Cuestionario Leasing

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    QU ES EL LEASING?

    El leasing es un contrato mediante el cual una parte entrega a la otra un activo para

    su uso y goce, a cambio de un canon peridico, durante un plazo convenido, a cuyo

    vencimiento, el bien se restituye a su propietario o se transfiere al usuario, si ste

    ltimo decide ejercer una opcin de adquisicin que, generalmente, se pacta a su

    favor.

    CULES SON LAS CARACTERSTICAS DEL CONTRATO DE LEASING?

    1- Es un contrato Bilateral; vale decir, hay obligaciones reciprocas entre las partes

    contratantes. Se entiende sinalagmtico en el sentido de que las obligaciones

    generadas del mismo actan las unas como causa de las otras.

    2- Es un contrato Consensual; para su perfeccionamiento basta la voluntad de las

    partes, y no se requiere solemnidad alguna. No obstante lo anterior, para fines

    probatorios, la mayora de los contratos se hacen constar por escrito y en el caso de

    leasing inmobiliario, no es extrao que, adems, se eleve a escritura pblica.

    No obstante, el artculo 4 del Decreto 1787 del 3 de junio de 2004 seala que los

    contratos de leasing habitacional destinado a vivienda familiar deben celebrarse porescrito.

    3- Es Oneroso; ambos contratantes persiguen con su celebracin un beneficio

    econmico, gravndose cada uno en beneficio del otro.

    4- Es Conmutativo, puesto que existe un equilibrio entre las prestaciones de las

    partes. Las ventajas que esperan derivar las partes del contrato pueden ser

    determinadas desde el mismo momento de celebracin del contrato.

    5- Es de tracto sucesivo, porque las obligaciones de las partes se van cumpliendo

    peridicamente durante la vigencia del contrato. Las obligaciones de las partes se

    cumplen a cada instante, peridico y continuamente.

    6- Es un contrato de naturaleza mercantil, dado que se celebra entre comerciantes

    y sobre bienes susceptibles de producir renta. Inclusive, si el locatario es una

    persona natural no comerciante, la compaa de leasing como arrendadora siempre

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    es una sociedad comercial, lo que hace incuestionable el que el contrato se rija por

    las disposiciones de la ley mercantil.

    7- Es principal; subsiste por s solo sin necesidad de otro contrato.

    CUNTAS CLASES DE LEASING HAY ?

    Existen diversas modalidades de Leasing, todos las cuales se enmarcan en dos

    tipos fundamentales que son el Leasing Financiero y el Leasing Operativo. El

    Leasing Financiero es: un contrato en virtud del cual, una Compaa de

    Financiamiento Comercial, denominada LA LEASING, entrega a una persona

    natural o jurdica, denominada EL LOCATARIO, la tenencia de un activo que ha

    adquirido para el efecto y que ste ltimo ha seleccionado para su uso y goce, a

    cambio del pago peridico de una suma de dinero (CANON) durante un plazo

    pactado y a cuyo vencimiento, el locatario tendr derecho a adquirir el activo por el

    valor de la opcin de adquisicin. El Leasing Operativo es: un contrato en virtud del

    cual, una persona natural o jurdica, denominada LA ARRENDADORA, entrega a

    otra, llamada LA ARRENDATARIA, la tenencia de un bien para su uso y goce, a

    cambio del pago de un canon o renta peridica.

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    2. CAL ES LA DIFERENCIA ENTRE UN LEASING Y UN CRDITO

    ORDINARIO?

    Mientras el leasing tiene como condicin esencial la entrega de un activo de

    propiedad de la entidad autorizada al locatario, para su uso y goce, en el crdito lo

    que se entrega al cliente es dinero, bien fungible, y el beneficiario del crdito debe

    devolver dinero, junto con los intereses generados por la operacin.

    En el leasing se intermedian bienes, activos; en el crdito se intermedia dinero. La

    existencia de un activo de propiedad de la entidad autorizada es de la esencia de

    la operacin de arrendamiento; en el crdito no existen bienes de por medio, y si

    ellos se presentan son como garanta, respaldo de la operacin crediticia, es decir,

    subordinados a un contrato principal, como lo es el mutuo. El pago peridico en el

    leasing es un canon, que puede o no incluir amortizacin del valor del activo que

    se entrega en leasing; entre tanto en el crdito se pagan cuotas, o inclusive un

    solo pago al vencimiento del plazo del mutuo, junto con unos rditos del capital

    prestado, es decir pago de intereses.

    En la operacin de leasing no hay traslado de la propiedad del bien entregado en

    arrendamiento durante el plazo del contrato; en el crdito, el dinero que se entrega

    en prstamo es traslaticio del dominio al ser bien fungible, y el deudor se obliga a

    pagar en dinero o recursos diferentes a los entregados por la entidad financiera.

    En el leasing, el bien entregado para uso y goce es el mismo durante todo el

    perodo del contrato.

    4. Qu tipos de leasing existen en Colombia? Por favor explique cada uno de

    ellos.

    Existen diversas modalidades de leasing, todas las cuales se enmarcan en dos

    tipos fundamentales que son el leasing financiero y el leasing operativo o

    arrendamiento sin opcin de compra.

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    El leasing financiero es un contrato en virtud del cual una compaa de

    financiamiento, denominada LA LEASING, entrega a una persona natural o

    jurdica, denominada EL LOCATARIO, la tenencia de un activo que ha adquirido

    para el efecto y que ste ltimo ha seleccionado para su uso y goce, a cambio del

    pago peridico de una suma de dinero (CANON) durante un plazo pactado, a cuyo

    vencimiento el locatario tendr derecho a adquirir el activo por el valor de la opcin

    de compra.

    Sin embargo, especficamente existen las siguientes Modalidades de Leasing

    LEASING INTERNACIONAL O CROSS BORDER LEASING. Es un contrato en el

    cual la compaa de Leasing y el locatario se encuentran en pases distintos y se

    rigen por sistemas legales diferentes. Una de las caractersticas ms importantes

    del leasing internacional en la regulacin colombiana, cuando se trata de una

    operacin entre una compaa de leasing extranjera y un locatario domiciliado en

    Colombia, es que el bien objeto del contrato se importa bajo el rgimen de

    importacin temporal a largo plazo, si se cumplen los requisitos establecidos en la

    ley para el efecto.

    LEASING DE IMPORTACIN: Es un contrato sobre equipos que estn fuera de

    Colombia y que por ende deben importarse. Por lo general, en este tipo de

    contratos, el locatario encarga a la compaa de LEASING la negociacin con el

    proveedor del exterior del bien que l expresamente ha escogido as como la

    importacin del equipo. Tambin existe una modalidad de leasing de importacin

    en la cual se acuerda que el locatario negocie el bien con el proveedor y haga la

    respectiva importacin, y la compaa de leasing financie todos los gastos en que

    incurra por tales conceptos.

    Cualquiera sea la modalidad operativa del leasing de importacin, el canon slo se

    comienza a cancelar cuando el bien importado es recibido a satisfaccin por el

    locatario, independientemente que est operando.

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    En muchas ocasiones, cuando el proceso de importacin del bien se dilata, sea

    porque bien deba construirse en el exterior por cualquier otro motivo, el futuro

    locatario cancela a la leasing los "intereses" sobre los anticipos que ha girado la

    leasing al proveedor del exterior; es legalmente posible que el pago de dichos

    "intereses por anticipos" se cancele en un solo contado previo a la formalizacin

    del contrato de leasing.

    Si tanto el locatario como la compaa de leasing importadora son nacionales, el

    leasing ser de importacin pero no ser un leasing Internacional, carcter que

    adquirir si la Compaa de Leasing es extranjera.

    LEASING DE EXPORTACIN: Es un contrato sobre equipos que debenexportarse. En este tipo de contrato, la compaa de leasing es Colombiana y el

    locatario, de cualquier nacionalidad, est en el extranjero, por lo cual, todo leasing

    de exportacin es igualmente un leasing Internacional.

    LEASING SINDICADO: Es aqul en que el activo objeto del contrato de leasing

    pertenece a dos o ms compaas de leasing, nacionales o extranjeras. De

    conformidad con la normativa vigente en Colombia, cuando una compaa

    colombiana quiera participar como copropietario con compaas extranjeras en

    una operacin de leasing internacional, realizada con locatarios colombianos, su

    participacin no podr exceder del quince por ciento 15%, del costo del bien.

    Cuando se trate de operaciones sindicadas entre compaas nacionales, el

    porcentaje de copropiedad sobre el bien dado en leasing que corresponda a cada

    una de ellas, ser el que libremente acuerden. En estos casos, la legislacin

    colombiana prev que el contrato lo celebren conjuntamente todas las compaas

    copropietarias y denomina la operacin como Leasing en Copropiedad.

    EL SUBLEASING: El subleasing es una modalidad de leasing mediante la cual, la

    compaa de leasing que celebra el contrato no es la propietaria del equipo objeto

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    del mismo, sino que ste pertenece a otra compaa de leasing. La norma legal

    colombiana slo autoriza el subarrendamiento o subleasing, respecto a bienes de

    sociedades extranjeras que se importen para dar en leasing a locatarios

    domiciliados o residentes en Colombia. En estos casos se requiere que la

    compaa de leasing extranjera autorice expresamente a la nacional, para

    entregar el bien en subarriendo.

    EL LEASE-BACK: Tambin se conoce como retroleasing sale and lease back, y

    es un contrato de Leasing en que el proveedor y el locatario son la misma

    persona. Esta figura es usada por empresas que desean liberar recursos para

    capital de trabajo, vendiendo a las compaas de leasing sus activos para tomarlos

    en leasing.

    LEASING INMOBILIARIO: Un contrato en el cual el bien objeto del leasing es un

    Inmueble.

    EL LEASING HABITACIONAL: De acuerdo con la ley colombiana "se entiende

    por operacin de leasing habitacional, el contrato de leasing financiero mediante el

    cual una parte denominada entidad autorizada -lease establecimiento bancario

    compaa de financiamiento comercial- entrega a un locatario la tenencia de un

    inmueble destinado a vivienda para su uso y goce, a cambio del pago de un canon

    peridico, durante un plazo convenido, a cuyo vencimiento el bien se restituye a su

    propietario o se transfiere al locatario, si este ltimo decide ejercer una opcin de

    adquisicin pactada a su favor y paga su valor".

    LEASING DE INFRAESTRUCTURA: Es aqul que versa sobre bienes destinados

    a la ejecucin de obras o proyectos de infraestructura. Mediante sta modalidad la

    leasing adquiere el equipo que el locatario requiere en el desarrollo de proyectos

    de infraestructura, y simultneamente se lo entrega en arrendamiento con opcin

    de adquisicin, a plazos iguales o superiores a 12 aos, al trmino del contrato

    de concesin respectivo, si existiere.

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    Este tipo de leasing se realiza en proyectos de infraestructura en los siguientes

    sectores: Transporte, energtico, telecomunicaciones, agua potable y

    saneamiento bsico.

    CONTRATO MAESTRO O "MASTER LEASE": La operacin consistente en el

    establecimiento por parte de una compaa de leasing de un lmite mximo para

    operaciones de leasing, por un monto y por un plazo determinado, donde la

    totalidad de los bienes adquiridos se incorporan en un solo contrato.

    VENDOR LEASING: Los acuerdos entre compaas de leasing y proveedores de

    equipos que pueden comercializarse masivamente mediante el contrato de

    leasing, y en virtud de los cuales, el proveedor otorga a la compaa descuentos

    sobre el precio de los bienes, comisiones y en ocasiones, asume compromisos de

    mantenimiento y recompra, a cambio de lo cual la compaa de leasing se

    constituye en el mecanismo de financiacin de la venta de dichos bienes. Estos

    convenios implican una colaboracin mutua entre las partes y traen beneficios

    tanto para la compaa de leasing como para los proveedores, puesto que se

    ampla la fuerza de ventas de esos bienes y se fomenta la celebracin de

    contratos de leasing.

    EL LEASING APALANCADO: Es una operacin en virtud de la cual los recursos

    que utiliza la compaa de leasing para adquirir bienes y entregarlos en leasing,

    provienen de uno o varios inversionistas, por lo cual la compaa se convierte en

    un administrador del contrato. Bajo esta modalidad tambin es posible que la

    compaa de leasing acte como copropietaria del bien entregado en leasing, si

    aporta parte de los recursos con los cuales se adquiere el bien objeto del contrato.

    Esta modalidad de leasing an no se ha desarrollada en Colombia ni se encuentra

    regulada.

    LEASING CON ENTES TERRITORIALES: En esta modalidad, el locatario o

    arrendador, segn se trate de un leasing financiero o de uno operativo, es un

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    Municipio, Gobernacin u otra Entidad Territorial o Empresa Pblica. Esta figura

    ha sido muy usada en los Estados Unidos de Norteamrica para el desarrollo de

    programas municipales que comprenden para su ejecucin, una gran variedad de

    equipos y de entidades. De conformidad con conceptos emitidos por el Ministerio

    de Hacienda, el leasing es una operacin asimilada al crdito pblico.

    DRY LEASING Y WET LEASING: Son trminos utilizados en el leasing de

    aeronaves, donde se denomina DRY, el que tiene por objeto solamente la

    aeronave y WET, el que involucra dentro del canon, adems del uso del equipo, la

    tripulacin, el mantenimiento necesario para la operacin y el valor de los seguros.

    5. Qu entidades otorgan un leasing?

    La Ley 795 de 2003 seal que tanto los establecimientos bancarios como las

    compaas de financiamiento comercial son entidades autorizadas para realizar

    operaciones de leasing habitacional, las cuales deban tener por objeto bienes

    inmuebles destinados a vivienda. El Gobierno Nacional, en desarrollo de la

    atribucin contemplada en el artculo 1 de la citada Ley, expidi los Decretos 777 y

    779, ambos del 28 de marzo de 2003, los cuales reglamentaron la operacin del

    leasing habitacional y el tratamiento tributario aplicable, respectivamente.

    Con la expedicin del Decreto 1787 del 3 de junio de 2004 se derog el Decreto

    777 de 2003, salvo los artculos 10 y 12, y se reglamentaron las operaciones de

    leasing habitacional previstas en el artculo 1 de la Ley 795 de 2003, sealndose

    dos modalidades de leasing habitacional: la destinada a la adquisicin de vivienda

    familiar y la que tiene como propsito la adquisicin de vivienda no familiar.

    Finalmente, a travs de la Ley 1328 del 15 de julio de 2009, se modific el nombre

    de las Compaas de Financiamiento Comercial por el de Compaas de

    Financiamiento y se ampli a los establecimientos bancarios la facultad de realizar

    operaciones de leasing y arrendamiento sin opcin de compra.

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    Es importante mencionar que, hasta hoy, los decretos referidos, as como todas

    las normas posteriores, respetan la naturaleza jurdica y la realidad econmica de

    la operacin; se reconoce que ella es una actividad comercial; se entiende que en

    esta operacin no hay intermediacin de dinero, sino de bienes; su contabilizacin

    en el PUC corresponde a una cuenta espec ial en el activo bienes dados en

    leasing, diferente a la cuenta de cartera de crditos; se reconoce como una

    operacin de arrendamiento, a tal punto que en los procesos universales, antes

    procesos concursales, hoy Ley 550 de 1999 sobre intervencin econmica y la

    Ley 1116 de 2006 sobre insolvencia empresarial, no es catalogada como crdito

    sino como gasto de administracin, al entender que la entidad autorizada es una

    proveedora de bienes, no de dinero.

    6. QU BENEFICIOS TIENE UN LEASING?

    Las ventajas del Leasingson: Se puede financiar el 100% de la inversin. Estas

    operaciones no forman parte del riesgo comercial financiero a efectos bancarios.

    Se pueden obtener importantes ventajas fiscales, ya que el valor de las cuotas de

    amortizacin puede tomarse como gasto tributario, por lo cual el valor total de la

    maquinaria o equipo puede deducirse como gasto, a excepcin del pago del valor

    residual del bien. Gran flexibilidad y rapidez para obtener una renovacin

    tecnolgica de los equipos.

    Por otra parte, las desventajas son: Mayor costo financiero de la deuda con

    relacin a un crdito bancario normal Solo se accede a la propiedad del bien una

    vez terminado el contrato de leasing. Como se puede observar, las ventajas -y

    sobre todo en estos momentos- exceden largamente a las inconveniencias de este

    contrato. Es una muy buena opcin para la renovacin de equipos, maquinarias o

    vehculos productivos con cierta rapidez y bajo costo de reposicin, mediante una

    cuota mensual. En la mayora de los casos es mucho ms interesante al trmino

    del contrato devolver el bien y adquirir otro ms avanzado tecnolgicamente, ya

    que de esta manera las empresas, sobre todo las PyMEs, pueden acceder al

    http://www.finanzzas.com/alquiler-con-opcion-a-comprahttp://www.finanzzas.com/alquiler-con-opcion-a-comprahttp://www.finanzzas.com/alquiler-con-opcion-a-comprahttp://www.finanzzas.com/alquiler-con-opcion-a-compra
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    recambio que mencionamos. A su vez, es mucho ms interesante aplicarlo a

    bienes que se deprecian o se tornan obsoletos con rapidez.

    7. QU ES UN BONO?

    Un bono es un instrumento de renta fija. En el momento de comprarlo se

    conoce exactamente la rentabilidad que se va a obtener. Las empresas los emiten

    para obtener dinero con el que financiar nuevas inversiones, renovar las que ya

    tienen, etc. La rentabilidad de los bonos depende de la solidez de la empresa.

    Bsicamente, la rentabilidad de un bono depende de las probabilidades de que

    el emisor del bono (Estado o empresas) devuelva el dinero. Los bonos ms

    seguros, y por tanto los menos rentables, son los emitidos por el Estado. Los

    bonos emitidos por las grandes empresas son ligeramente ms rentables que los

    del Estado.

    A medida que la solidez de la empresa va bajando la rentabilidad va aumentando,

    hasta llegar a los denominados bonos basura, que son los que realmente tienen

    riesgos de impago.

    En la prctica, los bonos emitidos por la mayora de las empresas

    cotizadas no tienen peligro de no ser cobrados, pero hay pequeas diferencias de

    precio. El razonamiento es, ms o menos, el siguiente: a igualdad de rentabilidad

    prefiero comprar un bono del Estado que uno de Telefnica. Por eso los bonos de

    Telefnica son ligeramente ms rentables (unas pocas dcimas o centsimas de

    punto) que los del Estado. Similarmente, a igualdad de rentabilidad prefiero

    comprar un bono de Telefnica que uno de Sol Meli, y por eso los bonos de Sol

    Meli y similares son algo ms rentables que los de Telefnica.

    Los bonos son renta fija y por eso no deben utilizarse como una inversin

    permanente, ya que la inflacin daa mucho su rentabilidad real.

    http://www.invertirenbolsa.info/articulo_renta_fija_inflacion.htmhttp://www.invertirenbolsa.info/articulo_renta_fija_inflacion.htm
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    La forma ms cmoda de invertir en bonos para un pequeo inversor es a travs

    de fondos de inversin.

    Si un bono se mantiene hasta el vencimiento se reciben exactamente las

    cantidades acordadas tanto de capital como de intereses, pero si se vende antes

    de que llegue el vencimiento se puede obtener una rentabilidad inferior o superior

    a la esperada, pudiendo incluso llegar a sernegativa. Cuanto mayor sea el tiempo

    que queda para el vencimiento del bono mayor es la influencia de las oscilaciones

    de los tipos de inters en el precio del bono, en el caso de que se venda antes del

    vencimiento.

    8. QU TIPOS DE BONOS EXISTEN?

    Bonos subordinados: Si se compran bonos, significa que se le est haciendo un

    prstamo de dinero a la compaa. Si se compran bonos

    subordinados, significa que los derechos del comprador estn subordinados a los

    derechos de otros. Es decir, la entidad est obligada a devolver

    su deuda primero a los otros acreedores y despus al comprador.

    Bonos de inters variable: Los bonos de inters variable no tienen fijado el tipo

    de inters. Sus intereses son actualizados cada cierto tiempo.

    Bonos cupn - cero: Un bono cupn - cero no paga intereses durante la vida del

    crdito. Acumula los intereses hasta el vencimiento y ponga todo en ese momento.

    Compramos el bono con un descuento importante, sobre el precio de emisin.

    Cuando el bono venza, se recibe la inversin original ms todos los intereses

    acumulados, lo cual sumar el precio de emisin.

    Por ejemplo una compaa emite un bono de 1.000 al 10% en un ao. En el

    momento de la compra del bono, se pagaran 900 (1.000-10%) y dentro de un

    ao, cuando el bono venza se recibirn 1.000.

    http://www.invertirenbolsa.info/articulo_fondos_fiamm.htmhttp://www.invertirenbolsa.info/articulo_renta_fija_puede_dar_rentabilidad_negativa.htmhttp://www.invertirenbolsa.info/articulo_renta_fija_puede_dar_rentabilidad_negativa.htmhttp://www.invertirenbolsa.info/articulo_fondos_fiamm.htm
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    Bonos convertibles: Los bonos convertibles pagan intereses como los bonos

    normales, pero existe la opcin de convertirlos en acciones. Esto significa que en

    lugar de recuperar su efectivo, el inversionista obtiene acciones de la

    compaa emisora. Como en toda opcin, los trminos de conversin y cuantas

    acciones recibe el inversionista por cada bono, se especifica siempre cuando se

    compra el bono.

    Bono basura: Los bonos basura son bonos corporativos con muy bajo o nulo

    inters. Esto significa que hay un riesgo muy alto de que la compaa no devuelva

    el crdito y por lo tanto de perder la inversin. Estos bonos son altamente

    especulativos (como las opciones) y el inversionista corre el riesgo de perder todo

    el dinero.

    9. QU DIFERENCIAS HAY ENTRE BONOS Y ACCIONES?

    Mientras que con la adquisicin de una accin el inversionista se convierte en

    dueo de una porcin de los activos de una empresa, con el bono, el inversionista

    slo adquiere o compra parte de la deuda de la empresa o entidad que lo emite.

    10. QU BENEFICIOS TIENE PARA LA ENTIDAD FINANCIARSE A TRAVS

    DE BONOS?

    La financiacin a travs del mercado de capitales permite obtener ventajas

    prcticas para el perfilamiento de la deuda en trminos de plazos, tipo de

    amortizacin y tasas de rendimiento.

    Plazo: Mientras que en algunos casos los bancos pueden tener restricciones en

    los plazos, en el mercado de capitales se puede acceder a plazos ms largos de

    financiacin. Los emisores pueden obtener plazos comnmente entre 7 y 15

    aos, e incluso de hasta 30 y 40 aos, como es el caso de Interconexin Elctrica,

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    Ecopetrol y Grupo de Inversiones Suramericana, que realizaron emisiones de

    bonos en los aos 2011, 2010 y 2009, respectivamente.

    Amortizacin: Cuando las compaas necesitan reducir el servicio de la deuda en

    el corto plazo para disminuir la presin sobre el flujo de caja, pueden verse

    beneficiadas por la amortizacin bullet, el tipo ms usual para los bonos

    corporativos. Con esto se reduce el riesgo de financiacin, por cuanto la

    necesidad de hacer rollover2 de la deuda disminuye en el corto plazo.

    Adicionalmente, existen en el mercado bonos amortizables y con posibilidad de

    prepago. Las condiciones de prepago deben ser implementadas desde la

    estructura inicial del producto

    Tasas: Otra de las grandes ventajas importantes para destacar son las diferentes

    alternativas de indexacin que ofrece el mercado de valores frente al mercado

    bancario. El mercado de capitales ofrece la posibilidad de endeudarse en tasa fija,

    IPC, DTF, IBR3, entre otros, lo cual, dejando de lado el anlisis coyuntural sobre

    en qu tasa es mejor endeudarse en un periodo particular, le permite al emisor

    explorar qu tipo de indexacin calza mejor con su perfil de generacin de

    ingresos y las necesidades de su compaa.

    11. CMO Y DNDE SE PUEDEN ADQUIRIR BONOS?

    Los bonos, tanto de empresas, organizaciones privadas o pblicas y gobiernos, se

    emiten y negocian (vuelven a ser comprados o vendidos) generalmente en las

    bolsas de valores, conformando un mercado de bonos. A nivel nacional, la compra

    y venta de bonos de empresas privadas y pblicas y del Estado se realiza en la

    Bolsa de valores Colombia.

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    12. QU ENTIDADES PUEDEN EMITIR BONOS?

    Los gobiernos y las empresas pueden emitir bonos en forma de ttulos o

    certificados por medio de los cuales se comprometen a devolver al comprador del

    bono una cantidad especfica de dinero correspondiente al valor inicial del bono

    ms unos intereses.

    13. CUL ES EL PROCESO DE EMISIN DE BONOS?

    Inicio del Proceso: El emisor del bono inicia el proceso de emisin mediante la

    formulacin de una estructura bsica para la emisin de bonos, a veces con la

    ayuda de un asesor financiero. Las cuestiones pertinentes a la estructura de la

    emisin se incluyen a los efectos de emitir los bonos, como la inversin en un

    proyecto de capital, retirndose una deuda anterior u otros usos que el directorio

    de la empresa considere apropiado; los trminos preliminares de la tasa del bono,

    las fechas de pago de intereses y los aos de madurez; y el mtodo de venta, ya

    sea a negociar con un asegurador o recoger las ofertas de los mltiples

    aseguradores.

    El Asegurador: A menudo un banco de inversin, inicia su trabajo en base a la

    estructura de emisin de obligaciones establecido por el emisor. A veces, el

    asegurador ayuda a estructurar la emisin de bonos. Pero el principal trabajo de

    un asegurador es la comercializacin de los bonos emitidos al pblico

    inversionista. El aseguramiento requiere que el asegurador primero compre la

    emisin de bonos de todo emisor corporativo y entregue las ganancias a la

    empresa, el asegurador luego los revende a los inversores en bonos a travs de

    su red de marketing.

    La Documentacin: El abogado ayuda a los proyectos de documentos legales y

    declaraciones pblicas que cubren una amplia gama de cuestiones relacionadas

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    con el emisor, la emisin de bonos y otros aspectos legales del financiamiento de

    los bonos. Por ejemplo, el abogado debe dar sus opiniones legales para hacer

    frente a ciertos intereses pblicos tales como si el emisor es una empresa viable y

    si el emisor tienen litigio pendientes en su contra. El abogado tambin ayuda a

    entregar las declaraciones pblicas informativas necesarias a los compradores de

    bonos, incluyendo el prospecto de emisin de bonos.

    El Cierre: El principal agente involucrado en la clausura es el agente llamado a

    pagar o un administrador que se encarga de distribuir las ganancias de los bonos

    y el servicio de la deuda por parte del emisor de bonos durante el plazo de dichos

    bonos. El agente pagador es a menudo un banco elegido por el emisor del bono.

    Al cierre de la emisin de bonos, el agente pagador entrega las ganancias de la

    venta del bono del suscriptor al emisor despus de pagar los gastos de emisin. El

    agente pagador es tambin el encargado de realizar los pagos de intereses y

    regresar el principal de los bonos a los tenedores de bonos cuando estos venzan.

    Fuentes Consultadas:

    http://www.fedeleasing.org.co/documentos/manualjuridico2010.pdf

    http://gestionpyme.com/ventajas-y-desventajas-del-leasing/

    http://www.invertirenbolsa.info/novatos/guia_para_novatos_bolsa_que_es_un_bon

    o.htm

    http://www.lasbolsasdevalores.com/la-bolsa-y-los-mercados-

    financieros/bonos/tipos-de-bonos.htm

    http://www.grupoacobo.com/admin/docs/997.pdf

    http://www.bancainversionbancolombia.com/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobhead

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  • 7/22/2019 Cuestionario Leasing

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    http://www.ehowenespanol.com/proceso-emision-bonos-corporativos-info_189151/

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