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Resumen Objetivos del buen vivir Auspiciar la igualdad, cohesion e integracion social y territorial en la diversidad. Mejrar la capacidad de pertenecia de las ciudadania. Mejorar la calidad de vida de la poblacion. Garantizar los derechos de la naturaleza y promver un ambiente sano y sustentable Garantizar la soberania y la paz e impulsar la inserccion estrategicas en el mundo y la integracion latinoamericana. Garantizar el trabajo estable, justo y digno en su diversidad de formas. Construir y fortalecer los espacios publicos, interculturales y de encuentro comun. Afirmar y fortalecer la identidad nacional, las identidades diversas, la plurinacionalidad y la interculturalidad. Garantizar la vigencia de los derechos y la justicia. Garantizar el acceso a la participacion publica y politica. Establecer un sistema economico social, solidario y sostenible. Construir un estado democratico para el buen vivir.

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ResumenObjetivos del buen vivir

Auspiciar la igualdad, cohesion e integracion social y territorial en la diversidad.

Mejrar la capacidad de pertenecia de las ciudadania. Mejorar la calidad de vida de la poblacion. Garantizar los derechos de la naturaleza y promver un ambiente

sano y sustentable Garantizar la soberania y la paz e impulsar la inserccion

estrategicas en el mundo y la integracion latinoamericana. Garantizar el trabajo estable, justo y digno en su diversidad de

formas. Construir y fortalecer los espacios publicos, interculturales y de

encuentro comun. Afirmar y fortalecer la identidad nacional, las identidades diversas,

la plurinacionalidad y la interculturalidad. Garantizar la vigencia de los derechos y la justicia. Garantizar el acceso a la participacion publica y politica. Establecer un sistema economico social, solidario y sostenible. Construir un estado democratico para el buen vivir.

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Cootad: “la ley que regule la descentralización territorial de los distintos niveles de gobierno y el sistema de competencias,incorporará los procedimientos para el cálculo y distribución anual de los fondos que recibirán los gobiernos autónomos descentralizados del Presupuesto General del Estado.”

La persistencia a través de los años de una profunda desigualdad en el desarrollo territorial del país ha conducido a provincias, cantones, parroquias, movimientos sociales y cívicos, a desarrollar una lucha histórica por erradicar el centralismo que ha dejado en el abandono, impidiendo la construcción de un proyecto nacional de desarrollo.

Principio generalEste Código establece la organización político-administrativa del Estado ecuatoriano en el territorio y el régimen de los diferentes niveles de gobiernos con el fin de garantizar su autonomía política, administrativa y financiera. Además, desarrolla un modelo de descentralización obligatoria y progresiva a través del sistema nacional de competencias.los objetivos del Código son:

La autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos. descentralización del Estado, con el fin de promover el desarrollo

equitativo, solidario y sustentable del territorio. El fortalecimiento mediante la consolidación de cada uno de sus

niveles de gobierno, circunscripciones territorialesgarantizar el pleno ejercicio de los derechos’ sin discriminación alguna.

La organización territorial equitativa y solidaria. La afirmación del carácter intercultural y plurinacional. La democratización de los gobiernos, mediante el impulso de la

participación ciudadana. La delimitación del rol de cada nivel de gobierno. coordinación y corresponsabilidad entre los distintos niveles de

gobierno para una adecuada planificación y gestión pública. La distribución de los recursos en los distintos niveles de gobierno. La consolidación del gobierno en el ámbito de sus competencias.

Principios Unidad (Los distintos niveles de gobierno tienen la obligación de

observar la unidad del ordenamiento Jurídico) Solidaridad: (desarrollo justo, equilibrado y equitativo)

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Coordinacion y corresponsabilidad(Responsabilidad compartida con el ejercicio y disfrute de los derechos de la ciudadanía)

Subsidiariedad (Privilegiar la gestión de los servicios, competencias y políticas públicas)

Complementariedad Equidad interterritorial Participacion ciudadana Sustentabilidad del desarrollo.

Organización territorial , decentralizacion y autonimia, en el marco de la reforma democraticadel estado.Para acercar el Estado al ciudadano e impulsar la efectividad de las acciones de gobierno, son ejes fundamentales, la reforma estatal, descentralización, desconcentración y participación ciudadana, se realizan esquemas ordenados de asignacion de competencias para lograr un desarrollo territorial equilibrado, que, mediante la gestion coordinada de todods los niveles de gobierno, consolide distintos polos territoriales de impulso para el desarrollo del pais.En cuanto a las organizaciones territoriales, para cada un de las unidades territoriales se definen requisitos de creacion que tendran que cumplir, para asi regular la creacion de los cantones, parroquias, provinvias, etc.Cumpliendo una importante funcion politica administrativa, para lo cual se requiere ajustes a sus estructuras y mecanismos de funcionamiento para responder a los desafios de la actual dinamica social. De este modo, podra existir un nivel de intermedio de gobierno, que posibilite contar con un estado fuerte, para viabilizar y pontenciar la generacion de procesos de desarrollo economico que permitan un mayor equilibrio economico en el pais. a).-Fines de los gobiernos autónomos descentralizados

1. desarrollo equitativo y solidario.2. La garantía, sin discriminación alguna y el efectivo goce de los

derechos individuales y colectivos3. El fortalecimiento de la unidad nacional en la diversidad4. La recuperación y conservación de la naturaleza5. La protección y promoción de la diversidad cultural preservación y

desarrollo de la memoria social y el patrimonio cultural.6. La obtención de un hábitat seguro y saludable para los ciudadanos

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7. El desarrollo planificado participativamente para transformar la realidad y el impulso de la economía popular.

8. condiciones que aseguren los derechos y principios reconocidos en la Constitución.

Autonomia comprende el derecho de gobierno para regirse mediante normas y bajo su responsabilidad, sin intervencion de otros niveles de gobierno y en beneficio de sus habitantes.La autonomia pilitica es la capacidad de cada gobierno autonomo.La autonomia administrativa consiste en la facultad de organización dee sus talentos humanos y recursos materiales.La autonomia financiera, recibe de manera directa, oportuna, automatica y sin condiciones, los recursos que les correspondende su particiacion, asi como la capacidad de generar y administrar sus propios recursos Ninguna funcion de estado ni autoridad podra interferir en la autonomia, salvo lo escrito o estipulado en la constitucion.Facultad normativa gobiernos parroquiales: los gobiernos parroquiales ruarales tiene capacidad para dictar acuerdos y solucioes, asi como normas reglamentarias de carácter administrativo.

Organización del territorioNiveles de organización territorialEl estado ecuatoriano se organixa territorialmente en regiones, provincias, cantones y parroquias rurales, dentro de esta organización se clasifica por razones de conservación ambiental, étnico culturales o de población, podrán constituirse regímenes especiales distritos metropolitanos, circunscripciones territoriales de pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias y el consejo de gobierno de la provincia de Galápagos.

Capitulo 1Regiones La regionson aquellas conformada por provincias que se constrituyan como tal.1.-Conformacion dos o mas provincias con comunidad territorial, 20.000 k2 el numero de habitantes debe ser superior al 5%de la poblacion nacional, tiene que constar de equilibrio interregional, la region a conformarse no supere el 20%de la poblacion total del pais.

Capitulo 11Provincias Las provincias son circunscripciones territoriales integrasdas por los cantones que legalmente les corresponda

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1.-Creacion se realizara mediante la ley, este proyecto sera presentado por iniciativa del presidente de la republica2.- Requisitos

Una poblacion residente en el territorio al menos de 3% de la poblacion del pais

Una extencion territorial de al menos 10.000 k2 Delimtacion fisica del territorio Los cantones deberan tener al menos diez años de creacion Informe favorable del gobierno regional y el organismo nacional de

planificacion Decision favorable de la ciudadania de los cantones que van a

conformar la nueva provincia a traves de una consulta popular.

Capitulo 111CantonesSon circunscripciones territoriales conformadas por parroquias rurales y la cabecera cantonal con sus parroquias urbanas Creacion sera presentado por iniciativa del presidente de la republica, el proyecto contendra la descripcion del territorio, sus limites, cabecera cantonal y cumplimiento de todos los requisitos.Requisitos

Una población residente en el territorio del futuro cantón de al menos cincuenta mil habitantes, de los cuales, al menos doce mil deberán residir en la futura cabecera cantonal.

deberá tener al menos diez años de creación Informes favorables del gobierno provincial y nacional.

Dos o mas cantones podran fusionarse por iniciativa propiaCapitulo 1V

Parroquias ruralesSon aquellas circunscripciones integradas a un canton a traves de ordenanzas expedidas por el consejo municipal Creacion corresponde al consejo metropolitano o municipal la creacion

o modificacion de parroquias rurales.Requisitos

Poblacion no menor a 10.000 habitantes Delimitacion fisica del territorio parroquial rural de manera

detallada Informe tecnico del gobierno municipal Para las parroquias que tiene limites con otros paises se necesita

de un informe tecnico Dos o mas parroquias podran fusionarse por iniciativa propia con el voto favorable de la mayoria absoluta de los miembros de las parroquias.Las parroquias que se fusionen recibiran del gobierno central el finaciamiento total de una obra de interes prioritario.

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Titulo 111

GAD Cada circunscripcion territorial tendra un gobierno sutonomo para la promocion del desarrollo y la garantia del buen vivir a traves del ejercicio de su cometencia.Se establece las regulaciones específicas para cada uno de los gobiernos, el Código determina los marcos y características específicas que tendrán las funciones ejecutiva, legislativa y de participación ciudadana de cada uno de los niveles de gobierno autónomo descentralizado, procurando el equilibrio y la armonía entre los mismos.Se consolidan, las figuras de gobierno para los distintos gobiernos sean estos municipales, provinciales, etc creando un marco normativo que regule el territorio se precisan las funciones de los GAD

GAD a) Los de las regiones;b) Los de las provincias;c) Los de los cantones o distritos metropolitanos.d) Los de las parroquias rurales.La provincia de Galápagos, de conformidad con la Constitución, contará con un consejo de gobierno de régimen especial.Funciones de los gobiernos autónomos descentralizados.- El ejercicio de cada gobierno autónomo descentralizado se realizará a través de tres funciones integradas:a) De legislación, normatividad y fiscalización;b) De ejecución y administración; y,c) De participación ciudadana y control social.

Capitulo 1Funciones

Ejecutar una acción articulada y coordinada entre los gobiernos Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial

regional, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas regionales.

Diseñar e implementar políticas de equidad e inclusión Implementar un sistema de participación ciudadana Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes garantizar el derecho regional al hábitat y a la vivienda Promover los sistemas de protección integral

Competencia de los gobiernos decentralizados reionales Planificart el desarrollo regional Gestionar el ordenamiento de cuencas hidrográficas Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito regional Fomentar las actividades productivas Fomentar la seguridad alimentaria

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Gestionar la cooperación internacional para sus competencias.Consejo regional es el órgano de legislación y fiscalización, los integrantes del consejo regional serán elegidos por votación popular.El gobernador sera la primera autoridad de gobierno regional Ejercera la representacion legal del gobierno Coordinara planes de seguridad ciudadanaDecidira el modelo de gestion administraiva.

Capitulo 1Cobierno provincial Son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica.Estara conformado por el prefecto, viceprefecto, por alcaldes, consejales y quienes presidan los gobiernos parroquiales. Cada canton tendra representantes en el gobierno provincial.Funciones

Promover el desarrollo sustentable Diseñar e implementar politicas de promocion y construccion de

equidad Implementar un sistema de participacion ciudadana Elaborar y ejectur un plan provincial de desarrollo Ejecutar las competecias exclusivas y concurrentes Fomentar las actividades productivas y agropecuarias provinciales

Competencias de los gobiernos autonomos decentralizados provincial

Planificar junto con otras insituciones del sector publico. Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito

provincial La gestión ambiental provincial; Planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego Fomentar las actividades productivas provinciales Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de

sus competenciasAtribuciones del consejo provincial.

competencia del gobierno autónomo descentralizado provincial Regular, mediante ordenanza provincial Expedir acuerdos o resoluciones para regular temas institucionales

específicos Aprobar el plan provincial de desarrollo Aprobar u observar el presupuesto del gobierno y garantizar una

participación ciudadana. Crear, modificar o extinguir tasas y/o contribuciones especiales

por los servicios Aprobar, a pedido del prefecto o prefecta, traspasos de partidas

presupuestarias y reducciones de crédito, cuando las circunstancias lo ameriten.

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Destituir, con el voto conforme de las dos terceras partes de sus integrantes, al que hubiere incurrido en una de las causales previstas en este Código.

Conocer y resolver los asuntos que le sean sometidos a su conocimiento

Designar, cuando corresponda a sus delegados Emitir políticas que contribuyan al desarrollo de las culturas

Capitulo 111Gobierno municipalson personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financierafunciones

Promover el desarrollo sustentable para garantizar la realización del buen vivir

Diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de equidad

Establecer el régimen de uso del suelo y urbanístico parcelación, lotización, división o cualquier otra forma de fraccionamiento asegurando porcentajes para zonas verdes y áreas comunales

Implementar un sistema de participación ciudadana Elaborar y ejecutar el plan cantonal de desarrollo prestar los servicios públicos y construir la obra pública cantonal

correspondiente, con criterios de calidad, eficacia y eficiencia promover el desarrollo de la actividad turística cantonal Implementar el derecho al hábitat y a la vivienda y desarrollar

planes y programas de vivienda de interés social en el territorio cantonal

Regular, prevenir y controlar la contaminación ambiental en el territorio cantonal

Regular y controlar el uso del espacio público cantonal Crear y coordinar los consejos de seguridad ciudadana municipal,

con la participación de la Policía Nacional, la comunidad y otros organismos relacionados con la materia de seguridad

Regular y controlar las construcciones en la circunscripción cantonal

Promover y patrocinar las culturas, las artes, actividades deportivas y recreativas

Crear las condiciones politicas integrales y participativas

Competencias de los gad municipales Planificar, junto con otras instituciones el desarrollo cantonal con

el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;

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Planificar, construir y mantener la vialidad urbana; Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado,

depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley;

Crear, modificar, exonerar o suprimir mediante ordenanzas, tasas, tarifas y contribuciones especiales de mejoras;

Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los

equipamientos de salud y educación Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico,

cultural y natural del cantón Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y

pétreos Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de

las playas de mar, riberas de ríos, lagos y lagunas--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Consejo municipal Es e organo de legislacion y fiscalizacion del gobierno autonomo descentralizado municipal Atribuciones del consejo

facultad normativa en las materias de competencia Regular, mediante ordenanza, la aplicación de tributos previstos Crear, modificar, exonerar o extinguir tasas y contribuciones Expedir acuerdos o resoluciones, en el ámbito de competencia Aprobar el plan cantonal de desarrollo y el de ordenamiento

territorial Conocer la estructura orgánico funcional del gobierno autónomo

descentralizado Crear, suprimir y fusionar parroquias urbanas y rurales Expedir la ordenanza de construcciones Reglamentar los sistemas mediante los cuales ha de efectuarse la

recaudación e inversión de las rentas municipales; Regular mediante ordenanza la delimitación de los barrios y

parroquias urbanas Emitir políticas que contribuyan al desarrollo de las culturas Instituir el sistema cantonal de protección integral para los grupos

de atención prioritaria

Gobiernos parroquialesson personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera.Funciones

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Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial parroquial

Diseñar e impulsar políticas de promoción y construcción de equidad

Implementar un sistema de participación ciudadana Elaborar el plan parroquial rural de desarrollo; el de ordenamiento

territorial Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes Vigilar la ejecución de obras y la calidad de los servicios públicos Fomentar la inversión y el desarrollo económico Promover y patrocinar las culturas, las artes, actividades

deportivas y recreativas Prestar los servicios públicos que les sean expresamente

delegados Promover los sistemas de protección integral a los grupos de

atención prioritaria Promover y coordinar la colaboración de los moradores Coordinar con la Policía Nacional, la sociedad y otros organismos

con la seguridad ciudadanaCometencia de los gobiernos parroquiales

Planificar junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad el desarrollo Parroquial

Planificar, construir y mantener la infraestructura física, los equipamientos y los espacios públicos

Planificar y mantener, en coordinación con los gobiernos provinciales, la vialidad parroquial rural

Incentivar el desarrollo de actividades productivas comunitarias Promover la organización de los ciudadanos de las comunas,

recintos y demás asentamientos rurales Vigilar la ejecución de obras y la calidad de los servicios públicos.

Junta parroquial rural.- La junta parroquial rural es el órgano de gobierno de la parroquia rural. Estará integrado por los vocales elegidos por votación popular. Su primera autoridad sera el que obtenga mayr votacion.

Capitulo 1VRegimenes especiales.los distritos metropolitanos autónomos, las circunscripciones territoriales indígenas, afroecuatorianas y montubias y la provincia de Galápagos son regímenes especiales que son formas de gobierno y administración del territorio, constituidas por razones de población, étnico culturales o de conservación ambiental. Su conformación tendrá lugar en el marco de la organización político administrativa del Estado. Naturaleza de los Regímenes Especiales.- Los regímenes especiales son formas de gobierno y administración del territorio, constituidas por razones de población, étnico culturales o de conservación ambiental

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Distritos Metropolitanos Autónomos.- Los distritos metropolitanos autónomos son regímenes especiales de gobierno del nivel cantonal establecidos por consideraciones de concentración demográfica y de conurbación.Conformación.- El cantón o conjunto de cantones contiguos en los que existan conurbaciones, con un número de habitantes mayor al siete por ciento de la población nacional podrán constituir un distrito metropolitano.Iniciativa de conformacióncorresponderá al o los gobiernos municipales con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus integrantes.

Capitulo 11

Cirunscripciones territoriales indigenas, afroecuatoriana, montubias.Con el objetivo de impulsar la construcción del carácter plurinacional y pluricultural del Estado, definido en la Constitución, y reconocer las formas de autogobierno de los pueblos ancestrales, el Cootad establece normas específicas para la conformación de las circunscripciones territoriales indígenas, afroecutorianas y montubias.Son regímenes especiales los pueblos, nacionalidades y comunidades indígenas, afroecuatorianas y montubias, en el marco de sus territorios ancestrales, respetando la organización político administrativa del Estado.Conformacion.- Las parroquias, cantones o provincias conformadas mayoritariamentepor comunas, comunidades, pueblos o nacionalidades indígenas, afroecuatorianos ymontubios podrán adoptar este régimen especial de gobierno, luego de una consulta aprobadapor al menos las dos terceras partes de los votos válidos.Iniciativa. Para el efecto, las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, con el respaldodel 10% de los habitantes de la respectiva circunscripción o de la mayoría absoluta de las autoridades de los gobiernos comunitariosTerritorios ancestrales.- pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianos y montubios que se encuentren en áreas naturales protegidas, continuarán ocupados y administrados por éstas, de forma comunitaria, con políticas, planes y programas de conservación y protección del ambiente

Titulo vCapitulo 1

Decentralizacion y sistemas de competencias

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se establecen competencias exclusivas para cada nivel de gobierno y se abre la posibilidad cierta de que se transfieran competencias desde el Gobierno Nacional a los GAD de manera general. Es decir lo que se transfiere a un municipio se tendría que transferir a todos; igual sucedería con los Consejos Provinciales o parroquias. Esto permitirá que los ciudadanos identifiquemos quienes son los titulares de una competencia, por tanto a quienes se debe exigir rendición de cuentas.Competencia tiposCompetencias.- Son capacidades de acción de un nivel de gobierno en un sector. Se ejercen a través de facultades. Las competencias son establecidas por la ConstituciónCompetencias exclusivas corresponde a un solo nivel de gobierno y cuya gestión puede realizarse demanera concurrente entre diferentes niveles de gobierno.Competencias concurrentes Son aquellas cuya titularidad corresponde a varios niveles de gobierno en razón del sector o materia, por lo tanto deben gestionarse obligatoriamente de manera concurrente.Facultades son atribuciones para el ejercicio de una competenciapor parte de un nivel de gobierno. Son facultades la rectoría, la planificación, la regulación, elcontrol y la gestión.

Consejo nacional de competencia.es el organismo técnico del Sistema Nacional de Competencias es una persona jurídica derecho público, con autonomía administrativa, presupuestaria y financiera, patrimonio propio y sede en donde decida por mayoría de votos.Funcion

Cumplir y hacer cumplir las disposiciones constitucionales Leer y cumplir las disposiciones coonstitucionales. Coordinar con las asociasiones de cada nivel de proceso de

fortalecimiento institucional . Realizar evaluaciones anuales de los resultados alcanzados Cumplir con las funciones establecidas Establece las características específicas de su carácter progresivo; Define los conceptos de sistema nacional de competencias,

sistemas sectoriales, sectores privativos, estratégicos y generales. Precisa los conceptos de competencias exclusivas, adicionales,

residuales, así como su concurrencia, tanto en la titularidad como en la gestión, según el caso.

Crea y define las funciones del Consejo Nacional de Competencias, organismo que estará a cargo.

Especifica la normativa para las comisiones técnicas de costeo de competencias.

Regula el ejercicio general de competencias.

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Detalla el ejercicio de las competencias exclusivas que la Constitución asigna a cada nivel de gobierno.

Establece los procedimientos para la futura asignación de competencias adicionales y residuales.

Regula el proceso de fortalecimiento institucional. Norma el procedimiento de transferencia de competencias. Detalla el proceso de intervención en la gestión de competencias.

En el codido se establecen las normas administrativaspara los reclamos y recursos administrativos.

Capitulo 111

Ejercicio general de la competenciaEfectividad de la autonomía.- La organización y ejercicio de las competencias deberá garantizar obligatoriamente la efectividad de la autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados.Nuevas competencias constitucionales.- Los Gobiernos son titulares de las nuevas competencias exclusivas constitucionales, las cuales se asumirán e implementarán de manera progresiva.Limites de las competencias exclusivas Todas las competencias exclusivas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados se ejercen exclusivamente en sus respectivas circunscripciones territoriales

Capitulo 1V

Del Ejercicio de las Competencias ConstitucionalesAl gobierno central le corresponde las facultades de rectoría, normativa, planificación y ejecución del sistema vial conformado por las troncales nacionales y su señalización. Al gobierno autónomo descentralizado regional le corresponde las facultades de planificar, construir regular, controlar y mantener el sistema vial de ámbito regional, en concordancia con las políticas nacionales.Al gobierno provincial construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial, que no incluya las zonas urbanas. Al gobierno municipal le corresponde las facultades de planificar, construir y mantener la vialidad urbana. En el caso de las cabeceras de las parroquias rurales, la ejecución de esta competencia se coordinará con los gobiernos parroquiales rurales.Al gobierno autónomo descentralizado parroquial rural le corresponde las facultades de planificar y mantener, en coordinación con el gobierno autónomo descentralizado provincial la vialidad parroquial y vecinal.Ejercicio de la competencia de tránsito y transporte A los gobiernos municipales les corresponde de forma exclusiva planificar,

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regular y controlar el tránsito, el transporte y la seguridad vial, dentro de su territorio cantonal.transporte terrestre y seguridad vial corresponderá al Ministerio del ramo.Los gobiernos autónomos descentralizados municipales definirán en su cantón el modelo de gestión de la competencia de tránsito y transporte públicoLos gobiernos autónomos descentralizados regionales tienen la responsabilidad de planificar, regular y controlar el tránsito y transporte regional; y el cantonal, en tanto no lo asuman los municipios.Ejercicio de la competencia de riego.- La competencia constitucional de planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego asignada a los gobiernos provinviales, estos deberan elaborar y ejecutar el plan de riego de su circunscripcion territorial.Ejercicio de las competencias de gestión ambiental.- Corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados provinciales gobernar, dirigir, ordenar, disponer, u organizar la gestión ambiental Los gobiernos autónomos descentralizados municipales establecerán, en forma progresiva, sistemas de gestión integral de desechos, a fin de eliminar los vertidos contaminantes en ríos, lagos, lagunas, quebradas, esteros o mar, aguas residuales.Ejercicio de las competencias de prestación de servicios públicos.- Los gobiernos autónomos descentralizados municipales planificarán y operarán la gestión integral del servicio público de agua potable en sus respectivos territorios, y coordinarán con los gobiernos autónomos descentralizados regional y provincial el mantenimiento de las cuencas hidrográficas que proveen el agua para consumo humano. Además, podrán establecer convenios de mancomunidad con las autoridades de otros cantones y provincias en cuyos territorios se encuentren las cuencas hidrográficas que proveen el líquido vital para consumo de su población.Ejercicio de la competencia de registro de la propiedad.- La administración de los registros de la propiedad de cada cantón corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados municipales.Ejercicio de la competencia de preservar, mantener y difundir el patrimonio cultural.- Corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados municipales programas y proyectos destinados a la preservación, mantenimiento y difusión del patrimonio arquitectónico La preservación abarcará el conjunto de acciones que permitan su conservación garantizará su sostenimiento integral en el tiempo; y la difusión procurará la propagación permanente en la sociedad de los valores que representa. Cuando el patrimonio a intervenir rebase la circunscripción territorial cantonal, el ejercicio de la competencia será realizada de manera concurrenteSerá responsabilidad del gobierno central, emitir las políticas nacionales, salvaguardar la memoria social y el patrimonio cultural y natural Los

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gobiernos autónomos descentralizados provinciales podrán hacer uso social y productivo de los recursos culturales de su territorio, a efectos de cumplir su competencia de turismo en el marco del fomento productivo. Cuando los gobiernos autónomos descentralizados metropolitanos o municipales declaren patrimonio histórico a edificaciones que requieran ser expropiadas, deberán pagar a los propietarios el valor comercial de dicho bien.Ejercicio de la competencia de infraestructura física, equipamientos y espacios públicos de la parroquia rural.- A los gobiernos parroquiales rurales les corresponde en coordinación con los gobiernos autónomos descentralizados provinciales y municipales planificar, construir y mantener la infraestructura física, los equipamientos y espacios públicos de alcance parroquial acorde con sus presupuestos anuales.Ejercicio de las competencias de promoción de la organización ciudadana y vigilancia de la ejecución de obras y calidad de los servicios públicos.- Promoverán la participación ciudadana en los procesos de consulta vinculados a estudios y evaluaciones de impacto ambiental; en la toma de decisiones y en la vigilancia sobre la gestión de los recursos naturales que puedan tener incidencia en las condiciones de salud de la población y de los ecosistemasLe corresponde al gobierno parroquial rural vigilar, supervisar y exigir que los planes, proyectos, obras y prestación de servicios a la comunidad y que cumplan con las especificaciones técnicas de calidad y cantidad, así como el cumplimiento de los plazos establecidosEjercicio de la competencia de hábitat y vivienda.- El Estado en todos los niveles de gobierno garantizará el derecho a un hábitat seguro y saludable y una vivienda adecuada y digna, con independencia de la situación social y económica de las familias y las personas. Diseñen estrategias y programas que integren las relaciones entre vivienda, servicios, espacio y transporte públicos, equipamiento, gestión del suelo y de riegos. Los planes y programas desarrollarán además proyectos de financiamiento para vivienda de interés social y mejoramiento de la vivienda precaria, a través de la banca pública.

Titulo viCapitulo 1

Recursos economicos los recursos económicos para los gobiernos se realizará de manera directa, oportuna y que no existirá transferencia de competencias sin el correspondiente traslado de recursos, y viceversa.El monto excedente se repartira utilizando una formula de aplicación, se establece un modelo de crecimiento anual de las transferencias de los gobiernos autonomos en dos velocidades, la una para los gobierns autonomos decentralizados con mejores condiciones de desarrollo

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territorial y la otra para los gobiernos con menores condicionesde desarrollo territorial.la distribución de estos recursos se realizará asignando el 50% en partes iguales a todos los gobiernos autónomos y el otro 50% en base a la relación entre los gastos corrientes y gastos de inversión de cada uno de ellos. Por otra parte, otras dos fuentes de financiamiento

la generación de recursos propios endeudamiento de los gobiernos subnacionales

Recursos propios y rentas del Estado generarán sus propios recursos financieros y, como parte del Estado, participarán de sus rentasCriterios. se conducirán de forma sostenible, responsable y transparente a fin de alcanzar el buen vivir de la población, procurando la estabilidad económica.Tipos de recursos financieros.

Ingresos propios de la gestión Transferencias del presupuesto general del Estado Otro tipo de transferencias, legados y donaciones Participación en las rentas de la explotación o industrialización de

recursos naturales no renovables Recursos provenientes de financiamiento.

Impuestos de beneficio provincial.- Además de los ingresos propios que los gobiernos autónomos descentralizados provinciales puedan generar, éstos serán beneficiarios de una milésima por ciento (0,001%) adicional al impuesto de Alcabalas.

Sección TerceraDe los Gobiernos Municipales y Distritos Metropolitanos AutónomosImpuestos municipales.- Los gobiernos municipales y distritos autónomos metropolitanos, además de los ingresos propios que puedan generar, serán beneficiarios de los impuestosestablecidos en la ley.Facultad tributaria.- Los gobiernos municipales y distritos metropolitanos autónomos podrán crear, modificar, exonerar o suprimir mediante ordenanzas, tasas, tarifas y contribuciones especiales de mejoras generales o específicas