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CUIDAMOS DE LA SALUD LABORAL DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS CON LA SALUD LABORAL, CON LAS PERSONAS CONTIGO

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CUIDAMOS DE LA SALUD LABORAL DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

CON LA SALUD LABORAL,CON LAS PERSONAS

CONTIGO

Page 2: CUIDAMOS DE LA SALUD LABORAL DE LOS TRABAJADORES …

2 ... CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Somos la Mutua número 1, llevamos más de 100

años acumulando conocimiento y experiencia

y los ponemos a tu servicio. Para ayudarte a

mejorar tu salud.

Disponemos de una amplia infraestructura

con 100 centros propios repartidos por todo el

territorio español, 2 clínicas propias y centros

intermutuales de referencia.

Te ofrecemos cobertura económica por in-

capacidad temporal por contingencias co-

munes, te cubrimos en caso de contingencias

profesionales y en caso de cese de actividad.

Además, te protegemos cuando más lo

necesitas. Tendrás acceso a la prestación por

riesgo durante el embarazo y la lactancia

natural y prestación por cuidado de menores

con cáncer o enfermedad grave.

TE INFORMAMOS DE LAS COBERTURAS DE LAS QUE AHORA PUEDES BENEFICIARTE COMO TRABAJADOR AUTÓNOMO

Page 3: CUIDAMOS DE LA SALUD LABORAL DE LOS TRABAJADORES …

3

Adaptaremos al máximo nuestros servicios a

tu ámbito de actuación, teniendo en cuenta

tus necesidades específicas, con la intención

de mejorar tus condiciones de trabajo y salud

laboral.

� En caso de contingencia profesional, ten-

drás acceso a prestaciones complemen-

tarias si te encuentras en situación de

necesidad, y cumples con los requisitos es-

tablecidos por la ley para poder acceder a

las mismas.

� Si lo deseas, te haremos llegar vía e-mail

diariamente, cualquier novedad legislativa

que se produzca y que te interese para el

desarrollo de tu profesión.

� Contamos con el Campus MC: plataforma

de formación online en gestión y prevención

de riesgos laborales.

� Organizamos jornadas, seminarios técnicos y

webinarios sobre temas laborales y de Segu-

ridad Social y relacionados con el ámbito de

la Prevención de Riesgos Laborales.

� Y además, te ofrecemos un portal

pensado exclusivamente para ti en el

que encontrarás información acerca de

cuáles son tus derechos y deberes como

autónomo, cómo puedes darte de alta,

cuáles son las prestaciones que puedes

solicitar, qué hacer si te quedas en paro

e incluso cómo gestionar los riesgos

laborales en función de si eres trabajador

autónomo empresario o no.

¿POR QUÉ ELEGIR A MC MUTUAL?

Page 4: CUIDAMOS DE LA SALUD LABORAL DE LOS TRABAJADORES …

4 ... CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

A través de autonomos.mc-mutual.com

podrás acceder a distintos recursos que te

resultarán útiles en tu día a día:

– Buzón del autónomo, para cualquier con-

sulta o sugerencia que quieras hacernos

llegar, estudiaremos el caso y te responde-

remos de forma personalizada.

– Materiales de prevención de riesgos la-

borales como carteles, folletos o manua-

les que te ayudarán a tener presente una

auténtica cultura preventiva.

– Escuela de la Espalda online que te

enseña a mantener tu columna joven y

sana.

NUESTRO EQUIPO DE PROFESIONALES TE PRESTARÁ ASESORAMIENTO INTEGRAL PARA QUE PUEDAS DESEMPEÑAR TU PROFESIÓN CON MAYOR SEGURIDAD

Page 5: CUIDAMOS DE LA SALUD LABORAL DE LOS TRABAJADORES …

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COBERTURA ECONÓMICA EN SITUACIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL POR CONTINGENCIAS COMUNES

PRESTACIÓN ECONÓMICA

En caso de baja médica por incapacidad tem-

poral, te corresponderán las siguientes presta-

ciones económicas según la normativa vigente:

� Del 4º al 20º día de baja, cobrarás un 60% de

la base reguladora.

� A partir del 21º día de baja, percibirás el 75%.

También podemos ayudarte durante el proceso

de baja, evaluando los informes y diagnósticos

del Servicio Público de Salud.

DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN

La duración máxima de la prestación

económica de la incapacidad temporal es de

12 meses, ampliable a 6 meses más cuando se

prevé la curación en ese período.

INCAPACIDAD PERMANENTE

En caso de incapacidad permanente, deriva-

da de un accidente no laboral o de una en-

fermedad común, el Instituto Nacional de Se-

guridad Social te abonará la pensión que te

corresponda.

El personal administrativo de MC MUTUAL te

informará de todos los trámites a seguir para la

solicitud de la prestación.

Nos encargaremos de la prestación económica

que te corresponde y realizaremos visitas de

seguimiento de tu caso.

Page 6: CUIDAMOS DE LA SALUD LABORAL DE LOS TRABAJADORES …

6 ... CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

ASISTENCIA SANITARIA

Una cobertura integral, desde la asistencia

médica que precises en caso de accidente

de trabajo o enfermedad profesional hasta la

rehabilitación, en los casos que sea necesario.

COBERTURA ASISTENCIAL Y ECONÓMICA EN CASO DE CONTINGENCIAS PROFESIONALES

“En MC MUTUAL tenemos un concepto global

de la prestación sanitaria:

� Urgencia ambulatoria.

� Diagnóstico por la imagen.

� Consulta médica y traumatológica.

� Tratamiento médico.

� Rehabilitación funcional.

� Hospitalización e intervenciones quirúrgicas.

� Abono del coste de los desplazamientos.

Nuestro equipo de profesionales sanitarios te

informará, en todo momento, de la evolución

de tu proceso y de los pasos necesarios para

que recuperes tu salud lo antes posible.

Agilizaremos los trámites y las esperas, porque

queremos que dispongas de una atención

eficaz, que garantice de forma segura tu

bienestar.

Page 7: CUIDAMOS DE LA SALUD LABORAL DE LOS TRABAJADORES …

7

PRESTACIÓN ECONÓMICA POR INCAPACIDAD TEMPORAL

Cobrarás una prestación equivalente al 75%

de tu base de cotización a partir del día

siguiente al de la baja médica.

PRESTACIÓN ECONÓMICA POR INCAPACIDAD PERMANENTE

A consecuencia de las secuelas derivadas

de un accidente de trabajo, puedes quedar

incapacitado en diferentes grados para

ejercer tu profesión habitual. Te explicamos las

prestaciones que se generan:

LESIONES PERMANENTES NO INVALIDANTES,

se indemnizan con una cantidad según el

baremo que establece la Ley General de la

Seguridad Social.

INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL, la presta-

ción consiste en una cantidad equivalente a

24 mensualidades de la base reguladora.

INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, tendrás de-

recho a una pensión vitalicia del 55% de tu

base reguladora anual.

INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA, recibi-

rás una pensión vitalicia del 100% de tu base

reguladora anual.

GRAN INVALIDEZ, genera una pensión equiva-

lente a la de incapacidad permanente abso-

luta más un complemento.

Además, te facilitaremos las sesiones de

rehabilitación que sean necesarias según

indicaciones médicas para que tu recuperación

y reincorporación al trabajo se den en

excelentes condiciones y cuanto antes, porque

sabemos lo importante que es para ti.

PRESTACIÓN ECONÓMICA

Nos haremos cargo de la prestación económica

que te corresponda si tu dolencia te incapacita,

temporal o permanentemente, para realizar tu

trabajo, así como de las indemnizaciones en

caso de lesiones permanentes no invalidantes e

incapacidad permanente. En caso de muerte

por causas laborales, tus familiares serán los

beneficiarios.

Nuestro personal administrativo te informará de

los trámites a seguir para la solicitud del abono

en cada caso.

Page 8: CUIDAMOS DE LA SALUD LABORAL DE LOS TRABAJADORES …

8 ... CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Los trabajadores autónomos protegidos

que hayan sufrido una contingencia

profesional tendrán acceso a las prestaciones

complementarias, en el caso de que se

encuentren en situación de necesidad y

cumplan con los requisitos establecidos por la

ley para poder acceder a las mismas.

Ayudas para rehabilitación y recuperación:

� Ayuda para costear el Ingreso en un centro

socio-sanitario o residencial.

� Ayuda para costear los gastos vinculados

al Ingreso de un trabajador en un centro

hospitalario.

� Prótesis y ayudas técnicas no regladas.

� Tratamientos médicos o terapias no

reglados.

Ayudas para la reorientación profesional y

adaptación del puesto de trabajo:

� Cursos para la formación profesional e

inserción socio laboral.

� Adaptación del local donde el trabajador

autónomo desarrolla su actividad.

Ayudas para la adaptación de los medios

esenciales para el desarrollo de las actividades

básicas de la vida diaria:

� Eliminación de barreras en la vivienda

habitual.

� Adquisición de vivienda habitual adaptada.

� Adaptación de vehículo.

� Apoyo domiciliario para el desarrollo de las

actividades básicas de la vida diaria.

� Acceso a las nuevas tecnologías de la

información y comunicación.

 Otras prestaciones:

� Complemento al auxilio por defunción.

� Ayuda para la formación en el cuidado de

personas en situación de Gran Invalidez.

� Ayuda para el mantenimiento de la posesión

o disfrute de la vivienda habitual.

Page 9: CUIDAMOS DE LA SALUD LABORAL DE LOS TRABAJADORES …

9

Tendrás derecho a estas prestaciones cuando

existan riesgos en tu actividad profesional que

puedan influir negativamente en tu salud o la

del bebé, tanto durante el embarazo como en

el periodo de lactancia natural de un menor de

9 meses.

Podrás ser beneficiaria de estas prestaciones si:

� Has interrumpido tu actividad profesional.

� Estás afiliada y de alta en el Régimen

Especial de Trabajadores Autónomos.

PRESTACIÓN POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO Y LA LACTANCIA NATURAL

“ � Te encuentras al corriente del pago de las

cuotas a la Seguridad Social.

� Nos has solicitado previamente la

certificación médica sobre la existencia del

riesgo durante el embarazo o la lactancia

natural, que debe emitir un médico de

mutua.

Y cumples con los requisitos que marca la

normativa.

PRESTACIÓN ECONÓMICA

Cobrarás en cada caso el 100% de tu base

reguladora por incapacidad temporal

derivada de contingencias profesionales o, en

su caso, incapacidad temporal.

Te informaremos de la documentación que

debes obtener previamente a la solicitud y los

requisitos necesarios para obtener el recono-

cimiento a la prestación que corresponda.

Page 10: CUIDAMOS DE LA SALUD LABORAL DE LOS TRABAJADORES …

10 ... CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Esta prestación está pensada para proteger

la situación que se produce cuando debes

dedicar parte de tu jornada de trabajo al

cuidado de un hijo menor que padece cáncer

o una enfermedad grave (según catalogación

normativa), lo que supone que debe

permanecer largo tiempo hospitalizado y con

necesidad de cuidado permanente y continuo.

PRESTACIÓN POR CUIDADO DE MENORES CON CÁNCER U OTRA ENFERMEDAD GRAVE

“ A esta prestación pueden tener derecho

tanto los progenitores, como los adoptantes

o acogedores de carácter preadoptivo o

permanente, siempre que cumplan con los

requisitos establecidos en la normativa de

aplicación.

Puedes consultar el detalle de estas

enfermedades así como más información de la

prestación en cualquiera de nuestras oficinas o

en nuestra página web.

La ayuda económica consistirá en un subsidio

del 100% de la base reguladora equivalente a

la establecida para la prestación de incapaci-

dad temporal derivada de contingencias pro-

fesionales y será proporcional a la reducción

que experimente la jornada de trabajo. Esta

reducción deberá ser de, al menos, un 50% de

su duración.

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� Colaboraremos con los servicios públicos

de empleo, en la adopción de medidas

de formación y orientación profesional

que te ayuden a incorporarte de nuevo

al mercado laboral.

Contacta con nosotros y te informaremos

ampliamente del funcionamiento de esta

prestación.

Si deseas más información consulta el portal del

trabajador autónomo:

autonomos.mc-mutual.com

Para cualquier consulta o sugerencia que quie-

ras hacernos llegar puedes utilizar el Buzón del

autónomo o dirigirte a cualquiera de nuestros

centros.

Puedes consultar nuestra red de oficinas y asis-

tencial en el portal del autónomo o en nuestra

web www.mc-mutual.com.

Estaremos encantados de atenderte.

Te protegeremos en caso de que hayas debi-

do cesar en tu actividad profesional, por algu-

na de las causas previstas en la Ley y cumplas

con los requisitos que marca la normativa:

� Concurrencia de motivos económicos,

técnicos, productivos u organizativos.

� Fuerza mayor.

� Pérdida de licencia administrativa.

� Violencia de género.

� Divorcio o separación.

Además, la ley contempla otros motivos adicio-

nales para los trabajadores económicamente

dependientes y para el caso de socios y traba-

jadores de cooperativas de trabajo asociado.

¿QUÉ HARÁ MC MUTUAL POR TI?:

� Te abonaremos una prestación del 70%

de tu base de cotización durante un

determinado periodo de tiempo que

variará en función de los meses que

hayas cotizado por cese de actividad.

� Nos encargaremos de la cotización a

la Seguridad Social por incapacidad

temporal, durante el periodo que dure

la prestación.

PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD

MÁS INFORMACIÓN“