10
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA Norte de la Universidad Peruana Fundada por Ley 14015 del 13 de febrero de 1962 Cajamarca - Perú COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO Telef. Nº 369192 - Ciudad Universitaria 1S - 108 CRONOGRAMA DE ELECCIONES : RECTOR Y VICERRECTORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA REFERENCIA Ley Universitaria N° 30220 Estatuto 2014 – Universidad Nacional de Cajamarca Resolución N° 01 – 2014 - Asamblea Estatutaria - UNC Resolución N° 02 – 2014 - Asamblea Estatutaria - UNC de fecha 18 de diciembre, 2014 Reglamento Electoral Universitario 2015 Ley Orgánica de Elecciones N° 26859 INSCRIPCION DE LISTAS Fecha: 15 y 16 de Junio del 2015 Hasta : 12:00 m Local : Comité Electoral Universitario - UNC (1S - 108) Fecha: 17 de Junio del 2015 Hora : 12:00 m Local : Comité Electoral Universitario - UNC (1S - 108) Fecha: 18 y 19 de Junio del 2015 TACHAS Hora : 12:00 m Local : Comité Electoral Universitario - UNC (1S - 108) ABSOLUCION DE TACHAS Fecha: 22 y 23 de Junio del 2015 Hora : 12:00 m Local : Comité Electoral Universitario - UNC (1S - 108) PUBLICACION DE LISTAS HABILES Fecha: 24 de Junio 2015 Hora: 12:00 m Local : Comité Electoral Universitario – UNC (1S - 108) Fecha: 25 de Junio 2015 Hora: 09:00 a.m Local : Comité Electoral Universitario – UNC (1S - 108) CIERRE DE CAMPAÑA ELECTORAL Fecha: 01 de Julio del 2015 Hora : 06 : 00 p.m Fecha: 02 de Julio del 2015 ELECCION Hora : de 08: 00 a.m, a 01: 00 p.m Local : Aulas de las Facultades – Comité Electoral UNC (1S - 108) Fecha: 02 de Julio del 2015 ESCRUTINIO Hora : de 01: 00 p.m a 02 : 00 p.m Local : Aulas de las Facultades – Comité Electoral UNC (1S - 108) PUBLICACION DE RESULTADOS Fecha: 02 de Julio del 2015 Hora : 04: 00 p. m Local : Comité Electoral Universitario – UNC (1S - 108) PROCLAMACION DE GANADOR Fecha: 02 de Julio del 2015 Hora : 05 : 00 p. m Local : Aula Magna – UNC Cajamarca, 01 de ju PROCESO ELECTORAL PARA ELEGIR RECTOR Y VICERRECTORES. PUBLICACION DE LISTAS INSCRITAS SORTEO DE NUMEROS DE IDENTIFICACION Y ORDEN EN LA CEDULA DE SUFRAGIO Artículo 50° Según los Artículos 60º y 63º de la Ley Universitaria N° 30220 y los Artículos 31º y 35º del Estatuto 2014 Universidad deberá contar con un Rector, un Vicerrector Académico y un Vicerrector de Investigación y Responsabilidad S Universitaria.

Cronograma Rector Vicerector

Embed Size (px)

DESCRIPTION

elecciones 2015

Citation preview

Rector y VicerectorUNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCANorte de la Universidad PeruanaFundada por Ley 14015 del 13 de febrero de 1962Cajamarca - PerCOMIT ELECTORAL UNIVERSITARIOTelef. N 369192 - Ciudad Universitaria 1S - 108CRONOGRAMA DE ELECCIONES : RECTOR Y VICERRECTORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCAREFERENCIALey Universitaria N 30220Estatuto 2014 Universidad Nacional de CajamarcaResolucin N 01 2014 - Asamblea Estatutaria - UNCResolucin N 02 2014 - Asamblea Estatutaria - UNC de fecha 18 de diciembre, 2014Reglamento Electoral Universitario 2015Ley Orgnica de Elecciones N 26859INSCRIPCION DE LISTASFecha: 15 y 16 de Junio del 2015Hasta : 12:00 mLocal : Comit Electoral Universitario - UNC (1S - 108)PUBLICACION DE LISTAS INSCRITASFecha: 17 de Junio del 2015Hora : 12:00 mLocal : Comit Electoral Universitario - UNC (1S - 108)Fecha: 18 y 19 de Junio del 2015TACHASHora : 12:00 mLocal : Comit Electoral Universitario - UNC (1S - 108)ABSOLUCION DE TACHASFecha: 22 y 23 de Junio del 2015Hora : 12:00 mLocal : Comit Electoral Universitario - UNC (1S - 108)PUBLICACION DE LISTAS HABILESFecha: 24 de Junio 2015Hora: 12:00 mLocal : Comit Electoral Universitario UNC (1S - 108)SORTEO DE NUMEROS DE IDENTIFICACION Y ORDEN EN LA CEDULA DE SUFRAGIOFecha: 25 de Junio 2015Hora: 09:00 a.mLocal : Comit Electoral Universitario UNC (1S - 108)CIERRE DE CAMPAA ELECTORALFecha: 01 de Julio del 2015Hora : 06 : 00 p.mFecha: 02 de Julio del 2015ELECCIONHora : de 08: 00 a.m, a 01: 00 p.mLocal : Aulas de las Facultades Comit Electoral UNC (1S - 108)Fecha: 02 de Julio del 2015ESCRUTINIOHora : de 01: 00 p.m a 02 : 00 p.mLocal : Aulas de las Facultades Comit Electoral UNC (1S - 108)PUBLICACION DE RESULTADOSFecha: 02 de Julio del 2015Hora : 04: 00 p. mLocal : Comit Electoral Universitario UNC (1S - 108)PROCLAMACION DE GANADORFecha: 02 de Julio del 2015Hora : 05 : 00 p. mLocal : Aula Magna UNCCajamarca, 01 de junio de 2015.PROCESO ELECTORAL PARA ELEGIR RECTOR Y VICERRECTORES.Artculo 50 Segn los Artculos 60 y 63 de la Ley Universitaria N 30220 y los Artculos 31 y 35 del Estatuto 2014 UNC, la Universidad deber contar con un Rector, un Vicerrector Acadmico y un Vicerrector de Investigacin y Responsabilidad Social Universitaria.DE LA ELECCIN DEL RECTOR Y LOS VICERRECTORESArtculo 51 El Rector y los Vicerrectores, son elegidos por lista nica para un periodo de cinco (5) aos, por votacin universal, personal, obligatoria, directa, secreta y ponderada, por todos los docentes ordinarios (Tiempo Parcial, Tiempo Completo, Dedicacin Exclusiva) y estudiantes matriculados en el Semestre Acadmico 2015-I, mediante la siguiente distribucin:a) A los docentes ordinarios les corresponde dos tercios (2/3) de la votacin.b) A los estudiantes matriculados les corresponde un tercio (1/3) de la votacin.Artculo 52 La eleccin es vlida si participan en el proceso electoral ms del sesenta por ciento (60 %) de docentes ordinarios y ms de cuarenta por ciento (40 %) de estudiantes matriculados en el Semestre Acadmico 2015-I.Artculo 53 Se declara ganadora a la lista que haya obtenido el cincuenta por ciento (50%) ms uno de los votos vlidos.Si ninguna de las candidaturas alcanzara el mnimo previsto en el prrafo precedente, se convoca a una segunda vuelta electoral entre las dos listas que hayan alcanzado mayor votacin, en un plazo no mayor de sesenta (60) das calendario. En la segunda vuelta electoral, se declara ganadora a la lista que haya obtenido cincuenta por ciento (50 %) ms uno de los votos vlidos.El Rector y Vicerrectores no pueden ser reelegidos para el periodo inmediato siguiente, ni participar en lista alguna.Artculo 54 La eleccin de Rector y Vicerrectores se realizar en un solo da, en la Ciudad Universitaria y en las Sedes.Concordancia:Art. 66 Ley N 30220DE LOS CANDIDATOS A RECTOR Y VICERRECTORES:Artculo 55 Los requisitos para ser elegido Rector son:a) Ser ciudadano en ejercicio;b) Ser docente ordinario en la categora de principal en el Per o su equivalente en el extranjero, con no menos de cinco (05) aos en la categora ejercidos en la Universidad.c) Tener grado acadmico de Doctor, obtenido con estudios presenciales acreditado por la Escuela de Posgrado del grado obtenido.d) No haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada.e) No estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitucin y despido.f) No estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener pendiente de pago una reparacin civil impuesta por una condena ya cumplida.Concordancia:Art. 61 Ley N 30220Art. 33 Estatuto 2014 UNCArtculo 56 No pueden ser candidatos a Rector ni Vicerrectores, ni participar en lista alguna, los docentes:a) Miembros del Comit Electoral Universitario.b) Docentes que se encuentran con licencia con o sin goce de haber.c) Docentes que figuren simultneamente en ms de una lista de candidatos.d) Docentes que han sido elegidos en los cargos mencionados, o segn sea el caso, en el periodo inmediato anterior a su postulacin.Concordancia:Articulo 66 y Primera disposicin complementaria de la Ley N 30220Artculo 41 del Estatuto 2014 UNC.DE LA CONFORMACIN DE LISTASArtculo 57 Los candidatos a Rector y Vicerrectores que cumplan los requisitos estipulados en el Art. 55 del presente Reglamento Electoral debern conformar listas nicas de candidatos.Cada lista nica de candidatos deber estar constituida por un candidato a Rector, un candidato a Vicerrector Acadmico y un candidato a Vicerrector de Investigacin y Responsabilidad Social.DE LA INSCRIPCIN DE LISTASArtculo 58 El Comit Electoral Universitario realizar la inscripcin de listas de candidatos y asignar mediante sorteo un nmero a cada lista inscrita, nmero que lo identificar en las cdulas de sufragio y servirn para la difusin y propaganda electoral. Cuyos nmeros sern considerados para el orden en las cdulas de sufragio.Artculo 59 Para la inscripcin de listas de candidatos, el personero general deber presentar la documentacin siguiente:a) Solicitud de inscripcin dirigida al Presidente del Comit Electoral Universitario.b) Copia legible del Documento Nacional de Identidad que certifique haber sufragado en las ltimas elecciones polticas, de cada uno de los integrantes de la lista.c) Constancia de Escalafn de tener la condicin de docente en la categora de Principal. Indicando tiempo en la categora y dedicacin.d) Formulario nico de Candidatose) Padrn de Adherentes de Docentes (10%)f) Padrn de Adherentes de Estudiantes (5%)g) Declaracin de Principios.h) Plan de trabajo.i) Formulario de Personero General y Suplente.j) Currculum Vitae No Documentado, acreditando su veracidad con declaracin juradak) Hoja de Vida.Los formatos de los documentos solicitados en a), d), e), f), g) h), i), j), k), sern publicados y obtenidos en la pgina web de la Universidad Nacional de Cajamarca - Comit Electoral Universitario.Adjuntar la documentacin establecida en el Articulo N 55 del presente Reglamento.Nota:Por simplificacin administrativa para los los items d, e, f del Articulo N 55; se acepta Declaracin Jurada y de ser ganador se hara efectivo con el documento original correspondienteCada expediente ser presentado en un flder manila y en forma ordenada lo prescrito en los artculos 55 y 59PROCESO ELECTORAL PARA ELEGIR DECANODE LA ELECCIN DEL DECANOArtculo 67 El Decano es la mxima autoridad de gobierno de la Facultad, representa a la misma, ante el Consejo Universitario y a la Asamblea universitaria, es elegido por un periodo de 4 aos y no hay reeleccin inmediata.Artculo 68 El Decano es elegido mediante votacin universal, obligatoria, directa y secreta por todos los Docentes Ordinarios y Estudiantes matriculados en el Semestre Acadmico 2015-I de la Facultad, por un periodo de cuatro (04) aos, no reelegible para un periodo inmediato; mediante la siguiente distribucin:a) A los docentes ordinarios les corresponde dos tercios (2/3) de la votacin.b) A los estudiantes matriculados les corresponde un tercio (1/3) de la votacin.La eleccin es vlida si participan en el proceso electoral ms del sesenta por ciento (60 %) de docentes y ms del (40 %) de estudiantes matriculados en el presente semestre acadmico.Se declara ganador al candidato que haya obtenido el cincuenta por ciento ms uno de los votos vlidos.Si ninguno de los candidatos alcanzara el mnimo previsto en el prrafo precedente, se convoca a una segunda vuelta electoral, entre los dos candidatos que hayan alcanzado mayor votacin, en un plazo no mayor de sesenta (60) das calendarios. En la segunda vuelta electoral, se declara ganador al que haya obtenido el cincuenta por ciento ms uno de los votos vlidos.La eleccin del Decano se realizar en un solo da, en la Ciudad Universitaria y en las Sedes de cada una de sus Facultades.De no existir candidatos que cumplan todos los requisitos exigidos por el Articulo N 53 del Estatuto 2014 UNC, se proceder a encargar por el plazo mximo de un ao (01), al docente de la Facultad, que cumpla con la mayora de requisitos establecidos en el Estatuto. El Decano que haya cumplido su periodo por el cual fue elegido no podr asumir la encargatura de Decano.Se utilizar el mismo procedimiento para la eleccin del Rector y Vicerrectores establecidos en la Ley Universitaria N 30220 en su Art. 71Concordancia:Art. 71 Ley N 30220Art. 55 Estatuto 2014 UNCDE LOS CANDIDATOS A DECANOArtculo 69 Requisitos para ser Decanoa) Ser ciudadano en ejercicio.b) Ser docente en la categora de principal en universidades del Per o en el extranjero y con no menos de tres (03) aos en la categora ejercidos en la Universidad Nacional de Cajamarca, y pertenecer a la Facultad respectiva.c) Tener grado de Doctor o Maestro en su especialidad, obtenidos con estudios presenciales acreditado por la Escuela de Posgrado del grado obtenido. Se excepta de este requisito, a los docentes en la especialidad de artes, de reconocido prestigio nacional e internacional.d) No haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada.e) No estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitucin y despido.f) No estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener pendiente de pago una reparacin civil impuesta por una condena ya cumplida.Se entiende por especialidad aqulla o aqullas que devienen en correspondencia con el Grado Acadmico de Bachiller que ostenta el docente, o de ser pertinente con el Ttulo Profesional.Concordancia:Art.69 Ley N 30220Art. 53 Estatuto 2014 UNCDE LA INSCRIPCIN DEL CANDIDATO A DECANOArtculo 70 El Comit Electoral Universitario realizar la inscripcin de candidatos y asignar mediante sorteo un nmero a cada candidato inscrito, nmero que lo identificar en las cdulas de sufragio y servirn para la difusin y propaganda electoral. Cuyos nmeros sern considerados para el orden en las cedulas de sufragio.Artculo 71 Las solicitudes de inscripcin de candidatos son presentadas por el personero general de cada candidato, en la que se deber asignar nombres, apellidos, facultad al que pertenece, firma del candidato y declaracin jurada.Artculo 72 Para la inscripcin de candidatos, el personero general deber presentar la documentacin siguiente:a) Solicitud de inscripcin dirigida al Presidente del Comit Electoral Universitario.b) Copia legible del Documento Nacional de Identidad. que certifique haber sufragado en las ltimas elecciones polticas.c) Constancia de Escalafn de tener la condicin de docente en la categora de Principal indicando tiempo en la categora.d) Formulario nico de Candidatose) Padrn de Adherentes de Docentes (5 %) (En fsico y en formato excel)f) Padrn de Adherentes de Estudiantes (5%) (En fsico y en formato Excel)g) Declaracin de Principios.h) Plan de trabajo.i) Formulario de Personero General y Suplente.j) Currculum Vitae No Documentado (Hoja de Vida).k) Adjuntar la documentacin establecida en el Articulo N 69 del presente Reglamento.Los formatos de los documentos solicitados en a), d), e), f), g), h), i) , j) sern publicados y obtenidos en la pgina web de la Universidad Nacional de Cajamarca - Comit Electoral UniversitarioNota:Por simplificacin administrativa para los los items d, e, f del Articulo N 69; se acepta Declaracin Jurada y de ser ganador se hara efectivo con el documento original correspondienteCada expediente ser presentado en un flder manila y en forma ordenada lo prescrito en los artculos 69 y 72