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MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA ESCUELA NACIONAL DE POLICIA CURSO BÁSICO DE SEGURIDAD PRIVADA ÁREA JURÍDICA, ÁREA HUMANÍSTICA Y ÁREA TÉCNICO POLICIAL ACTUALIZADO POR DEPARTAMENTO DE INVESTIGACION Y EVALUACION OCTUBRE, 2011

CURSO BASICO DE SEGURIDAD PRIVADA...Curso Básico de Seguridad Privada 1.3- Concepto de Relaciones Interpersonales: Es una interacción recíproca entre dos o más personas. Es el

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MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

ESCUELA NACIONAL DE POLICIA

CURSO BÁSICO DE SEGURIDAD PRIVADA

ÁREA JURÍDICA, ÁREA HUMANÍSTICA Y

ÁREA TÉCNICO POLICIAL

ACTUALIZADO POR

DEPARTAMENTO DE INVESTIGACION Y

EVALUACION

OCTUBRE, 2011

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MINISTERIO DE SEGURIDA PÚBLICA ESCUELA NACIONAL DE POLICÍA

[email protected] Teléfono 2227-1050

Este Manual está compuesto por documentos oficiales de la Escuela Nacional de Policía de Costa Rica; y es de uso exclusivo; por lo que su reproducción parcial o total de los materiales aquí publicados con fines de lucro está totalmente prohibida.

Todo de acuerdo a la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, Ley No. 6683. (Publicada el mes de noviembre de 1982 y la última reforma en el año

2000).

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Curso Básico de Seguridad Privada

ÍNDICE

CONTENIDOS PÁG

INTRODUCIÓN 5

Objetivo General del Curso. 6

Objetivos Específicos del Curso. 6

ÁREA HUMANISTICA 7

Relaciones Interpersonales 8

1- Definir en forma concreta las Relaciones Interpersonales. 8

2- Mencionar las necesidades fundamentales del ser humano en relación con la Formación de la Personalidad.

9

3- Definir los factores para el buen manejo de las Relaciones Humanas. 10

4- Analizar los componentes del Proceso de la Comunicación. 11

Ética Profesional Policial 12

1- Definir el concepto de Ética y Moral. 12

2- Citar los diferentes Tipos de Ética y su Aplicación en el Aspecto Laboral. 12

3- Definir el concepto de Corrupción y sus Características. 13

4- Mencionar los Valores Éticos en Seguridad Privada. 14

ÁREA JURÍDICA 16

Legislación Policial para Agentes de Seguridad Privada. 17

1- Mencionar los Sujetos Procesales. 17

2- Definir la Teoría del Delito. 20

3- Definir la Legítima Defensa. 21

4- Identificar los Delitos contra la Vida. 22

5- Delitos contra la Propiedad. 22

6- Estudiar los aspectos fundamentales de la Ley #7530. Ley de Armas y Explosivos y su

Reglamento.

23

7- Conocer los aspectos fundamentales sobre la Ley #8395. Ley de Servicios de Seguridad Privados y su Reglamento y la Ley General de Policía #7410.

25

Derechos Humanos 33

1- Conocer los aspectos generales y la evolución de los Derechos Humanos. 33

2- Analizar las características de los Derechos Humanos. 36

3- Estudiar los Derechos Humanos establecidos en la Constitución Política. 37

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ÍNDICE

ÁREA TÉCNICO POLICIAL 39

Técnicas y Procedimientos 40

1- Definir el concepto sobre las Técnicas de Intervención. 40

2- Definir el concepto de Sujeto Pasivo. 40

3- Estudiar las técnicas de Intervención. 40

Uso y Manejo de Armas de Fuego Permitidas 42

1- Definir qué es un Arma de Fuego. 42

2- Conocer las medidas de seguridad para la manipulación de las armas de fuego. 43

3- Identificar algunos tipos de munición y sus partes. 44

4- Identificar las partes básicas de las Armas de Fuego utilizadas en Seguridad Privada. 45

5- Estudiar las características de las Armas de Fuego utilizadas en Seguridad Privada y la forma correcta de recibir y entregar del Arma de Fuego.

46

5.1- Revólver calibre 38 Especial. 47

5.2- Pistola Beretta M9. 51

5.3- Escopeta. 56

6- Conocer las Medidas de Seguridad que se deben tomar en cuenta en el Polígono de Tiro 60

7- Ejecutar los cinco principios para un buen disparo. 61

Seguridad de Instalaciones 64

1- Identificar los fundamentos de Seguridad. 64

2- Analizar los procedimientos y medidas de Seguridad de Instalaciones. 65

3- Estudiar la Evaluación del Perímetro. 67

4- Enumerar las Medidas de Seguridad de Instalaciones. 68

5- Estudiar los procedimientos para la identificación de personas, vehículos y armas. 71

Manejo del Equipo de Radio Comunicación 76

1- Identificar el equipo de radio comunicación y su funcionamiento. 77

2- Aplicar los conocimientos, destrezas y el lenguaje propio para las comunicaciones. 82

Referencias Bibliográficas 84

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INTRODUCCIÓN

La Escuela Nacional de Policía presenta el siguiente Manual de Seguridad Privada, con la

finalidad de ofrecer un material de apoyo al proceso de enseñanza que se direcciona

hacia este importante sector de la población.

Al ser un material de apoyo para los estudiantes que realizan el Curso Básico de

Seguridad Privada, se propicia la estandarización de los contenidos temáticos, los cuales

se dirigen hacia una formación integral.

Por tanto, el presente manual, pretende alcanzar en los estudiantes, los conocimientos

que requieren para el desarrollo de la operatividad de sus funciones, dentro del marco de

los Derechos Humanos.

La labor de los agentes de seguridad privada, es de especial trascendencia en la medida

en que sus resultados hacen la diferencia entre la seguridad y protección de las personas

y bienes que le son confiados o por el contrario van a determinar la vulnerabilidad de la

vida o de la integridad en el ejercicio de los derechos fundamentales de cada habitante

de esta sociedad.

El ámbito de la Seguridad Privada, desarrolla una serie de tareas que deben de cumplirse

con un alto grado de profesionalismo y espíritu de servicio. Sus acciones y normas

colectivas, conlleva a las personas a cumplir una misión aún en ausencia de sus

superiores. De ahí la importancia de fortalecer este tipo de aspectos durante la acción

educativa que se persigue.

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Por su parte, este sector laboral debe tener presente siempre el deseo de servir en todas

sus actuaciones tanto personales como laborales, tomando como punto de partida

aspectos como la ética, la cual resalta su importancia especialmente en estos momentos

que estamos viviendo.

Por tanto, este curso juega un papel importante en la labor profesional de Seguridad

Privada, ya que es aplicable a la vida humana, debido a su contenido práctico y

normativo, derivado de las costumbres y del comportamiento en sociedad, creando

conciencia de responsabilidad, en todos y cada uno de los que ejercen esta profesión.

Objetivo General

Formar agentes de Seguridad Privada para actuar en diferentes ambientes laborales y

bajo diferentes situaciones, con la finalidad de poner en práctica estrategias y técnicas

para la prevención del delito, la protección de las personas y organizaciones bajo su

responsabilidad.

Objetivos Específicos

Capacitar a los agentes de seguridad privada en las relaciones

interpersonales y la ética profesional.

Estudiar la legislación policial y los derechos humanos en relación con la

función de un agente de seguridad privada.

Conocer las técnicas y procedimientos de intervención, así como el manejo

y uso de armas de fuego.

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I. ÁREA HUMANÍSTICA

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RELACIONES INTERPERSONALES

1- Definir en forma concreta las Relaciones Interpersonales

Para el abordaje de las Relaciones Interpersonales, es importante que se sitúe el Agente

de Seguridad en aspectos tales como:

1.1- La personalidad: Está formada por una serie de características que utilizamos

para describirnos y que se encuentran integradas mediante lo que llamamos el yo o “sí

mismo” formando una unidad coherente.

La personalidad es la forma en que

pensamos, sentimos, nos comportamos e

interpretamos la realidad. Son las

características que distinguen a las

personas entre sí y que persisten a lo

largo del tiempo y las situaciones.

1.2- Factores que componen la personalidad

La personalidad está compuesta por los siguientes aspectos.

Temperamento: son las características innatas del ser humano, es decir aquellas

influencias que trae la persona por carga genética. Es la dimensión biológica de la

personalidad.

Carácter: es la parte de la personalidad que se forma a lo largo de las experiencias

previas que viven las personas. En el carácter influyen el proceso de la

socialización primaria y secundaria. Este se va formando desde la infancia.

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1.3- Concepto de Relaciones Interpersonales: Es una interacción recíproca entre

dos o más personas. Es el comportamiento observable en esa relación y las sensaciones

asociadas a esa interacción. Esta interacción es lo que mantiene a los individuos dentro

de una sociedad, y es lo que permite a los mismos que convivan en forma cordial y

amistosa, al basarse en ciertas reglas aceptadas por todos los integrantes de la sociedad

y en el reconocimiento del respeto por los derechos individuales y colectivos.

2- Mencionar las necesidades fundamentales del ser humano en relación con

la formación de la personalidad

2.1- Necesidades fundamentales del Ser Humano: Entre las diferentes teorías

desarrolladas sobre las necesidades fundamentales del ser humano se destaca la de

Abraham Maslow, el cual considera que las necesidades humanas van desde las

primarias, que son las de subsistencia, hasta las más elevadas llegando a la de

autorrealización como ser humano.

El primer nivel básico que hace al ser humano más dependiente es el de las necesidades

fisiológicas y de supervivencia, que necesita satisfacer por todos los medios a su alcance.

Ese nivel incluye necesidades como alimento, descanso, temperatura adecuada,

vestuario y la relación sexual.

En el segundo orden de necesidad están las de seguridad y protección: protegerse contra

el peligro, contra la amenaza, contra la privación. Esas son las necesidades fisiológicas

que se proyectan al futuro, ya que incluyen la seguridad de protección médica, de

vivienda, de ingreso, etc. Sentirse protegido y seguro es una reafirmación de su

subsistencia. El miedo se apodera de la gente cuando esa necesidad se ve amenazada y

dado que una persona asustada no es dueña de sus actos, pierde capacidad para actuar

racionalmente.

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PIRAMIDE DE MASLOW

3- Definir los factores para el buen manejo de las Relaciones Humanas

3.1- La autonomía: Es la capacidad de tomar decisiones sin intervención ajena.

3.2- La autoimagen: Es esa fotografía interna (y con frecuencia falsa), que tenemos de

nosotros mismos y que está presente, cada vez que decimos o pensamos “yo soy” o “yo

no soy” y es la responsable de decir “yo puedo” o “yo no puedo”. No permitas que una

autoimagen distorsionada y equivocada impida tu felicidad.

3.3- La autoestima: Es un conjunto de percepciones, pensamientos, evaluaciones,

sentimientos y tendencias de comportamiento dirigidas hacia nosotros mismos, hacia

nuestra manera de ser y de comportarnos, y hacia los rasgos de nuestro cuerpo y nuestro

carácter. En resumen, es la percepción evaluativa de sí mismo.

3.4- La comunicación: Se entiende por comunicación al “proceso mediante el cual el

hombre se interrelaciona con su entorno social, donde vive y participa. Es algo más que

transportar un mensaje, es el proceso que incluye la respuesta, la interpretación y la

réplica, cerrando el circuito significante que va del emisor al receptor y viceversa”

(Castillo, p.124, 2000).

3.5- Las actitudes: Son determinadas posiciones que toma un emisor o un receptor con

referencia a distintas situaciones ya sean positivas o negativas.

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3.6- Las percepciones: La percepción es la función psíquica que permite al organismo,

a través de los sentidos, recibir, elaborar e interpretar la información proveniente de su

entorno.

4- Analizar los componentes del proceso de la comunicación

Parte del buen manejo de las relaciones interpersonales, está el adecuado desarrollo de

los procesos de comunicación. A continuación se detallan los componentes de este

importante proceso:

4.1- Emisor: Es la persona que tiene una información, necesidad o deseo, así como un

propósito para comunicárselo a otra persona o a varias.

4.2- Mensaje: La información total que el emisor ha codificado con el objeto de ser

transmitida por medio del habla, gestos, escritura, movimientos corporales, etc., y la cual

va a ser captada por el receptor.

4.3- Canal: Constituye el medio formal de comunicación entre un emisor y un receptor.

4.4- Decodificador: Implica la interpretación del mensaje enviado por el emisor.

4.5- Receptor: Aquella persona la cual recibe el mensaje del emisor con el objeto de

devolver a cambio otra información que lo convierte en un emisor dando origen al proceso

denominado retroalimentación.

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ÉTICA PROFESIONAL

1- Definir el concepto de ética y moral

1.1- Ética: Es una rama de la filosofía que abarca el estudio de la moral, la virtud, el

deber, la felicidad y el buen vivir.

La ética estudia qué es lo moral, cómo se justifica racionalmente un sistema moral, y

cómo se ha de aplicar posteriormente a los distintos ámbitos de la vida personal, social y

profesional. En la vida cotidiana constituye una reflexión sobre el hecho moral, busca las

razones que justifican la utilización de un sistema moral u otro.

1.2- Moral: Corresponde a las costumbres, valores y normas de conducta que

individuos, comunidades o grupos sociales observan, experimentan o vivencian sin que

exista necesariamente una actitud reflexiva y plenamente consciente de su aceptación.

2- Citar los diferentes tipos de ética y su aplicación en el aspecto laboral

2.1- Ética Social: Proviene de la experiencia colectiva de alguien y de las personas y

culturas con quien interacciona a través de la vida. Aunque la importancia de la ética es

típicamente impulsada por la moral individual que se determina por la forma de actuar

correcta o incorrecta, la ética social se centra más en lo que puede considerarse como un

comportamiento apropiado de las personas como un todo, más que un comportamiento

individual.

2.2- Ética Personal: Es aquella que tenemos nosotros mismos, nuestros valores, la

honestidad, la sinceridad, tiene que ver con el cómo la usamos y del como actuamos, esa

es nuestra ética personal.

2.3- Ética Profesional: Es la aplicación de los principios y valores éticos fundamentales

en una determinada profesión.

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Se puede definir profesión según González (2000) como el tipo de actividad laboral que la

persona desempeña al servicio de los demás, de manera permanente, dentro de un

medio económico, social y cultural determinado. Algunos autores hacen división entre

profesión y oficio, según el grado de preparación intelectual necesario para el ejercicio de

dicha actividad, diferencia que se considera como de grado.

La ética profesional se puede definir en un sentido amplio, como el conjunto de normas

que analiza y estudia los deberes y los derechos profesionales de cada profesión, está

destinada a las personas que ejercen una profesión y oficio en particular, ya sea en la

empresa privada o en la pública.

Ética Profesional aplicada al servicio la Seguridad Privada: Los miembros que ejercen la

labor de seguridad privada son personas que deben guiarse por el espíritu de servicio,

siendo su objetivo la consecución del bien común y la constante cooperación en pro de la

seguridad ciudadana.

3- Definir el concepto de corrupción, y sus características

3.1- Definición de corrupción: Es cualquier violación al interés de los demás para

obtener ventajas individuales. Es decir, todas aquellas conductas que no siguen los

lineamientos normales para una función, con el fin de obtener beneficios personales como

dinero, posición dentro de la institución, uso de bienes y recursos del Estado y privados

en forma exclusiva y en beneficio propio.

3.2- Características de la corrupción: Pueden distinguirse cuatro elementos que

caracterizan a la corrupción:

Toda acción corrupta, consiste en la trasgresión de una norma.

Se realiza para la obtención de un beneficio privado.

Surge dentro del ejercicio de una función asignada.

El individuo corrupto intenta encubrir activamente su comportamiento.

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3.3- Manifestaciones de la corrupción en el Servicio de Seguridad Privada: La

corrupción es un fenómeno social presente en los diferentes contextos, son considerados

aquellos favores que se dan a cambio de alguna cosa. Algunas de sus principales

manifestaciones son el tráfico de influencias, obtención de favores ilícitos, a cambio de

dinero. Ocasionan eventualmente una violación a los derechos humanos, por cuanto lleva

implícito una violación al derecho de la igualdad ante la ley, por su parte expresa la

vulnerabilidad de los principios democráticos conduciendo a la sustitución del interés

público por el interés privado de quienes se corrompen.

4- Mencionar los Valores Éticos en Seguridad Privada

4.1- Valores éticos y su aplicación en el campo de la seguridad privada:

Espíritu de servicio: debido a que le corresponde como función principal, el

mantenimiento del orden y la seguridad del espacio o entidad donde presta sus

servicios así como las personas que ahí se encuentren, brindando su máximo

esfuerzo en el desempeño de sus labores.

Conciencia de grupo: manteniendo una relación de cooperación, coordinación y

solidaridad entre los compañeros y compañeras del trabajo y otras entidades

públicas y privadas.

Honor: es el orgullo de ostentar el uniforme que los identifica como agentes de

seguridad privada, que debe ser sinónimo de honradez, responsabilidad, eficiencia,

lealtad, buenas costumbres, entre otros. Los que llevan el uniforme tienen una

responsabilidad para con el servicio con el que trabajan y también con el público

(defender la ley, respetar los derechos humanos, ser justos y no discriminatorios y

ser un ejemplo para la sociedad).

Disciplina consciente: respetar las directrices de sus superiores para llevar a

cabo sus labores, cumpliendo con las normas y protocolos establecidos.

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Excelencia en las labores: no cometer ni tolerar actos de corrupción, y tratar en

todo momento de atender al usuario de sus servicios con respeto y cortesía,

realizando sus labores con eficiencia y eficacia, siempre prestos a brindar el servicio

solicitado.

Respeto absoluto al marco de legalidad: esto significa que debe observar la

Constitución Política, los tratados internacionales, las leyes, los reglamentos y otras

disposiciones administrativas, emanadas de sus superiores, actuando bajo los

principios de racionalidad, proporcionalidad, con una clara protección de los

derechos humanos y demás elementos de nuestro sistema democrático.

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II. ÁREA

JURÍDICA

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LEGISLACIÓN PARA AGENTES DE SEGURIDAD PRIVADA

1- Mencionar los sujetos procesales.

1.1- Sujetos procesales: Los sujetos procesales son las personas físicas o jurídicas

que intervienen en los procesos judiciales. Los procesos judiciales son el conjunto de

actos (procesales) que van desde la denuncia de algún hecho ilícito hasta la sentencia.

(Seing, 2008).

Es importante distinguir para efectos didácticos entre persona física y persona jurídica. La

persona física son todos los individuos como sujeto de derechos y obligaciones. Por otra

parte, la persona jurídica es todo ente con capacidad para adquirir derechos y contraer

obligaciones, sin necesidad de ser una persona física. Ejemplo: una empresa con

personería jurídica.

En el campo penal, ahora que los juicios son orales y públicos, se pueden distinguir los

siguientes sujetos procesales, de acuerdo con Sánchez Fallas (2009):

a. La persona imputada: es a quien se le vincula en algún momento como

responsable de un delito.

b. El defensor o la defensora: son los Abogados que tienen como labor principal

asistir al acusado en el proceso, velando para que sus derechos sean respetados

y ejerciendo los recursos que la legislación permite y autoriza. La defensa técnica

puede ser llevada a cabo tanto por un defensor privado, (el cual es contratado

directamente por el imputado) como por uno público, el cual es un funcionario del

Poder Judicial, nombrado por el Jefe de la Defensa Pública.

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Este Manual está compuesto por documentos oficiales de la Escuela Nacional de Policía de Costa Rica; y es de uso exclusivo; por lo que su reproducción parcial o total de los materiales aquí publicados con fines de lucro está totalmente prohibida.

Todo de acuerdo a la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, Ley No. 6683. (Publicada el mes de noviembre de 1982 y la última reforma en el año

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c. El Ministerio Público: es el órgano del Estado, encargado de ejercer la acción

penal pública por medio de los Fiscales (es la parte acusadora), de hacer las

gestiones y diligencias oportunas para lograr la comprobación del hecho delictivo,

la identificación del autor o autores del mismo y de obtener la aplicación de la

sanción correspondiente. La Policía Judicial investiga los delitos de acción pública

y trata de reunir las pruebas útiles para la resolución del caso.

d. La víctima: El artículo 70 del Código Procesal Penal define a este sujeto procesal,

como la persona ofendida en forma directa por el delito.

e. El actor o actora civil: Es toda persona que a consecuencia de dolo, falta,

negligencia o imprudencia cause un daño a otra, y está obligada a repararlo, junto

con los perjuicios. El actor civil es aquella persona que ha sufrido un daño o

perjuicio a consecuencia de un delito y que presenta una petición en un proceso

penal para que, al resolverse el mismo, se establezca la existencia y magnitud de

ese daño y se ordene el pago de la indemnización correspondiente.

f. La parte demandada civil: Tiene todas las facultades concedidas al imputado para

su defensa, pero limitando sus pretensiones a los asuntos netamente de tipo civil.

g. El juez o la jueza: es la parte que resuelve el conflicto, que debe respetar la

igualdad de las partes en el proceso y debe actuar objetivamente, para obtener la

verdad real de los hechos.

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1.2- El imputado, sus derechos y sus deberes: Es aquella persona a quien se le

vincula en algún momento como posible responsable de un delito. En el artículo

#81 del Código Procesal Penal se le define como la persona que mediante

cualquier acto de investigación o del procedimiento, sea señalada como posible

autora o partícipe de un hecho punible.

Dentro de los derechos del imputado según el artículo 82 del Código Procesal Penal, se

encuentran los siguientes:

a) Derecho a conocer la causa de su detención, a saber cuál funcionario o

funcionaria la ordenó y a que se le muestre la orden respectiva.

b) Derecho a tener comunicación de manera inmediata y efectiva, con la persona o

agrupación a la que desee comunicar su captura.

c) Derecho a ser asistido o asistida desde el acto primero del procedimiento, por el

defensor que designen él o ella, sus parientes o la agrupación a la cual comunicó

su captura y si no se designa ninguna persona, puede ser asistido por un defensor

público.

d) Derecho a presentarse ante el Ministerio Público o ante el tribunal, para ser

informado y enterarse de los hechos que se le imputan o achacan.

e) Derecho a abstenerse de declarar y si acepta, que su defensor esté presente en

ese momento.

f) Derecho a no ser sometido a técnicas ni métodos que induzcan o alteren su libre

voluntad o atenten contra su dignidad.

g) Derecho a que no se utilicen en su contra, medios que impidan su libertad de

movimiento, durante la realización de un acto procesal, sin perjuicio de las

medidas de vigilancia que el tribunal o el Ministerio Público estime conveniente

para el caso.

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Pero también la persona acusada tiene los siguientes deberes:

a) Suministrar los datos que faciliten su identificación personal y mostrar documento

de identidad.

b) Indicar su domicilio y mantener actualizada esa información (artículos 84 y 89 del

Código Procesal Penal).

c) Deber de comparecer a las citaciones judiciales (artículo 89 del Código Procesal

Penal).

d) Deber de no obstaculizar las investigaciones.

e) Mantenerse sometido al proceso que se le sigue en su contra, pues en caso de

que se quiera fugar, según el artículo 240 del Código Procesal Penal, se le

impondrá prisión preventiva.

f) Debe permanecer en la audiencia o debate oral o público, a excepción de que el

tribunal autorice su retiro, según el artículo 328 del Código Procesal Penal.

2- Definir la teoría del delito.

2.1- Teoría del delito: Intenta explicar los aspectos fundamentales que deben estar

presentes para establecer la existencia de un delito o no, es decir, permite resolver

cuando un hecho es calificable como delito.

Si se desea hacer una definición de delito, partiendo de los términos utilizados por

nuestros legisladores, se puede decir según Sánchez (2009), se “trata de una acción u

omisión realizada – por una persona humana- con dolo, o culpa, la cual se encuentra

tipificado en la ley penal y es sancionada con una pena o medida de seguridad.”

La Teoría del delito se basa en los siguientes supuestos:

La teoría toma en cuenta el estudio de las características generales que debe

reunir cualquier acción u omisión, para que pueda considerarse como susceptible

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de sanción, tomando como punto de partida un marco legal y constitucional

específico.

La teoría del delito establece las siguientes características básicas, para que una

acción se considere delito: antijurídica, tipicidad y culpabilidad.

2.2- Dolo y culpa

2.2.1- Delitos dolosos: Estos tipos de delitos se caracterizan porque la responsabilidad

es fácil de advertir, según Tiffer (2000), por la finalidad que busca el sujeto con la

conducta que lleva a cabo. El sujeto sabe y quiere provocar un daño en la persona, en

los intereses de ésta o en sus bienes. Comete un acto doloso la persona que sabe la

ilicitud de su acto y quiere la realización del hecho tipificado como delito. Ejemplo: una

persona que planea asesinar a otra y lo lleva a cabo, comete un delito doloso. Otro

ejemplo simple: el ladrón que planea y se introduce a una casa y se lleva objetos

valiosos. Fue una idea planeada en su mente, con intención y que produjo un daño

esperado.

2.2.2- Delitos culposos: En los delitos culposos por otro lado, resulta más difícil

determinar la finalidad del acto, toda vez que la actuación carece de una finalidad

delictiva. Según Tiffer,(2000) el sujeto no sabe ni desea el resultado dañoso. Ejemplo:

cuando una persona con licor conduce su auto y atropella a otra, causándole daño,

aunque esa no haya sido su intención.

3- Definir Legítima Defensa.

3.1- Legítima defensa: Es la respuesta adecuada a la agresión de carácter injusto.

Según el Código Penal, en su artículo 28, la legítima defensa: se define de la siguiente

manera: “No comete delito el que obra en defensa de la persona o derechos, propios o

ajenos, siempre que concurran las siguientes circunstancias:

a) Agresión ilegítima

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b) Necesidad razonable de la defensa empleada para repeler o impedir la agresión.

Se entenderá que concurre esta causal de justificación para aquél que ejecutare actos

violentos contra el individuo extraño que, sin derecho alguno y con peligro para los

habitantes u ocupantes de la edificación o sus dependencias, se hallare dentro de ellas,

cualquiera que sea el daño causado al intruso.”

La jurisprudencia costarricense considera que la legítima defensa tiene como naturaleza,

hacer valer un derecho y no una venganza, busca evitar el daño sobre el bien, según

Sánchez (2009), a la vez que constituye una reafirmación del Estado de derecho y del

derecho, pues aquel que es atacado en su intereses protegidos por el ordenamiento

jurídico, no puede lesionar sus bienes, si tiene la posibilidad de defenderlos.

4- Identificar los delitos contra la vida

Se consideran delitos contra la vida los siguientes:

4.1- Homicidio simple: El cual consiste, en dar muerte a una persona.

4.2- Homicidio calificado: Es el delito que se comete contra la vida de familiares,

miembros de los supremos poderes, a una persona menor de doce años, por medio de la

dosis de veneno dada en forma consciente.

4.3- Homicidio culposo: El cual consiste en dar muerte a otra persona en forma

culposa.

5- Delitos contra la propiedad

Dentro de los delitos contra la propiedad, se tienen los siguientes.

5.1 - Hurto: Cuando se toma un artículo que en forma descuidada, ha dejado otra

persona.

5.2 - Hurto agravado: Cuando se toman cabezas de ganado, aves de corral, productos

para la explotación agropecuaria, cuando se aprovechan de una situación de

emergencia, equipaje de viajeros, por mencionar algunos.

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5.3 - Robo simple: El que se apodera ilegítimamente de una cosa mueble.

5.4 - Robo agravado: Cuando es cometido con armas, y si ha existido perforación,

daños en estructuras, o si es cometido por tres personas.

5.5 - Daños: Es cuando dañan una cosa total o parcialmente.

5.6 - Daño agravado: Cuando se daña aspectos de valor científico, artísticos, puentes,

canales, por mencionar algunos.

6- Estudiar los aspectos fundamentales de la Ley de Armas y Explosivos

6.1- Ley de Armas y Explosivos: La Ley de Armas y Explosivos Nº 7530 y sus

reformas ( Ley Nº 7957 del 13 de diciembre de 1999 y Ley Nº 8201, que modifica los

artículos 1, 3, 67, 68, 93 y 94 de la ley 7539 y adiciona el transitorio IV) , tiene el objetivo

principal de regular la adquisición, posesión, inscripción, portación, venta, importación,

exportación, fabricación y el almacenaje de armas, municiones, explosivos y pólvora, en

cualquiera de sus presentaciones y de las materias primas para elaborar productos

regulados por la presente ley . . . , según se estipula en su artículo 1º.

Esta Ley define en su artículo 20, las armas permitidas, las cuales son las siguientes:

a) pistolas y revólveres, con calibre de 5,6mm. (calibre 22”) hasta 18, 5 mm (calibre

12”), que no sean automáticas.

b) Revólveres y pistolas semiautomáticas, hasta calibre 45” (11,53 mm).

c) Escopetas hasta calibre 12 (18.5 mm).

d) Carabinas y Rifles hasta calibre 460” (11, 68 mm).

e) Las que integren colecciones de armas permitidas.

f) Las utilizadas por los deportistas de tiro, al plato y de cacería mencionadas en el

artículo 60 de esta Ley.

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Por su parte la misma ley, le establece la obligatoriedad, en su artículo 9 de denunciar

ante las instancias correspondientes cuando se haya incurrido en una infracción contra la

Ley de Armas y Explosivos. De igual forma, la citada Ley en su artículo 22, establece los

requisitos para la posesión y portación de las armas de fuego permitidas a las personas

físicas, cuyos requisitos entre otros, dictan, ser mayor de 18 años, no haber sido

condenadas por delitos relacionados con el uso de las armas, no estar inhabilitadas

mediante resolución judicial para usar armas.

En su artículo 32, la misma Ley determina los requisitos para inscribir y otorgar los

respectivos permisos para la posesión de armas para legítima defensa. Requisitos que,

en su artículo 33, esboza entre otros, la solicitud de inscripción ante el Departamento de

Control de Armas y Explosivos, perteneciente a la Dirección General de Armamento del

Ministerio de Seguridad Pública; que indique, marca, calibre, el modelo y la matrícula del

arma, la demostración del conocimiento de las seguridades mínimas para evitar riesgos.

Es importante lo mencionado en el artículo 35, sobre el permiso para la portación de

armas, el cual es obligatorio a los miembros de los cuerpos de policía, el cual como

antesala debe evidenciar ante la Escuela Nacional de Policía el conocimiento adquirido en

aspectos tales como las medidas de seguridad y el manejo adecuado del arma.

6.2- Consecuencias jurídicas por el uso abusivo de la fuerza y de las armas

de fuego: Tomando como base la Ley General de Policía, que regula la actuación de las

fuerzas de policía gubernamentales, podemos aplicar como corolario, para los

funcionarios de seguridad privada, el siguiente inciso del artículo 10 sobre los Principios

fundamentales de la actuación policial, que reza de la siguiente manera:

Emplear la fuerza solo cuando sea estrictamente necesario y en la medida en que

se requiera para el desempeño de sus funciones.

A lo anterior, se agrega, lo establecido en el Reglamento de Ética de lo Miembros de las

Fuerzas de Policía Adscritas al Ministerio de Seguridad Pública, en el artículo 4, que dice

textualmente lo siguiente:

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Artículo 4: “Los miembros de las fuerzas de policía, en el desempeño de sus tareas,

deben respetar la dignidad humana y proteger los derechos humanos. En ningún caso

podrán infligir, instigar o tolerar la aplicación de medidas que atenten contra la integridad

física o psicológica de las personas, con el objeto de obtener información o confesiones,

ni se podrá aceptar la tortura, los tratos ilegítimos, inhumanos o degradantes. “

Como consecuencia del uso abusivo de la fuerza, el agente de seguridad privada se

puede ver involucrado en una acusación ante el Ministerio Público o los Tribunales de

Justicia, que le podría acarrear consecuencias penales y posibles demandas civiles por

concepto de reparación de los daños y perjuicios, producidos a la persona, como

consecuencia de un uso inadecuado y desproporcionado de la fuerza, por parte del

agente de seguridad privada. En el uso de la fuerza, siempre es importante respetar los

principios de razonabilidad y proporcionalidad.

7- Conocer los aspectos fundamentales sobre la Ley de Servicios de Seguridad Privados y Ley General de Policía.

Dentro de este aspecto se hace perentorio que la persona que ejerce las labores de

seguridad privada deba conocer sobre los elementos básicos de la normativa que se

vincula a este importante servicio.

7-1 Ley de Servicios de Seguridad Privados 8395 y su Reglamento: En primera

instancia es necesario que se conozca del objetivo de esta ley, el cual es la regulación de

los servicios de seguridad privados en el país. Para esto, es necesario que el estudiante

de seguridad privada, se familiarice con algunos artículos de este cuerpo jurídico tales

como los siguientes.

Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 1º—Objeto y definición. La presente Ley regula la actividad de personas físicas o jurídicas que presten, de manera individual o colectiva, servicios de seguridad privados tanto a personas como a sus bienes muebles e inmuebles; además, sanciona las infracciones contra las normas aquí previstas.

Artículo 2º—Ámbito de aplicación. Estarán sujetos a la aplicación de esta Ley:

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a) Las empresas de seguridad privada, es decir, las personas físicas o jurídicas de carácter privado dedicadas al adiestramiento, el transporte de valores, la prestación de servicios de custodia, la vigilancia, la protección de personas físicas o jurídicas y sus bienes, así como las personas físicas o jurídicas cuya actividad consista en la instalación, el mantenimiento y el monitoreo de sistemas y centrales de seguridad electrónica. También estará sujeto a esta Ley el diseño de sistemas y centrales de seguridad electrónica, siempre que dicha función se realice de manera conjunta con alguna de las anteriores y en relación directa con el destinatario del servicio.

b) Los cuerpos de vigilancia, categoría en la que se incluyen los vigilantes que, en forma individual o mediante una figura asociativa, estén debidamente autorizados para prestar servicios de vigilancia y protección de personas y bienes.

c) Los investigadores privados, de conformidad con las disposiciones de esta Ley.

d) Los servicios particulares de protección patrimonial, incluso las entidades que dispongan de servicio de seguridad propio para proteger a sus servidores, su patrimonio y el transporte de valores.

La misma Ley establece también los requisitos que deben poseer las personas que pertenecen a este importante ámbito laboral.

Artículo 14.—Requisitos del personal de seguridad. Los agentes de seguridad sujetos a la aplicación de la presente Ley, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser mayores de 18 años y costarricenses en el ejercicio pleno de sus derechos, o extranjeros con cédula de residencia y permiso de trabajo idóneo para desempeñar este tipo de labores, todo de conformidad con la legislación correspondiente.

b) Haber aprobado, al menos, el Segundo Ciclo de Enseñanza General Básica.

c) Presentar constancias de que carecen de antecedentes penales en los últimos diez años. El registro judicial de delincuencia extenderá las constancias a solicitud de la Dirección del Servicio de Seguridad Privado. La inscripción de antecedentes de condenas penales obligará a estudiar vida y costumbres del solicitante, con el fin de establecer su idoneidad. En el caso de los extranjeros residentes en el país con autorización comprobada, deberán aportar constancia de que carecen de antecedentes penales en su país de origen y en aquellos en que hayan residido durante los últimos cinco años. La Dirección estará autorizada para requerir, en los respectivos países, la información que considere oportuna; para ello, dispondrá racionalmente de esta competencia, con absoluto respeto de los derechos fundamentales y la dignidad de las personas.

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d) Aprobar el curso básico de seguridad privada impartido por la Escuela Nacional de Policía o por cualquier entidad previamente autorizada por esta; deberá ser refrendado por dicha escuela en cuanto a su contenido y a los instructores responsables.

e) Aprobar el respectivo examen psicológico emitido por un profesional incorporado al Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica.

Por su parte establece aspectos tales como los deberes, las atribuciones y obligaciones de los agentes de seguridad privada.

Artículo 16.—Deberes, obligaciones y atribuciones de los agentes de seguridad. Las personas físicas que desempeñen funciones de agentes de seguridad, estarán obligadas a lo siguiente:

a) Portar y utilizar, en caso necesario, las armas calificadas como permitidas, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

b) Auxiliar, de ser posible, a las fuerzas de policía, cuando medie el requerimiento expreso de la autoridad competente. Este auxilio no deberá supeditarse al citado requerimiento cuando, por la naturaleza de la situación, se esté ante una emergencia o estado de necesidad.

c) Denunciar ante la autoridad judicial correspondiente, la comisión de los hechos punibles que conozcan mientras prestan el servicio, aunque hayan sucedido fuera del lugar o sector donde se desempeñan.

d) Vestir los uniformes y distintivos reglamentarios autorizados por cada empresa de seguridad para identificar a sus agentes y diferenciarlos. La Dirección podrá eximir de esta obligación cuando la función que se cumpla así lo requiera.

e) Portar, en lugar visible, la credencial que los identifica como miembros del servicio de seguridad privado; en ella, deberá consignarse el nombre completo, el cargo ostentado y una fotografía tamaño pasaporte. La Dirección podrá eximirlos de esta obligación cuando la función que se cumpla así lo requiera. f) Inscribirse en el registro de agentes de seguridad privados. Para el personal que labora en este sector es necesario que conozca lo que determina la ley con respecto a la supervisión que se ejerce sobre este sector.

Artículo 20. —Supervisión y control de la Dirección de los Servicios de

Seguridad Privados y del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

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Toda persona física o jurídica contemplada en el artículo 2º de esta Ley, estará sujeta a la supervisión y el control de la Dirección de los Servicios de Seguridad Privados del Ministerio de Seguridad Pública para constatar el fiel cumplimiento de las obligaciones aquí establecidas, así como del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en todo lo atinente a las condiciones de empleo, capacitación, pago de salarios mínimos, reconocimiento de derechos laborales y seguridad social.

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por intermedio de la Inspección General de Trabajo, establecerá políticas y rutinas de inspección y control a las personas físicas o jurídicas reguladas en esta Ley. La Inspección General de Trabajo enviará copia de los informes que se produzcan en el ejercicio de esta función a la Dirección de los Servicios de Seguridad Privados, la cual estará obligada, dentro de los treinta días naturales siguientes al recibo de los informes, a ejercer los mecanismos de control sugeridos y a comunicar sus resultados cada tres meses a la Inspección General de Trabajo. Los informes de resultados de la Dirección de los Servicios de Seguridad Privados serán valorados integralmente cada seis meses por la Inspección General de Trabajo

Por otro lado, se brinda una clasificación de los diferentes sectores en donde se enmarca los servicios de seguridad privada.

Artículo 23. — Clasificación de servicios. Los servicios de seguridad privados se clasificarán en:

a) Seguridad física. b) Seguridad electrónica. c) Investigaciones privadas. d) Custodia y transportadoras de valores. e) Seguridad en eventos masivos. f) Seguridad canina. g) Seguridad patrimonial.

Como parte de las generalidades de este servicio, es conocer lo que atañe a la presentación de este sector laboral.

Artículo 26. —Uniforme. Los agentes de seguridad privada que brinden seguridad física, deberán vestir el uniforme y el distintivo previamente inscrito ante la Dirección, así como portar visiblemente el carné de agente de seguridad privada emitido por la Dirección.

En cuanto a las prohibiciones se establece lo siguiente.

Prohibiciones

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Artículo 45.—Prohibiciones. Prohíbase a las personas físicas o jurídicas y a los agentes: a) Vender, alquilar, ceder, traspasar o negociar, en cualquier forma, la autorización otorgada. b) Vender las acciones de las empresas autorizadas para dar servicios de seguridad privada a extranjeros o a personas que hayan sido condenadas por delitos internacionales. c) Detener, aprehender, interrogar, requisar o, de cualquier manera, privar de la libertad a una persona. Cuando se esté ante un flagrante delito, podrán privar de libertad momentáneamente; en este caso, deberán comunicar el hecho en forma inmediata a la autoridad competente. d) Poseer, portar o usar armas y municiones prohibidas por el ordenamiento jurídico, así como portar armas permitidas sin inscribir o sin el permiso correspondiente. e) Propiciar, permitir o continuar prestando el servicio de seguridad privada, aunque la autorización de funcionamiento se halle debidamente suspendida o cancelada. f) Violentar el derecho al honor, la intimidad personal y la integridad física, así como la propia imagen. g) Violar toda clase de correspondencia, así como interferir e intervenir las comunicaciones. h) Aparentar o suplantar la función que desempeñe la autoridad judicial o administrativa, o interferir en tal función. i) Prestar servicios en centros penitenciarios La misma Ley establece una serie de procedimientos para el establecimiento de sanciones. Procedimiento

Artículo 46.—Procedimiento. Para imponer las sanciones dispuestas en esta Ley, se aplicará el procedimiento ordinario previsto en el artículo 308 de la Ley General de la Administración Pública y sus concordantes. En lo referente a las sanciones penales, se estará a lo dispuesto en la legislación procesal penal.

Artículo 47.—Medida de suspensión. Cuando las personas físicas o jurídicas autorizadas incumplan las prohibiciones previstas en esta Ley, con garantía del debido proceso la Dirección de los Servicios de Seguridad Privados podrá suspender las operaciones de los servicios de seguridad en casos de urgencia para evitar daños graves a las personas, de imposible reparación en las cosas o de peligro para la seguridad del Estado, mientras dure el proceso administrativo respectivo. Artículo 48.—Amonestación. Será sancionada con amonestación la persona física o jurídica que incumpla lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del artículo 16, así como lo estipulado en los incisos b), g) y h) del artículo 17, ambos de esta Ley.

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Artículo 49.—Suspensión. Será sancionada con suspensión de la autorización por tres meses, la persona física o jurídica que incumpla lo dispuesto en el inciso e) del artículo 16, así como lo estipulado en los incisos a), d) y f) del artículo 17, ambos de esta Ley.

Artículo 50.—Suspensión agravada. Será sancionada con suspensión de la autorización por seis meses, la persona física o jurídica que incumpla lo dispuesto en el inciso c) del artículo 16, así como lo estipulado en el inciso e) del artículo 17, ambos de esta Ley. Artículo 52.—Contravención. Quien brinde alguno de los servicios regulados en esta Ley sin contar con autorización o cuando esta se encuentre vencida, será sancionado con pena de diez a treinta días multa. Artículo 53.—Delito. Será reprimido con prisión de tres meses a dos años quien preste alguno de los servicios regulados en esta Ley, pese a que su autorización, o la de la empresa que representa, esté suspendida o haya sido cancelada.

7.2. Ley General de Policía. N°7410 El objetivo de la Ley General de Policía y sus reformas, es regular y determinar las funciones de las fuerzas de policía gubernamentales, encargadas del control de la seguridad y el orden público del país.

Algunos de los artículos importantes que debe conocer el agente de seguridad privada acerca de esta ley, son los siguientes:

Artículo 1.- Competencia El Estado garantizará la seguridad pública, sin perjuicio de lo estipulado en el Título IV de la presente Ley. Al Presidente de la República y al ministro del ramo, les corresponde tomar las medidas necesarias para garantizar el orden, la defensa y la seguridad del país,

así como las que aseguren la tranquilidad y el libre disfrute de las libertades públicas.

Artículo 4.- Funciones Las fuerzas de policía estarán al servicio de la comunidad; se encargarán de vigilar, conservar el orden público, prevenir las manifestaciones de delincuencia y cooperar para reprimirlas en la forma en que se determina en el ordenamiento jurídico.

Artículo 5.- Deber de colaboración y apoyo de las comunidades Todo ciudadano está obligado a abstenerse de cualquier acto que dificulte o perturbe el cumplimiento regular de las funciones policiales.

Artículo 7.- Principio de reserva de ley La creación de competencias policiales constituye reserva de ley.

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Artículo 8.- Atribuciones Son atribuciones generales de todas las fuerzas de policía: a) Resguardar el orden constitucional. b) Prevenir potenciales violaciones de la integridad territorial de la República. c) Velar por la integridad de los bienes y los derechos de la ciudadanía. d) Asegurar la vigilancia y el mantenimiento del orden público. e) Actuar según el principio de cooperación y auxilio recíprocos, en procura de la debida coordinación, de conformidad con las instancias y los órganos previstos al efecto. f) Actuar, supletoriamente, en la realización de los actos de emergencia necesarios, cuando se enfrenten a situaciones que deban ser atendidas por algún cuerpo policial especializado. g) Ejecutar y hacer cumplir todo cuanto resuelvan o dispongan, en los asuntos de su competencia, los tribunales de justicia y los organismos electorales, a solicitud de estos. h) Colaborar con los tribunales de justicia, el Ministerio Público, la Procuraduría General de la República y la Contraloría General de la República, en todas las actuaciones policiales requeridas y remitirles los elementos probatorios y los informes del caso, según corresponda. i) Colaborar en la prevención y la represión del delito, sobre bases de reciprocidad, con las organizaciones internacionales de policía, de conformidad con los convenios vigentes. j) Auxiliar a las comunidades, las municipalidades y las organizaciones de servicio público y colaborar con ellas en casos de emergencia nacional o conmoción pública. k) Mantener actualizados los registros de armas, explosivos y equipos indispensables para cumplir con sus funciones. l) Llevar los libros de registro necesarios, en los que constarán: las operaciones policiales, los responsables de esas actividades, la nómina completa del personal que intervenga en cada operativo, patrullaje o acción policial, los datos personales, las horas de ingreso y egreso de los detenidos, así como otros datos que sirvan para el adecuado control de esas operaciones. m) Levantar y mantener actualizados los registros de armas, propiedad de particulares, permitidas por ley y otorgar los permisos para portar armas. n) Controlar el manejo de explosivos para usos industriales mineros o recreativos. o) Las demás atribuciones señaladas en la Constitución Política, los tratados internacionales, las leyes y sus reglamentos. Artículo 10.- Principios fundamentales

En el cumplimiento de sus funciones, los miembros de las fuerzas de policía deberán respetar las siguientes normas: a) Observar la Constitución Política, los tratados internacionales y las leyes vigentes. b) Acatar los trámites, los plazos y los demás requisitos, exigidos en el ordenamiento jurídico para la tutela de las libertades y los derechos ciudadanos. c) Actuar responsablemente y con espíritu de servicio. En todo momento, mantener la más estricta neutralidad político-partidista y ser imparciales, para evitar intervenciones arbitrarias o discriminatorias. Además, proteger las libertades ciudadanas, la dignidad de las personas y los derechos humanos.

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d) Emplear la fuerza solo cuando sea estrictamente necesario y en la medida en que se requiera para el desempeño de sus funciones. e) Guardar secreto respecto de asuntos confidenciales que puedan dañar el honor de las personas y que los hayan conocido en razón de sus funciones. Solo se les releva de esta obligación cuando deban cumplir con un deber legal. f) Guardar absoluta confidencialidad sobre todos los documentos o los asuntos que constituyan secreto de Estado. g) Abstenerse de divulgar información sobre asuntos que se encuentren en su fase investigativa, en una sede policial. Para publicar informes, fotografías, videofilmes y similares, que vinculen a un ciudadano con la comisión de hechos delictivos, será necesaria la autorización previa del jerarca respectivo. h) Cuidar y proteger la salud física y mental de las personas bajo su custodia. En especial, deberán atender el suministro de medicamentos, la revisión médica o la atención hospitalaria de quienes requieran, con urgencia, esos servicios, por estar en peligro su vida. i) En el cumplimiento de sus funciones o en razón de ellas, no podrán recibir ningún beneficio susceptible de apreciación pecuniaria y distinto de la remuneración legal, proveniente ya sea de personas físicas o jurídicas, oficiales o privadas, nacionales o extranjeras, aunque aceptarlo no configure delito. Deberán denunciar todo delito de acción pública que conozcan y no cometer ningún acto de corrupción ni tolerarlo en su presencia. Asimismo, están obligados a rechazar esos actos y a denunciar a quienes los cometan. j) Vestir los uniformes policiales autorizados y portar las armas, los equipos reglamentarios y los documentos de identidad que los acrediten como autoridad pública, salvo que peligre la prevención, la persecución o la investigación de algún asunto. k) Acatar fielmente las instrucciones y las órdenes emanadas de sus superiores. Sin embargo, no podrán ser sancionados cuando se nieguen a obedecer órdenes que revistan el carácter de una evidente infracción punible o cuando lesionen las garantías constitucionales. l) Por ningún concepto y en ninguna circunstancia, podrán invocar la obediencia debida a situaciones especiales, como estado de guerra o amenaza a la seguridad nacional o al Estado, una situación excepcional o cualquier otra emergencia pública, como justificación, exculpación o impunidad para la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes. m) En el momento de interrogar a una persona o de privarla de su libertad, estarán obligados a exponerle el motivo de la detención y a explicarle su derecho de ser asistido por un defensor y de abstenerse de declarar en su contra. n) Cumplir con las demás funciones previstas en el ordenamiento jurídico.

Por su parte en el Artículo 4. Alcance de los principios de la actuación policial

de la Ley de Servicios de Seguridad Privados, hace referencia a la Ley General

de Policía, la cual reza.

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A los servicios de seguridad privados les son aplicables, en su totalidad, las disposiciones del capítulo II, título I de la Ley

General de Policía, referentes a los principios éticos-jurídicos de la actuación policial.

DERECHOS HUMANOS

1- Conocer los aspectos generales y la evolución de los Derechos Humanos

Los Derechos Humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o

reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el

simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. En otras

palabras, son todos aquellos atributos propios de la naturaleza del hombre, cuyo respeto,

ayuda a generar condiciones de vida que le permitan desarrollar valores y cualidades para

realizarse como ser humano.

1.1- Origen de los Derechos Humanos: El origen de los Derechos Humanos se

encuentra en la esencia misma del ser humano, en su deseo de protección y de ser

portador de derechos reconocidos y tutelados por los estados.

Es decir, su origen es natural y espontáneo, de acuerdo con las necesidades y

expectativas de vida de cada generación, materializándose por primera vez en la

revolución francesa (siglo XVIII) y complementándose en épocas posteriores, de acuerdo

con las demandas y avances de cada sociedad y en apego al orden jurídico establecido y

al reconocimiento y aceptación de la comunicación internacional. Los Derechos Humanos

se sustentan en tres fuentes básicas, las cuales se citan a continuación:

a) Los Tratados o Convenios internacionales: Esta fuente proviene del orden

jurídico internacional y nace desde el momento en que a lo interno el Estado los

adopta y se compromete ante la comunidad internacional a cumplirlos. Un tratado

es un acuerdo escrito entre ciertos sujetos de derecho internacional y que se

encuentran regidos por éste. Como acuerdo implica siempre que sean, como

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mínimo, dos personas jurídicas internacionales quienes concluyan un tratado

internacional.

b) La Constitución Política: Es el compendio de normas jurídicas que le dan la

organización a un determinado estado.

c) La Costumbre: Representa aquellos hábitos o usos de la sociedad que repetidos

varias veces en el tiempo definen una norma consuetudinaria. De todas maneras no toda

práctica más o menos repetida constituye una costumbre jurídica válida como fuente

formal, sino que se exigen ciertos requisitos. Primero, debe existir el elemento material, el

cual hace referencia a que debe ser una conducta o práctica reiterada de manera durable,

constante y nítida, es decir, tratarse de actos precisos mantenidos durante un lapso

prolongado de tiempo. Segundo, el elemento psicológico, que consiste en que tiene que

existir certeza de la sociedad de que esta es la conducta imperativa, es decir su

acatamiento debe manifestar un requerimiento jurídico. Ambos requisitos deben estar

presentes para que una conducta se transforme en una regla consuetudinaria.

1.2- Evolución de los Derechos Humanos

Los Derechos Humanos han tenido su proceso evolutivo, presentando características

particulares, según el momento histórico en que se tutelan. Para lo cual, se va a intentar

hacer una clasificación de los Derechos Humanos, de acuerdo con su evolución y

clasificación.

Una primera clasificación de los derechos humanos según su generación, se puede

determinar de la siguiente manera:

Derechos Humanos de Primera Generación: Son los derechos civiles y políticos

(DCP) que surgen en la Revolución Francesa, cuyo valor más importante es la libertad. El

rol del Estado es protegerlos y respetarlos, se basan sobre el sistema de lesse fare - lesse

facere (dejar hacer, dejar pasar). Lo que se da es un Estado Policía encargado de

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fiscalizar que se cumpla con el respeto de los derechos y que no dañen a terceros por

parte del ciudadano. Como libertad de comercio, expresión, culto y sufragio.

Derechos Humanos de Segunda Generación: Son los derechos económicos,

sociales y culturales (DESC), que nacen en el siglo XIX, cuyo valor más importante es la

igualdad real o material y no solo la igualdad formal como enunciado que ya se había

estipulado en un principio. Con el surgimiento del Estado Social de Derecho, con sus

variantes posteriores, Estado Paternalista y el Estado de Bienestar (Welfare State).

Dentro de los derechos más importantes que surgen de esta época tenemos los

siguientes: Derecho al trabajo, derecho a la libre elección del trabajo, el derecho a

condiciones equitativas de trabajo, derecho a protección contra el desempleo, derecho a

la igualdad en el salario, derecho a un salario suficiente y digno, derecho a la

sindicalización, derecho al descanso, derecho al disfrute del tiempo libre, derecho a la

limitación razonable del trabajo, derecho a vacaciones pagadas, derecho a un nivel de

vida adecuado, derecho a la seguridad social, derecho a la maternidad y la infancia a

recibir una asistencia específica, derecho de los niños a la protección social, derecho a la

educación para sus hijos, derecho de participar en la vida cultural (gozar de las artes)

derecho de participar en el proceso científico, protección de los derechos de autor.

Derechos Humanos de Tercera Generación: Se le conoce además como derechos

transterritoriales, porque trascienden las regulaciones internas en cada uno de los

Estados. Surgen del Estado Neoliberal del Derecho, cuyos valores más importantes son la

libertad y la solidaridad. Afecta directamente a la humanidad en tanto que una sociedad

universal, una raza humana. Ejemplos de estos derechos son los siguientes: Derecho al

desarrollo, derecho al medio ambiente sano y equilibrado, derecho a la libre

determinación de los pueblos, derecho a la comunicación internacional, derecho a la paz y

seguridad, derecho a beneficiarse del patrimonio común de la humanidad, la clonación,

los derechos tecnológicos y científicos (fertilización in vitro, clonación, consentimiento

informado).

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2- Analizar las características de los Derechos Humanos

2.1- Características de los Derechos Humanos:

Universales: Los derechos humanos deben ser reconocidos a toda persona, en todos

los países, sin discriminación de: raza, género, edad, religión, opinión política, por ser

pobre u otros rasgos distintivos. De ahí nace la igualdad. La Declaración Universal de los

Derechos Humanos manifiesta: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en

dignidad y derechos y, dotados como estén de razón y conciencia, deben comportarse

fraternalmente los unos con los otros".

Integrales y relacionados entre sí: Se tiene la obligación de respetar todo el conjunto

de los derechos humanos porque privando a las personas de un derecho daño la vivencia

del conjunto de ellos.

Históricos: Cada sociedad y cada época ha contribuido en su evolución. Son el

resultado de las luchas por una vida mejor, más justa y más libre.

Exigibles: Al ser normas reconocidas por las leyes, el Estado debe cumplirlas y el

ciudadano puede exigir su cumplimiento a través de las instituciones estatales.

Inherentes e inalienables: Pertenecen a la naturaleza humana, es decir que nacemos

con ellos. Nadie nos los puede quitar.

Limitados: La segunda parte del Artículo 29 de la Declaración Universal de los

Derechos Humanos manifiesta lo siguiente: "Las personas no tendrán limitaciones a su

libertad excepto para garantizar los derechos de los demás, para mantener el orden

público y para el bienestar general de una sociedad democrática".

Necesarios: Para el desarrollo integral y la vida digna de cada ser humano, es decir,

para su desarrollo físico, psíquico, cultural y social.

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3- Estudiar los Derechos Humanos establecidos en la Constitución Política

3.1- Derechos Humanos en la Constitución Política: Es la norma fundamental que

rige la organización político – jurídica y social de los costarricenses. Constituye el vértice

de la pirámide de nuestro sistema legal, del que se desprenden o derivan el resto de las

disposiciones jurídicas que norman la conducta de los ciudadanos.

La Constitución Política en cuanto a Derechos Humanos ofrece lo siguiente: Los derechos

y garantías individuales, consagrados en el Título IV, de la Constitución Política, forman

parte de aquel conjunto de libertades fundamentales que la doctrina encuadra dentro del

ámbito protector de la vida privada, que es aquella esfera de cada persona en la cual

nadie se puede inmiscuir sin haber sido autorizado. Dentro de éstos se encuentran:

derecho a la vida, la libertad de petición, derecho a reunirse pacíficamente, derecho de

expresar y comunicar sus pensamientos, igualdad ante la ley, derecho a una justicia

pronta y cumplida; entre otros.

Por otra parte, en este cuerpo normativo, se establecen los Derechos y Garantías

Sociales dentro del Título V, que se refieren a los derechos de tipo social que han sido

tutelados como aquellos que buscan la protección y la seguridad del ser humano en

diferentes esferas de la sociedad: derecho al trabajo y reconocimiento de los derechos y

deberes de los trabajadores, a la seguridad social, reconocimiento de la familia como

elemento natural y fundamental de la sociedad, a un ambiente sano y ecológicamente

equilibrado, entre otros.

Por otra parte, el título VIII referente a La Educación y la Cultura, corresponde al derecho

que tienen los habitantes del país, de poder acceder a la educación, la cual en el sistema

público desde el nivel preescolar hasta la educación diversificada es gratuita y costeada

por la Nación.

Es importante acotar, que la educación permite que la persona pueda tener más

posibilidades de crecimiento tanto personal como profesional. La cultura por su parte

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pretende desarrollar el patrimonio histórico y artístico del país y brindar apoyo a las

iniciativas privadas para el progreso tanto desde el punto de vista científico como artístico.

También la Sala Constitucional ha señalado que los tratados y los convenios

internacionales relacionados con los derechos humanos “tienen no solo un valor similar a

la Constitución Política, sino que en la medida en que otorguen mayores derechos o

garantías a las personas, priman por sobre la Constitución”, por lo que es responsabilidad

de cualquier efectivo policial conocer las normas básicas de los Derechos Humanos.

Los derechos humanos tienen dos exigencias primordiales:

a) El Estado no puede disponer de los derechos de las personas, su papel

preponderante es protegerlos y respetarlos. Sólo pueden ser limitados en casos muy

específicos como cuando se pondera el interés público. Ejemplo: La libertad.

b) Los derechos humanos son irrenunciables, indivisibles, imprescriptibles,

universales e inmutables.

La Sala Constitucional es el órgano judicial encargado de velar porque los derechos

fundamentales de todas las personas se respeten y no se infrinjan impunemente. Los

mecanismos procesales con los que se cuenta para proteger esos derechos son los

siguientes: Recurso de Hábeas Corpus y de Amparo.

Ambos recursos son informales, es decir, que no requiere de muchas formalidades para

interponerse ante la Sala Constitucional.

El recurso de Hábeas Corpus protege a cualquier persona que se considere violentado en

su derecho a la libertad, como son las privaciones ilegítimas de libertad. En este caso

resuelve de forma expedita. El recurso de Amparo, como su nombre lo indica sirve para

amparar o proteger el resto de catálogo de derechos que se consagran en la Constitución

Política.

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III. ÁREA TÉCNICO POLICIAL

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TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTOS

1- Definir el concepto sobre las Técnicas de Intervención

1.1- Técnicas de Intervención enfocadas hacia Agentes de Seguridad

Privada: Son todas las actuaciones que realicen los Agentes de Seguridad Privada en el

cumplimiento mismo de sus deberes y funciones.

2- Definir el concepto de Sujeto Pasivo. 2.1 - Definición del sujeto pasivo: Este elemento sustancial se definirá como “todo

aquel objeto, animal o persona sobre la cual recae la intervención policial”. Tal y como

menciona el enunciado anterior, se dividen en tres tipos:

Persona: como individuo, como grupo o como masa.

Animal: por ejemplo los extraviados o agresivos, mascotas, etc.

Objeto: paquetes sospechosos, evidencias, armas, etc.

3- Estudiar las técnicas de Intervención

3.1- La vara policial común: Es conocido como un instrumento que sirve para

defensa, el cual usualmente es elaborado de madera y tiene una forma cilíndrica. Su

longitud, tiene un aproximado de 66 centímetros. La vara policial, equipo que mayormente

los agentes de seguridad hacen uso, es manipulado como una extensión del brazo.

Por su parte, existe la vara policial PR-24, cuya medida tiene un aproximado de 77.5 cm

de largo. Su forma es cilíndrica con una agarradera en escuadra de 90 grados en relación

con el eje longitudinal del implemento de 14 centímetros. Este tipo de equipo es el más

utilizado por los miembros de la Fuerza Pública, del Ministerio de Seguridad Pública.

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3.2- Técnicas de revisión y esposamiento: Se tratará de explicar los aspectos

básicos a considerar en algunas de las intervenciones más comúnmente realizadas por

Agentes de Seguridad Privada de nuestro país; recuerde que es difícil plasmar en un

documento todas las circunstancias que deberá resolver en su diario quehacer, por lo que

los procedimientos explicados a continuación, no son más que la plataforma desde la cual

los Agentes irán decidiendo, basándose en los presentes criterios técnicos y en su propia

experiencia, de cuál será el procedimiento más adecuado a aplicar, dependiendo de la

situación particular de que se trate.

Se describirán principalmente las acciones del personal que interviene, mientras que el

elemento de seguridad y de enlace (de existir) lleva a cabo su función según las

necesidades del elemento actuante: Existen unas normas de obligatorio cumplimiento que

salvo excepciones muy concretas hay que tener en cuenta al llevar a cabo la

inmovilización con las esposas a un aprendido en los casos que así lo amerite:

Asegurarse de que se pueda aprehender legalmente.

No realizar la aproximación, salvo en caso extremo, de frente para realizar la

operación de esposar.

Permanecer totalmente atento a cualquier intento de resistencia del aprendido

durante el proceso de esposamiento.

No discutir con el sujeto sobre si procede o no la aprehensión.

Se debe de colocar con rapidez el primer grillete de la esposa, este elemento es

importante si se trata de una aprensión por sorpresa.

Buscar una posición incómoda y de desequilibrio al sujeto para colocarle las esposas

con seguridad.

Esposar con las manos a la espalda y sus palmas de las manos hacia el exterior.

Para describir las diferentes modalidades de esposamiento, hay que

distinguir dos supuestos:

Intervención a una persona.

Intervención a varias personas.

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Cuando se trata de un solo sujeto, tomando en cuenta el elemento sorpresa:

Al paso (por delante).

Al paso (por detrás).

Con sorpresa:

a) Al paso por delante: el sujeto pasivo camina hacia los agentes de frente. El sujeto

ignora la intención de los agentes de detenerlo.

b) Al paso por detrás: El sujeto pasivo camina por delante de los agentes, a los que

no ha visto, y en su misma dirección.

Sin sorpresa:

a) De pie normal: Cuando los agentes van a efectuar una detención rutinaria en que

es conocida la falta de peligrosidad del sujeto pasivo.

b) De pie desequilibrado: Los agentes ordenan al sujeto adoptar esta postura,

apoyado en una pared o vehículo.

c) De rodillas: Esta técnica se usará cuando no exista pared, vehículo o

elementos donde se apoye el sujeto.

d) Tendido boca abajo: Los agentes ordenan al sujeto, dada su peligrosidad, que

adopte esta posición de tendido boca abajo (prono). La aproximación es por atrás. En

esta etapa del procedimiento, es oportuno que el Agente se desplace con cautela al

sujeto del lado contrario al que pueda ser observado, en otras palabras, la

intervención la realiza del lado que el sujeto no pueda mirar el acercamiento del

Agente hacia el sujeto.

USO Y MANEJO DE ARMAS DE FUEGO

1- Definir que es un Arma de Fuego

Para efectos del presente manual, es importante que se conozca la definición que se tiene

con respecto a lo que es un “arma”, en este sentido “arma” es todo instrumento que sirve

para atacar y defenderse, personal o colectivamente.

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En cuanto a la definición de armas de fuego, a continuación se presenta la siguiente: “Las

armas de fuego son aquellas que utilizan como fuerza motriz la fuerza expansiva de los

gases producidos por la deflagración de la pólvora, en las que se libera un proyectil y que

viaja a través de un cañón. Es todo aquel objeto que cuente como mínimo con un cañón,

un sistema de detonación química y un proyectil, que al ser impulsado a través del cañón,

alcanzará altas velocidades.

2- Conocer las medidas de seguridad para la manipulación de armas de

fuego

2.1- Medidas de Seguridad para manipular un Arma de Fuego

Antes de manipular cualquier arma de fuego, se deben tomar en cuenta las siguientes

recomendaciones:

Considere cualquier arma como si estuviera cargada.

Debe tener el dedo separado del disparador, hasta el momento que va a disparar.

Asegúrese de conocer su operación y respectiva munición.

No realice movimientos u operaciones innecesarias hasta el momento que lo

requiera.

Mantenga su arma descargada cuando no la esté utilizando.

Mantenga sus dedos alejados del cañón y del cerrojo.

Nunca guarde su arma con el martillo o aguja en posición de disparo (atrás).

Nunca dispare hacia superficies sólidas, al aire o al agua.

Asegúrese que los accesorios no afecten el correcto funcionamiento del arma, y que

sean compatibles.

No permita que su arma sea manipulada por personas extrañas, niños y personas

con limitaciones físicas y mentales.

Reciba o entregue su arma siempre descargada y mostrando su recámara vacía.

Nunca intente limpiar su arma ni siquiera superficialmente, si se encuentra cargada.

Apunte siempre su arma hacia una dirección segura.

Verifique su objetivo y lo que hay detrás del mismo.

Revise su arma completamente al ser recibida.

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3. Identificar algunos tipos de munición y sus partes

3.1- Tipos de munición y sus partes:

La Munición: Es la carga que se pone dentro de las armas de fuego, esa carga se

encuentra en un cartucho. El cartucho consta de cuatro partes en forma general, el

casquillo, el fulminante, la pólvora y la bala o proyectil. Por su fulminante, los cartuchos se

dividen en 2, cartuchos de ignición central y cartuchos de ignición anular.

1- Proyectil.

2- Pólvora.

3- Fulminante.

4- Casquillo.

Una munición se diferencia de otra por el calibre del proyectil y de su casquillo, se

conocen internacionalmente varias medidas:

• En milímetros: Se dará el diámetro del proyectil por el largo del casquillo: 9x19

mm, 9x17 mm (380), 5.56 x 45 mm, 7.62x51 mm, etc.

• En centésimas de pulgada: Generalmente se dará el diámetro del proyectil más

una característica, número o un nombre para diferenciar potencias (armas cortas): .22

corto (short), .22 largo(lr), .38 S & W (corto), .38 especial (Spl), .45 ACP, .45 long Colt,

etc.

• Por peso: Cuando se dice que una escopeta es del calibre 12 (gau), se quiere

decir, que con un lingote de plomo de una libra inglesa (453gr.) de peso, se pueden fundir

12 balas de ese calibre. Es importante recordar que los cartuchos en este calibre se

diferencian por el largo del cartucho y esta medida viene establecida en pulgadas, por

ejemplo 2.1/4“, 2.1/2”, 2,1/3”, 3”, Por su parte, se debe tomar en cuenta el largo que

establece cada fabricante para sus escopetas, de acuerdo al modelo y a nivel de

conocimiento general.

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4- Identificar las partes básicas de las Armas de Fuego utilizadas en

Seguridad Privada

4.1- Partes básicas de las Armas de Fuego

Nomenclatura externa e interna:

Casi todas las armas de fuego, por mas diversas que sean, presentarán siempre algunas

piezas en común.

Miras: Generalmente ubicadas en la parte superior de arma, brindan precisión al

disparo.

Cerrojo o sistema de cierre: Pieza que retiene el cartucho cuando está dentro

de la recámara, para que, a la hora del disparo, la presión de los gases sea

proyectado hacia delante y no hacia atrás, solamente en las armas semiautomáticas

o automáticas, el cerrojo debe permanecer cerrado hasta que la bala ha salido del

cañón sistema.

Recámara: Es el lugar ubicado al principio del cañón, que aloja el cartucho por

disparar, y es donde se produce el disparo, desarrollando presión y altas

temperaturas. En un revólver puede poseer 5, 6, e incluso más.

Aguja percutora: Es la encargada del golpeo del detonante del cartucho y de

provocar la detonación.

Gatillo o disparador: Recibe la presión directa del dedo del tirador, libera presión

que tiene el muelle del sistema de percusión (martillo, aguja, o bloque).

Sistema de percusión: Su función consiste en que la aguja percutora golpee el

detonador del cartucho, hay directos e indirectos, externos e internos, de acción

simple, doble acción y solo doble acción.

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Cañón: Tubo torneado de una sola pieza, abierto por ambos extremos, el interior o

boca de fuego y la recámara, hallada en la parte posterior, se fabrican con ánima

estriada y en algunos modelos rayado poligonal, se encarga de imprimirle al

proyectil, dirección, rotación y estabilidad una vez que haya abandonado la boca

del cañón.

Seguro: Pieza mecánica, que impide el accionar del conjunto disparador, para

evitar disparos accidentales.

Cargador: Es el receptáculo donde van alojados los cartuchos antes de ser

ingresados a la recámara, es una parte fundamental del arma, ya que todo el

proceso depende de la alimentación del arma. Hay extraíbles y fijos.

Armazón: Es la estructura en donde van alojados componentes esenciales como

mecanismos de disparo y mecanismos de seguridad.

5- Estudiar las características de las Armas de Fuego utilizadas en

Seguridad Privada y su respectiva entrega y recibido

Tal y como se mencionó anteriormente, la Ley de Armas y Explosivos en su artículo 20,

establece las armas que son permitidas en el país. Para efectos del presente manual, se

establecen las características de tres tipos de armas: el revólver, la pistola, y la escopeta.

Documentos para la tenencia y portación de armas de fuego permitidas: Todo

ciudadano o persona jurídica que desee tener y portar un arma de fuego, debe contar

obligatoriamente con dos documentos legales indispensables, los cuales son:

La matrícula del arma: Este documento es confeccionado por el Departamento de

Control de Armas y Explosivos de la Dirección General de Armamento, en él se indica

el o las armas que la persona ha inscrito de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de

Armas y Explosivos. Este legaliza la tenencia del o las armas de quien las obtiene.

Dicho documento se extiende indefinidamente, puede ser para uso personal o para

una personería jurídica.

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El permiso de portación: Este documento es confeccionado por el Departamento

de Control de Armas y Explosivos, el mismo autoriza a quien lo obtiene, a portar el o

las armas que haya inscrito (matrícula del arma) sea personal o personería jurídica

(empresa, institución u otras), una cantidad no mayor a tres armas por persona. Por

su parte, el artículo 23, de la Ley 7530 Ley de Armas y Explosivos, expresa que se

puede inscribir un número mayor cuando, por motivos debidamente fundados, así lo

justifiquen ante el Departamento. En el caso de personas jurídicas, el Departamento

podrá inscribir el número de armas que considere necesarias a la finalidad de que se

trate.

5.1- El Revólver calibre 38 especial.

I. Características:

Por la sencillez de su estructura, es

posiblemente el arma más utilizada por los

policías del mundo. Consta de un cilindro de

tracción mecánica, con unos orificios donde

son alojados los cartuchos, cada vez que

gira alinea un cartucho al cañón.

Desventajas: la capacidad de carga que

generalmente se utiliza en los cuerpos

policiales es para 6 cartuchos, no cuenta con seguro manual que evite disparos

accidentales, la dureza y lentitud de sus mecanismos, la recarga es muy lenta comparada

con la pistola. Principales ventajas: tienen buena empuñadura; no se encasquilla; de no

detonar cartucho, el arma continuará funcionando con el siguiente cartucho; tiene buena

precisión, ya que el cañón está fijo al armazón; no tiene que maniobrar ninguna corredera

para alimentar, solo se desenfunda, se apunta y se presiona el disparador.

Modelo: Varias marcas fabricantes.

Calibre del cartucho: .38 especial.

Capacidad: 6 cartuchos por arma.

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Proveedor de munición: Manual, de uno en uno.

Miras: fijas.

Acción de disparador: Doble acción.

Estrías: 05 helicoidales de izquierda a derecha.

Alcance efectivo: 25 mts.

II. Partes: A continuación, se presentan las partes que componen el revólver.

1. Empuñadura.

2. Pestillo de apertura del

tambor.

3. Martillo.

4. Mira trasera.

5. Cilindro o tambor.

6. Cañón.

7. Mira delantera.

8. Barra extractora.

9. Gatillo o Disparador.

10. Guardamonte.

III. Procedimientos de Operación: Para efectos de la operación del revólver, se

presenta la siguiente información.

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a) Entrega:

Con la mano izquierda sostenga el marco, y el dedo pulgar cubriendo el martillo,

mantenga el cilindro expuesto para se pueda apreciar las recámaras.

b) Cargado:

Con la misma posición que se usó para sacar el cilindro, se introducen los cartuchos en

las recámaras que están más alejadas del arma, para no estar obstaculizando la misma

arma, los dedos que sostienen el cilindro además hacen girar el mismo, para un mejor

cargado.

Completado el procedimiento de carga, se asegura el cilindro en la armazón.

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c) Descargado:

1. Empujar el pestillo de apertura del tambor con el pulgar,

2. Empujar el cilindro lado izquierdo del arma.

Con la misma mano que saca el cilindro, oprima la barra extractora, acerque la palma de

la otra mano y voltee el arma, para recibir los cartuchos o casquillos.

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5.2- La Pistola Beretta M9

I. Características: Se presenta a continuación las principales características de la

operación de esta arma, que para estos efectos se ilustra con la pistola Beretta M9. Arma

italiana adoptada por las fuerzas armadas y policiales de muchos países. En los Estados

Unidos se le designó M-9 (modelo 9). Es un arma que utiliza una armazón hecha de

aleación de aluminio que presenta excelente resistencia al óxido y a los ambientes

húmedos, a la vez que soporta altas cadencias de tiro sin sufrir mayores daños.

Desventajas: para portarla es algo incómoda por el grueso de la empuñadura; además,

por la ubicación del seguro manual, sin tener la destreza adecuada a la hora de alimentar,

para disparar, puede quedar asegurado perdiendo ventaja; ha demostrado ser un poco

vulnerable a los golpes fuertes.

Ventajas: tiene un seguro que bloquea la aguja percutora y desmartilla, y es de doble

acción.

Modelo: M9 (92FS).

Calibre del cartucho: 9 x 19 mm (9 mm

Parabellum o 9 mm Luger).

Proveedor de munición: Cargador o magazin.

Capacidad aproximada del cargador: 15

cartuchos.

Acción disparador: Doble.

Miras: Fijas.

Estrías: 06 helicoidales de izquierda a derecha.

Seguros: 1) Seguro manual ambidiestro, bloquea la aguja, con desmartillado.

2) Seguro de corredera. 3) Seguro de media carrera.

Alcance efectivo: 25 mts.

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II. Partes

1. Cargador.

2. Empuñadura

3. Retén de corredera.

4. Palanca del seguro manual

ambidiestro.

5. Martillo.

6. Mira trasera.

7. Corredera y rayado de sujeción.

8. Cañón.

9. Mira delantera.

10. Armazón.

11. Palanca de despiece

12. Guardamonte.

13. Disparador o gatillo.

14. Botón-retén del cargador.

III. Procedimientos de Operación:

a) Características del seguro manual ambidiestro:

Posición de asegurado: la aleta del seguro abajo oculta punto rojo.(como lo indica la

flecha de la imagen)

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Posición de desasegurado: la aleta del seguro arriba expone punto rojo. (Como lo indica

la flecha de la imagen)

b) Características de este seguro:

1) Estando asegurado, deja libre la corredera (si tiene el cargador con cartucho en

posición hacia la recámara, puede alimentar el arma, pero aun así no se dispara).

2) Desasegurado, con un cartucho en la recámara, al asegurarlo, desmartilla y

bloquea la aguja.

c) Descargado:

Para descargar un arma de fuego tipo Beretta se debe de considerar el siguiente

procedimiento:

Verificar que el seguro esté en posición

de asegurado (activado), en otras

palabras, tener el arma asegurada.

Oprima el botón-retén del cargador

para extraer el proveedor o magazín.

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Asegurar corredera:

Maniobrar la corredera totalmente hacia atrás

1: sostenga, mientras empuje el seguro de corredera

hacia arriba.

2: sostenga, y luego suelte despacio la corredera hasta

sentir donde se asegura. Proceda a revisar la recámara

del cañón.

d. Entrega

Sostenga la parte delantera del arma,

exponiendo la recámara del cañón, la

cavidad de la empuñadura y el seguro

para que se reciba primero la

empuñadura.

Para desasegurar la corredera, hay

dos formas:

1- Con la misma mano que empuña,

utilizando el dedo pulgar, maniobrar

el seguro de corredera hacia abajo.

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2- Usando la otra mano, sostenga el

rayado de sujeción, deslice para

atrás la corredera, y rápidamente

suelte la misma dejándola irse hacia

delante.

Una vez con la corredera liberada, y con

el seguro manual ambidiestro puesto, se

introduce el cargador con su respectiva

munición.

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5.3. La escopeta

I. Características. Es un arma de fuego de anima estriada o lisa, siendo la segunda opción

la más usada en Costa Rica, utiliza munición con perdigones, que al momento del disparado crea

una dispersión que permite acertar con mayor facilidad al objetivo, a mayor distancia mayor

dispersión, por lo que abarca más área y permite acertar a más de un objetivo a la vez,

originalmente fue creada para la caza menor, por las características de su munición fue

evolucionando de ser usada en deporte, caza mayor hasta la defensa personal, seguridad privada

y uso policial, quienes usan perdigones más grandes o “slug” (una sola pieza solida) , produciendo

un gran poder.

Ventajas:

1) El diámetro del cañón, es un elemento disuasivo, es visualmente sobresaliente en esta

arma.

2) Su poder de detención es muy elevado.

3) Por su amplia dispersión en y cerca de la zona de impacto del objetivo, produce mucho

daño.

4) No ocupa mucho la alineación de miras, con solo alinear el cañón rápidamente y disparar, la

dispersión se encarga del resto.

5) No se ocupa de mucha instrucción, tiempo ni muchas destrezas para la operación y uso.

6) El mantenimiento es mínimo.

Desventajas:

1) Su capacidad de carga es muy limitada.

2) Su retroceso es muy potente, puede producir lesiones.

3) Es lento, el accionar de sus mecanismos es manual.

4) Su rango de tiro es hasta los 50 metros, a partir de ahí pierde potencia.

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5) La dispersión de disparos fuera de control eleva los daños en cosas o lesiones en personas

que no se quería impactar.

II. La Munición: A diferencia de la munición de fusil o de pistola, el calibre de escopeta usa

una medida de peso, el número que identifica al calibre de esta munición, equivale a la

cantidad de esferas del mismo tamaño en una libra inglesa (454 gramos) de plomo

puro. Por lógica a menor número es mayor el calibre, ejemplo, en un cartucho de

calibre 20 significa que en una libra de plomo se pueden hacer 20 esferas y en el

calibre 10 solo se hacen 10, siendo estos el doble de grande que el 20.

1. Fulminante: en la parte trasera del cartucho,

produce la ignición del encendido de la pólvora.

2. Pólvora: al ser quemado produce gases que

hacen presión hacia adelante empujando al

taco.

3. Taco: pieza que sirve como propulsor y a la

vez contenedor de los perdigones.

4. Perdigones: esferas de plomo que

dependiendo del calibre en los cartuchos

pueden contener muchos pequeños o pocos

grandes.

5. Cuello: Pieza externa que contiene los

elementos 2,3 y 4, está dentro del casquillo

metálico.

6. Casquillo metálico: Pieza donde se ubica la

mayor parte de la pólvora, para contener la

presión de la explosión.

III. Partes Básicas: Existen una amplia variedad de marcas de escopetas de bomba,

con diferencias entre sus mecanismos, pero todos tienen los mismos elementos, cañón,

miras, cajón de mecanismos, cerrojo, sistema de disparo, seguro de disparador, cargador

tubular, bomba, seguro liberador de bomba, elevador, culata empuñadura de pistola, por lo

cual los procedimientos para su operación son prácticamente las mismas.

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1) Cañón.

2) Mira delantera.

3) Cargador tubular.

4) Bomba.

5) Liberador de bomba.

6) Disparador.

7) Seguro del disparador

8) Empuñadura.

9) Culata.

10) Cerrojo.

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IV. Procedimientos de Operación

Aplicar medidas de seguridad generales.

i. Para descargar:

1) Apunte hacia el cajón de arena.

2) Verificación de cartucho en recámara:

a. Accione el seguro del disparador.

b. Ubique el liberador de la bomba, acciónelo (1) sea empujando o apretando el

dispositivo.

c. Hale la bomba, totalmente hacia atrás (2), que haga todo el recorrido para desalojar

cartucho que este en recámara.

d. Revisar la recámara.

3) Voltear y revisar cargador tubular.

4) Si ubica munición, debe extraerlo de la siguiente manera: 1) mantenga el arma con la

bomba atrás, 2) mueva hacia adentro el elevador de cartuchos que está ubicado en la

parte inferior del cajón de mecanismos exponiendo el culote del cartucho, ubicar la uña

que está por el borde del cargador tubular, 3) presione la uña e inmediatamente el

cartucho es impulsado hacia atrás, 4) repita el procedimiento hasta extraer toda la

munición.

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Todo de acuerdo a la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, Ley No. 6683. (Publicada el mes de noviembre de 1982 y la ú ltima reforma en el año 2000).

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5) Si no se observa munición, entonces manténgalo con la recámara expuesta (con la

bomba hacia atrás).

ii. Para cargar:

Apunte hacia el cajón de arena.

Realizar los procedimientos de descargar visto anteriormente.

Llevar la bomba totalmente hacia adelante.

Voltear el arma exponiendo la parte inferior, introducir los cartuchos de escopeta,

con la punta hacia adelante, colocándolos uno atrás de otro.

iii. Para disparar:

Accione liberador de bomba.

Bombear (eche para atrás y hacia adelante enérgicamente).

Asumir posición de disparo.

Quite seguro de disparador.

Dispare.

6- Conocer las medidas de seguridad que se deben tomar en cuenta en el polígono

de tiro

6.1- Medidas de seguridad que se deben tomar en cuenta en un polígono de tiro.

Tomando en cuenta las medidas citadas en capítulos anteriores, se deberá prestar especial

atención a los siguientes aspectos:

• Se acatarán las indicaciones del instructor.

• No hablar, solamente en caso de emergencia.

• Si tiene alguna duda, levante la mano y permanezca inmóvil.

• Ingrese y salga únicamente por las áreas designadas.

• Sobre todas las cosas, nunca pierda su concentración.

• No toque, ni maniobre el arma habiendo personas en el área de tiro del polígono.

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7- Ejecutar los cinco principios para un buen disparo

a. Principios básicos para un buen disparo: Cada vez que se requiera hacer un disparo

con precisión, se deben respetar los siguientes principios básicos:

Posición: Las armas por su diseño, tamaño y, potencia pueden ser disparadas, con una o

ambas manos, con o sin apoyo. Para dispararlas, el tirador asume una posición para

tener control, estabilidad cuerpo-peso del arma, además, brindarse cierta cobertura y

encubrimiento. En este nivel básico se aplicarán 5 posiciones. Las primeras cuatro aplican

los principios básicos:

a) De pie.

b) De rodilla en tierra sin apoyo.

c) De rodilla en tierra con apoyo.

d) De tendido.

e) De contacto, que es para enfrentamiento muy cercano.

Empuñadura: La sujeción del arma con la mano se denomina empuñadura. Es la acción

que debemos efectuar previamente a cualquier maniobra de puntería. El sitio por donde se

sujeta el arma también se denomina empuñadura o cacha. Todas las armas modernas

están previamente diseñadas para sostener una empuñadura cómoda y anatómica, acorde

con sus manos y su cuerpo.

Alineación de miras: Las miras en todas las armas se

componen de: Mira Trasera o Alza, y de Mira Delantera o

Punto de mira, siendo la trasera la que está más cercana al

ojo durante el tiro, y la delantera la más alejada, y por lo

general situada sobre la boca del cañón.

Respiración: Para un tiro preciso se necesita, teóricamente, la completa inmovilidad tanto

del arma como del tirador, lo cual es físicamente imposible, pues el cuerpo humano está en

permanente movimiento, incluso cuando dormimos.

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En la línea de tiro intentaremos mantener la calma y respirar pausadamente, procurando aislarnos

de lo que suceda a nuestro alrededor, de éste modo no aumentaremos nuestras pulsaciones

cardíacas, las cuales si son fuertes, estremecen ligeramente nuestro cuerpo, no siendo posible

suprimirlas, como haremos con la respiración. Cuando vayamos a efectuar cada disparo, lo

haremos en este orden, el cual se acompaña con una respiración pausada:

Primero: Levantar el arma sobre la línea de los blancos. (Tomamos aire con un poco de fuerza y

lo retenemos en los pulmones)

Segundo: Bajamos lentamente el arma hasta el blanco. (Soltamos lentamente el aire sobrante

mientras bajamos el arma, hasta alcanzar un estado de reposo y contenemos la respiración

mientras efectuamos el disparo).

Tercero: Luego de efectuado el disparo, esperamos unos instantes, y bajamos el arma. (Ya

podemos tomar aire de nuevo, con lentitud y pausadamente)

Es importante soltar suficiente aire como para que no debamos contenerlo haciendo fuerza, pero

no tanto como para sentir una opresión por el aire que intenta entrar a los pulmones, llegando a un

equilibrio que nos ayude a eliminar los movimientos de la respiración.

Se requiere practicar la respiración siempre que entrenemos, tanto para adquirir la costumbre de la

apnea, (no respirar durante un tiempo), como para que se integre a la secuencia del tiro en forma

casi automática.

Presión constante sobre el disparador: Con las armas de uso policial y civil,

debemos ajustarnos al tacto que el disparador trae de fábrica, intentando aprovechar

sus características. Tienden a ser "duros", y también de largo recorrido, situación que

puede ser superada con la práctica.

Apoyando el dedo índice en su primera falange sobre el disparador, el contacto debe hacerse con

la yema del dedo, que es la parte más sensible del mismo, procederemos a presionarlo suave y

progresivamente, procurando sentir las distintas fases del disparador hasta sentir el estallido del

cartucho.

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Es fundamental que la fuerza continua aplicada lo sea en el eje del arma. Además, un mal apoyo

del dedo índice, desviaría el arma hacia la izquierda o a la derecha.

El tirador debe concentrarse en estos dos aspectos mientras oprime el disparador: ir aumentando

la presión paulatina y suavemente y mantener a toda costa las miras bien alineadas. Nunca espere

el momento del estallido, que lo tome por sorpresa, porque desconcentra y pierde la alineación.

Los gatillazos son, responsables de buena parte de nuestros fallos. Es inútil aplicar todas las

demás técnicas correctamente y luego pegar un tirón fuerte del disparador y estropearlo todo.

MAL BIEN MAL

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SEGURIDAD DE INSTALACIONES

1- Identificar los fundamentos de Seguridad

1.1 Definición de Seguridad y sus fundamentos: La Seguridad etimológicamente se define

como: “Calidad de Seguro “es decir que está exento de todo peligro o riesgo.

Las exigencias actuales referente a la Seguridad, la cual es de suma importancia para los agentes

encargados de brindar seguridad y protección a las personas que se encuentran en nuestra

jurisdicción de responsabilidad, conlleva a que la seguridad no va referida solamente a las

personas; por el contrario, va más allá, como a todo aquello que tiene que ver con las

instalaciones, maquinarias, equipos, herramientas, sistemas y por ende, en este caso a la

seguridad del recurso humano, vital en toda organización y empresa para su funcionamiento.

A pesar de que se invierten millones de colones en equipo de tecnología de punta para lograr los

objetivos económicos que se propone una empresa, actualmente nos encontramos con que

muchas organizaciones sufren de incidentes en donde se viola la seguridad física de sus

instalaciones por terceros e inclusive por personal interno. La seguridad física describe las medidas

que previenen o detienen a intrusos antes de que accedan a una instalación, recurso o información

almacenada en medios físicos. Puede ser tan simple como una puerta con seguro o tan elaborada

como con múltiples capas de seguridad.

Desde la perspectiva de la seguridad de instalaciones se han identificado tres elementos claves

para la seguridad física. El primero, al que llamamos en su conjunto “obstáculos”, frustra a

atacantes y retarda a los más peligrosos. El segundo, es todo el conjunto de alarmas, iluminación

de seguridad, patrullas de guardias de seguridad o controles de circuito cerrado, que facilita y

permite que los intrusos sean detectados.

Finalmente, el tercer elemento clave es la respuesta para repeler, capturar o frustrar a los

atacantes cuando estos hayan penetrado en las instalaciones.

Dentro de la seguridad de instalaciones existe una clasificación que reconoce las diferentes

instalaciones vitales, las cuales son las siguientes.

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a- Instalaciones Vitales de Tipo Administrativo: comprenden aquellas edificaciones

donde funcionan oficinas administrativas y que estén sujetas a la vigilancia.

b- Instalaciones Vitales de Tipo Operativo: Es el área donde se realiza la mayor

productividad de la empresa a la cual se le implementa el servicio de vigilancia, es el sector

que representa la mayor concentración de las actividades que se desarrollan.

c- Instalaciones Vitales de Tipo Ambulatorio: Comprenden las Unidades Móviles que

transportan valores. El Agente de Seguridad Privada, presta seguridad constante y se

traslada conforme a la necesidad operativa detectada. Por consiguiente, pueden

permanecer momentáneamente estacionados en lugares determinados.

d- Instalaciones Vitales de tipo temporal o estacionaria: Comprenden todas aquellas

instalaciones que se establecen para una actividad determinada.

e- Otras Instalaciones Vitales: Se entenderá todos aquellos lugares donde el agente de

seguridad en coordinación con sus superiores, disponga vigilancia permanente y directa,

tales como lo son las Embajadas, oficinas públicas y privadas, entre otras.

2- Analizar los procedimientos y medidas de Seguridad de Instalaciones

2.1- Procedimientos y reglas generales en Seguridad de Instalaciones.

El funcionario de servicio de protección de Instalaciones vitales, deberá tener presente las

siguientes tareas, las cuales se realizarán de acuerdo al ámbito de acción asignado:

Conocer el protocolo de emergencia establecido por la empresa a la que brinda el servicio.

En el trayecto a su área de trabajo, efectuará un chequeo del sector, hasta tomar contacto

visual y físico con el funcionario que le entregará el servicio.

Una vez en el lugar, efectuará una revisión general del puesto de las inmediaciones de la

instalación bajo su responsabilidad, tomando en cuenta los factores internos y externos de su

radio de acción.

Efectuar un chequeo de los bienes en general que componen la instalación.

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Deberá identificar a las autoridades de la empresa tales como gerentes, jefes, supervisores,

personal de planta que desarrollen sus funciones profesionales en el lugar de trabajo, en caso

de las visitas, previa aplicación de los controles de ingreso, serán orientados hacia el lugar

donde deben dirigirse.

El agente de seguridad privada tiene la obligación de estar siempre alerta y atento para

reaccionar ante cualquier situación.

El agente deberá adoptar una posición ventajosa que le permita protegerse ante eventuales

amenazas.

Mantener una posición de encubrimiento a su espalda para evitar un posible riesgo (cobertura

y encubrimiento).

Dependiendo del tipo de servicio de seguridad que se vaya a brindar, el puesto deberá de ser

cubierto por dos agentes.

Durante su permanencia en el puesto de trabajo efectuará un estudio del terreno con la

finalidad de determinar parapetos naturales o artificiales que le sean de utilidad ante un

evento.

Frente a una situación de riesgo, el agente debe llamar en forma inmediata al 911 y a sus

superiores, realizando las anotaciones correspondientes en la bitácora respectiva. Así mismo,

si se está ante un delito, hacer las coordinaciones respectivas con la Fuerza Pública.

Se debe conocer la zona perimetral de las instalaciones que se protegen, rutas de acceso,

edificios importantes y la comunidad en general.

Actuar conforme a los principios contemplados en la Ley General de Policía. (Art. 10)

Conocer la dinámica y operatividad de la instalación a la cual le brinda seguridad.

En ningún caso abandonará su trabajo, ni se distraerá por hechos sucedidos en las

inmediaciones.

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3- Estudiar la evaluación del perímetro

3.1- El perímetro y su evaluación: Dentro de la seguridad de instalaciones es necesario

conceptualizar algunos elementos que son de esencial comprensión por parte del agente de

seguridad, para lo cual es pertinente que domine los siguientes conceptos:

Perímetro: El perímetro es el área asignada para ejercer la vigilancia, en otras palabras, es

el sector o radio de acción donde deberá cumplir sus funciones como agente de seguridad.

Evaluación: Por su parte, la evaluación, es valorar los factores internos y externos que

puedan afectar la operatividad del agente. De igual forma, la debe aplicar como parte de su

labor diaria, para mitigar o prevenir cualquier eventualidad o riesgo que se presente.

Para evaluar el perímetro se considerarán los siguientes aspectos:

Periferia (barrancos, ríos irregularidades de terreno, entre otros)

Iluminación

Ayudas mecánicas

Mallas o rejas metálicas

Canales de desagües, de ventilación de entrada de luz, entre otros.

Puertas y ventanas

Sistema de alarma

Rótulos

Áreas restringidas

Áreas internas y externas.

4. Enumerar las medidas de seguridad de instalaciones

Las medidas de seguridad son aplicables a nivel interno y externo. A continuación se enumeran

algunos eventos.

a) Nivel Externo:

Alteraciones del Orden Público.

Incendios por explosión en zona perimetral.

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Accidentes de tránsito en zona perimetral.

Actividades delictivas comunes e intrusión.

b) Nivel Interno:

Incendios de infraestructura

Temblores o Terremotos

Actividades delictivas internas

Para la atención de los eventos mencionados son aplicables las siguientes medidas.

EVENTO/EXTERNO MEDIDA

Alteraciones del Orden Público Comunicación inmediata con las autoridades locales.

Cierre total de instalaciones

Contención del personal interno.

Incendios por explosión en zona

perimetral.

Valoración para la instalación de hidrantes.

Conformación de una brigada de respuesta contra

incendios.

Desarrollo de planes de emergencia.

Accidentes de tránsito en zona

perimetral.

Comunicación inmediata con las autoridades locales.

Regulación de ingreso y salida del personal a la

instalación.

Si el accidente ocurre cerca del acceso principal a la

instalación contar con una ruta de acceso alterna.

Actividades delictivas comunes e

intrusión.

Comunicación con los sistemas de emergencia

establecidos y las autoridades locales.

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EVENTO/INTERNO MEDIDAS

Incendios de infraestructura Conformación de brigada de incendios.

Comunicación inmediata con los sistemas de

emergencia y superiores.

Desconexión inmediata del sistema eléctrico.

Aplicar los protocoles para la evacuación del

personal.

Activación de alerta a los puestos perimetrales.

Aumentar la cantidad de los agentes de

seguridad mientras prevalezca la alerta.

Temblores o Terremotos

Aplicar los protocolos para la evacuación del

personal.

Desconexión inmediata del sistema eléctrico.

Comunicación inmediata con los sistemas de

emergencia y superiores.

Actividades delictivas internas

Comunicación con el Departamento, o Unidad

afectada para valorar denuncia judicial.

Revisión inmediata al personal involucrado.

En caso de detectar al infractor, aplicar las

medidas y técnicas de intervención para la contención

del sospechoso.

Comunicación inmediata con las autoridades

locales para traslado de los sospechosos.

Ante toda situación de crisis, el Agente de seguridad debe mantener la calma, que le permita tomar

decisiones acertadas para salvaguardar la seguridad de las personas que están a su alrededor, así

como de los bienes en general; lo mismo que el manejo adecuado de la información a sus

superiores para que le asistan en el desarrollo de la situación.

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4.1- Identificación de la situación en caso de crisis.

Una crisis es la alteración del orden común de la cotidianidad. Son muchas las maneras en que se

puede desencadenar un proceso de crisis, por lo que se recomienda que toda empresa esté

preparada con procedimientos preestablecidos para poder actuar en caso de crisis iniciada. Como

prevención se recomienda llevar a cabo el siguiente procedimiento.

Conocer los aspectos susceptibles de más riesgo en la empresa.

Desarrollo de políticas para mitigar la susceptibilidad de la empresa, de los cuales se

ejemplarizan las siguientes.

Velar porque todos los visitantes y personal de la empresa cumplan las normas

establecidas para el ingreso y egreso (revisión e identificación)

Velar porque todos los equipos que salgan o entren de la institución cuenten con los

respectivos permisos de salida.

Velar porque todo visitante cumpla con las normas establecidas por la empresa y

protocolos de seguridad para el ingreso a los sectores que lo requieren.

No permitir la permanencia de personas ajenas a la empresa en lugares no autorizados

o en la misma empresa.

Mantener los canales abiertos de comunicación con el centro de operaciones y los

sistemas de emergencia, citados anteriormente.

4.2- Información-identificación-confirmación.

La empresa debe contar con una estructura de comunicación interna, cuanto más centralizada

mejor para la recepción y captura rápida de la información, puesto que el tiempo es uno de los

factores de más peso al enfrentar un crisis.

Las vías por las que la empresa puede tener conocimiento de haberse iniciado, de manera cierta o

no, una situación de crisis, o de haberse desarrollado un riesgo potencial, pueden tener distinto

origen, tales como los siguientes:

- Información interna.

- Información proporcionada por la Administración, por un cliente o visitante.

- Información proporcionada por un proveedor, publicada en los medios de comunicación.

- Información recibida de una asociación sectorial.

- Por la combinación de más de una de las anteriores.

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Es importante que exista un solo receptor de las informaciones de manera que haya un canal de

comunicación que propicie un adecuado manejo de esta, la decisión de que se debe hacer o

cuando se tomaran medidas queda sujeta al tipo de crisis que se enfrente.

Las potenciales causas del desencadenamiento de una crisis pueden ser las siguientes:

­ Un riesgo real que ya ha provocado efectos sobre las personas, acompañado o no de información

pública sobre él.

­ Un riesgo potencial que todavía no ha provocado efectos a las personas, pero que ha salido al

exterior, acompañado o no de información pública sobre él.

- Un riesgo potencial del que no se conoce su capacidad para provocar efectos, acompañado o no

de información pública sobre él.

­ Un simple tratamiento informativo, sin existencia de riesgo real pero sí potencial.

­ Un simple tratamiento informativo u otro mecanismo, sin existencia de riesgos ni real ni potencial.

5. Estudiar los procedimientos para la identificación de personas, vehículos y armas

5.1- Identificación de personas: Consiste en identificar a una persona, tomando en cuenta sus

características físicas para su posterior comparación o cotejo con un patrón de referencia (Ej.:

registro anterior de esas características del individuo) para comprobar su similitud y establecer de

este modo su relación de identidad, asociando a esta persona, si fuera posible, unos datos de

filiación. (Filiación: conjunto de datos de la persona constituido por: Nombre, apellidos, fecha y

lugar de nacimiento, nombre de los progenitores, domicilio y número de algún documento de

identidad).

Para la identificación de personas es relevante tomar en cuenta los siguientes aspectos:

a) Observar: Examinar o mirar con atención. Mirar con atención y recato. Son sinónimos:

contemplar, estudiar, curiosear, vigilar, atender, espiar, acechar.

b) Identificar: Comprobar si una persona o cosa es la misma que se busca o no

corresponde.

c) Describir: Representar a personas, animales o cosas por medio del lenguaje.

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Es importante describir las personas de forma completa, y no en forma incompleta, para que

puedan ser identificadas por otras personas. La descripción puede ser:

a) Corta, que incluye género, raza, edad, peso (en múltiplos de cinco), estatura (referencia a

uno), y contextura.

b) Larga o detallada, la cual debe iniciarse de la cabeza hasta los pies, incluyendo

detalladamente la figura humana:

CARA: Ovalada, cuadrada, alargada, redonda, otras.

OJOS: Pequeños, grandes, rasgados, de vidrio, otros.

BOCA: Labios anchos o delgados, boca amplia o pequeña, otras.

NARÍZ: Puntiaguda, ancha, delgada, pequeña, otras.

En la descripción de personas, se deben detallar las características cambiables tales como, barba,

bigote, pestañas, ropas (bien o mal vestido), rasgos (femeninos o masculinos, formas de andar o

moverse (camina rápido, despacio, pasos cortos o largos, cojea, etc.).

Asimismo los hábitos que las personas puedan mostrar, se deben tomar en cuenta, para

describirlas, por ejemplo:

a) Si fuma (que tipo de cigarros).

b) Si tiene algún tipo de tic (rascarse, mover las manos, etc.).

c) El tono de voz, (grave, agudo) y el acento, (lugar de procedencia).

d) Forma de caminar.

e) Actitud que muestra (pasivo, agresivo, tranquilo, educado, nervioso, introvertido, etc)

Todas estas características ayudan a la identificación de las personas. Cabe destacar que

para la descripción de las personas, existen diferentes formas de caras, de cejas de ojos, de nariz,

de bocas, etc.

Muy relacionado con el tema de la identificación de las personas, se encuentra el control

que debe llevar cada empresa, acerca del ingreso, permanencia y salida de las personas, para lo

cual es recomendable como medida preventiva, que se lleve en cada una de ellas el siguiente

documento:

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Libro de control para visitantes

El libro de control de visitas, constituye el documento escrito donde se van a consignar los

movimientos de entrada y salida de personas además del tiempo que permanecieron en la

empresa. Por otra parte existe el libro de oficialía en el cual se debe consignar todo incidente que

suceda durante el desarrollo de cada jornada o turno de trabajo de la compañía. El mismo será

llevado, en lo que a su confección y registro de información se refiere, por el vigilante encargado

del turno, o en su lugar, por el agente que en ese momento está brindando el servicio de vigilancia.

El mismo debe de tener apertura y firma de la jefatura de la empresa y foliado (página por página)

y en él se anotarán las novedades o acontecimientos sucedidos, correspondientes a cada turno de

vigilancia, siendo consideradas para este fin, los siguientes aspectos:

Encargado (a) del turno (si lo (a) hubiera), personal a cargo o únicamente el vigilante.

Listado de los elementos que se encuentran en el puesto de vigilancia, como por ejemplo

botiquín de primeros auxilios, linternas, armas y municiones, entre otros.

Notificación de las órdenes que se impartan con anterioridad a la toma del servicio.

Acontecimientos ocurridos durante el desarrollo del horario del trabajo, las cuales se deberán

describir en forma clara, comprensible y precisa, sin omitir detalles o dato alguno, dejando

constancia de las respectivas numeraciones cuando correspondan a documentos de identidad

de personas o de identificaciones de vehículos (número y marca del vehículo) y / o

mercancías.

Recopilación de boletas de control de accesos y de ingreso por las diferentes porterías o

puntos de ingreso, que deberán de estar plenamente diligenciadas por las recepcionistas o

personas a cargo de tal función.

Verificación de las puertas de cada una de las oficinas que conforman la instalación, cerrando

aquellas que deben estar o permanecer cerradas.

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su reproducción parcial o total de los materiales aquí publicados con fines de lucro está totalmente prohibida.

Todo de acuerdo a la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, Ley No. 6683. (Publicada el mes de noviembre de 1982 y la ú ltima reforma en el año 2000).

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Objetos y / o valores que sean de motivo de secuestro en los puestos de salida indebida o sin

la autorización correspondiente, con mención descriptiva del objeto y /o valor , anotando los

datos personales y demás referencias de la persona a la cual se le efectuará secuestro,

comunicar al superior y demás personas a las que corresponda comunicar este suceso, estar

claro con el procedimiento a seguir con el causante, con los testigos correspondientes, el

procedimiento de revisión, de retención, así mismo no olvidar anotar la hora exacta en que se

fueron desarrollando los hechos.

Horario del turno de vigilancia.

Objetos y/ o valores hallados en las rondas.

Se anotarán en la respectiva fórmula de recibo, las entregas de los objetos y/o valores

correspondientes, haciéndose constar nuevamente el detalle de los mismos y los datos de

identificación de la persona que recibe las pertenencias, quien firmará conjuntamente con el

vigilante a cargo del puesto en su respectivo turno. Debe tenerse en cuenta que el Libro de

Servicio puede constituirse en un elemento probatorio en muchas circunstancias, ya sean de

orden laboral, comercial y/o judicial, convirtiéndose en un elemento de gran importancia en

casos de investigaciones y otros asuntos, firmándose al cierre de cada turno de vigilancia por

el personal saliente y el relevante o entrante. Lo anterior como constancia de haberse

transmitido y tomado conocimiento de los hechos acontecidos durante ese turno.

Una vez completado el Libro de Servicio, el mismo será entregado a su superior o jefe de

seguridad y vigilancia, quien hará las diligencias necesarias para su inmediato reemplazo por

otro nuevo y se procede al archivo del viejo, a cuyo vencimiento se le podrá destruir de

acuerdo con las normas de archivo existentes. En todos los casos se mantendrá la reserva y

confidencialidad absoluta sobre su contenido; salvo solicitud de las autoridades

correspondientes y con el fin de comprobar algún hecho.

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5.2- Identificación de vehículos.

Al observar un vehículo con el fin de determinar sus características más relevantes, debemos

considerar los siguientes aspectos: número de matrícula, marca, color, estilo, forma, tamaño, etc.

Los vehículos se clasifican en 4 categorías, las cuales son:

Vehículos de propiedad de la empresa.

Vehículos transportadores de mercancías.

Vehículos particulares de los empleados de la empresa y

Vehículos de visitantes en general.

Los vehículos de carga de la empresa deben estar debidamente revisados e inspeccionados,

deberán llevar consigo la respectiva planilla de revisión, donde debe estar consignada toda la

información del vehículo, desde su ingreso a la planta, así como su salida, lo mismo que la

verificación de los elementos con que ingresó y con los que salió del plantel. Estos controles se

realizan cada vez que los vehículos ingresan y salen de las instalaciones; es decir, cuantas veces

sea necesario.

5.3- Identificación de armas

Para un análisis de las características más particulares de las armas de fuego, podemos tomar en

consideración las siguientes particularidades:

1) El arma corta, es un arma de fuego portátil, diseñada para ser empleada con una sola

mano, sin ser apoyada en otra parte del cuerpo sus tamaños son variados y obedecen al

diseño o calibre, entre las cuales se destacarán los revolver y las pistolas.

2) Armas largas. De uno o dos cañones (escopeta) con cartuchos de perdigones, fusiles

ametralladores automáticos y semiautomáticos de diversos calibres .

3) El arma de carga tiro a tiro, es semiautomática y obliga al tirador a repetir manualmente la

acción.

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4) El arma de repetición es el arma de fuego en la que el ciclo de carga y descarga de la

recámara, se efectúa mecánicamente por acción del tirador, estando acumulados los

proyectiles en un almacén cargador: fusil de caza, escopeta.

5) El arma semiautomática, es aquella arma de fuego en la que es necesario oprimir el

disparador, por cada disparo y en la que el ciclo de carga y descarga se efectúa sin la

intervención del tirador: fusil, carabina, escopeta, pistola.

6) El arma automática es el arma de fuego que, manteniendo oprimido el disparador, se

produce más de un disparo en forma continua: fusil, pistola ametralladora

MANEJO DEL EQUIPO DE RADIO COMUNICACIÓN

1- Identificar el equipo de radio comunicación y su funcionamiento

1.1 - Componentes del equipo de radio comunicación: Las comunicaciones son todos los

mensajes radiales o cifrados a través de medios de transmisiones, cuyos elementos deben ser

claros, precisos, concisos y oficiales. Deben estar estructurados con mucho rigor para que su

producto pueda ser usado para planear, decidir, dirigir, corregir o actualizar o realizar cualquier

otra actividad propia de la función, que desempeña el Oficial de seguridad privada.

Las personas que utilizan las comunicaciones deben también verificar el origen, dirección, la

capacidad de transmisión y tratar de determinar la intención de la comunicación, respetando y

observando las normas más elevadas de conducta en todos los niveles y ámbitos.

Un radio transceptor: son dos aparatos en uno, el primero es capaz de recibir (receptor) y el

segundo es capaz de transmitir (transmisor) un mensaje.

Las siguientes son las partes básicas que componen un radio transceptor portátil:

a) Antena.

b) Radio.

c) Batería.

d) Perilla de volumen.

e) Perilla de canales.

f) “PTT” y micrófono.

g) Squelch

h) Cable coaxial

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a) La Antena: Es el dispositivo o elemento más importante del radio que cumple con dos

funciones:

Recoger o recibir ondas electromagnéticas.

Radiar o transmitir las ondas eletromagnéticas

b) El Radio: Es la parte principal a la cual se le agregan los demás componentes.

www.motorola-gp300/html

c) La Batería y fuentes de alimentación: Como todos los aparatos electrónicos, los

transceptores necesitan de voltaje y corriente para trabajar y esto lo hace por medio de una

fuente de poder en el caso de los radios base y una batería en el caso de los “W -T”.

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d) La Perilla de volumen o interruptor: Este dispositivo cumple con dos funciones: la de

apagar y encender el radio y ajustar la cantidad de volumen deseado.

e) La Perilla de canales: La mayoría de los radios cuentan con varios canales de trabajo,

por ejemplo: 2, 5, 16,900 (digitales o analógicos). Y éste es el dispositivo encargado de

seleccionar la frecuencia de trabajo.

f) El PTT y micrófono: Estos elementos algunas veces se encuentran juntos como en los

radios bases y en otras ocasiones, separados como en el caso de los “Walkie-Talkie”

(conocidos como woki toki) . La función del PTT es la de

accionar el transmisor quedando listo para hablar por el

micrófono.

PERILLA CANALES

PERILLA VOLUMEN

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g) El Squelch: Es un elemento para sensibilizar el receptor además de controlar la cantidad

de volumen.

h) El Cable coaxial: Es el cable por el cual se conecta el radio base con la antena, que

está por lo general en superficies altas.

1.2 Funcionamiento, cuidado y mantenimiento del equipo de radio comunicación:

Principales Daños:

Micrófonos dañados.

Fusibles quemados.

Cambios de antenas.

Desprogramación de códigos.

Desajuste de potencia.

VERIFICADOR

DE VOLUMEN

SQUELCH

PTT

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Cuidados del radio transceptor:

No transmitir sin antena, ya que podría quemar el aparato; además no intercambiar la

antena con la de otro aparato.

Protegerlos del agua u otros líquidos.

Si hay rayería, apague el aparato como se le indicó anteriormente ; pero antes no olvide

reportar que va a estar fuera de servicio momentáneamente y la razón.

Si el equipo se daña, bajo ninguna razón trate de repararlo.

No exponerlo a temperaturas extremas altas o bajas.

Todos los conectores metálicos deben de limpiarse con un borrador suave (de leche),

además de limpiador de conectores eléctricos.

Usar un cepillo de cerdas suaves para limpiar las partes ranuradas del radio.

Para partes de hule y plásticas, utilice agente espumoso, (no utilizar productos abrasivos

como la Scotch Brite).

Anotar fecha y hora.

Apagar los aparatos antes de dar mantenimiento preventivo.

Desconecte todos los enchufes y póngalos a la vista.

Cuidados del Micrófono:

No cambiar de micrófono.

No estirar demasiado el cable del micrófono. No usar fuerza excesiva.

No cambiar de canal mientras se opera.

Como máximo hablar un minuto, soltar el PTT y luego accionarlo para seguir hablando.

La modulación debe ser exacta y clara.

Hablar de frente al micrófono con una distancia aproximada de cinco a diez centímetros

entre su boca y el micrófono.

No use líquidos inflamables ni de cualquier otro tipo para limpiar el micrófono.

No opere mientras consume algún tipo de alimento.

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Como utilizar un radio transceptor:

Verifique que el radio se encuentre encendido.

Verifique el volumen a utilizar.

Verifique el canal a utilizar.

Oprima el PTT durante tres segundos y transmita el mensaje manteniendo éste oprimido.

Suelte el PTT y espere respuesta o verificación de la información.

Deberes del operador de radio:

Mantener la disciplina y la ecuanimidad en la red de radio (aún en casos de emergencia).

Utilizar adecuadamente el sistema.

Asegurar las transmisiones de la red.

Dar el mantenimiento básico a los equipos de comunicación.

Utilizar el vocabulario adecuado, con un tono de voz que se entienda por el receptor.

Registrar todos los mensajes en borrador, los más importantes transcribirlos al libro de

actas.

Retransmitir los mensajes de la persona que lo requiere, cuando éste no puede hacerlos

llegar o recibirlos (a / del destinatario), por razones de potencia, lejanía, terrenos u otros.

Deberes de la estación del control de radio:

Escoger la frecuencia correcta.

Abrir y cerrar la red.

Controlar el tráfico de la red de radio.

Controlar y programar las transmisiones de la red de radio.

Escuchar las transmisiones de la red de radio.

Hacer respetar los códigos de seguridad.

Administrar los libros de actas (según la normativa existente).

Control de la disciplina.

Establecer prioridades.

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2- Aplicar los conocimientos, destrezas y el lenguaje propio para las

comunicaciones

2.1 Comunicarse correctamente a través del uso de las claves policiales, sufijos e

indicativos:

Alfabeto fonético: Para cada letra del alfabeto existe una palabra clave y sus propósitos pueden

ser varios, como por ejemplo aclarar la forma como se escribe un nombre o palabra, también para

identificar la matrícula o placa de un medio de transporte o cosa; todo Agente de Seguridad debe

de conocerlo y aplicarlo.

A. ALFA K. KILO U. UNIFORM

B.BRAVO L. LIMA V. VICTOR

C. CHARLIE M. MIKE W. WHISKY

D. DELTA N. NOVEMBER X . X-RAY

E. ECHO O. OSCAR Y. YANKEE

F. FOXTROT P. PAPA Z. ZULU

G. GOLF Q. QUEBEC

H. HOTEL R. ROMEO

I. INDIA S. SIERRA

J. JULIET T. TANGO

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La definición del uso de los números es para facilitar la pronunciación, la comprensión y el registro

de todo dato numérico por medio verbal, escrito, electrónico u otro. Estos serán transmitidos en

forma cardinal (1,2, 3…) u ordinal (1º. 2º, 3º…), mientras en toda la transmisión se utilice el mismo

sistema; el guión se indica como separación.

NÚMERO No CARDINAL No ORDINAL

1 UNO PRIMERO

2 DOS SEGUNDO

3 TRES TERCERO

4 CUATRO CUARTO

5 CINCO QUINTO

6 SEIS SEXTO

7 SIETE SÉTIMO

8 OCHO OCTAVO

9 NUEVE NOVENO

0 CERO NEGATIVO

_

SEPARACIÓN SEPARACIÓN

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REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

Asamblea Legislativa de Costa Rica. Código Penal. (2009). San José, Costa Rica, Investigaciones Jurídicas.

Asamblea Legislativa de Costa Rica. Código Procesal Penal. (2009). San José, Costa Rica, Investigaciones Jurídicas

Asamblea Legislativa de Costa Rica. Ley de Servicios de Seguridad Privados. Ley N°8395.Su Reglamento y Reformas

Asamblea Legislativa de Costa Rica. Ley de Armas y Explosivos. Ley N°7530 y su Reglamento.

Asamblea Legislativa de Costa Rica. Ley General de Policía. Ley N°7410. Castillo, E. (2000). Estudio de las técnicas de comunicación utilizadas en la administración

de centros educativos en la región educativa de Heredia. Revista Latina de Comunicación Social, Nº 27, año 3, Tenerife. Recuperado el 10 de junio de 2006.

Cabanellas, G. (2000). Diccionario Jurídico Elemental. Buenos Aires. Editorial Heliasta Escaramuza, R. (1992). Estudios Psicológicos avanzados. Madrid España; Ediciones

contemporáneas. Sánchez, F.(2009). La tramitación de los procesos penales. San José, Costa Rica, Editado

por la Escuela Judicial Soto, M. (2008). Nociones básicas de Derecho. San José, Costa Rica, EUNED.

Tiffer, C.(2000). Responsabilidad civil y penal, mala praxis. San José, Costa Rica, ILANUD. White, O. (2008). Teoría General del Proceso. San José, Costa Rica, Editado por la

Escuela Judicial

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Manuales Consultados

Manual de Comunicaciones, Escuela Nacional de Policía, 2011.

Manual de Comunicación y Relación con los Ciudadanos, Escuela Nacional de Policía, 2011.

Manual de Derechos Humanos, Escuela Nacional de Policía, 2011.

Manual de Ética, Escuela Nacional de Policía, 2011.

Manual de Uso y Manejo de Armas de Fuego, Escuela Nacional de Policía, 2011. Manual de Seguridad Interna, Escuela Nacional de Policía, 2011.