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PODERJlIlIOAl DE LA RDERAOON SUI'IIUAA CORTE DE ¡USllClA lA NAQOO Suprema Corte de Justicia de la Nación Oficialía Mayor Dirección General de Recursos Materiales FECHA: JULIO 5, 2017 PUNTO PARA ACUERDO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS, OBRAS Y DESINCORPORACIONES Autorización para la renovación sin procedimiento de adjudicación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a las estaciones terrenas y los equipos que la conforman, proporcionados por la empresa Teletec de México, S.A.P.1. de C.V. 1. ANTECEDENTES 1. En su ga sesión extraordinaria, celebrada el 14 de julio de 2015, el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASaD) adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: "Séptlmo. - Se solicita al Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, autorizar la emisión del fallo del Concurso por Invitación Pública CIP/SCJN/DGRM-DABI/002/2015, para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos que integran la estación terrena. El Comité acuerda por unanimidad: con fundamento en el artículo Bl, fracción VII del AGA VI/200B, se autoriza la adjudicación a Teletec de México, S.A.P.I. de C. v., con un importe de $5,455,200.00, sin incluir el IVA, sujeto a que la Dirección General de Tecnologías de la Información emita una comunicación en la que precise que el presupuesto estimado contempla 12 meses y deben ser 24 meses, proporcionando el presupl!esto correcto. Asimismo, a que se cuente con la disponibilidad presupuestal para lo que resta del año en curso. " Una vez solventado lo solicitado por el CASaD, se suscribió el contrato ordinario SCJN/DGRM/DABI-067/07/2015 con la empresa Teletec de México, S.A.P.I. de C.V., quien fue la única empresa que participó en el procedimiento de CIP/SCJN/DGRM-DABI/002/2015 y ha sido la única que ha participado en diversos procedimientos y se le han adjudicado los servicios desde 2012. El periodo contratado fue por veinticuatro meses a partir del 10 de agosto del 2015 y su vigencia vence el 31 de julio de 2017. Monto del contrato $5,455,200.00 pesos, más el 16% de I.V.A., equivalente a $872,832.00 pesos, dando un importe total de $6,328,032.00 pesos. ee /SNR/MAE --1 7GVV Versl . n 3 05/e; \ C"':S Página 1 de 11

D~ lA NAQOO FECHA: JULIO 5, 2017 · 2018-12-03 · DGRM/DABI/3042/2017, del 18 de enero, 9 y 28 de febrero, 16 de marzo, 6 ... necesarios para someter el punto para acuerdo a consideración

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PODERJlIlIOAl DE LA RDERAOON SUI'IIUAA CORTE DE ¡USllClA D~ lA NAQOO

Suprema Corte de Justicia de la Nación Oficialía Mayor Dirección General de Recursos Materiales

FECHA: JULIO 5, 2017

PUNTO PARA ACUERDO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS, OBRAS Y DESINCORPORACIONES

Autorización para la renovación sin procedimiento de adjudicación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a las estaciones terrenas y los equipos que la conforman, proporcionados por la empresa Teletec de México, S.A.P.1. de C.V.

1. ANTECEDENTES

1. En su ga sesión extraordinaria, celebrada el 14 de julio de 2015, el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASaD) adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

"Séptlmo. - Se solicita al Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, autorizar la emisión del fallo del Concurso por Invitación Pública CIP/SCJN/DGRM-DABI/002/2015, para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos que integran la estación terrena.

El Comité acuerda por unanimidad: con fundamento en el artículo Bl, fracción VII del AGA VI/200B, se autoriza la adjudicación a Teletec de México, S.A.P.I. de C. v., con un importe de $5,455,200.00, sin incluir el IVA, sujeto a que la Dirección General de Tecnologías de la Información emita una comunicación en la que precise que el presupuesto estimado contempla 12 meses y deben ser 24 meses, proporcionando el presupl!esto correcto. Asimismo, a que se cuente con la disponibilidad presupuestal para lo que resta del año en curso. "

Una vez solventado lo solicitado por el CASaD, se suscribió el contrato ordinario SCJN/DGRM/DABI-067/07/2015 con la empresa Teletec de México, S.A.P.I. de C.V., quien fue la única empresa que participó en el procedimiento de CIP/SCJN/DGRM-DABI/002/2015 y ha sido la única que ha participado en diversos procedimientos y se le han adjudicado los servicios desde 2012. El periodo contratado fue por veinticuatro meses a partir del 10 de agosto del 2015 y su vigencia vence el 31 de julio de 2017. Monto del contrato $5,455,200.00 pesos, más el 16% de I.V.A., equivalente a $872,832.00 pesos, dando un importe total de $6,328,032.00 pesos.

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PODER JUOICAI. DE lA FtDEJIAOON SlIMEMA CORTE DE MOCIA DE LA NAOON

Para una mejor identificación de los servIcIos contratados, a continuación se desglosa el importe de cada uno de ellos: (Anexo 1)

Teletec de México, S.A.P.I. de

Sub- Unidad C.V. Partida Descripción de los Servidos de cantidad PrecIo partidas

Medida Mensual Subtotal sin

M.N. I.V.A. M.N.

Servicios de Mantenimiento Preventivo, Correctivo y de Soporte Técnico para la

1.1 Estación Terrena en Configuración Mes 24 $ 60,600.00 $ 1,454,400.00 Redundante y los equipos Que la conforman. Servicios de Mantenimiento Preventivo,

1 1.2 Correctivo y de Soporte Técnico para dos Mes 24 $ 21,700.00 $ 520,800.00 Enlaces de Microondas Marca Elber. Servicio de Mantenimiento Preventivo, Correctivo y Soporte Técnico para las

1.3 Estaciones Terrenas de Recepción Mes 24 $ 145,000.00 $ 3.480,000.00 Satelital (Down-Link) en 38 Casas de la Cultura Jurídica .

Sub total $ 227,300.00 $ 5,455,200.00

I .V.A. $ 36,368.00 $ 872,832.00

Total $ 263,668.00 $ 6,328,032.00

n. SOLICITUD

2. Mediante oficios DGRM/DABI/491/2017, DGRM/DABI/1087/2017 DGRM/DABI/1559/2017, DABI/253/2017, DGRM/DABI/2611/2017 Y DGRM/DABI/3042/2017, del 18 de enero, 9 y 28 de febrero, 16 de marzo, 6 de abril y 2 de mayo de 2017 respectivamente, la Dirección General de Recursos Materiales (DGRM) hizo del conocimiento de la Dirección General del Canal Judicial (DGCJ) que sometería a la consideración del Comité de Gobierno y Administración la autorización para la contratación plurianual de diversos servicios próximos a vencer por lo que, para el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos que integran la estación terrena de transmisión satelital, se solicitó indicara el periodo requerido para contratar dichos servicios y remitiera los formatos de dictamen de procedencia administrativa, evaluación escrita, anexo técnico, dictamen de calidad de los servicios y competitividad de precios, necesarios para someter el punto para acuerdo a consideración del Comité de Gobierno y Administración. (Anexo 2)

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACJON SUPIIEMACORTE OE IUSnclA OE LA NAOON

3. La DGCJ, con oficio DGCJ/0539/2017 recibido en la DGRM el 15 de mayo de 2017, solicitó realizar los trámites necesarios para renovar 2 de los servicios amparados en el contrato SCJN/DGRM/DABI-067/07/2015 con la empresa Teletec de México, S.A.P.I. de C.V., siendo los siguientes: (Anexo 3)

1) Mantenimiento preventivo, correctivo y de soporte técnico para la estación terrena en configuración redundante y los equipos que la conforman.

2) Mantenimiento preventivo, correctivo y de soporte técnico para las estaciones terrenas de recepción satelital en 39 Casas de la Cultura Jurídica.

La DGCJ indicó que el periodo de contratación sería por 24 meses, del 10 de agosto de 2017 al 31 de julio de 2019, señalando un costo estimado de $6,227,304.00 pesos, más I.V.A., así como también envió los siguientes documentos:

a) Anexo Técnico b) Metodología para la obtención del precio estimado c) Dictamen de procedencia administrativa d) Evaluación escrita e) Dictamen de calidad de los servicios y competitividad de precios

4. La DGO, mediante oficio DGCJ/0492/2017 del 4 de mayo de 2017, remitió entre otras, la evaluación cuatrimestral (enero-abril) realizada al servicio de mantenimiento preventivo, correctivo y de soporte técnico para la estación terrena en configuración redundante y los equipos que la conforman, dos enlaces de microondas marca Elber y las estaciones terrenas de recepción satelital en 39 Casas de la Cultura Jurídica, proporcionados por la empresa Teletec de México, S.A.P.I. de C.V. Se consideró una CCJ más para el presente procedimiento. (Anexo 4)

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PODER JUDICIAl. DE LA FEDERACIÓN SUMlMA COIITE DE M TlCIA DE lA NAOON

III. FUNDAMENTO LEGAL

Acuerdo General de Administración VI/200S del Comité de Goblemo y Administración de la SON

Articulas Nombre Fracción Nombre tesJ

20 Atribuciones del Comité XIX Las demás que le sean otorgadas por este Acuerdo General.

34 Limitación para la

Suficiencia presupuestal contratación

Contrataciones que 3S abarquen más de un II Contrataciones Plurianuales

ejercicio presupuestal

36 Requisitos del

1, 11 Y III Especificaciones técnicas, justificación,

proced i miento PAN 2017.

37 Costo para efectos de la Estimado sin incluir el LV.A.

clasificación

39 Clasificación de las

I Por su monto: Superior Contrataciones

Autorización del CASOD, justificar la Renovación sin conveniencia de continuar con los '

50 procedimiento de 1, II Y III servicios e indicar el incremento adjudicación pretendido y la proporción que guarda

en relación con el INP

IV. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL y PAN (Anexo 5)

Certificado de Monto contemplado en el Disponibilidad Fecha Monto en M.N.

Presupuesta I PAN del año 2017

240/2017 8 de junio de

$7,223,672.64 $1,504,931.80 2017

La diferencia de $5,718,740.84 pesos, corresponde a servicios que se estimó se proporCionarían para los ejercicios fiscales 2018 y 2019, queda sujeta a la disponibilidad presupuestal que autorice la H. Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para dichos ejercicios fiscales.

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PODER JtJDIOAI. DE LA FBlEllA/JON SUl'ft'MA CORU CE JusncUl. DE LA NAClON

V. INICIO DEL PROCEDIMIENTO

5. Mediante correos electrónicos del 22 de mayo, 5 y 13 de junio de 2017, la Dirección de Adquisición de Bienes Informáticos, Comunicaciones y Material Bibliohemerográfico de la DGRM, solicitó a la empresa Teletec de México, S.A.P.I. de C.V., su propuesta técnica y económica para renovar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para los equipos que integran las estaciones terrenas, por el periodo del 10 de agosto de 2017 al 31 de julio de 2019. (Anexo 6)

6. La empresa Teletec de México, S.A.P.I. de C.V., el 21 de junio de 2017 presentó en la DGRM la propuesta técnica, misma que con oficio DGRM/DABI/4184/2017 del 23 de junio de 2017, fue remitida a la DGCJ con la finalidad de que fuera elaborado el dictamen resolutivo técnico. (Anexo 7)

oC oC e e ~ PRECIO IMPUESTO AL F DESCRIPCIÓN UNIDAD VIGENCIA SUBTOTAL VALOR TOTAL

~ il5 UNITARIO AGREGADO

i!

SeMeJo, de mantenlmleMlo preventivo. correctivo y de soporte técnico

1.1 para la Estación Mes 24 565.799.00 51,579,17600 5252.668.16 51.831.844.16 Terrena, en configurac1ón redundanle y los equipos que la conforman

1 Servicios de mantenimiento preventivo, correctivo y sopone técnico para las

1.2 Estaciones Mes 24 $157.43900 $3,778.536.00 5604,565.76 $4,383,101 .76 Terrenas de recepción de satelital (Oown-Link) en 39 Casas de la Cullura Jurldica.

TOTAL 55.357,712.00 5857.233.92 S6,214.94592

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PODER JUDlQAl. DE LA FEDERACDN WPflEMA (ORn DE JUSTICIA DE lA NAOON

7. La empresa Teletec de México, S.A.P.I. de C.V., el 22 de junio de 2017, presentó en la DGRM la propuesta económica correspondiente. (Anexo 8)

8. La DGCJ mediante oficio DGCJ/0712/2017, recibido el 28 de junio de 2017 en la DGRM, informó lo siguiente: (Anexo 9) ···0

la propuesta hecha por la empresa Teletec de México, S.A.P.I. de C. v. ..

para renovar el servicio de mantenimiento preventivo, correctivo y soporte técnico para la estadón terrena en configuradón redundante y los equipos que la conforman, así como para las estaciones terrenas de recepción satelital en 39 Casas de la Cultura Jurídica, respectivamente, cumple con todas las características técnicas y toda la documentación solicitadas en el anexo técnico ...

VI. MONTO

El monto de la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a las estaciones terrenas y los equipos que la conforman, por un periodo de 24 meses, del 1 de agosto de 2017 al 31 de julio de 2019, asciende a $5,357,712.00 (Cinco millones trescientos cincuenta y siete mil setecientos doce pesos 00/100 M.N.), más I.V.A., equivalente a 962,578.51 UDIS·(Valor de la UDI 5.566)

VII. PRESUPUESTO

La erogación que implica la presente contratación se realizará con cargo en la partida presupuestaria 35301 "Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos", comprometido en la Unidad Responsable 1130200: "Dirección General del Canal Judicial".

La DGCJ señaló que la contratación se encuentra contemplada en el PAN 2017.

VIII. CUMPLIMIENTO DEL AGA VI/2008.

Por sus características particulares se trata de una renovación sin procedimiento de adjudicación, ya que se ubica en el supuesto previsto en el artículo 50 del Acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración, conforme lo siguiente:

Supuestos del articulo 50 del Cumplimiento

~f AGA VI/200a

Fracción l. Invariablemente Con el presente Punto para Acuerdo se somete a consideración del Comité de se requerirá la autorización Adquisiciones y Servicios, Obras y Oesincorporack>nes, la autorización del Comité. corresoondlente.

CCCS/SNR/MAE~VV Página 6 de 11

versión :~7 \A~

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PODER JOOIQA1. DE LA FEDEftN:I)N ~RfMA(~T(~~;,.~JA~~ __________________ -r ________________________ -' ______________________________________________ -,

Freccl6n n. El área correspondiente deberá justificar la conveniencia de continuar con los servicios de que se trate, para lo que deberá emitir un dictamen en el que se evalúe la calidad de los servicios y la competit ividad de los preCios.

CCS/SNR/MAEV/";1.·-VV V rsión 3 05/~"

e-~

Cumplimiento

La DGCl, mediante oficio DGCl/0539/2017 del 15 de mayo de 2017, envió el dictamen de calidad de los servicios y competitividad de precios, que se resume como Sigue:

JUSnFICAClóN

El Canal Judld!1 d~ 14 Suprema Corte de Justicia de la Nación requIere mantener la transmisión satelltal de su programación durante las 24 horas de los 365 dlas del año, por lo Que tener en condicIones óptlm4s de operacIón los equipos Que Integr4n I~ estacIón terrena de transmisión satelltal propiedad de la Suprema Corte de JusticIa se hace Indlspensaole. Se requIere contar con los servicios de mantenimiento Que permitan la operacIón contlnu4 de los equIpos que IntervIenen en 14 transmisión de la programación, Incluyendo la estacIón te"ena propIedad de la Suprema Corte de JustIcIa de la N4clón a cargo del Canal Judicial. Para el C,Jn41 Judlel41 es necesarIa la contratación de una empresa especIalizada en el ramo de I.3s telecomunicacIones, Que se encargue de proporcIonar el IT14ntenlmlento preventIvo y correctIvo, así como el soporte técnIco que requIere la Infra~ructur4 de la estacIón terrena de transmIsIón satelltal Que tIene a su cargo. De Igual forma se requIere Que a las estaciones terrenas de recepcIón satelltal ublcad.3s en 39 Casas de la Cultura JurídIca se les proporcIone el mantenimIento preventivo y correctivo, así como el soporte Mcnlco, con la finalidad de mantener en condicIones óptImas de operacIón los equIpos Que las Integran, permItiéndoles ver los contenIdos de la programación que transmite el Canal Judicial. El Que se41a misma empresa la Que proporcione los servicios requerIdos garantiza que, la empresa cuenta con el conocImiento de las características técnicas de la transmisIón y de la recepción, evitando al máximo pOSible los cortes de la señal en los lugares de destino. Por otro lado, el prestador de 105 dos servIcios está en condIcIones de sugerIr mejoraS técnicas en la transmIsIón y en los equipos que componen las estaciones de recepCión satellta!, tod4 vez que conoce las condiciones de las mismas.

DIctamen TécnIco de C4lldad dtl los servIdos

De conformidad con lo señalado en el artículo SO, fracción II del "Acuerdo General de AdmInIstración VI/Z008 del Comité de Goblemo y Administración de la Suprema Corte de JusticIa de la Nación" por tll que se regulan los procedimientos p6ra la adquisIcIón, admInistración y deslncorporaclón de bIenes y la contratación de obras, usos y servIcIos requeridos por este Alto Tribuna!, se extiende el presente dictamen. Respecto a Id calidad de 105 servIcIos proporcionados por Teletec de MéxIco, S.A.P.I. de C. v., esta DireccIón General del Canal JudIcial consIdera Que se h6 cumplido con las caraderístlcas contratadas, con la g4rantía de que no se han presentado fallas Que Interrumpan la transmIsión permanente de la progralTldclón Es conveniente renovar el contrato con Teletec de />I/helco, S.A.P.l. de C. v., toda vez Que la Infraestructur4 t~cnlca de la estación terrena de transmisión satellta!, propiedad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y a cargo del Canal Judicial, fue totalmente Instalada y puesta en marcha por la empresa mencionada, por lo que se garantiza contar con el personal capacitado para la aplicación de los servicIos requeridos. Por otro lado la empresa Teletec de México, S.A.P.l. de C. V. fue la que suminIstro los equipos que Integran la estación ten-ena de transmisión satelltal, lo Que 94rantlza el contar con el respaldo de los fabricantes ~n el caso de cualquier mantenimiento corredlvo que se requiera, reduciendo al mínimo 14 poSibilidad de quedar fuera del aIre por daño en los mismos.

- Es la empresa Que realizo la Instalación, puesta en marcha y cap4clt4clón en la operacIón de la estación terrena.

- Es la empres4 que cuenta con el personal calificado que conoce las Instalaciones para proporcionar los servicIos en los tiempos requerIdos por el Canal.

- Es la empresa que desde el año 2012 ha realizado los mantenimientos a los equIpos, sIn Que a la fecha se hayan presentado Interrupciones en la transmisión de 14 programacIón del Canal mediante la estación terrena propIedad de la Corte.

- El personal de la empresa Teletec de México, S.A.P.l. DE C. V. es el que desde el año 2012 ha estddo en contrJcto directo con las 39 Casas de Cultura JurídIca donde se tfenen Instaladas las estiJclones terrenas de recepcIón satellta!, proporcionándoles el miJntenlmlento requerido por el Canal Judicial, además de trabajos de Instalación y deslnstaliJclÓn de equipos y antenas, así como los ajustes necesarios en antenas y receptores, 4tendlendo los cambios en la transmIsión, como el paso de la televisión analóglcd a Id televisión dIgItal en SO y después a HD.

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACJON ~IWC~T(~M~~~~~~~~~~~-r __________________________________________________________ -'

Supuestos del articulo 50 del AGA VI/200á

Fraccl6n 111. Dentro de la

Cumplimiento

Respecto a la competitIvidad de los precios: resulta conveniente la contratación con Teletec de México, S,A. de C, V., debido a que:

a) La contratación solicitada es de 24 meses de los servicios, por ende no se vería incrementada la propuesta económica durante los aflos 2018 y 2019 por el índice Nacional de Precios al ConsumIdor (INCP), porque el contrato determinaria un precio rijo por los servicios antes mencionados.

b) Tal como se puede apreciar, el precio ofertado por Teletec de México, S.A. de C. V. en la propuesta para 2017 es inferior respecto a otra propuesta, toda vez que el cobro de sus servicios prestados para la Suprema Corte de Justicia de la Nación, representa un ahorro de $838,584.00 (Ochocientos treinta y ocho mil quinientos quinientos ochenta y cUdtro pesos 00/100 M.N.), en comparación de lo que pretende cobrar otra empresa, por los mismos servicios.

Por lo antes expuesto, la Dirección General del Canal Judicial, dictamina la conveniencia técnica, operativa y económica señaladas en el presente documento, para que se renueve el instromento SCJN/DGRM/DA8/·067/07/2015, en las suóp"rtidas 1.1 y 1.3, con la empresa Teletec de México, S.A.P.I. de C. V. por el periodo del 1 de agosto de 2017 al 31 de julio de 2019. Monto mensual del contrato por subpartlda, del 10 de agosto de 2015 al 31 de Julio de 2017. Monto ejercido mensualmente Subpartlda 1.1: $60,600.00, no Incluye LV.A. Monto ejercido mensualmente Subpartlda 1.3: $145,000.00 no Incluye L V.A.

Justificación se Indicará el Monto mensual de la renovación por 24 meses del 1° de agosto de 2017 al 31 de Julio de Incremento pretendido y la 2019. proporción que guarda en Monto ejercido mensualmente (Antes Subpartlda 1.1) relación con el índ ice nacional de $ 65,799.00, no Incluye I.V.A. precios al consumidor que Monto ejercido mensualmente (Antes Subpartlda 1.3) publica el Banco de México. $157,439.00 no Incluye LV,A.

El Índice NaCional de Precios al Consumidor acumulado por el periodo de julio de 2015 a mayo de 2017 (publicación mensual del Instituto Nacional de Estadistica y Geografía), es de 8.58 %. La proporción Que guarda el incremento pretendido por Teletec de México, S.A.P.I . de C.V. para la nueva vigencia es de 8.58%

Teletec de México, S.A.P.I. de C.V., deberá presentar la fianza de cumplimiento correspondiente que ampare la contratación solicitada por la DGCJ.

IX. PLURIANUALIDAD

La presente contratación es plurianual, y para la misma se satisface lo señalado en el artículo 50, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 35 fracción lI, del Acuerdo General de Administración VI/2008, como a continuación se señala: (Fuente: oficio DGCJ/0539/2017 y sus anexos de la

GCJ).

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PCOEJI JUDICIAl DE lA fEDEII.OCIlN SUPRlMA(OIIn ot IlISIICIA ot LA NAOON

Se requiere que los equipos se mantengan en óptimas condiciones de operación, por lo que es necesario un mantenimiento preventivo, correctivo y soporte técnico de manera constante e interrumpible, para el Canal Judicial es indispensable la contratación de una empresa con la experiencia suficiente para soportar los servicios requeridos.

Este Alto Tribunal obtendrá ventajas económicas al contratar los servicios por 24 meses debido a que en el segundo y tercer año del contrato, los precios no sufrirán incrementos; se ahorrará tiempo en procedimientos administrativos para la recontratación; se aseguraría la transmisión de la programación del Canal Judicial, incluyendo las transmisiones en vivo de las Sesiones del Pleno de la SCJN y las de la Sala Superior del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación.

El plazo de 24 meses corresponde al tiempo necesario para realizar todos y cada uno de los servicios contemplados en la contratación que se plantea, así como garantizar la preservación de los mismos.

1. La erogación que implica esta contratación se realiza con cargo a la partida presupuestaria 35301 "Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos", misma que se identifica como gasto corriente, y unidad responsable 1130200 "Dirección General del Canal Judicial".

2. El monto total de esta contratación plurianual es por la cantidad de $6,214,945.92 (Seis millones doscientos catorce mil novecientos cuarenta y cinco pesos 92/100 M.N.), incluye el LV.A., que se integra conforme a lo siguiente:

Periodo Importe a ejercer por año, Induye el I.V.A.

Agosto a diciembre de 2017 $ 1,294,780.40

Enero a Diciembre de 2018 $ 3,107,472.96

Enero a Julio de 2019 $ 1,812,692.56

Total $ 6,214,945.92

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V rsión 3 05/ 2017 --

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POOEII JUDICIAl. Of LA FID_ SU!'lUMA(ORTl DI MncIA Of LA NA.C:lCIN

Para los ejercicios 2018 y 2019 los recursos quedarán sujetos a la autorización del Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente, con fundamento en lo establecido en el artículo 50 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y en lo dispuesto en el último párrafo de la fracción II del artículo 35 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El Acuerdo General de Administración 1/2012 del catorce de junio de dos mil doce del Comité de Gobierno y Administración por el que se regulan los procesos de planeación, programación, presupuestación, ejercicio y contabilidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, vigente a partir del 10 de julio de 2012, en su artículo 70 establece lo siguiente:

"Las Unidades Responsables Integradoras, requerirán la autorización del Comité de Gobierno para cada contrato multianual que suscriban y que esté contemplado en su Programa Anual de Necesidades."

En la sesión celebrada el 8 de junio de 2017, el Comité de Gobierno y Administración autorizó, entre otros, la multianualidad de esta contratación . (Anexo 10)

X. PROPUESTA

Por lo expuesto se somete a consideración del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, lo siguiente:

Autorizar la renovación sin procedimiento de adjudicación del servIcIo de mantenimiento preventivo y correctivo a las estaciones terrenas y los equipos que la conforman, con la empresa Teletec de México, S.A.P.1. de C.V., por el periodo del 10 de agosto de 2017 al 31 de julio de 2019, por un monto total de $5,357,712.00 (Cinco millones trescientos cincuenta y siete mil setecientos doce pesos 00/100 M.N.) a razón de $223,238.00 (Doscientos veintitrés mil doscientos treinta y ocho pesos 00/100 M.N.) mensuales, estos montos no

cluyen el 1. V.A.

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PODER JUDICIAL DE LA fEDERACJON SUPREMA CORtE Of Jl15nCIA DE lA N.t.CION

La forma de pago será de 24 mensualidades vencidas, una vez recibidos los servicios a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los cuales serán validados por la DGCJ.

ATENTAMENTE

ERAS SELVAS GENERAL

K::>I.J::J MATERIALES

CS/SNR AEV/~"~VV v rslón 3 5/0~

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UC. MAGDALENA ACOSTA URQUIDI DIRECTORA GENERAL DEL CANAL JUDICIAL

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