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Creación empresas entorno legal

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Page 1: Creación empresas entorno legal
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El apoyo a la creación de empresas constituye uno de los ejes de lapolítica de promoción empresarial del gobierno del Principado deAsturias. En este sentido, la presente Guía constituye unaherramienta de consulta y de trabajo para todas aquellas personasque quieran poner en marcha un proyecto empresarial. Con suayuda y el asesoramiento de los instrumentos de apoyo a losemprendedores, esperamos contribuir a dinamizar el tejidoempresarial asturiano y el desarrollo de actividades innovadoras.

La Guía consta de dos cuadernos complementarios eindependientes: el Plan de Empresa y el Entorno Legal.

Conocer los aspectos legales de un proyecto permite al promotordelimitarlo correctamente adecuando los tiempos y los recursos deforma eficiente, y planificar su crecimiento de forma ordenada.

En el presente cuaderno, que debido a la complejidad y dinamismode la legislación en esta materia no pretende ser exhaustivo, seofrece un marco de referencia para la adopción de decisionesrelativas a la forma jurídica así como para identificar los trámitesde constitución y puesta en marcha de una empresa. Facilitaademás orientaciones acerca de otros aspectos legales relacionadoscon la gestión empresarial: fiscalidad, contratación laboral,seguridad social, propiedad industrial e intelectual, etc.

A diferencia de ediciones anteriores se han tenido en cuenta lasgrandes ventajas que aporta la información y los trámitesadministrativos electrónicos, por lo que las referencias a estosrecursos son abundantes.

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Una versión on line ypermanentemente actualizadaestá disponible en:

www.ceei.eswww.idepa.es

Page 3: Creación empresas entorno legal

Formas jurídicas de la empresa

Trámites de constitución y puesta en marcha de la empresa

Otras consideraciones legales

5

11

29

pág.

1

2

33.1 Seguridad Social / Cotización

3.2 Contratos Laborales

3.3 Impuestos

3.4 Propiedad Industrial e Intelectual de la empresa

3.5 La Administración Telemática

2.1 Registro Mercantil

2.2 Hacienda

2.3 Trabajo y Seguridad Social

2.4 Ayuntamiento

2.5 Medio Ambiente

2.6 Trámites específicos

Cronología

30

32

36

44

46

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16

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Índice

Page 4: Creación empresas entorno legal
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Formas Jurídicas de la Empresa

Page 6: Creación empresas entorno legal

Formas Jurídicas de la Empresa1

Pueden consultarse los criterios para la elección dela forma jurídica en el apartado correspondiente delPlan de Empresa o en la dirección web más abajoindicada.

La información sobre los trámites de constitución ypuesta en marcha se puede ampliar en la ficha deTrámites.

Guía de Creación de Empresas IDEPA-CEEI versiónon-linehttp://www.ceei.es/gceMenú: Apartado de formas jurídicas

Page 7: Creación empresas entorno legal

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CONCEPTO CARACTERÍSTICAS VENTAJAS DESVENTAJAS TRÁMITES DE CONSTITUCIÓN

EMPRESARIOINDIVIDUAL

SOCIEDADCIVIL

Persona física queejercita en nombrepropio una actividadempresarial

Contrato por el que 2o más personas seobligan a poner encomún bienes, dineroo industria conánimo de repartirentre sí lasganancias.

2 socios ó más.

No existe capitalmínimo

Responsabilidadpatrimonial: Lasociedad con todos susbienes. Los socios deforma mancomunada ysubsidiaria frente aterceros

Fiscalidad: IRPF

1 socio

No existe capitalmínimo

Responsabilidadpatrimonial:ilimitada

Fiscalidad: IRPF

Forma jurídica deconstitución muysimple y gestiónsencilla

Fiscalmenteinteresante hastacierto volumen denegocio

Asume personalmentelos derechos yobligaciones derivados de laactividad que realice

Fiscalmente norecomendable porencima de ciertovolumen de negocio

No se requiereningún trámiteespecífico

Forma jurídica deconstitución muysimple y gestiónsencilla

Fiscalmenteinteresante hastacierto volumen denegocio

Los socios asumenriesgo elevado

Fiscalmente norecomendable porencima de ciertovolumen de negocio

Contrato privado opúblico deconstitución

C.I.F. de lacomunidad

Liquidación del ITP y AJD

COMUNIDADDE BIENES

Entidad formada porvarias personas queostentan lapropiedad ytitularidad de unacosa o derechoproindiviso.

2 socios ó más

No existe capitalmínimo

Responsabilidadpatrimonial:Solidaria e ilimitada

Fiscalidad: IRPF

Forma jurídica deconstitución muysimple y gestiónsencilla

Fiscalmenteinteresante hastacierto volumen denegocio

Los socios asumenpersonal eíntegramente elresultado de lasgestiones ajenas

Fiscalmente norecomendable porencima de ciertovolumen de negocio

Contrato privado opúblico

C.I.F. de lacomunidad

Liquidación del ITP y AJD

SOCIEDADANÓNIMA

SOCIEDADLIMITADA

Sociedad mercantilcapitalista. Capitalsocial dividido enacciones.

Sociedad mercantilcapitalista. Capitalsocial dividido enparticipaciones.

1 socio ó más

Capital mínimo:3.005,06 íntegramentedesembolsado

Responsabilidadpatrimonial: Limitadaa la aportación

Fiscalidad: IS

Funcionamientointerno de órganosde gobierno regidopor principiodemocrático

Responsabilidadpatrimonial limitadaal capital social

Exigencia de capitalmínimo

Trámites deconstituciónnumerosos ycomplejos

Tipo general del 35%sobre beneficio

Solicitud del CIF

Liquidación del ITP YAJD

Inscripción en elRegistro Mercantildel domicilio social

1 socio ó más

Capital mínimo:60.101,21 desembolsadoal menos en un 25%

Responsabilidadpatrimonial: Limitada a la aportación

Fiscalidad: IS

Funcionamientointerno de órganosde gobierno regidopor principiodemocrático

Responsabilidadpatrimonial limitadaal capital social

Exigencia de capitalmínimo

Trámites deconstituciónnumerosos ycomplejos

Tipo general del 35 % sobre beneficio

Certificaciónnegativa del nombre

Redacción de losestatutos sociales

Depósito del capitalsocial

Escritura pública.Notaría

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CONCEPTO CARACTERÍSTICAS VENTAJAS DESVENTAJAS TRÁMITES DE CONSTITUCIÓN

SOCIEDADESLABORALES(S.A.L.-S.L.L.)

Anónimas olimitadas donde lamayoría del capitalsocial es propiedadde los trabajadoresque prestan en ellassus serviciosretribuidos en formapersonal, directa,por tiempoindefinido.

3 socios ó más

S.A.L.: 60.101,21 ÛS.L.L.: 3.005,06 Û

Límite por socio: 1/3del capital social.

Responsabilidadpatrimonial:Limitada a laaportación

Fiscalidad: IS

Sólo necesario quesean 2 sociostrabajadores

Tercero puede sersocio capitalista

Ningún socio puedetener más del 33%de las acciones oparticipaciones

Como mínimo el 51%del capital socialdebe estar en lossocios trabajadores

Mismos trámites queresto de sociedadesmercantiles.Además:

Solicitud decalificación(potestativa) comoS.A.L. o S.L.L. einscripción en elRegistro deCooperativas ySociedades Laboralesdel domicilio social

Inscripción en elRegistro Mercantildel domicilio social

SOCIEDADCOOPERATIVA

Personas en régimende libre adhesión ybaja voluntaria, conintereses comunes,que realizanactividades deempresa,imputándose losresultados a lossocios una vezatendidos los fondoscomunitarios

Mínimo 3 socios

El capital se fija enlos estatutos y tieneque serdesembolsado el100%

Responsabilidadpatrimonial:Limitada a laaportación

Fiscalidad: IS

Cada socio tiene unvoto sea cual sea sucapital

Ventajas fiscales(Tipo reducido IS)

Gran cantidad derequisitos paraconstituirse

Mismos trámites quesociedadesmercantiles.Además:

Solicitud decalificación einscripción en elRegistro deCooperativas ySociedadesLaborales deldomicilio social

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El proceso es telemático a través de http://www.circe.es o bien http://www.ipyme.org

Aquellos emprendedores que no dispongan de acceso a Internet podrán hacer el trámite a travésde un Punto de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT).

Los plazos de respuesta son de 24 horas, tanto para notarios como para registradoresmercantiles, siempre y cuando se opte por los estatutos orientativos aprobados al efecto por elMinisterio de Justicia.

Obtención de la denominación social: ID-CIRCE

Con el fin de que la denominación social de la Sociedad Limitada Nueva Empresa la identifiquede forma única e inequívoca, la Ley establece que la misma estará formada por los dosapellidos y nombre de uno de los socios fundadores seguidos de un código alfanumérico, que sedenomina ID-CIRCE.

El resto de trámites coinciden con los expuestos para sociedades mercantiles.

CONCEPTO CARACTERÍSTICAS VENTAJAS DESVENTAJAS TRÁMITES DE CONSTITUCIÓN

SOCIEDADLIMITADANUEVAEMPRESA

Sociedad mercantilcapitalistaintegrada porpersonas físicas

No más de 5 sociosen el momento de laconstitución

Capital mínimo de3.012 y máximo de120.202 Û

Responsabilidadpatrimonial:Limitada a laaportación

Fiscalidad: IS

Tramitaciónsimplificada y rápida

Reducción deobligacionesformales y degestión

Aplazamiento depagos fiscales

Exigencia de capitalmínimo

Tipo general del 35%sobre beneficio

Posibilidad detramitaciónpresencial ytelemática

La Sociedad LimitadaNueva Empresa (SLNE) esun subtipo de SociedadLimitada, y por lo tantopara su constitución ypuesta en marcha han deseguirse los mismostrámites que para unasociedad mercantil ycapitalista. No obstante,su regulación presentaalgunas peculiaridadesque han permitidosimplificar y acelerar almáximo todo el proceso.

Tramitación Telemática

Tramitación Presencial

Trámite

Proceso

Desde una serie de puntos de entrada o Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT),distribuidos por toda la geografía española, el emprendedor tendrá acceso a la información quenecesite para crear su empresa, y podrá iniciar la tramitación para la constitución a través delDocumento Único Electrónico (DUE). Todos los trámites se hacen a través de internet, de formaque el emprendedor sólo tiene que desplazarse físicamente al PAIT y a la notaría. En Asturias losCentros PAIT son:

Parque Tecnológico deAsturias33428 LlaneraTf. 985 98 00 [email protected]

Sección de PromociónEmpresarialGutiérrez Herreronº 52 - 33400 AvilésTf. 985 12 97 67

Plaza de Europa, 1 33450 Piedras Blancas.Castrillón Tf. 985 53 00 50 [email protected]

CEEI Asturias Ayuntamiento de Avilés Ayuntamiento de Castrillón

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Trámites de constitución y puestaen marcha de la Empresa

Page 12: Creación empresas entorno legal

Trámites aplicables a las sociedades mercantiles yde economía social. Los Empresarios Individualespueden acceder al Registro Mercantil pero suinscripción no es obligatoria. Lo mismo ocurre conla Sociedad Civil: para acceder al Registro Mercantilel contrato de constitución deberá formalizarse enescritura pública (otorgada ante notario), de otromodo es suficiente con el contrato privado. LaComunidad de Bienes no tiene acceso a esteRegistro, aunque el contrato de constitucióntambién puede ser público o privado.

Localizador de Registros mercantileshttp://www.rmc.esMenú: Registros Mercantiles - Direcciones

Guía de Creación de Empresas IDEPA-CEEI versión on-linehttp://www.ceei.es/gce Menú: Apartado de trámites – Registro Mercantil

2.1

Registro Mercantil

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TRÁMITE PLAZO O VALIDEZ LUGAR

Certificación negativa de ladenominación social

Trámite previo alotorgamiento de la escriturade constitución

Validez: 2 meses parasociedades mercantiles, conposibilidad de renovaciónhasta 15 meses

6 meses para cooperativas

Registro Mercantil CentralC/ Príncipe de Vergara, 94.28006 Madridhttp://www.rmc.es

Cooperativas: Registro de SociedadesCooperativas, Laborales yFundaciones Laborales delMinisterio de Trabajo yTrabajo y Asuntos Sociales C/ Pío Baroja, 6. 28009 Madrid

Otorgamiento de escriturapública

Validez: Inmediata Notaría

Inscripción registral Plazo: Sociedadesmercantiles y cooperativas, 1 mes desde la escritura;sociedades laborales, 2 meses

Sociedades mercantiles:Registro Mercantilcorrespondiente al domiciliosocial. Registro MercantilProvincial de AsturiasC/ Mayorazu, 4. 33010 Oviedo

Cooperativas y SociedadesLaborales: Registro deSociedades Cooperativas,Laborales y FundacionesLaborales del Ministerio deTrabajo y Trabajo y AsuntosSocialesC/ Pío Baroja, 6. 28009 Madrid

Legalización de libros desociedades mercantiles

Deben presentarse dentro delos cuatro meses después delcierre del ejercicio

El Registrador procederá a sulegalización dentro de los 15 días siguientes a supresentación

Registro Mercantilcorrespondiente al domiciliosocial. Registro MercantilProvincial de AsturiasC/ Mayorazu, 4. 33010 Oviedo

Registro Mercantil

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Trámites comunes a todo tipo de empresas,independientemente de su forma jurídica:empresarios individuales, comunidades de bienes,sociedades civiles, sociedades mercantiles,cooperativas y sociedades laborales.

Localizador de Delegaciones de la Agencia Estatalde Administración Tributaria (AEAT)http://www.aeat.esMenú: La Agencia Tributaria – Direcciones yteléfonos

Oficina Virtual Tributariahttp://www.aeat.esMenú: Oficina Virtual

Servicios Tributarios del Principado de Asturiashttp://www.princast.es

Guía de Creación de Empresas IDEPA-CEEI versión on-linehttp://www.ceei.es/gceMenú: Apartado de trámites – Hacienda

2.2

Hacienda

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TRÁMITE DOCUMENTACIÓNA APORTAR

PLAZO O VALIDEZ LUGAR

Modelo 036Código deidentificación fiscal(CIF)

Plazo: 30 días hábilesdesde el otorgamientode la escritura deconstitución o de lacertificación negativadel nombre.Validez: 6 meses

Administración oDelegación de laAEAT correspondienteal domicilio social

Tramitación telemática:Oficina Virtual

Modelo 840Modelo 036 si es deaplicación laexención *

Declaración de altaen el Impuesto deActividadesEconómicas (IAE)

Plazo: 10 días antesdel inicio deactividad, o un mesdesde el inicio si nohay exenciónValidez: 1 año

Administración oDelegación de laAEAT correspondienteal domicilio social

Tramitación telemática:Oficina Virtual

Modelo 036Declaración censal Plazo: 30 días apartir delotorgamiento de laescritura deconstitución.Validez: 6 meses

Administración oDelegación de laAEAT correspondienteal domicilio social

Tramitación telemática:Oficina Virtual

Modelo 600Impuesto deTransmisionesPatrimoniales yActos JurídicosDocumentados (ITP y AJD)

Plazo: 30 días desdeel otorgamiento de laescritura deconstitución

Servicios Tributariosde la Consejería deEconomía yAdministraciónPública delPrincipado deAsturias

Servicios Centrales:C/ HermanosMenéndez Pidal, 7-9 33005 Oviedo

Obtención del CIFdefinitivo

Plazo: Una vez inscritala sociedad en elRegistro Mercantil, ydentro de los 6 mesesdesde la obtención delprovisional, en su caso

Administración oDelegación de laAEAT correspondienteal domicilio social

Hacienda

Los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad en territorio español, durante los dos primerosperíodos impositivos de este impuesto en que se desarrolle la misma. A estos efectos, no se considerará quese ha producido el inicio del ejercicio de una actividad cuando la misma se haya desarrollado anteriormentebajo otra titularidad, circunstancia que se entenderá que concurre, entre otros supuestos, en los casos defusión, escisión o aportación de ramas de actividad.Las personas físicas.Las sociedades civiles y sociedades mercantiles, que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferiora 1.000.000 de euros.En cuanto a los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, la exención sólo alcanzará alos que operen en España mediante establecimiento permanente, siempre que tengan un importe neto de lacifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.

* Exención IAE: A partir del 1 de enero de 2003 están exentos del pago del impuesto:

Debe tenerse en cuenta que al margen de las exenciones, subsiste la obligación de presentar el Alta en elImpuesto (modelo 036)

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Trámites comunes a todo tipo de empresas,independientemente de su forma jurídica:empresarios individuales, comunidades de bienes,sociedades civiles, sociedades mercantiles,cooperativas y sociedades laborales.

Localizador de Administraciones de la SeguridadSocialhttp://www.seg-social.esMenú: Direcciones y teléfonos

Localizador de Oficinas de Empleohttp://tematico.princast.es/trabajastur/

Información general de Seguridad Social http://www.seg-social.esOficina Virtual -Sistema Red -Trámites y Gestiones -Empresarios

Comunicación telemática de contratos y variacioneshttps://www.inem.esOficina electrónica: Contrat@

Guía de Creación de Empresas IDEPA-CEEI versiónon-linehttp://www.ceei.es/gceMenú: Apartado de trámites – Trabajo y SeguridadSocial

2.3

Trabajo y Seguridad Social

Page 17: Creación empresas entorno legal

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TRÁMITE PLAZO LUGAR

Inscripción de la Empresaen la Seguridad Social

Antes de efectuarcontrataciones de personalpor cuenta ajena

Dirección Provincial de laTesorería General de laSeguridad Social oAdministración de laTesorería Territorial de laSeguridad Socialcorrespondiente al domiciliode la empresa

Tramitación telemática:Oficina Virtual

Alta en el Régimen Especialde Trabajadores Autónomos(RETA)

Dentro de los 30 díasnaturales siguientes al iniciode actividad. El alta causaefecto a partir del día primerodel mes natural en que seinicie la actividad

Dirección Provincial de laTesorería General de laSeguridad o Administraciónde la Tesorería Territorial dela Seguridad Socialcorrespondiente al domiciliodel autónomo

Tramitación telemática:Oficina Virtual

Alta de los trabajadores porcuenta ajena en el RégimenGeneral

Con anterioridad al comienzode la relación laboral

Dirección Provincial de laTesorería General de laSeguridad o Administraciónde la Tesorería Territorial dela Seguridad Socialcorrespondiente al domiciliode la empresa

Tramitación telemática:Oficina Virtual

Comunicación de aperturadel centro de trabajo

Dentro de los 30 díassiguientes al inicio de laactividad

Dirección General de Trabajoy Seguridad Laboral.C/ San Francisco nº 6 33003 Oviedo

Presentación de loscontratos de lostrabajadores

Dentro de los 10 díassiguientes a su concertación

Oficinas del Servicio Públicode Empleo de la Consejeríade Industria y Empleo delPrincipado de Asturias

Tramitación telemática:Oficina electrónica:Contrat@

Legalización de los libros dematrícula (potestativo) yvisita

Dirección Territorial deInspección de Trabajo ySeguridad SocialC/ Ildefonso Sánchez del Río, 1 33001 Oviedo

Trabajo y Seguridad Social

Page 18: Creación empresas entorno legal

Trámites comunes a todo tipo de empresas,independientemente de su forma jurídica:empresarios individuales, comunidades de bienes,sociedades civiles, sociedades mercantiles,cooperativas y sociedades laborales.

Es importante efectuar, como paso previo, unaconsulta al Ayuntamiento con el fin de asegurarsede que, urbanísticamente, el local elegido permite eluso o actividad objeto del negocio.

Localizador de Ayuntamientoshttp://www.facc.info/concejos.htm

Guía de Creación de Empresas IDEPA-CEEI versión on-linehttp://www.ceei.es/gceMenú: Apartado de trámites – Ayuntamiento

2.4

Ayuntamiento

Page 19: Creación empresas entorno legal

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TRÁMITE PLAZO O VALIDEZ LUGAR

Licencia de obras Pueden ejecutarse hasta 6meses después de concedidala licencia

Ayuntamientocorrespondiente al localdonde vaya a realizarse laobra

Licencia de apertura: paraactividades inocuas yclasificadas

La actividad debe comenzardentro de los 6 mesessiguientes a la concesión dela licencia

Ayuntamientocorrespondiente al localdonde vaya a desarrollarse laactividad

Cambio de titularidad de unnegocio

La actividad debe comenzardentro de los 6 mesessiguientes al cambio detitularidad

Ayuntamientocorrespondiente al localdonde vaya a desarrollarse laactividad

Cambio de actividad (sóloen actividades inocuas)

La actividad debe comenzardentro de los 6 mesessiguientes al cambio deactividad

Ayuntamientocorrespondiente al localdonde vaya a desarrollarse laactividad

La licencia de apertura para actividades clasificadas es informada con carácter preceptivo yvinculante por la Consejería de Medio Ambiente.

Ayuntamiento

Page 20: Creación empresas entorno legal

Legislación ambiental (Ministerio de Medio Ambiente) http://www.mma.es

Sistema de Información Ambiental del Principado de Asturias. SIAPA http://tematico.princast.es/mediambi/siapa

Oficina de información ambiental a la PYMEhttp://www.empresasostenible.com

Directorio de órganos y centros públicos delPrincipado de Asturiashttp://www.princast.esMenú: Directorios de órganos y centros públicos

Guía de Creación de Empresas IDEPA-CEEI versión on-linehttp://www.ceei.es/gceMenú: Apartado de trámites – Trámites específicos

2.5

Medio Ambiente

Page 21: Creación empresas entorno legal

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TRÁMITE DOCUMENTACIÓN A APORTAR LUGAR

Autorización ambientalintegrada

Las instalaciones en las quese desarrolle alguna de lasactividades industrialesincluidas en el Anexo I de laLey 16/2002. (Ley IPPC)

La solicitud de autorizaciónambiental integrada debe deacompañarse de la siguientedocumentación: el Proyectoambiental básico, el informemunicipal de compatibilidadurbanística, la documentaciónexigida por la legislación deaguas y por la legislación de costas para la autorizaciónde vertidos, y el estudio deimpacto ambiental en su caso

Consejería de MedioAmbiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras DG Calidad Ambiental yObras HidráulicasServicio de GestiónambientalEd. Admvo. de ServiciosMúltiples. C/ Coronel Aranda, 2Planta 1ª.33005 Oviedo

Evaluación del impactoambiental

Las obras o instalaciones delas actividades enumeradasen el Anexo I de la Ley 6/2001

Determinados proyectos nocontemplados en la legislaciónestatal de impacto ambientalpero que pudieran deteriorar elmedio ambiente asturiano debensometerse a la Evaluaciónpreliminar del impactoambiental según lo dispuesto enel PORNA

La solicitud se tramita anteel órgano competente para laautorización o realización delproyecto-“organismosustantivo”. Si no existe talorganismo sustantivo setramita directamente ante elórgano ambiental.La documentación consisteen: Proyecto técnico, y estudiode impacto ambiental.Si la instalación requiereAutorización ambientalintegrada se tramitan yresuelven a la vez

Consejería de MedioAmbiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras DG Calidad Ambiental yObras HidráulicasServicio de Restauración yEvaluación del impactoambiental

Ed. Admvo. de ServiciosMúltiples. C/ Coronel Aranda, 2. Planta 1ª33005 Oviedo

Medio Ambiente

Autorización de vertido deaguas residuales alDominio Público marítimoterrestre

Es necesaria la solicitudacompañada de la identidad delpeticionario y del proyectotécnico, por triplicado. En loscasos que sean necesariasinstalaciones para los vertidosque ocupen el dominio públicomarítimo terrestre debe tambiénsolicitarse la concesión deocupación del mismo

Consejería de MedioAmbiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras DG Calidad Ambiental yObras HidráulicasServicio de calidad del agua.Ed. Admvo de ServiciosMúltiples.C/ Coronel Aranda, 2. Planta 1ª33005 Oviedo

Autorización de vertido deaguas residuales alDominio Público Hidráulico

Es necesaria una solicitud yel proyecto técnico de lasobras e instalaciones dedepuración.En determinados casos seránecesaria la paralelatramitación de concesionespara uso privativo de DPH

Confederación Hidrográficadel Norte.Plaza de España, 233007 Oviedohttp://www.chnorte.es

Autorización de vertidos asistemas públicos desaneamiento realizadodirectamente a colectoreso instalaciones dedepuración decompetencia autonómica

Es necesaria solicitudacompañada de un proyectotécnico. También es necesariopresentar el proyecto de lainstalación de tratamientoprevio al vertido y lasactuaciones y medidasprevistas en los casos deemergencia o peligro

Consejería de MedioAmbiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras DG Calidad Ambiental yObras HidráulicasServicio de calidad del aguaEd. Admvo de ServiciosMúltiplesC/ Coronel Aranda, 2. Planta 1ª33005 Oviedo

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22

TRÁMITE DOCUMENTACIÓN A APORTAR LUGAR

Autorización de vertido deaguas residuales a sistemaspúblicos de saneamiento decompetencia municipal

Se tramita y resuelve juntocon la licencia municipal deactividades

Ayuntamientocorrespondiente

Autorización comoproductor de residuospeligrosos

Actividades que produzcananualmente una cantidadigual o superior a los10.000 kilos de residuospeligrosos

Se requiere presentar solicitudacompañada de:Estudio sobre la producción deresiduos (con identificación delos mismos y cantidadesgeneradas), copia de laLicencia municipal de actividado la solicitud de la misma.Documento de aceptación delgestor o gestores finales de losresiduos, y copia del Seguro deresponsabilidad civil que cubraposibles dañosmedioambientales

Consejería de MedioAmbiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras DG Calidad Ambiental yObras HidráulicasServicio de gestiónambiental.Ed. Admvo. de ServiciosMúltiples.C/ Coronel Aranda, 2Planta 1ª33005 Oviedo

Medio Ambiente

Autorización comopequeño productor deresiduos peligrosos

Actividades que produzcananualmente una cantidadinferior a los 10.000 kilos

Se requiere presentarsolicitud acompañada de:Estudio sobre producción deresiduos según modelonormalizado, copia de laLicencia municipal deactividad o de la solicitud dela misma, un estudio sobreproducción de residuos y eldocumento de aceptación delgestor o gestores finales delos residuos

Autorización paraactividades de gestión deresiduos peligrosos

(Para el transporteasumiendo la titularidad, elalmacenamiento, lavalorización, y/oeliminación)

Es necesario acompañar lasolicitud de los documentos quese indican a continuación

Para el transporte:Datos relativos a los residuospeligrosos a transportar y a losvehículos utilizados, tarjeta deinspección técnica de vehículos,permiso de circulación, tarjeta detransporte, seguro deresponsabilidad civil, y en sucaso, ADR de cada uno de losvehículos

Para el almacenamiento, lavalorización y/o eliminación:Estudio sobre gestión deresiduos, datos relativos a losresiduos peligrosos a gestionar,y copia de la Licencia municipalde actividad o de la solicitud dela misma

En todos los casos Documentode aceptación del gestor final deresiduos (si es gestor intermedio)

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TRÁMITE DOCUMENTACIÓN A APORTAR LUGAR

Consejería de MedioAmbiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras DG Calidad Ambiental yObras HidráulicasServicio de gestiónambientalSección de residuos

Ed. Admvo. de ServiciosMúltiples.C/ Coronel Aranda, 2Planta 1ª33005 Oviedo

Autorización deactividades de gestión deresiduos no peligrosos

Es necesaria acompañar lasolicitud de los datosrelativos a los residuos agestionar, un estudio sobregestión de residuos, y copiade la Licencia municipal deactividad o de la solicitud dela misma

Las empresas envasadorastienen que acogerse demodo obligatorio a uno deestos dos procedimientos

Sistema Integrado degestión (SIG).Se constituyen en virtud deacuerdos adoptados entreagentes económicos queoperan en los sectoresinteresados. Deberán serautorizados por la CCAA en laque se implantenterritorialmente. En laactualidad los dos sistemasautorizados son Ecovidrio, yEcoembalajes España

Sistema de depósito,devolución y retorno. Supone el cobro de unacantidad de dinero por cadaenvase durante la cadena decomercialización que serádevuelto tras la entrega delresiduo de envase o delenvase usado

Ecoembalajes España S.A.Paseo de la Castellana 147, 828046 MadridEcoembalajes Españahttp://www.ecoembes.com/

Eco-vidrio Hermanos Bécquer n° 10, 1°Madrid 28006Eco-vidriohttp://www.ecovidrio.es

Consejería de MedioAmbiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras.Sevicio de Gestión Ambiental.DG Calidad Ambiental yObras Hidráulicas.Ed. Admvo. de ServiciosMúltiples.C/ Coronel Aranda, 2-Planta 1ª33005 Oviedo

Medio Ambiente

Se requiere presentarsolicitud acompañada de losdatos relativos a los residuosa transportar y a losvehículos utilizados, tarjetade inspección técnica devehículos, permiso decirculación, tarjeta detransporte, seguro deresponsabilidad civil, y en sucaso, ADR de cada uno de losvehículos

(valorización y /o eliminación)

Autorización para eltransporte de residuos nopeligrosos, y peligrosos (sin asumir la titularidad)

Page 24: Creación empresas entorno legal

Son aquellos trámites que están relacionados con laactividad a desarrollar en sí misma,independientemente de la forma jurídica. A continuación se mencionan algunos a títulomeramente enunciativo, por lo que se recomienda lautilización de los buscadores que se señalan paracomprobar que la empresa no tiene ningunopendiente de cumplimentación.

Ventanilla Única Empresarialhttp://www.vue.es

Catálogo de Servicios del Principado de Asturiashttp://www.princast.esMenú: Información por temas – Información deservicios

Directorio de órganos y centros públicos delPrincipado de Asturiashttp://www.princast.esMenú: Directorios de órganos y centros públicos

Guía de Creación de Empresas IDEPA-CEEI versión on-linehttp://www.ceei.es/gceMenú: Apartado de trámites – Trámites específicos

2.6

Trámites específicos

Page 25: Creación empresas entorno legal

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ACTIVIDAD TRÁMITE LUGAR

Establecimientosindustriales

Inscripción en el Registro deestablecimientosindustriales

Consejería de Industria y EmpleoDirección General de Minería,Industria y Energía.Plaza de España, 1, 3º 33007 Oviedo

Industrias yestablecimientosalimentarios

Autorización sanitaria einscripción en el RegistroGeneral Sanitario deAlimentos

Consejería de Salud yServicios SanitariosAgencia Regional de SanidadAmbiental y Consumo (o ante losservicios veterinarios oficiales).C/ Santa Susana 20, 2ª planta33007 Oviedo

Industrias yestablecimientos dedicadosa la transformación deproductos agrarios

Inscripción en el Registro deIndustrias agrarias

Consejería de Medio Rural yPesca. Dirección General deAgroalimentación.C/ Coronel Aranda 2, 3ª planta 33005 Oviedo

Actividades de construcción,instalaciones y/o reparacioneseléctricas, sector madera ycorcho y actividades deingeniería y consultoría

Documento de calificaciónempresarial

Consejería de Industria y EmpleoDirección General deMinería, Industria y Energía.Plaza de España, 1, 3º 33007 Oviedo

Instaladores Carné o certificado

Empresas de restauración yalojamiento: cafeterías,restaurantes,establecimientos hoteleros,albergues y camping.Empresas de turismo activo

Autorización de apertura einscripción en el Registro deempresas y actividadesturísticas

Consejería de Cultura,Comunicación Social y TurismoDirección General de Turismo.Plaza Porlier s/n, EdificioPalacio Conde Toreno Sótano 133003 Oviedo

Guarderías infantiles Autorización Consejería de Vivienda yBienestar Social. InstitutoAsturiano de Atención a laInfancia, Familia y AdolescenciaC/ General Elorza, 35 planta 1ª33001 Oviedo

Empresas relacionadas conlos riesgos laborales:servicios de prevención,formación y auditoría

Acreditación o autorización Consejería de Industria y EmpleoDirección General de Trabajo.C/ San Francisco, 21 4ª Planta 33003 Oviedo

Establecimientosresidenciales para latercera edad

Acreditación Consejería de Vivienda yBienestar Social. Área de Recursos y ServiciosC/ General Elorza, 35 33001 Oviedo

Trámites específicos

A título meramenteenunciativo

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gico Certificación Negativa

del NombreRegistro Mercantil Central

Inscripción RegistralRegistro Mercantil del domicilio

Obtención del CIF definitivoHacienda

Otorgamiento de Escritura Pública

Notaría

Impuesto de TransmisionesPatrimoniales y Actos Jurídicos

DocumentadosConsejería de Hacienda

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Licencia de obra y apertura

Ayuntamiento

Presentación de loscontratos de trabajadores

Oficina de Empleo

Comunicación de la apertura del centro de trabajo

Dirección General de Trabajo y Seg. Social

Afiliación y alta de lostrabajadores

Alta en el Régimen Especial deAutónomos

Tesorería General de la S.S.

Para empresarios individuales, basta con el DNI y para comunidades de bienes y sociedades civiles es necesario DNI de los promotores,

contrato público o privado y obtención de CIF

Esquema básico que no incluye trámites medioambientales ni específicos por razón de la actividad

INICIO DE LA ACTIVIDAD

Declaración de alta en el impuesto sobre actividades económicas (IAE)Modelos 840-036 - Hacienda

Código de Identificación Fiscal provisional (CIF)036 - Hacienda

Modelo de declaración censal036 - Hacienda

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Otras consideraciones legales

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El Sistema de la Seguridad Social es un conjunto deregímenes a través de los cuales el Estadogarantiza a las personas comprendidas en sucampo de aplicación, por realizar una actividadprofesional, o por cumplir los requisitos exigidos enla modalidad no contributiva, así como a losfamiliares o asimilados que tuvieran a su cargo, laprotección adecuada en las contingencias ysituaciones que la ley define. En este apartado seaborda el sistema de cotización. Para cuestionesrelativas a la inscripción véase el apartado detrámites.

Seguridad Socialhttp://www.seg-social.esApartado de Trabajadores y Empresarios

Guía de Creación de Empresas IDEPA-CEEI versión on-linehttp://www.ceei.es/gceMenú: Apartado de Otras consideraciones legales –Seguridad Social

3.1

Seguridad Social / Cotización

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En esta modalidad, la cotización a la Seguridad Social incluye:- Protección ante Contingencias Comunes (sanidad, jubilación)- Protección ante el Desempleo- Fondo de Garantía Salarial - Formación Profesional - Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional

La obligación de cotizar nace desde el momento en que se inicia la relaciónlaboral, y deberá efectuarse dentro del mes siguiente al del inicio de dicharelación. Se puede solicitar el aplazamiento y/o fraccionamiento del pago enla Tesorería General de la Seguridad Social.

La cuota de la Seguridad Social es el importe que resulta de aplicar a la“base de cotización”, correspondiente a cada trabajador, el tipo o porcentajeque cada año se establece para cada contingencia protegida. El empresariodebe cumplimentar los boletines de cotización y presentarlos mensualmenteen las oficinas recaudatorias o entidades financieras autorizadas.

Las bonificaciones y reducciones de cuotas se aplicarán directamente sobrela parte de la cuota patronal correspondiente a contingencias comunes enel momento de abonar la liquidación de las cuotas mensuales. Para tenerderecho a estas deducciones es necesario haber registrado el modelo oficialde contrato laboral al efecto en las oficinas del INEM.

El interesado puede elegir entre una base mínima y máxima. Para laelección de la base, en los valores máximos influye la edad del trabajadorpor cuenta propia o autónomo. Opcionalmente puede contratar la coberturade la Incapacidad Temporal (IT) y de la Enfermedad Profesional (EP).

Se abonará por mensualidades (en el período voluntario) coincidiendo conlos meses naturales del año y su importe se ingresará dentro del mismomes al que corresponda su devengo.Los pagos de cuotas fuera de plazotendrán un recargo del 5%, 20% y 35%. La liquidación e ingreso de lascuotas se llevará a cabo mediante la presentación del “Boletín decotización” ante las oficinas recaudadoras (Cajas de Ahorro, Bancos,Oficinas de Correos, etc.), pudiendo domiciliar el pago en cualquiera de lasentidades financieras que actúan como tales.

Normalmente existen bonificaciones en la cuota de los trabajadores que enel momento del alta inicial estén comprendidos en ciertos tramos de edad.Las condiciones de aplicación suelen variar con carácter anual coincidiendocon la entrada en vigor la legislación presupuestaria, por lo que debenconsultarse las posibles variaciones en el mes de enero de cada año.

Regimen General.Para trabajadores porcuenta ajena

Régimen especial deTrabajadores Autónomos.Trabajadores por cuentapropia.

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Información sobre contratos y descarga de modeloshttp://www.inem.es

Guía de Creación de Empresas IDEPA-CEEI versión on-linehttp://www.ceei.es/gceMenú: Apartado de Otras consideraciones legales –Contratos laborales

3.2

Contratos laborales

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Un contrato de trabajo es un acuerdo entre empresario y trabajador por elque éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta delempresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución. Puedenfirmarlo:- Los mayores de edad.- Los menores de 18 años legalmente emancipados.- Mayores de 16 y menores de 18 si tienen autorización de los padres o de

quien los tenga a su cargo. Si viven de forma independiente, con el consentimiento expreso o tácito de sus padres o tutores.

- Los extranjeros, de acuerdo con la legislación vigente.

El contrato de trabajo puede formalizarse por escrito o verbalmente. Esobligatorio por escrito cuando así lo exija una disposición legal, y en todocaso en los contratos que se relacionan:- Contrato para la formación- Contrato en prácticas- Contrato para la realización de una obra o servicio determinado- Contrato a tiempo parcial, fijo discontinuo y de relevo- Contrato a domicilio- Contratos con trabajadores contratados en España al servicio de

empresas españolas en el extranjero- Contratos por tiempo determinado, cuya duración sea superior a cuatro semanas

Cada una de las partes podrá exigir que el contrato se celebre por escrito,en cualquier momento del transcurso de la relación laboral.

En el plazo de 10 días desde su concertación deben comunicarse al ServicioPúblico de Empleo.

Su establecimiento es optativo y de acordarlo, deberá reflejarse por escritoen el contrato. Su duración máxima se establecerá en los ConveniosColectivos aplicables según la actividad, y en su defecto la duración nopodrá exceder de seis meses para los técnicos titulados, o de dos mesespara el resto de los trabajadores.

Durante el período de prueba, el trabajador tendrá los mismos derechos yobligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe, como sifuera de plantilla. Durante este período se podrá rescindir la relaciónlaboral por voluntad de cualquiera de las partes, sin alegar causa alguna ysin preaviso, salvo pacto en contrario.

El período de prueba se computa a efectos de antigüedad, y no podráestablecerse cuando el trabajador ya haya desempeñado las mismas funcionescon anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de contratación.

Características

Formalización y comunicación

Periodo de prueba

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Un contrato de trabajo puede ser indefinido (fijo), o bien tener una duracióndeterminada (temporal). La ley establece como principio general que todocontrato de trabajo es indefinido y a jornada completa, salvo que en elpropio contrato se establezca lo contrario.

Las normas que regulan cada tipo de contrato temporal, establecen cuál esla duración mínima y máxima del contrato.

CONTRATOS DE TRABAJO DE CARACTER INDEFINIDO

- Indefinido ordinario - Para el fomento de la contratación indefinida

CONTRATOS BONIFICADOS INDEFINIDOS O TEMPORALES

- Mujeres desempleadas - Desempleados inscritos durante 6 o más meses - Trabajadores mayores de 45 años - Perceptores de prestaciones o subsidios por desempleo - Desempleados perceptores del subsidio por desempleo incluidos en el

Régimen Especial Agrario Seguridad Social - Perceptores de la renta activa de inserción - Transformación de contratos temporales en indefinidos - Fijo discontinuo - Trabajadores en situación de exclusión social - Víctimas de la violencia de género - Trabajadores mayores de 52 años beneficiarios de los subsidios por

desempleo

CONTRATOS FORMATIVOS

- Contrato para la formación - Contrato en prácticas

CONTRATOS DE DURACION DETERMINADA

- Obra o servicio determinado - Por circunstancias de la producción - Interinidad - De interés social / fomento del empleo agrario - Trabajadores penados en instituciones penitenciarias

Duración

Modelos de contratoslaborales

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CONTRATOS PARA LA INVESTIGACIÓN

- Para la incorporación de investigadores al sistema español de ciencia y tecnología

- Para la realización de un proyecto de investigación

CONTRATO DE SUSTITUCION POR JUBILACION ANTICIPADA

- Contrato de sustitución por jubilación anticipada

CONTRATO DE RELEVO

- Contrato de relevo

CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL

- Contrato de trabajo a tiempo parcial

OTROS CONTRATOS

- Contratos para trabajadores minusválidos- Contrato a domicilio- Contrato de trabajo en grupo

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El IRPF es un tributo de carácter directo ynaturaleza personal, que grava la renta de laspersonas físicas, residentes en España, en funciónde su cuantía y de las circunstancias personales yfamiliares. Es un impuesto que grava las rentasobtenidas por el contribuyente: rendimientos deltrabajo; rendimientos de capital; rendimiento de lasactividades económicas, y ganancias y pérdidaspatrimoniales.

Agencia Estatal de Administración Tributariahttp://www.aeat.es

Guía de Creación de Empresas IDEPA-CEEI versión on-linehttp://www.ceei.es/gceMenú: Apartado de Otras consideraciones legales –Impuestos

3.3

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

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Existen en este impuesto los siguientes regímenes de determinación delrendimiento neto derivado de la realización de actividades económicas:

NORMAL

Se aplica con carácter general a losempresarios y profesionales que no esténacogidos a la Modalidad Simplificada ni a laEstimación Objetiva, con un importe neto dela cifra de negocios superior a 600.000 eurosanuales en el ejercicio anterior.

Este régimen se caracteriza por prescindir delos ingresos y gastos que se produzcan en eldesarrollo de la actividad. En su lugar seaplicarán unos signos, índices o módulos enfunción de la actividad empresarial que sonaprobados mediante orden del Ministerio deHacienda. Se aplica a los empresarios,profesionales y agricultores o ganaderos quecumplan los siguientes requisitos:

Que sus actividades estén incluidas en laOrden publicada por el Ministerio deEconomía y Hacienda (Orden de 29 deNoviembre del 2000).

Que el volumen de rendimientos íntegros delcontribuyente, en el año inmediato anterior nosupere cualquiera de los siguientes importes:para el conjunto de sus actividades económicas450.000 euros anuales y para el conjunto de lasactividades agrícolas, ganaderas y forestales,300.000 euros anuales.

Que el volumen de las compras en bienes yservicios, excluidas las adquisiciones deinmovilizado, en el ejercicio anterior supere lacantidad de 300.000 euros anuales.

Que no operen fuera del ámbito de aplicacióndel impuesto.

Que no hayan renunciado a su aplicación.

Que no hayan renunciado ni estén excluidosdel Régimen Simplificado ni hayan renunciadoal Régimen Especial de Agricultura, ganaderíay pesca del IVA.

Que ninguna actividad que ejerza elcontribuyente se encuentre en EstimaciónDirecta, en cualquiera de sus modalidades.

SIMPLIFICADA

Régimen voluntario que se aplica a losempresarios y profesionales cuando concurranlas siguientes circunstancias:

Que sus actividades no estén acogidas a la Estimación Objetiva.

Que la cifra de negocios (para el conjuntode actividades del contribuyente) delejercicio anterior no supere los 600.000euros anuales

Que no se haya renunciado a su aplicación.

Que ninguna actividad que ejerza el contribuyente se encuentre en modalidadnormal, salvo cuando el contribuyente iniciael ejercicio de una nueva actividad.

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Modalidades detributación para losrendimientos deactividades económicas

Pagos fraccionados en el IRPF

ESTIMACIÓN DIRECTA ESTIMACIÓN OBJETIVA

Deberán realizarse cuatro pagos fraccionados trimestrales (Modelo 130,para empresarios y profesionales en régimen de estimación directa o Modelo131, para empresarios en régimen de estimación objetiva) a cuenta delImpuesto sobre la Renta en los plazos siguientes: los tres primerostrimestres entre el 1 y el 20 de los meses de abril, julio y octubre,respectivamente, y el cuarto trimestre entre el 1 y el 30 del mes de enero delaño siguiente.

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Es un tributo de carácter directo y naturalezapersonal que grava la renta de las Sociedades ydemás entidades jurídicas sujetas por Ley.

Este impuesto grava las rentas obtenidas por lasociedad entendidas por tales, los rendimientos delas explotaciones económicas de toda índole, losrendimientos derivados de cualquier elementopatrimonial, así como los incrementos depatrimonio.

La Base Imponible del impuesto es el resultadocontable (ingresos menos gastos) determinadosegún las normas contables y corregido por lospreceptos de la Ley del Impuesto que se separen delos criterios contables. Como regla general, losingresos y los gastos deben computarse por susvalores contables. Las partidas deducibles sevaloran por su precio efectivo de adquisición o porsu coste de producción. En general, se imputarán enel período impositivo en que se devenguen.

Agencia Estatal de Administración Tributaria

http://www.aeat.es

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Impuesto sobre Sociedades (IS)

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La deuda tributaria.Tipos de Gravamen

General

Empresas de reducida dimensión

Base imponible entre 0 y 90.151,81

Base imponible restante

Sociedades cooperativas fiscalmente protegidas

Entidades previstas en la Ley 49/2002, de 23 de Dic.

35%

30%

35%

35%

20%

10%

TIPO PORCENTAJE

Las empresas pueden practicar deducciones en la cuota por: inversionesrealizadas, investigación y desarrollo, protección del medio ambiente,asistencia a ferias, actividades de exportación y prospección de mercadosexteriores, fomento de las tecnologías de información y comunicación,reinversión de beneficios extraordinarios, formación profesional o creaciónde empleo entre otros.

Las empresas de reducida dimensión (aquellas en las que la cifra denegocios del periodo impositivo anterior sea inferior a 5 millones de euros)pueden acogerse a beneficios fiscales (ejemplo: libertad de amortizaciónpara las inversiones con creación de empleo o para inversiones de escaso valor).

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Es un tributo de naturaleza indirecta que recaesobre el consumo.

El IVA grava las entregas de bienes y lasprestaciones de servicios efectuadas por empresaso profesionales, así como las adquisicionesintracomunitarias de bienes y las importaciones debienes.

Agencia Estatal de Administración Tributariahttp://www.aeat.es

Guía de Creación de Empresas IDEPA-CEEI versión on-linehttp://www.ceei.es/gceMenú: Apartado de Otras consideraciones legales –Impuestos

Impuesto sobre el Valor Añadido(IVA)

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REGÍMENES ESPECIALES:

- Simplificado

- Agricultura. Ganadería y Pesca

- Bienes Usados, Objetos de Arte, Antigüedades y Objetos de Colección

- Agencias de Viaje

- Comercio minorista (Recargo de equivalencia)

- Régimen de las operaciones del oro de inversión

Están sujetos a este régimen las sociedades y personas físicas,comerciantes y profesionales, no acogidos a un régimen específico.

Forma de tributar: Por la diferencia entre el IVA devengado y el IVAsoportado.

En la actualidad hay tres tipos de IVA vigentes: General (16 %), Reducido (7 %) y súper reducido (4%).

Las sociedades y personas físicas, sujetas a este régimen, están obligadasa conservar y emitir las facturas con el desglose del IVA y su tipo y a lallevanza de Libros Registros de Facturas recibidas y emitidas.

Regímenes del IVA

Regímen general

RÉGIMEN GENERAL

Este régimen se aplica a quienes realizan actividades que estén incluidasen la Orden Publicada por el Ministerio de Economía y Hacienda de fecha 29 de Noviembre de 2000, que no rebasen los límites que se establecen enla misma y no renuncien a su aplicación.

Una actividad sólo puede tributar en el régimen Simplificado de IVA si,asimismo, tributa en Estimación Objetiva en Renta.

Regímen simplificado

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Recargo de equivalencia Régimen obligatorio para comerciantes minoristas, que sean personasfísicas o entidades en régimen de atribución de rentas (si todos sus sociosson personas físicas), y que comercialicen al por menor artículos oproductos de cualquier naturaleza, salvo los exceptuados en el Reglamentodel IVA.

Forma de tributar: Liquidación del Impuesto a cargo del proveedor, previaaplicación del recargo correspondiente.

Forma de tributar: Mediante la aplicación de los módulos, se determina elIVA devengado (repercutido) por operaciones corrientes (en lugar del IVA aIngresar), del cual podrán deducirse las cuotas soportadas tanto en lasadquisiciones de bienes y servicios corrientes como en la de activos fijosafectos a la actividad.

No obstante, el resultado de las operaciones corrientes (IVA devengado - IVAsoportado) no puede ser inferior a un mínimo que se establece para cadaactividad.

Los sujetos a este régimen, están obligados a llevar un libro de registro defacturas recibidas. Quienes realicen además actividades a las que no seaaplicable el Régimen Simplificado, deberán anotar separadamente lasadquisiciones correspondientes a cada sector diferenciado de la actividad.

Además, deberán conservar la siguiente documentación: justificantes de losmódulos aplicados, las facturas recibidas de los proveedores y documentosque contengan la liquidación del impuesto correspondiente a lasimportaciones, adquisiciones intracomunitarias y las operaciones donde elsujeto pasivo lo es por inversión.

El sujeto pasivo liquidará el IVA mediante la presentación de lasdeclaraciones-liquidaciones trimestrales u ordinarias, realizando un ingresoa cuenta del resultado final. Estas liquidaciones se realizarán entre el 1 y el20 de los meses de abril, julio y octubre.

El importe a ingresar o la cuantía a devolver se determinará en ladeclaración final que se realiza entre el 1 y el 30 del mes de enero del añosiguiente.

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Tipo de IVA

Recargo

Para las entregas de bienes objeto del Impuesto Especial sobre las Laboresdel Tabaco, el recargo será del 1,75%

Los empresarios sujetos a este régimen, no tienen que presentardeclaraciones ni realizar pagos pero sí están obligados a conservar lasfacturas y tickets.

16 %

4 %

7 %

1 %

4 %

0,5 %

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Oficina Española de Patentes y Marcashttp://www.oepm.es

Registro de la Propiedad Intelectual del Principadode Asturias http://www.princast.es / Catálogo de serviciosMenú: Información por temas – Información deservicios

3.4

La propiedad industrial e intelectualy la empresa

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1. La distinción de losproductos y servicios dela empresa

2. La protección de lainnovación

3. La propiedadintelectual

Invenciones industriales

Creaciones de la forma

Toda innovación es susceptible de protección legal mediante una modalidad depropiedad industrial que garantiza a su titular un derecho exclusivo a su explotación.

PATENTE. Una Patente es un título que reconoce el derecho de explotar enexclusiva la invención patentada, impidiendo a otros su fabricación, venta outilización sin consentimiento del titular.

MODELO DE UTILIDAD. El Modelo de Utilidad protege invenciones con menorrango inventivo que las protegidas por Patentes, consistentes, por ejemplo,en dar a un objeto una configuración o estructura de la que se derive algunautilidad o ventaja práctica.

DISEÑO INDUSTRIAL. Un Diseño Industrial otorga a su titular un derechoexclusivo, sobre la apariencia de la totalidad o de una parte de un producto,que se derive de las características de, en particular: las líneas, contornos,colores, forma, textura o materiales del producto en sí o de suornamentación.

La propiedad intelectual está integrada por un conjunto de derechos querecaen sobre creaciones artísticas, literarias y científicas originales onuevas.Es importante señalar que la protección por derecho de autor abarcaúnicamente las expresiones pero no las ideas, procedimientos o métodos deoperación. A diferencia de lo que ocurre en el caso de la propiedad industrial,el registro no tiene efectos constitutivos y resulta totalmente voluntario. Noobstante, es recomendable ya que constituye prueba cualificada.

Los signos distintivos, marcas y nombre comerciales, que identifican a laempresa, sus productos o servicios, pueden protegerse proporcionando a laempresa el derecho exclusivo a su utilización en el mercado.

NOMBRE COMERCIAL. Un Nombre Comercial es un título que concede elderecho exclusivo a la utilización de cualquier signo o denominación comoidentificador de una empresa en el tráfico mercantil.

Es preciso tener en cuenta la diferencia entre el nombre comercial y la denominaciónsocial. Ésta es concedida por el Registro Mercantil e identifica la sociedad en el tráficomercantil como sujeto de relaciones jurídicas. El nombre comercial puede coincidir con ladenominación social de una entidad ó puede elegirse una expresión caprichosa diferente.También es posible que una misma empresa emplee diferentes nombres comerciales,cada uno destinado a un sector de actividad diferente. Ambas modalidades puedenformar parte de la identidad corporativa de una empresa, que también puede hacer usodel registro del nombre del dominio, que es la dirección de una empresa en internet.

MARCA. Una Marca es un título que concede el derecho exclusivo a lautilización de un signo para la identificación de un producto o un servicioen el mercado.

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Es un servicio que ofrece la Administración quepermite realizar determinados trámites yprocedimientos vía internet.

QUÉ NECESITO PARA REALIZAR TRÁMITESTELEMÁTICOS

Administración estatal

Para acceder a algunos de los servicios telemáticoslos interesados deben estar en posesión de uncertificado digital. Es como un DNI electrónico quegarantiza en Internet la identidad de las personas yofrece garantías de seguridad ante laAdministración. Es preciso consultar para cadaservicio on line qué clase de certificado digital esválido.

El Portal del ciudadano. Administración electrónicahttp://www.administracion.es

Principado de Asturias

Para acceder a servicios de tramitación telemáticadel Gobierno del Principado de Asturias en algunoscasos será suficiente disponer de la clave personalde acceso al SAC y en otros del certificado digital.

La clave de acceso personal la asigna el Servicio deAtención Ciudadana (SAC). En el caso de clavemaestra, el titular será una persona jurídica(empresas, organizaciones, etc.).

Cuándo sea necesario estar en posesión de uncertificado digital, el Principado de Asturias admitela utilización del Certificado de clase 2 de laFábrica Nacional de Moneda y Timbrehttp://www.cert.fnmt.es

Apartado Gestiones en la Webwww.princast.es

3.5

La Administración Telemática

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Economía y Finanzas:

Administración electrónica del Ministerio de Economía y Haciendahttp://www.meh.es

Oficina Virtual de la Agencia Tributaria https://aeat.es

Oficina Virtual del Catastro http://ovc.catastro.minhac.es/

Trabajo y asuntos sociales:

Seguridad Social http://www.segsocial.esOficina virtual y Sistema RED (Remisión Electrónica de Documentos)

Ministerio de Industria, Comercio y Comercio:

Oficina virtual del Ministerio http://www.min.esLos trámites más destacados serían:Solicitudes de permisos de Importación-Exportación;solicitud deautorización de regímenes aduaneros económicos; recurso y reclamaciones;procedimientos de revisión de actos administrativos;ayudas y subvenciones.

Ministerio de Administraciones Públicas:

Ventanilla Única Empresarial http://www.vue.es/

Registro Mercantil:

- Depósito anual de cuentas.- Legalización de libros contables.

https://www.registradores.org

Servicios tramitablesen la Web de interés parala empresa

Administración estatal

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En este enlace se recoge toda la información acerca del modo y latramitación de las cuestiones que pueden llevarse a cabo en laAdministración Autonómica.http://www.princast.es/

Trámites más destacados:Aportación de documentos a expedientes; obtención de duplicados;notificaciones y comunicaciones administrativas.

Principado de Asturias

Ayuntamientos

Trámites del Ayto. de Avilés

http://www.aviles.esTrámites/Impresos/Permisos/BuscadorSe pueden visualizar los trámites a través de: Ventanilla directa.

Trámites del Ayto. de Gijón

http://www.gijon.esTrámites/Impresos/Carpeta ciudadana/Pagos en red/Permisos/BuscadorSe accede a través del sistema de teletramitación y de la carta de servicios.

Trámites del Ayto. de Oviedo

http://www.oviedo.esImpreso/PermisosSe accede a través de la carpeta guía de servicios.

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GUÍA PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS.Entorno Legal

Edita:Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias Centro Europeo de Empresas e Innovación del Principado de Asturias

Diseño:Manuel Fernández (MF)

Imprime:Imprenta Narcea

Aviso Legal:Nuestro objetivo es que la informacióncontenida en esta publicación sea precisa y oportuna. En el caso de apreciarse errores haremostodo lo posible en corregirlos. No obstante, los editores no asumimosresponsabilidad alguna en relación con lainformación incluida en estas páginas.Dicho material:- Es información de carácter estrictamente

general y no aborda circunstancias específicas- No ofrece necesariamente información

exhaustiva, completa, exacta o actualizada.- No ofrece asesoramiento profesional

o jurídico Téngase en cuenta que no puedegarantizarse que el documento reproduzcaexactamente un texto legal, sólo seconsidera auténtico el texto legal publicadoen el diario oficial correspondiente.

Instituto de DesarrolloEconómico del Principado deAsturias (IDEPA)Parque Tecnológico de Asturias33428 Llanera. Asturias (España)Tel. +34 985 98 00 20Fax +34 985 26 44 [email protected]

Centro Europeo de Empresase Innovación del Principado de Asturias (CEEI)Parque Tecnológico de Asturias33428 Llanera. Asturias (España) Tel. +34 985 98 00 98Fax +34 985 98 06 [email protected]

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