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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE ANALISIS CONTABLE DAC. N° 39 IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES POBLICAS SOBRE LA APLICACION DE LOS "ESTADOS FINANCIEROS" DEFINIDOS EN EL OFICIO — CIRCULAR N° 54.977, DE 2010, DE ESTE ORGANISMO CONTRALOR. SANTIAGO, 1) 7. JCT 2 0 1 1. f) 6 3 6 5 2 La Contraloria General de la Republica, en use de las facultades establecidas en la ley N° 10.336, Organica Constitucional del Servicio, viene en impartir las instrucciones relacionadas con la aplicacion de las normas contenidas en el oficio—circular N° 54.977 de 2010, de esta Entidad Fiscalizadora, sobre la preparacion de los Estados Financieros, que permitan determinar la situacion financiera, presupuestaria y patrimonial de as instituciones, organismos y entidades que integran el Sector PUblico, a contar del ejercicio contable correspondiente al aho 2011. 1. Consideraciones generates Los Estados Financieros que corresponde preparar son los siguientes: el Estado de Situacion Patrimonial o Balance General; el Estado de Resultados; el Estado de Situacion Presupuestaria; el Estado de Flujos de Efectivo y el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, los cuales deberan acompariarse con las correspondientes notas explicativas. Con el objeto de facilitar la preparaci6n y remision de los referidos Estados, la Contraloria General conjuntamente con la Direccion de Presupuestos del Ministerio de Hacienda (DIPRES), en use de las atribuciones legales que les competen en esta materia, han establecido un mecanismo mediante el cual las entidades pUblicas podran obtener los Estados Financieros desde el Sistema de Informacion para la Gestion Financiera del Estado - Agregaci6n (SIGFE—Agregacion) que administra la mencionada reparticion. El procedimiento indicado en el parrafo anterior se aplicara a los servicios que operan con SIGFE, ya sea en forma directa (modalidad transaccional), o bien, que reportan desde sus propios sistemas a la modalidad de agregacion de SIGFE. Cabe senalar que tal funcionalidad se pondra a disposicion de las entidades mediante las instrucciones que al efecto impartira oportunamente la DIPRES. tr A LOS SENORES JEFES DE SERVICIOS ALCALDES DEL PATS Y RECTORES DE UNIVERSIDADES DEL ESTADO PRESENTE RTE ANThCED

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DAC. N° 39 IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES POBLICAS SOBRE LA APLICACION DE LOS "ESTADOS FINANCIEROS" DEFINIDOS EN EL OFICIO — CIRCULAR N° 54.977, DE 2010, DE ESTE ORGANISMO CONTRALOR.

SANTIAGO, 1) 7. JCT 2 0 1 1. f) 6 3 6 5 2

La Contraloria General de la Republica, en use de las facultades establecidas en la ley N° 10.336, Organica Constitucional del Servicio, viene en impartir las instrucciones relacionadas con la aplicacion de las normas contenidas en el oficio—circular N° 54.977 de 2010, de esta Entidad Fiscalizadora, sobre la preparacion de los Estados Financieros, que permitan determinar la situacion financiera, presupuestaria y patrimonial de as instituciones, organismos y entidades que integran el Sector PUblico, a contar del ejercicio contable correspondiente al aho 2011.

1. Consideraciones generates

Los Estados Financieros que corresponde preparar son los siguientes: el Estado de Situacion Patrimonial o Balance General; el Estado de Resultados; el Estado de Situacion Presupuestaria; el Estado de Flujos de Efectivo y el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, los cuales deberan acompariarse con las correspondientes notas explicativas.

Con el objeto de facilitar la preparaci6n y remision de los referidos Estados, la Contraloria General conjuntamente con la Direccion de Presupuestos del Ministerio de Hacienda (DIPRES), en use de las atribuciones legales que les competen en esta materia, han establecido un mecanismo mediante el cual las entidades pUblicas podran obtener los Estados Financieros desde el Sistema de Informacion para la Gestion Financiera del Estado - Agregaci6n (SIGFE—Agregacion) que administra la mencionada reparticion.

El procedimiento indicado en el parrafo anterior se aplicara a los servicios que operan con SIGFE, ya sea en forma directa (modalidad transaccional), o bien, que reportan desde sus propios sistemas a la modalidad de agregacion de SIGFE. Cabe senalar que tal funcionalidad se pondra a disposicion de las entidades mediante las instrucciones que al efecto impartira oportunamente la DIPRES.

tr A LOS SENORES JEFES DE SERVICIOS ALCALDES DEL PATS Y RECTORES DE UNIVERSIDADES DEL ESTADO PRESENTE

RTE ANThCED

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Previa at use del citado mecanismo, Jos servicios deberan tener presente las normas relativas at cierre del ejercicio contable y que seran impartidas por este Organismo Contralor en el mes de diciembre de este ano. Esas normas cubriran, entre otros aspectos, el cierre de las cuentas presupuestarias y de gestion econ6mica; la regularizacion de los anticipos otorgados a terceros; la contabilizacion de los compromisos y derechos financieros; la actualizacion de recursos y obligaciones; y otros cierres y regularizaciones. Ademas, los servicios deberan considerar la regularizacion oportuna de aquellas cuentas que presentee saldos no acordes con su naturaleza.

Una vez obtenidos los Estados Financieros, estos se deberan remitir a este Organismo Contralor, por los medios tecnologicos que para estos efectos se disponga en la pagina web institucional www.contraloria.cl . Lo anterior, con el propOsito de asegurar la integridad y seguridad de la informacion, dada la responsabilidad que Je asiste a la autoridad de cada servicio, respecto de su contenido. El plazo de presentaci6n de los Estados Financieros sera desde el 2 at 30 de abril del ano 2012.

2. Acerca de los Estados Financieros

Los Estados Financieros deberan prepararse en base a las operaciones registradas en conformidad con lo previsto en Ia normativa y procedimientos contables vigentes a que se refieren los oficios — circulares N°s 60.820 de 2005 y 54.900 de 2006 y presentarse de acuerdo con el diserio establecido en el oficio N°54.977 de 2010.

En esta oportunidad, los Estados finalizados at 31 de diciembre de 2011 y sus notas explicativas, deberan incluir en forma comparativa el Balance General y el Estado de Resultados correspondientes at ejercicio 2010, los cuales se presentaran actualizados en forma extracontable, usando el mismo porcentaje aplicado para actualizar el patrimonio inicial. El formato y extension de las notas explicativas tambien estara disponible junto a los estados financieros, pero su contenido debera ser proporcionado por los servicios, de acuerdo con las orientaciones que se incluyen en Anexo adjunto.

En cuanto at contenido de los Estados Financieros, los servicios deberan efectuar los analisis que permitan asegurar que la clasificacion de los activos y pasivos, de los ingresos y los gastos patrimoniales. como asimismo la segregacion de los flujos de efectivos, se ajusten a los terminos definidos sobre la materia en el oficio—circular N° 54.977 de 2010.

En relacion con el Estado de Flujos de Efectivo, cabe referirse al tratamiento que debe darse a la inversion temporal que efectuan las entidades publicas en conformidad con las normas que regulan Ia participaciOn del sector public° en el mercado de capitales. De acuerdo con el tratamiento presupuestario y contable, definidos en el decreto N° 854 de 2004 del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones y en el oficio-circular N° 60.820 de 2005, y sus modificaciones. el saldo de las inversiones de caracter temporal pendientes de rescate at cierre del ejercicio, debera presentarse en el rubro Flujos Originados por Actividades de Inversion.

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Del mismo modo, debera analizarse la composicion del flujo de efectivo proveniente de la recuperaciOn de prestamos por concepto de ingresos por percibir, can el objeto de proceder a su reclasificacion y presentacion conforme a la naturaleza u origen de los mencjonados ingresos. De igual forma debera procederse respecto del flujo de efectivo incurrido en el servicio de deuda, can el objeto de clasificar y presentar el flujo correspondiente a la deuda flotante segOn el origen de este concepto.

Por su parte, en el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, solamente se consideraran los aumentos originados por donaciones de bienes y las disminuciones causadas por detrimentos de bienes contabilizadas en las cuentas pertinentes (31104 Detrimento en Bienes y 31105 Detrimento Patrimonial de Bienes). No se permitira informaciOn en las agrupaciones relativas a "Cambios de Politicos Contables" y "Ajuste por Correccion de Errores". Sin perjuicio de lo anterior, cualquier diferencia significativa entre los patrimonies inicial y final del ejercicio debera justificarse en nota explicativa.

En lo que concierne al Estado de Situaci6n Presupuestaria, los servicios deberan presentarlo a nivel de capitulo y programa conforme al decreto N° 854 de 2004 del Ministerio de Hacienda. Aguellos servicios que tengan presupuestos autorizados en moneda nacional y en monedas extranjeras convertidas a dolares, deberan presentar la situaciOn presupuestaria en ambas monedas. Asimismo, procedera informar mediante nota explicativa, el origen de las diferencias significativas entre el presupuesto vigente y su ejecuci6n en base devengada.

3. Tribunales y Consejo para la Transparencia

Se ha estimado adecuado no aplicar por el ejercicio are 2011 la normativa establecida en el oficio—circular N° 54.977 de 2010, al Tribunal Calificador de Elecciones, a los Tribunales Electorales Regionales, al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia y al Consejo para la Transparencia, en atencion a que estas entidades en la actualidad informan directamente a la Contraloria General, conforme a un requerimiento especial, dado el grade de avance que presentan sus sistemas contables.

4. Municipalidades

Se ha estimado conveniente eximir por el ejercicio ario 2011, a las municipalidades del pais, de la aplicacion de las normas establecidas en el oficio—circular N° 54.977 de 2010, atendido el interes de que dichas entidades puedan dirigir sus esfuerzos a mejorar la calidad de la informaci6n patrimonial, respecto de sus actives en bienes, bancos, deudores o derechos por cobrar, come asimismo, de la totalidad de sus pasivos.

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5. Entidades de Educacion Superior del Estado

Se ha considerado apropiado que las Universidades Estatales no se incorporen a la aplicacion de las instrucciones establecidas en el oficio—circular N° 54.977 de 2010, en tanto las normas del sistema de contabilidad general de la Nacion esten en proceso de convergencia a las normas internacionales de contabilidad publica establecidas por la Federacion Internacional de Contadores (IFAC, por sus siglas en ingles). Ello, sin perjuicio del requerimiento anual acerca de la presentaci6n de Estados Contables y Presupuestarios, conforme a las instrucciones que sobre el particular esta Contraloria General imparta.

Finalmente, cabe senalar que cualquier consulta sobre la materia debera efectuarse con las Jefaturas correspondientes de la Division de Analisis Contable, el Subjefe de Division, telefono 8701426 a al e-mail [email protected]., y la Jefa del Area de Normas y Estadisticas, telefono 8705779 o al e-mail [email protected] .

Saluda atentamente a Ud.,

RAMIRO • •ZA ZUNIGA

CONTRALOR CENE',AL DE LA REPUBLICA

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ANEXO Hoja 1

Alcance de las notas explicativas

Las notas explicativas forman parte de los Estados Financieros que se obtendran desde SIGFE—Agregacion que administra la Direcci6n de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, pero su contenido sera de responsabilidad de los servicios.

Las notas explicativas tienen por objeto proporcionar informaci6n adicional acerca de las partidas expresadas en los Estados Financieros, las bases de medicion y las normas contables utilizadas, con el proposito de facilitar una mejor comprension de la informacion financiers en su conjunto contenida en ellos.

En esta oportunidad, los servicios deberan informar en las notas los siguientes aspectos, adecuando su formato y extension al diseno establecido por DIPRES.

Nota 1. Naturaleza de la operation.

Este acapite tiene por objeto identificar claramente la entidad que informs, su objeto y misi6n institutional, las principales disposiciones legales que la rigen y las principales actividades que definen su quehacer. Asimismo, su relation organica con los poderes del Estado.

Nota 2. Resumen de normas contables aplicadas

Esta nota debera precisar los aspectos siguientes:

a) El periodo contable cubierto por los Estados Financieros del ejercicio vigente y anterior.

b) Bases de preparation, con una referencia explicita a la normativa contable vigente.

c) Criterio empleado en la actualization de los Estados Financieros y la conversion de activos y pasivos en moneda extranjera y unidades de fomento, para los periodos vigente y anterior.

d) Naturaleza de los anticipos de fondos y su valorizacion. e) Naturaleza de las inversiones financieras y criterios de valorizacion. f) Naturaleza de los prestamos y su valorizacion. g) Criterios de reconocimiento y valorizacion de los bienes de uso. h) Metodo de calculo de depreciation de los bienes de uso. i) Descripcion de los deudores por rendiciones de cuentas y su valorizacion. j) Descripcion de los costos de proyectos y programas y su valorizacion. k) Naturaleza de los depositos de terceros y su valorizacion. I) Descripci6n de la deuda publica y su valorizacion.

Nota 3. Actualization de los Estados Financieros

En esta nota se describira el efecto en los resultados del ejercicio, vigente y anterior, de la aplicacion de las normas de actualizaciOn de los activos, pasivos y patrimonio conforme con la normativa vigente.

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ANEXO Hoja 2

Nota 4. Anticipos de Fondos y Depositos de Terceros

En esta nota se debera informar la composicion de los saldos anterior y vigente, segOn la clasificacion empleada por el plan de cuentas. Ademas, se debera informar antiguedad promedio para el saldo vigente.

Nota 5. Deudores y Acreedores Presupuestarios

En esta nota se debera informar la composicibn de los saldos anterior y vigente y antigOedad de las partidas para este ultimo.

Nota 6. Inversiones Financieras

En esta nota se debera informar la composici6n de las inversiones financieras para el ejercicio vigente y anterior, segun la clasificacion utilizada por el plan de cuentas.

Nota 7. Prestamos

En esta nota se debera informar la composicion de los prestamos para el ejercicio vigente y anterior, segun la clasificacion utilizada por el plan de cuentas.

Nota 8. Bienes de Uso

En esta nota se mostrara la variacion neta de las cuentas del estado para el ejercicio vigente.

Nota 9. Costos de Proyectos y Programas

En esta nota se debera mostrar la variacion neta de los proyectos y programas institucionales para el ejercicio vigente, segun la clasificacion empleada por el plan de cuentas. Ademas, se debera indicar el gasto en el ejercicio vigente para los proyectos y programas no institucionales.

Nota 10. Deudores por Rendiciones de Cuentas

En esta nota se debera informar la composicion de los saldos, anterior y vigente, segun la clasificacion empleada por el plan de cuentas. Ademas. se debera informar antiguedad promedio del saldo vigente.

Nota 11. Deuda PUblica

En esta nota se debera informar la composicion de la deuda interna y externa, segim la clasificacion empleada por el plan de cuentas y ademas, distribuida en corto y largo plazo, indicando moneda de origen y tasa de interes. Ademas, se debera incluir toda la informacion para el ejercicio vigente y el anterior. Tambien, se debera informar sobre garantias constituidas.

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ANEXO Hoja 3

Nota 12. Estado de Situacion Presupuestaria

En esta nota se debera informar el analisis de las diferencias significativas entre el presupuesto vigente y su ejecucion en base devengada.

Nota 13. Estado de Cambios en el Patrimonio Neto

En esta nota se debera informar el analisis de las diferencias significativas entre el patrimonio inicial y el final.