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Grupo Funcional Desarrollo Económico 1 Petróleos Mexicanos Refinería Deer Park Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 10-1-18T4I-02-0739 DE-148 Criterios de Selección Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización. Objetivo Fiscalizar la gestión financiera de la coinversión PEMEX-Shell en la refinería; comprobar el cumplimiento de objetivos y metas; evaluar sus beneficios y verificar que sus operaciones se registraron y reflejaron en la Cuenta Pública, de conformidad con la normativa aplicable. Alcance Universo Seleccionado: 590,596,382.4 miles de pesos Muestra Auditada: 220,470,132.1 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 37.3 % Se revisaron 220,470,132.1 miles de pesos, el 37.3% del universo seleccionado, integrados por:

Criterios de Selección · formara parte, cualquiera que fuera su carácter, serían de la competencia exclusiva de los Tribunales de la Federación (artículo 17). En ese año, PEMEX

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Page 1: Criterios de Selección · formara parte, cualquiera que fuera su carácter, serían de la competencia exclusiva de los Tribunales de la Federación (artículo 17). En ese año, PEMEX

Grupo Funcional Desarrollo Económico

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Petróleos Mexicanos

Refinería Deer Park

Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 10-1-18T4I-02-0739

DE-148

Criterios de Selección

Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.

Objetivo

Fiscalizar la gestión financiera de la coinversión PEMEX-Shell en la refinería; comprobar el cumplimiento de objetivos y metas; evaluar sus beneficios y verificar que sus operaciones se registraron y reflejaron en la Cuenta Pública, de conformidad con la normativa aplicable.

Alcance

Universo Seleccionado: 590,596,382.4 miles de pesos Muestra Auditada: 220,470,132.1 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 37.3 %

Se revisaron 220,470,132.1 miles de pesos, el 37.3% del universo seleccionado, integrados por:

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Concepto Importe Ventas de PMI NASA a Shell 38,518,342.0 Planta y equipo de DPRLP 37,031,238.0 Compra de crudo mexicano por los socios de DPRLP 25,147,087.8 Importación de gasolinas provenientes de DPRLP 22,149,145.7 Depreciación acumulada de DPLRP 19,254,870.0 Inversión de PMI HBV y PMI HPE en PMI NASA 15,520,449.9 Capital social de DPRLP 13,369,863.0 Compra de crudos extranjeros por PMI NASA 7,433,155.5 Gastos de operación de DPRLP 6,806,822.0 Reconocimiento de PEMEX de la inversión en DPRLP 6,749,298.0 Reconocimiento de PMI NASA de la inversión en DPRLP 6,684,929.2 Deuda a largo plazo de DPLRP 6,092,050.3 Participación en los resultados de PMI NASA por sus socios 4,598,180.7 Cuentas por cobrar de DPRLP 2,605,297.0 Ingresos por la cuota de procesamiento en DPRLP 2,018,122.7 Utilidad neta de DPRLP 1,845,436.0 Participación en los resultados de DPRLP por PEMEX 1,363,510.0 Participación en los resultados de DPRLP por PMI NASA 919,475.9 Deuda a corto plazo de DPRLP 617,855.0 Garantía de PEMEX otorgada a DPRLP 556,069.5 Gastos generales y administrativos de DPRLP 443,150.0 Efectivo y equivalentes de DPRLP 323,558.0 Pago de utilidades de DPRLP a PMI NASA 302,312.5 Impuestos de DPRLP 93,827.0 Prestación de servicios de PMI CIM y PMI HNA a PMI NASA 17,090.4 Otros ingresos de DPRLP

Total 8,996.0 220,470,132.1

Resultados

1. Conformación de las empresas del Grupo PMI y la compañía P.M.I. Norteamérica, S.A. de C.V. (PMI NASA). La revisión de la operación de la empresa PMI NASA, como parte integrante del Grupo PMI y responsable de la administración de su participación en la refinería Deer Park Refining Limited Partnership (DPRPL) en Houston, Texas, Estados Unidos de América (EUA), requiere partir de los antecedentes siguientes:

A. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Una función esencial en el contexto de equilibrio de poderes dentro de una sociedad constitucional y democrática, como es la mexicana, es ejercida por el Poder Legislativo al aprobar la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como la Cuenta Pública (artículos 73, fracción VI y 74, fracciones IV y VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos), por medio de:

• El Congreso de la Unión, que aprueba la Ley anual de Ingresos de la Federación, la cual incluye el monto previsto de recaudación de impuestos, derechos, productos y aprovechamientos; endeudamiento neto, así como los ingresos de las entidades paraestatales sujetas a control presupuestal directo.

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• La Cámara de Diputados, que aprueba los instrumentos que determinan la totalidad del gasto público federal que ejercen los tres Poderes de la Unión, los organismos constitucionales autónomos, así como las entidades paraestatales sujetas a control presupuestal directo, a saber:

- El Presupuesto anual de Egresos de la Federación.

- La Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal (Cuenta Pública).

Dichos principios se encuentran estrechamente vinculados al principio de universalidad, consignado en el artículo 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que no podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el presupuesto o determinado por ley posterior, principio al cual deben de sujetarse no sólo los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como los órganos autónomos, sino también las entidades paraestatales sujetas a control presupuestal directo por parte de la Cámara de Diputados.

B. Incorporación de PEMEX al ámbito de control del Poder Legislativo. No obstante su importancia y el hecho de pertenecer a la Administración Pública Federal, PEMEX fue incorporado al esquema de autorización y control por parte del Poder Legislativo en el año 1965, junto con otros 26 organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, a los que se les dio el carácter de entidades sujetas a control presupuestal directo.

De esa manera, específicamente, en el ejercicio presupuestal de 1987, PEMEX estuvo sujeto a la aprobación de:

1. La totalidad de sus ingresos, incluyendo su endeudamiento, se incorporaron a la Ley de Ingresos de la Federación.

2. La totalidad de sus egresos, formaron parte del Presupuesto de Egresos de la Federación.

3. La rendición de cuentas de la totalidad de sus ingresos y egresos consignados en la Cuenta Pública de ese ejercicio.

4. En su carácter de organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, como cualquier otra entidad paraestatal, estuvo:

- Facultado para invertir de forma minoritaria y mayoritaria en el capital de empresas, de conformidad con las leyes; Orgánica de la Administración Pública Federal y Federal de las Entidades Paraestatales.

- Regulado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, la Ley General de Deuda Pública, así como leyes relativas a la obra pública, adquisiciones, arrendamientos, entre otras.

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Además, conforme a la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos de febrero de 1971 vigente en 1987 y actualmente abrogada, PEMEX era un organismo público descentralizado del Gobierno Federal, de carácter no sólo técnico e industrial, sino también comercial; su objeto abarcaba, entre otras, las actividades de orden comercial, las cuales comprendían la distribución y las ventas de petróleo, gas natural y productos refinados, tanto en el país, como en el extranjero (artículos 1 y 2), por lo que estuvo:

• Facultado para celebrar toda clase de actos, convenios y contratos; suscribir títulos y celebrar operaciones de crédito; emitir obligaciones, y realizar todos los actos jurídicos que requiriera para el cumplimiento de su objeto, sujetándose a las disposiciones legales aplicables (artículo 7).

• Obligado a garantizar que en todos los actos, convenios y contratos en que interviniera, fueran aplicables las leyes federales y que, las controversias en que formara parte, cualquiera que fuera su carácter, serían de la competencia exclusiva de los Tribunales de la Federación (artículo 17).

En ese año, PEMEX realizó sus operaciones comerciales en el exterior, por medio de estructuras propias y de representaciones, todas ellas consideradas dentro de su presupuesto autorizado, con las que se apoyó para estudiar y evaluar el desarrollo del mercado mundial de energéticos; para mantener actualizados los programas de exportación e importación y negociar los contratos y convenios necesarios sobre los productos petroleros y petroquímicos básicos, efectuando las operaciones de exportación e importación de éstos, desde la colocación de las órdenes de embarque hasta la facturación de las ventas.

Hasta 1987, PEMEX contó con oficinas de representación en Londres, Inglaterra; Madrid, España; y en Nueva York y Houston Texas, Estados Unidos de América (EUA). Éstas dependieron de la entonces Coordinación Ejecutiva de Comercio Internacional de la paraestatal, que actuó como enlace con clientes y proveedores de petróleo crudo y derivados del sector energético.

C. Situación del comercio y transporte internacional de hidrocarburos a mediados de la década de los 80. Una vez superado el fenómeno de la crisis energética (embargo petrolero árabe, octubre 1973), la demostración de la eficacia de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP) en cuanto a la defensa de los precios mundiales del petróleo y las consecuencias de los siniestros registrados en la transportación de hidrocarburos Amoco Cádiz (1978) y Exxon Valdez (1989), entre otros fenómenos, las grandes compañías petroleras trasnacionales habían desarrollado diversas estrategias y mecanismos de protección en su comercio y transporte de hidrocarburos, como fue la creación de empresas con fines determinados, en diferentes localidades para manejar negocios específicos.

Esta estrategia brindaba a dichas compañías un entorno legal protegido, la flexibilidad necesaria en aspectos de negocios, así como la reducción de riesgos, ya que las responsabilidades de una empresa quedaban separadas de la responsabilidad de otra, por

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tener responsabilidad jurídica propia, protegiendo con ello los intereses de la matriz. Esto se convirtió en la regla, en lugar de la excepción.

D. Proceso de internacionalización de PEMEX. En 1988, PEMEX inició la instrumentación de un plan integral de optimización de las actividades de exportación de crudo, comercialización de productos petrolíferos, inversiones en el extranjero y otros negocios, ante la necesidad de enfrentar el incremento notable de la complejidad y grado de competencia del mercado petrolero internacional, lo que hizo necesario que se adecuaran y fortalecieran la estructura y los medios con los que se realizaban las actividades de comercio exterior del petróleo y sus derivados.

En función de ello, las autoridades de PEMEX consideraron que era menester que el organismo contara con una estructura corporativa acorde con la importancia de sus actividades internacionales de comercio exterior, que le brindara los mecanismos de protección necesarios y le permitiera aprovechar esquemas para un mejor manejo fiscal en el ámbito internacional, con la flexibilidad y solidez necesarias para adaptarse a las cambiantes circunstancias.

Al respecto, las autoridades de esa entidad paraestatal estimaron que:

• Se encontraba en desventaja ante las grandes empresas comercializadoras extranjeras por la limitada flexibilidad con la que podía operar en los mercados internacionales, además de que su prioridad, hasta esos momentos, había sido la producción y el abasto interno.

• Su producción no era suficiente para cubrir la demanda interna de productos y requería importar con agilidad las diferencias en volumen para que el sistema nacional no sufriera una situación de desabasto, así como exportar los excedentes del organismo.

• Requería de habilidades y mecanismos para competir en los mercados internacionales con la flexibilidad y eficiencia que exigía participar en un mercado abierto.

Para resolver dicha problemática, PEMEX se planteó la creación de compañías que permitieran una apertura comercial activa al exterior; originaran nuevas formas de organización del comercio internacional de petróleo crudo y productos derivados; contribuyeran al fortalecimiento de la capacidad competitiva del organismo en el mercado internacional y a mejorar la eficiencia operativa en esa área; a reducir la vulnerabilidad estructural asociada a las exportaciones petroleras; dar flexibilidad, incrementar la capacidad de acción-negociación y de prevenir circunstancias aleatorias en mercados caracterizados por profundos cambios estructurales así como por su inestabilidad y volatilidad.

Dicha estrategia comprendió, entre otras según PEMEX, las líneas de acción siguientes:

• Posicionarse competitivamente en el mercado internacional, a partir de un modelo de comercialización que le permitiera aprovechar las ventajas fiscales a partir de tratados

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internacionales, con el fin de evitar la doble imposición, reducir cargas fiscales en países donde se realizaban operaciones, mejorar los rendimientos y disminuir costos de operación.

• Desarrollar, de manera flexible y eficiente, la comercialización de petróleo crudo, productos petrolíferos y petroquímicos, así como el transporte de dichos hidrocarburos.

• Asegurar y maximizar el beneficio económico de las ventas al exterior de petróleo crudo.

• Maximizar el valor económico de PEMEX, a través del comercio internacional.

• Facilitar a PEMEX el vínculo del mercado nacional con los mercados internacionales.

• Buscar nuevas oportunidades de negocios en el mercado externo.

• Colocar volúmenes de exportación con una mejor configuración que le ofreciera mayor valor a sus crudos.

Con objeto de instrumentar esa estrategia, PEMEX tomó la decisión de separar del organismo las actividades de comercio internacional de crudo e hidrocarburos y constituir:

• Una empresa de participación estatal mayoritaria, P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V. (PMI CIM), como una entidad paraestatal, a la cual se le encomendó la comercialización a nivel internacional del crudo mexicano.

• Un grupo de empresas instrumentales (Grupo PMI), sin estructura, domiciliadas en diversos países y reguladas por el derecho privado; jurídicamente separadas de PEMEX y del Gobierno Federal, lo que permitiría salvaguardar la integridad jurídica del Estado Mexicano y del organismo descentralizado; la estructura corporativa que los protegería de posibles acciones judiciales y administrativas a nivel internacional, lo que posibilitaría que PEMEX pudiera estar aislado de la relación comercial a nivel internacional.

Según ha informado PEMEX en distintas auditorías que con motivo de las revisiones de las cuentas públicas 2002, 2004, 2007 y 2008, las empresas pertenecientes a ese Grupo tendrían a su cargo la comercialización de productos petrolíferos y productos petroquímicos, así como otros negocios internacionales. No participarían en la comercialización de gas natural.

El Grupo estaría conformado por una estructura de empresas con las características siguientes:

• Empresas tenedoras de acciones. El objetivo de estas empresas sería alcanzar ventajas fiscales a partir de tratados internacionales con el fin de evitar la doble imposición de impuestos.

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• La cabeza de las empresas tenedoras estaría constituida en Ámsterdam, Holanda, ya que este país había firmado tratados que evitaban la doble imposición fiscal al momento de transferir dividendos a México.

• Empresas de servicios. Estas empresas tendrían la finalidad de actuar como enlace cercano y oportuno entre PEMEX y sus clientes de petróleo crudo y, clientes y proveedores de derivados; efectuar y proveer análisis del mercado internacional de crudo y productos y; monitorear el desempeño de las inversiones de PEMEX en el exterior. Con el fin de evitar contingencias fiscales, estas oficinas serían dotadas de personalidad y patrimonio propios.

• Empresas comercializadoras. Las cuales asimilarían las funciones de comercio internacional de PEMEX con sus clientes y proveedores; monitorearían el mercado y otras actividades comerciales que limitaban la exposición de PEMEX a los riesgos inherentes al comercio internacional.

El valor tangible de esta estrategia estaría reflejado en los dividendos que las empresas tenedoras transferirían a PEMEX, así como en el pago de impuestos (ISR) que por los mismos se harían al Gobierno Federal.

Con la constitución de las empresas instrumentales del Grupo PMI, se lograría la protección de las jurisdicciones existentes en EUA, en Holanda y en las Antillas Holandesas, además de que habría una administración especial para todas. De esa forma, no podría imputársele a PEMEX responsabilidad alguna, en relación con lo que hicieran o dejaran de hacer cada una de esas empresas.

PEMEX señaló que las empresas del Grupo PMI se crearían en el marco de lo que disponía la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos de 1971, la cual no obligaba someter a la consideración del Consejo de Administración de PEMEX su constitución.

Asimismo, una vez obtenida la autorización del Ejecutivo Federal, por conducto de la entonces Secretaría de Programación y Presupuesto (hoy integrada de nueva cuenta a la SHCP), la constitución y operación de las empresas del Grupo PMI consideraría lo siguiente:

• Serían empresas instrumentales, no estratégicas, ni prioritarias; no estarían sujetas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ni a las leyes que rigen la Administración Pública Federal.

• Tendrían el carácter de empresas privadas, cuya actividad estaría sujeta únicamente a la legislación aplicable de los países en donde serían constituidas, complementado por los Estatutos y Escrituras Constitutivas de cada una de las compañías.

• La nacionalidad de cada empresa la daría el lugar de su constitución, no el capital aportado; como estarían bajo la legislación extranjera, la legislación mexicana no podría llegar más allá de los límites del territorio nacional.

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• El conjunto de empresas del Grupo se encontraría organizado administrativamente a través de la entidad paraestatal PMI CIM, la cual proporcionaría servicios de carácter administrativo, comercial y financiero, derivados de los contratos de prestación de servicios que celebraría con cada una de ellas.

• Las responsabilidades de los servidores públicos de PEMEX o de la entidad paraestatal PMI CIM que fueran designados para representarlos en los órganos de gobierno o como directivos de las empresas del Grupo PMI, estarían definidas en los estatutos de cada una de ellas.

• No tendrían personal ni oficinas, pues serían empresas que se crearían, desde el punto de vista legal y fiscal, como conductos financieros para hacer más fácil la comercialización de productos petrolíferos, la realización de negocios internacionales y la administración de inversiones en el extranjero. 1

• Por su naturaleza privada, estas empresas no estarían obligadas a formular presupuestos anuales, aunado a la volatilidad de los precios internacionales de los productos, por lo que no se requeriría, ni sería posible la elaboración de un presupuesto.

• No estarían obligadas a reportar en la Cuenta Pública, a la que sólo deben de reportar aquellas entidades paraestatales que están bajo un control directo o indirecto del presupuesto, y las empresas del Grupo PMI no serían presupuestales.

• PEMEX no estaría posibilitado a intervenir en la administración o en las decisiones de las empresas del Grupo PMI constituidas a través de las propias tenedoras del mismo. En adición a ello, dada la personalidad jurídica de las empresas del Grupo, el papel fundamental de los integrantes de los órganos de gobierno de cada empresa instrumental sería velar precisamente por los intereses de la misma, y no así por la de terceros, como podría ser el mismo PEMEX.

• Al utilizar empresas constituidas en otros países, se aprovecharían los tratados para evitar la doble imposición y se reduciría el impacto del pago de impuestos.

E. Argumentos y fundamentación jurídica de la constitución y operación de las empresas del Grupo PMI. PEMEX, en el desarrollo de diversas auditorías realizadas durante la revisión de las cuentas públicas 2002, 2004, 2007 y 2008, informó que para sustentar, en su momento, la constitución de las empresas del Grupo PMI como empresas no paraestatales distintas a las señaladas o previstas en los artículos 3 y 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 2 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, utilizó los argumentos y criterios de interpretación siguientes:

1 Al 31 de diciembre de 2010, de las 10 compañías del Grupo PMI, solo las compañías prestadoras de servicios P.M.I. Holdings

North America, Inc., y Pemex Internacional España, S.L., eran las únicas que tenían oficinas y personal propio.

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• El principio de jerarquía de las leyes. Su ley orgánica vigente en el periodo 1988-1992 era de igual jerarquía que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

• El principio de especialidad de la ley. A partir del cual se aplicaría específicamente y, en primer término, la hipótesis normativa prevista en el artículo 7 de su Ley Orgánica, la cual facultaba a PEMEX a celebrar toda clase de actos, convenios y contratos; suscribir títulos y celebrar operaciones de crédito; emitir obligaciones, y llevar a cabo todos los actos jurídicos que requiriera para el cumplimiento de su objeto, con lo cual le confería la más amplia libertad de gestión respecto de su organización y funcionamiento, al igual que para la ejecución de las actividades encaminadas a la realización de su objeto.

• Al hacer la interpretación histórica de la normatividad, según el tiempo y circunstancias en que habían ido apareciendo las diversas leyes, PEMEX aplicaría su ley orgánica en el contexto existente en el periodo 1988-1992, para no sujetar a las empresas del Grupo PMI a la reglamentación para las entidades paraestatales establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

• El principio de no aplicación extraterritorial de la ley. Puesto que las empresas del Grupo PMI se constituirían conforme normas extranjeras, ya que las mismas serían creadas ex profeso para desarrollar actividades en el extranjero, en los diversos países en los que operarían la mayoría de ellas, no podría aplicarse la ley mexicana.

• En términos de este principio, el derecho mexicano no es derecho positivo fuera del territorio nacional; razón por la que conforme a nuestro propio sistema jurídico, resultaría jurídicamente insostenible la constitución de empresas paraestatales en el extranjero, así como la aplicación que en ese caso tendría que hacerse por parte de éstas de las normas aplicables a las empresas paraestatales (en materia de adquisiciones, presupuesto, etc.), pudiendo generar la aplicación del derecho mexicano un conflicto de leyes en el espacio.

• Las empresas instrumentales del Grupo que se crearían no podrían tener el carácter de paraestatales, debido al hecho de que no desarrollarían actividades primarias ni estratégicas para el Estado mexicano, definidas como tales, por la Constitución y las leyes, requisito éste que debían cumplir las entidades paraestatales.

• Las empresas del Grupo PMI, en su gran mayoría, se constituirían como personas morales de Derecho Privado Extranjero. Por ello, no estarían sujetas a las disposiciones legales que regulaban a las empresas paraestatales, ya que sería un sinsentido jurídico constituir una empresa en territorio extranjero para después aplicarle el derecho mexicano.

• Como personas morales de derecho privado extranjero no estarían sujetas a las disposiciones legales nacionales. De conformidad con lo que dispone el artículo 12 del Código Civil Federal.

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"Artículo 12. Las leyes mexicanas rigen a todas las personas que se encuentren en la República, así como los actos y hechos ocurridos en su territorio o jurisdicción y aquéllos que se sometan a dichas leyes, salvo cuando éstas prevean la aplicación de un derecho extranjero y salvo, además, lo previsto en los tratados y convenciones de que México sea parte."

• El artículo 2 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo establecía que sólo la Nación podía llevar a cabo las distintas explotaciones de los hidrocarburos que constituyeran la industria petrolera, concepto éste que se esclarecía en el artículo 3 de ese ordenamiento. Una lectura de tales preceptos, así como del objeto social que tendrían las empresas del Grupo PMI y la consideración de que la actividad de la mayoría de las mismas se desarrollaría fuera del territorio nacional, confirmaría que su actividad no comprendería áreas reservadas a la Nación.

Con las argumentaciones y justificaciones anteriores, a juicio de PEMEX, quedaría plenamente descartado que las disposiciones del derecho público (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos, Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento, Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda y demás leyes) pudieran regir el funcionamiento de empresas del Grupo PMI.

F. Posición del Ejecutivo Federal en relación con las empresas del Grupo PMI. En junio de 1988, la entonces Secretaría de Programación y Presupuesto (hoy fusionada con la SHCP) autorizó a PEMEX el 100.0% de la inversión en las dos empresas tenedoras del Grupo: P.M.I. Holdings B.V. (PMI HBV) y P.M.I. Holdings N.V. (PMI HNV), hoy P.M.I. Holdings Petróleos España, S.L. (PMI HPE).

Posteriormente, mediante diversos comunicados, esa misma dependencia definió el criterio del Ejecutivo Federal, en el sentido de que:

• La aportación de recursos para la constitución de las empresas del Grupo PMI se dio atendiendo la necesidad de constituir sociedades extranjeras que facilitaran la compraventa de productos petroleros.

• Por su naturaleza, las empresas del Grupo PMI, son sociedades unimembres y meramente instrumentales, cuyas características jurídicas permiten, inclusive, que no cuenten con personal u oficinas establecidas.

• Las características que tienen las empresas del Grupo PMI no son equiparables a las que las disposiciones jurídicas otorgan a las empresas de participación estatal mayoritarias que forman parte del sector paraestatal (artículos 3 y 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 30 de la ley Federal de las Entidades Paraestatales), por lo que dichas empresas no se considerarían como tales.

G. Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios de 1992. Prácticamente en su totalidad las empresas del Grupo PMI se constituyeron e iniciaron operaciones antes

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de la entrada en vigor, en julio de 1992, de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, la cual dispuso que el Consejo de Administración de PEMEX podía autorizar a ese organismo descentralizado constituir empresas que auxiliaran a la industria petrolera en áreas no estratégicas o actividades no prioritarias (artículo 10).

De conformidad con los argumentos y fundamentación jurídica utilizados por PEMEX para la constitución y operación de las empresas del Grupo PMI, mencionados en el apartado E anterior, se desprende que, al estar sujetas a la legislación del país en el que están domiciliadas, no podían estar reguladas por esa ley orgánica (actualmente abrogada) ya que la misma formó parte de la legislación pública mexicana.

H. Creación de P.M.I. Norteamérica, S.A. de C.V. (PMI NASA). En enero de 1993, los consejos de directores (órganos de gobierno) de las empresas PMI HBV y PMI HPE, empresas pertenecientes al Grupo PMI, decidieron constituir en la ciudad de México la empresa PMI NASA, como una empresa instrumental, sin personal, la cual a pesar de estar domiciliada en nuestro país, operaría en su totalidad por medio de sus oficinas en Houston Texas, EUA, en funciones que no podrían ser consideradas estratégicas, ni prioritarias para el desarrollo del país.

PEMEX consideró, adicionalmente que, en virtud de tratarse de una empresa privada establecida por dos socios extranjeros, de naturaleza privada:

• PMI NASA tampoco tendría el carácter de entidad paraestatal, ni le sería aplicable, la legislación pública que regulaba a las entidades paraestatales.

• No se requeriría la autorización para su creación por parte del Consejo de Administración de PEMEX, ni de la Secretaría de Programación y Presupuesto (hoy SHCP), en virtud de que ni PEMEX, ni ninguno de sus organismos subsidiarios erogaron recursos, ni serían accionistas de dicha empresa.

El objeto de PMI NASA es administrar una coinversión que mantiene con la compañía Shell Oil Company (Shell) en EUA, consistente en una refinería denominada Deer Park Refining Limited Partnership (DPRLP), en la que esa empresa del Grupo PMI es socio limitado con el 50.0% de la sociedad. Además, PMI NASA invierte en la compra de crudos, principalmente Maya y, en menor proporción, en crudos ligeros, a fin de procesarlos en dicha refinería y, posteriormente, vender los productos petrolíferos obtenidos a la propia Shell.

I. Ratificación de la posición del Ejecutivo Federal en relación a la naturaleza jurídica de las empresas del Grupo PMI. En 1996, un grupo de trabajo integrado por servidores públicos de las secretarías de Energía, de Hacienda y Crédito Público, y de Contraloría y Desarrollo Administrativo (ahora Secretaría de la Función Pública), de PEMEX y PMI CIM, se dio a la tarea de revisar la sustentabilidad jurídica del régimen de excepción que se aplicaba a las empresas del Grupo PMI, que incluía a PMI NASA, y llegó a la conclusión de que los argumentos esgrimidos y circunstancias existentes al momento de proceder a su creación seguían siendo válidos a la luz de la legislación vigente en ese año, así como que los mecanismos de control existentes eran suficientes para supervisar esas empresas.

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J. Ley de Petróleos Mexicanos de noviembre de 2008. Este nuevo ordenamiento, vigente a la fecha, facultó al Consejo de Administración de PEMEX a autorizar la participación de la paraestatal y de sus organismos subsidiarios en la constitución y, en su caso, liquidación, fusión o escisión de sociedades mercantiles que no se ubiquen en los supuestos para ser consideradas entidades paraestatales (artículo 19, fracción XII), siendo ésta la primera ocasión en que en una ley se mencione la posibilidad de existencia de empresas no paraestatales, aunque sin definir el régimen jurídico al cual estarían sujetas.

De conformidad con los argumentos y fundamentación jurídica utilizados por PEMEX para la constitución y operación de PMI NASA, se desprende que, al no estar considerada como una empresa de participación estatal mayoritaria, sino como una empresa privada propiedad de dos socios extranjeros, no podría estar sujeta a la legislación que regula a la Administración Pública Federal, de la cual forma parte la Ley de Petróleos Mexicanos, vigente desde 2008.

K. Valoración de los argumentos y justificaciones expuestos por PEMEX. En las diversas auditorías que se practicó a las empresas del Grupo PMI, con motivo de la revisión de las Cuentas Públicas de 2002, 2004, 2007 y 2008, se manifestó no estar de acuerdo con la argumentación y fundamentación jurídica realizada por PEMEX para conformar un marco de excepción para la constitución y operación de sus empresas filiales, en las que participa directa o indirectamente y en forma mayoritaria en su capital social, como es el caso de las pertenecientes al Grupo PMI, entre las que se encuentra PMI NASA, a partir de lo cual realizó observaciones y emitió diversas acciones, como fue una recomendación a la Cámara de Diputados consistente en:

“… analizar y, en su caso, definir el régimen legal que debe corresponder a las empresas filiales en que ese organismo tiene una participación mayoritaria directa y/o indirecta que, [como es el caso de las correspondientes al Grupo PMI], no se sujetan a los esquemas de control, fiscalización, transparencia, acceso a la información pública y rendición de cuentas que rige para las empresas de participación estatal mayoritaria”. (07-0-01100-02-0244-01-001).

De la evaluación integral de la estrategia de creación y operación de las empresas del Grupo PMI efectuada por PEMEX, así como de los argumentos y fundamentación jurídica que la soportan, se concluye que:

1. Las disposiciones constitucionales que, por una parte, facultan al Poder Legislativo a aprobar anualmente la Ley de Ingresos de la Federación, el Presupuesto de Egresos de la Federación y la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y, por otra, obligan a que todo gasto que realice una entidad paraestatal sujeta a control presupuestal directo debe estar comprendido en el presupuesto anual autorizado por la Cámara de Diputados, no permiten un régimen de excepción para empresas en las que PEMEX tenga una participación estatal mayoritaria directa o indirecta en el capital social de las mismas, como es el caso de las empresas que conforman el Grupo PMI, entre las cuales se encuentra PMI NASA, de las que se generan ingresos y se efectúan erogaciones con recursos del Estado, sin reflejarse en la Cuenta Pública.

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2. La Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos vigente en el periodo de creación de las empresas del Grupo PMI efectivamente facultaba a PEMEX a celebrar toda clase de actos, convenios y contratos, como la creación de empresas (artículo 7). Sin embargo, esa misma ley también obligaba a PEMEX (artículo 17) a garantizar que en todos los actos, contratos o convenios en que interviniera, se pactara la aplicación de la legislación pública federal, es decir, no es válido el argumento de la territorialidad de la ley que utiliza PEMEX para fundamentar la creación de empresas privadas instrumentales del Grupo PMI en el extranjero, sujetas únicamente a la legislación del país donde se encuentren domiciliadas.

3. La intención del legislador, al disponer en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales (artículo 30) que las empresas en que participen de forma mayoritaria el Gobierno Federal o una o más de las entidades paraestatales, de PEMEX, como es el caso de PMI NASA, deben tener por objeto las áreas prioritarias en los términos de los artículos 25, 26 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no fue la de establecer un régimen de excepción para que se pudiesen crear empresas privadas por parte del Estado en México o en el extranjero, cuando la aplicación de su objeto fuera declarado por la SHCP o la propia entidad estatal promovente, como un área no prioritaria, lo que les permitiría operar en un régimen de derecho privado, sin sujetarse a ningún control por parte del Poder Legislativo, en sus ingresos, egresos, ni en la rendición de cuentas.

4. Las empresas del Grupo PMI con participación mayoritaria directa o indirecta de PEMEX, al regularse únicamente por sus estatutos y la legislación del país en el que se encuentran domiciliadas, no se han sujetado al régimen constitucional de planeación, presupuestación, ejercicio, contabilidad, responsabilidades, control, transparencia, rendición de cuentas y fiscalización que norma la actuación de las empresas de participación estatal mayoritaria de la Administración Pública Federal. Tampoco lo ha hecho PMI NASA que, aun cuando fue domiciliada en México, su operación es realizada en el Estado de Texas, EUA, y sus socios son otras dos empresas privadas extranjeras pertenecientes al propio Grupo PMI.

5. No resulta evidente que se cumpla con una de las justificaciones iniciales de la estrategia planteada por PEMEX en relación con las empresas del Grupo PMI, como es el caso de PMI NASA, en el sentido de que el valor tangible de dicha estrategia estaría reflejado en los dividendos que las empresas tenedoras transferirían a ese organismo, así como en el pago de impuestos (Impuesto Sobre la Renta –ISR-) que por los mismos se harían al Gobierno Federal, como se demuestra en el Resultado 11 de este Informe.

6. Formalmente, las decisiones relativas a la operación de las empresas del Grupo PMI, de conformidad con sus estatutos y legislación de los países en que se encuentran domiciliadas, son tomadas por los órganos de gobierno de cada una de ellas. PEMEX interviene en su carácter de accionista en las dos empresas filiales en las cuales tiene participación accionaria al 100.0%, sin embargo, en el resto de las compañías, no está facultado directamente para intervenir en la administración y en las decisiones de las mismas, sino solo mediante sus representantes de las empresas tenedoras.

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7. De conformidad con los argumentos y justificaciones, los cuales no se comparten por este órgano fiscalizador, bajo los que PEMEX construyó y ha venido operando las empresas del Grupo PMI, la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos subsidiarios vigente en el periodo 1992-2008 y la Ley de Petróleos Mexicanos vigente a partir de noviembre de 2008, al formar parte de la legislación pública mexicana, no serían aplicables a las empresas privadas extranjeras de ese Grupo.

La problemática anteriormente expuesta, refleja la necesidad de precisar si existe o no una laguna en la legislación que deba subsanarse, o bien, si se tiene que promover una acción tendiente a resolver la controversia entre los argumentos y fundamentación expuestos por PEMEX y por este órgano fiscalizador en relación a las empresas del Grupo PMI, tema en el que también estaría involucrada la situación de otras empresas filiales de PEMEX en el extranjero.

En la auditoría Núm. 740 “Inversiones en Empresas Filiales” que paralelamente se realizó como parte de la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública 2010, se emitió una recomendación a la Cámara de Diputados relacionada con la problemática expuesta en este informe.

2. Situación Financiera de DPRLP. Con el propósito de evaluar la empresa PMI NASA, se revisaron los antecedentes de la coinversión que dio origen a DPRLP, entre los cuales destacan los siguientes:

• En marzo de 1993, PMI NASA, como socio limitado, constituyó la sociedad de coinversión limitada denominada DPRLP, en Houston Texas, EUA, con la compañía internacional Shell socio operador, teniendo cada uno de los socios una participación del 50.0% de la sociedad.

• Su participación tendría como objetivos:

- Colocar un volumen importante de crudo Maya en una refinería con alto valor de conversión.

- Asegurar un suministro confiable de gasolina al mercado mexicano.

- Transferir a PEMEX conocimientos y tecnologías asociadas con proyectos de alta conversión de crudo pesado.

- Aprovechar la ventaja relativa de México en materia energética, sobre todo de hidrocarburos, para mejorar el posicionamiento estratégico del país en el mercado internacional.

- Asegurar la expansión y diversificación por producto y región de las exportaciones.

- Contribuir a optimizar el Sistema Nacional de Refinación (SNR).

• La estrategia de coinversión se concretó en el proyecto de inversión denominado Maya, al convertir la refinería con desintegración catalítica, entonces propiedad de Shell, en una

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refinería con coquización y con capacidades de crackeo, las cuales permitirían generar productos ligeros a partir de los residuales de la coquización y así aprovechar el diferencial de precios existente entre los productos ligeros y pesados.

• DPRLP tiene como función procesar los crudos que recibe de sus socios y devolver productos refinados, obteniendo como ingreso, el pago de la cuota de procesamiento por parte de los socios.

• En abril de 2001, DPRLP concluyó el proceso de expansión de sus instalaciones y se convirtió en una de las refinerías más importantes en EUA al incrementar su procesamiento de un aproximado de 230.0 miles de barriles diarios (Mbd) de petróleo crudo a 340.0 Mbd.

• Los activos totales de la sociedad se integraron de propiedades, plantas y equipos; gastos pagados por adelantado, y otros bienes por 460,400.0, 2,500.0 y 5,400.0 miles de dólares respectivamente. Asimismo, la asociación adquirió en propiedad, planta y equipos de agregación por 28,200.0 miles de dólares mediante un préstamo bancario pagadero a Shell.

• En cumplimiento del contrato “Operating Agreement” firmado el 31 de marzo de 1993 entre PMI NASA, DPRLP y Shell, este último, como socio operador, es el responsable de la operación de la refinería.

Con la finalidad de conocer el comportamiento de la inversión que mantiene PMI NASA en DPRLP, se revisaron los estados financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2010 de esta última, donde destaca lo siguiente:

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I. Balance general:

BALANCE GENERAL DE DEER PARK REFINING LIMITED PARTNERSHIP, AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010

(Miles) 1/ Concepto Dólares 2/ Pesos 3/ Concepto Dólares 2/ Pesos 3/

Activo: Pasivo:

Efectivo y equivalentes 26,184. 0 323,558.0 Pasivo a corto plazo: Cuentas por cobrar 210,834.0 2,605,297.0 Cuentas por pagar 192.0 2,373.0 Otros activos corrientes 10,324.0 127,575.0 Deuda con socios 73,090.0 903,180.0

Planta y equipo 2,996,758.0 37,031,238.0 Intereses devengados por pagar

1,018.0 12,580.0

Depreciación acumulada (1,558,203.0) (19,254,870.0) Deuda a corto plazo 20,000.0 247,142.0 Otros activos 10,261.0 Otros pasivos a corto plazo 126,796.0 3,883.0

47,983.0 Total pasivo a corto plazo: 98,183.0 1,213,258.0

Pasivo a largo plazo: Deuda a largo plazo 493,000.0 6,092,050.0 Obligación de retiro de activos 9,255.0 114,365.0 Otros pasivos a largo plazo 13,762.0

170,058.0 Total pasivo a largo plazo: 516,017.0

6,376,473.0

Total pasivo: 614,200.0

7,589,731.0

Capital contable:

Capital social 1,081,958.0

Total activo

13,369,863.0

1,696,158.0 20,959,594.0 Total pasivo y capital 1,696,158.0 20,959,594.0

FUENTE: Elaborado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), utilizando el Balance General de los estados financieros dictaminados de DPRLP, al 31 de diciembre de 2010.

1/ Las cifras se presentaron en miles sin decimales, teniendo como fuente el balance general de los estados financieros dictaminados de DPRLP al 31 de diciembre de 2010, en tanto, las cifras contables se registraron en dólares, mismas que se convirtieron a pesos mexicanos. Para efectos de este informe, en los párrafos siguientes, se consideraron las cifras en miles de pesos con un decimal, por lo que en algunos casos no coinciden con las cifras presentadas en los estados financieros.

2/ En cumplimiento a la NIF B-15 “Conversión de monedas extranjeras”, PMI NASA tiene como moneda de informe y funcional el dólar estadounidense.

3/ Para fines de presentación de este informe, se determinó convertir las cifras de la moneda de informe reportadas en el estado financiero dictaminado al 31 de diciembre de 2010, a pesos mexicanos equivalentes a un tipo de cambio promedio al cierre de 2010 de 12.3571 pesos por dólar, publicado por el Banco de México (BANXICO) en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

A continuación, se describen las variaciones más significativas entre 2010 y 2009:

• Activo:

- Efectivo y equivalentes. Presentó un incremento de 315.9%, originado por el aumento en inversiones de liquidez por 19,888.0 miles de dólares equivalentes a 245,758.0 miles de pesos.

- Cuentas por cobrar. Presentó un incremento de 85.3%, originado por el aumento por 97,066.0 miles de dólares equivalentes a 1,199,454.3 miles de pesos, de los pagos pendientes de realizar de los socios PMI NASA y Shell al cierre del ejercicio.

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- Planta y equipo. Presentó un incremento de 5.3%, que se explica por el aumento de 151,726.0 miles de dólares equivalentes a 1,874,893.4 miles de pesos, los cuales correspondieron a la capitalización de las compras de activos fijos.

Cabe indicar que en el saldo neto del valor del equipo, una vez aplicada la depreciación, se presentaron disminuciones de 1.6% en comparación de 2009, debido al aumento de la depreciación por 174,397.0 miles de dólares equivalentes a 2,155,041.2 miles de pesos.

• Pasivo:

- Deuda a corto plazo. Presentó disminuciones de 71.4%, debido al pago de 50,000.0 miles de dólares equivalentes a 617,855.0 miles de pesos de papel comercial y de un préstamo directo.

- Deuda a largo plazo. No tuvo movimientos en comparación de 2009. Se reportó el mismo monto por 493,000.0 miles de dólares equivalentes a 6,092,050.0 miles de pesos, compuesta por la emisión de deuda con fechas de vencimiento en 2018 y 2023.

• Capital Contable:

- Capital social. Presentó un incremento de 16.0%, alcanzando 149,342.0 miles de dólares equivalentes a 1,845,436.0 miles de pesos, el cual se debió a la utilidad de 2010.

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II. Estado de resultados:

ESTADO DE RESULTADOS DE DEER PARK REFINING LIMITED PARTNERSHIP DEL 1 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010

(Miles) 1/

Concepto Dólares 2/ Pesos 3/ Ingresos:

Cuota de procesamiento 948,504.0 11,720,759.0 Otros ingresos 728.0 8,996.0

Total de ingresos 949,232.0 11,729,755.0 Egresos:

De operación 550,843.0 6,806,822.0 Depreciación y amortización 190,102.0 2,349,109.0 Generales y administrativos 35,862.0 443,150.0 Intereses 15,490.0 191,411.0

Total de egresos 792,297.0 9,790,492.0 Utilidad antes de impuestos 156,935.0 1,939,263.0

Impuestos 7,593.0 93,827.0 Utilidad Neta 149,342.0 1,845,436.0

FUENTE: Elaborado por la ASF, utilizando el Estado de Resultados de los estados financieros dictaminados de DPRLP, al 31 de diciembre de 2010.

1/ Las cifras se presentaron en miles sin decimales, teniendo como fuente el Estado de Resultados de los estados financieros dictaminados de DPRLP al 31 de diciembre de 2010, en tanto, las cifras contables se registraron en dólares, mismas que se convirtieron a pesos mexicanos. Para efectos de este informe, en los párrafos siguientes, se consideraron las cifras en miles de pesos con un decimal, por lo que en algunos casos no coinciden con las cifras presentadas en los estados financieros.

2/ En cumplimiento a la NIF B-15 “Conversión de monedas extranjeras”, PMI NASA tiene como moneda de informe y funcional el dólar estadounidense.

3/ Para fines de presentación de este informe, se determinó convertir las cifras de la moneda de informe reportadas en el Estado Financiero Dictaminado al 31 de diciembre de 2010, a pesos mexicanos equivalentes a un tipo de cambio promedio al cierre de 2010 de 12.3571 pesos por dólar, publicado por BANXICO en el DOF.

A continuación, se describen las variaciones más significativas entre 2010 y 2009:

• Ingresos:

- Cuota de procesamiento. Presentó un incremento de 356,066.0 miles de dólares equivalentes a 4,399,943.2 miles de pesos, el 60.1% con respecto al año anterior, derivado de un mayor diferencial entre el valor de los productos refinados vendidos y el valor de los costos incurridos (petróleo crudo, transporte y manejo), así como al ajuste de los inventarios mensuales de las materias primas. Los ingresos de DPRLP por cuota de procesamiento representaron el 99.9% del total obtenido en el ejercicio.

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- Otros ingresos. Presentó una disminución de 182.0 miles de dólares equivalentes a 2,249.0 miles de pesos, el 20.0%, derivado de los ingresos por intereses.

• Egresos:

- Por operación. Presentó un aumento de 22,261.0 miles de dólares equivalentes a 275,081.0 miles de pesos; el 4.2% con respecto al año anterior, por los gastos de operación de los costos variables no energéticos, mantenimientos y reparaciones de la refinería. Los gastos generales y administrativos disminuyeron 7,614.0 miles de dólares equivalentes a 94,087.0 miles de pesos, el 17.5%, principalmente por la adquisición de servicios, sueldos y salarios.

- Por impuestos. Su pago aumentó en 4,194.0 miles de dólares equivalentes a 51,826.0 miles de pesos, el 123.4% con respecto al año anterior. DPRLP estuvo sujeta a las disposiciones del Código de Rentas Internas de EUA, por lo tanto, la provisión del ISR federal tiene que ser reconocida por los socios de forma individual en el cálculo de sus obligaciones tributarias. Asimismo; estuvo sujeta al ISR estatal denominado “Texas Franchise Tax”, que es un derecho de franquicia establecido en Texas, EUA, en función al número de acciones aplicado a las compañías que realizan negocios en ese Estado de EUA. La tasa aplicable fue de 1.0%.

• Utilidad neta. DPRLP presentó una utilidad neta por 149,342.0 miles de dólares equivalentes a 1,845,436.0 miles de pesos, superior en 181.9%, debido a que en 2009 se reportaron pérdidas por 182,428.0 miles de dólares equivalentes a 2,254,281.0 miles de pesos, originada por la disminución de 60.1% en los ingresos por el margen de refinación cobrado a los socios de la refinería.

Con base en lo anterior, se conoció que las operaciones de DPRLP, reportadas en sus estados financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2010, correspondieron al objetivo de la asociación; asimismo, se revisó que la opinión del auditor externo sobre los estados financieros fue emitida de conformidad con las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en los EUA (US GAAP).

3. Compra de materias primas por los socios de DPRLP. Con el objetivo de verificar el proceso de adquisición de materias primas (petróleo crudo e insumos) necesarios para cubrir la dieta de la refinería DPRLP por parte de PMI NASA, se verificaron las compras siguientes:

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COMPRAS DE CRUDOS E INSUMOS DESTINADOS A DEER PARK REFINING LIMITED PARTNERSHIP EN 2010

(Miles)

Concepto Volumen

(Barriles) Dólares Pesos 2/

Crudos mexicanos 3/ 79,370.7 5,581,658.5 68,973,111.8 Crudos extranjeros 1/ 4/ 23,822.3 1,935,540.3 23,917,664.5 Otros productos 1/ 20,775.1 1,678,225.4 20,737,998.8 Totales 123,968.1 9,195,424.2 113,628,775.1

FUENTE: Elaborado por la ASF, utilizando la base de datos de PMI CIM de las ventas de crudo al extranjero y compras de PMI NASA de 2010, ambos proporcionadas por PEMEX.

1/ El volumen e importe se estimó duplicando las cifras, con base a las compras reales de PMI NASA en 2010, debido a que únicamente se tuvo acceso a las cifras de la compañía.

2/ Para fines de presentación de este informe, se determinó convertir las cifras de la moneda de informe reportadas en el estado financiero dictaminado al 31 de diciembre de 2010, a pesos mexicanos equivalentes a un tipo de cambio promedio al cierre de 2010 de 12.3571 pesos por dólar, publicado por BANXICO en el DOF.

3/ Los crudos mexicanos son crudos pesados (Maya), ocasionalmente se consumieron crudos ligeros (Olmeca).

4/ Los crudos no mexicanos son crudos similares a ligeros con variedades en bajo azufre.

NOTA: El volumen y los importes presentados en miles, corresponden a las cifras originales (barriles, dólares y pesos) de las bases de datos, proporcionadas por la entidad fiscalizada.

Del análisis de lo anterior, se conoció lo siguiente:

• Crudos mexicanos.

El 31 de marzo de 1993 se firmó el contrato “Compraventa de Petróleo Crudo”, entre PMI CIM y PMI NASA, con el objeto de comprar petróleo crudo para ser procesado en la refinería DPRLP, en el que, entre otros, se establecieron los compromisos siguientes:

- PMI NASA compraría el mismo tipo de petróleo crudo vendido por PMI CIM a Pecten Trading Company (Pecten) subsidiaria y representante de Shell, cumpliendo con las características del contrato “Maya Crude Oil Sales Agreement”.

- PMI NASA compraría la misma cantidad de petróleo crudo adquirido por Pecten a PMI CIM, en el mes en que se realizara cada operación.

- El precio del barril de petróleo crudo a vender por PMI CIM sería igual al otorgado a Pecten.

- El petróleo crudo comprado debería ser entregado por PMI CIM en embarcaciones de Pecten en puerto mexicano, para que éste los trasladase a DPRLP para su procesamiento, la operación se regularía bajo el incoterm Free on Board (FOB).

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Se conoció que PEP, organismo subsidiario de PEMEX, por medio de PMI CIM, durante 2010, exportó petróleo crudo por un volumen total de 496,583.9 miles de barriles (Mb), con ingresos por 35,912,588.7 miles de dólares equivalentes a 443,775,450.2 miles de pesos. Del volumen total exportado, el 16.0% se destinó a la refinería DPRLP, equivalente a 79,370.7 Mb, mediante la venta de 78,321.1 y 1,049.6 Mb de petróleo crudo Maya y Olmeca, respectivamente.

• Crudos extranjeros e insumos.

El 31 de marzo de 1993, se firmaron los contratos “Operating Agreement”, “Transportation and Sale Agreement” y “Processing Agreement” entre Shell, PMI NASA, DPRLP y Pecten, con el objeto de determinar las actividades y obligaciones respecto a la aportación de materias primas a la refinería por cada socio. Los contratos se modificaron por última vez, en una sola adenda, el 23 de octubre de 2001, la cual se mantuvo vigente en 2010 y en la que se estableció lo siguiente:

- Shell como socio operador determinaría la cantidad de petróleo crudo e insumos necesarios, para cubrir la dieta de la refinería DPRLP de forma eficiente.

- Shell debería realizar todas las compras de los crudos no mexicanos e insumos a terceros que requiriera la refinería, cobrándole el 50.0% correspondiente a PMI NASA.

- El monto a pagar sería igual al 50.0% del volumen entregado de crudo no mexicano e insumos a la refinería DPRLP.

- Los gastos incurridos por Shell en la compra de crudos no mexicano e insumos, se reflejarían en la factura emitida a PMI NASA.

De lo anterior se conoció que durante 2010, Shell adquirió:

o Crudos no mexicanos por un volumen de 23,822.3 Mb, lo que ascendió a 1,935,540.3 miles de dólares equivalentes a 23,917,664.5 miles de pesos.

o Otros productos por un volumen de 20,775.1 Mb, lo que ascendió a 1,678,225.4 miles de dólares equivalentes a 20,737,998.8 miles de pesos.

La ASF determinó muestras con el objetivo de verificar que las compras de crudos mexicanos y extranjeros, así como los insumos destinados a la refinería DPRLP se registraron y realizaron correctamente, como a continuación se detalla:

• Crudos mexicanos. Del total vendido por PMI CIM, que ascendió a 5,581,658.5 miles de dólares equivalentes a 68,973,111.8 miles de pesos, correspondientes a un volumen de 79,370.7 Mb, se revisaron 118 facturas por 2,035,031.5 miles de dólares equivalentes a 25,147,087.8 miles de pesos. El volumen de las facturas revisadas representó el 34.6% del total entregado por los socios para su procesamiento en la refinería, equivalente a 27,494.1 Mb, con cuya revisión, se constató lo siguiente:

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- PM CIM emitió las facturas a nombre de PMI NASA y Pecten.

- Las condiciones de pago fueron a un plazo de 30 días para cada cliente, con base en la fecha de entrega del crudo.

- Los pagos de los clientes se realizaron en la cuenta bancaria en dólares de PMI CIM establecida en Standard Chartered, en el tiempo señalado en la factura.

- Las operaciones se registraron conforme a la normativa contable.

• Crudos e insumos extranjeros del total facturado a PMI NASA. Dichos conceptos ascendieron a 1,806,882.8 miles de dólares equivalentes a 22,327,831.7 miles de pesos, correspondientes a un volumen de 22,298.7 Mb. Al respecto, se revisaron 303 facturas con un valor neto de 601,529.1 miles de dólares equivalentes a 7,433,155.5 miles de pesos. El volumen de las facturas revisadas representó el 32.4% del total destinado a la refinería, equivalente a 7,224.7 Mb, y se constató lo siguiente:

- Los crudos ligeros se adquirieron principalmente en Nigeria.

- Shell emitió las facturas a nombre de PMI NASA.

- Las condiciones de pago fueron, en promedio, de tres días para PMI NASA, considerando la fecha de entrega del petróleo crudo.

- Los pagos de PMI NASA se realizaron en la cuenta bancaria en dólares de Shell establecida en JP Morgan Chase Bank (JP Morgan), en el tiempo señalado en la factura.

- Las operaciones se registraron conforme a la normativa contable.

- El personal de PMI HNA realizó pruebas sobre los productos adquiridos en el extranjero por Shell, en forma posterior a las operaciones realizadas, verificando el precio conforme a mercado y que el volumen coincidiera con el establecido en la factura.

Cabe mencionar que las pruebas realizadas por PMI HNA se limitaron a la revisión de cinco facturas de un promedio mensual de 75, emitidas por Shell a PMI NASA, lo que se considera insuficiente y refleja debilidad en el control interno.

Con la revisión de la documentación proporcionada por PMI NASA, la ASF verificó que:

• Ambos socios, Shell y PMI NASA, aportaron crudos mexicanos y extranjeros, así como insumos a la refinería DPRLP a fin de cubrir con su dieta.

• Shell adquirió los crudos e insumos no mexicanos de compañías internacionales, las cuales facturaron el 100.0% al socio operador y posteriormente este último le facturó a PMI NASA el 50.0% del total de la factura más los gastos de transportación.

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• Dicho mecanismo fue diferente del seguido en la compra de crudos mexicanos, en donde la paraestatal PMI CIM facturó de forma separada a PMI NASA y a Pecten el crudo adquirido, aun cuando la entrega física, desde un principio, se efectuó directamente de PEP al fletador perteneciente a una filial de Shell, lo que permitió mayor transparencia en la entrega y facturación del petróleo crudo Maya y Olmeca. Asimismo, cada socio pagó la transportación del crudo adquirido en puerto con destino a la refinería DPRLP.

En contraste con la compra de crudo mexicano, en la que PMI CIM factura a cada socio su parte correspondiente, la compra de crudos e insumos no mexicanos se factura en su totalidad a Shell y ésta, posteriormente, factura a PMI NASA, lo que dificulta la verificación de que las condiciones para ambos socios hayan sido las mismas.

Véase acción(es): 10-1-18T4I-02-0739-01-001

4. Venta de los productos refinados obtenidos de DPRLP propiedad de PMI NASA. A fin de conocer el volumen, precio, pago y venta de los productos refinados obtenidos del procesamiento de refinación de PMI NASA a Shell, se verificó que este proceso se realizó en los términos y condiciones establecidos en el contrato “Product Transfer Agreement” firmado entre PMI NASA y Shell, el 31 de marzo de 1993 y modificado por última vez el 23 de octubre de 2001, en el cual, entre otros puntos, se pactó lo siguiente:

• PMI NASA vendería a Shell el 50.0% de interés indiviso de todos los productos refinados obtenidos de DPRLP.

• Shell vendería el 100.0% del volumen de productos refinados obtenidos de DPRLP a un tercero, y pagaría a PMI NASA el 50.0% de la venta realizada.

• El precio de venta de los productos refinados sería determinado por Shell, como socio operador de la refinería, con base a una fórmula pactada que permitiera reflejar el valor justo en el mercado de los productos refinados, teniendo en cuenta los precios de mercado al momento de la entrega.

• Shell en su calidad de socio operador:

- Determinaría transferir el producto refinado con la información conocida en el momento.

- Entregaría a PMI NASA a más tardar, dos días hábiles antes de la fecha de pago, la información pertinente y necesaria, para la emisión de la factura por el socio limitado, a fin de establecer el monto total a pagar por Shell del 50.0% de los productos refinados.

• Las condiciones de pago comercial señaladas en el “Product Transfer Agreement”, se sustituyeron con el anexo “C”, aplicable en el número de días hábiles a partir de la entrega de los productos refinados por DPRLP, los cuales fueron de 7, 10 y 30 días, considerando el tipo de producto refinado vendido.

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A partir de la revisión de los términos del contrato antes mencionado, se verificó el proceso de venta y entrega de los productos refinados propiedad de PMI NASA a Shell, a fin de validar la veracidad de las ventas reportadas en sus estados financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2010, por 5,127,024.0 y 64,745,502.0 miles de dólares y pesos, respectivamente, las cuales se integraron de la forma siguiente:

INGRESOS POR LA VENTA DE PRODUCTOS REFINADOS DE PMI NASA EN 2010

(Miles)

Mes Volumen

(Barriles) 2/ Dólares 1/ Pesos 1/ 3/

Enero 5,106.0 383,362.0 4,982,745.0 Febrero 4,697.3 334,857.0 4,303,017.0 Marzo 5,596.4 449,545.0 5,603,126.0 Abril 5,000.2 420,480.0 5,201,248.0 Mayo 5,654.0 440,180.0 5,671,546.0 Junio 5,672.3 409,604.0 5,184,238.0 Julio 5,464.4 413,564.0 5,253,830.0 Agosto 5,826.6 437,959.0 5,699,954.0 Septiembre 5,697.0 412,340.0 5,154,705.0 Octubre 5,720.4 449,466.0 5,574,417.0 Noviembre 5,598.1 456,862.0 5,705,752.0 Diciembre 5,852.4 518,805.0 6,410,924.0

Total 65,885.1 5,127,024.0 64,745,502.0

FUENTE: Elaborado por la ASF, utilizando la balanza de comprobación, facturas y notas de crédito de las ventas de PMI NASA de 2010.

1/ PMI NASA en cumplimiento a la NIF B-15 “Conversión de monedas extranjeras”, tiene como moneda funcional, registro e informe el dólar estadounidense, sin embargo, por ser una empresa privada mexicana, informa sus operaciones de forma alterna en pesos mexicanos.

2/ La determinación de los barriles vendidos, incluyó la aplicación de las notas de crédito por los ajustes en volumen realizados mensualmente a las facturas.

3/ Las cifras convertidas a pesos mexicanos, corresponden al tipo de cambio de cierre contable de cada mes, publicado por BANXICO.

NOTA: Las cifras de los párrafos siguientes, se obtuvieron de los registros contables y auxiliares, por lo tanto los decimales difieren de las presentadas en este cuadro.

Con base en la información entregada por PEMEX, se constató lo siguiente:

• Shell, como socio operador de la refinería DPRLP, proporcionó a PMI NASA al cierre de cada mes, el archivo “Sales Purch Validation Report”, en el que le informó de los productos refinados propiedad de la compañía, una vez terminado el proceso de producción de DPRLP, que tuvo listos para su venta y mantuvo físicamente registrados en el almacén de la refinería, a fin de que PMI NASA emitiera una factura por mes. Cabe indicar que en el archivo revisado, se reportaron las salidas de los productos refinados en una sola exhibición, con fecha al último día de cada mes.

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• Con la información proporcionada mensualmente por el socio operador, PMI NASA emitió la factura con su respectiva nota de crédito a nombre de Shell, lo que dio como resultado un importe neto anual de 5,127,024.4 miles de dólares equivalentes a 64,745,502.0 miles de pesos.

• Las facturas mensuales emitidas por PMI NASA integraron en promedio 870 transacciones que, como ya se mencionó, correspondieron al 50.0% de las ventas individuales realizadas por Shell ante un tercero, facturadas a éste el último día de cada mes, en una sola exhibición.

Se determinó conveniente analizar siete facturas mensuales, con sus respectivas notas de crédito, por un valor neto de 3,117,102.1 miles de dólares equivalentes a 38,518,342.0 miles de pesos, correspondientes al 60.8% del total vendido a Shell en 2010. El volumen de esas facturas correspondientes a marzo, abril, junio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2010 ascendió a 39,136.9 Mb. De las facturas revisadas, se verificó lo siguiente:

• Se emitieron con fecha del último día del mes a nombre de Shell.

• Se registraron contablemente también con fecha del último día del mes, en una sola exhibición, con base en la información proporcionada por el socio operador.

• PMI NASA obtuvo el ingreso por la venta de productos refinados, en su cuenta bancaria en dólares establecida en la institución financiera JP Morgan, en promedio, con 19 días de anticipación a la fecha de la emisión de la factura mensual, fraccionados en 11 pagos aproximadamente, para cubrir el monto total de esta última.

• El personal de PMI HNA a nombre de PMI NASA no efectúa un control adecuado entre el volumen entregado y el monto pagado por Shell, lo cual se refleja en el hecho de que el último día de cada mes, se le proporciona a PMI NASA la información necesaria para poder afectar el inventario por las ventas, lo que no le permite verificar el cumplimiento por parte de Shell de los plazos de pago pactados para cada tipo de producto.

• Con la información proporcionada mensualmente por Shell, PMI HNA a nombre de PMI NASA al finalizar cada mes, elaboró el documento “Reporte de Kardex Detallado 2010”, con objeto de reflejar:

- Los movimientos de su inventario, tanto entradas como salidas.

- Determinar el valor de las materias primas (petróleo crudo) y productos refinados.

- La disponibilidad de las materias primas y productos terminados.

Al respecto, se revisaron las facturas mensuales emitidas por PMI NASA y su ingreso respectivo en los estados de cuenta bancarios, así como las pólizas contables, y se observó que al finalizar cada mes:

- El hecho de que sólo el último día de cada mes se puedan registrar las disminuciones en el inventario por la venta de productos refinados que se tuvieron

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a lo largo de ese mes, ocasiona que se desconozca en qué momento Shell dispuso de los productos refinados de PMI NASA para ser comercializados ante un tercero, lo que limita la programación financiera de los ingresos a obtener provenientes de Shell.

- No es posible conciliar los ingresos que aparecen en los estados de cuenta bancarios, contra las disminuciones en el inventario por las ventas realizadas, ya que estas últimas se registran el último día de cada mes.

Además, se analizó el método de supervisión y control de las ventas de productos refinados pertenecientes a PMI NASA que ésta realizó en 2010, y se observó que, como socio limitado, no tuvo la posibilidad de realizar una supervisión física o control directo en el almacén de productos refinados en tiempo real a la entrega de la producción por la refinería DPRLP, con el fin de verificar que lo reportado por el socio operador, correspondió con los tipos de productos refinados y volúmenes del periodo, sino que dichas funciones las realizó posteriormente, una vez reconocidas las ventas mensuales.

Con la revisión efectuada in situ por parte de la ASF, se constató que:

• De las 870 transacciones que en promedio integraron una factura mensual de ventas de productos terminados, PMI HNA únicamente revisó dos transacciones, utilizando como criterio los montos más significativos dentro de la misma.

• En su mayoría los productos refinados, Shell los vendió a compañías subsidiarias de la misma a precios de mercado, reconociéndole a PMI NASA las mismas condiciones de venta.

• Los términos de pago de las compañías a Shell se establecieron, principalmente, en un periodo comprendido entre dos y tres días después de la entrega del producto, en contraste con las condiciones pactadas entre Shell y PMI NASA, ya que esta última recibió los pagos correspondientes a plazos que fluctuaron entre 7 y 30 días, dependiendo el tipo de producto, alterándose con ello la equidad buscada entre los dos socios a lo largo del proyecto.

• En general, a partir de la revisión de las facturas, es posible afirmar que los productos se vendieron, en promedio, con una anticipación de 6 a 25 días, a la fecha de la facturación realizada por PMI NASA al cierre de mes.

• La entrega in situ de los productos refinados fue supervisada por compañías proveedoras de servicios, principalmente subsidiarias de Shell, las cuales efectuaron los reportes correspondientes a esta última.

Los precios de los productos refinados se establecieron bajo contrato, considerando las cotizaciones diarias señaladas por una empresa proveedora de servicios de información especializada en la industria internacional de hidrocarburos, más un plus de dólar sobre

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galón vendido que fluctuó desde 0.0025 centavos de dólar a 3.21 dólares, pactado entre Shell y los compradores.

Véase acción(es): 10-1-18T4I-02-0739-01-002 10-1-18T4I-02-0739-01-003

5. Compañías prestadoras de servicios de PMI NASA que, en su representación, supervisaron las operaciones en DPRLP. Desde 1993, año en que se constituyó PMI NASA, contrató a PMI CIM y PMI HNA para la prestación de servicios referentes al desarrollo de sus operaciones administrativas y financieras, debido a que la compañía es unimembre y no cuenta con personal propio.

Se conoció que PMI NASA reportó en sus estados financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2010 pagos por prestación de servicios a PMI HNA y PMI CIM por 3,153.5 y 1,348.3 miles de dólares equivalentes a 38,968.5 y 16,660.7 miles de pesos respectivamente, con cuya revisión se constató que los honorarios pagados por PMI NASA se calcularon mensualmente, a partir de la aplicación de los porcentajes establecidos bajo contrato de 7.0% y 11.0%, respectivamente, sobre el total de los gastos directos e indirectos incurridos por la prestación de servicios por PMI HNA y PMI CIM, a partir de lo cual se conoció que:

• PMI CIM realizó funciones administrativas, comerciales, financieras y operativas de PMI NASA en la ciudad de México, en la cual está domiciliada.

• PMI HNA realizó las funciones administrativas y de inteligencia de mercado en Houston Texas, EUA y representó a PMI NASA en las operaciones referentes a la coinversión de la refinería DPRLP.

Con el objetivo de verificar el registro contable de los honorarios cobrados a PMI NASA por las compañías prestadoras de servicios, se revisaron ocho facturas, dos notas de crédito y una de débito con un valor neto de 1,383.0 miles de dólares equivalentes a 17,090.4 miles de pesos, el 30.5% del total pagado por PMI NASA en el año, en donde se examinó el registro contable y el pago realizado mediante transferencias bancarias a cada compañía.

Por otra parte, se verificó que PMI HNA, por su ubicación en Houston Texas, EUA, desde 1993 ha sido la encargada de representar a PMI NASA como socio limitado en la coinversión en DPRLP con Shell.

PMI HNA definió diversas estrategias a seguir en 2010 a fin de maximizar el valor de la inversión de PMI NASA en DPRLP y determinó ejercer una supervisión de las actividades realizadas por el socio operador accionista, a fin de verificar la igualdad en la obtención de los beneficios de la inversión, con respecto a Shell.

Las estrategias por desarrollar y los objetivos por alcanzar en 2010 se consignaron en el documento "PMI Holdings Departmental Focus Areas and Tasks", en el cual destacaron las siguientes:

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• Explotar la presencia de recursos en DPRLP.

• Normalizar los acuerdos.

• Monitoreo de los activos operados.

• Objetivo de crecimiento.

• Posición e Influencia estratégica.

• Para realizar dichas estrategias, PMI HNA determinó realizar las actividades siguientes:

• Negociar para disminuir las restricciones de acceso en DPRLP.

• Mantener una presencia física y rutinaria en la refinería.

• Enmendar los acuerdos cuando sea necesario para reflejar las necesidades de la sociedad.

• Expandir la influencia estratégica mediante el uso del consentimiento contractual y de la autoridad por medio de la auditoría.

• Apoyar las iniciativas de crecimiento incluyendo flexibilidad comercial.

• Administrar la precisión de la información contable y proveer medios de propiedad intelectual a PEMEX.

Sin embargo, en la práctica, la entidad fiscalizada no presentó evidencia de los alcances en el cumplimiento de dichas estrategias y en el logro de los objetivos planteados al inicio del año y se observó que las actividades de revisión que llevó a cabo PMI HNA estuvieron sujetas a las limitaciones que PMI NASA, como socio limitado, pactó con el socio operador; supervisión que efectuó en 2010, a partir de hechos ya realizados, básicamente con la información proporcionada a fin de cada mes por Shell y que se describen en los resultados 3 y 4 anteriores.

Véase acción(es): 10-1-18T4I-02-0739-01-004

6. Reconocimiento de la inversión y los resultados de DPRLP por PEMEX y las compañías tenedoras pertenecientes al Grupo PMI. Con el objetivo de verificar que la inversión y los resultados de la refinería DPRLP se reconocieron en los estados financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2010, se revisó que:

• Las compañías PMI HBV y PMI HPE, pertenecientes al Grupo PMI, reportaron en sus estados financieros al 31 de diciembre de 2010, lo siguiente:

- La inversión en PMI NASA por 946,034.3 miles de euros equivalentes a 15,520,449.9 miles de pesos, a un tipo de cambio de 16.4058 pesos por euro. Así como participaciones en resultados por 280,277.8 miles de euros equivalentes a 4,598,180.7 miles de pesos.

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- PMI NASA como accionista al 50.0% de DPRLP y bajo el método de participación, reconoció inversiones por 540,978.8 miles de dólares equivalentes a 6,684,929.2 miles de pesos, y una participación en resultados por 74,670.4 miles de dólares equivalentes a 919,475.9 miles de pesos, montos que coincidieron con lo reportado por la refinería en sus estados financieros dictaminados de 2010.

- PMI HBV y PMI HPE como accionistas únicos de PMI NASA, reconocieron la inversión y la participación en resultados de la compañía, lo que les permitió reflejar la posición financiera favorable al cierre de 2010.

• PEMEX:

- Reconoció en la nota 8, de sus estados financieros consolidados con organismos subsidiarios y compañías subsidiarias, al 31 de diciembre de 2010, la coinversión que tiene PMI NASA de 50.0% en DPRLP, como una inversión en acciones de compañías subsidiarias no consolidadas y asociadas por 6,749,298.0 miles de pesos, 11.0% superior a lo reconocido en 2009.

- Una participación en resultados por 923,129.0 miles de pesos, 167.7% superior a los resultados reconocidos en 2009, debido que el año anterior la compañía reportó pérdidas por 1,363,510.0 miles de pesos.

La inversión que la compañía PMI NASA tiene en la refinería DPRLP, se valúa bajo el método de participación, el cual consistió en el reconocimiento inicial de las inversiones adquiridas, las que posteriormente se valúan ajustando el valor de la inversión por la parte proporcional de las utilidades o pérdidas adquiridas posteriormente a la fecha de adquisición.

Se constató que PEMEX reconoció la inversión de PMI NASA en DPRLP en sus estados financieros consolidados, al 31 de diciembre de 2010, en cumplimiento de la NIF C-7 “Inversiones en asociadas y otras inversiones permanentes”.

No obstante que los recursos de la coinversión en DPRLP se encuentran en los estados financieros consolidados con organismos subsidiarios y compañías subsidiarias de PEMEX, la inversión de recursos que se tiene en PMI NASA, las operaciones de compra de crudo y de comercialización de productos refinados que ésta realiza, se encuentran sujetas a la legislación privada y no están comprendidas en el régimen constitucional de autorización, ejercicio, control, contabilidad, transparencia y rendición de cuentas del gasto público, ni tampoco se encuentran consideradas en el presupuesto PEMEX, ni reflejadas en la Cuenta Pública.

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7. Estrategia de financiamiento de DPRLP y participación de PMI NASA en la definición de la misma. Se analizó la estrategia de financiamiento de DPRLP realizada en 2010 y la participación que tuvo PMI NASA, en su carácter de socio limitado, en la definición de metas y objetivos financieros a corto plazo de la refinería. Al respecto, se conoció lo siguiente:

• La refinería DPRLP en sus estados financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2010, reportó deuda a largo plazo por 493,000.0 miles de dólares equivalentes a 6,092,050.3 miles de pesos, correspondientes a la emisión de bonos de las series siguientes:

DEUDA A LARGO PLAZO DE DPRLP AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 POR LA EMISIÓN DE BONOS

(Miles) Año de emisión

Fecha de vencimiento

Dólares Pesos

2002 2023 143,000.0 1,767,065.3 2004 A 2023 115,600.0 1,428,480.8 2006 2023 134,400.0 1,660,794.2 2008 2018 100,000.0 1,235,710.0

Total 493,000.0 6,092,050.3 FUENTE: Elaborado por la ASF, utilizando los estados

financieros dictaminados de DPRLP al 31 de diciembre de 2010.

• PMI NASA, como socio de DPRLP, estuvo obligada a tener fondos disponibles en forma proporcional a Shell, a fin de financiar cualquier déficit de efectivo de la refinería que se pudiera presentar en el pago del servicio de la deuda de emisión de bonos.

• En 2009, de conformidad con la Ley Americana de Recuperación y Reinversión, DPRLP cambió los bonos de las series 2004A y 2006 en bonos municipales exentos de impuestos. Asimismo, en ese mismo año las tasas variables de los bonos de las series 2006 y 2008 se modificaron para quedar a tasas fijas de 5.0% y 4.7% respectivamente. En 2010, la serie 2002 se convirtió en bonos municipales exentos de impuestos.

• En el caso específico de los bonos emitidos en 2008 con fecha de vencimiento en 2018, durante el año de revisión (2010), PMI NASA continuó con la obligación de tener fondos disponibles hasta por 45,000.0 miles de dólares equivalentes a 556,069.5 miles de pesos; para ello, contó con la garantía de PEMEX, como se especifica en el documento “Support Agreement” suscrito el 30 de abril de 2008 entre DPRLP, Shell, PEMEX, PMI NASA y la institución financiera internacional Bank of New York Trust Company, National Association, el cual estará vigente hasta 2018, fecha de vencimiento del bono. Cabe mencionar que la garantía no ha sido utilizada por PMI NASA.

• Al cierre de 2009, DPRLP reportó deudas totales por 563,000.0 miles de dólares, integrada por 493,000.0 miles de dólares a largo plazo y 70,000.0 miles de dólares a corto plazo.

• Al finalizar 2010, la deuda a largo plazo se mantuvo en el mismo nivel y la correspondiente a corto plazo disminuyó a 20,000.0 miles de dólares, debido a los resultados favorables

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que permitieron dicho desendeudamiento y, por consiguiente, la disminución en su costo financiero.

Por otra parte, el 26 de octubre de 2010 PMI NASA, con el objetivo de obtener recursos para financiar la instalación de un sistema de recuperación de gas en DPRLP, en cumplimiento de la normativa establecida por la Agencia de Protección Ambiental de los EUA, propuso para la aprobación del Comité de Estrategia e Inversiones del Consejo de Administración de PEMEX, su participación junto con Shell, como avales de una emisión de bonos municipales hasta por 125,000.0 miles de dólares bajo la modalidad de exentos de impuestos por parte de DPRLP, lo que permitiría a la refinería obtener beneficios de 17,000.0 miles de dólares, al aprovechar el diferencial entre las tasas con gravamen y las tasas libres de impuestos, lo que produciría la disminución en sus costos financieros.

Dicho comité otorgó una opinión favorable y propuso al consejo de administración de PEMEX que se autorizara a ese organismo otorgar la garantía incondicional de las obligaciones de pago que pudieran resultar a cargo de PMI NASA, como resultado de la emisión de bonos que realizaría DPRLP por 125,000.0 miles de dólares.

El 10 de noviembre de 2010 el consejo de administración de PEMEX autorizó, previa opinión del Comité de Estrategia e Inversiones, la obligación contingente de PEMEX de transferir a PMI NASA los montos necesarios para hacer frente hasta por 50,000.0 miles de dólares los montos en DPRLP en la emisión de bonos municipales por 125,000.0 miles de dólares. Cabe mencionar que al 31 de diciembre de 2010 DPRLP no tuvo las condiciones para realizar la emisión de los bonos municipales arriba mencionados.

8. Monitoreo de las metas y objetivos de PMI NASA sobre los resultados obtenidos de DPRLP con base a la programación financiera. Se revisó la participación de PMI NASA como socio limitado en la definición de metas y objetivos a corto y largo plazo de DPRLP, así como el monitoreo en el cumplimiento de los mismos y los resultados obtenidos. Se conoció lo siguiente:

• DPRLP contó con un presupuesto a corto plazo aplicable a 2010, el cual fue elaborado por Shell como socio operador de la refinería. El documento tuvo como objetivo planificar el proceso de negocios enfocado principalmente a la gestión de costos, inversiones de capital y la fiabilidad para garantizar la consecución de la refinería, considerando principalmente:

- La maximización de la capacidad de refinación de DPRLP, mediante el procesamiento de 220.0 Mbd de crudo maya establecido bajo contrato y 30.0 Mbd de crudo de oportunidad (crudos extranjeros).

- Reducción en los gastos de operación por 19,000.0 miles de dólares equivalentes a 234,784.9 miles de pesos, el 6.3% menor en comparación de lo estimado en 2009, principalmente en los gastos de reparación y mantenimiento; sueldos y salarios; materiales y servicios; y los costos variables de los no energéticos.

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• PEMEX mencionó que PMI NASA, como socio limitado de la coinversión en DPRLP, no tuvo autoridad de aprobar su presupuesto, únicamente participó en la formulación del documento y se concretó a verificar que lo planteado por el socio operador Shell, fuera en beneficio de ambos socios.

• PMI CIM y PMI HNA, mediante su participación en los comités consultivos de la refinería, efectuó un monitoreo continuo de las operaciones financieras (trimestral) y operativas (mensual).

En DPRPL operan dos comités de naturaleza consultiva:

- Comité de Finanzas. Su finalidad es permitir que PMI NASA, como socio limitado, consulte a Shell, socio operador, sobre los financiamientos y operaciones de la asociación; así como proporcionar la información para facilitar el intercambio de opiniones entre los socios, en materia financiera, incluyendo los resultados de liquidez, gestión de efectivo, las inversiones, estrategias de financiación para grandes proyectos, la eficacia de los controles financieros y el desempeño.

- Comité de Operaciones. Su finalidad es permitir a PMI NASA, como socio limitado, consultar a Shell sobre aspectos relativos a la capacidad de refinación, con el objetivo de validar que la utilización de las unidades de procesamiento sea consistente con los márgenes de producción indicados en el mercado, y que los rendimientos hayan sido congruentes con las materias primas compradas y las tecnologías empleadas en la refinería DPRLP.

Se conoció que PMI NASA fue representado en las sesiones de los comités de Finanzas y de Operaciones, por funcionarios de las compañías prestadoras de servicios PMI CIM y PMI HNA, como consta en actas de sesión de ambos comités.

• En febrero de 2011, PMI NASA y Shell se reunieron con el objetivo de analizar los resultados de la refinería en relación con lo presupuestado en 2010, donde destaca que:

- El proyecto de gasto de capital fue de 117,000.0 miles de dólares, menor en 2.5% con lo presupuestado en 2010.

- El margen bruto de refinación fue menor por 7,000.0 miles de dólares en comparación de lo presupuestado, sin embargo, al cierre de 2010, los ingresos ascendieron a 149,342.0 miles de dólares equivalentes a 1,845,436.0 miles de pesos superior en 8.2% contra lo presupuestado por 138,000.0 miles de dólares, debido principalmente a la implementación de la estrategia de disminución de costos y gastos que maximizaron la eficiencia de la refinería.

- Flujos de efectivo y financiamiento, la refinería DPRLP al cierre de 2010 terminó con préstamos a corto plazo por 20,000.0 miles de dólares menor en 71.4%, equivalentes a 50,000.0 miles de dólares.

- DPRLP, como resultado de mayores ingresos por mejores márgenes de procesamiento en 2010, y una vez determinados los compromisos de pago de

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principal de la emisión de bonos, de los 12 meses siguientes, efectuaría la distribución de efectivo a los socios PMI NASA y Shell por 40,000.0 miles de dólares durante el primer trimestre de 2011.

El 17 de marzo de 2011, PMI NASA recibió de DPRLP, mediante transferencia bancaria en la cuenta en dólares de JP Morgan, 25,000.0 miles de dólares equivalentes a 302,312.5 miles de pesos, bajo el concepto de distribución de utilidades.

De lo analizado anteriormente, es posible concluir que las funciones desarrolladas por PMI NASA, como socio de DPRLP, mediante dos empleados de tiempo completo (Technical Manager y Commercial Manager), se limitaron a la evaluación y asentimiento de las actividades reportadas por Shell.

9. Capacidad de procesamiento de la refinería DPRLP. En 2010 el objetivo principal de DPRPL consistió en proporcionar servicios de refinación de petróleo crudo propiedad de los socios Shell y PMI NASA, a cambio de una cuota de procesamiento pagada por ambos socios.

En sus estados financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2010, DPRLP reportó ingresos por 948,504.0 miles de dólares equivalentes a 11,720,758.8 miles de pesos, por el pago de la cuota de procesamiento de ambos socios. Del monto percibido por la refinería, PMI NASA pagó el 50.0% por 474,251.8 miles de dólares equivalentes a 5,860,376.5 miles de pesos.

Se revisaron cuatro facturas mensuales por 163,316.9 miles de dólares equivalentes a 2,018,122.7 miles de pesos, el 34.4% del total pagado por PMI NASA en 2010 a DPRLP por cuota de procesamiento y se constató lo siguiente:

• DPRLP emitió las facturas a nombre de PMI NASA.

• Las condiciones de pago fueron de 45 días.

• Se registraron conforme a la normativa contable.

Asimismo, se conoció que en 2010 DPRLP operó al 82.6% de su capacidad de procesamiento para la cual está diseñada, al procesar un promedio de 280.8 Mbd, de un total de 340.0 Mbd que puede refinar.

El consumo de barriles de petróleo crudo, aportados por los socios Shell y PMI NASA mensualmente en 2010, fue el siguiente:

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CAPACIDAD DE PROCESAMIENTO EN 2010 DE PETRÓLEO CRUDO EN DPRLP

Mes MBD Días Enero 243.6 31 Febrero 252.6 28 Marzo 285.7 31 Abril 280.8 30 Mayo 284.0 31 Junio 283.2 30 Julio 286.8 31 Agosto 294.5 31 Septiembre 291.7 30 Octubre 289.5 31 Noviembre 283.2 30 Diciembre 291.2 31

Promedio 280.8 365

FUENTE: Rangos de procesamiento de DPRLP proporcionados por PEMEX.

NOTA: El promedio no corresponde al resultado aritmético de la suma anual de los meses, divididos entre 12, sino del resultado de los MBD por el número de días entre los 365 días.

De lo anterior, se constató que la refinería efectivamente maximizó su capacidad de procesamiento presupuestada, al refinar en promedio 280.8 Mbd en 2010, 12.3% superior a lo presupuestado de 250.0 Mbd, integrados por 220.0 Mbd de crudo Maya establecido bajo contrato y 30.0 Mbd de crudos extranjeros como oportunidad. Cabe mencionar que del volumen procesado en 2010 en DPRLP, el 76.9% correspondió a petróleo crudo pesado Maya proveniente de México y el 23.1% a petróleos crudos ligeros provenientes del Oeste de África.

Asimismo, con base en el documento “Kardex detallado 2010”, se validaron los movimientos de volumen anual de los productos refinados obtenidos por PMI NASA de DPRLP, derivados del proceso de refinación de petróleo crudo pesado y ligero aportado en el ejercicio, por un volumen aproximado de 212.9 Mbd de productos refinados, como se muestra a continuación:

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VOLUMEN DE PRODUCTOS REFINADOS OBTENIDOS DEL PROCESAMIENTO EN DPRLP DE LA APORTACIÓN DE PETRÓLEO CRUDO PESADO Y LIGERO

POR PMI NASA EN 2010 (Mbd)

Mes Días Volumen de

crudo Volumen de

productos refinados Enero 31 121.8 196.1 Febrero 28 126.3 201.2 Marzo 31 142.9 216.5 Abril 30 140.4 204.3 Mayo 31 142.0 215.5 Junio 30 141.6 220.2 Julio 31 143.4 211.0 Agosto 31 147.3 223.0 Septiembre 30 145.9 235.6 Octubre 31 144.8 203.8 Noviembre 30 141.6 214.0 Diciembre 31 145.6 213.1 Promedio diario 365 140.4 212.9

FUENTE: Elaborado por la ASF, utilizando el kardex detallado 2010 del inventario de PMI NASA en DPRLP, proporcionado por PEMEX.

NOTA: El promedio del volumen de crudo, no corresponde al resultado aritmético de la suma anual de los meses, divididos entre 12, sino del resultado del volumen por el número de días entre los 365 días.

De lo reportado por PMI NASA en su inventario de 2010, se verificó que los resultados de la producción diaria fueron consistentes con el volumen de crudos mexicanos y extranjeros aportados por la compañía.

Por otra parte, PEMEX, en su “Informe Anual 2010” emitido en marzo de 2011, realizó una comparación de los márgenes variables de refinación (estimación del rendimiento de operación por barril de crudo procesado) obtenidos por el SNR en las refinerías de Cadereyta y Madero ubicadas en los estados de Nuevo León y Tamaulipas, respectivamente, con la refinería DPRLP, ubicada en EUA, a partir de que las tres refinerías poseen un sistema de coquización.

El margen variable de refinación que obtuvieron Cadereyta y Madero se ubicó en 1.76 y menos de 4.02 dólares por barril, respectivamente, cuando el obtenido por DPRLP fue de 6.38 dólares por barril. PEMEX indicó que los márgenes no son comparables, debido a los problemas que enfrentó el SNR en 2010, ya que en Cadereyta se registró un siniestro en la planta Hidrodesulfuradora de Gasóleos, que afectó la operación de la refinería el último cuatrimestre del año y, por lo que se refiere a Madero, se tuvieron fallas en la coquizadora a finales de 2009, en la energía eléctrica de servicios correctivos en sus instalaciones. Estos eventos provocaron que las refinerías requirieran mantenimientos no programados de larga duración. Asimismo, PEMEX mencionó que era necesario considerar lo siguiente:

• Las refinerías del SNR procesan diferentes mezclas de crudo.

• Los crudos destinados a DPRLP:

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- Son pesados y están basados en diferentes periodos de referencia.

- Operan en mercados con características diferentes.

- La configuración de sus instalaciones es distinta a las del SNR.

- Sus sistemas de gestión y presupuestarios son más eficientes y maduros.

Lo anterior, en su conjunto, informó PEMEX, ha permitido que DPRLP tenga una operación más eficiente en sus procesos, permitiéndole obtener mayores beneficios en sus márgenes de refinación comparados con el SNR, como se muestra a continuación:

COMPARATIVO DE LOS MARGENES VARIABLES DE REFINACIÓN DEL SNR vs DPRLP

(Dólares por barril)

Año SNR DPRLP Madero Cadereyta

2004 5.15 7.76 8.80 2005 11.18 10.92 13.26 2006 11.16 9.94 14.73 2007 9.81 13.20 14.24 2008 4.39 8.23 9.03 2009 -0.14 3.40 3.26 2010 -4.02 1.76 6.38

FUENTE: Informe Anual 2010 de PEMEX.

Se informó que los márgenes de refinación de Cadereyta con DPRLP, en promedio, han sido constantes desde 2004; sin embargo, en 2010, por los diversos problemas operativos que enfrentó el SNR, ambas refinerías reflejaron un margen desfavorable en comparación con lo mostrado por DPRLP.

10. Beneficios para PEMEX del crudo refinado en DPRLP. Con el objetivo de verificar los beneficios para PEMEX y sus organismos subsidiarios de la inversión en DPRLP durante 2010, se constató que mediante la venta a PMI NASA de petróleo crudo pesado Maya, se destinaron 39,685.4 miles de barriles a DPRLP para su refinación y PMI NASA obtuvo los productos siguientes:

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PRODUCTOS REFINADOS OBTENIDOS DE DPRLP POR PMI NASA EN 2010

(Miles de barriles) Producto Volumen %

Destilados 22,243.2 28.6 Gasolinas 21,973.0 28.3 Residuales 18,730.8 24.1 Gas 8,154.4 10.5 Componentes de gasolinas 5,895.1 7.6 Otros 712.7 0.9 Total 77,709.2 100.0 FUENTE: Elaborado por la ASF, utilizando el kardex detallado

2010 del inventario de PMI NASA en DPRLP, proporcionado por PEMEX.

De lo anterior, se destacó que los destilados y las gasolinas fueron los productos refinados de mayor producción en DPRLP, al representar el 56.9% del total refinado en 2010.

Como se mencionó con anterioridad, PMI NASA vendió a Shell socio operador de la refinería, bajo los términos del contrato “Product Transfer Agreement” firmado el 31 de marzo de 1993, la totalidad de los productos refinados de su propiedad obtenidos en DPRLP durante 2010, lo cual le generó ingresos anuales de 5,127,024.4 miles de dólares equivalentes a 64,745,502.0 miles de pesos. Por otra parte, se conoció que Shell vendió los productos refinados a sus compañías subsidiarias.

Como parte de la revisión de la Cuenta Pública, de forma paralela, se realizó la auditoría 740 “Inversiones en Empresas Filiales”, en la que se fiscalizaron las operaciones, en conjunto, de las compañías del Grupo PMI, entre las que se consideró a P.M.I. Trading, Ltd. (PMI TRD), la cual tiene como función importar los productos refinados solicitados por Pemex Petroquímica, Pemex Refinación, y Pemex Gas y Petroquímica Básica, los tres organismos subsidiarios de PEMEX.

Al respecto, se revisaron las compras de productos refinados adquiridos por PMI TRD en 2010 a proveedores extranjeros por un total de 23,601,732.0 miles de dólares equivalentes a 297,957,074.0 miles de pesos.

Entre los proveedores extranjeros de PMI TRD se verificó que Shell y cinco de sus compañías subsidiarias le vendieron a precios de mercado, un volumen de 21,832.8 miles de barriles de productos refinados por 1,751,018.8 miles de dólares equivalentes a 22,149,145.7 miles de pesos, el 7.4% del total comprado en el extranjero en 2010.

En función de lo anterior, se conoció que del total de la producción de volumen obtenido en 2010 por PMI NASA de DPRLP, el 33.1% equivalente a 65,885.0 miles de barriles de productos refinados, fue importado a México en el ejercicio por PMI TRD.

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11. Resultados Financieros de PMI NASA. Al 31 de diciembre de 2010 PMI NASA reportó en sus estados financieros auditados una utilidad neta por 368,796.0 miles de dólares equivalentes a 4,548,192.0 miles de pesos, obtenida principalmente por:

La compra de petróleo crudo en el extranjero y la comercialización de productos refinados, la cual incidió en :

- Ingresos, derivados fundamentalmente de las ventas a Shell de productos refinados por 5,129,398.0 miles de dólares equivalentes a 64,745,669.0 miles de pesos.

- Costo de ventas, por el pago de petróleo crudo mexicano y extranjero, la cuota de procesamiento y fletes, entre otros por 5,111,222.0 miles de dólares equivalentes a 64,484,437.0 miles de pesos.

- Una utilidad bruta para PMI NASA de 18,176.0 miles de dólares, cantidad que contrastó con la obtenida en 2009 que fue de 88,833.0 miles de dólares, lo que representó una caída de 79.5 %.

El margen bruto de operación en 2010 fue de sólo 0.3%, muy bajo, lo que denota que las utilidades que llega a generar esta empresa son por aspectos diferentes a su operación. En 2009 el margen fue de 2.2%.

Otros ingresos provenientes del pago de utilidades con cargo en el ejercicio 2009 de la compañía PMI TRD por 300,000.0 miles de dólares equivalentes a 3,707,130.0 miles de pesos.

Por otra parte, es de indicar que, como una estrategia financiera de la inversión de los recursos que PEMEX mantiene directa o indirectamente en las diversas empresas instrumentales que componen el Grupo PMI, el Consejo de Administración de PMI NASA tomó la decisión de invertir recursos en otras compañías de dicho grupo, adquiriendo también el carácter de compañía tenedora, lo que le permitió reflejar ingresos provenientes de los resultados de dichas compañías, como se muestra a continuación:

INVERSIONES PERMANENTES DE PMI NASA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 (Miles)

Tenedora Accionista en: Inversiones permanentes Participación en resultados

Compañía % tenencia accionaria

Dólares Pesos 1/ Dólares Pesos 1/

PMI NASA DPRLP 50.0 540,978.8 6,684,929.2 74,670.4 919,475.9 PMI SUS 55.6 25,079.2 309,906.2

PMI HNA 100.0 1,613.3 19,935.9 250.7 3,121.9 PMI TRD 1.0 705.2 8,714.2 ________ _________

Total 568,376.5 7,023,485.5 74,921.1 922,597.8

FUENTE: Elaborado por la ASF, utilizando el estado de Resultados de los Estados Financieros Dictaminados de PMI NASA, al 31 de diciembre de 2010.

1/ Las cifras de los estados financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2010 de la compañía PMI NASA, se convirtieron a pesos mexicanos equivalentes a un tipo de cambio promedio al cierre de 2010 de 12.3571 pesos por dólar publicado por BANXICO en el DOF.

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La inversión permanente en compañías del Grupo PMI por parte de PMI NASA permitió a ésta lograr utilidades netas por 368,796.0 miles de dólares equivalentes a 4,557,251.1 miles de pesos, monto superior en 655.4% en comparación con 2009.

Lo anterior hizo evidente que en 2010, la participación de PMI NASA en inversiones permanentes en otras compañías del Grupo PMI y en la propia DPRLP, le redituó mayores ingresos, en comparación con los obtenidos por la compra de petróleo crudo y la venta de productos refinados, lo cual le permitió, en ese año, ser una de las empresas del Grupo PMI que contribuyeron con mayores recursos al capital de trabajo extrapresupuestal con el que opera dicho grupo, en un marco de derecho privado, no sujeto al régimen constitucional de autorización, ejercicio, control, transparencia y rendición de cuentas al que sí se sujeta PEMEX en el resto de sus actividades; capital de trabajo que le permite destinar el mismo, entre otras actividades, a:

• La aportación de mayores excedentes de efectivo en el flujo de recursos que son administrados en la tesorería centralizada administrada por PMI HBV, para las empresas del Grupo PMI, y que al cierre de 2010 ascendió a 897,315.3 miles de dólares equivalentes a 11,088,214.4 miles de pesos.

• Otorgar líneas de crédito revolvente a otras empresas integrantes del Grupo PMI, como fue el caso de P.M.I. Services North America, Inc. (PMI SUS), a la cual le fue autorizada una línea con un límite de 60,000.0 miles dólares.

• Capitalizar deuda que otras empresas del Grupo PMI tuvieran con ella, mediante la compra de acciones ordinarias y preferentes del capital de dichas compañías, con lo que participa también, en proyectos de inversión desarrolladas por las mismas, como fue el caso de PMI SUS.

Además la posibilidad de efectuar mayores inversiones accionarias, de financiamiento o negocios extrapresupuestales a futuro, por medio de PMI HBV, como administradora del capital de trabajo y disponibilidades de las empresas del Grupo PMI.

Véase acción(es): 10-1-18T4I-02-0739-01-005

Acciones

Recomendaciones

10-1-18T4I-02-0739-01-001.- Para que Petróleos Mexicanos, por medio de su filial P.M.I. Norteamérica, S.A. de C.V., instruya a P.M.I. Holdings North America, Inc., como prestadora de servicios, a efecto de que en su proceso de control y supervisión incremente el número de facturas revisadas, relacionadas con la compra de crudos no mexicanos e insumos, emitidas por Shell Oil Company a favor de P.M.I. Norteamérica, S.A. de C.V., a fin de mejorar su control interno y garantizar la equidad en las condiciones de venta de dichos productos. [Resultado 3]

10-1-18T4I-02-0739-01-002.- Para que Petróleos Mexicanos, por medio de su filial P.M.I. Norteamérica, S.A. de C.V., instruya a P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V., y a P.M.I. Holdings North America, Inc., como prestadoras de servicios, a fin de que ejerzan un mayor

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control en la entrega de los productos refinados provenientes de la refinería Deer Park Refining Limited Partnership, para verificar en tiempo real y no al final de cada mes que los mismos correspondan, en volumen y tipo, al 50.0% del total de la producción de la refinería, y que se mantiene, en todo momento, una equidad en las condiciones de comercialización de dichos productos para ambos socios. [Resultado 4]

10-1-18T4I-02-0739-01-003.- Para que Petróleos Mexicanos, por medio de su filial P.M.I. Norteamérica, S.A. de C.V., instruya a P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V., y a P.M.I. Holdings North America, Inc., según corresponda, como prestadoras de servicios, para que supervisen el cumplimiento de los plazos establecidos en el anexo "C", de la modificación al contrato "Product Transfer Agreement", firmado entre P.M.I. Norteamérica S.A. de C.V., y Shell Oil Company, a fin de que, por un lado, se controle más eficientemente la entrega de productos terminados propiedad de PMI NASA a Shell y, por otro, se obtenga el ingreso conforme se encuentra pactado en el contrato. [Resultado 4]

10-1-18T4I-02-0739-01-004.- Para que Petróleos Mexicanos, por medio de la compañía P.M.I. Norteamérica, S.A. de C.V., revise y, en su caso, promueva modificaciones a los contratos que tiene celebrados con Shell Oil Company, relativos a la refinería Deer Park Refining Limited Partnership, en aquellos aspectos que le permitan una mejor y más oportuna supervisión de las actividades de procesamiento del crudo aportado y la comercialización de los productos refinados propiedad de P.M.I. Norteamérica, S.A. de C.V., así como el logro de las estrategias y objetivos establecidos anualmente. [Resultado 5]

10-1-18T4I-02-0739-01-005.- Para que Petróleos Mexicanos, por medio del Comité de Estrategia e Inversiones, revise los diversos elementos que incidieron para que P.M.I. Norteamérica, S.A. de C.V. registrara una disminución del 79.5% de su utilidad operativa, al pasar de 88,833.0 miles de dólares en 2009, a 18,176.0 miles de dólares en 2010, así como un margen bruto de operación de sólo 0.3%, lo que denota que las utilidades que llega a generar esta empresa son por aspectos diferentes a su operación. [Resultado 11]

Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 4 observación(es) la(s) cual(es) generó(aron): 5 Recomendación(es).

Dictamen: abstención

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, y se aplicaron los procedimientos de auditoría que se estimaron necesarios.

La Auditoría Superior de la Federación se abstiene de emitir una opinión, con base en el hecho de que estima como no válidos los argumentos jurídicos y justificatorios esgrimidos por Petróleos Mexicanos y dependencias del Ejecutivo Federal en diversas revisiones de la Cuenta Pública anteriores, en el sentido de que la empresa P.M.I. Norteamérica, S.A. de C.V., socio limitado de la refinería Deer Park Refining Limited Partnership, ubicada en los Estados Unidos de América, fue considerada por Petróleos Mexicanos como una empresa privada mexicana cuyos socios son dos empresas privadas extranjeras pertenecientes al

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Grupo PMI, las cuales no se han sujetado a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Petróleos Mexicanos ni, en general, a la legislación pública mexicana que regula a las empresas de participación estatal mayoritaria, pertenecientes a la Administración Pública Federal, por lo que la revisión practicada por este órgano fiscalizador no fue posible realizarse en los términos establecidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a fin de verificar que durante 2010 se hubieran ajustado a lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos, la Ley de Ingresos de la Federación y demás disposiciones legales aplicables, así como al cumplimiento de los objetivos contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2012 y los programas sectoriales e institucionales. Se identificaron deficiencias de control y supervisión de la empresa prestadora de servicios P.M.I. Holdings North America, Inc., en las actividades de P.M.I. Norteamérica, S.A. de C.V., en la refinería Deer Park Refining Limited Partnership, referentes a las operaciones de compra de crudos no mexicanos e insumos adquiridos por Shell Oil Company en el extranjero; la entrega de productos refinados provenientes de la refinería, así como en el cumplimiento de Shell en los plazos de pago de los productos vendidos. Además, en 2010 se registraron disminuciones, tanto en la utilidad operativa de P.M.I. Norteamérica, S.A. de C.V. de 79.5%, al pasar de 88,833.0 miles de dólares en 2009 a 18,176.0 miles de dólares; como en el margen bruto de operación, que pasó de 2.2% en 2009 a tan sólo 0.3%, lo que denota que las utilidades que llega a generar esta empresa son por aspectos diferentes a su operación.

Apéndices

Procedimientos de Auditoría Aplicados

1. Verificar la evolución financiera de los ingresos y egresos realizados por PEMEX, Pemex Exploración y Producción (PEP), PMI CIM, P.M.I. Norteamérica, S.A. de C.V. (PMI NASA), y P.M.I. Holdings North America Inc. (PMI HNA), relacionadas con la refinería Deer Park Refining Limited Partnership (DPRLP); asimismo, constatar que se registraron en la contabilidad.

2. Comprobar que los procesos de compra de crudo y de producción en DPRLP, se efectuaron y registraron conforme a la programación operativa y financiera.

3. Verificar el proceso de venta a Shell Oil Company de los productos obtenidos por PMI NASA, de la refinería DPRLP.

4. Evaluar que los resultados mensuales y anuales obtenidos en DPRLP, presentados a los socios, correspondieron con lo programado; así como verificar el cumplimiento de los objetivos y metas.

5. Comprobar los mecanismos de monitoreo realizados por PMI NASA, como socio de DPRLP, sobre las acciones efectuadas por Shell Oil Company, como socio operador de la refinería.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010

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6. Comprobar que PEMEX reconoció la inversión y resultados de DPRLP, en sus estados financieros; asimismo, que se reportó en la Cuenta Pública.

7. Verificar las operaciones realizadas por PEMEX, PEP, PMI CIM, PMI NASA y PMI HNA, relacionadas con la refinería DPRLP.

Áreas Revisadas

La Prosecretaría del Consejo de Administración, la Gerencia de Control Presupuestario; la Subdirección de Programación y Presupuestación, y la Subgerencia de PEP y Corporativo todas adscritas a Petróleos Mexicanos (PEMEX); así como la Dirección General, la Dirección de Administración y Finanzas, y las subdirecciones de Finanzas y Jurídica, pertenecientes a P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V. (PMI CIM).

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que derivaron de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafo penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar y/o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación y que les dio a conocer esta entidad fiscalizadora para efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.