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Deberes formales del contribuyente
Programa Nacional de Formación en Administración Eje Proyecto
Facilitadora: Miriam Muñoz Ramírez
PNF- Administración
PNF- Administración
Forma de ingreso público
Impuesta por el Estado
Exigida de sujetos
económicos
Carácterpecuniario
Carácter coactivo
Carácter contributivo
Tributos
PNF- Administración
Tasas
Contribuciones Especiales
Impuestos
Clasificación de los tributosIVAISLRImp. Sobre HidrocarburosImp./ cigarrillosPatente VehicularImp./inmuebles urbanosImp./juegos y apuestas
PeajesTasas aeroportuarias
Seguro Social ObligatorioRégimen Prestacional de Vivienda y HábitatINCES
PNF- Administración
Impuestos: tributos exigidos sin contraprestación, cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica, que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo
Tasa: Tributo cuyo hecho imponible consiste en la prestación de servicios o realización de actividades por el derecho público que se refieran, afecten o beneficien al sujeto pasivo.
Contribuciones especiales: especie tributaria constituida por la actividad que el estado realiza con fines generales, que simultáneamente proporciona una ventaja particular al contribuyente; el destino es necesario y exclusivamente el financiamiento de esa actividad.
PNF- Administración
SujetoActivo
SujetoPasivo
La obligación tributaria
Esta figura recae generalmente sobre el Estado.
Es la entidad administrativa beneficiada directamente por el
recaudo del impuestoSolo puede ser designado por la ley
Contribuyentes: Es la persona natural o jurídica que está obligada por ley al cumplimiento de las prestaciones
tributarias. Responsables: sustituto del
contribuyente que está obligado al cumplimiento material o formal de la
obligación
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El Pago
La Compensación
La ConfusiónLa Prescripción
Medios de extinción de la
obligación tributaria
Compensación de los débitos y créditos fiscales entre sujetos activos y pasivos
La extinción de la obligación prescribe a los tres años
Es el cumplimiento de la prestación del tributo Debe ser efectuada por el sujeto pasivo
Cuando el sujeto activo de la obligación como consecuencia de la transmisión de bienes o derechos objeto del tributo, quedare colocado en la situación del deudor
PNF- Administración
Hecho Imponible
Presupuesto legal, que una vez producido o verificado, da nacimiento a la obligación tributaria.
Base Imponible
Es la cuantificación y valoración del hecho imponible y determina la obligación tributaria.
Exención
Beneficio tributario otorgado donde se libera del pago total o parcial del Impuesto, la exención se establece previamente en la ley y la solicita la entidad que declara el tributo
Exoneración
Beneficio tributario otorgado por el ejecutivo nacional (Presidente de la República y entes adscritos como el Seniat) a través de decretos, establecido en el Código Orgánico Tributario donde se libera del pago total o parcial del Impuesto
PNF- Administración
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Leyes Orgánicas
Leyes Ordinarias
Reglamentos
Ordenanzas Municipales
Pirámide de Kelsen
PNF- Administración
Principios constitucionales tributarios
Principio de legalidad: Art.317, no podrán cobrarse impuestos, tasas ni contribuciones que no estén establecidos en la ley
Principio de generalidadArt. 133, toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos, mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones especiales que establezca la ley
Principio de igualdadArt. 21, Todas las personas son iguales ante la ley, por tanto los legisladores deben garantizar un tratamiento igualitario a los contribuyentes
PNF- Administración
Principios constitucionales tributarios
Principio de progresividadArt.316, El sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del o la contribuyente
Principio de no confiscatoriedadLos Art. 115 y 117 consagran el derecho a la propiedad privada, asegura su inviolabilidad, su uso y disposición, prohibiendo la confiscación de la misma.
Principio de justicia tributariaArt. 316, un tributo es justo en la medida que grave a todos con igual intensidad
Principio de no retroactividadArt. 24. Ninguna norma podrá aplicarse con carácter retroactivo, salvo que favorezca al infractor.
PNF- Administración
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La organización legal, administrativa y técnica creada por el estado, con el fin de ejercer de forma eficaz y objetiva al poder tributario que le corresponde, conforme a nuestra carta magna.
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Este sistema distribuye la potestad tributaria en tres niveles de gobierno: nacional, estadal y municipal
Sistema Tributario
Venezolano
PNF- Administración
A) PODER NACIONAL
B) PODER ESTADAL
C) PODER MUNICIPAL
MAPA DE VENEZUELA
DISTRIBUCIÓN DEL PODER PÚBLICO EN VENEZUELA
PNF- Administración
Pode
r Público Naciona
l
• La• Cre
ación, organización, recaudación, administración y control de los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos, el capital, la producción, el valor agregado, los hidrocarburos y minas; de los gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios; de los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco; y de los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados y Municipios por esta Constitución o por la ley
Pode
r Público Estada
l
• La or• Organizació
n, recaudación, control y administración de los ramos tributarios propios, según las disposiciones de las leyes nacionales y estadales.
• Numeral 7. La creación, organización, recaudación, control y administración de los ramos de papel sellado, timbres y estampillas
• Son ingresos de los Estados :
• Articulo 167, Numeral 2. “Las tasas por el uso de sus bienes y servicios, multas y sanciones, y las que le sean atribuidas”
• Numeral 5. “Los demás impuestos, tasas y contribuciones especiales que se les asigne por ley nacional, con el fin de promover el desarrollo de las haciendas públicas estadales”
Pode
r Público Municipa
l
• L• Las tasas por
el uso de sus bienes y servicios, las tasas administrativas por licencias o autorizaciones; los impuestos sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios, o de índole similar, con las limitaciones establecidas en esta Constitución; los impuestos sobre inmuebles urbanos, vehículos, espectáculos públicos, juegos y apuestas licitas, propaganda y publicidad comercial; y la contribución especial sobre plusvalías de las propiedades generadas por cambios de uso o de intensidad de aprovechamiento con que se vean favorecidas por los planes de ordenación urbanística.
• Numeral 3. “El impuesto territorial o sobre predios rurales, la participación en la contribución por mejoras y otros ramos tributarios nacionales o estadales, conforme a las leyes de creación de dichos tributos”
Competencia tributaria del Poder Público
Art. 156 Art. 164 Art. 168
PNF- Administración
Unidad Tributaria
Es la unidad base empleada en el cálculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios nacionales, regionales y municipales.
También se emplea en el cálculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR
Se emplea además en áreas laborales (Cesta Tickets) y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaportey tasas aeroportuarias
Es una medida de valor expresada en moneda de curso legal, creada por el COT y modificable anualmente por la Administración Tributaria (SENIAT).
PNF- Administración
Efectos del aumento de la Unidad Tributaria 1. La declaración del Impuesto sobre la Renta en 2013. 2. los montos de las exoneraciones al Impuesto al Valor Agregado (IVA).3. El valor del bono de alimentación que se calcula con base a la UT .4. Aumentan los timbres fiscales y todas aquellas tasas empleadas por los
servicios prestados por registros, notarías, tribunales y otros entes públicos que implementen la unidad tributaria para su calculo
5. A partir de enero de 2011, el registro de dominios tiene un costo de una (1) UT para individuos y empresas registrantes, quedando en Bs. 107,00 para el año 2013.
6. Todas aquellas multas y sanciones calculadas en base a las unidades tributarias deberán ser calculadas en base al nuevo ajuste de la misma.
7. Las unidades tributarias también afectan los impuestos sobre sucesiones y donaciones, cuyas tarifas impositivas establecidas por la ley se convierten en unidades tributarias o fracciones de las mismas.
8. Régimen de Créditos Hipotecarios, tanto sobre la escala de ingresos para acceder a los créditos hipotecarios, así como a los montos mínimos y máximos que podrían ser otorgados por los bancos.
PNF- Administración
Año Aumento final Aumento en % Inflación año anterior
2005 Bsf. 29,40 12% 19,2% en 2004
2006 Bsf. 33,60 14,29% 14,4% en 2005
2007 Bsf. 37,63 12% 17% en 2006
2008 Bsf. 46,00 22% 22% en 2007
2009 Bsf. 55,00 19,56% 30,9% en 2008
2010 Bsf. 65,00 18% 25,1% en 2009
2011 Bsf. 76,00 17,5% 26,9% en 2010
2012 Bsf. 90,00 18,42% 27,6% en 2011
2013 Bsf. 107,00 19% 20,1% en 2012
Evolución de la Unidad Tributaria