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S u m a r i o Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE–1–1958 Martes 24 de abril de 2012 Número 94 de la provincia de Sevilla JUNTA DE ANDALUCÍA: Consejería de Economía, Innovación y Ciencia: Delegación Provincial de Sevilla: Instalación eléctrica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 Consejería de Obras Públicas y Vivienda: Delegación Provincial de Sevilla: Expediente sobre subsidiación de préstamos para viviendas protegidas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 NOTARÍAS: Notaría de don Luis Peche Rubio: Expediente de venta extrajudicial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: Juzgados de lo Social: Sevilla.—Número 1: autos 176/12, 192/12 y 239/12; número 2: autos 1311/11 y 1190/08; número 3: autos 392/11; número 4: autos 1180/11 y 1076/10; número 5: autos 1105/11 y 542/10; número 7: autos 1209/10, 1329/09 y 263/11; número 8: autos 271/10 y 694/11; número 9: autos 223/11; número 11: autos 1119/10 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 AYUNTAMIENTOS: Sevilla: Convocatorias para la provisión de ocho plazas de Inspector y de dos plazas de Subinspector de la Policía Local 12 Expedientes de concesión de subvenciones . . . . . . . . . . . . . . . . 13 Anuncio de licitación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 Expediente de concesión de ayudas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 Gerencia de Urbanismo: Estatutos de la entidad colaboradora urbanística de conservación del API-DE-05 P.I. El Pino . . . . . . 16 Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21

de la provincia de Sevilla - Diputación de Sevilla · ubicados en la Urbanización La Marquesa, con finalidad de suministro eléctrico urbanización, presupuesto 52.589,68 euros,

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S u m a r i o

Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE–1–1958

Martes 24 de abril de 2012 Número 94

de la provincia de Sevilla

JUNTA DE ANDALUCÍA:— Consejería de Economía, Innovación y Ciencia:

Delegación Provincial de Sevilla:Instalación eléctrica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3

— Consejería de Obras Públicas y Vivienda:Delegación Provincial de Sevilla:Expediente sobre subsidiación de préstamos para viviendas protegidas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3

NOTARÍAS:— Notaría de don Luis Peche Rubio:

Expediente de venta extrajudicial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:— Juzgados de lo Social:

Sevilla.—Número 1: autos 176/12, 192/12 y 239/12; número 2:autos 1311/11 y 1190/08; número 3: autos 392/11; número 4:autos 1180/11 y 1076/10; número 5: autos 1105/11 y 542/10;número 7: autos 1209/10, 1329/09 y 263/11; número 8: autos271/10 y 694/11; número 9: autos 223/11; número 11: autos 1119/10 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4

AYUNTAMIENTOS:— Sevilla: Convocatorias para la provisión de ocho plazas de

Inspector y de dos plazas de Subinspector de la Policía Local 12Expedientes de concesión de subvenciones. . . . . . . . . . . . . . . . 13Anuncio de licitación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14Expediente de concesión de ayudas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15Gerencia de Urbanismo: Estatutos de la entidad colaboradoraurbanística de conservación del API-DE-05 P.I. El Pino. . . . . . 16Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21

— Alcalá de Guadaíra: Plan parcial del sector SUO-15«SUNP–17 La Carbonería-Cristalería» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35

— La Algaba: Ordenanzas y reglamento municipales . . . . . . . . . . 37— Benacazón: Anuncio de licitación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37— Camas: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37— Cantillana: Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal

de habitantes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38— Carmona: Nombramientos y atribuciones de la Junta de

Gobierno Local . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39— Carrión de los Céspedes: Anuncios de licitación. . . . . . . . . . . . 40— Castilleja de la Cuesta: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42— Los Corrales: Proyecto de actuación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42— Isla Mayor: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42— Lantejuela: Ordenanza municipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43— Mairena del Alcor: Corrección de errores . . . . . . . . . . . . . . . . . 45— Mairena del Aljarafe: Estudio de detalle . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45— Marchena: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45— La Rinconada: Ordenanza municipal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46— Sanlúcar la Mayor: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47— Tomares: Delegación de funciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47— Utrera: Avocación de competencias. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47

ANUNCIOS PARTICULARES:— Junta Central de Usuarios del arroyo Matillas (en constitución):

Convocatoria de asamblea general ordinaria. . . . . . . . . . . . . . . . 48

JUNTA DE ANDALUCÍA———

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

———Delegación Provincial de Sevilla

Instalación eléctrica

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincialpor Inprodya Inmobiliaria, S.L., en solicitud de autorizaciónadministrativa, así como de aprobación del proyecto de ejecu-ción, de la instalación eléctrica de distribución de energía eléc-trica en el término municipal de Sanlúcar la Mayor, con líneamista de 1,071-0,02 km de longitud que tiene su origen enLAT Olivares y final C.T. proyectado, tensión de servicio 15-20 kV, conductores tipo RHZ1/LA-56 y centro de transforma-ción de 630 kVA, relación de transformación 15-20 kV/420 V;ubicados en la Urbanización La Marquesa, con finalidad desuministro eléctrico urbanización, presupuesto 52.589,68euros, referencia R.A.T. 23975 y exp.: 265.832, así como de latransmisión de la misma a una empresa distribuidora de ener-gía eléctrica.

Cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en lasección I del capítulo II, y el capítulo III del título VII, delReal Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que seregulan las actividades de transporte, distribución, comerciali-zación, suministro y procedimientos de autorización de insta-laciones de energía eléctrica; las modificaciones al Decreto59/2005 por el Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que semodifican diversas Normas Reguladoras de procedimientosadministrativos de industria y energía en su disposición adi-cional primera; y de acuerdo con la resolución de 23 defebrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energíay Minas, por la que se delegan determinadas competencias enmateria de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provin-ciales de la citada Consejería. Vistos los preceptos legales cita-dos y demás de general aplicación, el Servicio de Industria,Energía y Minas de esta Delegación Provincial propone:

Conceder la autorización administrativa a la instalacióneléctrica citada, y la aprobación a su proyecto de ejecución asícomo la transmisión de la misma a una empresa distribuidorade energía eléctrica, con las condiciones especiales siguientes:

1. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientrasno cuente el peticionario de la misma con la correspondienteautorización de explotación, que será emitida por esta Delega-ción Provincial, previo cumplimiento de los trámites que seseñalan en el art. 132.º del R.D. 1955/2000 y artículo 20 delR.D. 223/2008, de 15 de febrero.

2. En lo referente a la transmisión de la instalación a unaempresa distribuidora, se establece un plazo de seis mesespara la citada transmisión, debiendo presentar el correspon-diente convenio o contrato con la empresa distribuidora.Transcurrido el período de seis meses sin la presentación delcitado documento se producirá la caducidad de la presenteautorización en lo que a ello se refiere.

3. Esta autorización se otorga a reserva de las demáslicencias o autorizaciones necesarias de otros Organismoscomo la del Excmo. Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor, ysólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribui-das a esta Delegación.

4. La presente aprobación de proyecto de ejecuciónhabilita al titular a la construcción de la instalación pro-yectada.

5. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el pro-yecto presentado, con las variaciones que, en su caso, se soli-citen y autoricen.

6. El titular de la instalación dará cuenta por escrito delcomienzo de los trabajos a esta Delegación Provincial.

7. El titular de la instalación dará cuenta de la termina-ción de las obras a esta Delegación Provincial, quien podrápracticar, si así lo estima oportuno, un reconocimiento sobre elterreno de la instalación.

8. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuentapara su ejecución las condiciones impuestas por los Organis-mos que las han establecido, las cuales han sido puestas enconocimiento y aceptadas por él.

9. La Administración dejará sin efecto la presente reso-lución en cualquier momento en que se observe el incumpli-miento de las condiciones impuestas en ella. En tales supues-tos, la Administración, previo el oportuno expediente,acordará la anulación de la autorización con todas las conse-cuencias de orden administrativo y civil que se deriven, segúnlas disposiciones legales vigentes.

El Jefe del Servicio de Industria, Energía y Minas, JoséAntonio Vega González.

Vista la propuesta del Servicio de Industria, Energía yMinas, esta Delegación Provincial resuelve:

Autorizar y aprobar la instalación descrita anteriormenteen la propuesta con las condiciones de ejecución indicadas enla misma.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la víaadministrativa, podrá interponer recurso de alzada ante elExcmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, enel plazo de un mes contado a partir del día siguiente de sunotificación, de conformidad con lo establecido en el artículo107.1 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común.

Sevilla a 20 de marzo de 2012.—La Delegada Provincial,María Francisca Amador Prieto.

20F-4462-P

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

———

Delegación Provincial de SevillaDe conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, al intentarse la notificación y no poderse practicar, seprocede mediante este acto, a notificar la resolución de fecha13 de marzo de 2012, de la Delegación Provincial de Sevilla dela Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de An-dalucía, dictada en el Expediente 41-AP-G-00-1443/03, a ins-tancia de doña María Carballo Sarmiento que resuelve denegarel derecho a la prórroga de la subsidiación de intereses de prés-tamo cualificado de vivienda protegida. Previa acreditación desu identidad podrá comparecer en las dependencias del Servi-cio de Vivienda, Sección de Vivienda Protegida, de la citadaDelegación Provincial, sita en plaza de San Andrés núm. 2, Se-villa, para la notificación del texto íntegro. Contra la presenteresolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá in-terponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera deObras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes contado apartir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notifica-ción, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común.

En Sevilla a 3 de abril de 2012.—La Delegada Provincial,Salud Santana Dabrio.

253W-4633

Martes 24 de abril de 2012 Número 94

NOTARÍAS———

NOTARíA DE DON LUIS PECHE RUBIOYo, Luis Peche Rubio, Notario de Sevilla, perteneciente al

Ilustre Colegio Notarial de Andalucía, con residencia en Sevilla.Hago saber:I. Que se iniciaron ante mí los trámites para la venta

extrajudicial por medio de subasta, a instancia de la entidad«Banca Cívica», S.A., contra don Juan Antonio FernándezFernández y doña Rosario Otero Alcalde, sobre las siguientesfincas hipotecadas:

A) Urbana.—Treinta. Vivienda tipo A, letra B, que ocupala parte posterior izquierda, de la octava planta de la casa n.º 2de la plaza de Carlos Arniches, de la barriada del PolígonoNorte, de Sevilla, bloque 47. Tiene una superficie construidade 61,87 metros cuadrados. Linderos: Frente, vivienda tipo F,letra A, de esta planta; izquierda, plaza de Carlos Arniches;fondo, zona alberada, y derecha, hueco de ascensor.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 13 de Sevilla,tomo 1.988, libro 425, folio 17, finca núm. 11.120, inscripción 5.ª.

Referencia catastral: 6249301TG3464N0030DY.B) Urbana.—Vivienda situada en El Pedroso (Sevilla),

Plaza de España n.º 5. Tiene una superficie construida de 48metros cuadrados, con una superficie de terreno de 91 metroscuadrados. Linderos: Fondo, José Fontán Fulgueira; derecha,herederos de Natividad García Rubio y Emilia HernándezSánchez; izquierda, Venancio Sánchez Cáceres. Parte edifi-cada y corral con piso de agua potable, dos plantas.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cazalla de la Sierra,tomo 778, libro 80, folio 24, finca número 4.183, inscripción 1.ª.

Referencia catastral: 6920902TG5962S0001HO.II. Las bases para la subasta son las siguientes:1. La subasta tendrá lugar en la Notaría, sita en calle Martín

Villa número 3, 1.ª planta, de Sevilla, el día 22 de mayo de 2012,a las 10.00 horas, al tipo de precio tasado en la escritura de cons-titución de hipoteca doscientos cuatro mil euros (204.000 €), lafinca A, y cincuenta y un mil euros (51.000 €), la finca B.

2. Para tomar parte en la subasta los postores deberánconsignar una cantidad equivalente al 30%, mediante chequebancario a nombre del Notario.

3. La documentación y certificación del Registro a que serefieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipote-cario pueden consultarse en la Notaría, de lunes a viernes, de09.00 a 13.00 horas.

Se entenderá que todo licitador acepta como bastante latitulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anterio-res a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes, que-dando subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, siel remate se adjudicare a su favor.

4. La subasta se efectuará y regirá en la forma en que se deter-mina en el artículo 12 del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 demarzo, de Medidas Urgentes de Protección de Deudores Hipoteca-rios, y en lo que no fuera incompatible por el artículo 236 del RH.

Sevilla a 13 de abril de 2012.—El Notario, Luis Peche Rubio.7W-4898-P

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA———

Juzgados de lo Social

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social

número uno de esta capital y su provincia.

Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el procedi-miento núm. 176/2012, sobre despidos/ceses en general, a ins-tancia de don David Bermúdez Gutiérrez, contra Cesser Infor-mática y Organización, S.L., en la que con fecha se ha dictadoResolución que sustancialmente dice lo siguiente:

Decreto.Secretaria Judicial doña Rosa María Rodríguez Rodríguez. En Sevilla a 12 de marzo de 2012.Antecedentes de hecho.Primero.—Don David Bermúdez Gutiérrez, presenta

demanda contra Cesser Informática y Organización, S.L.Segundo.—Se ha requerido a don David Bermúdez Gutié-

rrez para que subsane los defectos advertidos en la demandapresentada, en el plazo de 15 días.

Tercero.—La parte demandante ha presentado escrito desubsanación de los defectos formales advertidos en lademanda el día 09/03/12.

Fundamentos de derecho. Primero.—Subsanados los requisitos formales de esta

demanda y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 81,3 y82,1 de la LRJS procede su admisión a trámite y posteriorseñalamiento, por parte del Secretario Judicial.

—Vistos los preceptos legales citados y demás de generaly pertinente aplicación,

Parte dispositiva.Dispongo:—Admitir esta demanda presentada en materia de despi-

dos/ceses en general.—Señalar el próximo 8 de mayo de 2012, a las 10:40

horas, para la celebración del acto de juicio en la Sala de Vis-tas núm. 8 de este Juzgado, sita en Avda. de la Buhaira 26,Edificio Noga, 1ª planta.

—Citar para conciliación a celebrar el mismo día a las10:10 horas en la 5ª. planta-Secretaria, para acreditación de laspartes y de su representación procesal ante el/la Secretario/aJudicial, conforme a lo dispuesto en el art. 89.7 de la Ley36/2011 de RJS.

“Artículo 83. Suspensión de los actos de conciliación yjuicio.

2.— Si el actor, citado en forma, no compareciese ni ale-gase justa causa que motive la suspensión del acto de concilia-ción o del juicio, el Secretario Judicial en el primer caso y elJuez o Tribunal en el segundo, le tendrán por desistido de sudemanda.

3.— La incomparecencia injustificada del demandado noimpedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio,continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía”.

—El/La Secretario/A a Judicial no está presente en el actode la vista, conforme al art. 89 de la Ley 36 2011 Reguladorade la Jurisdicción Social.

—Cítese al Fondo de Garantía Salarial con traslado decopia de la presente demanda y documentos adjuntos.

—Dar traslado a S.Sª. de las actuaciones, a fin de que sepronuncie sobre la prueba propuesta por el actor en su escritode demanda.

—Dar cuenta a S.Sª. del señalamiento efectuado a losefectos del Art. 182 LEC.

—Tener por efectuada la manifestación de la parte actorade comparecer a juicio asistido de Letrado/Graduado Social.

—Notifíquese la presente resolución.Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición a

interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tresdías hábiles siguientes a su notificación con expresión de lainfracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sinque la interposición del recurso tenga efectos suspensivos conrespecto a la resolución recurrida.

4 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

Y para que sirva de notificación en forma a Cesser Infor-mática y Organización, S.L., cuyo actual domicilio o paraderose desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el«Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevenciónde que las demás resoluciones que recaigan en las actuacionesle serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las quedeban revestir la forma de autos o sentencias o se trate deemplazamientos y todas aquellas otras para las que la leyexpresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 18 de abril de 2012.—La Secretaria Judicial,Rosa María Rodríguez Rodríguez.

258-5082

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1

Procedimiento: Despidos/ceses en general 192/2012.Negociado: 1B.NIG: 4109144S20120002164.De: Don Francisco Javier Rufo Santiago.Contra: Fondo de Garantía Salarial y «Mifasan», S.L.Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judi-

cial del Juzgado de lo Social número uno de esta capital y suprovincia.

Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en estafecha en los autos número 192/2012 se ha acordado citar a«Mifasan», S.L., como parte demandada, por tener ignoradoparadero, para que comparezca el próximo día 14 de mayo de2012, a las 10:40 horas, para la celebración del acto de juicio,en la Sala de Vistas de este Juzgado, sito en avenida de LaBuhaira, 26, edificio Noga, 1.ª planta, Sala de Vistas n.° 8.

Citar para conciliación a celebrar el día 14 de mayo de2012, a las 10.10 horas, en la 5.ª planta (Secretaría), para acre-ditación de las partes y de su representación procesal ante elSecretario Judicial, conforme a lo dispuesto en el art. 89.7 dela Ley 36/2011, de RJS, debiendo comparecer personalmenteo por persona legalmente apoderada y con los medios deprueba de que intente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que no se suspenderán por falta injustifi-cada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, lareferida parte realice prueba de confesión judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a sudisposición, en la Secretaría de este Juzgado de lo Social,copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a «Mifasan», S.L., se expidela presente cédula de citación para su publicación en el «Bole-tín Oficial» de la provincia y para su colocación en el tablónde anuncios.

En Sevilla a 29 de marzo de 2012.—La Secretaria Judi-cial, Rosa María Rodríguez Rodríguez.

7F-5095

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1

NIG: 4109144S20120002145.Procedimiento: 239/12.Negociado: 7.Sobre: Impugnaciones Altas Médicas.De: Doña Consolación Maguilla García.Contra: Consejería de Salud, Ibermutuamur Mutua, INSS y

TGSS y SAS.La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 1 de

Sevilla.Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el procedimien-

to núm. 239/2012, sobre Impugnación altas médicas, a instan-cia de doña Consolación Maguilla García contra Consejería deSalud, Ibermutuamur Mutua, INSS y TGSS y SAS, en la que

con fecha se ha dictado Resolución que sustancialmente dicelo siguiente:

DecretoSecretaria Judicial doña Rosa María Rodríguez Rodríguez

en Sevilla a 24 de febrero de 2012.Antecedentes de hechoPrimero.—Doña Consolación Maguilla García presenta de-

manda contra Consejería de Salud, Ibermutuamur Mutua, INSSy TGSS y SAS en materia de Seguridad Social.

Segundo.—La demanda ha sido turnada a este Juzgado.Fundamentos de derechoPrimero.—Examinados los requisitos formales de esta de-

manda y de conformidad con lo dispuesto en los art. 82.1 y 140de la LRJS, procede su admisión y señalamiento por la Secre-taria Judicial.

Segundo.—Tratándose de un proceso de Seguridad Socialprocede reclamar de la Entidad Gestora la remisión del expe-diente original o copia del mismo dentro del plazo de diez días(art. 143 de la LRJS)

Vistos los preceptos legales citados y demás de general ypertinente aplicación,

Parte dispositivaDispongo:Admitir esta demanda presentada en materia de Seguridad

Social.Señalar el próximo 21 de mayo de 2012, a las 9.55 horas

para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas núm.8 de este Juzgado sito en avda. de la Buhaira, s/n, Edif. Noga,1.ª planta.

La acreditación de la identidad de las partes y su represen-tación procesal se efectuará mediante diligencia previa en laOficina Judicial ante el Secretario, conforme al art. 89.7 de laLey 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social.

La Secretaria Judicial no está presente en el acto de la vista,conforme al art. 89 de la Ley 36/2011, Reguladora de la Juris-dicción Social.

Citar a las partes en legal forma con la advertencia de quedeberán concurrir ajuicio con todos los medios de prueba deque intenten valerse, asimismo se advierte a las partes que deno comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensióndel acto de juicio, podrá el Juez tener al actor por desistido dela demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la cele-bración de los actos de conciliación y juicio, continuando éstesin necesidad de declarar su rebeldía.

Dar cuenta a S.Sª del señalamiento efectuado a los efectosdel art. 182 LEC.

Que se remita por la Entidad Gestora o Servicio común quecorresponda el expediente original o copia del mismo o de lasactuaciones, y en su caso, informe de los antecedentes queposea en relación con el contenido de la demanda, en el plazode diez días. (art. 143 LRJS).

Requiérase igualmente al correspondiente organismo paraque informe si tiene conocimiento de la existencia de otra De-manda en la que se deduzcan pretensiones en relación con elmismo acto o actuación a los efectos de posibilitar en su casoacumulación conforme a lo dispuesto en el art. 143.2 LRJS.

Tener por efectuada la manifestación de la parte actora decomparecer al juicio asistido de Letrado/Graduado social.

Notifíquese la presente resoluciónModo de impugnación: Mediante recurso de reposición a

interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tresdías hábiles siguientes a su notificación con expresión de la in-fracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin quela interposición del recurso tenga efectos suspensivos con res-pecto a la resolución recurrida.

La Secretaria Judicial

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 5

Y para que sirva de notificación en forma a IbermutuamurMutua, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libroel presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» dela provincia de Sevilla , con la prevención de que las demás re-soluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadasen los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir laforma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos ytodas aquellas otras para las que la ley expresamente dispongaotra cosa.

En Sevilla a 18 de abril de 2012.—La Secretaria Judicial,Rosa María Rodríguez Rodríguez.

253F-5083

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial

del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su pro-vincia.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 1311/2011, a instancia de la parte actora doñaDesire Narváez Moreno, contra Universo Marqueta, S.L.,sobre despidos/ceses en general, se ha dictado Resolución defecha 5.12.11 del tenor literal siguiente:

Decreto.Secretaria Judicial doña María Fernanda Tuñón Lázaro.En Sevilla a 5 de diciembre de 2011.Antecedentes de hecho.Primero.—Doña Desire Narváez Moreno, presentó

demanda de despido frente a Universo Marqueta, S.L. Segundo.—La demanda ha sido turnada a este Juzgado y

registrada con el número 1311/2011.Fundamentos de derecho.Primero.—Examinados los requisitos formales de esta

demanda y de conformidad con lo dispuesto en el art. 82,1 dela LPL procede su admisión a trámite y su señalamiento porel/la Sr/a. Secretario Judicial.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general ypertinente aplicación,

Parte dispositiva. Dispongo:—Admitir la demanda presentada.—Señalar el próximo 8 de mayo de 2012, a las 10.40

horas, para la celebración del acto de juicio en la Sala de Vis-tas de este Juzgado, sito en Avda. de la Buhaira, 26, 5ª planta,Edificio Noga, Sala de Vistas 1ª planta, para el caso de que laspartes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación acelebrar ante el Secretario Judicial.

—Citar a las partes en legal forma con la advertencia deque de no comparecer ni alegar justa causa que motive la sus-pensión del acto de conciliación o juicio, podrá el SecretarioJudicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener alactor por desistido de la demanda, y si se tratase del deman-dado no impedirá la celebración de los actos de conciliación yjuicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.

—Se tiene por hecha la manifestación de la parte actora deacudir al juicio asistida de/representada por Letrado, lo quepone en conocimiento de la/s demandada/s a los efectos delart. 21.3 de la LPL.

—Poner en conocimiento del demandado en el momentode su citación que el actor ha solicitado prueba de su interro-gatorio, y que en caso de admitirse esta por el Magistrado-Juezen el acto del juicio, se podrán tener por ciertos los hechos dela demanda en que hubiera intervenido personalmente y leresultaren en todo o en parte perjudiciales, y que en caso deque el interrogatorio no se refiera a hechos personales, seadmitirá su respuesta por un tercero que conozca personal-

mente los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la respon-sabilidad de la declaración, (art. 91,2 y 91,4 LPL).

—Poner en conocimiento del demandado en el momentode su citación que el actor ha solicitado prueba documental, yque en caso de admitirse esta por el Magistrado-Juez en el actodel juicio, si los mencionados documentos no se aportan eneste momento sin mediar causa justificada, podrán estimarseprobadas las alegaciones hechas por la parte contraria en rela-ción con la prueba acordada.

Dar cuenta a S.Sª. del señalamiento efectuado a los efectosdel art. 182 LEC.

Notifiqúese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición a

interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo decinco días hábiles siguientes a su notificación con expresiónde la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma,sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivoscon respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación a Universo Marqueta, S.L.actualmente en paradero desconocido, expido el presente parasu publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con laadvertencia de que las siguientes notificaciones se harán enestrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, senten-cia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 8 de marzo de 2012.—La Secretaria Judicial,María Fernanda Tuñón Lázaro.

258-5124

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2Doña Manuela Díaz Guerra, Secretaria Judicial de

refuerzo del Juzgado de lo Social número dos de esta capital ysu provincia.

Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en estafecha en los autos número 1190/08, a instancia de don Fran-cisco Javier Pérez Sánchez, contra Seguridad Sansa, S.A., seha acordado citar a dicha parte demandada, por tener ignoradoparadero, para que comparezca el próximo día 10 de mayo de2012, a las 10.50 horas, para asistir al acto de juicio, que ten-drá lugar en la Sala de Vistas núm. 3 de este Juzgado, sito encalle Vermondo Resta, s/n, planta sótano, debiendo compare-cer personalmente o por persona legalmente apoderada y conlos medios de prueba de que intente valerse, con la advertenciade que es única convocatoria y que no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia.

Igualmente se le cita para que en los mismo día y hora, lareferida parte realice prueba de confesión judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte que tiene a su dis-posición, en la Secretaría de este Juzgado de lo Social, copiade la demanda presentada.

Y para que sirva de citación en legal forma a SeguridadSansa, S.A., se expide la presente para su publicación en el«Boletín Oficial» de la provincia y su colocación en el tablónde anuncios.

En Sevilla a 9 de abril de 2012.—La Secretaria Judicial,Manuela Díaz Guerra.

258-5002

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 3NIG: 4109144S20110004788.Procedimiento: 392/2011. Negociado: 1J.De: Francisco Solano Díaz, Antonio José Silvestre

Romero, Juan Antonio León Fernández, José María RodríguezPiñero, Abdelali Lahyaoui, José Manuel Villalón Prats, Joa-quín Lorenzo Mateo Fernández, Francisco Camúñez Santi-llana, José Antonio Barroso Ruiz, José Luis Aguilera Martín,Víctor José Moreira Hidalgo, José Rodríguez Santillana, Fran-

6 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

cisco García Ortiz, Manuel Borjas Rodríguez, Mario MurianaCabello.

Contra: Luz María Rodríguez Jaén, Carlos Tenorio Nava-rro (Interventor Judicial), José María Ramos Valle (Interven-tor Judicial), Iván Rodríguez Jaime, Lucio Rodríguez Jaime,Juan Lucio Rodríguez Reguera, Paveco Prefabricados, S.L.,Enedel Promociones y Construcciones, S.L., Sevillana deCanalizaciones, S.L., Prefabricados de Hormigón La Red,S.L., Prefabricados y Suministros, S.L., Prefhor ComercialAndaluza, S.L. (en su nombre y como Interventor Jud.),Transformaciones Ópticas, S.L., Demler, S.L., BetonsAmpostins, S.L., Rodri 5 Prefabricados del Hormigón, S.L.,Rodri 5 Promociones, S.L., Paveco Hormigones, S.L., Pro-yectos y Obras Paveco, S.L., Áridos Pruna, S.L., FOGASA,Preharitrans, S.L., y Cajasol (Interventor Judicial).

En las actuaciones arriba reseñadas se ha dictado la resolu-ción del tenor literal siguiente:

Auto de aclaración:Dictado en Sevilla el día 7 de marzo de 2012, por el

Magistrado titular de este Juzgado, Francisco Manuel de laChica Carreño.

Hechos:Primero.—Con fecha 20 de octubre de 2011, se dictó sen-

tencia en estos autos, declarando nulos los despidos de losdemandantes, declarando la extinción de la relación laboraldesde la fecha de la sentencia, y fijando las indemnizacioneslegales pertinentes a favor de cada uno de ellos.

Segundo.—Notificada la sentencia a la parte actora, por lamisma en tiempo y forma, se presentó escrito solicitando laaclaración de la misma, en la que detecta errores de cálculo encuanto a las indemnizaciones.

Tercero.—Dado traslado de la petición a las demás partes,han dejado transcurrir el plazo concedido sin efectuar manifes-tación alguna.

Razonamientos jurídicos:1. El apartado primero del artículo 267 de la Ley Orgá-

nica del Poder Judicial, dispone que los Jueces y Tribunales nopodrán variar las resoluciones que pronuncien después de fir-madas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cual-quier error material de que adolezcan, añadiendo el apartadosegundo que dichas aclaraciones podrán hacerse de oficio den-tro de los dos días hábiles siguientes al de la publicación de laresolución, o a petición de parte o del Ministerio Fiscal, for-mulada dentro del mismo plazo, siendo en este caso resueltapor el tribunal dentro de los tres días siguientes al de la pre-sentación del escrito en que se solicite la aclaración. Por otraparte, el apartado tercero del mismo precepto refiere que loserrores materiales manifiestos y los aritméticos en que incu-rran las resoluciones judiciales, podrán ser rectificados encualquier momento.

En el caso presente, efectivamente se advierte que, par-tiendo del salario mensual de cada demandante reflejado en elhecho probado primero de la sentencia, se ha producido unerror en el cálculo del salario diario de algunos de ellos, conreflejo en el importe de la indemnización que se detalla en elcuadro del fundamento jurídico 4.2, y en el fallo de la senten-cia, lo que puede y debe corregirse mediante este auto aclara-torio, acogiendo los acertados cálculos que se dicen en elescrito de solicitud de la aclaración.

2. Conforme al art. 267.8 de la LOPJ «No cabrá recursoalguno contra los autos o decretos en que se resuelva acerca dela aclaración, rectificación, subsanación o complemento a quese refieren los anteriores apartados de este artículo, sin perjui-cio de los recursos que procedan, en su caso, contra la senten-cia, auto o decreto a que se refiera la solicitud o actuación deoficio del Tribunal o del Secretario Judicial». Y según disponeel art. 267.9 de la misma Ley Orgánica, «Los plazos para losrecursos que procedan contra la resolución de que se trate seinterrumpirán desde que se solicite su aclaración, rectificación,subsanación o complemento, y en todo caso, comenzarán a

computarse desde el día siguiente a la notificación del auto odecreto que reconociera o negase la omisión del pronuncia-miento y acordase o denegara remediarla».

En su virtud, vistos los preceptos legales de general y per-tinente aplicación.

Parte dispositiva:Aclaro la sentencia número 436/2011, dictada en estos

autos con fecha 20 de octubre de 2011, en el sentido de corre-gir los meros errores de cálculo padecidos en el fundamentojurídico 4.2 y en el fallo, que deben quedar redactados de lasiguiente manera:

— El fundamento jurídico 4.2: «...debe reconocerse a losdemandantes las siguientes antigüedades e indemnizaciones:

Apellidos y nombre Antigüedad Salario Días ind. Cuantía diario Indemnización

01 Muriana Cabello, 22-11-2002 77,17 euros 401,25 30.964,46 eurosMario 8 años y 11 meses

02 Solano Díaz, Francisco 30-8-1999 106,34 euros 547,50 58.221,15 euros12 años y 2 meses

03 Borjas Rodríguez, Manuel 12-6-2006 60,79 euros 243,75 14.817,56 euros5 años y 5 meses

04 García Ortiz, Francisco 30-4-1997 65,92 euros 652,5 43.012,80 euros14 años y 6 meses

05 Rodríguez Santillana, José 20-6-1995 67,03 euros 735 49.267,05 euros16 años y 4 meses

06 Moreira Hidalgo Víctor José 3-2-2003 82,05 euros 393,75 32.307,18 euros8 años y 9 meses

07 Aguilera Martín José Luis 11-11-2003 62,82 euros 360 22.615,20 euros8 años

08 Barroso Ruiz, José Antonio 5-7-1989 65,92euros 1005 66.249,60 euros22 años y 4 meses

09 Camúñez Santillana, Francisco 20-6-1995 59,17euros 735 43.489,95 euros16 años y 4 meses

10 Mateo Fernández, Joaquín 19-4-2004 58,37euros 341,25 19.918,76 eurosLorenzo 7 años y 7 meses

11 Villalón Prats José Manuel 22-1-2007 82,05euros 213,75 17.538,18 euros4 años y 9 meses

12 Lahyaoui Abdelali 28-6-2005 51,06 euros 285 14.552,21 euros6 años y 4 meses

13 Rodríguez Piñero, José María 10-6-2003 71,57 euros 378,75 27.107,14 euros8 años y 5 meses

14 León Fernández Juan Antonio 8-6-2004 54,93 euros 333,75 18.332,89 euros7 años y 5 meses

15 Silvestre Romero, Antonio José 6-6-2005 50,91 euros 288,75 14.700,26 euros6 años y 5 meses

— El punto 4 del fallo: «4. Condeno solidariamente a lasdemandadas, Paveco Prefabricados, S.L.; Preharitrans, S.L.;Áridos Pruna, S.L.; Rodri 5 Promociones, S.L.; Demler, S.L.;Prefhor Comercial Andaluza, S.L.; Prefabricados de HormigónLa Red, S.L.; Proyectos y Obras Paveco, S.L.; Paveco Hormi-gones, S.L.; Rodri 5 Prefabricados del Hormigón, S.L.; BetonsAmpostins, S.L.; Prefabricados y Suministros, S.L.; Transfor-maciones Ópticas, S.L.; Enedel Promociones y Construccio-nes, S.L.; Juan Lucio Rodríguez Reguera, Lucio RodríguezJaime, y Luz María Rodríguez Jaime, a que paguen a losdemandantes como indemnización las siguientes cantidades:

— A Mario Muriana Cabello, la suma 30.964,46 euros;— A Francisco Solano Díaz, la suma de 58.221,15 euros;— A Manuel Borjas Rodríguez, la suma de 14.817,56

euros;— A Francisco García Ortiz, la suma de 43.012,80 euros;— A José Rodríguez Santillana, la suma de 49.267,05

euros;— A Víctor José Moreira Hidalgo, la suma de 32.307,18

euros;— A José Luis Aguilera Martín, la suma de 22.615,20

euros;— A José Antonio Barroso Ruiz, la suma de 66.249,60

euros;

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 7

— A Francisco Camúñez Santillana, la suma de43.489,95 euros;

— A Joaquín Lorenzo Mateo Fernández, la suma de19.918,76 euros;

— A José Manuel Villalón Prats, la suma de 17.538,18euros;

— A Abdelali Lahyaoui, la suma de 14.552,21 C;— A José María Rodríguez Piñero, la suma de 27.107,14

euros;— A Juan Antonio León Fernández, la suma de 18.332,89

euros; y— A Antonio José Silvestre Romero, la suma de 14.700,26

euros».Contra esta resolución podrá recurrirse conjuntamente, en

su caso, con la aclarada.Así lo acuerdo, mando y firmo.—La Magistrada.Y para que le sirva de notificación en forma a las empre-

sas, Prefhor Comercial Andaluza, S.L.; Prefabricados de Hor-migón La Red, S.L.; Transformaciones Ópticas, S.L., y EnedelPromociones y Construcciones, S.L., expido y firmo la pre-sente cédula.

En Sevilla a 7 de marzo de 2012.—La Secretaria Judicial,María Auxiliadora Ariza Fernández.

40-3345

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 4

Procedimiento: Social ordinario 1180/2011.Negociado: 3.Sobre: Reclamación de cantidad.NIG: 4109144S20110014064.De: Don José Murga Cordero.Contra: «Construcciones Metálicas Los Labrados», S.L., y

«Eurovida Seguros».Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del

Juzgado de lo Social número cuatro de esta capital y su pro-vincia.

Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en estafecha en los autos número 1180/2011, se ha acordado citar a«Construcciones Metálicas Los Labrados», S.L., como partedemandada, por tener ignorado paradero, para que comparezcael próximo día 24 de mayo de 2012, a las 10.10 horas, paraasistir a los actos de conciliación y juicio, en su caso, que ten-drán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en avenida LaBuhaira n.° 26, edificio Noga, 5.ª planta, 41018-Sevilla,debiendo comparecer personalmente o por persona legalmenteapoderada y con los medios de prueba de que intente valerse,con la advertencia de que es única convocatoria, y que no sesuspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, lareferida parte realice prueba de confesión judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a sudisposición, en la Secretaría de este Juzgado de lo Social,copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a «Construcciones MetálicasLos Labrados», S.L., se expide la presente cédula de citaciónpara su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia ypara su colocación en el tablón de anuncios.

En Sevilla a 1 de febrero de 2012.—El Secretario Judicial,Alonso Sevillano Zamudio.

7F-2105

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 4

Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional1076/2010.

Negociado: 5.NIG: 4109144S20100011824.De: Doña Teresa Negrón Castro.Contra: «Asepeyo», Mutua de Accidentes de Trabajo;

TGSS, INSS e «Interguadalrío».Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del

Juzgado de lo Social número cuatro de esta capital y su pro-vincia.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 1076/2010, a instancia de la parte actora, doñaTeresa Negrón Castro, contra «Asepeyo», Mutua de Acciden-tes de Trabajo; TGSS, INSS e «Interguadalrío», sobre Seguri-dad Social en materia prestacional, se ha dictado resolución defecha 14-03-12, del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación del Secretario, don Alonso Sevi-llano Zamudio.

En Sevilla a 14 de marzo de 2012.En vista del anterior escrito, se señala el juicio para el día

24 de mayo de 2012, a las 10.00 horas, y se tiene por ampliadala demanda contra la entidad «Frescales», S.L.U., cítesele enel domicilio indicado en el precedente escrito y «ad cautelam»a través del «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla yestese a lo acordado.

Esta diligencia es revisable de oficio por S.S.ª Ilma. y tam-bién a instancia de parte, por medio de escrito presentado en elJuzgado en el día siguiente a su notificación.

Para recurrir en revisión las resoluciones dictadas por elSecretario Judicial deberá previamente acreditarse consigna-ción de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarloen la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto, utilizandopara ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo«Concepto» que se trata de un recurso seguido del código«31» y «Revisión de resoluciones del Secretario Judicial», deconformidad con lo establecido en el apartado 5.º de la dispo-sición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del PoderJudicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión pre-vistos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho deasistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habráde hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274,debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social n.°…indique n.º de Juzgado… de… indique ciudad..., y en «Obser-vaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que com-ponen la cuenta-expediente judicial, indicando después deestos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «31» y«Revisión de resoluciones del Secretario Judicial».

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.Y para que sirva de notificación a las demandados «Ase-

peyo», Mutua de Accidentes de Trabajo; TGSS, INSS, «Inter-guadalrío» y «Frescales», S.L.U., actualmente en paraderodesconocido, expido el presente, para su publicación en el«Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que lassiguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las quedeban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de empla-zamientos.

En Sevilla a 14 de marzo de 2012.—El Secretario Judicial,Alonso Sevillano Zamudio.

7F-3839

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 5En virtud de providencia dictada en esta fecha por la ilus-

trísima señora María Amelia Lerdo de Tejada Pagonabarraga,Magistrada del Juzgado de lo Social número 5 de Sevilla, enlos autos número 1105/11, seguidos a instancia de doña Cris-tina Rodríguez García, contra Cantinitas, S.L., sobre despidos,se ha acordado citar a dicha parte demandada, por tener igno-rado paradero, para que comparezca el día 8 de mayo de 2012,a las 11.20 horas, para asistir a los actos de conciliación o jui-

8 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

cio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en avenida de laBuhaira núm. 26, Edificio Noga, 5ª planta, debiendo compare-cer personalmente o por personal que esté legalmente apode-rado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con laadvertencia de que es única convocatoria y que no se supende-rán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conoci-miento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secreta-ría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a Cantinitas, S.L., para losactos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula decitación para su publicación en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia y su colocación en el tablón de anuncios.

En Sevilla a 10 de abril de 2012.—La Secretaria Judicial.(Firma ilegible).

258-5010

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 5

Procedimiento: 542/10 Ejecución de títulos judiciales78/2012. Negociado: 2EN.I.G.: 4109144S20100005944.De: Don José Antonio Caro Expósito, don FranciscoPedrera Parrilla, don José Manuel Parrilla Muñoz, donJosé Manuel Torres López, don Miguel Ángel CapitánVázquez, don Rumen Dobrev Stoev, doña Noelia LagunaEscobar, doña Isabel Macarena Garres Montaño, don Isa-ías García Palomero, don José Joaquín Valero Piñero, donMateo Martínez López, don Fernando Vargas Ballesteros,don Antonio López Gómez y don Isaías Pérez Reina.Contra: Don Joaquín Cobos Otero, don Francisco JavierRuiz Montero, Areruiz, S.L. y Areruiz Monteros y ÁridosSociedad Limitada.Doña María Amparo Atarés Calavia, Secretaria Judicial

del Juzgado de lo Social número cinco de esta capital y su pro-vincia.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 78/2012, a instancia de la parte actora don JoséAntonio Caro Expósito, don Francisco Pedrera Parrilla, donJosé Manuel Parrilla Muñoz, don José Manuel Torres López,don Miguel Ángel Capitán Vázquez, don Rumen DobrevStoev, doña Noelia Laguna Escobar, doña Isabel MacarenaGarres Montaño, don Isaías García Palomero, don José Joa-quín Valero Piñero, don Mateo Martínez López, don FernandoVargas Ballesteros, don Antonio López Gómez y don IsaíasPérez Reina, contra don Joaquín Cobos Otero, don FranciscoJavier Ruiz Montero, Areruiz, S.L. y Areruiz Monteros y Ári-dos Sociedad Limitada, sobre ejecución de títulos judiciales seha dictado resolución de fecha 23/11/11, del tenor literalsiguiente:

Auto.—En Sevilla a 14 de marzo de 2012.Dada cuenta y;

Hechos:Primero. En los autos de referencia, seguidos a instancia

de don José Antonio Caro Expósito, don Francisco PedreraParrilla, don José Manuel Parrilla Muñoz, don José ManuelTorres López, don Miguel Ángel Capitán Vázquez, donRumen Dobrev Stoev, doña Noelia Laguna Escobar, doña Isa-bel Macarena Garres Montaño, don Isaías García Palomero,don José Joaquín Valero Piñero, don Mateo Martínez López,don Fernando Vargas Ballesteros, don Antonio López Gómezy don Isaías Pérez Reina, contra don Joaquín Cobos Otero,don Francisco Javier Ruiz Montero, Areruiz, S.L. y AreruizMonteros y Áridos Sociedad Limitada, se dictó resoluciónjudicial en fecha 23/11/11, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente: «Que estimando la demanda formulada pordon José Antonio Caro Expósito, don Francisco Pedrera Parri-lla, don José Manuel Parrilla Muñoz, don José Manuel TorresLópez, don Miguel Ángel Capitán Vázquez, don RumenDobrev Stoev, doña Noelia Laguna Escobar, doña Isabel

Macarena Garres Montaño, don Isaías García Palomero, donJosé Joaquín Valero Piñero, don Mateo Martínez López, donFernando Vargas Ballesteros, don Antonio López Gómez ydon Isaías Pérez Reina, contra Areruiz, S.L. y Areruiz Monte-ros Áridos Sociedad Limitada, don Francisco Javier RuizMontero y don Joaquín Cobos Otero, condenando a lasdemandadas solidariamente Areruiz S.L., Areruiz Monteros yÁridos S.L a que abonen a los actores las siguientes cantida-des: don José Antonio Caro Expósito, con D.N.I. 28709750 T,la suma de veinte mil trescientos veinticuatro euros con treintacéntimos (20.324,30 euros), don Francisco Pedrera Parrilla,con D.N.I. 28796553 R la suma de veintiún mil seiscientoscincuenta y tres euros con siete céntimos (21.653,07 euros),don José Manuel Parrilla Muñoz, con D.N.I. 28.796553 R lasuma de veinte mil ciento cuarenta y cuatro euros con nuevecéntimos (20.144,09 euros), don José Manuel Torres López,con D.N.I. 45.657.690 E la suma de veintitrés mil quinientostreinta euros con ochenta y cinco céntimos (23.530,85 euros),don Miguel Ángel Capitán Vázquez, con D.N.I. 75.336956 Lla suma de veinte mil seiscientos noventa euros con setenta ysiete céntimos (20.690,77 euros), don Rumen Dobrev Stoev,NIE X6865789 J la suma de veinte mil setenta y ocho euroscon veinticuatro céntimos (20.078,24 euros), doña NoeliaLaguna Escobar, con D.N.I. 28806149 la suma de treinta y tresmil setecientos sesenta y cinco euros con setenta y siete(33.765,77 euros), doña Isabel Macarena Garres Montaño, conD.N.I. 28921979 P la suma de veintiocho mil ochocientossetenta y ocho euros con diez céntimos (28.878,10 euros), donIsaías García Palomero con D.N.I. 30.816528 R la suma detreinta y cuatro mil trescientos cinco euros con noventa y seis(34.305,96 euros), don José Joaquín Valero Piñero, con D.N.I.77.541.835 P la suma de treinta y un mil trescientos ochenta ysiete euros con treinta y un céntimos (31.387,31 euros), donMateo Martínez López, con D.N.I. 28541835-P la suma dequince mil quinientos cuarenta y dos euros con cuarenta ycinco céntimos (15.542,45 euros), don Fernando VargasBallesteros, con D.N.I. 28.667.938 la suma de diecinueve milcuatrocientos setenta y siete euros con sesenta y seis(19.477,66 euros), don Antonio López Gómez con D.N.I.34.042987 -C la suma de treinta y siete mil doscientos sesentay un euros con diez céntimos (37.261,10 euros), don IsaíasPérez Reina con D.N.I. 47.500.800-G la suma de veinte milcuatrocientos cincuenta y siete euros con veintinueve céntimos(20.457,29 euros). Se absuelven libremente de los pedimentosde la demanda a los administradores Francisco Javier RuizMontero y Joaquín Cobo Otero».

Segundo. Dicha resolución es firme, habiendo transcu-rrido más de veinte días desde su notificación al demandado.

Tercero. Que se ha solicitado la ejecución de la resolu-ción por la vía de apremio, toda vez que por la demandada nose ha satisfecho el importe de la cantidad objeto de la condena.

Cuarto. Consta en el Juzgado de lo Social número 6 deSevilla que con fecha 25/10/11 se ha dictado Auto de Insol-vencia en la Ejecutoria número 224/11.

Razonamientos jurídicos:Primero. Que el ejercicio de la potestad jurisdiccional,

juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado en todo tipo de proce-sos, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunalesdeterminados por las Leyes, según las normas de competenciay procedimiento que las mismas establezcan de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 117.3 de la Constitución Espa-ñola y artículo 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Segundo. Que de conformidad con lo dispuesto en losartículos 239 y siguientes de la LRJS y concordantes de la Leyde Enjuiciamiento Civil, siempre que sea firme una sentenciao resolución judicial ejecutable o título se procederá a su eje-cución, únicamente a instancia de parte, por el Magistrado quehubiere conocido del asunto en primera instancia, y, una vezsolicitada, se llevará a efecto por todos sus trámites, dictán-dose de oficio todos los proveídos necesarios en virtud delartículo 239.3 de la LOPJ, asimismo lo acordado en concilia-

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 9

ción ante el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación,tendrá fuerza ejecutiva para las partes intervinientes, sin nece-sidad de ratificación ante el Juzgados de lo Social; tendráfuerza ejecutiva lo acordado en conciliación ante este Juzgado(artículo 84.5 de la LRJS).

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el art. 276de la LRJS, no habrá necesidad de reiterar los trámites de ave-riguación de bienes establecido en el artículo 250 de la LRJS.,cuando con anterioridad hubiera sido declarada judicialmentela insolvencia de una empresa, sin perjuicio de lo cual se daráaudiencia previa a la parte actora y al Fondo de Garantía Sala-rial, para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general ypertinente aplicación,

Parte dispositiva:S.S.ª Iltma. dijo: Procédase a despachar ejecución de la

sentencia contra Areruiz S.L. y Areruiz Monteros y ÁridosS.L. por la suma de 347.496,96 en concepto de principal, másla de 70.000 calculadas para intereses y gastos y habiendo sidodeclarada los ejecutados en insolvencia provisional deseaudiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial afin de que en el plazo de quince días insten la práctica de ladiligencia que a su derecho interese o designen bienes, dere-chos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe recurso reposición ante esteJuzgado en el plazo de los tres días siguientes al de su notifi-cación, en el que, además de alegar las posibles infraccionesen que hubiere incurrido la presente resolución y el cumpli-miento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos pro-cesales exigidos, podrá deducirse oposición a la ejecución des-pachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmentejustificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidadque se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido conposterioridad a la constitución del título, no siendo la compen-sación de deudas admisible como causa de oposición a la eje-cución (artículos 239 y concordantes de la LRJS).

Así, por este auto, lo acuerdo mando y firma la Ilma.señora doña María Amelia Lerdo de Tejada Pagonabarraga,Magistrada del Juzgado de lo Social número 5 de Sevilla. Doyfe. La Magistrada.—La Secretaria.

Decreto:Secretaria Judicial doña Amparo Atarés Calavia. En Sevi-

lla a 14 de marzo de 2012.

Hechos:Primero. En los presentes autos, en el día de la fecha, se

ha despachado ejecución por la vía de apremio toda vez queno se ha satisfecho, voluntariamente por la demandada, la can-tidad líquida objeto de condena.

Segundo. El Graduado Social don Francisco TorresAlfonso en escrito presentado en fecha 6/02/12 solicitó elembargo de las cantidades pendientes de abonar a Areruiz S.L.por la entidad Sacyr Ballehermoso, S.A.

Razonamientos jurídicos:Primero. Si la sentencia condenare al pago de cantidad

determinada y líquida, se procederá siempre, y sin necesidadde previo requerimiento personal al condenado, al embargo desus bienes en la forma y por el orden prevenido en el art. 592de la LEC, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 249.1de la LRJS, el ejecutado está obligado a efectuar, a requeri-miento del Órgano Judicial, manifestación sobre sus bienes oderechos, con la precisión necesaria para garantizar sus res-ponsabilidades, indicando a su vez las personas que ostentenderechos de cualquier naturaleza sobre sus bienes y de estarsujetos a otro proceso, concretar los extremos de éste que pue-dan interesar a la ejecución, todo ello de conformidad con elartículo 249.1 de la LRJS.

Segundo. Que de conformidad con lo dispuesto en losartículos 239 de la LRJS y concordantes de la Ley de Enjuicia-miento Civil, siempre que sea firme una sentencia se proce-derá a su ejecución, únicamente a instancia de parte, por elMagistrado que hubiere conocido del asunto en primera ins-tancia, y, una vez solicitada, se llevará a efecto por todos sustrámites, dictándose de oficio todos los proveídos necesariosen virtud del artículo 239.3 de la LOPJ, asimismo lo acordadoen conciliación ante el Centro de Mediación, Arbitraje y Con-ciliación, tendrá fuerza ejecutiva para las partes intervinientes,sin necesidad de ratificación ante el Juzgados de lo Social;tendrá fuerza ejecutiva lo acordado en conciliación ante esteJuzgado (art.84.5 de la LRJS).

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo250 de la LRJS, si no se tuviere conocimiento de la existenciade bienes suficientes, el Secretario Judicial, deberá dirigirse alos pertinentes organismos y registros públicos a fin de obte-ner relación de los bienes o derechos del deudor de los quetenga constancia, tras la realización por éstos, si fuere preciso,de las averiguaciones legalmente posibles. Igualmente podráel Secretario Judicial, dirigirse o recabar la información pre-cisa para lograr la efectividad de la obligación pecuniaria queejecute de, de entidades financieras o depositarías o de otraspersonas privadas que por el objeto de su normal actividad opor sus relaciones jurídicas con el ejecutado deban tener cons-tancia de los bienes o derechos de éste o pudieran resultar deu-doras del mismo.

Cuarto. De conformidad con los artículos 583 y 585 dela LEC, el ejecutado podrá evitar el embargo pagando oconsignando la cantidad por la que se hubiere despachadoejecución.

Parte dispositiva:Acuerdo: Se decreta el embargo de los siguientes bienes

propiedad de la parte ejecutada Areruiz S.L.:— De las cantidades por las que resulte acreedora la

parte demandada Areruiz, S.L., frente a Sacyr Vallehermoso,S.A., por cualquier concepto, en cuantía suficiente a cubrir lascantidades reclamadas en la presente ejecución, para cuyaefectividad se librarán los despachos oportunos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer recurso directo derevisión, en el plazo de tres días mediante escrito en el quedeberá citarse la infracción en la que se hubiera incurrido. Asílo acuerdo y firmo. La Secretaria.

Y para que sirva de notificación al demandado AreruizS.L. y Areruiz Monteros y Áridos Sociedad Limitada actual-mente en paradero desconocido, expido el presente para supublicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con laadvertencia de que las siguientes notificaciones se harán enestrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, senten-cia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 14 de marzo de 2012—La Secretaria Judicial,María Amparo Atarés Calavia.

2F-3853

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7En virtud de providencia dictada en esta fecha por el ilus-

trísimo señor Carlos Mancho Sánchez, Magistrado del Juz-gado de lo Social número 7 de Sevilla, en los autos número1209/10, seguidos a instancia de don Francisco Millán Gómez,don Antonio García Rangel y don Julio Pérez Tristancho, con-tra Clivenser, S.L., sobre social ordinario, se ha acordado citara dicha parte demandada, por tener ignorado paradero, paraque comparezca el día 29 de mayo de 2012, a las 11.10 horas,para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendránlugar ante este Juzgado sito en avenida de la Buhaira núm. 26,Edificio Noga, 6ª planta, debiendo comparecer personalmenteo por personal que esté legalmente apoderado, y con losmedios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de

10 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

que es única convocatoria y que no se supenderán por faltainjustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento dedicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a Clivenser, S.L., para losactos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula decitación para su publicación en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia y su colocación en el tablón de anuncios.

En Sevilla a 28 de junio de 2011.—La Secretaria Judicial.(Firma ilegible).

258-8609

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7En virtud de providencia dictada en esta fecha por el ilus-

trísimo señor Carlos Mancho Sánchez, Magistrado del Juz-gado de lo Social número 7 de Sevilla, en los autos número1329/09, seguidos a instancia de don Juan Manuel GarcíaMendoza, contra Grupo RMD Seguridad, S.L. y Grupo 12 deVigilancia y Protección, S.L., sobre despidos/ceses en general,se ha acordado citar a Grupo 12 de Vigilancia y Protección,S.L., como parte demandada, por tener ignorado paradero,para que comparezca el día 31 de mayo de 2012, a las 10.50horas, para asistir a los actos de conciliación o juicio que ten-drán lugar ante este Juzgado sito en avenida de la Buhairanúm. 26, Edificio Noga, 1ª planta, Sala 12, debiendo compare-cer personalmente o por personal que esté legalmente apode-rado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con laadvertencia de que es única convocatoria y que no se supende-rán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conoci-miento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secreta-ría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a Grupo 12 de Vigilancia yProtección, S.L., para los actos de conciliación o juicio, seexpide la presente cédula de citación para su publicación en el«Boletín Oficial» de la provincia y su colocación en el tablónde anuncios.

En Sevilla a 7 de febrero de 2012.—La Secretaria Judicial.(Firma ilegible).

258-2627

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7

Procedimiento: Social ordinario 263/2011.Sobre: Reclamación de cantidadN.I.G.: 4109144S20110002278.De: Hind Al-MonirContra: Hadda Karim y Tetería Dar El Fasi.En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo.

señor don Carlos Mancho Sánchez, Magistrado del Juzgado delo Social número siete de esa capital y su provincia, en losautos número 263/2011, seguidos a instancias de Hind Al-Monir, contra Hadda Karim y Tetería Dar El Fasi, sobre socialordinario, se ha acordado citar a Hind Al-Monir y Tetería DarEl Fasi, como parte demandada, por tener ignorado paradero,para que comparezca el día 24 de mayo de 2012, a las 10 h,para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendránlugar ante este Juzgado sito en Avda. de la Buhaira num. 26,edificio Noga, planta 6.ª, debiendo comparecer personalmente,o por personal que esté legalmente apoderado, y con losmedios de prueba de que intente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento dedicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a Hind Al-Monir y TeteríaDar El Fasi para los actos de conciliación o juicio, se expidela presente cédula de citación para su publicación en el«Boletín Oficial» de la provincia, y su colocación en el tablónde anuncios.

En Sevilla a 5 de octubre de 2011.—La Secretaria Judicial.(Firma ilegible.)

2F-12460

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 8Doña María del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial

del Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 271/2010, a instancia de la parte actora, donRamón Rodríguez Torrecilla, contra FOGASA y RelacionaServicios de Marketing, S.L., sobre ejecución de títulos judi-ciales, se ha dictado resolución de fecha 9 de diciembre de2011, del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:Acuerdo: Declarar al ejecutado, Relaciona Servicios de

Marketing, S.L., en situación de insolvencia con carácter pro-visional por importe de 54.731,75 euros de principal, más3.283,90 euros de intereses y 5.473,17 euros para costas.

Remitir edicto para su publicación en el «Boletín Oficial»del Registro Mercantil, y archivar las actuaciones, previa ano-tación en los Libros de Registro correspondientes de este Juz-gado, sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivose conocieren bienes del ejecutado sobre los que trabarembargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondode Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la mismacabe revisión directo por escrito en el plazo de cinco días hábi-les contados desde el siguiente de la notificación, con expre-sión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sincuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitu-ción de depósito en cuantía de 25 euros, haciendo saber que dedicho deposito queda exento todo litigante que sea trabajadoro beneficiario de la Seguridad Social debiendo ingresarlo en lacuenta de este Juzgado número 4027 0000 00, abierta enBanesto, utilizando para ello el modelo oficial y concretandoademás el número y año del procedimiento, indicando en elcampo «Concepto» que se trata de un recurso seguido delcódigo «31» y «Social-Revisión-Secretario», de conformidadcon lo establecido en la Disposición adicional Decimoquintade la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia delos supuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingresose efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en lacuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, indicando elbeneficiario, Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla, yen «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta4027 0000 00, más el número y el año del procedimiento, indi-cando después de estos 16 dígitos, separados por un espacio,el código «31» y «Social-Revisión-Secretario».

Y para que sirva de notificación al demandado, RelacionaServicios de Marketing, S.L., actualmente en paradero desco-nocido, expido el presente para su publicación en el «BoletínOficial» de la provincia, con la advertencia de que lassiguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las quedeban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de empla-zamientos.

En Sevilla a 5 de marzo de 2012.—La Secretaria Judicial,María del Carmen Peche Rubio.

40-3219

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 8Doña María del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial

del Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 694/2011, a instancia de la parte actora, doñaMaría del Águila Galiano Mantecón, contra TGSS, RafaelBeca y Cía, Aceitunera del Guadaíra, INSS e INEM, sobre

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 11

Seguridad Social en materia prestacional, se ha dictado resolu-ción de fecha 5 de marzo de 2012, del tenor literal siguiente:

Fallo: Que desestimando la demanda que en materia deinvalidez ha sido interpuesta por doña María del ÁguilaGaliano Mantecón, contra el Instituto Nacional de la Seguri-dad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, RafaelSeca y Cía, Aceitunera del Guadaíra, Instituto Nacional deEmpleo, debo absolver y absuelvo a éstos de los pedimentosejercitados en su contra.

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega decopia, advirtiéndoseles que contra misma pueden interponerrecurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Andalucía, en el plazo de los cinco díashábiles siguientes a la notificación de la presente resolución,mediante escrito, comparecencia o por simple manifestaciónante este Juzgado de lo Social.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio alos autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, RafaelBeca y Cía., y Aceitunera del Guadaíra, actualmente en para-dero desconocido, expido el presente para su publicación en el«Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que lassiguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las quedeban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de empla-zamientos.

En Sevilla a 5 de marzo de 2012.—La Secretaria Judicial,María del Carmen Peche Rubio.

40-3221

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 9Doña Rosa María Adame Barbeta, Secretaria Judicial del

Juzgado de lo Social número nueve de esta capital y su provin-cia.

Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en estafecha en los autos número 223/11, sobre reclamación de canti-dad, a instancia de doña María Antonia del Zapatero Núñez,contra don José Carlos Ortiz Castillo y doña Luisa MaríaRomero Montero, se ha acordado citar a don José Carlos OrtizCastillo, como parte demandada, por tener ignorado paradero,para que comparezca el próximo día 31 de mayo de 2012, a las9.45 horas, para asistir a los actos de conciliación en la Secre-taría de este Juzgado, y en caso de no haber avenencia al actode juicio ante S.Sª el mismo día 31 de mayo de 2012, a las10.00 horas, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social,sito en avenida de la Buhaira núm. 26, Edificio Noga, 1ªplanta, Sala 11, debiendo comparecer personalmente o porpersona legalmente apoderada y con los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia de que es única convo-catoria y que no se supenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Igualmente se le cita para que en los mismo día y hora, lareferida parte realice prueba de confesión judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte que tiene a su dis-posición, en la Secretaría de este Juzgado de lo Social, copiade la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a don José Carlos Ortiz Casti-llo, se expide la presente cédula de citación para su publica-ción en el «Boletín Oficial» de la provincia y su colocación entablón de anuncios.

En Sevilla a 19 de septiembre de 2011.—La SecretariaJudicial, Rosa María Adame Barbeta.

258-11769

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11

Procedimiento: Social ordinario 1119/2010.Negociado: 2.Sobre: Reclamación de cantidad.

NIG: 4109144S20100012344.De: Don Enrique Cerpa Morales y don José Manuel Cerpa

Morales.Contra: «Nueva Logística Pibo», S.L.

En virtud de providencia dictada en esta fecha por la Ilma.señora doña Adelaida Maroto Márquez, Magistrada del Juz-gado de lo Social número once de Sevilla, en los autos número1119/2010, seguidos a instancia de don Enrique Cerpa Mora-les y don José Manuel Cerpa Morales, contra «Nueva Logís-tica Pibo», S.L., sobre social ordinario, se ha acordado citar a«Nueva Logística Pibo», S.L., como parte demandada, portener ignorado paradero, para que comparezca el día 24 demayo de 2012, para asistir a los actos de conciliación o juicio,que tendrán lugar ante este Juzgado, sito en avenida de LaBuhaira, 26, edificio Noga, planta 6, C.P. 41018, Sevilla,debiendo comparecer personalmente o por personal que estélegalmente apoderado, y con los medios de prueba de queintente valerse, con la advertencia de que es única convocato-ria y que no se suspenderán por falta injustificada de asisten-cia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a sudisposición, en la Secretaría de este Juzgado, copia del escritode demanda presentado.

Y para que sirva de citación a «Nueva Logística Pibo»,S.L., para los actos de conciliación o juicio, se expide la pre-sente cédula de citación para su publicación en el «BoletínOficial» de la provincia y su colocación en el tablón de anuncios.

En Sevilla a 20 de febrero de 2012.—El Secretario Judi-cial. (Firma ilegible.)

7F-2783

AYUNTAMIENTOS———

SEVILLAEl Director General de Recursos Humanos, por resolución

n.º 2423, de fecha 26 de marzo de 2012, ha dispuesto lo quesigue:

Habiéndose publicado en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia de Sevilla número 227, de fecha 30 de septiembre de2011, la relación provisional de admitidos y excluidos a laspruebas selectivas convocadas para proveer 8 plazas de Ins-pector de la Policía Local de este Excmo. Ayuntamiento, yvisto el informe al respecto emitido por el Jefe de la Secciónde Selección con respecto a dicha relación, en virtud de lacompetencia atribuida por acuerdos de la Junta de Gobierno dela ciudad de Sevilla de 27 de junio y 8 de julio de 2011, vengoen adoptar la siguiente

Resolución:Primero: Declarar elevada a definitiva la relación de aspi-

rantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convoca-das para proveer 8 plazas de Inspector de la Policía Local deeste Excmo. Ayuntamiento, la cual fue publicada en el «Bole-tín Oficial» de la provincia de Sevilla n.º 227, de fecha 30 deseptiembre de 2011, de conformidad con el informe al res-pecto emitido por el Jefe de la Sección de Selección, el cualsirve de fundamento y motivación a esta resolución.

Segundo: El Tribunal Calificador de estas pruebas selecti-vas quedará formado como a continuación se indica:

Presidente: Don Juan José García Sánchez, Superinten-dente de la Policía Local.

Suplente 1.º: Don Antonio Luis Moreno Rodríguez, Inten-dente Mayor de la Policía Local.

Suplente 2.º: Don Miguel Acuña Neches, Intendente de laPolicía Local.

12 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

Vocales:Vocal: Don Gabriel Nevado Calvo, Intendente Mayor de

la Policía Local.Suplente 1.º: Don Alfonso Cortés Ruiz, Intendente de la

Policía Local.Suplente 2.º: Don Rafael Romero Bermejo, Intendente de

la Policía Local.Vocal: Don José González Gómez, Intendente de la Policía

Local.Suplente 1.º: Don Manuel Corregidor Carmona, Inten-

dente de la Policía Local.Suplente 2.º: Don Eduardo Márquez Mestre, Intendente

de la Policía Local.Vocal: Don Francisco J. Rodríguez Franco, funcionario de

carrera de este Ayuntamiento.Suplente 1.º: Don Rafael Acevedo Valle, funcionario de

carrera de este Ayuntamiento.Suplente 2.º: Don José María López Bellido, funcionario

de carrera de este Ayuntamiento.Secretario: Don Luis Enrique Flores Domínguez, Secreta-

rio General del Ayuntamiento.Suplente 1.º: Doña Pilar Pérez Raposo, funcionaria de

carrera de este Ayuntamiento.Suplente 2.º: Doña Josefa Ruiz Márquez, funcionaria de

carrera de este Ayuntamiento.Tercero: La fase de concurso dará comienzo como a con-

tinuación se indica:

Día: 21 de mayo de 2012.Hora: 17.15.Lugar: Servicio de Recursos Humanos del Ayun-

tamiento de Sevilla.Cuarto: Publíquese la presente resolución en el «Boletín

Oficial» de la provincia de Sevilla. Lo que se hace público para general conocimiento.Sevilla a 28 de marzo de 2012.—El Secretario General,

Luis Enrique Flores Domínguez.7W-4424

SEVILLAEl Director General de Recursos Humanos, por resolu-

ción n.º 2422, de fecha 26 de marzo de 2012, ha dispuesto loque sigue:

Habiéndose publicado en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia de Sevilla número 228, de fecha 1 de octubre de 2011,la relación provisional de admitidos y excluidos a las pruebasselectivas convocadas para proveer 2 plazas de Subinspectorde la Policía Local de este Excmo. Ayuntamiento, y visto elinforme al respecto emitido por el Jefe de la Sección de Selec-ción con respecto a dicha relación, en virtud de la competenciaatribuida por acuerdos de la Junta de Gobierno de la ciudad deSevilla de 27 de junio y 8 de julio de 2011, vengo en adoptarla siguiente

Resolución:Primero: Declarar elevada a definitiva la relación de aspi-

rantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convoca-das para proveer 2 plazas de Subinspector de la Policía Localde este Excmo. Ayuntamiento, la cual fue publicada en el«Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla n.º 228, de fecha 1de octubre de 2011, de conformidad con el informe al respectoemitido por el Jefe de la Sección de Selección, el cual sirve defundamento y motivación a esta resolución.

Segundo: El Tribunal Calificador de estas pruebas selecti-vas quedará formado como a continuación se indica:

Presidente: Don Juan José García Sánchez, Superinten-dente de la Policía Local.

Suplente 1.º: Don Antonio Vigil-Escalera Pacheco, Inten-dente Mayor de la Policía Local.

Suplente 2.º: Don Mariano Mateo Parejo, Intendente de laPolicía Local.

Vocales:Vocal: Don José Rodríguez Parrilla, Inspector de la Poli-

cía Local.Suplente 1.º: Don Juan Fernández Torres, Inspector de la

Policía Local.Suplente 2.º: Don Joaquín José Acuña Neches, Inspector

de la Policía Local.Vocal: Don José González Gómez, Intendente de la Poli-

cía Local.Suplente 1.º: Don Manuel Alba Bustos, Subinspector de la

Policía Local.Suplente 2.º: Don Antonio Luis Moreno Rodríguez, Inten-

dente Mayor de la Policía Local.Vocal: Don Alejandro Matador Misa, funcionario de

carrera de este Ayuntamiento.Suplente 1.º: Don Samuel Fernández Ortiz, funcionario de

carrera de este Ayuntamiento.Suplente 2.º: Don Antonio Claro Fernández, funcionario

de carrera de este Ayuntamiento.Secretario: Don Luis Enrique Flores Domínguez, Secreta-

rio General del Ayuntamiento.Suplente 1.º: Don José Rafael Pérez Pérez, funcionario de

carrera de este AyuntamientoSuplente 2.º: Doña Josefa Ruiz Márquez, funcionaria de

carrera de este Ayuntamiento.Tercero: La fase de concurso dará comienzo como a con-

tinuación se indica:

Día: 28 de mayo de 2012.Hora: 17.15.Lugar: Servicio de Recursos Humanos del Ayun-

tamiento de Sevilla.Cuarto: Publíquese la presente resolución en el «Boletín

Oficial» de la provincia de Sevilla. Lo que se hace público para general conocimiento.Sevilla a 28 de marzo de 2012.—El Secretario General,

Luis Enrique Flores Domínguez.7W-4426

SEVILLA

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de laLey 38/03, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, porel presente anuncio se procede a dar publicidad al acuerdoadoptado por la Excma. Junta de Gobierno de la ciudad deSevilla, en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2011,por el que se aprueba la concesión de ayudas para la cofinan-ciación de proyectos, por cooperación indirecta, a realizar enpaíses en vías de desarrollo, y de educación al desarrollo ysensibilización a realizar en el término municipal de Sevilla yde ayuda humanitaria correspondientes al ejercicio 2011, concargo a la partida presupuestaria 22000-23101-79000/09 delejercicio 2009.

Se conceden subvenciones a las ONGDs, por las cantidadesy los proyectos, que a continuación se relacionan:

ONGD: “Niños del Tambo” (5/11 PS 3).Proyecto: “Mejora Escuela-Hogar "Misión Santa Teresita"

para indígenas Asháninkas (Amazonia Peruana)”.Subvención: 40.285,00 euros.ONGD: “Fundación Summa Humanitate” (5/11 PS 4).Proyecto: “Desarrollo rural a través de un internado cam-

pesino en Morocomarca. Bolivia”.Subvención: 56.973,00 euros.

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 13

ONGD: “Fundación Juan Ciudad” (5/11 PS 6).Proyecto: “Mejora de la capacidad de atención integral en

los servicios de rehabilitación del Hogar Clínica San Juan deDios de Cusco. Perú”.

Subvención: 14.514,88 euros.ONGD: “Cesal” (5/11 PS 9).Proyecto: “Tekombo'e Tekove marangatúpe guara:

Construcción de una Escuela para la Educación y el Deporte dejóvenes en riesgo y conflicto con la ley en Itaguá, Paraguay”.

Subvención: 59.083,37 euros.ONGD: “Movimiento por la Paz, el Desarme y la Libertad”

(5/11 PS 11).Proyecto: “Fortalecimiento de la base productiva comuni-

taria de la población de los Montes de María, Colombia”.Subvención: 25.289,47 euros.ONGD: “Fundación Vicente Ferrer” (5/11 PS 12).Proyecto: “Mejora del acceso y calidad de la educación

pública secundaria y pre-universitaria de jóvenes desfavoreci-dos a través de la ampliación de infraestructuras e implementa-ción de equipamiento en dos centros educativos en el distrito deKurnool, India”.

Subvención: 100.000,00 euros.ONGD: “Fundación Tierra de Hombres” (5/11 PS 15).Proyecto: “Stop a la trata de niños, niñas y adolescentes”.Subvención: 3.925,00 euros.ONGD: “Asamblea de Cooperación por la Paz” (5/11 PS

23).Proyecto: “Escuelas sin racismo, Escuelas para la Paz y el

Desarrollo. Resolución de conflictos”.Subvención: 4.003,66 euros.ONGD: “Fundación Iepala” (5/11 PS 27).Proyecto: “El Séptimo Ojo emigra a Sevilla. II Muestra de

películas premiada del Festival de Cine y Derechos HumanosEl Séptimo Ojo es Tuyo”.

Subvención: 11.500 euros.ONGD: “Asociación Nuevos Caminos” (5/11 PS 32).Proyecto: “Mejora de las infraestructuras en el centro de

salud de la Sagrada Familia. República Dominicana”.Subvención: 9.560,66 euros.ONGD: “Delwende” (5/11 PS 33).Proyecto: “Mejora de la dotación en equipamiento de una

Escuela de Educación Primaria en Safane, mediante la instala-ción de placas solares para iluminar tres aulas y la construcciónde un depósito elevado que asegure el abastecimiento de agua.Burkina Faso”.

Subvención: 8.000 euros.ONGD: “Asites - Asociación Internacional Teléfono de la

Esperanza” (5/11 PS 34).Proyecto: “Reparación de las instalaciones y dotación del

equipo necesario del centro comunitario de atención psicológi-ca en Bogotá. Colombia”.

Subvención: 11.761,00 euros.ONGD: “Solidaridad Don Bosco” (5/11 PS 38).Proyecto: “Ampliación de la escuela de Educación

Secundaria para menores en situación de desventaja social enKara. Togo”.

Subvención: 82.135,29 euros.

Sevilla a 13 de febrero de 2012.—El Secretario General,Luis Enrique Flores Domínguez.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley38/03, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el pre-sente anuncio se procede a dar publicidad al acuerdo adoptadopor la Excma. Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, ensesión celebrada el día 23 de diciembre de 2011, por el que seaprueba la concesión de ayudas a ONGDs, en régimen de con-currencia competitiva, para la adquisición de bienes mueblescomplementarios utilizables en proyectos de cooperación reali-zados o a realizar en el presente ejercicio en países considerados

como prioritarios de acuerdo con el Plan Director deCooperación 2010-2013 del Ayuntamiento de Sevilla así comoen Somalia en con cargo a la partida presupuestaria 22000-23101-79000 del ejercicio 2011.

Se conceden subvenciones a las ONGDs por las cantidadesque a continuación se relacionan:

ONGD: Asociación Niños del Tambo (7/11 PS 1).Subvención: 11.041,11 euros.ONGD: Asociación Nuevos Caminos (7/11 PS 2).Subvención: 35.342,79 euros.ONGD: Asecop (7/11 PS 3).Subvención: 43.700,68 euros.ONGD: Fundación del Valle (7/11 PS 4).Subvención: 26.975,54 euros.ONGD: Médicos del Mundo (7/11 PS 5).Subvención: 47.024,64 euros.ONGD: Hamar (7/11 PS 6).Subvención: 27.573,15 euros.ONGD: Asociación Paz con Dignidad (7/11 PS 7).Subvención: 33.454,00 euros.ONGD: Fundación Summa Humanitate (7/11 PS 8).Subvención: 10.111,69 euros.ONGD: Proclade Bética (7/11 PS 9).Subvención: 9.762,80 euros.ONGD: Fundación Vicente Ferrer (7/11 PS 10).Subvención: 47.035,50 euros.ONGD: Cesal (7/11 PS 11).Subvención: 44.098,19 euros.ONGD: Proyecto Solidario por la Infancia (7/11 PS 14).Subvención: 25.411,96 euros.ONGD: Fundación Iepala (7/11 PS 15).Subvención: 24.408,60 euros.ONGD: Acción para el Desarrollo y la Igualdad (7/11 PS 16).Subvención: 10.876,49 euros.ONGD: Infancia sin Fronteras (7/11 PS 17).Subvención: 25.688,62 euros.ONGD: Covide Amve (7/11 PS 18).Subvención: 29.914,58 euros.

Sevilla a 13 de febrero de 2012.—El Secretario General,Luis Enrique Flores Domínguez.

3W-4286

SEVILLAPor acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de

Sevilla, de fecha 13 de abril de 2012, se ha aprobado el Pliegode Prescripciones Técnicas y el Pliego de Cláusulas Adminis-trativas Particulares relativos al Contrato para el Servicio deGestión de un Centro de Noche de Baja Exigencia para Perso-nas en Situación de Exclusión Social y Sin Hogar, en el CentroSocial Polivalente Hogar Virgen de los Reyes, expedientenúmero 2/2012, se procede a la publicación del anuncio delicitación en los términos siguientes:

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Sevilla.b) Dependencia que tramita los expedientes: Servicio de

Cooperación al Desarrollo.c) Obtención de documentación e información:

1. Dependencia: Servicio de Cooperación al Desarrollo.2. Domicilio: Hogar Virgen de los Reyes, calle Fray

Isidoro de Sevilla, s/n.3. Localidad y código postal: 41009 Sevilla.4. Teléfonos: 955473603, 955473952, 955472121 y

955472102.

14 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

5. Fecha límite de obtención de documentación einformación: Hasta el último día de finalizacióndel plazo de presentación de ofertas.

6. Obtención de la documentación asociada al expe-diente:Pliegos de Cláusulas Administrativas y Pliegos dePrescripciones Técnicas: A través de correo elec-trónico: [email protected].

2. Expediente: 2.1 2/2012.a) Objeto: Gestión de un centro de noche de baja exigen-

cia para personas en situación de exclusión social ysin hogar en el Centro Social Polivalente Hogar Vir-gen de los Reyes.

b) Lugar de ejecución: Sevilla.c) Plazo máximo de ejecución: 12 meses.d) Tramitación: Ordinaria.e) Procedimiento: Abierto.f) Presupuesto base de licitación: 394.771,66 € (IVA no

incluido).Importe del IVA: 31.581,73 €.Importe total: 426.353,74 €.

g) Garantía provisional: No se exige.3. Criterios de valoración de las ofertas: Un solo criterio

de valoración.4. Presentación de ofertas:a) Plazo: Quince días naturales, a contar desde la publi-

cación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de laprovincia (si el último día de presentación fuese inhá-bil, se entenderá prorrogado al siguiente hábil). El díade la publicación en el «Boletín Oficial» de la provin-cia se incluye en el cómputo.

b) Los documentos a presentar se encuentran detallados enlos Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares.

c) Lugar de presentación: Registro General del Ayunta-miento de Sevilla, sito en calle Pajaritos núm. 14, delunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas, y sábado, de9.30 a 13.30 horas.

d) Admisión de variantes: No.5. Apertura de ofertas:a) Entidad: Ayuntamiento de Sevilla. Sala de Fieles Eje-

cutores.b) Domicilio: Plaza Nueva núm.1.c) Localidad: Sevilla.d) Apertura de Sobres 2: El segundo martes posterior a

la finalización del plazo de presentación de ofertas,salvo modificación, que se anunciará a los licitadoresmediante publicación en el tablón de edictos y a tra-vés de notificación por correo electrónico.

e) Hora: A partir de las 9.30.6. Los gastos de publicación de este anuncio serán de

cuenta de los adjudicatarios.En Sevilla a 16 de abril de 2012.—El Jefe de Servicio de

Cooperación al Desarrollo, César Gallardo Soler.7W-4946-P

SEVILLA

El Director General de Zonas de Especial Actuación,mediante Resolución nº 1.942, de fecha 12 de marzo de 2012,se ha servido resolver de forma definitiva la Convocatoria deAyudas Públicas a personas afectadas de graves dificultades demovilidad, Programa «Bono-taxi». Habiéndose procedido a laaprobación del segundo pago de las ayudas establecidas en elapartado primero y segundo de la Disposición Cuarta de laconvocatoria. La relación íntegra de los Anexos se encuentranexpuestas en el tablón de anuncios del Registro General delAyuntamiento de Sevilla, sito en calle Pajarito, nº 14 y a efec-tos informativos, en el tablón de anuncios del Área de Familia,Asuntos Sociales y Zonas de Especial Actuación, sito en elCentro Social Polivalente Hogar Virgen de los Reyes, C/ Fray

Isidoro de Sevilla, nº 1. Asimismo, en cumplimiento de lo dis-puesto en el artículo 16.2 de la Ordenanza General de las sub-venciones del Ayuntamiento de Sevilla, se publicará en lapágina web municipal (www.sevilla.org).

La resolución dictada agota la vía administrativa,pudiendo interponerse contra la misma recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos por la Ley regula-dora de dicha Jurisdicción, o, potestativamente, recurso dereposición, conforme a lo dispuesto en el artículo 116 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre.

Sevilla a 16 de abril de 2012.—El Secretario General.—P.D. La Jefa de Servicio de Administración de los ServiciosSociales, Francisca Moreno Batanero.

6D-4953

SEVILLA

De conformidad con el artículo 26 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones y de acuerdo conlo dispuesto en el apartado 13.2 de la Convocatoria públicadel Programa de Ayudas para Iniciativas Empresariales 2010,todo ello en relación con lo previsto en los artículos 58 y 59.6de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y de lasAdministraciones Públicas y Procedimiento AdministrativoComún, por medio del presente anuncio se hace público paraconocimiento de los solicitantes de las ayudas incluidas en elprecitado Programa, que se halla publicado en el tablón deedictos electrónico del Ayuntamiento de Sevilla (www.sevi-lla.org/saet@s), y simultáneamente expuesto en el tablón deanuncios de la Dirección General de Empleo y Economía delAyuntamiento de Sevilla, Servicio de Promoción y FormaciónEmpresarial, sito en calle Santander, 11-13, la notificación dela propuesta de acuerdo adoptada por la Junta de Gobierno dela ciudad de Sevilla, en sesión celebrada el día 16 de marzode 2012. Esta publicación sustituye a la notificación personal,surtiendo los mismos efectos.

Este acuerdo pone fin a la vía administrativa y contradicho acto podrá interponerse recurso de reposición en elplazo de un mes, a partir del día siguiente a la publicación enel «Boletín Oficial» de la provincia de esta notificación, deacuerdo con lo previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y Procedimiento AdministrativoComún, o bien interponer directamente y en el plazo de dosmeses contados a partir del día siguiente a la publicación en el«Boletín Oficial» de la provincia de la notificación, recursocontencioso-administrativo conforme al art. 46 de la Ley29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, los interesados podrán tambiénutilizar otros recursos, si lo estiman oportuno.

Sevilla a 21 de marzo de 2012.—El Secretario General.P.D. La Jefa del Servicio de Promoción y FormaciónEmpresarial, Alicia Domínguez Núñez.

3W-4047

SEVILLA

Habiéndose intentado la notificación de la resolución reca-ída en el expediente instruido en el Servicio de Salud, contra laspersonas que a continuación se relacionan y no pudiéndosepracticar por estar ausente de su domicilio en la hora de repar-to o ser desconocido el mismo, por medio del presente edictose hace publica la notificación de la misma conforme a lo dis-puesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, Reguladora del Ré-gimen de las Administraciones Públicas y Procedimiento Ad-ministrativo Común. El contenido de la resolución recaída es elsiguiente:

La Sra. Directora General de Familia y Salud, por delega-ción de la Junta de Gobierno de esta ciudad de Sevilla, poracuerdo de 27 de junio de 2011 y 8 de julio de 2011, adoptó la

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 15

resolución núm. 1398, de fecha 24-02-2012, con el siguientetenor literal:

Primero.—Ordenar a don Juan Aranda Rodríguez procedera la limpieza (retirada de residuos y basura), de la vivienda quehabita sita en Bda. Juan XXIII, letra k núm. 222, de esta ciu-dad, concediéndose al efecto un plazo de cinco días.

Segundo.—Apercibirle, en virtud de lo establecido en el ar-tículo 95 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, Ley del Régi-men Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, que deno realizar lo ordenado en el plazo señalado, será ejecutado for-zosamente por los Servicios competentes de este Excmo Ayun-tamiento mediante procedimiento de ejecución subsidiaria,conforme a lo establecido en el artículo 98 de la Ley 30/92, de26 de noviembre, Ley del Régimen Jurídico y ProcedimientoAdministrativo Común.

Tercero.—Solicitar la oportuna autorización judicial de ac-ceso al domicilio, en el caso de no permitir la entrada en elmismo a fin de evaluar el cumplimiento del punto primero y delimpieza subsidiaria de residuos y basuras, a fin de restaurar lascondiciones de salubridad pública.

Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y efectos,significándole que contra el acto anteriormente expresado, quees definitivo en vía administrativa, podrá interponer, potestati-vamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes a partirdel día siguiente al del recibo de esta notificación, de acuerdocon lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de26 de noviembre, Ley Régimen Jurídico y Procedimiento Ad-ministrativo Común, o bien interponer directamente y en elplazo de dos meses contados a partir del día siguiente al del re-cibo de esta notificación, recurso contencioso administrativoante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla,conforme a lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/92, de26 de noviembre, Ley Régimen Jurídico y Procedimiento Ad-ministrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/98, de 13 dejulio, Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Adminis-trativa, no obstante, también podrá utilizar otros recursos si loestimase oportuno.

En Sevilla a 27 de marzo de 2012.—El Secretario Gene-ral, P.D. El Jefe de Servicio, Fernando Martínez CañavateGarcía Mina.

253W-4137

SEVILLAGerencia de Urbanismo

El Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo delAyuntamiento de Sevilla, en sesión celebrada el día 21 demarzo de 2012, aprobó inicialmente el proyecto de estatutosde la entidad de conservación a constituir en el API-DE-05(El Pino Este), cuya transcripción literal se incluye en el pre-sente edicto.

ESTATUTOS DE LA ENTIDAD COLABORADORA URBANíSTICADE CONSERVACIÓN DEL API-DE-05 P.I. EL PINO (ESTE), DE SEVILLA

Capítulo IDisposiciones generales

Artículo 1. Constitución y denominación.1. Con el objeto y fines que se especifican en el artículo

siguiente, se constituye la Entidad Urbanística Colaboradorade Conservación del API-DE-05 El Pino (Este), en Sevilla.

La Entidad se regirá por los presentes Estatutos y demásnormativas que sean de aplicación.

2. Para el cumplimiento de sus fines esta Entidad tienecarácter administrativo y adquiere personalidad jurídica desdeel momento de su inscripción en el Registro de EntidadesUrbanísticas Colaboradoras.

Artículo 2. Objeto y fines.La Entidad tiene como objeto la conservación de las obras

de urbanización y servicios del Parque Industrial El Pino(Este), de Sevilla, según delimitación aprobada por el vigentePlan General de Ordenación Urbana, aprobado por resoluciónde la Consejería de Obras Públicas y Transportes de 19 dejulio de 2006, denominada API-DE-05. El alcance y contenidodel deber de conservación de las obras de urbanización, deconformidad con el acuerdo de la Junta de Gobierno de la ciu-dad de Sevilla, de fecha 13 de enero de 2012, en desarrollo yejecución del artículo 3.3.14 de las NN.UU. del Plan Generalde Ordenación Urbanística, publicado en el «Boletín Oficial»de la provincia de Sevilla de 13 de marzo de 2012 (n.º 60), esel siguiente:

1. Conservación de pavimentos: En un doble sentido, deun lado preventivo y de otro reparador en el sentido de incluiractuaciones para paliar o reponer desperfectos de la obra civilexistente en el ámbito concreto de que se trate, debido funda-mentalmente al deterioro de viales y acerados por obras quepueden desarrollarse en el ámbito, derivadas de las nuevas edi-ficaciones, el incremento del tráfico rodado a medida que seva consolidando la edificación en el ámbito, etc.

2. Limpieza viaria: Incluye barrido manual, mecánico ymixto de las zonas peatonales y calzadas; vaciado, manteni-miento de las papeleras; baldeo mecánico de los viales desti-nados a tráfico rodado; limpieza de alcorques, manchas yderrames de pavimentos, retirada de carteles y pancartas queno estén autorizados administrativamente, así como todas lasque puedan derivarse de cualquier urgencia o protección civil.

3. Mobiliario urbano (papeleras, juegos de niños, etc.) yfuentes ornamentales, en su caso, que pueda incluir el Pro-yecto de Urbanización: Incluiría sin carácter exhaustivo lalimpieza y mantenimiento general, así como la pintura delmobiliario urbano.

4. Alumbrado público: Las actuaciones sobre las infraes-tructuras del alumbrado público dadas las importantes implica-ciones en materia de seguridad que tiene intervenir sobre ellasse establece como más conveniente para el interés público queel deber de conservación de esta infraestructura se realice enforma de contribución económica por cada punto de luz pre-visto en el ámbito.

Esta contribución económica se determinará en elmomento de la formalización del documento administrativo enel que se ponga a disposición de la Entidad de Conservaciónlas obras de reurbanización por parte del Ayuntamiento y arazón del coste que según los contratos de conservación ymantenimiento que para la infraestructura eléctrica mantieneel Ayuntamiento en el resto de la ciudad. Esta contribución fijase revisará anualmente en función del incremento que experi-mente anualmente este tipo de contrataciones.

En consecuencia de ello, será competencia y responsabili-dad del Ayuntamiento el mantenimiento general de estainfraestructura, incluida la reposición de lámparas y equiposde encendido, pintados de báculos, reposición, etc., así comoel consumo eléctrico.

5. Mantenimiento general del nomenclátor de las calles yavenidas existentes en el ámbito: Incluyendo el deber de con-servación en este aspecto no sólo la limpieza de estos materia-les tanto los que puedan instalarse en las fachadas como, en sucaso, mediante báculos en los acerados, sino también su repa-ración en el supuesto de desperfectos.

6. Jardinería: Incluye el mantenimiento general, incluidosustituciones de especies que puedan resultar necesarias, lim-pieza, podas, incluidas las especiales según especies y tempo-rada del año de todos los espacios públicos ajardinados delámbito, incluyendo parques de sistema local, demás espaciosajardinados, así como las especies arbóreas que puedansituarse en los viarios; mantenimiento de los mecanismos decontrol de riego y filtración; adecuación de alcorques, etc.

16 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

7. Recogida de residuos sólidos: En lo que se refiere a larecogida de residuos sólidos, hay que indicar que la Orde-nanza de Limpieza Pública y Gestión de Residuos Urbanos deSevilla de 2003, siguiendo el criterio establecido por la Ley10/1998, de 21 de abril, de Residuos, atribuye a LIPASAM laretirada de los residuos urbanos domiciliarios y asimilados,definiéndolos como un servicio de prestación obligatoria porparte del Ayuntamiento y de recepción obligatoria para losusuarios. Asimismo, debe tenerse en cuenta que por el princi-pio de responsabilidad en la gestión de los residuos peligrosos,cuyo coste de gestión, tal y como establece la Ley 10/1988,serán asumidos por sus productores, por lo que serán éstos losque los sufraguen sin que pueda imponerse a otros que no hanintervenido en su producción, como sería su imposición a laEntidad Urbanística de Conservación.

Para su consecución, desarrollará las siguientes actividades:a) Contratará y financiará la conservación de las obras

de urbanización del Parque Industrial, con el controlde la Administración Municipal.

b) Velará por la correcta prestación de los serviciospúblicos del Parque mediante la contratación directacon las entidades públicas y empresas suministradorascorrespondientes.

c) Realizará cuantas gestiones sean necesarias ante todaclase de organismos públicos y privados que sirvanpara los objetivos genéricos de conservación enuncia-dos y que, en definitiva, contribuyan a mejorar laorganización de la convivencia.

d) Cualesquiera otros que se acuerden acometer, adopta-dos con quórum suficiente por la Asamblea General, yque, encuadrándose dentro de los fines legales de laEntidad, sean debidamente autorizados por la Admi-nistración actuante.

Artículo 3. Capacidad.La Entidad tiene plena capacidad jurídica para el cumpli-

miento de los fines determinados en los presentes Estatutos yen la legislación en vigor.

Artículo 4. Domicilio.1. El domicilio de esta Entidad se fijará en lugar que se

señale en la escritura de constitución de la Entidad de Conser-vación.

2. La modificación del domicilio requerirá previo acuerdode la Asamblea General de esta Entidad, que se comunicará ala Administración actuante y se anotará en el Registro de Enti-dades Urbanísticas Colaboradoras.

Artículo 5. Administración actuante.La Administración bajo cuyo control y tutela actúa esta

Entidad es la del Ayuntamiento de Sevilla, quien ejercerá susfunciones a través de sus organismos competentes.

Artículo 6. Duración.La Entidad tiene una duración indefinida, conforme a lo

previsto en el artículo 3.3.14 de las NN.UU. del PGOU deSevilla de 2006.

Capítulo IIDe los miembros

Artículo 7. Sujetos que integran la Entidad.1. La Entidad de Conservación está integrada, necesaria y

obligatoriamente, por todas las personas físicas y jurídico,tanto públicas como privadas, que sean propietarias de las par-celas lucrativas edificables y dotacionales privadas incluidasen el ámbito API-DE-05 El Pino (Este).

Cuando la titularidad de las parcelas la ostente una comu-nidad de propietarios, la condición de miembro de la Entidad,como condición «ob rem» y de naturaleza consorcial la osten-tarán de modo mancomunado los propietarios que la integren,

los cuales ejercerán los derechos y cumplirán las obligacionesde la comunidad de modo conjunto y unitario a través de laspersonas u órganos a los que corresponda su administración yrepresentación.

2. Los cotitulares de una finca habrán de designar unasola persona para el ejercicio de las facultades como miembrosde la entidad, respondiendo solidariamente frente a ella decuantas obligaciones dimanen de dicha condición. Si no desig-nare representante en el plazo de un mes, a contar desde la ins-cripción de cotitularidad, se propondrá por el órgano compe-tente de la misma.

3. Cuando sobre las parcelas se constituyeran regímenesde propiedad en los que la titularidad sobre los elementos pri-vativos tenga inherente un derecho de comunidad especialsobre los elementos o derechos inmobiliarios de utilidadcomún (propiedad horizontal, multipropiedad, complejos urba-nos, conjuntos inmobiliarios y otras situaciones análogas decotitularidad) a los que la Ley permita dotarse de órganos deadministración y gobierno, la representación de la comunidadde propietarios la asumirá su Presidente o quien proceda con-forme a lo legalmente establecido.

4. Cuando las fincas pertenezcan a menores o personasque tengan limitada su capacidad de obrar, estarán representa-dos en la Entidad por quienes ostenten la representación legalde los mismos.

5. En el caso de que alguna parcela pertenezca en nuda pro-piedad a una persona, teniendo cualquier otra el derecho reallimitativo del dominio, los derechos y obligaciones derivados desu incorporación a la Entidad corresponderá a la primera.

6. También integrarán la Entidad de Conservación, en sucaso, los adjudicatarios de las concesiones administrativas quepudieran otorgarse sobre las parcelas dotacionales existentesen el ámbito territorial de la entidad.

7. El Ayuntamiento de Sevilla, a través de su Gerencia deUrbanismo en calidad de Administración Actuante, estará inte-grado en la entidad.

Artículo 8. Derechos y obligaciones.1. Los miembros de la Entidad tendrán plena igualdad de

derechos u obligaciones, cualquiera que sea el momento legalen que se incorporen a la Entidad.

2. Salvo pérdida de la propiedad o copropiedad de la fincaperteneciente al polígono, la condición de miembro de la mismaes irrenunciable y, como consecuencia de ello, también lo sonlos derechos y obligaciones inherentes a dicha condición.

3. Los miembros tienen los siguientes derechos:a) Participar, con voz y voto, en la Asamblea General.b) Usar las instalaciones comunes de la Entidad.c) Obtener copias y certificaciones acreditativas de los

acuerdos sociales y sus antecedentes, consultar losarchivos y registros de la Entidad y cuanta informa-ción requieran de las mismas y de sus órganos.

d) Presentar propuestas y sugerencias.e) Ejercer cualquier derecho derivado de los presentes

Estatutos y disposiciones legales aplicables.4. Son obligaciones de los miembros:a) Las que se deriven como prestaciones individualiza-

das de las resoluciones de los órganos competentes dela Entidad, en cumplimiento de las prescripciones ynormas legales o estatutarias dimanantes de los finesde la misma.

b) Satisfacer puntualmente las cuotas ordinarias o extraor-dinarias establecidas por la Entidad para hacer frente ala actividad de conservación y correlativos gastos gene-rales, que tiene encomendada, así como cualquier otraobligación de naturaleza económica que legalmentederive del cumplimiento de sus fines estatutarios.

c) Mantener en buen estado de conservación las fincasprivativas, resarciendo cualquier daño que ocasionenen las obras e instalaciones conservadas por la Entidad.

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 17

d) Permitir el acceso a las fincas privativas siempre queasí lo requieran las actividades de conservación de laEntidad, sin perjuicio de que, en todo caso, las actua-ciones se realicen ocasionando las menores molestiasy daños que sea posible y resarciendo los que singu-larmente se produjeren.

e) Comunicar a la Entidad, con un plazo de antelaciónde dos meses si ello fuera posible, el propósito detransmitir la titularidad de la finca.

f) Cumplir con todas las obligaciones que se derivan dela aplicación y eficacia de los presentes Estatutos y delas disposiciones legales que sean de aplicación.

g) Abonar a la Gerencia de Urbanismo los gastos deconstitución y puesta en funcionamento de la Entidadde Conservación, tales como gastos notariales o regis-trales, que hayan sido satisfechos anticipadamente porla propia Gerencia, conforme a sus respectivas cuotas.

5. La participación de los propietarios de parcela lucrativaen la obligación de conservación y mantenimiento de las obrasde urbanización, dotaciones e instalaciones de los serviciospúblicos, que no hayan permanecido a cargo de la Administra-ción actuante, se determinará en función de las cuotas asigna-das a las fincas o parcelas de propiedad individual o en comu-nidad de forma que totalicen cien enteros. Dicho porcentaje secalculará en proporción al total construible en cada una deesas fincas en relación con el total correspondiente al polí-gono, con independencia de su grado de edificación y de laedificabilidad que hubieran efectivamente consumido.

La participación de los titulares de las concesiones admi-nistrativas de las parcelas dotacionales que, en su caso, puedanestablecerse, se determinará en base al aprovechamiento teó-rico efectivamente materializado.

En el supuesto que se constituyan las citadas concesionesadministrativas sobre las parcelas dotacionales, no se proce-derá a la revisión o modificación de los porcentajes aplicadosal resto de miembros de la Entidad de Conservación, si no queacrecerá el porcentaje total de cuotas que contribuyen a lacitada Entidad, salvo acuerdo en contrario adoptado por laAsamblea General.

Las fincas ocupadas por construcciones en régimen decopropiedad distribuirán internamente la cuota general asig-nada, de acuerdo con las que, respectivamente, tengan estable-cidas para cada uno de los condominios que la componen.

En los supuestos de parcelas en los que concurran situa-ciones de cotitularidad el derecho de votos de los comunerosse ejercerá mancomunadamente como decida la mayoría, pre-sumiéndose que su representante ostenta dicha mayoría.

Artículo 9. Régimen de transmisión de la condición demiembro de la Entidad de Conservación.

La transmisión de la titularidad de fincas llevará consigola subrogación en los derechos y obligaciones del enajenantede las mismas, entendiéndose incorporado el adquirente a laEntidad a partir del momento de dicha transmisión. A esteefecto, en el título de transmisión deberá expresarse el com-promiso relativo a la conservación de las obras y servicios dela urbanización, con expresa aceptación de los mismos por eladquirente. Este compromiso será debidamente formalizado enla correspondiente escritura pública inscrita en el Registro dela Propiedad, una copia de la cual deberá ser presentada anteel Ayuntamiento para que las relaciones y acuerdos con terce-ros surtan efectos ante esta Administración y se produzca lasubrogación de los futuros propietarios a tal efecto.

Capítulo IIIDe los órganos de la Entidad

Artículo 10. Enumeración.La organización de esta Entidad se estructura de acuerdo

con los siguientes órganos:

a) Son órganos de gobierno y administración: La Asam-blea General y el Presidente.

b) Son órganos complementarios de administración: ElSecretario y el Tesorero.

Sección 1.ªDe la Asamblea General

Artículo 11. Constitución.1. Estará constituida por todos los miembros y conocerá y

decidirá sobre los asuntos propios de su competencia.2. La Administración actuante designará un representante.3. Todos los miembros, incluso los disidentes y los que no

hayan asistido a la reunión, quedarán sometidos a los acuerdosválidamente adoptados, sin perjuicio de las acciones que enderecho procedan.

Artículo 12. Sesiones.1. La Asamblea General celebrará sesiones ordinarias dos

veces al año (dentro del primer y cuarto trimestre de cada año)y extraordinarias cuando lo estime necesario el Presidente, o apetición escrita de un número de miembros que representen,como mínimo, la tercera parte de las cuotas de participaciónde la Entidad. En este último caso, el Presidente deberá convo-car la sesión solicitada en el plazo de quince días hábilessiguientes, a contar desde la solicitud.

2. En las sesiones ordinarias, además de los asuntos queseñale el Presidente, o los miembros que representen la terceraparte del total, se tratará especialmente, en la primera, la apro-bación de la Memoria de gestión y las cuentas del ejercicioanterior, y en la segunda, del presupuesto para el ejerciciosiguiente y de las cuotas provisionales o complementarias asatisfacer durante el mismo.

3. En las sesiones extraordinarias se determinará con cla-ridad y precisión los temas que deseen someterse a la Asam-blea, y no podrán tratarse otros asuntos que los incluidos en elorden del día.

Artículo 13. Facultades de la Asamblea General.La Asamblea General está facultada para examinar y resol-

ver sobre las siguientes materias:a) Modificación de los Estatutos, sin perjuicio de la

aprobación posterior por la Administración actuante.b) Nombramiento y cese del Presidente.c) Aprobar los presupuestos y cuentas anuales de la

Entidad, así como las ordinarias que requieran la ges-tión de la misma.

d) Establecer el régimen de contratación de todas lasobras y servicios de la Entidad.

e) Acordar las operaciones de crédito o garantía y losgastos extraordinarios o la adopción de medidasexcepcionales que originen obligaciones y no tenganconsignación en el presupuesto de la Entidad.

f) Adoptar los acuerdos relativos a la imposición de cuo-tas extraordinarias.

g) Fijación de cantidades para formar o incrementar, ensu caso, un fondo de reserva.

h) Resolver todas las cuestiones referentes a la distribu-ción equitativa de beneficios y cargas entre los miem-bros que se deriven de las obligaciones nacidas de lagestión de los fines de esta Entidad, según lo reguladoen los presentes Estatutos.

i) Aprobar el régimen de funcionamiento de la adminis-tración de esta Entidad, así como la plantilla de supersonal, si lo hubiere, y medios materiales de que sedote.

j) Desarrollar la gestión económica de la Entidad con-forme a los presupuestos aprobados y contabilizar susresultados.

k) Realizar todos los actos de administración y gestiónde la Entidad.

18 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

l) Proponer la disolución de la Entidad a la Administra-ción actuante.

Sección 2.ªDe los órganos unipersonales

A) Del Presidente.

Artículo 14. Designación.El Presidente será elegido por la Asamblea General en su

sesión constitutiva, o en las sucesivas renovaciones. En casode ausencia o enfermedad, el Presidente será sustituido por elmiembro de la Asamblea General de mayor edad, exceptuandoel Secretario.

La duración del cargo de Presidente será de 4 años, siendoprorrogable.

Artículo 15. Facultades.a) Convocar, presidir y dirigir las deliberaciones de la

Asamblea General de la Entidad y dirimir los empatescon voto de calidad.

b) Representar a la Entidad, en toda clase de negociosjurídicos, pudiendo conferir mandatos a terceras per-sonas, para el ejercicio de dicha representación, tantoa efectos judiciales como extrajudiciales. Dichos man-datos deberá ponerlos en conocimiento de la Asam-blea General.

c) Autorizar los actos y certificaciones de los acuerdosde la Asamblea General y cuantos documentos así lorequieran.

d) Ejercer en la forma que la Asamblea General pres-criba cuantas gestiones sean necesarias para el des-arrollo normal de la Entidad.

e) Desarrollar todas las funciones que le encomiende odelegue la Asamblea General.

f) Canalizar las relaciones de la Entidad con la Adminis-tración actuante.

g) Efectuar las contrataciones que le encomiende laAsamblea General.

h) Ordenar los pagos y cobros de la entidad.

B) Del Secretario y el Tesorero.

Artículo 16. Designación.El Secretario y el Tesorero serán nombrados por la Asam-

blea General en su sesión constitutiva o en las sucesivas reno-vaciones entre los miembros de la misma. El Secretario serásustituido en las sesiones, en caso de ausencia justificada o deenfermedad, por el miembro de la Asamblea General de menoredad, excluido el Presidente.

Artículo 17. Facultades del Secretario.El Secretario levantará acta de las reuniones de la Asam-

blea General, haciendo constar el resultado de las votaciones ylos acuerdos adoptados; expedirá las certificaciones con elvisto bueno del Presidente; organizará los servicios de régimeninterior de la Entidad y, de modo especial, la existencia de unLibro Registro en el que se relacionarán los miembros inte-grantes de la Asociación, con expresión de sus circunstanciaspersonales, domicilio, fecha de incorporación, cuota de parti-cipación y número de votos, descripción de las fincas de queson titulares en la Entidad y cuantos datos complementarios seestimen procedentes, y realizará, asimismo, los actos de ges-tión administrativa y demás funciones que especialmente se leencomienden por el Presidente.

Artículo 18. El Tesorero.Serán funciones del Tesorero realizar los pagos y cobros

que correspondan a los fondos de la Entidad, así como la cus-todia de éstos, rendir cuentas de la gestión presupuestaria de laasociación, y cumplir todas las demás obligaciones que, res-pecto a su cometido, se establezcan por disposiciones legales oacuerdos de la Entidad.

Artículo 19. Del Vicepresidente.El Vicepresidente será designado por la Asamblea General,

y sus funciones serán las de suplir al Presidente en caso deimposibilidad o ausencia de aquél, en todas las funciones quele vienen estatutariamente encomendadas.

Artículo 20. De los Vocales y la Junta Directiva.La Asamblea General podrá decidir a la vista de las nece-

sidades de trabajo y de las labores que haya que ejecutar, si seconstituye una Junta Directiva integrada por un número deVocales que no podrá ser inferior a 5 ni superior a 11.

Son Vocales natos de dicha Junta Directiva el Presidente,el Vicepresidente, el Secretario y el Tesorero.

En consecuencia, podrán designarse un mínimo de uno yun máximo de siete Vocales más.

La Junta Directiva actuará como órgano colegiado, adop-tando las decisiones en su seno por mayoría simple de los asis-tentes, y se reunirá siempre que la convoque el Secretario, pororden del Presidente.

Para ello bastará la simple comunicación con 48 horas deantelación a los miembros que la integran.

Los Vocales podrán ejercer, por delegación del Presidente,del Secretario, o del Tesorero, aquellas funciones que le vie-nen estatutariamente encomendadas, e igualmente adoptarcompromisos permanentes en determinadas áreas de trabajo,de las que se responsabilizará ante el Presidente y en últimocaso ante la Asamblea General.

C) Del régimen de los cargos de la entidad.

Artículo 21. Principio de gratuidad.Los cargos de la Entidad se ocuparán en régimen de pres-

tación personal gratuita. Todo ello sin perjuicio de abono delos gastos realizados en el ejercicio de su cargo.

No obstante ese principio, la Asamblea General podráacordar el encomendar las funciones de Secretario y Tesoreroa administradores o a entidades profesionales, los cuales seránretribuidos por sus trabajos.

Capítulo IVDel régimen de convocatoria, desarrollo de sesiones

y acuerdos

Artículo 22. Requisitos de la convocatoria.1. La Asamblea General de la Entidad será convocada por

el Secretario, de orden del Presidente.2. La convocatoria expresará los asuntos a que se han de

circunscribir las deliberaciones y acuerdos, así como la indica-ción de que en el domicilio social se halla a disposición de losasociados la documentación de los asuntos objeto del ordendel día, hasta el día anterior a la reunión.

3. La convocatoria de la Asamblea General se harámediante carta remitida por correo certificado a los domiciliosdesignados por los miembros, con diez días de antelación, almenos, a la fecha en que haya de celebrarse la reunión. Con lamisma antelación se fijará un anuncio en el domicilio social dela Entidad.

Artículo 23. Quórum de constitución y de votación.1. La Asamblea General quedará válidamente constituida,

en primera convocatoria, cuando concurran presentes o repre-sentados con representación por escrito y para cada reunión lamayoría de miembros que la integren. En segunda convocato-ria, que se celebrará una hora después de la primera, seráválida la constitución, cualquiera que sea el número de miem-bros concurrentes, siempre que estén presentes el Presidente yel Secretario o quienes legalmente les sustituyan.

2. Los acuerdos de la Asamblea General de la Entidad seadoptarán por mayoría simple de las cuotas de participaciónpresentes y representadas con arreglo a estos Estatutos.

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 19

3. En caso de empate, será dirimente el voto del Pre-sidente.

Artículo 24. Acuerdos.1. Los acuerdos de la Asamblea General de la Entidad,

válidamente adoptados según los Estatutos, serán obligatoriosy ejecutivos, incluso para los ausentes o disidentes, sin perjui-cio de las acciones que en derecho procedieran.

2. Los acuerdos sobre designación, elección o renova-ción de cargos sociales deberán ser puestos en conocimientode la Administración actuante para conocimiento del mismoe inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Cola-bora-doras.

3. Contra los acuerdos o resoluciones de la AsambleaGeneral podrá interponerse recurso ordinario ante la Adminis-tración municipal actuante dentro del plazo de un mes, a con-tar desde el siguiente al de su notificación, o desde el momentode la adopción del acuerdo si el recurrente fuera un miembropresente en dicho órgano.

Artículo 25. Actas.1. De los acuerdos de la Asamblea se levantará acta que,

una vez aprobada en la reunión siguiente, se transcribirá en elrespectivo libro, que deberá estar foliado y encuadernado ylegalizada cada hoja con la rúbrica del Presidente de la Enti-dad, y en el que se expresará en su primera página, mediantediligencia de apertura firmada por el Secretario, el número defolios y fecha de apertura.

2. En lo no previsto será de aplicación lo dispuesto en lalegislación de Régimen Local a este respecto.

3. A requerimiento de los miembros o de la Administra-ción actuante, deberá el Secretario de la Entidad, con el vistobueno del Presidente, expedir certificaciones del contenido delLibro de Actas.

Capítulo VRégimen económico

Artículo 26. Medios económicos.1. La Hacienda de la Entidad estará integrada por los

siguientes ingresos:a) Las cuotas de toda índole de los miembros, cuya

cuantía y periodicidad podrá variar la AsambleaGeneral.

b) Subvenciones, auxilios, donativos y otros ingresos.2. Si durante el ejercicio surgiera una necesidad

imprevista que exigiere un gasto extraordinario, será pre-ciso acuerdo de la Asamblea especialmente convocada aeste objeto.

Artículo 27. Presupuesto.1. Se redactará y aprobará anualmente un presupuesto

ordinario.2. Su partida de ingresos la constituirá el superávit ante-

rior, si lo hubiere, las subvenciones o donativos que se recibie-ren y cualquier otro ingreso previsible.

3. Su partida de gastos será constituida por los ordinariosy generales de conservación, locales, mobiliario y material, ylos gastos previstos para la consecución de los fines de conser-vación de esta Entidad.

4. Se nivelará el presupuesto con la cuota que hayan desatisfacer los miembros.

Artículo 28. Pago y recaudación de cuotas.1. Las cuotas de los miembros y demás cantidades que

deban satisfacer éstos serán ingresadas en los plazos y fechasque fije la Asamblea General.

2. El impago de las cuotas en los plazos que se determinepor la Asamblea General producirá los siguientes efectos:

a) Terminado el período de pago voluntario, la cuota exi-gible se verá incrementada automáticamente en un2%, con independencia de la demora en el pago, y serequerirá por el Presidente de pago al propietariomoroso.

b) Si la cuota exigible con el recargo señalado en elpunto anterior no se abonase en el plazo de un mesdesde el vencimiento del período voluntario, dichacuantía se incrementaría por aplicación del interésresultante de incrementar en 6 puntos el interés legal.

c) Los recargos previstos en los apartados anterioresserán compatibles con la solicitud, dirigida por el Pre-sidente a la Administración actuante, para la exacciónde las cantidades adeudadas por la vía de apremio.Dicha solicitud llevará aparejada, desde su fecha, laimposiblidad de nuevos recargos por demora, exceptolos que conlleve la vía solicitada.

d) Los efectos y procedimientos anteriores serán compa-tibles con la posibilidad de proceder judicialmentecontra el moroso.

e) Los procedimientos establecidos por los apartados c)y d) no se podrán instar hasta que transcurra, comomínimo, el plazo de un mes desde que por el Presi-dente se requiera de pago al moroso.

f) Serán de cuenta de los miembros morosos los gastos ycostas judiciales y extrajudiciales que, en su caso, seprodujeren.

3. El requerimiento de pago se realizará mediante cartacertificada, oportunamente sellada por la Oficina de Correos, ocualquier otro medio que permita tener constancia de la recep-ción y su fecha, de la persona que la recibe, y de la identidadde lo notificado. El requerimiento se dirigirá al domicilio queel miembro de la Entidad haya fijado al efecto, pudiéndosehacer cargo de la notificación cualquiera de las personas queseñala el art. 59 de la L.P.A.C. y P.A.C. Cuando el domiciliofijado por el miembro para las notificaciones fuese erróneo yse ignore su domicilio real, el requerimiento se hará medianteanuncio en el domicilio social de la Entidad.

Artículo 29. Contabilidad.1. La Entidad llevará la contabilidad de la gestión econó-

mica en libros adecuados para que, en cada momento, puedadarse razón de las operaciones efectuadas y se deduzcan deellos las cuentas que han de rendirse.

2. Obligatoriamente la contabilidad constará, comomínimo, de libro de ingresos, gastos y caja, que estarán acargo del Tesorero de la Entidad.

3. La Asamblea General podrá designar una Comisióncensora de cuentas constituida por tres miembros de la Enti-dad, con el fin de revisar la contabilidad de la misma e infor-mar de ello al indicado órgano colegiado.

Capítulo VIDel sistema de garantías en el ámbito de la Entidad

Artículo 30. Reclamaciones y recursos.1. Contra las resoluciones del Presidente de la Entidad se

podrá entablar potestativamente, reclamaciones ante la Asam-blea General en el plazo de quince días a partir del siguiente alde la notificación.

2. En cualquier caso, contra los acuerdos de la AsambleaGeneral cabe el recurso ordinario a que se refiere el artículo24.3 de estos Estatutos.

Artículo 31. Legitimación.Están legitimados para interponer recursos contra los

acuerdos de esta Entidad todos los miembros de la misma,además de aquellos a quienes el régimen jurídico administra-tivo vigente les reconozca también legitimación suficiente enrelación con los que les puedan afectar.

20 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

Capítulo VIIDe la disolución y liquidación de la Entidad

Artículo 32. Causas de disolución.1. La Entidad de Conservación quedará disuelta cuando

así lo imponga una disposición legal. También lo podrá sercuando, sin que haya previsión legal o reglamentaria al res-pecto, se produzcan causas de fuerza mayor o razones de inte-rés general, debidamente justificadas, que aconsejen solicitarla indicada disolución.

2. En cualquier caso, la disolución de la Entidad requeriráacuerdo aprobatorio de la Administración actuante.

Artículo 33. Liquidación.Acordada válidamente la disolución de la Entidad, la

Asamblea General, por sí, o mediante los Censores de Cuen-tas, si los hubiere nombrado, procederá a efectuar la liquida-ción de la misma, mediante el cobro de créditos y pago dedeudas pendientes. Si hubiere remanente la distribuiría entrelos miembros, en proporción a sus cuotas de participación.

Disposición adicionalEn lo no previsto en los presentes Estatutos será de aplica-

ción la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, el Regla-mento de Gestión Urbanística o normativa que lo sustituya ydisposiciones concordantes, y de modo supletorio, la Norma-tiva General en materia de Asociaciones.

El expediente instruido al efecto se encuentra de mani-fiesto en el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos dela Gerencia de Urbanismo (sita en el recinto de La Cartuja,avenida Carlos III, s/n, edificio n.º 5; horario de informaciónal público: consulta de expedientes de lunes a viernes, de 9.00a 13.30 horas, y consulta técnica previa cita al teléfono955476300), a los efectos de información pública durante unplazo que finalizará una vez transcurrido un mes, a contardesde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el«Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, durante el cualcualquier persona que lo considere oportuno podrá examinarel expediente y formular las alegaciones que estime pertinen-tes al respecto (en el Registro de la Gerencia de Urbanismo oen cualquiera de las formas previstas en la Ley 30/92), todoello de conformidad con el art. 131.2 de la Ley 7/2002, de 17de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en laredacción dada por el art. 34 de la Ley 2/2012, de 30 de enero,de modificación de la anterior, y los artículos 161 y 162 delR.D. 3288/78, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Regla-mento de Gestión Urbanística.

Sevilla a 26 de marzo de 2012.—El Secretario de laGerencia, Luis Enrique Flores Domínguez.

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SEVILLAGerencia de Urbanismo

DEPARTAMENTO DE CONTROL DE LA EDIFICACIÓN.SERVICIO DE DISCIPLINA URBANíSTICA.SECCIÓN: ADMINISTRATIVA. EXPEDIENTE: 83/2010.LUGAR: CALLE DOÑA CLARINES, FRENTE C/. CARLOS BRUJES.RESPONSABLE: SE DESCONOCE.Zona 3.CRV.REF.: PUBLICIDAD.

Habiéndose intentado la notificación de la resolución reca-ída en el expediente instruido en el Servicio de Disciplina,Sección Administrativa, contra las personas que a continua-ción se relacionan, y no pudiéndose practicar por estar ausentede su domicilio en la hora de reparto o ser desconocido elmismo, por medio del presente edicto se hace pública la notifi-cación de la misma, conforme a lo dispuesto en el art. 59.4 dela Ley 30/92, Reguladora del Régimen de las Administracio-

nes Públicas y Procedimiento Administrativo Común. El con-tenido de la resolución/acuerdo recaída es el siguiente:

La Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo, pordelegación del Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 18de julio de 2007, se ha servido aprobar con fecha 9 de marzode 2011, la siguiente propuesta del señor Gerente, cuyo tenorliteral es como sigue:

Girada visita de inspección a la finca sita en calle DoñaClarines, frente calle Carlos Brujes, por la Sección Técnica seemite informe en fecha 23 de febrero de 2011, del siguientetenor literal:

Servicio de Disciplina Urbanística. Sección Técnica.Expediente: 085/2010.Decreto fecha: 25/11/2010.Fecha de la visita: 02/12/2010.Ubicación: Calle Doña Clarines, junto a entrada de garaje

«Quiosco».Persona que efectúa la visita: Don Óscar Conde Melgar.Publicidad Negociado Técnico: 5. Zona: 3. Subzona: 6.Señor Gerente: Se emite informe sobre la visita realizada

en el lugar de referencia:— Descripción del inmueble o emplazamiento:Clasificación del suelo: Urbano.Calificación: Viario público.— Antecedentes:Promotor: Don Manuel Gómez Rodríguez.Domicilio: Calle Ventolera, 36, 3.º-Izq. (41013-Sevilla).Beneficiaria del mensaje: «Clínica Corpas Dental».Dirección beneficiaria: C/. Almirante Topete, 1 (41013-Sevilla).Datos de la licencia: Tiene licencia de ocupación de la vía

pública para quiosco, expediente 3453/84, a favor de donManuel Gómez Rodríguez, y de auxiliar, doña Mercedes Gar-cía Sánchez.

Descripción de la obra o instalación: La instalación objetodel presente expediente consiste en un cartel publicitario de,aproximadamente, 1,20 x 0,40 m2, siendo la beneficiaria delmensaje «Clínica Corpas Dental».

— Estado de las obras o instalación:Estado: Instalada y en uso.Presupuesto: El presupuesto de las obras objeto del pre-

sente expediente se estima inferior a seis mil euros (6.000 €).Normativa de aplicación: Plan General de Ordenación

Urbana aprobado definitivamente por resolución de la Conse-jería de Obras Públicas y Transportes el 14/07/2006 y publi-cado en el «BOJA» n.º 174, de fecha 7/09/2006. OrdenanzaMunicipal Reguladora de los quioscos de prensa, revistas ypublicaciones; chucherías; flores y otros instalados en vías yespacios libres de la ciudad, aprobada definitivamente por elExcmo. Ayuntamiento Pleno en sesión de 19 de marzo de 2008.

Análisis de la legalidad: Girada visita de inspección a lafinca de referencia, cabe informar lo siguiente: Se com-prueba la existencia en el quiosco objeto del presente expe-diente de un cartel publicitario de, aproximadamente, 1,20 x0,40 m2, dispuesto en la cara interior de la puerta abatible delquiosco, incumpliendo el art. 4 de la Ordenanza MunicipalReguladora de quioscos de prensa, al exceder los 6 m2 esta-blecidos como superficie máxima destinada a mensajes. Enconsecuencia, el cartel publicitario objeto del presente expe-diente se considera no legalizable, proponiendo comomedida de restitución de la realidad física alterada el des-montaje inmediato de dicho elemento.

Lo que le comunico a los efectos oportunos.Sevilla a 23 de febrero de 2011.—La Arquitecta Técnica.

Fdo.: Carmen Leal Fernández. V.º B.º: El Jefe de la SecciónTécnica del Servicio de Disciplina. Fdo.: Ramón FernándezChillerón.

A la vista del art. 34 de la Ordenanza Reguladora de laActividad Publicitaria visible desde la vía pública, de 25-2-99,toda infracción de esta Ordenanza podrá dar lugar a la adop-

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 21

ción de las medidas legalmente previstas que sean proceden-tes, a fin de restablecer la legalidad infringida.

Conforme al art. 46.2 de la misma, cuando las instalacio-nes publicitarias no fueran legalizables conforme a la presenteOrdenanza, se procederá igualmente a impedir con carácterdefinitivo dicha actividad, previa audiencia a los interesados,conforme a la normativa de procedimiento vigente.

A la vista de lo expuesto, y de lo dispuesto en el art. 183de la L.O.U.A., modificada por la Ley 13/2005, de 11 denoviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y Suelo,y artículos 47 y 49 del Decreto 60/2010, de 16 de marzo,por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanís-tica de la Comunidad Autónoma de Andalucía (R.D.U.A.)(«BOJA» de 7 de abril de 2010), el Gerente que suscribe, enuso de las facultades conferidas por el art. 27.22.º de losEstatutos de la Gerencia de Urbanismo, viene en formular lasiguiente propuesta:

Primero: Iniciar procedimiento administrativo para la res-titución de la realidad física alterada por la instalación publici-taria ejecutada sin licencia en el quiosco sito en la calle DoñaClarines, frente calle Carlos Brujes, conforme a lo previsto enel artículo 183 de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordena-ción Urbanística de Andalucía («BOJA» 31-12-2002), y ar-tículos 47 y 49 del R.D.U.A.

Segundo: Conceder al interesado un plazo de audiencia dediez días para que presente cuantas alegaciones y justificacio-nes estime convenientes en defensa de sus derechos, concarácter previo, en su caso, a la propuesta de restitución de loinstalado no legalizable en la finca de referencia, en aplicacióndel art. 84 de la L.R.J.A.P. y P.A.C.

Tercero: Notificar este acuerdo a los interesados.Cuarto: Facultar al señor Gerente para la ejecución de los

presentes acuerdos.Lo que le comunico para su conocimiento y efectos opor-

tunos, sirviéndose firmar el adjunto duplicado. Sevilla, 15 demarzo de 2011.—El Secretario de la Gerencia. P.D.: La Jefadel Servicio de Disciplina Urbanística. Fdo.: Amparo Gue-rrero Núñez.

Destinatario: Don José Manuel Gómez Rodríguez.Ventolera, 36, 3.º-Izqda. 41013-Sevilla.

Sevilla a 20 de marzo de 2012.—El Secretario de laGerencia, Luis Enrique Flores Domínguez.

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SEVILLAGerencia de Urbanismo

Mediante Acuerdo de fecha 29 de febrero de 2012, laComisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo se ha ser-vido aprobar la siguiente propuesta suscrita por el señorGerente, siendo el tenor literal el que sigue:

Girada visita de inspección a la finca sita en calle Her-nando Colón núm. 10, por la Sección Técnica de Conserva-ción de la Edificación se emite informe de fecha 10 de octubrede 2011, del que se desprende que en la finca deben adoptarsemedidas para el mantenimiento de las debidas condiciones deseguridad, salubridad y ornato público.

La finca se encuentra catalogada con un nivel de «D»,Protección Parcial en grado 2, y ubicada en el ámbito del Sec-tor n.º 7 «Catedral» del Conjunto Histórico de Sevilla, que nose encuentra desarrollado. Que por resolución de 21 denoviembre de 2011, la Comisión Provincial de PatrimonioHistórico de Sevilla autoriza la intervención detallada paraejecutar las medidas de seguridad.

Se concede el oportuno trámite de audiencia a la propie-dad de la finca de referencia, cumpliéndose lo exigido por elart. 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Con fecha 1 de febrero de 2011, se recibe escrito por unode los copropietarios de la finca sita en calle Hernando Colónnúm. 10, manifestando que las obras requeridas en el informeemitido por la Sección Técnica de 10 de octubre de 2011 leparecen desproporcionadas.

Importa destacar que el plazo de diez días concedido a lapropiedad de la finca de referencia constituye el trámite deaudiencia preceptivo y previo, según el artículo 84 de la Ley30/1992, LRJ-PAC, para dar la orden de ejecución de obrasque constituye la resolución definitiva en el procedimientoadministrativo en cuestión, no obligando ni legitimando dichotrámite por sí solo para ejecutar las medidas propuestas en elinforme técnico que se acompaña. Concediéndose en la resolu-ción definitiva del procedimiento tramitado al efecto, consti-tuida por el presente Acuerdo, un plazo de inicio y otro de eje-cución de las obras que se ordenan.

Que por la Sección Técnica, mediante informe de 14 defebrero de 2012, se ha contestado a la alegación con informedel siguiente tenor literal:

«Señor Gerente: En relación a las actuaciones que se siguenen la referida finca, a continuación se informa lo siguiente:

Primero: Con fecha 20 de enero de 2012 se resolvió con-ceder trámite de audiencia al propietario del inmueble, comotrámite previo al requerimiento de realización de las siguien-tes obras:

— Picado de todos los elementos sueltos de las fachadas.— Desmontaje de las redes instaladas y otros elementos

de obra que puedan desprenderse.— Tapiado de los huecos.— Revisión de cornisas con reposición de piezas, rotas o

fijación de desprendidas.— Revisión de repisas de balcones procediendo al fijado

de piezas sueltas, rascado y aplicación de pinturaantioxidante.

— Revisión de cerrajería de los cierres de los balconescon reposición de vidrios y aplicación de pinturaantioxidante.

— Enfoscado y pintura de las zonas reparadas.— La ejecución de las medidas anteriormente propuestas

podrá realizarse desde el exterior de la finca, conmedios auxiliares adecuados instalados en la víapública.

Segundo: Con fecha 1 de febrero de 2012, el propietariode la finca presenta escrito, en el que alega que las medidaspropuestas las considera desmesuradas y que sólo consideranecesario la reposición de redes de ambas fachadas, tapiado detodos los huecos y revisión de cornisas y balcones.

Tercero: Las medidas propuestas en el informe de estaSección Técnica de fecha 10 de octubre de 2011 son tendentesúnica y exclusivamente a la conservación de las fachadascomo elementos protegidos de la edificación. La diferenciaentre las medidas propuestas por esta Sección Técnica y lasque el propietario indica son el mantenimiento de las redesinstaladas o el tratamiento de la fachada para poder eliminar-las. La necesidad de tratar las fachadas para eliminar las redeses debido a que actualmente las obras, que habían obtenidolicencia de rehabilitación, siguen paradas y dicha licencia hasido declarada caducada con fecha 11 de noviembre de 2009,debiéndose obtener una nueva para poder continuar con lasobras, desconociéndose el tiempo en que esta situación puedeprolongarse en el tiempo. Las redes son medidas de protecciónante la caída de cascotes a la vía pública de carácter provisio-nal y no pueden mantenerse instaladas de forma indefinida. Dehecho, el estado actual de las mismas evidencian que no cum-plen su misión y por tanto se considera que es necesario reali-zar las labores de reparación de las fachadas que permitan eldesmontaje de dichas redes.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectosoportunos.

22 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

Sevilla, 14 de febrero de 2012.—La Arquitecta. Fdo.: Cris-tina Pérez Bellver.—V.º B.º: El adjunto de la Sección Técnica.Fdo.: José Julián Espinosa López-Viota».

Visto lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto Legis-lativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley del Suelo, y los artículos 155 a 159,ambos inclusive, de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, deOrdenación Urbanística de Andalucía, así como en el artículo26 del Reglamento de Disciplina Urbanística.

Visto lo dispuesto en el artículo 27-22.º de los Estatutosque rigen la Gerencia de Urbanismo.

Por todo ello, el firmante viene en formular la siguiente:

PropuestaPrimero: Desestimar las alegaciones presentadas con

fecha 1 de febrero de 2011 la propiedad de la finca sita encalle Hernando Colón núm. 10.

Segundo: Ordenar a la propiedad de la finca sita en calleHernando Colón núm. 10 la ejecución de las medidas de segu-ridad, salubridad y ornato público que se describen.

Dichas obras, que cuentan con el presupuesto estimativoque a continuación se relaciona, deberán ejecutarse en los pla-zos indicados, sin necesidad de previa solicitud de licencia,autorizándose igualmente la instalación, en su caso, de losmedios auxiliares y de protección que se señalen, que deberánefectuarse en la forma descrita en los informes técnicos emiti-dos de los que se da traslado. Debiéndose, en el supuesto deinstalación de cuba, cumplir en todo caso lo dispuesto en losartículos 81 a 87 de la Ordenanza de Limpieza Pública y Ges-tión de Residuos Urbanos en el Municipio de Sevilla («BoletínOficial» de la provincia n.º 112, de 17 de mayo de 2003).

La presente orden de ejecución conlleva el abono de tasapor prestación de servicios urbanísticos, de conformidad conlo dispuesto en las Ordenanzas Fiscales vigentes. La liquida-ción de la tasa correspondiente será girada al obligado a cum-plir la presente orden de ejecución.

La entidad de las obras propuestas no requiere la presenta-ción en esta Gerencia de Urbanismo de documentación técnicay dirección facultativa.

Tercero: Las obras que se ordenan deberán dar comienzoen el plazo de inicio señalado; asimismo, una vez iniciadas,deberán continuarse a un ritmo adecuado y sin interrupciones,y deberán concluirse en el plazo de ejecución igualmente rese-ñado, apercibiéndose de que en caso de que se incumpla elplazo de inicio, el ritmo de las obras sea inadecuado, o seincumpla el plazo de ejecución, la Administración actuante, deacuerdo con el artículo 158.2 de la Ley de 7/2002, de 17 dediciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, podráadoptar cualquiera de las siguientes medidas:

a) Ejecución subsidiaria a costa del obligado, hasta ellímite del deber normal de conservación, al que serefiere el artículo 155.3 de esta Ley.

b) Imposición de diez multas coercitivas con periodici-dad mínima mensual, por valor máximo cada una deellas, del 10% del coste estimado de las obras ordena-das. El importe de las multas coercitivas impuestasquedará afectado a la cobertura de los gastos quegenere efectivamente la ejecución subsidiaria de laorden incumplida, a los que habrá que sumar los inte-reses y gastos de gestión de las obras.

c) La expropiación del inmueble, previa declaración delincumplimiento del deber de conservación, o la colo-cación del inmueble en situación de ejecución porsustitución, mediante el correspondiente concursoregulado en los artículos 151 y 152, que será instado,en su caso, antes de la declaración de ruina.

Cuarto: Imputar a la propiedad del inmueble las responsa-bilidades de todo orden que pudieran derivarse por negligenciaen los deberes de conservación que le correspondiera, y en elcumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo, y adver-

tirle asimismo que deberá responder por los daños que causeen la vía pública durante la ejecución de las obras requeridas.

Quinto: Apercibir a la propiedad del inmueble que, inde-pendientemente de la ejecución subsidiaria de las obras a queen su caso hubiere lugar, el incumplimiento de las obligacio-nes de conservar y rehabilitar las construcciones y edificacio-nes protegidas por el planeamiento, será sancionable conmulta de 600 a 60.000 euros, de conformidad con lo dispuestoen el artículo 217 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, deOrdenación Urbanística de Andalucía.

Sexto: Dar cuenta del presente Acuerdo a la Sección deGestión Tributaria del Servicio de Gestión Financiera yTesorería.

1. Expediente: 164/2011

Finca: Calle Hernando Colón núm. 10.Catalogación: La finca se encuentra catalogada con un

nivel de protección «D», Protección Parcial en grado 2, y ubi-cada en el ámbito del Sector n.º 7 «Catedral» del ConjuntoHistórico de Sevilla, que no se encuentra desarrollado. Porresolución de 21 de noviembre de 2011, la Comisión Provin-cial de Patrimonio Histórico de Sevilla autoriza la interven-ción detallada para ejecutar las medidas de seguridad.

A) Obras:— Picado de todos los elementos sueltos de las fachadas.— Desmontaje de las redes instaladas y otros elementos

de obra que puedan desprenderse.— Tapiado de los huecos.— Revisión de cornisas con reposición de piezas rotas o

fijación de desprendidas.— Revisión de repisas de balcones procediendo al fijado

de piezas sueltas, rascado y aplicación de pinturaantioxidante.

— Revisión de cerrajería de los cierros de los balconescon reposición de vidrios y aplicación de pinturaantioxidante.

— Enfoscado y pintura de las zonas reparadas.La ejecución de las medidas anteriormente propuestas

podrá realizarse desde el exterior de la finca, con medios auxi-liares adecuados instalados en la vía pública.

— Plazo de inicio: 60 días naturales.— Plazo de finalización: 30 días naturales.— Presupuesto estimativo: 15.950,58 euros, calculado

conforme al banco de precios vigente para los contra-tos de obras subsidiarias.

No obstante, esa Comisión Ejecutiva resolverá lo queestime más acertado.

Sevilla, 29 de febrero de 2012.—El Gerente. Fdo.: Albertode Leopoldo Rodado.

Vista la anterior propuesta, elévese a la Comisión Ejecutiva.Sevilla, 29 de febrero de 2012.—El Vicepresidente de la

Gerencia de Urbanismo. Fdo.: Maximiliano Vílchez Porras.Contra la resolución anteriormente expresada podrá inter-

poner recurso de alzada, ante el Pleno del Excmo. Ayunta-miento de Sevilla, en el plazo de un mes, a contar desde el díasiguiente al del último de exposición del presente edicto, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1, 114 y 115de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común.

Todo lo anterior se publica para que sirva de notificación alos efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y ProcedimientoAdministrativo Común.

Sevilla a 26 de marzo de 2012.—El Secretario de laGerencia, Luis Enrique Flores Domínguez.

7W-4188

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 23

ALCALÁ DE GUADAíRA

El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión celebrada con carácter ordinario el día 17 de febrero de 2012, acordó aprobar defini-tivamente la segunda modificación del Plan Parcial del sector SUO-15 «SUNP-I7 La Carbonería-Cristalería», conforme al tercertexto refundido presentado con fecha 17 de febrero de 2012, redactado por la entidad «Buró4 Arquitectura y Urbanismo» y promo-vido por Raq-Lac Promociones Inmobiliarias, S.L. (expte. 2/2011-URPP), el cual ha sido objeto de inscripción y depósito en elRegistro Municipal de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados con el número 1/2012, así como en elRegistro Autonómico de Planeamiento con el número 5209.

Lo que se hace público de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de OrdenaciónUrbanística de Andalucía, y en aplicación de lo preceptuado en el apartado 2º de dicho artículo y lo dispuesto en el artículo 70.2 de laLey 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases del Régimen Local, por medio del presente anuncio se procede a la publicación delas Ordenanzas de dicho instrumento de planeamiento.

Contra el presente acuerdo, que tiene carácter definitivo y pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso con-tencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Alcalá de Guadaíra a 10 de abril de 2012.—El Secretario General, Fernando Manuel Gómez Rincón.

DOCUMENTO II.— ORDEnAnzAS REGULADORAS

Título IRégimen general.

Capítulo 1Determinaciones generales

* Serán de aplicación los artículos 182 al 186 del P.G.O.U. Artículo 1.— Definición y delimitación.1. Constituyen el objeto de las presentes Ordenanzas regular las condiciones del suelo urbanizable del sector correspon-

diente al área SUNP-I7, denominado «La Carbonería-Cristalería», cuyo desarrollo se realiza acorde al cumplimiento de los requisitoscontemplados el texto refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y ordenación urbana aprobado por Real decreto Legislativo1/1992, de 26 de junio (en adelante Ley del Suelo), y de la aplicación del Plan General de Ordenación urbana del Ayuntamiento deAlcalá de Guadaíra (Sevilla), así como el R.D. 5/1996, del 7 de junio.

2. La delimitación en detalle del suelo objeto de las presentes Ordenanzas se define en los planos que desarrollan el pre-sente Plan Parcial los cuales han sido realizados en base a las directrices marcadas en los planos Nº 3.7, 3.8., 3.9 y 3.10 de la Modifi-cación Puntual del P.G.O.U. de Alcalá de Guadaíra, respetando las especificaciones y condiciones de desarrollo indicadas para el áreaSUNP-I7 y en el PAU correspondiente.

Artículo 2.— Requisitos para poder edificar.1. En el suelo urbanizable programado, una vez aprobados el Plan Parcial y el Proyecto de Urbanización correspondientes

y constituida la Junta de Compensación en los supuestos en que tal sistema sea aplicable, podrá edificarse con anterioridad a que losterrenos estén totalmente urbanizados, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

Las unidades de ejecución será una o varias. En el caso de ser varias será necesario haber efectuado la división del Plan Par-cial en varias U.E.

a) Que hubiese ganado firmeza, en vía administrativa, el acto de aprobación del Proyecto de Compensación, necesariopara la distribución de cargas y beneficios del Plan.

b) Que este aprobada definitivamente la delimitación de la Unidad de Ejecución, en su caso, en que se incluyan los terrenos. c) Que este aprobado definitivamente el Proyecto de Urbanización si fuere necesario para dotar los servicios urbanísticos a

la Unidad de Ejecución. d) Que esté totalmente ejecutada la Unidad de Ejecución, salvo que se autorice por la administración y se asegure por la

propiedad la ejecución simultanea de la urbanización y la edificación mediante las condiciones y garantías que se establecen en elartículo siguiente, se podrá autorizar la urbanización por etapas, siempre y cuando se garantice la continuidad de los servicios.

e) Que se hayan cumplimentado previamente los tramites necesarios conforme a estas Normas del Sistema de Actuacióncorrespondiente y en especial, para aquellas parcelas incluidas en Unidades de Ejecución continuas, que haya adquirido firmeza envía administrativa o judicial el acto de aprobación del Proyecto de Reparcelación o Compensación y que esté formalizada la totalidadde las cesiones de terrenos obligatorias, libres de cargas, gravámenes y ocupantes, de la correspondiente Unidad de Ejecución.

f) Que la infraestructura básica del polígono esté ejecutada en su totalidad o que, por el estado de la realización de lasobras de urbanización de la parcela sobre la que se ha solicitado licencia, se considera previsible que a la terminación de la edifica-ción la parcela de que se trata contará con todos los servicios, fijando en la autorización el plazo de terminación de la urbanizaciónque será, como máximo igual que el de la terminación de la edificación.

g) Que en el escrito de solicitud de licencia se comprometa, en cualquier caso, a no utilizar la construcción hasta tanto noeste concluida la obra de urbanización y a establecer tal condición en las cesiones de derecho de propiedad o de uso que se lleven aefecto para todo o parte del edificio.

2. A los efectos del número anterior, se entenderá por infraestructura básica en todo el ámbito del Proyecto de Urbaniza-ción o en cada una de sus etapas de ejecución, el viario de cesión obligatoria con todos los servicios previstos en el Plan y su cone-xión con las redes generales de la ciudad tanto en lo relativo a las redes de servicios como a las del propio viario. Asimismo, incluirálos terrenos de cesión obligatoria para dotaciones y zonas verdes con todos los servicios previstos en el Plan a excepción de las plan-taciones, debiendo estar estos terrenos libres de todo impedimento para poder ser destinado a los fines previstos.

3. Se entenderá por infraestructura complementaria que podrá ser objeto de ejecución simultánea con las concesiones delicencias correspondientes:

a) Las vías de servicio exclusivo para acceso a las parcelas privadas del polígono o Unidad de Ejecución y que figurencomo espacios privados en el Plan o Estudio de Detalle correspondiente.

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b) Los espacios entre parcelas destinadas al uso de aparcamiento o espacio libre ajardinado de carácter privado. c) La plantación de los parques, jardines y zonas arboladas de protección del viario. 4. La concesión de cualquier licencia de nueva planta del polígono deberá incluir dentro del Proyecto de Edificación la

ejecución de la infraestructura complementaria al servicio de la parcela correspondiente si tal infraestructura fuera una unidad separa-ble del resto y, en caso de que estuviera destinada para el servicio de varias parcelas, deberá ser realizada en su totalidad simultánea-mente a la primera licencia solicitada.

5. Con la primera licencia de edificación que se conceda en el polígono deberá quedar garantizada la ejecución simultáneade las plantaciones previstas en el apartado c) del numero 3.

6. No se permitirá la ocupación de los edificios hasta que no esté realizada totalmente la urbanización que afecte a dichosedificios y estén en condiciones de funcionamiento los suministros de agua, energía eléctrica y las redes de alcantarillado.

7. El incumplimiento del deber de urbanización simultáneo a la edificación comportara la caducidad de las licencias con-cedidas sin derecho a indemnización, impidiéndose el uso de lo edificado, sin perjuicio del derecho de terceros adquirientes al resar-cimiento de los daños y perjuicios que se les hubieren irrogado. Asimismo, comportará, en lo necesario la pérdida de la fianza que sehubiere presentado para garantizar la ejecución de las obras de urbanización.

Capítulo 2Gestión de suelo

Serán de aplicación los artículos 187 al 188 del P.G.O.UArtículo 3.— Desarrollo de las Unidades de Ejecución.1. El desarrollo de las Unidades de Ejecución por iniciativa privada y mediante el Sistema de Actuación por Compensa-

ción, como instrumentos se prevé Proyecto de Compensación, y Proyecto de Urbanización.2. Las ordenaciones que se detallan en las Unidades de Ejecución podrán ser modificadas mediante Planes Especiales o

Estudios de Detalle, pudiendo definir nuevos viales privados de acceso a las edificaciones, pero sin disminuir en ningún caso, lassuperficies de cesión.

3. Su urbanización se ejecutará con arreglo a las determinaciones que se establecen en Titulo II de estas Normas. 4. Las edificaciones cumplirán las condiciones generales del Titulo IV de estas Normas.Artículo 4.— Alcance de las determinaciones particulares.1. Las determinaciones particulares contenidas en las fichas de las Unidades de Ejecución tienen el alcance que a conti-

nuación se señala: a) Superficie: La dimensión de su superficie es una cifra de referencia cuyo carácter es estimativo pudiendo ajustarse en el

momento de tramitar el instrumento de gestión que proceda. b) Programa: b1) Presentación de Proyectos de Estatutos y Bases de Actuación en el plazo de seis (6) meses desde la aprobación defi-

nitiva del Plan Parcial. b2) Constitución de las Juntas de Compensación y de Urbanización en el plazo de seis meses (6) desde la aprobación de

las Bases y Estatutos. b3) Presentación de los Proyectos de Compensación y Urbanización en el plazo de seis meses (6) desde la constitución

de la Junta. b4) La urbanización de cada sector deberá estar ejecutada en el plazo máximo de cuatro (4) años desde la aproba-

ción definitiva del proyecto de urbanización. c) Edificabilidad y aprovechamiento: La superficie edificable correspondiente a los usos de equipamiento y servicios

públicos que sean de cesión al Ayuntamiento no se entenderá comprendida en el máximo edificable antedicho. d) Cesiones mínimas: las cesiones señaladas como tales en la respectiva ficha tendrán carácter obligatorio y gratuito2. .Cualquier alteración de las determinaciones contenidas en la ficha que no concuerde con el alcance que estas Normas

señalan para ella, deberá tramitarse como modificación del Plan.Artículo 5.— Obligaciones y cargas de los propietarios.a) Los propietarios de terrenos situados en el área SUNP-I7 están obligados a ceder gratuitamente al Ayuntamiento o en su

caso al órgano urbanístico actuante:a1) La superficie total de los viales urbanizados, parques y jardines públicos ajardinados, zonas deportivas, de recreo y expan-

sión, centros culturales y docentes, y los terrenos precisos para la instalación y funcionamiento de los restantes servicios públicos.a2) La superficie de suelo sobre la que se sitúe el exceso de aprovechamiento tras compensar los sistemas generales interiores

definidos en el Plan Parcial.b) Los costes de urbanización totales del área SUNP-I7 serán repartidos entre los propietarios pertenecientes a la misma,

propietarios de terrenos destinados Sistemas Generales a compensar dentro del área SUNP-I7 y la Administración, de forma propor-cional a los aprovechamientos que les corresponda. La ejecución de la urbanización se realizará en los términos señalados por lalegislación urbanística aplicable.

c) Los propietarios de las parcelas resultantes y urbanizadas, tendrán la obligación de: c1) Conservar la urbanización ejecutada hasta el momento en que esta sea recepcionada por el Ayuntamiento. c2) Edificar los solares en el plazo fijado en la preceptiva licencia. Artículo 6.— Reparto de cargas y beneficios entre Unidades de Ejecución: 1. Los propietarios de los terrenos incluidos en el suelo a desarrollar por el presente Plan estarán obligados, en los términos

contenidos en este documento y en su defecto en lo indicado en el P.G.O.U., a ceder gratuitamente al Ayuntamiento de Alcalá de Gua-daíra tanto los terrenos destinados a viales, zonas verdes y demás dotaciones que se incluyan en las Unidades de Ejecución en que seencuentren los terrenos, así como la cesión de los terrenos en los que se localice el aprovechamiento correspondiente al Ayuntamiento.

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2. El reparto equitativo de las obligaciones y cargas que se derivan de la aplicación de estas Normas se efectuará en sucaso, en las Unidades de Ejecución que se delimiten, a través de los procedimientos reparcelatorios o de compensación establecidospor la legislación urbanística y, en lo que resulte de aplicación, por el presente Plan.

3. La Administración velará para que el reparto de cargas y beneficios entre las distintas Unidades de Ejecución, quedencompensadas, para ello los distintos Proyectos de Compensación tendrán que contemplar los mecanismos necesarios para garantizarlas compensaciones a que diera lugar entre Unidades de Ejecución.

Artículo 7.— Ejecución de obras de urbanización. 1. El Proyecto o Proyectos de Urbanización desarrollarán íntegramente la zona afectada por la Unidad o Unidades de Ejecu-

ción, recogiéndose en el mismo, las obras necesarias de infraestructuras correspondientes a las actuaciones encaminadas a la coordinacióncon las infraestructuras exteriores al sector, y las propias del área de actuación y su relación con las otras que se hayan ejecutado o esténpendientes de ejecución, previniéndose el desarrollo de las obras en las fases necesarias coincidentes como mínimo con las Unidades deEjecución a desarrollar e indicando en el mismo mediante la documentación técnica necesaria, los costos y obras correspondientes.

2. El Proyecto o Proyectos de Urbanización se redactarán por encargo de todas o cualesquiera de las Juntas de compensa-ción, previa comunicación al Ayuntamiento y con el visto bueno de este.

3. El Ayuntamiento podrá ejecutar las obras de urbanización totales o parciales si se establece un convenio entre las partespara llevar a cabo tal actuación, siendo a cargo de la Junta o Juntas de Compensación (según dicho convenio se realice con alguna otodas) el importe total de las obras.

Capítulo 3Edificaciones e instalaciones fuera de ordenación

* Serán de aplicación los artículos 195 y 196 del P.G.O.U.

Título IICondiciones de la urbanización

Serán de aplicación los artículos 167 al 178 del P.G.O.U.

Título IIICondiciones generales de la edificación

Capítulo 1Disposiciones generales

Serán de aplicación los artículos 197 y 198 del P.G.O.U. Sección 1ª

Definiciones sobre parcelas Serán de aplicación los artículos 199 al 206 del P.G.O.U.

Sección 2ªDefiniciones sobre la posición de la edificación

Serán de aplicación los artículos 207 y 208 del P.G.O.UArtículo 8.— Retranqueo.1. Es la anchura de la faja de terreno comprendida entre la línea de edificación y la alineación oficial exterior o cualquiera

de los linderos de la parcela. Puede darse como valor fijo obligado o como valor mínimo. 2. En función de la posición del lindero respecto al cual se establece pueden existir retranqueos a fachadas o frente de par-

cela, retranqueo a testero y retranqueo a lateral o medianera. 3. El valor del retranqueo se medirá perpendicularmente al lindero de referencia en todos los puntos del mismo.Artículo 9.— Tipologías edificatorias.La normativa de zonas emplea las siguientes definiciones de tipologías edificatorias: a) Edificación aislada, la que está exenta en el interior de una parcela, sin que ninguno de sus planos de fachada esté en

contacto con las propiedades colindantes. b) Edificación entre medianeras, la que estando construida en una única parcela tiene sus líneas de fachada coincidentes, al

menos, con los linderos laterales. c) Edificación pareada: Tipología edificatoria en que las construcciones cumplen la condición de medianeras en un lindero

común y de edificación aislada en los restantes. Sección 3ª

Definiciones sobre ocupación de la parcelaSerán de aplicación los artículos 213 al 215 del P.G.O.U. Artículo 10.— Superficie ocupable. 1. Es la superficie que puede ser ocupada por la edificación basándose en las limitaciones establecidas en la documenta-

ción gráfica del Plan y en las Ordenanzas de Edificación. 2. La superficie ocupable puede señalarse: a) Indirectamente como resultado de aplicar condiciones de posición tales como retranqueos, separación entre edificacio-

nes, etc. b) Directamente mediante la asignación de un coeficiente de ocupación. 3. A los efectos del establecimiento de las condiciones de ocupación se distingue la ocupación de las plantas sobre rasante

y las de la edificación subterránea. 4. Las construcciones enteramente subterráneas podrán ocupar en el subsuelo los espacios correspondientes a retranqueos

o separación a linderos, salvo mayores limitaciones en la normativa particular de la zona.

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Artículo 11.— Superficie ocupable. 1. Es la superficie comprendida dentro del perímetro formado por la proyección de las fachadas sobre un plano horizontal.

2. En las zonas en que se realicen patios de luces, la superficie de los mismos se descontará de la superficie ocupada encada una de las plantas.

3. La ocupación será necesariamente igual o inferior a los valores de la superficie ocupable y de la superficie edificablefijados en estas

Sección 4º

Definiciones sobre aprovechamiento de las parcelas Serán de aplicación los artículos 216 al 220 del P.G.O.U.

Capítulo 2

Condiciones de volumen de los edificios Serán de aplicación los artículos 221 al 232 del P.G.O.U.

Capítulo 3

Condiciones de calidad, higiene y dotación de los edificios Serán de aplicación los artículos 233 al 271 del P.G.O.U.

Capítulo 4

Condiciones generales de estéticaSerán de aplicación los artículos 272 al 287 del P.G.O.U.

Título IV

Condiciones generales de los usos Capítulo 1

Determinaciones generalesSerán de aplicación los artículos 288 al 294 del P.G.O.U.

Capítulo 2

Uso productivoSerán de aplicación los artículos 305 al 337 del P.G.O.U.

Capítulo 3

Uso equipamiento y servicios públicosSerán de aplicación los artículos 338 al 342 del P.G.O.U.

Capítulo 4

Espacios libres públicosSerán de aplicación los artículos 343 al 349 del P.G.O.U.

Capítulo 5

Uso transporte y comunicaciones Serán de aplicación los artículos 350 al 357 del P.G.O.U.

Será de aplicación la sección 4ª. Red ferroviaria, en sus artículos 358 y 359, debiéndose tener en cuenta las consideracionescontenidas en el R.D. 1211/90 de 28 de septiembre que se recoge en el artículo 358 del PGOU y en particular las que a continuaciónse indican:

1.— Limitaciones al uso de los terrenos colindantes con el ferrocarril

1. Las ordenaciones que se prevea sean cruzadas por la línea férrea, o colindantes con la misma, regularán el uso y la edifi-cación del suelo respetando las limitaciones impuestas en el Título VIH, Policía de Ferrocarriles del R.D. 1211/90, de 28 de septiem-bre, y distinguiendo a estos efectos entre las zonas de dominio público, servidumbre y afección. Estas zonas se extienden a amboslados de la vía y su anchura, medida siempre desde la arista exterior de la explanación del ferrocarril.

En puentes, viaductos, túneles y otras obras de fábrica, se medirán las distancias desde la proyección vertical sobre el terrenodel borde 1as obras. En las estaciones, estas distancias se medirán desde el vallado de las mismas, y a falta de éste, desde el límite dela propiedad del ferrocarril.

2. Las limitaciones al uso y aprovechamiento de los terrenos en cada una de estas zonas son las siguientes:

La zona de dominio público: En esta zona sólo podrán realizarse las obras necesarias para la prestación del servicio público ferro-viario, y aquellas que la prestación de un servicio público de interés general así lo exija, previa autorización del órgano administrativocompetente. Excepcionalmente, podrán autorizarse el cruce, tanto aéreo como subterráneo por obras e instalaciones de interés privado.

La zona de servidumbre: En esta zona, no podrán autorizarse nuevas edificaciones o reedificaciones, salvo en los casosexcepcionales previstos por las Ley, y sí podrán autorizarse obras o actividades que no afecten al ferrocarril.

La zona de afección: Para la ejecución en esta zona de cualquier tipo de obras o instalaciones fijas o provisionales, el cambiode uso o destino de las mismas, así como la plantación o tala de árboles, se precisa previa licencia de la empresa titular de línea, quepodrá establecer las condiciones en que deben realizarse dichas obras o actividades.

3. En las áreas urbanas, se impedirá el libre acceso a las líneas ferroviarias mediante la disposición de barreras o vallas deseparación de altura suficiente para el cumplimiento de su destino y, de acuerdo con la normativa establecida por el Ministerio deTransportes, no se creará ningún paso a nivel, es decir, el cruce de la red viaria o peatonal prevista en los planes con la vía férrea serealizará a distinto nivel.

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Se adjunta esquema y cuadro sinóptico:

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zona Dominio zona zonaSuelo Público Servidumbre Afección

No urbano 8 m Entre 8 y 20 m Entre 20 y 50 mUrbano 5 m Entre 5 y 8 m Entre 8 y 25 m

2.- Condiciones de las ordenaciones colindantes con el ferrocarril1. Las ordenaciones que se prevea que sean cruzadas por las vías férreas, o inmediatas a ella, regularán la edificación y el

uso y ordenarán el suelo, respetando las limitaciones impuestas por la legislación específica ferroviaria y por la normativa ferroviariade éste Plan.

2. En ellas, la inedificabilidad a que se refiere el apartado anterior, podrá ser ampliada o reducida respecto a áreas o secto-res determinados, siempre que se respeten, en todo caso, las limitaciones impuestas por la empresa titular de la línea y previa autori-zación de la Administración Competente.

3. Cuando la vecindad del ferrocarril no impida, limite o entorpezca el destino, en todo ó en parte, de la zona de Policía deFerrocarriles, ésta se podrá destinar a espacios verdes o aparcamientos.

4. Las actuaciones urbanísticas colindantes con el sistema general ferroviario están obligadas a vallar, a su cargo, las lindescon éste o a establecer medidas de protección suficientes para garantizar la seguridad de las personas y bienes. Cuando las condicio-nes generadas por la nueva urbanización aconsejen la supresión de pasos a nivel, se imputara su ejecución a los promotores de laurbanización y será exigible a éstos la construcción del paso a distinto nivel sustitutivo (artículo 287.10 del Reglamento de laL.O.T.T.). Para estos puntos de cruce, tanto en suelo urbano como urbanizable, será preceptivo el desarrollo de un Estudio de Detalle,cuya aprobación requerirá la conformidad de la administración ferroviaria.

En el suelo no urbanizable, mientras permanezca en esta situación, en los casos en que existan cruces carretera-ferrocarril, noserá edificable el área delimitada por la intersección de las zonas de afección de la carretera y el ferrocarril

5. Para realizar en las zonas de protección cualquier tipo de obras o instalaciones, será necesario la previa autorización deRENFE, quien podrá establecer las condiciones en las que deba ser realizada la actividad de que se trate.

3.- Limitaciones al uso de los terrenos colindantes con carreteras 1. Las ordenaciones que se prevea sean cruzadas por carreteras, o colindantes con las mismas, regularán el uso y la edifi-

cación del suelo respetando las limitaciones impuestas en la Ley 25/88, de 29 de julio, de Carreteras, y su Reglamento General (R.D.1812/94, de 2 de septiembre), y distinguiendo a estos efectos entre las zonas de dominio público, servidumbre, afección y Línealímite de Edificación. Estas zonas se extienden a ambos lados de la vía y su anchura, medida siempre desde la arista exterior de laexplanación.

2. Las limitaciones al uso y aprovechamiento de los terrenos en cada una de estas zonas son las definidas en la mencionadaLey 25/88, Capítulo III. Uso y defensa de las carreteras. sección I. limitaciones de la propiedad, y que resultan ser:

· Zona de dominio público (Ley 25/88, art. 21): Son de dominio público los terrenos ocupados por las carreteras estatales ysus elementos funcionales y una franja de terreno de 8 metros de anchura en autopistas, autovías y vías rápidas, y de 3 metros en elresto de las carreteras, a cada lado de la vía, medidas en horizontal y perpendicularmente al eje de la misma, desde la arista exteriorde la explanación.

En esta zona sólo podrán realizarse obras o instalaciones en la zona de dominio público de la carretera, previa autorizacióndel Ministerio de Fomento, cuando la prestación de un servicio público de interés general así lo exija.

Excepcionalmente, podrán autorizarse el cruce, tanto aéreo como subterráneo por obras e instalaciones de interés privado.· La zona de servidumbre (Ley 25/88, art. 22): La zona de servidumbre de las carreteras estatales consistirá en dos franjas de

terreno a ambos lados de las mismas, delimitadas interiormente por la zona de dominio público definida en el artículo 21 de la Ley, yexteriormente por dos líneas paralelas a las aristas exteriores de la explanación a una distancia de 25 metros en autopistas, autovías yvías rápidas, y de 8 metros en el resto de las carreteras, medidas desde las citadas aristas.

En la zona de servidumbre no podrán realizarse obras ni se permitirán más usos que aquellos que sean compatibles con laseguridad vial, previa autorización, en cualquier caso, del Ministerio de Fomento.

· La zona de afección (Ley 25/88, art. 23): La zona de afección de una carretera estatal consistirá en dos franjas de terreno aambos lados de la misma, delimitadas interiormente por la zona de servidumbre y exteriormente por dos líneas paralelas a las aristasexteriores de la explanación a una distancia de 100 metros en autopistas, autovías y vías rápidas, y de 50 metros en el resto de lascarreteras, medidas desde las citadas aristas.

Para ejecutar en la zona de afección cualquier tipo de obras e instalaciones fijas o provisionales, cambiar el uso o destino delas mismas y plantar o talar árboles se requerirá la previa autorización del Ministerio de Fomento.

· Línea Límite de Edificación (Ley 25/88, art. 25):a) A ambos lados de las carreteras estatales se establece la Línea Límite de Edificación, desde la cual hasta la carretera

queda prohibido cualquier tipo de obra de construcción, reconstrucción o ampliación, a excepción de las que resultaren imprescindi-bles para la conservación y mantenimiento de las construcciones existentes. La línea límite de edificación se sitúa a 50 metros enautopistas, autovías y vías rápidas y a 25 metros en el resto de las carreteras de la arista exterior de la calzada más próxima, medidashorizontalmente a partir de la mencionada arista. Se entiende que la arista exterior de la calzada es el borde exterior de la parte de lacarretera destinada a la circulación de vehículos en general.

b) Con carácter general, en las carreteras estatales que discurran total y parcialmente por zonas urbanas el Ministerio deFomento podrá establecer la línea límite de edificación a una distancia inferior a la fijada en el punto anterior, siempre que lo permitael planeamiento urbanístico correspondiente, con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca.

c) Asimismo, el Ministerio de Fomento, previo informe de las Comunidades Autónomas y entidades locales afectadas,podrá, por razones geográficas o socioeconómicas, fijar una línea límite de edificación inferior a la establecida con carácter general,aplicable a determinadas carreteras estatales en zonas o comarcas perfectamente delimitadas.

d) No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, en las variantes o carreteras de circunvalación (caso de la vía SE-40) que se construyan con el objeto de eliminar las travesías de las poblaciones, la línea límite de edificación se situará a 100 metrosmedidos horizontalmente a partir de la arista exterior de la calzada en toda la longitud de la variante.

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Se resumen las distancias en el siguiente cuadro sinóptico:

zona de zona de zona de Línea límiteVía dominio público servidumbre afección de edificación

SE-40 0-8 m 8-25 m 25-100 m 100 mA-92 0-8 m 8-25 m 25-100 m 50 m

Vías de servicio 0-3 m 3-8 m 8-50 m 25 m

3. Las nuevas construcciones próximas a las carreteras, existentes o previstas, para la obtención de Licencias de Edifica-ción, será necesario que incorporen los estudios acústicos correspondientes de determinación de los niveles sonoros esperables, inclu-yendo los oportunos mapas de isófonas, con definición de las limitaciones a la edificación o de las medidas de protección acústicanecesarias, para garantizar que no son superados los umbrales establecidos en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre («BOE» de 18 denoviembre de 2003), del Ruido, el R.D. 1367/2007, de 9 de octubre («BOE» de 23 de octubre de 2007), el Decreto 326/2003, de 25de noviembre («BOJA» nº 243, de 18 de diciembre), o cualquier otra normativa vigente de aplicación al respecto.

Caso de ser precisos medios de protección acústica, estos serán ejecutados por los futuros promotores, y precisarán de autori-zación del Ministerio de Fomento si quedaran dentro de las zonas de servidumbre o de afección, no pudiendo ocupar en ningún casoterrenos de dominio público.

Capítulo 6

Protección del dominio público hidráulico y sus zonas de servidumbre. Serán de aplicación los artículos 95 al 97 del P.G.O.U.

Será de aplicación, debiéndose tener en cuenta las consideraciones que a continuación se indican:

Cumplir los mecanismos de protección establecidos en la legislación sectorial de Aguas. Para ello, en la redacción y posteriorejecución de los correspondientes documentos de desarrollo (Proyectos de Urbanización u Obra concretos), se tendrán en cuenta lossiguientes preceptos, en la medida que corresponda su aplicación en cada caso:

· Relativo a Zonas de Servidumbre: Se presumen afectadas. Se deberá respetar la banda 5 m de anchura paralelas a los caucespara permitir el uso público regulado en el Reglamento del D.P.H. (R.D. 849/86 de 11 de Abril), con prohibición de edificar y plantarespecies arbóreas sobre ellas (artículo 6 al 8 del reglamento).

· Relativo a Zonas de Policía: Se presumen afectadas. Obtener autorización previa del Organismo de Cuenca, para efectuar enla banda de 100 m de anchura paralelas a los cauces las siguientes actuaciones (artículo 6 al 9 y 78 al 82 del Reglamento):

— Obras que alteren sustancialmente el relieve natural. — Construcciones de todo tipo, provisionales o definitivas. — Extracciones de áridos. — Acampadas colectivas que necesiten autorización de Organismos competentes en materia de campamentos turísticos.— Otro uso o actividad que suponga un obstáculo a la corriente en régimen de avenidas.

· Relativo a Zonas Inundables: En caso positivo y con el fin de proteger a personas y bienes, los planes de expansión y orde-nación urbana deberán respetar las áreas inundables definidas en el sentido del artículo 67.5 del Plan Hidrológico de Cuenca (R.D.1664/98, de 24 de julio y O.M. de 13/08/99), para lo cual, se realizará el correspondiente Estudio de Inundabilidad con medidascorrectoras, en su caso.

· Relativo a los cauces de DPH: Si se presumen afectados. Obtener autorización previa del Organismo de Cuenca, para el usoo las obras dentro del cauce público (artículo 51 al 77; 126 al 127 y 136 del Reglamento).

· Relativo a aguas superficiales: No se presumen afectadas. Caso contrario, obtener concesión administrativa otorgada por elOrganismo de Cuenca para el abastecimiento independiente con aguas públicas superficiales (artículo 122 al 125 del Reglamento).

· Relativo a las aguas subterráneas: No se presumen afectadas. Caso contrario, respetar la declaración provisional de sobre-explotación del Acuífero Sevilla-Carmona (UH-05.47) acordada por la Junta de Gobierno de la C.H.G. el 10 –09-1992 («BOP» deSevilla de 26-10-1992), según la cual, en dicha zona de sobreexplotación quedan paralizados todos los expedientes de autorizaciónde investigación, concesiones de aguas subterráneas, o modificación de características de concesiones, excepto cuando se destinen aabastecimiento de poblaciones. Asimismo queda suspendido el derecho de apertura de captaciones inferiores a 7.000 m3 anuales, entanto el Plan de Ordenación de extracciones fije, en su caso las directrices a las que deban adecuarse estos aprovechamientos. Parale sector fuera de la zona sobreexplotada se deberá obtener concesión administrativa otorgada por el Organismo de Cuenca, para elabastecimiento independiente con aguas públicas subterráneas con volumen superior a 7.000 m3/ año (artículo 184 al 188 delReglamento)

· Relativo a vertidos: en su caso, si procede, obtener autorización previa al Organismo de Cuenca, para efectuar el vertidodirecto o indirecto de aguas y de productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elementodel dominio público hidráulico. (artículo 100 al 108 de la Ley de Aguas, RDL 1/2001 de 20 de Julio).

Título V

Condiciones particulares de las zonas

Capítulo 1

Determinaciones generalesSerán de aplicación los artículos 360 al 364 del P.G.O.U.

Artículo 12.— División del Área de Ordenación.En función de los objetivos diferentes que el Plan persigue en cada lugar y de su uso característico, el Área de Ordenación se

ha dividido en tres (3) zonas de la forma siguiente:

· Ordenanza nº 1: Industrial.· Ordenanza nº 2: Terciario.· Ordenanza nº 3: Equipamiento y Servicios Públicos.

30 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

Capítulo 2Ordenanza nº 1. Industria

Artículo 13.— Ámbito y tipología. 1. Su ámbito de aplicación es la zona delimitada en el Plano nº 3.1 “Zonificación y usos pormenorizados”, del Presente

Documento como industria intensiva y extensiva. 2. Los edificios responderán a la tipología de edificación industrial exenta, pareada o entre medianeras.

Sección 1ª. Condiciones de uso Artículo 14.— Clasificación.A los efectos de la aplicación de las condiciones de la edificación en la zona, se distinguen dos (2) tipos, que corresponden

cada uno de ellos a los terrenos señalados en el plano 3.1 como industria intensiva e industria extensivaArtículo 15.— Uso característico.El uso característico es el industrial en categorías I, II y III.Artículo 16.— Usos compatibles. 1. Son usos compatibles lo que se señalan a continuación, para cada tipo, con las condiciones siguientes:2. Industria intensiva:a) Productivo:— Comercio en todas sus categorías, salvo la instalación de gran superficie minorista.— Oficinas.b) Residencial: Se admite el uso de vivienda siempre que esté adscrita al edificio industrial para la finalidad de guarda y

custodia de las instalaciones, con un máximo de una (1) vivienda por parcela, y la parcela sea igual o mayor a 2000 m2. La superficiemáxima construida a ocupar por la vivienda, será el 10 % de la edificabilidad total de la parcela, con una superficie máxima cons-truida de ciento veinticinco (125) metros cuadrados, cumpliendo las condiciones establecidas para el uso de la vivienda.

c) Equipamiento y Servicios Públicos: Se admiten los usos socio-cultural, deportivos, público-administrativos, serviciosurbanos e infraestructurales.

3. Industria extensiva:a) Productivo:— Industrial en categoría III y situación D siempre que se garanticen adecuadamente las medidas previstas para impedir el

peligro de incendio y explosión, así como la emisión de radiaciones, gases, humos, partículas y otros contaminantes atmosféricos encantidades superiores a los establecidos en las presentes Normas, en el P.G.O.U., y a las que puedan fijar otros organismos de ámbitoautonómico o estatal.

— Oficinas.— Comercio en categorías I, II y III.b) Residencial: Se admite el uso de viviendas siempre que esté adscrita al edificio industrial para la finalidad de guarda y

custodia de las instalaciones, con un máximo de una (1) vivienda por parcela y con superficie máxima construida del 10 % de la edi-ficabilidad total, con una superficie máxima construida de ciento veinticinco (125) metros cuadrados, cumpliendo las condicionesestablecidas en el P.G.O.U. para el uso de la vivienda.

c) Equipamiento y Servicios Públicos: Se admiten todos sus usos pormenorizados en situación de edificio exclusivo.

Sección 2ª. Condiciones de la edificación Artículo 17.Condiciones de la parcela No cabrá efectuar parcelaciones, re-parcelaciones o segregaciones de las que resulten fincas que incumplan, según el tipo de

industria, las condiciones siguientes:a) Longitud mínima del lindero frontal:— Industria intensiva: diez (10) metros. — Industria extensiva: cuarenta (40) metrosb) Superficie mínima de parcela:— Industria intensiva: doscientos (200) metros— Industria intensiva con vivienda vinculada: dos mil (2.000) cuadrados. .— Industria extensiva: tres mil (3.000) metros cuadrados.c) La forma de la parcela permitirá inscribir un círculo de diámetro igual o superior a la dimensión mínima establecida

para el lindero frontal.Artículo 18.— Posición del edificio respecto a la alineación exterior e interior.1. En el tipo industria intensiva la nueva edificación deberá situar su línea de fachada en la alineación reflejada en el Plano

3.2. del presente documento, salvo:a) En general aquellas parcelas con un frente superior a veinte (20) metros en las que puede separarse de la misma. En este

supuesto corresponderá al propietario de la nueva edificación garantizar el correcto tratamiento de las medianeras de la edificacióncolindante.

b) Para las parcelas M5.a1, M5.a2 y M5b la alineación interior tendrá carácter obligatorio, pudiendo contemplarse la posi-bilidad de separase de la misma, solo en caso de actuaciones conjuntas de manzana completa.

2. En el tipo industria extensiva se establece un retranqueo mínimo de ocho (8) metros.3. El espacio libre resultante del retranqueo, cuando exista, podrá dedicarse a aparcamiento en superficie, jardín o muelles

de carga y descarga. No cabrá realizar en el mismo almacenaje al aire libre de productos, salvo depósitos de combustible destinados

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 31

al uso de la instalación cuando así lo permita la legislación sectorial y ocultos a la vista por pantallas de arbolado. Podrán construirseen el mismo casetas de portería o control de accesos, con superficie máxima construida de cinco (5) metros cuadrados y altura decoronación inferior a tres (3) metros, pudiendo adosarse al lindero frontal. La utilización del retranqueo por porterías, muelles decarga o depósitos, deberá hacerse en consonancia con el respeto al tratamiento de los espacios libres.

Artículo 19.— Separación a linderos.1. En industria intensiva no se establece retranqueo salvo los recogidos en la documentación gráfica en el Plano 3.2., aun-

que si este se produce será como mínimo de tres (3) metros. 2. En industria extensiva se establece un retranqueo mínimo de cinco (5) metros. 3. Las condiciones de separación a linderos se entienden complementarias de las limitaciones que se establecen en la Sec-

ción 2ª del Capítulo 2 del Título IV y en la Sección 5ª del Capítulo 3 del Título III de las presentes Normas Urbanísticas, prevale-ciendo el mayor valor de las resultantes.

Artículo 20.— Línea de edificación paralela a SE-40. Las parcelas dentro de la zona de influencia de la futura SE-40, la línea de edificación paralela a la SE-40 será de 100 m.

desde la línea blanca del trazado de la SE-40 o en su defecto el indicado en el plano nº 3.2. Artículo 21.— Líneas de edificación afectadas por líneas eléctricas de alta tensión.Las parcelas dentro de la zona de influencia de tendido eléctrico se retranquearan como mínimo 8 m. de la alineación exterior

por la que discurran la red eléctrica aérea dejando a salvo las servidumbres del reglamento de líneas Áreas de Alta Tensión.Artículo 22.— Ocupación de la parcela.Sobre rasante: Industria intensiva: La ocupación máxima de parcela vendrá dada por el menor de los siguientes parámetros: 1. La resultante de aplicar los retranqueos fijados en relación con la alineación exterior y linderos laterales y testero. 2. La correspondiente a la máxima edificabilidad según artículo21 del presente documento.Industria extensiva: La ocupación máxima de parcela vendrá dada por el menor de los siguientes parámetros: 1. 70 % de la superficie de parcela neta. 2. La resultante de aplicar los retranqueos fijados con relación a la alineación exterior y linderos laterales y testero. 3. La correspondiente a la máxima edificabilidad según artículo 23 del presente documento. Bajo rasante: No podrá ocuparse bajo rasante, una superficie de parcela superior a la resultante de aplicar los retranqueos fijados con rela-

ción a la alineación exterior y linderos laterales y testero. Artículo 23.— Condiciones de edificabilidad y aprovechamiento.1. El coeficiente de edificabilidad neta máxima por parcela, para cada tipo, es el siguiente:a) Ind. Intensiva: Un (1) metro cuadrado construido por cada metro cuadrado de parcela. Salvo las parcelas de la Manzana

M5, y Manzanas M17 y M20, cuyo coeficiente de edificabilidad es:— Ind. Intensiva en sub-manzana M5.a1: cero con novecientos setenta y cuatro (0,974) metros cuadrados construidos por

cada metro cuadrado de parcela.— Ind. Intensiva en sub-manzana M5.a2: cero con seiscientos setenta y seis (0,676) metros cuadrados construidos por cada

metro cuadrado de parcela.— Ind. Intensiva en sub-manzana M5.b: cero con novecientos seis (0,906) metros cuadrados construidos por cada metro cua-

drado de parcela.— Ind. Intensiva en manzana M17: uno con treinta (1,30) metros cuadrados construidos por cada metro cuadrado de parcela.— Ind. Intensiva en manzana M20: uno con treinta (1,30) metros cuadrados construidos por cada metro cuadrado de parcela.b) Ind. Extensiva: Cero con setenta (0,70) metros cuadrados construidos por cada metro cuadrado de parcela. Salvo la

manzana 21 cuyo coeficiente de edificabilidad es:— Ind. Extensiva en manzana M21: uno con ochenta (1,56) metros cuadrados construidos por cada metro cuadrado de parcela.2. La Edificabilidad resultante de la aplicación del punto 1 anterior, calculada de forma que se regula en el PAU que des-

arrolla la zona, será la que se multiplicará por el coeficiente de ponderación establecido (1 en Ind. Intensiva y 1 en Ind. Extensiva),para calcular el aprovechamiento posible en la parcela.

Artículo 24.— Altura de la edificación.1. La altura máxima de la edificación en número de plantas se establece para cada tipo:— Ind. Intensiva: dos (baja + 1)— Ind. Extensiva: tres (baja + 2)No obstante lo anterior, la Industria Intensiva podrá alcanzar B+2 para el caso de actuaciones conjuntas de manzanas completas2. La altura máxima de cornisa total en metros se establece en doce (12) metros para el baja+1 y quince (15) metros para

el baja + 2.Estas limitaciones de alturas podrán ser superadas por aquellas instalaciones necesarias para el desarrollo del proceso productivo.3. Los semisótanos cuya altura sobre la rasante de la calzada sea superior a uno con veinte (1,20) metros, se considerarán

plantas sobre rasante.4. La altura libre mínima en cualquier planta sobre rasante será de tres (3) metros.Artículo 25.— Salientes en la alineación oficial exterior.Será de aplicación el artículo 417 de P.G.O.U. Artículo 26. Condiciones de los minipolígonos industriales

32 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

Artículo 26.— Condiciones de los minipolígonos industriales. 1. Se admite la ejecución de mini polígonos industriales, cuando la actividad se desarrolle en locales de pequeño tamaño,

compartiendo instalaciones y servicios, cumpliéndose los siguientes requisitos: a) No podrán desarrollarse actuaciones de conjunto en terrenos de superficie inferior a los cinco mil (5.000) metros cua-

drados ni superiores a veinte mil (20.000) metros cuadrados. b) Las condiciones de posición de los edificios serán las que se señalan para el tipo que sea de aplicación, considerando el

conjunto como una unidad a efectos de separación de linderos. c) El coeficiente de ocupación máxima de las plantas sobre y bajo rasante será del setenta por ciento (70%) de la superficie

de la parcela delimitada por los linderos y la alineación exterior. d) No se podrá superar el coeficiente de edificabilidad y la altura de la edificación que se señalan para el tipo que le es de

aplicación. e) Si se dispusiera viario interior la separación entre las edificaciones será como mínimo de dieciséis (16) metros, no admi-

tiéndose fondos de saco. f) Los viarios serán como mínimo de 14 m de ancho, cumpliendo las condiciones establecidas en el artículo 352 del

P.G.O.U. para vías de tráfico pesadas. g) La superficie de producción y almacenaje de cada uno de los locales resultantes no podrá ser inferior a ciento cincuenta

(150) metros cuadrados debiéndose organizar de forma modular, para permitir la más fácil agregación. 2. Para la ejecución de un mini polígono será necesaria la aprobación de un Estudio de Detalle y la realización de un pro-

yecto unitario de modo que queden resueltos, para el conjunto y cada una de sus partes, las condiciones que son de aplicación a losusos industriales, a cuyos efectos se considerará el conjunto como una unidad de producción y almacenaje. Si la construcción va adesarrollarse en fases, el Estudio de Detalle deberá detallarlas precisando los plazos de ejecución, bien entendido que no podrán con-cederse licencias de ocupación en tanto no esté concluida la urbanización exterior e interior.

Artículo 27.— Dotación de aparcamiento.Dado que aneja a la red viaria, el Plan prevé plazas de aparcamiento se reservará en el interior de la parcela espacio suficiente

para una (1) plaza por cada ciento cincuenta (150) metros cuadrados construidos, o fracción destinado a aparcamiento de turismos.Formando parte del total de plazas necesarias establecidas en el P.G.O.U. y al Reglamento de Planeamiento. Este espacio será inde-pendiente del necesario para vehículos pesados relacionados con la actividad industrial. Queda exento de guardar espacio para apar-camiento las parcelas inferiores a cuatrocientos (400) metros cuadrados.

Sección 3ªCondiciones estéticas

Artículo 28.— Cerramiento de parcelas.Será de aplicación el artículo 420 de P.G.O.U.

Capítulo 3Ordenanza nº 2. terciario

Artículo 29.— Ámbito y características.1. Su ámbito de aplicación es la zona delimitada en el Plano nº 3.1 “Zonificación y usos Pormenorizados” del presente

documento, como uso terciario. 2. Incluye los terrenos que con carácter exclusivo se destinan a los usos de comercio y oficinas y los terrenos destinados a

dotaciones locales publicas de equipamiento comercial Artículo 30.— Clasificación en grados.A los efectos de la aplicación de las distintas condiciones de uso y edificación, se establecen las áreas en el plano 3.1 “Zonifi-

cación y usos Pormenorizados”, del presente documento señaladas como terciario. Se establecen dos grados de terciario denominados terciario grado 1 y terciario grado 2 y que se recoge en el plano de zonifi-

cación y usos pormenorizados. A efectos de edificación las características de ambos grados serán las mismas.

Sección 1ªCondiciones de uso

Artículo 31.— Usos característicos. 1. Los usos característicos del terciario grado 1 es el de oficinas y comercio en sus tres categorías. 2. Los usos característicos del terciario grado 2 es el de comercio en sus tres categorías. Artículo 32.— Usos compatibles. Son usos compatibles los que se señalan a continuación:En terciario grado 1:a) Residencial: se admiten la vivienda siempre que esté adscrita al edificio terciario, con un máximo de una (1) por parcela,

siempre que esta sea igual o mayor a 2000 m2 y con una superficie máxima construida del 10 % de la edificabilidad, con una superfi-cie máxima construida de ciento veinticinco (125) metros cuadrados, cumpliendo las condiciones establecidas para el uso de vivienda.

b) Equipamiento y Servicios Públicos: se admiten los usos pormenorizados educativos, sociocultural, deportivo, público-administrativo y servicios urbanos. Salvo para la parcela M19 donde no se permite el uso pormenorizado de servicios urbanos.

c) Dada las características del área, se establece como uso compatible el industrial en categorías I, II y III.En terciario grado 2:Además del uso característico señalado, podrá disponerse cualquier otro uso de equipamiento y servicios públicos que no

interfiera el desarrollo de las actividades propias del uso característico.

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 33

Sección 2ª

Condiciones de la edificación Artículo 33.— Condiciones de las parcelas.No cabrá efectuar parcelaciones, reparcelaciones o segregaciones de las que resulten fincas que incumplan las condiciones siguientes:

— Longitud mínima del lindero frontal: 20 m.— Superficie mínima de parcela: 500 m2.— La forma de la parcela permitirá inscribir un círculo de diámetro igual o superior a la dimensión mínima establecida para

el lindero frontal.

Artículo 34.— Posición de la edificación.La posición de la edificación en la parcela es libre siempre que:

a) No queden medianeras al descubierto.

b) No se establecen retranqueos salvo los recogidos en la documentación gráfica en el Plano 3.2., aunque si este se produceserá como mínimo de tres (3) metros.

Artículo 35.— Condiciones de edificabilidad y aprovechamiento.1. El coeficiente de edificabilidad neta máxima por parcela, es el siguiente:

Uno con treinta (1,3) metros cuadrados construido por metro cuadrado de parcela. Salvo las parcelas de las Manzanas M18 yM19 cuyo coeficiente de edificabilidad es:

— Terciario Grado 1 en manzana M18: Uno con cero nueve (1,09) metros cuadrados construidos por cada metro cuadrado deparcela.

— Terciario Grado 2 en manzana M18: Uno con treinta (1,30) metros cuadrados construidos por cada metro cuadrado de parcela.— Terciario Grado 1 en manzana M19: un (1,00) metro cuadrado construido por cada metro cuadrado de parcela.

2. La edificabilidad (en unidades de aprovechamiento) calculada de forma que se regula en los artículos 216 y 231 delP.G.O.U., será la resultante de multiplicar la superficie de la parcela por el coeficiente del punto 1 anterior y por el coeficiente en fun-ción del uso establecido en el PAU. (1 para uso terciario).

Artículo 36.— Altura de la edificación.1. La altura máxima de la edificación en número de plantas es de 3 plantas. Salvo en las manzanas M18 y M19 donde la

altura máxima es de 4 plantas.

2. La altura máxima de pisos es la siguiente:

— En planta baja: cinco (5) metros.— En planta piso: cuatro (4) metros.

Se podrán modificar las alturas de plantas siempre que quede justificado por el uso a que se destine el edificio y cumpla lasNormativas sectoriales que le sean de aplicación no pudiendo rebasar la altura máxima de la cornisa los diecisiete metros (17 m.).

Artículo 37.— Dotación de aparcamiento.Dado que aneja a la red viaria, el Plan prevé plazas de aparcamiento se reservará en el interior de la parcela espacio suficiente

para una (1) plaza por cada ciento cincuenta (150) metros cuadrados construidos, o fracción destinada a aparcamiento de turismos.Formando parte del total de plazas necesarias establecidas en el P.G.O.U. y al Reglamento de Planeamiento. Este espacio será inde-pendiente del necesario para vehículos pesados relacionados con la actividad industrial.

Capítulo 4

Ordenanza nº 3. Equipamiento y servicios públicos Artículo 38.— Ámbito y características.1. Su ámbito de aplicación es la zona delimitada en el plano de «Zonificación y usos Pormenorizados», (3.1) como uso

equipamiento.

2. Incluye los terrenos y edificaciones que con carácter exclusivo se destinan a los distintos usos de equipamiento y servi-cios públicos.

3. Los terrenos destinados a dotación de equipamiento comercial se regularan en base a las Ordenanzas de uso terciario grado 2

Sección 1ª

Condiciones de uso Artículo 39.— Uso característico.Uso característico que corresponde a las parcelas indicadas en la documentación gráfica como uso SIPS, Deportivo y Servi-

cios Infraestructurales, que son:

Parcelas en Manzana 18-SIPS y Servicios Infraestructurales

Parcela en Manzana 13 -El uso característico es SIPS en todas sus categorías

Artículo 40.— Usos compatibles.1. En las parcelas calificadas para uso de equipamiento y servicios públicos, además del uso característico señalado, podrá

disponerse cualquier otro uso de equipamiento y servicios públicos que no interfieran el desarrollo de las actividades propias del usocaracterístico, se considera compatible el uso educativo con el uso característico deportivo.

2. En todas las parcelas calificadas para uso de equipamiento y servicios públicos se considera compatible la vivienda dequien guarde la instalación, con una superficie máxima construida de ciento veinticinco (125) metros cuadrados.

3. Las parcelas calificadas para uso de equipamiento y servicios públicos podrán destinarse a Servicios infraestructurales,vinculados al suministro de agua, energía, saneamiento, telecomunicaciones y alumbrado.

34 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

Sección 2ªCondiciones de la edificación

Artículo 41.— Posición de la edificación.La posición de la edificación en la parcela es libre siempre que : a) El retranqueo mínimo sea de ocho (8) metros a la alineación exterior.b) La separación a linderos de uso distinto a SIPS será de cinco (5) metros.c) Separación a zonas verdes de uso público: ocho (8) metros.Artículo 42.— Condiciones de edificabilidad y aprovechamiento.El coeficiente de edificabilidad neta máxima por parcela es de un (1) metro cuadrado construido por cada metro cuadrado de

parcela.El aprovechamiento es cero (0) dado su carácter público. Artículo 43.— Altura de la edificación.La altura máxima de la edificación en número de plantas será de dos (2), salvo en los usos sanitario-asistencial y religioso en que

se podrá alcanzar los tres (3) plantas. La altura en metros deberá ser justificada en función de las necesidades concretas de la instalación. 6W-4835

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 35

ALCALÁ DE GUADAíRA

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (BOE número 285/1992, de 27 de noviembre), pormedio del presente anuncio se practica a Vivendia Group CassaS.L.U., la notificación de la resolución que a continuación setranscribe, ya que habiéndose intentado la notificación, en elúltimo domicilio conocido, no se ha podido realizar.

Texto de la resolución que se cita:Asunto: Audiencia al Interesado. Expte. 000015/2012-UROE

Por la presente le comunico que:

Habiéndose instruido el expediente administrativo de refe-rencia, sobre imposición de orden de ejecución para el resta-blecimiento de las condiciones de seguridad, salubridad y or-nato público, de acuerdo con el deber de conservaciónestablecido en el artículo 155 de la Ley 7/2002, de 17 de di-ciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en relacióncon terreno propiedad de Vivendia Group Cassa SLU, situadoen la calle Cl Cuchipanda 1, 6, de esta localidad (“...sin cerra-miento. Existen vertidos de escombros, neumáticos y otros ma-teriales, ...”); por el presente, de conformidad con lo estableci-do en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, delRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común, se le pone de manifiesto elexpediente, al efecto de que durante el plazo de diez días puedausted, como interesado, alegar y presentar los documentos yjustificaciones que estime pertinentes.

En Alcalá de Guadaíra a 2 de marzo de 2012.—El Jefe delNegociado de Disciplina Territorial, José María Gil Campos.

En Alcalá de Guadaíra a 19 de marzo de 2012.—El Secre-tario, Fernando Manuel Gómez Rincón.

253W-3886

ALCALÁ DE GUADAíRA

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común («BOE» número 285/1992, de 27 de noviembre),por medio del presente anuncio se practica a la «Asociación deVecinos Campo Alegre» la notificación de la resolución que acontinuación se transcribe, ya que habiéndose intentado lanotificación en el último domicilio conocido, no se ha podidorealizar.

Texto de la resolución que se cita:Notifico a Vd. resolución dictada por la Alcaldía-Presiden-

cia, cuyo tenor literal es el siguiente:Resolución n.º 144/2012, de 15 de marzo, sobre cancela-

ción de inscripción de la entidad denominada «Asociación deVecinos Campo Alegre» en el Registro Municipal de Asocia-ciones y otras de Entidades Ciudadanas.

Por los Servicios competentes de este Ayuntamiento se hacomprobado la falta de presentación de documentos requeri-dos a la «Asociación de Vecinos Campo Alegre», con domici-lio social en calle Presidenta Lázaro Cárdenas, 8-bis, de estalocalidad, la cual figura debidamente inscrita en el RegistroMunicipal de Asociaciones y otras de Entidades Ciudadanascon el número 252.

En consecuencia con lo anterior, y considerando lo precep-tuado en los artículos 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Regu-ladora de las Bases de Régimen Local; 8 del ReglamentoMunicipal de Asociaciones y otras de Entidades Ciudadanas,aprobado por el Pleno de la Corporación con fecha 27 demarzo de 2008 («Boletín Oficial» de la provincia n.º 84, 12-04-08/), y 236.4 del Reglamento de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobadopor Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre de 1986, porla presente he resuelto:

Primero: Cancelar la inscripción por inactividad de la«Asociación de Vecinos Campo Alegre», en el Registro Muni-cipal de Asociaciones y otras de Entidades Ciudadanas, consi-derándola dada de baja a todos los efectos.

Segundo: Dar traslado de la presente resolución a la citadaasociación para su conocimiento y efectos oportunos.

Lo manda y firma el señor Alcalde-Presidente, don Anto-nio Gutiérrez Limones, en Alcalá de Guadaíra a 15 de marzode 2012, de lo que como Secretario General certifico.

Lo que le comunico a los debidos efectos, advirtiéndoleque de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de laLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régi-men Local; 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 8, 10 y46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Juris-dicción Contencioso-Administrativa, contra el presenteacuerdo, que tiene carácter definitivo y pone fin a la vía admi-nistrativa, podrá interponer potestativamente recurso de repo-sición ante el mismo órgano que dicta el acuerdo, en el plazode un mes, a partir del día siguiente al recibo de la presentenotificación o, directamente, recurso contencioso-administra-tivo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior deJusticia de Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de dos

meses, contados, igualmente, a partir del siguiente al que seproduzca la presente notificación.

No obstante, podrá Vd. interponer, en su caso, cualquierotro recurso que estime procedente.

Alcalá de Guadaíra a 3 de abril de 2012.—El Secretario,Fernando Manuel Gómez Rincón.

7W-4442

ALCALÁ DE GUADAíRADe conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común («BOE» número 285/1992, de 27 de noviembre),por medio del presente anuncio se practica a la asociación«Club de Pesca Deportiva Guadaíra» la notificación de laresolución que a continuación se transcribe, ya que habiéndoseintentado la notificación, en el último domicilio conocido, nose ha podido realizar.

Texto de la resolución que se cita:Notifico a Vd. resolución dictada por la Alcaldía-Presiden-

cia, cuyo tenor literal es el siguiente:Resolución n.º 124/2012, de 5 de marzo, sobre cancelación

de inscripción de la entidad denominada «Club de PescaDeportiva Guadaíra» en el Registro Municipal de Asociacio-nes y otras de Entidades Ciudadanas.

Por los Servicios competentes de este Ayuntamiento se hacomprobado la falta de presentación de documentos requeri-dos al «Club de Pesca Deportiva Guadaíra», con domiciliosocial en Avda. 28 de Febrero, local 18-bajo, de esta localidad,la cual figura debidamente inscrita en el Registro Municipal deAsociaciones y otras de Entidades Ciudadanas, con el n.º 301.

En consecuencia con lo anterior, y considerando lo precep-tuado en los artículos 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Regu-ladora de las Bases de Régimen Local; 8 del ReglamentoMunicipal de Asociaciones y otras de Entidades Ciudadanas,aprobado por el Pleno de la Corporación con fecha 27 demarzo de 2008 («Boletín Oficial» de la provincia n.º 84, 12-04-08), y 236.4 del Reglamento de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobadopor Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre de 1986, porla presente he resuelto:

Primero: Cancelar la inscripción por inactividad del «Clubde Pesca Deportiva Guadaíra», en el Registro Municipal deAsociaciones y otras de Entidades Ciudadanas, considerándoladada de baja a todos los efectos.

Segundo: Dar traslado de la presente resolución a la citadaasociación para su conocimiento y efectos oportunos.

Lo manda y firma el señor Alcalde-Presidente, don Anto-nio Gutiérrez Limones, en Alcalá de Guadaíra a 5 de marzo de2012, de lo que como Secretario General certifico.

Lo que le comunico a los debidos efectos, advirtiéndoleque de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de laLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régi-men Local; 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 8, 10 y46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Juris-dicción Contencioso-Administrativa, contra el presenteacuerdo, que tiene carácter definitivo y pone fin a la vía admi-nistrativa, podrá interponer potestativamente recurso de repo-sición ante el mismo órgano que dicta el acuerdo, en el plazode un mes, a partir del día siguiente al recibo de la presentenotificación o, directamente, recurso contencioso-administra-tivo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior deJusticia de Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de dosmeses, contados, igualmente, a partir del siguiente al que seproduzca la presente notificación.

No obstante, podrá Vd. interponer, en su caso, cualquierotro recurso que estime procedente.

Alcalá de Guadaíra a 3 de abril de 2012.—El Secretario,Fernando Manuel Gómez Rincón.

7W-4443

ALCALÁ DE GUADAíRADe conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común («BOE» número 285/1992, de 27 de noviembre),por medio del presente anuncio se practica a la «Asociación deVecinos Cristóbal de Monroy» la notificación de la resoluciónque a continuación se transcribe, ya que habiéndose intentadola notificación en el último domicilio conocido, no se hapodido realizar.

Texto de la resolución que se cita:Notifico a Vd. resolución dictada por la Alcaldía-Presiden-

cia, cuyo tenor literal es el siguiente:Resolución n.º 121/2012, de 2 de marzo, sobre modifica-

ción de la inscripción de la entidad denominada «Asociaciónde Vecinos Cristóbal de Monroy», en el Registro Municipal deAsociaciones y otras de Entidades Ciudadanas.

Con fecha 23 de febrero de 2012 se ha presentado escritopor la entidad «Asociación de Vecinos Cristóbal de Monroy»,con domicilio social en calle Garcilaso de la Vega n.º 23, deesta localidad, por el que solicita la modificación de la inscrip-ción de dicha asociación en el Registro Municipal de Asocia-ciones y otras de Entidades Ciudadanas, en el que figura debi-damente inscrita con el número 25.

La modificación que se solicita se estima conforme, porcuanto la misma consiste en modificación de la Junta Direc-tiva.

En consecuencia con lo anterior, y considerando lo precep-tuado en los artículos 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Regu-ladora de las Bases de Régimen Local; 7 y 8 del ReglamentoMunicipal de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas,aprobado por el Pleno de la Corporación con fecha 27 demarzo de 2008 («Boletín Oficial» de la provincia n.º 84, 12-04-08), y 236.4 del Reglamento de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobadopor Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre de 1986, porla presente he resuelto:

Primero: Modificar a petición propia la inscripción de laentidad «Asociación de Vecinos Cristóbal de Monroy» en elRegistro Municipal de Asociaciones y otras de Entidades Ciu-dadanas, haciendo constar en dicho Registro los datos siguientes:

— Modificación de la Junta Directiva.Segundo: Dar traslado de la presente resolución a la citada

asociación para su conocimiento y efectos oportunos.Lo manda y firma el señor Alcalde-Presidente, don Anto-

nio Gutiérrez Limones, en Alcalá de Guadaíra a 2 de marzo de2012, de lo que como Secretario General certifico.

Lo que le comunico a los debidos efectos, advirtiéndoleque de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de laLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régi-men Local; 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 8, 10 y46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Juris-dicción Contencioso-Administrativa, contra el presenteacuerdo, que tiene carácter definitivo y pone fin a la vía admi-nistrativa, podrá interponer potestativamente recurso de repo-sición ante el mismo órgano que dicta el acuerdo, en el plazode un mes, a partir del día siguiente al recibo de la presentenotificación o, directamente, recurso contencioso-administra-tivo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o Sala

36 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior deJusticia de Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de dosmeses, contados, igualmente, a partir del siguiente al que seproduzca la presente notificación.

No obstante, podrá Vd. interponer, en su caso, cualquierotro recurso que estime procedente.

Alcalá de Guadaíra a 3 de abril de 2012.—El Secretario,Fernando Manuel Gómez Rincón.

7W-4444

LA ALGABA

Don Diego Manuel Agüera Piñero, Alcalde Presidente delIlmo. Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que aprobadas inicialmente la OrdenanzaReguladora del Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor ySeguridad Vial; Ordenanza Reguladora de determinadas acti-vidades de ocio; Ordenanza Reguladora de Arbolado, Parquesy Jardines Públicos del municipio de La Algaba, y el Regla-mento del Tanatorio Municipal, en sesión plenaria celebradacon carácter ordinario con fecha 4 de abril de 2012, en cumpli-miento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el TextoRefundido de las disposiciones legales vigentes en materia deRégimen Local, se somete el expediente a información públicapor el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente dela inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia, para que los interesados puedan examinar el expedientey presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

De no producirse éstas, se entenderá definitivamente adop-tado el acuerdo, hasta entonces provisional.

En La Algaba a 12 de abril de 2012.—El Alcalde, DiegoM. Agüera Piñero.

7W-4831

BENACAZÓN

De conformidad con el Decreto de Alcaldía n.º 191/2012,de 6 de marzo, por medio del presente anuncio se efectúa con-vocatoria del procedimiento abierto, único criterio de adjudi-cación al precio más bajo, para la contratación del suministrode materiales de obra para las obras afectas al PFOEA-11,Programa Garantía de Rentas, conforme a los siguientes datos:

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Benacazón.b) Dependencia que tramita el expediente: Área de

Urbanismo.c) Número de expediente: 2/2012-CONT.

2. Objeto del contrato:a) Descripción: Suministro de materiales de obra para

obras afectas al PFOEA.-11, Programa Garantía deRentas.

b) Lugar de ejecución: Obras de «Ampliación ace-rado de c/. Nueva» y «Acerado, pavimentación yalcantarillado de c/. El Carpio hasta intersecciónc/. Sevilla».

c) Plazo de Ejecución: Hasta el 30 de junio de 2012.

3. Tramitación:Urgente.

4. Procedimiento:Abierto, único criterio de adjudicación, al precio más bajo.

5. Presupuesto base de licitación:100.400,96 € y 18.072,01 € correspondiente al IVA.

6. Garantía provisional:No se exige.

7. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Ayuntamiento de Benacazón.b) Domicilio: Plaza Blas Infante n.º 1.c) Localidad y código postal: Benacazón 41805.d) Teléfono: 955709999. Fax: 955705000.e) Fecha límite de obtención de documentos e infor-

mación: Último día de presentación de proposi-ciones.

8. Requisitos específicos del contratista:Acreditarán su solvencia económica y financierasegún lo dispuesto en el Pliego de Claúsulas Adminis-trativas Particulares.

9. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: 7 días naturales, a

contar desde la publicación de este anuncio en el«Boletín Oficial» de la provincia.

b) Documentación a presentar: Según lo establecidoen el Pliego de C.A.P.

c) Lugar de presentación: Registro General deEntrada, de 8.30 a 14.00 horas.

10. Apertura de las ofertas:Según lo establecido en el Pliego de C.A.P.

11. Gastos de anuncios:Por cuenta del adjudicatario.

12. Perfil de contratante (http://www.benacazon.es):Se publica la convocatoria y los Pliegos.

En Benacazón a 8 de marzo de 2012.—El Alcalde, José A.Fernández Ortiz.

7W-3521-P

CAMAS

Decreto 1372/2011, de 17 de noviembre de 2011, sobre re-solución de alegaciones presentada por Stanislaw Mroczek,sobre expediente sancionador número 0001503.

Dado que por parte de este Órgano Sancionador se com-parten los razonamientos de hechos y los fundamentos de dere-cho emitidos en el informe del Instructor del Negociado deMultas, y en uso de las atribuciones establecidas en el artículo71.4 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el que se apruebael texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehícu-los a Motor y Seguridad Vial, a propuesta del Instructor del Ne-gociado de Multas del Excmo. Ayuntamiento de Camas, donJosé Manuel Riego Ruiz, nombrado por Decreto de Alcaldía1258/2011, de treinta y uno de octubre como Instructor entodos los expedientes sancionadores en materia de tráfico, cir-culación de vehículos a motor y seguridad vial, resuelvo:

Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas en méri-tos del expediente sancionador descrito anteriormente, impo-niéndose la sanción señalada, por constituir los hechos la in-fracción prevista en el precepto reseñado, de la cual seconsidera responsable, en concepto de autor a la persona men-cionada, conforme determina el artículo 69 de la Ley de Tráfi-co y Seguridad Vial (R.D.Lgtvo. 339/1990).

Segundo.—Notificar la resolución decretada a la personainteresada, haciendo constar la vía de recurso procedente y,cuando proceda, el plazo y forma de pago de la multa en pe-riodo voluntario, así como las consecuencias del incumpli-miento del pago en periodo voluntario:

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 37

Recursos: Contra dicha resolución, que pone fin a la vía ad-ministrativa, puede interponer el recurso de reposición, con ca-rácter potestativo, dirigido al órgano que ha dictado esta reso-lución sancionadora, en el plazo de un mes a partir del díasiguiente a la recepción de la notificación de esta resolución, yserá presentado en las oficinas o dependencias del ayuntamien-to sancionador, o bien en cualquiera de los registros a que hacereferencia el art. 38.4 de la Ley 30/1992. El recurso se enten-derá desestimado si no se ha resuelto en el plazo de un mesdesde su interposición. Contra la desestimación expresa o pre-sunta del recurso de reposición, puede interponer recurso con-tencioso administrativo ante los juzgados contencioso adminis-trativos de la provincia de Sevilla, o alternativamente si sudomicilio radica en otra provincia, ante los juzgados conten-ciosos administrativos con competencia territorial en la provin-cia de la localidad donde reside, en el plazo de dos meses a con-tar desde el día siguiente al de la recepción de la notificaciónde la desestimación, cuando se formule de forma expresa, o enel plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel enel que el referido recurso se haya de entender desestimado deforma presunta.

Firmeza y pago: Esta resolución sancionadora pone fin a lavía administrativa y la sanción es inmediatamente ejecutivadesde el día siguiente de su notificación al interesado. Por con-siguiente, se le advierte que, salvo que la multa haya sido pa-gada durante el procedimiento, tiene la obligación de ingresarel importe de la misma en el plazo de 15 días naturales , a con-tar desde el día siguiente a la fecha de notificación de esta re-solución, o bien, mediante el documento de pago que se adjun-ta, hasta la fecha límite que se indica en el mismo (arts 82,88 y90 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, en su redacción dadapor la Ley 18/2009, de 23 de noviembre). El vencimiento delplazo de ingreso en periodo voluntario sin haber hecho efecti-vo su importe determina el inicio del periodo ejecutivo, con laexigencia de los intereses de demora; los recargos del periodoejecutivo del 5%, 10 % y 20% y en su caso de las costas delprocedimiento de apremio, en los términos y condiciones esta-blecidos en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17de diciembre, General Tributaria.

Forma y lugar de pago.

1) En las Entidades Financieras colaboradoras cabeceras:Banesto, Banco de Andalucía, BBVA y Cajasol. Resto de Enti-dades colaboradoras: Cajasol, La Caixa, Caja Rural del Sur,Caja Rural de Utrera, Banco Sabadell Atlántico y Caja Grana-da.

2) En las páginas web y cajeros de Banesto, Cajasol, Bancode Andalucía, B.B.V.A., Banco Santander y La Caixa.

3) A través de la página www.opaef.eshttp://www.opaef.es/,si es usuario de banca electrónica de las entidades colaborado-ras.

Para realizar el pago deberá aportar el documento de pago quese acompaña a esta resolución, o en su caso, solicitarlo en cual-quiera de las oficinas del OPAEF, en horario de atención al públi-co. Podrá consultar la relación de Oficinas del OPAEF y el hora-rio de atención al público en www.opaef.es (Oficinas Centrales enSevilla: Servicio de Inspección-Unidad de Multas, Calle AlejoFernández 13, teléfono centralita 954 550 300). También podrá so-licitar documento de pago en el Ayuntamiento sancionador.

Detracción de puntos: Se detraerán, si procede, de su per-miso o licencia de conducción los puntos que se indican. Puedeconsultar su saldo de puntos en www.dgt.eshttp://www.dgt.es/

Suspension: La interposición del recurso de reposición nosuspenderá la ejecución del acto impugnado ni la de la sanción.En el caso de que el recurrente solicite la suspensión de la eje-cución, ésta se entenderá denegada transcurrido el plazo de unmes desde la solicitud sin que se haya resuelto.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente del Ayunta-miento, Rafael Alfonso Recio Fernández.

En Camas a 17 de noviembre de 2011.—Ante mi, El Se-cretario General, que certifico, Virgilio Rivera Rodríguez.—ElAlcalde-Presidente, Rafael Alfonso Recio Fernández.

253W-3795

CANTILLANA

Intentada la notificación que a continuación se transcribe adon Carlos Roberto Salazar Oñate y al no haberse podido prac-ticar; en base al artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica esteanuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillanay en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla a los efec-tos pertinentes:

NotificaciónN/ref.: Expte núm.: 12/11Asunto: Incoación expediente baja de oficio.Teniendo conocimiento este Ayuntamiento que no reside en

este municipio la mayor parte del año. De conformidad con loestablecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Re-guladora de las Bases del Régimen Local toda persona que vivaen España está obligada a inscribirse en el Padrón del munici-pio en el que resida habitualmente.

Por ello, este Ayuntamiento instruye expediente para decla-rar de oficio la baja de su inscripción en este Municipio en eldomicilio siguiente: Calle Travesía de San José núm. 1, P01,pta. iz.

De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Re-glamento de Población y Demarcación Territorial, aprobadopor Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio y en el ApartadoII.1.c) 2, de la Resolución de 1 de abril de 1997 de la Presidentadel I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial,por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y re-visión del Padrón., dispone de un plazo de diez días para mani-festar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este úl-timo caso, presentar las justificaciones que estime pertinentesal objeto de acreditar que es en este municipio en el que resideel mayor número de días al año.

Si Vd. reside habitualmente en otro municipio, deberá soli-citar el alta en el Padrón correspondiente; en tal caso, dicho altase tramitaría por este mismo Ayuntamiento.

En Cantillana a 13 de marzo de 2012.—La Secretaria Ge-neral, María Menéndez Fernández.

253W-3629

CANTILLANA

Intentada la notificación que a continuación se transcribe adoña Sara Gómez Soriano y don Rogelio Manuel Pozo Gómezy al no haberse podido practicar; en base al artículo 59.5 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se publica este anuncio en el tablón de edictos delAyuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia de Sevilla a los efectos pertinentes:

Notificación.N/ref.: Expte núm.: 2/12.Asunto: Incoación expediente baja de oficio.Teniendo conocimiento este Ayuntamiento que no reside en

este municipio la mayor parte del año. De conformidad con loestablecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Re-guladora de las Bases del Régimen Local toda persona que vivaen España está obligada a inscribirse en el Padrón del munici-pio en el que resida habitualmente.

Por ello, este Ayuntamiento instruye expediente para decla-rar de oficio la baja de su inscripción en este municipio en el

38 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

domicilio siguiente: Avda. Ntra. Sra. de la Soledad, núm. 58,portal 1, P02, pta. E.

De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Re-glamento de Población y Demarcación Territorial, aprobadopor Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio y en el ApartadoII.1.c) 2, de la Resolución de 1 de abril de 1997 de la Presidentadel I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial,por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y re-visión del Padrón., dispone de un plazo de diez días para mani-festar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este úl-timo caso, presentar las justificaciones que estime pertinentesal objeto de acreditar que es en este municipio en el que resideel mayor número de días al año.

Si Vd. reside habitualmente en otro municipio, deberá soli-citar el alta en el Padrón correspondiente; en tal caso, dicho altase tramitaría por este mismo Ayuntamiento.

En Cantillana a 24 de febrero de 2012.—La Secretaria Ge-neral, María Menéndez Fernández.

253W-3626

CARMONA

Se ha dictado resolución de fecha 6 de marzo de 2012, conel núm. 354/2012, cuyo tenor literal es el siguiente:

Hechos:Visto Decreto núm. 853/2011, de fecha 24 de junio de

2011,por el se modifica el Decreto 817/2011, por el que senombra a los Tenientes de Alcalde y se establecen las delega-ciones de atribuciones.

Considerando la toma de posesión de Doña Angélica Alon-so Ávila como Concejal de Grupo Municipal Popular efectua-da en sesión plenaria de fecha 29 de febrero de 2012, en susti-tución de doña Rosario Fátima Álvarez Acal.

Fundamentos:Considerando lo previsto en el Reglamento Orgánico Mu-

nicipal, BOP núm. 3711, de 28 de junio de 1993.De conformidad con los artículos 21.8 y 3 y 23.4 de la Ley

7/1985, de 2 de abril , Reguladora de las Bases de RégimenLocal, los artículos 43 y ss y de los previsto ene l artículo 38 d)del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre , por el quese aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento yRégimen Jurídico de las Entidades Locales, vengo a disponer:

Resolución:Primero.—Modificar el Decreto 853/2011, de fecha 24 de

junio de 2011, por el que se nombra a los Tenientes de Alcaldey se establecen las delegaciones de atribuciones, quedando conel siguiente contenido:

Nombrar Tenientes de Alcalde, por el orden que a conti-nuación se detalla, a los siguientes Concejales:

— Primer Teniente de Alcalde: Don Juan Carlos RamosRomo.

— Segundo Teniente de Alcalde: Don José FranciscoCorzo Ballester.

— Tercera Teniente de Alcalde: Doña Ángeles Iñiguez Be-lloso.

— Cuarto Teniente de Alcalde: Don Manuel Alberto SanRomán Montero.

— Quinta Teniente de Alcalde: Doña Teresa Ávila Guisado.— Sexto Teniente de Alcalde: Don Ramón Gavira Gordón.— Séptima Teniente de Alcalde: Doña María del Carmen

García Fernandez.A los Tenientes de Alcalde nombrados, previa aceptación

de su cargo, les corresponde en cuanto a tales, sustituir al Al-calde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nom-bramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimen-to que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones.

Segundo.—Conferir las siguientes Delegaciones, en rela-ción con las Áreas establecidas en el ROM:

- Educación, Formación y Empleo, adscrito al Área de Cul-tura: Doña Angélica Alonso Ávila

- Igualdad, adscrito al Área de Asuntos Sociales: DoñaMaría del Carmen García Fernández

- Servicios Sociales, adscrito al Área de Asuntos Sociales:Don Juan Carlos Ramos Romo

- Cooperación, adscrito al Área de Participación Ciudada-na: Don Juan Carlos Ramos Romo

- Fiestas, adscrito al Área de Turismo y Festejos: Don JuanCarlos Ramos Romo

- Salud y Consumo, adscrito al Área de Salud y Consumo:Don José Francisco Corzo Ballester

- Mayores, adscrito al Área de Asuntos Sociales: Don JoséFrancisco Corzo Ballester

- Infrestructuras y Servicios, adscrito al Área de Urbanismoy Medioambiente: Doña Ángeles Iñiguez Belloso

- Tráfico, adscrito al Área de Seguridad Ciudadana: DoñaÁngeles Iñiguez Belloso

- Urbanismo y Obras, Mediombiente y Agricultura, adscri-tos al Área de Urbanismo y Medioambiente: Don Manuel Al-berto San Román Montero

- Recursos Humanos, adscrito al Área de Régimen Interior:Doña Teresa Ávila Guisado

- Hacienda, adscrito al Área de Economía y Hacienda:Doña Teresa Ávila Guisado

- Cultura, adscrito al Área de Cultura y Deporte: DonRamón Gavira Gordón

- Patrimonio Histórico y Turismo, adscrito al Área de Tu-rismo y Festejos: Don Ramón Gavira Gordón

- Juventud, adscrito al Área de Asuntos Sociales: Doña An-gélica Alonso Ávila.

- Participación Ciudadana y Comunicación, adscritos alÁrea de Participación Ciudadana: Doña Angélica AlonsoÁvila.

- Comunicación, adscrito al Área de Participación Ciuda-dana: Doña María Carmen García Fernández.

Las delegaciones efectuadas abarcarán las facultades de di-rección, organización interna y gestión de los correspondientesservicios, con exclusión expresa de la facultad de resolver me-diante actos administrativos que afecten a terceros.

El régimen jurídico de la presente delegación será el pre-visto con carácter general en los artículos 114 a 118 del ROF.

- Delegación especial relativa al barrio de Guadajoz: DoñaMaría Carmen García Fernández. Abarca las facultades de di-rección, organización interna y gestión de los correspondientesservicios en dicho ámbito territorial en coordinación con el De-legado del área que corresponda, con exclusión expresa de lafacultad de resolver mediante actos administrativos que afectena terceros.

Tercero.—Notificar la presente resolución a las personasdesignadas a fin de que presten la aceptación de tales cargos,debiendo manifestar, en su caso, la renuncia a los mismos, porescrito, ante esta Alcaldía, así como indicarles el deber que tie-nen de mantener informada a esta Alcaldía del ejercicio de susfunciones delegadas.

Cuarto.—Remitir anuncio de las referidas delegacionespara su inserción en el «Boletín Oficial» de la provincia y pu-blicarlas igualmente en el tablón de anuncios municipal.

Quinto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno enla primera sesión que se celebre.

Sexto.—Las delegaciones conferidas serán efectivas desdeel día siguiente a la fecha de la presente resolución.

En Carmona a 8 de marzo de 2012.—El Alcalde-Presi-dente, Juan M. Ávila Gutiérrez.

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 39

Por parte de la Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Car-mona, se ha dictado resolución de fecha 6 de marzo de 2012,con el núm. 355/2012, cuyo tenor literal es el siguiente:

Hechos:Visto Decreto núm. 829/2011, de fecha 20 de junio de

2011, por el que se determina la composición de la Junta deGobierno Local y atribución de funciones.

Considerando la toma de posesión de Doña Angélica Alon-so Ávila como Concejal de Grupo Municipal Popular efectua-da en sesión plenaria de fecha 29 de febrero de 2012, en susti-tución de doña Rosario Fátima Álvarez Acal.

Fundamentos:Considerando lo previsto en el artículo 24 Reglamento Or-

gánico Municipal, BOP núm. 3711, de 28 de junio de 1993.De conformidad con los artículos 20.1.b) y 23 de la Ley

7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de RégimenLocal, los artículos 35.2 y 52 del Real Decreto 2568/1986, de28 de noviembre , por el que se aprueba el Reglamento de Or-ganización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entida-des Locales, vengo a disponer:

Resolución:Primero.—Modificar el punto primero del Decreto

829/2011, de fecha 20 de junio de 2011, por el que se designaa los miembros de la Junta de Gobierno Local, quedando con elsiguiente contenido:

Designar miembros de la Junta de Gobierno Local los si-guientes Concejales:

— Don Juan Carlos Ramos Romo.— Don Francisco Corzo Ballester— Doña Ángeles Iñiguez Belloso.— Don Manuel Alberto San Román Montero.— Doña Teresa Ávila Guisado.— Don Ramón Gavira Gordón.— Doña María del Carmen García Fernández.Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución

a los designados, que se considerará aceptada tácitamente,salvo manifestación expresa.

Tercero.—La presente resolución surtirá efectos desde eldía siguiente al de la fecha del Decreto, sin perjuicio de su pre-ceptiva publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia deSevilla y correspondiente tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno enla primera sesión que se celebre.

En Carmona a 8 de marzo de 2012.—El Alcalde-Presiden-te, Juan M. Ávila Gutiérrez.

253W-3417

CARRIÓN DE LOS CÉSPEDES

De conformidad con la resolución de Alcaldía número81/2012, de fecha 17/02/2012, por medio del presente anunciose efectúa convocatoria del procedimiento abierto, atendiendoa la oferta económicamente más ventajosa, varios criterios deadjudicación, para la contratación del suministro de energíaeléctrica para distintos servicios y edificios municipales delAyuntamiento de Carrión de los Céspedes, conforme a lossiguientes datos:

1. Entidad adjudicadora.Datos generales y datos para la obtención de la informa-

ción:a) Organismo: Ayuntamiento de Carrión de los

Céspedes.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.c) Obtención de documentación e información:

1. Dependencia: Secretaría.2. Domicilio: Plaza de la Constitución, 4.

3. Localidad y Código Postal: Carrión de losCéspedes. 41820.

4. Teléfono: 954 75 51 26.5. Telefax: 954 75 56 08.6. Correo electrónico: secretaria@carriondeloscespe-

des.es.7. Dirección de internet del Perfil de Contratante:

www.carriondeloscespedes.es.8. Fecha límite de obtención de documentación e

información: hasta el día anterior a la finalizacióndel plazo de presentación de ofertas.

d) Número de expediente: 16/2012.2. Objeto del contrato.a) Tipo: Contrato administrativo de suministro.b) Descripción: Suministro de energía eléctrica para dis-

tintos servicios y edificios municipalesc) División por lotes o grupos a contratar:

Lote I: Suministros en baja tensión con potencia infe-rior a 10 kw.Lote II: Suministros en baja tensión con potencia com-prendida entre 10 y 15 kw.Lote III: Suministros en baja tensión con potenciasuperior a 15 kw.

d) Lugar de ejecución/entrega: Distintos servicios ydependencias municipales.

e) Plazo de ejecución/entrega : La duración del contratoserá de doce meses prorrogables.

f) Admisión de prórroga: Podrá ser prorrogado porperiodos anuales, con un máximo de dos.

g) CPV : 31154000-0: Suministros ininterrumpidos deenergía eléctrica.

3. Tramitación y procedimiento.a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto, oferta económicamente más

ventajosa, varios criterios de adjudicación.c) Subasta electrónica: No procede.d) Criterios de Adjudicación: La valoración máxima será

de 100 puntos, que corresponderán a la valoración económicamás valoración de las mejoras.

d.1. Valoración económica: Hasta 80 puntos, deacuerdo con el resultado de la siguiente fórmula:

Oferta económica más baja x máxima puntuación criterioValoración=

Oferta económica que se está valorando

d.2. Otras prestaciones y mejoras: hasta 20 puntos.– Por suministro e instalación de equipos para ahorro

de energía reactiva, 8 puntos.– Por suministro e instalación de maxímetros ( IPC),

6 puntos.– Por la realización de auditorías y estudios para la

optimación energética y de la factura eléctrica delas instalaciones, hasta 3 puntos.

– Por rebajas en precio de penalizaciones por excesode consumo de potencia contratada, 2 puntos.

– Por la presentación de las facturas en una únicaremesa en formato digital ( CD o DVD) que con-tengan los archivos individuales de caea factsumi-nistro, nombrados con su número de referencia, 1punto.

4. Valor estimado del contrato.59.500,00 euros más 10.710,00 euros de Impuesto sobre el

Valor Añadido. 5. Garantías exigidas.Los que resulten adjudicatarios de los contratos deberán

constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación,excluido el IVA.

40 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

6. Requisitos específicos del contratista.a) Clasificación : Dada la cuantía del contrato no es

necesario que el empresario disponga de clasificación. b) Solvencia económica y financiera, y solvencia técnica

y profesional : Cláusula sexta del Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares.

c) Otros requisitos específicos. Por el tipo de suministro,el contratista deberá estar inscrito en la Sección Segunda delRegistro Administrativo de Distribuidores, Comercializadoresy Consumidores Directos en el Mercado del Ministerio deEconomía.

De igual forma, las empresas ofertantes, deberán estar ins-critas y autorizadas por el Ministerio de Industria, Turismo yComercio con autorización para operar en el territorio de laprovincia de Sevilla, cuya Resolución permitirá a la firma adju-dicataria realizar el suministro de electricidad en baja tensiónde los suministros municipales, según las especificaciones téc-nicas que figuran en los documentos del pliego.

Dichas empresas, asumirán el papel de únicos interlocuto-res y responsables técnicos y comerciales frente alAyuntamiento de Carrión de los Céspedes.

7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participa-ción:

a) Fecha límite de presentación. En el plazo de quincedías a partir del siguiente a la publicación del presente anuncioen el «Boletín Oficial» de la provincia.

b) Modalidad de presentación: por correo, telefax o pormedios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquierade los lugares establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

c) Lugar de presentación:1. Dependencia: Secretaría del Ayuntamiento de

Carrión de los Céspedes.2. Domicilio: Plaza de la Constitución, 4.3. Localidad y Código Postal: 41820. Carrión de los

Céspedes.4. Dirección electrónica: secretaria@carriondelosces-

pedes.es.d) Admisión de variante: Sí proceden.e) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a

mantener su oferta: Dos meses.8. Apertura de ofertas.La Mesa de Contratación se constituirá el quinto día hábil

tras la finalización del plazo de presentación de las proposicio-nes, a las 12.00 horas, procederá a la apertura de los Sobres Ay calificará la documentación administrativa contenida en losmismos.

Si fuera necesario la Mesa concederá un plazo, no superiora tres días, para que el licitador corrija los defectos u omisionessubsanables observados en la documentación presentada.

Posteriormente se procederá a la apertura y examen de lossobres B, formulando la correspondiente propuesta de adjudi-cación al órgano de contratación.

9. Gastos de publicidad.Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del

anuncio o anuncios de licitación y adjudicación, así como cua-lesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposi-ciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.

En Carrión de los Céspedes a 20 de febrero de 2012.—ElAlcalde, Ignacio Escañuela Romana.

———

De conformidad con la resolución de Alcaldía número82/2012, de fecha 17/02/2012, por medio del presente anunciose efectúa convocatoria del procedimiento abierto, atendiendoa la oferta económicamente más ventajosa, con varios criteriosde adjudicación, para la adjudicación del contrato de servicios

de telefonía móvil y fija, así como de internet, delAyuntamiento de Carrión de los Céspedes, conforme a lossiguientes datos:

1. Entidad adjudicadora.Datos generales y datos para la obtención de la información:a) Organismo: Ayuntamiento de Carrión de los

Céspedes.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.c) Obtención de documentación e información:

1 Dependencia: Secretaría del Ayuntamiento deCarrión de los Céspedes.

2 Domicilio: Plaza de la Constitución, nº 4.3 Localidad y código postal: 41820. Carrión de los

Céspedes.4 Teléfono: 954 75 51 26.5 Telefax: 954 75 56 08.6 Correo electrónico:

[email protected] Dirección de Internet del perfil del contratante:

www.carriondeloscespedes.es.8 Fecha límite de obtención de documentación e

información: hasta el día anterior a la finalizacióndel plazo de presentación de ofertas.

d) Número de expediente: 316/2011.2. Objeto del contrato.a) Tipo. Contrato administrativo de servicios.b) Descripción. Servicio de telefonía fija y móvil, tanto

dentro de la Casa Consistorial como fuera de ella, acceso ainternet de banda ancha y transmisión de datos, así como elmantenimiento de las infraestructuras necesarias para la correc-ta prestación del servicio.

c) Lugar de ejecución/entrega: Casa Consistorial y dis-tintas dependencias municipales.

d) Plazo de ejecución. La duración del contrato de servi-cios será de 44 meses, con efectos desde la firma del mismo.

f) CPV: 64210000-1.3. Tramitación y procedimiento.a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto, oferta económicamente más

ventajosa, varios criterios de adjudicación.c) Subasta electrónica. No procede.d) Criterios de adjudicación.

d.1. Criterios cuantificables automáticamente, se pun-tuarán en orden decreciente:

– Precio: Hasta 25 puntos.– 925 euros/mes o más: 0 punto.– Entre 800 y 924 euros/mes: Hasta 5 puntos.– Entre 650 y 799 euros/mes: Entre 5,01 y 15 puntos.– Menos de 649 euros/mes: Entre 15,01 y 25 puntos.

d.2. Criterios cuya ponderación dependa de un juiciode valor:

– Calidad: De 0 a 10 puntos.– Valor técnico: De 0 a 10 puntos.– Mantenimiento: De 0 a 10 puntos.

Será rechazada toda oferta que, en la valoración final noobtenga una puntuación igual o superior a 25 puntos.

4. Valor estimado del contrato.El importe del contrato asciende a la cuantía de 47.790,00

euros, desglosado en un valor estimado de 40.500,00 euros y enel Impuesto sobre el Valor Añadido de 7.290,00 euros.

5. Plazo de garantía.El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garan-

tía de doce meses, a contar desde la fecha de recepción o con-formidad del trabajo, plazo durante el cual la Administraciónpodrá comprobar que el trabajo realizado se ajusta a las pres-cripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento y a lo

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 41

estipulado en el presente Pliego y en el de PrescripcionesTécnicas. Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayanformulado reparos a los trabajos ejecutados, quedará extingui-da la responsabilidad del contratista.

Si durante el plazo de garantía se acreditase a la existenciade vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano decontratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsa-nación de los mismos.

6. Requisitos específicos del contratista.a) Clasificación : Dada la cuantía del contrato no es

necesario que el empresario disponga de clasificación.b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica

y profesional : Cláusula sexta del Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares.

7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación.a) Fecha límite de presentación: en el plazo de quince

días a partir del siguiente a la publicación del presente anuncioen el «Boletín Oficial» de la provincia.

b) Modalidad de presentación: por correo, telefax o pormedios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquierade los lugares establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

c) Lugar de presentación:1. Dependencia. Secretaría del Ayuntamiento de

Carrión de los Céspedes.2. Domicilio. Plaza de la Constitución, 4.3. Localidad y código postal. 41820. Carrión de los

Céspedes.4. Dirección electrónica: secretaria@carriondelosces-

pedes.es.d) Admisión de variantes: sí proceden.f) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a

mantener su oferta: 2 meses.8. Apertura de ofertas.La Mesa de Contratación se constituirá el quinto día hábil

tras la finalización del plazo de presentación de las proposicio-nes, a las 12:00 horas, procederá a la apertura de los Sobres Ay calificará la documentación administrativa contenida en losmismos.

Si fuera necesario la Mesa concederá un plazo, no superiora tres días, para que el licitador corrija los defectos u omisionessubsanables observados en la documentación presentada.

Posteriormente se procederá a la apertura y examen de lossobres B, formulando la correspondiente propuesta de adjudi-cación al órgano de contratación.

9. Gastos de publicidad.Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del

anuncio o anuncios de licitación y adjudicación hasta el límitemáximo de 500 euros de la formalización del contrato, asícomo cualesquiera otros que resulten de aplicación, según lasdisposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.

En Carrión de los Céspedes a 20 de febrero de 2012.—ElAlcalde, Ignacio Escañuela Romana.

3W-2579-P

CASTILLEJA DE LA CUESTA

Por este Ayuntamiento, a través de los servicios de Poli-cía Local, se instruyen los correspondientes expedientes re-lativos a la Retirada de Vehículos Abandonados en la Vía Pú-blica, en orden a su posterior eliminación como residuosurbanos, en consonancia ello con lo dispuesto sobre el parti-cular en los artículo 3 y 20 de la Ley 22/2011, de 28 de julio,de Residuos, así como en desarrollo de lo establecido en laOrdenanza Municipal de Limpieza Pública vigente en la ma-teria, artículo 7.4.40.

Habiéndose practicado las notificaciones legales ordinariaspertinentes sin resultados positivos, de conformidad con lo es-tablecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y Procedimiento AdministrativoComún, se hacen públicas las correspondientes notificaciones aquienes aparecen como titulares de los vehículos-matrículasque se mencionan, como sigue:

Rocío Barco Delgado SE-1580-CP.A los precedentes interesados se les otorga un plazo de

quince días para su debido conocimiento y personalización enel expediente de su razón, retirada del vehículo del depósitomunicipal y abono de los gastos y tasas municipales que alefecto correspondan.

Transcurrido el citado plazo, por el Ayuntamiento se darápor practicado el trámite procedente en orden a la continuacióndel expediente y subsiguiente declaración del vehículo en cues-tión como residuo sólido urbano, desguace y baja definitiva delmismo en el Registro de Vehículos de la Jefatura Provincial deTráfico, y en su caso, del Padrón del Impuesto de Vehículos deTracción Mecánica.

Todo lo cual se hace saber para general conocimiento.En Castilleja de la Cuesta a 29 de marzo de 2011.—El Al-

calde-Presidente, Manuel Benítez Ortiz.253D-4239

LOS CORRALESAdmitido a trámite por acuerdo de la Junta de Gobierno

Local celebrada el día 16 de marzo de 2012, el Proyecto deActuación, redactado por el Ingeniero Agrónomo don Juan deDios Sánchez Pérez, Colegiado n.º 1214, y presentado en esteAyuntamiento por don Manuel Ibáñez Gallardo, en representa-ción de S.C.A. «La Dehesa», para la construcción de balsa deevaporación de efluentes, en la parcela n.º 86 del polígono 10,de este término municipal, se expone a información pública,con el expediente instruido al efecto, por plazo de veinte días,durante el cual podrá ser examinado por cuantas personas seconsideren afectadas y formular cuantas observaciones o ale-gaciones estimen pertinentes.

Los Corrales a 21 de marzo de 2012.—El Alcalde, JuanManuel Heredia Bautista.

7W-4617-P

ISLA MAYOR

Notificación de resolución definitiva recaída en expedientesancionador núm. 04/11-OR incoado contra don Antonio JoséSánchez Ortiz por infracción del artículo 37.5 de la OrdenanzaMunicipal de Protección en materia de Ruidos y Vibraciones.

Habiendo sido imposible practicar la notificación de la re-solución de la Alcaldía núm. 907, dictada con fecha 29/11/11,a don Antonio José Sánchez Ortiz, por encontrarse ausente desu domicilio, intentada que ha sido la notificación en dos oca-siones, en su último domicilio conocido, en cumplimiento de lodispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, procédase a practicar la notificación por medio deanuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Coria delRío, Sevilla, y en el BOP de Sevilla, de la citada resolución quea continuación se transcribe:

Expediente núm.: 04/11-ORAsunto: Infracción del artículo 37.5 de la Ordenanza Mu-

nicipal de protección en materia de ruidos y vibraciones.Denunciado: Don Antonio José Sánchez Ortiz.Hecho denunciado: Utilizar en la vía pública y otras zonas

de concurrencia pública equipos musicales, altavoces indepen-dientes o dentro de vehículos, etc., que por intensidad o persis-

42 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

tencia generen molestias a los vecinos que, a juicio de la Poli-cía Local resulten inadmisibles.

Resolución de la Alcaldía núm. 907Habiéndose concedido a don Antonio José Sánchez Ortiz

un plazo de quince días para formular alegaciones y presentarcuantos documentos e informaciones estimara convenientes,así como para proponer pruebas, concretando los medios deque intentara valerse, en el expediente sancionador núm. 04/11-OR incoado contra el mismo, previa denuncia de la PolicíaLocal, de fecha 25/09/11, por infracción del artículo 37.5 de laOrdenanza Municipal de protección en materia de ruidos y vi-braciones (BOP de Sevilla núm. 46, de 25 de febrero de 2008);habiendo transcurrido dicho plazo, pues, el denunciado no hahecho uso de su derecho.

Considerando el contenido de la denuncia que da origen alpresente procedimiento.

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 17 del R.D.1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamen-to del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sanciona-dora, a cuyo tenor “ los hechos constatados por funcionarios alos que se reconoce la condición de autoridad y que se forma-licen en documento público observando los requisitos legalespertinentes, tendrán valor probatorio, sin perjuicio de las prue-bas que en defensa de los respectivos derechos o intereses pue-dan señalar o aportar los propios administrados ”, sin que ,como se ha dicho, por el denunciado se haya hecho uso de suderecho a formular alegaciones y a proponer las pruebas de quepretendiera valerse para su defensa.

Atendiendo a que mediante resolución de esta Alcaldíanúm. 750, de fecha 30/09/11, se advirtió al denunciado que, encaso de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la inicia-ción del expediente sancionador, la misma podría ser conside-rada propuesta de resolución, con los efectos previstos en losartículos 18 y 19 del Reglamento del Procedimiento para elEjercicio de la Potestad Sancionadora.

Atendiendo a las facultades que me atribuye la Ley57/2003, de 16 de diciembre de medidas para la modernizacióndel gobierno local, así como a lo dispuesto en el Real Decreto1398/1993, de 4 de Agosto, por el que se aprueba el Regla-mento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad San-cionadora, artículo 21 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Regulado-ra de las Bases del Régimen Local, modificada por Ley 11/99,de 21 de abril y artículo 3 y Disposición Adicional tercera dela citada Ordenanza municipal, esta Alcaldía ha resuelto:

Primero.—Sancionar a don Antonio José Sánchez Ortizcon multa de trescientos euros (300 €), en virtud de lo dispues-to en el artículo 74.4 de la Ordenanza Municipal de Proteccióndel Medio Ambiente en materia de Ruidos y Vibraciones, al tra-tarse de una infracción administrativa leve, de acuerdo con suartículo 71. g).

Segundo.—Comunicar la presente resolución al interesadoy a la Tesorería Local a los efectos legales oportunos.

Lo que le comunico para su debido conocimiento y efectos,significándole que contra la presente podrá interponer, con ca-rácter potestativo, recurso de reposición ante esta Alcaldía en elplazo de un mes a contar del siguiente día al de la notificaciónde la presente. Posteriormente podrá interponer recurso con-tencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar del siguientedía al de la notificación de la resolución expresa del Recursopotestativo de reposición o de seis meses cuando haya transcu-rrido un mes desde la interposición del mismo sin que se hayaresuelto expresamente, ya que se entenderá desestimada por si-lencio administrativo.

Asimismo, podrá interponer recurso contencioso-adminis-trativo directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Adminis-trativa en el plazo de dos meses a contar del siguiente día al dela notificación de la presente resolución. En Isla Mayor a 29 denoviembre de 2011.—La Secretaria, Blanca Escuín de Leyva.Los plazos para efectuar el ingreso se especifican en el reverso.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 62.2 de la Ley58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, es el siguien-te desde la recepción d ela presente notificación:

En período voluntario:Si la liquidación le es notificada entre los días 1 y 15 de

cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hastael día 20 del mes posterior, o, si éste no fuera hábil, hasta el in-mediato hábil siguiente.

Si la liquidación le es notificada entre los días 16 y últimode cada mes, desde la fecha de recepción de la notificaciónhasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuerahábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

En vía de apremio:Transcurrido el período voluntario sin haber efectuado el

ingreso, se procederá a su cobro en vía de apremio, con el 20%de recargo.

En Isla Mayor a 1 de febrero de 2012.—El Alcalde-Presi-dente, Ángel García Espuny.

253W-1569

LANTEJUELA

Don Juan Lora Martín, Alcalde–Presidente del Ayunta-miento de esta villa.

Hace saber: Que el Pleno del Ayuntamiento de Lantejuela(Sevilla), reunido en sesión ordinaria el día 30 de marzo de2012, acordó la aprobación inicial de la modificación de la Or-denanza municipal reguladora por la que se establecen lasbases de constitución del registro público municipal de deman-dantes de vivienda protegida de Lantejuela, con la redacciónque a continuación se recoge:

1. Se suprime el texto íntegro de los siguientes artículos:Artículo 3.2; artículo 3.9; artículo 5.4.j); artículo 8.1.c); 9.6.b);9.6.c); 9.8; Disposición Transitoria Segunda.1.

2. Se modifica el texto de los artículos: Artículo 5.4.f); ar-tículo 5.4.j); artículo 5.5.c); artículo 6.1; artículo 7.4; artículo7.6.d); artículo 8.2; artículo 9.1; artículo 9.6.a); artículo 9.7;artículo 9.8; artículo 10, quedando redactados como se detallaa continuación:

• «Artículo 5.4.f). Declaración responsable de tener otravivienda en propiedad o ser adjudicatario de viviendaprotegida en alquiler y a pesar de ello necesitar una vi-vienda adaptada a sus circunstancias familiares porcausa de aumento de la composición familiar, disca-pacidad de movilidad reducida o dependencia sobre-venida, o de ser víctima de terrorismo o violencia degenero, o de que la familiar se tiene que desplazar desu localidad de origen por motivos laborales.

• Artículo 5.4.j). Número de dormitorios o superficieútil de la vivienda que demanda, en relación con launidad familiar de convivencia.

• Artículo 5.5.c). Cuando el integrante de una unidad fa-miliar o una unidad de convivencia estuviese ya ins-crito como demandante de una vivienda protegida, seaa titulo individual o formando parte de una unidad fa-miliar o de convivencia distinta. En este caso, se tra-mitará la solicitud solo cuando la persona ya inscritacancele su inscripción en el primer asiento, que conti-nuará vigente para los restantes inscritos, a los queademás se les comunicará la cancelación parcial prac-ticada. A excepción de los menores cuya guarda y cus-todia sea compartida por ambos progenitores.

• Artículo 6.1. Una vez que se proceda por parte del Re-gistro Público de Demandantes a la verificación de ladocumentación requerida al demandante, y siempreque el demandante cumpla los requisitos para ser des-tinatario de vivienda protegida, se practicará la ins-cripción en el citado registro, previa resolución dicta-

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 43

da por el órgano competente del mismo, en el plazo dedos meses, a contar desde la fecha en que la solicitudhaya tenido entrada en dicho Registro, haciéndoseconstar en todo caso.a. Los datos demandados en el artículo 5.4 de esta Or-

denanza.b. La clasificación del demandante en uno o varios

grupos de acceso en atención a sus ingresos calcu-lados por el número de veces el IPREM, pertenen-cia a un grupo de especial protección, preferenciasobre el régimen de tenencia y número de dormito-rios de la vivienda.

c. La fecha en la que se realiza la inscripción del de-mandante. A estos efectos, la inscripción de los de-mandantes se realizará atribuyendo a cada deman-dante un número correlativo que refleje el momentotemporal en el que se realiza la inscripción. La nu-meración comenzará por el número 1 y continuarásucesivamente, de modo que el número 1 reflejarála mayor antigüedad.

• Artículo 7.4. Las personas inscritas, mediante la do-cumentación oportuna, tienen la obligación de comu-nicar al Registro Público de Demandantes la modifi-cación de los datos enumerados en el apartado 4 delartículo 5 de esta Ordenanza. La comunicación noserá necesaria si se trata de una variación en los in-gresos familiares inferior al 10 %.El plazo para la comunicación será de tres mesesdesde el acontecimiento que alteró el dato modificado,salvo los datos económicos que habrá de comunicar-los entre el 1 de julio y el 30 de septiembre del año si-guiente al inmediatamente concluido.

• Artículo 7.6.d). Cuando los inscritos hayan renuncia-do voluntariamente por dos veces a la vivienda o pro-moción para la que hubiesen sido seleccionados. Eldemandante excluido no podrá volver a ser inscritohasta que transcurra el plazo de dos (2) años desde laúltima oferta que le fue presentada.A tales efectos, no tendrá la consideración de renunciavoluntaria en los siguientes casos:— Cuando la vivienda para la que ha sido selecciona-do no se corresponde con las características del de-mandante que constan en la inscripción registral.— Cuando el demandante seleccionado no pueda rea-lizar la compraventa por no haber recibido crédito fi-nanciero o porque haya sufrido una situación de des-empleo, en cuyo caso se le podrá ofertar a la personaadjudicataria la posibilidad de acceder a otra vivienda,en venta o alquiler, en la próxima promoción de vi-viendas protegidas ofertadas, sin necesidad de partici-par nuevamente en un proceso de selección.— Otras causas no imputables a una decisión capri-chosa del interesado fundamentada convenientemente.

• Artículo 8.2. Verificados los requisitos anteriores, losdemandantes se seleccionarán según un sorteo me-diante mecanismos telemáticos, con presencia de fe-datario público y en un acto público. Se realizarán tan-tos sorteos como promociones de viviendas ofertadas.Preferentemente el mecanismo consistirá en asignar acada una de las inscripciones un número aleatorio yextraer un número que determinará en sentido ascen-dente la lista de adjudicatarios y suplentes.

• Artículo 9.1. La persona titular de las viviendas prote-gidas solicitará al Registro Público de Demandantesuna relación ordenada de demandantes, aportandocopia del documento de calificación provisional o de-finitiva de las viviendas, siempre que demuestre laviabilidad económica de la promoción. Se deberáaportar además nota simple registral acreditativa de la

propiedad de las viviendas, salvo cuando la solicitudse formule por la persona promotora que figura en lacalificación.En todo caso, se considerará siempre que la promo-ción es viable económicamente cuando la financiacióncualificada cuente con la conformidad de la Adminis-tración competente.El deber previsto en este párrafo se exceptúa para lascooperativas de vivienda protegida, que se regularásegún lo establecido en el artículo 10 de las presentesbases reguladoras.

• Artículo 9.6.a).- Asimismo, terminada la relación or-denada conforme al apartado tercero de este artículo,el Registro Público de Demandantes emitirá certifica-do a favor del demandante seleccionado titular con elsiguiente contenido mínimo:a. Acreditación del cumplimiento de los requisitos que

permiten el acceso a la vivienda protegida en unadeterminada promoción de cada una de las personasseleccionadas y sobre sus condiciones especificasen base a los datos que figuren en el Registro.

• Artículo 9.7. Transcurrido el plazo de treinta (30) díasindicado en el apartado 2 sin que la persona promoto-ra haya recibido la relación de personas seleccionadas,comunicará esta circunstancia a la correspondienteDelegación Provincial de la Consejería competente enmateria de vivienda que instará al Registro la emisiónde la comunicación. Si en el plazo de quince (15) días, contados desde lafecha de la comunicación de la persona promotora a lacorrespondiente Delegación Provincial, el Registro nofacilita la relación solicitada podrá adjudicar las vi-viendas, siempre que las personas adjudicatarias cum-plan los requisitos establecidos para el acceso a lasmismas y acrediten su inscripción en un Registro, pre-via acreditación presentada al efecto por las posiblesadjudicatarias.

• Artículo 9.8. El promotor realizará la adjudicación deviviendas mediante contrato de compraventa, arrenda-miento o adjudicación en el caso de cooperativas, paralo que habrá de requerir fehacientemente a los deman-dantes seleccionados, indicándoles el lugar y horapara formalizar la adjudicación de la vivienda.Transcurridos treinta días desde el requerimiento, elpromotor excluirá a los demandantes seleccionadosque no hayan dado respuesta al requerimiento y pro-cederá a requerir a tantos suplentes como sea necesa-rio para cubrir las vacantes, comunicando al RegistroPúblico de Demandantes dichas circunstancias. Igual-mente, los suplentes que no contesten en treinta días alrequerimiento se considerarán excluidos y se procede-rá a su sustitución en los mismos términos.Asimismo, el promotor podrá convocar en un soloacto a todos los demandantes seleccionados para pro-ceder al requerimiento en el que se les indicará ellugar y día de la adjudicación de la vivienda. Si el de-mandante seleccionado no acude al acto de requeri-miento o no envía representante se considerará que harenunciado a la adjudicación. En este caso, el promo-tor procederá, en la forma prevista en este párrafo a re-querir a tantos suplentes como sea necesario para cu-brir las vacantes.También se considerarán excluidos los demandantesque habiendo aceptado el requerimiento, no se presen-ten al acto de adjudicación.En este caso, el promotor procederá, de acuerdo conlos dos párrafos anteriores, a requerir a tantos suplen-tes como sea necesario para cubrir las vacantes.Agotada la relación de suplentes, el promotor podráoptar entre solicitar una nueva relación priorizada de

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demandantes o la adjudicación libre entre demandan-tes que cumplan los requisitos establecidos para el ac-ceso a la vivienda y siempre que estén inscritos en elRegistro Público de Demandantes.En el plazo de diez días desde la adjudicación, el pro-motor la comunicará al Registro Público de Deman-dantes. Éste procederá a realizar en el plazo de diezdías la anotación en el asiento correspondiente y co-municará la adjudicación a la Consejería de Vivienday Ordenación del Territorio. Estos trámites tambiénserán obligatorios en el caso de que el promotor hu-biera obtenido la autorización prevista en el artículo 9de la Orden de 1 de Julio de 2009, que excepciona laobligación de adjudicación mediante el Registro Pú-blico de Demandantes.

• Artículo 10. Selección de miembros de cooperativas.1. En el caso de cooperativas de viviendas protegidas, la

persona promotora de su constitución solicitará del Registro lacorrespondiente relación de demandantes, conforme al proce-dimiento establecido en el artículo 11, con carácter previo a lasolicitud de la calificación provisional, acompañando declara-ción sobre las siguientes circunstancias de las viviendas cuyaconstrucción se prevé:

a) Número y ubicación.b) Tipología, superficie media y anejos o locales en su

caso.c) Programa en el que se tiene previsto financiar las vi-

viendas y precio previsto para los distintos componen-tes de la promoción, incluidos los no protegidos.

d) Situación urbanística y titularidad del suelo, así comoprevisión de plazos de inicio de la construcción de lasviviendas protegidas.

e) Estudio de viabilidad económica de la promoción.2. La adjudicación se realizará en primer lugar entre las

personas demandantes inscritas en los Registros Públicos Mu-nicipales que hayan manifestado su interés en formar parte deuna cooperativa de viviendas. En caso de no existir suficientesdemandantes se adjudicarán entre el resto de las personas ins-critas que cumplan los requisitos y según los criterios de adju-dicación generales establecidos en las bases reguladoras.

3. La persona promotora de la cooperativa podrá resultaradjudicataria de una vivienda protegida siempre que sea selec-cionada de conformidad con esta norma.

4. Si las personas inicialmente seleccionadas rechazanconstituirse en cooperativa para la promoción de las viviendas,ello no implicará renuncia voluntaria a efectos de lo estableci-do en el artículo 7.6.d).»

Que en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legis-lativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el TextoRefundido de las disposiciones legales vigentes en materia deRégimen Local, se somete el expediente a información públicapor el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a lainserción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provin-cia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclama-ciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alega-ciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Lantejuela a 9 de abril de 2012.—El Alcalde–Presiden-te, Juan Lora Martín.

8W-4824

MAIRENA DEL ALCOR

Corrección de errores

Don Ricardo A. Sánchez Antúnez, Alcalde-Presidente delAyuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que advertido error en la publicación efec-tuada del anuncio nº 3810/2012, en el «BOP» de Sevilla nº 76,de fecha 31 de marzo de 2012, en el que se contiene elacuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 6 demarzo de 2012, sobre aprobación provisional de la Ordenanzareguladora del Precio Público de la próxima Casa-Museo Bon-sor. Castillo de Mairena del Alcor, el texto que debe figurar esel siguiente:

El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada con fecha 6 demarzo de 2012 acordó:

Primera.— Aprobar provisionalmente la Ordenanza regu-ladora del Precio Público para la próxima Casa-Museo Bon-sor. Castillo de Mairena.

Segunda.— De conformidad con lo dispuesto en el artí-culo 17 del TRLRHL, el presente acuerdo provisional, asícomo el texto de las Ordenanzas Fiscales anexas al mismo, seexpondrá al público en el tablón de edictos de este Ayunta-miento durante el plazo de treinta días contados desde elsiguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del anuncioen el «Boletín Oficial» de la provincia, y en uno de los diariosde mayor difusión de esta provincia.

Tercera.— Durante el período de exposición pública de lasOrdenanzas, quienes tuvieran un interés directo en los térmi-nos previstos en el artículo 18 del TRLRHL, así como loscolegios oficiales, cámaras oficiales, asociaciones y demásentidades legalmente constituidas para velar por los interesesprofesionales, económicos o vecinales, cuando actúen endefensa de los que les son propios; podrán examinar el expe-diente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Cuarta.— De conformidad con el artículo 17.3 delTRLRHL, en el caso de que no se hubieran presentado recla-maciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdohasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdoplenario.

Quinta.— Facultar al señor Alcalde-Presidente para la eje-cución de las disposiciones contenidas en el presente acuerdoy para proceder de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4del artículo 17 del TRLRHL.

En Mairena del Alcor a 10 de abril de 2012.—El Alcalde,Ricardo A. Sánchez Antúnez.

6W-4715

MAIRENA DEL ALJARAFEDon Juan de la Rosa Bonsón, Vicepresidente de la Geren-

cia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento deesta villa.

Hace saber: Que el Excmo. Ayuntamiento en Pleno, ensesión celebrada el día 30 de marzo de 2012, acuerda, pormayoría absoluta del número legal de miembros que compo-nen la Corporación, aprobar definitivamente el Estudio deDetalle AUSU-22 «Camino de Santa Rita», habiendo sido ins-crito en el Registro Municipal de Instrumentos UrbanísticosAdministrativos, en la Sección de Planeamiento con el n.º 49.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo establecidoen el artículo 41 de la Ley de Ordenación Urbanística deAndalucía.

Mairena del Aljarafe, 12 de abril de 2012.—El Vicepresi-dente, Juan de la Rosa Bonsón.

7W-4876

MARCHENA

Don Juan Antonio Zambrano González, Alcalde-Presiden-te del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que de conformidad, con lo dispuesto en losartículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 45

cedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de no-viembre de 1992), modificada por la Ley 4/1999, de 14 deenero, se hace pública la siguiente notificación a don FranciscoVelasco Casero, ya que habiéndose intentado la notificación enel último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar:

Expte. 319/11 Por don Salvador López Pérez, en representación de Co-

mercial Lohe, S.L., con C.I.F. B-41169442, se ha solicitado li-cencia municipal para la apertura de establecimiento con em-plazamiento en Trav. San Ignacio, núm. 88-A local 4 y núm. 90local 1, destinado al ejercicio de la actividad siguiente: comer-cio al menor de artículos de droguería y perfumería.

Lo que comunico a Ud. como colindante del predio en elque se pretende realizar la antedicha actividad, para que, du-rante el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día hábilsiguiente a aquél en que reciba esta notificación, pueda presen-tar, mediante escrito dirigido a la Alcaldía, las alegaciones yobservaciones que estime pertinente.

Asímismo, participo a Ud. que, a tal fin, durante el plazo ex-presado y en horario de oficinas, podrá examinar, en el corres-pondiente Negociado, el expediente que al efecto se instruye.

En Marchena a 4 de abril de 2012.—El Alcalde-Presidente,Juan Antonio Zambrano González

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Don Juan Antonio Zambrano González, Alcalde-Presiden-te del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que de conformidad, con lo dispuesto en losartículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de no-viembre de 1992), modificada por la Ley 4/1999 de 14 deenero, se hace pública la siguiente notificación a don ManuelHumanes Reina, ya que habiéndose intentado la notificación enel último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar:

Expte. 319/11 Por don Salvador López Pérez, en representación de Co-

mercial Lohe, S.L., con C.I.F. B-41169442, se ha solicitado li-cencia municipal para la apertura de establecimiento con em-plazamiento en Trav. San Ignacio, núm. 88-A local 4 y núm. 90local 1, destinado al ejercicio de la actividad siguiente: comer-cio al menor de artículos de droguería y perfumería.

Lo que comunico a Ud. como colindante del predio en elque se pretende realizar la antedicha actividad, para que, du-rante el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día hábilsiguiente a aquél en que reciba esta notificación, pueda presen-tar, mediante escrito dirigido a la Alcaldía, las alegaciones yobservaciones que estime pertinente.

Asímismo, participo a Ud. que, a tal fin, durante el plazo ex-presado y en horario de oficinas, podrá examinar, en el corres-pondiente Negociado, el expediente que al efecto se instruye.

En Marchena a 4 de abril de 2012.—El Alcalde-Presidente,Juan Antonio Zambrano González.

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Don Juan Antonio Zambrano González, Alcalde-Presiden-te del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que de conformidad, con lo dispuesto en losartículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de no-viembre de 1992), modificada por la Ley 4/1999, de 14 deenero, se hace pública la siguiente notificación a don Juan JoséFernández Díez, ya que habiéndose intentado la notificación enel último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar:

Expte. 319/11 Por don Salvador López Pérez, en representación de Co-

mercial Lohe, S.L., con C.I.F. B-41169442, se ha solicitado li-cencia municipal para la apertura de establecimiento con em-

plazamiento en Trav. San Ignacio, núm. 88-A local 4 y núm. 90local 1, destinado al ejercicio de la actividad siguiente: comer-cio al menor de artículos de droguería y perfumería.

Lo que comunico a Ud. como colindante del predio en elque se pretende realizar la antedicha actividad, para que, du-rante el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día hábilsiguiente a aquél en que reciba esta notificación, pueda presen-tar, mediante escrito dirigido a la Alcaldía, las alegaciones yobservaciones que estime pertinente.

Asímismo, participo a Ud. que, a tal fin, durante el plazo ex-presado y en horario de oficinas, podrá examinar, en el corres-pondiente Negociado, el expediente que al efecto se instruye.

En Marchena a 4 de abril de 2012.—El Alcalde-Presidente,Juan Antonio Zambrano González

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Don Juan Antonio Zambrano González, Alcalde-Presiden-te del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que de conformidad, con lo dispuesto en losartículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de no-viembre de 1992), modificada por la ley 4/1999 de 14 de enero,se hace pública la siguiente notificación a don Ángel AlbertoJiménez López, ya que habiéndose intentado la notificación enel último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar:

Expte. 319/11 Por don Salvador López Pérez, en representación de Co-

mercial Lohe, S.L., con C.I.F. B-41169442, se ha solicitado li-cencia municipal para la apertura de establecimiento con em-plazamiento en Trav. San Ignacio, núm. 88-A local 4 y núm. 90local 1, destinado al ejercicio de la actividad siguiente: comer-cio al menor de artículos de droguería y perfumería.

Lo que comunico a Ud. como colindante del predio en elque se pretende realizar la antedicha actividad, para que, du-rante el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día hábilsiguiente a aquél en que reciba esta notificación, pueda presen-tar, mediante escrito dirigido a la Alcaldía, las alegaciones yobservaciones que estime pertinente.

Asímismo, participo a Ud. que, a tal fin, durante el plazo ex-presado y en horario de oficinas, podrá examinar, en el corres-pondiente Negociado, el expediente que al efecto se instruye.

En Marchena a 4 de abril de 2012.—El Alcalde-Presidente,Juan Antonio Zambrano González

253W-4667

LA RINCONADA

Aprobada de forma inicial por acuerdo del AyuntamientoPleno, en sesión celebrada el día 15 de febrero de 2012, la Mo-dificación de la Ordenanza del Registro Público Municipal deDemandantes de Vivienda Protegida del Ayuntamiento de LaRinconada, que a continuación se relaciona, y no habiéndoseproducido reclamaciones ni alegaciones a la misma en el pe-riodo de información pública del 3 de marzo al 10 de abril,ambos inclusive, la Modificación de la Ordenanza del Regis-tro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegidadel Ayuntamiento de La Rinconada se entiende aprobada defi-nitivamente.

Contra el presente acuerdo que agota la vía administrati-va podrá interponerse directamente recurso contencioso-ad-ministrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente alde esta publicación, ante la Sala competente del Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalu-cía, de conformidad con lo establecido en el art. 10.1.b) de laLey 29/98 de 13 de Julio de la Jurisdicción Contencioso-Ad-ministrativa.

En La Rinconada a 12 de abril de 2012.—El Alcalde-Presi-dente, Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres.

46 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

REGLAMENTO DE VIVIENDA PROTEGIDA

El Decreto aprobado por el Consejo de Gobierno introducetambién novedades en el Reglamento de Vivienda Protegida,vigente desde 2006. De este modo, el ayuntamiento pasa a serla administración competente en la concesión de calificacionesprovisionales y definitivas, trámites que con anterioridad reali-zaba la Junta de Andalucía.

Para estar inscrito en el registro municipal y optar a unaVPO se exige con carácter general no ser titular de otra vivien-da protegida o libre. La modificación incorpora excepciones siel adjudicatario posee una vivienda que ha dejado de ser habi-table y ha sido declarada como infravivienda o en ruina; si lacasa no se ajusta a sus circunstancias familiares, o si es titularpor herencia o legado de un porcentaje inferior al 25%, siem-pre que su valor no exceda el 30% del precio máximo de ventafijado en ese municipio para una VPO de régimen general. Concarácter transitorio, también se permite esa excepción a las víc-timas de violencia de género o terrorismo.

El reglamento establece que el registro de demandantes esel sistema de selección de los beneficiarios, aunque reconoce alos ayuntamientos la posibilidad de utilizar otros procedimien-tos de elección para el realojo permanente o transitorio por ac-tuaciones urbanísticas de rehabilitación o renovación urbana;para la adjudicación de viviendas y alojamientos a familias enriesgo de exclusión social, y para las VPO en alquiler destina-das a entidades sin ánimo de lucro.

Por otro lado, se posibilita la realización de permutas entreviviendas protegidas, aunque la Junta de Andalucía renuncia alderecho de tanteo en estos casos, y se exime de la obligación deformalizar contratos de arrendamiento para las VPO cedidas aentidades públicas u organizaciones sin ánimo de lucro para suocupación rotativa.

En concreto, nuestras Ordenanzas, tras las líneas generalesmencionadas, se modificarían en dos artículos, que quedaríanredactados del siguiente tenor:

Artículo 7, apartado d, segundo párrafo: Nueva Redacciónd) Cuando los inscritos hayan renunciado voluntariamente

por dos veces a la vivienda o promoción para la que hubiesensido seleccionados. El demandante excluido no podrá volver aser inscrito hasta que transcurra el plazo de dos años desde laúltima oferta que le fue presentada.

A estos efectos se considerará que la renuncia no es volun-taria al menos en los siguientes casos:

Cuando las características de la vivienda para la que ha sidoseleccionada no se corresponda con las solicitadas, que constanen la inscripción registral, y en el caso de acceso a compraven-ta, cuando la persona seleccionada no pueda realizar la com-praventa por no obtener crédito financiero o porque haya sufri-do una situación de desempleo.

Artículo 8, apartado 4, tercer párrafo: Nueva RedacciónA los solo efectos de baremar la composición familiar se

tendrán en cuenta no solo las personas integrantes de la unidadfamiliar o de convivencia, sino todas aquellas por la que setenga o pudiera tener derecho a deducción en el IRPF, siempreque no se encuentren inscritos en otra solicitud. Podrán incluir-se en dicha unidad las personas mayores de edad declaradas de-pendientes, cuyo cuidado corresponda a algún miembro de launidad familiar.

En La Rinconada a 12 de abril de 2012.—El Alcalde-Presi-dente, Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres.

253W-4842

SANLÚCAR LA MAYORDon Juan Antonio Naranjo Rioja, Alcalde del Excmo.

Ayuntamiento de esta ciudad.Hace saber: Que no habiéndose podido llevar a cabo noti-

ficación conforme a lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, a la entidad que a continuación se relaciona,por mantenerse ausente de su domicilio en horas de reparto,por medio del presente edicto se hace pública la notificaciónde dicho expediente.

— Nombre y apellidos: Félix Alberto Fuentes Navas.— Expediente: VS/Exp.-26/09 Resp. Patr.— Documento: Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha

24 de febrero de 2012, de desistimiento de reclama-ción patrimonial.

El correspondiente expediente obra en la Vicesecretaría deeste Ayuntamiento, donde puede acceder al mismo.

En Sanlúcar la Mayor a 30 de marzo de 2012.—ElAlcalde, Juan Antonio Naranjo Rioja.

7W-4672

TOMARES

Don José Luis Sanz Ruiz, Alcalde-Presidente del Ilmo.Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que en uso de las atribuciones conferidas porla Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local y elR.D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprue-ba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentesen materia de Régimen Local.

Vista convocatoria de sesión Plenaria de la Mancomunidadde Desarrollo y Fomento del Aljarafe para el día 30 de marzo alas 12.00 horas.

Vista la imposibilidad de asistencia del Sr. Alcalde don JoséLuis Sanz Ruiz y de su suplente don Miguel García de la Rosapor motivos de agenda, resuelvo:

Primero.—Delegar en don Juan Campos Jabalquinto, Con-cejal del Ayuntamiento de Tomares, la vocalía en el Pleno de laMancomunidad de Desarrollo y Fomento del Aljarafe a cele-brar el día 30 de marzo.

Segundo.—Publicar la presente resolución en el «BoletínOficial» de la provincia para general conocimiento.

En Tomares a 29 de marzo de 2012.—El Alcalde-Presi-dente, José Luis Sanz Ruiz. Doy fe: El Secretario, Jesús Anto-nio de la Rosa Ortiz.

253F-4210

UTRERAPor el presente le comunico que el señor Alcalde Presi-

dente, con fecha 11 de marzo del presente año, ha dictado elsiguiente Decreto:

Decreto de la Alcaldía:Vista propuesta del Delegado de Hacienda de fecha 10 de

abril del presente año, cuyo tenor literal es el siguiente:Propuesta del Tercer Teniente de Alcalde Delegado de

Hacienda.—El Real Decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero, porel que se determinan obligaciones de información y procedi-mientos necesarios para establecer un mecanismo de financia-ción para el pago a los proveedores de las entidades locales, enrelación a las deudas contraídas con sus proveedores, estableceuna serie de pasos para que las empresas puedan solicitar cer-tificado de reconocimiento de existencia de obligaciones pen-dientes de pago a cargo de las entidades locales. El plazo paraque por parte de los proveedores se realicen los trámites esmuy corto (hasta el 22 de abril de 2012), por lo que se requiereque la presente propuesta sea aprobada por urgencia medianteDecreto de la Alcaldía-Presidencia.

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, establece en sus artículos 35, g) y 70.4 quelos ciudadanos tienen derecho a obtener información y orien-tación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las dis-

Martes 24 de abril de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 47

48 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 94 Martes 24 de abril de 2012

Diputación Provincial - Imprenta

TASAS CORRESPONDIENTES AL«BOLETÍN OfICIAL» DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigiránal «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

———Dirección del «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. (Bellavista) 41014-Sevilla.Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 680 649. Correo electrónico: [email protected]

Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . 2,10Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . 18,41Venta de CD’s publicaciones anuales . . . . . . . 5,72

posiciones vigentes impongan a las actuaciones o solicitudesque se propongan realizar, a taler efectos las AdministracionesPúblicas deberán establecer modelos y sistemas normalizadosde solicitudes cuando se trate de procedimientos que impli-quen la resolución numerosa de una serie de procedimientos,debiendo estar éstos a disposición de los ciudadanos en lasdependencias administrativas.

En el mismo sentido, cabe destacar lo señalado en la Ley11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciuda-danos a los Servicios Públicos, la cual establece el derecho delos ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públi-cas por medios electrónicos.

El Reglamento de Administración Electrónica del Excmo.Ayuntamiento de Utrera, además, dispone la normalización,simplificación, rediseño, reducción de cargas administrativas,como base de la implantación de la Administración Electró-nica en el Ayuntamiento de Utrera.

El Decreto de Alcaldía de 20 de junio de 2011, de Organi-zación del Gobierno Municipal 2011-2015, establece —entreotras— la delegación en favor de la Junta de Gobierno Local,de la aprobación del diseño de procesos y métodos de gestiónadministrativa como resultado de los trabajos de racionaliza-ción e informatización de unos y otros, con sus manuales detramitación y demás documentación complentaria.

Por todo lo anteriormente expuesto, tengo a bien proponera la Alcaldía-Presidencia la aprobación del procedimiento decertificado de reconocimiento de la existencia de obligacionespendientes de pago por parte de este Excmo. Ayuntamiento.

Justificada la urgencia de su aprobación, vengo en decretar:Primero: Avocar la competencia de la Junta de Gobierno

Local para la aprobación de este asunto, conferida por elDecreto de Alcaldía de 20 de junio de 2011, de Organizacióndel Gobierno Local 2011-2015.

Segundo: Aprobar el procedimiento para la expedición delcertificado de reconocimiento de la existencia de obligacionespendientes de pago por parte de este Excmo. Ayuntamiento, deacuerdo con lo dispuesto por el Real Decreto-Ley 4/2012, de24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de infor-mación y procedimientos necesarios para establecer un meca-nismo de financiación para el pago a los proveedores de lasentidades locales, integrado por:

* Ficha descriptiva del procedimiento.* Diagrama del procedimiento.* Formularios:

— Solicitud. «INTERV/SOL/RECOBLIG/001/20120411».— Informe de la Intervención. «INTERV/INF/RECO-

BLIG/001/20120411».— Certificado de la Intervención. «INTERV/CER/RECO-

BLIG/001/20120411».— Resolución denegatoria. «INTERV/DTO/RECO-

BLIG/001/20120411».— Notificación de la resolución. «INTERV/NOTIF/RECO-

BLIG/001/20120411».Tercero: Procédase a la implantación del procedimiento,

tanto de forma presencial en el Servicio de Atención al Ciuda-dano, como en la Sede Electrónica municipal.

Cuarto: Dese traslado de la presente resolución a la Secre-taría General, Intervención General e Informática a los efectoscorrespondientes.

Lo decretó y firma el señor Alcalde Presidente, don Fran-cisco Jiménez Morales, ante mí, el Secretario General, donJuan Borrego López, en Utrera a 13 de abril de 2012.

Utrera a 13 de abril de 2012.—El Secretario General, JuanBorrego López.

7W-4844

ANUNCIOS PARTICULARES———

JUNTA CENTRAL DE USUARIOS DEL ARROYOMATILLAS (en constitución)

Por la presente se convoca a los partícipes de la Junta Cen-tral de Usuarios del Arroyo Matillas (en constitución) a laAsamblea General que se va a celebrar el día 2 de mayo de2012 (martes), a las 12.00 horas, en primera convocatoria, y alas 12.30 horas, en segunda, en Sevilla, avda. Manuel Siurot, 3,bloque 3-bajo, con el siguiente orden del día:

1. Admisión, en su caso, de nuevos partícipes.2. Aprobación del Convenio Regulador.3. Elección de Secretario.4. Ruegos y preguntas.

En Sevilla a 28 de marzo de 2012.—El Presidente, Anto-nio López Ramírez.

7W-4345-P