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SUMARIO I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN Agencia Estatal Administración Tributaria. Delegación Especial Castilla y León. Anuncio por el que se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del impuesto sobre actividades económicas del ejercicio 2015 relativos a las cuotas nacionales y provinciales y se establece el lugar de pago de dichas cuotas. Página 5 ÁREA DE COOPERACIÓN, AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE. Servicio de Cooperación. Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de las obras de sustitución de carpintería exterior en Pabellón polivalente del centro asistencial Dr. Villacián. Página 6 SECRETARÍA GENERAL. Sección de Gobierno y Actas. Decreto por el que se designan las áreas que configuran la corporación y sus correspondientes potestades delegadas. Página 7 SECRETARÍA GENERAL. Sección de Gobierno y Actas. Acuerdo por el que se delegan competencias de la Junta de Gobierno Local en el Alcalde y en los delegados de área. Página 14 Resolución por la que se designan y confieren delegaciones a concejales. Página 17 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2015-155 Miércoles, 8 de julio de 2015 Núm. 155 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2015-155 Núm. 155 Miércoles, 8 de julio de 2015 Pág. 1

DE LA DE - bop.sede.diputaciondevalladolid.es · Notificación en procedimiento ordinario número 740/2014. ... Programa de protección del Casco ... SEMINCI. Política de publicaciones

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SUMARIO

I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOMINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN

Agencia Estatal Administración Tributaria. Delegación EspecialCastilla y León. Anuncio por el que se modifica el plazo de ingreso enperiodo voluntario de los recibos del impuesto sobre actividadeseconómicas del ejercicio 2015 relativos a las cuotas nacionales yprovinciales y se establece el lugar de pago de dichas cuotas. Página 5

ÁREA DE COOPERACIÓN, AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIOAMBIENTE. Servicio de Cooperación. Exposición pública del proyectotécnico para la ejecución de las obras de sustitución de carpintería exterioren Pabellón polivalente del centro asistencial Dr. Villacián. Página 6

SECRETARÍA GENERAL. Sección de Gobierno y Actas. Decreto por elque se designan las áreas que configuran la corporación y suscorrespondientes potestades delegadas. Página 7

SECRETARÍA GENERAL. Sección de Gobierno y Actas. Acuerdo por elque se delegan competencias de la Junta de Gobierno Local en el Alcaldey en los delegados de área. Página 14

Resolución por la que se designan y confieren delegaciones a concejales. Página 17

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AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA

AYUNTAMIENTO DE BAHABON DE VALCORBA

AYUNTAMIENTO DE CASTRONUEVO DE ESGUEVA

AYUNTAMIENTO DE CASTRONUEVO DE ESGUEVA

AYUNTAMIENTO DE CASTROPONCE DE VALDERADUEY

AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

Convocatoria y bases para celebración de prueba selectiva para provisiónpor procedimiento de libre designación, del puesto de jefe/a del área deurbanismo y servicios. Página 18

Resolución por la que se nombra teniente de Alcalde que sustituirá a ésteen los casos previstos en la Ley. Página 23

Resolución por la que se nombra teniente de Alcalde que sustituirá a ésteen los casos de ausencia, vacante o enfermedad. Página 24

Declaración de bienes patrimoniales y causas de posible incompatibilidady actividad por parte de los concejales cesantes y de los concejalesentrantes Página 25

Información pública en expediente de solicitud de licencia ambiental paraactividad explotación porcina de cebo en parcela 10 y 11 del polígono 2. Página 26

SECRETARÍA GENERAL. Resolución por la que se designan losmiembros de la junta de gobierno local y se establece el régimen desesiones. Página 27

SECRETARÍA GENERAL. Resolución por la que se nombra teniente deAlcalde que sustituirá a éste en los casos de ausencia, vacante oenfermedad. Página 29

SECRETARÍA GENERAL. Resolución por la que se constituyen losgrupos municipales. Página 30

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AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE RIOSECO

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE RIOSECO

AYUNTAMIENTO DE RUEDA

AYUNTAMIENTO DE RUEDA

SECRETARÍA GENERAL. Acuerdo por el que se fija la periodicidad desesiones Pleno. Página 33

SECRETARÍA GENERAL. Resolución por la que se delegan áreas,funciones, y materias en concejales. Página 34

SECRETARÍA GENERAL. Anuncio de licitación para contratar laconcesión administrativa de utilización de terreno de dominio público enquiosco de urbanización Torrelago Página 45

SECRETARÍA GENERAL. Resolución por la que se nombra personaleventual. Página 47

TESORERIA-RECAUDACION . Exposición pública de varios padrones decontribuyentes correspondiente al tercer periodo de recaudación de 2015. Página 48

TESORERIA-RECAUDACION . Exposición pública de varios padrones decontribuyentes correspondientes al tercer periodo de recaudación 2015. Página 49

Declaración de bienes patrimoniales y causas de posible incompatibilidady actividad por parte de los concejales cesantes y de los concejalesentrantes. Página 50

Resolución por la que se nombran tenientes de Alcalde que sustituirán aéste en los casos de ausencia, vacante o enfermedad y por orden de sunombramiento. Página 51

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AYUNTAMIENTO DE SALVADOR DE ZAPARDIEL

IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NUMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

Resolución por la que se nombran tenientes de Alcalde que sustituirán aéste por orden de su nombramiento y se confieren delegaciones aconcejales. Página 52

Notificación en juicio de faltas número 270/15 Página 53

Notificación en procedimiento ordinario número 740/2014. Recurso desuplicación 68/2015. Página 54

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número53/2015. Página 56

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número167/2015. Página 58

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número 75-2015. Página 60

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número171/2015. Página 62

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I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOMINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Agencia Estatal Administración Tributaria. Delegación Especial Castilla yLeón.

Se comunica, en relación con los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicascorrespondientes a 2015, y cuando se trate de cuotas nacionales y provinciales, cuyagestión recaudatoria corresponde a la Administración Tributaria del Estado, lo siguiente:

PLAZO PARA EFECTUAR EL INGRESO

Del 15 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2015 (Resolución de 26 de mayo de2015 del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de AdministraciónTributaria).

LUGAR DE PAGO

-Cuotas nacionales.

A través de las Entidades colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas decrédito) en las que no es preciso que el obligado al pago disponga de cuenta abierta.

-Cuotas provinciales.

A través de las Entidades colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas decrédito) en las que no es preciso que el obligado al pago disponga de cuenta abierta.

Los ingresos se podrán efectuar en el horario de atención al público de dichas Entidades.

Asimismo, el pago de cuotas nacionales y provinciales podrá ser realizado medianteadeudo en cuenta, a través de Internet, en la dirección www.agenciatributaria.es, en laopción: Sede Electrónica. Trámites Destacados Pago de Impuestos. Para realizar el pagoa través de Internet es necesario disponer de un sistema de firma electrónica de losadmitidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

El vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario, sin haber sido satisfecha ladeuda, determinará el inicio del periodo ejecutivo y el devengo de los intereses de demoray de los recargos a que se refieren los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria

Valladolid, a 26 de junio de 2015.- La Delegada Especial de la AEAT de Castilla y León.-Fdo.: Georgina de la Lastra Leralta.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE COOPERACIÓN, AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIOAMBIENTE

Servicio de Cooperación

Anuncio de exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de las obras de"Sustitución de carpintería exterior en Pabellón polivalente del Centro Asistencial Dr.Villacián"

Por esta Presidencia se ha resuelto iniciar el trámite de Exposición Pública del siguienteproyecto:

“SUSTITUCIÓN DE CARPINTERÍA EXTERIOR EN PABELLÓN POLIVALENTE DELCENTRO ASISTENCIAL DR. VILLACIÁN”

A los efectos previstos en el art. 93 del Texto Refundido de Disposiciones Legales vigentesen materia de Régimen Local, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes alpresente anuncio, se expone al público, en las oficinas del Servicio Administrativo deCooperación, Avda. Ramón y Cajal, nº 5, el proyecto anteriormente citado.

En Valladolid, a 2 de julio de 2015.- El Presidente en funciones.- Fdo.: Jesús Julio CarneroGarcía.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

SECRETARÍA GENERALSección de Gobierno y Actas

Con fecha 13 de los corrientes, el Excmo. Sr. Alcalde ha dictado Decreto número 6308cuyo contenido es del siguiente tenor literal:

“De conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en los artículos 35 al 37 del ReglamentoOrgánico del Ayuntamiento de Valladolid, al objeto de una mayor agilidad en la gestiónmunicipal, esta Alcaldía RESUELVE:

PRIMERO.-Realizar las siguientes delegaciones, con arreglo a las materias y políticaspúblicas que se indican:

CONCEJALÍA DE URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA.

Plan General de Ordenación Urbana, Planeamiento de desarrollo. Gestión Urbanística.Patrimonio Municipal del Suelo.

Formación, gestión y desarrollo de Proyectos integrales o sectoriales de urbanismo yproyectos de renovación urbana. Desarrollo de sus infraestructuras.

Dirección e impulso de los grandes proyectos de transformación urbana previstos para eldesarrollo del modelo de ciudad.

Formación, actualización y gestión de la información urbanística.

Protección de la legalidad urbanística. Concesión de licencias y autorizaciones.Permisosde ocupación de vía pública.

Autorizaciones y evaluación ambiental.

Programa de protección del Casco Histórico.

Mantenimiento y conservación de vías públicas y equipamientos urbanos. Control de lasactividades externas de esta naturaleza. Coordinación de los programas correspondientes.

Políticas de vivienda. Desarrollo del Plan correspondiente. Promoción, construcción yrehabilitación. Puesta a disposición de suelo para la construcción de viviendas deprotección.

Fomento de la conservación, rehabilitación y nueva edificación. Inspección técnica deedificaciones.

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Concejal Delegado General: D. Manuel Saravia Madrigal

CONCEJALÍA DE CULTURA Y TURISMO.

Conservación y dinamización del patrimonio cultural e histórico.

Promoción y desarrollo de infraestructuras y dotaciones culturales. Fundación Municipal deCultura. Museos y colecciones. Fundación “Teatro Calderón”. Fundación “PatioHerreriano”. Fundación “Museo de la Ciencia”. Fundación Casa de la India. SEMINCI.

Política de publicaciones y programas de promoción del libro.

Desarrollo y gestión de programas culturales, artísticos y de festejos.

Laboratorio de las Artes de Valladolid. Desarrollo y fomento de la creatividad artística ycultural.

Desarrollo, promoción y gestión del turismo, equipamientos e infraestructuras turísticas.

Promoción y gestión de Valladolid como ciudad de congresos.

Relaciones de cooperación nacional e internacional. Asociacionismo municipal; redes deciudades.

Relaciones e impulso con las ciudades hermanadas y con las que existe un Protocolo deAmistad.

Concejala Delegada General: Dª. Ana Mª Carmen Redondo García .

CONCEJALÍA DE HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA.

Elaboración de los Criterios Generales del presupuesto. Presupuestación y seguimiento.Contabilidad y análisis de costes.

Dirección financiera, fiscalidad e incentivos al desarrollo. Propuesta de normativa fiscal,financiera y presupuestaria municipal.

Atención integral al contribuyente, tesorería y recaudación.

Coordinación institucional con el Consejo Económico-Administrativo. Organización delapoyo a este Consejo.

Organización y desarrollo organizativo.

Recursos humanos y negociación colectiva. Relaciones con los representantes de lostrabajadores.

Salud laboral y prevención de riesgos.

Gestión de compras y suministros.

Servicios centrales.

Gestión integral de los patrimonios municipales. Mantenimiento de edificios e instalaciones.

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Políticas de desarrollo económico. Promoción de Proyectos Emprendedores y para lacreación de empleo.

Fomento del comercio, de la actividad y los ejes comerciales, con especial atención alcomercio de proximidad. Artesanía y oficios tradicionales.

Impulso y puesta en marcha del Plan Municipal de Empleo.

Información y difusión en materia de empleo.

Concejal Delegado General: D. Juan Antonio Gato Casado.

CONCEJALÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD.

Promoción de la actuación municipal conjunta para la consecución de un desarrollosostenible, según las bases recogidas en la Agenda Local 21.

Protección integral del medio ambiente. Desarrollo de programas de protección de lacalidad del aire.

Políticas de ahorro y diversificación energética.

Protección y promoción de la salud pública municipal. Salubridad.

Políticas de control de la calidad del consumo y relaciones con los consumidores.Abastecimiento y mercados.

Limpieza viaria y recogida de residuos urbanos.

Control de la gestión de los residuos urbanos.

Política sanitaria mortuoria.

Patrimonio verde público. Construcción, renovación y mantenimiento de parques y jardines.Control de las empresas concesionarias.

Gestión y control del ciclo integral de agua. Control de vertidos a la red.

Desarrollo de la coordinación institucional y territorial con los municipios del entorno(CUVA).

Concejala Delegada General: Dª María Sánchez Esteban.

CONCEJALÍA DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD

Políticas de Seguridad. Funciones atribuidas a la Policía Municipal conforme a lalegislación vigente y con reserva de la máxima Jefatura que corresponde al Alcalde, envirtud de lo dispuesto en el artículo 124.4 j) y 5 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerposde Seguridad.

Planificación y control de emergencias generales a través de los Planes de ProtecciónCivil.

Servicios de prevención y salvamento. Intervención en la extinción de incendios.

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Planificación en la materia de movilidad y accesibilidad urbana.

Diseño, implantación y evaluación de actuaciones de desarrollo del Plan de MovilidadUrbana: movilidad peatonal y otros modos de transporte, ordenación vial, gestióncontinuada de la movilidad, aparcamientos.

Transporte colectivo urbano y metropolitano.

Concejal Delegado General: D. Luis Vélez Santiago

CONCEJALÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, JUVENTUD Y DEPORTES.

Atención al ciudadano, registros y oficinas de información. Bases de información general.

Recepción y gestión de quejas y sugerencias.

Desarrollo de las políticas, programas y proyectos para el fomento de la participaciónciudadana. Impulso para el desarrollo de organizaciones vecinales, sociales y cívicas.

Recepción de las iniciativas y demandas de las organizaciones vecinales y sociales eimpulso de las mismas en la Administración Municipal.

Reconocimiento y registro de entidades ciudadanas de utilidad pública municipal. Apoyotécnico, económico e instrumental de carácter general.

Centros Cívicos. Gestión integral de los programas que en ellos se desarrollan.

Programas educativos para la ciudadanía.

Organización territorial de la participación ciudadana. Consejos de distrito o barrio.

Organización y desarrollo de los "Concejos Abiertos", asambleas informativas, audienciaspúblicas, etc.

Organización y desarrollo del bloque "Participa" de la web municipal.

Políticas deportivas, especialmente de fomento y relaciones con las Entidades Deportivasde la Ciudad.

Fomento de políticas de atención a la juventud: Coordinación de recursos juveniles.Información, formación, animación y apoyo al asociacionismo juvenil. Ocio y tiempo libre.

Sistemas de información, comunicación y nuevas tecnologías.

Administración electrónica.

Coordinación institucional con el Consejo Social de la Ciudad de Valladolid. Organizacióndel apoyo a este Consejo.

Concejal Delegado General: D. Alberto Bustos García.

CONCEJALÍA DE EDUCACIÓN, INFANCIA E IGUALDAD.

Escuela de Música "Mariano de las Heras".BO

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Escuelas infantiles.

Control del absentismo escolar.

Educación de personas adultas.

Promoción e impulso de políticas de igualdad de oportunidades y de lucha contra ladiscriminación y la marginación social.

Atención a la infancia.

Conservación, seguridad y mantenimiento de colegios públicos.

Centros abiertos.

Bibliotecas municipales.

Concejala Delegada General: Dª María Victoria Soto Olmedo.

CONCEJALÍA DE SERVICIOS SOCIALES.

Gestión y prestación de servicios sociales básicos y específicos.

Consejos Sociales.

Creación y apoyo de redes de voluntariado.

Desarrollo de medidas que permitan la prevención e integración de colectivos en riesgo deexclusión social.

Atención a personas discapacitadas.

Prevención de drogodependencias.

Formación ocupacional y para la inserción laboral.

Políticas de integración de la población inmigrante.

Cooperación al desarrollo.

Medidas de apoyo a la familia y convivencia.

Red de Centros de Personas Mayores.

Atención a la tercera edad.

Concejala Delegada General: Dª Rafaela Romero Viosca

SEGUNDO: Los Delegados Generales son miembros de la Junta de Gobierno, cuyacomposición es objeto de resolución específica de esta Alcaldía.

TERCERO: Corresponde a los Delegados Generales, en relación con las respetivasmaterias que comprende su delegación, impulsar y seguir la gestión de los diferentesServicios, adoptar los criterios de decisión que deban ser tenidos en cuenta por éstos yBO

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dictar las Resoluciones que expresamente se delegan por esta Alcaldía.

CUARTO: Todos los Concejales Delegados Generales tendrán, por Delegación de estaAlcaldía, en relación con los asuntos de sus respectivas materias, las siguientesatribuciones, salvo las delegadas en la Junta de Gobierno.

1.Actos de Trámite de los procedimientos administrativos, incluido el de iniciación delmismo.

2.Comunicaciones para recabar informes de otras administraciones y organismos, y parapublicar cualquier acto o disposición en los diarios y boletines oficiales y demás mediosinformativos.

QUINTO: De modo específico se delega la resolución de los asuntos que se citan, en lossiguientes Concejales Delegados:

A.Delegado General de Urbanismo, Infraestructuras y Vivienda.

Aprobación y expedición de la Cédula urbanística.

Órdenes de ejecución, restitución de la legalidad y ejecución subsidiaria.

Permisos de acometidas. Permisos de vertidos.

Liquidaciones y devoluciones de fianzas de obras por cuenta de particulares.

Licencias, declaraciones responsables y/o comunicaciones previas en materia urbanística yambiental.

B.Delegado General de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica.

Competencias en relación con el personal funcionario y laboral.

C.Delegado General de Medio Ambiente y Sostenibilidad.

Resoluciones en materia de policía sanitaria mortuoria.

Atribuciones de la Alcaldía recogidas en los Reglamentos Municipales sobre protección delMedio Ambiente contra la Emisión de Ruidos, Salubridad Pública, Tenencia de Perros yotros Animales Domésticos, regulador de la Venta Fuera de Establecimientos ComercialesPermanentes y para la Protección del Medio Ambiente Atmosférico.

Resolución de reclamaciones en materia de consumo.

Sancionar las faltas en las materias delegadas, incluidas las infracciones de la Ordenanzasobre prevención del alcoholismo y otras medias de control sobre establecimientoshosteleros.

D. Delegado de Participación Ciudadana, Juventud y Deportes.

Ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvencionesdentro de su materia competencial.

Actos relacionados con el Padrón Municipal de Habitantes y con el Censo Electoral, incluso

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altas y bajas, visados de certificaciones y comunicaciones oficiales.

SEXTO: El ejercicio de las facultades delegadas se hará constar expresamente citando eldecreto que los autoriza.

SÉPTIMO: Dése cuenta de este Decreto al Pleno Municipal en la primera sesión quecelebre, notifíquese y comuníquese a los interesados y servicios y publíquese en el BoletínOficial de la Provincia.

OCTAVO: La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de su firma”.

En Valladolid, a 25 de junio de 2015.- El Alcalde.- Fdo.: Oscar Puente Santiago.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

SECRETARÍA GENERALSección de Gobierno y Actas

Con fecha 19 de los corrientes, la Junta de Gobierno Local adoptó el siguiente acuerdo,cuyo contenido es del siguiente tenor literal:

“Vistas las competencias que el artículo 127.1 de la Ley 7/1995, de 2 de abril, de Basesde Régimen Local, atribuye a la Junta de Gobierno Local y las posibilidades de delegaciónde dichas competencias que permite el apartado 2 del citado precepto, con el objetivo deagilizar la gestión municipal, se propone a la Junta de gobierno Local la adopción delsiguiente ACUERDO:

PRIMERO.- Delegar en el Excmo. Sr. Alcalde las siguientes competencias en relación conlas materias no atribuidas a los Delegados:

1.-Conceder las subvenciones no previstas en el presupuesto municipal y otorgadas sinconvocatoria pública al amparo de lo previsto en el artículo 3.2 del Reglamento Municipalde Subvenciones, instrumentadas a través de convenios, aunque la duración de éstosexceda del año natural.

SEGUNDO.- Delegar las siguientes competencias en los Delegados de Área, según sedetermina a continuación:

a)-En todos los Delegados de Área:

1.Adoptar todos los actos de relacionados con la gestión de cualquier tipo de contratocuando su presupuesto base de licitación no supere los 200.000 euros, IVA excluido, y suduración no sea superior a un año, prórrogas incluidas. Esta facultad incluye, de manerameramente enunciativa, los actos siguientes: dictar la providencia de inicio de losexpedientes; la aprobación de expediente de contratación; la invitación para presentarofertas; la adjudicación y formalización de los contratos respectivos; la adopción decualquier acuerdo en relación con incidencias durante la ejecución del contrato; larecepción y liquidación de los contratos y la cancelación de las garantías definitivas. Ladelegación incluye los actos de autorización, disposición, reconocimiento y liquidación delas obligaciones que deriven de tales contratos.

En todo caso, de la recepción de los contratos se dará cuenta a la Junta de GobiernoLocal.

2.Decretar el inicio del procedimiento sancionador en las actividades o materias propiasdel área de delegación que cada concejal tenga atribuida e imponer las faltas sancionesprocedentes en caso de comisión de las faltas leves.

3.Acordar los actos de trámite de los procedimientos administrativos, incluido el de

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iniciación del mismo.

4.Autorizar y disponer gastos en las materias y competencias delegadas.

b)-En el Delegado General de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica:

1.Liquidar, rectificar y anular cuotas, u otras incidencias, relativas a todas las exaccionesmunicipales.

2.Sancionar las faltas graves en materia tributaria.

3.Adoptar todos los acuerdos en relación con la gestión del personal municipal que el art.127.1.h de la Ley de Bases de Régimen Local atribuye a la Junta de Gobierno, y que noson indelegables de acuerdo con lo que dispone el apartado 2 del precepto citado, conexcepción de las funciones siguientes:

- Sancionar las faltas muy graves del personal laboral

- Sancionar las faltas las graves y muy graves del personal funcionario.

- Nombrar funcionarios de libre designación.

4.Autorizar desplazamientos con motivo de asistencia a cursos, seminarios y comisionesde servicios, cuyo gasto no supere la cantidad de 1000 euros, salvo casos de urgenciaapreciada por la Alcaldía.

5.Adoptar los acuerdos necesarios para impulsar la gestión del patrimonio municipal, yadjudicar concesiones sobre el dominio público u otros negocios jurídicos sobre bienespatrimoniales o demaniales, siempre que su plazo de duración no sea superior a cuatroaños o su importe supere los 100.000 euros, así como formalizar los contratos de gestiónpatrimonial.

c)-En el Delegado General del Área de Urbanismo, Infraestructuras y Vivienda:

1 Adoptar los acuerdos necesarios para impulsar la eficiente gestión del PatrimonioMunicipal del Suelo.

2.Conceder licencias o autorizaciones de aprovechamientos y utilización del dominio públicolocal cuando la autorización demanial no lo sea para el ejercicio de venta ambulante, notenga repercusión sobre la sanidad alimentaria y/o no afecte a la normativa de ruidos.

3.Otorgar licencias urbanísticas relativas a los actos señalados en el artículo 97 letras i),l), m) y n) de la Ley 5/99, de Urbanismo de Castilla y León.

4.Imponer las sanciones por faltas graves en materia de disciplina urbanística.

d)-En el Delegado General del Área de Seguridad y Movilidad:

1.Sancionar las faltas graves contra la Ordenanza Municipal sobre protección de laconvivencia ciudadana y prevención de actuaciones antisociales.

e)-En el Delegado General del Área de Medio Ambiente y Sostenibilidad:

1.Conceder licencias o autorizaciones de aprovechamientos y utilización del dominio público

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local cuando la autorización demanial lo sea para el ejercicio de venta ambulante, tengarepercusión sobre la sanidad alimentaria y/o no afecte a la normativa de ruidos.

2.Sancionar las faltas graves previstas en el Reglamento regulador de la Venta fuera deEstablecimientos Comerciales Permanentes.

3.Sancionar las faltas graves por infracciones en materia ambiental.

TERCERO.-En el ejercicio de las competencias delegadas se hará mención expresa delpresente Acuerdo.”

En Valladolid, a 25 de junio de 2015.- El Alcalde.-Fdo.: Oscar Puente Santiago.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN

Anuncio. Designación de Concejales Delegados

El Sr. Alcalde por Decreto 520/2015, de fecha 24 de Junio de 2015, ha efectuado lassiguientes delegaciones:

-Concejal Delegado del Área de Urbanismo Obras e Infraestructuras a D. FranciscoAntonio Lambás Cid ;

-Concejal Delegado de Juventud y Bienestar Social a D. Jesús Ángel Martín Suarez ;

-Concejal Delegado de Medio Ambiente y Servicios a D. Juan Carlos Olmedo Zarapuz;

-Concejala Delegada de Hacienda, Administración General, Régimen Interior y Empleo aDª Virginia Almanza Badás;

-Concejala Delegada de Cultura, Participación Ciudadana y Deportes a Dª Virginia AlmanzaBadás.

Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto

Aldeamayor de San Martín. 26 de Junio de 2015.- La Alcaldesa Acctal. Fdo. VirginiaAlmanza Badás.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA

En Resolución de la Alcaldía nº 1468/2015 del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda,se aprobaron las bases y convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libredesignación, del puesto de Jefe/a del Área de Urbanismo y Servicios, que se publican parageneral conocimiento y efectos.

En Arroyo de la Encomienda, a 25 de junio de 2015.- El Alcalde.-Fdo.: José Manuel BarrioMarco.

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BASES PARA LA PROVISIÓN POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN DEL

PUESTO DE JEFE/A DEL ÁREA DE URBANISMO Y SERVICIOS

PRIMERA. Objeto de la Convocatoria

La convocatoria tiene por objeto proveer por el sistema de libre designación el puesto de Jefe del Área de Urbanismo y Servicios del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda y cuyas características son:

— Grupo: A1; Escala: Administración General; Número de vacantes: 1;

Denominación: Jefe del Área de Urbanismo y Servicios. — El puesto tiene un nivel 29, a efectos de complemento de destino. — Complemento específico anual incluídas pagas extras: 35.240,10 € en 14

pagas al año Funciones: las descritas en la R.P.T. puesto nº 84: Jefe de Área de Urbanismo

y Servicios y con carácter general: Dirigir, impulsar, planificar, coordinar, organizar y llevar el control y evaluación

de los Servicios, Secciones y Negociados, adscritos a esta área. Funciones de apoyo a la Secretaría General.

La forma de provisión según recoge la Relación de Puestos de Trabajo es la de libre designación.

SEGUNDA. Requisitos y Méritos

Para acceder a este puesto de trabajo se deberán cumplir los siguientes requisitos:

— Ser funcionario de carrera del Grupo A1 de cualquier Administración Pública. — Cumplir los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo

del Ayuntamiento, que hagan efectivo el cumplimiento de las funciones encomendadas de acuerdo a la misma.

— Encontrarse en cualquiera de las situaciones previstas en la normativa de función pública que no impida el acceso al puesto.

Los méritos, según consta en la R.P.T:

- Funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.

- Titulación universitaria en Urbanismo y otras oficiales en Dirección Pública Local.

- Gestión de Calidad y Administración Electrónica.

- Experiencia en gestión de servicios municipales

TERCERA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias

Las solicitudes para tomar parte en la provisión del puesto de Jefe del Área de Urbanismo y Servicios, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

También podrán presentarse las solicitudes en las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

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Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La solicitud deberá ir acompañada de:

— Fotocopia del DNI.

— Documentos que justifiquen los requisitos para concurrir al presente procedimiento.

— Currículum vítae y documentos acreditativos de los méritos que alegue para su valoración.

CUARTA. Comisión de Valoración

La Comisión de Valoración examinará las solicitudes y evacuará informe sobre la idoneidad de los candidatos/as atendiendo a la formación, experiencia y demás cuestiones de interés relacionadas con el puesto y sus funciones que los candidatos reseñen en sus currículum vítae.

Dicha Comisión de Estudio estará constituida por: PRESIDENTE: Funcionario de carrera de esta o cualquier otra Administración. SECRETARIO: Funcionario de carrera de esta o cualquier otra Administración. VOCALES: 3 Funcionarios de carrera de esta o cualquier otra Administración. La Comisión incorporará al expediente propuesta a favor de alguno de los/as

candidatos/as de entre aquellos que aspiren al puesto, que elevará al Sr. Alcalde, una vez estudiada la documentación presentada. En dicha propuesta se ha de argumentar la propuesta efectuada en atención a los méritos alegados por los/las aspirantes/as.

La propuesta de acuerdo de nombramiento se motivará con referencia al cumplimiento por parte del candidato/a elegido/a de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, y la competencia para proceder al mismo.

QUINTA. Nombramiento y Cese

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará Resolución declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, que se expondrá en el Tablón de Anuncios Municipal. Caso de existir errores materiales, los mismos podrán ser subsanados en el plazo de diez días. La lista de aspirantes admitidos y excluidos será elevada a definitiva, si no se presentan reclamaciones o solicitudes de subsanaciones. Si hubiera reclamaciones, se resolverán y será aprobada la lista definitiva teniendo en cuenta dichas resoluciones y se publicará en el Tablón de Anuncios.

Los aspirantes podrán ser llamados a la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de su currículum profesional y cualesquiera otras que el órgano competente tenga a bien realizar. Podrá declararse desierto el procedimiento si así fuere estimado por la Alcaldía.

Se procederá al nombramiento por el Alcalde, de acuerdo con los principios de

igualdad, objetividad, mérito y capacidad, en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

La resolución de nombramiento indicará la fecha en que deberá efectuarse el

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cese en el actual puesto de trabajo y la toma de posesión del destino adjudicado, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 84.3 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, modificado por el art. 28.4 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, los funcionarios de carrera que obtengan destino en otra Administración Pública a través de los procedimientos de movilidad quedarán respecto de su Administración de origen en la situación administrativa de servicio en otras Administraciones Públicas. En el supuesto de cese del puesto obtenido por libre designación, la Administración de destino, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al del cese, podrá acordar la adscripción del funcionario a otro puesto de la misma o le comunicará que no va a hacer efectiva dicha adscripción. En todo caso, durante este periodo se entenderá que continúa a todos los efectos en servicio activo en dicha Administración. Transcurrido el plazo citado sin que se hubiera acordado su adscripción a otro puesto, o recibida la comunicación de que la misma no va a hacerse efectiva, el funcionario deberá solicitar en el plazo máximo de un mes el reingreso al servicio activo en su Administración de origen, la cual deberá asignarle un puesto de trabajo conforme a los sistemas de carrera y provisión de puestos vigentes en dicha Administración, con efectos económicos y administrativos desde la fecha en que se hubiera solicitado el reingreso.

SEXTA. Toma de Posesión

El plazo para la toma de posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

SEPTIMA. Incidencias

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá

interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Esta convocatoria se regirá por las presentes bases, en su defecto

supletoriamente será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

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Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que deben ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

Contra las presentes bases que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Valladolid, a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, (Artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE BAHABON DE VALCORBA

Por Resolución de Alcaldía de fecha 25 de junio de 2015, se ha acordado designarTenientes de Alcalde, que sustituirán al Alcalde por Orden de nombramiento, y conferir lasdelegaciones, genéricas y específicas que a continuación se indican:

1º NOMBRAMIENTOS DE TENIENTES DE ALCALDE:

-Primer Teniente de Alcalde: HENAR PURA SALAZAR

2º.DELEGACIONES:

-Genéricas:

-Específicas:

Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en los artículos 44.2 y 46 delReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporacioneslocales, en

Bahabon a 25 de junio de 2015.-El Alcalde.- Fdo. Manuel Ramírez Nieto.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTRONUEVO DE ESGUEVA

Por Resolución de esta Alcaldía de fecha 17 de junio de 2015, se ha acordado designarTenientes de Alcalde, que sustituirán al Alcalde por Orden de nombramiento, y conferir lasdelegaciones genéricas y específicas que a continuación se indican:

1°.- NOMBRAMIENTOS DE TENIENTES DE ALCALDE

PRIMER TENIENTE DE ALCALDE D. ALFREDO FERNANDEZ ZAMORA

Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en los artículos 44.2 y 46 delReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las corporacioneslocales.

En Castronuevo de Esgueva a 22 de junio de 2015.-El Alcalde.-Fdo.: Fernando MongeGarcia.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTRONUEVO DE ESGUEVA

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases de Régimen Local, se da publicidad a la presentación de lasdeclaraciones sobre bienes patrimoniales y declaraciones sobre causas de posibleincompatibilidad y actividad por parte de los concejales cesantes y de los concejalesentrantes de este Ayuntamiento que figuran en el anexo:

CONCEJALES CESANTES QUE HAN PRESENTADO LAS DECLARACIONES:

D. JUAN CARLOS GARCIA RODRIGUEZ. Fecha de presentación: 08-06-2015

D. SEGUNDO VACA NIETO. Fecha de presentación: 08-06-2015

D. JULIO FERNANDEZ RODRIGUEZ : Fecha de presentación: 08-06-2015

D. JOSE Ma ROJO MATARRANZ : Fecha de presentación: 10-06-2015

D. FERNANDO MONGE GARCIA: Fecha de presentación: 13-06-2015

D. ALFREDO FERNANDEZ ZAMORA : Fecha de presentación: 13-06-2015

D. FLORENCIO FERNANDEZ BUENA : Fecha de presentación: 13-06-2015

CONCEJALES ENTRANTES QUE HAN PRESENTADO LAS DECLARACIONES:

D. JOSE Ma ROJO MATARRANZ : Fecha de presentación: 10-06-2015

Da MARINA SANZ RECIO.: Fecha de presentación: 12-06-2015

D. FERNANDO MONGE GARCIA : Fecha de presentación: 13-06-2015

D. ALFREDO FERNANDEZ ZAMORA : Fecha de presentación: 13-06-2015

D. DAVID VILLALBA GIL : Fecha de presentación: 13-06-2015

D. FLORENCIO FERNANDEZ BUENA : Fecha de presentación: 13-06-2015

D. FRANCISCO J. GARCIA OLMOS : Fecha de presentación: 13-06-2015

En Castronuevo de Esgueva a 22 de junio. de 2015.-El Alcalde.-Fdo.: Araceli de la CalleGonzalez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTROPONCE DE VALDERADUEY

D. Ivan Ortega del Rey ha solicitado de esta Alcaldía Licencia Ambiental para ejercer laactividad de Explotación Porcina de Cebo de 2.000 plaza en la Parcela 10 y 11 del Polígono 2 de este término municipal de Castroponce de Valderaduey:

En cumplimiento del art. 27 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental deCastilla y León, se abre un periodo de información pública de diez días hábiles a contardesde el siguiente a la publicación de este anuncio para que todo el que se considereafectado por la actividad que se pretende ejercer pueda hacer las observacionespertinentes.

El expediente se encuentra en la Secretaria de este Ayuntamiento y puede consultarsedurante las horas de oficina.

Castroponce a 29 de junio de 2015.- La Alcaldesa: M. Pilar del Rey Gonzalez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

SECRETARÍA GENERAL

En cumplimiento y a los efectos de lo dispuesto en el art.46 del Reglamento deOrganización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hacepúblico que por esta Alcaldía se ha dictado el siguiente

DECRETO DE ALCALDÍA

Alcalde.- D. Román Rodríguez de Castro

Laguna de Duero a 25 de junio de 2015

La Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, dispone en suartículo 20.1 b) la Junta de Gobierno Local, existe en los Municipios con población dederecho superior a 5.000 habitantes; que se integran por el Alcalde y un número deConcejales no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separadoslibremente por aquél, dando cuenta al Pleno (art. 23.1); y que sus atribuciones son lasasistencia al Alcalde en el ejercicio de las suyas y aquellas que éste u otro ÓrganoMunicipal, le delegue ó le asignen las Leyes (art. 23.2).

Habiéndose renovado la Corporación el día 13 de junio del actual, es necesario proceder ala designación de los miembros integrantes de la Junta de Gobierno Local de esteAyuntamiento y adoptar las disposiciones pertinentes al respecto.

En consecuencia, y en virtud de las competencias que me confiere los preceptosanteriormente indicados dispongo lo siguiente:

PRIMERO.-Quedan designados para integrar la Junta de Gobierno Local de esteAyuntamiento, los siguientes Concejales:D. Román Rodríguez de Castro D.N.I. núm. 12.197.408-W

Juan Carlos Rodríguez García D.N.I. núm. 12.358.057-L

Juan José Tomás-Biosca Pérez D.N.I. núm. 11.716.513-Z

Álvaro Infante Echevarría D.N.I. núm. 12.370.051-F

Francisco Barbillo Martínez D.N.I. núm. 12.241.056-L

Luis M. Minguela Muñoz D.N.I. núm. 03.428.181-P

Jesús Saéz Carrascal D.N.I. núm. 09.274.212-Z

Jesús Salamanca Tejero D.N.I. núm. 03.432.705-R

PRESIDENCIA.-D. Román Rodríguez de Castro, D.N.I. núm. 12.197.408-WSECRETARIO- D. José Francisco Illerías Samaniego o quien legalmente le sustituya.

(Puede asistir con voz pero sin voto el Concejal del Grupo Mixto)

SEGUNDO.- Hasta que en su caso le sean delegadas atribuciones por esta Alcaldía o por

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el Pleno Municipal, corresponderá a la Junta de Gobierno la asistencia al Alcalde en elejercicio de sus atribuciones y el ejercicio de las atribuciones que le asignen las Leyes, talcomo prevé el art. 23.2 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Se delega, no obstante, en la Junta de Gobierno la facultad del Alcalde de otorgarlicencias urbanísticas y licencia ambiental, así como los de aquellos actos sometidos alrégimen de comunicación cuando requieran simultáneamente licencia ambiental y debanser objeto de una única resolución, en los términos del art. 99.1 d) de la Ley 5/99 de 8 deabril de Urbanismo de Castilla y León.

TERCERO.-Queda sin efecto la Resolución de Alcaldía de fecha 17 de junio de 2011.

CUARTO.-Establecer el siguiente régimen de sesiones de la Junta de Gobierno Local:

El día y hora en que deba celebrarse sesión ordinaria por la Junta de Gobierno delAyuntamiento será:

El último lunes de cada mes a las 14,15 horas.

Cuando coincida el mismo día de la celebración de la sesión del Pleno Municipal, la horade celebración de la sesión, tendrá lugar a la hora que se determine en la Convocatoria.

Si coincidiera con festivo, la sesión tendrá lugar el día inmediato posterior a la misma hora.

QUINTO.-El presente Decreto se comunicará a los interesados, se publicará en el B.O. dela Provincia de Valladolid y se dará conocimiento al Pleno Municipal, en la primera sesiónque se celebre.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Laguna de Duero a 30 de junio de 2015. El Alcalde.- Fdo.- Román Rodríguez deCastro.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

SECRETARÍA GENERAL

En cumplimiento de lo establecido en el art.46.1 del Reglamento de Organización,Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público que porparte de Alcaldía se ha resuelto:

PRIMERO.-Nombrar, de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local, al Teniente deAlcalde que a continuación se señala, quien sustituirá al Alcalde, en los casos de ausencia,vacante o enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de susatribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacantede la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde:

PRIMER TENIENTE DE ALCALDE: D. JUAN JOSÉ TOMÁS-BIOSCA PÉREZ

SEGUNDO.-La sustitución del Alcalde se producirá cuando se den los supuestos legalesque la motiven sin necesidad de que por el Alcalde se confiera delegación alguna y ello sinperjuicio del deber de la Alcaldía de comunicar la ausencia o enfermedad.

TERCERO.-Del contenido de la presente Resolución se dará cuenta al Pleno de laCorporación en la primera sesión que celebre, se publicará en el Boletín Oficial de laProvincia y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y se notificará personalmente a losinteresados.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Laguna de Duero a 2 de julio de 2015.- El Alcalde.- Fdo. Román Rodríguez de Castro.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

SECRETARÍA GENERAL

Se hace público, para general conocimiento que, en virtud del artículo 25 del ReglamentoOrgánico Municipal del Ayuntamiento de Laguna de Duero y del artículo 24 del R.D.2568/1986, de 28 de noviembre, en este Ayuntamiento se han constituido los siguientesGrupos Políticos:

Grupo Político.- Grupo Municipal Independientes por Laguna.

Portavoz del Grupo:

Juan Carlos Rodríguez García

Portavoz Adjunto:

Mª, Estela Crespo Moro.

Componentes:

Román Rodríguez De Castro

Juan Carlos Rodríguez García

Mª Estela Crespo Moro

Lucía Castro García

Héctor Alfonso González Sanz

Grupo Político.- Grupo Municipal Socialista-P.S.O.E.

Portavoz Del Grupo:

Juan Jose Tomas-Biosca Perez

Portavoz Adjunto:

Margarita Rodríguez Benítez

Componentes:

Juan José Tomas-Biosca Perez

Margarita Rodríguez Benítez

Alvaro Infante Echevarría

Mª. Luisa Cortijo Morán.

Francisco Barbillo Martínez

Grupo Político. Grupo Municipal Partido Popular

Portavoz Del Grupo

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Luis M. Minguela Muñoz

Portavoz Adjunto

Enrique Fernández Delgado

Componentes:

Luis Mariano Minguela Muñoz

María Alonso Blanco

Alfredo Fadrique Lopez

Enrique Fernández Delgado

Cristina Enjuto Martín

Grupo Político.-Agrupación De Electores Laguna Si se Puede

Portavoz del Grupo.

Jesús Ángel Sáez Carrascal

Portavoz Adjunto.

Francisco Javier Regueira Pérez

Componentes:

Jesús Angel Sáez Carrascal

Eva María García Cantero

Francisco Javier Reguiera Pérez

Grupo Politico.-Izquierda Unida-Laguna en Marcha Toma La Palabra

Portavoz Del Grupo.

Jesús Salamanca Tejero

Portavoz Adjunto.

Aurelia Hernández Jiménez

Componentes:

Jesús Salamanca Tejero

Aurelia Hernández Jiménez

Grupo Político. Ciudadanos-Partido de La Ciudadanía

Portavoz Del Grupo.

Tomás Álvarez Tejedor

Portavoz Adjunto.-

Componentes:

Tomás Álvarez Tejedor

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Las funciones de la Junta de Portavoces serán las establecidas en el citado art. 29 delReglamento Orgánico Municipal.

Se reunirán con carácter general los miércoles de la semana en la que sea necesariorealizar la convocatoria del Pleno del Ayuntamiento y hora 14,15.

A la citada Junta de Portavoces podrá concurrir el Secretario para realizar las funcionesque le encomienda la legislación vigente, según lo dispuesto en el Art. 82 en relación con lapreparación del Orden del Día.

En Laguna de Duero a 2 de julio de 2015.- El Alcalde.- D. Román Rodríguez de Castro

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

SECRETARÍA GENERAL

Se hace público para general conocimiento el acuerdo adoptado por el Pleno delAyuntamiento de Laguna de Duero (Valladolid) en sesión extraordinaria celebrada el día 30de junio de 2015.

ASUNTO.-Fijación periodicidad Sesiones del Pleno.

Atendiendo que la Corporación se constituyó el pasado 13 de junio actual y encumplimiento de lo establecido en los artículos 67 del Reglamento Orgánico Municipal delAyuntamiento de Laguna de Duero y 38 del Reglamento de Organización, Funcionamientoy Régimen Jurídico de las Entidades Locales, procede establecer el régimen de sesionesa celebrar por el Pleno Municipal.

Visto art. 46 de la Ley de Bases de Régimen Local, redacción dada por la Ley 11/99, de21 de abril y a propuesta de la Alcaldía se propone al Pleno del Ayuntamiento la adopcióndel siguiente acuerdo:

El Pleno de la Corporación celebrará sesión ordinaria todos los meses del año, teniendolugar éstas a las 18:00 horas del último martes de cada mes.

Caso de coincidir con día festivo, se celebrará la sesión al segundo día hábil siguiente a lamisma hora.

En los meses de agosto, diciembre y Semana Santa, las sesiones ordinarias del Pleno sepodrán anticipar o posponer y serán determinadas por la Alcaldía, previa consulta con losPortavoces de los Grupos Políticos Municipales.

En Laguna de Duero a 2 de julio de 2015.- El Alcalde.- Fdo.-Román Rodríguez de Castro.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

SECRETARÍA GENERAL

En cumplimiento y a los efectos de lo dispuesto en el art. 44 del Reglamento deOrganización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hacepúblico que esta Alcaldía en fecha 25 de junio actual dictó resolución por la que sedispuso lo siguiente:

DECRETO DE ALCALDÍA

Alcalde.- D. Román Rodríguez de Castro

Laguna de Duero a 25 de junio de 2015.

Habiéndose constituido la Corporación Municipal el día 13 de junio de 2015, se hacepreciso que por esta Alcaldía se dicten las Resoluciones pertinentes en orden a configurarla nueva organización municipal. Igualmente se hace preciso proceder a la delegación delas competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamientodel Gobierno Municipal con criterios de eficacia; así como establecer la necesariacoordinación de las áreas municipales que dimanan de la organización municipal;coordinación que pretende acomodarse a los principios de eficacia y eficiencia en elejercicio de las tareas de gobierno.

CONSIDERANDO que conforme a lo dispuesto en los arts. 139 y 140 del ROMcorresponde al Alcalde, mediante Decreto, determinar el número, la denominación y lacompetencia de las Áreas de Gobierno, así como el nombramiento y cese de losDelegados de Área, nombramiento que habrá de recaer de entre los miembros de la Juntade Gobierno Local.

CONSIDERANDO que dentro de cada Área de Gobierno que se cree es posible, conformeal artº 142 del ROM, la creación de Concejalías Delegadas cuyo número, denominación ycompetencias se determinarán por el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía.

CONSIDERANDO que la posibilidad de delegar competencias de la Alcaldía vienerecogido en los arts. 21.3 de la Ley 7/1.985, en el art. 43 del R.D. 2.568/1.986 (R.O.F.) yque el régimen de delegaciones se recoge en el Reglamento Orgánico Municipal delExcmo. Ayuntamiento de Laguna de Duero arts. 39 a 48; 55 y 140 a 144.

CONSIDERANDO que son delegables todas las competencias que el art. 21.1 de la Ley7/1.985 enumera con excepción de la de convocar y presidir las sesiones de Pleno y Juntade Gobierno Local, decidir los empates con el voto de calidad, la concertación deoperaciones de crédito, la jefatura superior de todo el personal, la separación del serviciode los funcionarios y el despido del personal laboral y las enunciadas en los párrafos a) e)j) k) l) y m) del citado artículo 21.1.

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CONSIDERANDO que el Ayuntamiento de Laguna de Duero se organiza en áreas degobierno que comprenden uno o varios sectores funcionalmente homogéneos; que lasáreas de gobierno son:

-Área de Régimen Interior

-Área de Servicios Económicos

-Área de Urbanismo, Servicios Urbanos y Medio Ambiente

-Área de Bienestar Social, Ocio y Tiempo Libre.

CONSIDERANDO que con objeto de adaptar los principios de eficacia y eficiencia delgobierno municipal en aquellas áreas que por su especial complejidad requieren laparticipación de un segundo nivel organizativo, se estima conveniente la creación de lassiguientes concejalías delegadas:

a.-En el Área de Bienestar Social, Ocio y Tiempo Libre:

Concejalía Delegada de Cultura

Concejalía Delegada de Educación y Participación Ciudadana

Concejalía Delegada de Juventud

Concejalía Delegada de Familia, Igualdad y Acción Social

Concejalía Delegada de Deportes

Concejalía Delegada de Desarrollo Local

CONSIDERANDO que el régimen jurídico y funciones de los Delegados de Área vienenrecogidos en los arts. 139 a 141 del Reglamento Orgánico Municipal; y que los de losConcejales Delegados se establecen en los arts. 142 a 144 de la misma norma.

Por todo lo anteriormente expuesto y en virtud de las facultades que la legislación vigenteme confiere, vengo a RESOLVER

PRIMERO.-Crear las siguientes Áreas de Gobierno y nombrar Delegado de Área:

-ÁREA DE RÉGIMEN INTERIOR

Concejal del Área D. JUAN CARLOS RODRÍGUEZ GARCÍA

-ÁREA DE SERVICIOS ECONÓMICOS

Concejal del Área D. ALVARO INFANTE ECHEVARRÍA

-ÁREA DE URBANISMO, SERVICIOS URBANOS Y MEDIO AMBIENTE

Concejal del Área D. FRANCISCO BARBILLO MARTÍNEZ

-ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL, OCIO Y TIEMPO LIBRE

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Concejala del Área Dª ESTELA CRESPO MORO

SEGUNDO.-Constituir la siguientes Concejalías Delegadas y nombrar los siguientesConcejales Delegados.

-Cultura

Concejala Delegada Dª LUCÍA CASTRO GARCÍA

-Educación y Participación Ciudadana

Concejala Delegada Dª MARÍA LUISA CORTIJO MORÁN

-Juventud

Concejala Delegada Dª MARIA ESTELA CRESPO MORO.

-Familia, Igualdad y Acción Social

Concejala Delegada Dª MARGARITA RODRÍGUEZ BENÍTEZ

-Deportes

Concejal Delegado D. HECTOR ALFONSO GONZÁLEZ SANZ

-Desarrollo Local

Concejal Delegado D. HECTOR ALFONSO GONZÁLEZ SANZ

TERCERO.-El contenido de las competencias delegadas a las Concejalías Delegadas deÁrea será:

ÁREA DE RÉGIMEN INTERIOR:

En materia de Recursos Humanos:

Acto de impulso, tramitación y resolución, en su caso, de los expedientes de competenciade Alcaldía referidos a:

a)-Carrera profesional de funcionarios públicos y personal laboral.

b)-Situaciones administrativas de funcionarios y personal laboral.

c)-Oferta de empleo público anual.

d)-Provisión de puestos de trabajo.

e)-Procedimientos de acceso a la función pública y expedientes de contratación depersonal laboral.

f) Bases de convocatorias de selección de personal funcionario y laboral.

g)-Relación de puestos de trabajo, plantilla y catálogos de personal.

h)-Valoraciones de puestos de trabajo.BO

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i)-Convenios Colectivos y Pactos.

j)-Formación de personal laboral y funcionario

k)-Recibos de haberes y seguros sociales

l)-Expedientes sancionadores

m)-Control de presencia

n)-Permisos, vacaciones y licencias.

o)-Expedientes de contratación de servicios externos relativos a procedimientos deselección y provisión.

En materia de TIC (Informática):

Actos de impulso tramitación y resolución, en su caso, de los expedientes de competenciade Alcaldía, sobre esta materia

En materia de Contratación:

Actos de impulso tramitación y resolución, en su caso, de los expedientes de competenciade Alcaldía, sobre esta materia.

ÁREA DE SERVICIOS ECONÓMICOS:

Actos de impulso, tramitación y resolución, en su caso, de los expedientes referidos a:

Contabilidad, Gestión y Dirección Financiera, Fiscal y Presupuestaria, Contratación yGestión Patrimonial, Tesorería, Recaudación, Contabilidad e Inspección Tributaria y enespecial

A.-En materia de Intervención:

En materia de Gestión de Gastos todos los expedientes y documentos que integran laretención de crédito, ADO y conforme de facturas.

B.- En materia de Tesorería y Recaudación:

1.-Conceder o denegar aplazamientos y fraccionamientos y señalamiento de garantías (art. 21.1.LRBRL, 54.3 TRRL y 44 y ss del RGR ).

2.-Compensar de oficio o a instancia de parte, las deudas y créditos ( art. 21.1 LRBRL yart. 55 y ss del RGR ).

3.-Apertura y cierre de Cuentas Tesoreras y restringidas de Recaudación ( art. 178 y 179LRHL y 8 y ss del RGR ).

4.-Declaración colectiva de Prescripción ( art. 21.1, art. 195 LRHL y art. 69 RGR ).

5.-Fijar el plazo de ingreso en periodo voluntario de los padrones cobratorios de caráctercolectivo( art. 21.1 LRBRL y art. 62 de la LGT ).

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6.-Resolución de Recursos de Reposición y Reclamaciones en materia de Recaudación.

7.-Dictar Acuerdos de derivación de responsabilidad.

8.-Declaración de fallidos los obligados al pago y declaración de créditos incobrables.

9.-Aprobar cargos de deudas providenciadas de apremio.

10.-Aprobar expedientes de devolución de ingresos indebidos

11.-Firma de Contratos y Convenios de colaboración que tengan relación con materias deTesorería y Recaudación.

12.-Formación del Plan de disposición de fondos, que en todo caso, deberá recoger laprioridad de los gastos de Personal y de las obligaciones contraídas en ejerciciosanteriores.

C.-En materia de Administración Tributaria:

1.-Aprobar padrones cobratorios de Impuestos, Tasas y Precios Públicos.

2.-Aprobar Liquidaciones de ingreso directo de los Impuestos, Tasas, Precios Públicos yotros ingresos de Derecho público o privado

3.-Inclusión en los censos tributarios y de precios públicos de altas, bajas o modificacionesde objetos tributarios y contribuyentes.

4.-Concesión y denegación de beneficios fiscales, bonificaciones, exenciones, reducciones,deducciones, y prórrogas en materia tributaria y de precios públicos de conformidad con lalegislación vigente

5.-Concesión y denegación de oficio a instancia del interesado de devoluciones yreembolsos.

6.-Resolución de reclamaciones y recursos en materia tributaria y de cualquier otro ingresode derecho público o privado.

7.-Aprobación de los expedientes de bajas y anulaciones de recibos y liquidaciones, deoficio o a instancia de los interesados, en materia tributaria y de precios públicos.

8.-Delegación de las competencias en materia de gestión tributaria en colaboración con elCentro de Gestión Catastral respecto al Impuesto de Bienes Inmuebles.

9.-Delegación de las competencias en materia de gestión tributaria en colaboración con laAgencia de Administración Tributaria respecto al Impuesto sobre Actividades Económicas.

10.-Firma de Contratos y Convenios de colaboración que tengan relación con materias deAdministración Tributaria.

ÁREA DE URBANISMO, SERVICIO URBANOS Y MEDIO AMBIENTE:

I.-Actos de impulso, tramitación y resolución, en su caso, de los expedientes referidos aOrdenación del Territorio, Planeamiento, Gestión y Disciplina Urbanística

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a)Actos de trámite e impulso de los expedientes que se tramitan en la sección de DisciplinaUrbanística referidas a licencias urbanísticas y ambientales.

b)Resolución de los siguientes expedientes incluida la resolución de los recursosadministrativos que se interpongan contra los mismos:

-Licencias de obra menor

-Expedientes de comunicación ambiental que no requieran ningún tipo de licencia de obra.

-Licencias de Apertura de establecimientos y cambios de titularidad de los mismos.

c)Instructor de los expedientes sancionadores de protección y restauración de la legalidadurbanística.

d)La representación del Ayuntamiento en las Entidades Urbanísticas Colaboradas que seconstituyan, (Juntas de Compensación, Entidades Urbanísticas de Conservación de laurbanización, etc...) en cumplimiento de lo previsto en el artículo 192 del ya citado Decreto22/2004, de 29 de Enero.

II.-Actos de impulso, tramitación y resolución, en su caso, de los expedientes referidos aPlanes de Inversión, Servicios Urbanos: Cementerio, Agua, Saneamiento, Alumbrado,Limpieza y Mantenimiento de Vías y Espacios Público, Parques y Jardines, ResiduosSólidos Urbanos, Mantenimiento de Edificios Públicos, Obras Municipales, PlanificaciónMedioambiental, Calidad Ambiental, Ruidos, Educación Medioambiental, DesarrolloSostenible, Infraestructuras Medioambientales, Disciplina medioambiental.

1.-En materia de Servicios y Obras Municipales:

a)Autorización de Terrazas, Autorización de Vados, Autorización Piscinas, Contratosmenores, Medio Ambiente, Expte. daños en bienes municipales:

-Actos de impulso y tramitación

-Actos resolutorios

-Resolución de recursos administrativos que se interpongan contra estos actos.

b)Seguimiento y recepción obras de urbanización:

- Actos de impulso y tramitación

- Actos resolutorios

- Resolución de recursos administrativos que se interpongan contra estos actos.

- Actas de recepción

c)Cementerio Municipal:

-Actos de impulso y tramitación

d)Ejecución de contratos:

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-Actos de impulso y tramitación

e)Servicio de Aguas:

-Actos de impulso y tramitación

- Firma de contratos

f)General en expedientes relativos al mantenimiento de infraestructuras, prestación deservicios urbanos, quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de los servicios urbanos yotros análogos

-Actos de impulso y tramitación

-Actos resolutorios

-Resolución de recursos administrativos que se interpongan contra estos actos.

g)Expedientes sancionadores relacionados con los subprocesos y procedimientos antesreferidos

-Actos de inicio

-Actos resolutorios

-Resolución de recursos

2.En materia de Medio Ambiente:

Gestión y Desarrollo de Agenda Local 21, Foro XXI, Planificación Medioambiental, CalidadAmbiental, Ruidos, Educación Ambiental, Desarrollo Sostenible, InfraestructurasMedioambientales, Disciplina medioambiental, Limpieza Viaria, Jardines y ServicioMunicipal de Aguas.

AREA DE BIENESTAR SOCIAL, OCIO Y TIEMPO LIBRE.

1.-Actos de impulso, tramitación y resolución, en su caso, de los expedientes que tramitael Área de Bienestar Social, incluida la adjudicación de los contratos menores de serviciosy suministros del Área referidos a:

Gestión del Deporte Local, Deporte Escolar, Escuelas Municipales Deportivas, Gestión deInstalaciones Deportivas, Planes de Deporte. Fiestas de Carácter General, Festejospopulares de especial significación, Consejo de Fiestas. Turismo, Promoción Turística,Políticas de Turismo, Oficina de Turismo, Fomento de la artesanía local. Gestión deasuntos relacionados con la Juventud, Políticas de Juventud y Plan municipal de juventud.

Gestión de la Educación, Gestión Instalaciones Educativas, Programas educativos,Gestión de Infraestructuras Culturales, Bibliotecas, Actividades Musicales, ActividadesCulturales en general. Familia, Tercera Edad, Infancia, Salud, Mujer, Inmigración,Programas Sociales, relación con ONGS.

Desarrollo Local, Promoción Industrial, Comercial y Económica, Integración y PromociónLaboral, Escuelas Taller y Talleres de Empleo, OMIC y en general Fomento y Programasde Empleo.BO

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2.-Resolución de los recursos administrativos que se interpongan contra los actosadministrativos dictados por delegación.

3.-Firma de los contratos, convenios y acuerdos de colaboración para el desarrollo de lasactividades del Área de Bienestar Social.

CUARTO. El contenido de las competencias delegadas a las Concejalías Delegadas será:

1.-Concejalía de Cultura.

Esta Concejalía comprende.

-Cultura

-Biblioteca

A)-Dirección interna y gestión de los servicios relacionados con:

Gestión de Infraestructuras Culturales, Bibliotecas, Actividades Musicales, ActividadesCulturales en general.

B)-Firma por Delegación del Alcalde, en los términos del artº 16 de la Ley 30/1992, deresoluciones y actos administrativos relativos a los referidos Servicios, incluida laadjudicación y firma de los contratos menores de servicios y suministros de tales Serviciosy la firma de convenios y acuerdos de colaboración.

2.-Concejalía de Educación y Participación Ciudadanía

Esta Concejalía comprende.

-Educación

-Participación Ciudadana

A)-Dirección interna y gestión de los servicios relacionados con:

Gestión de la Educación, Gestión de Instalaciones Educación, y Programas educativos, Consejos Sectoriales y Territoriales, Políticas de Subvenciones, Asociaciones Vecinales,Iniciativas Ciudadanas, Registro de Asociaciones, Audiencias Públicas, Encuestas yEstudios de Opinión, Sugerencias y Reclamaciones.

B)-Firma por Delegación del Alcalde, en los términos del artº 16 de la Ley 30/1992, deresoluciones y actos administrativos relativos a los referidos Servicios, incluida laadjudicación y firma de los contratos menores de servicios y suministros de tales Serviciosy la firma de convenios y acuerdos de colaboración.

3.-Concejalía de Juventud y Turismo.

Esta Concejalía comprende.

-Juventud

-Turismo

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A)-Dirección interna y gestión de los servicios relacionados con:

Gestión de asuntos relacionados con la Juventud, Políticas de juventud y Plan municipal dejuventud.

Turismo y Promoción Turística, Políticas de Turismo, Oficina de Turismo, Fomento de laartesanía local.

B).-Firma por Delegación del Alcalde, en los términos del artº 16 de la Ley 30/1992, deresoluciones y actos administrativos relativos a los referidos Servicios, incluida laadjudicación y firma de los contratos menores de servicios y suministros de tales Serviciosy la firma de convenios y acuerdos de colaboración.

4.-Concejalía de Familia, Igualdad y Acción Social

Esta Concejalía comprende:

-Familia y Tercera Edad

-Acción social

-Igualdad

A)-Dirección interna y gestión de los servicios relacionados con:

Familia, Tercera Edad, Infancia, Salud, Mujer, Inmigración, Programas Sociales, relacióncon ONGS.

B).-Firma por Delegación del Alcalde, en los términos del artº 16 de la Ley 30/1992, deresoluciones y actos administrativos relativos a los referidos Servicios, incluida laadjudicación y firma de los contratos menores de servicios y suministros de tales Serviciosy la firma de convenios y acuerdos de colaboración.

5.-Concejalía de Deportes

Esta Concejalía comprende:

-Deportes

-Fiestas

A)-Dirección interna y gestión de los servicios relacionados con:

Gestión del Deporte Local, Deporte Escolar, Escuelas Municipales Deportivas, Gestión deInstalaciones Deportivas, Planes de Deporte. Fiestas de Carácter General, Festejospopulares de especial significación, Consejo de Fiestas.

2.-Firma por Delegación del Alcalde, en los términos del artº 16 de la Ley 30/1992, deresoluciones y actos administrativos relativos a los referidos Servicios, incluida laadjudicación y firma de los contratos menores de servicios y suministros de tales Serviciosy la firma de convenios y acuerdos de colaboración.

6.-Concejalía de Desarrollo Local

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A)-Dirección interna y gestión de los servicios relacionados con:

Desarrollo Local, Promoción Industrial, Comercial y Económica, Integración y PromociónLaboral, Escuelas Taller y Talleres de Empleo.

2.-Firma por Delegación del Alcalde, en los términos del artº 16 de la Ley 30/1992, deresoluciones y actos administrativos relativos a los referidos Servicios, incluida laadjudicación y firma de los contratos menores de servicios y suministros de tales Serviciosy la firma de convenios y acuerdos de colaboración.

QUINTO.-Asimismo se delega en el Teniente de Alcalde las funciones de coordinar todaslas Áreas de Gobierno del Ayuntamientos, sustituyendo a los Concejales Delegados deÁrea en caso de ausencia o enfermedad, así mismo ejercerá la Jefatura de PolicíaMunicipal y de Protección Civil bajo la dirección del Alcalde, representará al Ayuntamientoen cuantos actos le sea expresamente comunicado por el mismo y dirigirá, inspeccionará eimpulsará los servicios y obras municipales, pudiendo convocar y presidir las sesiones deórganos municipales, salvo el Pleno y la Junta de Gobierno Local, así como ordenarpagos, que no correspondan a otras delegaciones, hasta el límite de 18.000 euros.

SEXTO.-La delegación comprende la totalidad de los actos precisos en lo relativo a ladirección, inspección e impulso de los servicios y obras municipales para el ejercicio de lacompetencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el Órgano delegante.

Se excluye expresamente de la delegación, salvo en los supuestos en que así se indica, lacompetencia resolutoria de los expedientes y la potestad sancionadora. No obstantecuando así lo aconseje el principio de eficacia se podrá extender esta a cualquier otra quese estime conveniente.

Los Concejales Delegados ejercitarán la competencia con respecto a las materias que seconcretan para ellos. Las competencias no atribuidas expresamente a los ConcejalesDelegados serán ejercidas por los Concejales de Área.

En todo caso el Concejal de Área tendrá la facultad de supervisar la actuación de losConcejales Delegados incluidos en su Área; también tendrá la facultad de coordinación detodo el Área.

En las Resoluciones administrativas que dicten por los citados Concejales Delegados deÁrea se hará constar en la antefirma que es por delegación y la fecha de Resolución de ladelegación, conforme a lo establecido en el artº 140 del Reglamento Orgánico Municipal.

SÉPTIMO.-La Delegación surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha de resolución,sin perjuicio de su necesaria publicación en el B.O.P.

OCTAVO.-Las Delegaciones que se efectúan en la presente Resolución en los Concejalesde Área y Concejales Delegados citados quedarán sin efecto en los supuestos de vacante,ausencia, enfermedad o impedimento legal de los referidos Concejales Delegados de Áreay Concejales Delegados, todo ello sin perjuicio de los supuestos de avocación y revocaciónprevistos en el artº 48 del Reglamento Orgánico Municipal.

NOVENO.-Reside en el Alcalde la facultad de interpretar el contenido y alcance de lasdelegaciones efectuadas.

En el supuesto de discrepancias en cuanto al contenido de las competencias con respecto

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a las realizadas a favor de la Junta de Gobierno Local prevalecerá la competencia de esteúltimo órgano.

DÉCIMO.-La presente resolución se publicará en el B.O.P., para general conocimiento; sedará cuenta a las personas a las que se ha atribuido estas delegaciones para suaceptación, a los diferentes Servicios y Unidades Administrativas y al Pleno delAyuntamiento.

Lo que comunico para general conocimiento.

En Laguna de Duero a 2 de julio de 2015.- El Alcalde.- D. Román Rodríguez de Castro

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

SECRETARÍA GENERAL

De conformidad con lo acordado por el Decreto del Sr. Alcalde de fecha veinticinco dejunio de dos mil quince, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria para laadjudicación de la concesión administrativa de utilización de terreno de dominio público conquiosco en urbanización Torrelago (Avda. de las Salinas) propiedad municipal.

1.-Entidad Adjudicataria:

a)-Organismo: Ayuntamiento de Laguna de Duero (Valladolid).

b)-Dependencia que tramita el Expediente: Secretaría General.

c)-Número de expediente: 54513

2.-Objeto del Contrato.

a)-Descripción del objeto: concesión administrativa para utilización de terreno de dominio -ocupación de vía pública - con quiosco.

c)-Duración del contrato: el contrato se formulará por una duración de 5 años.

3.-Tramitación, procedimiento y criterios de adjudicación.

a)-Tramitación: urgente

b)-Procedimiento: abierto con publicidad.

c)-Forma: varios criterios de adjudicación según cláusula IV del Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares (en adelante PCAP)

4.-Tipo de licitación: se establece un régimen de pagos al Ayuntamiento en los términosexigidos en la cláusula V del PCAP.

5.-Garantías exigidas:

-Provisional: treinta euros (#30€#)

-Definitiva: quinientos euros (#500€#).

6.-Requisitos del contratista: conforme a la cláusula X y XI.I del PCAP.

a) Personal natural o jurídica que tenga plena capacidad de obrar.

b)-Solvencia técnica y profesional: estar dado de alta en el epígrafe del Impuesto de

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Actividades Económicas correspondiente a la actividad a realizar, y tener contratada unapóliza de seguro de responsabilidad civil que cubra las posibles consecuencias de riesgoderivadas del contrato y del ejercicio de la actividad empresarial.

7.-Presentación de las ofertas:

a)-Fecha límite de presentación: SIETE DÍAS NATURALES contados a partir del díasiguiente a la última publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provinciade Valladolid y perfil de contratante www.lagunadeduero.org. Si dicho plazo fuera sábado,domingo o día inhábil en el municipio, el plazo se prorrogará al primer día hábil siguiente.

b)-Documentación a presentar: la establecida en la cláusula XI.I del PCAP.

c- Modalidad y lugar de presentación: la establecida en la cláusula XI.II del PCAP.

8.-Apertura de las ofertas: Apertura del sobre A en el TERCER DÍA HÁBIL siguiente a lafinalización del plazo de presentación de ofertas a las 10:00 h. En el caso de no sernecesario solicitar aclaraciones, documentos complementarios o vicios subsanables, laapertura del sobre B se realizará por la mesa de contratación ese mismo día a las 11:00h. en acto público.

9.-Otras informaciones: Ver PCAP y Perfil del Contratante en www.lagunadeduero.org.

10.-Gastos de anuncios: por cuenta del adjudicatario.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Laguna de Duero a 2 de julio de 2015.- El Alcalde.- Fdo.: Román Rodríguez de Castro.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

SECRETARÍA GENERAL

Por Resolución de Alcaldía de fecha 1 de julio de 2015 se ha acordado:

Nombrar a Dª María Paula Carriba Alonso con D.N.I. 12.416.253-W para el puesto deSecretario de Alcaldía, dedicación 100%.

Nombrar a D. Javier García García con D.N.I: 71.140.867-G para el puesto de Secretariode Comunicación, dedicación parcial 60%.

Asimismo y mediante Resolución de Alcaldía de fecha 1 de julio actual se ha acordado:

Nombrar Secretarios de Grupos Políticos Municipales, en régimen de dedicación parcial60% a las siguientes personas:

Grupo Municipal P.S.O.E.: Dª Laura Pelegrina Cortijo, D.N.I. 44.905.769-V.

Grupo Municipal I.L.: D. Jesús Viejo Castro, D.N.I. 12.235.776-Y

Grupo Municipal P.P.: D. Javier Muñoz Martín, D.N.I. 12.395.659-Q.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en el art. 104.3 de la Ley7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.

En Laguna de Duero a 3 de julio de 2015.- El Alcalde.- Fdo.: Román Rodríguez de Castro.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MEDINA DE RIOSECO

TESORERIA-RECAUDACION

HAGO SABER:- Que durante los días hábiles comprendidos entre el 17 de Julio y 17 deSeptiembre, ambos inclusive, de año 2015, estarán puestos al cobro, en periodo devoluntaria, los recibos correspondientes a las siguientes exacciones:

-Agua-Depuración 2 Trimestre 2015.

-Recogida Basura 2 Trimestre 2015

-Servicio Taller Ocupacional Julio 2015

-Servicio Taller Ocupacional Agosto 2015.

-Servicio Taller Ocupacional Septiembre 2015.

Los contribuyentes podrán realizar los pagos de sus deudas tributarias en la RecaudaciónMunicipal, sita en la Casa Consistorial, Plaza Mayor nº 1, desde las 9 a las 14 horas,durante dicho plazo. Así mismo se recuerda que los contribuyentes pueden hacer uso delas domiciliaciones de pago a través de Entidades Bancarias.

Transcurrido el plazo indicado se iniciara el procedimiento ejecutivo de apremioadministrativo de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamentode Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas, conlos recargos correspondientes y el devengo de intereses de demora y en su caso de lascostas que se produzcan.

En Medina de Rioseco, a 3 de julio de 2015.- El Alcalde.- Fdo.: Artemio DomínguezGonzález.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MEDINA DE RIOSECO

TESORERIA-RECAUDACION

Por resolución de la Alcaldía de 30 de Junio del año en curso, se han aprobado lospadrones fiscales y listas cobratorias de contribuyentes sujetos al pago de:

-Agua-Depuración 2 Trimestre 2015.

-Recogida Basura 2 Trimestre 2015

-Servicio Taller Ocupacional Julio 2015

-Servicio Taller Ocupacional Agosto 2015.

-Servicio Taller Ocupacional Septiembre 2015.

Lo que se hace publico para general conocimiento, a efectos de notificación colectiva, enlos términos que establece el articulo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembreGeneral Tributaria, como a fin de que los interesados puedan interponer por espacio de unmes cuantas observaciones y alegaciones que estimen oportunas.

Recursos: De acuerdo con el artículo 14 del Texto Refundido 2/2004, de 17 de marzo, porel que se aprueba la Ley Reguladora de Haciendas Locales, los interesados puedeninterponer recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de unmes contado desde el día siguiente al de la publicación de este edicto en el B.O. de laProvincia. Contra la resolución del recurso de reposición, expresa o tacita, los interesadospodrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Valladolid, en los plazo señalados en el artículo 46 de la Ley 26/1988,reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Todo ello sin perjuicio de quepueda interponerse cualquier otro recurso que estime oportuno en derecho.

En Medina de Rioseco, a 3 de julio de 2015.- El Alcalde.-Fdo.: Artemio DomínguezGonzález.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE RUEDA

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases de Régimen Local, se da publicidad a la presentación de lasdeclaraciones sobre bienes patrimoniales y declaraciones sobre causas de posibleincompatibilidad y actividad por parte de los concejales cesantes y de los concejalesentrantes de este Ayuntamiento.

CONCEJALES CESANTES / ENTRANTES QUE HAN PRESENTADO LAS DECLARACIONDª Mª Dolores Mayo Magaz. Fecha de presentación: Junio 2015

Dª Raquel Pérez Salinas. Fecha de presentación: Junio 2017

D. David Abril López. Fecha de presentación: Junio 2019

D. Javier Pérez Martín. Fecha de presentación: Junio 2021

D. Ernesto Juan Pérez Monsalve. Fecha de presentación: Junio 2023

D. Juan Alonso Morales. Fecha de presentación: Junio 2025

D. Sergio Díez Lorenzo. Fecha de presentación: Junio 2027

D. Sergio Navarro Nieto. Fecha de presentación: Junio 2029

Dª Lisandra Crespo Perdomo. Fecha de presentación: Junio 2031

Dª Pilar Cobos Giralda. Fecha de presentación: Junio 2033

Dª Ruth Bernardo San Miguel. Fecha de presentación: Junio 2035

D. Cesar Cándido Pocero Pérez. Fecha de presentación: Junio 2037

D. Jose Luis Pariente Pérez. Fecha de presentación: Junio 2039

Rueda, 26 de junio de 2015.- El Secretario.-Fdo.: Domingo Franco Herrero.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE RUEDA

Por Resolución de esta Alcaldía de fecha 26 de junio de 2015, se ha acordado designarTeniente de Alcalde, que sustituira al Alcalde por Orden de nombremiento, y conferir lasdelegaciones genéricas y específicas que a continuación se indican:

1º Nombramientos de tenientes de Alcalde:

Primer teniente de Alcalde: D. David Abril López.

Segundo teniente de Alcalde: D. Javier Pérez Martín

Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en los artículos 44.2 y 46 delReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Juridico de las corporacioneslocales.

Rueda, 26 de junio de 2015.- La Alcaldesa.-Fdo.: Mª Dolores Mayo Magaz

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SALVADOR DE ZAPARDIEL

Por Resolución de esta Alcaldía de fecha 19 de junio de 2015 se ha acordado designarTenientes de Alcalde, que sustituirán al Alcalde por Orden de nombramiento, y conferir lasdelegaciones genéricas y específicas que a continuación se indican:

1°.-NOMBRAMIENTOS DE TENIENTES DE ALCALDE

PRIMER TENIENTE DE ALCALDE Luis Ángel Gimeno Vegas.

SEGUNDO TENIENTE DE ALCALDE Marcelo Vegas Luquero.

2°.-DELEGACIONES:

Concejalía de Festejos : Alfredo del Olmo Galicia

Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en los artículos 44.2 y 46 delReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las corporacioneslocales.

En Salvador de Zapardiel a 23 de junio 2015.-El Alcalde.-Fdo.: Inocencio del Olmo Galicia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NUMERO 3

JUICIO DE FALTAS Nº 0000270 /2015

Delito/falta: FALTA DE HURTO

E D I C T O

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuestoen los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente senotifica a MARIUS IONUT STANCA la resolución recaída en las presentes actuaciones, delsiguiente tenor literal:

“DEBO CONDENAR Y CONDENO a MARIUS IONUT STANCA, como autor penalmenteresponsable de una falta intentada de hurto, ya definida, a la pena de 30 días de multa arazón de 3 euros diarios con la responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 CP, alabono de la mitad de las costas procesales y en concepto de responsabilidad civil a queindemnice al representante legal de Eroski en la cantidad de 9 euros mas intereseslegales.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelaciónen ambos efectos en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid enel plazo de cinco días desde su notificación.“

En Valladolid, a 30 de junio de 2015, La Secretaria Judicial María Ángeles Muriel Bernal

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

D/Dª JOSE LUIS GARCIA ROIG, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 002 deVALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000740 /2014 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancia de D/Dª JUAN ALONSO VERANO contra la empresaIBERMUTUAMUR MUTUA ACCIDENTES TRABAJO Y E. PROFESI DE LA S.SOCI, INSSY TGSS, ASTURSANZ 25 S.L., sobre SEGURIDAD SOCIAL, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva dice:

Acuerdo:

Tener al recurrente JUAN ALONSO VERANO por desistido del recurso de suplicaciónanunciado frente a la resolución de fecha 6-4-15. Continúese con la tramitación del recursode suplicación anunciado por la demandada INSS. Y TGSS.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quiendicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juiciodel recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188.2de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimenpúblico de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en lacuenta del Banco de Santander (sucursal de la Plaza de San Miguel de Valladolid) ,debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir trasla cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del"código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberáespecificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resoluciónrecurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, elMinisterio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y losOrganismos Autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ASTURSANZ 25 S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deVALLADOLID..

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Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a diecinueve de junio de dos mil quince.- El / La Secretario/a Judicial.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

D/Dª MARIA YOLANDA MARTIN LLORENTE, Secretario/a Judicial en sustitución delJuzgado de lo Social nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000053 /2015 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª RUBEN GALVEZ DIEZ contra laempresa TELE ORO SL, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuyaparte dispositiva se adjunta:

Acuerdo:

a)-Declarar al/a los ejecutado/s TELE ORO SL, en situación de INSOLVENCIA TOTAL porimporte de 6.759,08 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, comoprovisional.

b)-Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.

c)-Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio decontinuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisiónque deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábilessiguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en lamisma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición detrabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer undepósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 46270000640053/15 en elSANTANDER debiendo indicar en el campo concepto, "recurso" seguida del código "31Social-Revisión de resoluciones Secretario Judicial". Si el ingreso se hace mediantetransferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio conla indicación "recurso" seguida del "31 Social-Revisión de resoluciones Secretario Judicial".Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en elcampo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formatodd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado,

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las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomosdependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a TELE ORO SL, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de VALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a veinticuatro de junio de dos mil quince.- El / La Secretario/a Judicial.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

D/Dª MARIA YOLANDA MARTIN LLORENTE, Secretario/a Judicial del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000167 /2015 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª FELIX ANTONIO ALONSO MANSOcontra la empresa RESTAYMO TRES SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de Sentencia a favor de la parteejecutante, FELIX ANTONIO ALONSO MANSO, frente a RESTAYMO TRES SL, parteejecutada, por importe de 1017,87 euros en concepto de principal, más otros 163 eurosque se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedandevengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posteriorliquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de lademanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y comodispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectosmencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, yconforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órganojudicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el queademás de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y elcumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimientodocumentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar,siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo lacompensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público deseguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito pararecurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 2 abierta enSANTANDER, cuenta nº 46270000640167/15 debiendo indicar en el campo concepto,"Recurso" seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediantetransferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el"código 30 Social- Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberáespecificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resoluciónrecurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, elMinisterio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y losOrganismos Autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

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Acuerdo en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a laestimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de laparte ejecutada RESTAYMO TRES SL, dar audiencia previa a la parte actora FELIXANTONIO ALONSO MANSO y al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, por termino deQUINCE DÍAS para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultadode acordará lo procedente.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante el/la Secretario/a judicialque dicta esta resolución interponer en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a sunotificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sinque la interposición tenga efectos suspensivos respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación en legal forma a RESTAYMO TRES SL, en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deVALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a veintiséis de junio de dos mil quince.- El / La Secretario/a Judicial.

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9Boletín oficial de la Provincia de valladolid

Núm. 155 Miércoles, 8 de julio de 2015 Pág. 59

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2015-155

IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

D/Dª JOSE LUIS GARCIA ROIG, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 002 deVALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000075 /2015 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MARIA MAR ZUÑIGA PEREIRA contrala empresa SANCHEZ Y MORAGA S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Acuerdo:

a)-Declarar al/a los ejecutado/s SANCHEZ Y MORAGA S.L., en situación deINSOLVENCIA TOTAL por importe de 1.819,72 euros, insolvencia que se entenderá, atodos los efectos, como provisional.

b)-Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.

c)-Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio decontinuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisiónque deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábilessiguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en lamisma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición detrabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer undepósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 46270000640075/15 en elSANTANDER debiendo indicar en el campo concepto, "recurso" seguida del código "31Social-Revisión de resoluciones Secretario Judicial". Si el ingreso se hace mediantetransferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio conla indicación "recurso" seguida del "31 Social-Revisión de resoluciones Secretario Judicial".Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en elcampo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formatodd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado,

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las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomosdependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a SANCHEZ Y MORAGA S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deVALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a veintinueve de junio de dos mil quince.- El / La Secretario/a Judicial.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

D/Dª JOSE LUIS GARCIA ROIG, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 002 deVALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000171 /2015 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JOSE ANTONIO TEJEDORMARTINEZ contra la empresa JUAN JOSE VALENTIN GONZALEZ, sobre ORDINARIO,se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, JOSÉANTONIO TEJEDOR MARTINEZ, frente a JUAN JOSE VALENTIN GONZALEZ, parteejecutada, por importe de 1661,50 euros en concepto de principal, más otros 266 eurosque se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedandevengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posteriorliquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de lademanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y comodispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectosmencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, yconforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órganojudicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el queademás de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y elcumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimientodocumentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar,siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo lacompensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público deseguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito pararecurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 2 abierta enSANTANDER, cuenta nº 4627000640171/15 debiendo indicar en el campo concepto,"Recurso" seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediantetransferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el"código 30 Social- Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberáespecificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resoluciónrecurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, elMinisterio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y losOrganismos Autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

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acuerdo:

-Requerir de pago a JUAN JOSE VALENTIN GONZALEZ, por la cantidad reclamada enconcepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda,y, si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficientepara responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas deésta.

-Requerir a JUAN JOSE VALENTIN GONZALEZ, a fin de que en el plazo de CINCO DIAS,manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de laejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el casode inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimientode que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobedienciagrave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que nosean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas ygravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivasperiódicas.

-Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de losbienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.

-Librar los despachos pertinentes a fin de que remita/n a este órgano relación de bienes yderechos susceptibles de embargo e inscritos a nombre de JUAN JOSE VALENTINGONZALEZ, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

-Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial, punto neutro y seguridadsocial, para la averiguación de bienes del ejecutado.

En caso positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad e laejecutada, interesándose a su vez, la correspondiente anotación y consiguientecertificación, así como el embargo de las cantidades pendientes de devolución por laHacienda Pública al ejecutado, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose laremisión de las mismas a la Cuenta de Depósitos y consignaciones abierta por esteJuzgado en el Banco SANTANDER, c/c nº 46270000640171/15 sito en Plaza San Miguelnúm. 5, Oficina 6.230 de Valladolid.

Asimismo, se acuerda el embargo de todos los ingresos que se produzcan y de los saldosacreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos, asícomo de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que lacorrespondiente entidad financiera actuara como depositario o mero intermediario, hastacubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados. Líbrese lasoportunas comunicaciones a las entidades financieras del domicilio de la apremiada, parala retención y transferencia de los saldos resultantes hasta el límite de la cantidad objetode apremio, y advirtiéndoles de las responsabilidades penales en que pueden incurrirquienes auxilien o se confabulen con el apremiado para ocultar o sustraer alguna parte desus bienes o créditos (arts. 519 y ss del CP y 893 C.Comercio), e indicándosele que debecontestar al requerimiento en el plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde sunotificación, bajo los apercibimientos derivados de lo establecido en los arts. 75 y 238.3 dela L.P.L..

Para dar cumplimiento de los arts. 27, 23 y 274 de la LPL., dése traslado del escritopresentado y de esta resolución al Fondo de Garantía Salarial, al que se notificarán lasBO

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sucesivas actuaciones, para que pueda ejercitar las acciones para las acciones para lasque este legitimado debiendo en un plazo máximo de QUINCE DÍAS, instar lo que a suderecho convenga y designe los bienes del deudor principal que le consten.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisiónque deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábilessiguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en lamisma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición detrabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer undepósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 46270000640171/15 abierta enSantander, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida delcódigo "31 Social- Revisión de resoluciones Secretario Judicial". Si el ingreso se hacemediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por unespacio con la indicación "recurso" seguida del "31 Social-Revisión de resolucionesSecretario Judicial". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar uningreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distintaclase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizandoel formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, elEstado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomosdependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a JUAN JOSE VALENTIN GONZALEZ, enignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provinciade VALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a veintinueve de junio de dos mil quince.- El / La Secretario/a Judicial.

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