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Registro Inducción Derecho A Saber R E.V.H. Ingeniería y Construcción R 01 01. 07.05 DECRETO SUPREMO N° 40, Artículo 21.- “Los empleadores tiene la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas que se adopten y de los métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la actividad de cada empresa. Especialmente, deben informar a los trabajadores acerca de los elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos de producción o en su trabajo, sobre la identificación de los mismos (fórmula, sinónimos, aspecto y olor), sobre los límites de exposición permisibles de esos productos, acerca de los peligros para la salud y sobre las medidas de control y de prevención que deben adoptar para evitar tales riesgos”. I. ANTECEDENTES DEL TRABAJADOR 1.1 Nombre Completo : 1.2 RUT : ______________________________________________ 1.3 Ocupación, Cargo o Función : ______________________________________________ 1.4 Área de Trabajo : ______________________________________________ 2. EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL A UTILIZAR Casco de seguridad. Mascara facial. Lentes de seguridad. Traje soldador. Overol o buzo con logo empresa. Chaleco reflectante Guantes. Lámpara minera Respirador. Zapatos de seguridad. Protector auditivo. 3. RIESGOS A QUE ESTARÁ EXPUESTO Al ingresar en áreas en operación existen riesgos inherentes tales como: Caída al mismo/distinto nivel. Atrapado por/contra equipos, piezas, partes. Contacto con energía eléctrica. Contacto con sustancias peligrosas.

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Registro

Induccin Derecho A SaberR

E.V.H. Ingeniera y ConstruccinR 01 01. 07.05

DECRETO SUPREMO N 40, Artculo 21.- Los empleadores tiene la obligacin de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entraan sus labores, de las medidas preventivas que se adopten y de los mtodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la actividad de cada empresa. Especialmente, deben informar a los trabajadores acerca de los elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos de produccin o en su trabajo, sobre la identificacin de los mismos (frmula, sinnimos, aspecto y olor), sobre los lmites de exposicin permisibles de esos productos, acerca de los peligros para la salud y sobre las medidas de control y de prevencin que deben adoptar para evitar tales riesgos.

I.

ANTECEDENTES DEL TRABAJADOR

1.1 Nombre Completo

: 1.2 RUT

: ______________________________________________1.3 Ocupacin, Cargo o Funcin

: ______________________________________________1.4 rea de Trabajo

: ______________________________________________2. EQUIPO DE PROTECCIN PERSONAL A UTILIZAR

Casco de seguridad.Mascara facial.

Lentes de seguridad.Traje soldador.

Overol o buzo con logo empresa.Chaleco reflectante

Guantes.Lmpara minera

Respirador.

Zapatos de seguridad.

Protector auditivo.

3. RIESGOS A QUE ESTAR EXPUESTO Al ingresar en reas en operacin existen riesgos inherentes tales como:

( Cada al mismo/distinto nivel.

( Atrapado por/contra equipos, piezas, partes.( Contacto con energa elctrica.

( Contacto con sustancias peligrosas.

( Exposicin al ruido.

( Exposicin al polvo.

( Proyeccin de partculas.

( Golpeado por/contra un objeto fijo o en movimiento.

( Atropellamiento por vehculos motorizados.

( Contacto con Temperaturas extremas.

( Altura geogrfica.

. ( De la no utilizacin de equipos de proteccin personal.

( Ingreso a reas congestionadas de equipos en movimiento.( Sobre esfuerzos.( Otros Riesgos asociados .

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4.RECOMENDACIONES PARA EL CONTROL DE LOS RIESGOS DESCRITOSa) Cumplir con el programa Control de Riesgos Operacionales que se implementar en la minera Coyancura, el cual deber considerar actividades de trabajo que involucran a la Gerencia, Supervisores, Trabajadores, Empresa mandante y mutualidad, en charlas o cursos de seguridad, procedimientos de trabajo seguro, inspecciones, reuniones, etc.

b) La empresa proporcionar los elementos de proteccin personal necesarios para realizar sus distintas labores y exigir su uso apropiado. Adems velar por su ambiente de trabajo libre de contaminacin.

c) Respetar y cumplir en forma incondicional las normas, procedimientos y reglamentos de la minera que se le darn a conocer.

5.PROCEDIMIENTO EN CASO DE INCIDENTESUna de las reglas esenciales consiste en informar inmediatamente todo incidente en el que se vea involucrado (lesiones, daos a equipo e instalaciones, cuasi-incidentes), a continuacin se le entrega instruccin referente a los pasos a seguir cuando ocurra alguna situacin que lo requiera.

1. Informar inmediatamente a su Supervisor directo

2. Prestar la atencin necesaria al lesionado

3. Trasladar o solicitar traslado del lesionado al centro de atencin mas cercano dependiendo de la gravedad4. Desarrollar informe de incidente.

6.LEY 16.744 SEGURO OBLIGATORIO ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES.Este seguro protege al trabajador de toda lesin o enfermedad profesional que sufra por causa del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte.El trabajador esta protegido en el recinto de trabajo.

Otorga prestaciones mdicas: financia de manera gratuita la atencin mdica, quirrgica, dental, hospitalizaciones, medicamentos, gastos de traslado y otros que sean necesario para la recuperacin del paciente.

Otorga prestaciones econmicas: otorga subsidios, indemnizaciones y pensiones segn corresponda.

Prestaciones preventivas: asesorias y capacitaciones en prevencin de riesgos en los lugares de trabajo dirigidas a los trabajadores.7. DECRETO 72 LEY DE SEGURIDAD MINERA.8.ACCIDENTE DE TRAYECTO:9. ACEPTACIN DE LA INFORMACIN RECIBIDA

Aprobado por: Gerencia de Operaciones Pgina 2 de 2

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