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SUMARIO III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE ALCAZARÉN AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN AYUNTAMIENTO DE CEINOS DE CAMPOS AYUNTAMIENTO DE CEINOS DE CAMPOS ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN (REVAL). RECAUDACION VOLUNTARIA. Notificación colectiva de liquidaciones de cobro periódico. Página 5 Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra de proyecto de urbanización del entorno de la iglesia incluido en el plan bienal de cooperación 2.016-2017. Página 9 Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de las obras incluidas en planes provinciales 2016-2017. Página 10 Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria de gastos por créditos extraordinarios y del anexo a inversiones Página 11 Exposición pública del proyecto técnico para la obra de pavimentación de calles incluida en el plan bienal de cooperación 2016/2017. Página 14 Exposición pública del proyecto técnico de la obra de renovacion de alumbrado público de eficiencia energética incluida en el plan bienal de cooperación 2016/2017. Página 15 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2016-125 Jueves, 2 de junio de 2016 Núm. 125 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2016-125 Núm. 125 Jueves, 2 de junio de 2016 Pág. 1

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SUMARIO

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE ALCAZARÉN

AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN

AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN

AYUNTAMIENTO DE CEINOS DE CAMPOS

AYUNTAMIENTO DE CEINOS DE CAMPOS

ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN (REVAL).RECAUDACION VOLUNTARIA. Notificación colectiva de liquidaciones decobro periódico. Página 5

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra deproyecto de urbanización del entorno de la iglesia incluido en el plan bienalde cooperación 2.016-2017. Página 9

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de las obrasincluidas en planes provinciales 2016-2017. Página 10

Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria degastos por créditos extraordinarios y del anexo a inversiones Página 11

Exposición pública del proyecto técnico para la obra de pavimentación decalles incluida en el plan bienal de cooperación 2016/2017. Página 14

Exposición pública del proyecto técnico de la obra de renovacion dealumbrado público de eficiencia energética incluida en el plan bienal decooperación 2016/2017. Página 15

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AYUNTAMIENTO DE CUENCA DE CAMPOS

AYUNTAMIENTO DE CUENCA DE CAMPOS

AYUNTAMIENTO DE FRESNO EL VIEJO

AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

AYUNTAMIENTO DE MAYORGA

AYUNTAMIENTO DE QUINTANILLA DE ONÉSIMO

AYUNTAMIENTO DE TORRELOBATÓN

AYUNTAMIENTO DE TORRELOBATÓN

Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestaria número1/2016 por crédito extraordinario y suplemento de crédito Página 16

Exposición pública del proyecto técnico de la obra de urbanización deplaza Mayor incluida en el plan bienal de cooperación 2016/2017. Página 17

SECRETARIA. Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora dela utilización de la casa rural La Cañada. Página 18

Aprobación de Proyectos Técnicos y dirección de obras incluidos en elplan bienal de cooperación 2016-2017. Página 20

SECRETARIA. Anuncio de licitación para contratar el aprovechamientocinegético del lote uno comprendido en el Monte de utilidad publicanúmero 115 denominado La Tierruca. Página 21

Emplazamiento a interesados en el procedimiento número 17/2016 yremisión del expediente al juzgado de lo Contencioso- Administrativonúmero 3 de Valladolid. Página 23

Aprobación definitiva de la ordenanza específica que regula las ayudaspara financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado que curseeducación infantil, primaria y educación secundaria obligatoria. Página 24

Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladoradel precio publico por entrada y visita al museo centro de interpretación delmovimiento comunero en el castillo. Página 32

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AYUNTAMIENTO DE VILLANUBLA

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE DUERO

IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Anuncio de licitación para contratar la concesión del servicio público de laescuela infantil municipal El Trenecito. Página 34

Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2015. Página 38

Notificación en procedimiento despidos/ceses en general número172/2016. Página 39

Notificación en procedimiento ordinario número 171/2016 Página 40

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número63/2016. Página 41

Notificación en procedimiento despidos/ceses en general número219/2016 Página 43

Notificación en procedimiento ordinario número 218/2016. Página 44

Notificación en procedimiento ordinario número 504/2016. Página 45

Notificación en procedimiento despidos/ceses en general número971/2015. Página 46

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JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Notificación en procedimiento despidos/ceses en general número380/2014. Página 48

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número11/2016. Página 50

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN (REVAL)

RECAUDACION VOLUNTARIA

Anuncio de cobranza de recursos tributarios y de derecho publico de cobro periódico porrecibo

En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 24 del vigente Reglamento General deRecaudación se anuncia, que en el plazo que se indica a continuación, estarán puestas alcobro, en periodo voluntario, las liquidaciones tributarias y de recursos de derecho públicode titularidad de las Entidades Locales que, habiendo delegado la gestión recaudatoria eneste Organismo Autónomo, aparecen indicadas en la relación anexa.

Plazo de ingreso: Desde el 3 de junio, hasta el 5 de agosto, ambos inclusive, del añoactual.

Modalidades de ingresoPagos no domiciliados:

Las personas interesadas, que no tengan domiciliado el pago a través de Entidades deDepósito, realizarán el ingreso, presentando los documentos de cobro/aviso de pago, queserán enviados por correo ordinario, en cualquiera de las oficinas de las EntidadesColaboradoras en la recaudación, autorizadas por este Organismo Autónomo, y que sonlas siguientes:

B. EspañaDuero ( Caja España, Caja Duero ) Cajamar Bankia Santander Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Banco Popular Español Caixabank

Este envío no tiene carácter de notificación, por lo que la no recepción por correo de losdocumentos de cobro/aviso de pago en el domicilio del contribuyente no exime a éste de laobligación de pago.

Si no hubiera recibido los documentos de cobro antes del día 5 de julio, podrán serretirados en las oficinas de recaudación cuyo domicilio consta a continuación, los díasseñalados de 9,00 a 14.00 horas, hasta el día 5 de agosto, fecha en que finaliza el plazode pago en período voluntario.

OFICINA DIRECCIÓN TELÉFONO DÍAS HORARIO

VALLADOLID C/ Ramón y Cajal, 5 983 42 71 00 LUNES A VIERNES 9.00 A 14.00

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Ext. 737-163

MEDINA DEL CAMPO Plaza Mayor de la Hispanidad, 27 983 80 48 50 JUEVES Y VIERNES 9.00 A 14.00

MEDINA DE RIOSECO Plaza Santo Domingo 6 983 70 05 87 LUNES A VIERNES 9.00 A 14.00

PEÑAFIEL Derecha al Coso 43, (C. S. El Mirador) 983 88 13 36 LUNES A VIERNES 9.00 A 14.00

TORDESILLAS Plaza Mayor, 1 (Edificio Ayuntamiento) 983 77 16 66 LUNES, MARTES Y MIÉRCOLES 9.00 A 14.00

El documento de cobro/aviso de pago, solamente tendrá carácter liberatorio una vezvalidado el ingreso por cualquiera de las Entidades Colaboradoras citadas.

Pagos domiciliados:

Las deudas, cuyo pago, con arreglo a lo establecido en el artículo 38 del vigenteReglamento General de Recaudación, haya sido domiciliado en cuentas abiertas enEntidades de Deposito, se harán efectivas, a través de dichas Entidades, mediante adeudoen la cuenta que el interesado mantenga abierta en las mismas, y que se realizará,aproximadamente, cuarenta días naturales antes de la finalización del periodo decobranza.

En estos casos, servirán como justificantes del pago, los documentos de adeudo en cuentaemitidos por las Entidades de Deposito donde se tenga domiciliado el pago de las deudas.

Observaciones legales

Se advierte a los contribuyentes, que transcurrido el plazo de ingreso señalado sin habersido satisfecha la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo de cobro, devengándose losrecargos, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdocon lo dispuesto en el articulo 161 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003).

Se recuerda la conveniencia de utilizar, como forma de pago, la domiciliación en cuentasabiertas en Entidades de Depósito, con arreglo a las normas que señala el artículo 38 delReglamento General de Recaudación.

Lo que se publica para general conocimiento.

En Valladolid, a 31 de mayo de 2016.- El Presidente.- Fdo.: Artemio Domínguez González.

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AYUNTAMIENTO CONCEPTO PERIODO ALAEJOS TRANSITO DE GANADO 2016 ALDEA DE SAN MIGUEL AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016 ALDEALBAR SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 2015 BAHABON DE VALCORBA SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016 BERCERUELO SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016 BOBADILLA DEL CAMPO SUMINISTRO DE AGUA Y RECOGIDA DE BASURAS 1º TRIMESTRE 2016 BOCIGAS SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016 BOLAÑOS DE CAMPOS SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016 CABEZON DE VALDERADUEY SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016

CABREROS DEL MONTE TASA DE ALCANTARILLADO TRANSITO DE GANADO RECOGIDA DE BASURAS

2016 2016

1º SEMESTRE 2016 EL CAMPILLO SUMINISTRO DE AGUA Y RECOGIDA DE BASURAS 1º TRIMESTRE 2016 CASTRODEZA AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016

CASTRONUEVO DE ESGUEVA SUMINISTRO DE AGUA RECOGIDA DE BASURAS TRANSITO DE GANADO

1º TRIMESTRE 2016 2016 2016

CASTROVERDE DE CERRATO RECOGIDA DE BASURAS SUMINISTRO DE AGUA

2016 1º TRIMESTRE 2016

CEINOS DE CAMPOS SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016 CERVILLEGO DE LA CRUZ AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016 CIGUÑUELA AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016 COGECES DEL MONTE AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º CUATRIMESTRE 2016 CORCOS SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016 ESGUEVILLAS DE ESGUEVA SUMINISTRO DE AGUA Y RECOGIDA DE BASURAS 1º TRIMESTRE 2016 FOMBELLIDA SUMINISTRO DE AGUA Y RECOGIDA DE BASURAS 1º TRIMESTRE 2016 FUENSALDAÑA AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016 FUENTE EL SOL AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016

GALLEGOS DE HORNIJA RECOGIDA DE BASURAS TASA DE ALCANTARILLADO SUMINISTRO DE AGUA

2016 2016

1º TRIMESTRE 2016

GERIA RECOGIDA DE BASURAS ENTRADA DE VEHICULOS SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO

2016 2016

1º TRIMESTRE 2016 HORNILLOS DE ERESMA SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016 LOMOVIEJO SUMINISTRO DE AGUA 1º CUATRIMESTRE 2016

MARZALES SUMINISTRO DE AGUA RECOGIDA DE BASURAS

1º TRIMESTRE 2016 2016

MATILLA DE LOS CAÑOS AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016 MELGAR DE ABAJO SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016 MELGAR DE ARRIBA SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016 MONASTERIO DE VEGA SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016 MONTEALEGRE DE CAMPOS SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016 MORALEJA DE LAS PANADERAS SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016 MURIEL DE ZAPARDIEL SUMINISTRO DE AGUA 1º CUATRIMESTRE 2016 NUEVA VILLA DE LAS TORRES TASA DE CEMENTERIO 2016

OLMOS DE ESGUEVA RECOGIDA DE BASURAS SUMINISTRO DE AGUA

2016 1º TRIMESTRE 2016

LA PEDRAJA DE PORTILLO SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016

PEÑAFLOR DE HORNIJA RECOGIDA DE BASURAS SUMINISTRO DE AGUA

2016 1º TRIMESTRE 2016

PIÑA DE ESGUEVA SUMINISTRO DE AGUA Y RECOGIDA DE BASURAS 1º TRIMESTRE 2016 PIÑEL DE ARRIBA AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016 PORTILLO RECOGIDA DE BASURAS 1º TRIMESTRE 2016 POZAL DE GALLINAS SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016

POZUELO DE LA ORDEN RECOGIDA DE BASURAS TASA DE ALCANTARILLADO TRANSITO DE GANADO

1º SEMESTRE 2016 2016 2016

RAMIRO AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016

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AYUNTAMIENTO CONCEPTO PERIODO

ROALES DE CAMPOS

SUMINISTRO DE AGUA TASA DE ALCANTARILLADO ENTRADA DE VEHICULOS TRANSITO DE GANADO APROVECHAMIENTO BIENES PROPIOS

1º TRIMESTRE 2016 2016 2016 2016 2016

ROBLADILLO SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016 RUBI DE BRACAMONTE AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016 SAELICES DE MAYORGA SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016 SAN MARTIN DE VALVENI SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016 SAN MIGUEL DEL PINO SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016

SAN SALVADOR SUMINISTRO DE AGUA RECOGIDA DE BASURAS

1º TRIMESTRE 2016 2016

SAN VICENTE DEL PALACIO AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016 TORRE DE ESGUEVA SUMINISTRO DE AGUA Y RECOGIDA DE BASURAS 1º TRIMESTRE 2016 TORRESCARCELA AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016 TRASPINEDO RECOGIDA DE BASURAS 2º SEMESTRE 2016 TRIGUEROS DEL VALLE SUMINISTRO DE AGUA Y RECOGIDA DE BASURAS 1º TRIMESTRE 2016 TUDELA DE DUERO AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016 LA UNION DE CAMPOS SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016 URUEÑA SUMINISTRO DE AGUA Y RECOGIDA DE BASURAS 1º TRIMESTRE 2016 VALDENEBRO DE LOS VALLES SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016 VALDUNQUILLO SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016 VELASCALVARO SUMINISTRO DE AGUA Y RECOGIDA DE BASURAS 1º TRIMESTRE 2016 VELILLA AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016

VELLIZA SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO

4º TRIMESTRE 2015 1º TRIMESTRE 2016

VENTOSA DE LA CUESTA AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016

VIANA DE CEGA RECOGIDA DE BASURAS SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO

2016 1º TRIMESTRE 2016

VILLABRAGIMA TASA DE ALCANTARILLADO TRANSITO DE GANADO SUMINISTRO DE AGUA Y RECOGIDA DE BASURAS

2016 2016

1º TRIMESTRE 2016

VILLACARRALON TASA DE ALCANTARILLADO ENTRADA DE VEHICULOS TRANSITO DE GANADO

2016 2016 2016

VILLAFRECHOS SUMINISTRO DE AGUA Y RECOGIDA DE BASURAS 1º TRIMESTRE 2016

VILLALAR DE LOS COMUNEROS AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO TASA ADMINISTRACION BIENES COMUNALES

1º TRIMESTRE 2016 2016

VILLALBA DE LOS ALCORES AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016 VILLALON DE CAMPOS SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 1º CUATRIMESTRE 2016 VILLAN DE TORDESILLAS SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016 VILLANUBLA SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016

VILLANUEVA DE DUERO RECOGIDA DE BASURAS SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO

1º SEMESTRE 2016 1º CUATRIMESTRE 2016

VILLANUEVA DE LOS INFANTES SUMINISTRO DE AGUA Y RECOGIDA DE BASURAS 1º TRIMESTRE 2016 VILLARDEFRADES SUMINISTRO DE AGUA Y RECOGIDA DE BASURAS 1º TRIMESTRE 2016

VILLARMENTERO DE ESGUEVA RECOGIDA DE BASURAS SUMINISTRO DE AGUA

2016 1º TRIMESTRE 2016

VILLASEXMIR SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016 VILLAVELLID SUMINISTRO DE AGUA Y RECOGIDA DE BASURAS 1º TRIMESTRE 2016

VILLAVERDE DE MEDINA SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO RECOGIDA DE BASURAS

1º TRIMESTRE 2016 2016

WAMBA SUMINISTRO DE AGUA 1º TRIMESTRE 2016 ZARATAN AGUA, BASURAS Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2016

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALCAZARÉN

El Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión celebrada el día 19 de mayo de 2016 aprobó elproyecto técnico de "Proyecto de urbanización del entorno de la iglesia en Alcazarén”, incluido en el Plan Bienal de Cooperación 2.016-2017 y redactado por el Ingeniero D. Julián Alonso Chillón, por importe total de 97.149,24 euros (incluido IVA del 21 %).

El citado proyecto permanecerá expuesto al público por término de veinte días hábiles apartir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durantelos cuales los interesados pueden presentar las reclamaciones o alegaciones que estimenoportuno.

En Alcazarén, a 24 de mayo de 2016.- La Alcaldesa.-Fdo.: Ana Isabel Catalina López.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN

Por el presente anuncio se hace público que el Ayuntamiento Pleno de Aldeamayor de SanMartín en sesión del día 30 de Mayo de 2016 ha aprobado los siguientes Proyectos deobras incluidas en Planes Provinciales 2016-2017:

1.-Limpieza e impermeabilización integral del depósito municipal de agua potable del parajedel Manadero de Aldeamayor de San Martin (Valladolid), redactado por el Ingeniero T.Forestal del Ayuntamiento D. Juan Diego Rivera Calvo.

2.-Reparaciones en fosas sépticas y estaciones de bombeo de aguas residuales enAldeamayor de San Martin (Valladolid), redactado por el Ingeniero T. Forestal delAyuntamiento D. Juan Diego Rivera Calvo.

3.-Mejora de las instalaciones en la EDAR de Aldeamayor Golf y Los Aljibes enAldeamayor de San Martin (Valladolid), redactado por el Ingeniero T. Forestal delAyuntamiento D. Juan Diego Rivera Calvo.

4.-Proyecto de pavimentación de Calle San Martin y otras calles en Aldeamayor de SanMartin, redactado por el Arquitecto municipal.

5.-Proyecto de reforma de alumbrado público en orden a la eficiencia y ahorro energéticoen la Urbanización Aldeamayor Golf, redactado por el Ingeniero D. Antonio RodríguezRedondo.

Lo cual se somete a información pública por el plazo de veinte días hábiles, a contar desdeel día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provinciade Valladolid.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

En Aldeamayor de San Martín, a 30 de Mayo de 2016.- El Alcalde.- Fdo.: Fernando de laCal Bueno.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN

EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN AL PRESUPUESTO DE GASTOS POR CRÉDITOSEXTRAORDINARIOS Y DEL ANEXO DE INVERSIONES

Aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos NÚM. 03/2016 alPresupuesto General de 2016 por no haberse presentado reclamaciones durante el plazode exposición al público.

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 169.3 en relación con el artículo 177.2 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a su publicación de acuerdocon el siguiente detalle:

CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS

Capítulos Denominación Importe

II Gastos en Bienes corrientes y servicios 18.000,00

VI Inversiones Reales 383.600,00

TOTAL 401.600,00

FINANCIACIÓN

PRESUPUESTO DE INGRESOS

Capítulos Denominación Importe

VIII Remanente de Tesorería 401.600,00

TOTAL 401.600,00

Se consideran de acuerdo con la Disposición adicional 16ª del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales, como INVERSIONES FINANCIERAMENTE SOSTENIBLES las quese indican a continuación:

Nº CÓDIGO APLICACIÓNPRESUPUESTARIA

DENOMINACIÓN IMPORTE

1 2016/4/IFS/1 13.933.632.90 INV. REPOSICIÓN:-ACTUACIONES EN LAS PISCINAS MUNICIPALES DELNÚCLEO URBANO

12.000,00

2 2016/4/IFS/2 13.1621.629.90 INV. NUEVA.-ADQUISICIÓN CONTENEDORES DE RECOGIDA SELECTIVA DERESIDUOS

7.500,00

3 2016/4/IFS/3 13.171.619.90 INV. REPOSICIÓN.-REFORMA DE ZONAS VERDES MUNICIPALES 20.000,00

4 2016/4/IFS/4 13.454.619.90 INV. NUEVA.-ADECUACIÓN INTEGRAL DE LOS SENDEROS LÚDICOS-PEATONALES

15.000,00

5 2016/4/IFS/5 13.171.619.91 INV. REPOSICIÓN.-REFORMA E ILUMINACIÓN DE PARQUES INFANTILES 40.000,00

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6 2016/4/IFS/6 13.454.619.91 INV. NUEVA.-SEÑALIZACIÓN Y HOMOLOGACIÓN RUTA SENDERISMO 3.500,00

7 2016/4/IFS/7 13.1621.619.91 INV. NUEVA.-ACONDICIONAMIENTO PUNTO LIMPIO 3.500,00

IMPORTE TOTAL 101.500,00

Se modifica igualmente el Anexo de inversiones que acompaña al Presupuesto municipalpara el ejercicio 2016, con el desglose por proyectos de gasto y fuentes de financiaciónse indican a continuación:

PROYECTOS QUE CAUSAN ALTA

PR O Y E C T O S D E G A S T O S FUENTES DE FINANCIACION

APLICAC. DENOMINACION IMPORTE CÓDIGO APLICAC. AGENTE IMPORTE

14.323.632.00 INV.NUEVA: CEIP MIGUEL DELIBES. TOLDO,SOTECHADO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

10.000,00 2016/4/MAMB/1 870.00 RemanentedeTesorería:FinanciaciónGeneral

10.000,00

13.933.632.90 INV. REPOSICIÓN:ACTUACIONES EN LASPISCINAS MUNICIPALES DEL NÚCLEO URBANO

12.000,00 2016/4/IFS/1 870.00 RemanentedeTesorería:FinanciaciónGeneral

12.000,00

13.1621.629.90 INV. NUEVA.-ADQUISICIÓN CONTENEDORESDE RECOGIDA SELECTIVA DE RESIDUOS

7.500,00 2016/4/IFS/2 870.00 RemanentedeTesorería:FinanciaciónGeneral

7.500,00

13.171.619.90 INV. REPOSICIÓN.-REFORMA DE ZONASVERDES MUNICIPALES

20.000,00 2016/4/IFS/3 870.00 RemanentedeTesorería:FinanciaciónGeneral

20.000,00

13.454.619.90 INV. NUEVA.-ADECUACIÓN INTEGRAL DE LOSSENDEROS LÚDICOS-PEATONALES

15.000,00 2016/4/IFS/4 870.00 RemanentedeTesorería:FinanciaciónGeneral

15.000,00

13.171.619.91 INV. REPOSICIÓN.-REFORMA E ILUMINACIÓNDE PARQUES INFANTILES

40.000,00 2016/4/IFS/5 870.00 RemanentedeTesorería:FinanciaciónGeneral

40.000,00

13.454.619.91 INV. NUEVA.-SEÑALIZACIÓN Y HOMOLOGACIÓNRUTA SENDERISMO

3.500,00 2016/4/IFS/6 870.00 RemanentedeTesorería:FinanciaciónGeneral

3.500,00

13.1621.619.91 INV. NUEVA.-ACONDICIONAMIENTO PUNTOLIMPIO

3.500,00 2016/4/IFS/7 870.00 RemanentedeTesorería:FinanciaciónGeneral

3.500,00

14.321.623.00 INV.NUEVA: COCINA CENTRO DE DIA 1.000,00 2016/4/BSOC/1 870.00 RemanentedeTesorería:FinanciaciónGeneral

1.000,00

14.337.629.00 INV.NUEVA: ADECUACIÓN PARQUE INTERIORESPACIO JOVEN

2.000,00 2016/4/JUVEN/1 870.00 Remanentede

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Tesorería:FinanciaciónGeneral

12.337.639.00 INV. REPOSICIÓN.-REFORMA ZONA DE JUEGOSPZA. DEL SOLTADERO

6.000,00 2016/4/URBAN/1 870.00 RemanentedeTesorería:FinanciaciónGeneral

6.000,00

15.334.629.00 INV. NUEVA.-OTRAS INVERSIONES:EQUIPOSONIDO SALA POLIVALENTE

3.000,00 2016/4/CULTU/1 870.00 RemanentedeTesorería:FinanciaciónGeneral

3.000,00

15.334.639.01 INV. REPOSICIÓN.-OTRAS INVERSIONES:ADECUACIÓN SISTEMA DE SONIDO YESCENARIO TEATRO CASA DE CULTURA

10.000,00 2016/4/CULTU/2 870.00 RemanentedeTesorería:FinanciaciónGeneral

10.000,00

12.323.609.00 INV. NUEVA.OTRAS INVERSIONES: PACELACOLINDANTE COLEGIO

43.000,00 2016/4/URBAN/2 870.00 RemanentedeTesorería:FinanciaciónGeneral

43.000,00

12.312.622.00 INV. NUEVA.EDIFICIOS Y OTRASCONSTRUCCIONES.-AMPLIACIÓNCONSULTORIO MÉDICO

131.100,00 2016/4/URBAN/3 870.00 RemanentedeTesorería:FinanciaciónGeneral

131.100,00

12.150.624.00 INV. NUEVA.- ADQUSICIÓN VEHÍCULOPERSONAL OBRAS

26.000,00 2016/4/URBAN/4 870.00 RemanentedeTesorería:FinanciaciónGeneral

26.000,00

12.342.622.00 INV. NUEVA:- ZONAS DEPORTIVAS URB. ELSOTO

50.000,00 2016/4/URBAN/5 870.00 RemanentedeTesorería:FinanciaciónGeneral

50.000,00

TOTALES 383.600,00€ TOTALES 383.600,00€

En Aldeamayor de San Martín, a 30 de mayo de 2016.- El Alcalde.- Fdo.:-Fernando de laCal Bueno.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CEINOS DE CAMPOS

Aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión celebrada el día 30 de mayo de2.016 el Proyecto de la obra de “pavimentación de la calle del Templo, calle del Marqués ycalle del Rosario en Ceinos de Campos”, redactado por el ingeniero de caminos, canales ypuertos D. Gregorio Javier González de la Fuente (Viasgon Obras y Servicios, S.L.U.),incluido en el Plan Bienal de Cooperación 2.016-2017 de la Excma. Diputación Provincialde Valladolid y con un presupuesto total de 22.300 euros, se expone al público por el plazode veinte días hábiles, a efectos de su examen y posibles reclamaciones. Si transcurridodicho plazo no se hubieran presentado alegaciones al mismo, se considerarádefinitivamente aprobado.

Ceinos de Campos, a 30 de mayo de 2.016.- El Alcalde.- Fdo.: Ricardo Collantes Méndez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CEINOS DE CAMPOS

Aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de mayo de2.016 el Proyecto de la obra de “Renovación de alumbrado público de eficienciaenergética”, redactado por el ingeniero técnico industrial D. Vicente Camarero Prieto,incluido en el Plan Bienal de Cooperación 2.016-2017 de la Excma. Diputación Provincialde Valladolid y con un presupuesto total de 19.999’91 euros, se expone al público por elplazo de veinte días hábiles, a efectos de su examen y posibles reclamaciones. Sitranscurrido dicho plazo no se hubieran presentado alegaciones al mismo, se considerarádefinitivamente aprobado.

En Ceinos de Campos, a 30 de mayo de 2.016.- El Alcalde.- Fdo.: Ricardo CollantesMéndez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CUENCA DE CAMPOS

Por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 30 de mayo de 2016, seaprobó provisionalmente el expediente de modificación al presupuesto de gastos nº 1/2016por Crédito Extraordinario y Suplemento de Crédito.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 20 y 38 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, dichoexpediente se expone al público en la Secretaría de este Ayuntamiento durante el plazo de15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio, a efectos deque los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas a susderechos.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado el expediente seentenderá aprobado definitivamente produciendo efectos desde la fecha de la aprobaciónprovisional una vez que se haya publicado íntegramente.

Cuenca de Campos, a 30 de mayo de 2.016.- EL Alcalde.- Fdo.: Faustino GonzálezMiguel.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CUENCA DE CAMPOS

Aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento en Sesión celebrada el día 30 de mayo de2.016, el Proyecto Básico y de Ejecución de la obra de Urbanización de calles –PlazaMayor- en Cuenca de Campos (Valladolid), incluido en el Plan Bienal 2016-2017 deCooperación de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid, por importe de 34.000 eurosy redactado por el Arquitecto Dª. Izaskun Villena Marcos, se expone al público por el plazode veinte días hábiles, a efectos de su examen y posibles reclamaciones. Si transcurridodicho plazo no se hubieran presentado alegaciones, se considerará definitivamenteaprobado dicho Proyecto.

Cuenca de Campos, a 30 de mayo de 2.016.- EL Alcalde.- Fdo.: Faustino GonzálezMiguel.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE FRESNO EL VIEJO

SECRETARIA

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público quedaautomáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento deFresno el Viejo sobre imposición de la tasa por Utilización de la Casa Rural La Cañada, asícomo la Ordenanza fiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se hace público encumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

ORDENANZA FISCAL Nº 23 REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DELSERVICIO UTILIZACIÓN DE LA CASA RURAL “LA CAÑADA"

ARTÍCULO 1.-Fundamento y Naturaleza

El Ayuntamiento de Fresno el Viejo, en uso de las facultades contenidas en los artículos133.2 y 142 de la Constitución Española y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 deabril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo establecido enlos artículos 15 a 19, y 20.4.ñ) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,establece la tasa por la estancia y utilización de las instalaciones de la casa rural “LaCañada”, que se regirá por las normas de la presente Ordenanza fiscal.

ARTÍCULO 2.-Hecho Imponible

Constituye el hecho imponible de la tasa reguladora de la presente Ordenanza, laprestación del servicio de estancia y utilización de las instalaciones de la casa rural “LaCañada”

ARTÍCULO 3.-Sujetos Pasivos

Están obligados al pago de la tasa por la utilización de la casa rural “La Cañada” poraquellos que soliciten la prestación del servicio.

ARTÍCULO 4.-Cuota Tributaria y Tarifas

La tarifa de esta tasa será la siguiente:

ALQUILER DE UNA NOCHE DE LUNES A JUEVES (NO FESTIVOS): 100 €/NOCHEALQUILER DE UNA NOCHE DE VIERNES A DOMINGO Y FESTIVOS: 150 €/NOCHEALQUILER DE DOS O MÁS NOCHES (FIN DE SEMANA): 100 €/NOCHEALQUILER DE UNA SEMANA COMPLETA (DE LUNES A DOMINGO): 350 €ALQUILER DE UN MES COMPLETO: 600 €

La casa tiene una capacidad de 6 personas. Para el caso de que se reserve algunapersona adicional, tendrá un coste de 15 €/noche cada persona hasta un máximo de dos

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personas (el aforo máximo autorizado es de ocho personas).

ARTÍCULO 5.-Devengo

La tasa se devengará y la obligación de contribuir nacerá desde el momento en el que seinicie el servicio que constituye el hecho imponible, previa admisión.

ARTÍCULO 6.-Gestión, Liquidación e Ingreso

Los interesados en que se les preste algún servicio de los referidos en la presenteOrdenanza deberán firmar con el Ayuntamiento un documento en el que facilite la identidadde los inquilinos para cumplir con la normativa vigente.

El pago de las cuotas se efectuará mediante transferencia bancaria el 50 % del coste en lacuenta que el Ayuntamiento de Fresno el Viejo estime, con antelación a la ocupación del avivienda.

El otro 50 % restante se abonará en efectivo en el momento de ocupar la casa.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente Ordenanza fiscal, será de aplicación a partir de su publicación íntegra en elBoletín Oficial de la Provincia y continuará vigente en tanto no se disponga su modificacióno derogación.»

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de lapublicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superiorde Justicia de Castilla y León.

E n Fresno el Viejo, a 24 de mayo de 2016.- El Alcalde.- Fdo.: Luís Miguel MuñumerGarcía.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 23 de mayo de 2016, aprobó lossiguientes Proyectos Técnicos Y DIRECCIÓN DE OBRAS, todos ellos incluidos en el PlanBienal de Cooperación 2016-2017 de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid:

1.-Título: Proyecto de renovación de redes de saneamiento y abastecimiento en variascalles del barrio La Serna en Iscar (Valladolid).Equipo redactor: Doña Elvira San Miguel Cuellar -Arquitecto.D. Carlos Martín de la Fuente - Arquitecto Técnico.Total Inversión: 158.480,00 €.

2.-Título: Proyecto de renovación de alumbrado para ahorro energético.Equipo redactor: D. Fernando Pérez Macías - Ingeniero Técnico Industrial.D. Ignacio Muriel Cabanillas - Ingeniero Técnico Industrial.Total Inversión: 128.353,28 €.

3.-Título: Proyecto de ejecución y renovación de pavimento y acerado en varias calles deltérmino municipal de Iscar (Valladolid).Equipo redactor: D. José Enrique Gamarra Alonso de Linaje – Arquitecto.Total Inversión: FASE I: 185.008,22 €.FASE II: 137.623,50 €Del presente Proyecto solamente se incluye en el Plan Bienal de Cooperación la FASE I.

4.-Título: Proyecto para depuración de aguas residuales en el Parque de Puente Blanca enIscar (Valladolid).Equipo redactor: D. Julián Alonso Chillón – Ingeniero de Caminos C. y P.D. Jesús María Álvarez Gregorio – Ingeniero Técnico de O.P.Presupuesto Ejecución Contrata (I.V.A. incluido): FASE I: 51.000,00 €.FASE II: 12.894,84 €Del presente Proyecto solamente se incluye en el Plan Bienal de Cooperación la FASE II.

5.-Título: Proyecto de ejecución para le ejecución de nuevas fosas en el CementerioMunicipal de Iscar (Valladolid).Equipo redactor: Dª. Elena Arces Ledesma – Arquitecto Técnico.Total Inversión: 20.000,00 €.Los citados Proyectos Técnicos se exponen al público por veinte días hábiles a contardesde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el B.O.P. con objeto de que losinteresados puedan examinarlos y presentar ante la Junta de Gobierno Local, lasreclamaciones, alegaciones o sugerencias que a su derecho convenga.Los proyectos se encuentran en la Concejalía de Urbanismo y Obras del Ayuntamiento deIscar, donde podrán ser revisados.En caso de que, transcurrido dicho periodo de exposición pública, no se hayan producidoreclamaciones, éstos se considerarán definitivamente aprobados sin más trámite.

En Íscar, a 24 de mayo de 2016.- El Alcalde.-Fdo.: Luís María Mártín García.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MAYORGA

SECRETARIA

De conformidad con lo ordenado por el decreto del Sr. Alcalde de fecha 17 de mayo de2016, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria de la subasta, para laadjudicación del aprovechamiento cinegético del lote que seguidamente se relacionacomprendido en el Monte de U.P. nº 115 "LA TIERRUCA" propiedad de esteAyuntamiento, ubicado en el término municipal de Mayorga, conforme a los siguientesdatos:

LOTE LOCALIZACION SUPERFICIE TASACION FIANZA PROV.

1 "El Draque" 427,26 9.483,45 189,67

1.-Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de la información:a)-Organismo: Sr.Alcalde.b)-Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.c)-Obtención de documentación e información: 1.Dependencia: Oficinas Municipales. 2.Domicilio: Plaza España 1. 3.Localidad y Código Postal: MAYORGA -47680- Valladolid 4.Teléfono: 983751003 5.Telefax: 983751559 6.Correo electrónico: [email protected] 7.Dirección de internet del Perfil de Contratante: www.aytomayorga.org

2.-Objeto del contrato.a)-Tipo: privado.b)-Descripción del objeto: aprovechamiento cinegético del Monte U.P. nº 115 "LATIERRUCA",c)-División por lotes y número de lotes: Lotes 1.

3.-Tramitación y procedimiento.a)-Tramitación: ordinaria.b)-Procedimiento: subasta.

4.-Importe del contrato:Por cinco años y mejorable al alza asciende a 9.483,45 €, para el Lote nº 1.

5.-Requisitos del contratista.Persona natural o jurídica, que tenga plena capacidad para ello.

6.-Presentación de las ofertas.a)-Fecha límite de presentación: VEINTISÉIS DÍAS NATURALES contados a partir del díasiguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid y en el Perfil de Contratante.

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b)-Modalidad y lugar de presentación: Según cláusula novena del Pliego de Condiciones.

7.-Apertura de las ofertas: El tercer día hábil tras la finalización del plazo de presentación.

8.-Revisión de Precios: Incremento anual del I.P.C. sobre el precio de adjudicación.

En Mayorga, a 19 de abril de 2012.- El Alcalde.- Fdo.: Alberto Magaleno de la Viuda.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE QUINTANILLA DE ONÉSIMO

VISTO el requerimiento efectuado por el Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 3 deValladolid, para que se remita expediente administrativo referente al ProcedimientoOrdinario nº 0000017/2016, interpuesto por el letrado Sr. Ranz Alonso en su propionombre y representación por la inactividad de este Ayuntamiento al no haberse adoptadolas medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas u otros objetos omenciones conmemorativas de exaltación personal o colectiva de la sublevación militar dela guerra civil y de la represión de la Dictadura y se practiquen los emplazamientosprevistos en el artículo 49 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa acuantos aparezcan como interesados en el expediente, emplazándoles para que puedanpersonarse ante dicho Juzgado;

CONSIDERANDO lo establecido en el artículo 54.4 del Real Decreto Legislativo 781/1986,de 18 de Abril.

VISTO el artículo 447 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en uso de la competenciaque me confiere el artículo 21.1.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de lasBases de Régimen Local, por la presente

RESUELVO:

Primero.-Personarse este Ayuntamiento en el procedimiento indicado derivado de recursoContencioso-Administrativo, procedimiento Ordinario nº 0000017/2016, interpuesto por elletrado Sr. Ranz Alonso en su propio nombre y representación por la inactividad de esteAyuntamiento al no haberse adoptado las medidas oportunas para la retirada de escudos,insignias, placas u otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación personal ocolectiva de la sublevación militar de la guerra civil y de la represión de la Dictadura.

Segundo.-Remitir al juzgado fotocopia del expediente, compulsada por el Secretario-Interventor, con relación numerada de los documentos que lo integran y emplazar acuantos aparecen como interesados en él para que puedan personarse comodemandados, si a su derecho conviene, en el plazo de 9 días a contar desde el siguiente ala recepción de la notificación de la presente resolución.

Tercero.-Notificar la presente Resolución a todos los interesados en el expediente,insertando igualmente anuncio en el BOP y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 89.3 de la Ley 30/1992, se hace constar quecontra este acto administrativo, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, si bien losinteresados podrán alegar su oposición al mismo para su consideración en la resoluciónque ponga fin al procedimiento

En Quintanilla de Onésimo, a 20 de Mayo de 2016.- El Alcalde.- Fdo.: Raúl PiqueroGonzález

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE TORRELOBATÓN

Exposición pública del acuerdo de aprobación Definitiva de la Ordenanza específica por laque se establecen las Bases reguladoras de las ayudas para financiar la adquisición delibros de texto y material escolar para el alumnado que curse Educación Infantil, EducaciónPrimaria Obligatoria y Educación Secundaria Obligatoria, en el Colegio Público deTorrelobatón

Transcurrido el plazo de exposición pública, BOP nº 85, de 13 de abril de 2016, delacuerdo del Ayuntamiento de fecha 1 de abril de 2016, referido a la aprobación inicial de lamodificación de la Ordenanza específica por la que se establecen las Bases reguladorasde las ayudas para financiar la adquisición de libros de texto y material escolar para elalumnado que curse Educación Infantil, Educación Primaria Obligatoria y EducaciónSecundaria Obligatoria, en el Colegio Público de Torrelobatón, sin que se haya presentadoninguna reclamación, dicho acuerdo se eleva a definitivo de conformidad con lo dispuestoen los artículo 49 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases deRégimen Local, y 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo, por el que seaprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, publicándose acontinuación el texto íntegro, que entrará en vigor el mismo día de su publicación y será deaplicación a partir de curso escolar 2015/2016.

Contra este acuerdo, elevado a definitivo, y su Ordenanza, podrán los interesadosinterponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de unmes, contado a partir del día siguiente al de publicación de este anuncio y del texto íntegrode la Ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia. Contra la desestimación expresa delrecurso contencioso-administrativo, con sede en Valladolid, en aplicación del artículo 14.2de la Ley 29/1998 de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente a la notificación.En caso de desestimación presunta, el plazo de interposición será de seis meses, deconformidad con lo estipulado en el artículo 46 de la citada Ley. No obstante losinteresados podrán interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente o convenientea su derecho.

Torrelobatón, 23 de mayode 2016.-La Alcaldesa.- Fdo.: María Natividad Casares Puerta.

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ORDENANZA ESPECÍFICA POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES

REGULADORAS DE LAS AYUDAS PARA FINANCIAR LA ADQUISICIÓN DE

LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR PARA EL ALUMNADO QUE

CURSE EDUCACIÓN INFANTIL EDUCACIÓN PRIMARIA OBLIGATORIA Y

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

ARTÍCULO 1. Objeto de las Subvenciones

Por medio de la presente Ordenanza Específica se establecen las bases reguladoras de la

concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Torrelobatón que tienen por objeto

financiar las actividades adquisición de libros de texto y material escolar al alumnado

matriculado en Educación Infantil, Educación Primaria Obligatoria en el Colegio Público

de Torrelobatón y Educación Secundaria Obligatoria.

La subvención de adquisición de material escolar por parte del alumnado matriculado en

Educación Infantil en el Colegio Público de Torrelobatón queda condicionada a que se

reciba subvención de la Diputación Provincial dentro de su convocatoria.

La finalidad de las ayudas es fomentar el mantenimiento del colegio público, así como el

asentamiento de las familias jóvenes en el municipio.

ARTÍCULO 2. Beneficiarios

Tendrá la consideración de beneficiario de estas ayudas el padre, madre o tutor legal de

los alumnos que estén matriculados en Educación Infantil, Educación Primaria

Obligatoria y Educación Secundaria Obligatoria.

Será necesario para tener la consideración de beneficiario y obtener la ayuda, que la

unidad familiar figure como vecinos en el padrón del municipio de Torrelobatón, desde

al menos un mes anterior al comienzo del curso y permanecer empadronada durante todo

el curso completo, en Torrelobatón.

ARTÍCULO 3. Entidades Colaboradoras

Será entidad colaboradora aquella que, actuando en nombre y por cuenta del órgano

concedente a todos los efectos relacionados con la subvención, entregue y distribuya los

fondos públicos a los beneficiarios o colabore en la gestión de la subvención sin que se

produzca la previa entrega y distribución de los fondos recibidos, que no se considerarán

integrantes de su patrimonio. Igualmente tendrán esta condición los que habiendo sido

denominados beneficiarios conforme a la normativa comunitaria tengan encomendadas,

exclusivamente, las funciones enumeradas anteriormente.

ARTÍCULO 4. Iniciación y Procedimiento para la Concesión de la Subvención

El procedimiento para la concesión de subvenciones se tramitará en régimen de

concurrencia competitiva. Mediante convocatoria pública se iniciará siempre de oficio de

acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,

General de Subvenciones, de acuerdo a la convocatoria aprobada por el órgano

competente que desarrollará el procedimiento para la concesión de las subvenciones

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convocadas y tendrá necesariamente el contenido previsto en el artículo 23.2 de la

mencionada ley.

ARTÍCULO 5. Instrucción del Procedimiento

La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde al órgano

que se designe en la convocatoria. Si no se designase, la instrucción del procedimiento se

llevará a cabo por el Concejal del Área correspondiente y el órgano resolutorio será LA

ALCALDESA que, en su caso, podrá delegar esta atribución. El instructor realizará de

oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y

comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de

resolución.

Las actividades de instrucción comprenderán:

— Petición de cuantos informes se considere necesario para resolver o que sean exigidos

por las normas que regulan la subvención.

— Evaluación de las solicitudes o peticiones, efectuada conforme con los criterios,

formas y prioridades de valoración establecidos en la norma reguladora de la subvención

o en su caso en la convocatoria.

Se podrá contemplar la posibilidad de establecer una fase de pre-evaluación en la que se

verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de

beneficiario de la subvención.

El órgano instructor a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado,

formulará la propuesta de resolución, debidamente motivada, que deberá notificarse a los

interesados en la forma en que establezca la convocatoria.

ARTÍCULO 6. Resolución

No se podrá adoptar resolución alguna hasta que no se acredite la existencia de

consignación presupuestaria suficiente en el expediente.

Aprobada la propuesta de resolución, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 89 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, y, en su caso, en la correspondiente norma

o convocatoria, el órgano competente resolverá el procedimiento motivadamente y, en

todo caso deberán quedar acreditados los fundamentos de la resolución que se adopte y

los compromisos, asumidos en su caso, por los beneficiarios.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá

exceder de seis meses. El vencimiento de este plazo máximo sin haberse notificado la

resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio

administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo con lo previsto

en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La práctica de

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dicha notificación o publicación se ajustará a las disposiciones contenidas en el artículo

59 de la citada Ley.

ARTÍCULO 7. Criterios de Valoración

La selección de los beneficiarios se realizará conforme al mismo orden de prioridad que

el previsto en las ayudas concedidas por la Junta para la adquisición de libros de texto.

ARTÍCULO 8. Obligaciones de los Beneficiarios

Las obligaciones de los beneficiarios son las siguientes:

a) Estar el alumno matriculado en Educación infantil, Educación primaria en el Colegio

Público de Torrelobatón o en Educación Secundaria Obligatoria matriculados en un

Centro Público de la provincia de Valladolid, salvo Valladolid capital. Quedan

exceptuados de esta salvedad aquellos alumnos de educación especial que, por las

especiales características que requiera su atención, no tengan posibilidad de ser atendidos

en su municipio y deban matricularse en un Centro de Valladolid capital, siempre que se

acompañe informe de la Administración educativa competente acreditativo de la referida

circunstancia

b) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o

la Entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y

control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto

nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el

ejercicio de las actuaciones anteriores.

c) Comunicar al órgano concedente o a la Entidad colaboradora la obtención de otras

subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas,

salvo la que ya es requisito para la obtención de la presente.

d) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al

corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social,

y con el Ayuntamiento. En todo caso se podrá autorizar al Ayuntamiento a obtener dichos

datos.

e) Si se estuviera en curso de alguna de las causas de reintegro, se deberá proceder al

reintegro de la cuantía recibida.

f) Figurar inscrita la unidad familiar de que forme parte el alumno matriculado en

Educación infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria, como

vecinos en el padrón del municipio de Torrelobatón, durante al menos un mes anterior al

comienzo del curso y permanecer empadronada la unidad familiar al menos durante el

curso completo.

ARTÍCULO 9. Cuantía

Los importe máximos de la ayuda a conceder por alumno serán los establecidos en la

correspondiente convocatoria y se concederá a todos los solicitantes que cumplan los

requisitos para ser beneficiarios y serán los mismos por alumno y curso.

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La concesión de subvenciones por el Ayuntamiento será compatible con cualquier otro

tipo de subvención o ayuda.

En ningún caso el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o

en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de

la actividad subvencionada.

A los alumnos matriculados, en el Colegio de Torrelobatón, en educación primaria se les

facilitarán los libros gratis, libros que al finalizar el curso devolverán al Ayuntamiento,

salvo tengan que repetir curso.

A los alumnos de educación primaria y ESO que estando empadronados en Torrelobatón

y estén matriculados en un Centro Público de la provincia de Valladolid, salvo Valladolid

capital. Quedan exceptuados de esta salvedad aquellos alumnos de educación especial

que, por las especiales características que requiera su atención, no tengan posibilidad de

ser atendidos en su municipio y deban matricularse en un Centro de Valladolid capital,

siempre que se acompañe informe de la Administración educativa competente

acreditativo de la referida circunstancia, se les concederá una ayuda económica que se

fijará en cada convocatoria, debiendo acreditar con una factura en libros del curso, al

menos por ese importe

A los alumnos matriculados en el Educación infantil se les concederá el doble de la

cuantía que aporte la Diputación, es decir el Ayuntamiento aportará la misma cantidad

que la que aporte la Diputación para cada alumno.

ARTÍCULO 10. Justificación y Cobro

Para percibir la subvención será necesario presentar al Ayuntamiento, la siguiente

documentación:

— Instancia suscrita por el beneficiario dirigida a la Alcaldesa, solicitando el pago de la

subvención, indicando el número de cuenta al cual se haya de efectuar la transferencia, y

acreditado mediante documento de terceros firmado por el titular de la cuenta y sellado

por la entidad bancaria correspondiente.

— Declaración acreditativa de que se ha cumplido la finalidad para la que se concede la

subvención.

— Certificados acreditativos de que el beneficiario se encuentra al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones tributarias, de Seguridad Social y con el Ayuntamiento,

o autorización para que el Ayuntamiento compruebe esta circunstancia directamente.

— Certificado acreditativo de que el beneficiario figura inscrita la unidad familiar de que

forme parte el alumno matriculado en Educación infantil, Educación Primaria y

Educación Secundaria Obligatoria, como vecinos en el padrón del municipio de

Torrelobatón, durante al menos un mes anterior al comienzo del curso y permanecer

empadronada la unidad familiar al menos durante el curso completo.

— Certificado acreditativo de que el alumno está matriculado en Educación infantil,

Educación Primaria en el Colegio Público de Torrelobatón y Educación Secundaria

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Obligatoria en un Centro Público de la provincia de Valladolid, salvo Valladolid capital.

Quedan exceptuados de esta salvedad aquellos alumnos de educación especial que, por

las especiales características que requiera su atención, no tengan posibilidad de ser

atendidos en su municipio y deban matricularse en un Centro de Valladolid capital,

siempre que se acompañe informe de la Administración educativa competente

acreditativo de la referida circunstancia.

— Original o copia compulsada de las facturas de libros de texto y material escolar,

correspondientes al curso vigente.

Si las solicitudes no reúnen los requisitos exigidos en estas bases y en la correspondiente

convocatoria, se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o

acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si no lo hiciera se tendría

por desistida su petición

ARTÍCULO 11. El Reintegro

El beneficiario deberá cumplir todos y cada uno de los objetivos, actividades, y proyectos,

adoptar los comportamientos que fundamentaron la concesión de la subvención y cumplir

los compromisos asumidos con motivo de la misma. En otro caso procederá exigir el

reintegro total o parcial, de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora

desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la

procedencia del reintegro, y en la cuantía fijada en el artículo 38.2 de la Ley General de

Subvenciones, en los casos señalados en el artículo 11 de la Ordenanza General,

independientemente de las acciones penales que pudieran proceder en su caso.

ARTÍCULO 12. Medidas de Garantía

De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Real Decreto 887/2006, de 21 de

julio, por el que se aprueba el Reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General

de Subvenciones, una vez recaída la resolución de concesión, el beneficiario podrá

solicitar la modificación de su contenido, si concurren las circunstancias que, como

consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la

subvención, podrán dar lugar a la modificación de la resolución.

La solicitud de la modificación deberá presentarse antes de que concluya el plazo para la

realización de la actividad.

El órgano concedente podrá realizar los controles administrativos e inspecciones que

considere oportunos, en cualquier momento, a fin de comprobar la veracidad de los datos

consignados en la documentación presentada, así como el cumplimiento de los requisitos

para la percepción de la ayuda. El beneficiario tendrá la obligación de colaborar en dicha

inspección, proporcionando los datos requeridos y facilitando, en su caso.

Serán causas de reintegro de las subvenciones:

— Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando

aquéllas que lo hubieran impedido.

— Incumplimiento de la finalidad que fundamentan la concesión de la subvención.

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ARTÍCULO 13. Compatibilidad de las Subvenciones

La concesión de estas ayudas será compatible con cualquier otro tipo de subvención o

ayuda.

En ningún caso el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o

en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de

la actividad subvencionada.

El beneficiario tendrá la obligación de comunicar al órgano concedente o a la Entidad

colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas públicas, ingresos o recursos

para la misma finalidad, además de la anterior.

ARTÍCULO 14. Responsables de las Infracciones

Serán responsables de las infracciones administrativas en materia de subvenciones

quienes por acción u omisión incurran en los supuestos tipificados como infracciones en

la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en particular:

— Los beneficiarios de subvenciones, así como los miembros de las personas o entidades

contempladas en al artículo 11.3 segundo párrafo de la citada ley en relación con las

actividades subvencionadas que se hubieran comprometido a realizar.

— Las entidades colaboradoras.

— El representante legal de los beneficiarios de subvenciones que carezcan de capacidad

de obrar.

— Las personas o entidades relacionadas con el objeto de la subvención o su justificación,

obligadas a prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida en

cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46 de la citada Ley.

ARTÍCULO 15. Regulación Supletoria.

En todo lo no previsto expresamente en las presentes bases, serán de aplicación:

- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley

38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Reglamento de Subvenciones del Ayuntamiento de Torrelobatón.

- Las Bases de Ejecución del Presupuesto que corresponda.

ARTÍCULO 16. Entrada en Vigor

La presente Ordenanza ha sido provisionalmente aprobada por Pleno en sesión celebrada

el 1 de abril de 2016, y entrará en vigor una vez publicado íntegramente su texto en el

Boletín Oficial de la Provincia, y transcurrido el plazo, y esté definitivamente aprobada

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conforme a lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del

Régimen Local.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE TORRELOBATÓN

ORDENANZA FISCAL Nº 14 REGULADORA del precio publico por entrada y visita almuseo centro de interpretación del movimiento comunero, en el castillo de torrelobatón

Artículo 1.-Objeto.

Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 41 a 47 y 127 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundidode la Ley de Haciendas Locales, establece el presente precio público por la entrada yvisita del Museo Centro de Interpretación del Movimiento Comunero, en el Castillo deTorrelobatón.

Artículo 2.-Hecho imponible.

El hecho imponible está constituido por la entrada y visita al recinto Centro deInterpretación del Movimiento Comunero, en el Castillo de Torrelobatón.

Artículo 3.-Obligados al Pago.

Están obligados al pago del precio público regulado en la presente Ordenanza, todasaquellas personas físicas que soliciten acceder al Museo « Centro de Interpretación delMovimiento Comunero, en el Castillo de Torrelobatón».

Artículo 4.-Cuantía.

El importe de los precios públicos serán los siguientes:

Concepto Importe

Entrada Individual, por persona 3 eurosEntrada Individual Menores de 14 años 1,5 eurosEntrada de Grupo ( Mas de 15 personas) 2 euros/personaEntrada de amigos del patrimonio 2 euros/persona.

Se establece una bonificación sobre la tarifa de un 100 % en aquellos casos que seencuentre empadronado en el Municipio.

Artículo 5.-Obligación y Forma de Pago.

La obligación de pagar el precio público nace desde el momento en que se inicie laprestación del servicio o la realización de la actividad.

El pago del precio público se hará efectivo en metálico en el momento del acceso al Museo«Centro de Interpretación del Movimiento Comunero, en el Castillo de Torrelobatón» de lapersona obligada al pago, a quien se entregará un recibo numerado y sellado.

Artículo 6.-Infracciones y Sanciones.

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Las deudas por los precios públicos aquí regulados podrán exigirse por el procedimientoadministrativo de apremio y de conformidad con la normativa de recaudación que sea deaplicación.

Artículo 7.-Legislación Aplicable.

En todo lo no previsto en la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto en el TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto2/2004, de 5 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de RégimenLocal, la Ley General Tributaria, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y PreciosPúblicos, así como en la Ordenanza Fiscal General aprobada por este Ayuntamiento.

Disposición Final:

La presente Ordenanza fiscal, ha sido aprobada por el Pleno de la Corporación en sesióncelebrada el 29 de junio de 2007, entrará en vigor y será de aplicación el mismo día de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta sumodificación o derogación expresas.

En Torrelobatón, a 24 de mayo de 2016.- La Alcaldesa.- Fdo.: María Natividad CasaresPuerta.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLANUBLA

De conformidad con el acuerdo de Pleno de 4 de mayo de 2016, por medio del presenteanuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, con tramitación ordinaria yvarios criterios de adjudicación, para la contratación de la gestión indirecta, medianteconcesión, del servicio público de la escuela infantil municipal “El Trenecito” de Villanubla,conforme a los siguientes datos:

1.Entidad Adjudicataria: Ayuntamiento de Villanubla.

2.Objeto del Contrato: Tipo de contrato: Gestión de servicios públicos. Descripción delcontrato: Contratación de la gestión indirecta, mediante concesión, del servicio público dela escuela infantil “El Trenecito” dependiente del Ayuntamiento Villanubla; y está situada enC/ La Vía, s/n, de Villanubla.

Dicha gestión deberá abarcar la atención integral a los alumnos escolarizados tanto en susaspectos educativos como en lo referido al cuidado, limpieza y alimentación así como lagestión y administración del centro bajo la supervisión y coordinación del Ayuntamiento deVillanubla. La explotación de este servicio se realizará bajo la modalidad de concesión, taly como se define en el pliego de cláusulas administrativas particulares y en el pliego deprescripciones técnicas. Este Ayuntamiento asume los gastos de agua, luz, teléfono ycalefacción junto con el mantenimiento de las instalaciones

3.Tramitación y Procedimiento: Tramitación: ordinaria. Procedimiento: abierto. Varioscriterios de adjudicación: Proyecto educativo, oferta económica, y mejoras (Cláusula 14ªdel pliego de cláusulas administrativas particulares).

4.Régimen económico de la concesión. Tarifas máximas de licitación:

4.1-La empresa concesionaria realizará la gestión integral de los servicios a los alumnosescolarizados tanto de los aspectos educativos referidos al cuidado, limpieza yalimentación como la gestión y administración del centro junto con cualesquiera tributos ogastos que puedan gravar el objeto de la contratación.

En contraprestación, la adjudicataria de la concesión percibirá los siguientes importesmáximos AL MES a abonar por los usuarios:

-TARIFA SERVICIO HORARIO REDUCIDO (DE 9:00 H A 13:00 H)

Atención educativa: 160,00 €/mes

- TARIFA SERVICIO HORARIO REDUCIDO CON COMEDOR (DE 9:00 H A 14:00 H)

Atención educativa y servicio de comedor: 275,00 €/mes

- TARIFA SERVICIO HORARIO ORDINARIO (DE 9:00 H A 16:00 H)

Atención educativa, servicio de comedor y siesta: 315,00 €/mes

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El resto de conceptos facturables no sujetos a licitación son los siguientes:

-DESAYUNO Y/O MERIENDA: 1,00 €/Servicio

-HORA EXTRA O FRACCIÓN: 3,00 €

-MATRÍCULA: 30,00 €

4.2-La concesionaria ofrecerá los tipos de tarifa antes indicados cuantificados porperíodos mensuales, con una baja porcentual máxima del 10%, indicando en cada una delas tarifas ofertada por el licitador su baja, tanto porcentual como en cantidad fija. Dichastarifas serán las que se cobrarán a los usuarios al mes, una vez sea realizada laadjudicación y formalización del contrato por el Ayuntamiento al concesionario.

4.3-Las tarifas, su descomposición y rendimiento, serán estudiadas y propuestas por loslicitadores a su riesgo y ventura formando parte esencial de sus ofertas, que serán objetode valoración por el Ayuntamiento para la selección de la oferta más ventajosa, conforme alas determinaciones de las cláusulas correspondientes en los pliegos. Es de aplicación loindicado en el artículo 20.9 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre elValor Añadido, relativo a la exención de las tarifas del IVA.

4.4 Además, dependiendo del número de plazas ocupadas en el periodo de liquidación deque se trate, la entidad adjudicataria percibirá del Ayuntamiento, durante los 11 meses delcurso escolar, un complemento económico por aplicación del siguiente baremo:

Plazas ocupadas Complemento por alumno y curso (11 meses)

Hasta 20 660,00 €

De 21 a 25 385,00 €

De 26 a 30 220,00 €

De 31 a 35 77,00 €

A partir de 36 0,00 €

Para ello, la entidad gestora comunicará al Ayuntamiento en cada periodo de liquidación, elnúmero de plazas efectivamente ocupadas, al objeto de realizar las comprobacionesoportunas previas al pago por el Ayuntamiento del complemento mensual indicado. Enningún caso el Ayuntamiento de Villanubla aportará a la entidad gestora cantidad algunapor los importes que ésta deje de percibir directamente de los usuarios, en caso deimpago por éstos.

5. Duración del contrato: - El contrato tendrá una duración de un (1) curso escolar,pudiendo prorrogarse por mutuo acuerdo entre las partes por un (1) curso escolar más,previa tramitación del oportuno expediente de prórroga.La prórroga tendrá que sersolicitada por el concesionario con una antelación mínima de seis meses a la finalizacióndel contrato, correspondiendo al Pleno del Ayuntamiento su concesión o denegación;resolución que deberá adoptarse en el plazo de un mes desde la presentación de talsolicitud de prórroga.

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-La duración total del contrato, incluida la prórroga, no podrá ser superior a los dos (2)años.

-El plazo de ejecución comenzará a contarse a partir del día 1 de septiembre de 2016, yterminará el día 31 de julio de 2017, sin perjuicio de la prórroga que hubiere.

6.Garantías:Provisional: No se exige. Definitiva: 5% del valor estimado del contrato queasciende a //4.504,50 €//.

7.Valor estimado del contrato: El valor estimado del presente contrato se fija en lacantidad de //90.090,00 €//.

8.Clasificación del contratista: No se exige. Sí se exigen los requisitos específicos desolvencia que se indican en la cláusula 10ª del pliego.

9.Obtención de la documentación e información, así como lugar de presentación depropuestas y apertura de propuestas: Ayuntamiento de Villanubla, sito en Plaza Mayor nº 147620 Villanubla (Valladolid). Teléfono: 983 560 211 y Fax: 983 560 153. Página Web:www.villanubla.es (perfil de contratante). Correo electrónico: [email protected]

10.Presentación de las ofertas: Fecha límite de presentación: quince días hábiles contadosdesde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia de Valladolid.

Documentación a presentar: la indicada en las cláusulas números 12, 13 y 14 del pliego decláusulas administrativas particulares que rige la contratación, junto con los anexos.

11.Apertura de las ofertas: Se realizará en la Casa Consistorial sita en Plaza Mayor nº 1de Villanubla, según lo dispuesto en la cláusula nº 15 del pliego de cláusulas administrativasparticulares.

Sobre A: Dentro de los cinco días naturales siguientes al de la finalización del plazo depresentación de proposiciones.

Sobre B: Décimo día natural siguiente al de la finalización del plazo de presentación deproposiciones a las 13:30 horas.

Sobre C: Vigésimo día natural siguiente al de la finalización del plazo de presentación deproposiciones a las 13:30 horas.

En caso de que el último día de cualquiera de los plazos anteriores coincida con sábado ofestivo, dichos plazos se entenderán prorrogados hasta el primer día hábil siguiente.

12.Gastos de publicidad: El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos depublicidad de la licitación hasta un máximo de //600,00 €//.

13.Condición suspensiva: En relación con lo establecido en el artículo 7.4 de la Ley7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, según la redaccióndada por el artículo 1.3 de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización ysostenibilidad de la Administración Local, desarrollado en el Decreto-Ley 1/2014, de 27 demarzo, de medidas urgentes para la garantía y continuidad de los servicios públicos deCastilla y León, y Circular de 1 de abril de 2014 de la Viceconsejería de Administración y

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Gobierno del Territorio, en cuanto al ejercicio por las Entidades Locales de competenciasimpropias y de las atribuidas por delegación, como lo es la competencia de gestión ymantenimiento de la escuela infantil “El Trenecito” de Villanubla, se hace constar queconstan en el expediente informes favorables de las Consejerías de Presidencia y deHacienda de la Junta de Castilla y León de inexistencia de duplicidades en la prestación delservicio a través de la Escuela Infantil “El Trenecito” por parte del Ayuntamiento deVillanubla y que la prestación del servicio por el Ayuntamiento no pone en riesgo lasostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda Municipal, con eficacia indefinida entanto no se den circunstancias que produjesen la finalización de la eficacia de los informesindicados, que son necesarios y vinculantes; por ello, en caso de producirse estascircunstancias, la adjudicación del contrato de gestión de la Escuela Infantil “El Trenecito”de Villanubla quedaría en suspenso.

14.Otras informaciones:

En el perfil del contratante se incluirán además de los pliegos rectores de la contratación:pliego de cláusulas administrativas particulares y pliego de prescripciones técnicas,modelos de oferta y reglamento de la escuela infantil. Se podrá visitar la escuela infantildurante el plazo de presentación de proposiciones, los lunes de 10.00 a 13:00 horas

Villanubla, 24 de mayo de 2016.- El Alcalde.- Fdo.: Félix Velasco Gómez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE DUERO

En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 4de marzo, y una vez que ha sido debidamente y favorablemente informada por la ComisiónEspecial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio2015, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimeninteresados podrán presentar reclamaciones, reparos y observaciones que tengan porconvenientes.

En Villanueva de Duero, a 24 de mayo de 2016.-El Alcalde.- Fdo.: Julián SantirsoGonzález.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1

Dª CARMEN OLALLA GARCIA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DELJUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 001 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª MIGUEL JALON GARRACHON contra COINTERVAL S.L., GALAXYWORLD S.L., ORANGE ESPAGNE S.A., en reclamación por DESPIDO, registrado con elnº DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000172 /2016 se ha acordado, en cumplimiento de loque dispone el artículo 59 de la LJS, citar a COINTERVAL S.L., en ignorado paradero, afin de que comparezca el día 6/6/2016 a las 12,45 horas, en c/ Angustias, para lacelebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todoslos medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a COINTERVAL S.L., se expide la presente cédula para supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.

En Valladolid a 30 de mayo de 2016. La Secretaria Judicial.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1

Dª CARMEN OLALLA GARCIA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DELJUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 001 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª MIGUEL JALON GARRACHON contra COINTERVAL, GALAXY WORLDS.L., ORANGE ESPAÑA S.A., en reclamación por DESPIDO, registrado con el nºPROCEDIMIENTO ORDINARIO 171/2016 se ha acordado, en cumplimiento de lo quedispone el artículo 59 de la LJS, citar a COINTERVAL, en ignorado paradero, a fin de quecomparezca el día 6/6/2016 a las 12:30 horas, en C/ ANGUSTIAS, 40-44 - Sala 007, parala celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todoslos medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a COINTERVAL, se expide la presente cédula para supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.

En Valladolid, a treinta y uno de Mayo de dos mil dieciséis.- La Letrado de laAdministración de Justicia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Social nº 003 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS NO JUDICIALES 0000063/2016 deeste Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Dª MARIA DOLORES PASTORBARRIENTOS contra la empresa COMERCIAL MAU S.A., F.O.G.A.S.A., sobreORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, MARIADOLORES PASTOR BARRIENTOS, frente a COMERCIAL MAU S.A., parte ejecutada,por importe de 7.709,72.- euros en concepto de principal, más otros 770,00.- euros que sefijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarsedurante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará la Letrado de la Administración deJusticia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parteejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibidaa los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de estaresolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órganojudicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el queademás de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y elcumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimientodocumentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar,siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo lacompensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público deseguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito pararecurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 3 abierta enBANCO SANTANDER, cuenta nº 4628 0000 64 006316 debiendo indicar en el campoconcepto, "Recurso" seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hacemediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por unespacio, el "código 30 Social- Reposición". Si efectuare diversos pagos en la mismacuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otrosrecursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha dela resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono entodo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidadeslocales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

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Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

LA MAGISTRADO-JUEZ LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a COMERCIAL MAU S.A., en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deVALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a dieciocho de mayo de dos mil dieciséis. La Letrado de la Administraciónde Justicia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SRADª. ESPERANZA LLAMAS HERMIDA

En VALLADOLID, a seis de Mayo de dos mil dieciséis.

Por presentado el precedente escrito por el letrado de parte actora interponiendo recursode reposición, al amparo de lo que dispone el artículo 186.2 de la LJS, y a la vista de queel mismo cumple con los requisitos que para su admisión establecen los artículos 186.4 y187.1 de la LJS, se admite a trámite el mismo.

Dese traslado por tres días a las partes para su impugnación, si lo estiman conveniente.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN:

Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazode TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que ajuicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectossuspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La Letrado de la Administración de Justicia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIADEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 003 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª ESTEBAN RAUL GUIJARRO DE DIEGO contra FOGASA ABOGACIADEL ESTADO FOGASA, VALLADOLID, SEGUR IBERICA S.A., en reclamación porORDINARIO, registrado con el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000218 /2016 se haacordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a SEGURIBERICA S.A., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 23 de junio de 2016a las 10,10 horas, en calle Angustias nº 40-44,planta baja,sla 10, para la celebración delos actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente omediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a SEGUR IBERICA S.A., se expide la presente cédula parasu publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.

En Valladolid veinte de mayo de dos mil dieciséis.- La Letrado de la Administración deJusticia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIADEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 003 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª CARLOS RODRIGUEZ MONTERO contra CONSTRUCCIONES YOBRAS LLORENTE, COLLOSA (CORPORACION LLORENTE), CATALAN ELECTRIC,SRL, SEVICON OBRAS E INFRAESTRUCTURAS S.L., FOGASA FOGASA,SEÑALIZACION VIALES CENTRO SL, SVC FABRICACION SL, EOLNUMANCIA SL,DAVID CLEMENTE CARPINTERO, CANDIDO CLEMENTE GONZALEZ, en reclamaciónpor ORDINARIO, registrado con el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000504 /2015 seha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a SEVICONOBRAS E INFRAESTRUCTURAS S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca eldía 21/9/2016 a las 11,00 horas, en , para la celebración de los actos de conciliación y ensu caso juicio,EN LA SALA DE AUDIENCIAS NUM. 10 DE ESTE JUZGADO SITA EN C/ANGUSTIAS 40-44 DE VALLADOLID, pudiendo comparecer personalmente o mediantepersona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos nose suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a SEVICON OBRAS E INFRAESTRUCTURAS S.L., se expidela presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación enel tablón de anuncios.

En Valladolid, a veintitrés de mayo de dos mil dieciséis.- La Letrado de la Administraciónde Justicia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Social nº 003 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000971 /2015 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª Mª ISABEL RODRIGUEZ GARCIAcontra la empresa ECURSA TRAINING, S.L., sobre DESPIDO, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

QUE ESTIMANDO SUSTANCIALMENTE la demanda formulada por Doña María IsabelRodríguez García contra la empresa ECURSA TRAININING S.L.,

DEBO DECLARAR Y DECLARO LA IMPROCEDENCIA del despido de la demandante, defecha 18 de noviembre de 2015, así como la extinción de la relación laboral que une a laspartes, con fecha de efectos 12-05-2016,

CONDENANDO a la empresa demandada, a estar y pasar por tal declaración y a queabone a la actora la cantidad de 568,03 euros, en concepto de indemnización por dichodespido.

Así como al abono de la cantidad de 1.312 euros.

Cantidad a la que habrá que añadir el 10 % de interés por mora.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera corresponder al FOGASA en lostérminos y con los límites del Art. 33 ET.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Se advierte a las partes que contra la presente resoluciónpodrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberáser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la Oficina Judicialdentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simplemanifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmenteal recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de SeguridadSocial, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, quedeberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en Santander a nombre deesta Oficina Judicial con el núm. ES55500493569920005001274 4628000065097115 ,debiendo indicar en el campo concepto "recurso" seguido del código "34 SocialSuplicación", acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodocomprendido hasta la formalización del recurso así como; en el caso de haber sidocondenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la cuenta deDepósitos y Consignaciones abierta la cantidad objeto de condena, o formalizar avalbancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad en el que se haga constar laresponsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta Oficina Judicial con el anunciode recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación delrecurso, al momento de anunciarlo.

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Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ECURSA TRAINING, S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deVALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a veinte de mayo de dos mil dieciséis.- La Letrado de la Administración deJusticia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Social nº 003 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000918 /2015 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de Dª MARIA DEL HENAR SANCHEZ VICENTEcontra la empresa FOGASA ABOGACIA DEL ESTADO FOGASA, VALLADOLID,PLANETELEKOM 2010,S.L., PLANET MOVILE FRANQUICIA, S.L., sobre DESPIDO, seha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

A U T O

Magistrado/a-Juez

Sr/Sra. D/D.ª MARIA DOLORES ROMÁN DE LA TORRE

En VALLADOLID, a veintinueve de Abril de dos mil dieciséis

HECHOS

PRIMERO.-En el presente procedimiento se ha dictado Sentencia núm. 241/2016, defecha 30 de marzo de 2016, en los términos que constan en los autos.

SEGUNDO.-Por la parte demandante se registró recurso de aclaración en este Juzgado eldía 28 de abril de 2016, solicitando la modificación del Hecho Probado Cuarto en el sentidoque se indica en el recurso.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

PRIMERO.-En relación a esta petición de aclaración ha de recordarse que el artículo267.1 LOPJ, aplicable a todos los órdenes jurisdiccionales, establece que los tribunales nopodrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algúnconcepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan, literalidad queresulta idéntica en el caso del artículo 214 LEC.

SEGUNDO.-En nuestro caso se solicita que el Hecho Probado Cuarto sea modificado y allídonde el mismo establece que “CUARTO.- La demandante tenía reconocida en nóminauna categoría profesional de Auxiliar de Dependiente y percibía un salario mensual de1.099,91 euros brutos, incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias.” se redacteen los siguientes términos: “CUARTO.- La demandante tenía reconocida en nómina unacategoría profesional de Ayudante de Dependiente y percibía un salario mensual de1.099,91 euros brutos, incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias.”

TERCERO.-Se trata, efectivamente, de un error de transcripción en la redacción de laSentencia, visto que tanto la demanda (hecho primero) como las nóminas aportadasrecogen como categoría profesional de la demandante la de Ayudante de Dependiente, y

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esta misma Juzgadora ha sido la que ha tomado como referencia para el razonamientocontenido en el Fundamento de Derecho Cuarto. Debe estimarse por tanto la peticiónactora sobre modificación/corrección del Hecho Probado Cuarto, sin que ello afecte alderecho de defensa de la parte demandada al no haber comparecido ésta al acto de juicioni mostrado por tanto oposición a los hechos de la demanda y resultar un extremoconforme a la documental aportada, quedando el referido Hecho probado cuarto en lostérminos solicitados, tal como consta en la parte dispositiva de esta resolución.

CUARTO.-Frente a la presente decisión no cabe recurso alguno, sin perjuicio del que en sucaso quepa formular con su correspondiente impugnación frente a la Sentencia.

PARTE DISPOSITIVA

Que procede estimar la petición sobre corrección del Hecho Probado Cuarto de nuestraSentencia núm. 241/2016, de fecha de fecha 30 de marzo de 2016, quedando redactadoel mismo en los siguientes términos:

“CUARTO.-La demandante tenía reconocida en nómina una categoría profesional deAyudante de Dependiente y percibía un salario mensual de 1.099,91 euros brutos, incluidala parte proporcional de pagas extraordinarias.”

Incorporar esta resolución al Libro que corresponda y llevar testimonio a los autosprincipales.

Contra este auto no cabe interponer recurso sin perjuicio de los recursos que puedaninterponerse frente a la resolución aclarada.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO-JUEZ EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a PLANETELEKOM 2010,S.L., PLANETMOVILE FRANQUICIA, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserciónen el Boletín Oficial de la Provincia de VALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a veintitrés de mayo de dos mil dieciséis.- La Letrado de la Administraciónde Justicia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Social nº 003 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000011 /2016 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MARIA ELENA NEGRO LEZCANOcontra la empresa CALCONS VALLADOLID S.L., sobre DESPIDO, se ha dictado lasiguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

“PARTE DISPOSITIVAAcuerdo:a)-Declarar al/a los ejecutado/s CALCONS VALLADOLID S.L. en situación deINSOLVENCIA TOTAL por importe de 934,63 euros, insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.b)-Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, sin perjuicio dereaperturar la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.c)-Procédase a su inscripción en el registro correspondiente.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante el/la Letrado de laAdministración de Justicia que dicta esta resolución interponer en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrentecontiene la misma, sin que la interposición tenga efectos suspensivos respecto a laresolución recurrida.EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA”

Y para que sirva de notificación en legal forma a CALCONS VALLADOLID S.L., enignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provinciade VALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a veinticuatro de mayo de dos mil dieciséis.- La Letrado de la Administraciónde Justicia.

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