Upload
others
View
0
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
CURSO DE INSPECTOR GUBERNAMENTAL PEL
ÓMÓDULO 13CAPÍTULO D - ADMINISTRACIÓN
Í ÓCAPÍTULO E – EQUIPO DE INSTRUCCIÓN DE VUELO
Lima, Perú – 26 al 30 Setiembre 2011
Objetivo2
Al término del módulo, los participantes estarán familiarizados con:familiarizados con:
Los requisitos de Administración y Equipos de Instrucción de Vuelo de
un CIAC / CEACun CIAC / CEAC
Contenido3
C ít l DCapítulo DAdministración
Exhibición del certificado
MatriculaciónMatriculación
Registros
Constancia de estudios
Capítulo D Exhibición del certificado
4
LAR 14X.300
El CIAC / CEAC deberá colocarlo en un lugar que sea accesible al público y donde pueda ser verificado su contenido sin p
ningún obstáculo.
El certificado debe estar a di i ió d l AACdisposición de la AAC para su
inspección.
Capítulo D ‐ Matriculación
5
Un CIAC debe proporcionar alUn CIAC debe proporcionar al estudiante al momento de su
inscripción, la siguiente Un CIAC / CEAC debe proporcionar al estudiante al momento de su inscripcióndocumentación:estudiante al momento de su inscripción,
la siguiente documentación:
Una constancia de inscripción consignando el nombre del curso en el cual l l tá i it l
Copia del currículo del d i t ióel alumno está inscrito, la
fecha de inscripción e inicio del curso;
programa de instrucción.
Capítulo D ‐ Matriculación
6
Un CIAC debe proporcionar alPara alumnos pilotos - LAR 141Un CIAC debe proporcionar al estudiante al momento de su
inscripción, la siguiente Copia de prácticas de El uso de instalaciones y documentación:seguridad que
describan:operación de la
aeronave.
Las condiciones meteorológicas mínimas requeridas por el CIAC
Los procedimientos de encendido del motor y Las precauciones y requeridas por el CIAC
para vuelos de instrucción, con doble mando y vuelo solo.
encendido del motor y rodaje de la aeronave en
plataforma.
procedimientos contra el fuego.
Capítulo D ‐ Matriculación
7
Un CIAC debe proporcionar alPara alumnos pilotos - LAR 141
Prácticas de SeguridadUn CIAC debe proporcionar al estudiante al momento de su
inscripción, la siguiente Reservas de combustible necesarias para vuelos locales y de travesía.
Prácticas de Seguridad
documentación:Precauciones con otras aeronaves en vuelo y en tierra.
Limitaciones de alturas mínimas e instrucciones para aterrizajes de emergencia simulados; y
Las instrucciones referentes a las áreas designadas para la instrucción de vuelo.
Capítulo D ‐ Matriculación
8
Los procedimientos de redespacho después de un aterrizaje no programado en el aeródromo base o
en otros aeródromos.
Los procedimientos de registro de discrepancias de la aeronave y reportesla aeronave y reportes.
Copia de las prácticas de seguridad
Medidas de seguridad de la aeronave cuando no está en uso o después de utilizarla.
seguridad
Capítulo D ‐ Registros9
Un CIAC / CEAC deberá mantener y conservar los i d ll d d l di dregistros detallados de los estudiantes para demostrar
que se han cumplido todos los requisitos del curso de instrucción de la forma aprobada por la AAC.
LAR 14X.310
Capítulo D ‐ Registros10
• El nombre del estudiante; LAR 14X.310• una copia de la licencia del estudiante si aplicara y un certificado médico
si es requerido;
• el nombre del curso, la marca y modelo del equipo de instrucción de vuelo utilizado, si aplica;
• los aspectos de experiencia previa cumplidos por el estudiante y el• los aspectos de experiencia previa, cumplidos por el estudiante y el tiempo de la instrucción recibida;
• una certificación oficial de las notas del CIAC al que asistió previamente, d lcuando sea el caso;
Cada expediente debe contener::debe contener::
Capítulo D ‐ Registros11
• La fecha de graduación del estudiante, fecha de conclusión de la instrucción o transferencia a otro CIAC;
• El rendimiento del estudiante en cada lección y el b d l i i ió l i iónombre del instructor que impartió la instrucción;
• Un gráfico del progreso de cada estudiante, mostrando los proyectos prácticos o trabajos demostrando los proyectos prácticos o trabajos de laboratorio completado o a ser completado en cada materia;
Cada expediente debe contener::
Cada expediente debe contener:debe contener::
Capítulo D ‐ Registros12
Cada expediente debe contener:
La fecha y resultado de cada prueba de conocimiento, prueba práctica final de cada curso y el
b d l i t t
el número de horas adicionales de instrucción que fue realizado después de cada
b á tinombre del instructor que condujo la prueba; y
prueba práctica no satisfactoria.
Capítulo D ‐ Registros13
Deberá mantener registros de las calificaciones e instrucción inicial y periódica del personal instructor y examinador cuando corresponda.
Deberá mantener una lista mensual de estudiantes inscritos en cada
curso aprobado que ofrece, la cual podrá ser solicitada por la AAC cuando lo considere oportunocuando lo considere oportuno.
Capítulo D ‐ Registros14
Los registros se deberán Un período mínimo 2 años después de completar la g
mantener por:p p
instrucción, pruebas o verificaciones;
Los registros de capacitación del personal, mientras el instructor o examinador está empleado en el
Las demostraciones periódicas y las verificaciones de la examinador está empleado en el
CIAC / CEAC y luego de dos (2) años de haber dejado éste.
competencia de cada instructor de vuelo, por lo menos por 2 años.
Capítulo D ‐ Registros15
El CIAC / CEAC deberá proveer al estudiante bajo solicitud y con un plazo razonable de tiempo una copiasolicitud y con un plazo razonable de tiempo, una copia de sus registros de instrucción.
El formato de los registros que utilice el CIAC / CEACEl formato de los registros que utilice el CIAC / CEAC para este fin, será especificado en el MIP;
L i ñ l d ió áLos registros señalados en esta sección serán sometidos a consideración de la AAC, cuando sea requerido.
La AAC no considerará el libro de vuelo personal (bitácora) del estudiante como suficiente para los registros requeridos en el párrafo (a) de esta sección
Capítulo D – Certificado de Graduación
16
Nombre y # LAR 14X.315
ycertificado del
centro.
Nombre del vuelos travesía El CIAC deberá
emitir un estudiante.(CIAC 141)emitir un
certificado de graduación a
cada estudiante que complete un
Título del curso y fecha graduación.
Record de instrucción y
entrenamiento, horas, turnos.
que complete un curso de
instrucción aprobado, que contenga:
Certificación de aprobación satisfactoria
,contenga:
satisfactoria.
Capítulo D – Certificado de Graduación
17
Un CIAC / CEAC no puede emitir un certificado de graduación o presentarlo a una evaluaciónde graduación o presentarlo a una evaluación
ante la AAC para obtener una licencia o habilitación, a menos que el estudiante haya:
Completado la instrucción y/o entrenamiento, señalado en el programa d i t ió b d l AACde instrucción aprobado por la AAC; y
aprobado todos los exámenes finales.
Capítulo D – Constancia de Estudios
18
Cuando sea solicitado, el CIAC/CEAC deberá proveer unaCIAC/CEAC deberá proveer una constancia de estudios a favor de cada estudiante graduado o de aquel que se retire antes de
graduarse.
Las notas finales del estudiante; y
La firma del personal
autorizado.
La constancia de estudios incluirá:
Si el estudiante completó
satisfactoriamenteestudios incluirá:
El curso de
satisfactoriamente este curso.
El nombre del estudiante.
El curso de instrucción y/o
entrenamiento en el cual el estudiante fue
matriculado.
Resumen19
C ít l DCapítulo DAdministración
Exhibición del certificado
MatriculaciónMatriculación
Registros
Constancia de estudios
CURSO DE INSPECTOR GUBERNAMENTAL PEL
MÓDULO 13 - CAPÍTULO E ÓEQUIPO DE INSTRUCCIÓN DE VUELO
Lima, Perú – 26 al 30 Setiembre 2011
Contenido ‐ Capítulo E21
E i d i t ió d l
• Aeronaves
Equipo de instrucción de vuelo
• Dispositivos de instrucción para simulación de vuelo.
• Clasificación y características de• Clasificación y características de dispositivos de instrucción para simulación de vuelo
Capítulo E ‐ Aeronaves22
El CIAC dispondrá de aeronaves consignadas en las ESINS, asegurándose que:C C d spo d á de ae o a es co s g adas e as S S, asegu á dose que
Tengan a lo menos de dos asientos, con un sistema
Puedan demostrar stall y no entrar en él y equipadas
Posea un CA vigente emitido o (Mantenida e
inspeccionada
Equipadas de acuerdo a lo requerido en
Tengan arneses de hombro yun sistema
duplicado de controles
primarios de vuelo.
él y equipadas para simular condiciones meteorológi‐cas de IFR;
convalidado por la AAC del Estado de matrícula;
inspeccionada conforme a
LAR aplicable;
requerido en las especifica‐ciones de los
cursos
hombro y equipos de audífono
apropiados.vuelo. cas de IFR;
Capítulo E ‐ Aeronaves23
Un CCIAC puede utilizar aeronaves con controles que no son fácilmente operadas de maneraque no son fácilmente operadas de manera convencional por ambos pilotos en vuelos de instrucción, si demuestra a la AAC que dicha instrucción puede ser conducida de manera segura.
La AAC podrá certificar aeronaves con CA restringido para uso en trabajos aéreos y cursos de operaciones especiales, si su uso para instrucción no está prohibido por las limitaciones de operación d lde la aeronave.
Sólo serán utilizados aeronaves aprobadas por la AAC con fines de instrucción.
Capítulo E ‐ Aeronaves24
U CIAC / CEAC d t l i t ió d l d d blUn CIAC / CEAC durante la instrucción de vuelo, de doble mando o vuelo solo, deberá llevar a bordo lo siguiente:
Un CIAC durante la instrucción de vuelo, de doble mando o vuelo solo, deberá llevar a bordo lo siguiente:Listas de
ifi ióCertificado de
aeronavegabilidad y matrícula;
Manual de operación de la
aeronave;
verificación para las fases de vuelo, que incluyan los procedimientos
l d
Libro de a bordo de la aeronave.
no normales y de emergencia; y
Capítulo E – Dispositivos de instrucción para simulación de vuelop
25
LAR 14X.405
(1) Cada maniobra y procedimiento estipulado por el f b i l d l i
(a) El CIAC / CEAC demostrará que cada dispositivo de instrucción
fabricante, para el modelo y serie de la aeronave, grupo de
aeronaves o tipo de aeronave simulada.cada dispositivo de instrucción
para simulación de vuelo está calificado y aprobado por la AAC,
para: (2) Cada plan de estudios o curso d i t ió l l lde instrucción en el cual el dispositivo de instrucción se
utiliza.
Capítulo E – Dispositivos de instrucción para simulación de vuelo
26
LAR 14X.405
El CIAC demostrará que cada dispositivo de instrucción para simulación de vuelo utilizado:
Es una réplica de igual tamaño de la aeronave o grupos de aeronaves,
incluyendo las Puede ser usado como
dispositivo de ycomputadoras para los sistemas instalados que
se necesitan para simular la operación de
pinstrucción básico de instrumentos y cumple los requisitos para tal
fin.
Será utilizado por un instructor de vuelo.
simular la operación de la aeronave en tierra y
en vuelo.
fin.
Capítulo E – Dispositivos de instrucción para simulación de vuelo
27
LAR 142.405
El CIAC demostrará que cada dispositivo de instrucción para simulación de vuelo utilizado:
Cuenta con un sistema de fuerza de señales, que provea estímulos
Utiliza un sistema visual que provea por lo menos una vista de
por lo menos equivalentes a los proporcionados por un sistema
de 3 grados de libertad de movimiento
campo horizontal de 45 grados y otra vertical de 30 grados
simultáneamente para cada pilotomovimiento. piloto.
Capítulo E – Dispositivos de instrucción para simulación de vuelo
28
LAR 14X.405El tipo de aeronave que
simula.
La aprobación otorgada por la AAC debe incluir:
Si es aplicable, cualquier variación particular dentro de
un tipo, para el cual la por la AAC, debe incluir: instrucción, chequeos y
verificaciones va a ser dirigido.
Las maniobras particulares, procedimientos o funciones a
ser desarrolladas.
Capítulo E – Dispositivos de instrucción para simulación de vuelo
29
Tener un mantenimiento que asegure la confiabilidad del
funcionamiento .
Pueda modificarse de acuerdo a
Cada dispositivo de instrucción
i l ió
Pueda modificarse de acuerdo a cualquier variación que se realice
en el modelo que se está simulando.
para simulación de vuelo deberá: Realizarse un chequeo de pre‐
vuelo diario antes de su utilización; y
Tener una bitácora para anotar discrepancias.
LAR 14X.405
Capítulo E – Clasificación y características de los dispositivos de instrucción de vuelo
30
Dispositivo de instrucción para simulación de vuelo
Entrenador para procedimiento de vueloEntrenador para procedimiento de vuelo
“Produce con toda fidelidad el medio ambiente del puestoProduce con toda fidelidad el medio ambiente del puestode pilotaje y que simula las indicaciones de los instrumentos, las funciones simples de los mandos de las instalaciones y
sistemas mecánicos, eléctricos, electrónicos, etc., de a bordo, y la performance y las características de vuelo de las
aeronaves de una clase determinada“
Capítulo E – Clasificación y características de los dispositivos de instrucción para simulación de vuelo
31
Dispositivos de InstrucciónDispositivos de Instrucción(Entrenador para procedimiento de vuelo )
Clase Clase Clase Clase Clase Clase Clase 1 2 3 4 5 6 7
Capítulo E – Clasificación y características de los dispositivos de instrucción de vuelo
32
Dispositivo de instrucción para simulación de vuelo.
Definición de Simulador de vueloDefinición de Simulador de vuelo
“Proporciona una representación exacta del puesto de pilotaje de p p p p jun tipo particular de aeronave, hasta el punto que simula
positivamente las funciones de los mandos de las instalaciones y sistemas mecánicos, eléctricos, electrónicos, etc., de a bordo, el
medio ambiente normal de los miembros de la tripulación de vuelo,medio ambiente normal de los miembros de la tripulación de vuelo, y la performance y las características de vuelo de ese tipo de
aeronave.”
Capítulo E – Clasificación y características de los dispositivos de instrucción de vuelo
33
LAR 142.410
SIMULADORES
Nivel A Nivel B Nivel C Nivel DNivel A Nivel B Nivel C Nivel D
Resumen ‐ Capítulo E34
E i d i t ió d l
• Aeronaves
Equipo de instrucción de vuelo
• Dispositivos de instrucción para simulación de vuelo.
• Clasificación y características de• Clasificación y características de dispositivos de instrucción para simulación de vuelo
GRACIAS POR SU ATENCIÓN
Reynaldo José dos Santos
Instructor
CURSO DE INSPECTOR GUBERNAMENTAL PEL
Lima, Perú – 26 al 30 Setiembre 2011