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E\TI NAOONAL Rl:CULADOR D:E LA E.LEcrRICID.U>
Señores CAMMESA
~------GCIA. CONTRATOS Y NORMATIVA 1
2 9 NOV. 2017 /
"2017 - Año de las Energías Renovables"
CAMMESA
BUENOS AIRES,
2 8 NOV 2017
LA RECEPCION NO IMPLICA CONFORMIDAD
Ref.: Expediente ENRE Nº 47.220/2016
Por medio de la presente se remite copia de la Resolución ENRE Nº 549/2017 a efectos de su notificación. Queda Usted notificado.
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E\Tt :'>AOOKU. RI:Gm..ADOR Dt L.\ Il.ECTIUCIDAD
"2017 -Año de las Energías Reno\•ables"
BUENOS AIRES, 24 DE NOVIEMBRE DE 2017
VISTO el Expediente del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE) Nº 47.220/2016, y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente del Visto, mediante Nota de Entrada Nº 233.343 la
EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCION
TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNINA (TRANSPA S.A.) remitió la
solicitud de Ampliación requerida por la EMPRESA DE ENERGÍA RIO NEGRO
SOCIEDAD ANÓNIMA (EDERSA), consistente en la incorporación de UN (1)
transformador adicional (TP2) 132/34,5 kV de 30 MVA en la Estación Transformadora
San Antonio Oeste (ET SAO), ubicada en la Provincia de RÍO NEGRO.
Que la ET SAO se compone de UN (1) campo de línea de la LATViedma-
SAO y una T rígida a UN (1) campo de transformación que conecta el transformador de
15 MVA en servicio (TP1), para continuar a la ET SIERRA GRANDE sin campo de línea.
Que EDERSA propone el traslado del pórtico de salida a la ET SIERRA
GRANDE, liberando espacio para la construcción de UN (1) segundo campo de
transformación para la incorporación del nuevo transformador, también conectado en T
rígida sobre la LAT SAO-Sierra Grande.
Que en el marco del Expediente ENRE N° 39.878/2013, mediante la
Resolución ENRE Nº 229/2015, se otorgó el Certificado de Conveniencia y Necesidad
Pública para la normalización de la ET SAO, con la incorporación de una barra de 132
'l kV y la construcción del campo de salida de 132 kV para la LA T SAO-Sierra Grande.
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Dt."'Il: NACIOi.X.U. RI:Gv"'L\DOR DE LAE:LECIRJCIDAD
"2017 - Año de las Energías Renovables"
Que la Transportista, quien además opera la ET SAO y líneas Anexas en
su carácter de Transportista Independiente presentó observaciones a la solicitud hecha
por la Distribuidora, donde destaca la conveniencia de completar el campo de salida a
Sierra Grande de la LA T Sierra Grande-SAO.
Que mediante Nota de Entrada Nº 237.029, TRANSPA S.A. acompañó la
misiva de EDERSA NE GOP Nº 7511, en la cual la Distribuidora manifiesta que, en
atención a la proximidad de la temporada veraniega, se prevé en lo inmediato la
extensión del campo de transformación existente para acometer al TP2, dejando, en
principio, el TP1 energizado solo a los efectos de alimentar los servicios auxiliares (13,2
kV) , desconectando 33 kV.
Que la ET SAO sólo presenta salidas de alimentación a distribución en 33
kV.
Que mediante Nota de Entrada Nº 237.098, EDERSA informó, reiterando
la proximidad de la temporada veraniega, su decisión de avanzar en la conexión .
provisoria y manifestó que no importa perjuicio alguno a la calidad del servicio. Concluyó
que no será necesaria la realización de un EIA por cuanto la ampliación se realizará
dentro del actual predio de la ET SAO.
Que la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA
ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) mediante Nota de Entrada Nº
237.732, remitió su opinión técnica acerca de la ampl iación solicitada. En su Anexo,
sostuvo que TRANSPA S.A. manifestó su aprobación sobre los Estudios Eléctricos de
Etapa 1, destacando que los nuevos niveles de cortocircuito serán soportados por los
interruptores de potencia.
Que CAMMESA concluyó en la precitada nota que la conexión es factible
/1/ ~l:f unto de vista técnico.
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2
"2017 - Año de las Energías Renovables"
D"Il: NACIONAL RIGVL\DOR DE LA ELECTRlCIDAD
Que el Departamento Ambiental del ENRE, mediante su Memorándum
D.Amb Nº 187/2017, sostuvo que no se advierten cuestiones a ser observadas.
Que el Departamento de Seguridad Pública, a través de su Memorándum
DSP Nº 458/2017, recomendó que las instalaciones involucradas en la ampliación en
trámite cumplan con las Resoluciones ENRE Nº 129/2009, 400/2011 , 190/2012 y
163/2013.
Que, analizada la documentación presentada se observa que la misma
cumple con las normas que regulan el transporte de energía eléctrica, por lo que, de
conformidad con lo dispuesto por la Resolución ENRE Nº 122/2014, corresponde dar a
publicidad la solicitud de Ampliación presentada por TRANSPA S.A. a requerimiento de
EDERSA, para la incorporación de UN (1) transformador adicional (TP2) 132/34,5 kV de
30 MVA en la ET SAO, ubicada en la Provincia de RIO NEGRO.
Que la aludida publicidad se deberá rea lizar a través de un AVISO que se
publicará tanto en la página Web del ENRE así como en la de CAMMESA por CINCO
(5) días y por DOS (2) días en un diario de amplia difusión local, otorgando un plazo de
DIEZ (1 O) días para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las
prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición
fundada por escrito ante el EN RE.
Que transcurrido el plazo estipulado sin haber manifestación en sentido
contrario y en atención a los informes favorables presentados, se considerará otorgado
el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la incorporación de UN (1)
transformador adicional (TP2) 132/34,5 kV de 30 MVA en la ET San Antonio Oeste
(SAO), ubicada en la Provincia de RIO NEGRO.
Que se ha producido el Dictamen Jurídico previsto en el Artículo 7 Inciso
(} d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.
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EXTE :'\..\.001'\ . .U. RI:GVL\DOR DI: LA ELECTRICIDAD
"2017 -Año de las Energías Renovables"
Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD es competente para el dictado de la presente Resolución en virtud de
lo dispuesto en los Artículos 11, 22, 56 Incisos a), j) y s), 63 Inciso g) y concordantes de
la Ley N° 24.065.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD RESUELVE:
ARTICULO 1.- Dar a publicidad el pedido de Ampliación a la Capacidad de Transporte
Existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELÉCTRICA
POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNINA
(TRANSPA S.A.) a requerimiento de la EMPRESA DE ENERGIA RIO NEGRO
SOCIEDAD ANÓNIMA (EDERSA) , consistente en la incorporación de UN (1)
transformador adicional (TP2) 132/34,5 kV de 30 MVA en la ET San Antonio Oeste
(SAO), ubicada en la Provincia de RIO NEGRO.
ARTÍCULO 2.- La publicación dispuesta en el Artículo 1, deberá efectuarse por CINCO
(5) días en los portales de Internet del ENRE y de la COMPAÑIA ADMINISTRADORA
DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y por
DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar donde la obra vaya a real izarse o
pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (1 O) días desde la última
publicación, para que quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las
prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición
fundada por escrito ante el ENRE.
ARTÍCULO 3.- Disponer que en caso de registrarse oposición común a varios usuarios,
<fl se "convocará a una Audiencia Pública para recibir las oposiciones y permitir al solicitante
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"2017 - Año de las Energías Renovables"
contestar las mismas y exponer sus argumentos. Caso contrario, vencido el plazo
mencionado en el Artículo precedente, se considerará emitido el Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública para la ampliación indicada en el Artículo 1.
ARTÍCULO 4.- EDERSA deberá cumplir con los requerimientos técnicos de CA~MESA :;- ; . . . ~ -
para la ampliación solicitada. '.
ARTICULO 5.- Notifíquese a TRANSPA S.A., a EDERSA, a CAMMESA y al ENTE
PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD DE RIO NEGRO (EPRERN).
ARTICULO 6.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese.
RESOLUCIÓN ENRE Nº 5'\9 /2017 1 ACTA Nº 1502
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Director ENTE NACIONAi. REGULADOR DE LA 8.EClRICIDAO
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- Dra. Marta l. Roscard1 Vicepresidente
fNTE NACJONAl RfGU.Alm DE lA ELECTRlCJDA'
TINEZLEONE PRESI E
ENTE NACIONAL REGULAD R E LA ELECTRICIDAD
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A CAMMESA
De mi consideración :
"2017 - Año de las Energías Reno\"ables"
2? NOV 7r.17
Ref. Resolución ENRE Nº 549/2017
Expediente ENRE Nº 47.220/2016
Me dirijo a ustedes a fin de solicitarles la publicación en su página WEB (MEMNet) por
el término de CINCO (5) días, del aviso que adjunto a la presente y corresponde al pedido de Ampliación
a la Capacidad de Transporte Existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA
ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA {TRANSPA
S.A.) a requerimiento de la EMPRESA DE ENERGÍA RIO NEGRO SOCIEDAD ANÓNIMA (EDERSA),
consistente en la incorporación de UN (1) transformador adicional (TP2) 132/34,5 kV de 30 MVA en la
ET San Antonio Oeste (SAO), ubicada en la Provincia de RIO NEGRO.
La publicación solicitada se realizará asimismo en la página web del ENRE con el fin fj de que su contenido se encuentre a disposición de los distintos agentes del MEM.
Muy atentamente.
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DRA. NATALIA PAVESI SECRETARIA ALTERNA DEL DIRECTORIO
ENJf NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
E\TI :SACIOl'.-\L REGULADOR DE U ll.'ECilUCIDAD
"2017 -Año de las Energías Renovables"
AVISO
RESOLUCIÓN ENRE Nº 549/2017.
SOLICITUD DE AMPLIACIÓN A LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE EXISTENTE
Por Resolución ENRE N° 549/2017 dictada en el Expediente ENRE Nº 47.220/2016, el Directorio
del ENRE resuelve dar a publicidad el pedido de Ampliación a la Capacidad de Transporte Existente
presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN
TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.) a requerimiento de la
EMPRESA DE ENERGIA RIO NEGRO SOCIEDAD ANÓNIMA (EDERSA), consistente en la
incorporación de UN (1) transformador adicional (TP2) 132/34,5 kV de 30 MVA en la ET San Antonio
Oeste (SAO), ubicada en la Provincia de RIO NEGRO. La difusión de este pedido se extiende por
el plazo de CINCO (5) días en los portales de Internet del ENRE y de CAMMESA, y por DOS (2)
días en un diario de amplia difusión del lugar donde la obra se va a realizar, o pueda afectar
eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (1 O) días desde la última publicación para que quien
considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus
intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. De registrarse
oposición común a varios usuarios, se convocará a Audiencia Pública, a fin de permitir al solicitante
contestar las mismas y exponer sus argumentos. En caso de que no hubiera ninguna presentación
fundada , vencido el plazo señalado, se considerará emitido el Certificado de Conveniencia y
Necesidad Pública para la obra referida .
El Expediente ENRE Nº 47.220/2016 podrá consultarse en Avenida Madero 1020, 9º piso, de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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