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INDICE AUDITORIA AMBIENTAL INICIAL CAPITULO 1. Antecedentes y Metodología 1.1. Antecedentes 1-1 1.2. Objetivo del presente informe de auditoria 1-2 1.3. Datos generales 1-3 1.4. Metodología Empleada 1-4 CAPITULO 2. Descripción de la Planta 2.1. Antecedentes 2-1 2.2. Localización Geográfica, Extensión y Limites 2-1 2.3. Características del Sector 2-2 2.4. Infraestructura Novacero S.A. Planta Lasso 2-2 2.4.1. Generales 2-2 2.4.1.1. Vía de Acceso y Estacionamiento 2-2 2.4.1.2. Canales 2-2 2.4.1.3. Sistemas de aguas lluvias y servidas 2-3 2.4.1.4. Personal y turnos de trabajo 2-5 2.4.1.5. Servicios de la planta 2-6 2.4.1.6. Sistema de gestión integrado 2-7 2.4.2. Proceso productivo 2-7 2.4.2.1. Materia Prima 2-7 2.4.2.2. Producto terminado 2-8 2.4.2.2.1. Varilla de construcción 2-9 2.4.2.2.2. Perfiles laminados 2-10 2.4.2.3. Insumos 2-13 2.4.2.3.1. Energía Eléctrica 2-13 2.4.2.3.2. Combustible 2-14 2.4.2.3.2.1. Combustible para el horno 2-14 2.4.2.3.2.2. Combustibles para montacargas, maquinaria pesada y uso general 2-14 2.4.2.3.3 Agua 2-15 2.4.2.3.3.1 Agua de refrigeración 2-15 2.4.2.3.4. Aceites y lubricantes 2-16 2.4.2.3.5 Gases Industriales 2-16 2.4.2.3.6. Productos químicos 2-16 2.4.2.4 Proceso de fabricación 2-17 2.4.2.4.1. Tren de laminación 1 2-18 2.4.2.4.1.1 Descripción de proceso de laminación del tren 1 2-19 2.4.2.4.1.2 Tren de laminación 2 2-22 2.4.2.4.2.1. Descripción del proceso de laminación del tren 2 2-23 2.4.2.4.3. Tren 3 2-23 2.4.2.4.4. Planta de figurados 2-23 2.4.2.5. Talleres auxiliares 2-25 2.4.2.5.1. Talleres de Mantenimiento 2-25 2.4.2.5.2. Talleres de Maquinas herramientas 2-25 2.4.2.5.3. Talleres de guías de laminación 2-25 2.4.2.5.4. Taller automotriz 2-26 2.4.5. Distribución de áreas de la planta 2-26 2.6. Residuos 2-26 2.6.1 Residuos sólidos 2-28 2.6.2 Residuos semisólidos 2-29 2.6.3. Residuos Líquidos 2-29 CAPÍTULO 3. Situación Actual de Componentes Ambientales: Línea Base Ambiental 3.1. Medio Físico 3-3 3.1.1. Climatología y Meteorología 3-3 3.1.2. Calidad del Aire 3-5 3.1.3. Emisiones fuentes fijas 3-6 3.1.4. Niveles de Presión Sonora 3-7 3.1.5. Geomorfología Regional 3-9 3.1.6. Geología Regional 3-10

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INDICE AUDITORIA AMBIENTAL INICIAL

CAPITULO 1. Antecedentes y Metodología 1.1. Antecedentes 1-1 1.2. Objetivo del presente informe de auditoria 1-2 1.3. Datos generales 1-3 1.4. Metodología Empleada 1-4 CAPITULO 2. Descripción de la Planta 2.1. Antecedentes 2-1 2.2. Localización Geográfica, Extensión y Limites 2-1 2.3. Características del Sector 2-2 2.4. Infraestructura Novacero S.A. Planta Lasso 2-2 2.4.1. Generales 2-2 2.4.1.1. Vía de Acceso y Estacionamiento 2-2 2.4.1.2. Canales 2-2 2.4.1.3. Sistemas de aguas lluvias y servidas 2-3 2.4.1.4. Personal y turnos de trabajo 2-5 2.4.1.5. Servicios de la planta 2-6 2.4.1.6. Sistema de gestión integrado 2-7 2.4.2. Proceso productivo 2-7 2.4.2.1. Materia Prima 2-7 2.4.2.2. Producto terminado 2-8 2.4.2.2.1. Varilla de construcción 2-9 2.4.2.2.2. Perfiles laminados 2-10 2.4.2.3. Insumos 2-13 2.4.2.3.1. Energía Eléctrica 2-13 2.4.2.3.2. Combustible 2-14 2.4.2.3.2.1. Combustible para el horno 2-14 2.4.2.3.2.2. Combustibles para montacargas, maquinaria pesada y uso general 2-14 2.4.2.3.3 Agua 2-15 2.4.2.3.3.1 Agua de refrigeración 2-15 2.4.2.3.4. Aceites y lubricantes 2-16 2.4.2.3.5 Gases Industriales 2-16 2.4.2.3.6. Productos químicos 2-16 2.4.2.4 Proceso de fabricación 2-17 2.4.2.4.1. Tren de laminación 1 2-18 2.4.2.4.1.1 Descripción de proceso de laminación del tren 1 2-19 2.4.2.4.1.2 Tren de laminación 2 2-22 2.4.2.4.2.1. Descripción del proceso de laminación del tren 2 2-23 2.4.2.4.3. Tren 3 2-23 2.4.2.4.4. Planta de figurados 2-23 2.4.2.5. Talleres auxiliares 2-25 2.4.2.5.1. Talleres de Mantenimiento 2-25 2.4.2.5.2. Talleres de Maquinas herramientas 2-25 2.4.2.5.3. Talleres de guías de laminación 2-25 2.4.2.5.4. Taller automotriz 2-26 2.4.5. Distribución de áreas de la planta 2-26 2.6. Residuos 2-26 2.6.1 Residuos sólidos 2-28 2.6.2 Residuos semisólidos 2-29 2.6.3. Residuos Líquidos 2-29

CAPÍTULO 3. Situación Actual de Componentes Ambientales: Línea Base Ambiental 3.1. Medio Físico 3-3 3.1.1. Climatología y Meteorología 3-3 3.1.2. Calidad del Aire 3-5 3.1.3. Emisiones fuentes fijas 3-6 3.1.4. Niveles de Presión Sonora 3-7 3.1.5. Geomorfología Regional 3-9 3.1.6. Geología Regional 3-10

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3.1.7. Geología Local 3-11 3.1.8. Suelos 3-14 3.1.9. Hidrología 3-16 3.1.9.1. Calidad de Agua Superficial 3-19 3.1.9.2. Calidad de Agua Subterránea 3-23 3.1.10. Riesgo Natural 3-25 3.1.10.1. Riesgo Volcánico 3-25 3.2. Medio Biótico 3-26 3.2.1. Zona de Vida (Bioclimatica) 3-30 3.2.2 Flora 3-30 3.2.2.1. Formaciones Vegetales 3-30 3.2.2.2. Estado Actual del Área de la Planta 3-33 3.2.3. Fauna 3-34 3.2.3.1. Contexto Regional 3-34 3.2.3.2. Estado Actual del Área de la Planta Lasso 3-35 3.2.4. Áreas de Manejo Especial 3-37 3.3. Medio Socioeconómico 3-40 3.3.1. Características Generales 3-40 3.3.2. Descripción de la Parroquia Tanicuchi 3-41 3.3.2.1. Población 3-42 3.3.2.2. Educación 3-42 3.3.2.3. Vivienda y Servicios Básicos 3-43 3.3.2.4. Salud 3-43 3.3.2.5. Empleo 3-57 3.3.2.6. Nivel de Pobreza 3-57 3.3.3. Indígenas de Cotopaxi 3-57 3.3.4. Estructura Social a los alrededores de la empresa 3-58 3.3.5. Interrelación de la Empresa con la Comunidad 3-58 3.3.6. Paisaje 3-58 3.3.7. Uso de Suelo 3-60

CAPÍTULO 4. Análisis del Cumplimiento del Marco Legal Ambiental 4.1. Legislación y normativa Nacional 4-1 4.2. Legislación y normativa ambiental municipal 4-43 Capítulo 5. Identificación y Evaluación De Impactos Ambientales 5.0. Introducción 5-1 5.1. Identificación y Descripción de Impactos Ambientales 5-1 5.2.1. Identificación y Descripción de los Impactos Ambientales registrados actualmente 5-1 5.2.1.1. Impactos registrados sobre el Medio Físico 5-2 a) Calidad del aire 5-2 b) Niveles de ruido 5-2 c) Calidad del agua superficial 5-2 d) Calidad de aguas subterráneas 5-3 e) Calidad del suelo 5-3 5.1.1.2. Impactos sobre el Medio Biótico 5-4 a) Seguridad y saludo ocupacional 5-4 b) Impacto sobre la salud y el bienestar 5-4 c) Impactos sobre el empleo 5-5 d) Generación de desechos sólidos 5-5 e) Generación de desechos peligrosos 5-6 5.2.2 Identificación de los impactos potenciales 5-8 5.1.2.1. Impactos potenciales sobre el Medio Físico 5-8 a) Impacto potencial sobre las aguas subterráneas 5-8 b) Calidad de agua subterránea 5-8 5.2.2.2. Impactos sobre el Medio Biótico 5-9 a) Flora y Fauna 5-9 5.2.2.3. Impactos sobre el Medio Socioeconómico y Cultural 5-9 a) Impactos sobre Servicios Básicos 5-9 b) Impactos sobre la Salud y bienestar 5-10 5.3. Conformidades y no conformidades encontradas en la auditoria 5-10

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Capítulo 6 Plan De Manejo Ambiental 6.1.1. Programa de Prevención y Mitigación de impactos 6-2 6.2. Programa de de Emergencia y Contingencia incluye seguridad y salud ocupacional 6-12 6..3. Programa de Capacitación 6-14 6.4. Programa de Manejo de Desechos 6-15 6.5. Programa de Monitoreo 6-37 6.6. Plan de Abandono 6-45 6.4 Presupuesto del Plan de Manejo Ambiental 6-45 Tabla Resumen del Plan de Manejo Ambiental incluyendo Presupuesto por Etapas del Proyecto

ANEXOS Plano general del sector Anexo 1 Plano canales (acequias) Anexo 2 Plano de construcción de los pozos sépticos Anexo 3 Organigrama de la planta Anexo 4 Seguridad y saludo ocupacional P-RI Anexo 5 Informe de resultados calidad de aire Anexo 6 Informe de resultados emisiones fuentes fijas Anexo 7 Informe de resultados calidad de agua Anexo 8 Informe de resultados caracterización de suelos Anexo 9 Norma uso de suelo industrial, Municipio de Latacunga Anexo 10 Participación ciudadana Anexo 11

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Noviembre de 2008 Capítulo 1 - 1

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Planta LASSO NOVACERO S.A.. Cantón Latacunga, Provincia de Cotopaxi.

CAPITULO 1 ANTECEDENTES Y METODOLOGIA

1.1 Antecedentes

La multinacional ARMCO se constituye en Quito-Ecuador en Julio de 1973 como PRODUCTOS METALICOS ARMCO S.A. y orienta sus operaciones a la fabricación y comercialización de productos de acero. En 1983 se constituye ARMCOPAXI S.A. en la localidad de Lasso, cantón Latacunga, provincia de Cotopaxi y de igual manera orienta sus actividades en la rama metalmecánica. En el año de 1992 PRODUCTOS METALICOS ARMCO S.A. cambia de razón social a NOVACERO S.A. mientras que ARMCOPAXI S.A. cambia de denominación a ACEROPAXI S.A.

En el mes de Enero del año 2002 se fusiona NOVACERO S.A. y ACEROPAXI S.A., denominándose la nueva empresa NOVACERO ACEROPAXI S.A.

Finalmente en el mes de Junio del 2005, NOVACERO ACEROPAXI S.A. cambia de razón social y pasa a denominarse NOVACERO S.A.

En la actualidad NOVACERO S.A. cuenta con tres plantas de producción ubicadas en Quito, Guayaquil y Lasso. La Planta de Quito se especializa en la producción de soluciones viales de acero, la Planta de Guayaquil está enfocada a la producción de tuberías, perfiles y cubiertas metálicas de acero, y la Planta Lasso se dedica a la producción de perfiles de acero laminados en caliente tales como ángulos, platinas, te; siendo su producto estrella la varilla de construcción antisísmica sismorresistente.

Acorde con las exigencias del mercado y en concordancia con la visión de la empresa, NOVACERO S.A. cuenta desde el año 2001 con un sistema de gestión de calidad con certificación ISO 9001:2000 para todos sus procesos. En el año 2004 el sistema se consolida y NOVACERO S.A. estructura un sistema de gestión integrado con certificación ISO 14001:2004 para las plantas de Quito y Guayaquil, mientras que la certificación de la Planta Lasso se encuentra en proceso.

La Empresa NOVAVERO, con su planta de producción ubicada en Lasso, da cumplimiento a la Primera Disposición Transitoria del Título IV (Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental) del Libro VI (De la Calidad Ambiental) del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria, que establece que:

“Las actividades o proyectos que se encuentren en funcionamiento y que no cuenten con un estudio de impacto ambiental aprobado deberán presentar una auditoria ambiental inicial de cumplimiento con las regulaciones ambientales vigentes ante la entidad ambiental de control. La auditoria ambiental inicial debe incluir un plan de manejo ambiental. La AA inicial o EIA Ex – post cubre la ausencia de un EIA”.

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Al respecto, con el fin de cumplir con la normativa ambiental vigente a nivel nacional, la empresa vio la necesidad de realizar la Auditoria Ambiental Inicial de la Planta Lasso, que permita evaluar inicialmente la gestión ambiental desarrollada en la operación-mantenimiento de la Planta Lasso, y proponer las medidas ambientales que corregirían, prevendrían o mitigarían los impactos ambientales identificados por la auditoria.

1.2 Objetivos del presente Informe de Auditoria Ambiental.

Objetivos General

Î Cumplir con la Legislación Ambiental Nacional vigente aplicable a las instalaciones existentes y la obtención de la Licencia Ambiental.

Objetivo Principal

Î Evaluar el desempeño ambiental actual de la Planta NOVACERO S.A. LASSO, con el fin de proponer un Plan de Manejo Ambiental acorde a las características del entorno y la legislación ambiental nacional y seccional vigente, así como a los requerimientos actuales y futuros de la empresa; orientado a la corrección de los impactos ambientales negativos que se hubieren generado, a la prevención de aquellos potenciales impactos ambientales negativos que aún no hubieren aparecido y a la potenciación de los impactos positivos existentes como producto de la operación de la planta de elaboración de productos de acero.

Objetivos específicos

Î Analizar la situación actual del medio ambiente (componentes físico, biológico y

socioeconómico) en el entorno y poblaciones de las áreas de influencia directa e indirecta de las instalaciones de la planta.

Î Identificar, describir y evaluar los impactos ambientales significativos positivos y

negativos, presentes y potenciales en la planta, en base del diagnóstico de la situación actual del medio ambiente del entorno (línea base ambiental) y al funcionamiento actual de la planta NOVACERO.

Î Preparar una propuesta de medidas ambientales en un Plan de Manejo para los

impactos ambientales presentes o potenciales que se identifiquen, para mejorar la gestión ambiental de la empresa.

Î Ser calificados como gestores tecnificados de aceites e hidrocarburos usados.

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Noviembre de 2008 Capítulo 1 - 3

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1.3. Datos Generales.

� Nombre del Estudio:

Auditoria Ambiental Inicial de las instalaciones de NOVACERO S.A. Planta Lasso, en la Provincia de Cotopaxi.

� Ubicación Geográfica:

Sector la Pradera, Parroquia Tanicuchi, Cantón Latacunga, Provincia de Cotopaxi.

� Dirección:

Latacunga, Panamericana Norte, Km. 15 vía Quito.

� Teléfonos:

(03) 719 047 / 048/ 118. Fax (03) 719 047.

� E-mail:

[email protected]

� Nombre o razón social del proponente:

NOVACERO S.A. PLANTA LASSO.

� Representante:

Ing. Guillermo Miño, Gerente de Planta.

� Pagina Web:

www.novacero.com

� Fecha de elaboración de la Auditoria Ambiental Inicial:

Febrero – Noviembre del 2008.

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Noviembre de 2008 Capítulo 1 - 4

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1.4. Metodología Empleada. Se revisó toda la documentación disponible relacionada a las instalaciones de la planta, procesos de producción, mantenimiento, personal y planos proporcionados por la empresa, la información recabada por el propio consultor, así como normas y estándares a nivel local, nacional (Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria, TULAS) e internacional, sobre la generación de impactos ambientales en la operación y mantenimiento de la Planta.

Con visitas de campo, se determinó al detalle la línea base ambiental de los aspectos físicos y bióticos del entorno, para posteriormente proceder con la identificación de los potenciales impactos ambientales relevantes, y el planteamiento de medidas ambientales (generales) para prevenir, mitigar o potenciar (en el caso de los positivos) dichos impactos.

realizaron muestreos de calidad de agua, aire, monitoreos de emisiones de fuentes fijas (chimeneas de los hornos) y niveles de presión sonora por parte del presente estudio, así también a información a partir de entrevistas con pobladores de la zona de la planta y otros actores.

Es importante destacar que la Empresa NOVACERO S.A. Cuenta con la Licencia Ambiental para el “Proyecto Horno de Fundición Planta Novacero S.A. Lasso”. 1 por lo que al referirse a la misma planta industrial servirá de base para el presente estudio. 1 Estudio de impacto Ambiental Horno de Fundición Planta NOVACERO Lasso Resolución 193 9 de octubre 2008.

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Noviembre de 2008 Capítulo 2 - 1

CAPÍTULO 2. DESCRIPCIÓN DE LA PLANTA

2.1 Antecedentes. Novacero S.A. es una empresa siderúrgica cuyos orígenes se remontan al año 1973 cuando la multinacional ARMCO inició sus actividades en el país. La planta Lasso inicia sus actividades en el año de 1983, contando al momento con más de 20 años de experiencia en lo que es el área de la laminación en caliente de perfiles de acero.

La empresa NOVACERO S.A. Lasso, ha decidido realizar una Auditoria Ambiental Inicial de dichas instalaciones, con el fin de cumplir con el marco legal ambiental nacional vigente y regularizar, en lo que fuere pertinente, las actividades de la planta localizada en Lasso, Tanicuchi, provincia de Cotopaxi.

Por tanto, en cumplimiento a lo estipulado en la normativa ambiental nacional, y como parte de la política empresarial de cumplir dicha normativa, la empresa ha contratado a CMC Consultores para la elaboración de la Auditoria Ambiental Inicial de la Planta de NOVACERO LASSO, en atención a la Primera Disposición Transitoria del Título IV (Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental) del Libro VI (De la Calidad Ambiental) del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria, que establece: “Las actividades o proyectos que se encuentren en funcionamiento y que no cuenten con un estudio de impacto ambiental aprobado deberán presentar una auditoria ambiental inicial de cumplimiento con las regulaciones ambientales vigentes ante la entidad ambiental de control. La auditoria ambiental inicial debe incluir un plan de manejo ambiental. La AA inicial o EIA Expost cubre la ausencia de un EIA”.

2.2 Localización Geográfica, Extensión y Límites Las instalaciones industriales de la empresa NOVACERO S.A. LASSO se encuentra ubicada al norte del cantón Latacunga en la Provincia del Cotopaxi, Panamericana Norte, Km. 15 vía Quito, que corresponde a coordenada geográfica UTM 765504E, 9912416N (datum WGS84), las instalaciones ocupan un área de 213.046,30 m2.

Las instalaciones limitan al norte con terrenos de la empresa de Lácteos INDULAC, al Este con la Panamericana Norte, al Sur limita con terrenos baldios de la empresa NOVACERO S.A. adquiridos durante el año 2008 a la Hostería San Mateo y al Oeste con terrenos baldíos de propiedad de la empresa NOVACERO S.A., los mismos que limitan con una línea férrea.

De acuerdo al ordenamiento territorial establecido por la Municipalidad de Latacunga, el uso de suelo la zona donde se asienta la planta se clasifica como “Zona Industrial Externa al Área Urbana”.

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Noviembre de 2008 Capítulo 2 - 2

La actividad industrial que se desarrolla en la planta es la fabricación y comercialización de acero y sistemas metálicos para la construcción; los productos que fabrican mayormente son varillas de construcción y ángulos.

La ubicación geográfica de las instalaciones planta referida al plano general del sector se presenta en el anexo 1.

2.3 Características del sector La zona está, como se señaló previamente, insertada en un entorno netamente rural, donde también se ubican ciertas empresas de tipo industrial. Existen en menor grado otras actividades económicas.

El perfil de equipamiento de la zona lo conforman un caserío residencial (vivienda), un tanto más distante una instalación hotelera, predios industriales y algunos predios de uso particular.

2.4 Infraestructura Novacero S.A. Planta Lasso A continuación se presenta una descripción de las principales obras civiles existentes.

2.4.1 Generales

2.4.1.1. Vía de acceso y estacionamientos La vía de acceso principal es a través de la Panamericana Norte que conduce hacia la ciudad de Quito la misma que se halla en buenas condiciones al igual que las cunetas. También existe otra vía cercana denominada Vía a Mulaló que va hacia la parroquia del mismo nombre perteneciente al cantón Latacunga y también es vía de acceso al volcán Cotopaxi.

Dentro de las instalaciones de la Planta Lasso, las vías de circulación interior principales se encuentran adoquinadas para permitir el acceso a vehículos pesados y livianos, salvo en la parte de ingreso a la nave o galpón de producción donde se ubican los trenes de producción 2 y 3.

El parqueo de visitantes se ubica en el interior de las instalaciones en la parte anterior, próxima al área de oficina principal. Existe además una plazoleta para camiones que se ubica a un costado de la entrada principal. El parqueo de los empleados esta hacia la parte posterior derecha de las instalaciones, el mismo que no cuenta con adoquinado.

Los terrenos que corresponden a las instalaciones de NOVACERO S.A. están rodeados por cercas de hierro, alambre de púas y por sombríos de árboles.

2.4.1.2 Canales Se evidencia la presencia en los alrededores de la planta de un canal o acequia de descarga de agua freática (el nivel freático es alto en el área de estudio) que va por la parte posterior (Oeste) y la parte lateral derecha (Norte), bordeando el área de acopio de chatarra y un área verde perteneciente a la empresa NOVACERO S.A.

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Noviembre de 2008 Capítulo 2 - 3

Existe otro canal cuya función es de riego, el cual bordea el frente de la empresa (Este) y se dirige hacia la parte posterior (Oeste) siguiendo el límite izquierdo (Sur) de las instalaciones de NOVACERO S.A. se anexa N. 2 (plano) . 2.4.1.3. Sistemas de aguas lluvias y servidas Actualmente se han adoptado varias medidas para gestionar los diferentes tipos de agua dependiendo de los contaminantes en ella encontrados, a continuación se presenta el estado actual de estos estudios. a) AGUAS NEGRAS. Las Agua negras que se producen en la Planta Industrial Lasso son desperdicio de los diferentes Servicios Higiénicos ubicados, estos pasan por un tratamiento primario (pozo Séptico) se anexa 3 planos donde se eliminan partículas en suspensión de esta luego se concentran en una sola canalización la cual descarga en la acequia que atraviesa los predios de la empresa, el caudal medido de esta es de 0,5 m3/h promedio en situación normal. Un resumen del tratamiento actual que se da a este tipo de agua se muestra a continuación, cabe decir que un 20 % de esta agua no tiene tratamiento debido a conexiones antiguas que están en proceso de eliminación.

Esquema 1

b) AGUAS GRISES. Las aguas Grises generados en la planta Industrial de Lasso se general principalmente en la cocina de la planta y el los diferentes lavamanos con los que consta la planta. El agua gris esta contaminada con detergentes y restos de comida la cual representa materia orgánica y a diferencia de las aguas negra no contienen bacterias patógenas. El caudal que se determino en promedio para este tipo de agua es de 0,1 m3/h en una jornada normal.

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Esquema 2 c) AGUAS LLUVIA. Las aguas lluvias son recolectadas en toda el área de la planta pero será gestionada solo el agua que esta en el área construida, es decir aledaña a naves, edificios y calles. A esta agua se la puede clasificar en agua lluvia de techos y agua lluvia de pisos, siendo la primera la mas fácil de gestionar y tratar ya que esta casi libre de contaminantes, la segunda es un poco mas complicada ya que requiere de construcciones complementarias para su gestión y esta expuesta a contaminantes que puedan encontrarse en el piso. Según el INAMHI en el sector analizado tenemos precipitaciones promedio mensuales de 100 mm esto nos da como resultado un caudal aproximado de 9 m3/h estimando el área que se había considerado al inicio de este documento. En el valor de área están consideradas el área de techos que es aproximadamente 21200 m² y el área de pisos que es 43900 m². Este tipo de agua actualmente no tiene ningún tipo de tratamiento, pero actualmente se esta construyendo infraestructura para colectarla y reciclarla.

Esquema 3

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Noviembre de 2008 Capítulo 2 - 5

2.4.1.4. Personal y turnos de trabajo La empresa NOVACERO S.A. Planta Lasso, labora 24 horas al día seis días a la semana, 28 días al mes; a continuación se presenta los horarios de trabajo por áreas:

Áreas Jornada Horario de trabajo Gerencia Técnica, Administrativa, Recursos Lunes a Viernes 8h00 a 16h30

Humanos, Control de Calidad, Despachos y (Una Jornada) Bodegas

Proyectos Patio de Reciclaje Lunes a Viernes 6h00 a 18h00 y Producción (Dos jornadas) 18h00 a 6h00

Tren 1 Laminados Figurados Lunes a Viernes 6h00 a 18h00 y

Producción y Mantenimiento del tren 1. (Dos jornadas) 18h00 a 6h00 Tren 2 Lunes a Viernes 6h00 a 16h30 y

Producción y Mantenimiento del tren 2. (Dos jornadas) 20h30 a 6h00

Tren 3 Lunes a Viernes 6h00 a 16h30 y Producción y Mantenimiento del tren 3. (Dos jornadas) 20h30 a 6h00

Tabla2.2 Turnos De Trabajo De La Planta.

El número total del personal que labora en la planta NOVACERO S.A. LASSO es de 313 personas, distribuidas de la siguiente manera:

Área de Producción No. Tren 1 51 Tren 2 56 Tren 3 05 Laminados Figurados 4 Tratamiento de Chatarra 15 Total del área 131 Área Administrativa y Técnica No. Gerencia Técnica 1 Administración 13 Recursos Humanos 4 Control de Calidad 3 Mantenimiento 48 Despachos 11 Bodegas 1 Publicidad 86 Servicios Generales 11 Costos 3 Total del área 182 Total general 313

Tabla 2.3. Resumen personal de la planta

El organigrama de las instalaciones se (Anexo 4).

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Noviembre de 2008 Capítulo 2 - 6

2.4.1.5 Servicios de planta Servicio de Comedor Para la alimentación del personal que labora en las instalaciones de la planta Lasso, se dispone de un comedor manejado por una empresa externa la cual proporciona desayunos, almuerzos y meriendas, laborando cuando sea solicitado de lunes a domingo. Dispensario Médico El dispensario médico de la planta se encuentra ubicado en el área de Recursos Humanos, cuenta con un médico de planta y una enfermera. Este servicio esta a disposición de los trabajadores y sus familias en el siguiente horario:

De Lunes a Viernes de 09h00 a 15h00

El dispensario cuenta con una farmacia la misma que proporciona medicinas a los empleados y sus familias, puesto que existen tres clases de botiquines para la entrega de medicinas: El botiquín popular del cual se descuenta el consumo a los trabajadores por rol de pagos. El botiquín donado por el círculo de Damas, que es medicina para los hijos y esposas de

los trabajadores completamente gratuita, y El botiquín de la empresa, del cual se reparte gratuitamente la medicina a los

colaboradores de la planta. Los trabajadores cuentan con afiliación al IESS, adicionalmente están cubiertos por SALUD S.A. Seguro que cubre gastos de atención médica tanto del colaborador como su familia, y también están cubiertos por SEGUROS PICHINCHA el mismo que es un seguro de vida y accidente con el cual esta cubiertos todos los colaboradores por cualquier percance que pueda pasar. Trabajo Social La empresa cuenta con un programa de Trabajo Social el mismo que tiene por objetivo principal realizar un análisis socioeconómico a todo su personal, por medio de visitas domiciliarias a cada colaborador descubren problemas en los que la compañía pueda ayudar a solucionar sean personales o familiares, conociendo también la realidad en la que vive cada colaborador con esto la compañía busca descubrir personal comprometido para que se involucre y lidere las actividades que ayudan al desarrollo tanto del trabajador como el de la empresa. Capacitación La empresa cuenta con una programación anual de capacitación en base a evaluaciones de desempeño, comparación de perfiles y necesidades de la compañía, donde se dictan temas técnicos, de seguridad, ambientales, de motivación, desarrollo personal, etc. Buscando con esto mejorar el perfil y las competencias de cada uno de sus colaboradores. 2.4.1.6. SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRADO Novacero S.A. tiene establecido, documentado e implantado un Sistema de Gestión Integrado (SGI), el cual lo mantiene de acuerdo a los requisitos de las normas internacionales ISO 9001:2000, ISO 14001:2004 y OHSAS 18001:2007 para sus productos y procesos.

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Noviembre de 2008 Capítulo 2 - 7

El SGI controla los procesos para garantizar el cumplimiento de la Normativa vigente tanto en Especificaciones de productos, cumplimiento de la Legislación Ambiental y de Seguridad y Salud Ocupacional (S&SO). El Sistema de Gestión Integrado SGI consecuentemente: Ha identificado los procesos necesarios, ha establecido los métodos y criterios para asegurar la

operación y el control eficaz de los mismos. Asegura a través de cada responsable de proceso la disponibilidad de la información necesaria

para apoyar la operación eficaz y la supervisión de los procesos, el cuidado del ambiente, la identificación y gestión de riesgos.

Mide, supervisa y analiza el funcionamiento de sus procesos a través de los indicadores respectivos, los cuales son analizados por los responsables del mismo y son revisados por la alta Gerencia.

Dentro de los Procedimientos que se han establecido, documentado e implementado se cubren los procedimientos requeridos por las normas ISO 9001:2000, ISO 14001:2004 y OHSAS 18001:2007. Actualmente entre otros dispone de: Identificación y evaluación de Aspectos Ambientales P-AA, Identificación y evaluación de Riesgos P-RI. Ver anexo 5 Legislación Ambiental P-LA, Emergencia y Accidentes P-EA, Gestión de Desechos P-GD (con la aplicación de los métodos de trabajo de Planta Lasso:

MT-GD.01Gestión de desechos sólidos, MT-GD.02 Gestión de Hidrocarburos Usados, MT-GD.03 Gestión de Aguas Residuales Domésticas, MT-GD.04 Gestión de Sustancias Químicas Usadas, MT-GD.05 Operación y Control Planta de Agua Potable),

Seguimiento y Medición Ambiental P-SMA (con la aplicación de los los métodos de trabajo de Planta Lasso: MT-EA.02 Contingencia Incendios Planta, MT-EA.03 Manejo de Sustancias Químicas y/o Hidrocarburos, MT-EA.04 Derrames de Hidrocarburos, MT-EA.05 Derrames de Sustancias Qímicas, MT-SMA.01 Seguimiento y medición del Ruido, MT-SMA.02 Medición carga térmica de trabajo, MT-SMA.03 Medición y Evaluación del Índice de Iluminación).

Evaluación del cumplimiento Legal P-CL. Novacero Planta Lasso tiene actualmente certificación ISO 9001:2000 y tiene como objetivos prioritarios la Certificación ISO 14001:2004 en este Año 2008 y de OHSAS 18001:2007 hasta Marzo 2009. 2.4.2 Procesos Productivos. 2.4.2.1 Materias Primas. Para la fabricación de los productos laminados, NOVACERO S.A. Planta Lasso, utiliza las siguientes materias primas.

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Productos Materia Prima

Varilla de construcción Palanquilla de acero SAE 1040

Angulo, tee, barra redonda, barra cuadrada, platina Palanquilla de acero SAE 1020

Tabla 2.4 Productos Y Materia Primas

A continuación se detalla la composición química de las materias primas utilizadas:

Elemento SAE 1020 SAE 1040 Min 0,18 0,370 C Max 0,23 0,440 Min 0,3 0,600 Mn Max 0,6 0,900 Min --- --- P Max 0,03 0,030 Min --- --- S Max 0,05 0,050

Tabla 2.5 Composición Quimica De La Materia Prima

Para el proceso de fabricación de productos laminados se utiliza palanquilla de diferentes dimensiones de acuerdo a la siguiente tabla:

Máquina Sección (mm x mm)

Longitud (m)

Tren 1 130 x 130 4 Tren 2 100 x 100 Variable dependiendo del producto

Tabla 2.6 Dimenciones De La Materia Prima

La palanquilla se importa de Colombia, Ucrania, Venezuela y Brasil. A su ingreso en la planta se realiza la clasificación según el grado y se realiza el muestreo de control de calidad. Cada tipo de palanquilla se almacena en su respectiva bodega de materia prima, la que luego será clasificada por lotes a fin de poder establecer la trazabilidad del producto terminado. 2.4.2.2 Producto Terminado En NOVACERO S.A. Planta Lasso se produce una completa línea de productos laminados para diferentes aplicaciones como son cerrajería, forja, muebles metálicos, estructuras, cerramientos e industria metalmecánica. También se produce varilla sismorresistente y antisísmica para las más exigentes aplicaciones del sector de la construcción. La Planta Lasso es la encargada de la fabricación de estos productos a nivel nacional. Los procesos de la planta han sido certificados con la norma ISO 9001:2000 y cada línea de productos cumple con las normas INEN del respectivo producto.

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2.4.2.2.1 Varilla de Construcción La varilla de construcción NOVACERO se produce bajo los más exigentes estándares de calidad cumpliendo con los siguientes requisitos mecánicos:

Descripción Valor

Resistencia mínima a la fluencia: 4200 Kg/cm2

Resistencia mínima a la tracción: 6300 Kg/cm2

Elongación mínima: 15%

Tabla 2.7 CARACTERISTICAS DEL PRODUCTO TERMINADO En la tabla siguiente se detallan diámetros y longitudes disponibles:

Tabla 2.8 Dimeciones Del Producto Terminado

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2.4.2.2.2 Perfiles Laminados

DETALLE DE LOS PERFILES LAMINADOS DE NOVACERO PLANTA LASSO

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2.4.2.3 Insumos. Los principales insumos que se utilizan para la fabricación de los productos laminados son los siguientes:

Insumo Aplicación Consumo promedio a mayo 2008

Energía Eléctrica

Suministro para toda la planta, maquinaria e instalaciones electricas en general

915000 KWh /mes

Combustibles Combustibles para los hornos. Combustibles para Montacargas y Maquinaria Pesada

89500 Gal / mes

Agua Agua de Enfriamiento. Aguas Servidas. Agua para consumo humano

0,15 m3 / TM (*)

Aceites y Lubricantes

Trenes de laminación y maquinaria en general 260 Gal /mes

Gases Industriales

Oxígeno como comburente para el corte de palanquilla y chatarra Acetileno y GLP como combustible para el corte de palanquilla y chatarra

Oxígeno gas 1468 m3 /mes Oxígeno líquido 2405 Kg /mes GLP industrial 311 Kg /mes

Productos químicos

Tratamiento de agua Aditivos para bunker y limpieza de motores

Polímero 500 Kg /mes Hipoclorito 250 Kg /mes Solvente 110 Gal/año

Tabla 2.9 PRINCIPALES INSUMOS DE NOVACERO

A continuación se resume el uso de cada uno de estos insumos: 2.4.2.3.1 Energía Eléctrica. Para el abastecimiento del fluido eléctrico la empresa cuenta con alimentación desde la subestación Mulaló hasta las cámaras de transformación NOVACERO S.A. de 13.800 Voltios (13,8 kV). Se cuenta con dos cámaras de transformación, una para el tren 1 y otra para los trenes 2 y 3. Las dos cámaras se encuentra dentro de los galpones, de tal manera que los transformadores están confinados en un área específica, aislados del exterior. Desde las cámaras se alimentan los diferentes tableros de los diferentes dispositivos y motores de los trenes de laminación.

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Foto . Vista de tableros Foto . Vista de transformadores

2.4.2.3.2 Combustibles 2.4.2.3.2.1 Combustibles para los hornos La parte principal del consumo de combustible de la planta se registra en los hornos de calentamiento del proceso de laminación en los cuales se eleva la temperatura de la palanquilla a 1200 grados centígrados. El abastecimiento de combustible se realiza por medio de tanqueros. En el horno del Tren 1 se utiliza una mezcla de diesel y bunker que se encuentra almacenada en un tanque de 14000 Gal ubicado en la parte sur de la Planta cerca del horno. Adicionalmente el sistema de combustible del horno tiene un tanque diario con capacidad para 1800 Gal. En los trenes 2 y 3 se utiliza bunker, el cual se almacena en un tanque principal con capacidad de 7500 Gal ubicado en la parte norte del tren 2. De este tanque se distribuye combustible por medio de tubería hasta los tanques diarios de cada tren. En la siguiente tabla se resume la información de los tanques de almacentamiento de combustible:

Tanque Altura (m)

Largo (m)

Ancho (m) Combustible Capacidad

(Gal) Tanque Principal

Tren 1 2,92 8,80 2,92 Diesel y Bunker 14000

Tanque Diario Tren 1 4,00 1,70 1,70 Diesel y Bunker 1800

Tanque Principal Tren 2 y 3 2,30 7,40 2,35 Bunker 7500

Tanque diario Tren 2 1,40 2,59 1,37 Bunker 720

Tanque diario Tren 3 1,00 2,10 1,00 Bunker 400

Tabla 2.10 Caracteristicas De Los Tanques De Almacenamiento De Combustible

2.4.2.3.2.2 Combustibles para montacargas, maquinaria pesada y usos generales. Para el funcionamiento de montacargas y maquinaria pesada en general se utiliza el diesel, el

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mismo que es almacenado en una zona adecuada y está provista de un dispensador de combustible tipo gasolinera. La gasolina es utilizada durante el mantenimiento para limpiar piezas metálicas y se almacena en una zona delimitada frente al patio de palanquilla del tren 2. 2.4.2.3.3 Agua 2.4.2.3.3.1 Agua de Refrigeración El agua se utiliza en el proceso de laminación para refrigerar los cilindros (matricería) y otros equipos expuestos al calor debido a las altas temperaturas de la palanquilla durante el proceso. Una vez que el agua de refrigeración pasa por los diferentes equipos de la planta de laminación, es recogida por medio de un sistema de ductos y canales hasta la planta de tratamiento de agua, donde se separan los sólidos en suspensión adquiridos durante el proceso. El proceso de la planta de tratamiento de agua puede variar en configuración, pero su función principal es la de retirar la escoria recogida durante el proceso de laminación. En la planta Lasso de NOVACERO se dispone de dos plantas de tratamiento de agua. Una para la planta de laminación y planta acería, y otra para los trenes 2 y 3. La planta de tratamiento de agua del Tren 1 consta de dos etapas. La primera, denominada Scale Pit sirve para retirar por decantación la escoria (sólidos gruesos) adquirida durante el proceso de laminación. La segunda, es la planta de agua general de la planta descrita en el estudio de impacto ambiental del proyecto acería.1 El objeto de la planta de tratamiento de agua (PTA) es preservar la buena calidad de agua que es utilizada para refrigerar a los diferentes sistemas de la planta de laminación y fundición. El agua es utilizada para refrigerar los cilindros de laminación, guías, elementos rodantes y de esta manera conservarlos a una temperatura que evite su desgaste prematuro o destrucción. Los procesos a los cuales se somete el agua son con el propósito de eliminar los contaminantes que el agua adquirió en el proceso tales como escoria, polvo metálico, limalla, grasa, aceite, que se trataran según el procedimiento para manejo de sólidos de la planta. Cabe recalcar que esta agua estará en constante recirculación y no se descargara a ningún afluente natural. Esta planta posee dos circuitos directo e indirecto, el primero enfría por medio de un baño sobre el elemento ha enfriar y el otro enfría mediante el intercambio de calor sin tener contacto sobre el elemento a refrigerar. Cuando se realiza refrigeración directa el agua arrastra algunos contaminantes de origen químico que se habían mencionado anteriormente. El proceso de laminación en caliente actualmente consume alrededor de 540 m3/h lo cuales se reparten de la siguiente forma 20 m3/h a cada stand de laminación y 60 m3/h a cada desbaste a una presión de 6.0 bar y adicionalmente aproximadamente 180 m3/h se reparte en la limpieza de canales colectores y enfriamiento al termino del tren. Actualmente se construye una planta de tratamiento de agua que reemplazara al actual proceso de recirculación a un proceso de tratamiento donde se retendrán la mayor parte de sólidos en suspensión los cuales se los dispondrán adecuadamente según normativa interna para manejo de sólidos. Además esta planta consta con 2 torres de enfriamiento las cuales bajan la temperatura del

1 Estudio de Impacto Ambiental, Horno de Fundición Planta Novacero S.A. Lasso, Cap 4 Pag. 4-21 (JUNIO 2007)

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agua antes de inyectarla al proceso. Todo esto permite que las piezas a ser refrigeradas aumenten su vida útil y que el proceso sea amigable con el medio ambiente. La planta de tratamiento de agua de los trenes 2 y 3 consta de una serie de piscinas de sedimentación conectadas una a continuación de otra. El agua, luego del tratamiento, regresa al tren de laminación por medio de tuberías y un sistema de bombeo formándose un circuito cerrado sin descargas de agua al medio ambiente. 2.4.2.3.4 Aceites y Lubricantes A continuación se presenta una tabla con los lubricantes más utilizados y sus consumos para las diferentes actividades de la Planta:

Producto Consumo Aplicación

Aceite Meropa 150 5 gal/mes Caja de piñones

Aceite Meropa 220 5 gal/mes Caja de piñones

Aceite Meropa 460 110 gal/mes Reductores

Aceite Randon 68 113 gal/mes Sistema hidráulico Tren 1

Aceite TDH-OIL 15 gal/mes Montacargas, retroexcavadora y vehículos de planta

Aceite 15w40 15 gal/mes Montacargas, retroexcavadora

Aceite TQD 3 gal/mes Caja de transmisión

Aceite 3-1 1 frasco/mes Maquina de ensayos

NOTA: Novacero no utiliza aceites con PCVs (Policlorovitelino) que puedan causar daños a la salud.

Tabla 2.11 CONSUMOS DE ACEITES Y LUBRICANTES DE LA PLANTA NOVACERO S.A. LASSO

2.4.2.3.5 Gases Industriales. Los gases que se utilizan en la planta Lasso son de tipo industrial (Oxígeno, Acetileno y GLP), su utilización principal es para el corte de palanquilla y chatarra mediante oxicorte. Para el corte de materia prima en el tren 1 se utiliza Oxígeno liquido el cual es almacenado en un tanque con capacidad de 3100 litros. Los cilindros de GLP son almacenados en la bodega de suministros. En lo que respecta a oxígeno en cilindros o termos y otros gases industriales en cilindros, se los ubica en un área específicamente designada en la parte norte del tren 1. 2.4.2.3.6. Productos químicos. Los productos químicos que frecuentemente se utilizan en la Planta Lasso de NOVACERO S.A. son: aditivos para el bunker, solvente para limpieza de los motores, polímero PRP-800, hipoclorito de sodio, carbonato de sodio y ultrión. Cabe indicar que los tres últimos son utilizados en la planta

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de tratamiento agua para consumo de la Planta Lasso, por lo que son almacenados en tanques de 55 galones en el área donde se encuentra dicha instalación. Novacero cuenta con un procedimiento para manejo de sustancias químicas en el que se indica el uso del rombo NFPA y el uso de las hojas de seguridad MSDS.

Tabla 2.12 CONSUMO DE PRODUCTOS QUIMICOS DE USO FRECUENTE EN NOVACERO S.A.

2.4.2.4 Proceso de Fabricación. La planta Lasso de NOVACERO posee tres líneas de producción: Tren 1 (automática), Tren 2 y Tren 3. Dichas líneas de producción se desarrollan siguiendo los mismos procesos aunque con variaciones que dependen del grado de automatización de cada una de éstas. El siguiente diagrama que resume los procesos que se realizan en los trenes de laminación:

Producto Consumo Aplicación

Polímero 500 kg/mes Tratamiento de agua

Hipoclorito 250 kg/mes Tratamiento de agua

Aditivos xp3-3 6 envases/mes Aditivo para el bunker

Lubol 110 gal/año Limpieza de motores

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INGRESO DE PALANQUILLA

ALMACENAJE

CORTE DE PALANQUILLA

CALENTAMIENTO

LAMINACION

MESA DE ENFRIAMIENTO

EMPAQUETADO

DIAGRAMA GENERAL DE LOS PROCESOS DE PRODUCCIÓN DE LAMINACIÓN

EN CALIENTE NOVACERO PLANTA LASSO A continuación se presenta la descripción detallada de cada una de las líneas o trenes de producción existentes en la planta Lasso de NOVACERO S.A. 2.4.2.4.1 Tren de Laminación 1

Es un tren de laminación en continuo que tiene la capacidad de producir 25 TM/hr. El tren de laminación es controlado con tecnología de punta. Posee un sistema de automatización en cascada que controla las velocidades y torques de los motores. Toda la información del proceso es recogida por un servidor y enviada, por medio de una red de fibra óptica, a la cabina de mando desde donde se opera el proceso.

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Foto 4. Vista de bodega de Palanquilla

Foto 5. Horno tren 1

2.4.2.4.1.1 Descripción del proceso de laminación del Tren 1 a) Transporte y acopio de la materia prima. Se coloca la materia prima que se encuentra en la bodega del tren 1 y con la ayuda de un montacargas se lleva hasta el sitio de corte. b) Corte de materia prima Con el oxicorte (proceso manual) se procede a realizar el corte de la palanquilla en trozos de media tonelada cada una, luego con el montacargas se llevan a la zona del almacenamiento y con ayuda del puente grúa se llevan los trozos de palanquilla hasta la mesa de carga del horno. c) Calentamiento de la materia prima (palanquilla) En el horno se produce el calentamiento de la palanquilla. La temperatura del horno oscila entre 1200 a 1250° C. Para el efecto se requiere la mezcla de combustible (diesel y bunker) combinado junto al aire de combustión y al aire comprimido. Luego de que ya están a punto las palanquillas (al rojo vivo), se activa un deshornador por medio de sensores, cuya función es sacar la palanquilla para que se dirijan al camino de rodillos de salida, el cual lo conducirá al proceso de laminación.

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Foto 6. Vista general de los desbastadores

Foto 7. Vista del Tren Pomini

d) Laminación Consiste en la reducción de la palanquilla desde la sección original de 130mm x 130mm hasta la sección requerida de acuerdo al perfil del producto que se esté elaborando. El proceso de laminación consta de los siguientes pasos:

Desbastadores El desbaste consiste en realizar varios pasos de reducción a la palanquilla, los cuales son comunes a todos los productos.

Tren Intermedio El tren Intermedio está constituido de 5 stands, cada stand contiene un motor, un reductor, una caja de piñones y su respectiva caseta.

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Foto 9. Mesa de enfriamiento

Foto 8. Vista del Tren Warren

Tren Acabador

El tren, Acabador está constituido de 7 stands y es la parte de final del tren de laminación; cada stand contiene: un motor y su respectivo ventilador, un reductor, una caja de piñones y su respectiva caseta. La configuración del tren continuo cambia de acuerdo al producto que se requiera producir. Una vez el producto terminado está listo pasa a la mesa de enfriamiento

e) Mesa de enfriamiento

En este proceso el producto terminado es enfriado hasta la temperatura ambiente a través de un proceso de circulación de aire natural para posteriormente conducirse a la cizalla de corte en frío por medio de caminos de rodillos

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Foto 10. Vista zona de corte

f) Zona de corte de producto terminado.

La zona de corte de producto terminado está formada por la cizalla de corte en frío y el transferidor. En esta zona se corta el producto terminado a una longitud de 12m ó 6m dependiendo de los requerimientos del mercado. g) Empaquetado y etiquetado

En este proceso se empaca y se etiqueta el producto terminado, preparando paquetes con un número de unidades determinado según el tipo de producto. Terminado este proceso el producto esta listo para ser comercializado. 2.4.2.4.2 Tren de Laminación 2 El tren 2, fue el primero en operar en la empresa NOVACERO, el proceso de fabricación en el mismo se describe a continuación:

Foto 11. Vista zona de empaque

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2.4.2.4.2.1 Descripción del proceso de laminación del Tren 2 a) Corte de materia prima Con la ayuda de un montacargas, la materia prima es llevada a la cizalla para ser cortada en diferentes tamaños dependiendo del producto. b) Horno Una vez cortado los lingotes, por medio de un empujador ingresan al horno para ser calentados a temperaturas de 12001250° C. c) Desbastado Una vez calentados los trozos de palanquilla, salen del horno para pasar a tren desbastador en donde se reduce la sección transversal de la palanquilla y de allí por medio de un camino de rodillos pasa al tren de laminación. d) Tren de Laminación En el tren de laminado los operadores recogen la palanquilla y la van pasando manualmente (mediante pinzas especiales) de un lado a otro del tren hasta darle el acabado o forma final. Después de esto pasa a una mesa de enfriamiento e) Cizalla de producto terminado En la cizalla se realiza el corte longitudinal final dependiendo del producto.

f) Enderezadora y empaque. Una vez cortado pasa a una enderezadora para corregir ondulaciones en el material y después es marcado y empaquetado para ser llevado a la bodega de producto terminado. 2.4.2.4.3. Tren 3. El tren 3, es utilizado para ciertos tipos de productos, no siempre está en funcionamiento. Se encarga de recuperar las barras que no llegan al final del proceso en los trenes 1 y 2. 2.4.2.4.4. Planta de Figurados La varilla figurada consiste en el doblado de la varilla procedente de la planta de laminación a fin de conseguir las figuras que utilizan los constructores en las obras. La planta de varilla figurada, nace como una respuesta a la necesidad de los constructores de reducir sus costos, desperdicios, tiempos de armado de estructuras de refuerzo para hormigón. Además de facilitar el control del acero en obra. La varilla de construcción Novacero puede ser entregada a medida, según la planilla de corte y doblado. El acero figurado a partir de la varilla Novacero, es la armadura precisa rápida y libre de desperdicios que se necesita en toda obra de hormigón armado.

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El proceso de producción de la varilla figurada sigue el orden a continuación descrito: Comienza por la recepción de la planilla de hierros a realizar.

Se elabora un listado de los diámetros y longitudes requeridas. Se selecciona el material a

utilizar Se designa las figuras a ser realizada por cada maquina, dependiendo de su diámetro,

longitud y tipo de doblez.

Se realiza el trabajo de corte y doblado en las máquinas de acuerdo a lo planificado. Las

máquinas disponibles son:

o Una máquina cortadora y dobladora totalmente automática. o Dos cortadoras manuales. o Dos dobladoras manuales.

Los tipos de productos que se pueden obtener son los siguientes:

o Estribos: se define a estribo como cualquier forma cerrada.

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o Figurado: doblez a una varilla que no se cierra.

Se estima que la planta llegue a producir un mínimo de 300 Toneladas mensuales. Por el momento se encuentra en una fase de arranque por lo que los tonelajes son bajos. El requerimiento básico para el funcionamiento de la planta es la energía eléctrica y aire comprimido. La maquinaria instalada no requiere de combustibles, sistemas de refrigeración por agua, ni ningún tipo de aceite para su funcionamiento. 2.4.2.5 Talleres Auxiliares En las instalaciones de la Planta Lasso, existen tres tipos de talleres, los cuales se describen a continuación: 2.4.2.5.1 Talleres de Mantenimiento En la planta NOVACERO LASSO, existen un taller de mantenimiento ubicado en el galpón 1, también existe otro taller en el galpón 2. El personal de mantenimiento trabaja las mismas horas que trabaja cada área de producción, con el fin de atender cualquier eventualidad que se presente en el funcionamiento de los equipos. Dentro del taller localizado en el galpón 1 existe un espacio para el taller eléctrico, para las partes eléctricas de toda la planta. Se ha implementado un taller para el mantenimiento mecánico de los vehículos de la planta. 2.4.2.5.2 Taller de Máquinas Herramientas En este taller se realiza la elaboración de toda la matricería, rodillos y guías, piezas necesarias para dar forma y dimensiones al producto terminado. El ingeniero encargado de este taller, también realiza el mantenimiento de los montacargas que tiene la planta. 2.4.2.5.3 Taller de guías de laminación

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Hay dos talleres (para el tren uno y otro el tren dos), en estos sitios se realizan guías y se les da constante mantenimiento ya que son piezas fundamentales para la producción. 2.4.2.5.4 Taller automotriz. En este taller se da mantenimiento al equipo pesado y de mas vehículos de la planta.

2.4.5 Distribución de áreas de la planta Se realizó una cuantificación de las áreas operativas de la planta, las mismas que se presentan a continuación:

No. Área Superficie (m2) 1 Accesos, calles y parqueaderos 191,09 2 Oficinas y Baños 513,98 3 Naves de Producción 12528,50 4 Bodega de producto Terminado 2889,84 5 Bodega de Materia Prima 1202,50 6 Talleres de Mantenimiento Mecánico 68,30 7 Talleres de Mantenimiento Automotriz 330,62 8 Talleres de Máquinas Herramientas 214,00 9 Área de Almacenamiento de desechos 11562,30

10 Áreas Verdes 64623,72 11 Área Proyecto Acería (en Construcción) 118921,45

Total 213046,30

Tabla 2.13 Superficie Total De La Planta Lasso NOVACERO S.A.

2.6. Residuos En la planta NOVACERO S.A. Lasso, se genera de residuos sólidos y líquidos provenientes de las actividades administrativas, así como de los procesos industriales y actividades conexas. Se presenta una Tabla 2.14. donde se resume los desechos producidos por áreas. ( Anexo Matrices de Aspectos Ambientales).

Área Tipo de desecho Manejo

Oficinas en general

Papelería, desechos domésticos, desechos electrónicos.

Contenedor de basura domestica de la empresa y como disposición final el botadero municipal, la papelería y desechos electrónicos a la empresa recicladora.

Comedor Residuos orgánicos e inorgánicos

Van al contenedor de basura de la empresa.

Bodega de insumos

Recipientes plásticos y metálicos, equipo de protección, plásticos, cartones y

Los recipientes vacíos son utilizados como recipientes de múltiples usos en las funciones de la planta, otros son enviados al

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Noviembre de 2008 Capítulo 2 - 27

Área Tipo de desecho Manejo metales, waipe usado

proveedor de químicos y otra parte a la empresa recicladora, el waipe usado están siendo almacenados para ser incinerados en el horno de fundición, los metales van al área de chatarra.

Área de procesos del tren 1,

Escoria, residuos de chatarra, polvo metálico, agua de enfriamiento, agua con hidrocarburos, producto no conforme y despuntes

La escoria es recogida y colocada en los sitios de almacenamiento, el agua de enfriamiento va a las piscinas de tratamiento, la chatarra va al área destinada para ellos. El producto no conforme y los despuntes son vendidos.

Área de procesos del tren 2 y tren 3.

Escoria, residuos de chatarra, agua de enfriamiento.

La escoria es recogida y colocada en los sitios de almacenamiento, el agua de enfriamiento va a las piscinas de tratamiento, la chatarra va al área destinada para ellos.

Taller de torno y de guías

Virutas metálica y de madera, escoria, residuos de chatarra

La viruta metálica al área de chatarra, la viruta de madera se usa para procesos de limpieza y luego es quemada en los hornos

Talleres de mantenimiento del

tren 1,2 y 3.

Waipe con residuos de lubricantes, residuos de chatarra, piezas metálicas, equipos de protección, aceite usado, viruta de madera, desechos electrónicos.

Waipe esta siendo almacenado para ser incinerado, las piezas y residuos metálicos al área de almacenamiento de chatarra, el aceite usado esta siendo mezclado con bunker para los hornos, los desechos electrónicos van a la empresa recicladora.

Piscinas de tratamiento del Tren 1, Piscinas del Tren

2

Lodos y aceite usado El aceite usado se recoge y luego se mezcla con el bunker y los lodos se desconoce su disposición final

Montacargas y retroexcavadora

Aceite quemado, baterias, filtros de aceite y diesel.

El aceite usado se recoge y luego se mezcla con el bunker, las baterías y los filtros están siendo almacenados en el Área de chatarra en un área no especifica.

Dispensario Médico

Desechos domésticos, desechos corto punzantes, desechos infecciosos.

Los domésticos y los infecciosos van al contenedor de desechos sólidos de la planta y los cortopuzantes son recogidos por el municipio de Latacunga.

Tabla 2.14 Desechos generados por las Actividades de la Planta

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A continuación se expone un detalle del manejo de cada uno de los desechos arriba mencionados.

2.6.1 Residuos Sólidos Estos provienen de las siguientes fuentes:

Áreas de producción: Chatarra metálica, desechos electrónicos, producto no ־

conforme, despunte, escoria y polvo metálico (cascarilla denominada también “escoria metálica”), además de los equipos de protección personal (EPI) y waipe.

Áreas administrativas: Papel, cartón y plástico, básicamente proveniente ־

de material de oficina y desechos electrónicos (piezas de computadoras, cartuchos de tintas, cintas de impresora). También se generan desechos sólidos de tipo doméstico.

,Cocina y comedor: Desechos sólidos de tipo doméstico (fundas plásticas ־cartones, botellas plásticas) Desechos sólidos orgánicos.

Bodegas: Recipientes de cartón, plástico y metálicos, proveniente de ־

envases vacíos que corresponden a los envases vacíos de productos químicos que en caso de los utilizados por la planta de agua son entregados al proveedor, otros recipientes son empleados en labores de mantenimiento, otros son enviados con la empresa recicladora y otros al contenedor de desechos sólidos de la planta.

Talleres: Virutas, polvo y escoria metálicas, desechos peligrosos, que ־

corresponden a envases vacíos de aceites y grasas lubricantes usados, tales como tanques de 55 galones, waipe usado, viruta de madera, baterías de montacargas, desechos electrónicos,

,Desechos médicos: Desechos domésticos, desechos corto punzantes (agujas ־

de inyecciones, recipientes de vidrios de fármacos) infecciosos o contaminantes (gasas, esparadrapo, aposito, algodón, bajalengua).

La forma actual de manejo de los desechos de la planta NOVACERO S.A. antes indicados es la siguiente:

;Los desechos de tipo doméstico se colocan en el área de desechos sólidos ־estos desechos son trasladados por el Municipio hasta el botadero de la ciudad de la Latacunga cada semana.

La empresa entrega los desechos reciclables como papel, cartón, desechos ־

electrónicos, plásticos y algunos metales no ferrosos a la empresa Green Point; al respecto, se presenta como evidencia una carta de esta empresa en el capitulo de anexos.

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Noviembre de 2008 Capítulo 2 - 29

Los desechos metálicos son almacenados en el área de chatarra para su ־futura utilización ya que en la planta NOVACERO LASSO, está por construir una planta de fundición que tiene por objetivo obtener la materia prima para sus productos a partir de la chatarra.

La viruta de madera es utilizada para limpieza de pisos y después es ־

quemada en los hornos.

Los despuntes metálicos son vendidos a personas particulares que las ־utilizan para la construcción de puertas, rejas, ventanas metálicas.

El producto no conforme es decir el producto que no cumple con las ־

especificaciones técnicas, también es vendido a las personas que lo requieran como tal.

,La escoria metálica, se la almacena en dos diferentes áreas abiertas ־

también se nos dio a conocer que ha sido utilizada como material de relleno en un patio de la planta y además adquirieron el año pasado una maquina para la elaboración de adoquines, los mismos que están siendo utilizados en patios de la planta. Cabe recalcar que estos adoquines se les hicieron las pruebas de calidad para determinar sus usos dependiendo de las especificaciones técnicas.

La empresa realizo el análisis químico de la escoria metálica que se genera en los procesos de laminación, y entregar los resultados al Municipio de Latacunga para permitir su traslado a botaderos de escombros. Los análisis fueron hechos por el Departamento de Metalurgia Extractiva (DEMEX) de la Escuela Politécnica Nacional y los resultados fueron:

Mineral Formula Muestra

Contenida (%) hematina (Oxido Férrico) Fe2O3 45

Magnetita (Oxido Ferrosoferrico) Fe3O4 35

Hedembergita* Café(Si2O3) 12 Maghemita (Oxido Férrico) Fe2O3 3

Olivina* (Mg,Fe)2SiO4 5 *:Constituyentes del Suelo

Tabla 2.1 Composición química de la escoria metálica

La conclusión de estos análisis arrojó que la escoria no es un desecho peligroso de acuerdo a la Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria.

Los desechos médicos son divididos en desechos infecciosos, comunes y ־

corto punzantes, de los cuales los corto punzantes son colocados en un envase plásticos y llevados al Hospital de Latacunga para ser incinerados

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Noviembre de 2008 Capítulo 2 - 30

(cada 4 meses aproximadamente), los infecciosos se colocan en fundas rojas y son enviados al botadero municipal de Latacunga.

2.6.2. Residuos Semisólidos (lodos)

Se generan en las piscinas de tratamiento de las agua industriales del tren 1 y Tren 2, estos lodos son retirados, pero se desconoce su disposición final, su volumen y composición.

2.6.3. Residuos Líquidos

Los desechos líquidos generados en la Planta Lasso de NOVACERO S.A. y su forma actual de manejo integral son:

Los efluentes del proceso del tren 1 y 2: las aguas de enfriamiento que en el ־momento del proceso va arrastrando grasas, aceite, tierra, polvo metálico etc. No hay descarga de estas aguas residuales ya que son llevadas a las piscinas de tratamiento de agua industrial y de ahí son recirculadas en los procesos, formando un circuito cerrado.

Las aguas servidas de tipo doméstico resultantes de los baños y área de ־comedor, son descargadas hacia un pozo séptico.

Aceites usados provenientes del área de producción. De acuerdo a personal de la planta, todos los aceites usados resultantes de las operaciones son directamente mezclados con el bunker y son utilizados como combustibles en los hornos de los trenes 2 y 3.

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 1

CAPÍTULO 3. SITUACIÓN ACTUAL DE COMPONENTES AMBIENTALES: LÍNEA BASE AMBIENTAL El presente capítulo describe el estado de los componentes ambientales observado y/o caracterizado en el área de influencia ambiental de Planta de NOVACERO, ubicada en el sector de Lasso, al Norte de Latacunga, provincia de Cotopaxi, durante las visitas de campo realizadas por motivos del Estudio de impacto ambiental del Horno de Fundición1 (Proyecto Acería), así como también incluye una sistematización de la información secundaria existente aplicable a dicha área de influencia.

Foto 3.1 Ubicación Geográfica de la planta en la República del Ecuador. Según el Instituto Geográfico Militar, la provincia de Cotopaxi ocupa la Hoya de Latacunga - Ambato, denominada también Hoya Central Oriental del Patate. Limita al Norte con la provincia de Pichincha, al Sur, con la provincia de Tungurahua y Bolívar, al Este, con la provincia de Napo, y al Oeste, con la de Pichincha y Los Ríos. Su capital es la ciudad de Latacunga fundada en 1534. Tiene una extensión de 5.287 Km2. …………………………………………………………………..

1 Licencia Ambiental del Estudio de Impacto Ambiental Horno de Fundición resolución 193 octubre 2008

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 2

Foto3.2 Ubicación Geográfica de la planta dentro de la provincia de Cotopaxi.

Foto 3.3 Instalaciones de NOVACERO S.A. Planta Lasso Al pie, la vía Panamericana

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 3

3.1. Medio Físico. 3.1.1. Climatología y Meteorología

a. Temperatura De acuerdo con información meteorológica disponible proveniente de la estación meteorológica de Rumipamba – Salcedo (1990 – 2005) del Instituto Ecuatoriano de Meteorología e Hidrología (INAMHI), la temperatura promedio en el área de influencia de la planta oscilan entre los 13° C y 15° C, observándose que las temperaturas más bajas se registran entre los meses de junio y agosto. El resto del año las temperaturas promedio son iguales o superiores a 14° C.

b. Precipitación

La precipitación total anual promedio en el área de Latacunga y Rumipamba – Salcedo es de 219 mm (inferior a 250 mm). Las lluvias (precipitaciones) muestran un patrón que coincide con la distribución de temperaturas antes mencionada, de tal manera que el período comprendido entre junio y agosto se registran los niveles de precipitación más bajos del año (18 – 23 mm). Los restantes meses del año presentan valores mensuales entre 41 mm y 66 mm, donde el período febrero – mayo registra valores mensuales por encima de los 50 mm, registrándose niveles de similares características en octubre y diciembre. Dicha información se resume en la Tabla 3.1.

ene feb mar abr may jun jul ago sep oct nov dic Media 15°C 14°C 15°C 14°C 14°C 13°C 13°C 13°C 14°C 15°C 15°C 15°C Precip. 41 mm 53 mm 56 mm 66 mm 56 mm 23 mm 18 mm 18 mm 41 mm 53 mm 48 mm 53 mm

Fuente: INAMHIwww.weather.com Tabla 3.1. Temperatura y Pluviosidad en Latacunga, provincia de Cotopaxi.

c. Dirección y Velocidad de Viento

En lo que respecta a la dirección y velocidad de viento en el área de la planta, la estación Rumipamba – Salcedo proporciona información que corresponde a los promedios mensuales de velocidad del viento (en m/seg), así como a la dirección predominante del mismo2 para una serie de 14 años (1991 – 2005).

De acuerdo con dicha información, la época del año con mayores velocidades del viento (valores promedio ligeramente superiores a 8 m/seg, generalmente comprendidos entre 7 y 10 m/seg) corresponde a los meses de junio, julio y agosto, coincidiendo con la presencia de bajas precipitaciones. El resto del año los valores promedio de velocidad se mantienen sobre los 7 m/seg sin superar los 8 m/seg.

2 La dirección del viento está dada por el punto cardinal del cual éste proviene.

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 4

La dirección del viento predominante es Sur y Sureste, presentándose ocasionalmente vientos provenientes del Noroeste, Norte y Oeste, aunque estas variaciones se dan en el mes de enero. Esta información se detalla en la Tabla 3.2

Años Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago 1991 8.0 S 8.0 S 5.0 S 6.0 SE 5.0 S 8.0 S 7.0 SE 10.0 S 1992 6.0 S 8.0 S 8.0 S 8.0 S 8.0 S 8.0 S 8.0 S 6.0 S 1993 6.0 SE 5.0 S 10.0 S 6.0 S 6.0 S 8.0 S 8.0 S 6.0 S 1994 9.0 W 8.0 S 8.0 S 8.0 S 10.0 S 8.0 S 8.0 S 10.0 S 1995 6.0 NW 8.0 S 10.0 S 6.0 S 6.0 S 8.0 S 8.0 S 10.0 S 1996 8.0 NW 8.0 S 6.0 S 6.0 S 8.0 S 7.0 SE 6.0 S 7.0 S 1997 5.0 N 7.0 S 10.0 S 7.0 SE 8.0 S 8.0 S 10.0 S 8.0 S 1998 6.0 S 8.0 S 6.0 S 6.0 S 6.0 N 6.0 S 7.0 S 8.0 S 1999 6.0 N 6.0 S 5.0 NW 6.0 SE 6.0 S 6.0 S 8.0 S 6.0 S 2000 6.0 NW 10.0 S 10.0 S 8.0 S 8.0 S 10.0 SE 8.0 S 9.0 SE 2001 9.0 S 9.0 S 8.0 S 8.0 SE 9.0 S 9.0 SE 10.0 S 2002 9.0 S 9.0 S 8.0 S 8.0 S 9.0 SE 9.0 S 11.0 S 2003 10.0 S 9.0 S 10.0 S 12.0 S 11.0 S 11.0 S 12.0 S 2004 11.0 S 10.0 S 8.0 S 8.0 SE 8.0 S 8.0 SE 8.0 S 8.0 SE 2005 8.0 SE 9.0 S 8.0 S 9.0 SE 8.0 S 9.0 S 9.0 S 10.0 S Med 7.5 8.1 7.8 7.3 7.7 8.2 8.4 8.5

Fuente: INAMHI Tabla 3.2. Datos meteorológicos de Dirección y velocidad (m/seg) del viento (1991 –

2005).

d. Presión Atmosférica

Los datos de presión atmosférica registrados por la Estación Rumipamba−Salcedo se encuentran en la Tabla 3.3.

Meses Total Media Máxima Mínima Ago-2005 66.332 2.140 152 72 Sep-2005 63.683 2.123 140 91 Oct-2005 60.925 1.965 151 63 Nov-2005 56.040 1.868 140 52 Dic-2005 61.558 1.986 151 61 Ene-2006 60.333 1.946 144 56 Feb-2006 55.538 1.984 148 67 Mar-2006 65.309 2.107 150 67 Abr-2006 62.573 2.086 152 72 May-2006 65.624 2.117 152 71 Jun-2006 59.742 1.991 143 43 Jul-2006 64.038 2.066 142 73 Ago-2006 61.834 1.995 143 75

Tabla 3.3. Datos de Presión Atmosférica. e. Nubosidad

Así mismo los datos de Nubosidad proporcionados por el INAMHI para la misma estación, desde agosto del 2005 hasta agosto del 2006 se presentan en la Tabla 3.4.

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 5

Año 2005 Año 2006

Meses Ago Sep Oct Nov Dic Ene Feb Mar Abr may Jun Jul Ago Media 5 5 6 6 6 6 6 6 6 6 6 5 5

Considerando 0/8: Despejado 1-4/8: Parcialmente Cubierto

5-7/8: Casi Cubierto 8/8: Cubierto

Conclusión: Cielo casi cubierto Tabla 3.4. Datos de Nubosidad del área de la planta

De acuerdo con dicha información los valores promedio de nubosidad existentes en la zona de Rumipamba – Salcedo oscilan entre 5 y 6 octavos, siendo predominante valores de 6 por lo que se considera un cielo casi cubierto. Al igual que en el resto de parámetros meteorológicos, se observa una variación de dichos valores dependiendo de la época del año; así los niveles de más bajos (5/8) se registran en los meses de julio a septiembre, coincidiendo con la presencia de altas velocidades de viento y bajos niveles de precipitación.

La nubosidad en los meses de octubre a junio registra valores de 6 octavos.

3.1.2. Calidad del Aire No existen en la actualidad disertación sobre la calidad del aire para el área de estudio. Por lo expuesto, para fines de la presente Auditoria Ambiental, el 17 de abril del 2007, se realizaron mediciones de calidad de aire en cuanto a PM10 y PM2,5 dentro y fuera de las instalaciones existentes de la planta de NOVACERO S.A. Para el efecto se contrató al laboratorio ELICROM, que empleó un monitor de partículas Met One Aerocet 3213….2

3 Este equipo toma una muestra de un pie cúbico de aire, durante 2 minutos, una altura de 150 cm. del suelo. 4 ECO/OPS, Centro Panamericano ce Ecología humana y Salud, Manual de Monitoreo Atmosférico, CEPIS, 1998.

obteniéndose los resultados que se describen en la Tabla 3.5. Así mismo entre el 8 y 9 de Octubre del 2008; se realizo otro monitoreo de calidad de aire en los exteriores de la planta, a través del laboratorio VGM&S CIA Ltda.; El monitoreo de calidad de aire se realizó siguiendo los lineamientos de monitoreo de calidad aire ambiental del CEPIS OMS4, los equipos usados son de tipo activo (sensores de gases y material particulado PM10) y pasivo (medición de material particulado PM10 y particulado sedimentable). Los parámetros determinados en el sitio fueron: monóxido de carbono (CO), dióxido de azufre (SO2), óxidos de nitrógeno (NOx), ozono (O3), material particulado menor a 10 micrones (PM10). ver anexo 6.

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 6

En la Tabla 3.6 podemos observar sus resultados.

PM2,5 (µg/m3) PM10 (µg/m3)

Sitio Valor encontrado

Norma Nacional (*)

Valor encontrado

Norma Nacional (*)

Zona del Horno Tren 1 14 65 36 150 Zona de enderezado, empaque y bodega de producto terminado Tren 1

1 65 6 150

Zona de corte de palanquilla Tren 2 19 65 100 150

Dentro de las instalaciones

Zona de enderezado, empaque y bodega de producto terminado Tren 2

2 65 7 150

Limite Sur 1,5 65 4,9 150 Fuera de las Instalaciones Limite Norte 1,7 65 4,6 150

(*) Norma establecida en el Anexo 4 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria. Concentración máxima en 24 horas, valor que no podrá ser excedido más de dos (2) veces en un año.

Tabla 3.5 Resultados de Mediciones De Calidad Del Aire de NOVACERO S.A. Planta Lasso (2007)

Valor máx.

Valor min.

Promedio Aritmético Sitio Parámetro Unidad

(**) 8 hrs. 8hrs 8hrs Limite Max.

Cumplimiento Norma

(*) Ingreso de PersonalGarita (punto A1)

CO O3

µg/m3 sc µg/m3 sc

327,11 280,38

0,00 0,00

122,66 81,31

10000 120

Cumple Cumple

24 hrs. 24 hrs. 24 hrs.

Tren 1 (punto A2) NOX SO2 PM10

µg/m3 sc µg/m3 sc µg/m3 sc

188,09 317,76 246,73

26,87 0,00 4,15

86,65 96,26 57,90

150 350 150

Cumple Cumple Cumple

Ingreso de chatarra (punto A3)

P Sedimen Temperatura

mg/cm2 °C

0,0782 16,5

0,0595 13,7

0,0689 14,9

1 Cumple

(*) Norma establecida en el Anexo 4 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria. Concentración máxima en 24 horas, valor que no podrá ser excedido más de dos (2) veces en un año. (**) referido a cada m3 de aire expresado en condiciones estándar (298°K, 101325 Pa). Tabla 3.6 Resultados de Medición de Calidad de Aire ambiente en la Planta Industrial de

NOVACERO S.A. Lasso. Según los resultados de los análisis, los puntos evaluados de calidad del aire para PM10 y PM2,5 tanto dentro como fuera de las instalaciones cumplen con lo establecido en la Legislación Ambiental.

3.1.3. Emisiones fuentes fijas Par verificar el cumplimiento de la norma para las emisiones de fuentes fijas la empresa contrato los servicios de VMG&S, para la presente Auditoria, este

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 7

monitoreo se ejecuto entre el 23 y 24 de Septiembre de 2008 El monitoreo se ejecuto en función de la disponibilidad operativa. Se realizó un solo monitoreo constituido por 2 lecturas con una diferencia mínima de 2 horas en cada fuente fija donde se debe tener en cuenta que la operación normal del sistema de procesamiento de la Planta Industrial Lasso es de tipo continuo, donde las variaciones que existen no son muy amplias. La caracterización se realizó con los equipos operando en condiciones normales y estables. La toma de muestras y las mediciones se realizaron en los puertos de muestreo existentes en el conducto de chimenea de cada fuente fija de combustión, los mismos que cumplen con los requerimientos técnicos de monitoreo en fuentes fijas2 tanto de ubicación como de disponibilidad de acceso. El Muestreo de Material Particulado Total se realiza sobre la(s) línea(s) de muestreo, utilizando un Tren Isocinético para determinación de Material Particulado CLEAN AIR EXPRESS. La prueba se ejecuta de acuerdo con los requisitos del procedimiento EPA, Método 5: 1996. El monitoreo de gases de combustión se ejecuto sobre la(s) línea(s) de muestreo, utilizando una unidad de control TESTO 450 (gas conditioning) y un analizador de gases (caja) TESTO 350XL SN 01342615 / 702con detección por celdas electroquímicas calibradas y con su certificado en vigencia. La prueba se ejecuta de acuerdo con los requisitos del procedimiento EPA, Método CTM 34: 1999. A continuación se describen los resultados del monitoreo

Parámetro Material Particulado

Óxidos de Azufre

Óxidos de Nitrógeno

Monóxido de

Carbono

Compuestos Orgánicos Volátiles

Hidrocarburos Aromáticos Poli

íclicos Expresado como MP SO2 NO y NO2 CO COVs* HAPs*

Unidad mg/dNm3 mg/dNm3 mg/dNm3 mg/dNm3 mg/dNm3 mg/dNm3 Id Fuente Fija HORNO – TREN 01 Tipo Comb. Diesel 20% Bunker 80% Valor promedio

Prueba 01 26,4 475,8 316,4 110,3 NA NA Valor promedio

Prueba 02 22,1 678,5 367,6 90,7 NA NA Id Fuente Fija HORNO – TREN 02 Tipo Comb. Bunker Valor promedio

Prueba 01 40,5 725,7 596,7 0 NA NA Valor promedio

Prueba 02 44,4 539,7 520,5 0 NA NA Id Fuente Fija HORNO – TREN 03 Tipo Comb. Bunker Valor promedio

Prueba 01 34,4 1025,2 333 253,4 NA NA Valor promedio

Prueba 02 22,5 1075,5 190 570,3 NA NA Valor Norma

(Comb. Líquido) 150 1650 550 NA NA NA

`+- incertid. del 2%: es la incertidumbre expandida que consiste en el error máximo permitido (EMP) del Laboratorio y constituida por: Error experimental, Error de estándares y Error de dispositivos bajo ensayo Límite de Determinación de VGM&S CÍA. LTDA.: Materia Particulada: 0,2 mg/m3; SO2: 4 ppmv; CO, NO y NO2: 2 ppmv *: “Los ensayos/inspecciones marcados no están incluidos en el alcance de acreditación” Nd: No detectado; Nm: No medido; Na: No aplica; “-“: Análisis pendiente Condiciones de Referencia 273,15 ºK, 101.3 kPa, Con corrección del contenido de humedad, y corregido al 7% de Oxigeno

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 8

Tabla 3.1 Resultados de Medición de Emisiones la Planta Industrial de NOVACERO S.A. Lasso.

Las muestras y mediciones obtenidas durante el monitoreo que se ejecuto en tres hornos, genero datos que permiten analizar y sacar deducciones para establecer el grado de desempeño ambiental y energético de cada una de las fuentes fijas de combustión; logrando que al revisar y evaluar los valores resultantes de cada uno de los contaminantes normados en los hornos se observa que sus desempeños ambientales en términos generales son admisibles, considerando que el Tren 01 trabajo para la prueba 01 con una composición de combustible (80% Bunker y 20% Diesel) y para la prueba 02 con una composición de combustible (80% Bunker y 20% Diesel más residuos de petróleo); y los hornos Tren 02 y 03 trabajaron con Bunker. Esto nos indica que el desempeño energético - ambiental de estos hornos es similar para los dos tipos de combinación de combustible.ver anexo 7 3.1.4. Niveles de Presión Sonora (NPS) o Ruido El martes 03 de abril del 2007 (entre las 11h00 y las 16h33) se realizó un monitoreo de niveles de presión sonora en el ambiente exterior (fuera de las instalaciones de la Planta Lasso de NOVACERO S.A.), tomando en cuenta las disposiciones contenidas en el Anexo 5 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria. Los resultados se detallan en la siguiente Tabla

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 9

Ruido en el Área de Influencia4 de la Planta Lasso de NOVACERO S.A.

Sitio 1: Esquina delantera por lado de terrenos de Hostería San Mateo

Sitio 2: Por la puerta de entrada a la planta Sitio 3: Parte lateral posterior Norte Sitio 4: Parte lateral posterior Sur

Coordenadas (UTM) Coordenadas (UTM) Coordenadas (UTM) Coordenadas (UTM)

765555 9912440 Observaciones

765389 9912142 Observaciones

7665506 9912690 Observaciones

765117 9912296 Observaciones

Hora 10h34 Hora 10h24 Hora 10h13 Hora 10h43 Max 69,3 Max 75,4 Max 56 Max 53,0 Min 52,9 Min 49,5 Min 49,9 Min 46,6 Leq 72,6 Leq 68,4 Leq 49,9 Leq 48,6 Hora 12h29 Hora 12h21 Hora 12h09 Hora 12h35 Max 78,7 Max 78,6 Max 61 Max 53,6 Min 56,9 Min 53,7 Min 45,4 Min 47,4 Leq 69,9 Leq 68,7 Leq 50 Leq 50,8 Hora 14h27 Hora 14h20 Hora 14h10 Hora 14h35 Max 81,7 Max 74,6 Max 70,3 Max 54,4 Min 59,8 Min 54,4 Min 48,6 Min 51 Leq 72,6 Leq 66,2 Leq 57,6 Leq 52,8 Hora 15h45 Hora 15h38 Hora 15h30 Hora 15h50 Max 83,11 Max 76,8 Max 62,2 Max 65,8 Min 58,8 Min 57,7 Min 47,5 Min 50,9 Leq 74,9

Ruido de vehículos

en la Panamericana e influencia de las actividades

de la planta Lasso.

Leq 70,0

Ruido de vehículos

en la Panamericana

Leq 52,5

Ruido del entorno e

influencia de la planta

Leq 58,8

Ruido del entorno e

interferencia de las actividades

de la planta Lasso.

Tabla 3.7 Mediciones De Ruido en dB(A) En El Exterior De La Planta

5 Ambiente Exterior

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Fuera de las instalaciones de la Planta Lasso se registraron niveles de presión sonora equivalente comprendidos entre los 48,6 dB(A) y 74,9 dB (A), distinguiéndose dos áreas perfectamente diferenciadas según el grado de influencia que ejerce la Planta Lasso y la vía Panamericana en los niveles de ruido del entorno6: o El sector Este: Corresponde al frente de la Planta y en él la mayor influencia la ejerce

el ruido generado por el tráfico que circula por la Panamericana. El Leq registrado oscila entre los 65 y 75 dB(A). Se destaca el hecho de que las lecturas superiores a 70 dB(A) se observan en la parte Sur del frente de la Planta, donde se percibe la influencia del ruido generado por el Tren 1, de lo cual se concluye que el tráfico de la vía Panamericana genera niveles de ruido comprendidos entre los 65 y 70 dB(A).

o El sector Oeste: Corresponde a la parte posterior de la Planta. El Leq registrado no supera los 60 dB(A), predominando las lecturas inferiores a 55 dB(A).

Por lo expuesto, los mayores niveles de presión sonora son producto de la influencia del tráfico de la vía Panamericana (65-70 dB(A)) y la operación de la Planta Lasso (70-75 dB(A)), sobre el lindero Este de las instalaciones de NOVACERO S.A. Hacia el lindero Oeste, la influencia de la vía y la Planta disminuyen, registrándose valores entre 50 dB(A) y 60 dB(A). Por lo expuesto, la influencia de la Planta Lasso en su lindero Sureste genera niveles de presión sonora equivalente que sobrepasan hasta en un máximo de 5 dB(A) la norma nacional vigente para Zonas Industriales en horario de 06h00 a 20h00 -70dB(A)-, establecida en el Anexo 5 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria. 3.1.5. Geomorfología Regional La cobertura del valle interandino está constituida por potentes secuencias de piroplastos y lavas que en períodos recientes se depositaron en un ambiente continental lacustre intramontano, que aplanaron su topografía y formaron un altiplano que bordea los 2.500 a 3.000 m.s.n.m. La Depresión Interandina no se a formado por la erosión de un río en particular. Sin embargo se ha denominado, Valle Interandino, por ejemplo en el “Valle” de Latacunga-Ambato existe un río principal, el río Cutuchi, mismo determina un papel secundario en la formación de las geoformas de la depresión. La depresión tiene un origen tectónico por las fallas profundas de rumbo que actúan principalmente sobre la plataforma y el relleno de la depresión es producto de la caída, o llegada por otros medios, de materiales causados en los volcanes cercanos. 3.1.6. Geología Regional La población de Lasso de la Parroquia Tanicuchí, Cantón Latacunga, Provincia del Cotopaxi, se encuentra localizada en un pequeño valle que forma parte del llamado Graben interandino, que se forma entre las dos cordilleras andinas, Occidental al Oeste y Central 6 Las mediciones se realizaron a 3 metros de distancia de la pared del cerramiento perimetral de las actuales instalaciones de la Planta Lasso de NOVACERO S.A.

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(o Real) al Este. Esta depresión se ha producido por la interacción de dos dominios geotectónicos de importancia regional que son: • La Cordillera Occidental al Oeste. • Las rocas metamórficas de la cordillera Real al Este. De acuerdo a Bristol et. al. (1977)7, entre las dos cordilleras hay una depresión (graben interandino) que contiene unos volcanes pequeños de distribución casual, los cuales incluyen Rumiñahui, Pasochoa, Ilaló, Mojanda, e Imbabura. A lo largo de la escarpa oriental de los Andes, al Este de la Cordillera Real, yace otra faja volcánica, que comprende los volcanes El Reventador, Sumaco, y Pan de Azúcar. El volcán El Sangay en el Sur aparece ser aislado y no relacionado a las fajas descritas arribas. Casi todos los volcanes activos son como jóvenes que han crecido en calderas viejas (Ej. El Reventador, El Sangay, Cotopaxi) y la actividad de muchos de los volcanes extintos terminó con la formación de una caldera (Ej. Pululagua, Mojanda, Cuicocha, Rumiñahui, El Altar). Todavía hace falta mucho estudio petrográfico de las rocas volcánicas de la Sierra; sin embargo se deben notar unas indicaciones petrográficas generales. Las rocas de la Cordillera Occidental son principalmente andesitas y dacitas, muy leucocráticas, y comúnmente son fenocristales obvios de plagioclasa, hornblenda, augita, y a veces biotita. Andesitas más oscuras con pocos fenocristales de plagioclasa dominan en la Cordillera Real y en el graben interandino, sin embargo dacitas oscuras con cuarzo y olivino rico en Mg son las rocas dominantes en los flujos jóvenes de Antisana. Rocas ricas en alcalis se encuentran en el Volcán Sumaco, donde afloran tefritas con noseana (Colony & Sinclair, 1928). Se debe mencionar que andesitas basálticas son olivino rico en magnesio (Mg) y predominan en las lavas actuales y recientes de los volcanes El Reventador, El Sangay y Tungurahua. Rocas piroclásticas se encuentran en todas partes de la Sierra (Véase Cangagua). Capas de pómez blanca ocurren en la Cangagua y sirven como guías estratigráficas. Lahares (flujos de escombros volcánicos) son comunes cerca de los volcanes. Un lahar espectacularmente grande corrió de los flancos del volcán Cotopaxi en 1877 (Whymper, 1892). 3.1.7. Geología Local Mediante la información de la hoja Geológica Latacunga a escala 1:100 000 publicada por la antigua Dirección General de Geología y Minas (DGGM, 1976) y a las observaciones directas, realizadas en campo, por parte del equipo de trabajo que intervino en la elaboración del estudio. El graben interandino fue rellenado por piroclásticos (Volcánicos Guayllabamba al N), por sedimentos (Sedimentos Chichí; formaciones Palmira y Latacunga) y por material laharítico (Fm. Riobamba). Después hubo el depósito de la Cangagua con sus importantes faunas. Además, como consecuencia del volcanismo, aguas minerales han edificado travertinos calcáreos, con impresiones de hojas, por ejemplo al Norte de Quito. 7 Bristol, C.R:,R. Hoffstetter, Feininnger y M. T. Hall (1977) Amérique Latine. Equateur. Union Internationale des Sciences Geológiques. Centre National de la Recherche Scientifique, París, France.

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Formación Latacunga (Pleistoceno). Se encuentra formada por una gran variedad de depósitos: sedimentos fluvio-lacustres constituidos de limos, arenas, tobas y material conglomerático dispuestos irregularmente. Sobre éstos se ha depositado un flujo potente de pómez, conteniendo elementos angulares mal sorteados, con diámetros variables entre métricos y decimétricos, dentro de una matriz de ceniza volcánica de color blanco plomizo, dando origen a montículos, los mismos que se encuentran principalmente en los alrededores de Latacunga. Depósitos Laharíticos (Holoceno). Estos son producto de los flujos de lodo ocurridos durante las últimas erupciones del Cotopaxi (la más reciente y grande, de 1677), que rellenaron grandes áreas bajas del valle de Latacunga, con su característica de morfología plana. El material está constituido de bloques de andesita, sin graduación y con diámetros que varían de métricos a centimétricos en una matriz deleznable. Al sur se cambia gradualmente a depósitos aluviales. De acuerdo a la Hoja Geológica Latacunga Escala 1:100.000, el sitio de NOVACERO S.A. Planta Lasso se encuentra sobre Depósitos Laharíticos (lh). En las Figuras 2.3, 2.4 y 2.5 se presenta la geología regional y local.

Foto 3.4 Vista 3-D de la Geología Regional en el área de NOVACERO S.A. Planta Lasso

CORDILLERA OCCIDENTAL CORDILLERA REAL

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Foto 3.5Hoja Geológica Latacunga Escala 1:100 000 y su leyenda

N

Depósitos Laharíticos (lh)

Área de la Empresa

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Foto3.6. Vista 3-D de la Geología Local en el área de NOVACERO S.A. Planta Lasso 3.1.8. Suelos De acuerdo con el Informe Preliminar de Mecánica de Suelos con que cuenta la planta (Luís Roggiero, 2006), el sitio de la planta está ubicado en la llanura central de la hoya del Cotopaxi, al pie del nudo de Tiopullo, en las cercanías de la población de Lasso. El terreno tiene una forma rectangular, algo irregular y esta formado por estratos de compacidad media de depósitos arenosos eólicos volcánicos, hasta la profundidad explorada, que yacen sobre material más consolidado correspondiente a Cangahua. 3.1.8.1. Calidad del Suelo No existe información disponible sobre la calidad del suelo8 en el sitio de implantación de la planta, por lo cual el 13 de abril del 2007 se realizaron muestreos referenciales de este componente ambiental dentro y fuera de las instalaciones de la Planta Lasso, los cuales fueron efectuados por INSPECTORATE del Ecuador S. A., y cuyos resultados se exponen y comparan a continuación con la norma del Anexo 2 del Libro VI (Tabla 2, Criterios de Calidad del Suelo): 8 Los criterios de selección de parámetros se encuentran en el numeral 3.1.8.1 del presente Estudio.

Depósitos Laharíticos

Volcán Cotopaxi

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PUNTOS DE MUESTREO PARÁMETROS UNIDAD FUERA DE

INSTALACIONES (*)

PATIO DE CHATARRA

FACTOR DE CONTAMINACIÓN

GRADO DE PERTURBACIÓN

VALOR DE NORMA APLICABLE (**)

Materia Orgánica % 1,39 1,77 1,27 0 N. D.

Zinc mg/kg 24 26 1,08 0 60 mg/kg Níquel mg/kg 12 11 0,92 0 20 mg/kg Cromo Total mg/kg 0,04 0,1 2,5 1 20 mg/kg Hierro Total mg/kg 9.800 8.500 0,87 0 N. D.

Hidrocarburos Totales De Petróleo

mg/kg <200 <200 - -

Uso Agrícola: <2.500mg/kg Uso Industrial: <4.000mg/kg Ecosistemas Sensibles: <1.000mg/kg

Notas: (*) Cancha de voley localizada dentro de los predios de NOVACERO S.A., pero fuera de las instalaciones de la Planta Lasso, hacia el norte de ésta. Para fines comparativos, los valores registrados en esta área se consideran concentraciones de fondo.

(**) En la norma contenida en el Anexo 2 del Libro VI, no hay valores para Hidrocarburos Totales de Petróleo, por lo que para efectos de comparación se consideran referencialmente los valores establecidos en la Tabla 6 (Límites permisibles para la identificación y remediación de suelos contaminados en todas las fases de la industria hidrocarburífera, incluidas las estaciones de servicios) del Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental de Operaciones Hidrocarburíferas en la República del Ecuador (R. O. 265 del 13 de febrero del 2001).

N. D.: No disponible en la norma nacional

Tabla 3.8 Resultados de los muestreos de suelo realizados en la Planta Lasso y sus alrededores.

Vistos los resultados de la Tabla 2.6, se observa que en el caso del Cromo Total existe una perturbación grado 1, misma que es calificada por la norma como Perturbación Evidente, aunque que dicha perturbación posee valores que no superan la norma (20 mg/kg). Considerando las características de los procesos que se desarrollan actualmente en la Planta Lasso, dicha perturbación es producto del manejo inadecuado que en el presente posee la chatarra contaminada con aceite usado9, ya que ésta actualmente se dispone en un área abierta no impermeabilizada, que corresponde al patio de chatarra del proyecto de acería. De otra parte, adicionalmente, se consideraron otros parámetros (Cobalto, Cadmio y Plomo), que podrían estar relacionados con las operaciones actuales de la Planta Lasso, los cuales fueron muestreados el día 17 de diciembre del 2007. Los resultados se exponen en la Tabla 2.6-A: 9 Los aceites lubricantes usados adquieren concentraciones elevadas de metales pesados como plomo, cadmio, cromo, arsénico y zinc. El origen de estos metales es principalmente el desgaste del motor o maquinaria que lubricó (Fuente: Guía para la Gestión Integral de Residuos Peligrosos. Fichas Temáticas. Tomo II).

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PUNTOS DE MUESTREO PARÁMETROS UNIDAD FUERA DE

INSTALACIONES (*)

PATIO DE CHATARRA

FACTOR DE CONTAMINACIÓN

GRADO DE PERTURBACIÓN

VALOR DE NORMA APLICABLE (**)

Cadmio mg/kg 0,013 0,003 0,23 0 0,5 Cobalto mg/kg 10< 10< 1 0 10 Plomo mg/kg 0,004< 0,004< 1 0 25

Notas: (*) Cancha de voley localizada dentro de los predios de NOVACERO S.A., pero fuera de las instalaciones de la Planta Lasso, hacia el norte de ésta. Para fines comparativos, los valores registrados en esta área se consideran concentraciones de fondo.

(**) Norma contenida en la Tabla 2 del Anexo 2 del Libro VI

TABLA 2.6-A. RESULTADOS DE LOS MUESTREOS DE SUELO REALIZADOS EN LA PLANTA LASSO Y SUS ALREDEDORES (DICIEMBRE 2007).

Se observa, según la Tabla 2.6-A, que los niveles de Cobalto, Cadmio y Plomo se encuentran cumpliendo con la Tabla 2, Criterios de Calidad del Suelo, que constan en el Anexo 2 del Libro VI. Así también se observa que no se registra grado de perturbación alguno. Ver anexo 8 3.1.8. Hidrología La hoya central oriental del Patate, en la que se encuentra la provincia del Cotopaxi, limita al norte, con el nudo de Tiopullo y las montañas de Casaguala al suroeste. Existen valles y páramos como los de Sigchos, Mulaló, Pastocalle, Mulatos que modelan su orografía. El Cotopaxi, con 5.897 m.s.n.m. se convierte en el volcán activo más alto del mundo. La altiplanicie, encerrada entre cordilleras, tiene por sistema fluvial los ríos Cutuchí, Toachi, Yanayacu, Nagsiche, Chalupas, Illuchi, Patoa, entre otros. En el sector de estudio atraviesan varios ríos importantes, entre ellos: Río Cutuchi, Río Blanco y Río Saquimala, los cuales se han formado de la unión de quebradas que provienen de montes y volcanes, así se tiene, las quebradas Santa Ana y Río Blanco para formar el río Blanco; San Francisco, Tiopulrillo, Pucahuayco y Paraguasucho para formar el Cutuchí; Chiria, Chica de Chiriacu, Quebrada Grande de San Lorenzo y Q. San Diego, que provienen del Volcán Cotopaxi para formar el Río Saquimala. El río más cercano a las instalaciones de NOVACERO S.A. es el río Cutuchi, mismo que se encuentra a unos 200 metros al este de la planta Lasso; sin embargo, las acequias que circundan la planta no drenan hacia el referido cuerpo hídrico.

A partir del balance hídrico, un estudio realizado por Taco y Galárraga (2000)10 determinó que la cuenca del río Cutuchi tiene una precipitación media anual de 730 mm, la evapotranspiración potencial es 646 mm y la evapotranspiración real es 579 mm. El caudal mínimo medido para el referido río es 1,61 m3/seg, el caudal medio máximo medido es 62,6 m3/seg y se ha encontrado un caudal medio de 9,4 m3/seg. 10 Taco, G. y Galárraga, R. (2000). Aportación De Los Sistemas De Información Geográficos A La Protección De Acuíferos. Uso De Un Sistema De Información Geográfico Para Determinar La

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Vulnerabilidad De Un Acuífero Andino De Origen Volcánico. Escuela Politécnica Nacional. Departamento de Ciencias del Agua. Tomado de www.tierra.rediris.es/hidrored Dentro de la cuenca del Cutuchi, los meses de junio, julio y agosto presentan un déficit de agua dentro del año hidrológico, según se observa en la Figura 2.6 donde se muestran los valores medios mensuales de precipitación y evapotranspiración, según datos de estaciones del INAMHI para el período 1964 – 1990.

ESQUEMA 3.1. PRECIPITACIÓN Y EVAPOTRANSPIRACIÓN POTENCIAL MENSUAL (1964 – 1990)

En lo que respecta a aguas subterránea, Taco y Galárraga (2000) señalan que el área de influencia de este acuífero (perteneciente a la cuenca del río Cutuchi) no cuenta con una precipitación suficiente para recolectar suficiente agua superficial que sirva de fuentes de abastecimiento a los centros poblados y a las industrias, que en muchos de los casos necesitan cantidades importantes del líquido vital. Por lo expuesto, dichos autores señalan que el agua subterránea llega a ser la única fuente segura de agua. Como parte de su estudio para determinar la vulnerabilidad del acuífero, los referidos autores utilizaron un modelo elaborado por la EPA de los Estados Unidos (Environmental Protection Agency, USA, 1980) para evaluación de polución potencial llamado “Índice DRASTIC”. DRASTIC proviene de las siglas en inglés D (Depth to water table), R (Recharge), A (Aquifer media), S (Soil media), T (Topography), I (Impact vasose zone), C (Conductivity). Los resultados de la aplicación del referido índice se exponen en la Figura 2.7., de acuerdo a los cuales las instalaciones de NOVACERO S.A. Planta Lasso se encuentra en una zona de Vulnerabilidad Alta a Media del acuífero de la cuenca del Río Cutuchi.

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 18

Esquema3.2. Vulnerabilidad Acuífero río Cutuchi, según Taco y Galárraga (2000)

Cabe indicar que el estudio antes indicado tiene el carácter referencial considerando la escasez de información respecto a las aguas subterráneas del área de influencia de la planta. De la información obtenida en el campo se conoce la existencia de al menos tres pozos cuya calidad de agua es distinta entre sí, lo que indicaría la posible presencia de más de un acuífero.

Ubicación Planta Lasso de NOVACERO S.A.

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 19

3.1.9.1. Calidad del Agua Superficial Al igual que en otros componentes ambientales, no existe información disponible sobre la calidad del agua de los cuerpos hídricos localizados en el sitio de la planta. Al respecto, el 13 de abril del 2007 se realizó un muestreo (a cargo de INSPECTORATE del Ecuador S.A.) de las acequias que colindan con las instalaciones de la Planta Lasso de NOVACERO S.A., tanto aguas arriba como aguas abajo de estas últimas. Lo expuesto se llevó a cabo considerando tanto las acequias que reciben la escorrentía superficial de la Planta de NOVACERO S.A., como aquellas que están influenciadas por las aguas freáticas existentes bajo las instalaciones industriales. A continuación se precisan los cuerpos de agua muestreados:

M1: Acequia oriental, aguas arriba (canal que pasa frente a planta ־Lasso, próxima a la Vía Panamericana)

M2: Acequia oriental, aguas abajo (canal que pasa frente a planta ־Lasso, próxima a la Vía Panamericana)

M3: Límite INDULAC, canal norte ־ M4: Parte posterior, al occidente de la Planta Lasso, aguas arriba ־ M5: Parte posterior, al occidente de la Planta Lasso, aguas abajo ־

Para determinar los parámetros a ser analizados dentro de las muestras colectadas, se tomaron en cuenta las características de los insumos y materias primas, necesarios para el desarrollo de las actividades productivas de la planta Lasso. Para efecto de análisis se consideraron los siguientes parámetros que constan en las Tablas 1, 2 y 3 del Anexo 1 del Libro VI del TULAS, mismos que se correlacionan con las características de la planta:

Parámetro Características pH Referencial Zinc Materia prima Níquel Materia prima Cromo Total Aceites usados Hierro Total Materia prima Hidrocarburos Totales De Petróleo Aceites usados, combustibles Temperatura Aguas de enfriamiento Oxigeno Disuelto Aguas de enfriamiento Aceites Y Grasas Aceites y lubricantes usados.

La Tabla 3.9, que se expone a continuación, resume los resultados de los análisis de calidad de agua antes indicados y los compara con la norma nacional aplicable contenida en las Tablas 1, 2 y 3 del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria que establecen los criterios de calidad para Aguas para consumo humano y uso doméstico, que únicamente requieran de tratamiento convencional; Aguas para consumo humano y uso doméstico, que únicamente requieran de desinfección; y los Criterios de calidad admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces frías.

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 20

Resultados Norma Nacional aplicable Parámetro Unidades

M1 M2 M3 M4 M5 Norma Tabla 1

Norma Tabla 2

Norma Tabla 2

pH - 8.28 8.45 --- 7.87 7.76 6 - 9 6 - 9 6,5 - 9 Zinc mg/l 0.03 0.1 --- 0.082 0.033 5,0 5,0 0,18 Níquel mg/l 0.020 0.025 --- 0.025 0.024 N/A 0,025 0,025 Cromo Total ppm

(mg/l) 0.03 0.09 --- 0.1 0.04 N/A N/A 0,05

Hierro Total mg/l 0.07 0.07 0.05 0.23 0.22 1,0 0,3 0,3 (No Total)

Hidrocarburos Totales De Petróleo

mg/l 0.35 0.40 <0.20 <0.20 0.71 N/A N/A 0,5

Temperatura ° C 17.5 16 17.5 17.5 Oxigeno Disuelto mg/l 10.08 7.2 7.42 6.39 > 6 >6 >6 Aceites Y Grasas mg/l 8.00 14.8 --- 11.60 20.2 0,3 0,3 0,3

Notas: M1: Acequia oriental, aguas arriba (canal que pasa frente a planta Lasso) M2: Acequia oriental, aguas abajo (canal que pasa frente a planta Lasso) M3: Límite INDULAC, canal norte M4: Parte posterior, al occidente de la Planta Lasso, aguas arriba M5: Parte posterior, al occidente de la Planta Lasso, aguas abajo Norma Tabla 1.: Aguas para consumo humano y uso doméstico, que únicamente requieran de tratamiento convencional (Tabla 1 del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria). Norma Tabla 2: Aguas para consumo humano y uso doméstico, que únicamente requieran de desinfección (Tabla 2 del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria). Norma Tabla 2: Criterios de calidad admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces frías (Tablas 3 y 4 del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria). Los valores en negrilla son tomados aguas abajo de la Planta Lasso.

Tabla 3.9 Resultados de Medición de Calidad Del Agua Superficial En área de influencia

de La Planta Lasso de NOVACERO S.A. (Abril del 2007) Adicionalmente, el 17 de diciembre del 2007 se realizaron otros muestreos de calidad del agua, con el fin de determinar los niveles de otros parámetros que podrían estar relacionados con la gestión de chatarra en la Planta Lasso de NOVACERO S.A.; dichos parámetros son:

Parámetro Características Cadmio Posible presencia por contaminación de aceites usados. Plomo Posible presencia por presencia de baterías plomo-ácido en la chatarra. Cobalto Posible presencia como parte de la pintura que forma parte de la chatarra recolectada.

Al respecto, la Tabla 3.10 resume los resultados de los análisis de calidad de agua considerando los niveles existentes de Cadmio (Cd), Plomo (Pb) y Cobalto (Co), y los compara con la norma nacional aplicable contenida en las Tablas 1, 2 y 3 del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria que establecen los criterios de calidad para Aguas para consumo humano y uso doméstico, que únicamente requieran de tratamiento convencional; Aguas para consumo humano y uso doméstico, que únicamente requieran de desinfección; y los Criterios de calidad admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces frías.

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 21

Resultados Norma Nacional aplicable Parámetro Unidades

M1 M2 M3 M4 M5 Norma Tabla

1

Norma Tabla

2

Norma Tabla

2 Cadmio mg/l 0.0005< 0.0005< 0.0005< 0.0005< 0.0005< 0.01 0.001 0.001 Plomo mg/l 0.004< 0.004< 0.004< 0.009 0.004< N. D. 0,05 N. D. Cobalto mg/l 0.30< 0.30< 0.30< 0.30< 0.30< 0.05 0.2 0.2

Notas: M1: Acequia oriental, aguas arriba (canal que pasa frente a planta Lasso) M2: Acequia oriental, aguas abajo (canal que pasa frente a planta Lasso) M3: Límite INDULAC, canal norte M4: Parte posterior, al occidente de la Planta Lasso, aguas arriba M5: Parte posterior, al occidente de la Planta Lasso, aguas abajo Norma Tabla 1.: Aguas para consumo humano y uso doméstico, que únicamente requieran de tratamiento convencional (Tabla 1 del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria). Norma Tabla 2: Aguas para consumo humano y uso doméstico, que únicamente requieran de desinfección (Tabla 2 del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria). Norma Tabla 2: Criterios de calidad admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces frías (Tablas 3 y 4 del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria). N. D.: NO DETERMINADO POR LA NORMA Los valores en negrilla son tomados aguas abajo de la Planta Lasso.

Tabla 3.10. Resultados de Medición de Calidad Del Agua Superficial En área de

influencia de La Planta Lasso de NOVACERO S.A. (Diciembre del 2007) Del análisis de la Tabla 3.9 y 3.10 se concluye lo siguiente:

Las muestras tomadas en los cuerpos hídricos localizados en los alrededores de la ־Planta Lasso, aguas arriba de la influencia de ésta (M1, M2 y M4), cumplen en líneas generales -en lo que respecta a los parámetros muestreados- con las normas nacionales para: Aguas para consumo humano y uso doméstico, que únicamente requieran de tratamiento convencional; Aguas para consumo humano y uso doméstico, que únicamente requieran de desinfección; y Criterios de calidad admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces frías.

Las muestras tomadas aguas abajo de la Planta Lasso (M2 y M5) registran valores ־fuera de norma o cerca del límite máximo permisible para Flora y Fauna en agua dulce fría en lo que respecta al Cromo Total e Hidrocarburos Totales de Petróleo.

Para el caso de M2 (acequia que pasa frente a la Planta Lasso, atravesando el ־predio, aguas abajo), se observa que el Cromo Total (contaminante asociado con el manejo inadecuado de aceites usados) presenta una concentración de 0,09 mg/l, incumpliendo con el valor máximo establecido por la norma para Flora y Fauna (0,05 mg/l). Así mismo, los Hidrocarburos Totales de Petróleo se registran en 0,40 mg/l, cerca del máximo permisible (0,5 mg/l).

,En lo referido al punto M5 (acequia ubicada en la parte posterior de la Planta ־cerca del patio de chatarra, aguas abajo), los Hidrocarburos Totales de Petróleo se presentan en una concentración de 0,71 mg/l, estando sobre la norma para Flora y Fauna (0,5 mg/l). El Cromo Total posee un valor de 0,04 mg/l, cercano al valor máximo establecido por la norma para Flora y Fauna (0,05 mg/l).

En todas las muestras se detectaron concentraciones de Aceites y Grasas de 8,00 a 20,2 ־

mg/l, superiores a la norma (0,3 mg/l), destacándose que los valores más elevados se

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registraron aguas abajo de la Planta Lasso (14,8 – 20,2 mg/l).

Para el caso del Cadmio, todas las muestras analizadas registran valores ־inferiores a 0,0005 mg/l por lo que cumplen con la norma nacional para aguas de consumo humano y doméstico (0,01 – 0,001 mg/l), así como con los criterios de calidad agua para conservación de flora y fauna (0,001 mg/l).

En cuanto al Plomo, la norma nacional contempla un valor máximo para Aguas ־

para consumo humano y uso doméstico, que únicamente requieran de desinfección (Tabla 2 del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria), no existiendo límites para los otros criterios de calidad; al respecto, los valores obtenidos en todas las muestras (inferiores a 0,004 mg/l y un registro de 0,009 mg/l), cumplen con dicha norma (0,05 mg/l).

Finalmente, los niveles de Cobalto son inferiores a 0,30 mg/l en todas las ־

muestras (aguas arriba y aguas abajo de la Planta Lasso); sin embargo, dichos registros superan los niveles requeridos por las Aguas para consumo humano y uso doméstico, que únicamente requieran de tratamiento convencional que constan en la Tabla 1 del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria (0,05 mg/l). De otra parte, las normas contenidas en las Tablas 2 y 3 (Aguas para consumo humano y uso doméstico, que únicamente requieran de desinfección y Criterios de calidad admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces frías) establecen valores máximos de 0,2 mg/l para este parámetro, por lo que los valores registrados en todas las muestras (0,3< mg/l) podrían cumplir o sobrepasar ligeramente la norma. Es necesario señalar que dichos resultados se obtuvieron tanto aguas abajo como aguas arriba de las instalaciones de la Planta Lasso, lo que reflejaría una condición propia del medio y podría descartar una influencia de las instalaciones de NOVACERO S.A. en las concentraciones de Cadmio. Cabe indicar que, como se señaló en el numeral 2.1.7. del presente Estudio, el suelo presenta Cadmio en niveles muy pequeños lo que podría ser la causa de la presencia de dicho metal en el agua.

Los resultados de las muestras M2 y M5 (aguas abajo de las instalaciones de NOVACERO S.A.), evidencian la presencia de contaminantes asociados con el manejo de aceites usados e hidrocarburos (con excepción del Cadmio), lo que permite inferir la influencia que actualmente posee sobre la calidad del agua el manejo existente de aceites usados y chatarra contaminada en la Planta Lasso. Esto debe ser corregido de manera inmediata con el fin de que el área existente de almacenamiento de chatarra, una vez incorporada al proyecto de acería, no contribuya al deterioro de la calidad del agua superficial. Continuando con el monitoreo de los cuerpos de agua, la empresa contrato con el laboratorio INSPECTORATE y con EISMASTER, monitoreos durante el 2008, los datos se muestran a continuación. Estos monitoreos se incluyeron dos puntos nuevos los cuales son: ver anexo 9

M6: Río Cutuchi antes de la Planta de NOVACERO ־

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M7: Río Cutuchi después de la Planta de NOVACERO ־

Resultados Norma Nacional aplicable

Parámetro Unidades

M1 M2 M3 M4 M5 M6 M7 Tabla 12 MONITOREO REALIZADO POR INSPECTORATE EN FEB 08

Plomo mg/Kg <0.004 <0.004 <0.004 <0.004 <0.004 <0.004 <0.004 0.2 Arsénico mg/Kg 0.052 0.051 0.055 0.239 0.130 0.038 0.038 0.1 Cobre mg/Kg <0.1 <0.1 <0.1 <0.1 <0.1 <0.1 0.001 1 Cromo mg/Kg <0.001 <0.001 <0.001 0.001 <0.001 <0.001 0.001 - Turbidez FAU 3 2 4 42 18 16 20 - DBO5 mg/l 15 10 8 5 20 10 16 100 Coliformes totales NMP/ml 27 20 4 12 9.2 11 34 Remoción 99% Coliformes fecales NMP/ml 4.5 <1.8 <1.8 4.5 6.8 4 6.8 Remoción 99% Manganeso mg/l 0.018 0.020 0.008 0.08 0.32 0.014 0.07 2

MONITOREO REALIZADO POR EISMASTER EN MAY - JUN 08 pH - 7,78 6,98 6,84 7,63 8,76 6,68 6,65 5 - 9 DQO mg/l 98,77 128,39 86,42 79,01 88,89 <50 <50 250 Aceites y Grasas mg/l <10 <10 <10 <10 <10 <10 <10 0,3 Temperatura ° C 15,00 16,00 21,00 15,00 35,00 17,00 14,00 <35 Arsénico ml/l <0.001 <0.001 <0.001 <0.001 1,8E-03 0,0049 0.0042 0,1 Cadmio mg/l <0.002 <0.002 <0.002 <0.002 <0.002 <0,002 0.003 0,02 Cobre mg/l 0,01 0,00 0,01 0,04 0,06 0,02 0,02 1,0 Cobalto mg/l 1,6E-01 1,0E-01 9,8E-02 1,3E-01 7,9E-02 0,171 0,165 0,5 Cromo Total mg/l 2,0E-02 3,0E-02 5,0E-02 1,0E-02 2,0E-02 0,03 0,02 - Cromo Hexavalente mg/l 5,7E-04 1,0E-02 4,1E-02 5,0E-04 1,6E-02 0,024 0,012 0,5 DBO5 mg/l 33,91 46,52 29,88 25,49 29,95 <20 <20 100 Hierro Total mg/l 0,31 1,64 0,60 0,72 1,54 0,38 0,93 10,0 Manganeso Total mg/l 0,2 0,7 0,30 0,3 0,2 0,2 0,1 2,0 Niquel mg/l 2,7E-03 <0,004 <0,004 <0,004 1,1E-02 0,017 <0,004 2,0 Plomo mg/l <0,008 <0,008 <0,008 <0,008 <0,008 <0,008 <0,008 0,2 Oxigeno Disuelto mg/l 6,82 5,46 12,01 11,63 5,19 7,48 6,2 - Turbiedad 6 41 15 3 13 53 33 - Zinc mg/l 0,03 0,05 0,12 0,05 0,48 0,14 0,03 5,0 TPH mg/l <10 <10 <10 <10 <10 <10 <10 20,0

Notas: M1: Acequia oriental, aguas arriba (canal que pasa frente a planta Lasso) M2: Acequia oriental, aguas abajo (canal que pasa frente a planta Lasso) M3: Límite INDULAC, canal norte M4: Parte posterior, al occidente de la Planta Lasso, aguas arriba M5: Parte posterior, al occidente de la Planta Lasso, aguas abajo M6: Río Cutuchi antes de la Planta de NOVACERO M7: Río Cutuchi después de la Planta de NOVACERO Norma Tabla 12.: Limites para descarga a un cuerpo de agua dulce (Tabla 12 del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria). Los valores en negrilla son tomados aguas abajo de la Planta Lasso.

Tabla 3.11. Resultados de Medición de Calidad Del Agua Superficial En área de influencia de La

Planta Lasso de NOVACERO S.A. (2008) 3.1.8.2. Calidad del Agua Subterránea La información sobre la calidad del agua subterránea en el área de estudio, al igual que en otros componentes ambientales, es inexistente. Por lo expuesto, como parte del presente Auditoria Ambiental, se realizó un muestreo de calidad de agua subterránea en el área de almacenamiento de chatarra el día 14 de abril del 2007, cuyos resultados se

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exponen en la siguiente Tabla y se comparan con la norma nacional contenida en la Tabla 5 (criterios de calidad admisibles para agua subterránea) del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria:

Parámetros Unidades Resultado de la muestra

Límite Máximo

permisible (*) pH - --- N. D. Zinc mg/l --- 0,433 Níquel mg/l 0,025 0,045 Cromo Total ppm

(mg/l) 0,05 0,016 Hierro Total mg/l 0,29 N. D. Hidrocarburos Totales De Petróleo mg/l <0,20 0,325

(*) En la Tabla 5 del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria, la norma está expresada en g/l, pero para fines comparativos en esta tabla se expresa en mg/l. Valor con el cual incumple el dato del parámetro muestreado.

Tabla 3.12Calidad de Agua Subterránea dentro de las instalaciones de NOVACERO S.A.

en Lasso (patio de chatarra) Adicionalmente, siguiendo los criterios empleados para la selección de parámetro en el caso de agua superficial, el 17 de diciembre del 2007 se realizó un muestreo de Cadmio, Cobalto y Plomo en el agua subterránea bajo el área de almacenamiento de chatarra. Los resultados se exponen en la siguiente Tabla y se comparan con la norma nacional contenida en la Tabla 5 (criterios de calidad admisibles para agua subterránea) del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria:

Parámetros Unidades Resultado de la muestra

Límite Máximo

permisible (*) Cadmio mg/l 0,0005< 0,0032 Plomo mg/l 0,004 0,045 Cobalto mg/l 0,30< 0,06 (*) En la Tabla 5 del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria, la norma está expresada en µg/l, pero para fines comparativos en esta tabla se expresa en mg/l.

Tabla 3.13Calidad de Agua Subterránea dentro de las instalaciones de NOVACERO S.A.

en Lasso (patio de chatarra) (Diciembre/2007) En la Tabla 3.12 se destacan los elevados niveles de Cromo Total en el agua subterránea (0,05 mg/l ó 50 µg/l) y la presencia de Hidrocarburos Totales de Petróleo, aunque estos últimos en concentraciones inferiores a 200 µg/l (la norma es de 325 µg/l). Consecuentemente, hay un incumplimiento de la norma en lo que se refiere a Cromo Total11, mismo que se relaciona con el manejo inadecuado que actualmente posee la chatarra existente en las instalaciones de la Planta Lasso (este material presenta

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contaminación con aceites usados y posiblemente contenga otros metales además del hierro). 11 El Cromo es un contaminante asociado con el manejo de aceites usados. La Tabla 3.13 referida al Cadmio, Cobalto y Plomo, refleja el cumplimiento de norma en lo que respecta a los niveles de Cadmio (0,0005 mg/l< ó 0,5 µg/l) y el Plomo (0,004 mg/l ó 4 µg/l), con valores muy inferiores a los requeridos por el Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria para dichos metales (3,2 µg/l y 45 µg/l, respectivamente). Respecto al Cobalto, el registro de valores inferiores a 0,30 mg/l (ó 300 µg/l) por parte del laboratorio utilizado (BSI Inspectorate) no permite afirmar si en las condiciones actuales hay incumplimiento o no de la norma nacional (0,06 mg/l ó 60 µg/l). En lo referido al cobalto, hay que considerar que en el suelo de por sí presenta este metal conforme se indicó en el numeral 3.1.7. del presente informe. 3.1.10. Riesgos Naturales 3.1.10.1. Riesgo volcánico. El Instituto Geofísico de la Escuela Politécnica Nacional, indica en su Mapa Regional de Peligros Volcánicos Potenciales del Volcán Cotopaxi Zona Sur, que el área de NOVACERO S.A. planta Lasso se encuentra clasificado como zona de peligro que tiene una alta probabilidad de ser afectada por flujos de lodos y escombros (lahares) en caso de que ocurra una erupción moderada a grande. Al respecto, de acuerdo a publicaciones del Proyecto “Prevención de Riesgos Asociados con la Erupción del Volcán Cotopaxi”, PREVOLCO (2004-2005), para evaluar la peligrosidad de los lahares en la Cuenca Sur del Cotopaxi existe un modelo numérico, elaborado por el Prof. Franco Barberi, de la Universidad de Pisa, en 1992, como parte del "Estudio Complementario de Vulcanología del Proyecto Hidroeléctrico San Francisco", que cubre el tramo comprendido entre el volcán y la Presa "Agoyán”; dicho modelo ha determinado que el volumen de los lahares de la erupción de 1877 fue de 150 millones de m3, y transitó dividido en partes iguales por las quebradas Cutuchi, Saquimala y Alaquez, que se juntan aguas arriba de la ciudad de Latacunga. Cabe indicar que el río Cutuchi, localizado unos 200 m al este de las instalaciones de la Planta Lasso, es uno de los que drenan el flanco sur y suroccidental del cono el Cotopaxi (Ver Esquema 3.3).

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Nota: Gráfico 3D tomado de la publicación “El Volcán Cotopaxi, una amenaza que acecha” del Proyecto “Prevención de Riesgos Asociados con la Erupción del Volcán Cotopaxi”, PREVOLCO (2004-2005)

Esquema 3.3Flujo de lahares en la cuenca sur del volcán Cotopaxi

Por lo expuesto, se confirma el elevado riesgo de las instalaciones de la Planta Lasso de NOVACERO S.A. debido al flujo de lahares arrastrados a lo largo del río Cutuchi, en el caso de una erupción del volcán Cotopaxi. 3.2. Medio Biótico. El contenido de los capítulos que conforman la presente descripción del Medio Biótico, es desarrollado basándose en las observaciones realizadas durante las visitas de campo y en la revisión de la bibliografía existente sobre el área de estudio. Para poder describir de manera apropiada el estado actual del componente biológico, la presente sección realiza inicialmente una descripción de este componente ambiental a nivel regional para luego plasmar una descripción específica de las condiciones observadas en el área de influencia de la Planta de NOVACERO localizada en el sector de Lasso, parroquia Tanicuchí, cantón Latacunga, provincia de Cotopaxi. Antes de proceder a la descripción de este componente, es necesario recalcar que, en general, a nivel regional, el territorio adyacente a lo largo de la Vía Panamericana, al pie de la cual se encuentren las instalaciones de NOVACERO S.A., posee un elevado grado de intervención antrópica. En este contexto regional se observa un mosaico de usos de suelo, conformado por plantas industriales, poblaciones, grandes superficies destinadas a pastizales, producción ganadera y cultivos agroforestales como es el caso de cultivos de brócoli, además de encontrar numerosos invernaderos de flores ornamentales. (Ver Foto 3.7). Concordante con el marco regional antes indicado, se observa que el área de la Planta Lasso de NOVACERO S.A. y las futuras instalaciones del horno de fundición, corresponde a un área rural altamente intervenida, adyacente a la Vía Panamericana,

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donde en la actualidad se observan usos de suelo de tipo industrial, comercial, forestal, agrícola y turístico (hospedaje). Las áreas que no están destinadas a los usos de suelo antes mencionados, se encuentran cubiertas por vegetación herbácea de carácter pionero o introducida. No se observa actividad agrícola en el sitio de Planta Lasso.

Foto 3.7. Vista General del estado actual del Medio Biótico en el sector del sitio de implantación de la planta.

El uso industrial corresponde a las instalaciones de las plantas de NOVACERO, INDULAC, así como silos de almacenamiento. El uso forestal se encuentra en el área circundante a las instalaciones industriales. Ver fotos a continuación:

Área cubierta por usos de suelo de tipo industrial, comercial, forestal, agrícola y turístico

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Foto 3.8 Entorno de la Planta Lasso de NOVACERO S.A., hacia el Este. En primer plano se observa la Vía Panamericana; hacia el fondo instalaciones agroindustriales, vegetación herbácea y cultivos

forestales (eucalipto).

Foto 3.9Entorno de la Planta Lasso de NOVACERO S.A., hacia el Este. Vista de la Vía Panamericana hacia el Sur.

Foto 3.10Entorno de NOVACERO S. A. Planta Lasso, hacia el Oeste donde actualmente se encuentra el

acopio de chatarra. Obsérvese el predominio del suelo con cobertura de herbáceas. Al fondo, hacia el Norte, plantaciones forestales.

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Foto 3.11 Entorno de NOVACERO S. A. Planta Lasso, hacia el Sur. Al fondo una plantación forestal y

las instalaciones de la hostería “San Mateo”.

Foto 3.12. Entorno de NOVACERO S. A. Planta Lasso, vista hacia el Norte, donde se ubican terrenos

recientemente comprados por la empresa para establecer un área de amortiguamiento.

Foto 3.13 Entorno de NOVACERO S. A. Planta Lasso, vista hacia el Nor-este. Hacia la izquierda se

observan las instalaciones de la Planta de INDULAC.

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3.2.1. Zona de Vida (Bioclimática) De acuerdo con la clasificación de Cañadas (1983), basada en el sistema bioclimático de Holdridge (1947, 1967), de amplio uso en el Ecuador, el área donde se halla NOVACERO S.A. Planta Lasso corresponde la Región Seco Temperado. Esta región se encuentra desde los 2000 hasta los 3000 m.s.n.m., caracterizándose por una temperatura media anual que oscila entre los 12 y 18º C, y por registrar precipitaciones anuales promedio superior a los 200 mm pero inferior a los 500 mm. Las lluvias son estrictamente de carácter zenital11, intercaladas por una estación seca que comprende los meses de julio, agosto y septiembre, pudiendo extenderse hasta noviembre, dependiendo del lugar. El número de meses ecológicamente secos varía en la región varía entre 3, 4 y 5, y dentro de esta estación los días considerados fisiológicamente secos fluctúen entre los 54 y 99 días. Según Cañadas esta Zona de Vida corresponde a la formación ecológica estepa espinosa Montano Bajo (e. e. M. B.). 3.2.2. Flora 3.2.2.1. Formaciones Vegetales. A nivel regional, desde el punto de vista de formaciones vegetales, de acuerdo a la clasificación de Sierra et. al. (1999), NOVACERO S.A. Planta de Lasso se ubica en la Subregión Norte y Centro de la Sierra del Ecuador. Cabe indicar que la región Andina del Ecuador (Sierra) es considerada la más deforestada del país (Sierra et. al., 1999). La Subregión Norte y Centro se extiende aproximadamente desde el límite con Colombia hasta el valle Girón-Paute, aproximadamente a 3º de latitud Sur, donde Jørgensen y Ulloa (1994) sugieren que existe una división natural que coincide con un límite de distribución de especies. Actualmente, éste es un valle seco que actúa como barrera natural que impide la migración de plantas (Jørgensen y Ulloa, 1994 en Sierra et. al., 1999). Dentro de la Subregión Norte y Centro, el área influencia de la planta a instalarse en NOVACERO S.A. Planta Lasso, se encuentra en la formación vegetal Matorral Húmedo Montano de los Valles Interandinos, la cual, según Sierra (1999), se localiza en los valles relativamente húmedos entre 2.000 y 3.000 m.s.n.m. y se caracteriza por una cobertura vegetal casi totalmente destruida y reemplazada por cultivos, pastizales o por bosques de Eucalyptus globulus (eucalipto). La vegetación nativa generalmente forma matorrales y sus remanentes se pueden encontrar en barrancos o quebradas, en

12 Sus máximas anteceden o preceden a los equinoccios.

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pendientes pronunciadas y en otros sitios poco accesibles a lo largo de todo el sector (Sierra, 1999). La composición florística de estos matorrales o pequeños remanentes de bosque puede variar entre las localidades, dependiendo del grado de humedad y tipo de suelo. De acuerdo con Sierra (1999), la flora característica del Matorral Húmedo Montano se compone de las siguientes especies detalladas en la TABLA 2.9.

Familia Nombre científico

Oreopanax confusus Oreopanax corazonensis

ARALIACEAE

Oreopanax app. Baccharis prunifolia Baccharis buxifolia ASTERACEAE

Baccharis spp. BORAGINACEAE Cordia rusbyi CORIARIACEAE Coriaria ruscifolia

Croton wagneri EUPHORBIACEAE Croton spp.

JUGLANDACEAE Juglans neotropica FABACEAE Eritrina edulis

Blakea oldemanii Miconia crocea MELASTOMATACEAE Miconia spp.

Calceolaria crenata Calceolaria adenanthera SCROPHULARIACEAE

Calceolaria spp. Cestrum quitense

Cestrum peruvianum Solanum crinitipes SOLANACEAE

Solanum spp. VERBENACEAE Lantana rugulosa

Tabla 3.14. Especies características de la formación vegetal de Matorral Húmedo

Montano de los Valles Interandinos

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Esquema 3.4. Formaciones Vegetales según Sierra (1999) en la provincia de Cotopaxi

Planta

Planta

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3.2.2.2. Estado Actual del área de la Planta Lasso. Conforme a lo observado a lo indicado en la descripción a nivel regional, la planta Lasso de NOVACERO se encuentra en un sector rural con alta intervención de tipo antrópico13, donde los usos industriales, comerciales, turísticos y las plantaciones forestales o “cercas vivas” han reemplazado las formaciones vegetales naturales. El terreno donde actualmente se asienta la planta Lasso carece de cubierta vegetal nativa. Las muestras de vegetación existente corresponden únicamente a los ejemplares arbóreos-arbustivos de especies introducidas, que forman parte las áreas verdes de la planta de NOVACERO. Adicionalmente, los terrenos adyacentes a la planta Lasso, adquiridos por NOVACERO para funcionar como área de amortiguamiento, están cubiertos por vegetación herbácea. Las especies arbóreas registradas como parte de las áreas verdes de NOVACERO S.A. son básicamente coníferas y Eucalyptus globulus (eucalipto); sin embargo, se destaca el hecho de que la empresa ha emprendido un Plan de Reforestación en los terrenos adyacentes a la Planta Lasso, adquiridos por NOVACERO para conformar el área de amortiguamiento de las instalaciones industriales. Las especies empleadas en el Plan de Reforestación aplicado por NOVACERO S.A. corresponden a la Tabla 3.15:

Familia Nombre científico Nombre Común Características

ANACARDIACEAE Schinus molle Molle Árbol de los valles interandinos de tipo ornamental y muy resistentes a la sequía.

Acacia

MIMOSACEAE Agnus glutinosa Aliso Común

Árbol de origen australiano, caducifolio de 25 metros de altura de uso ornamental principalmente, de corteza gruesa, apta para control de erosión.

BUDDLEIACEAE Buddelaia spp. Colle, kolle, qolly, culli, kiskuar, quishuar, puna

quisvar, tanacullo.

Se encuentra en la parte alta en la zona Andina de Ecuador, Perú y Bolivia.

MYRTACECAE Eucalyptus globulus Eucalipto Árbol de 30 metros de altura aproximadamente

SALICACEAE Salix babylonica Sauce llorón

Árbol de 8 a 9 metros de altura muy flexible y sus ramas se disponen en forma dde cascada que cuelgan hasta rozar el suelo.

Tabla 3.15 Especies empleadas en la reforestación del área de amortiguamiento de NOVACERO S.A. Planta Lasso.

13 Antrópico: De origen humano o relativo al ser humano.

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Foto 3.14. Vista de las especies que han sido empleadas para reforestación a lo largo de

una acequia.

3.2.3. Fauna

3.2.3.1. Contexto Regional. La distribución geográfica de las especies animales (zoogeográfica) está en estrecha relación con las zonas bioclimáticas (zonas de vida) y formaciones vegetales, las cuales dependen a su vez de diversos factores físicos tales como el gradiente altitudinal, suelos y climatología principalmente. Por lo expuesto, al igual que en el caso de las formaciones vegetales, también existe una organización de zonas de vida para la fauna. Para la presente descripción del contexto regional zoogeográfico, se han utilizado las clasificaciones disponibles en el Ecuador para las clases faunísticas en las cuales tal organización ha sido posible. En el caso de mamíferos (mastofauna) se ha tomado en consideración los pisos zoogeográficos propuestos por Albuja et. al. (1980), modificados por Tirira (1999). Para las aves (ornitofauna o avifauna) se ha considerado la división zoogeográfica empleada por Ridgely et. al. (1998), y Ridgely y Greenfield (2001).

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a) Mamíferos (Mastofauna)

NOVACERO S. A.Planta Lasso y su área de influencia se localizan en el Piso Altoandino Norte, el cual se extiende hasta el límite sur de la provincia de Chimborazo, correspondiendo a la franja altitudinal comprendida entre los 2800-3000 hasta los 4500 m.s.n.m.

b) Aves (Ornitofauna)

El área de NOVACERO S. A. Planta Lasso y su área de influencia se hallan en la región geográfica conocida como los Andes. Dentro de esta región, la zona de vida ornitológica14 específica donde se ubica la planta se denomina piso Interandino.

De acuerdo con Ridgely et. al. (1998) la zona altitudinal conocida como piso Interandino comprende una variedad de hábitats que se encuentran prácticamente en valles entre las dos principales cadenas montañosas andinas (“Andes Occidentales” y “Andes Orientales”), con alturas entre los 2000 y 3000 m.s.n.m. Actualmente se encuentra muy modificada por las actividades humanas (muchas regiones están casi enteramente dedicadas a la agricultura o asentamientos humanos y presentan una erosión extensiva); sin embargo, algunas laderas aún conservan parches del bosque montano original. La avifauna está constituida básicamente por especies afines a las de las laderas occidentales, incluso en la vertiente occidental de los Andes Orientales. Dentro de los hábitats para la avifauna descritos por Ridgely y Greenfield (2001) para la región Andina o Andes, la zona de la Planta Lasso corresponde a matorral montano, el cual se encuentra altamente degradado por actividades humanas, por lo que tiene una importancia relativamente limitada para las aves.

3.2.3.2. Estado Actual del área de la Planta Lasso.

La fauna observada con mayor frecuencia corresponde a las aves, las cuales están representadas por especies típicas de áreas intervenidas y de hábitos generalistas. A continuación se mencionan las especies observadas en el entorno inmediato de NOVACERO S.A. Planta Lasso durante las visitas de campo: (Ver TABLA 3.16.)

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 36

14 Ornitológico: Relativo a las aves o al estudio de las aves. Familia Nombre científico Nombre común Observaciones

APODIDAE Streptoprogne zonaris Vencejo cuelliblanco

De amplia extensión en tierras altas e incluso el páramo (hasta los 4000 m.s.n.m.).

CAPRIMULGIDAE Caprimulgus longirostris Chotacabras alifajado

Extenso en áreas semiabiertas en tierras altas especialmente en los claros existentes a los lados de las estribaciones andinas.

Leptotila verreauxi Paloma apical

Localizada hasta los 3000 m.s.n.m. Común en bosques deciduos y semihúmedos,en tierras bajas hasta en el callejón interandino. COLUMBIDAE

Zenaida auriculata Tórtola orejuda

Muy común en áreas semiabiertas y en terrenos agrícolas, cerca de ciudades y pueblos en especial en zonas áridas tierras altas.

EMBERIZIDAE Zonotrichia capensis Chingolo

De amplia distribución y común en áreas semiabiertas de matorrales o de pastizales, así como asentamientos humanos, en la región Andina. Se alimenta principalmente en el suelo.

LARIDAE Larus serranus Gaviota andina

Avistamiento de grupo de 6-7 individuos durante visita de campo (23/ago/2006), volando sobre la planta de Lasso con desplazamiento en sentido Oeste-Este. Son comunes localmente en las proximidades de lagos y lagunas en áreas de páramos o templadas, sobrevolando también sobre las estribaciones de la cordillera y los bordes del páramo. Es la única gaviota registrada en la región Andina.

STRIGIDAE Otus albogularis Autillo goliblanco

Mayormente en bosques templados y en estribaciones boscosas a alturas que oscilan entre los 2500 a 3400 m.s.n.m.

Adelomyia melanogenys Colibrí jaspeado

Se encuentra en bosques subtropicales, templados y en las estribaciones de la cordillera ( 1400 hasta los 2800 m.s.n.m.)

TROCHILIDAE

Colibri coruncans Orejivioleta ventriazul

Extenso y bastante común en tierras semiabiertas y áreas agrícolas y áreas con muchos árboles, jardines especialmente en áreas templadas y bosques de estribaciones.

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 37

Familia Nombre científico Nombre común Observaciones

Patagona gigas Colibrí gigante

Extenso en matorrales semiabiertos, en áreas agrícolas y jardines en la región árida de los Andes hasta Azuay

Eriocnemis luciani Zamarrito colilargo

Localmente numeroso en bosques templados y en las estribaciones en la región sur del callejón interandino y en los valles interandinos en la región central.

Lesbia nuna Colacintillo coliverde

Local y errante en matorral de las estribaciones y en los bordes de bosques de tierras altas, también en las estribaciones de los valles interandinos.

Chaetocercus mulsant Estrellita ventriblanca

De amplia distribución y muy comunes y numerosos en bosque de tierras altas en una variedad de habitats como en los bordes bosques montanos hasta matorrales y jardines.

FORMICARIIDAE Grallaria squamifera Gralaria ondulada

También se localiza en los valles interandinos centrales desde los 2200 a 3700 m.s.n.m.

TYRANIDAE Serpophaga cinerea Tiranolete guardarios

Extendido por todos las riberas rocosas de los ríos en los Andes y terrenos abiertos de bosques.

Tabla 3.16. Especies de aves observadas en el entorno inmediato de NOVACERO S.A. planta Lasso.

3.2.4. Áreas de Manejo Especial

A una distancia de aproximadamente 10 Km. al Noroeste de las instalaciones de la Planta Lasso de NOVACERO S. A. se encuentra el Parque Nacional “Cotopaxi”15. El Parque Nacional Cotopaxi abarca las provincias de Cotopaxi, Napo y Pichincha, con una superficie de 33.393 hectáreas; posee un clima frío de alto andino, temperaturas que varían entre los 0 y 15 grados centígrados y precipitaciones lluviosas anuales de 500 a 1.500 milímetros. Fue creado oficialmente por el Gobierno Nacional, el 11 de agosto de 1975 mediante Acuerdo Ministerial y ratificado en el Acuerdo Interministerial del 26 de julio de 1979. Características generales del Parque: Superficie: 33.393 hectáreas Altura: 3.400 - 5.897 m.s.n.m Clima: Frío Zonas de Vida: bhM, bmhM, bmhSA Temperatura: 0° a 15° C Precipitación anual: 500 a 1.500 mm

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A continuación se presenta un detalle de las características del Parque Nacional “Cotopaxi”: a) Volcanismo El Parque representa un paisaje típicamente volcánico, dominado por el Cotopaxi, considerado el volcán activo más alto del mundo y el Rumiñahui, en cuyos alrededores existen lahares, coladas de lava y depósitos de cenizas. 15 Información obtenida de la página web del Ministerio del Ambiente de la República del Ecuador (www.ambiente.gov.ec ) Cotopaxi, en lengua nativa significa "Trono de Luna". El volcán tiene una altura de 5.897 metros sobre el nivel del mar, forma parte del Nudo de Tiopullo, con un perfecto cono cubierto por un sin número de capas inclinadas de material volcánico, en el que predominan bombas, lapilli y ceniza. Jóvenes coladas de lava se pueden ver en los lados norte (Limpiopungo) y oeste, que descienden hasta los 4.000 metros. El volcán esta envuelto por glaciares sobre los 4.800 metros, que bajan más en el lado oriental, debido a la mayor cantidad de precipitaciones atmosféricas acarreadas desde la llanura amazónica por los vientos alisios; los torrentes de las avenidas y aguas de los deshielos, han erosionado el manto produciendo surcos profundos en direcciones radiales. b) La Zona El área del Parque esta localizada en el vértice de la cordillera de los Andes e incluye elevaciones que varían entre los 3.350 y los 5.800 metros sobre el nivel del mar, y algunos valles situados entre las altas montañas. En el centro está ubicado el Cotopaxi y al noreste el Rumiñahui y entre los dos está el valle de Limpiopungo. Existe en su interior una gran plantación de pino de aproximadamente 1.750 hectáreas, que se ha adaptado y creado micro hábitats diferentes, ocasionando cambios en la dinámica del páramo. Los venados y muchas especies de aves han encontrado un excelente refugio en estos bosques que continúan hacia las partes más bajas. La chuquiragua, que es la flor del páramo existe en grandes extensiones y la alchemilla en pequeños remanentes de bosque de la parte sur occidental del Rumiñahui. El habitante nativo practica la cacería para su alimentación y la captación de aguas para el regadío de cultivos en los valles inferiores. c) Hidrología

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La zona se encuentra bañada por los ríos Cutuchi y Daule, varios riachuelos y otras corrientes que permiten el desarrollo de vida vegetal y animal. Estos ríos son la fuente para el abastecimiento de agua potable y riego para Machachi, Quito, Latacunga y la región Oriental. Además, existe una importante actividad industrial generada por la captación de manantiales y vertientes subterráneas de agua mineral que provienen de los glaciares del Cotopaxi. d) Zonas de Vida Los estudios técnicos del Ministerio del Ambiente, señalan que en el Parque se encuentran las siguientes zonas de vida: Bosque Muy Húmedo Montaño

Se encuentra entre los 3.400 y 3.900 metros sobre el nivel del mar, siendo la parte más baja del Parque con temperaturas que oscilan entre los 6 y 12° C, con precipitaciones anuales que varían entre los 1.000 y 1,200 milímetros. Los árboles son de poca altura y la mayor parte del área está invadida por vegetación de gramíneas que forman los páramos. En la parte más baja se pueden encontrar especies como el pumamaqui y capulí. En el lado sur occidental del Rumiñahui se hallan remanentes de bosque, chuquirahua y alchemilla que son características de la zona. Páramo Pluvial Subalpino

Esta comprendido entre los 3.900 y 4.000 metros sobre el nivel del mar, la temperatura ambiente está entre los 3 y 6 ° C y, las precipitaciones lluviosas anuales se ubican entre los 1.000 y 2.000 milímetros. Ocupa la porción localizada en las faldas del volcán, donde son propias de la zona las gencianas y gramíneas. Tundra Pluvial Alpina

Se encuentra en la parte más alta del Rumiñahui y del Cotopaxi, se ubica entre los 4.400 y 4.700 metros sobre el nivel del mar, con temperaturas que varían entre 1,5 y 3° C, con una pluviosidad anual entre 1.000 y 2.000 milímetros. Las principales especies vegetales presentes forman colonias con la típica apariencia de almohadilla; caracterizan la zona los musgos y líquenes. Nival

Incluye toda la superficie cubierta con nieves perpetuas en la que prácticamente no existe ningún tipo de vegetación. En el Cotopaxi la nieve empieza a partir de los 4.800 metros de altura y en la parte oriental desciende al menos en 100 metros. e) Flora Las zonas mas bajas del Parque están pobladas por algunas especies arbóreas y

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 40

arbustivas entre las que sobresalen el pumamaqui, pino, capulí, pucunero, mortiño, valeriana, orejas de conejo, gencianas, cacho de venado, romerillo, quishuar y quinua. En la altura se encuentran agrupaciones de chuquirahua, ashpa chocho, gramíneas, pajonales de páramo, líquenes y licopodios. En las zonas más altas, la vegetación esta representada por plantas mas simples como musgos y líquenes que forman colonias de rosetas y almohadillas. f) Fauna Los mamíferos que se pueden encontrar en la zona son el venado, lobo de páramo, cervicabra, puma, venado de cola blanca, conejo, zorrillo, caballo cimarrón, congo negro, oso y musaraña. Existe gran variedad de especies de aves representadas por el cóndor andino, ligles, gavilán de espalda roja, curiquingue, búho, torcaza, gaviota andina, chucuri, perdiz de páramo, lechuza, gallareta, pato punteado, compadre gaspar y quilico. Los peces que se reproducen en los ríos, preferentemente son la preñadilla, única especie nativa y la trucha que convive con la variedad arco iris; los reptiles están representados por la lagartija y los anfibios por el jambato. g) Turismo En el Parque Nacional Cotopaxi se reconoce la importancia del turismo, gracias al potencial de sus recursos naturales, escénicos, culturales y el beneficio que representa para el desarrollo del país y la provincia de Cotopaxi. La presencia de turistas se ha incrementado en los últimos años, especialmente en los meses de diciembre, enero, julio, agosto y septiembre que es la temporada alta y en menor número los meses de febrero, marzo, abril y mayo. Los extranjeros visitan el Parque los días jueves y viernes en que simultáneamente se realizan ferias en Latacunga y Saquisilí. Los visitantes nacionales lo hacen los sábados y domingos, días de descanso obligado para las actividades laborales y estudiantiles. Los sitios de mayor interés para los visitantes al Parque Cotopaxi, según las últimas estadísticas son el ascenso al Refugio, la laguna Limpiopungo, el Museo Mariscal Sucre y el complejo turístico Tambopaxi. El 42% del total de visitantes que avanza hasta el Refugio, continúa hasta la cumbre del volcán y el 58% restante permanece pocas horas en el área. Dentro del parque se encuentran cuerpos hídricos importantes como: la Laguna de Limpiopungo y La Laguna Santo Domingo y el Río Pita. 3.3. Medio Socioeconómico.

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3.3.1. Características Generales Según el Instituto Geográfico Militar (IGM) el valle de Latacunga posee un magnífico suelo, apto para la producción agrícola de cebada, trigo, maíz, legumbres, hortalizas y frutales, mientras que el sector occidental es propicio para el cultivo de banano, caña de azúcar, frutales y varios productos tropicales. La riqueza forestal es considerable, pues existen áreas boscosas compuestas de: nogal, aliso, laurel, roble, entre otros. La producción ganadera es una de las más importantes del país, destacándose el ovino y vacuno, que mantiene una producción importante de carne, leche y sus derivados. En el sector minero no todos los recursos han sido explotados, así se tiene: sulfatos, carbonatos de sodio, salitre, calizas, piedra pómez, arcillas, obsidiana, azufre, magnesio negro, oro, plata, cobre, zinc y aguas termales. El comercio se basa en la salida de productos agropecuarios, materias primas y artículos manufacturados. Se comercializa tejidos, cerámica, ponchos, cabuya y productos alimenticios a las provincias de la Sierra y Costa. La ciudad de Latacunga y la provincia cuentan con importantes industrias, que aprovechan la ubicación geográfica, las materias primas, transporte, mano de obra de calidad e iniciativa privada. La carretera Panamericana es el eje de comunicación, esta vía une Lasso, Latacunga y Salcedo, recorriendo toda la provincia de norte a sur. Existen además las carreteras Latacunga - Pujilí - Zumbagua - La Maná, en dirección a Quevedo y el Corazón - Zumbagua, complementadas todas, con varios caminos de menor orden. El aeropuerto de la ciudad de Latacunga, se constituye, en alterno al de la ciudad de Quito. La empresa esta ubicada en el Km. 15 de la Vía Panamericana Norte, en el cantón de Latacunga en la parroquia Tanicuchí, en el sector de Lasso. Para la descripción del medio socioeconómico, se ha tomado en cuenta datos de la parroquia y del cantón del Censo Poblacional del 2001 realizado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC). 3.3.2. Descripción de la Parroquia Tanicuchí La parroquia de “San Lorenzo de Tanicuchí", esta ubicada en el kilómetro 20, al norte de la ciudad de Latacunga, se halla a 2.981 m.s.n.m., y es uno de los pueblos más antiguos de la provincia; allí, la agricultura y la ganadería son las principales actividades de sus pobladores. Los barrios de esta parroquia rural son: Cajón Veracruz, Chilca ,Pamba, El Calvario, Goteras, La Floresta, Lasso, Llactayo, Pachosala, Pucara, Pesillo, Rió Blanco Alto, Rió

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Blanco Bajo, Sandoval, Santa Ana, San Antonio de Luzón, San José de Cuicuno, San Pedro, Simón Bolívar, Tanicuchí Centro, Tashina y Veracruz. Sus fiestas se desarrollan cada l0 de agosto, en las que se desarrollan una serie de festividades folklóricas, acompañadas de las ya afamadas corridas de toros que se han dado por siempre, y que desde hace unos 15 años se desarrollan en la gran plaza "San Lorenzo", ubicada en la cabecera parroquial. La población de Lasso responde su nombre al Crnl. Juan Manuel Lasso Ascázubi, político y filántropo quiteño, que donó parte de sus propiedades a sus comuneros y vecinos. Además "La Ciénega" es conocida por sus aguas minerales, las mismas que se producen a nivel nacional por una empresa multinacional. 3.3.2.1. Población Según el Censo Poblacional del año 2001 realizado por el INEC, la población de la provincia de Cotopaxi es en total de 349.540 habitantes de los cuales el 41% es representado por el cantón Latacunga con 143.979 habitantes, de los cuales la parroquia Tanicuchí representa el 7,65% con sus 11.009 habitantes. En la Tabla 2.17 se presentan los datos de población por géneros tanto de la provincia, del cantón y de la parroquia.

Sitio Hombres Mujeres Provincia De Cotopaxi 169.303 180.237

Cantón Latacunga 69.598 74.381 Parroquia Tanicuchí 5.430 5.579

Fuente: Datos del INEC (censo 2001) Tabla 3.17 Población por géneros del la parroquia donde se asienta la planta Lasso

El número de población económicamente activa y en edad para trabajar especifica en la Tabla 3.18.

Población Tanicuchí Latacunga Población en edad de trabajar

(PET) 8.041 Hab. 105.822 Hab. Población económicamente activa

(PEA) 4.475 Hab. 58.317 Hab. Tasa bruta de participación laboral 40,6% 40,5%

Tasa global de participación laboral 55,7% 55,1%

Fuente: Datos del INEC (censo 2001) Tabla 3.18. Población económicamente activa

En lo que respecta a la población económicamente inactiva comprendidos entre la niñez, adolescencia y vejez, la parroquia Tanicuchí y el cantón Latacunga presentan los

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 43

indicadores en la TABLA 3.19

Población comprendida entre Tanicuchí Latacunga 0 – 5 años 1.478 18.355 6 – 11 años 1.440 19.802 12 – 17 años 1.395 18.764 18 – 65 años y más 878 11.029

Fuente: Datos del INEC (censo 2001) Tabla 3.19 Población según grupos de edad no productivas

3.3.2.2. Educación El índice de escolaridad de Latacunga, representado en años de estudios, es de 6,5 mientras que Tanicuchí es de 5,3. En Latacunga, el 63% de la población estudiada terminó la primaria y es mayor de 12 años, mientras que en el caso de la provincia de Cotopaxi, esta población corresponde al 51,3%. De otra parte, en el mismo cantón la población estudiada mayor a 18 años y que terminó la secundaria, corresponde al 18,5%, mientras que para la provincia el porcentaje corresponde al 12,7 %. En Tanicuchí este tipo de población representa el 10,7%. La población con estudios superiores de 24 años y más en la parroquia corresponde al 5,6 %, mientras que estos porcentajes en el cantón y en la provincia son del 14,3% y 10,1% respectivamente. El índice de anafalbetismo de la población mayor de 15 años en el cantón Latacunga es de 17,6%, mientras que en la parroquia Tanicuchí este valor representa el 13,8%. 3.3.2.3. Vivienda y Servicios Básicos. En el Censo Poblacional realizado por el INEC en el 2001, se registró que el total de viviendas en la Latacunga era 33.555, de las cuales apenas el 7,56 % pertenecen a la parroquia Tanicuchí. En cuanto a hogares se registraron unos 33.760 hogares en la cabecera cantonal, 2.561 de los cuales se encuentran en Tanicuchí. La densidad poblacional de área de la Planta es de 4,29 habitantes por vivienda.

a) Energía eléctrica: Hasta el año 2001 el 91,3% de las viviendas de la parroquia Tanicuchí -es decir 2.318,1- contaban con energía eléctrica. En comparación, a nivel cantonal el porcentaje de viviendas con este servicio era del 91,8% lo que equivale a 30.803,5 viviendas.

b) Servicio telefónico: El 29,4% de las viviendas del cantón de Latacunga poseen

servicio telefónico, es decir que casi 3 viviendas de cada 10 cuentan con el servicio; a nivel parroquial, en las viviendas de Tanicuchí, el 18,8% tienen

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 44

teléfono, lo que equivale a dos de cada 10 viviendas.

c) Servicio de recolección: de desechos domésticos: En Latacunga el 36,3% es decir casi 4 de cada 10 de las viviendas, cuentan con el servicio. En la parroquia Tanicuchí, apenas el 13,2%, es decir 1 de cada 10 casas, poseen servicio de eliminación de basura.

3.3.2.4. Salud En el área de Tanicuchí existe un dispensario médico del Ministerio de Salud Pública, donde existen registros de la morbilidad existente en la parroquia según casos anuales por edad. A continuación se presenta un resumen de los resultados obtenidos para el año 2006:

< 1 AÑO 1-4 AÑOS 5-9 AÑOS 10-14 AÑOS 15-19 AÑOS 20-35 AÑOS 36-49 AÑOS 50-64 AÑOS 65 Años y Mas

1 Parasitosis 42 51 179 48 97 13 2 4322 Resfriado 29 123 18 21 3 1 1 1963 Amigdalitis 4 61 19 17 9 21 1 1324 Neumonía 13 41 6 3 5 685 Bronquitis 16 32 7 1 2 3 2 636 Peso Bajo 4 1 7 35 477 Talla Corta 1 38 398 Candidiasis Vaginal 9 24 2 1 369 Enfermedad Diarreica Aguda (EDA) 16 19 35

10 Desnutrición Leve 10 24 3411 Amebiasis 2 17 13 1 3312 Vagenosis B 23 2 4 2913 Infección Vías Urinarias (IVU) 1 2 3 1 1 7 8 2 2514 IVU + Embarazo 3 11 2 1615 Micosis en Cara 1 6 4 1116 Varicela 6 3 1 1 1117 Micosis 1 2 7 1018 Candidiasis 1 5 4 1019 Gastritis 3 3 1 2 920 Fiebre 6 2 821 Sinusitis 1 2 4 722 Conjuntivitis 3 3 1 723 Desnutrición Moderada 2 4 624 Pediculosis 4 425 Giardia 1 2 1 426 Urticaria 1 2 327 Disentería 3 328 Dermatitis 1 1 229 Otitis Media Aguda 1 1 230 Verruga 2 231 Lumbalgia 1 1 232 Neuritis 1 1 233 Cefalea 1 1 234 Desnutrición Grave 1 1 235 Hipertensión Arterial 2 236 Gastroenteritis 1 1 237 Epilepsia 1 138 Ulcera Gástrica 1 139 Embarazo + Vagenosis 1 140 Artritis 1 141 Faringitis 1 142 Hepatitis 1 143 DM tipo 2 1 144 Herida del Meñique 1 1

1304TOTAL

DIAGNOSTICO# EDADES TOTAL

Fuente: Dispensario de Tanicuchí, Ministerio de Salud Pública, 2008

Tabla 3.20 Morbilidad en la parroquia Tanicuchí – Casos anuales según edad. Año 2006

De la información recopilada, se concluye que en el año 2006 se presentaron 1.304 casos de 44 distintos tipos de enfermedades o accidentes en el dispensario de Tanicuchí. La mayor parte de todos los casos registrados en el dispensario (33% que equivale a 432 casos) corresponde a parasitosis, lo cual está asociado frecuentemente con la

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 45

calidad del agua, la higiene y el manipuleo de los alimentos por parte de la población. Le siguen enfermedades y síndromes que afectan a las vías respiratorias, tales como el resfrío común (15% ó 196 casos), amigdalitis (10% ó 132 casos), neumonía (5% ó 68 casos) y bronquitis (5% ó 63 casos), totalizando 459 casos que equivalen al 35,25% de los registros del dispensario. El 31,8% de los casos restantes se distribuye en 39 enfermedades distintas, con números de casos que oscilan entre los 47 y 1 por enfermedad, destacándose los registros de peso bajo y talla corta en niños (47 y 39 casos, que corresponden al 4% y 3%, respectivamente), seguido de candiasis vaginal (36 casos ó 3%), enfermedades diarreicas agudas (3%), desnutrición leve (3%), amebiasis (3%), vagenosis B (3%) e infecciones de vías urinarias (2% ó 25 casos). Se destaca el hecho de que 27 enfermedades presenten 10 casos ó menos en el año 2007, 18 de las cuales tienen 3 ó menos registros. A continuación se presenta un gráfico donde se refleja lo señalado

Distribución de casos anuales según enfermedad - Dispensario de Tanicuchí - año 2006

33%

15%

10%

5%

5%

4%

3%

3%

3%

3%

3%

2%2%

1%1%1%1%1%1%1%1% 0%0%0%0%0%0%0%0%0%0%0%0%0%0%0%0%0%0%0% 0%1%

0%0%

ParasitosisResfriadoAmigdalitisNeumoníaBronquitisPeso BajoTalla CortaCandidiasis VaginalEnfermedad Diarreica Aguda (EDA)Desnutrición LeveAmebiasisVagenosis BInfección Vías Urinarias (IVU)IVU + EmbarazoMicosis en CaraVaricelaMicosisCandidiasisGastritisFiebreSinusitisConjuntivitisDesnutrición ModeradaPediculosisGiardiaUrticariaDisenteríaDermatitisOtitis Media AgudaVerrugaLumbalgiaNeuritisCefaleaDesnutrición GraveHipertensión ArterialGastroenteritisEpilepsiaUlcera GástricaEmbarazo + VagenosisArtritisFaringitisHepatitisDM tipo 2Herida del Meñique

Fuente: Dispensario de Tanicuchí, Ministerio de Salud Pública, 2008 Esquema 3.5. Grafico Morbilidad en la parroquia Tanicuchí – Casos anuales según edad.

Año 2006

En cuanto a los datos obtenidos considerando los grupos de edad, se observa que quienes registran el mayor número de casos por enfermedad son los niños. Se destacan los elevados registros de parasitosis (hasta 179 casos en edades entre 5-9 años), amigdalitis (123 casos en edades entre 1-4 años), bronquitis (61 casos en niños entre 1-4 años), neumonía (41 casos en niños entre 1-4 años). En resumen, el 17,25% de los casos registrados corresponden a enfermedades respiratorias en niños de 1 – 4 años (que equivalen al 49,01% del total de los casos de este tipo de enfermedades), mientras que el 13,72% son parasitosis en niños de 5-9 años (que comprenden el 41,43% de los casos de parasitosis). A continuación se presenta un

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 46

gráfico que refleja lo expuesto:

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 47

Morbilidad Anual en Tanicuchí 2006 - Número de casos anuales según edad

0

20

40

60

80

100

120

140

160

180

200

Parasit

osis

Amigdali

tis

Bronqu

itis

Talla C

orta

Enferm

edad

Diar

reica

Agu

da (E

DA)

Amebias

is

Infec

ción V

ías U

rinari

as (IV

U)

Micosis

en C

ara

Micosis

Gastrit

is

Sinusit

is

Desnu

trición

Mod

erada

Giardia

Disente

ría

Otitis M

edia

Aguda

Lumba

lgia

Cefalea

Hiperte

nsión

Arte

rial

Epilep

sia

Embaraz

o + Vag

enos

is

Faring

itis

DM tipo 2

Enfermedades

Cas

os p

or a

ño

EDADES < 1 AÑO

EDADES 1-4AÑOS

EDADES 5-9AÑOS

EDADES 10-14AÑOS

EDADES 15-19AÑOS

EDADES 20-35AÑOS

EDADES 36-49AÑOS

EDADES 50-64AÑOS

EDADES 65 Añosy Mas

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 48

Para el año 2007, existen datos disponibles para el primer semestre (enero a junio), mismos que se exponen a continuación:

< 1 AÑO 1-4 AÑOS 5-9 AÑOS 10-14 AÑOS 15-19 AÑOS 20 AÑOS y +

1 Amigdalitis 2 31 5 6 4 9 572 Desnutricion Leve 2 20 6 283 Bronquitis 13 5 1 1 204 Resfriado Comun 6 5 2 135 Enfermedad Diarreica Aguda (EDA) 6 4 1 1 126 Tos 3 5 1 97 Sarpullido 1 3 48 Infección Vías Urinarias (IVU) 3 1 49 Varicela 1 3 4

10 Anemia 1 1 1 311 Dermatitis 2 212 Gastritis 1 1 213 Parasitosis 1 1 214 Colico Gastrico 1 115 Dolor Pelvico 1 116 Escabiosis 1 1

163TOTAL

DIAGNOSTICO# EDADES TOTAL

Fuente: Dispensario de Tanicuchí, Ministerio de Salud Pública, 2008

Tabla3.21Morbilidad en la parroquia Tanicuchí – Casos según edad – Enero - Junio 2007 Se observa que en el primer semestre del año 2007 se presentaron 163 casos de 16 distintos tipos de enfermedades o accidentes en el dispensario de Tanicuchí. A diferencia del año 2006, la mayor parte de todos los casos registrados en el dispensario durante la primera parte del 2007 comprende 4 enfermedades y síndromes de vías respiratorias: amigdalitis (36% ó 57 casos), bronquitis (12% ó 20 casos), el resfrío común (8% ó 13 casos) y tos (6% ó 9 casos). Dichas enfermedades totalizan el 62% de los casos de enero a junio del 2007. El resto de enfermedades (12 tipos) corresponden al 38% de los casos (64). A continuación se presenta un gráfico que refleja lo expuesto:

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 49

Distribución de casos según enfermedad - Dispensario Tanicuchí - Ene-Jun 2007

36%

17%12%

8%

7%

6%

2%

2%

2%

2%

1%

1% 1% 1%1%

1%

AmigdalitisDesnutricion LeveBronquitisResfriado ComunEnfermedad Diarreica Aguda (EDA)TosSarpullidoInfección Vías Urinarias (IVU)VaricelaAnemiaDermatitisGastritisParasitosisColico GastricoDolor PelvicoEscabiosis

Fuente: Dispensario de Tanicuchí, Ministerio de Salud Pública, 2008

Esquema 3.6. Grafico Morbilidad en la parroquia Tanicuchí – Casos anuales según edad. Año 2007

Al igual que en el año 2006, los datos obtenidos considerando los grupos de edad, demuestran que el mayor número de casos por enfermedad se presenta en los niños, en especial entre los 1 y 4 años y menores de 1 año. Se destacan los elevados registros de amigdalitis (31 casos en edades de 1 a 4 años), desnutrición leve (20 casos en edades entre 1 y 4 años) y bronquitis (13 casos en niños menores de 1 año). La mayor parte de las enfermedades antes mencionadas, registradas en niños, son de tipo respiratorio (totalizando el 26,99% de todos los casos y el 44,44% de los casos de enfermedades respiratorias registrados en el primer semestre del 2007), confirmando la tendencia antes observada.

Morbilidad en Tanicuchí - Enero Junio 2007 - Número de casos según edad

0

5

10

15

20

25

30

35

Amigdali

tis

Desnu

tricion

Leve

Bronqu

itis

Resfria

do C

omun

Enferm

edad

Diar

reica

Aguda

(EDA)

TosSarp

ullido

Infec

ción V

ías U

rinari

as (IV

U)Vari

cela

Anemia

Dermati

tisGas

tritis

Parasit

osis

Colico

Gas

trico

Dolor P

elvico

Escab

iosis

Enfermedades

Cas

os p

or a

ño EDADES < 1 AÑO

EDADES 1-4 AÑOS

EDADES 5-9 AÑOS

EDADES 10-14 AÑOS

EDADES 15-19 AÑOS

EDADES 20 AÑOS y +

Fuente: Dispensario de Tanicuchí, Ministerio de Salud Pública, 2008

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 50

Otros Centros de Salud en el área Las poblaciones de Mulaló y Lasso también cuentan con Centros de Salud, donde se pudo obtener información para el año 2007 (Mulaló y Lasso) y 2006 (Lasso). a) Mulaló

La información disponible del dispensario de Mulaló corresponde al año 2007, mismos que se exponen a continuación:

EDADES # DIAGNOSTICO < 1 AÑO 1-4 AÑOS 5-9 AÑOS 10-14 AÑOS 15-19 AÑOS 20 AÑOS y +

TOTAL

1 Infección Respiratoria Aguda 221 320 142 68 21 104 876 2 Enfermedad Diarreica Aguda 35 67 7 8 5 122 3 Enfermedades de la Piel 26 18 11 8 10 73 4 Desnutrición 22 73 7 5 3 110 5 Conjuntivitis 11 27 8 3 49 6 Parasitosis 5 73 24 29 4 135 7 Estomatitis 4 7 11 8 Displacia de Cadera 4 4 9 Infección de Vías Urinarias 2 5 6 7 68 88

10 Escabiosis 2 7 4 2 15 11 Pediculosis 17 13 8 38 12 Varicela 16 9 2 27 13 Alteración de la Menstruación 5 29 34 14 Enfermedades de Trasmisión Sexual 4 61 65 15 Gastritis 3 22 25 16 Migraña 2 13 15 17 Inflamación de Cuello del Útero 81 81 18 Neuritis 22 22 19 Dorsalgia 17 17 20 Artritis 15 15

TOTAL 1822 Fuente: Dispensario de Mulaló, Ministerio de Salud Pública, 2008

Tabla 3.22 Morbilidad en Mulaló – Casos anuales según edad. Año 2007

De la información recopilada, se concluye que en el año 2007 se presentaron 1.822 casos de 20 distintos tipos de enfermedades, síndromes o accidentes en el dispensario de Mulaló. La mayor parte de todos los casos registrados en el dispensario (48% que equivale a 876 casos) corresponde a enfermedades agudas respiratorias, siguiéndole enfermedades y síndromes relacionados con la higiene y alimentación, tales como enfermedades diarreicas agudas (7% ó 122 casos), parasitosis (7% ó 135 casos) y desnutrición (6% ó 110 casos). Lo señalado se refleja en el gráfico a continuación:

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 51

Distribución de casos anuales según enfermedad - Mulaló - 2007

48%

7%4%

6%

3%

7%

1%

0%5%

1%

2%

1%

2%

4%

1%

1%4%

1%

1%

1%

Infección Respiratoria AgugaEnfermedad Diarreica AgudaEmfermedades de la PielDesnutrición ConjuntivitisParasitosisEstomatitisDisplacia de CaderaInfeccion de Vias UrinariasEscabiosisPediculosisVaricelaAlteracion de la MestruacionEnfermedades de Trasmicion SexualGastritisMigrañaInflamación de Cuello del UteroNeuritisDorsalgiaArtritis

Esquema 3.7. Grafico Morbilidad Centro Medico Mulaló– Casos anuales según edad. Año 2007

Los datos obtenidos considerando los grupos de edad, demuestran que el mayor número de casos por enfermedad se presenta en los niños, en especial entre los 1 y 4 años, menores de 1 año y de edades entre 5-9 años. Al respecto, resalta el hecho de que la mayoría de los casos de las enfermedades respiratorias agudas (37,5% ó 683 casos) se presentan en estos estratos de la población. La tendencia antes señalada se refleja en el gráfico siguiente:

Morbilidad Anual en Mulaló 2007 - Número de casos anuales según edad

0

50

100

150

200

250

300

350

Infec

ción R

espir

atoria

Agu

ga

Enferm

edad

Diar

reica

Aguda

Emfermed

ades

de la

PielDes

nutric

ión

Conjun

tivitis

Parasit

osis

Estomati

tis

Displac

ia de

Cad

era

Infec

cion d

e Vias

Urin

arias

Escab

iosis

Pedicu

losis

Varice

la

Alterac

ion de

la M

estru

acion

Enferm

edad

es de

Trasmici

on S

exua

lGas

tritis

Migrañ

a

Inflam

ación

de C

uello

del U

tero

Neuriti

sDors

algia

Artritis

Enfermedades

Núm

ero

de c

asos

por

año

EDADES < 1 AÑOEDADES 1-4 AÑOSEDADES 5-9 AÑOSEDADES 10-14 AÑOSEDADES 15-19 AÑOSEDADES 20 AÑOS y +

Fuente: Dispensario de Mulaló, Ministerio de Salud Pública, 2008

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 52

b) Lasso A diferencia de Mulaló, en Lasso sí existe información de los años 2006 y 2007, aunque en este último ésta se refiere únicamente al primer semestre (enero-junio). Para el año 2006, se registraron 1.093 casos de 29 clases de enfermedades, síndromes o accidentes, los cuales se detallan en el cuadro adjunto:

EDADES # DIAGNOSTICO < 1

AÑO 1-4 AÑOS 5-9 AÑOS 10-14 AÑOS 15-19 AÑOS 20 AÑOS y + TOTAL

1 Parasitosis 74 51 36 15 35 211 2 Faringoamigdalitis 23 70 20 4 3 13 133 3 Paptest Clase II Moderado 15 35 50 4 Peso Bajo + Embarazo 2 11 35 48 5 Resfriado Comun 37 41 3 1 2 84 6 Enfermedad Diarreica Aguda (EDA) 30 67 4 2 1 1 105 7 Infección Vías Urinarias (IVU) 10 1 8 52 71 8 Neumonia 59 26 1 1 2 89 9 Desnutrición Leve 5 54 3 6 1 69 10 Sobrepeso/Obesidad + Embarazo 8 30 38 11 Vaginitis Bacteriana 7 22 29 12 Anemia Ferropenia 14 4 18 13 Gastritis 5 1 1 7 14 Gastroenteritis 1 5 6 15 Paptest Clase II Severo 6 6 16 Amenorrea Secundaria 2 4 6 17 Bronco Neumonia 5 5 18 IVU + Embarazo 3 3 19 Hemorragia Vaginal 2 2 20 Candidiasis Vaginal 2 2 21 Dermatitis Cintacto 2 2 22 Laringoadmigdalitis 1 1 2 23 Estomatitis Herpetica 1 4 1 1 7 24 Hepatitis A 1 1 25 Mostitis 1 1 26 Faringitis 7 49 4 4 4 1 69 27 Vaginosis 2 2 10 14 28 Escabiosis 9 9 29 Dermatitis 1 5 6

TOTAL 1093 Fuente: Dispensario de Lasso, Ministerio de Salud Pública, 2008

Tabla 3.23. Morbilidad en Lasso – Casos anuales según edad. Año 2006

Del cuadro anterior se observa que la mayor parte de los casos corresponden a parasitosis (211 casos ó 19%), siguiéndole enfermedades de vías respiratorias como faringoamigdalitis (133 registros ó 12%), resfriado común (84 casos ú 8%), neumonía (89 casos ú 8%), faringitis (69 casos ó 6%) y laringoamigdalitis (2 casos ó 0,18%), totalizando el 34,18% de los casos registrados. Otras enfermedades representativas son las enfermedades diarreicas agudas (105 casos ó 10%),

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 53

infecciones de vías urinarias (71 casos ó 6%) y desnutrición (69 casos ó 6%). La distribución antes indicada se expone en el siguiente gráfico:

Distribución de casos anuales según enfermedad - Lasso - 2006

19%

12%

5%

4%

8%10%

6%

8%

6%

3%

3%

2%1%1%1%1%0%0%0%0%0%0%1%0%0%

6%

1%

1%

1%

ParasitosisFaringoamigdalitis Paptest Clase II ModeradoPeso Bajo + EmbarazoResfriado ComunEnfermedad Diarreica Aguda (EDA)Infección Vías Urinarias (IVU)NeumoniaDesnutrición LeveSobrepeso/Obesidad + EmbarazoVaginitis BacterianaAnemia FerropeniaGastritisGastroenteritisPaptest Clase II SeveroAmenorrea SecundariaBronco NeumoniaIVU + EmbarazoHemorragia VaginalCandidiasis VaginalDermatitis CintactoLaringoadmigdalitisEstomatitis HerpeticaHepatitis AMostitisFaringitisVaginosisEscabiosisDermatitis

Fuente: Dispensario de Lasso, Ministerio de Salud Pública, 2008 Esquema 3.8. Grafico Morbilidad Centro Medico Lasso– Casos anuales según edad. Año

2006

De otra parte, en lo que respecta a la distribución de casos por edad, se mantiene la tendencia de mayor número registro de datos en niños entre 1 y 4 años, presentando un número elevado de casos de parasitosis (74 casos), faringoamigdalitis (70 casos), enfermedades diarreicas agudas (67 casos), desnutrición leve (54 casos) y faringitis (49 casos), que abarcan el 28,73% de los registros de Lasso para el año 2006. Los niños menores de un año también aparecen con alta incidencia de neumonía (59 casos ó 5,40%).

Otro grupo de edad donde se presenta un elevado número de registros, es el de mayores de 20 años (adultos), con 52 casos de enfermedades de vías urinarias (4,75%), 35 casos de parasitosis (3,20%), entre otros.

A continuación se presenta un gráfico que permite exponer lo señalado:

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 54

Morbilidad en Lasso - 2006 - Número de casos según edad

0

10

20

30

40

50

60

70

80

Parasit

osis

Faring

oamigd

alitis

Paptes

t Clas

e II M

odera

do

Peso B

ajo +

Embaraz

o

Resfria

do C

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Enferm

edad

Diar

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Agu

da (E

DA)

Infec

ción V

ías U

rinari

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U)

Neumon

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Desnu

trición

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besid

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Embaraz

o

Vagini

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is

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IVU +

Embaraz

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Vagina

l

Candid

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Vagina

l

Dermati

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Larin

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migdali

tis

Estomati

tis H

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ca

Hepati

tis A

Mostiti

s

Faring

itis

Vagino

sis

Escab

iosis

Dermati

tis

Enfermedades

Núm

ero

de c

asos EDADES < 1 AÑO

EDADES 1-4 AÑOSEDADES 5-9 AÑOSEDADES 10-14 AÑOSEDADES 15-19 AÑOSEDADES 20 AÑOS y +

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 55

Para el primer semestre del 2007 se registraron 31 enfermedades, síndromes o accidentes distintos, distribuidos en 892 casos de la siguiente manera

EDADES

# DIAGNOSTICO < 1 AÑO 1-4 AÑOS 5-9 AÑOS 10-14 AÑOS 15-19 AÑOS 20-59 AÑOS 60 Años y +

TOTAL

1 Faringitis Aguda Catarral 25 111 7 2 2 2 149 2 Desnutrición Leve 17 83 4 1 105

3 Enfermedad Diarreica Aguda (EDA) 18 55 4 2 1 8 1 89

4 Gripe Resfriado Comun 30 50 1 4 85 5 Paptest Clase II Moderado 65 65 6 Faringoamigdalitis Aguda 2 6 13 10 6 15 52 7 Vaginitis Bacteriana 41 41 8 Peso Bajo + Embarazo 39 39 9 Resfriado Comun 25 10 35

10 Sobrepeso/Obesidad + Embarazo 31 31 11 Infección Vías Urinarias (IVU) 4 1 1 24 30 12 Dermatitis Alergica de Contacto 14 7 1 22 13 Parasitosis 14 5 1 20 14 Fiebre 2 8 3 13 15 Bronquitis Aguda 2 4 3 1 10 16 Escabiosis 1 7 1 1 10 17 Conjuntivitis 3 4 1 1 9 18 Desnutrición Moderada 4 4 8 19 Amenorrea Secundaria 1 7 8 20 Piodermatitis 3 5 8 21 IVU + Embarazo 7 7 22 Otitis Media Aguda 1 3 3 7 23 Sobrepeso/Obesidad 7 7 24 Candidiasis Bucal 2 4 6 25 Neuralgia 4 2 6 26 Anemia 5 5 27 Hipermenorrea 5 5 28 Gingivoestomatitis Herpética 1 2 2 5 29 Dermatomicosis 2 1 1 1 5 30 Estrenimiento 3 1 1 5 31 Espasmo Gastrointestinal 1 4 5

TOTAL 892 Fuente: Dispensario de Lasso, Ministerio de Salud Pública, 2008

Tabla 3.24. Morbilidad en Lasso – Casos anuales según edad. Año 2006

Del cuadro anterior se observa que la mayor parte de los casos corresponden a enfermedades respiratorias: faringitis aguda catarral (149 casos ó 17%), gripe o resfriado común (85 casos ó 10%), faringoamigdalitis aguda (52 casos ó 6%), resfriado común (35 casos ó 4%), sumando el 37% del total de casos registrados para el primer semestre del año 2007 en Lasso. Le siguen en importancia las enfermedades de tipo digestivo o asociadas con la alimentación: desnutrición leve (105 casos ó 12%), enfermedades diarreicas agudas (89 casos ó 10%), estreñimiento (5 casos ó 0,6%) y espasmo gastrointestinal (5 casos ó 0,6%) totalizando el 23,2% de todos los casos para este semestre.

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 56

El resto de casos (40%) se distribuye en 22 enfermedades. La distribución antes indicada se expone en el siguiente gráfico:

Distribución de casos según enfermedad - Lasso - Enero-Junio 2007

17%

12%

10%

10%7%

6%

5%

4%

4%

3%

3%

2%

2%1%

1%1%1%1%1%1%1%1%1%1%1%1%1%1%1%1%1%

Faringitis Aguda CatarralDesnutrición LeveEnfermedad Diarreica Aguda (EDA)Gripe Resfriado ComunPaptest Clase II ModeradoFaringoamigdalitis AgudaVaginitis BacterianaPeso Bajo + EmbarazoResfriado ComunSobrepeso/Obesidad + EmbarazoInfección Vías Urinarias (IVU)Dermatitis Alergica de ContactoParasitosisFiebreBronquitis AgudaEscabiosisConjuntivitisDesnutrición ModeradaAmenorrea SecundariaPiodermatitisIVU + EmbarazoOtitis Media AgudaSobrepeso/ObesidadCandidiasis BucalNeuralgiaAnemiaHipermenorreaGingivoestomatitis HerpéticaDermatomicosisEstrenimiento

Fuente: Dispensario de Lasso, Ministerio de Salud Pública, 2008 Esquema 3.9. Grafico Morbilidad Centro Medico Lasso– Casos anuales según edad. Año

2007 Repitiendo la tendencia observada en otros dispensarios, la mayor parte de los casos se presenta en los niños con edades entre 1 y 4 años; así tenemos: 111 casos de faringitis aguda catarral, 83 casos de desnutrición leve, 55 casos de enfermedad diarreica aguda y 50 de resfriado común, que juntos totalizan el 33,52% de los casos registrados en el primer semestre del 2007, la mayor parte de los cuales son enfermedades respiratorias (18,04%). A continuación se presenta un gráfico que permite exponer lo señalado:

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 57

Morbilidad en Lasso - Enero - Junio 2007

0

20

40

60

80

100

120

Faring

itis Agu

da C

atarra

l

Enferm

edad

Diar

reica

Aguda

(EDA)

Paptes

t Clas

e II M

odera

do

Vagini

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a

Resfria

do C

omun

Infec

ción V

ías U

rinari

as (IV

U)

Parasit

osis

Bronqu

itis Agu

da

Conjun

tivitis

Amenorr

ea S

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daria

IVU + Emba

razo

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eso/O

besid

ad

Neural

gia

Hiperm

enorr

ea

Dermato

micosis

Espas

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al

Enfermedades

Núm

ero

de c

asos

EDADES < 1 AÑOEDADES 1-4 AÑOSEDADES 5-9 AÑOSEDADES 10-14 AÑOSEDADES 15-19 AÑOSEDADES 20-59 AÑOSEDADES 60 Años y +

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 58

3.3.2.5. Empleo La población en edad de trabajar (PET) de Latacunga, según el INEC (2001), es de 105.822 habitantes que corresponde al 42,9% de la Provincia de Cotopaxi, de los cuales 8.041 habitantes corresponden a la Parroquia de Tanicuchí. En cuanto a la población económicamente activa, en Latacunga esta es de 58.317 habitantes, que corresponden al 42,25% de la provincia, mientras que la población económicamente activa de Tanicuchí es de 4.475 habitantes. c 3.3.2.6. Niveles de Pobreza Los niveles de pobreza por NBI de Latacunga corresponden al 64,3%, mientras que en la parroquia es de 83,4%. El nivel de pobreza por NBI de la provincia es de 75,9%. En cuanto a la pobreza extrema por NBI de la Provincia es de 45,5%; para Latacunga y Tanicuchí estos valores corresponden al 32,8% y el 37,6% respectivamente. Las personas que habitan viviendas con características físicas inadecuadas en la Provincia de Cotopaxi corresponden al 27,5%. En comparación, Latacunga y Tanicuchí presentan porcentajes del 19,5% y 14,5% respectivamente. 3.3.3. Indígenas de Cotopaxi Según el INEC (2201), la estimación de la población indígena rural de Cotopaxi equivale al 28,9%, mientras que Latacunga se relaciona con el 9,3% y de Tanicuchí comprende al 7,3%. Una comunidad indígena importante que se asienta cerca de los alrededores de la planta son los Panzaleos, denominados también Kichwa del Cotopaxi,los cuales se encuentran en un proceso de autodefinición y recuperación de su identidad. En la Latacunga esta etnia se encuentra en las parroquias de Eloy Alfaro, Ignacio Flores, Juan Montalvo, Buena Ventura, Alaques, Belizario Quevedo, Guaytacama, Joséguango Bajo, Mulaló, 11 de septiembre, Poaló, San Juan de Pastocalle, Tanicuchí, Toacaz Las comunidades de páramos más alejadas son las que conservan mayores rasgos lingüísticos y culturales indígenas, como: Zumbahua, Guangaje, Guayama, Moreta, Apahua, Maca Grande, Tigua, Salamalag, Cachi, Jigua, Cusubamba, Allpamalag, etc.

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 59

3.3.4. Estructura Social a los alrededores de la empresa. La empresa se encuentra en el sector conocido como Lasso, que pertenece a la Parroquia Tanicuchí, y alrededor de la empresa encontramos los asentamientos que se detallan en la Tabla 3.25.

Nombre de la propiedad Años de asentamiento

Propietarios

Hostería San Mateo 24 Sr. Francisco Vaca Paradero ONOLAC No datos Sra. Elvia Casa Casa Familiar 22 Sra. Susana Flores Casa Familiar 20 Sr. Honorario Guatemal Vulcanizadora 30 Sr. Luís Benítez Despensa 12 Sra. Fanny Benítez Planta de lácteos INDULAC

38 Dalton Bacigalupo

SAFESA Más de 10 años ND Empresas Ganaderas Más de 50 años Varios

Tabla 3.25 Asentamientos y usos de suelo en las áreas adyacentes a Novacero S.A. planta Lasso

3.3.5. Interacciones de la Empresa con la Comunidad La planta NOVACERO S.A. LASSO, actualmente realiza compra de chatarra metálica a nivel nacional, dentro de los cuales el 40% aproximadamente representa a la Sierra Central (Cotopaxi, Chimborazo y Tungurahua). Como producto de dicha interacción se han formado microempresarios a nivel nacional y local, mismos que se benefician de forma indirecta económicamente de la actividad que la planta realiza actualmente. Dichas interacciones se potenciarán positivamente una vez que se implemente el proyecto (al momento la empresa tiene unos 10 microempresarios formales y 60 proveedores informales). 3.3.6. Paisaje Conforme se indicó en la descripción del Medio Biótico, el área donde actualmente se asienta NOVACERO S.A. Planta Lasso se encuentra altamente intervenida, por lo que los paisajes que pueden ser observados corresponden a ambientes alterados por el hombre.

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 60

Se pueden apreciar cultivos forestales de eucalipto así como planicies cubiertas de herbáceas (cultivos, regeneración natural) o desprovistas de vegetación. También se destaca la presencia de edificaciones industriales y comerciales, mismas que se destacan en un ambiente predominantemente rural, como es el caso del área de estudio.

Foto 3.15 Entorno de la Planta Lasso de NOVACERO S.A., hacia el Este. En primer plano se

observa la Vía Panamericana; hacia el fondo instalaciones agroindustriales, vegetación herbácea y cultivos forestales (eucalipto).

La presencia del volcán Cotopaxi, visto hacia Este desde las instalaciones de NOVACERO S.A., constituye un elemento destacado que resalta en los días despejados de nubes. Sin embargo, si esta elevación es observada desde el borde occidental de la planta Lasso, se registra la presencia de un impacto negativo debido a la presencia de las pilas existentes de almacenamiento de chatarra.

Foto 3.16. Entorno de NOVACERO S.A. Planta Lasso, hacia el Sur. Hacia el fondo una plantación

forestal y las instalaciones de la hostería “San Mateo”.

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 61

3.3.7. Uso de Suelo Respecto al uso de suelo del sector donde se encuentra la Planta Lasso, la Dirección de Planificación de la I. Municipalidad de Latacunga, mediante Oficio No. 2006-006-DPYUR, fechado 06 de enero del 2006 señala lo siguiente (cita textual): “…revisado el Volumen No. 7 del Plan de Desarrollo Urbano de Latacunga en sus numerales 5.2.4. referente a la ‘Zona Industrial Externa al Área Urbana’, existe un plano sobre la propuesta de la zonificación de uso de suelo en el cantón Latacunga, en el cual dentro de la zona o parque industrial propuesto, se encuentra actualmente ubicada la mencionada empresa”. Adicionalmente, la Municipalidad de Latacunga, a través del oficio No. 2007-2595-SG del 06 de julio del 2007, remitió copia de los oficios No. 2007-645-DPUYR y No. 2007-107-ILF emitidos por la Dirección de Planificación, que adjuntan Anexo 10 Parte del capítulo “Criterios de Localización” del Volumen VII del Plan de

Desarrollo Urbano de Latacunga, que señala lo siguiente (cita textual): “La zona industrial deberá establecerse próxima a las industrias actualmente existentes, de tal manera que pueda en lo posible, servir al mayor número de instalaciones. En términos generales deberá localizarse en el tramo comprendido entre las poblaciones de Pastocalle y Guaytacama”.

Así mismo, dicho Capítulo, en su página 145, reconoce a las instalaciones de ARMCOPAXI (hoy Planta Lasso de NOVACERO S.A.) como una de las instalaciones industriales existentes en el sector seleccionado por el Municipio, a través del Plan de Desarrollo Urbano de Latacunga, para el emplazamiento de la zona industrial.

Parte del Título Segundo (Normas de Ocupación y Uso de Suelo No Urbano),

del Capítulo Primero (Normas Generales) del Volumen XV del Plan de Desarrollo Urbano de Latacunga, que en sus Art. 30 y 31, en lo pertinente al sitio de implantación de las instalaciones de la Planta Lasso de NOVACERO S.A., señala:

o Todas aquellas edificaciones cuyos lotes tengan frente sobre una de las vías que

conforman el sistema vial intercantonal, deberán mantener un retiro mínimo de 50 m (cincuenta metros) del eje de la vía.

o El ancho mínimo de las franjas de protección según cada caso será el siguiente:

Canales de riego: 10 metros a partir del borde del canal. Quebradas y cursos de agua: 15 metros a partir del borde del canal. Líneas férreas, oleoductos y poliductos: 25 m a partir de sus ejes.

Se presenta en la Tabla 3.26, las industrias afiliadas a la Cámara de Industrias y que se

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Noviembre de 2008 Capítulo 3 - 62

asientan en las áreas que el municipio de Latacunga esta regularizando con uso de suelo de Zona Industrial Eterna del Área Urbana y que es a la cual corresponde la empresa NOVACERO S.A.

INDUSTRIAS EXISTENTES PRODUCTOS ELABORADOS

AGLOMERADOS COTOPAXI S.A. TABLERO DE AGLOMERADOS DE MADERA AGROCEL S.A. PULPA BLANQUEADA/SEMIBLANQUEADA

NOVACERO S.A. ACEROPAXI S.A. PRODUCTOS DE ACERO EQR FLORES – ROSAS

PILVICSA PILONES EXRROCOB FLORES – ROSAS

PAMBA FLOR FLORES – ROSAS FLORES DEL COTOPAXI FLORES – ROSAS

INDULAC DE COTOPAXI CIA. LTDA. PRODUCTOS LÁCTEOS LA NUEVA AVELINA PRODUCTOS LÁCTEOS

PARMALAT PRODUCTOS LÁCTEOS MADEROTECNIA C.A. PARQUET, PUERTAS Y MOLDURAS

PROVEFRUT C.A. FRUTAS Y VEGETALES FAMILIA SANCELSA PAPEL SANITARIO, SERVILLETAS Y OTROS

TEXTILES RIO BLANCO S.A. HILADURAS DE ALGODÓN

Tabla 3.26 Industrias asentadas en el área de estudio.

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Noviembre de 2008 Capitulo 4- 1

CAPÍTULO 4. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DEL MARCO LEGAL AMBIENTAL. En el presente capítulo se realiza una evaluación del cumplimiento del marco legal ambiental vigente tanto a niveles municipales como nacional, aplicables a la Planta Lasso de NOVACERO S.A.

4.1 Legislación y normativa Nacional. Respecto a este punto, es necesario indicar que se evaluó el cumplimiento de la normativa nacional siempre y cuando no existiera normativa ambiental seccional o sectorial específica para el tema regulado por la norma nacional y, de existir estas últimas, estuvieren en contraposición con la norma nacional.

Ley de Gestión Ambiental, publicada en el Registro Oficial No 245, 30 de Julio de 1999.

En su Art.23 establece que la evaluación del impacto ambiental comprenderá:

a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo, el aire, el agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área previsiblemente afectada;

b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido, vibraciones, olores, emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su ejecución; y,

c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen el patrimonio histórico, escénico y cultural.

Al respecto, el alcance de la presente Auditoría Ambiental inicial cumple con lo indicado en la Ley de Gestión Ambiental.

Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental (R. O. 332 del 08 de mayo del 2008)

Este reglamento, recientemente expedido, reemplaza al “Reglamento al Art. 28 de la Ley de Gestión Ambiental sobre la participación ciudadana y consulta previa” publicado en R. O. 380 del 19 de octubre del 2006.

El referido reglamento regula los procesos de participación ciudadana requeridos por los Art. 28 y 29 de la Ley de Gestión Ambiental y el Art. 20 del Libro VI (Calidad Ambiental) del Texto Unificado de Gestión Ambiental Secundaria.

Para el efecto, el Art. 1 establece las principales definiciones referidas a este ámbito de la gestión ambiental, mismas que se exponen a continuación:

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Noviembre de 2008 Capitulo 4- 2

“AFECTACION: Impacto negativo de una actividad sobre la comunidad o el ambiente. ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA: Zona o territorio potencialmente afectada por una actividad o proyecto que implique impacto ambiental, la misma que será definida por la autoridad competente en el ámbito de desarrollo de un obra proyecto o actividad para limitar su alcance. COMUNIDAD: Todo grupo humano que es sujeto del derecho a la participación social a través de cualquiera de sus mecanismos. COMUNIDAD DIRECTAMENTE AFECTADA: Todo grupo humano que habita en el área de influencia directa donde se genere un impacto ambiental. DERECHOS AMBIENTALES COLECTIVOS: Son aquellos derechos compartidos por la comunidad para gozar de un ambiente sano y libre de contaminación. Involucra valores estéticos, escénicos, recreativos, culturales, de integridad física y mental y en general de la calidad de vida. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL: Son estudios técnicos que proporcionan antecedentes para la predicción e identificación de los impactos ambientales. Además describen las medidas para prevenir, controlar, mitigar y compensar las alteraciones ambientales significativas. EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL: Es el procedimiento administrativo de carácter técnico que tiene por objeto determinar obligatoriamente y en forma previa, la viabilidad ambiental de un proyecto, obra o actividad pública o privada. IMPACTO AMBIENTAL: Alteración positiva o negativa del ambiente, provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en una área determinada. PARTICIPACION SOCIAL: Son los mecanismos para dar a conocer a una comunidad afectada/interesada, los proyectos que puedan conllevar riesgo ambiental, así como sus estudios de impacto, posibles medidas de mitigación y planes de manejo ambiental.” El Art. 3 establece que el objeto del Reglamente es contribuir a garantizar el respeto al derecho colectivo de todo habitante a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación. Adicionalmente, el Art. 4 establece los fines del Reglamento: 1. Precisar los mecanismos determinados en la Ley de Gestión Ambiental

a ser utilizados en los procedimientos de participación social;

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Noviembre de 2008 Capitulo 4- 3

2. Permitir a la autoridad pública conocer los criterios de la comunidad en relación a una actividad o proyecto que genere impacto ambiental;

3. Contar con los criterios de la comunidad, como base de la gobernabilidad

y desarrollo de la gestión ambiental; y, 4. Transparentar las actuaciones y actividades que puedan afectar al

ambiente, asegurando a la comunidad el acceso a la información disponible.

El Art. 8 reconoce los siguientes mecanismos de participación social en la gestión ambiental, sin perjuicio de otros mecanismos reconocidos por la Constitución y la Ley de Gestión Ambiental (cita textual): “ (…)

a) Audiencias, presentaciones públicas, reuniones informativas, asambleas, mesas ampliadas y foros públicos de diálogo; b) Talleres de información, capacitación y socialización ambiental; c) Campañas de difusión y sensibilización ambiental a través de los medios de comunicación; d) Comisiones ciudadanas asesoras y de veedurías de la gestión ambiental; e) Participación a través de las entidades sociales y territoriales reconocidas por la Ley Especial de Descentralización y Participación Social, y en especial mediante los mecanismos previstos en la Ley Orgánica de las Juntas Parroquiales; f) Todos los medios que permitan el acceso de la comunidad a la información disponible sobre actividades, obras, proyectos que puedan afectar al ambiente; g) Mecanismos de información pública;

h) Reparto de documentación informativa sobre el proyecto; i) Página web; j) Centro de información pública; y, k) Los demás mecanismos que se establezcan para el efecto.”

El Art. 9 define la participación social como un elemento transversal y trascendental de la gestión ambiental, que se integrará principalmente durante las fases de toda actividad o proyecto propuesto, especialmente las relacionadas con la revisión y evaluación de impacto ambiental.

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Noviembre de 2008 Capitulo 4- 4

Así también el citado artículo señala que la participación social en la gestión ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea técnica y económicamente viable, para que las actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos impactos a fin de mejorar la condiciones ambientales para la realización de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases. Al respecto, el Art. 9 involucra en estos procesos a los siguientes actores: a) Las instituciones del Estado;

b) La ciudadanía; y,

c) El promotor interesado en realizar una actividad o proyecto. Dicho Artículo recalca: “La información a proporcionarse a la comunidad del área de influencia en función de las características socio-culturales deberá responder a criterios tales como: lenguaje sencillo y didáctico, información completa y veraz, en lengua nativa, de ser el caso; y procurará un alto nivel de participación.” El Art. 10 establece: “La participación social se efectuará de manera obligatoria para la autoridad ambiental de aplicación responsable, en coordinación con el promotor de la actividad o proyecto, de manera previa a la aprobación del estudio de impacto ambiental.” El reglamento, en su Art. 11, permite que las entidades del Estado, que forman parte del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, pueden incorporar particularidades a los mecanismos de participación social con el fin de permitir su aplicabilidad. Adicionalmente, el Art. 12 establece que: “Las instituciones y empresas del Estado, en el área de sus respectivas competencias, son las autoridades competentes para la organización, desarrollo y aplicación de los mecanismos de participación social, a través de la dependencia técnica correspondiente”. Así también recalca: “En el caso de actividades o proyectos que afecten al conjunto o parte del Sistema Nacional de Arcas Protegidas, Bosques y Vegetación Protectores y Patrimonio Forestal del Estado, la autoridad competente será el Ministerio del Ambiente.” Respecto al financiamiento de estos procesos, el reglamento en su Art. 13 señala: “El costo del desarrollo de los mecanismos de participación social será cubierto por la autoridad ambiental de aplicación responsable que deba aprobar el Estudio de Impacto Ambiental de un proyecto o actividad que pueda generar impactos ambientales.

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Noviembre de 2008 Capitulo 4- 5

Dichos costos serán retribuidos por el promotor del proyecto o actividad a la autoridad ambiental de aplicación, en la forma prevista en la Ley de Modernización.” Los sujetos de la participación social son definidos por el Art. 15 de la siguiente manera: “Sin perjuicio del derecho colectivo que garantiza a todo habitante la intervención en cualquier procedimiento de participación social, esta se dirigirá prioritariamente a la comunidad dentro del área de influencia directa donde se llevará a cabo la actividad o proyecto que cause impacto ambiental, la misma que será delimitada previamente por la autoridad competente. En dicha área, aplicando los principios de legitimidad y representatividad, se considerará la participación de:

a) Las autoridades de los gobiernos seccionales, de ser el caso; b) Las autoridades de las juntas parroquiales existentes; c) Las organizaciones indígenas, afroecuatorianas o comunitarias

legalmente existentes y debidamente representadas; y d) Las personas que habiten en el área de influencia directa donde se

llevará a cabo la actividad o proyecto que implique impacto ambiental.”

El Art. 16 define que los mecanismos de participación social deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. Difusión de información de la actividad o proyecto que genere impacto ambiental.

2. Recepción de criterios; y, 3. Sistematización de la información obtenida.

Un condicionante respecto a la información requerida para estos procesos, es definido en el Art. 17: “No puede iniciarse el procedimiento de participación social sin que la autoridad competente cuente con la información necesaria para ponerla a disposición de la comunidad y permitir que ésta emita sus criterios. Dicha información contendrá al menos los términos de referencia del proyecto debidamente aprobados, de existir dicho requisito, el borrador del estudio de impacto ambiental y el resumen ejecutivo del borrador del estudio, sin perjuicio de la información adicional que establezca la autoridad ambiental competente”. Con relación a las convocatorias para la realización de estos procesos, el Art. 18 dispone: “(…)…se realizarán por uno o varios medios de amplia difusión pública que garanticen el acceso a la información, principalmente, e incluirá el extracto que resuma las características de la actividad o proyecto que genere impacto ambiental, así como el lugar, fecha, hora y metodología a seguir en el mecanismo de participación social seleccionado previamente. Se realizará en forma simultánea, por lo menos a través de uno de los siguientes medios:

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Noviembre de 2008 Capitulo 4- 6

a) Una publicación de la convocatoria en uno de los diarios de mayor circulación a nivel local;

b) Publicación a través de una página Web oficial; c) Publicación del extracto en las carteleras de los gobiernos seccionales

autónomos y dependientes del área de influencia; d) Envío de comunicaciones escritas a los sujetos de participación social

señalados en el artículo 15 de este Reglamento, adjuntando el resumen ejecutivo del estudio de impacto ambiental.

La autoridad ambiental competente vigilará que el proponente utilice a más de los medios de convocatoria referidos, todos aquellos que permitan una adecuada difusión de la convocatoria acorde a los usos, costumbres e idiosincrasias de los sujetos de participación social.” El Art. 19 establece los medios de recepción de criterios y el contenido mínimo del informa de sistematización de los mismos. El Art. 20 señala que los mecanismos de participación social se realizarán en un plazo de máximo 30 días contados desde la fecha de la publicación de la convocatoria mencionada en el Art. 18 y cumpliendo con los requerimientos del Art. 16. El empleo de mecanismos de compensación socio-ambientales está contemplado en el Art. 21, mismos que deberán referirse prioritariamente a las áreas de educación y salud, para lo cual deberá realizarse la respectiva coordinación con las propias comunidades o instituciones del Estado. El Art. 23 precisa: “Con el fin de monitorear y exigir la rendición de cuentas a la gestión ambiental, los sujetos de participación social podrán conformar veedurías ciudadanas”. Los Art. 24 al 27 se refieren a las Garantías de Cumplimiento, y se transcriben textualmente a continuación: “Art. 24.- INEJECUTABILIDAD DE ACTOS Y CONTRATOS: Al tenor de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley de Gestión Ambiental, la actividad o proyecto que genere impacto ambiental, así como los actos y contratos que se deriven de la misma, serán inejecutables si no cumplen con uno o más de los requisitos del procedimiento de participación social regulado en este instrumento. Los perjuicios que causen a terceros se hallan sujetos a la responsabilidad que establecen los artículos 20 y 91 de la Constitución Política de la República. Art. 25.- IMPOSICION DE SANCIONES.- El incumplimiento del proceso de participación social, por parte de una autoridad o funcionario público, estará sujeto a los procedimientos y sanciones que establece la Ley de Gestión Ambiental y demás leyes aplicables. Art. 26.- PROCEDIMIENTO PARA PUEBLOS INDIGENAS Y AFROECUATORIANOS.- El procedimiento de participación social señalado

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Noviembre de 2008 Capitulo 4- 7

en este reglamento, se aplicará sin perjuicio del régimen especial que otorga los artículos 84 y 85 de la Constitución Política de la República a los pueblos indígenas, que se autodefinen como nacionalidades de raíces ancestrales, y los pueblos negros o afroecuatorianos. Art. 27.- CONFLICTOS DE COMPETENCIA: En caso de conflictos de competencia, se resolverá de acuerdo a lo previsto en el Art. 9, literal g) de la Ley de Gestión Ambiental y a los procedimientos establecidos en el Título 1 "Del Sistema Unico de Manejo Ambiental" del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria.”

Ley de Aguas. (Decreto Supremo No. 369. RO/ 69 de 30 de Mayo de 1972 y su Codificación 2004-016, publicada en el R. O. 339 del 20 de mayo del 2004).

En su Art. 2 establece que las aguas de ríos, lagos, lagunas, manantiales que nacen y mueren en una misma heredad, nevados, caídas naturales y otras fuentes, y las subterráneas, afloradas o no, son bienes nacionales de uso público, están fuera del comercio y su dominio es inalienable e imprescriptible; no son susceptibles de posesión, accesión o cualquier otro modo de apropiación.

No hay ni se reconoce derechos de dominio adquiridos sobre ellas y los preexistentes solo se limitan a su uso en cuanto sea eficiente y de acuerdo con esta Ley.

El Art. 14 dispone que solo mediante concesión de un derecho de aprovechamiento, pueden utilizarse las aguas, a excepción de las que se requieran para servicio doméstico.

El Art. 15 además dispone que el beneficiario de un derecho de aprovechamiento de aguas, está obligado a construir las obras de toma, conducción, aprovechamiento y las de medición y control para que discurran únicamente las aguas concedidas, las mismas que no podrán ser modificadas ni destruidas cuando ha concluido el plazo de la concesión, sino con autorización del Consejo Nacional de Recursos Hídricos.

La unidad de medida de caudal es el litro por segundo (l/seg) o su múltiplo, el metro cúbico por segundo (m3/seg). La unidad de medida de volumen es el metro cúbico.

El Art. 24 establece que la autorización de utilización de aguas estará subordinada al cumplimiento de los siguientes requisitos:

5 Que no interfiera otros usos;

6 Que las aguas, en calidad y cantidad sean suficientes; y,

7 Que los estudios y obras necesarios para su utilización hayan sido aprobados previamente por el Consejo Nacional de Recursos Hídricos.

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Noviembre de 2008 Capitulo 4- 8

Específicamente el TITULO VIII de la Ley, sobre Concesión de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas, dispone (cita textual):

“Art. 41.- Nadie podrá explotar aguas subterráneas sin autorización del Consejo Nacional de Recursos Hídricos y, en caso de encontrarlas, la concesión de derechos de aprovechamiento esta sujeta, a más de las condiciones establecidas en el Art. 24, a las siguientes:

a. Que su alumbramiento no perjudique las condiciones del acuífero ni el área superficial comprendida en el radio de influencia del pozo o galería; y,

b. Que no produzca interferencia con otros pozos, galerías o fuentes de agua y en general a otras afloraciones preexistentes.

Art. 42.- Las autorizaciones para efectuar trabajos de alumbramiento de aguas subterráneas, podrán otorgarse inclusive en terrenos de terceros, quienes tendrán preferencia para ser concesionarios de los excedentes.

Art. 43.- En cualquier tiempo el Consejo Nacional de Recursos Hídricos dispondrá, de oficio, o a solicitud de parte, las modificaciones de los métodos, sistemas o instalaciones de alumbramientos de agua, inadecuados.

Art. 44.- Las personas naturales o jurídicas que realicen perforaciones para alumbrar aguas subterráneas estarán obligadas a obtener del Consejo Nacional de Recursos Hídricos, la licencia respectiva.

Art. 45.- El que, por cualquier motivo, particularmente por prospecciones mineras, perforare el suelo y descubriere aguas subterráneas está obligado a dar inmediatamente aviso al Consejo Nacional de Recursos Hídricos y a proporcionar los estudios y datos técnicos que obtuviere con este motivo.”

Reglamento General para la aplicación de la Ley de Aguas (Decreto Supremo 40 publicado en el Registro Oficial 233, 26-I-1973 y reformas).

Específicamente en el Título X de LAS CONCESIONES DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS Y SU PREFERENCIA, en el Capítulo IV DE LAS CONCESIONES PARA FINES ENERGÉTICOS, INDUSTRIALES Y MINEROS, establece en el Art. 116, que las personas naturales o jurídicas, previa a la construcción y operación de industrias que utilicen aguas marítimas, superficiales o subterráneas, en una de sus fases de producción, deberán obtener la concesión del derecho de aprovechamiento de las mismas y para tal objeto presentarán al Consejo Nacional de Recursos Hídricos (CNRH) el estudio justificativo de tal uso. Dicho estudio deberá ser preparado de acuerdo con las normas y especificaciones técnicas establecido por el CNRH.

Luego, el Capítulo V del mismo Título X DE LAS AGUAS SUBTERRÁNEAS Y SU CONCESIÓN, establece:

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Noviembre de 2008 Capitulo 4- 9

Art. 120.- Para la concesión del derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas se cumplirán los siguientes requisitos:

a) Solicitar al Consejo Nacional de Recursos Hídricos el permiso de cateo y alumbramiento de aguas indicando la ubicación del pozo con relación a los pozos existentes;

b) El interesado, por sí mismo o por medio de una empresa de perforaciones debidamente autorizada, según lo determinado por el Art. 44 de la Ley de Aguas, realizará las perforaciones que le faculte el Consejo Nacional de Recursos Hídricos; todos los datos técnicos de la o las perforaciones serán entregados a dicho Instituto.

c) Alumbradas las aguas y determinado su caudal, el interesado solicitará al Consejo Nacional de Recursos Hídricos la concesión del derecho de aprovechamiento de ellas, que será otorgado si el beneficiario hubiere cumplido las disposiciones de la Ley de Aguas, este Reglamento y normas técnicas impartidas para el caso.

Art. 121.- La persona o empresa de perforaciones autorizada para el cateo y el alumbramiento de aguas suministrará al Consejo Nacional de Recursos Hídricos los siguientes datos:

a) Descripción general de la perforación, situación, longitud, método de perforación. Su ubicación con relación a otros pozos existentes será determinada preferentemente en una carta del Instituto Geográfico Militar o fotografía aérea y a falta de éstas, en un croquis del lugar y región;

b) Perfil estratigráfico de todas las perforaciones realizadas, tengan o no agua. Descripción y análisis de las formaciones geológicas, espesor, composición, permeabilidad, almacenaje y rendimiento de los acuíferos. Rendimiento real del pozo. Técnicas empleadas en las distintas fases;

c) Datos obtenidos en los pozos. Nivelación de la cota de la boca del pozo en lo posible con referencia a bases altimétricas establecidas por el Instituto Geográfico Militar, nivel estático del agua, niveles durante la prueba de bombeo. Elementos usados en la medición. Información sobre los niveles en la red de pozos de observación;

d) Calidad de las aguas; análisis físicos, químicos y bacteriológicos; y,

e) Niveles estáticos mensuales durante la explotación.

Art. 122.- Las informaciones a que se refiere el artículo anterior llevarán la firma de responsabilidad de Ingenieros titulados, que hubieren intervenido en las diferentes fases de la perforación.

Art. 123.- Todas las personas naturales o jurídicas que realicen perforaciones para alumbrar aguas subterráneas, están obligadas a obtener

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anualmente su licencia en el Consejo Nacional de Recursos Hídricos, mediante el pago del derecho de un mil sucres.

Previamente a la concesión de la licencia, el Consejo Nacional de Recursos Hídricos, comprobará la existencia legal y la capacidad técnica y económica del interesado.

Art. 124.- Los usuarios de explotaciones subterráneas existentes, presentarán al Consejo Nacional de Recursos Hídricos un informe de las perforaciones realizadas.

Respecto a las disposiciones contenidas en la Ley de Aguas y su Reglamento General de Aplicación, en los archivos de la Planta Lasso de NOVACERO S.A. existe una comunicación del Consejo Nacional de Recursos Hídricos (CNRH) - Agencia de Aguas de Latacunga, del 18 de septiembre de 2007 indicando que:

- Otorga la concesión, derecho de aprovechamiento permanente, para el uso domestico del caudal (0,46 l/s) de las aguas del pozo No2 del lote San León (propiedad de la compañía)

- Otorga la concesión, derecho de aprovechamiento permanente, para el uso industrial del caudal (0,03 l/s) de las aguas del pozo del lote San Adolfo (propiedad de la compañía)

Por lo expuesto, la empresa esta cumpliendo con lo relacionado a la Ley de Aguas y su Reglamento, puesto que la empresa emplea actualmente algo más de 20 m3/día1 (alrededor de 0,24 l/seg.) de agua subterránea y su concesión abarca el caudal utilizado.

Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, publicado en el R. O. Edición Especial No. 2 de 31 de Marzo del 2003.

Norma la gestión y manejo de los Recursos Forestales, Recursos Costeros, y estipula una Reglamentación Especial para las Islas Galápagos, pero principalmente -en materia de la presente Auditoría Ambiental Inicial- en el Libro VI del referido Texto se norma los parámetros de calidad ambiental, el mismo que contiene a su vez:

o El Sistema Único de Manejo Ambiental, Título I del Libro VI de Calidad Ambiental del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria.

En su Art. 19, sobre Seguimiento Ambiental, conceptualmente lo define como: “El Seguimiento Ambiental de una actividad o proyecto propuesto tiene por objeto asegurar que las variables ambientales relevantes y el cumplimiento de los planes de manejo contenidos en el estudio de impacto ambiental, evolucionen según lo establecido en la documentación que forma parte de dicho estudio y de la licencia ambiental.” El cumplimiento del Seguimiento Ambiental, según la Ley, se puede realizar

1 Según información proporcionada por personal de NOVACERO S.A.

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de varios mecanismos: a) Monitoreo interno, b) Control ambiental, c) Auditoría ambiental, d) Vigilancia comunitaria.

El Art. 20., referido a Participación ciudadana, establece que “Tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los Estudios de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental,...” Al respecto, cabe indicar que dicho artículo es complementado con el Reglamento al Art. 28 de la Ley de Gestión Ambiental (R. O. 380 del 19 de octubre del 2006).

Sobre este tema es necesario indicar que para fines de la presente Auditoría Ambiental Inicial, NOVACERO S.A. ha considerado el criterio de la comunidad dentro del área de influencia de la Planta Lasso en la elaboración de su respectivo Plan de Manejo Ambiental.

o El Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la prevención y control de la contaminación ambiental, Título IV del Libro VI de Calidad Ambiental del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria.

En su Art. 45 establece que toda acción relacionada a la gestión ambiental deberá planificarse y ejecutarse sobre la base de los principios de: sustentabilidad, equidad, consentimiento informado previo, representatividad validada, coordinación, precaución, prevención, mitigación y remediación de impactos negativos, solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, reciclaje y reutilización de desechos, conservación de recursos en general, minimización de desechos, uso de tecnologías más limpias, tecnologías alternativas ambientalmente responsables y respeto a las culturas y prácticas tradicionales y posesiones ancestrales.

Igualmente, el citado reglamento establece que deberán considerarse los impactos ambientales de cualquier producto, industrializados o no, durante su ciclo de vida.

Luego de la aprobación de la Auditoría Ambiental Inicial, el reglamento prevé que el Plan de Manejo Ambiental (PMA) resultante y aprobado por la autoridad ambiental, sea auditado al finalizar el primer año de operación, y en lo posterior cada dos años, para verificar el cumplimiento de las acciones derivadas del PMA y el cumplimiento de la normativa de descargas, emisiones o vertidos.

En el caso de las empresas que se acogen a la realización de un Auditoría Ambiental Inicial con su correspondiente Plan de Manejo Ambiental, la Tercera Disposición Transitoria del Reglamento establece que el plazo máximo para entrar en cumplimiento con el Texto Unificado de Legislación Secundaria Ambiental y sus normas técnicas no podrá ser mayor a 5 años.

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Al respecto, se observa que la presente Auditoría Ambiental Inicial se realiza dentro del plazo establecido por el Texto Unificado de Legislación Secundaria Ambiental, con el fin de cumplir las disposiciones contenidas en el mencionado cuerpo legal.

o Anexo 1 del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental de Normas de

Calidad Ambiental y de Descarga de efluentes: Recurso Agua, del Libro VI de Calidad Ambiental.

En lo referido a calidad de aguas superficiales para aguas de consumo humano y uso doméstico, así como la preservación de flora y fauna en aguas dulces frías, los numerales 4.1.1 a 4.1.2 del Anexo 1 establecen lo siguiente:

El numeral 4.1.1.1 define como agua para consumo humano y uso doméstico aquella que se emplea en actividades como:

a) Bebida y preparación de alimentos para consumo,

b) Satisfacción de necesidades domésticas, individuales o colectivas, tales como higiene personal y limpieza de elementos, materiales o utensilios,

c) Fabricación o procesamiento de alimentos en general.

Complementariamente, la norma establece en los numerales 4.1.1.2 y 4.1.1.3, asociados a las Tablas 1 y 2, los criterios de calidad para aguas para consumo humano y uso doméstico, que únicamente requieran de tratamiento convencional, y aguas para consumo humano y uso doméstico, que únicamente requieran de desinfección, respectivamente, mismos que se detallan a continuación y que corresponden a las Tablas antes mencionadas.

Parámetros Expresado Como Unidad Límite Máximo Permisible

Aceites y Grasas Sustancias solubles en hexano

mg/l 0,3

Cadmio Cd mg/l 0,01 Hierro (total) Fe mg/l 1,0

Oxígeno disuelto O.D. mg/l No menor al 80% del

oxígeno de saturación y no menor a 6mg/l

Plomo (total) Pb mg/l 0,05 Potencial de hidrógeno pH 6-9 Temperatura C Condición Natural +

o – 3 grados Zinc

Zn mg/l 5,0

Tabla 4.1Límites Máximos Permisibles Para Aguas De Consumo Humano Y Uso

Doméstico, Que Únicamente Requieren Tratamiento Convencional(*).

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(*) Corresponde a la Tabla 1 del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria; parámetros aplicables al sector productivo analizado.

Parámetros Expresado Como Unidad Límite Máximo Permisible

Aceites y Grasas Sustancias solubles en hexano

mg/l 0,3

Cadmio Cd mg/l 0,001 Cobalto Co mg/l 0,2 Hierro (total) Fe mg/l 0,3 Níquel Ni mg/l 0,025 Oxígeno disuelto O.D mg/l No menor al 80% del

oxígeno de saturación y no menor a 6 mg/l

Plomo (total) Pb mg/l 0,05 Potencial de Hidrógeno pH 6-9 Temperatura C Condición Natural +/- 3

grados Zinc Zn mg/l 5,0

Tabla 4.2 Límites Máximos Permisibles Para Aguas De Consumo Humano Y Uso Doméstico Que Únicamente Requieran Desinfección (**).

(**) Corresponde a la Tabla 2 del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria; parámetros aplicables al sector productivo analizado El numeral 4.1.2.1 define como uso del agua para preservación de flora y fauna, su empleo en actividades destinadas a mantener la vida natural de los ecosistemas asociados, sin causar alteraciones en ellos, o para actividades que permitan la reproducción, supervivencia, crecimiento, extracción y aprovechamiento de especies bioacuáticas en cualquiera de sus formas, tal como en los casos de pesca y acuacultura. Al respecto, los criterios de calidad para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces frías, en los parámetros aplicables a la actividad industrial de la planta de Novacero Lasso,, según lo establecido en las Tablas 3 y 4 del Anexo 1, son los siguientes:

Límite máximo

permisible Parámetros Expresados como Unidad

Agua fría dulce Oxígeno Disuelto O.D. mg/l No menor al 80% y no

menor a 6 mg/l Potencial de hidrógeno pH 6, 5-9 Cadmio Cd mg/l 0,001 Zinc Zn mg/l 0,18 Cobalto Co mg/l 0,2 Plomo Pb mg/l Cromo total Cr mg/l 0,05 Grasas y aceites Sustancias solubles

en hexano mg/l 0,3

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Límite máximo permisible Parámetros Expresados

como Unidad Agua fría dulce

Hierro Fe mg/l 0,3 Hidrocarburos Totales de Petróleo TPH mg/l 0,5

Níquel Ni mg/l 0,025 Temperatura C Condiciones naturales

+3 Máxima 20

Tabla 4.3Criterios De Calidad Admisibles Para La Preservación De La Flora Y Fauna En Aguas Dulces Frías (***).

(***) Corresponde a la Tabla 3 del Anexo 1 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria; parámetros aplicables al sector productivo analizado

Cabe indicar que en la planta de Novacero S.A. se han encontrado registros de monitoreos de calidad de agua de los años 2007 y 2008; como fueron analizados en el capitulo 3, numeral 3.1.8.1, del presente documento. Del análisis de estos monitoreos se puede concluir:

Los resultados obtenidos tanto aguas abajo como aguas arriba de las instalaciones de la Planta Lasso, reflejan una condición propia del medio y podría descartar una influencia de las instalaciones de NOVACERO S.A. en las concentraciones contaminantes en las aguas. Es importante recalcar que el proceso industrial que se desarrolla en la planta no tiene ningun tipo de descarga directa a los cuerpos de agua; puesto que el agua utilizada en el proceso es recirculada.

En lo que respecta al uso de agua subterránea (de pozos), el numeral 4.1.3.2 establece que la autorización para realizar la perforación de pozos tubulares (uso del agua) será otorgada por el Consejo Nacional de Recursos Hídricos (CNRH), previo a lo cual se deberá presentar a dicha entidad la siguiente información:

a) Localización del pozo en coordenadas geográficas, y b) Uso pretendido o actual del agua. c) Datos técnicos de los pozos de monitoreo para la calidad del agua y

remediación. Sobre el mismo tema, el numeral 4.1.3.3 indica que los responsables por pozos tubulares estarán obligados a proporcionar al CNRH, al inicio de la captación de las aguas subterráneas o en cualquier época, la siguiente información:

a) Copia del perfil geológico y características técnicas del pozo. b) Localización del pozo en coordenadas geográficas.

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c) Uso pretendido y actual del agua, y d) Análisis físico-químico y bacteriológico, efectuado en los últimos seis

(6) meses, del agua extraída del pozo, realizado por un laboratorio acreditado.

En lo que respecta al abandono de los pozos de agua subterránea, el numeral 4.1.3.4 establece que los responsables de pozos tubulares estarán obligados a reportar al CNRH, la desactivación temporal o definitiva del pozo; a lo cual el numeral 4.1.3.5 agrega que los pozos abandonados, temporal o definitivamente, y todas las perforaciones realizadas para otros fines, deberán, después de retirarse las bombas y tuberías, ser adecuadamente tapados con material impermeable y no contaminante, para evitar la contaminación de las aguas subterráneas. Todo pozo deberá ser técnica y ambientalmente abandonado. Los criterios de calidad admisibles para agua subterránea se encuentran en la Tabla 5 del Anexo 1 (identificada como Tabla 4.4 dentro del contexto de la presente Auditoría), la misma que se transcribe a continuación:

Parámetros Expresado como Unidad Límite máximo

permisible Cadmio Cd g/l 3,2 Cobalto Co g/l 60 Cromo total Cr g/l 16 Níquel Ni g/l 45 Plomo Pb g/l 45 Zinc Zn g/l 433 Compuestos remanentes Hidrocarburos totales de petróleo g/l 325

Tabla 4.4Criterios Referenciales de Calidad para Aguas Subterráneas, considerando un Suelo con Contenido de Arcilla entre (0-25,0) % y de materia

Orgánica entre (0 - 10,0)%. Como parte de la presente Auditoría Ambiental Inicial, se realizó un muestreo de calidad de agua subterránea en el pozo de agua el 19 de mayo del 2008; como se analiza en el capitulo 3, numeral 3.1.8.2 del presente documento.

Vistos los resultados expuestos en la Tabla 4.8 se destacan los elevados niveles de Cromo Total en el agua subterránea (0,05 mg/l ó 50 g/l) y la presencia de Hidrocarburos Totales de Petróleo, aunque estos últimos en concentraciones inferiores.

En lo que respecta a la descarga de aguas residuales, el numeral 4.2.1.5 prohíbe toda descarga de residuos líquidos a las vías públicas, canales de riego y drenaje o sistemas de recolección de aguas lluvias y aguas subterráneas. Establece que la Entidad Ambiental de Control, de manera provisional mientras no exista sistema de alcantarillado certificado por el

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proveedor del servicio de alcantarillado sanitario y tratamiento e informe favorable de ésta entidad para esa descarga, podrá permitir la descarga de aguas residuales a sistemas de recolección de aguas lluvias, por excepción, siempre que estas cumplan con las normas de descarga a cuerpos de agua. Al respecto, es importante recalcar que el numeral 4.2.1.3 prohíbe la utilización de cualquier tipo de agua con el propósito de diluir los efluentes líquidos no tratados. Adicionalmente, el numeral 4.2.1.6, dispone que las aguas residuales que no cumplan previamente a su descarga, con los parámetros establecidos en la Norma, deberán ser tratadas mediante tratamiento convencional, sea cual fuere su origen: público o privado. El numeral 4.2.1.19 señala que la entidad ambiental de control -en este caso el Ministerio del Ambiente ya que el Municipio de Latacunga no se encuentra acreditado al Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA)- deberá establecer la normativa complementaria en la cual se establezca: La frecuencia de monitoreo, el tipo de muestra (simple o compuesta), el número de muestras a tomar y la interpretación estadística de los resultados que permitan determinar si el regulado cumple o no con los límites permisibles fijados en la presente normativa para descargas a sistemas de alcantarillado y cuerpos de agua. El numeral 4.2.2.1 prohíbe descargar en un sistema público de alcantarillado, cualquier sustancia que pudiera bloquear los colectores o sus accesorios, formar vapores o gases tóxicos, explosivos o de mal olor, o que pudiera deteriorar los materiales de construcción en forma significativa. Esto incluye las siguientes sustancias y materiales, entre otros: a) Fragmentos de piedra, cenizas, vidrios, arenas, basuras, fibras,

fragmentos de cuero, textiles, etc. (los sólidos no deben ser descargados ni aún después de haber sido triturados).

b) Resinas sintéticas, plásticos, cemento, hidróxido de calcio. c) Residuos de malta, levadura, látex, bitumen, alquitrán y sus

emulsiones de aceite, residuos líquidos que tienden a endurecerse. d) Gasolina, petróleo, aceites vegetales y animales, hidrocarburos

clorados, ácidos, y álcalis. e) Fosgeno, cianuro, ácido hidrazoico y sus sales, carburos que forman

acetileno, sustancias comprobadamente tóxicas. El numeral 4.2.2.2 establece que el proveedor del servicio de tratamiento de la ciudad podrá solicitar a la Entidad Ambiental de Control, la autorización necesaria para que los regulados, de manera parcial o total descarguen al sistema de alcantarillado efluentes, cuya calidad se encuentre por encima de los estándares para descarga a un sistema de alcantarillado, establecidos en la presente norma. Al respecto, el proveedor del servicio de tratamiento de la ciudad deberá cumplir con los

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parámetros de descarga hacia un cuerpo de agua, establecidos en esta Norma. El numeral 4.2.2.5 prohíbe la descarga de residuos líquidos sin tratar hacia el sistema de alcantarillado, provenientes del lavado y/o mantenimiento de vehículos aéreos y terrestres, así como el de aplicadores manuales y aéreos, recipientes, empaques y envases que contengan o hayan contenido agroquímicos u otras sustancias tóxicas. Adicionalmente, el numeral 4.2.2.6 prohíbe la descarga hacia el sistema de alcantarillado de residuos líquidos no tratados, que contengan restos de aceite lubricante, grasas, etc., provenientes de los talleres mecánicos, vulcanizadoras, restaurantes y hoteles. El numeral 4.2.3.7, y la Tabla # 12 del Anexo 1, establecen los parámetros de control en el efluente (descarga) industrial y los niveles máximos permisibles (promedio diario) de las descargas a un cuerpo de agua dulce. Dicha situación sería la aplicable al caso de la Planta Lasso de NOVACERO S.A. ya que en el sector no existe red de alcantarillado estando presente únicamente acequias y drenajes de aguas lluvias. Sin embargo, cabe indicar que las actuales operaciones de las instalaciones de Lasso no generan efluentes industriales como tal, debido a que el único proceso que podría generarlos (el sistema de enfriamiento) recircula el agua en un circuito cerrado, evitando la generación de descargas. De otra parte, las descargas de la red de drenaje de aguas lluvias de la Planta Lasso y las características de las distintas áreas y materiales distribuidos (hidrocarburos, lubricantes, limallas de acero, productos químicos) en las instalaciones, arrastran contaminantes físico-químicos generando vertidos no industriales que son una fuente de contaminación y que deben ser sujetos de control.

o Anexo 2, Norma de calidad ambiental del recurso suelo y criterios de remediación para suelos contaminados, del Libro VI de Calidad Ambiental.

La presente norma técnica determina o establece: a) Normas de aplicación general para suelos de distintos usos. b) Criterios de calidad de un suelo. c) Criterios de remediación para suelos contaminados. d) Normas técnicas para evaluación de la capacidad agrológica del suelo. Al respecto, el numeral 4.1.1.1 de este Anexo se refiere a las actividades generadoras de desechos sólidos no peligrosos, estableciendo que: “Toda actividad productiva que genere desechos sólidos no peligrosos, deberá implementar una política de reciclaje o reuso de los desechos. Si el reciclaje o reuso no es viable, los desechos deberán ser dispuestos de manera ambientalmente aceptable. Las industrias y proveedores de servicios deben llevar un registro de los desechos generados, indicando volumen y sitio de disposición de los

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mismos. Por ningún motivo se permite la disposición de desechos en áreas no aprobadas para el efecto por parte de la entidad ambiental de control.” Con relación a las actividades que generen desechos peligrosos, el numeral 4.1.1.2, señala que: “Los desechos considerados peligrosos generados en las diversas actividades industriales, comerciales agrícolas o de servicio, deberán ser devueltos a sus proveedores, quienes se encargarán de efectuar la disposición final del desecho mediante métodos de eliminación establecidos en las normas técnicas ambientales y regulaciones expedidas para el efecto.” Complementando lo establecido en el numeral 4.1.1.2, el 4.1.1.3 dispone que: “El almacenamiento, transporte y disposición de residuos peligrosos, deberán ser manejados de acuerdo a lo establecido en las normas y regulaciones expedidas para el efecto. Las personas que generan residuos peligrosos, deben llevar una bitácora mensual sobre la generación de sus residuos peligrosos, donde se incluirá las características del desecho, volumen, procedencia y disposición final del mismo. Se debe transportar los residuos peligrosos en los vehículos que cuenten con todas las condiciones previstas en las normas técnicas y regulaciones expedidas para el efecto. Las personas que realicen esta actividad, deben contar con el permiso de la Entidad Ambiental de Control correspondiente. Las áreas de almacenamiento deberán reunir como mínimo, a más de las establecidas en la Norma Técnica Ambiental para el Manejo de Desechos Peligrosos, con las siguientes condiciones: Estar separadas de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados. Estar ubicadas en zonas donde se minimicen los riesgos por posibles emisiones, fugas, incendios, explosiones e inundaciones. Contar con muros de contención, y fosas de retención para la captación de los residuos de los lixiviados. Los lixiviados deberán ser recogidos y tratados para volverlos inocuos. Por ningún motivo deberán ser vertidos o descargados sobre el suelo sin previo tratamiento y aprobación de la entidad ambiental de control. Los pisos deberán contar con trincheras o canaletas que conduzcan los derrames a las fosas de retención, con capacidad para contener una quinta parte de lo almacenado. Contar con pasillos lo suficientemente amplios, que permitan el tránsito de montacargas mecánicos, electrónicos o manuales, así como el

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movimiento de los grupos de seguridad y bomberos en casos de emergencia. Contar con sistemas para la prevención y respuesta a incendios.” Dentro de las prohibiciones generales, se destaca el numeral 4.1.1.6, que señala: “Se prohíbe la descarga, infiltración o inyección en el suelo o en el subsuelo de efluentes tratados o no, que alteren la calidad del recurso. Se exceptúa de lo dispuesto en este artículo las actividades de inyección asociadas a la exploración y explotación de hidrocarburos, estas actividades deberán adoptar los procedimientos ambientales existentes en los reglamentos y normas ambientales hidrocarburíferas vigentes en el país.” Tomando en cuenta las condiciones operativas actuales de la planta Lasso, es importante tomar en cuenta lo establecido en los numerales 4.1.2.3, 4.1.2.4 y 4.1.2.5 del presente Anexo: “4.1.2.3. Las sustancias químicas e hidrocarburos deberán almacenarse, manejarse y transportarse de manera técnicamente apropiada, tal como lo establece las regulaciones ambientales del sector hidrocarburífero y la Norma Técnica Ecuatoriana INEN 2266, referente al Transporte, Almacenamiento y Manejo de Productos Químicos Peligrosos, o la que la reemplace.” 4.1.2.4 Los talleres mecánicos y lubricadoras, y cualquier actividad industrial, comercial o de servicio que dentro de sus operaciones manejen y utilicen hidrocarburos de petróleo o sus derivados, deberán realizar sus actividades en áreas pavimentadas e impermeabilizadas y por ningún motivo deberán verter los residuos aceitosos o disponer los recipientes, piezas o partes que hallan estado en contacto con estas sustancias sobre el suelo. Este tipo de residuos deberán ser eliminados mediante los métodos establecidos en las Normas Técnicas y Reglamentos aplicables y vigentes en el país. Los aceites minerales usados y los hidrocarburos de petróleo desechados serán considerados sustancias peligrosas. Los productores o comercializadores de aceites minerales o aceites lubricantes están obligados a recibir los aceites usados, los cuales obligatoriamente deberán devolverles sus clientes. 4.1.2.5 Los envases vacíos de plaguicidas, aceite mineral, hidrocarburos de petróleo y sustancias peligrosas en general, no deberán ser dispuestos sobre la superficie del suelo o con la basura común. Los productores y comercializadores de plaguicidas, aceite mineral, hidrocarburos de petróleo y sustancias peligrosas en general están obligados a minimizar la generación de envases vacíos, así como de sus residuos, y son responsables por el manejo técnico adecuado de éstos, de tal forma que no contaminen el ambiente. Los envases vacíos de plaguicidas, aceites usados y sustancias peligrosas serán considerados como residuos peligrosos y deberán ser eliminados mediante métodos establecidos en las Normas y Reglamentos expedidos para el efecto. Los productores o

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comercializadores están obligados a recibir los envases que obligatoriamente deberán devolver sus clientes.” En lo que se refiere a suelos contaminados, los numerales 4.1.3.1 a 4.1.3.3., establecen lineamientos para manejar este tipo de pasivos ambientales: “4.1.3.1 Los causantes por acción u omisión de contaminación al recurso suelo, a causa de derrames, vertidos, fugas, almacenamiento o abandono de productos o desechos peligrosos, infecciosos o hidrocarburíferos, deberán proceder a la remediación de la zona afectada, considerando para el efecto los criterios de remediación de suelos contaminados que se encuentran en la presente norma. 4.1.3.2 La entidad ambiental de control exigirá al causante la remediación del sitio contaminado y el monitoreo de las acciones de remediación, hasta alcanzar los objetivos o valores de remediación establecidos en la presente norma. 4.1.3.3 Ante la inaplicabilidad para el caso específico de algún parámetro establecido en la presente norma o ante la ausencia en la norma de un parámetro relevante para el suelo bajo estudio, la Entidad Ambiental de Control adoptará el siguiente criterio de evaluación: El regulado deberá establecer los valores de fondo o de referencia del parámetro de interés presente en el suelo. El regulado determinará la concentración presente o actual del parámetro bajo estudio en el área afectada. Así, se procede a comparar los resultados obtenidos de la concentración presente en el suelo contra los valores de fondo. Se considera en general que una concentración presente mayor tres veces que el valor de fondo para el suelo denota contaminación que requiere atención inmediata por parte de la Entidad Ambiental de Control. (Ver tabla 1). El procedimiento descrito será coordinado y supervisado por la entidad ambiental de control. Si la concentración se encuentra tres veces mayor que el valor de fondo, la Entidad Ambiental de Control dará atención mediata a esta situación y deberá obligar al regulado a la remediación del suelo hasta que la concentración presente sea menor o igual a 1,5 que el valor de fondo.

Tabla 1 Factores Indicativos de Contaminación

Factor de contaminación (Concentración presente/

valor de fondo) Grado de

perturbación Denominación

< 1,5 0 Cero o perturbación insignificante

1,5 – 3,0 1 Perturbación evidente 3,0 – 10,0 2 Perturbación severa

> 10,0 3 Perturbación muy severa

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Los valores de fondo de mayor confiabilidad serán aquellos derivados de muestras a tomarse en aquéllas partes inmediatas fuera del área bajo estudio, que se considere como no afectada por contaminación local. En el caso de ausencia total de valores de fondo de las áreas inmediatas fuera del área bajo estudio, se podrá obtener estos valores de estudios de áreas regionales o nacionales aplicables. Para determinar el valor de fondo o de referencia, al menos 5 muestras deben ser tomadas, si se toman entre 5 a 20 muestras, el valor promedio debe ser seleccionado como valor de fondo.” Complementariamente a lo indicado en los numerales 4.1.3.1 a 4.1.3.3., la norma establece en su numeral 4.2 los Criterios de Calidad del Suelo y Criterios de Remediación, mismos que se detallan en las Tablas 2 y 3 de la norma. Con relación a lo establecido en los numerales antes indicados, referidos a suelos contaminados, para fines de la presente Auditoría, la Planta Lasso se incumple lo indicado en el numeral 4.1.2.4 del Anexo 2, ya que NO CUENTA con áreas pavimentadas e impermeabilizadas en casi el 50% de sus instalaciones, por lo tanto se incrementa el riesgo de contaminación del suelo considerando el manejo inadecuado que actualmente tienen los hidrocarburos en las instalaciones de NOVACERO S.A.

o Anexo 3, Normas de emisiones al aire desde Fuentes Fijas de Combustión del Libro VI de Calidad Ambiental.

Previo al análisis de este Anexo, es necesario considerar que en las instalaciones de la Planta Lasso de NOVACERO S.A. existen tres (3) fuentes fijas de combustión, las cuales corresponden a los hornos de cada uno de los tres trenes de producción.

Conforme lo indicado en el Capítulo 3, los mencionados hornos funcionan con combustible líquido (búnker y diesel) y generan las siguientes temperaturas:

Horno Temperatura Tren 1 1.000 – 1.200° C Tren 2 1.290 – 1.370° C Tren 3 1.000 – 1.200° C

Tabla 4.5 Temperaturas de los hornos de los trenes de producción

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Con relación a otras características de los hornos, hay información y documentación disponible para los Hornos 1 y 2, conociéndose que el primero entró en operación en septiembre del 2005 mientras que el segundo está operativo antes del 2003 (construido en 1995), no siendo posible determinar el año de inicio de operación del Horno 3, aunque, cabe indicar que, el personal de planta identifica a este último como el más antiguo. En lo que respecta a la potencia calorífica de los hornos, se cuenta con la siguiente información:

Horno Potencia calorífica

en producción normal

Potencia calorífica en máxima producción

Tren 1 6,194 x 106 W ó 21,14 x 106 BTU/h

9,767 x 106 W ó 33,33 x 106 BTU/h

Tren 2 No hay información

No hay información

Tren 3 No hay información

No hay información

Tabla 4.6 Potencia Calorífica de los hornos de los trenes de producción

Al respecto, la norma nacional que consta en el Anexo 3 clasifica como fuentes significativas a aquellas que cuentan con una potencia calorífica o heat input igual o mayor a tres millones de vatios [3 x 106 W], o, diez millones de unidades térmicas británicas por hora [10 x 106 BTU/h]. Por lo expuesto, se concluye que tanto en producción normal como en máxima producción, el Horno 1 es una fuente significativa. No existe información técnica disponible que permita establecer si los hornos 2 y 3 de la Planta Lasso son fuentes significativas o no significativas (potencia calorífica menor a tres millones de vatios [3 x 106 W], o, diez millones de unidades térmicas británicas por hora [10 x 106 BTU/h]). En lo que respecta a los valores de emisión máxima permitida aplicable para los hornos de la planta Lasso de NOVACERO S.A., éstos corresponden a los indicados en la Tabla 1 y Tabla 2 de los numerales 4.1.2.1 y 4.1.2.2 del Anexo 3, aplicables para fuentes fijas de combustión en operación antes y después de Enero del 2003, respectivamente:

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Valor Contaminante Emitido Combustible

Utilizado Antes de

Enero 2003 (*) A partir de Enero 2003

(**)

Unidades [1]

Partículas Totales Líquido [2] 355 150 mg/Nm3 Óxidos de Nitrógeno Líquido [2] 700 550 mg/Nm3

Dióxido de Azufre Líquido [2] 1 650 1 650 mg/Nm3 Notas: [1] mg/Nm3: miligramos por metro cúbico de gas, a condiciones normales, de mil trece milibares

de presión (1 013 mbar) y temperatura de 0 °C, en base seca y corregidos a 7% de oxígeno. [2] combustibles líquidos comprenden los combustibles fósiles líquidos, tales como diesel, kerosene, búnker C, petróleo crudo, naftas. (*) Tabla 1 del Anexo 3 del Libro VI (**) Tabla 2 del Anexo 3 del Libro VI

Tabla 4.7 Limites máximos permisibles de emisiones al aire para fuentes fijas de combustión

Adicionalmente, el numeral 4.3.4 del Anexo 3 contiene la Tabla 9, donde se establecen los límites máximos permisibles de emisiones al aire específicos para fundición de metales, aunque dichos valores se limitan únicamente a Partículas Totales. Dichos valores se exponen en la siguiente Tabla:

Contaminante Emitido Observaciones Fuentes antes de Enero 2003

Fuentes a partir de

Enero del 2003 Unidades

[1]

Partículas Totales Cubilotes: De 1 a 5 T/h 600 250 mg/Nm3 Mayor a 5 T/h 300 150 mg/Nm3 Arco Eléctrico Menor 5 T 350 250 mg/Nm3 Mayor 5 T 150 120 mg/Nm3

Notas: 1] mg/Nm3: miligramos por metro cúbico de gas, a condiciones normales, de mil trece milibares de presión (1 013 mbar) y temperatura de 0 °C, en base seca y corregidos a 7% de oxígeno.

Tabla 4.8 Limites maximos permisibles de emisiones al aire para fundición de metales

Como parte de la presente Auditoría Ambiental Inicial, se realizó un muestreo de emisiones a la atmosfera de los tres hornos de la planta entre 23 y 24 de septiembre del 2008; como se analiza en el capitulo 3, numeral 3.1.3 del presente documento.

La planta de Novacero Lasso cumple con lo estipulado en la legislación ambiental para las emisiones a la atmosfera de sus hornos

Adicionalmente, tomando en cuenta que en la Planta Lasso de NOVACERO S.A. existe más de una fuente fija de emisión, deberá considerarse lo establecido en el numeral 4.1.3.3. (Esquema Burbuja) que señala: “…de existir varias fuentes fijas de emisión, bajo la responsabilidad sea de un mismo propietario y/o de un mismo

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Noviembre de 2008 Capitulo 4- 24

operador, y al interior de una misma región, la emisión global de las fuentes podrá calcularse mediante una fórmula que pondere las fuentes fijas presentes en la instalación. Se establece la siguiente fórmula:

i

iiglobal AAA

EAEAEAE

...

...

21

2211

donde: Eglobal: tasa de emisión global para el conjunto de fuentes fijas de combustión, Ai factor de ponderación, y que puede ser el consumo de combustible de la fuente número i, o el caudal de gases de combustión de la respectiva fuente número i, Ei: tasa actual de emisión determinada para cada fuente.

El resultado a obtenerse con la ecuación indicada, y que representa el equivalente ponderado para un grupo de fuentes fijas de combustión, deberá ser comparado con el valor máximo de emisión permitida descrito en esta normativa, resultado equivalente para una sola fuente fija de combustión.”

Es importante señalar que el numeral 4.1.5.4 establece que toda fuente fija, sea significativa o no, deberá comunicar a la Entidad Ambiental de Control cualquier situación anómala, no típica, que se presente en la operación normal de la fuente, y en la que se verificaron emisiones de contaminantes superiores a los valores máximos establecidos en este reglamento. Este requisito no se aplica para el caso del período de arranque de operación de la fuente, o para el caso del período de limpieza por soplado de hollín acumulado en la fuente, siempre que estos períodos no excedan quince (15) minutos y la operación no se repita más de dos veces al día. Cuando por las características de los procesos y/o de los equipos de combustión se justifique técnicamente que se requiere mayor tiempo para su arranque o limpieza con soplado de hollín, se deberá obtener la aprobación de la Entidad Ambiental de Control.

Con relación a los métodos y equipos de medición de emisiones desde fuentes fijas de combustión, el Anexo 3 establece las características de los puertos de muestreo para la realización de las mediciones de emisiones, así como las metodologías que deben emplearse al respecto. Las disposiciones del Anexo 3 relacionadas con los puertos de muestreo, se exponen a continuación (citas textuales):

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“4.2.2.1 A fin de permitir la medición de emisiones de contaminantes del aire desde fuentes fijas de combustión, estas deberán contar con los siguientes requisitos técnicos mínimos:

a. plataforma de trabajo, con las características descritas en la figura 1 (Anexo),

b. escalera de acceso a la plataforma de trabajo, c. suministro de energía eléctrica cercano a los puertos de muestreo.

4.2.2.2 Método 1: definición de puertos de muestreo y de puntos de medición en chimeneas.- este método provee los procedimientos para definir el número y ubicación de los puertos de muestreo, así como de los puntos de medición al interior de la chimenea. 4.2.2.3 Número de puertos de muestreo.- el número de puertos de muestreo requeridos se determinará de acuerdo al siguiente criterio:

a. dos (2) puertos para aquellas chimeneas o conductos de diámetro

menor 3,0 metros, (…) 4.2.2.5 Ubicación de puertos de muestreo.- los puertos de muestreo se colocarán a una distancia de, al menos, ocho diámetros de chimenea corriente abajo y dos diámetros de chimenea corriente arriba de una perturbación al flujo normal de gases de combustión (ver figura 1, Anexo). Se entiende por perturbación cualquier codo, contracción o expansión que posee la chimenea o conducto. (…)

4.2.2.6 Número de puntos de medición.- cuando la chimenea o conducto cumpla con el criterio establecido en 4.2.2.5, el número de puntos de medición será el siguiente

a. ocho (8) puntos de medición para chimeneas o conductos con diámetro, o diámetro equivalente, respectivamente, entre 0,30 y 0,60 metros, (…)

4.2.2.7 Para el caso de que una chimenea no cumpla con el criterio establecido en 4.2.2.5, el número de puntos de medición se definirá de acuerdo con la figura 2 (Anexo). Al utilizar esta figura, se determinarán las distancias existentes tanto corriente abajo como corriente arriba de los puertos de muestreo, y cada una de estas distancias será dividida para el diámetro de la chimenea o conducto, esto a fin de determinar las distancias en función del número de diámetros. Se seleccionará el mayor número de puntos de medición indicado en la figura, de forma tal que, para una chimenea de sección circular, el número de puntos de medición sea múltiplo de cuatro. 4.2.2.8 Ubicación de los puntos de medición en chimeneas de sección circular.- determinado el número de puntos de medición, los puntos se deberán distribuir, en igual número, a lo largo de dos diámetros perpendiculares entre sí, que estén en el mismo plano de medición al interior de la chimenea o conducto. La ubicación exacta de cada uno de

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los puntos, a lo largo de cada diámetro, se determinará según la Tabla 5.” (Fin de cita textual) Al respecto, las tres chimenas cumplen con los requerimientos establecidos para medición de emisiones en el Anexo 3 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria (TULAS). Sin embargo, no se proporcionó información que permita verificar que dicha infraestructura está conforme con dichos requisitos.

Cabe indicar que, de acuerdo a lo manifestado por funcionarios de NOVACERO S.A., actualmente los aceites usados generados en la Planta Lasso son mezclados junto con el combustible y son utilizados como tal en el Horno del Tren 2. Al respecto, el numeral 4.1.5.2 establece:

“Se prohíbe el uso de aceites lubricantes usados como combustible en calderas, hornos u otros equipos de combustión, con excepción de que la fuente fija de combustión demuestre, mediante el respectivo estudio técnico, que cuenta con equipos y procesos de control de emisiones producidas por esta combustión, a fin de no comprometer la calidad del aire al exterior de la fuente, e independientemente de si la fuente fija es significativa o no significativa. Los planos y especificaciones técnicas de la instalación, incluyendo las previsiones de uso de aceites lubricantes usados, sea como combustible principal o como combustible auxiliar, o como combinación de ambos, se sujetarán a las disposiciones de la normativa aplicable para el manejo de desechos peligrosos y de su disposición final. La Entidad Ambiental de Control emitirá el respectivo permiso de operación para las fuentes que utilicen aceites lubricantes usados como combustible, permiso que será renovado cada dos años, previo el respectivo dictamen favorable, considerando los requerimientos estipulados tanto aquí como en la normativa aplicable a desechos peligrosos y su disposición final.”

Sobre este tema, aunque la Planta cuenta con un permiso ambiental provisional emitido por el Municipio de Latacunga, éste posee las siguientes limitaciones:

El Municipio de Latacunga no es una Autoridad Ambiental de ־Aplicación acreditada al Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA); por lo expuesto, la Entidad Ambiental de Control acreditada es el Ministerio del Ambiente de la República del Ecuador.

El permiso NO es específico para el manejo y disposición final de ־residuos peligrosos (en este caso, aceites usados).

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Consecuentemente, las instalaciones de NOVACERO S.A. en Lasso deberán interrumpir de manera inmediata el uso de aceite y lubricantes usados como combustible principal o auxiliar, debiendo regularizarse ante el Ministerio del Ambiente como requisito previo al reinicio de dichas actividades.

Finalmente, en lo que respecta a la frecuencia de medición de emisiones al aire desde fuentes fijas de combustión, el numeral 4.2.3, a través de sus numerales 4.2.3.1 y 4.2.3.1, establece que las fuentes fijas que se determine requieran de monitoreo de sus emisiones al aire, efectuarán los respectivos trabajos de medición y reporte de resultados, al menos, una vez cada seis meses, precisando además el contenido mínimo del reporte de emisiones

o Anexo 4. Norma de Calidad del Aire Ambiente.

Para el caso de Partículas sedimentables, la norma establece que la máxima concentración de una muestra, colectada durante 30 (treinta) días de forma continua, será de un miligramo por centímetro cuadrado (1 mg/cm2 x 30 d). Con respecto a Material particulado menor a 10 micrones (PM10), la norma establece que el promedio aritmético de la concentración de PM10 de todas las muestras en un año no deberá exceder de cincuenta microgramos por metro cúbico (50 g/m3). La concentración máxima en 24 horas, de todas las muestras colectadas, no deberá exceder ciento cincuenta microgramos por metro cúbico (150 g/m3), valor que no podrá ser excedido más de dos (2) veces en un año. En el caso del Material particulado menor a 2,5 micrones (PM2,5), el Anexo 3 ha establecido que el promedio aritmético de la concentración de PM2,5 de todas las muestras en un año no deberá exceder de quince microgramos por metro cúbico (15 g/m3). La concentración máxima en 24 horas, de todas las muestras colectadas, no deberá exceder sesenta y cinco microgramos por metro cúbico (65 g/m3), valor que no podrá ser excedido más de dos (2) veces en un año. Con relación al Dióxido de azufre (SO2), la norma establece que el promedio aritmético de la concentración de SO2 determinada en todas las muestras en un año no deberá exceder de ochenta microgramos por metro cúbico (80 g/m3). La concentración máxima en 24 horas no deberá exceder trescientos cincuenta microgramos por metro cúbico (350 g/m3), más de una vez en un año. Para el monóxido de carbono (CO), el Anexo 3 establece que la concentración de las muestras determinadas de forma continua, en un período de 8 (ocho) horas, no deberá exceder diez mil microgramos por metro cúbico (10 000 g/m3) más de una vez en un año. La concentración máxima en una hora de monóxido de carbono no deberá exceder cuarenta

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mil microgramos por metro cúbico (40 000 g/m3) más de una vez en un año. En el caso de los Oxidantes fotoquímicos, expresados como ozono, la norma contenida en el Anexo 3 señala que la máxima concentración de oxidantes fotoquímicos, obtenida mediante muestra continua en un período de una hora, no deberá exceder de ciento sesenta microgramos por metro cúbico (160 g/m3), más de una vez en un año. La máxima concentración de oxidantes fotoquímicos, obtenida mediante muestra continua en un período de ocho horas, no deberá exceder de ciento veinte microgramos por metro cúbico (120 g/m3), más de una vez en un año. Respecto a los Óxidos de nitrógeno, expresados como NO2, la norma señala que el promedio aritmético de la concentración de óxidos de nitrógeno, expresada como NO2, y determinada en todas las muestras en un año, no deberá exceder de cien microgramos por metro cúbico (100 g/m3). La concentración máxima en 24 horas no deberá exceder ciento cincuenta microgramos por metro cúbico (150 g/m3) más de dos (2) veces en un año. Dentro de este aspecto (calidad del aire), en los archivos de la Planta de NOVACERO S.A. en Lasso consta la ejecución de varios monitoreos de calidad de aire durante los años 2007 y 2008; como se ha analizado en el capitulo 3, numeral 3.1.2. de estos resultados se puede concluir

Comparando los valores registrados tanto para ambiente interno como externo, se observa que las operaciones de la Planta Lasso no tendrían influencia significativa en la calidad del aire en cuanto a PM10 y PM2,5.

o Anexo 5, Límites Permisibles de ruido ambiente para fuentes fijas y móviles, y para vibraciones.

El numeral 4.1.1.1 del Anexo 5 establece que los niveles de presión sonora equivalente, NPSeq, expresados en decibeles, en ponderación con escala A, que se obtengan de la emisión de una fuente fija emisora de ruido, no podrán exceder los valores que se fijan en la Tabla 1 del referido Anexo, misma que se expone a continuación.

Nivel De Presión Sonora EquivalenteNPS Eq [dB(A)] Tipo De Zona Según Uso De Suelo

De 06h00 A 20h00 De 20h00 A 06h00

Zona hospitalaria y educativa 45 35 Zona Residencial 50 40 Zona Residencial mixta 55 45 Zona Comercial 60 50 Zona Comercial mixta 65 55 Zona Industrial 70 65

(*) Tabla 1 del Anexo 5, Límites Permisibles de ruido ambiente para fuentes fijas y móviles, y para vibraciones.

Tabla 4.9 Niveles Máximos de Ruido Permisibles según Uso del Suelo(*)

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Para el caso de las instalaciones de la Planta Lasso y su entorno, de acuerdo a la planificación del Municipio de Latacunga, corresponde a una Zona Industrial por lo que los límites permisibles para Niveles de Presión Sonora Equivalente (NPSEq ó Leq) son los aplicables para este tipo de uso de suelo. De otra parte, considerando que se trata de una Zona Industrial en un entorno rural, el numeral 4.1.1.4 establece que los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de una fuente fija, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no deberán superar al nivel ruido de fondo en diez decibeles A [10 dB(A)].

Como se analiza en el capitulo 3 del presente documento, la influencia de la Planta Lasso en su lindero Sureste genera niveles de presión sonora equivalente que sobrepasan hasta en un máximo de 5 dB(A) la norma nacional vigente para Zonas Industriales en horario de 06h00 a 20h00 -70dB(A)-, establecida en el Anexo 5 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria.

o Anexo 6, Norma de Calidad Ambiental para el manejo de desechos sólidos no peligrosos, del Libro VI de calidad ambiental.

Este Anexo del Libro VI norma, determina o establece procedimientos de manejo de desechos sólidos no peligrosos. Las normas relacionadas que deberán consideradas en detalle para los desechos sólidos no peligrosos o domésticos aplicables al caso de la Planta Lasso de NOVACERO S.A., son las siguientes:

- Normas generales para el manejo de los desechos sólidos no peligrosos (numeral 4.3).

- Normas generales para el almacenamiento de desechos sólidos no peligrosos (numeral 4.4 del Anexo 6).

- Normas generales para la entrega de desechos sólidos no peligrosos (numeral 4.5 del Anexo 6).

- Normas generales para la recuperación de desechos sólidos no peligrosos (numeral 4.13 del Anexo 6). Debido a que se realiza una separación de desechos para entregarlos a empresas recicladoras.

Previamente al desarrollo del presente análisis tomando en cuenta los numerales 4.3, 4.4., 4.5 y 4.13, es necesario precisar que el numeral 4.1.20 establece que el manejo de los desechos sólidos generados fuera del perímetro urbano de la entidad de aseo, debe estar a cargo de sus generadores, quienes deberán cumplir las disposiciones de la presente

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Norma y las demás relacionadas con la protección del medio ambiente. Así también se el numeral 4.1.24 señala que el aseo de los alrededores de contenedores de almacenamiento de uso privado, será responsabilidad de los usuarios; situación que aplica al caso de las instalaciones de NOVACERO S.A. en Lasso. Adicionalmente, el numeral 4.2 contiene prohibiciones en el manejo de desechos sólidos, que es recomendable sean conocidas por NOVACERO S.A., las mismas que se transcriben a continuación (Cita textual): “4.2.1. Se prohíbe limpiar en la vía pública o espacios públicos, vehículos livianos, de transporte pesado, hormigoneras, buses y otros, siendo responsables de esta disposición el propietario del vehículo y el conductor, estando ambos obligados a limpiar la parte del espacio público afectado y a reparar los daños causados. 4.2.2. Se prohíbe arrojar o depositar desechos sólidos fuera de los contenedores de almacenamiento. 4.2.3 Se prohíbe la localización de contenedores de almacenamiento de desechos sólidos en áreas públicas. Sin embargo la entidad de aseo podrá permitir su localización en tales áreas, cuando las necesidades del servicio lo hagan conveniente, o cuando un evento o situación específica lo exija. 4.2.4 Se prohíbe la colocación de animales muertos, cuyo peso sea mayor a 40 Kg y de desechos sólidos de carácter especial, en contenedores de almacenamiento de uso público o privado en el servicio ordinario. 4.2.5 Se prohíbe la quema de desechos sólidos en los contenedores de almacenamiento de desechos sólidos. 4.2.6 Se prohíbe quemar desechos sólidos a cielo abierto. 4.2.7 Se prohíbe la instalación de incineradores de desechos sólidos en edificios comunales o viviendas multifamiliares, los incineradores existentes a la fecha de expedición de esta Norma deberán ser reemplazados por otro sistema de eliminación autorizado por la entidad de aseo, previa aprobación de la Entidad Ambiental de Control. 4.2.8 Se prohíbe la disposición o abandono de desechos sólidos, cualquiera sea su procedencia, a cielo abierto, patios, predios, viviendas, en vías o áreas públicas y en los cuerpos de agua superficiales o subterráneos. Además se prohíbe lo siguiente:

a) El abandono, disposición o vertido de cualquier material residual en la vía pública, solares sin edificar, orillas de los ríos, quebradas, parques, aceras, parterres, exceptuándose aquellos casos en que exista la debida autorización de la entidad de aseo.

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b) Verter cualquier clase de productos químicos (líquidos, sólidos, semisólidos y gaseosos), que por su naturaleza afecten a la salud o seguridad de las personas, produzcan daños a los pavimentos o afecte al ornato de la ciudad.

c) Abandonar animales muertos en los lugares públicos y en cuerpos de agua.

d) Abandonar muebles, enseres o cualquier tipo de desechos sólidos, en lugares públicos.

e) Arrojar o abandonar en los espacios públicos cualquier clase de productos en estado sólido, semisólido, líquido o gaseoso. Los desechos sólidos de pequeño tamaño como papeles, plásticos, envolturas, desechos de frutas, etc., que produzcan los ciudadanos cuando caminan por la urbe, deberán depositarse en las papeleras peatonales instaladas para el efecto.

f) Quemar desechos sólidos o desperdicios, así como tampoco se podrá echar cenizas, colillas de cigarrillos u otros materiales encendidos en los contenedores de desechos sólidos o en las papeleras peatonales, los cuales deberán depositarse en un recipiente adecuado una vez apagados.

g) Arrojar cualquier clase de desperdicio desde el interior de los vehículos, ya sea que éstos estén estacionados o en circulación.

h) Desalojar en la vía pública el producto de la limpieza interna de los hogares, comercios y de los vehículos particulares o de uso público.

4.2.9 Se prohíbe la entrega de desechos sólidos no peligrosos para la recolección en recipientes que no cumplan con los requisitos establecidos en esta Norma. 4.2.10 Se prohíbe la entrada y circulación de los operarios de recolección en inmuebles o predios de propiedad pública o privada con el fin de retirar los desechos sólidos, exceptuándose casos especiales en que los vehículos recolectores tengan que ingresar a la propiedad, siendo necesaria una autorización previa. 4.2.11 Se prohíbe entregar desechos sólidos a operarios encargados del barrido y limpieza de vías y áreas públicas. 4.2.12 Se prohíbe que el generador de desechos sólidos entregue los desechos a persona natural o jurídica que no posea autorización de la entidad de aseo, aquél y ésta responderán solidariamente de cualquier perjuicio causado por las mismas y estarán sujetos a la imposición de las sanciones que establezcan las autoridades pertinentes. 4.2.13 Se prohíbe a toda persona distinta a las del servicio de aseo público, destapar, remover o extraer el contenido parcial o total de los recipientes para desechos sólidos, una vez colocados en el sitio de recolección.

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4.2.14 Se prohíbe el acceso de personas y vehículos no autorizados a estaciones de transferencia de desechos sólidos. (…) 4.2.17 Se prohíbe la disposición de desechos sólidos peligrosos en el relleno sanitario de la ciudad, los cuales se encontrarán listados en la Normativa para Desechos Peligrosos, que emitirá el Ministerio del Ambiente. 4.2.18 Se prohíbe mezclar desechos sólidos peligrosos con desechos sólidos no peligrosos. 4.2.19 Se prohíbe la disposición de desechos radiactivos en los rellenos sanitarios para desechos sólidos no peligrosos. 4.2.20 Se prohíbe la disposición de envases de medicinas, restos de medicamentos caducados, generados por farmacias, centros hospitalarios, laboratorios clínicos, centros veterinarios, etc., en el relleno sanitario, estos serán devueltos a la empresa distribuidora o proveedora, quién se encargará de su eliminación, aplicando el procedimiento de incineración, el cual será normado por los municipios. Las cenizas producto del proceso de incineración, son desechos peligrosos, por consiguiente deberán cumplir con lo establecido en la Normativa para Desechos Peligrosos, que emitirá el Ministerio del Ambiente. 4.2.21 Se prohíbe la disposición de desechos industriales peligrosos provenientes de plantas de tratamiento o de los desechos sólidos generados del proceso de producción, en rellenos sanitarios para desechos sólidos no peligrosos. 4.2.22 Se prohíbe emplear a menores de edad en la recolección, eliminación o industrialización de desechos sólidos. De igual forma se prohíbe al personal del servicio de aseo urbano efectuar cualquier clase de manipulación o recuperación de desechos sólidos.” Ya dentro de los numerales objetos del presente análisis, se destaca que el 4.3.3.5 establece que las actividades de manejo de desechos sólidos deberán realizarse en forma tal que se eviten situaciones como:

a) La permanencia continua en vías y áreas públicas de desechos sólidos o recipientes que las contengan de manera que causen problemas sanitarios y estéticos.

b) La proliferación de vectores y condiciones que propicien la transmisión de enfermedades a seres humanos o animales.

c) Los riesgos a operarios del servicio de aseo o al público en general. d) La contaminación del aire, suelo o agua. e) Los incendios o accidentes. f) La generación de olores objetables, polvo y otras molestias.

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g) La disposición final no sanitaria de los desechos sólidos. Las normas generales para el almacenamiento de desechos sólidos no peligrosos (numeral 4.4 del Anexo 6) aplicables al caso de la Planta Lasso, establecen lo siguiente (citas textuales):

“4.4.1 Los usuarios del servicio ordinario de aseo tendrán las siguientes obligaciones, en cuanto al almacenamiento de desechos sólidos y su presentación para la recolección:

a) Se debe almacenar en forma sanitaria los desechos sólidos generados de conformidad con lo establecido en la presente Norma.

b) No deberá depositarse sustancias líquidas, excretas, o desechos

sólidos de las contempladas para el servicio especial y desechos peligrosos en recipientes destinados para recolección en el servicio ordinario.

c) Se deben colocar los recipientes en el lugar de recolección, de

acuerdo con el horario establecido por la entidad de aseo.

d) Se debe cerrar o tapar los recipientes o fundas plásticas que contengan los desperdicios, para su entrega al servicio de recolección, evitando así que se produzcan derrames o vertidos de su contenido. Si como consecuencia de un deficiente almacenamiento se produjere acumulación de desechos sólidos en la vía pública el usuario causante será responsable de este hecho y deberá realizar la limpieza del área ensuciada.

e) Nadie debe dedicarse a la recolección o aprovechamiento de los

desechos sólidos domiciliarios o de cualquier tipo, sin previa autorización de la entidad de aseo.

f) Deberá cumplirse con las demás ordenanzas que se establezcan

para los usuarios del servicio. 4.4.2 Los recipientes para almacenamiento de desechos sólidos en el servicio ordinario deben ser de tal forma que se evite el contacto de éstos con el medio y los recipientes podrán ser retornables o no retornables. En ningún caso se autoriza el uso de cajas, saquillos, recipientes o fundas plásticas no homologadas y envolturas de papel. (…) 4.4.4 Los recipientes retornables para almacenamiento de desechos sólidos en el servicio ordinario deben contar con las siguientes características:

a) Peso y construcción que faciliten el manejo durante la recolección.

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b) Los recipientes para desechos sólidos de servicio ordinario deberán ser de color opaco preferentemente negro.

c) Construidos en material impermeable, de fácil limpieza, con protección al moho y a la corrosión, como plástico, caucho o metal.

d) Dotados de tapa con buen ajuste, que no dificulte el proceso de vaciado durante la recolección.

e) Construidos en forma tal que estando cerrados o tapados no permitan la entrada de agua, insectos o roedores, ni el escape de líquidos por sus paredes o por el fondo.

f) Bordes redondeados y de mayor área en la parte superior, de forma que facilite la manipulación y el vaciado.

g) Capacidad de acuerdo a lo que establezca la entidad de aseo.

Los recipientes retornables para almacenamiento de desechos sólidos en el servicio ordinario, deberán ser lavados por el usuario con una frecuencia tal que sean presentados en condiciones sanitarias inobjetables. 4.4.5 Los recipientes no retornables utilizados para almacenamiento de desechos sólidos en el servicio ordinario, deben ser fundas de material plástico o de características similares y deberán reunir por lo menos las siguientes condiciones:

a) Su resistencia deberá soportar la tensión ejercida por las desechos sólidos contenidos y por su manipulación.

b) Su capacidad debe estar de acuerdo con lo que establezca la entidad que preste el servicio de aseo.

c) Para la recolección de desechos reciclables, tales como: papeles y plásticos limpios, envases de: vidrios enteros, metales como latas de cerveza, de gaseosas, de alimentos y otros, se empleará una funda plástica celeste.

d) Para la recolección de desechos sólidos no reciclables, tales como: desechos sólidos orgánicos, frutas, carnes, verduras, papel higiénico, papel carbón, pañales desechables y otros, se utilizará una funda plástica oscura o negra.

4.4.6 Cuando se utilicen fundas de material plástico o de características similares como recipientes no retornables, el usuario deberá presentarlas cerradas con nudo o sistema de amarre fijo. 4.4.7 La entidad de aseo deberá establecer las áreas especiales del espacio público, para carga, descarga y demás operaciones necesarias para la manipulación de los contenedores de desechos sólidos. 4.4.8 Todos los edificios de viviendas, locales comerciales, industriales y demás establecimientos, que se vayan a construir, deberán disponer de un espacio de dimensiones adecuadas para la acumulación y almacenamiento de los desechos sólidos que se producen diariamente.

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El cumplimiento de esta disposición será de responsabilidad de las municipalidades, a través de la Dirección correspondiente. 4.4.9 Las edificaciones construidas con anterioridad a la presente Norma, deberán habilitar un espacio suficiente para el almacenamiento de los desechos sólidos, si las condiciones de prestación del servicio de recolección así lo exigiere. 4.4.10 El espacio y los contenedores destinados al almacenamiento de los desechos sólidos deben mantenerse en perfectas condiciones de higiene y limpieza. Las características de la construcción y las normas que deberán cumplir estos espacios serán fijadas por las municipalidades en coordinación con la empresa prestadora del servicio de recolección de desechos sólidos. 4.4.11 Las áreas destinadas para almacenamiento colectivo de desechos sólidos en las edificaciones, deben cumplir por lo menos con los siguientes requisitos: a) Ubicados en áreas designadas por la entidad de aseo. b) Los acabados serán lisos, para permitir su fácil limpieza e impedir

la formación de ambiente propicio para el desarrollo de microorganismos en general.

c) Tendrán sistemas de ventilación, de suministros de agua, de drenaje y de prevención y control de incendios.

d) Serán construidas de manera que se prevenga el acceso de insectos, roedores y otras clases de animales.

e) Además las áreas deberán ser aseadas, fumigadas, desinfectadas y desinfestadas con la regularidad que exige la naturaleza de la actividad que en ellas se desarrolle.

4.4.12 A partir de la vigencia de esta Norma, toda edificación para uso multifamiliar, institucional o comercial y las que la entidad de aseo determine, tendrán un sistema de almacenamiento colectivo de desechos sólidos. (…) 4.4.14 El uso de contenedores para almacenamiento de desechos sólidos, podrá permitirse en el servicio ordinario, a juicio de la entidad de aseo. Los contenedores podrán ser utilizados directamente por los usuarios para almacenamiento de desechos sólidos del servicio ordinario, en forma pública o privada. (…) 4.4.18 El sitio escogido para ubicar los contenedores de almacenamiento para desechos sólidos en el servicio ordinario, deberá permitir como mínimo, lo siguiente:

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a) Accesibilidad para los usuarios. b) Accesibilidad y facilidad para el manejo y evacuación de los

desechos sólidos. c) Limpieza y conservación de la estética del contorno.

4.4.19 El almacenamiento de los desechos sólidos especiales se hará siempre mediante el uso de elementos apropiados que brinden las seguridades necesarias a fin de evitar derrames o vertidos hacia el exterior, y deberán estar bajo los lineamientos técnicos que establezca en cada caso la entidad de aseo. En caso de producirse tales vertidos los responsables están obligados a limpiar el espacio público afectado.” (fin de citas textuales). Adicionalmente, las Normas generales para la entrega de desechos sólidos no peligrosos (numeral 4.5 del Anexo 6) disponen lo siguiente (citas textuales): “4.5.2 Los generadores de desechos sólidos no peligrosos deben presentarlos para recolección en las condiciones establecidas en la presente Norma. (…) 4.5.4 Los recipientes colocados en sitios destinados para la recolección de desechos sólidos en el servicio ordinario, no deben permanecer en tales sitios durante días diferentes a los establecidos por la entidad que preste el servicio. 4.5.5 Los desechos sólidos compactados que se presenten para recolección deben cumplir las exigencias contenidas en la presente Norma.” (fin de cita textual)

De su parte, las Normas generales para la recuperación de desechos sólidos no peligrosos (numeral 4.13 del Anexo 6) establecen lo siguiente (cita textual): “4.13.9 La recolección y almacenamiento temporal de elementos recuperables podrá efectuarse en bodegas, antes de su traslado al sitio de clasificación y empaque, siempre y cuando se observen condiciones sanitarias y de protección del medio ambiente. (…) 4.13.11 Para la instalación y funcionamiento de bodegas y plantas de recuperación de desechos sólidos, se requerirá la autorización de la Entidad Ambiental de Control, previo informe técnico del municipio local, de acuerdo a lo contemplado en esta Norma y en coordinación con la entidad de aseo. (…)

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4.13.13 Sólo se realizará la separación de los desechos sólidos en las fuentes de origen y en los sitios autorizados expresamente por la Entidad Ambiental de Control, previo al informe técnico del municipio local en coordinación con la entidad de aseo.”

Al respecto, en el caso de la Planta Lasso, es necesario puntualizar lo siguiente con relación a la gestión de residuos que actualmente se realiza dentro de sus instalaciones:

- Los desechos de tipo doméstico se colocan en el área de desechos sólidos la cual consta de un gran contenedor metálico; al llenarse este contenedor los desechos son llevados por medio de un transporte que alquila la empresa hasta el botadero de la ciudad de la Latacunga cada 15 días. Se desconoce si dicha empresa cuenta con las autorizaciones emitidas por el Ministerio del Ambiente o el Municipio de Latacunga, requeridas por el numeral 4.2.12 del Anexo 6.

- Las áreas de almacenamiento temporal de desechos no peligrosos, son inadecuadas, ya que está sobresaturada de desechos, carece de cerramiento, cubierta y un sistema de drenaje. Lo expuesto incumple con lo indicado en el numeral 4.4.11, referido a almacenamiento de residuos.

- La empresa entrega los desechos reciclables como papel, cartón, desechos electrónicos, plásticos y algunos metales no ferrosos a la empresa Green Point; al respecto, se presenta como evidencia una carta de esta empresa en el capitulo de anexos.

- La empresa cuenta con registros internos de generación de residuos como consta en los anexos a este documento

De otra parte, en lo que respecta a las responsabilidades para el manejo de desechos sólidos, el numeral 4.1.22 establece que las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen desechos peligrosos deben obligatoriamente realizar la separación en la fuente de los desechos sólidos normales de los peligrosos, evitando de esta manera una contaminación cruzada en la disposición final de los desechos. Complementariamente, en el mismo tema, el numeral 4.1.23 dispone que las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen desechos peligrosos deben obligatoriamente facilitar toda la información requerida a los municipios, sobre el origen, naturaleza, composición, características, cantidades, forma de evacuación, sistema de tratamiento y destino final de los desechos sólidos. Así también brindarán las facilidades necesarias al personal autorizado de los municipios, para que puedan realizar inspecciones, labores de vigilancia y control.

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Respecto a los numeral 4.1.22 y 4.1.23, se observan los siguientes hallazgos con relación al funcionamiento de la Planta Lasso:

Se generan recipientes vacíos de productos químicos, los cuales son ־considerados desechos peligrosos, la empresa tiene un registro interno de estos desechos.

o El Reglamento para la prevención y control de contaminación ambiental por desechos peligrosos, Título V del Libro VI de Calidad Ambiental del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria.

En su Capítulo III, Fases de la Gestión de los Desechos Peligrosos, establece las responsabilidades del generador de desechos peligrosos, definido como el titular y responsable del manejo de los mismos, en las etapas de Generación, Recolección, Transporte, Tratamiento, y Reciclaje de los desechos.

Dichas disposiciones son aplicables la Planta Lasso de NOVACERO S.A. debido a la generación de envases vacíos de productos químicos, de aceites usados y de los desechos hospitalarios provenientes del dispensario médico de la empresa. Así tenemos:

El Art. 150 establece que todo generador de desechos peligrosos es el titular y responsable del manejo de los mismos hasta su disposición final, siendo su responsabilidad: 1. Tomar medidas con el fin de minimizar al máximo la generación de

desechos peligrosos. 2. Almacenar los desechos en condiciones ambientalmente seguras,

evitando su contacto con el agua y la mezcla entre aquellos que sean incompatibles.

3. Disponer de instalaciones adecuadas para realizar el almacenamiento

temporal de los desechos, con accesibilidad a los vehículos recolectores. 4. Realizar la entrega de los desechos para su adecuado manejo,

únicamente a las personas autorizadas para el efecto por el Ministerio del Ambiente (MA) o por las autoridades seccionales que tengan la delegación respectiva.

5. Inscribir su actividad y los desechos peligrosos que generan, ante la

Secretaría Técnica de Productos Químicos Peligrosos (STPQ) o de las autoridades seccionales que tengan la delegación respectiva, el cual remitirá la información necesaria al MA.

6. Llevar en forma obligatoria un registro del origen, cantidades

producidas, características y destino de los desechos peligrosos, cualquiera sea ésta, de los cuales realizará una declaración en forma anual ante la Autoridad Competente; esta declaración es única para cada generador e independiente del número de desechos y centros de

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producción. La declaración se identificará con un número exclusivo para cada generador. Esta declaración será juramentada y se lo realizará de acuerdo con el formulario correspondiente, el generador se responsabiliza de la exactitud de la información declarada, la cual estará sujeta a comprobación por parte de la Autoridad Competente.

7. Identificar y caracterizar los desechos peligrosos generados, de acuerdo

a la norma técnica correspondiente. 8. Antes de entregar sus desechos peligrosos a un prestador de servicios,

deberá demostrar ante la autoridad competente que no es posible aprovecharlos dentro de su instalación.

El Art. 152 establece que el generador deberá informar de forma inmediata a la Secretaría Técnica de Productos Químicos Peligrosos (STPQP) del Ministerio del Ambiente (MA), de accidentes producidos durante la generación y manejo de los desechos peligrosos. El ocultamiento de esta información recibirá la sanción prevista en este reglamento. La STPQP es la Unidad Técnica del MA encargada de la aplicación de este Reglamento. El Art. 154 dispone que los lugares para el almacenamiento temporal de desechos peligrosos, deben cumplir con las siguientes condiciones mínimas: 1. Ser lo suficientemente amplios para almacenar y manipular en forma

segura los desechos y cumplir todo lo establecido en las normas INEN. 2. El acceso a estos locales debe ser restringido únicamente para personal

autorizado provisto de todos los implementos determinados en las normas de seguridad industrial y contar con la identificación correspondiente a su ingreso.

3. Poseer equipo y personal adecuado para la prevención y control de

emergencias.

4. Las instalaciones no deberán permitir el contacto con agua. 5. Señalización apropiada con letreros alusivos a su peligrosidad, en lugares y formas visibles. El Art. 155 señala que todo envase durante el almacenamiento temporal de desechos peligrosos deberá llevar la identificación correspondiente de acuerdo a las normas establecidas por las Naciones Unidas. La identificación será con marcas de tipo indeleble, legible y de un material resistente a la intemperie. Los desechos peligrosos incompatibles no deberán ser almacenados en forma conjunta en un mismo recipiente ni en una misma área. El Art. 156 dispone que el generador deberá llevar un libro de registro de los movimientos de entrada y salida de desechos peligrosos en su área de

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almacenamiento temporal, en donde se harán constar la fecha de los movimientos, su origen, cantidad y destino. De acuerdo al Art. 157, el tiempo de almacenamiento de los desechos peligrosos debe estar en función de las características y tipo de desechos, de acuerdo con la norma técnica correspondiente. En lo que respecta al Tratamiento de este tipo de desechos, el Art. 166 establece que en los casos previstos por las normas técnicas pertinentes, previamente a su disposición final, los desechos peligrosos deberán recibir el tratamiento técnico correspondiente y cumplir con los parámetros de control vigentes. Para efectos del tratamiento, los efluentes líquidos, lodos, desechos sólidos y gases producto de los sistemas de tratamiento de desechos peligrosos, serán considerados como peligrosos.

Complementariamente a lo antes señalado, el Art. 167 dispone que los efluentes líquidos del tratamiento de desechos líquidos, sólidos y gaseosos peligrosos, deberán cumplir con lo estipulado en la Ley de Gestión Ambiental, Ley de Prevención y Control de la Contaminación, en sus respectivos reglamentos, en las ordenanzas pertinentes y otras normas que sobre este tema expida el MA.

Con relación al Reciclaje, el Reglamento establece lo siguiente:

“Art. 168.- En el reciclaje de desechos peligrosos, la separación deberá realizarse en la fuente generadora o en la planta de tratamiento, excepto en los sitios exclusivos de disposición final.

Las Empresas generadoras de desechos peligrosos deberán clasificar sus desechos, a ser reciclados, en depósitos identificados bajo las normas técnicas vigentes.

Art. 169.- Quienes desarrollen como actividad el reciclaje de desechos peligrosos, deberán contar con la licencia ambiental correspondiente emitida por el MA o por las autoridades secciónales que tengan la delegación respectiva.

En la solicitud que se presentará para la obtención de la licencia, los recicladores explicarán a qué tipo de tratamientos serán sometidos los desechos antes de proceder a su reuso, así como cual es el uso que se dará a los desechos reciclados.

La licencia tendrá un período de validez de dos años y para su renovación, el reciclador deberá someterse a un control de su actividad por parte de las autoridades competentes.

Art. 170.- Las instalaciones de reciclaje dispondrán de todas las facilidades con la finalidad de que se garantice un manejo ambientalmente racional de los desechos peligrosos, dispondrán de la infraestructura técnica necesaria, y cumplirán con todas las normas y reglamentos ambientales, en relación, a los desechos que generen.

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Art. 171.- Las personas dedicadas al reciclaje de desechos peligrosos, únicamente recibirán desechos de los generadores que cuenten con el manifiesto correspondiente así como con la debida autorización y licencia ambiental otorgada por el MA o por las autoridades secciónales que tengan la delegación respectiva.

Los recicladores llevarán una estadística de las cantidades recicladas y de los desechos producidos por efecto del reciclaje, de la cual reportarán en forma anual al MA y a las autoridades secciónales que tengan la delegación respectiva.”

En lo referido a la Disposición Final, el Art.172 establece que los métodos de disposición final permitidos son: relleno de seguridad o confinamiento controlado, inyección controlada en pozos profundos e incineración de acuerdo al tipo de desecho peligroso, sin embargo el Ministerio de Ambiente podrá autorizar otros métodos de acuerdo a lo que considere pertinente.

Dentro de las prohibiciones generales, el Reglamento en sus Art. 186 a 191, dispone:

“Art. 186.- Se prohíbe el vertido de desechos peligrosos en sitios no determinados y autorizados por parte del MA o por las autoridades secciónales que tengan la delegación respectiva o que no cumplan con las normas técnicas y el tratamiento dispuesto en este instrumento.

Igualmente, queda prohibida la mezcla de desechos peligrosos con no peligrosos para fines de dilución

Art.187.- Las personas que manejen desechos peligrosos en cualquiera de sus etapas, deberán contar con un plan de contingencia en caso de accidentes, el cual deberá estar permanentemente actualizado y será aprobado por el MA o por las autoridades seccionales que tengan la delegación respectiva.

Art. 188.- Quienes desarrollen o se apresten a ejecutar actividades que generen desechos peligrosos, deberán solicitar y obtener la licencia ambiental por parte del MA para continuar haciéndolas o para empezarlas, según el caso. La solicitud deberá ir acompañada de un estudio de impacto ambiental de dichas actividades.

Art. 189.- El generador, recolector, transportador, reciclador, almacenador y quien realice tratamiento y disposición final de desechos peligrosos, deberá estar cubierto por una póliza de seguro que cubra accidentes y daños contra terceros.

Art. 190.- El MA o las autoridades seccionales que tengan la delegación respectiva periódicamente y cuando sea necesario, realizará inspecciones de vigilancia y control de la gestión de los desechos peligrosos en cualquiera de las etapas de su manejo. Para este fin, de ser necesario,

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coordinará con las competentes autoridades de la fuerza pública para recibir el apoyo del caso.

Art. 191.- Cualquier ampliación o extensión de las etapas del manejo de desechos peligrosos deberá ser notificada al MA con el fin de conseguir los permisos correspondientes.”

Complementariamente, en lo que respecta al Registro de Desechos Peligrosos, los Art. 191 al 192 disponen:

“Art. 192.- La persona que maneje desechos peligrosos en cantidades que superen las establecidas en la norma técnica correspondiente, en cualquiera de sus fases, deberá registrarse y obtener la licencia ambiental otorgada por el MA o las autoridades secciónales que tengan la delegación respectiva.

No obstante, quienes exporten desechos peligrosos, cualquiera sea la cantidad de los mismos, siempre deberán registrarse y obtener la licencia ambiental antes indicados.

Previamente a la solicitud de registro y otorgamiento de la licencia, el MA está obligada a requerir al generador. la información adicional o complementaria que sea necesaria.

Art. 193.- Los generadores obligados a registrarse, tendrán un plazo de ciento veinte (120) días corridos a partir de la fecha de notificación por parte del MA, para tramitar la obtención del correspondiente licencia ambiental. Si las condiciones de funcionamiento no permitieren su otorgamiento, la Autoridad estará facultada a prorrogar por una sola vez este plazo.

Art. 194.- Quienes emprendan actividades nuevas cuyos procesos generen desechos peligrosos, de acuerdo a lo establecido en el Régimen Único de Evaluación de Impactos Ambientales tendrán un plazo de 90 días a partir de su funcionamiento, para registrarse.

Art. 195.- El MA otorgará o denegará la licencia ambiental en un plazo no mayor de sesenta (60) días, contados desde la presentación de la solicitud y la totalidad de sus requisitos.

Art. 196.- Las personas que hayan adquirido la licencia ambiental correspondiente, deberán reportar al MA o las autoridades seccionales que tengan la delegación respectiva, anualmente, por escrito y con la firma de responsabilidad del representante legal, la cantidad, clasificación y origen de los desechos peligrosos.

Art. 197.- Cada movimiento de desechos peligrosos desde su generación hasta su disposición final, deberá acompañarse de un manifiesto único sin el cual no se podrá realizar tal actividad.

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Es decir, tanto generador, almacenador, transportista, reciclador, como el que realiza el tratamiento y la disposición final, intervendrán en la formalización del documento de manifiesto, en el que cada uno de ellos es responsable por la función que realiza.

Art. 198.- Los generadores, almacenadores, recicladores, transportadores, y las personas que realicen tratamiento y disposición final de los desechos peligrosos, se asegurarán que sus empleados encargados del manejo de los desechos peligrosos tengan el entrenamiento necesario y cuenten con el equipo apropiado, con el fin de garantizar su salud.”

Finalmente, con relación al Tratamiento y Disposición Final, el Reglamento establece en sus Art. 199 a 202 las siguientes condiciones:

“Art.199.- Las operaciones de tratamiento y disposición final de desechos peligrosos se sujetarán a las normas técnicas aprobadas por el MA. Cualquier otra tecnología o procedimiento de eliminación de desechos peligrosos propuestos, deberán ser expresamente autorizados por el MA.

Art.200.- Los poseedores u operadores de plantas de tratamiento y/o disposición final, deberán contar con la licencia ambiental correspondiente. Serán responsables de todos los daños producidos por su inadecuado manejo u operación.

Art.201.- Las plantas de tratamiento y/o de disposición final, recibirán desechos peligrosos únicamente de los transportistas que cuenten con la licencia ambiental otorgado por el MA y que se hallen con el manifiesto correspondiente.

Art.202.- Las plantas de tratamiento y de disposición final de desechos peligrosos deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

1. Estar alejadas al menos a quinientos metros del poblado más cercano.

2. Contar con un estudio de impacto ambiental aprobado por el MA, previo a su instalación

3. Cumplir con las normas de calidad ambiental establecidas en la leyes, reglamentos y ordenanzas pertinentes.

4. Registrase ante el MA o las autoridades secciónales que tengan la delegación respectiva para obtener la correspondiente licencia ambiental para su funcionamiento.

5. Contar con una franja de amortiguamiento alrededor de la planta, de por los menos cien metros.

6. Recibir los desechos únicamente con el manifiesto correspondiente debidamente legalizado.

7. Informar en forma anual al MA y a las autoridades seccionales que tengan la delegación respectiva a cerca de la cantidad de desechos

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tratados, de los que se generen como resultado del tratamiento y de los destinados a la disposición final.”

Comparando lo indicado en el Reglamento con lo observado en la Planta Lasso de NOVACERO S.A. y lo mencionado por funcionarios de la empresa, se concluye lo siguiente:

- Los aceites usados (los cuales constituyen un desecho peligroso) son mezclados con búnker y son dispuestos como combustible en los Hornos 2 y 3. Al respecto, la Planta Lasso NO cuenta con la autorización del Ministerio del Ambiente para realizar este tipo de disposición final de esta clase de desecho peligroso.

- Los funcionarios de NOVACERO S.A. manifestaron su interés por ofrecer el servicio de disposición final de aceites usados, empleando los hornos existentes.

- No existen registros sobre los volúmenes de aceite usado generados y mezclados con el combustible para su disposición en los hornos. Tampoco hay información sobre la proporción de mezcla combustible/aceite usado para los hornos.

- No se identificaron áreas de almacenamiento temporal de aceites y lubricantes usados.

- El waipe y equipos de protección usados se almacena en el área de mantenimiento, ambos insumos estarán almacenados para su posterior incineración en el horno de la futura planta de fundición.

- La viruta de madera es utilizada para limpieza de pisos y después es quemada en los hornos.

- En lo que respecta a los envases vacíos de los productos químicos empleados para la planta de tratamiento de agua subterránea para consumo de la planta Lasso, de acuerdo con información proporcionada por funcionarios de NOVACERO S.A., éstos son devueltos a ECUAPETQUIM (Química Ecuatoriana CIA LTDA), proveedor de dichos productos, para su disposición final.

- Los desechos médicos son divididos en desechos infecciosos, comunes y corto punzantes, de los cuales los corto punzantes son colocados en un envase plásticos y llevados al Hospital de Latacunga para ser incinerados (cada 4 meses aproximadamente), mientras que los infecciosos se colocan en fundas rojas y son enviados al botadero municipal de Latacunga. Al respecto, cabe indicar que no existen registros escritos con relación a su gestión y que las formas de disposición final que actualmente poseen dichos desechos deben ser modificadas.

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Concluyendo, la Planta Lasso realiza la gestión de aceites usados (residuos peligrosos) sin contar con las autorizaciones pertinentes emitidas por el Ministerio del Ambiente ni con los registros adecuados, por lo que esta actividad debe ser detenida hasta su regularización según el Reglamento objeto del presente análisis. Adicionalmente, hay aspectos de la gestión de residuos hospitalarios que deben ser corregidos en lo que respecta a su manejo y disposición final.

Por lo expuesto, hay incumplimiento del marco legal establecido en el Reglamento para la prevención y control de contaminación ambiental por desechos peligrosos.

Normas para el Almacenamiento, Transporte y Comercialización de Petróleo

y sus derivados, especificadas en el Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental para Operaciones Hidrocarburíferas, publicado en el Registro Oficial No. 265 del 13-II-2001

Las disposiciones de este Reglamento son de aplicación para las instalaciones de almacenamiento y distribución de combustible en la Planta Lasso de NOVACERO S.A. Al respecto, el Art. 25 establece que para el manejo y almacenamiento de combustibles y petróleo se cumplirá con lo siguiente: “ (…) b) Los tanques, grupos de tanques o recipientes para crudo y sus derivados así como para combustibles se regirán para su construcción con la norma API 650, API 12F, API 12D, UL 58, UL 1746, UL 142 o equivalentes, donde sean aplicables: deberán mantenerse herméticamente cerrados, a nivel del suelo y estar aislados mediante un material impermeable para evitar filtraciones y contaminación del ambiente, y rodeados de un cubeto técnicamente diseñado para el efecto, con un volumen igual o mayor al 110% del tanque mayor; (…) d) Todos los equipos mecánicos tales como tanques de almacenamiento, tuberías de productos, motores eléctricos y de combustión interna estacionarios así como compresores, bombas y demás conexiones eléctricas, deben ser conectados a tierra; e) Los tanques de almacenamiento de petróleo y derivados deberán ser protegidos contra la corrosión a fin de evitar daños que puedan causar filtraciones de petróleo o derivados que contaminen el ambiente; (…)

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g) Los sitios de almacenamiento de combustibles ‘y/o lubricantes de un volumen mayor a 700 galones deberán tener cunetas con trampas de aceite. (…) ” Complementariamente a lo indicado en el Art. 25, el Art. 71 establece que también deberán observarse las siguientes disposiciones, aplicables a las áreas de almacenamiento de combustibles de la Planta Lasso de NOVACERO S.A.:

“a) Tanques verticales API (…)

a. 1) El área para tanques verticales API deberá estar provista de cunetas y sumideros interiores que permitan el fácil drenaje, cuyo flujo deberá controlarse con una válvula ubicada en el exterior del recinto, que permita la rápida evacuación de las aguas lluvias o hidrocarburos que se derramen en una emergencia, y deberá estar conectado a un sistema de tanques separadores.

a.2) Entre cada grupo de tanques verticales API deberá existir una separación mínima igual al ¼ de la suma de sus diámetros, a fin de guardar la debida seguridad.

a.3) Los tanques de almacenamiento deberán contar con un sistema de detección de fugas para prevenir la contaminación del subsuelo. Se realizarán inspecciones periódicas a los tanques de almacenamiento, construcción de diques y cubetos de contención para prevenir y controlar fugas del producto y evitar la contaminación del subsuelo, observando normas API o equivalentes.

a.4) Las tuberías enterradas deberán estar debidamente protegidas para evitar la corrosión, y a por lo menos 0.50 metros de distancia de las canalizaciones de aguas servidas, sistemas de energía eléctrica y teléfonos.

a.5) Cada tanque estará dotado de una tubería de ventilación que se colocará preferentemente en área abierta para evitar la concentración o acumulación de vapores y la contaminación del aire, (…)”

Al respecto, se observan las siguientes características dentro de las áreas de almacenamiento de combustible y el manejo que los hidrocarburos poseen en las instalaciones de la Planta Lasso de NOVACERO S.A.:

Los cubetos o diques existentes de contención de derrames, están ־construidos en dos tanques.

No se observan instalaciones a tierra en las áreas de almacenamiento de ־combustible, ni son empleadas durante las labores de abastecimiento de combustible.

No existen trampas de aceites en las áreas de almacenamiento de ־combustible.

Hay estancamientos de hidrocarburos en los cubetos o estructuras de ־contención existentes. Esto constituye un peligro de incendio.

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Se detectaron con frecuencia manchas de hidrocarburos productos de ־pequeños derrames en el interior de las instalaciones .

Por lo expuesto, se concluye que existe una falta de mantenimiento de las instalaciones e incumplimiento de la normativa antes expuesta.

Norma INEN 2266:2000 sobre Manejo y Almacenamiento de Productos Químicos Peligrosos y Norma INEN 2288:2000 sobre etiquetado de precaución de productos químicos peligrosos.

Estas normas disponen las precauciones a tomar para el manejo y almacenamiento de productos químicos peligrosos y norma el etiquetado de productos químicos, según su clasificación de riesgo.

De lo observado en la Planta Lasso de NOVACERO S.A., se concluye que no hay cumplimiento de las normas INEN 2266 y 2288, por lo que es indispensable realizar una auditoría especial en este sentido de manera urgente. Lo expuesto se sustenta en lo siguiente:

- El desconocimiento por parte del personal de bodega en lo que respecta al manejo de las Hojas de Seguridad de los materiales (Material Safety Data Sheet).

- La falta de señalización adecuada en el área de almacenamiento de químicos.

- La forma actual de almacenamiento de los productos químicos debe ser mejorada.

- La falta de precaución con la que se realizan las labores de limpieza en el área de almacenamiento de productos químicos.

Al respecto, se recomienda solicitar al Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN) una asesoría técnica.

Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo. Decreto Ejecutivo 2393 publicado en el R. O. 565 del 17 de Noviembre de 1986.

En cuanto al ámbito de aplicación, el Artículo 1 de este Reglamento establece que las disposiciones se aplicarán a toda actividad laboral y en todo centro de trabajo, teniendo como objetivo la prevención, disminución o eliminación de los riesgos del trabajo y el mejoramiento del medio ambiente de trabajo. El Artículo 11 del Reglamento, sobre la Obligación de los Empleadores, establece que son obligaciones generales de los personeros de las entidades y empresas públicas y privadas, las siguientes:

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1. Cumplir las disposiciones del reglamento y demás normas vigentes en materia de prevención de riesgos.

2. Adoptar las medidas necesarias para la prevención de los riesgos que puedan afectar a la salud y el bienestar de los trabajadores en los lugares de trabajo de su responsabilidad.

3. Mantener en buen estado de servicio las instalaciones, máquinas, herramientas y materiales para un trabajo seguro.

4. Organizar y facilitar los Servicios Médicos, Comités y Departamento de seguridad, con sujeción a las normas legales vigentes.

5. Entregar gratuitamente a sus trabajadores vestido adecuado para el trabajo y los medios de protección personal y colectiva necesarios.

6. Efectuar reconocimientos médicos periódicos a los trabajadores en actividades peligrosas; y, especialmente cuando sufran dolencias o defectos físicos o se encuentren en estados o situaciones que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo.

7. Cuando un trabajador, como consecuencia del trabajo, sufre lesiones o puede contraer enfermedad profesional, dentro de la práctica de su actividad laboral ordinaria, según dictamen de la Comisión de Evaluaciones de Incapacidad del IESS o del facultativo del Ministerio del Trabajo, para no afiliados, el patrono deberá ubicarlo en otra sección de la empresa, previo consentimiento del trabajador y sin mengua a su remuneración. La renuncia para la reubicación se considerará como omisión a acatar las medidas de prevención y seguridad de riesgos.

8. Especificar en el Reglamento Interno de Seguridad e Higiene, las facultades y deberes del personal directivo, técnicos y mandos medios, en orden a la prevención de los riesgos del trabajo.

9. Instruir sobre los riesgos de los diferentes puestos de trabajo y la forma y métodos para prevenirlos, al personal que ingresa a laborar en la empresa.

10. Dar formación en materia de prevención de riesgos, al personal de la empresa, con especial atención a los directivos técnicos y mandos medios, a través de cursos regulares y periódicos.

11. Adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Seguridad, Servicios Médicos o Servicios de Seguridad.

12. Proveer a los representantes de los trabajadores de un ejemplar del presente Reglamento y de cuantas normas relativas a prevención de riesgos sean de aplicación en el ámbito de la empresa. Así mismo, entregar a cada trabajador un ejemplar del Reglamento Interno de Seguridad e Higiene de la empresa, dejando constancia de dicha entrega.

13. Facilitar durante las horas de trabajo la realización de inspecciones, en esta materia, tanto a cargo de las autoridades administrativas como de los órganos internos de la empresa.

14. Dar aviso inmediato a las autoridades de trabajo y al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, de los accidentes y enfermedades profesionales ocurridas en sus centros de trabajo y entregar una copia al Comité de Seguridad e Higiene Industrial.

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15. Comunicar al Comité de Seguridad e Higiene, todos los informes que reciban respecto a la prevención de riesgos.

Además de las que se señalen en los respectivos Reglamentos Internos de Seguridad e Higiene de cada empresa, son obligaciones generales del personal directivo de la empresa las siguientes: a.- Instruir al personal a su cargo sobre los riesgos específicos de los distintos puestos de trabajo y las medidas de prevención a adoptar. b.- Prohibir o paralizar los trabajos en los que se advierta riesgos inminentes de accidentes, cuando no sea posible el empleo de los medios adecuados para evitarlos. Tomada tal iniciativa, la comunicarán a su superior jerárquico, quien asumirá la responsabilidad de la decisión que en definitiva se adopte.

Es importante señalar que la empresa tiene establecido, documentado e implantado un Sistema de Gestión Integrado (SGI), el cual lo mantiene de acuerdo a los requisitos de las normas internacionales ISO 9001:2000, ISO 14001:2004 y OHSAS 18001:2007 para sus productos y procesos.

4.2 Legislación y normativa ambiental Municipal. En este acápite se verificó el cumplimiento de la normativa ambiental municipal aplicable para las actividades que desarrolla actualmente la Planta Lasso de NOVACERO S.A. Al respecto, es necesario indicar que la Municipalidad de Latacunga es una Autoridad Ambiental de Aplicación (AAA)2 puesto que ha recibido delegación de funciones por parte del Ministerio del Ambiente, mediante convenio suscrito el 21 de febrero del 2001, con el fin de cumplir los propósitos del Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental establecido en la Ley de Gestión Ambiental, y conforme lo señalado en los Art. 9 literal i), y 13 de la Ley Especial de Descentralización del Estado y Participación Social; sin embargo, la mencionada Municipalidad no se encuentra acreditada ante el Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA). Por lo expuesto, conforme lo establecido en el Título I del Libro VI, el Ministerio del Ambiente es una Autoridad Ambiental de Aplicación responsable (AAAr)3,

2 (AAA): Los Ministerios o Carteras de Estado, los órganos u organismos de la Función Ejecutiva, a los que por ley o acto normativo, se le hubiere transferido o delegado una competencia en materia ambiental en determinado sector de la actividad nacional o sobre determinado recurso natural; así como, todo órgano u organismo del régimen seccional autónomo al que se le hubiere transferido o delegado una o varias competencias en materia de gestión ambiental local o regional. 3 (AAAr): Institución cuyo sistema de evaluación de impactos ambientales ha sido acreditado ante el Sistema Único de Manejo Ambiental y que por lo tanto lidera y coordina el proceso de evaluación de impactos ambientales, su aprobación y licenciamiento ambiental dentro del ámbito de sus competencias.

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mientras que la I. Municipalidad de Latacunga corresponde a una Autoridad Ambiental de Aplicación cooperante (AAAc)4. Consecuentemente, bajo este esquema, la principal autoridad ambiental en el área de Lasso es el Ministerio del Ambiente. Adicionalmente, cabe indicar que de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Régimen Municipal, la Municipalidad de Latacunga es la principal responsable de la planificación y control de los usos de suelo (ordenamiento territorial) dentro de su jurisdicción, siendo el organismo competente para la emisión de permisos y autorizaciones dentro de este ámbito. Tomando en cuenta lo indicado en líneas anteriores, la Municipalidad ha emitido los siguientes documentos referidos al funcionamiento de la Planta Lasso de NOVACERO S.A.: Oficio No. 2006-006-DPYUR, fechado 06 de enero del 2006, de la Dirección de ־

Planificación de la I. Municipalidad de Latacunga, donde señala (cita textual): “…revisado el Volumen No. 7 del Plan de Desarrollo Urbano de Latacunga en sus numerales 5.2.4. referente a la ‘Zona Industrial Externa al Área Urbana’, existe un plano sobre la propuesta de la zonificación de uso de suelo en el cantón Latacunga, en el cual dentro de la zona o parque industrial propuesto, se encuentra actualmente ubicada la mencionada empresa”. Al respecto, cabe indicar que dicho pronunciamiento se refiere a una propuesta de zonificación, sin precisar si actualmente dicha zona es considerada por Ordenanza o parte del Plan de Desarrollo Urbano como zona plenamente establecida para uso industrial.

,.Permiso Ambiental Provisional para la Planta Lasso de NOVACERO S.A ־expedido por el Departamento de Control Ambiental del Municipio de Latacunga el 27 de julio del 2006. Dicha autorización posee el número 000055 y tiene asignado el código 046.

Autorización s/n, emitida el 02 de agosto del 2006, para ingresar el traslado de ־

desechos sólidos inorgánicos al relleno sanitario municipal ubicado en el sector El Pichul, emitido por la Dirección de Higiene del Municipio.

Adicionalmente, dentro de la jurisdicción de la I. Municipalidad de Latacunga, el referido Cabildo ha emitido una serie de Ordenanzas de carácter ambiental que complementan la normativa nacional vigente y fortalecen su campo de acción como AAAc, mismas que son de obligatoria observancia por parte de NOVACERO S.A. para con sus instalaciones en Lasso. Así tenemos: Ordenanza Municipal que regula el barrido, recolección, transporte,

transferencia y disposición final de los residuos sólidos urbanos domésticos, comerciales, industriales y biológicos del cantón (R. O. 300 del 27 de junio del 2006).

4 (AAAc): Institución que, sin necesidad de ser acreditado ante el Sistema Único de Manejo Ambiental, participa en el proceso de evaluación de impactos ambientales, emitiendo a la AAAr su informe o pronunciamiento dentro del ámbito de sus competencias.

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Esta Ordenanza complementa las disposiciones contenidas en el Anexo 6 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria, puesto que establece lineamientos específicos para el manejo integral de desechos sólidos en el cantón Latacunga.

En lo que respecta a la obligación de una adecuada disposición final de escombros, tierra, cenizas y chatarra, se destacan los siguientes artículos (cita textual):

“Art. 9. El ente competente para definir políticas y todos los aspectos relacionados con el manejo de los escombros, tierra de excavaciones, ceniza volcánica y chatarra, es el Concejo Cantonal de Latacunga, en base a propuestas de las comisiones del I. Concejo, la Unidad de Control Ambiental, de la Jefatura de Higiene o cualquier otro organismo de la Municipalidad.

La recolección y disposición adecuada de los escombros, tierra, ceniza y chatarra contará con el apoyo de otras dependencias municipales, especialmente de Obras Públicas y Comisaría de Construcciones.

Art. 10. Todos los que produzcan escombros, tierra de excavación chatarra, es responsable de los efectos negativos que cause inadecuada disposición final, dará lugar a sanción.

(…)

Art. 12. Las empresas podrán transportar escombros, tierra y chatarra siempre que se sujeten a las normas respectivas solo podrán disponerlos en lugares autorizados

Art. 13. Los únicos sitios para recibir escombros, tierra, ceniza o chatarra son los autorizados por el Municipio. Podrán existir sitios privados de disposición final, siempre que cuenten con el permiso expreso del Municipio.

El Municipio deberá informar a la ciudadanía de los sitios autorizados y señalizarlos. Además informará por escrito donde puede ser transportado cada tipo de material”.

Dentro de este tema, actualmente NOVACERO S.A. cuenta con autorización para ingresar desechos sólidos inorgánicos de la Planta Lasso al relleno sanitario de El Pichul, pero se encuentra en gestiones para disponer la escoria metálica generada en la mencionada Planta.

Conforme a lo indicado en el Capítulo 3 de la presente Auditoría, la escoria se almacena actualmente como material de relleno en dos áreas abiertas dentro de los predios de NOVACERO S.A.: en los terrenos recientemente adquiridos, localizados al Norte de las instalaciones de la Planta Lasso, y en el ingreso para descarga de la palanquilla en el Tren 1. También se está analizando la posibilidad reutilizar ésta como material para elaboración de bloques y comercializarlos; al respecto, se elaboraron unos cuantos ejemplares con una máquina adquirida en el 2006, mismos que fueron utilizados en el patio de la empresa.

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Noviembre de 2008 Capitulo 4- 52

En lo que se refiere al manejo integral de desechos hospitalarios e industriales y peligrosos y su disposición final, la ordenanza establece las siguientes disposiciones (cita textual):

“Art. 20. Todos los productores de residuos industriales están obligados a su manejo y disposición final adecuados. (…) El productor de cualquiera de estos desechos es responsable de los efectos negativos que causen el inadecuado acopio, transporte o disposición final de los mismos. (…)

Art. 21. Los productores de residuos industriales, hospitalarios y peligrosos serán responsables de establecer sitios adecuados y protegidos de acopio, de la limpieza de estos sitios y del espacio público que se vea afectado en el ejercicio de esta actividad.

Art. 22. Para el transporte y movilización de desechos industriales, hospitalarios y peligrosos, será requisito indispensable el permiso de movilización del Municipio, que será el único documento que autorice la circulación de vehículos con este tipo de desechos o cualquier otro que se asemeje.

Los transportadores estarán obligados a cumplir los requisitos establecidos por la Jefatura de Higiene, Unidad de Control Sanitario y Unidad de Control Ambiental respecto del volumen de carga, protecciones especiales, tipos de vehículos y horarios. En general todo lo relativo a esta actividad.

Art. 23. Los únicos sitios para recibir los desechos hospitalarios, industriales o peligrosos, son los autorizados por el Municipio o los particulares que cuenten con su autorización previa, en estos casos, se deberá informar a las dependencias de control de movilización sobre los sitios a los que pueden ser transportados determinado tipo de materiales.

Art. 24. Los desechos peligrosos hospitalarios deberán ser dispuestos adecuadamente mediante procesos de incineración, esterilización o en celdas de confinamiento.

Art. 25. Los lodos industriales deberán ser dispuestos en celdas de confinamiento.

(…)

Art. 27. El productor de cualquier residuo considerado lodo industrial, tiene la obligación de neutralizarlo. Para el efecto deberán cumplir con los procedimientos que rigen la cadena de custodia establecidos por la Unidad de Control Ambiental.

Art. 28. Una vez que el lodo esté estabilizado, será responsabilidad de cada industria su transporte hasta el sitio de disposición final establecido por el Municipio.” (fin de cita textual)

Respecto al articulado antes enunciado, es necesario precisar que debido a la naturaleza de los procesos industriales que se dan en la Planta Lasso de

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Noviembre de 2008 Capitulo 4- 53

NOVACERO S.A., en los cuales no se produce ninguna transformación química de la materia prima para generar producto terminado, no se generan lodos industriales propiamente dichos. El único desecho sólido generado como producto de los procesos productivos es la escoria metálica, misma que está constituida de partículas de la materia prima y es arrastrada por el sistema de recirculación del agua de enfriamiento hasta estanques sedimentadores desde los cuales es extraída y almacenada (como ya se indicó anteriormente) en dos áreas abiertas dentro de los predios de NOVACERO S.A. en Lasso.

En lo que se refiere a desechos hospitalarios, éstos son generados por el dispensario de la Planta Lasso y, de acuerdo a lo indicado por el personal de NOVACERO S.A., los corto punzantes son colocados en un envase plásticos y llevados al Hospital de Latacunga para ser incinerados (cada 4 meses aproximadamente), mientras que los infecciosos se colocan en fundas rojas y son enviados al botadero municipal de Latacunga. Dicho manejo cumple parcialmente lo requerido por el Art. 24 de la Ordenanza, debido a lo siguiente:

Técnicamente, el manejo de los desechos hospitalarios generados en la ־Planta Lasso es inadecuado ya que los desechos infecciosos son dispuestos en el relleno sanitario sin tratamiento alguno. Al respecto, para los desechos infecciosos de tipo biológico generados en el dispensario (vacunas vencidas o inutilizadas, tejidos y fluidos corporales, como sangre, y materiales empapados con éstos aunque se hayan secado) es recomendable la incineración o el autoclavado.

Los cortopunzantes, de otra parte, deberían ser esterilizados mediante ־un autoclave para ser posteriormente triturados previo a su disposición en el relleno sanitario. Al respecto, la incineración a la cual actualmente son sometidos generan cenizas que requieren la estructuración de celdas especiales dentro del relleno sanitario, desconociéndose si existen dichas instalaciones.

Finalmente, el Art. 29 establece que la disposición final de los desechos sólidos no peligrosos sólo podrá hacerse en rellenos sanitarios manejados técnicamente, estando prohibidos los botaderos a cielo abierto.

Ordenanza para la prevención y control de a contaminación por desechos industriales, agroindustriales de servicios y otros de carácter tóxico y peligroso generados por fuentes fijas del Cantón Latacunga.

Esta Ordenanza básicamente regula los vertidos y las emisiones generadas por fuentes fijas dentro del cantón Latacunga, para lo cual establece una estructura administrativa dentro de la Municipalidad para su aplicación, así como mecanismos de control y pagos de tasas.

De acuerdo con esta Ordenanza la principal dependencia municipal responsable de su aplicación es el Departamento de Control Ambiental

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Respecto a los procedimientos comunes a ser ejecutados por el regulado, éstos son definidos entre los Art. 11 y 16, donde se establecen los procesos de catastro, registro, permisos, informes técnicos demostrativos, programas de monitoreo, inspección y difusión de la ordenanza por parte de la municipalidad.

Con relación a dicho esquema, conforme lo indicado en líneas anteriores, la Planta Lasso cuenta con un Permiso Ambiental Provisional (No. 000055 y tiene asignado el código 046, expedido en julio del 2006), desconociéndose, por falta de información de sustento, si dicho permiso se basa en el Informe Técnico Demostrativo (ITD) requerido y señalado en los Art. 12 y 13 de la Ordenanza.

Adicionalmente, sobre la base de la información disponible en los archivos de la Planta Lasso, se observa que el Municipio de Latacunga tampoco ha ejecutado el Programa de Monitoreo y Verificación de Cumplimiento establecido en el Art. 14. Así también se desconoce si la Municipalidad ha realizado las inspecciones establecidas en el Art. 15 y sus resultados.

Por lo expuesto, hasta la fecha de ejecución de la presente Auditoría se desconoce de la aplicación de los cargos por contaminación basados en el ITD, establecidos en los Art. 17 y 195 en caso de incumplimiento de los límites máximos permisibles. Consecuentemente, tampoco hay constancia del requerimiento por parte de la Municipalidad de un Plan de Cumplimiento para corregir un eventual incumplimiento de norma.

5 Literal b), relativo a Emisiones a la Atmósfera.

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Noviembre de 2008 Capitulo 5 - 1

CAPÍTULO 5. IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES

5.1 Introducción Para fines de la presente Auditoria Ambiental, se identifican en primer lugar los impactos ambientales que fueron observados o registrados durante las visitas realizadas a las instalaciones de la planta de productos de acero perteneciente a Empresa NOVACERO S.A., ubicada en Lasso, provincia de Cotopaxi; posteriormente, se identifican los impactos ambientales potenciales, es decir aquellos que aunque no son visibles actualmente, podrían manifestarse eventualmente a corto, mediano o largo plazo. Para el desarrollo del presente capítulo se analizaron las operaciones (procesos) de la fábrica propiamente dicha, así como de las facilidades necesarias para su funcionamiento, tales como la planta de tratamiento de agua para consumo de la planta Lasso y los equipos de generación eléctrica.

5.2 Identificación de Impactos Ambientales Considerando que durante la inspección a la planta se observaron varias situaciones que actualmente generan impactos ambientales y se registraron otras situaciones que, de mantenerse, podrían generarse impactos ambientales, se estima necesario dividir la presente identificación de impactos en dos partes:

- Identificación de los Impactos ambientales registrados actualmente, donde se exponen los impactos que han sido identificados en el campo1;

- Identificación de los Impactos ambientales potenciales, es decir aquellos que aunque no

fueron posibles registrar debido a lo indicado anteriormente, posiblemente se hallen presentes o posean una alta probabilidad de aparición a corto, mediano o largo plazo. Dentro de este grupo de impactos también se incluyen aquellos impactos que no pudieron ser evaluados detalladamente debido a que NOVACERO S.A. no cuenta con la información suficiente para proceder a una evaluación detallada de los mismos.

A continuación se señalan los resultados de esta actividad:

5.2.1 Identificación de los Impactos ambientales registrados actualmente. Las operaciones de la industria han generado y generan diversos tipos de impactos ambientales, los mismos que han sido identificados sobre la base de observaciones y monitoreos realizados en el campo.

1 Al respecto, para el desarrollo del presente capítulo y como sustento de la correspondiente evaluación, se tomaron varias Tablas empleadas en el capítulo del Análisis de Cumplimiento del Marco Legal, que contienen datos tomados en el campo.

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Noviembre de 2008 Capitulo 5 - 2

A continuación se describen los impactos a los diferentes componentes ambientales observados en el área de estudio: 5.2.1.1. Impactos registrados sobre el medio físico

Los impactos sobre el medio físico han sido identificados considerando las afectaciones que la actividad de la fábrica produce sobre la calidad de aire, suelo, agua y paisaje. Al respecto, es necesario recalcar que la planta Lasso se encuentra en una zona rural donde existen actividades industriales, turísticas, comerciales aunque en baja densidad.

a) Calidad del aire

Las principales fuentes generadoras de impacto son fundamentalmente los hornos que conforman los tres trenes de producción. Conforme lo descrito en los capitulos 3 y 4 los análisis, los puntos evaluados de calidad del aire para PM10 y PM2,5 tanto dentro como fuera de las instalaciones cumplen con lo establecido en la Legislación Ambiental y, por lo tanto, en lo que respecta a dichos parámetros, el impacto ambiental sobre la calidad del aire por el funcionamiento de la Planta Lasso de NOVACERO S.A. es nulo. En lo que respecta a las emisiones de los hornos de la Planta, se realizó un análisis en el segundo semestre del 2008, arrojando valores conforme a la norma, como se describió en los capítulos 3 y 4 del presente documento, en lo que respecta a dichos parámetros, el impacto ambiental sobre la calidad del aire por el funcionamiento de la Planta Lasso de NOVACERO S.A. es nulo. b) Niveles de ruido Según se detalló en el capítulo 4, la influencia de la Planta Lasso en su lindero Sureste genera niveles de presión sonora equivalente que sobrepasan hasta en un máximo de 5 dB(A) la norma nacional vigente para Zonas Industriales en horario de 06h00 a 20h00 -70dB(A)-, establecida en el Anexo 5 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria. Como producto de lo señalado el impacto es negativo, de perturbación regular, alta importancia, extensión puntual y duración media. De otra parte, en lo que respecta al ruido para ambientes de trabajo, los niveles cercanos o superiores a 85 dB(A) obligan al empleo de equipos de protección personal en las áreas que registran estos niveles de presión sonora. Al respecto, NOVACERO S.A. ha dotado a sus trabajadores de tapones y orejeras, de tal manera que no hay un impacto significativo sobre los trabajadores de la planta. c) Calidad del agua superficial De lo observado durante la visita a la planta, se concluye que las principales fuentes de impacto sobre la calidad del agua superficial son: el manejo de las aguas lluvias, combustibles y aceites usados.

Dichas causas se encuentran relacionadas ya que la ausencia de una adecuada gestión de dichos aspectos ambientales, favorece el arrastre por escorrentía superficial (aguas lluvias) de contaminantes asociados con el almacenamiento de la materia prima, combustibles y aceites

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usados (hidrocarburos de petróleo, sedimentos de origen metálico, desechos sólidos y metales pesados), generando contaminación en los cuerpos hídricos receptores de la escorrentía (en este caso, las acequias que bordean perimetralmente las instalaciones de NOVACERO). Las principales áreas de la planta Lasso que generan este tipo impactos son:

Almacenamiento de combustibles ־ Recepción de combustibles (en especial Tren 1) ־ .Almacenamiento de materia prima ־

Adicionalmente, se detectaron varios sitios dentro de las instalaciones donde se presenció manchas de derrames puntuales de combustible o aceite lubricante nuevo o usado. Al respecto, en el caso puntual de aceites usados es necesario indicar que, de acuerdo al Anexo 1 del Convenio de Basilea y la legislación Ambiental nacional vigente, son considerados desechos peligrosos2. Por lo expuesto, el impacto generado sobre la calidad del agua es negativo, con un grado de perturbación alta, de alta importancia, de extensión local y duración permanente. d) Calidad de aguas subterráneas El manejo inadecuado de aceites y combustibles que actualmente se realiza en la planta Lasso, también genera impactos sobre la calidad del agua subterránea. Al igual que en el caso de las aguas superficiales, las áreas críticas que generan este impacto son las siguientes:

Almacenamiento de combustibles ־ Recepción de combustibles (en especial Tren 1) ־

Consecuentemente, el impacto generado por el manejo inadecuado aceites y combustibles es negativo, con una perturbación importante, de alta importancia, extensión local y duración permanente. e) Calidad del suelo

Como producto del manejo inadecuado aceites y combustibles, descrito en líneas anteriores, y debido a la ausencia de superficies impermeabilizadas en más del 50% del área que corresponde a las instalaciones de la Planta Lasso, se observa la presencia de derrames de diversos tipos de contaminantes (especialmente hidrocarburados como combustibles, aceites y lubricantes usados) en muchos puntos donde el suelo se encuentra descubierto.

En general esta situación se presenta en las mismas áreas identificadas en el literal de Calidad de Agua Superficial, siendo particularmente notoria en las áreas posteriores al galpón 2 . Por lo expuesto, es indispensable que se realice un mejor manejo de los productos antes mencionados, que se recibe en las instalaciones de NOVACERO S.A., con el fin de de no generar un incumplimiento de norma. 2 Cabe indicar que 1 litro de aceite usado contamina 1’000.000 de litros de agua.

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5.2.1.2. Impactos registrados sobre el medio biótico Las instalaciones de la Planta Lasso de NOVACERO S.A. están rodeadas por un conjunto de predios pertenecientes a dicha empresa, desprovistos de vegetación arbórea, cubiertos por vegetación herbácea de carácter pionero o introducida. No se observa actividad agrícola.

Como se indicó en capítulos anteriores, las instalaciones de NOVACERO se asientan en un área rural altamente intervenida, donde en la actualidad se observan usos de suelo de tipo industrial, comercial, forestal y turístico. Por lo expuesto, no existen formaciones boscosas naturales de importancia.

Por lo expuesto, no pudo registrarse ningún impacto existente como producto de la operación de la planta Lasso de NOVACERO S.A. 5.2.1.3. Impactos registrados sobre el medio socioeconómico a) Salud y Seguridad Ocupacional.

Este componente es afectado por los riesgos de contingencias debido a la forma actual de almacenamiento de los productos químicos empleados en todos los procesos necesarios para la operación de la planta Lasso de NOVACERO S.A. Lo expuesto debido a que las condiciones actuales de almacenamiento, existentes en la bodega ubicada en el galpón 1, no son las adecuadas, ya que se observó lo siguiente:

- Posee espacios reducidos para almacenamiento. Estos espacios reducidos aumentan el riesgo

de contacto de sustancias químicas que podrían reaccionar negativamente, debido a que no hay distancia ni límites físicos entre las sustancias químicas almacenadas.

- Hay escasa ventilación. - Los envases con químicos se encuentran directamente sobre el suelo. - Las áreas de almacenamiento de químicos no tienen cubetos para evitar dispersión de

eventuales derrames. - No se aplican las normas INEN NTE 2266:2000 (Transporte, Almacenamiento y Manejo de

Productos Químicos Peligrosos. Requisitos) y NTE 2288:2000 (Productos Químicos Industriales Peligrosos. Etiquetado de Precaución. Requisitos),

- El empleo de las Hojas de Seguridad de los productos empleados es mínimo.

El impacto se produce sobre la salud y seguridad ocupacional del personal de las instalaciones de la Planta Lasso, siendo éste negativo, el grado de perturbación es alto, de alta importancia, extensión puntual y duración media.

b) Impactos sobre la salud y bienestar. No se registran impactos ambientales negativos sobre la salud y bienestar de quienes habitan en los centros poblados más cercanos a la Planta Lasso de NOVACERO S.A., como producto del funcionamiento de los Trenes 1, 2 y 3.

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La adquisición de los terrenos adyacentes a las instalaciones actuales ha permitido la creación de áreas de amortiguamiento de 70.808 m2 y 31.019m2 (hacia el oeste y norte, respectivamente) con relación a los usos de suelo adyacentes, los cuales (como ya se indicó anteriormente) son fundamentalmente industriales, comerciales y, en menor grado, turísticos (hostería “San Mateo”). Dichas áreas ha contribuido a prevenir y mitigar cualquier posible influencia de la planta sobre los usos localizados al norte y oeste de la Planta Lasso.

Sin embargo, las condiciones actuales de combustibles y productos químicos (insumos) en la planta Lasso generan un impacto en la calidad del agua superficial y subterránea del sector, lo que podría generar impactos ambientales negativos en la salud de quienes utilizan el agua de los cuerpos hídricos subterráneos o superficiales que son influenciados por el agua freática, los drenajes o canales, que atraviesan o se encuentran en las proximidades de las instalaciones de NOVACERO S.A. Por ser un impacto que no ha podido ser comprobado, pero que posee un alto grado de certeza, se considera como potencial y es calificado en el numeral 5.1.2.3 de la presente Auditoría.

c) Impactos sobre el empleo Los procesos productivos de la planta Lasso de NOVACERO S.A., proveen de empleo directo e indirecto a personas provenientes del área de Latacunga y Lasso fundamentalmente, por lo que genera un impacto positivo, el grado de perturbación es alto, de alta importancia, extensión local y duración permanente. d) Generación de desechos sólidos Actualmente la operación de la Planta Lasso genera tanto impactos positivos como negativos en lo que respecta a la generación de desechos sólidos. Cabe indicar que los desechos metálicos (cortes de distintos productos o material fuera de especificación) generados por la operación de la planta propiamente dicha, son reutilizados como materia prima para el proceso del tren 3

En lo que respecta a los desechos sólidos de tipo doméstico, éstos son llevados por medio de un transporte que alquila la empresa hasta el botadero de la ciudad de la Latacunga cada 15 días, desconociéndose si dicha empresa cuenta con las autorizaciones emitidas por el Ministerio del Ambiente o el Municipio de Latacunga, requeridas por la normativa nacional. El impacto en este caso es negativo, debido al incumplimiento de norma contenida en el Anexo 6 del Libro VI. Adicionalmente, NOVACERO S.A. entrega los desechos reciclables generados en la planta Lasso, tales como papel, cartón, desechos electrónicos, plásticos y algunos metales no ferrosos, a la empresa Green Point. De otra parte, las áreas de almacenamiento temporal de este tipo de desechos, son inadecuadas, ya que está sobresaturada de desechos, carece de cerramiento, cubierta y un sistema de drenaje, incumpliendo con la norma establecida en el Anexo 6, Norma de Calidad Ambiental para el manejo de desechos sólidos no peligrosos, del Libro VI de Calidad Ambiental del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria. Dentro de los desechos sólidos manejados en la Planta Lasso, se destacan los recipientes vacíos de productos químicos los cuales son considerados como desechos peligrosos por la norma nacional. Estos desechos poseen actualmente un manejo administrativo y técnico que incumple con las disposiciones establecidas en el Anexo 6 del Libro VI, como producto de la ausencia de registros.

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Noviembre de 2008 Capitulo 5 - 6

En lo referido a los lodos provenientes del sistema de tratamiento de agua (material precipitado) para el consumo de la planta Lasso, se desconoce su gestión y disposición final.

Por lo expuesto, debido al incumplimiento de varias disposiciones contenidas en la norma nacional, se considera que el impacto es negativo, con un grado de perturbación alta, de alta importancia, de extensión puntual y duración media. e) Generación de desechos peligrosos

El análisis realizado en el presente acápite se relaciona con lo expresado en líneas anteriores en lo referido a desechos sólidos, ya que la norma nacional para estos últimos incluye disposiciones que también regulan la generación y manejo de los desechos peligrosos. De acuerdo a la información proporcionada por los funcionarios de NOVACERO, puede establecerse que el mayor volumen de los desechos peligrosos generados en la planta son básicamente los envases y productos fuera de norma (caducados) o consumidos, relacionados con el empleo de los siguientes insumos: Sin embargo, la falta de registros adecuados disponibles en la Planta Lasso con relación a los volúmenes desechos, no permite cuantificar la generación de los mismos. Los envases vacíos de los productos químicos empleados en la planta de tratamiento de agua para consumo de la planta Lasso, son entregados a ECUAPETQUIM (Química Ecuatoriana CIA. LTDA., ubicada en Sangolquí, prov. de Pichincha, Shyris 9495 y Altar, Telf.: 233-0532), proveedor del producto, según se indica en el Capítulo 3 del presente estudio, desconociéndose la forma de disposición final de estos desechos. La ausencia de registros y, por lo tanto, de la certeza de la forma de disposición final de la mayoría de los residuos peligrosos generados por el consumo de insumos dentro de la Planta Lasso, califican al impacto producido por el consumo de insumos como negativo, con un grado de perturbación alta, de alta importancia, de extensión puntual y duración permanente. Dentro de los desechos peligrosos generados en las instalaciones de NOVACERO S.A., se destaca la presencia de desechos hospitalarios o médicos como producto del funcionamiento del dispensario médico de la empresa, aunque, considerando las características de este último, los volúmenes de generación de esta clase de residuos serían muy inferiores con relación a los producidos por el uso de productos químicos o los insumos. Los desechos médicos son clasificados por el personal de la Planta Lasso en desechos infecciosos, comunes y corto punzantes, de los cuales los corto punzantes son colocados en un envase plásticos y llevados al Hospital de Latacunga para ser incinerados (cada 4 meses aproximadamente), mientras que los infecciosos se colocan en fundas rojas y son enviados al botadero municipal de Latacunga. Al respecto, cabe indicar que no existen registros escritos con relación a su gestión y que las formas de disposición final que actualmente poseen dichos desechos deben ser modificadas, debido a que:

Los procesos de incineración generan residuos sólidos (cenizas) que deben ser ־dispuestos en celdas de seguridad dentro de un relleno sanitario o, en su defecto, en un relleno de seguridad (específico para desechos peligrosos previamente tratados). Al respecto, se desconoce si los sitios de disposición final de los alrededores cuentan con dicha infraestructura.

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Los desechos infecciosos son dispuestos en el botadero municipal de Latacunga sin ־tratamiento alguno.

Por lo expuesto, la forma en que actualmente se realiza la disposición final de los desechos médicos generados por el dispensario de la Planta Lasso, genera un impacto negativo, con un grado de perturbación alta, de alta importancia, de extensión puntual y duración permanente. Otros desechos peligrosos generados en la Planta Lasso de NOVACERO S.A. son los aceites y lubricantes usados, junto con los materiales contaminados con éstos. Sobre este tema, funcionarios de la Planta Lasso manifestaron que los aceites usados generados por el funcionamiento de las instalaciones son mezclados con búnker y son dispuestos como combustible en los Hornos 2 y 3. Al respecto, conforme lo indicado en el análisis legal realizado como parte de la presente Auditoría, la Planta Lasso NO cuenta con la autorización del Ministerio del Ambiente para realizar este tipo de disposición final de esta clase de desecho peligroso. La forma de disposición final de los aceites usados como combustible en los hornos de las instalaciones de NOVACERO S.A. en Lasso, además de no contar con la autorización del Ministerio del Ambiente del Ecuador, se realiza de forma inadecuada ya que:

Se desconoce las características técnicas de los hornos que permitan establecer si éstos ־cumplen con la temperatura, el tiempo de residencia y turbulencia (mezcla con aire) adecuados para realizar una correcta disposición final de aceites usados y materiales contaminados con éstos (p. e. viruta empleada para la limpieza de suelos con derrames de aceites), sin generar impactos ambientales negativos sobre la calidad del aire ambiente, en especial en lo que respecta a presencia de dioxinas y furanos.

No existen registros sobre los volúmenes de aceite usado generados y mezclados con el ־combustible para su disposición en los hornos.

Tampoco hay información escrita sobre la proporción de mezcla combustible/aceite ־usado para los hornos.

Sobre este tema, funcionarios de NOVACERO S.A. manifestaron su interés por ofrecer el servicio de disposición final de aceites usados, empleando los hornos existentes, lo cual sería factible sólo si se obtiene la autorización del Ministerio del Ambiente, para lo cual se deberá previamente:

,Interrumpir la disposición final que actualmente realiza de sus propios aceites usados ־ya que actualmente este incumple con la norma nacional.

Por lo expuesto, en lo que respecta al manejo de aceites y lubricantes usados y de los materiales contaminados con éstos, la Planta Lasso incumple con la norma nacional vigente, generando consecuentemente un impacto negativo, con un grado de perturbación alta, de alta importancia, de extensión puntual y duración permanente.

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5.2.2 Identificación de los Impactos ambientales potenciales.

Además de los impactos ambientales registrados en el numeral 5.1.1., las operaciones de la planta Lasso de NOVACERO S. A. podrían generar otros impactos ambientales, que actualmente no han aparecido pero que poseen una alta probabilidad de aparición a corto, mediano o largo plazo.

Estos se describen a continuación:

5.2.2.1. Impactos potenciales sobre el medio físico a) Impactos potenciales sobre las reservas de aguas subterráneas

Actualmente se realiza un consumo de aguas subterráneas de alrededor de 20 m3/día para consumo doméstico y de pequeños volúmenes fluctuantes para reposiciones puntuales de las pérdidas por evaporación de las aguas empleadas para enfriamiento, con el fin de mantener los volúmenes de 167 m3 y 220 m3 que requieren para dicho fin los Trenes 1 y 2, respectivamente. El referido consumo es cubierto por un pozo localizado dentro de los predios adquiridos por NOVACERO S.A., que se encuentran adyacentes a las instalaciones de la planta Lasso. Dicho consumo se realiza sin llevar un control respecto a la capacidad de recarga del acuífero, la cual se desconoce. Las aguas subterráneas son básicamente destinadas para uso de tipo doméstico, es decir aseo personal, servicios higiénicos y limpieza en general, excepto para consumo humano. Este aspecto ambiental se considera crítico por las siguientes razones fundamentales:

- Actualmente no hay un estudio que determine la vida útil y el potencial de recarga del acuífero

que sustenta el pozo. Consecuentemente no hay lineamientos de manejo para la conservación y aprovechamiento sustentable del pozo.

- Se desconocen otros usuarios y usos que actualmente posee al acuífero al cual pertenece el

pozo aprovechado por las instalaciones de NOVACERO S.A. en Lasso.

Lo expuesto anteriormente contribuye a mermar las reservas de agua subterránea existentes en el sector, generando un impacto negativo, con una perturbación importante, de alta importancia, extensión local y duración permanente. b) Calidad de aguas subterráneas

El agua subterránea bajo la planta Lasso registra un deterioro en su calidad debido a la presencia de metales pesados e hidrocarburos, como producto del manejo inadecuado de los combustibles, aceites. Una potencial fuente adicional de afectación de la calidad del agua subterránea es la presencia de los pozos sépticos de las instalaciones de NOVACERO S.A., empleados para la disposición final de las aguas servidas de tipo doméstico. Considerando el elevado nivel freático existente en el área de estudio, es indudable que la forma actual de disposición final de las aguas residuales domésticas es una fuente potencial de contaminación de las aguas subterráneas.

Por lo expuesto, el impacto es negativo, con una perturbación importante, de alta importancia, extensión puntual y duración media.

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5.2.2.2. Impactos potenciales sobre el medio biótico Los impactos sobre este componente se refieren fundamentalmente a la biota asociada a los cuerpos hídricos afectados por la operación de la planta Lasso de NOVACERO S.A.

a) Flora y Fauna

Debido al elevado grado de intervención que actualmente existe en la zona de influencia de la planta Lasso las potenciales afectaciones a la flora y fauna podrían ser consideradas mínimas. Sin embargo, la contaminación a suelos y cuerpos hídricos debido al manejo inadecuado de hidrocarburos y los lubricantes/aceites usados, y los hábitos de especies generalistas3 -especialmente aves como el chingolo (Zonotrichia capensis) o la tórtola Zenaida auriculata-, quienes satisfacen sus requerimientos de agua y alimentación en el área de influencia de la planta Lasso, podría ocasionar toxicidad crónica o efectos de bioacumulación4 o biomagnificación5 de metales pesados en dichas especies de fauna y sus depredadores. Al respecto, el impacto es negativo, con una perturbación importante, de alta importancia, extensión local y duración permanente.

5.2.2.3. Impactos potenciales sobre el medio Socioeconómico y cultural a) Impactos sobre servicios básicos

Considerando la forma actual de operación de la planta Lasso, existen dos situaciones que podrían generar impactos ambientales negativos sobre la disponibilidad del recurso agua por parte de las poblaciones y usos industriales circundantes:

El uso de agua pozo sin lineamientos para su manejo adecuado del mismo, podrían afectar ־

negativamente las reservas de agua subterránea del acuífero, debido al desconocimiento de su capacidad de recarga. Por dichas características, este impacto potencial se considera como negativo, con una perturbación importante, de alta importancia, extensión local y duración permanente.

Las condiciones actuales de manejo de combustibles y aceites en la planta Lasso ־

contribuyen a generar, por infiltración, un impacto negativo sobre la calidad del agua subterránea y superficial (considerando que una parte de aceite usado puede contaminar un millón de partes de agua), lo que a su vez produciría una disminución en la disponibilidad de agua de calidad adecuada para consumo humano y otras actividades. Este impacto potencial se considera como negativo, con una perturbación importante, de alta importancia, extensión local y duración permanente.

3 Generalistas: Especies que poseen un amplio rango de adaptación a distintas condiciones ambientales o de alimentación. Son comunes en áreas intervenidas. 4 Bioacumulación: Es la afinidad de una sustancia contaminante a concentrarse en los tejidos de los organismos vivos alcanzando concentraciones mayores que en el medio ambiente en que está expuesto. 5 Biomagnificación: Dicho fenómeno involucra el proceso por el cual aumenta en forma sucesiva la concentración de un contaminante en cada eslabón de la cadena trófica (alimenticia).

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b) Impactos sobre la salud y bienestar.

Concordante con lo indicado en el literal anterior, el manejo de combustibles y aceites, en la planta Lasso produciría un deterioro de la calidad del agua superficial y subterránea que, de ser utilizada para consumo humano, podría generar toxicidad agua o crónica en la población servida por dicho recurso contaminado. Este impacto potencial se considera como negativo, con una perturbación importante, de alta importancia, extensión local y duración permanente.

5.3 Conformidades y No Conformidades encontradas en la Auditoria.

A continuación se anexa la tabla de Conformidades (C) y No Conformidades (NC+ o NC-) analizadas y evaluadas por la presente Auditoria.

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Auditoría Ambiental Inicial

Planta LASSO NOVACERO S.A..

Cantón Latacunga, Provincia de Cotopaxi.

Noviembre de 2008 Capitulo 5 - 11

Ley o Legislación Secundaria Reglamento Disposición Conformidad (C) No Conformidad

Menor (nc-)No Conformidad

Mayor (NC+)

N/A Art. 23Requerimiento de Evaluación de Impacto Ambiental

Sí No No

La presente Auditoría Ambiental Inicial (AAI) cumple con el requerimiento, dado que se trata de una Evaluación de Impacto Ambiental Ex - post.

Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental (R. O. 332 del 08 de mayo del 2008)

Todas las disposiciones del reglamento

Participación Social Sí No No

Para efectos de la realización de la presente AAI, se han llevado a cabo los procesos de participación social requeridos por el Reglamento.

El Sistema Único de Manejo Ambiental, Título I del Libro VI de Calidad Ambiental del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria

Art. 20 Participación Social Sí No No

Para efectos de la realización de la presente AAI, se han llevado a cabo los procesos de participación social requeridos.

El Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la prevención y control de la contaminación ambiental, Título IV del Libro VI de Calidad Ambiental del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria

Tercera Disposición Transitoria del Reglamento

Requerimiento de Evaluación de Impacto Ambiental Ex - post.

Sí No No

La presente Auditoría Ambiental Inicial (AAI) cumple con el requerimiento de realización de una Evaluación de Impacto Ambiental Ex - post. El proceso de revisión de Términos de Referencia para la AAI comenzó en 2007 y terminó en el primer trimestre del 2008.

Ley de Gestión Ambiental, publicada en el Registro Oficial No 245, 30 de Julio de

1999

Texto Unificado de Legislación Secundaria

del Ministerio del Ambiente, publicado en el R. O. Edición

Especial No. 2 de 31 de Marzo del 2003

Marco legal ambiental aplicableAspecto Ambiental

regulado

Grado de conformidadObservaciones

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Planta LASSO NOVACERO S.A..

Cantón Latacunga, Provincia de Cotopaxi.

Noviembre de 2008 Capitulo 5 - 12

Ley o Legislación Secundaria Reglamento Disposición Conformidad (C) No Conformidad

Menor (nc-)No Conformidad

Mayor (NC+)

Tablas 1, 2 y 3.

Calidad del Agua Superficial existente en el área de influencia.

No Sí No

En cuanto a los parámetros no relacionados con las actividades con la Planta Lasso, y al hierro y manganeso, se cumple con las Tablas 1, 2 y 3 de calidad del agua. Respecto a los parámetros relacionados con las actividades de la Planta, se incumple con los valores de Cromo Total (0,09 mg/l) requeridos por la Tabla 3 (0,05 mg/l).

Numeral 4.1.3.2

Obtención de autorizaciones ante la Secretaría Nacional del Agua (hoy CNRH)

Sí No No

La Planta Lasso de NOVACERO S.A. cuenta con concesión renovada y transferida, otorgada por la Secretaría Nacional del Agua (antes Consejo Nacional de Recursos Hídricos) según consta en resolución del 05 de junio del 2008 dentro del Proceso No.165/2008 ,

Tabla 5.

Calidad del Agua Subterránea existente en el área de influencia

No Sí No

Incumple en cuanto a Cromo Total, registrando valores (50 ug/l) que superan la norma de la Tabla 5 (16 ug/l).

Tabla 12 y otras disposiciones relacionadas.

Descarga de aguas residuales a cuerpos hídricos.

Sí No No

No existen descargas de aguas residuales industriales. Tratamiento de aguas residuales domésticas mediante pozo séptico.

Anexo 1 del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental de

Normas de Calidad Ambiental y de

Descarga de efluentes: Recurso Agua, del

Libro VI de Calidad Ambiental

Texto Unificado de Legislación Secundaria

del Ministerio del Ambiente, publicado en el R. O. Edición

Especial No. 2 de 31 de Marzo del 2003

Marco legal ambiental aplicableAspecto Ambiental

regulado

Grado de conformidadObservaciones

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Noviembre de 2008 Capitulo 5 - 13

Ley o Legislación Secundaria Reglamento Disposición Conformidad (C) No Conformidad

Menor (nc-)No Conformidad

Mayor (NC+)

Numeral 4.1.1.3.

Características de áreas de almacenamiento de desechos peligrosos (aceites usados).

No No Sí

Las áreas de almacenamiento de aceites usados no cumplen con lo establecido en el numeral 4.1.1.3. (no hay foso de contención, diques, hay manchas de aceite fuera del área de almacenamiento, etc.)

Numeral 4.1.2.4. Manejo de hidrocarburos No No Sí

Aproximadamente el 50% de las instalaciones de la Planta Lasso carecen de pavimentación e impermeabilización, observándose presencia de manchas de hidrocarburos (combustibles o aceites usados) en estas áreas sin pavimentar.

Tablas 2 y 3 Criterios de calidad del suelo Sí No No

Cumple con norma nacional, pero al comparar resultados de monitoreos de áreas dentro de las instalaciones con los valores obtenidos fuera de la Planta Lasso, se observa un grado de perturbación evidente para el Cromo Total.

Anexo 2, Norma de calidad ambiental del

recurso suelo y criterios de

remediación para suelos contaminados,

del Libro VI de Calidad Ambiental

Texto Unificado de Legislación Secundaria

del Ministerio del Ambiente, publicado en el R. O. Edición

Especial No. 2 de 31 de Marzo del 2003

Marco legal ambiental aplicableAspecto Ambiental

regulado

Grado de conformidadObservaciones

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Noviembre de 2008 Capitulo 5 - 14

Ley o Legislación Secundaria Reglamento Disposición Conformidad (C) No Conformidad

Menor (nc-)No Conformidad

Mayor (NC+)

Numeral 4.1.5.2.Empleo de aceite usado como parte del combustible

No No Sí

Se realiza disposición final de aceites usados en el horno del Tren de laminación 2, pese a NO contar con las autorizaciones del Ministerio del Ambiente.

Numeral 4.2.3.

Realización de monitoreos de emisiones semestrales cumpliendo con los formatos exigidos por la norma.

Sí No No Muestreos realizados en el 2008 cumplen con la norma

Anexo 4. Norma de Calidad del Aire Ambiente

Niveles de Material Particulado (PM10 y PM2,5)

Calidad del aire en el entorno de las instalaciones de la Planta Lasso.

Sí No No Cumplimiento de norma de las mediciones referenciales.

Anexo 5, Límites Permisibles de ruido ambiente para fuentes fijas y móviles, y para vibraciones

Tabla 1. Niveles de Presión Sonora admisibles para Zona Industrial.

Niveles de Presión Sonora (Ruido) en el entorno exterior (ambiente) de la Planta Lasso.

No Sí No

Incumplimiento de norma en lindero sureste. Niveles que superan la norma en hasta 5 dB(A) [75 db(A)].

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Marco legal ambiental aplicableAspecto Ambiental

regulado

Grado de conformidadObservaciones

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Noviembre de 2008 Capitulo 5 - 15

Ley o Legislación Secundaria Reglamento Disposición Conformidad (C) No Conformidad

Menor (nc-)No Conformidad

Mayor (NC+)

4.1.22

Separación en la fuente de desechos sólidos peligrosos de los no peligrosos.

Si No NoSi existe separación de los desechos peligrosos de los no peligrosos

4.1.23,

Entrega de información sobre el origen, naturaleza, composición, características, cantidades, forma de evacuación, sistema de tratamiento y destino final de los desechos sólidos.

No Sí No

Existen registros internos; pero no se tiene cadenas de custodia de los desechos en el momento que salen de la planta

4.2.12

Entrega de desechos sólidos no peligrosos a empresa o gestor autorizado.

No Sí No

Ausencia de registros que permitan establecer si el gestor que retira los desechos sólidos no peligrosos de la Planta Lasso cuenta con las autorizaciones del Ministerio del Ambiente y el Municipio de Latacunga.

4.4.11

Características requeridas por la norma para el establecimiento de áreas de almacenamiento temporal de desechos sólidos no peligrosos.

No Sí No

Áreas de almacenamiento temporal de desechos sólidos no peligrosos sobresaturada de desechos, carece de cerramiento, cubierta y un sistema de drenaje.

4.13.11

Autorizaciones establecidas por la norma para almacenamiento y recuperación de desechos sólidos recuperables.

No Sí No

NOVACERO S.A. no cuenta con autorizaciones del Ministerio del Ambiente para aprovechamiento de los aceites usados.

Texto Unificado de Legislación Secundaria

del Ministerio del Ambiente, publicado en el R. O. Edición

Especial No. 2 de 31 de Marzo del 2003

Anexo 6, Norma de Calidad Ambiental para el manejo de

desechos sólidos no peligrosos.

Marco legal ambiental aplicableAspecto Ambiental

regulado

Grado de conformidadObservaciones

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Noviembre de 2008 Capitulo 5 - 16

Ley o Legislación Secundaria Reglamento Disposición Conformidad (C) No Conformidad

Menor (nc-)No Conformidad

Mayor (NC+)

Reglamento para la prevención y control de contaminación ambiental por desechos peligrosos, Título V del Libro VI de Calidad Ambiental del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria

Requerimientos de Ley para realizar el manejo integral de desechos peligrosos.

Manejo integral de residuos peligrosos (aceites usados)

No No Sí

Actualmente la Planta Lasso incinera sus desechos peligrosos (aceites usados) sin contar con las autorizaciones pertinentes ni cumplir los protocolos y requerimientos exigidos por el Reglamento. Manejo inadecuado que se refleja en la presencia de manchas de aceites usado en áreas no pavimentadas.

Requerimientos de Ley para realizar el manejo integral de desechos peligrosos a través de un gestor autorizado.

Manejo integral de residuos peligrosos (envases vacíos de químicos)

No Sí No

Los envases vacíos de los productos químicos empleados para la planta de tratamiento de agua subterránea para consumo de la planta Lasso, de acuerdo con información proporcionada por funcionarios de NOVACERO S.A., éstos son devueltos a ECUAPETQUIM (Química Ecuatoriana CIA LTDA), proveedor de dichos productos, para su disposición final

Texto Unificado de Legislación Secundaria

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Especial No. 2 de 31 de Marzo del 2003

Marco legal ambiental aplicableAspecto Ambiental

regulado

Grado de conformidadObservaciones

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Noviembre de 2008 Capitulo 5 - 17

Ley o Legislación Secundaria Reglamento Disposición Conformidad (C) No Conformidad

Menor (nc-)No Conformidad

Mayor (NC+)

Ley de Hidrocarburos

Normas para el Almacenamiento, Transporte y Comercialización de Petróleo y sus derivados, especificadas en el Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental para Operaciones Hidrocarburíferas, publicado en el Registro Oficial No. 265 del 13-II-2001

Art. 25

Características de áreas de almacenamiento de combustibles o hidrocarburos.

No No Sí

Mal estado de las instalaciones de almacenamiento de combustible y aceite usado (estancamiento de hidrocarburos, no hay trampas de aceite, etc.).

Ley de Aguas. (Decreto Supremo No. 369. RO/ 69 de 30 de Mayo de 1972 y su Codificación 2004-016, publicada en el R. O. 339 del 20 de mayo del 2004).

Reglamento General para la aplicación de la Ley de Aguas (Decreto Supremo 40 publicado en el Registro Oficial 233, 26-I-1973 y reformas)

Sí No No

La Planta Lasso de NOVACERO S.A. cuenta con concesión renovada y transferida, otorgada por la Secretaría Nacional del Agua (antes Consejo Nacional de Recursos Hídricos) según consta en resolución del 05 de junio del 2008 dentro del Proceso No.165/2008 ,

Marco legal ambiental aplicableAspecto Ambiental

regulado

Grado de conformidadObservaciones

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Noviembre de 2008 Capitulo 5 - 18

Ley o Legislación Secundaria Reglamento Disposición Conformidad (C) No Conformidad

Menor (nc-)No Conformidad

Mayor (NC+)

N/A Art. 12 y 13

Disposición final de desechos sólidos No peligrosos en sitios autorizados por la Municipalidad.

Sí No No

NOVACERO S.A. cuenta con autorización para ingresar desechos sólidos inorgánicos de la Planta Lasso al relleno sanitario de El Pichul

N/A Art. 24Manejo y Disposicion final de desechos hospitalarios

No No Sí

Los desechos hospitalarios de tipo infecciosos son dispuestos en el relleno sanitario de Latacunga sin tratamiento alguno.

Ordenanza para la prevención y control de a contaminación por desechos industriales, agroindustriales de servicios y otros de carácter tóxico y peligroso generados por fuentes fijas del Cantón Latacunga

N/A Art. 11Permisos Ambientales Municipales

Sí No No

La Planta Lasso cuenta con un permiso ambiental municipal provisional (No. 000055 y tiene asignado el código 046, expedido en julio del 2006),

Ordenanza Municipal que regula el barrido,

recolección, transporte, transferencia y

disposición final de los residuos sólidos

urbanos domésticos, comerciales,

industriales y biológicos del cantón (R. O. 300 del 27 de

junio del 2006)

Marco legal ambiental aplicableAspecto Ambiental

regulado

Grado de conformidadObservaciones

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Noviembre de 2008 Capitulo 6 - 1

CAPÍTULO 6

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL El Plan de Manejo Ambiental del presente documento, es desarrollado con el propósito de mitigar, corregir y compensar los impactos ambientales negativos generados o que podrían generarse por el funcionamiento de la Planta de Producción de varillas de acero para la construcción perteneciente a NOVAVERO S.A., localizada en Lasso. Además se incluyen medidas mediante las cuales se potenciarían los impactos ambientales positivos que actualmente se generan. Para cada medida ambiental establecida se señalan los siguientes componentes:

Nombre de la medida Tipo de impacto Descripción de la medida propuesta Nombres de los impactos ambientales mitigados por la medida Prioridad de la aplicación de la medida (esta se determina en función de la calificación

obtenida en la evaluación de impactos ambientales) Momento recomendado de ejecución (este depende de la Prioridad de la medida) Lugar y/o población afectada Responsable de la Ejecución y Supervisión dentro de la planta Costo de la medida.

Adicionalmente, dichas medidas son clasificadas según la forma en que enfrentan los impactos ambientales identificados en la presente Auditoría: Programa de Prevención y Mitigación de Impactos. Programa de Contingencia y Emergencia. Programa de Capacitación. Programa de Salud Ocupacional y Seguridad Industrial. Programa de Manejo de Desechos. Programa de Monitoreo

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Noviembre de 2008 Capitulo 6 - 2

6.1 Programa de Prevención y Mitigación de Impactos.

MEDIDA PM -1 Nombre de la Medida: FORTALECIMIENTO DE LA UNIDAD DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SEGURIDAD

EXISTENTE (SISTEMAS DE GESTIÓN INTEGRAL). Tipo de la Medida: De Prevención y Mitigación. Descripción de la Medida: Actualmente las acciones de gestión ambiental y seguridad industrial que se desarrollan dentro de la planta responden a iniciativas dispersas, muchas de las cuales han sido implantadas parcialmente y otras han quedado en propuestas. Por lo expuesto, es necesario el fortalecimiento de la Coordinación de los Sistemas de Gestión Integral (SGI), para lo cual es recomendable la creación de una unidad técnico-administrativa a nivel asesor, que coordine con las jefaturas existentes y responda a la Gerencia de Planta. Dicha unidad debe ser conformada por el personal existente que ya cuenta con experiencia en este tipo de gestión. Tomando en cuenta lo observado durante el desarrollo de la presente Auditoría, dicha unidad debe tener las siguientes características: Coordinar con las restantes áreas todo lo inherente a gestión ambiental y seguridad industrial

(planificación, aplicación de medidas ambientales, capacitación ambiental y de seguridad industrial, aplicación de programas de monitoreo, control y seguimiento, propuesta de mejoras a la gestión ambiental de la Planta, etc.)

Esta unidad debe reportarse directamente a la Gerencia de Planta y mantener un nivel asesor – operativo.

Mantener un registro centralizado de las actividades de gestión ambiental que se desarrollan en la Planta y sus resultados, así como de los permisos ambientales.

Difundir, a través de las Áreas competentes, las actividades de gestión ambiental que realiza NOVACERO S.A. en la Planta Lasso.

Liderar los procesos de acreditación ISO 14000 y OHSAS 18000. Nombre de los Impactos enfrentados: Todos los impactos ambientales generados por la Planta. Prioridad: Alta. Momento de ejecución de la medida: Inmediato, no más allá de un año del inicio de la ejecución del Plan de Manejo Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Personal de la compañía. Área de influencia de las instalaciones. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta, Coordinador SGI (Sistemas de Gestión Integral), Jefe de Recursos Humanos,

Coordinador de Seguridad Industrial. Costo: Administrativo

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Noviembre de 2008 Capitulo 6 - 3

MEDIDA PM-2 Nombre de la Medida: REVISIÓN DE CUMPLIMIENTO Y PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN BAJO

NORMAS INEN 2266:2000 Y 2288:2000. Tipo de la Medida: Prevención Descripción de la Medida: Durante las visitas realizadas a la Planta Lasso de NOVACERO S.A., se observó un cumplimiento parcial de las normas INEN NTE 2266:2000 (TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y MANEJO DE PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS. REQUISITOS) y NTE INEN 2288:2000 (PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES PELIGROSOS. ETIQUETADO DE PRECAUCIÓN. REQUISITOS), siendo necesaria una revisión al detalle de la forma de manejo integral de los productos químicos que actualmente lleva la planta. Para el efecto se recomienda contactar con el Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN) con el fin contar con la asesoría de dicho organismo orientada a: Establecer el grado de cumplimento de las normas INEN 2266:2000 y 2288:2000. Impartir recomendaciones específicas dirigidas a que la Planta proceda al cumplimiento de aquellas

normas que hubieren sido incumplidas. Certificar el cumplimiento de las normas señaladas en las instalaciones de la Planta cuando se hayan

implementado las recomendaciones del INEN.

Nombre de los Impactos Mitigados: Afectación a la salud y seguridad de los obreros de la compañía. Prioridad: Alta. Momento de ejecución de la medida: Asesoría INEN: Inmediato (3 meses a partir del inicio de la ejecución del Plan de Manejo

Ambiental). Implementación y verificación de implementación: 6 meses a partir del inicio de la ejecución del

Plan de Manejo Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Personal de la compañía. Área de influencia directa. Responsables de la Ejecución de la Medida: Realización de asesoría INEN: Gerencia de Planta, Coordinador SGI (Sistemas de Gestión Integral). Implementación de resultados de asesoría INEN: Coordinador de Seguridad Industrial, Despachador

de Suministros. Costo: No determinado.

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Noviembre de 2008 Capitulo 6 - 4

MEDIDA PM-3

Nombre de la Medida: CUMPLIMIENTO DE REGLAMENTO SUSTITUTIVO DEL REGLAMENTO

AMBIENTAL DE OPERACIONES HIDROCARBURÍFERAS. Tipo de la Medida: Prevención Descripción de la Medida: Actualmente no existe en los archivos de la planta información (planos, memorias técnicas, etc.) sobre las características constructivas del área de almacenamiento de combustibles, lo que no ha permitido verificar al detalle el grado de cumplimiento de las normas que constan en el Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental de Operaciones Hidrocarburíferas (R. O. 265 del 13 de febrero del 2001). Sin embargo, considerando el estado de las instalaciones de almacenamiento de combustibles y la forma en que actualmente se realiza el abastecimiento de éstas observado durante el desarrollo de la Auditoría Ambiental, es notorio que varios de las disposiciones de la norma son incumplidas en la Planta Lasso (ver Capítulo 3). Nombre de los Impactos Mitigados: Contaminación del agua superficial y subterránea. Contaminación del suelo. Incumplimiento de Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental de Operaciones

Hidrocarburíferas. Prioridad: Alta. Momento de ejecución de la medida: Inmediato: 2 meses a partir del inicio de la ejecución del Plan de Manejo Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Área de influencia directa. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta, Coordinador SGI y Jefe de Recursos Humanos-Coordinador de Seguridad

Industrial. Costo: Costos Administrativo.

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Noviembre de 2008 Capitulo 6 - 5

MEDIDA PM-4 Nombre de la Medida: PREVENCIÓN DE APORTES DE CONTAMINANTES POR ESCORRENTÍA

SUPERFICIAL. Tipo de la Medida: Prevención y Mitigación. Descripción de la Medida: La escorrentía superficial sobre la Planta Lasso arrastra contaminantes (limallas de hierro e hidrocarburos) hacia las acequias cercanas; adicionalmente, dentro de las instalaciones, fuera de los galpones, no existe una adecuada red de drenaje. Lo expuesto hace necesaria la construcción de una red drenaje técnicamente diseñada, que incluya sistemas de sedimentadores-trampas de grasa para canalizar adecuadamente la escorrentía superficial y evitar el aporte de contaminantes a las acequias. Para el efecto, aprovechando que actualmente se está diseñando la red de aguas lluvias que se realizará como parte del proyecto de acería (planta de fundición de arco eléctrico para aprovechamiento de la chatarra almacenada) y que dicha red se extenderá a las instalaciones existentes, se recomienda que el mencionado diseño incorpore los siguientes criterios:

Incluir sistemas sedimentadores-trampas de grasa técnicamente diseñados, previo a la ־descarga de la red de drenaje hacia las acequias. Bajo este esquema los sedimentadores deberán estar ubicados en los canales que recojan la escorrentía de las áreas de almacenamiento de combustible, talleres de mantenimiento, así como áreas donde exista la posibilidad de arrastre de limallas.

.Los canales deberán ser de cemento, cubiertos con rejillas ־

.La red deberá estar dimensionada acorde con el régimen hidrológico del área de estudio ־ Nombre de los Impactos Mitigados: Contaminación del agua superficial. Prioridad: Alta. Momento de ejecución de la medida: Inmediato: Inclusión inmediata en el diseño del proyecto de la planta de fundición. Territorio y/o Población afectada: Área de influencia directa. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta, Coordinador SGI y Jefe de Proyecto de Planta de Fundición. Costo: Diseño: Forma parte del costo del diseño de las instalaciones del proyecto de la nueva planta de

fundición de Lasso. Implementación: Lo que determinen los estudios de diseño.

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Noviembre de 2008 Capitulo 6 - 6

MEDIDA PM-5 Nombre de la Medida: PRETRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS EN EL ÁREA DE COCINA DEL

COMEDOR. Tipo de Medida: Mitigación. Descripción de la Medida: Se requiere que NOVACERO realice la instalación de un sistema sedimentador-trampa de grasa para

el pre-tratamiento del efluente proveniente de esta área, con el fin de cumplir con la normativa legal ambiental vigente y evitar el taponamiento del sistema sanitario interno de las instalaciones.

Para la aplicación de esta medida deberán contratarse a un ingeniero civil sanitario que realice el

diseño del sistema, con su respectiva memoria técnica, planos, cronograma y presupuesto de obra. En lo que respecta al mantenimiento y limpieza de la trampa de grasa, una vez que esté operativa, los

lodos provenientes de dicha actividad deben ser pre-tratados (con el fin de disminuir su humedad) previo a su entrega al servicio de recolección de la ciudad. Deberán llevarse registros escritos con relación a dicha actividad, donde deberá indicarse por lo menos: fecha de entrega al servicio de recolección, volumen o peso entregado, personal de la planta que entrega (nombre, número de cédula y firma) y personal del servicio de recolección que retira (nombre, número de cédula y firma).

Nombre de los Impactos Mitigados: Daño a los sistemas de disposición final de aguas servidas de la Planta Lasso. Prioridad: Baja. Momento de ejecución de la medida: Un año a partir del inicio de la ejecución del Plan de Manejo Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Planta Lasso. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta. Costo: Diseño: US$ 1,000,00 Construcción: En función de los costos establecidos en el diseño.

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Noviembre de 2008 Capitulo 6 - 7

MEDIDA PM-6 Nombre De La Medida: DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DEL TALLER MECÁNICO PARA LAS

INSTALACIONES Tipo de Medida: Mitigación Descripción de la Medida: Actualmente no existe un lugar específico que cuente con las características necesarias para los trabajos de mantenimiento de los montacargas y retroexcavadoras de la planta, por lo que se debe asignar un sitio para construir el taller mecánico, el cual puede ubicarse en los terrenos aledaños al parqueadero de los trabajadores. Dicho taller deberá ser diseñado de acuerdo a los requerimientos de la Planta Lasso y a la disponibilidad de espacio, siguiendo los siguientes lineamientos:

.Debe tener cubierta ־ ,Contar con suelo impermeabilizado. Los pisos deben construirse en material sólido ־

impermeable que evite la contaminación del suelo y de las fuentes de agua subterránea, no debiendo presentar grietas u otros defectos que impidan la fácil limpieza de grasas, aceites o cualquier otra sustancia deslizante.

Disponer de un área adecuada para el almacenamiento de aceites usados y material ־contaminado con éstos, que cumpla con las características indicadas en el numeral 4 de la Medida MD-6 (Programa de Manejo de Desechos).

.No debe poseer ninguna conexión con el alcantarillado ־ Se debe garantizar una excelente ventilación, ya sea natural o forzada, en especial si hay ־

presencia de sustancias combustibles. .El área debe estar claramente identificadas ־ Debe estar libre de materiales, canecas, cajas y cualquier otro tipo de objetos que impidan el ־

libre desplazamiento de equipos y personas. Al respecto, deberá contratarse un ingeniero civil que realice la elaboración de memorias técnicas, planos de diseño y cronograma-presupuesto de obra Nombre de los Impactos Mitigados: Contaminación del agua. Prioridad: Alta. Momento de ejecución de la medida: Diseño: Un (1) mes a partir del inicio de la ejecución del Plan de Manejo Ambiental. Implantación: Dependiendo de los resultados de los estudios de diseño. Deberá estar implantada

totalmente antes del cumplimiento del primer año de ejecución del Plan de Manejo Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Área de influencia directa. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta, Coordinador SGI. Costo: Diseño: US$ 1.800,00 Construcción del taller: Lo que determinen los estudios de diseño.

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Noviembre de 2008 Capitulo 6 - 8

MEDIDA PM-7 Nombre de la Medida: EVALUACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO POZO SÉPTICO Tipo de la Medida: Mitigación. Descripción de la Medida: Existe la posibilidad de contaminación fecal de agua freática debido al funcionamiento del pozo séptico, por lo que es necesaria una evaluación de la infraestructura que actualmente posee el referido sistema de disposición final de aguas servidas. Al respecto, deberá contratarse un ingeniero civil sanitario para que realice lo siguiente:

.Un levantamiento de las instalaciones hidrosanitarias existentes en la Planta Lasso ־ .Analizar el estado actual del pozo séptico y su funcionamiento ־ Establecer propuestas y diseños de mejoras de los pozos sépticos y sus zanjas de ־

infiltración. Determinar la ubicación y características de las eras para el secado de lodos (ver medida ־

PM-9). Realizar análisis de precios unitarios, Presupuesto y Cronograma de ejecución de las ־

mejoras o implantación del rediseño de los pozos sépticos y sus zanjas de infiltración, así como del diseño de las eras de secado de lodos.

Incluir todo lo indicado en una memoria técnica con sus respectivas Conclusiones y ־recomendaciones, incluyendo planos.

Nombre de los Impactos Mitigados: Contaminación fecal del agua subterránea. Prioridad: Baja. Momento de ejecución de la medida: Un año a partir de la aplicación del Plan de Manejo Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Área de influencia directa. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta y Coordinador SGI. Costos: Diseño: US$ 1.400,00 Implementación: Dependerá de lo que establezca la evaluación realizada por el ingeniero civil

sanitario.

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Noviembre de 2008 Capitulo 6 - 9

MEDIDA PM-8 Nombre de la Medida: MANEJO ADECUADO DE LOS POZOS SÉPTICOS. Tipo de la Medida: Mitigación. Descripción de la Medida: Realizar el mantenimiento anual de los pozos sépticos y zanja de infiltración.

Los lodos provenientes de la limpieza de los pozos sépticos, pueden ser colocados en eras de

secado, para ser tratados con cal (estabilización) en una proporción de 1 a 2 g de cal por cada 10 g de lodo seco (1 ó 2 partes de cal por 10 partes de lodo seco), con el fin de ser dispuestos en botaderos autorizados a través del servicio de recolección de basura del Cantón Latacunga. Al respecto, puede utilizarse Ca(OH)2 –hidróxido de calcio o cal apagada-, CaO –óxido de calcio o cal viva- o polvo de horno de cemento.

Los sectores que se emplearen para el secado y tratamiento de lodos deberán tener las siguientes

condiciones: - Estar en un área impermeabilizada y techada, dotada de diques para contención de derrames

y una red de drenaje por tubería conectada al pozo séptico. - Contar con eras de secado adecuadamente diseñadas, con sistema de drenaje por tubería

orientados al pozo séptico. - Contar con una cortina rompeviento, ubicada en los flancos Sur y Sureste de la estructura

techada. Bajo ningún punto de vista se deberá disponer desecho alguno en cualquier drenaje o cuerpo

hídrico artificial o natural, permanente o estacional. Nombre de los Impactos Mitigados: Contaminación fecal del agua subterránea. Contaminación de agua superficial. Generación de malos olores Prioridad: Baja. Momento de ejecución de la medida: Dependerá de los resultados de la evaluación del pozo séptico. Tentativamente se recomienda

realizarla a partir de del año y medio de la aplicación del Plan de Manejo Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Área de influencia directa. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta y Coordinador SGI. Costos: Diseño y construcción de área para pretratamiento de lodos: US$ 1.000,00 Implementación: Dependerá de lo que establezca la evaluación realizada por el ingeniero civil

sanitario.

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MEDIDA PM-9 Nombre de la Medida: CONTROL DE EMISIONES A LA ATMÓSFERA (GASES, PARTÍCULAS).

Tipo de Medida: Mitigación. Descripción de la Medida: Las emisiones atmosféricas son producidas básicamente por los hornos. Los calderos de nueva

generación tienen sistemas automáticos de control de combustión que disminuyen en gran parte la emisión de partículas al aire a través de sus chimeneas. De no ser posible la instalación de un caldero nuevo a diesel, se recomienda realizar el siguiente mecanismo para control de emisiones: - Establecer un control de calidad del combustible utilizado en los calderos, - mantenimiento rutinario, - control de combustión de manera periódica para controlar las emisiones de material particulado

proveniente de las calderas.

Los vehículos de transporte de productos y materia prima, que circulen dentro de la planta (distribuidores y auto tanques que llegan con leche fresca a la planta) deberán estar en condiciones óptimas de manera que no emitan gases fuera de norma a la atmósfera.

Nombre de los Impactos Mitigados: Contaminación del aire. Impacto visual. Prioridad: Alta. Momento de ejecución de la medida: De seis meses a un año después del inicio de la ejecución del Plan de Manejo Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Personal de la compañía. Radio de 20-50 m alrededor de las fuentes Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerente General (aprobación)/Jefe de producción. Costo: Costo de un nuevo caldero: NO DETERMINADO Costo del resto de medidas: Se encuentran dentro del presupuesto de operación de la planta.

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MEDIDA PM-10

Nombre de la medida: PAVIMENTACIÓN TOTAL DE LOS PATIOS Y DE LAS AREAS DE PRODUCCIÓN DE LA

PLANTA. Tipo de Medida:

Medida de Prevención. Descripción de Medida:

Actualmente en la planta faltan áreas por pavimentar, como el área de parqueadero de visitantes, del personal y por donde transitan los camiones con materia prima, combustibles y productos químicos. Lo expuesto incumple lo indicado en el numeral 4.1.2.4 del Anexo 2 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria. De otra parte, el pavimento de las siguientes áreas de producción se encuentra en mal estado: producto terminado de los trenes 1, 2 y 3; áreas de talleres y bodegas.

Es necesario que toda área de producción y los sitios por donde transiten vehículos con materiales, hidrocarburos y desechos químicos peligrosos estén pavimentados e impermeabilizados para evitar derrames, goteos o fugas que contaminen el suelo.

Por lo tanto se hace necesario la pavimentación de los patios y sitios de producción de la planta Lasso de NOVACERO S.A., para lo cual se podrían aplicar las siguientes medidas:

a) Incluir el proyecto de pavimentación dentro del diseño del proyecto de fundición que se implantará en las instalaciones de Lasso.

b) Contratar el diseño de la pavimentación de la planta Lasso y construirlo de manera separada.

Los principales lineamientos que deben ser considerados en el diseño son:

El paso de vehículos pesados y extrapesados; Superficie impermeabilizada para evitar filtración de hidrocarburos o desechos peligrosos (por ej.: aceites usados, aceites dieléctricos, etc.); Considerar el rediseño de la red de drenajes de la Planta Lasso; Incluir diques de contención en áreas donde se almacenen productos químicos, que se encuentren cercanas a drenajes.

Nombre de los Impactos Mitigados:

Contaminación al suelo. Contaminación del agua subterránea. Incumplimiento de norma nacional.

Prioridad: Alta.

Momento de ejecución de la medida: Diseño: inmediata, un mes a partir del inicio de la ejecución del Plan de Manejo Ambiental

Ejecución: Inicio de la construcción, por lo menos un año a partir del inicio de la ejecución del Plan de Manejo Ambiental.

Territorio y/o Población afectada: Área de influencia directa (drenajes y cuerpos hídricos).

Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta, Coordinador SGI y jefes de Producción. Costo:

Los costos están incluidos en el plan de manejo ambiental del Proyecto Acerìa

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6.2 Programa de Contingencia y Emergencia (Incluye Salud Ocupacional y Seguridad Industrial).

MEDIDA CE – 1

Nombre de la Medida: MANEJO ADECUADO DE CONTINGENCIAS CON PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS.

Tipo de la Medida: Prevención.

Descripción de la Medida: Para combatir derrames, incendios y cualquier otra contingencia con respecto a productos químicos

peligrosos, deberá seguirse estrictamente lo indicado en las Hojas de Seguridad (Material Safety Data Sheet) de cada producto.

Las hojas de seguridad deben estar a disposición del personal de Bodega, así como del personal de

limpieza. Los desechos provenientes de las acciones realizadas para controlar la contingencia (tales como material

absorbente contaminado, equipos de protección personal contaminados, cualquier objeto que haya tenido contacto con el producto derramado o que hubiere reaccionado con él, etc.) deberán ser almacenados temporalmente en tanques de 55 galones herméticamente cerrados y etiquetados, en áreas cubiertas e impermeabilizadas. La etiqueta deberá precisar por lo menos los productos químicos que contaminan el material contenido en el tanque, volumen contenido y la fecha de la contingencia. Estos desechos deberán ser dispuestos a través de los gestores de residuos peligrosos autorizados (transporte y disposición final) que cuenten con Licencia Ambiental emitida por el Ministerio del Ambiente. Conforme a lo establecido en el Reglamento para la prevención y control de contaminación ambiental por desechos peligrosos, Título V del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria, deberán llevarse los registros pertinentes.

Bajo ningún punto de vista se deberá desplazar el producto químico o desecho peligroso derramado hacia

los canales de drenaje, alcantarillado sanitario o cunetas.

Nombre de los Impactos Mitigados: Contaminación del agua superficial o subterránea. Afectación a la salud de los obreros de la compañía. Prioridad: Alta. Momento de ejecución de la medida: Inmediato: A partir del primer mes de aplicación del Plan de Manejo Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Personal de la compañía. Área de influencia directa. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerente de Planta, Coordinador SGI, Jefatura de Recursos Humanos, Jefe de Mantenimiento, Asistente de

Compras Locales, Despachador de Suministros. Costo: Distribución de Hojas de Seguridad. Administrativo. Capacitación para manejo de contingencias con productos químicos peligrosos: Incluido en el presupuesto del

Programa de Capacitación. Disposición de material contaminado por derrame de productos químicos peligrosos: US$ 1.000,00 aproximadamente por tonelada dependiendo del gestor (costo eventual).

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MEDIDA CE – 2 Nombre de la Medida: AUDITORÍA DEL PLAN DE CONTINGENCIAS Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

Tipo de la Medida: Prevención.

Descripción de la Medida: Realizar una Auditoría de riesgos para la instalaciones de la Planta Lasso de NOVACERO S.A., que contenga como mínimo lo siguiente:

- Diagnóstico de las instalaciones de la Planta Lasso, señalización, procedimientos y de los equipos para

manejo de contingencias/emergencias con los que cuenta la planta, verificando el cumplimiento de normas y estándares nacionales e internacionales aplicables.

- Análisis de Riesgos asociados con los resultados del diagnóstico. Este análisis podría incluir –sin ser excluyente-: incendios, derrames de productos químicos, derrame de combustible, erupciones volcánicas.

- Propuesta y diseños de mejoras pertinentes (instalaciones, equipos, procedimientos, etc.). - Diseño de Plan de Contingencias. - Presupuesto y Cronograma de ejecución detallados. - Conclusiones y Recomendaciones.

Nombre de los Impactos Mitigados: Afectación a la salud y seguridad de los obreros y clientes de la compañía. Prioridad: Intermedia. Momento de ejecución de la medida: Un año desde el inicio de la ejecución del Plan de Manejo Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Personal de la compañía. Área de influencia directa ambiental de la planta Lasso. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerente de Planta, Coordinador SGI y Jefatura de Recursos Humanos. Costo: Auditoría de riesgos: US$ 6.000,00

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6.3 Programa de Capacitación

MEDIDA CA-1 Nombre de la Medida: PROGRAMA DE CAPACITACIÓN. Tipo de la Medida: Prevención. Descripción de la Medida: Se propone la coordinación de SGI, en coordinación con la Jefatura de Recursos Humanos, trabajen en

programas de capacitación en Medio Ambiente y Seguridad Industrial, dirigido al personal de planta operadores y administrativos, durante el primer año de aplicación del Plan de Manejo Ambiental, que cubra los siguientes tópicos:

Producción más Limpia, 3 horas. Manejo de desechos sólidos, 2 horas. Manejo de Aceites usados (incluye material contaminado con éste), 2 horas. Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable, 2 horas. Legislación Ambiental, 2 horas. Detección de actos y condiciones inseguras, 1 hora Higiene industrial, 1 hora Uso correcto de implementos de protección personal, 2 horas. Panorama de Riesgos, 4 horas. Legislación de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional, 2 horas. Capacitación en el manejo de contingencias con productos químicos (teórico práctico). 5 horas

Además, al personal que conforme la brigada de Primeros Auxilios y de Incendios, deberá recibir capacitación

específica, al respecto se recomienda: Para la brigada de Primeros Auxilios, contactar a la Cruz Roja. Para la brigada de prevención de incendios, contactar al Cuerpo de Bomberos de Latacunga.

Nombre de los Impactos Mitigados: Contaminación del agua (incumplimiento de normas). Pérdida de reservas de aguas subterráneas. Contaminación del aire. Riesgos sobre Salud y seguridad Ocupacional. Prioridad: Alta. Momento de ejecución de la medida: Inmediato. Territorio y/o Población afectada: Personal de la compañía. Área de influencia directa (aire, drenajes y cuerpos hídricos). Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerente de Planta, Coordinador SGI y Jefatura de Recursos Humanos. Costo: 26 horas de capacitación a $ 50 dólares por hora = US$ 1.300,00 en el primer año. US$ 800,00 dólares para contratar un especialista en Producción Mas Limpia. US$ 300,00 dólares para los materiales del curso de la Cruz Roja y el Cuerpo de Bomberos.

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6.4 Programa de Manejo de Desechos

MEDIDA MD-1 Nombre de la Medida: SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN DE GESTORES DE RESIDUOS Y REGISTRO DE

GESTORES AUTORIZADOS. Tipo de la Medida: Prevención. Descripción de la Medida: Algunos de los residuos generados en la Planta NOVACERO S.A. son entregados a empresas gestoras de residuos (Transportistas o recicladoras); sin embargo, en los archivos de la empresa no constan los permisos que dichas empresas deben tener para poder desarrollar sus actividades conforme lo solicita la normativa ambiental vigente. Por lo expuesto, es necesario regularizar esta situación con el fin de evitar posibles futuros problemas con el Municipio o el Ministerio del Ambiente, para lo cual deberá solicitarse a las siguientes empresas sus autorizaciones correspondientes emitidas por las Autoridades Ambientales pertinentes: GREEN POINT S.A. (Autoridad Ambiental: Ministerio del Ambiente). Adicionalmente deberá

solicitarse que dicha empresa incluya en su papel membretado por lo menos su dirección y números telefónicos.

Empresas o personas a cargo de los volquetes que transportan los desechos sólidos de origen

doméstico hacia el botadero de Latacunga. Al respecto, en la Planta Lasso deberá llevarse un registro escrito de quiénes son las personas naturales y jurídicas autorizadas para realizar este tipo de actividad, y trabajar únicamente con ellas.

Adicionalmente, deberán abrirse expedientes para cada gestor de residuos con el cual trabaje la Planta Lasso, donde conste lo siguiente: Copia de la autorización emitida por la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable (AAAr), en

este caso el Ministerio del Ambiente. Datos completos actualizados del gestor: Representante Legal, RUC, dirección, número telefónico,

número de fax y persona de contacto. Registros anuales de volúmenes y tipo de desechos manejados por el gestor. Nombre de los Impactos Mitigados: Incumplimiento de normativa nacional. Prioridad: Alta. Momento de ejecución de la medida: Inmediato: A partir del primer mes de la Auditoría Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Área de influencia directa. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta, Coordinador SGI, Asistente de Compras. Costo: Costos administrativos.

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MEDIDA MD-2 Nombre de la Medida: MANEJO DE LODOS DEL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS PARA

CONSUMO DE LA PLANTA LASSO. Tipo de la Medida: Mitigación.

Descripción de la Medida:

Actualmente se desconoce la disposición final de los lodos que se generan en la planta de tratamiento de aguas para el consumo de la Planta Lasso. Al respecto, con el fin de prevenir cualquier manejo inadecuado deberá implantarse la siguiente medida:

Deberá realizarse un análisis de los lodos para conocer su composición y según el resultado ver

su disposición final. Dependiendo de los resultados, estos podrían:

1. Ser dispuestos través de los gestores de residuos peligrosos o no peligrosos autorizados

(transporte y disposición final) que cuenten con la respectiva autorización emitida por el Ministerio del Ambiente.

Deberán llevarse registros escritos con relación al manejo integral de estos lodos, conforme lo establecido en el Título V del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria. Al respecto, deberá considerarse con especial atención: volumen mensual de lodos (generados y desalojados); nombre del gestor responsable (de ser necesario, precisar el volumen manejado por cada gestor); fecha y sitio de disposición final (incluir coordenadas UTM en datum WGS84); copia de las autorizaciones para disposición final que fueren pertinentes.

2. Ser dispuestos en sitios autorizados por el Municipio de Latacunga, cumpliendo con todas

las disposiciones que emita la mencionada autoridad.

Adicionalmente, deberá establecerse personal fijo para la operación y mantenimiento de la planta de tratamiento de aguas, mismo que deberá constar en el organigrama estructural de la planta Lasso de NOVACERO S.A. Los sectores que se emplearen para el secado y –de ser necesario tratamiento de lodos deberán tener las siguientes condiciones: - Estar en un área impermeabilizada y techada, dotada de diques para contención de derrames y una

red de drenaje por tubería conectada al pozo séptico. - Contar con eras de secado adecuadamente diseñadas, con sistema de drenaje por tubería orientados

al pozo séptico. Nota respecto al almacenamiento temporal de estos desechos: En general estos desechos deberán ser almacenados temporalmente en áreas pavimentadas, cubiertas y alejadas de los drenajes, para lo cual deberán ser previamente clasificados y almacenados en recipientes adecuados con tapa según su afinidad, resistentes a la corrosión, evitando reacciones entre desechos. Hasta contar con áreas adecuadas, estos desechos deberán ser almacenados temporalmente en

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tanques de 55 galones sobre las áreas pavimentadas existentes, cubiertas y alejadas de los drenajes.

Nombre de los Impactos Mitigados: Posible contaminación del agua. Posible contaminación del suelo. Prioridad: Media. Momento de ejecución de la medida: Caracterización de lodos: Antes del cumplimiento del primer año de ejecución del Plan Manejo

Ambiental. Disposición adecuada de lodos: Debe realizarse antes de la mitad del segundo año de ejecución del

Plan de Manejo Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Sistema de gestión de desechos de la ciudad. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta, Coordinador SGI, Jefatura de Recursos Humanos. Costo: Incluidos en el diseño y construcción de área para pretratamiento de lodos del pozo séptico: Ver

medida PM-9. Implementación: Dependerá de lo que establezca la evaluación realizada por el ingeniero civil

sanitario. Disposición de lodos: Aproximadamente US$ 1.000,00 por tonelada dependiendo del gestor

(costo eventual).

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MEDIDA MD-3 Nombre de la Medida: MANEJO ADECUADO DE ENVASES VACÍOS DE PRODUCTOS QUÍMICOS.

Tipo de la Medida: Mitigación

Descripción de la Medida:

De acuerdo a lo manifestado por funcionarios de NOVACERO S.A. y a comunicación ECQ-NT-055 del 02 de abril del 2007, los envases vacíos de los productos químicos empleados en la Planta Lasso son devueltos a su proveedor, la empresa ECUAPETQUIM (Sangolquí, prov. de Pichincha, Shyris 9495 y Altar, Telf.: 233-0532). Adicionalmente, la mencionada comunicación indica que en las facturas se señala que los envases entregados son retornables. Sin embargo, para efectos de control, es necesario mejorar dichos procedimientos a través del establecimiento de sustentos por escrito relacionados con dicha gestión, tales como: Registro de tipo y cantidad de productos químicos entregados a la Planta Lasso de

NOVACERO S.A., indicando: ,volumen total por producto ־ volumen o cantidad del producto según tipo de envase (indicando el número de envases y la ־

capacidad de cada tipo de envase: p. e. 4 tanques de 55 galones).

Certificaciones o autorizaciones actualizadas, emitidas por el Ministerio del Ambiente para los procesos utilizados por ECUAPETQUIM y las empresas que fueren contratadas por ésta, para el transporte, recuperación y reutilización de envases vacíos de productos químicos.

Registro de tipo y cantidad de productos químicos devueltos a ECUAPETQUIM (siguiendo los mismos lineamientos para los productos entregados a la Planta Lasso de NOVACERO S.A.)

Nombre de los Impactos Mitigados: Incumplimiento de normas nacionales vigentes. Prioridad: Alta. Momento de ejecución de la medida: Inmediato: Un mes después de iniciada la aplicación del Plan de Manejo Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Área de influencia indirecta. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta, Coordinador SGI, Asistente de Compras. Costo: Administrativo.

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MEDIDA MD-4 Nombre de la Medida: MEJORAS EN EL ÁREA DE ALMACENAMIENTO DE DESECHOS SÓLIDOS Tipo de la Medida: De Prevención. Descripción de la Medida: Las condiciones actuales de funcionamiento del área de almacenamiento temporal de desechos sólidos no cumplen con las normas contenidas en el Anexo 6 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria. Por lo expuesto, estas deben ser modificadas siguiendo los siguientes lineamientos: Esta deberá colocarse en áreas alejadas de las canaletas de drenaje de la Planta. Analizar la

factibilidad de colocar tabiques de separación. Con el fin de cumplir las siguientes disposiciones 4.4.10 y 4.4.19 del Anexo 6 del Libro VI (De la

Calidad Ambiental) del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria:

4.4.10 El espacio y los contenedores destinados al almacenamiento de los desechos sólidos deben mantenerse en perfectas condiciones de higiene y limpieza. 4.4.19 El almacenamiento de los desechos sólidos especiales se hará siempre mediante el uso de elementos apropiados que brinden las seguridades necesarias a fin de evitar derrames o vertidos hacia el exterior, y deberán estar bajo los lineamientos técnicos que establezca en cada caso la entidad de aseo.

Se recomienda considerar las siguientes disposiciones establecidas por el Anexo 6 del Libro VI (De la Calidad Ambiental) del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria, en lo que respecta a áreas de almacenamiento colectivo temporal de desechos sólidos:

Los acabados serán lisos, para permitir su fácil limpieza e impedir la formación de

ambiente propicio para el desarrollo de microorganismos en general. Tendrán sistemas de ventilación, de suministros de agua, de drenaje y de prevención y

control de incendios. Serán construidas de manera que se prevenga el acceso de insectos, roedores y otras clases

de animales. Al respecto, es recomendable el empleo de mallas metálicas de acero inoxidable, tipo tela metálica.

Además las áreas deberán ser aseadas, fumigadas, desinfectadas y desinfestadas con la regularidad que exige la naturaleza de la actividad que en ellas se desarrolle.

Nombre de los Impactos Mitigados: Incumplimiento de norma nacional vigente. Contaminación del agua. Prioridad: Alta. Momento de ejecución de la medida: Inmediato: No más allá del segundo mes a partir del inicio de la aplicación del Plan de Manejo

Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Personal de la compañía.

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Área de influencia directa. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta, Coordinador SGI. Costo: Readecuación del área de almacenamiento temporal de desechos sólidos: US$ 500,00 - 600,00.

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MEDIDA MD-5 Nombre de la Medida: MEJORAS EN EL MANEJO DE ACEITES USADOS GENERADOS EN LA PLANTA

LASSO (INFRAESTRUCTURA) Tipo de la Medida: De Prevención. Descripción de la Medida: La falta de áreas adecuadas y procedimientos establecidos para el manejo de aceites usados, han convertido a la planta Lasso en una fuente de vertidos difusos de aceites usados hacia el agua (superficial y subterránea) y el suelo. Por lo expuesto, deben implantarse de manera inmediata las siguientes medidas:

1) Respecto a la metodología empleada para la ejecución del cambio de aceite propiamente dicho:

a. El embudo y sistema de drenaje debe garantizar el traslado seguro del aceite usado desde el motor o equipo hasta el recipiente de recibo primario, por medio de una manguera por gravedad o bombeo.

b. Dicho sistema deberá estar diseñado de tal manera que evite derrames, goteos o fugas de aceites usados en la zona de trabajo.

2) Respecto al recipiente receptor primario:

a. Éste debe permitir trasladar el aceite usado removido, desde el lugar de servicio del motor o equipo, hasta la zona de almacenamiento temporal de aceites usados.

b. Esté elaborado de materiales resistentes a la acción de los hidrocarburos. c. Cuente con asas o agarraderas que garanticen la manipulación segura del recipiente. d. Cuente con un mecanismo que asegure que la operación de trasvasado de aceites usados

desde el recipiente receptor primario al tanque superficial o tambor, sin que se produzcan derrames, goteos o fugas.

3) Respecto al recipiente para el drenaje de filtros y otros elementos impregnados con aceites

usados, éstos deberán cumplir con las siguientes características:

a. Debe tener una capacidad máxima de 5 galones y estar dotado de un embudo o malla que soporte los filtros u otros elementos a ser drenados.

b. Contar con asas que permitan trasladar el aceite usado drenado hacia la zona de almacenamiento temporal de aceites usados, asegurando que no se presenten goteos, derrames o fugas.

c. Contar con un mecanismo que asegure que la operación de trasvasado de aceites usados al tanque superficial o tambor, se realice sin derrames, goteos o fugas.

4) Respecto al establecimiento de un área para almacenamiento temporal de aceites y lubricantes

usados o elementos contaminados con dichos materiales, esta debe tener las siguientes características:

a) Considerando que en la Planta Lasso se consumen alrededor de 200 galones mensuales de

aceites lubricantes y el elevado nivel freático, es recomendable que dicha área sea superficial y se destine al almacenamiento de 6 a 5 tanques superficiales o tanques de 55 galones cada uno.

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Noviembre de 2008 Capitulo 6 - 22

b) El área debe garantizar en todo momento el confinamiento de total del aceite usado almacenado; al respecto, se recomienda el empleo de diques de contención, el cual debe tener las siguientes características:

- Debe tener una capacidad mínima para almacenar el 100% del volumen del tanque más

grande, más el 10% del volumen de los tanques adicionales. - El piso y las paredes deben ser construidos en material impermeable.

- En todo momento se debe evitar el vertido de aceites usados o de aguas contaminadas

con aceites usados a los sistemas de alcantarillado o al suelo. c) Debe tener cubierta, que evite el ingreso de agua lluvia al sistema de almacenamiento de

aceite usado y permita libremente las operaciones de cargue o llenado y descargue del sistema de almacenamiento.

d) El área debe ser elaborada con materiales resistentes a los hidrocarburos. e) Debe permitir el traslado del aceite usado desde el recipiente receptor primario y hacia el

sistema de transporte a ser utilizado para su disposición final (sea un gestor autorizado por el Ministerio del Ambiente o, de contar con la Licencia Ambiental, la incineración en los hornos de la Planta Lasso), garantizando que no se presenten derrames, goteos o fugas de aceite usado.

f) En la boca de recibo del tanque de 55 galones que se encuentre en operación, se deberá

colocar un sistema de filtración, que evite el ingreso de partículas con dimensiones superiores a 5 mm.

g) Deben estar rotulados con las palabras ACEITE USADO en tamaño legible, las cuales

deberán estar a la vista en todo momento, en un rótulo de mínimo 20 cm x 30 cm.

h) En el sitio de almacenamiento se deben ubicar las señales de PROHIBIDO FUMAR y ALMACENAMIENTO DE ACEITES USADOS.

i) Provisión de material oleofílico para control de goteos, fugas y derrames con características

absorbentes o adherentes.

j) Tener extintores de las siguientes características:

i. Capacidad mínima de 20 libras (lb) de polvo químico seco para zonas de almacenamiento localizadas en áreas abiertas, o multipropósito de 20 lb para zonas de almacenamiento poco ventiladas.

ii. Debe ser recargado por lo menos una vez al año y su etiqueta debe ser legible en todo momento.

iii. Debe estar localizado a una distancia máxima de 10 metros de la zona de almacenamiento temporal de aceites usados.

iv. El número de extintores debe ser definido en función de los requerimientos del Cuerpo de Bomberos de Latacunga.

Los lineamientos indicados en los literales b), c), d), h) –este con las modificaciones del caso-, i) y j), son aplicables también a las áreas de almacenamiento de aceites nuevos.

Hasta contar con dicha área, estos desechos deberán ser colocados en tanques de 55 galones sobre

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Noviembre de 2008 Capitulo 6 - 23

las áreas pavimentadas existentes, cubiertas y alejadas de los drenajes. Nombre de los Impactos Mitigados: Incumplimiento de norma nacional vigente. Contaminación del agua superficial y subterránea. Contaminación del suelo. Impactos sobre flora y fauna. Prioridad: Alta. Momento de ejecución de la medida: Diseños: Deberán estar contratados al mes del inicio de la ejecución del Plan de Manejo Ambiental. Implantación: Deberán ser implantada antes de cumplir el primer año de ejecución del Plan de

Manejo Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Área de influencia directa. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta, Coordinador SGI, Jefe de Mantenimiento. Costo: Diseño del área de almacenamiento temporal de aceites usados: Incluido en el costo del diseño del

área de talleres (Medida PM-7). Adquisición de 8 tanques de 55 galones: US$ 400 Adquisición de embudos: Sin costo en caso de que puedan ser elaborados en la Planta Lasso. Rótulos: US$ 100,00 Material para control de derrames: Sin costo (actualmente la planta se provee de viruta o aserrín para

control de derrame de aceites usados o combustibles). Adquisición de extintores y mantenimiento: Variable en función de requerimientos del Cuerpo de

Bomberos de Latacunga.

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MEDIDA MD-6 Nombre de la Medida: MEJORAS EN EL MANEJO DE ACEITES USADOS GENERADOS EN LA PLANTA

LASSO (PROCEDIMIENTOS) Y DE MATERIAL CONTAMINADO. Tipo de Medida: Mitigación.

Descripción de la Medida:

De lo observado durante las inspecciones no se registró manejo alguno de filtros de aceite usados, así como tampoco la existencia de registros escritos que permitan determinar con precisión la cantidad de aceites usados generados en la Planta Lasso y su forma de disposición final. Adicionalmente, actualmente se realiza un manejo de aceites usados y materiales contaminados con éstos, sin contar con la autorización del Ministerio del Ambiente. Por lo expuesto, deben seguirse los siguientes lineamientos para el manejo de este tipo de desechos:

Dentro de la Planta Lasso de NOVACERO S.A., los filtros deben tener este manejo:

- Perforar la válvula contraescape del filtro, la cual existe en casi todos los filtros automotores, o la base del filtro y después déjelo drenar.

- Dejar drenar el filtro y después aplastarlo; o se desarma el filtro y después se deja drenar.

- El drenaje debe ocurrir por lo menos 12 horas a temperatura ambiente. Los filtros que

enseguida dejan escapar aceite no han sido drenados correctamente.

- El recipiente donde se drenan los filtros usados debe estar en un lugar cubierto.

- El lugar donde se coloquen los filtros usados ya drenados, aplastados y guardados en fundas impermeables, debe ser un sitio cubierto.

- El aceite usado que se obtiene del drenaje de filtros se puede mezclar con el resto del

aceite usado generado.

Cabe indicar que esta medida puede ser aplicada para el caso de los filtros usados que vienen con la chatarra vendida a NOVACERO S.A. Dicho tratamiento debe ser aplicado antes de proceder al almacenamiento temporal de la chatarra.

Los filtros sometidos a este procedimiento deben ser dispuestos través de los gestores de

residuos peligrosos autorizados (transporte y disposición final) que cuenten con Licencia Ambiental emitida por el Ministerio del Ambiente. En caso de que la Planta Lasso desee aprovechar dicho desecho como materia prima, deberá obtener previamente la Licencia Ambiental por parte del Ministerio del Ambiente.

Dado que la Planta Lasso no cuenta con la autorización (Licencia Ambiental) del Ministerio del

Ambiente para realizar la disposición final de aceites usados y materiales contaminados con éstos, deben detenerse de manera inmediata la disposición de estos desechos en los hornos de las instalaciones de NOVACERO S.A.

Hasta que la Planta Lasso cuente con las autorizaciones del Ministerio del Ambiente, los

materiales contaminados con aceites usados (guaipe, viruta, ropa, etc.) y los aceites usados propiamente dichos, deberán ser dispuestos a través de gestores autorizados por el

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Ministerio del Ambiente. Dentro de la planta Lasso deberá haber un área para el almacenamiento temporal de los

materiales contaminados (trapos, paños o wipe) con desechos peligrosos (aceites usados, aceite dieléctrico, grasas de mantenimiento, etc.), generados en las instalaciones de NOVACERO S.A., previo a su disposición a través de gestores autorizados. Dicha área deberá contar con techo y piso impermeabilizado (pavimentado) que garantice el no contacto con el suelo. Los materiales contaminados almacenados en esta área deberán ser colocados en contenedores de material adecuado (resistente a los hidrocarburos) con tapas hasta su disposición final. El área de almacenamiento temporal puede formar parte del área que sirve para el almacenamiento de los aceites usados generados en la Planta Lasso (ver Medida PM-7, Programa de Mitigación y Prevención). Hasta contar con dicha área, estos desechos deberán ser colocados en tanques de 55 galones sobre las áreas pavimentadas existentes, cubiertas y alejadas de los drenajes.

Mantenimiento de registros escritos con relación al manejo integral de este tipo de desechos,

conforme lo establecido en el Título V del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria.

Para saber cuáles son los gestores autorizados en la zona, se debe realizar la consulta en el

Ministerio del Ambiente y en Municipios que estén acreditados ante el Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA).

Una alternativa sería que estos desechos podrían ser incorporados en cilindros de hormigón a ser

usados en las nuevas edificaciones como material ornamental (Como muros perimetrales de jardineras). Estas serán registrados en un sistema de datos en el que se indique la fecha y el lugar donde ha sido utilizado este elemento constructivo. Al respecto, deberán realizarse previamente las consultas al Ministerio del Ambiente con el fin de obtener las autorizaciones pertinentes respecto a esta forma de disposición final de desechos peligrosos (ver medida MD-10).

Nombre de los Impactos Mitigados: Incumplimiento de norma nacional vigente. Contaminación del agua superficial y subterránea. Contaminación del suelo. Impactos sobre flora y fauna. Prioridad: Alta. Momento de ejecución de la medida: Inmediato: Procedimientos de aplicación inmediata Área de almacenamiento: tiempos de Medida PM-7 y MD-6 Territorio y/o Población afectada: Área de influencia directa. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta, Coordinador SGI, Jefe de Mantenimiento, Jefatura de Planta del Proyecto de

Fundición y Jefe de Reciclaje del Proyecto de Fundición. Costo: Implantación del procedimiento: Ver medida MD-6

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Área de almacenamiento temporal de residuos: Ver medida PM-7 Disposición de envases a través de gestores autorizados: Aproximadamente US$ 1.000,00 por

tonelada dependiendo del gestor.

MEDIDA MD-7 Nombre de la Medida: MANEJO ADECUADO DE DESECHOS HOSPITALARIOS GENERADOS EN EL

CONSULTORIO MÉDICO. Tipo de la Medida: Mitigación.

Descripción de la Medida:

De lo observado durante las inspecciones se registró el manejo de desechos médicos, clasificados por personal de NOVACERO S.A. como desechos infecciosos, comunes y corto punzantes. La forma en que actualmente son tratados dichos desechos debe ser mejorada, por lo cual deben seguirse los siguientes lineamientos:

Los desechos infecciosos deben ser sometidos a tratamiento, previo a su disposición final en los

sitios autorizados por el Municipio de Latacunga. Al respecto, éstos deben ser recolectados y dispuestos a través de gestores autorizados que cuenten con Licencia Ambiental emitida por el Ministerio del Ambiente.

Respecto a los cortopunzantes, éstos pueden seguir siendo incinerados siempre y cuando se

garantice que las cenizas provenientes de dicho tratamiento están siendo dispuestas en una celda de seguridad en los sitios autorizados por el Municipio de Latacunga. De no ser así, se recomienda recolectarlos y disponerlos a través de gestores autorizados que cuenten con Licencia Ambiental emitida por el Ministerio del Ambiente.

En el caso de los fármacos caducados, deberá aplicarse lo mismo que fue propuesto para los

cortopunzantes. Deberá llevarse registros escritos con relación al manejo integral de este tipo de desechos,

conforme lo establecido en el Título V del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria.

Nombre de los Impactos Mitigados: Incumplimiento de normas nacionales y municipales vigentes. Prioridad: Alta. Momento de ejecución de la medida: Inmediato: Primer mes de ejecución del Plan de Manejo Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Área de influencia indirecta. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta, Coordinador SGI, Jefe de Recursos Humanos y personal del Dispensario Médico de planta.

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Costo: Disposición de envases a través de gestores autorizados: Aproximadamente US$ 1.000,00 por tonelada dependiendo del gestor.

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MEDIDA MD-8 Nombre de la Medida: MANEJO ADECUADO DE OTROS DESECHOS PELIGROSOS.

Tipo de la Medida: Mitigación.

Descripción de la Medida:

Además de los desechos mencionados en las medidas anteriores, en la Planta Lasso de NOVACERO S.A. se manejan insumos que generan otros tipos de desechos peligrosos, así tenemos:

Aditivos de combustible ־ Acelerante de concreto, Cardan y Juego de Cruceta ־ Anticorrosivos, barniz ־ Baterías Plomo-Ácido, Tipos de Bobina ־ Asbesto ־ Boquilla de oxicorte ־ Tipos de capacitor ־ Equipos electrónicos (procesadores de computadoras) ־ Cartuchos de impresora ־ .Equipo de protección de trabajo y wipes (trapos) contaminados con solventes ־ Tipos de condensador ־ Desengrasante, detergente industrial ־ Dicroico IDR-75W ־ Tipos de electrodos, electrovalvulas ־ tipos de esmaltes ־ Fusibles ־ Gel antiadherente, Germicidal, Graseros ־ Refrigerante de radiadores, limpia boquillas ־ Lámparas ־ Liquido de frenos, desinfectante, destapa cañerías ־ Luz piloto ־ Malla acrílica con resina, pomada para estaño ־ Medicamentos caducados ־ Oxigeno ־ Pastilla de wydi, tipos de orings, pegamentos ־ Pilas ־ Transformadores (aceites dieléctricos contenidos en ellos) ־ Pinturas ־ Reflector de sodio ־ Refractario, reguladores, rejilla, Relay 110 voltios, tipos de Rele ־ Sellador para madera sensores ־ ,aceite soluble, solución de limpieza, solventes, spray de aceite, antiadherente, antideslizante ־

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barniz, galvanizado, limpia de contacto, spray de niquelado, thinner Termómetro ־

Cada uno de estos insumos genera desechos peligrosos, ya sea como producto de su degradación como por la presencia de envases vacíos de éstos, consecuentemente, dichos residuos deben manejarse de la siguiente manera:

a) Mediante gestores autorizados por el Ministerio del Ambiente o cualquiera de las Autoridades Ambientales de Aplicación responsables (AAAr) acreditadas al SUMA. Al respecto, deberá tomarse en cuenta para qué etapas de la gestión de residuos peligrosos está autorizado dicho gestor (recolección, transporte, almacenamiento temporal y disposición final).

b) También puede realizarse mediante la entrega de los envases vacíos al proveedor,

asegurándose que éste realiza un manejo adecuado de dichos envases para lo cual deberá realizarse las consultas pertinentes en el Ministerio del Ambiente o las AAAr pertinentes.

c) En el caso de las lámparas usadas, dependiendo de la marca pueden realizarse consultas a la

casa matriz en Ecuador (por ejemplo: Sylvania, Osram, etc.) con el fin de averiguar las formas de disposición final adecuadas que debe tener dicho residuo.

En el caso del manejo propuesto en el literal b) de la presente medida, es recomendable incluir en los contratos de compra con cualquier proveedora, cláusulas mediante la cual se especifique lo siguiente:

- El proveedor se compromete a retirar el envase vacío del producto químico y a darle una

disposición final ambientalmente adecuada, conforme a la legislación ambiental nacional y municipal vigente.

- NOVACERO S.A. puede solicitar al proveedor en cualquier momento los permisos y

autorizaciones ambientales pertinentes, relacionadas con el manejo integral de este tipo de desechos, con el fin de constatar la vigencia de los mismos.

Las medidas antes mencionadas, deberán ser complementadas con el mantenimiento de registros escritos con relación al manejo integral de los recipientes vacíos de productos químicos, conforme lo establecido en el Título V del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria. Sin perjuicio de lo indicado en el mencionado Título V, el registro escrito deberá, entre otros aspectos, constar de lo siguiente: - Copia de los Acuerdos, Actas, Convenios suscritos con los proveedores que se hicieren responsables

del transporte y disposición final de los envases vacíos. - Registro del volumen de desechos entregado, según la frecuencia de recolección acordada. - Firmas de responsabilidad del personal a cargo de la entrega de los desechos y de la supervisión de

dicha actividad. Nota respecto al almacenamiento temporal de estos desechos: En general estos desechos deberán ser almacenados temporalmente en áreas pavimentadas, cubiertas y alejadas de los drenajes, para lo cual deberán ser previamente clasificados y almacenados en recipientes adecuados con tapa según su afinidad, resistentes a la corrosión, evitando reacciones entre desechos. Hasta contar con áreas adecuadas, estos desechos deberán ser almacenados temporalmente en

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tanques de 55 galones sobre las áreas pavimentadas existentes, cubiertas y alejadas de los drenajes. Nombre de los Impactos Mitigados: Incumplimiento de normas nacionales vigentes. Contaminación del agua. Contaminación del suelo. Prioridad: Alta. Momento de ejecución de la medida: Manejo a través de gestores autorizados: A partir del primer mes de ejecución del Plan de Manejo

Ambiental. Diseño de áreas de almacenamiento temporal: Contratación durante el primer mes de ejecución del

Plan de Manejo Ambiental. Ejecución: Las áreas de almacenamiento temporal deberá estar implantada antes del primer año de

ejecución del Plan de Manejo Ambiental. Territorio y/o Población afectada: Área de influencia indirecta. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta, Coordinador SGI, Asistente de Compras. Costo: Diseño de áreas de almacenamiento temporal: Incluido en el costo del diseño del área de talleres

(Medida PM-7). Implantación: Costo a ser definido por los diseños. Disposición de envases a través de gestores autorizados: Aproximadamente US$ 1.000,00 por

tonelada dependiendo del gestor. Disposición a través de los proveedores: Costo administrativo o dependiendo del proveedor.

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MEDIDA PM-9 Nombre de la medida: MANEJO INTEGRAL DE CASCARILLA (DENOMINADA COMO ESCORIA

METÁLICA) Y ESCORIA. Tipo de Medida: Mitigación

Descripción de Medida: De acuerdo a lo indicado por Efficácittas (2006) en el “Estudio de Impacto Ambiental-Ampliación Área de Fundición Planta Industrial Alóag de ADELCA”, el Pollution Prevention and Abatement Handbook (World Bank Group, 1999); Organisation de Coopeaperation et de Dedeloppem ent Economiques DSTI/SI/SC(97)46-1997, y el Multilateral Investment Guarantee Agency, consideran a la escoria de los procesos de fundición como desecho sólido no peligrosos. En el Estudio de Impacto Ambiental antes indicado, Efficácittas (2006), citando Sociedad Americana para el Análisis de Materiales (ASTM, por sus siglas en inglés), define la escoria de acero como un producto no-metálico, compuesto esencialmente de combinaciones silicato de calcio y ferrita, fundida con óxidos de hierro, aluminio, manganeso, calcio y magnesio, que se produce con acero en los hornos de arco eléctrico (EAF), hornos de oxígeno elemental (BOF) u hornos de chimenea abierta. En el caso de la Planta Lasso de NOVACERO S.A., la escoria es dispuesta de manera conjunta con otro desecho identificado como “escoria metálica” o cascarilla el cual es un polvo metálico proveniente de distintas partes del proceso de la planta, así como también es parte constituyente de los lodos de las piscinas de tratamiento (sedimentación) de las aguas industriales del Tren 1 y Tren 2, que provienen del sistema de enfriamiento de la planta. La cascarilla de laminación (mill scale, en inglés) o “escoria metálica” es catalogada como un producto inerte y tiene amplio uso también el la industria hormigonera y cementera por su alto contenido de hierro (> 40 %) (Efficácitas, 2006). De acuerdo a los resultados de laboratorio de la Escuela Politécnica Nacional (Departamento de Metalurgia Extractiva), la “escoria metálica” que se genera de los procesos de laminación (cascarilla) contiene óxidos de hierro en un alto porcentaje (> 80%). Tomando en cuenta las características químicas de dichos desechos, el Portland Cement Association, en su Sustainable Manufacturing Fact Sheet del mes de Julio del 2005, denominada “IRON AND STEEL BYPRODUCTS”, identifica a la cascarilla como materia prima en la industria del cemento, ya sea en la producción del clínker (producto intermedio de la producción del cemento) o como ingrediente en el producto final (cemento). En el caso de la cascarilla de laminación, ésta suele ser empleada en la fabricación de cemento Pórtland como materia prima (fuente de hierro) para la producción de clínker. Por lo indicado, las principales formas de manejo, ambientalmente adecuadas y que permitirían a NOVACERO S.A. obtener beneficios, son las siguientes: a) Elaboración de cemento (producción de clínker): Al respecto, NOVACERO S.A. podría realizar

contactos con las principales empresas de cemento del país, con el fin de determinar su interés en la adquisición de la cascarilla de laminación como materia prima. Dentro de estas empresas se encuentran Holcim Ecuador, Cementos Selva Alegre, Cementos Chimborazo. Al año 2005, en los Estados Unidos 51 plantas de cemento adquirieron cascarilla de laminación para la preparación de clínker.

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b) Bolsa de residuos: Tanto en Quito como Guayaquil existen en la actualidad Bolsas de Residuos, las cuales pueden ser contactadas a través de la página web www.borsi.org. En ellas, se gestionan la venta o donación del residuo a personas o empresas que requieran el desecho dentro de sus procesos productivos. Al respecto, NOVACERO S.A. podría iniciar contactos

En lo que respecta al almacenamiento temporal de estos residuos, estos deberán ser colocados en un área impermeabilizada, cubierta, alejada de los drenajes y con diques de contención. Adicionalmente, deberá contar con una suave pendiente y canales perimetrales dirigidos a un tanque impermeabilizado para recolectar posibles lixiviados, los cuales deberán ser caracterizados y entregados a gestores autorizados por el Ministerio del Ambiente. Dichas áreas de almacenamiento temporal pueden formar parte de la nueva área de almacenamiento temporal de chatarra, en un sector separado de ésta; otra alternativa (muy recomendable) para el almacenamiento de cascarilla de laminación, es el empleo de uno de los galpones abandonados que están en una propiedad de la empresa recientemente adquirida, localizada hacia el norte de las instalaciones existentes. Sin perjuicio de lo anterior, deberá haber un área para el escurrimiento de los lodos de cascarilla de laminación proveniente de los sedimentadores, donde estos deberán ser colocados antes de proceder a su almacenamiento temporal. Al respecto, hasta contar con dichas áreas implantadas, los lodos deberán ser escurridos y almacenados en tanques plásticos de 55 galones, resistentes, con tapa, dentro de los galpones abandonados antes mencionados. Es importante señalar que previo a la entrega de este desecho a las empresas interesadas en él como materia prima, la cascarilla deberá ser caracterizada físico-químicamente para determinar la presencia de otras sustancias, como por ejemplo hidrocarburos. Aunque actualmente la cascarilla (escoria metálica) es utilizada para pavimentación contando con la correspondiente compactación, es recomendable dejar de lado esta forma de reutilización del desecho ya que existe el riesgo de que la escorrentia arrastre partículas del mismo, convirtiéndose en una fuente permanente de sedimentos hacia las acequias cercanas. Finalmente, el empleo de la escoria para hacer bloques puede ser implantados siempre y cuando ésta se encuentre libre de hidrocarburos, y cumpla con las normas técnicas permitan certificar que están aptos para ser empleados como material de construcción. Nombre de los Impactos Mitigados:

Evitar sedimentación en cauces naturales por escorrentía en la estación lluviosa.

Prioridad: Media.

Momento de ejecución de la medida: Gestión con cementeras o las Bolsas de Residuos de Quito o Guayaquil: Al mes de iniciada la

ejecución del Plan de Manejo Ambiental. Diseño de las áreas de almacenamiento temporal (tanto en el caso de utilizar la nueva área de

almacenamiento de chatarra –Medida MD-5-,como en el de emplear los galpones abandonados): al mes de iniciada la aplicación del Plan de Manejo Ambiental

Adecuación de las áreas: Dependiendo de lo que establezcan los estudios de diseño, siendo preferible que esté implementada antes del cumplimiento del primer año de la aplicación del Plan de Manejo

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Ambiental.

Territorio y/o Población afectada: Área de influencia directa (drenajes y cuerpos hídricos).

Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta, Coordinador SGI y jefes de Producción. Costo:

Gestión con la Bolsa de Residuos y/ cementeras: Costos Administrativos. Diseño: Incluidos en Medida MD-5. Construcción del área pavimentada: Depende de los costos establecidos por el diseño. En todo

caso, de emplear los galpones existentes, los gastos en la aplicación de esta medida serian mínimos ya que existe el sitio casi adecuado.

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MEDIDA MD-10 Nombre de la Medida:

ADECUACIONES DE LAS INSTALACIONES DE LA PLANTA LASSO PARA ACREDITARSE COMO GESTOR DE RESIDUOS PELIGROSOS (ACEITES USADOS).

Descripción de la Medida:

Según lo expresado por el Gerente de planta Lasso de NOVACERO S.A., uno de los objetivos de la ejecución de la presente Auditoría es la obtención de la autorización del Ministerio del Ambiente como gestor autorizado para disposición final de aceites usados, para lo cual la referida empresa propone el empleo de dichos desechos como combustible (dentro de este esquema también se incluyen los aceites usados generados en la Planta Lasso). Al respecto, las instalaciones y procedimientos de la Planta Lasso deberán adecuarse a los requerimientos establecidos en el Título V del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria, para lo cual se requieren medidas adicionales a las planteadas anteriormente. Dichas medidas incluyen acciones de carácter administrativo – normativo y técnicas (infraestructura e ingeniería).

1) Medidas Administrativas – Normativas:

Las instalaciones de la Planta Lasso de NOVACERO S.A., como gestor, deberán ser cubiertas ־por una póliza de seguro que cubra accidentes y daños contra terceros

NOVACERO S.A. deberá reportar anualmente al Ministerio del Ambiente (MA) o las ־autoridades seccionales que tengan la delegación respectiva, anualmente, por escrito y con la firma de responsabilidad del representante legal: la cantidad, clasificación y origen de los desechos peligrosos tratados en las instalaciones de Lasso.

,Cada movimiento de desechos peligrosos desde su generación hasta su disposición final ־deberá acompañarse de un manifiesto único sin el cual no se podrá realizar tal actividad Es decir, tanto generador, almacenador, transportista, reciclador, como el que realiza el tratamiento y la disposición final, intervendrán en la formalización del documento de manifiesto, en el que cada uno de ellos es responsable por la función que realiza.

Los empleados de la Planta Lasso encargados del manejo de los desechos peligrosos deberán ־tener el entrenamiento necesario y contar con el equipo apropiado, con el fin de garantizar su salud.

Cualquier ampliación o extensión de las etapas del manejo de desechos peligrosos deberá ser ־notificada al MA con el fin de conseguir los permisos correspondientes.

Conforme lo establecido en el Título V, NOVACERO S.A. será responsable de todos los ־daños producidos por el inadecuado manejo u operación de su forma de disposición final de aceites usados. Este personal deberá contar con siguientes protecciones: Overol o ropa de trabajo, botas o zapatos antideslizantes, guantes resistentes a la acción de los hidrocarburos, gafas de seguridad.

NOVACERO S.A. recibirá en sus instalaciones de Lasso desechos peligrosos únicamente de ־

los transportistas que cuenten con la licencia ambiental otorgada por el MA y que se hallen con el manifiesto correspondiente debidamente legalizado.

2) Medidas Técnicas (incluye infraestructura):

Las instalaciones destinadas a manejo de desechos peligrosos deben estar alejadas al menos a ־quinientos (500) metros del poblado más cercano.

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Las instalaciones destinadas a manejo de desechos peligrosos deben contar con una franja de ־amortiguamiento alrededor de la planta, de por los menos cien (100) metros.

Debe realizarse una caracterización de los aceites usados a recibirse, previo a su empleo como ־combustible, para lo cual se propone la aplicación de la metodología que se adjunta al presente Plan de Manejo Ambiental.

Dentro de las Medidas Técnicas, se destacan las siguientes medidas de ingeniería, que deberán ser dimensionadas de acuerdo a los requerimientos de la empresa:

- Se deberá contar con un sistema de tuberías de válvulas de acero para el bombeo de

aceites usados.

- Los tanques superficiales de almacenamiento temporal de los aceites usados deben ser fabricados en lámina metálica, mantenerse libres de corrosión y poseer un sistema de ventilación tipo cuello de ganso.

- Debe haber diques de contención para cada tanque de almacenamiento, de manera que

garantice el confinamiento de aceite usado y que tenga las siguientes características:

a) Que confine posibles derrames, goteos o fugas producidas por incidentes ocasionales al recibir o entregar el aceite usado.

b) Que tenga una capacidad mínima para almacenar el 100% del volumen más grande, más el 10% de los tanques adicionales.

c) El piso y las paredes deben ser construidos en material impermeable. d) Que cuente con un sistema de drenaje controlado, de modo que mediante una

válvula permita descargar las aguas lluvias que no estén contaminada de aceites y que eviten que salgan aguas contaminadas con aceites o aceite usado al suelo.

- El fondo de los tanques deben ser revisados cada tres años y llevar un registro de esta

revisión. El tanque debe rotularse con la fecha de la última limpieza e inspección. - Que el traspaso por del aceite usado sea por bombeo desde y hacia el vehículo autorizado

para su transporte, y que este garantice que no se presentarán derrames ni goteos.

- Que los tanques de almacenamiento estén rotulados con las palabras ACEITE USADO en tamaño legible y que se puedan apreciar en todo momento.

- Deben existir en la planta material oleofilico para control de goteos, fugas o derrames con

características absorbentes o adherentes. - El sistema Contra incendios deberá estar adecuado a las contingencias que exijan el sitio

de almacenamiento de aceite usado.

- Deberá contar con un plan de contingencia en caso de accidentes, el cual deberá estar permanentemente actualizado y será aprobado por el MA o por las autoridades seccionales que tengan la delegación respectiva

Mantenimiento de registros escritos con relación al manejo integral de este tipo de desechos,

conforme lo establecido en el Título V del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria.

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Nombre de los Impactos Mitigados: Incumplimiento de norma nacional vigente. Contaminación del agua superficial y subterránea. Contaminación del suelo. Impactos sobre flora y fauna. Prioridad: Alta (en caso de que NOVACERO S.A. decida tratar sus desechos peligrosos y obtener la Licencia

Ambiental como gestor para disposición final de aceites usados a corto plazo) Momento de ejecución de la medida: Contratación de los diseños: Durante el tercer mes de aplicación del Plan de Manejo Ambiental. Construcción de facilidades necesarias para obtener Licencia Ambiental: Dependerá de la prioridad

que NOVACERO S.A. defina para este aspecto, por lo que podría ser al año de estar implantado el Plan de Manejo Ambiental, debiendo estar construidas en su totalidad antes de la mitad del segundo año.

Territorio y/o Población afectada: Área de influencia directa e indirecta. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia de Planta, Coordinador SGI, Jefe de Mantenimiento, Jefatura de Planta del Proyecto de

Fundición y Jefe de Reciclaje del Proyecto de Fundición. Costo: Diseño de instalaciones para el manejo de desechos peligrosos: US$ 1.500,00 Implantación de las instalaciones: Dependerá de lo que establezcan los estudios de diseño.

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6.5 Programa de Monitoreo

MEDIDA M – 1 Nombre de la Medida: MONITOREO DE CALIDAD AMBIENTAL, EMISIONES Y EFLUENTES Descripción de la Medida: Monitoreo de descargas de aguas lluvias: Considerando que actualmente las instalaciones de NOVACERO S. A. en Lasso se comportan como una fuente difusa de contaminación del agua debido al manejo inadecuado de hidrocarburos (combustibles), se deberá implementar un programa de monitoreo durante la estación lluviosa (septiembre/noviembre – junio). Al respecto, durante los dos primeros años de ejecución del presente Plan de Manejo Ambiental, se recomienda realizar un muestreo puntual trimestral (que deberá ejecutarse durante la fase inicial de una lluvia), para determinar la eficiencia de las medidas implantadas y la presencia de contaminantes fuera de norma. Los parámetros a medir son los siguientes:

- Zinc - pH - Aceites y grasas (expresado como sustancias solubles en hexano) - Cromo Total y Hexavalente. - Demanda Bioquímica de Oxígeno (5 días) (DBO5) - Demanda Química de Oxígeno (DQO) - Sólidos Suspendidos Totales (SST) - Hierro total (Fe) - Hidrocarburos Totales de Petróleo (TPH) - Sólidos Totales

Los puntos de muestreo corresponden a los puntos de descarga de la red de aguas lluvias de la Planta Lasso en las acequias, así como los canales de drenaje de las instalaciones más cercanos a los talleres, sitios de almacenamiento de combustible y trenes de producción. A partir del tercer año y dependiendo de los resultados del último año, dicha frecuencia se reduciría a cuatrimestral. Monitoreo de calidad del agua superficial: Las particularidades antes anotadas también deben considerarse para el monitoreo de la calidad del agua superficial en el área de influencia de las instalaciones de la Planta Lasso. Al respecto, se recomienda el monitoreo de los mismos parámetros:

- Zinc - pH - Aceites y grasas (expresado como sustancias solubles en hexano) - Cromo Total y Hexavalente. - Demanda Bioquímica de Oxígeno (5 días) (DBO5) - Demanda Química de Oxígeno (DQO) - Sólidos Suspendidos Totales (SST) - Hierro total (Fe) - Hidrocarburos Totales de Petróleo (TPH)

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- Sólidos Totales Los puntos de muestreo serán los mismos que se emplearon para la ejecución de la presente Auditoría Ambiental:

- M1: Acequia oriental, aguas arriba (canal que pasa frente a planta Lasso, próxima a la Vía Panamericana)

- M2: Acequia oriental, aguas abajo (canal que pasa frente a planta Lasso, próxima a la Vía Panamericana)

- M3: Límite INDULAC, canal norte - M4: Parte posterior, al occidente de la Planta Lasso, aguas arriba - M5: Parte posterior, al occidente de la Planta Lasso, aguas abajo. - M6: Río Cutuchi antes de la Planta de NOVACERO - M7: Río Cutuchi después de la Planta de NOVACERO

Para los dos primeros años de aplicación del Plan de Manejo Ambiental, la frecuencia de estos muestreos es mensual. A partir del tercer año, dependiendo de los resultados obtenidos en las más recientes mediciones, dicha frecuencia disminuiría a trimestral. Monitoreo de calidad del agua subterránea: En lo que respecta a aguas subterráneas, se recomienda realizar dos muestreos semestrales (estación seca y lluviosa) en el área de almacenamiento de materia prima, en la cancha, así como en el pozo que actualmente abastece a las instalaciones de la Planta Lasso. Los parámetros a muestrearse son:

- pH - Zinc - Níquel - Cromo Total - Hierro Total - Hidrocarburos Totales De Petróleo - Coliformes Totales - Coliformes Fecales

Monitoreo de ruido ambiente exterior: El monitoreo de ruido deberá restringirse a un solo punto, debido a que sólo se identificó un área crítica en el ambiente exterior de la Planta Lasso, localizada en el lindero Sur-Este de las instalaciones (coordenadas UTM 765.555E, 9’912.440N en datum WGS-84). En esta área se detectó un incumplimiento en 5 dB(A) de la norma nacional para Zonas Industriales [70 dB(A)] en horario diurno (06h00 a 20h00) Al respecto, se recomienda realizar un muestreo mensual para un lapso de 24 horas, durante los dos primeros años de aplicación del Plan de Manejo Ambiental. A partir del tercer año dicha frecuencia podría disminuir a trimestral. La metodología a emplearse será la establecida para mediciones de ruido en ambiente exterior, señalada en el Anexo 5 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria. Monitoreo de emisiones:

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Los monitoreos de emisiones deberán seguir la frecuencia de muestreo semestral (2 veces al año), empleando los parámetros que se encuentran en el TULAS y deberán expresarse los resultados empleando las mismas unidades exigidas por la norma nacional. Los parámetros a muestrear son:

- Dióxido de Azufre (SO2) - Óxidos de Nitrógeno (NOx) - Partículas Totales en Suspensión - Monóxido de Carbono (CO)

Monitoreo de calidad de aire ambiente: Los monitoreos de calidad de aire ambiente deberán realizarse con frecuencia mensual (durante 24 horas), durante los dos primeros años empleando los parámetros que se encuentran en el TULAS y deberán expresarse los resultados empleando las mismas unidades exigidas por la norma nacional. Los parámetros a muestrear son:

- Dióxido de Azufre (SO2) - Óxidos de Nitrógeno (NOx) - PM2,5 y PM10 - Monóxido de Carbono (CO)

Al respecto, dicha información deberá ser complementada con datos meteorológicos obtenidos in situ al momento de la realización del monitoreo. Los puntos de muestreo serán los siguientes:

- Lindero Norte - Sector Noroeste (este punto no fue realizado para efectos de la presente Auditoría; sin

embargo, considerando la dirección predominante del viento –proveniente del Sur y Sur-Este, es necesario incluirlo)

- Lindero Sur. A partir del tercer año, los muestreos podrían realizarse de manera semestral, coincidiendo con los muestreos de emisiones. Territorio y/o Población afectada: Área de influencia directa. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerente de Planta, Coordinador SGI. Costos: Monitoreo de descargas de aguas lluvias: US$ 900 anual para condiciones actuales y los dos

primeros anos, desglosados de la siguiente manera:

Período de ejecución del

Plan de Manejo

Ambiental

Número de muestreos

anuales (depende de la duración

de la estación lluviosa)

Número de salidas de

aguas lluvias a muestrear

Total de muestras al

año

Costo por muestra (en

función de los parámetros a muestrear)

(US$)

Costo Total Anual (US$)

Años 1-2 2 a 3 muestreos

Condiciones actuales: 1

2 – 3

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Noviembre de 2008 Capitulo 6 - 40

Condiciones futuras: 4

8 – 12

Condiciones actuales: 1

1 – 2 Año 3 en adelante

1 a 2 muestreos

Condiciones futuras: 4

4 – 8

Monitoreo de calidad del agua superficial: US$ 9,000 anuales para los primeros dos anos,

desglosados de la siguiente manera

Período de ejecución del

Plan de Manejo

Ambiental

Número de muestreos

anuales

Número de puntos de muestreo

Total de muestras al

año

Costo por muestra (en

función de los parámetros a muestrear)

(US$)

Costo Total Anual (US$)

Años 1-2 12 5 60

Año 3 en adelante

4 5 20

Monitoreo de calidad del agua subterránea: US$ 1,200 anuales desglosados de la siguiente manera

Número de muestreos

anuales

Número de puntos de muestreo

Total de muestras al

año

Costo por muestra (en

función de los parámetros a muestrear)

(US$)

Costo Total Anual (US$)

2 3 6

Monitoreo de lodos: Monitoreo de ruido ambiente exterior: US$ 1,200 anuales desglosados de la siguiente manera

Número de muestreos

anuales

Número de puntos de muestreo

Total de muestras al

año

Costo por muestra (en

función de los parámetros a muestrear)

(US$)

Costo Total Anual (US$)

12 1 12

Monitoreo de emisiones: US$ 2,400 anuales desglosados de la siguiente manera

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Noviembre de 2008 Capitulo 6 - 41

Número de muestreos

anuales

Número de puntos de muestreo

Total de muestras al

año

Costo por muestra (en

función de los parámetros a muestrear)

(US$)

Costo Total Anual (US$)

2 3 6

Monitoreo de calidad de aire ambiente: US$ 4,800 anuales en los dos primeros anos, desglosados

de la siguiente manera

Período de ejecución del

Plan de Manejo

Ambiental

Número de muestreos

anuales

Número de puntos de muestreo

Total de muestras al

año

Costo por muestra (en

función de los parámetros a muestrear)

(US$)

Costo Total Anual (US$)

Años 1-2 12 4 48

Año 3 en adelante

2 4 8

MEDIDA M – 2 Nombre de la Medida: IMPLANTACIÓN DE ESQUEMA DE BURBUJA Descripción de la Medida Considerando que las instalaciones de NOVACERO S.A. en Lasso poseen más de una fuente de emisión, deberá calcularse la emisión global de las fuentes mediante una fórmula que pondere las fuentes fijas presentes en la instalación, considerándose la siguiente fórmula establecida en el Anexo 2 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria:

i

iiglobal AAA

EAEAEAE

...

...

21

2211

donde: Eglobal: tasa de emisión global para el conjunto de fuentes fijas de combustión, Ai factor de ponderación, y que puede ser el consumo de combustible de la fuente número i, o el caudal de gases de combustión de la respectiva fuente número i, Ei: tasa actual de emisión determinada para cada fuente. El resultado a obtenerse con la ecuación indicada, y que representa el equivalente ponderado para un grupo de fuentes fijas de combustión, deberá ser comparado con el valor máximo de emisión permitida descrito en esta normativa, resultado equivalente para una sola fuente fija de combustión

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Noviembre de 2008 Capitulo 6 - 42

Dichos cálculos se realizarán sobre la base de las mediciones de emisiones realizadas semestralmente (Ver Medida M-1), y serán reportados al Ministerio del Ambiente con la misma frecuencia. Territorio y/o Población afectada: Área de influencia directa. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerente de Planta, Coordinador SGI. Costo: Administrativo

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Noviembre de 2008 Capitulo 6 - 43

MEDIDA M – 3 Nombre de la Medida: ESTABLECIMIENTO DE FORMATOS DE REGISTRO ADECUADOS PARA EL

MONITOREO Descripción de la Medida: Actualmente no existe registro adecuado de las mediciones realizadas en la Planta Lasso, lo que debe ser mejorado para la aplicación del Plan de Monitoreo propuesto como medida M-1: Respecto a la calidad de agua y efluentes: NOVACERO S.A. deberá mantener un registro de los efluentes generados (AGUAS LLUVIAS), indicando el caudal del efluente, frecuencia de descarga, tratamiento aplicado a los efluentes (en este caso pre-tratamiento a través de sedimentadores-trampas de grasa una vez que éstos estén implantados), análisis de laboratorio y la disposición de los mismos, identificando el cuerpo receptor. La Entidad Ambiental de Control establecerá los parámetros a ser regulados para cada tipo de actividad económica, especificando La frecuencia de monitoreo, el tipo de muestra (simple o compuesta), el número de muestras a tomar y la interpretación estadística de los resultados que permitan determinar si el regulado cumple o no con los limites permisibles fijados en la presente normativa para descargas a sistemas de alcantarillado y cuerpos de agua. En el caso de NOVACERO S.A., debido a la ausencia de dichas regulaciones y a las características de la Planta Lasso (no hay efluente industrial propiamente dicho), se recomienda el empleo de las frecuencias, tipos muestra y número de muestras indicadas en la Medida M-1. Respecto a emisiones atmosféricas:

El reporte de los monitoreos de emisiones deberá tener como mínimo lo siguiente:

a) Identificación de la fuente fija (Nombre o razón social, responsable, dirección);

b) ubicación de la fuente fija, incluyendo croquis de localización y descripción de predios vecinos;

c) nombres del personal técnico que efectuó la medición;

d) introducción, la cual describirá el propósito y el lugar de la medición, fechas, contaminantes objeto de medición, identificación de observadores presentes, tanto de la fuente como representantes de la Entidad Ambiental de Control (de aplicarse);

e) resumen de resultados, incluyendo los resultados en sí obtenidos, datos del proceso de combustión, emisiones máximas permitidas para la fuente;

f) características de operación de la fuente fija, esto es, descripción del proceso y de equipos o técnicas de control o reducción de emisiones (de aplicarse), descripción de materias primas o combustibles utilizados, propiedades relevantes de estos, y cualquier información relevante para con la operación de la fuente;

g) métodos de muestreo y de análisis utilizados, describiendo la ubicación de los puertos de muestreo y de los puntos de medición al interior de la chimenea, descripción de los equipos y/o accesorios utilizados en la recolección de muestras o medición, procedimientos o certificados de calibración empleados, y una breve discusión de los procedimientos de muestreo y de análisis de resultados seguidos, incluyendo cualquier desviación en el procedimiento, y las debidas justificaciones técnicas;

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Noviembre de 2008 Capitulo 6 - 44

h) anexos, los cuales incluirán cualquier información de respaldo.

Respecto a niveles de presión sonora: Los reporte deberán tener el contenido mínimo siguiente:

a) Identificación de la fuente fija (Nombre o razón social, responsable, dirección); b) Ubicación de la fuente fija, incluyendo croquis de localización y descripción de predios vecinos; c) Ubicación aproximada de los puntos de medición; d) Características de operación de la fuente fija; e) Tipo de medición realizada (continua o semicontinua); f) Equipo de medición empleado, incluyendo marca y número de serie; g) Nombres del personal técnico que efectuó la medición; h) Fecha y hora en la que se realizó la medición; i) Descripción de eventualidades encontradas (ejemplo: condiciones meteorológicas, obstáculos,

etc.); j) Correcciones Aplicables; k) Valor de nivel de emisión de ruido de la fuente fija; l) Cualquier desviación en el procedimiento, incluyendo las debidas justificaciones técnicas.

Territorio y/o Población afectada: Área de influencia directa. Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerente de Planta, Coordinador SGI. Costo: Administrativo

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6.6 Plan de Abandono. Este Plan indicará los procedimientos específicos para ser aplicados en el abandono de la planta, en caso de desmontaje y abandono del lugar. Este Plan deberá ser elaborado en detalle de presentarse esta situación y deberá cubrir las operaciones seguras para la evacuación de materiales, equipos y maquinarias que podrían formar desechos, el tratamiento de efluentes, el tratamiento de suelos contaminados (si fuera el caso), en fin un programa de recuperación del área, en el caso que haya habido un impacto ambiental negativo.

6.7 Presupuesto del Plan de Manejo Ambiental. Los costos de las medidas de manejo ambiental se presentaron en cada medida ambiental.