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SALUD CRITERIOS PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTOS JURIDICOS MEDIANTE LOS CUALES SE PODRÁ OTORGAR EL USO O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS FÍSICOS NO HOSPITALARIOS .. ,4‹ ,, ,. 1 !1',4., 1: 1 REV: 00 HOJA: 1 DE: 22 CRITERIOS PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTOS JURÍDICOS MEDIANTE LOS CUALES SE PODRÁ OTORGAR EL USO O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS FÍSICOS NO HOSPITALARIOS EN EL INSTITUTO NACIONAL DE CANCEROLOGÍA CONTROL DE EMISION Elaboró: . Revisó: Autorizó: Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Aró. Silvia Guzmán Torres Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez Cargo-puesto: Jefe del Departame to Servicios *.u..ire ra de Servicios ii Genera es' Directora de Administración Firma: 1 4 ") 1 011- Fecha: " F ' ,... 0? • • osto 2015

CRITERIOS PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTOS JURÍDICOS …incan-mexico.org/incan/docs/normateca...DE: 22 IV. GLOSARIO DE TÉRMINOS. Para los efectos de estos Criterios se entenderá por:

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CRITERIOS PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTOS JURIDICOS MEDIANTE LOS CUALES SE PODRÁ OTORGAR EL USO O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS FÍSICOS NO HOSPITALARIOS

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DE: 22

CRITERIOS PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTOS JURÍDICOS MEDIANTE LOS CUALES SE PODRÁ OTORGAR EL USO O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS FÍSICOS NO HOSPITALARIOS EN EL INSTITUTO NACIONAL DE CANCEROLOGÍA

CONTROL DE EMISION Elaboró: . Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Aró. Silvia Guzmán Torres Lic. Verónica Elena Rojas

Gutiérrez

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Directora de Administración

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CRITERIOS PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTOS JURIDICOS MEDIANTE LOS CUALES SE PODRÁ OTORGAR EL USO O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS FÍSICOS NO HOSPITALARIOS

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HOJA:

DE:

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1. PRESENTACIÓN.

El Sistema Nacional de Salud, constituido por dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto

federal como local, que prestan servicios de salud, tiene entre sus objetivos hacer efectivo el derecho a la

protección de la salud de las personas que se consagra en la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, mediante la coordinación de acciones para el establecimiento de servicios hospitalarios que

respondan a las necesidades de los habitantes del país y a los requerimientos de investigación científica, y

de formación y capacitación de recursos humanos calificados en el campo de la salud.

El Instituto Nacional de Cancerología es un organismo público descentralizado de la Administración Pública

Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, agrupado en el sector salud y coordinado por la

Secretaría de Salud, que tiene por objeto, en el campo de la rehabilitación, la investigación científica, la

formación y capacitación de recursos humanos calificados y la prestación de servicios médicos de alta

especialidad, y cuyo ámbito de acción comprende todo el territorio nacional, de conformidad con lo

establecido por la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día veintiséis de mayo del año dos mil.

El Instituto Nacional de Cancerología, de conformidad con los artículos 14, fracción II; 15, fracciones V, VI y

VII; 17, 18, 21, 22, 57, 58 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1°, 2°, fracción III, 3°, 5°,

fracción I; 14, 15, 16, 17 y 19 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud; así como, los numerales 4°,

fracción I, incisos a) y b); 6, 10, 11, 12, 13 Y 14 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de

Cancerología, cuenta con una Junta de Gobierno y un Director General, correspondiendo a la Junta de

Gobierno, entre algunas de sus atribuciones indelegables, las relativas a autorizar el uso oneroso de

espacios en las áreas e instalaciones del propio Instituto que no sean de uso hospitalario, establecer los

lineamientos para la aplicación de los recursos autogenerados y fijar, con sujeción a las disposiciones

legales relativas, sin intervención de cualquiera otra dependencia, las normas y bases para la adquisición,

arrendamiento y enajenación de inmuebles que la entidad paraestatal requiera para la prestación de sus

servicios, con excepción de aquellos inmuebles de organismos descentralizados que la Ley General de

Bienes Nacionales considere como del dominio público de la Federación.

CONTROL DE EMISION Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Arq. Silvia Guzmán Torres -- Lic. Verónica Elena Rojas

Gutiérrez

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CRITERIOS PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTOS JURIDICOS MEDIANTE LOS CUALES SE PODRÁ OTORGAR EL USO O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS FÍSICOS NO HOSPITALARIOS

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DE:

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22

Por su parte, corresponde al Director General del Instituto, entre otras facultades, las de administrar y

representar legalmente a la Institución, establecer los métodos que permitan el óptimo aprovechamiento de

los bienes muebles e inmuebles de la entidad paraestatal, así como ejecutar los acuerdos que dicte la

Junta de Gobierno y celebrar toda clase de actos, convenios y contratos inherentes al objeto del propio

Instituto.

El artículo 116 de la Ley General de Bienes Nacionales, establece que las entidades podrán realizar

cualquier acto jurídico sobre inmuebles de su propiedad, sujetándose a las normas y bases que

establezcan sus órganos de gobierno en términos de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y que

estos inmuebles puedan ser objeto de todos los contratos que regula el derecho común.

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Arq.S a Guzmán Torres Lic. Verónica Elena Rojas

Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Departamenti de Servicios 'Subdirects •.: de Servicios

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SALUD

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O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS , HOJA: 4 FÍSICOS NO HOSPITALARIOS o no.

DE: 22

OBJETIVO GENERAL.

El presente documento tiene por objeto establecer los criterios para la celebración de actos jurídicos

mediante los cuales se podrá otorgar el uso o aprovechamiento temporal de espacios físicos, no

hospitalarios, en el Instituto Nacional de Cancerología.

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Arq. SILvia,,Guzmán Torres `

Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

go-puesto: Car Itibdirecto9-4e Jefe del Departamento e Servicios \ Servicios

Directora de Administración

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O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS 9 HOJA: 5 FÍSICOS NO HOSPITALARIOS .0.,

DE: 22

NORMATIVIDAD APLICABLE:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley Federal de las Entidades Paraestatales Ley de los Institutos Nacionales de Salud Ley Federal de Derechos Ley General de Bienes Nacionales Código Civil Federal Código Fiscal de la Federación Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales

OTRAS DISPOSICIONES:

Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, publicado en el 16 de julio de 2010, en el Diario Oficial de la Federación.

Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para la accesibilidad de las personas con discapacidad a inmuebles federales publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero del 2014. Metodología y criterios de carácter técnico para la elaboración de trabajos valuatorios que permitan dictaminar el monto de compensación y de indemnización por la expropiación, ocupación temporal o limitación de derechos de dominio sobre bienes inmuebles y nacionalización de unidades económicas por causa de utilidad pública, así como afectación por actos de autoridad y reparación de daños y perjuicios, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero del 2009.

NORMAS conforme a las cuales se llevarán a cabo los avalúos y justipreciaciones de rentas a que se refiere la Ley General de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de mayo del 2012.

Procedimiento Técnico PT-CAS para el cálculo de áreas y superficies en inmuebles publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero del 2009.

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo ,..-- Arq. Sil . Guzmán Torres Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Depártamento • :. -rvicios A Subdirector -de Servicios Ge • - :_, -,__, Directora de Administración

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O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS FÍSICOS NO HOSPITALARIOS

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IV. GLOSARIO DE TÉRMINOS.

Para los efectos de estos Criterios se entenderá por:

Arrendamiento.- Contrato por virtud del cual una parte concede o transfiere a otra el uso, goce y

disfrute temporal de un bien o derecho mediante un precio cierto que recibe la denominación de renta, tal y como lo prevé el artículo 2398 del Código Civil Federal.

Comodato.- Contrato en virtud del cual uno de los contratantes se obliga a conceder gratuitamente el

uso de una cosa no fungible y el otro contrae la obligación de restituirla individualmente, como lo señala el artículo 2497 del Código Civil Federal.

Concesiones, permisos y autorizaciones. Actos administrativos mediante los cuales el Instituto concede a un particular el uso o aprovechamiento temporal de bienes de dominio público o servicios a

cambio de una contraprestación de acuerdo a lo previsto por los artículo 16 y 72 de la Ley General de

Bienes Nacionales. Éstos no crean derechos reales, otorgan simplemente frente a la administración y

sin perjuicio de terceros, el derecho de realizar los usos, aprovechamientos o explotaciones, de

acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes y el título de concesión, el permiso o la autorización correspondiente.

Contrato.- Acto Jurídico en virtud del cual se produce o transfiere una obligación o un derecho, de

conformidad a lo que establece el artículo 1793 Código Civil Federal.

Convenio.- Acuerdo de voluntades de dos o más personas destinado a crear, transferir, modificar o

extinguir una obligación, de acuerdo a lo previsto por el artículo 1792 Código Civil Federal.

Convenios de colaboración.- Acuerdo de voluntades entre el Instituto y una o más instituciones públicas, privadas o asociaciones, por el que es posible conceder en tiempo el uso temporal de un

inmueble en apoyo a una de las partes de conformidad con el contenido de estas bases y los

acuerdos que al efecto emita la Junta de Gobierno.

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Arq. Silvia Guzmán Torres Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Departamento del: érvicios bdir-ctora de Servicios Generales Directora de Administración

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FÍSICOS NO HOSPITALARIOS m„,,, DE: 22

Criterios.- Los presentes criterios para la celebración de actos jurídicos mediante los cuales se podrán

otorgar el uso o aprovechamiento temporal de espacios físicos de uso no hospitalario en el Instituto Nacional de Cancerología.

Dictamen valuatorio: Documento que emite el INDAABIN, las instituciones de crédito y los

especialistas en materia de valuación con cédula profesional expedida por autoridad competente, por

medio del cual se da a conocer la información técnica y los resultados del trabajo valuatorio solicitado por el promovente.

Espacios físicos de uso no hospitalario.- Parte de un inmueble o superficie de terreno del Instituto, que no se encuentre acondicionados para brindar servicios de salud.

Grupo de Trabajo.- El integrado por los Titulares de la Dirección General; la Dirección General Adjunta

y la Dirección de Administración; las Subdirecciones de Contabilidad y Finanzas, y de Servicios

Generales. Las decisiones del Grupo de Trabajo deberán contar con el Visto Bueno de la Junta de Gobierno.

INDAABIN.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de la Función Pública.

Instituto.- El Instituto Nacional de Cancerología.

Justipreciación.- Documento emitido por el INDAABIN en el que se expresa el resultado de estimar el

monto más apropiado, expresado en términos monetarios, a pagar respecto de Concesiones, permisos y autorizaciones

Persona física.- Individuo con capacidad jurídica para obligarse.

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Arq. Silvia _Guzmán Torres ----_

Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Departament. se Servicios •directora Servicios N, ne :jkj.

Directora de Administración

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REV: 00

O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS 1 r HOJA: 8 FÍSICOS NO HOSPITALARIOS .,,,, „

DE: 22

Persona moral. Agrupación de personas físicas legalmente constituida para la realización de fines

colectivos y permanentes y a la que el derecho le da la capacidad para ser titular de derechos y

obligaciones.

Uso Hospitalario.- La utilización de espacios físicos destinados exclusivamente para la prestación de

servicios de salud en aspectos preventivos, médicos, quirúrgicos y de rehabilitación en las áreas de

especialización del Instituto, en los cuales se proporciona consulta externa, atención hospitalaria y de

urgencias.

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Arq. Silvia Guzmán Torres Lic. Verónica Elena Rojas

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DE: 22

V. INTEGRACIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO

A. Titulares Con derecho a voz y voto

CARGO EN EL GRUPO DE TRABAJO CARGO EN EL INCAN

Presidente Titular de la Dirección General

Vocal Titular Titular de la Dirección General Adjunta Médica

Vocal Titular Titular de la Dirección de Investigación

Vocal Titular Titular de la Dirección de Docencia

Vocal Titular Titular de la Dirección de Administración

Vocal Titular Titular de la Subdirección de Servicios Generales

Vocal Titular Titular de la Subdirección de Contabilidad y Finanzas

Con derecho a voz pero sin voto

CARGO EN EL GRUPO DE TRABAJO

CARGO EN EL INCAN

Secretario Técnico Titular del Departamento de Servicios

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Arq. Silvia Guzmán Torres _

Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Departamentervicios Subdirectora de Servicios Ge Directora de Administración

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O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS g ' HOJA: 10 FÍSICOS NO HOSPITALARIOS

DE: 22

Participantes con derecho a voz pero sin voto

CARGO EN EL GRUPO DE TRABAJO

CARGO EN EL INCAN

Asesor Jurídico El Titular de la Subdirección de Asuntos Jurídicos

Asesor del Órgano

Interno de Control El Titular del Órgano Interno de Control en el INCAN

CARGO EN EL GRUPO DE TRABAJO

CARGO EN EL INCAN

Las personas cuya intervención se estime necesaria por

cualquiera de los integrantes o asesores del Comité, para aclarar aspectos técnicos, administrativos o de cualquier

Invitados naturaleza relacionados con los asuntos sometidos a la consideración del mismo, quienes fungirán como invitados y participarán en la sesión correspondiente durante la presentación y discusión del tema para el cual

B. De las Suplencias

Los integrantes del Comité con derecho a voz y voto, así como los asesores, podrán designar por escrito

a sus respectivos suplentes, quienes deberán tener el nivel jerárquico inmediato inferior al del Titular y sólo podrán participar en su ausencia, teniendo las facultades inherentes de éstos. La designación podrá comprender uno o varios suplentes, con la condición de que en ausencia del Titular, únicamente podrá actuar uno de sus suplentes.

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Arq. Sirviá-Quzmán Torres Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

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DE: 22

Dicha designación se podrá realizar hasta antes del levantamiento de la lista de asistencia para verificar el quórum en la sesión correspondiente, mediante oficio dirigido al Secretario Técnico, quien dará cuenta de ello al Grupo de Trabajo, el cual podrá pronunciarse en caso de un defecto en la designación.

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

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DE: 22

VI. FUNCIONAMIENTO DEL GRUPO DE TRABAJO

De las Funciones del Grupo

Corresponderá al Grupo de Trabajo:

I. Aprobar los Criterios para la celebración de actos jurídicos mediante los cuales se podrá otorgar el uso o aprovechamiento de espacios físicos de uso no hospitalario.

II. Autorizar los espacios físicos de uso no hospitalario susceptibles de ser otorgados en uso o

aprovechamiento temporal, en base a las necesidades del propio Instituto;

III. Autorizar el instrumento legal y el periodo correspondiente mediante el cual se concederá el uso o

aprovechamiento temporal de los espacios físicos de uso no hospitalario, tomando en

consideración el fin que persigan los solicitantes interesados, así como el beneficio que le resulte

para el propio Instituto, así como a sus trabajadores y/o usuarios del servicio médico.

IV. Autorizar el tipo de contrato que se estime procedente, para lo cual se requerirá la Justipreciación correspondiente en cualesquiera de los siguientes supuestos:

a) Arrendamiento.- En el supuesto de asociaciones que coadyuvan al objeto del Instituto, tengan o no un fin de lucro;

b) Comodato.- Para el caso de asociaciones que además de que coadyuvan al

objeto del Instituto, realicen actividades de asistencia social o labores de

investigación científica y no tengan un fin preponderantemente económico o

que sus actividades proporcionen un beneficio a los trabajadores del Instituto y/o a sus usuarios del servicio médico;

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DE: 22

c) Convenios de Colaboración.- En el caso de instituciones públicas o privadas con las que se acuerde conceder el uso de un inmueble con base en un

acuerdo de mutua colaboración o apoyo, de conformidad con el contenido de estos Criterios;

d) Disfrute de un espacio físico no hospitalario a cambio de una contraprestación.- Supuesto en el que de conformidad con el artículo 143 fracción X de la Ley General de Bienes Nacionales, se necesitará contar con el Dictamen valuatorio que al efecto emita el INDAABIN.

Funciones específicas de los miembros del Grupo

Presidente

• Expedir las convocatorias y órdenes del día de las sesiones. • Autorizar el diferimiento de las sesiones. • Presidir, orientar y coordinar las sesiones del Grupo de Trabajo. • Emitir su voto respecto de los asuntos que se sometan a consideración del mismo. • Tener voto de calidad en caso de empate. • Someter a la autorización de la Junta de Gobierno del INCAN, los Criterios para la

celebración de actos jurídicos mediante los cuales se podrá otorgar el uso o aprovechamiento de espacios físicos de uso no hospitalario.

• Suscribir las Actas correspondientes a las sesiones.

Secretario Técnico

• Elaborar las convocatorias, órdenes del día, actas de las sesiones y listado de los asuntos. • Vigilar que se cumplan los plazos para convocar a la celebración de las sesiones.

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Arq. Sltvié Guzmán Torres Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

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HOJA: 14

DE: 22

• Determinará el estado de conservación, ubicación y número de metros cuadrados de

espacios físicos de uso no hospitalario que se otorgarán en uso o aprovechamiento

temporal a los solicitantes interesados, para lo cual, determinará si dichos espacios

contarán con tomas individuales de luz, teléfono y agua; instrumento legal, el periodo propuesto por espacio y tipo de contrato,

Incluir en las carpetas los soportes documentales necesarios y remitir dichos documentos a

los integrantes, asesores y participantes del Grupo de Trabajo, de preferencia en forma

electrónica, cuando exista algún impedimento la podrá remitir en forma impresa. • Entregar la convocatoria, el orden del día y la carpeta de cada sesión, por medios

electrónicos o en forma impresa a los integrantes, asesores y participantes del Comité,

cuando menos con tres días hábiles de anticipación a la celebración de las sesiones

ordinarias, y con un día hábil de anticipación para las extraordinarias, guardando la constancia de acuse correspondiente.

• Levantar la lista de asistencia para verificar que exista el quórum necesario para el desahogo de la sesión.

• Elaborar el Acta de cada sesión, la cual deberá presentar para la aprobación y firma de todos los que hubieren asistido a ella.

• Recibir las propuestas de modificación a los Criterios para la celebración de actos jurídicos

mediante los cuales se podrá otorgar el uso o aprovechamiento de espacios físicos de uso

no hospitalario, para elevarlas al conocimiento y decisión del Grupo de Trabajo. • Presentar el informe anual sobre el resultado general de los espacios autorizados por el

Grupo de Trabajo, en el ejercicio inmediato anterior.

Vocales

• Analizar el orden del día y los documentos de los asuntos que se sometan a consideración

del Grupo de Trabajo, a efecto de emitir sus opiniones y voto correspondiente.

Asistir puntualmente a las sesiones para las que se les convoque.

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Arg. Si ' Guzmán Torres Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Cargo-puesto:

Firma:

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O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS , FÍSICOS NO HOSPITALARIOS

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HOJA: 15

DE: 22

• Su responsabilidad está limitada al voto que emitan respecto del asunto sometido a su

consideración, con base en la información que les sea presentada, debiendo emitir

expresamente el sentido de su voto en todos los casos, salvo que exista conflicto de

intereses, en cuyo caso deberán excusarse y expresar el impedimento que los afecte.

Emitir su opinión en lo general o en lo particular al proyecto de Acta.

Asesores

Asistir a las sesiones del Grupo de Trabajo, con voz pero sin voto, pudiendo entregar previo

al inicio de la sesión, sus pronunciamientos razonados de manera escrita o bien manifestarlos verbalmente en la sesión correspondiente.

• Proporcionar de manera fundada y motivada la orientación necesaria en torno a los asuntos

que se traten en el Grupo de Trabajo, de acuerdo con las facultades que tenga conferidas el área que los haya designado.

Invitados

• Aclarar aspectos técnicos, administrativos, o de cualquier otra naturaleza de su

competencia, relacionados exclusivamente con el asunto para el cual hubieren sido invitados.

• Participar únicamente cuando sean convocados a las sesiones del Grupo de Trabajo.

• Participar en la sesión con voz pero sin voto, durante la presentación y discusión del tema para el cual fueron invitados.

• Firmar la lista de asistencia y el Acta de la sesión como constancia de su participación, y en

los cuales se obligarán a guardar la debida reserva y confidencialidad.

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Arq. Silvia Guzmán Torres Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Departam nto d= Servicios utdrectora de Servicios *tener ' Directora de Administración

Firma:

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SALUD

CRITERIOS PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTOS JURIDICOS MEDIANTE LOS CUALES SE PODRÁ OTORGAR EL USO

O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS FÍSICOS NO HOSPITALARIOS

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HOJA: 16

DE: 22

Actos previos a la celebración de las sesiones

El Grupo de Trabajo sesionará dos veces al año, en los meses de enero y julio.

En la sesión del mes de enero, se presentará el informe anual de los resultados generales de los

espacios autorizados por el Grupo de Trabajo, en el ejercicio inmediato anterior.

En la sesión del mes de julio se presentarán las propuestas de espacios físicos de uso no hospitalario

para otorgarse en el siguiente ejercicio fiscal. Para su posterior inclusión en la Segunda Junta de Gobierno del Instituto.

La convocatoria de cada sesión, junto con el orden del día y la carpeta, se entregará preferentemente

por medios electrónicos (correo electrónico o cd) o bien en forma impresa a los integrantes, asesores y

participantes del Comité, cuando menos con 3 (tres) días hábiles de anticipación a la celebración de las

sesiones. La sesión sólo se llevará a cabo cuando se cumplan dichos plazos. La constancia de

entrega/recepción, será aquélla que emita el medio electrónico de transmisión al Secretario Técnico, o

bien el sello o firma autógrafa del acuse de recibo.

Las sesiones se llevarán a cabo cuando asista la mayoría de los integrantes del Comité con derecho a

voz y voto, es decir 4 (cuatro) de ellos, y se tomará lista de todos los asistentes, como constancia de su participación.

Sesiones Extraordinarias

Serán extraordinarias, las sesiones del Grupo de Trabajo para tratar asuntos de carácter urgente, previa

solicitud y justificación que formule el titular del Área Requirente, cuando se considere prioritarios para

el cumplimiento de objetivos o metas del INCAN; siempre y cuando no se derive de una falta de planeación en sus solicitudes.

Las sesiones extraordinarias se convocaran con 1 (un) día hábil de anticipación.

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Elaboró: Revisó: Autorizó: Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Arq. Silvia Guzmán Torres Lic. Verónica Elena Rojas

Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Departamento de 'ervicios \--

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Directora de Administración

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SALUD

CRITERIOS PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTOS JURIDICOS MEDIANTE LOS CUALES SE PODRÁ OTORGAR EL USO ,

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O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS '' 1 i HOJA: 17 FÍSICOS NO HOSPITALARIOS

„,,, oo, DE: 22

VIL CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE OCUPARÁN LOS ESPACIOS FÍSICOS NO HOSPITALARIOS

La selección de las personas físicas o morales que ocuparan los espacios autorizados por el Grupo de Trabajo y validados por la H. Junta de Gobierno, se realizará a través de convocatoria pública, en la página institucional del INCan. La Subdirección de Servicios Generales, girará oficios a los

representantes legales de las personas físicas y/o morales identificadas como posibles interesadas,

haciéndoles de su conocimiento el lugar donde se encuentra la convocatoria que contendrá los requisitos, fecha y lugar para participar.

La Subdirección de Servicios Generales, integrará los expedientes de las solicitudes de la persona

física y/o moral, interesada en el uso o aprovechamiento de espacios físicos de uso no hospitalario en

el Instituto, los cuales en forma enunciativa pero no limitativa, deberán contener los siguientes documentos:

a) Propuesta de servicios a proporcionar por parte de la persona física y/o moral interesada en el

uso o aprovechamiento de espacios físicos de uso no hospitalario

b) Copia simple y original o copia certificada para su cotejo del acta constitutiva en caso de ser

persona moral, la interesada en el uso o aprovechamiento de espacios físicos de uso no hospitalario

c) Copia simple y original o copia certificada para su cotejo del poder notarial del representante

legal de la persona moral, interesada en el uso o aprovechamiento de espacios físicos de uso no hospitalario

d) Copia simple y original o copia certificada para su cotejo de la identificación oficial del

representante legal de la persona moral o de la persona física, interesada en el uso o

aprovechamiento de espacios físicos de uso no hospitalario

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Arq. Sil • Guzmán Torres Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Departamento d, - rvicios di ctor e Servicios Gen- .-s Directora de Administración

Firma: r Ohh,6 . ,„..

Fecha: Ag•- o 2015

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HOJA: 18

DE: 22

e) Registro Federal de Contribuyentes de la persona física o de la persona moral, interesada en el

uso o aprovechamiento de espacios físicos de uso no hospitalario.

O Copia de la constancia de opinión positiva del SAT, de la persona física o de la persona moral,

interesada en el uso o aprovechamiento de espacios físicos de uso no hospitalario

g) Escrito que contenga la declaración de buena fe de la persona física o de la persona moral,

interesada en el uso o aprovechamiento de espacios físicos de uso no hospitalario, de no estar

inhabilitada para celebrar contratos con el sector público.

h) Control de su personal.

i) Horario de Servicio.

j) Relación de mobiliario y equipo que destinará para la prestación del servicio, y

k) En su caso listado de precios de bienes y servicios.

Una vez integrado el expediente de las personas físicas o morales invitadas, la Subdirección de

Servicios Generales emitirá un Dictamen mediante el cual constará la selección de la propuesta más

conveniente para el Instituto y cumpla con todos los requisitos establecidos, soportando la decisión.

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo :- ArqSiNia Guzmán Torres Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Departamento ,e servicios 7

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SALUD 1

CRITERIOS PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTOS JURIDICOS MEDIANTE LOS CUALES SE PODRÁ OTORGAR EL USO

REV: 00

O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS ., r ' HOJA: 19 FÍSICOS NO HOSPITALARIOS

DE: 22

VIII. ASPECTOS GENERALES QUE SE DEBERÁ CONSIDERAR EN EL OTORGAMIENTO DE ESPACIOS.

Para el caso de otorgar a los particulares derechos de uso o aprovechamiento temporal

sobre espacios no hospitalarios, mediante concesión, permiso o autorización, sin perjuicio

de lo que establezca la Ley General de Bienes Nacionales respecto del otorgamiento de concesiones, permisos y autorizaciones sobre inmuebles federales el Grupo de Trabajo deberá observar lo siguiente:

a.) Que el solicitante interesado cumpla con los requisitos establecidos en los presentes Criterios.

b.) Evitar el acaparamiento o concentración de concesiones en una sola persona física o moral.

c.) No podrán otorgarlas a favor de los servidores públicos que en cualquier forma

intervengan en el trámite de las concesiones, permisos y autorizaciones, ni de sus

cónyuges o parientes consanguíneos y por afinidad hasta el cuarto grado o civiles, o de

terceros con los que dichos servidores tengan vínculos privados o de negocios; los

contratos que se otorguen en contravención a lo dispuesto en este inciso serán causa de

nulidad en términos del artículo 74 de la Ley General de Bienes Nacionales;

d.) Que no se afecte el interés público

e.) La información relativa a los inmuebles que serán objeto de concesión, será publicada con dos meses de anticipación al inicio de la vigencia de la concesión respectiva en la página de Internet del Instituto;

f.) En el caso de concesiones, permisos y autorizaciones sobre espacios físicos de uso no hospitalario, la actividad a desarrollar por los solicitantes interesados no deberá interferir con las actividades propias del Instituto;

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: • Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Arq. Sibilk Giumán Torres , Lic. Verónica Elena Rojas

Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Departamento ,e.

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O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS 1 HOJA: 20 FÍSICOS NO HOSPITALARIOS ,,

DE: 22

g.) El beneficio social y económico que signifique para el Instituto

h.) La conveniencia de la actividad o del servicio que se preste;

i.) En el caso de prórroga para el cumplimiento de la obligación económica contraída se

verificará el historial del solicitante interesado de las obligaciones consignadas en el título

de concesión, permiso o autorización y en lo dispuesto por estos Criterios;

j.) El valor que al término de la concesión, permiso o autorización, tengan las obras e

instalaciones realizadas al inmueble propiedad del Instituto por el solicitante interesado;

k.) El monto de la reinversión que se haga para el mejoramiento de las instalaciones o del servicio prestado

I.)Únicamente el titular de una concesión, gozará de un plazo equivalente al diez por ciento del

periodo de vigencia de la concesión, para solicitar la prórroga correspondiente, respecto de

la cual tendrá preferencia sobre cualquier solicitante, siempre y cuando haya cumplido con

todas las obligaciones consignadas a su cargo. Al término del plazo de la concesión, o de

la última prórroga en su caso, las obras e instalaciones adheridas de manera permanente

sobre los espacios físicos de uso no hospitalario concesionados pasarán a propiedad del Instituto

La extinción, caducidad y revocación de las concesiones, permisos y autorizaciones, se llevará a cabo en términos de la Ley General de Bienes Nacionales.

Los recursos que se obtengan de la formalización de los instrumentos legales a que se refieren estos

Criterios se destinarán en actividades sustantivas y/o programas prioritarios del Instituto, por concepto de

recursos propios, de acuerdo a la autorización de la Junta de Gobierno a propuesta de la Dirección General

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Lic Ernesto Velázquez Gallardo Arq. SilVilOuzmán Torres Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Departamento de ,,k. icios bdirectora de Servicios Gene = Directora de Administración

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CRITERIOS PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTOS JURIDICOS MEDIANTE LOS CUALES SE PODRÁ OTORGAR EL USO O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS FÍSICOS NO HOSPITALARIOS

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HOJA: 21

DE: 22

En los casos en que las instituciones y particulares que ocupen espacios físicos de uso no hospitalario

dentro del Instituto, pretendan realizar trabajos de reforzamiento, rehabilitación, mejoramiento o

remozamiento de los espacios que usen en forma temporal, tanto en sus interiores como en sus

fachadas exteriores, lo harán previa autorización por parte de la Dirección de Administración, unidad

administrativa que además mantendrá estrecha coordinación con las autoridades de protección civil, a

efecto de dar las facilidades indispensables para realizar el diagnóstico de riesgos internos y externos de los inmuebles del Instituto.

A quienes se les otorgue el uso y disfrute temporal de espacios físicos de uso no hospitalario no podrán

efectuar modificaciones que afecten las estructuras del edificio, paredes maestras u otros elementos

esenciales que puedan perjudicar su estabilidad y seguridad, salubridad o comodidad, sin la previa y

expresa autorización de la Dirección de Administración del Instituto y además deberán observar las

medidas preventivas y ejecutar los planes o programas de protección civil en casos de emergencia.

Cuando se encuentren alojadas en el inmueble oficinas de Gobiernos Federales,

Estatales o Municipales, la Dirección de Administración se coordinará con éstos a fin de fijar las

aportaciones a su cargo, con base en los Convenios de Colaboración que al efecto celebre el Instituto.

En los Convenios de colaboración que al efecto celebre el Instituto, deberán considerarse la

rehabilitación, mejoramiento y remozamiento de los espacios físicos de uso no hospitalario, oficinas y

áreas comunes de que se trate, de conformidad con las especificaciones y características que al efecto

determine el Grupo de trabajo de conformidad con los ordenamientos jurídicos aplicables.

Las obras y adquisiciones necesarias para el mantenimiento y conservación de los espacios físicos de

uso no hospitalario, mencionados en los presentes Criterios se sujetarán, en su caso, a las

disposiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la

Ley Obras Públicas y Servicios Relacionados con los Mismos y demás ordenamientos aplicables.

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo - Arq. Si . Guzmán Torres Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Cargo-puesto: 1 ,

Jefe del Departamen • ' Servicios fl•í ,--

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CRITERIOS PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTOS JURIDICOS MEDIANTE LOS CUALES SE PODRÁ OTORGAR EL USO

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O APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS 1 HOJA: 22 FÍSICOS NO HOSPITALARIOS „,,,,,

DE: 22

IX. TRANSITORIOS.

PRIMERO.- Los presentes Criterios entrarán en vigor al día siguiente de ser aprobados por la

Honorable Junta de Gobierno del Instituto; debiendo publicarse ese mismo día en la

página del INCan.

SEGUNDO.- Las modificaciones a los presentes Criterios así como los casos no previstos en los

mismos se someterán en primera instancia al Grupo de trabajo y de requerirse alguna

modificación se someterá a la Junta de Gobierno del Instituto, para su aprobación.

TERCERO.- La Dirección de Administración del Instituto será la encargada de la impresión y difusión

de los presentes Criterios en el Instituto y deberán contenerse, asimismo, en la página de

Internet www.incan.edu.mx.

CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: , Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Ernesto Velázquez Gallardo Arq. SilvikGuzmán Torres Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Depaftament.tervicios •.,- di 'ctora de Servicios

Gen Directora de Administración

Firma: li /04..rfd 4 .diltZ

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56 28 04 00

Instituto Nacional de Cancerología SECRETARÍA DE SALUD

GRUPO DE TRABAJO PARA OTORGAR EL USO O ENAJENACIÓN TEMPORAL DE

ESPACIOS FISICOS NO HOSPITALARIOS

SALUD

Acta de la Segunda Reunión de Trabajo 2015

En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las catorce horas del día veinticinco de agosto del año dos mil quince,

se reunieron en la sala de juntas de la Dirección de Administración, con domicilio en: Avenida San Fernando número

dos, Colonia Barrio del Niño de Jesús, Código Postal 14080, Delegación Tlalpan, Distrito Federal, los integrantes del

Grupo de Trabajo para otorgar el uso o enajenación temporal de espacios físicos no hospitalarios del Instituto Nacional

de Cancerología, que a continuación se mencionan.

La Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez, Titular de la Dirección de Administración, Integrante, Arq. Silvia Guzmán

Torres, Titular de la Subdirección de Servicios Generales, Integrante; C.P. Sergio Ángel Cisneros Bernal, Titular de la

Subdirección de Contabilidad y Finanzas, Integrante, Dr. Ángel Apodaca Cruz, Titular de la Subdirección de Atención

Hospitalaria y Consulta Externa, en representación de la Dirección General Adjunta Médica, Integrante; M.A.P. María

de los Ángeles Silva Mendoza, Titular del Órgano Interno de Control, Integrante; M. en D. Víctor Ramón Morales

Peña, Titular de la Subdirección de Asuntos Jurídicos, Integrante; Lic. Patricia Coconi García, Representante del

Departamento de Vinculación Institucional, Invitada; Lic. Ernesto Velázquez Gallardo, Titular del Departamento de

Servicios, Invitado Permanente.

I. LISTA DE ASISTENCIA

Para dar inicio a la reunión en uso de la palabra la Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez, Integrante

del Grupo de Trabajo, dio la bienvenida a la Segunda Sesión del Grupo de Trabajo para otorgar el uso

o enajenación temporal de espacios físicos no hospitalarios, informando que los actuales Criterios

para la celebración de actos jurídicos mediante los cuales se podrá otorgar el uso o enajenación de

espacios físicos de uso no hospitalario no establecen un número de integrantes específicos para

declarar quórum legal.

En esta base, y considerando que se cuenta con la mayoría de los integrantes invitados, se da inicio a

la sesión conforme al orden del día integrado, indicando que los acuerdos tomados tendrán plena

validez, sometiendo a consideración de los integrantes del Grupo de Trabajo el siguiente punto:

LECTURA Y APROBACIÓN EN SU CASO DEL ORDEN DEL DÍA

1. Lista de Asistencia

2. Presentación para autorización de los Criterios para la celebración de Actos Jurídicos mediante los cuales se ‘\J"-\

podrá otorgar el uso o aprovechamiento de espacios físicos no hospitalarios en el Instituto Nacional de

Cancerología.

3. Asuntos Generales.

Av. San Fernando No. 22 Col. Sección XVI Tlalpan C. E 14080 México, D. F. Tel

www.incan.edu.mx

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Instituto Nacional de Cancerología SECRETARÍA DE SALUD

GRUPO DE TRABAJO PARA OTORGAR EL USO O ENAJENACIÓN TEMPORAL DE

ESPACIOS FISICOS NO HOSPITALARIOS

Acta de la Segunda Reunión de Trabajo 2015

La Arq. Silvia Guzmán Torres, Titular de la Subdirección de Servicios Generales, Integrante del Grupo de Trabajo,

informa que el listado corresponde al presentado en la sesión anterior, en la cual se incluyó, el número de metros

cuadrados, vigencia de las justipreciaciones, periodo de la contratación, y figura jurídica propuesta, siendo los

mismos para 2016.

El C.P. Sergio Ángel Cisneros Bernal, Titular de la Subdirección de Contabilidad y Finanzas, Integrante del Grupo

de Trabajo, comenta que la figura del arrendamiento es la mejor opción, a fin de que el Instituto reciba los recursos

que se obtengan. Así mismo, recomienda que las justipreciaciones no se hagan del conocimiento de los

interesados, a fin de que el Instituto obtenga la mejor propuesta de renta.

IV. REVISIÓN Y RATIFICACIÓN DE LOS ACUERDOS GENERADOS EN LA PRESENTE SESIÓN.

ACUERDOS DE REGISTRO Y SEGUIMIENTO

SALU D

01/2/2015: Se aprueba el orden del día correspondiente a la Segunda Sesión Ordinaria del ejercicio 2015 del

Grupo de Trabajo para otorgar el uso o enajenación de espacios físicos de uso no hospitalarios.

02/2/2015: Los integrantes del Grupo de Trabajo autorizan los Criterios para la celebración de actos jurídicos

mediante los cuales se podrá otorgar el uso o aprovechamiento de espacios físicos de uso no hospitalario,

para posteriormente someterlos a la autorización de la H. Junta de Gobierno.

03/2/2015: Los integrantes del Grupo de Trabajo tuvieron conocimiento de los asuntos generales presentados.

Por lo anterior, una vez desahogado el orden del día correspondiente y en virtud de que no existen más asuntos a tratar

se da por concluida la sesión, agradeciendo a los asistentes su presencia y participación, firmando para su constancia los

integrantes del Grupo de Trabajo que en ella intervinieron.

ión de c..s Generales,

Av. San Fernando No. 22 Col. Sección XVI Tlalpan C. P. 14080 México, D.F. Tel

www.incan.edu.mx

Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Titular de la Dirección de Administración, Titular de 1

Integrante del Grupo de Trabajo. Int del Grup

20362

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ASUNTO QUE SE SOMETE A AUTORIZACIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO:

Presentación para autorización de los Criterios para la Celebración de Actos Jurídicos mediante los cuales se podrá otorgar el uso o aprovechamiento de espacios físicos no hospitalarios en el Instituto Nacional de Cancerología.

REUNIÓN SEGUNDA SESIÓN

FECHA

25 DE AGOSTO DE 2015

ÁREA REQUIRENTE:

Dirección de Administración, a través de la Subdirección de Servicios Generales, por solicitud del Departamento de Servicios.

CASO N°

001/2015

GRUPO DE TRABAJO PARA OTORGAR EL USO APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS FÍSICOS NO HOSPITALARIOS EN EL INSTITUTO NACIONAL DE CANCEROLOGÍA

Segunda Reunión de Trabajo 2015

PLANTEAMIENTO:

• Solicitud:

La Dirección de Administración a través de la Subdirección de Servicios Generales, somete a autorización de los miembros del Grupo de Trabajo: Criterios para la Celebración de Actos Jurídicos mediante los cuales se podrá otorgar el uso o aprovechamiento de espacios físicos no hospitalarios en el Instituto Nacional de Cancerología.

• Justificación:

Que el Instituto Nacional de Cancerología cuente con una disposición que regule el procedimiento para decidir cuál sería la figura jurídica que más convenga al INCan para el uso o aprovechamiento honoroso de espacios físicos no hospitalarios, así mismo prevea las funciones y/o actividades de cada uno de los miembros integrantes del grupo de trabajo.

• Fundamento Legal:

De conformidad con los artículos 14, fracción II; 15, fracciones V, VI y VII; 17, 18, 21, 22, 57, 58 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1°, 2°., fracción III, 3°., 5°., fracción l; 14, 15, 16, 17 y 19 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud; así como los numerales 4°., fracción I, incisos a) y b); 6, 10, 11, 12, 13 y 14 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Cancerología. Artículo 116 de la Ley General de Bienes Nacionales;

Soportes documentales: Se anexa: Criterios para la Celebración de Actos Jurídicos mediante los cuales se podrá otorgar el uso o aprovechamiento de espacios físicos no hospitalarios en el Instituto Nacional de Cancerología.

Av. San Fernando No. 22 Col. Sección !co, D. F. Tel 56 28 04 00

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Lic. Ernesto•Velázqtleí Gallardo Secrelario Técnico

GRUPO DE TRABAJO PARA OTORGAR EL USO APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS FÍSICOS NO HOSPITALARIOS EN EL INSTITUTO NACIONAL DE CANCEROLOGÍA

Segunda Reunión de Trabajo 2015

ACUERDO:

Una vez analizada la información por parte de los miembros del Grupo de Trabajo para otorgar el uso o aprovechamiento temporal de espacios físicos no hospitalarios se determina lo siguiente:

Por unanimidad se autoriza Los Criterios para la Celebración de Actos Jurídicos mediante los cuales se podrá otorgar el uso o aprovechamiento de espacios físicos no hospitalarios en el Instituto Nacional de Cancerología

Dr. A. Abelardo Meneses García Presidente

Pi<

ir. Ángel Herr omez Vocal lar

Dr. Luis Alonso Herrera Montalvo "Vocal Titular

Dr. Eduardo Emir Cervera Ceballos Vocal Titular

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Arq. Silvia Guzmán Torres. Vocal Titular

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--- Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Vocal Titular

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C.P. Sergio Cisneros Bernal Vocal Titular

Av. San Fernando No. 22 Col. Sección 1;,- , P. 14080 México, D. F. Tel. 56 28 04 00

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