7
Eugenio Raúl Zaffaroni DECANO DE LA PRENSA NACIONAL 5

cuestion-criminal-29-02-12

Embed Size (px)

DESCRIPTION

derecho

Citation preview

  • Eugenio Ral Zaffaroni

    DECANO DE LA PRENSA NACIONAL

    5

  • Dos mircoles / 29 / febrero / 2012

    8. Los contractualismos

    Hemos visto que en las obras tra-dicionales suele afirmarse que lacriminologa naci en la segundamitad del siglo XIX, o sea, cuandoobtuvo reconocimiento acadmicocomo saber independiente. Lo mscurioso es que no slo se calla todolo que hemos relatado hasta ahorarespecto de los siglos anteriores,sino que como no se pudo ignorarel pensamiento del siglo XVIII y dela primera parte del XIX, prefiereafirmarse que ste no era crimi-n o l g i co.

    Es muy curiosa esta posicin,porque pareciera que la crimino-loga as entendida no slo se com-porta como una familia que ocultaa sus antepasados poco presen-tables, sino que incluso niega todoparentesco con los que no puedeocultar, porque el vecindario losconoci bien y los recuerdan lascomadres del pueblo. Realmente,se trata de una ciencia a la que esnecesario recordarle que tu cunafue un conventillo alumbrado ake ros n .

    Si bien los autores de los dis-cursos acerca de la cuestin cri-minal, que provenan de las cor-poraciones de filsofos de prime-rsima lnea o de juristas que si-guieron sus pensamientos, se de-dicaron a criticar al poder punitivode su tiempo y a proponer re-formas legislativas, no puede ig-norarse que se apoyaban en unacriminologa, pues partan de cier-ta concepcin del delito y del de-lincuente y, por lo tanto, atribuanel origen del delito a algunas ra-zones y propugnaban penas di-rigidas a eliminarlo o reducirlo.Para eso necesitaban partir decierta idea del ser humano y de laso c i e d a d .

    Por otra parte, como proponanreformas al sistema penal, eran

    fuertemente crticos del poder pu-nitivo de su tiempo. Todo esto, sinduda es criminologa, pues la cr-tica al poder punitivo, a la formaen que se lo ejerce, a sus mo-dalidades, etc., difcilmente puedenegarse que lo sea.

    Esta negacin de la dimensincriminolgica de los filsofos yjuristas del iluminismo y del pe-nalismo liberal obedece a una f-bula inventada a fines del siglo XIXpor Enrico Ferri, que fue el mentordel positivismo italiano, de granfama en su tiempo y del que luegohablaremos con ms detalle.

    Como buen positivista, Ferri seconsideraba el abanderado de losdueos de la ciencia, afirmando queantes de l y sus muchachos nohubo ms que oscuridad, metafsicay charlatanismo. Lleg a decir quetodo lo que antes se haba dichoacerca de la cuestin criminal eraespiritismo. Con muchsima habi-lidad, y pretendiendo tributarle unhomenaje, llam a todo el saberprecedente escuela clsica para eri-girse l mismo en el lder de la nuevaescuela: la scuola positiva.

    La invencin de una escuela cl-sica que abarcaba todo lo pensadodesde el siglo XVIII hasta las tor-pezas del positivismo racista de lasltimas dcadas del XIX fue lamejor fbula de Ferri, tan exitosaque an se repite en los manualesde nuestros das. No puedo menosque recordar que as me lo ex-plicaba en la Facultad de Derechode la Universidad de Buenos Airesun profesor que usaba polainas yrancho a lo Maurice Chevalier,quien se declaraba positivista y serefera al presidente de la Rep-blica como este gringuito. Otro notan pintoresco sigui hablando delo mismo hasta el final de la dic-tadura. Por las dudas, aclaro quefue en el siglo pasado, pero no en elXIX, porque todo pasa muy rpido

    y repito que no soy ningn fe-nmeno biolgico.

    Con seguridad, muchos estu-diantes de derecho de las uni-versidades ecuatorianas, as comoalumnos de las escuelas de for-macin policial, recibieron este ti-po de ctedras, bajo el mismo es-tilo de explicacin de Argentina.

    Lo cierto es que resulta inad-misible que los utilitaristas y to-das las variantes del contractua-lismo, los kantianos, los hegelia-nos, los krausistas, los dspotasilustrados de calzas blancas y pe-luca y los descamisados revolu-cionarios, todos juntos, formasenuna escuela, adems fundada porun marqus milans gordito defines del siglo XVIII y que dur msde cien aos, extendida por pasesque se mataban alegremente entres. Fue sin duda la mejor broma deFerri, en la que cayeron incluso suscontradictores. Si en algn lugarest Ferri con su oratoria envol-vente y sus cabellos alborotados,con seguridad seguir gozando elxito de su ocurrencia.

    Si nos apartamos de esta trampaurdida por el viejo positivista yprescindimos de la imaginaria es-cuela clsica, lo que encontramoses un conjunto de discursos ms omenos funcionales a la clase enascenso de los industriales, co-merciantes y banqueros para suenfrentamiento con el poder he-gemnico de las noblezas en lospases de Europa del central y deln o r te.

    No podemos pasar revista aqu atodos esos discursos, que por cier-to son interesantsimos, tanto parael derecho penal como para lacriminologa. Limitndonos a sta,podemos afirmar que en conjuntoimplicaron una fuerte corrientecrtica al ejercicio arbitrario delpoder punitivo, fundada en la ex-periencia de las arbitrariedades y

  • mircoles / 29 / febrero / 2012 Tre s

    crueldades de su tiempo, domi-nado por las noblezas.

    Todos ellos, valindose de loselementos filosficos de su poca,repensaron profundamente lo con-cerniente a la cuestin criminal. Elutilitarismo ms puro qued enGran Bretaa, en tanto que en elcontinente los pensadores dedu-jeron sus visiones y propusieronsus reformas con preferencia apartir de la otra vertiente del ilu-minismo, es decir, del contrac-tu a l i s m o.

    Por supuesto que ninguno deestos pensadores crea seriamenteque unos cuantos seres humanos,ataviados con hojitas de parra enlas partes pudendas, se hubiesenreunido en una escribana parafirmar un contrato y fundar lasociedad, como lo podran hacerhoy unos buenos comerciantesms abrigados. Eran demasiadointeligentes para creer en algo se-mejante. El contrato era para ellosuna metfora, una figura de laimaginacin para representar gr-ficamente la esencia o naturalezade la sociedad y del estado.

    Esta corriente fue la que pre-domin en Europa continental pa-ra enfrentar a los idelogos delantiguo rgimen, que se valan a suvez de otra metfora, pues paraellos la sociedad era un organismonatural, con un reparto de fun-ciones que no poda alterarse nidecidir su destino por eleccin dela mayora de sus clulas. Todoorganicismo social, incluso los querenacen en el presente, es poresencia antidemocrtico: las c-lulas que mandan son las del ce-rebro y las de las uas debenconformarse con su funcin y nomolestar; cualquier pretensin encontrario no es para cualquier or-ganicismo social ms que caoscontra la ley natural.

    Para el racionalismo contractua-

    lista la sociedad no era nada na-tural, sino producto de un ar-tificio, de una creacin humana, osea, de un contrato que como talpoda modificarse e incluso res-cindirse, como sucede con cual-quier contrato cuando la voluntadsoberana de las partes lo decide.En este marco podemos afirmarque el pensamiento crtico acercade la cuestin criminal alcanzuno de sus momentos de ms altocontenido pensante con los dis-cursos de los contractualistas deli l u m i n i s m o.

    El marqus gordito que segn lafbula del viejo Ferri encabezabaesta escuela era Cesare Beccaria,que fue un funcionario milansque en 1764 public un famosolibrito (De los delitos y de laspenas) que desencaden una seriede trabajos anlogos en toda Eu-ropa, proponiendo profundas re-formas en cuanto a garantas ylmites al poder punitivo.

    Adems de ser el abuelo delinolvidable autor de Promessi spo-si Alessandro Manzoni, Becca-ria era un hombre tranquilo y c-modo, que nunca ms volvi aescribir nada sobre la cuestincriminal y que dedic el resto de suvida a cuestiones como la uni-ficacin de las pesas y medidas.

    El libro de Beccaria fue publi-citado por el viejo Voltaire, quehaba declarado una guerra al po-der punitivo francs, asumiendo ladefensa post-mortem de un pro-testante ejecutado, falsamente im-putado de la muerte de su hijo,supuestamente para que no seconvirtiera al catolicismo. Algomuy parecido haba pasado un si-glo antes en Praga con un judo,pero ste ni siquiera encontr unVo l ta i re.

    Los autores iluministas revolu-cionaron el pensamiento crimi-nolgico, en forma tal que se in-

    trodujeron reformas importantesen los pases ms dinmicos de loscomienzos del industrialismo, amedida que avanzaba el poder de lanueva clase en ascenso.

    A la luz de sus enseanzas, co-menzaron a sancionarse cdigos,es decir, que se derogaron las re-copilaciones caticas de leyes y setrat de concentrar toda la materiaen una nica ley, redactada enforma sistemtica y clara, con-forme a un plan o programa ra-cional. Esta tendencia legislativaera una derivacin del enciclo-pedismo, que haba llevado a laredaccin de la Enciclopedia en laFrancia pre-revolucionaria, o sea,a intentar concentrar sistemti-camente en un nico libro todo elsaber de la poca.

    De este modo se procuraba ponerclaridad y que todos supiesen enbase a la ley previa qu era loprohibido y lo no prohibido, sus-trayndolo a la arbitrariedad de losjueces. Los revolucionarios france-ses quisieron llevar esto hasta elextremo de reemplazar las oracio-nes en las escuelas por el cdigopenal, para que todos lo supiesen dememoria. Menos mal que a nadie sele ocurri hacer lo mismo con loscdigos civiles (el nuestro supera los4.000 artculos), aunque no dudoque en algunas facultades de de-recho se promovi la memorizacindel tpico artculo uno.

    En cuanto al proceso, los juiciosse volvieron pblicos. Foucault re-salta el cambio: en el antiguo r-gimen los juicios eran secretos y lasejecuciones pblicas; desde finesdel siglo XVIII los juicios pasaron aser pblicos y las ejecuciones se-cretas. El espectculo era el juicio yno la ejecucin, llevada a cabo pri-vadamente y a la que podan asistirslo algunos invitados especiales.Por supuesto que con el juicio p-blico se aboli la tortura, lo que ya

  • porque lo que planifi-caban conforme a susconcepciones era el po-der mismo. Esta ntimarelacin i n esc i n d i -ble del poder con lacriminologa fue lo quese perdi de vista en laltima mitad del sigloXIX, cuando se quisohacer de sta una cues-tin cientfica y asp-tica, extraa al poder yseparada de la ideamisma del estado, ten-dencia que no se aban-dona hasta la actuali-dad y hoy retoma granfuerza en toda la cons-truccin de la realidadm e d i t i ca .

    Como era de esperar,hubo varios contrac-tualismos, porque lametfora del contratopermiti construir di-ferentes imgenes delestado fundadas tam-bin en dispares ideas

    del ser humano (antropologasfilosficas diramos hoy). Desdelo albores modernos de esta me-tfora se not esta disparidad,que comenz en Gran Bretaa afines del siglo XVII, preanun-ciando el proceso de industria-lizacin y acumulacin origina-ria de capital.

    All se enfrentaron el contrac-tualismo de Hobbes con el deLocke. Para Hobbes con su fa-moso Leviatn el origen de lasociedad se hallaba en un con-trato, pero celebrado entre unossujetos a los que se les habancado las hojas de parra porquetenan las manos ocupadas congarrotes para matarse con sin-gular placer entre ellos. En ciertomomento, se habran dado cuen-ta de que no era buen negocio lo

    Cmo se entiendeque un homicidio valgade 8 a 25 y un robo deuno a cinco aos? Ques esto de los jueces pro-cediendo como tenderosvendiendo pena por me-tro (o por aos) en elmostrador de la justi-cia? Por extrao que pa-rezca, no es ms que unefecto del contractua-lismo que perdura hastael presente.

    Quien viola un con-trato (no cumple loacordado en l) debe in-demnizar. Si me com-prometo a vender algo yno entrego la cosa en sumomento, debo indem-nizar al comprador porel dao que le ocasiono.Si no pago voluntaria-mente reparando esedao, me embargan ysecuestran bienes y losejecutan, cobrndose deese modo. Pues bien, sino cumplo con el contrato socialy cometo un delito, debo in-demnizar. Cmo? Con qu?Pues con lo que puedo ofrecer enel mercado, o sea, con mi ca-pacidad de trabajo.

    De all que la pena me prive deofrecer mi trabajo en el mercadodurante ms o menos tiempo,segn la magnitud de mi in-fraccin al contrato (delito) y eldao consiguiente. Incluso la pe-na de muerte entra en esta lgicatan particular, pues opera comouna confiscacin general de bie-nes; de all que tambin hayadesaparecido la pena de muerteagravada con tortura.

    Puede parecer inslito, peroeste es el origen de la idea de launificacin de las penas en tiem-po de privacin de libertad, que

    Cuatro mircoles / 29 / febrero / 2012 mircoles / 29 / febrero / 2012 C i n co

    en Francia se haba hecho en1 6 8 0.

    Pero no deja de ser importantela reduccin de la pena de muertey supresin de las penas cor-porales. Hasta ese momento sehablaba de las penas naturales, osea que adems de los azotes,haba una supervivencia de lapena en el rgano que se habausado en el hecho: la lengua delperjuro y del blasfemo, la manodel ladrn y, en la violacin y lasodoma lo deducirn ustedes. Apartir del siglo de la razn lacolumna vertebral de las penaspas a ser la privacin de li-b e r ta d .

    Contra lo que usualmente secree, la prisin es un inventoeuropeo bastante reciente y di-fundido por el neocolonialismo,pues con anterioridad al sigloXVIII se la usaba para deudoresmorosos y como prisin preven-tiva, es decir, en espera del juicio.La privacin de libertad comopena central es un producto deliluminismo, sea por la va delutilitarismo (para imponer or-den interno mediante la intro-yeccin del vigilante) o del con-tractualismo (como indemniza-cin o reparacin por la violacindel contrato social).

    Esto ltimo es interesante y noen vano el gordito Beccaria de-dic parte de su vida a la uni-ficacin de pesas y medidas. Enla revolucin industrial era im-portante la actividad mercantil ypara ella era necesario resolverlas diferencias que provocaba elcaos de pesas y medidas dife-rentes en cada pas. La unifi-cacin facilitaba el comercio.Tambin la unificacin de laspenas facilitaba su medida, su-peraba el caos previo de las penasnaturales y permita medirlas atodas en tiempo.

    que estaban haciendo, bajaronlos machetes y se pusieron deacuerdo en darle todo el poder auno de ellos, para que terminarala guerra de todos contra todos.

    Como en la realidad esto erapoco verificable, este filsofo(cuyos retratos lo muestran unpoco mefistoflico, aunque a me-dida que se haca ms viejo ibacobrando cara de viejito bueno),no encontraba dnde hallar unejemplo de grupo humano ensemejante condicin y, por su-puesto, afirm que an existanen Amrica. Los hobbesianos ac-tuales posiblemente lo siten enalgn planeta de extraa galaxia,a muchos aos luz de nosotros,cuyos hipotticos habitantespueden ofenderse en el futurotanto como hoy nosotros.

    Es obvio que el concepto delser humano que tena Hobbes noera muy edificante, pues lo con-ceba como un ente movido por laambicin de poder y placer. Eldepositario del poder en su con-trato no formaba parte del con-trato, por lo cual los que le ha-ban dado el poder no podranreclamarle nada, porque de locontrario reintroduciran elcaos, o sea, la guerra de todoscontra todos. Por otra parte, co-mo antes del contrato lo queexista era el caos, no haba de-rechos anteriores al contrato ytodos surgan de ste, de modoque si se negaba la autoridad deldepositario desaparecan todoslos derechos.

    De este modo, Hobbes no acep-taba ningn derecho de resis-tencia a la opresin, aunque noexplicaba qu pasara cuando eldepositario del poder que se-gua siendo humano se movieseejercindolo conforme a la na-tural tendencia a la ambicin depoder y gloria, y desconociese

    luego se cubrir con otras ra-cionalizaciones hasta parecernosa poco ms de dos siglos dedistancia como normal y casiobvia. Rpidamente nos acos-tumbramos a las cosas ms re-buscadas y cuando nos pregun-tan por qu, la respuesta es siem-pre ha sido as, aunque no hayasido siempre ni mucho menos.

    En la prctica tampoco fun-cion de este modo, sino que loseuropeos desde muy tempranovieron que su problema no eranlos patibularios y que la prisinno alcanzaba para todos, por mi-serables que fuesen y por altaque haya sido la tasa de mor-talidad en ellas. Como eran pa-ses neocolonialistas, lo primeroque hicieron fue sacarse de en-cima a los molestos y enviarlos a

    sus colonias. Estas penas de re-legacin o transporte fueronaplicadas por Gran Bretaa yFrancia en particular. Los in-gleses mandaban a sus indesea-bles a Australia, donde los pri-sioneros eran asignados a co-lonos, en un rgimen muy pa-recido a las encomiendas denuestra colonizacin, aunquecon mejor destino, porque al pa-recer sobrevivieron muchos y susdescendientes poblaron el con-t i n e n te.

    9. Los contractualismos sevuelven problemticos

    En realidad, los contractualistasse ocupaban de imaginar y pro-gramar al estado la cuestincriminal les resultaba central,

  • Seis mircoles / 29 / febrero / 2012

    cualquier lmite legal impuesto porel contrato. Su respuesta era quecualquier opresin es preferible alcaos, lo que hemos escuchado cadavez que se quiere convertir a lapoltica en cine de terror. Para man-tener esta curiosa paz, Hobbes exi-ga que las penas fuesen estric-tamente legales y se aplicasen me-cnicamente, salvo a los enemigos,que eran los disidentes que se que-jaban y los colonizados que estabanen estado salvaje.

    Para Locke (a juzgar por susretratos en el barrio le diran elflaco John) el contrato era di-ferente, pues antes de su cele-bracin haba un estado de na-turaleza en que los humanos te-nan derechos, pero no estabanasegurados, por lo que decidieroncelebrar el contrato como garanta.Para eso entregaron el poder aalguien, pero lo dejaron sometidoal contrato. A ste lo deben obe-decer aunque no les guste lo quehaga, pero cuando viola el contratoy niega esos derechos anterioresreintroduciendo el estado de in-certeza previo, all tienen el de-recho de resistencia al opresor.

    En definitiva, el concepto de serhumano del flaco John no era tannegativo como el de Hobbes y, ade-ms, la idea que manejaba del es-tado de naturaleza era ms creble.Como puede verse, Locke es algo ascomo una de las expresiones msdestacadas del liberalismo poltico,y en el fondo, el inspirador de lasdeclaraciones de derechos de lasltimas dcadas del siglo XVIII.

    En esos aos finales del sigloXVIII el debate ingls de casi cienaos antes se reprodujo con finezaen Alemania, al profundizarse lainvestigacin acerca de la razn ysus lmites. Era natural que un sigloque haba sido caracterizado comode la razn se preguntase final-mente cul era su naturaleza y sus

    lmites. Los ms elaborados inten-tos de responder a esto los llev acabo Inmanuel Kant con sus dosinvestigaciones o crticas, sobre larazn pura y la razn prctica.

    Dicen que Kant llevaba una vidasumamente metdica, al punto deque las comadres de su Monterrey(no era mexicano, sino que K-nigsberg significa eso, aunque na-die lo traduce) saban que debandejar de chismosear y comenzar apreparar la comida porque habapasado Herr Professor (el seorprofesor). Lo cierto es que el pobreera una mquina de pensar y es-cribir. Estaba ms cerca de Hobbesque de Locke, aunque mis colegaspenalistas lo sealan como el pa-dre del liberalismo penal. No obs-tante, admita que si la resistenciase cambiaba en revolucin y es-tableca otro gobierno, se termi-naba la discusin y haba que so-portar al nuevo.

    Para conservar el contrato y novolver al estado de guerra de todoscontra todos (estado de natura-leza), Kant sostena la necesidadde la pena talional, con lo cualvena por curiosa va a coincidircon la medida de la pena de losu t i l i ta r i sta s .

    Hubo en ese tiempo un jovenbrillante que partiendo de la fi-losofa kantiana se apart de suautor y con sus propios funda-mentos se aproxim ms a Locke.Era Anselm von Feuerbach, el pa-dre del mucho ms conocido Lud-wig Feuerbach. No obstante, elviejo fue muy fuera de serie: a losveintitrs aos escribi unas obrasmaravillosas enmendndole laplana a Kant en lo jurdico, porquepor suerte tuvo que dedicarse a lacuestin criminal cuando el padrele cort los vveres, pues tuvo unhijo extramatrimonial. Debido aeste feliz accidente biolgico tu-vimos un penalista genial que de-

    fendi el derecho de resistencia ala opresin y la idea de derechosanteriores al contrato, profundi-zando la separacin de la moral y elderecho iniciada por Thomasius yseguida por Kant, segn algunoscon mayor xito que este ltimo.

    Entre las cosas que hizo Feuer-bach en su vida que fueron muchasy no todas santas se destaca sucdigo para Baviera de 1813. Tieneimportancia para nosotros porquecuando Carlos Tejedor fue encar-gado de redactar el primer proyectode cdigo penal argentino, tomcomo modelo este cdigo y no el deNapolen que era lo ms usual y,de este modo, Feuerbach es el abue-lo del pobre cdigo que hoy ha sidocompletamente demolido al compsde los caonazos obedientes a losmedios masivos. En tiempos deFeuerbach no haba televisin, peroigualmente no pudo suprimir el de-lito de sodoma (como lo habahecho Napolen). Lo degrad a con-travencin menor y lo justific demodo muy curioso: dijo que si todosla practicramos se acabara la hu-manidad. Por supuesto que no locrea, pero tambin en esa pocahaba medios de comunicacin yagenda meditica.

    Es algo ms que pintoresco re-cordar que en los ltimos aos de suvida, Feuerbach se interes y pro-tegi a un adolescente que aparecideambulando perdido, que habacrecido encerrado en una torre ycuyo origen nunca se supo. Lo bau-tizaron Kaspar Hauser y su historiadio lugar a una novela y a variosf ilmes.

    Era inevitable que alguien quecrea en un estado de naturalezaanterior al contrato se interesarapor este personaje. Llam crimencontra la humanidad lo que se habahecho con l y aunque nunca seprob que fuese el heredero de lacorona, lo cierto es que poco des-

  • mircoles / 29 / febrero / 2012 S i ete

    pus de la muerte de Feuerbach elpobre Kaspar fue atravesado poruna espada en una esquina.

    Las malas lenguas dicen que elmismo Feuerbach muri envene-nado a causa de su protegido, perotodo indica que eso no es ms queuna leyenda, siendo lo ms probableque su muerte se haya debido ahipertensin, pues era gordito, pa-rece que no se privaba de nada yadems tena un carcter bastantep o d r i d o.

    1 0. Contractualismo socialista?

    Si bien es verdad que la lnea quederiva de Hobbes fue ms funcionalpara la actitud poltica del des-potismo ilustrado, y la de Locke parala del liberalismo poltico de lasnacientes clases medias urbanas,all no terminaron las cosas. El con-tractualismo daba para todo, de mo-do que no falt una versin so-c i a l i sta .

    En efecto: todos ustedes recor-darn al revolucionario francsJean Paul Marat, que editaba elperidico El amigo del pueblo, co-mo figura denostada por todas lascorrientes de la historiografa fas-cista de ese pas, que prefierensantificar a Charlotte Corday, quefue la mujer que lo apual alsorprenderlo en la baera, lo quees una forma relativamente hi-ginica pero poco elegante de mo-rir. Muchos aos despus Lom-broso estudi el crneo de la Cor-day y dijo que tena la fosa oc-cipital media, o sea que era unacriminal nata. Pero dejando de la-do baeras y crneos, lo cierto esque Marat escribi tambin unPlan de legislacin criminal.

    Lo hizo antes de la Revolucin,cuando andaba exiliado por Suizay necesitaba dinero, para lo cual sepresent a un concurso financiadoquiz por Federico de Prusia (der

    Grosse, como le decan, pero noporque fuera gordo).

    Marat era mdico y veterinario,haca experimentos con la elec-tricidad y muchas otras cosas, pe-ro no era jurista. Su plan parte dela base de que el talin es la msjusta de las penas, pero afirma quefue establecida en el contrato so-cial cuando se reparti equita-tivamente el poder entre todos,pero que luego unos se fueronapropiando de las partes de otrosy, al final, unos pocos se quedaroncon la de la mayora.

    En estas condiciones, para Ma-rat el talin dejaba de ser una penajusta, pues slo lo era en unasociedad justa, que haba desa-parecido. Por ende, al igual queSpee un siglo y medio antes, afir-maba que el juez que en esta so-ciedad impona una pena de muer-te era un asesino.

    Es obvio que no le dieron elpremio a Marat, sino a dos des-conocidos alemanes a quienes lahistoria ha olvidado (o, mejor,nunca ha registrado), pero que sequedaron con el dinero. A Maratslo le rest la fama posterior de suPlan, reeditado en francs variasveces y en castellano en 1890 (contraductor annimo) y en BuenosAires hace unos once aos. Losderechos de autor de estas ree-diciones ya no los pudo cobrarMarat, que haba muerto en labaera muchos aos antes. Nosiempre la fama coincide con elxito econmico, por cierto.

    Hacia 1890 hubo un juez francsde convicciones republicanas, enuna pequea comarca (Chate-au-Terry), que sin citar a Marataplicaba su lgica, con gran es-cndalo de sus colegas provenien-tes del imperio de Napolen III(Napolen el pequeo o el gotoso),que cargados de birretes y togaslean slo el cdigo pero ignoraban

    Constitucin. Era el buen juez Ma-ganud o Presidente Magnaud, cu-yas sentencias fueron famosas entoda Europa y merecieron comen-tarios, entre otros de Tolstoi.

    Marat era muy funcional a la clasede los industriales en ascenso, perosus posibilidades eran demasiadoamplias. Por debajo de esa clasequedaba la mano de obra industrialque se iba concentrando en lasciudades, donde an no haba ca-pacidad para incorporarla al sistemade produccin, tanto en razn de sufalta de entrenamiento como por lainsuficiencia de la acumulacin decapital productivo. Esto haca queen un espacio geogrfico reducido seacumulase la incipiente riqueza y lamayor miseria, con los conflictosque son de imaginar.

    El contractualismo se volva unpoco disfuncional a la categora quelo haba impulsado como discursohegemnico, y la misma posibilidadde que fuese usado para legitimarprogramas socialistas mostraba susriesgos. El disciplinamiento de losutilitaristas no pareca suficiente yel contractualismo mostraba sus ri-betes riesgosos.

    Nos vamos aproximando a uncambio ms profundo del discursocriminolgico, en que el contrac-tualismo, despus de un mximoesfuerzo de legitimacin hegem-nica de la clase industrial o dedeslegitimacin de la participa-cin del subproletariado urbanohabr de dar lugar a una bruscacada del contenido pensante de lacriminologa y del derecho penal,que coincidir j u sta m e n te co nla consagracin de sta como saberacadmicamente autnomo. Peroeso ya es otra historia, muchomenos luminosa y ms trgica.

    Equipo de trabajo:Romina Zrate, Alejandro Slokar, MatasBailone y Jorge Vicente Paladines

  • Eugenio Ral Zaffaroni

    6

    PRXIMO MIRCOLES