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CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO

Deberes y Derechos

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Deberes y Derechos

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CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO

ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

DERECHOS DEL CIUDADANO (A) DEL ESTADO DE BOLIVIA

DEBERES DEL CIUDADANO (A) DEL ESTADO DE BOLIVIA

Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;

Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;

Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;

Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituídas para matener la independencia y la integridad nacionales

Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica;

Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;

•Propender al logro y mantenimiento de la paz;

•Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia;

Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;

Contribuír al financiamineto de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.

DERECHOS DE LOS CIUDADANOS

BOLIVIANOS

Derechos del ciudadano:1.Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.

Toda persona tiene todos los derechos y libertades, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole.

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona

Nadie estará sometido a la esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que le ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Toda persona tiene derecho a circular libremente y elegir su residencia, a salir de cualquier país y a regresar a su país.

Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. Nadie puede ser privado arbitrariamente de su propiedad.

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión

Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente elegidos.

Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección del mismo y a la protección contra el desempleo; y a percibir igual salario por igual trabajo. Toda persona tiene derecho a formar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute de su tiempo libre, a una limitación razonable del horario laboral y a vacaciones periódicas pagadas.

Toda persona tiene derecho a la educación; ésta deberá ser gratuita y obligatoria en los ciclos elementales.

Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales

Toda persona tiene derecho a tomar parte en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico.

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.