2
DE LOS DELITOS CONTRA EL ESTADO CIVIL Artículo 238. (Suposición d p!rto". La mujer que fngiere parto o embarazo para obtener para sí o para el supuesto hijo, derechos que no le correspondan. Será sancionada con prisión de uno a tres años. Artículo 2#$. (Suprsión % !ltr!ción d st!do ci&il". Será sancionado con prisión de uno a ocho años: . !uien, "alsamente denunciare e hiciere inscribir en el #egistro ci$il, cualquier hecho que altere el estado ci$il de una persona, o que, a sabiendas, se apro$echare de la inscripción "alsa% Artículo 2#'. ( surp!ción d st!do ci&il". !uien, usurpare el estado ci$il de otro, será sancionado con prisión de & a ' años. Artículo 2#' )is* !dopción irr+ul!r Artículo 2#' tr. Tr!,it irr+ul!r d !dopcions Dl Incu,pli,into d D)rs Artículo 2#2. (N+!ción d !sistnci! conó,ic!". !uien, estando obligado legalmente a prestar alimentos, en $irtud de sentencia frme o de (.. Artículo 2##. (Incu,pli,into d d)rs d !sistnci!". !uien, estando legalmente obligado incumpliere o descuidare los derechos de cuidado ) educación(. Artículo 2#-. (E i,nt por cu,pli,into". *n los casos pre$istos en los tres artículos anteriores, quedará e+ento de sanción(. DE LOS DELITOS CONTRA EL /ATRI0ONIO Artículo 246. (Hurto). Quien tomare, sin la debida autorización, cosa mueble, total o parcialmente ajena, será sancionado con prisión de 1 a 6 años. Clases de hurto Artículo 247. (Hurto agravado). Es hurto agravado….. Artículo 248. (Hurto de uso). Quien sin la debida autorización, tomare una cosa mueble…. Artículo 249. (Hurto de fluidos). Quien, ilcitamente, sustrajera energa el!ctrica, agua, gas… Artículo 250. (Hurto !"ro"io). El dueño de una cosa mueble "ue la sustrajere…. Dl Ro)o (cu,pl +r!do d tnt!ti&! !rt '#" Artículo 25#. ($o%o). Quien, sin la debida autorización # con violencia anterior… Artículo 252 ($o%o agravado). Artículo 25&. ($o%o de uso). Artículo 254. ($o%o de fluidos). Artículo 255. ($o%o !"ro"io). D l!s surp!cions (cu,pl +r!do d tnt!ti&! !rt '#" Artículo 256 ('sur"aci ). $omete delito de usurpación "uien, con %ines de apoderamiento o aprovechamiento ilcitos… $lases& propia # agravada Artículo 257. ('sur"aci agravada). 'a pena será de dos a seis años de prisión, cuando… Artículo258. (Alteraci de li deros). Quien, con %inesde apoderamiento o aprovechamiento ilcito, de todo o parte… Artículo259. (*ertur%aci de la "osesi ). Quien, sin estar comprendido en los tres artculos (nteriores… Artículo 260. ('sur"aci de aguas). Quien, con %ines de apoderamiento, de aprovechamiento ilcito o de perjudicar… +e la ,-torsi del Cha ta/e Artículo 26#. (,-torsi ). Quien, para procurar un lucro injusto o para de%raudarlo obligare a otro, con violencia, a %irmar… Artículo 262. (Cha ta/e). $omete delito de chantaje "uien e)igiere otro, dinero, recompensa o e%ectos, bajo amenaza… +e la ,stafa (cu,pl +r!do d tnt!ti&! !rt '#" Artículo 26&. (,stafa "ro"ia). $omete esta%a "uien, induciendo a error a otro, mediante ardid o engaño, lo de%raudare… Artículo264. (Casos es"eciales de estafa).*ncurrirá en las sanciones… $lases Artículo 265. (,stafa !edia te destrucci de cosa "ro"ia). Quien, para obtener el pago de un seguro o alg+n provecho… Artículo 266. (,stafa !edia te lesi ). ( "uien, con el mismo propósito señalado en el artculo anterior, se causare… Artículo 267. (,stafa e la e trega de %ie es). Quien de%raudare en la substancia, calidad o cantidad da los bienes… Artículo 268. (,stafa !edia te che ue). Quien de%raudara a otro dándole en pago un che"ue sin rovisión… Artículo 269. (+efraudaci e co su!os). Quien de propósito de%raudase a otro consumiendo bebida o (limento… Artículo 270. (,stafa de fluidos). Quien aproveche indebidamente, energa el!ctrica o cual"uier otro -luido… Artículo 27#. (,stafa!edia te for!acio es co ta%les). 'os auditores, contadores, e)pertos, directores, gerentes… DE LOS DELITOS CONTRA LA SE1 RIDAD COLECTIVA dolo-culposo Artículo 282. ( ce dio). Quien de propósito cause incendio de bien ajeno, será sancionado con prisión de dos a ocho años… Clases Artículo 28&. ( ce dio agravado). Es incendio espec%icamente… Artículo 284. (,strago). $omete delito de estrago, "uien causare daño empleando medios poderosos de destrucción… +e la *iratería Artículo 299. (*iratería). $omete delito de piratera, "uien practicare en el mar, lagos o en ros navegables… Artículo &00. (*iratería a1rea). (es u acto de terroris!o) 'as disposiciones contenidas en el artculo anterior, se aplicarán a "u cometiere… +, 3 +, 3 C3 $A A A '+ Artículo &0#. (*ro"agaci de e fer!edad). Quien, de propósito, propagare una en%ermedad peligrosa o contagiosa… Artículo &04. (,-"e dio rregular de !edica!e tos). Quien, estando autorizado para el e)pendio de medicamentos… Artículo &05. (Co trave ci de !edidas sa itarias). Quien, in%rinja las medidas impuestas por la le# o las adoptadas… Artículo&06. ( ie!%ra cultivo de "la tas "roductorasde susta cias estu"efacie tes). Quien, sin estar autorizado… Artículo &07. ( r fico legal de f r!acos drogas o estu"efacie tes erá sancionado con prisión de tres a cinco años… Artículo &09. ( acilitaci del uso de estu"efacie tes). Quien, sin estar comprendido en los artculos anteriores… Artículo&##. ( hu!acio es e-hu!acio es ilegales). Quien, practicare inhumación, e)humación o traslado de un cadáver…

De Los Delitos Contra El Estado Civil

Embed Size (px)

DESCRIPTION

delitos contra el estado civil de guatemala

Citation preview

DE LOS DELITOS CONTRA EL ESTADO CIVILArtculo 238. (Suposicin de parto). La mujer que fingiere parto o embarazo para obtener para s o para el supuesto hijo, derechos que no le correspondan. Ser sancionada con prisin de uno a tres aos. Artculo 240. (Supresin y alteracin de estado civil). Ser sancionado con prisin de uno a ocho aos:1. Quien, falsamente denunciare e hiciere inscribir en el Registro civil, cualquier hecho que altere el estado civil de una persona, o que, a sabiendas, se aprovechare de la inscripcin falsa;Artculo 241. (Usurpacin de estado civil). Quien, usurpare el estado civil de otro, ser sancionado con prisin de 2 a 5 aos.Artculo 241 bis, adopcin irregularArtculo 241 ter. Tramite irregular de adopciones

Del Incumplimiento de DeberesArtculo 242. (Negacin de asistencia econmica). Quien, estando obligado legalmente a prestar alimentos, en virtud de sentencia firme o de ..Artculo 244. (Incumplimiento de deberes de asistencia). Quien, estando legalmente obligado incumpliere o descuidare los derechos de cuidado y educacin.Artculo 245. (Eximente por cumplimiento). En los casos previstos en los tres artculos anteriores, quedar exento de sancin.

DE LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO Artculo 246. (Hurto). Quien tomare, sin la debida autorizacin, cosa mueble, total o parcialmente ajena, ser sancionado con prisin de 1 a 6 aos.Clases de hurtoArtculo 247. (Hurto agravado). Es hurto agravado..Artculo 248. (Hurto de uso). Quien sin la debida autorizacin, tomare una cosa mueble.Artculo 249. (Hurto de fluidos). Quien, ilcitamente, sustrajera energa elctrica, agua, gasArtculo 250. (Hurto Impropio). El dueo de una cosa mueble que la sustrajere.

Del Robo (cumple grado de tentativa art 14)Artculo 251. (Robo). Quien, sin la debida autorizacin y con violencia anteriorArtculo 252 (Robo agravado).Artculo 253. (Robo de uso).Artculo 254. (Robo de fluidos).Artculo 255. (Robo Impropio).

De las Usurpaciones (cumple grado de tentativa art 14)Artculo 256 (Usurpacin). Comete delito de usurpacin quien, con fines de apoderamiento o aprovechamiento ilcitosClases: propia y agravadaArtculo 257. (Usurpacin agravada). La pena ser de dos a seis aos de prisin, cuandoArtculo 258. (Alteracin de linderos). Quien, con fines de apoderamiento o aprovechamiento ilcito, de todo o parteArtculo 259. (Perturbacin de la posesin). Quien, sin estar comprendido en los tres artculos AnterioresArtculo 260. (Usurpacin de aguas). Quien, con fines de apoderamiento, de aprovechamiento ilcito o de perjudicar

De la Extorsin y del ChantajeArtculo 261. (Extorsin). Quien, para procurar un lucro injusto o para defraudarlo obligare a otro, con violencia, a firmarArtculo 262. (Chantaje). Comete delito de chantaje quien exigiere a otro, dinero, recompensa o efectos, bajo amenaza

De la Estafa (cumple grado de tentativa art 14)Artculo 263. (Estafa propia). Comete estafa quien, induciendo a error a otro, mediante ardid o engao, lo defraudareArtculo 264. (Casos especiales de estafa). Incurrir en las sancionesClasesArtculo 265. (Estafa mediante destruccin de cosa propia). Quien, para obtener el pago de un seguro o algn provechoArtculo 266. (Estafa mediante lesin). A quien, con el mismo propsito sealado en el artculo anterior, se causareArtculo 267. (Estafa en la entrega de bienes). Quien defraudare en la substancia, calidad o cantidad da los bienesArtculo 268. (Estafa mediante cheque). Quien defraudara a otro dndole en pago un cheque sin ProvisinArtculo 269. (Defraudacin en consumos). Quien de propsito defraudase a otro consumiendo bebida o AlimentoArtculo 270. (Estafa de fluidos). Quien aproveche indebidamente, energa elctrica o cualquier otro FluidoArtculo 271. (Estafa mediante Informaciones contables). Los auditores, contadores, expertos, directores, gerentes

DE LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD COLECTIVA (dolo-culposo)Artculo 282. (Incendio). Quien de propsito cause incendio de bien ajeno, ser sancionado con prisin de dos a ocho aosClasesArtculo 283. (Incendio agravado). Es incendio especficamenteArtculo 284. (Estrago). Comete delito de estrago, quien causare dao empleando medios poderosos de destruccin

De la PirateraArtculo 299. (Piratera). Comete delito de piratera, quien practicare en el mar, lagos o en ros navegablesArtculo 300. (Piratera area). (es un acto de terrorismo)Las disposiciones contenidas en el artculo anterior, se aplicarn a quien cometiere

DE LOS DELITOS CONTRA LA SALUDArtculo 301. (Propagacin de enfermedad). Quien, de propsito, propagare una enfermedad peligrosa o contagiosaArtculo 304. (Expendio Irregular de medicamentos). Quien, estando autorizado para el expendio de medicamentosArtculo 305. (Contravencin de medidas sanitarias). Quien, infrinja las medidas impuestas por la ley o las adoptadasArtculo 306. (Siembra y cultivo de plantas productoras de sustancias estupefacientes). Quien, sin estar autorizadoArtculo 307. (Trfico Ilegal de frmacos, drogas o estupefacientes). Ser sancionado con prisin de tres a cinco aosArtculo 309. (Facilitacin del uso de estupefacientes). Quien, sin estar comprendido en los artculos anterioresArtculo 311. (Inhumaciones y exhumaciones ilegales). Quien, practicare inhumacin, exhumacin o traslado de un cadver