19
1 Daños Derivados del Trabajo © Universidad Europea de Monterrey

Daños Derivados del Trabajo

  • Upload
    others

  • View
    4

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

1

Daños Derivados del Trabajo —

© Universidad Europea de Monterrey

Daños Derivados del Trabajo

02 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

Índice 1 Daños Derivados del Trabajo ....................................................................................................................... 3

1.1 Daños derivados del trabajo ............................................................................................................ 3

2 Accidentes de trabajo ....................................................................................................................................... 4

2.1 Clasificación de los accidentes de trabajo ............................................................................. 6

2.2 Coste de los accidentes de trabajo ............................................................................................. 7

3 Enfermedades Profesionales ...................................................................................................................... 9

3.1 La tabla de enfermedades profesionales .............................................................................. 11

4 Otras Patologías Derivadas del Trabajo ............................................................................................... 12

5 Tipos de incapacidad laboral ..................................................................................................................... 13

5.1 Incapacidad Temporal ..................................................................................................................... 13

5.2 Lesiones permanentes no invalidantes ................................................................................... 14

5.3 Incapacidad Permanente Parcial................................................................................................. 14

5.4 Incapacidad Permanente Total .................................................................................................... 15

5.5 Incapacidad Permanente Absoluta ........................................................................................... 16

5.6 Gran invalidez ........................................................................................................................................ 16

6 Sistema de Protección Social .................................................................................................................... 16

7 Conclusiones ........................................................................................................................................................ 17

8 Referencias Bibliográficas ........................................................................................................................... 19

Daños Derivados del Trabajo

03 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

Objetivos

• Conocer cuáles son los posibles daños derivados del trabajo.

• Definir qué se entiende por accidente de trabajo, es su acepciones de seguridad, médica y legales.

• Definir qué se entiende por enfermedad laboral o profesional en sus acepciones médicas y legales.

• Conocer patologías que no tienen consideración ni de accidente ni de enfermedad laboral y el porqué son consideradas separadamente.

• Identificar los diferentes tipos de incapacidad laboral que pueden presentar los trabajadores.

• Saber que las administraciones de los estados se encargan de velar porque los trabajadores que padecen algún tipo de incapacidad para realizar adecuadamente su trabajo, especialmente como consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, reciban tanto la atención sanitaria requerida, como una remuneración económica que le permita su subsistencia mientras permanece sin poder trabajar, o le compense la reducción salarial que pudiera tener al disminuir su capacidad y rendimiento laboral.

1 Daños Derivados del Trabajo

1.1 Daños derivados del trabajo

Se denomina daños derivados del trabajo a las enfermedades, patologías o lesiones relacionadas, causadas o agravadas con motivo u ocasión del trabajo .

Los daños derivados del trabajo se considerarán “contingencias profesionales”, en tanto que las alteraciones de la salud que no se producen como consecuencia del trabajo serán “contingencias comunes”.

Los daños derivados del trabajo se pueden clasificar en:

• Accidentes de trabajo

• Enfermedades profesionales

• Otras patologías derivadas del trabajo

Daños derivados del trabajo son las

enfermedades, patologías o lesiones

relacionadas, causadas o agravadas con

motivo u ocasión del trabajo.

Daños Derivados del Trabajo

04 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

DAÑOS PROFESIONALES

EMPRESA

Pérdidas Costes

TRABAJADOR

EnfermedadAccidente Incidente

De estos tres grupos de daños derivados del trabajo, el accidente de trabajo y la enfermedad profesional constituyen la denominada patología específica del trabajo, por su indudable relación causa-efecto, mientras que en el tercer grupo, donde tienen cabida por ejemplo, la insatisfacción, el estrés, la fatiga o el envejecimiento prematuro, constituyen la denominada patología inespecífica del trabajo, porque su relación de causalidad no tan clara ni específica.

Cada país tiene establecida las definiciones legales para cada tipo de daño para la salud, y muy particularmente para aquellos en que la relación causal con el trabajo es evidente, como es el caso de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. Junto con las definiciones se establecen qué daños para la salud del trabajador comprenden, sin que tenga que haber coincidencia de unos países a otros.

Los daños derivados del trabajo constituyen la base del estudio de la Seguridad y Salud en el Trabajo, por su negativa repercusión tanto en los trabajadores como en las empresas, tal y como se muestra en el siguiente diagrama

2 Accidentes de trabajo

Desde el punto de vista de la seguridad en el trabajo un accidente de trabajo es un suceso anormal, no querido ni deseado, aunque normalmente evitable, que puede causar daños a las personas, daños a la propiedad o pérdidas en el proceso productivo. Resulta del contacto con una sustancia o fuente de energía (mecánica, eléctrica, química, acústica, etc.) superior al umbral límite del cuerpo o estructura con el que se realiza el contacto.

Los daños derivados del trabajo se

consideran “contingencias profesionales”, y

“contingencias comunes" las alteraciones

de la salud que no se producen como

consecuencia del trabajo.

Daños Derivados del Trabajo

05 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

Aunque se producen muchos más accidentes con daño a la propiedad (incidentes), a menudo los accidentes también producen daños a las personas.

Desde el punto de vista médico, un accidente de trabajo es cuando algún trabajador sufre un daño como consecuencia de la actividad laboral que realiza. Para el médico sólo existe accidente si se produce una lesión. Identificando así, consiguientemente, accidente con lesión.

Desde el punto de vista legal, el accidente de trabajo corresponde a un acontecimiento no deseado que causan lesiones a los trabajadores y que se presentan de forma brusca e inesperada.

Son precisamente las calificaciones de "brusca" e "inesperada" las que diferencian a los accidentes de trabajo del otro daño específico derivado del trabajo, la enfermedad profesional. Por lo demás, ambos tienen la misma causa, los factores ambientales derivados del trabajo y producen las mismas consecuencias, la lesión, que podrá dar lugar a incapacidad o incluso a la muerte del trabajador.

Sin embargo, la definición legal específica de cada país no contempla los mismos casos en todos los países. Es necesario por tanto, recurrir en cada país a su respectiva legislación para ver qué accidentes tienen la consideración de laborales y cuáles no. En todos los casos, sin embargo, se requerirá poder justificar la causalidad del accidente con el trabajo.

Para que un accidente tenga legalmente la consideración de “laboral” (o “de trabajo”) se deben cumplir los siguientes requisitos:

• Que el trabajador sufra una lesión corporal (se asimilan a la lesión corporal las secuelas o enfermedades psíquicas o psicológicas).

• Que el accidente sea con ocasión o por consecuencia del trabajo.

• Que el accidentado esté empleado por cuenta ajena, y si es trabajador autónomo (trabaja para sí mismo, no para otro), que esté dado de alta en la contingencia de accidente de trabajo y enfermedades profesionales como autónomo por cuenta propia.

Las dos primeras son generalizables para todos los países. No necesariamente sucede lo mismo con la tercera. En algunos países, tanto la consideración legal de accidente de trabajo como de enfermedad profesional sólo son aplicables a los daños laborales padecidos por trabajadores por cuenta ajena, quedando excluidos los trabajadores autónomos. En otros, la contingencia de accidentes y enfermedades laborales resulta voluntaria para el caso de los trabajadores autónomos. Por último, también hay países

Accidente de Trabajo es todo suceso

repentino que sobreviene por causa o con

ocasión del trabajo y que produce en el

trabajador una lesión orgánica, una

perturbación funcional, una invalidez o la

muerte.

Daños Derivados del Trabajo

06 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

en los que resulta obligatoria la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales para todos los regímenes del sistema.

¿Qué utilidad tiene la consideración legal de accidentes de trabajo? Las definiciones legales tanto de accidente de trabajo como de enfermedad laboral o profesional permiten discernir la responsabilidad y la asunción los costes que los daños laborales puedan ocasionar (en ocasiones incluso, cuál es la organización sanitaria encargada de prestar la atención médica requerida).

2.1 Clasificación de los accidentes de trabajo

Cabe realizar distintas clasificaciones de los accidentes de trabajo, atendiendo a diversos criterios, como pueden ser el lugar donde se ha producido, las consecuencias laborales para el trabajador y la gravedad de la lesión sufrida.

CLASIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES

Según el lugar de trabajo

Sucedidos en el lugar o centro de trabajo

“In Itinere”

Según las consecuencias Con baja laboral

Sin baja laboral

Según la gravedad de la lesión

Leves

Graves

Mortales

Para que los accidentes "in itinere" tengan la consideración legal de accidentes de trabajo es preciso que exista un nexo causal entre el desplazamiento y la prestación del trabajo.

La catalogación de los accidentes del trabajo en función de sus consecuencias en el puesto de trabajo depende del número de días de ausencia continuada del trabajador a partir del cual la legislación de cada país considere tiene lugar la baja laboral.

En algunos países (España y Colombia son ejemplos de ellos) se considera que tiene lugar una baja laboral con la ausencia del trabajador de su puesto de trabajo al día

Daños Derivados del Trabajo

07 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

siguiente de haberse producido el accidente, debido a que como consecuencia de las lesiones sufridas el trabajador se encuentra bajo tratamiento médico o en situación de incapacidad temporal.

En otros países, la situación de baja no se produce hasta que el trabajador esté ausente de su puesto un número determinado de días, por ejemplo tres, lo que motiva que las estadísticas de accidentalidad de distintos países no sean siempre comparables.

Para que un trabajador se encuentre en situación de baja es indispensable que la empresa emita el denominado parte de baja, que debe remitir a los órganos competentes de la Administración y a las Entidades donde la empresa tiene asegurados a sus trabajadores contra los riesgos profesionales.

El criterio para clasificar un accidente por la gravedad de la lesión se basa exclusivamente en la apreciación médica de las lesiones producidas, no existiendo un criterio objetivo para tal fin.

Como accidente mortal se considera tanto aquél que produce el fallecimiento inmediato del trabajador, como aquél de cuya consecuencia el trabajador fallece en un período más o menos dilatado de tiempo.

2.2 Coste de los accidentes de trabajo

Casi siempre los accidentes de trabajo, sean del tipo que fuere, y el daño físico que generen, produce pérdidas. Estas pérdidas serán mayores cuanto mayores sean la gravedad, las lesiones físicas, la repercusión en el proceso productivo, etc.

Las pérdidas se pueden clasificar en:

• Pérdidas temporales: Retrasos en el trabajo por alargamientos imprevistos de los tiempos programados y por los paros indeseados.

• Pérdidas energéticas: Aquellos escapes y consumos energéticos, incontrolados e inútiles para el trabajo, no aportando valor alguno a la empresa.

• Daños materiales: Daños o deterioros que se producen en los materiales, instalaciones, equipos, productos, etc.

Además de esas pérdidas, un accidente de trabajo supone lesiones físicas para el trabajador y otros daños personales como dolor, perdida de trabajo, atenciones médicas para curarlas, etc. Luego dentro de los accidentes de trabajo existen costes humanos y costes económicos.

En el accidente de trabajo el contacto con

el agente lesivo es único, brusco y súbito.

Daños Derivados del Trabajo

08 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

COSTES PARA EL ACCIDENTADO

COSTE ECONÓMICO COSTE HUMANO

Disminución de ingresos

(temporal o definitiva)

Gastos adicionales

Dolor y sufrimiento.

Pérdida de la capacidad del trabajo

o la profesión.

Sufrimiento de la familia.

Tratamientos médicos.

Rechazo social hacia disminuidos

físicos.

COSTES PARA LA EMPRESA

COSTE ECONÓMICO COSTE HUMANO

Salarios, indemnizaciones, etc.

Tiempo perdido por compañeros,

mandos, etc.

Daños materiales a instalaciones,

equipos, etc.

Interferencias en la producción.

Procesos judiciales.

Pérdida de imagen y mercado.

Pérdida de recursos humanos.

Presiones sociales y psicológicas.

• El coste humano lo constituyen el dolor, el sufrimiento, la invalidez, las muertes, la pérdida del individuo, de su experiencia, de sus capacidades reales y potenciales y en definitiva todo el daño que sufren las personas.

• El coste económico está formado por todos los gastos y pérdidas que el accidente origina, como horas de trabajo tanto para el accidentado como para los compañeros, la rotura y deterioro de materiales y equipos, las pensiones de invalidez o muerte, etc.

Ambos tipos de coste están íntimamente ligados.

Daños Derivados del Trabajo

09 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

3 Enfermedades Profesionales

La enfermedad profesional o laboral es un deterioro lento y paulatino que sufre el trabajador como consecuencia de la exposición a contaminantes en el trabajo. La enfermedad profesional puede aparecer después de varios años de exposición, y sus efectos pueden ser irreversibles.

Los factores que determinan una enfermedad profesional son:

• La concentración del agente contaminante.

• El tiempo de exposición.

• La presencia de varios contaminantes al mismo tiempo.

• Las características particulares de cada trabajador.

• La relatividad de la salud.

También el término "enfermedad profesional" tiene diferentes definiciones según se haga referencia a él con vista a su prevención, a su atención médica o a su consideración legal.

Desde el punto de vista de la seguridad y prevención en el trabajo, la enfermedad profesional puede definirse como "los efectos dañinos de los contactos repetitivos que superan la capacidad de tolerancia del cuerpo humano".

Si se pretende diferenciar entre el accidente de trabajo y la enfermedad profesional hay que recurrir al tipo de contacto con el agente lesivo para la salud. Mientras que en el accidente de trabajo el contacto es único, brusco y súbito, en la enfermedad profesional el contacto es repetitivo, prolongado en el tiempo, y puede dar lugar a incapacidades de menor o mayor grado, a secuelas irreversibles y en ocasiones graves, e incluso al fallecimiento del trabajador que la padece.

Ejemplo

En ocasiones puede no ser fácil clasificar un determinado daño como accidente o enfermedad laboral, ya que tanto los agentes causantes como los efectos sobre la salud son los mismos. Entonces, se recurre a la característica que los diferencia, y que es el periodo de latencia. Mientras que el accidente es un hecho instantáneo (periodo de latencia sumamente corto) la enfermedad derivada del trabajo se asocia a periodos de latencia generalmente más largos (meses, años).

Una inhalación de cloro como consecuencia de una fuga puede provocar un efecto agudo en el organismo humano y producir la muerte en cuestión de segundos o

En la enfermedad profesional el contacto

con el agente lesivo es repetitivo y

prolongado en el tiempo.

Enfermedad profesional es aquella que

ocasionada en el desempeño del trabajo,

se encuentra recogida en la tabla oficial de

enfermedades profesionales.

Daños Derivados del Trabajo

010 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

minutos y entonces sería un accidente; pero la misma inhalación de cloro (evidentemente a concentraciones mucho más bajas) de forma continuada, producirá unos efectos crónicos a lo largo del tiempo de exposición y se trataría de una enfermedad por agentes químicos.

Desde el punto de vista médico la enfermedad profesional se define como una patología médica o traumática crónica provocada por factores ambientales físicos, químicos o biológicos del entorno de trabajo.

En los distintos países, y a efectos legales, se conoce como enfermedad profesional aquella que, además de tener su origen laboral, está incluida en una lista o tabla oficial y está provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicha cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.

De acuerdo con esta definición, para que se considere enfermedad profesional se deben cumplir los siguientes requisitos:

• La existencia de un daño en la salud del trabajador, es decir, un estado patológico demostrable clínica.

• La relación de causalidad con la actividad laboral realizada por el trabajador.

• Que la patología se encuentre especificada en la tabla de enfermedades profesionales, que es un cuadro limitado, con un listado cerrado de enfermedades profesionales.

• Que proceda de la acción de sustancias o elementos que en la tabla de enfermedades profesionales se indiquen para cada enfermedad.

Puede suceder que algunas enfermedades causadas por la exposición en el trabajador, por ejemplo, a alguna sustancia química, no estén incluidas en la lista oficial de enfermedades profesionales.

La legislación de algunos países admiten la consideración de enfermedad laboral para aquellas que, no figurando en la lista oficial, se pueda demostrar que se deben al desempeño de la actividad laboral, mientras que las de otros, sólo consideran enfermedad laboral las que figuran en la tabla de enfermedades profesionales vigente en el país.

De nuevo se hace necesario acudir a la legislación de cada país para conocer la definición legal de enfermedad laboral que rige así como las enfermedades consideradas como tales.

La legislación de algunos países admiten la

consideración de enfermedad laboral para

aquellas que, no figurando en la lista oficial,

se pueda demostrar que se deben al

desempeño de la actividad laboral.

Daños Derivados del Trabajo

011 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

3.1 La tabla de enfermedades profesionales

La definición legal de enfermedad profesional supone que cada país establezca una tabla o lista de enfermedades profesionales, incluyendo las fuentes admitidas como causantes de las mismas. Estas tablas oficiales de enfermedades laborales son elaboradas y actualizadas por los gobiernos de cada país.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) también dispone de su propia lista de enfermedades profesionales, que bien sirve de base para la confección de las listas nacionales, o como referencia directa asumida por el gobierno del país.

Independientemente de las listas oficiales de cada país, las enfermedades profesionales se pueden agrupan según los diferentes agentes causantes:

GRUPO ENFERMEDAD PROFESIONAL CAUSADAS POR

1 Agentes químicos.

2 Agentes físicos.

3 Agentes biológicos.

4 Inhalación de sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados.

5 Enfermedad de la piel causada por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de los otros apartados.

6 Agentes carcinogénicos.

Daños Derivados del Trabajo

012 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

Algunos ejemplos de enfermedades profesionales de estos grupos son:

• Saturnismo o Intoxicación por plomo (Grupo 1): enfermedad que se produce por la manipulación del plomo o combinados del mismo.

• Síndrome del túnel carpiano (Grupo 2): Consiste en la compresión del nervio

mediano en la muñeca y es causado por la flexión reiterada de la muñeca.

• Enfermedades infecciosas parasitarias (Grupo 3): Transmitidas al hombre por animales, por sus productos (por ejemplo la piel, empleada en curtidurías y peleterías) o sus cadáveres.

• Neumoconiosis (Grupo 4): enfermedad pulmonar que se da en los trabajadores del carbón (por ejemplo, mineros), al inhalar el polvo del mismo.

• Irritación y dermatitis (Grupo 5): Consecuencia del manejo de, por ejemplo, sustancias químico-plásticas, disolventes, cierto tipo de detergentes, aditivos y conservantes,… entre otros elementos.

• Neoplasia maligna de bronquio y pulmón (Grupo 6): Puede producirse por la inhalación excesiva de polvo de amianto, o en la preparación, empleo y manipulación de arsénico, berilio, bis-(cloro-metil) éter, compuestos de cromo, níquel, cadmio o radón, o alguno de sus compuestos.

4 Otras Patologías Derivadas del Trabajo

Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales son lo que se puede denominar como patologías específicas, es decir, aquellas que tienen una relación directa con las condiciones en las que se desarrolló el trabajo. En contraposición, está la llamada patología inespecífica, que no se puede atribuir a una ocupación concreta, pero sí es posible que las condiciones en que el trabajo se desarrolla potencien o agraven estos daños.

Son enfermedades en las tiene que ver mucho con las características individuales de las personas por su propia fisiología y hábitos de vida; por ejemplo, los problemas de ansiedad, de hipertensión arterial, problemas músculo–esqueléticos, etc., factores todos ellos que también se han de tener en cuenta, especialmente respecto de aquellos trabajadores particularmente sensibles a estas condiciones de trabajo.

Lo anterior no debe hacer pensar que la patología inespecífica es únicamente el resultado de factores individuales. Las técnicas epistemológicas han permitido

Patología inespecífica es aquella a la que

no se puede atribuir a una relación causal

directa con las condiciones de trabajo, pero

sí es posible que las condiciones en que se

realiza el trabajo potencien o agraven los

daños asociados.

Daños Derivados del Trabajo

013 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

demostrar que los factores laborales tienen una influencia decisiva en la aparición de estas patologías o en su agravamiento. Por ello, una actuación preventiva racionalmente diseñada debería incluir no sólo acciones encaminadas a modificar estilos de vida sino también (y en muchos casos en mayor medida) los componentes agresivos del ambiente de trabajo, es especial de su organización.

Entre estas patologías o alteraciones psico-funcionales destacan:

• La fatiga

• La insatisfacción

• La monotonía

• La desmotivación

• Los conflictos

• Los trastornos psicosociológicos

• El envejecimiento prematuro

En los últimos tiempos están apareciendo, en ocasiones con una incidencia importante, nuevas patologías causadas por el trabajo, como el estrés laboral, el síndrome del quemado o bourn-out, o el acoso laboral o mobbing.

5 Tipos de incapacidad laboral

Los trabajadores afectados por accidentes o enfermedades, tanto si se trata de contingencias profesionales o comunes, según el daño producido en su salud, pueden limitarse a requerir un tratamiento médico pero sin dejar de realizar su trabajo, a permanecen un período de baja laboral hasta la recuperación como para retomar su trabajo, a presentar algún tipo de incapacidad que le limite en la realización del trabajo o incluso a fallecer.

Prescindiendo de las situaciones de los dos extremos: la continuidad en la atención de su puesto de trabajo, y el fallecimiento del trabajador, las situaciones posibles son:

5.1 Incapacidad Temporal

Corresponde a la situación en la que se encuentran los trabajadores imposibilitados temporalmente para trabajar debido a una enfermedad o a un accidente, mientras reciban asistencia sanitaria para su recuperación (capacitación), así como los períodos

Incapacidad temporal es la que tiene lugar

cuando el daño padecido por el trabajador

le impide desempeñar su puesto de

trabajo.

Daños Derivados del Trabajo

014 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

de observación por enfermedad profesional en los que se prescriba la baja en el trabajo durante los mismos.

La duración temporal de la incapacidad dependerá del tiempo que el trabajador requiera para recuperar su salud y poder retomar su trabajo, o la duración del período de observación por enfermedad profesional.

Las posibles causas de una incapacidad temporal son:

• Accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

• Accidentes no laborales o enfermedades comunes.

• Períodos de observación de enfermedades profesionales, cuando sea necesaria la baja médica.

5.2 Lesiones permanentes no invalidantes

Son lesiones, mutilaciones y deformaciones de carácter definitivo, causadas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que, sin llegar a constituir una invalidez permanente, suponen una disminución o alteración de la integridad física del trabajador.

Las causas admitidas para este grupo de lesiones son:

• Accidentes de trabajo

• Enfermedades profesionales

No todos los países contemplan esta categoría en su legislación.

5.3 Incapacidad Permanente Parcial

También puede denominarse Invalidez Permanente Parcial. Es aquella incapacidad que sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajador una disminución parcial en su rendimiento normal para su profesión habitual, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma.

Se entiende por profesión habitual la desempeñada normalmente por el trabajador al tiempo de sufrir un accidente o enfermedad.

Los límites en la disminución del rendimiento que padece el trabajador y que condicionan la catalogación de la incapacidad como invalidez permanente parcial difieren de unos países a otros, por lo que en cada caso habrá que recurrir a la legislación específica del respectivo país.

La incapacidad permanente o invalidez

tiene lugar cuando hay una imposibilidad o

limitación para un adecuado desempeño

del puesto de trabajo habitual.

Daños Derivados del Trabajo

015 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

A modo de ejemplo, los valores límites contemplados en la legislación colombiana (Ley 776 de 2002) y en la legislación española (Real Decreto Legislativo 1/1994) son:

• Colombia: La legislación colombiana llega a diferenciar entre la incapacidad permanente parcial y la invalidez (sin llegar a catalogar la misma). La incapacidad permanente parcial tiene lugar cuando la disminución definitiva experimentada por el trabajador es igual o superior al 5%, pero inferior 50% de su capacidad laboral. La invalidez, en cambio, corresponde a una pérdida de capacidad del 50% o superior.

• España: Considera diferentes tipos de incapacidad permanente. En el caso de la incapacidad permanente parcial, la disminución definitiva experimentada por el trabajador no es inferior al 33% en su rendimiento normal.

(Se puede ver que la diferencia de los valores límites establecidos en los dos países no es reducida, de ahí insistir en la importancia de revisar la legislación de cada país).

Las causas admisibles para los distintos tipos de incapacidades permanentes o invalideces, según el grado de disminución de la capacidad laboral, tampoco tienen que coincidir para todos los países. Recurriendo de nuevo a los mismos países ejemplo, tenemos:

• Colombia: Accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

• España: Puede ser debida tanto a contingencias (enfermedades o accidentes) profesionales como comunes.

5.4 Incapacidad Permanente Total

También denominada Invalidez Permanente Total. Es aquélla que inhabilita al trabajador para la realización de todas, o de las tareas fundamentales de su profesión, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.

Recuperando nuestros dos países ejemplo, la legislación colombiana no contempla esta categoría de invalidez (ya se ha comentado que no se hace catalogación del tipo de invalidez en función de la merma de la capacidad laboral). La legislación española, en cambio, si diferencia entre tipos de invalidez, siendo uno de estos, que queda definida, como se ha indicado, por una limitación total para el desempeño del trabajo habitual, pero no así otros.

Daños Derivados del Trabajo

016 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

Ejemplo

Consideremos el caso de un deportista profesional al que, a consecuencia de un accidente de tráfico, hay que amputarle una pierna (recordemos que en el caso de la legislación española, se admiten los accidentes no laborales como causas de las invalideces laborales). Esta persona, aun con el empleo de una prótesis no podrá volver realizar el deporte al que se dedicaba, al menos a nivel competitivo.

A este trabajador se le declararía una invalidez permanente total en la medida que no puede seguir ejerciendo su trabajo habitual (deporte profesional) pero sí otros (un trabajo de oficina, dependiente de una tienda, programador informático, profesor, etc.).

5.5 Incapacidad Permanente Absoluta

Incapacidad permanente absoluta es aquélla que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.

Al igual que con los dos tipos de incapacidades anteriores y con el siguiente, y para los dos países ejemplo, mientras que la legislación española sí contempla esta incapacidad, la legislación colombiana no.

5.6 Gran invalidez

Es la situación del trabajador que tiene incapacidad permanente y que, por pérdidas anatómicas o funcionales, necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida (vestirse, desplazarse, comer o análogos).

6 Sistema de Protección Social

En la vida de las personas, si prescindimos del período inicial que iría desde el nacimiento hasta conseguir el primer empleo, durante el cual se supone subsistimos gracias a los padres, existen momentos en los que, contra la propia voluntad o por imposibilidad, no se realiza trabajo alguno pero no por ello se deja de tener la necesidad de unos ingresos económicos con los que mantenerse.

Estas circunstancias en las que las personas no realizan un trabajo pero necesitan unos ingresos (prescindiendo de los períodos vacacionales) son:

• Los años de vida posteriores a la jubilación.

Daños Derivados del Trabajo

017 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

• La pérdida y ausencia temporal de trabajo (paro laboral).

• Los períodos de maternidad y lactancia.

• Los períodos de baja laboral por accidentes o enfermedades.

Los gobiernos de los diferentes países, ante esta realidad inevitable, se han visto en la necesidad de establecer sistemas de protección o seguridad social que atienda a las personas que atraviesa por alguna de estas situaciones.

Para que el sistema funcione, se requiere generar ingresos monetarios con los que atender a estas personas que permanecen sin poder trabajar durante esos períodos de su vida. Esos ingresos acaban procediendo de los propios trabajadores y de las empresas que los emplean. Las personas, durante las etapas o períodos de trabajo, aportan una parte de sus ingresos salariales a ese "fondo" de seguridad social del que, más tarde o más temprano, previsiblemente va a necesitar recibir ingresos económicos para asegurar su subsistencia y la de su familia, ante la ausencia de un trabajo, y por tanto de un salario.

El sistema de "seguridad social" se articula de diferentes maneras según los países.

En el caso de los daños derivados del trabajo, los gobiernos de los diferentes países han tenido que legislar para determinar:

1. Cuáles son estos daños y definirlos (qué contemplan y qué no incluyen).

2. Establecer los diferentes tipos posibles de incapacidad para el trabajo que al menos los accidentes y enfermedades laborales pueden ocasionar en los trabajadores que los sufren.

3. Determinar las compensaciones económicas que correspondan a cada tipo de incapacidad establecido.

Si en el caso de los puntos primero y segundo se ha visto que existen diferencias entre los países, no lo es menos en el caso del tercer punto. Por ello, una vez más, es conveniente insistir en la necesidad en cada caso revisar en detalle la legislación de país de interés para cada uno.

7 Conclusiones

• Como consecuencia de la realización de la actividad laboral se pueden producir daños para la salud que se clasifican en accidentes de trabajo, enfermedades

Daños Derivados del Trabajo

018 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

profesionales y otras patologías en las que la relación causa-efecto con el trabajo es menos evidente o no exclusiva.

• Un accidente de trabajo es un suceso anormal y repentino que puede causar daños a las personas, a las instalaciones de trabajo o pérdidas en el proceso productivo. Para el caso de la Seguridad y Salud en el Trabajo el interés se centra en los posibles daños a los trabajadores.

• La enfermedad profesional es un deterioro lento y progresivo que sufre el trabajador como consecuencia de la exposición a agentes dañinos existentes en el medio ambiente de trabajo. Puede aparecer después de varios años de exposición, y sus efectos pueden ser irreversibles.

• Los factores que determinan una enfermedad profesional son:

- La concentración del agente contaminante.

- El tiempo de exposición.

- La presencia simultánea de varios contaminantes.

- Las características particulares de cada trabajador.

- La relatividad de la salud.

• Desde el punto de vista legal, la definición de una patología laboral como enfermedad profesional puede requerir que la misma figure en una tabla oficial de enfermedades profesionales que elabora cada país.

• Dado que no necesariamente las tablas oficiales de enfermedades profesionales de los diferentes países tienen por qué coincidir, puede darse el caso de que enfermedades que en un país tengan la consideración de profesionales, carezcan de ella en otros.

• Las enfermedades profesionales, de acuerdo con el agente causante, pueden catalogarse en seis grupos.

• Al margen de los accidentes de trabajo y de las enfermedades laborales existen otras patologías que si bien no tienen una relación causal directa con las condiciones de trabajo, en su aparición o agravamiento, los factores laborales tienen una influencia decisiva.

• Como resultado del daño sufrido por los trabajadores a causa de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, pueden verse obligados a interrumpir su actividad laboral.

Daños Derivados del Trabajo

019 UNIVERSIDAD EUROPEA DE MONTERREY® Nota Técnica preparada por Universidad Europea de Monterrey. Su difusión, reproducción o uso total o parcial para cualquier otro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.

• Cuando la interrupción sea durante un período limitado, transcurrido el cual el trabajador se reincorpora en plena capacidad para el desempeño de su actividad laboral habitual, se está ante un caso de incapacidad temporal.

• Lo más frecuente en los diferentes países, es que el trabajador con incapacidad temporal reciba un subsidio que compense el salario que deja de percibir.

• Cuando a resultas del accidente o enfermedad laboral el trabajador resulte limitado de forma permanente en su integridad física o en sus capacidades para el desempeño laboral, se considera una incapacidad permanente o invalidez. Según el grado de limitación se distinguen varios tipos, los cuales, a su vez, varían de unos países a otros, de acuerdo a sus legislaciones.

• Lo habitual es que el trabajador con incapacidad permanente a causa de una contingencia laboral reciba una indemnización.

• Los gastos sanitarios y las compensaciones económicas a los trabajadores que padecen un accidente de trabajo o una enfermedad profesional corren por cuenta de las entidades de la seguridad social encargadas de los riesgos profesionales. Éstas, a su vez, se surten de fondos recabados única o principalmente de las empresas precisamente para atender los riesgos laborales.

• Los sistemas de protección o seguridad social se financian con aportaciones realizadas por los trabajadores y las empresas en las que trabajan.

8 Referencias Bibliográficas

• Varios autores: Enciclopedia de Salud y Seguridad en el Trabajo. (Organización Internacional del Trabajo).

• Organización Internacional del Trabajo (OIT): Recomendación 194 sobre la lista de enfermedades profesionales y el registro y notificación de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. (Ginebra, 90ª Conferencia Internacional del Trabajo de 20 de junio de 2002. Edición con lista de enfermedades profesionales actualizada en 2010).