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Cuestionario Devolución de saldos a favor En caso de los impuestos indirectos ¿a quienes se les dará la devolución del pago de lo indebido? Tratándose de los impuestos indirectos, la devolución por pago de lo indebido se efectuará a las personas que hubieran pagado el impuesto trasladado a quien lo causó, siempre que no lo hayan acreditado; por lo tanto, quien traslado el impuesto, ya sea en forma expresa y por separado o incluido en el precio, no tendrá derecho a solicitar su devolución. ¿Cuál es el plazo que tiene la autoridad para entregar el monto de la devolución de la actualización del pago de lo indebido? Cuando se solicite la devolución, ésta deberá efectuarse dentro del plazo de cuarenta días siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal competente con todos los datos, incluyendo para el caso de depósito en cuenta, los datos de la institución integrante del sistema financiero y el número de cuenta para transferencias electrónicas del contribuyente en dicha institución financiera debidamente integrado de conformidad con las disposiciones del Banco de México El fisco pagará la devolución actualizada, ¿sí o no? ¿En base a qué? El fisco federal deberá pagar la devolución que proceda actualizada conforme a lo previsto en el art. 17 A CFF, desde el mes en que se realizó el pago de lo indebido o que se presentó la declaración que contenga el saldo a favor y hasta a aquél en el que la devolución esté a disposición del contribuyente. ¿Cuál es el plazo que tiene el contribuyente para solicitar la devolución?

Cuestionario Devolución de Saldos a Favor

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Cuestionario Devolución de saldos a favor

En caso de los impuestos indirectos ¿a quienes se les dará la devolución del pago de lo indebido?

Tratándose de los impuestos indirectos, la devolución por pago de lo indebido se efectuará a las personas que hubieran pagado el impuesto trasladado a quien lo causó, siempre que no lo hayan acreditado; por lo tanto, quien traslado el impuesto, ya sea en forma expresa y por separado o incluido en el precio, no tendrá derecho a solicitar su devolución.

¿Cuál es el plazo que tiene la autoridad para entregar el monto de la devolución de la actualización del pago de lo indebido?

Cuando se solicite la devolución, ésta deberá efectuarse dentro del plazo de cuarenta días siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal competente con todos los datos, incluyendo para el caso de depósito en cuenta, los datos de la institución integrante del sistema financiero y el número de cuenta para transferencias electrónicas del contribuyente en dicha institución financiera debidamente integrado de conformidad con las disposiciones del Banco de México

El fisco pagará la devolución actualizada, ¿sí o no? ¿En base a qué?

El fisco federal deberá pagar la devolución que proceda actualizada conforme a lo previsto en el art. 17 A CFF, desde el mes en que se realizó el pago de lo indebido o que se presentó la declaración que contenga el saldo a favor y hasta a aquél en el que la devolución esté a disposición del contribuyente.

¿Cuál es el plazo que tiene el contribuyente para solicitar la devolución?

La obligación de la autoridad fiscal de devolver saldos a favor o pagos de lo indebido prescribe en un plazo de cinco años a partir de la fecha en que pudo ser legalmente exigida, es decir, en los mismos términos y condiciones en que prescriben los créditos fiscales a cargo de los contribuyentes.

¿En qué momento puede solicitar la devolución del saldo a favor, un contribuyente que calcula la contribución por ejercicios?

Cuando la contribución se calcule por ejercicios, únicamente se podrá solicitar la devolución del saldo a favor cuando se haya presentado la declaración del ejercicio, salvo que se trate del cumplimiento de una resolución o sentencia firmes, de autoridad competente, en cuyo caso, podrá solicitarse la devolución independientemente de la presentación de la declaración.

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