enseanza Militar el acta con la relacin definitiva de aspirantes propuestos para ser nombrados alumnos. Esta relacin ser publicada por la citada autoridad en la pgina web www.reclutamiento.defensa.gob.es/convounica. El mismo da se publicar en el tabln de anuncios del Ministerio de Defensa (calle General Yage, n. 1, Madrid), y posteriormente en el Boletn Oficial del Estado.

    Si alguno de los aspirantes propuestos para ser nombrado alumno desease, por cualquier causa, renunciar voluntariamente a la plaza que se le hubiera asignado, deber solicitarlo, antes de la fecha de presentacin al centro docente militar de formacin, mediante instancia dirigida al Director General de Reclutamiento y Enseanza Militar, que se adelantar va correo electrnico: [email protected], o al fax: 91 395 51 57. Estas renuncias expresas extendern sus efectos a todo el proceso de seleccin, pudiendo ser cubiertas por el procedimiento descrito en el primer y segundo prrafo de esta base.

    En el caso de que se produzcan renuncias a las plazas, y con la finalidad de agilizar el proceso de reasignacin de las mismas, es necesario que los aspirantes cumplimenten en la solicitud de admisin al proceso de seleccin (apndice 1), un nmero de telfono fijo/mvil y una direccin de correo electrnico donde poder localizar de forma rpida al aspirante que le pudiera corresponder una plaza como consecuencia de la renuncia de otro aspirante.

    En ningn caso el rgano de Seleccin podr declarar aspirantes admitidos como alumnos un nmero superior al de plazas convocadas, de conformidad con lo establecido en el artculo 56.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.

    Alcanzada la fecha de ingreso en los centros docentes militares de formacin que proceda se extinguirn, respecto a los aspirantes, todos los derechos derivados del proceso de seleccin.

    No ms tarde del da 17 de agosto, el rgano de Seleccin expondr en la pgina web www.reclutamiento.defensa.gob.es/convounica, y en el tabln de anuncios de las dependencias donde se ubique el rgano de Seleccin, la relacin complementaria de aspirantes, ordenada de mayor a menor nota, que habiendo superado las pruebas no hubieran obtenido plaza.

    Decimocuarta. Presentacin en el centro docente militar de formacin y nombramiento de alumnos.

    Los aspirantes propuestos para ingresar como alumnos efectuarn su presentacin en la Academia General Militar (Carretera de Huesca, s/n, Zaragoza), en la fecha que se indica:

    a) Ingreso directo: el da 18 de agosto, antes de las 10:00 horas.b) Promocin: la fecha que oportunamente les indique la Academia Central de la

    Defensa. (Escuela Militar de Sanidad).

    Los militares profesionales que, de acuerdo con lo expresado en el apartado b), tengan que presentarse en fecha posterior al da 1 de septiembre de 2015, continuarn en su misma situacin militar y destino, hasta que les corresponda presentarse en la

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    Academia Central de la Defensa (Escuela Militar de Sanidad, calle Camino de los Ingenieros, n. 6, 28047 de Madrid).

    Para su presentacin en el centro docente militar de formacin, los aspirantes propuestos para ingresar como alumnos dispondrn de ttulo de viaje con cargo a la Direccin General de Reclutamiento y Enseanza Militar. El citado documento les ser remitido a su domicilio o unidad de destino/dependencia por la Secretara general, rea de Reclutamiento u rgano de apoyo de la Delegacin o Subdelegacin de Defensa de su provincia de residencia o de destino. Aqullos que residan en el extranjero recibirn el ttulo de viaje de la Delegacin de Defensa en Madrid, desde el punto de llegada a territorio nacional hasta el centro docente militar de formacin que corresponda.

    Si algn aspirante no efectuara su presentacin en la fecha indicada, sin justificar debidamente la causa de su ausencia, se entender que renuncia a la plaza asignada.

    Al hacer su presentacin, sern nombrados alumnos quedando matriculados como alumnos en la universidad de adscripcin. Aqullos que previamente no tuvieran la condicin militar firmarn un documento de incorporacin a las Fuerzas Armadas, segn el modelo aprobado por el Ministro de Defensa.

    Los nombrados alumnos que previamente tuvieran un empleo militar cesarn en su destino de origen, en la fecha de ingreso, siendo destinados con carcter forzoso al centro docente militar de formacin correspondiente, conservando los derechos administrativos inherentes al empleo militar que tuvieran. Al ingresar en dicho centro, permanecern o pasarn a la situacin de servicio activo. Al incorporarse a una nueva escala causarn baja en la de origen, con la consiguiente prdida del empleo que tuvieran en la escala anterior, pero manteniendo los derechos derivados del tiempo de servicios que tuvieran cumplido. La incorporacin a un cuerpo diferente pero de una escala del mismo nivel, se har conservando el empleo y el tiempo de servicios cumplido en la escala de origen.

    El plan de estudios de los alumnos que accedan a las plazas ofertadas segn disposicin adicional cuarta del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, y disposicin transitoria tercera de la Orden DEF/689/2012, de 30 de marzo (acceso con crditos superados), se aprobar una vez efectuado el reconocimiento de crditos por la comisin de docencia, y se distribuir en un mnimo de cinco (5) cursos acadmicos.

    El Subdirector General de Enseanza Militar publicar en el Boletn Oficial del Ministerio de Defensa la lista de los nombrados alumnos.

    Decimoquinta. Renuncias en la fecha de presentacin en el centro docente militar de formacin.

    Las plazas de los propuestos como alumnos que no hayan efectuado su presentacin en la fecha sealada, sin causa justificada, en el centro docente militar de formacin correspondiente, podrn ser cubiertas al amparo del artculo 56.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, atendiendo al orden de la relacin complementaria a que se hace referencia en la base decimotercera.

    El ofrecimiento de la plaza a los que integran la relacin complementaria deber realizarse de forma que quede constancia del mismo, as como de la aceptacin o renuncia expresa del aspirante.

    En caso de que el aspirante acepte inicialmente la plaza segn el procedimiento previsto en esta base, y no se presente en la fecha designada, en el centro docente militar de formacin correspondiente, se entender que renuncia a la plaza, pudiendo volver a cubrirse mediante el procedimiento descrito en esta base.

    Al producirse la presentacin en el correspondiente centro docente militar de formacin de los aspirantes a los que se asigna plaza por el procedimiento descrito en esta base, se extinguir respecto a ellos todos los derechos derivados del proceso de seleccin.

    Decimosexta. Renuncia a la condicin de militar.

    Segn lo establecido en el apartado 1 de la disposicin adicional sexta de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, a los alumnos del centro docente militar de formacin les

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    ser de aplicacin el rgimen establecido en dicha ley y, especialmente, lo previsto en el artculo 71.1, referente al resarcimiento econmico al Estado cuando se cause baja a peticin propia desde el primer ao de su formacin. Para la renuncia a la condicin de militar de carrera ser requisito tener cumplidos doce aos de tiempo de servicios desde su acceso a la escala.

    Decimosptima. Proteccin de la maternidad.

    A fin de asegurar la debida proteccin de la aspirante que se encuentre en situacin de embarazo, parto o postparto, se actuar conforme determina el artculo 18 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero.

    Las aspirantes que se encuentren en la situacin de embarazo, parto o posparto debern acreditarla documentalmente mediante la oportuna certificacin. Por la Sanidad Militar se indicar si la limitacin de la aspirante alcanza a la totalidad o slo a parte de las pruebas que deba realizar en el proceso de seleccin.

    En caso de necesario aplazamiento en la realizacin de alguna de las pruebas, la plaza afectada quedar condicionada a la superacin por parte de la aspirante de la totalidad de aquellas previstas en la convocatoria a la que pertenece la plaza afectada.

    La aspirante efectuar, en su caso, las pruebas para las que se le hubiere apreciado plena capacidad, optando, respecto a las pruebas aplazadas, entre su realizacin en las fechas que a estos solos efectos determine el Presidente del rgano de Seleccin, o en aquella otra que se establezca en la convocatoria inmediatamente siguiente y que corresponda a una provisin anual de plazas diferente. Con objeto de proceder a su calificacin en el proceso de seleccin, en relacin con las pruebas aplazadas para una convocatoria diferente, se la asignar provisionalmente la mxima puntuacin.

    Si llegada la fecha sealada al efecto en la convocatoria siguiente la aspirante no pudiera completar el proceso de seleccin por encontrarse en una nueva situacin de embarazo, parto o posparto, dispondr, por ltima vez, de la opcin descrita en el prrafo anterior. Si en este ltimo supuesto no realizara y superara, cualquiera que sea la causa, las pruebas de seleccin pendientes, perder todo derecho y expectativa a la plaza condicionada.

    De optar la aspirante por la realizacin de la prueba o pruebas aplazadas, en convocatoria diferente a la inicial, no le ser de aplicacin los requisitos especficos de edad, aunque deber mantener durante todo el proceso de seleccin, hasta la fecha de incorporacin al centro docente militar de formacin, los restantes requisitos establecidos en la convocatoria inicial.

    Si a la aspirante le correspondiese plaza en el proceso de seleccin, condicionada a la realizacin de las pruebas aplazadas, ser nombrada provisionalmente aspirante propuesta para ingresar como alumno, para la incorporacin como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina.

    Una vez desaparecidos los impedimentos que motivaron el aplazamiento de las pruebas, las realizar y se le asignar la puntuacin que corresponda, obtenindose la calificacin definitiva de la fase de oposicin:

    a) En el supuesto de superar ntegramente el proceso de seleccin y de alcanzar la nota necesaria en la fase de oposicin, el rgano de Seleccin la incluir en la relacin de aspirantes propuestos para ingresar como alumnos, con expresa indicacin de la convocatoria inicial a la que pertenece la plaza definitivamente asignada.

    b) Por el contrario, de no superar las pruebas aplazadas o de no alcanzar la puntuacin necesaria en la fase de oposicin, perder la plaza asignada provisionalmente.

    Si por motivos derivados de su situacin de embarazo, parto o posparto, la aspirante propuesta para ingresar como alumno no pudiera efectuar su presentacin en el centro docente militar de formacin que corresponda, tendr derecho a la reserva de plaza, por una sola vez, para iniciar la enseanza de formacin en la primera oportunidad que se produzca una vez cese la causa que lo impidi. Los motivos debern acreditarse ante el

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  • BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 125 Martes 26 de mayo de 2015 Sec. II.B. Pg. 44955

    Subdirector General de Enseanza Militar, con antelacin a la fecha de incorporacin al centro docente militar de formacin.

    Decimoctava. Igualdad de gnero.

    De acuerdo con el artculo 6.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, la igualdad de trato y de oportunidades es un principio que en las Fuerzas Armadas se aplicar de conformidad con lo previsto en la Ley Orgnica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. El rgano de Seleccin velar por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre los aspirantes de ambos sexos que participen en la convocatoria.

    Asimismo, se seala que actualmente existe una representacin relativamente baja de la mujer, como militar profesional en las Fuerzas Armadas.

    Decimonovena. Publicidad de las actuaciones.

    La informacin relativa a las resoluciones, puntuaciones de la fase de concurso, resultados de las distintas pruebas, as como cualquier otra de carcter general que se considere de inters para los aspirantes, se publicar en la pgina web www.reclutamiento.defensa.gob.es/convounica.

    Vigsima. Norma final.

    La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella y de la actuacin del rgano de Seleccin, podrn ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE nmero 285, de 27 de noviembre), de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nmero 12, de 14 de enero), y en la Ley 29/1998, de 13 de julio (BOE nmero 167, de 14 de julio), reguladora de la Jurisdiccin Contencioso-administrativa.

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  • BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 125 Martes 26 de mayo de 2015 Sec. II.B. Pg. 44956

    APNDICE 1

    SOLICITUD DE ADMISIN A LOS PROCESOS DE SELECCIN, FORMA DE INGRESO DIRECTO O PROMOCIN, PARA LA INCORPORACIN COMO MILITAR DE CARRERA A LA ESCALA DE OFICIALES DEL CUERPO MILITAR DE SANIDAD, ESPECIALIDAD FUNDAMENTAL MEDICINA, SIN EXIGENCIA DE TITULACIN UNIVERSITARIA PREVIA.

    A. DATOS DEL ASPIRANTE: (CUMPLIMENTE LOS DATOS EN MAYSCULAS). NIF / NIE NOMBRE PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO

    SEXO FECHA NACIMIENTO NSS/NAF PAIS DE NACIMIENTO PROVINCIA DE NACIMIENTO

    MUNICIPIO COD. PROV. NACIMIENTO NOMBRE DEL PADRE NOMBRE DE LA MADRE PAIS DE RESIDENCIA

    PROVINCIA DE RESIDENCIA DOMICILIO ACTUAL (CALLE / PORTAL / PLANTA / PUERTA / CDIGO POSTAL / LOCALIDAD)

    TELFONOS MOV / FIJO: CORREO ELECTRNICO:

    CONVOCATORIAS INGRESO POR PROMOCIN

    NMERO TOTAL TIPO CONV. ACTUAL ORDINARIA EXTRAORDINARIA

    B. ASPIRANTES MILITARES PROFESIONALES.

    EJRCITO CUERPO ESCALA EMPLEO

    C. FORMA DE INGRESO: DIRECTO CAMBIO DE ESCALA CAMBIO DE CUERPO D. OFERTA DE PLAZAS A LAS QUE SE PRESENTA

    CODIGO PLAZAS

    0 6 0 SIN CRDITOS SUPERADOS DE LA TITULACIN DE MEDICINA