Declaración Informativa de Situación Fiscal. Quiénes La Presentan

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    Declaracin informativa

    de situacin fscal

    Quines la presentan?

    L.D. Ivonne Rendn Roque

    Licenciada en derecho por la Universidad Tecnolgica de Mxico (UNITEC). Colaboradora en el departamento de Consultora

    Telefnica de Suscriptores de Grupo Gasca.

    Introduccin

    A par tir del ejercicio 2014 no hay obligacin de dictaminar estados -nancieros, por lo que slo determinados contribuyentes debern deci-dir si presentarlo o no, como lo dispone el artculo 32-A del CdigoFiscal de la Federacin (CFF) en su primer prrafo.

    Por otro lado, surgi la obligacin de presentar la declaracin infor-mativa de situacin scal aplicable a los contribuyentes que se ajusten

    a alguna de las cinco fracciones que prev el artculo 32-H del CFF.No obstante, los contribuyentes que hayan optado por dictaminar deconformidad con los ar tculos 32-A, ltimo prrafo, y 52 del CFF tendrnpor cumplida dicha declaracin informativa.

    En el presente artculo apreciaremos que los contribuyentes obliga-dos a presentar dicha declaracin informativa son un grupo reducido,

    grandes contribuyentes, por citar un ejemplo, es decir, aquellas personasmorales que tributan en el ttulo II de la Ley de Impuesto sobre la Ren-ta (LISR), que en el ltimo ejercicio scal declarado hayan consignado

    en sus declaraciones ingresos acumulables para efectos del impuestosobre la renta (ISR) iguales o superiores a un monto equivalente a$644599,005.00, dicha cantidad deber actualizarse de conformidadcon el artculo 20, apartado B, fraccin IV, del Reglamento Interior delServicio de Administracin Tributaria [RISAT] y el artculo 17-A del CFF.

    El Servicio de Administracin Tributaria (SAT) ha liberado la herra-mienta DISIF, a travs de la cual podr ir generando su informacin,toda vez que deber cumplirse a ms tardar el 30 de junio del aoinmediato posterior a la terminacin del ejercicio de que se trate.

    Asimismo el CFF, en su artculo 83, fraccin XVII, establece la in-fraccin por concepto de la omisin o el cumplimiento incompletorespecto de dicha declaracin informativa de situacin scal, por lo que

    la multa aplicable en estos supuestos oscila entre $10,980.00 y$109,790.00.

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    Dictamen fscal es opcional

    Con la reciente obligacin de enviar la contabilidadelectrnica a travs del Buzn Tributario o por mediode la seccin de trmites dentro de Mi portal, laautoridad fiscal se encuentra en condiciones derealizar revisiones electrnicas con mayor facilidad,por lo que ya no es atractivo obligar a los contribu-yentes a dictaminar.

    A partir del 1 de enero de 2014 el dictamen scal

    es optativo, lo cual resulta aplicable a un grupo re-ducido de contribuyentes, segn lo establecido en elartculo 32-A del CFF, que seala lo siguiente:

    Ar tc ulo 32-A.Las personas fsicas con actividadesempresariales y las personas morales, que en el ejer-cicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumu-lables superiores a $100,000,000.00, que el valor de suactivo determinado en los trminos de las reglas de carc-ter general que al efecto emita el Servicio de AdministracinTributaria, sea superior a $79,000,000.00 o que por lomenos trescientos de sus trabajadores les hayan pres-tado servicios en cada uno de los meses del ejercicioinmediato anterior, podrn optar por dictaminar, enlos trminos del artculo 52 del Cdigo Fiscal de la

    Federacin, sus estados fnancieros por contadorpblico autorizado. No podrn ejercer la opcin a quese refere este artculo las entidades paraestatales de

    la Administracin Pblica Federal.

    (El uso de negrillas dentro del texto es nuestro.)

    Por lo que el dictamen scal pierde su obligato -riedad y quedar a decisin de los contribuyentesque rebasen los cien millones de pesos de ingresosacumulables del ejercicio inmediato anterior la pre-

    sentacin de dicho dictamen scal.Entre las ventajas que tena dictaminar estados

    nancieros, se encontraban las de identicar posibles

    errores, deciencias, autocorregirse e implementar

    medidas para evitar perjuicios en materia scal, por

    lo que para algunos contribuyentes an resulta lla-mativo dictaminar, toda vez que el hecho de que uncontador pblico registrado (CPR) por el SAT revisesus registros contables, as como el cumplimiento desus declaraciones respalda su observancia.

    Algunos de los contribuyentes que no se ajustanal primer prrafo del ar tculo 32-A del CFF, por lo que

    no pueden optar por dictaminar, han considerado

    continuar realizando auditoras internas aunque nohaya que enviarlas al SAT, ni tenga efectos scales.

    Lo anterior slo para revisar el cumplimiento desus obligaciones scales, detectar y evitar sus

    errores o debilidades, con lo que seguramenteevitarn que la autoridad scal llegue a determi-narles un crdito fiscal en un futuro, pues losprepara para una revisin.

    Entre algunas de las ventajas que implica pre-sentar el dictamen fiscal se encuentran las si-guientes:

    Conanza, ya que al ser la empresa auditada

    por un CPR se presume que el cumplimiento delas obligaciones scales y los registros contables

    son correctos, por lo que no deber haber pro-blema en caso de que la autoridad llegara aejercer facultades de comprobacin.

    El contribuyente puede autocorregirse espont-neamente, por lo tanto evitar multas o sancionespor un cumplimiento incorrecto o incompleto.

    La denominada revisin secuencial, ya que en

    caso de que la autoridad ejerza sus facultades decomprobacin, lo primero que revisar ser eldictamen scal, as como de los papeles de tra -bajo que haya empleado el CPR y slo en algunoscasos de manera posterior podr revisar directa-

    mente al contribuyente auditado. Deteccin de errores o reas de oportunidad,

    con lo que podrn instaurar mecanismos mseficientes para dar cumplimiento a sus obliga-ciones.

    Originalmente el dictamen scal surgi con la -nalidad de apoyar a las autoridades scales con la

    scalizacin de los contribuyentes, por lo que se

    considera una herramienta, es decir, el sco asume

    que al haber un dictamen scal, las obligaciones

    scales son correctas y la informacin que contempla

    es veraz.Actualmente con la obligacin de emitir compro-

    bantes scales digitales por internet (CFDI), as

    como con el envo de la contabilidad electrnica,el SAT cuenta con los elementos necesarios paraejercer sus facultades de comprobacin sin nece-sidad de un dictamen scal. Derivado de lo anterior

    terminar la revisin secuencial, realizndose lasrevisiones al contribuyente de forma directa, por loque en caso de que haya deciencias en sus regis -tros contables, o en sus declaraciones, los contri-buyentes pueden ser sujetos de multas y, en gene-

    ral, de sanciones.

    Art

    culos

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    Sujetos obligados

    De conformidad con el artculo 32-H del CFF, los contribuyentes quedebern presentar la declaracin informativa de situacin scal en este

    ejercicio 2015, respecto del ejercicio scal 2014, son los siguientes:

    Las personas morales que tributen en trminos del ttulo II de la

    LISR, que en el ltimo ejercicio scal inmediato anterior declarado,

    en dicho caso hablamos del ejercicio 2014, hayan consignado ensus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos delISR iguales o superiores a un monto equivalente a $644599,005.00,as como aquellos que al cierre del ejercicio scal inmediato anterior

    tengan acciones colocadas entre el gran pblico inversionista, enbolsa de valores.

    La cantidad de $644599,005.00 se actualizar en enero de cadaao, con el factor de actualizacin correspondiente al periodo com-prendido desde diciembre del penltimo ao, a diciembre del ltimoao inmediato anterior a aquel por el cual se efecte el clculo, deconformidad con el procedimiento a que se reere el artculo 17-A

    del CFF y el artculo 20, apartado B, fraccin IV, del RISAT inheren-te a grandes contribuyentes.

    Las sociedades mercantiles que pertenezcan al rgimen scal op-cional para grupos de sociedades en los trminos del captulo VI,ttulo II, de la LISR.

    Las entidades paraestatales de la administracin pblica federal.

    Las personas morales residentes en el extranjero que tengan esta-

    blecimiento permanente en el pas, nicamente por las actividadesque desarrollen en dichos establecimientos.

    Cualquier persona moral residente en Mxico, respecto de las ope-raciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

    El ltimo punto hace referencia a las operaciones con residentes enel extranjero, como lo son el pago de honorarios, asesoras, sueldos,rentas, regalas o por la celebracin de contratos, ya sea de compra-venta o prestacin de servicios por citar algunos ejemplos.

    No obstante, es importante comentar que el artculo 32-A del CFF,en su ltimo prrafo, libera de la presentacin de esta declaracin in-formativa a quienes opten por presentar el dictamen de estados nan-

    cieros para efectos scales.Lo anterior no resulta aplicable a las entidades paraestatales de la

    administracin pblica federal, por lo que stas debern enviar su de-claracin informativa de situacin scal.

    Fecha de presentacin

    Los contribuyentes obligados a presentar la declaracin informativasobre su situacin scal, incluyendo la informacin presentada en for-ma complementaria y/o extempornea, debern realizar su envo a

    travs de la pgina de internet del SAT, por medio de la herramienta

    denominada DISIF (32H-CFF), ams tardar el 30 de junio del aoinmediato posterior a la termina-cin del ejercicio de que se trate.

    DISIF

    El programa DISIF (artculo 32-Hdel CFF) fue diseado por el SATpara la presentacin de la decla-racin informativa sobre su situa-cin scal a travs de internet,

    facilitando el cumplimiento opor-

    tuno de sus obligaciones scales,dicho programa, as como anexos,se han hecho ociales a travs del

    Anexo 1 de la Resolucin Misce-lnea Fiscal (RMF), publicado el 5de enero de 2015 en el DiarioOcial de la Federacin (DOF).

    La presentacin de dicha decla-racin informativa deber realizar-se en el DISIF, en los apartados yanexos correspondientes, para elloel contribuyente necesita contar

    con su certicado de Firma Elec-trnica Avanzada (Fiel) vigente.

    En caso de que los contribuyen-tes hayan presentado aviso desuspensin de actividades y nocuenten con certificado de Fielvigente, podrn solicitar dicho certi -cado si comprueban que la de-claracin informativa sobre la si-tuacin f iscal que presentancorresponde a un ejercicio en el cualel estado de su clave en el Registro

    Federal de Contribuyentes (RFC)se encontraba activo.

    Dicho programa podr descar-garse a travs de la pgina web:www.sat.gob.mx, en los mensInformacin/Normatividad/ Formasy formatos scales/Cdigo Fiscal

    de la Federacin/ DISIF y susanexos, o bien, en la siguiente liga:http://goo.gl/CRuujT

    Una vez instalada la herramienta,capturarn los datos generales del

    declarante, as como la informacin

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    Artculos

    solicitada en cada uno de los apar-tados correspondientes, generndo-se un archivo que presentarn vainternet, para ello debern identicar

    el formato que les corresponde,conforme a lo siguiente:

    I.Personas morales en general(incluyendo a las entidadesparaestatales de la adminis-tracin pblica federal y acualquier persona moral resi-

    dente en Mxico, respecto delas operaciones llevadas acabo con residentes en elextranjero).

    II.Instituciones de crdito (sec-tor nanciero).

    III. Grupos financieros (sectornanciero).

    IV.Casas de cambio (sector -nanciero).

    V.Casas de bolsa (sector nan-ciero).

    VI. Instituciones de seguros yanzas (sector nanciero).

    VII.Otros intermediarios nancie-ros (sector nanciero).

    VIII.Sociedades de inversin (sec-tor nanciero).

    IX. Sociedades integradoras eintegradas a que se reere el

    captulo VI del ttulo II de laLISR.

    X. Establecimientos permanen-tes de residentes en el ex-

    tranjero.

    VI.Determinacin del costo delo vendido para efectos con-tables y del ISR.

    VII. Anlisis de las subcuentasde gastos.

    VIII. Anlisis de las subcuentasdel resultado integral de -nanciamiento.

    IX.Relacin de contribuciones,compensaciones y devolu-ciones.

    X.Conciliacin entre el resulta-do contable y fiscal paraefectos del ISR.

    XI. Operaciones f inancieras

    derivadas. XII.Inversiones permanentes ensubsidiarias, asociadas yafiliadas residentes en elextranjero.

    XIII. Socios y accionistas quetuvieron acciones o partessociales.

    XIV.Conciliacin entre los ingre-sos segn estado de resul-tado integral y los acumula-bles para efectos del ISR y

    el total de actos o actividadespara efectos del impuesto alvalor agregado (IVA).

    XV.Operaciones con partes re-lacionada.

    XVI. Informacin sobre sus ope-raciones con partes relacio-nadas (cuestionario con cer-ca de 150 cuestionamientos).

    XVII.Datos informativos.XVIII.Determinacin del ISR e im-

    puesto al activo (IMPAC) dife-

    rido (por desconsolidacin al31 de diciembre de 2013 y elpagado al 30 de abril de 2015).

    XIX.Operaciones llevadas a cabocon residentes en el extranjero.

    La informacin se integra en unsolo archivo encriptado y ensobre-tado con extensin SB2x, el cualse conforma por 26 caracteres,incluyendo la extensin.

    Los benecios del DISIF son los

    siguientes:

    La informacin que se presen-te deber cumplir con lo dispues-to en los instructivos de integra-cin y de caractersticas, y en losformatos gua, de conformidadcon el formato que le corresponda.Como se aprecia en los instruc-tivos, se deber de incluir infor-macin precisa del ejercicio2014, en el mbito fiscal, finan-ciero y legal.

    Los instructivos hacen referen-

    cia a tres datos jos:

    1. Datos de identicacin del con-tribuyente.

    2. Datos de identicacin del re-presentante legal.

    3.Datos generales. Cuestionariode aproximadamente 100 reac-tivos en los que especica el

    cumplimiento de sus obligacio-nes.

    Adems, los datos a contenerdependern del tipo de contribu-yente; sin embargo, enseguida semuestran los aplicables a personasmorales en general.

    I.Estado de situacin nanciera.II.Estado de resultado integral.

    III. Estado de cambios en elcapital contable.

    IV.Estado de ujos de efectivo. V.Integracin analtica de ven-

    tas o ingresos netos.

    Los contribuyentesobligados a presentar la declaracin

    informativa sobre su situacin scal,debern realizar su envo a ms tardar

    el 30 de junio del ao inmediatoposterior a la terminacin del ejercicio

    de que se trate

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    Facilidad en el llenado de la declaracin informa-tiva sobre su situacin scal a travs del programa

    DISIF (artculo 32-H del CFF). Seguridad, rapidez y oportunidad en la presen-

    tacin de la declaracin informativa sobre susituacin scal.

    Cmodo y conable para la presentacin de la

    declaracin informativa sobre su situacin scal.

    El archivo con la informacin se presentar a travsde la pgina del SAT, el cual enviar a los contribuyen-tes por la misma va el acuse de recibo que contieneel nmero de operacin, fecha de presentacin y elsello digital generado por dicho rgano.

    En caso de requerir presentar declaracin com-

    plementaria se deber indicar el nmero de operaciny la fecha de presentacin de la declaracin que secomplementa, para ello se llenar nuevamente ladeclaracin con los datos correctos, as como losdatos generales del declarante.

    La informacin deber sujetarse a la siguientevalidacin:

    Que la declaracin informativa sobre su situacin

    scal

    haya sido generada nicamente con laherramienta denominada DISIF (artculo 32-H delCFF).

    Que la informacin no contenga virus informticos. Que se seale la autoridad competente para la

    recepcin: Administracin General de GrandesContribuyentes (AGGC) o la Administracin Centralde Fiscalizacin Internacional, segn corresponda.

    Que el envo se realice a ms tardarel 30 de juniodel ao inmediato posterior a la terminacin delejercicio de que se trate.

    Si la informacin que se obtiene de las bases dedatos del SAT no se encuentra actualizada o apare-ce incompleta se deber editar o completar de ma-

    nera manual.En el caso de que la declaracin informativa sobre

    la situacin scalno sea aceptada, como consecuen-cia de la validacin anterior, podr ser enviada nue-vamente por la misma va, tantas veces como seanecesario a ms tardar el 30 de junio del ao inme-diato posterior a la terminacin del ejercicio de quese trate, hasta que sea aceptada.

    Para los casos en que la declaracin informa-tiva sobre la situacin fiscal

    hubiera sido enviaday rechazada por alguna causa el 30 de junio,podr ser enviada nuevamente dentro de los dos

    das siguientes a la fecha en que se comunique la

    no aceptacin, para que se considere presentadaen tiempo.

    De ser correcta la recepcin, la declaracin infor-mativa sobre la situacin scal

    se enviar al contri-buyente, va correo electrnico, acuse de recibo ynmero de folio que acredite el trmite.

    En caso de que al enviar su declaracin no recibasu acuse de aceptacin deber ingresar al men detrmites, dentro de la seccin de declaraciones in-formativas con su Fiel para reimprimir el acuse deaceptacin de la declaracin informativa de situacinscal, mediante el sistema monitor externo, o bien,

    podr recuperar su acuse de aceptacin a travs dela siguiente liga: https://goo.gl/AiIFkp

    Sanciones por omitirsu presentacin

    De conformidad con el artculo 83, fraccin XVII, delCFF omitir la presentacin de la declaracin infor-mativa de situacin scal o cumplir de manera in-completa con la obligacin prevista en el multicitado32-H del mismo CFF son infracciones relacionadascon no llevar contabilidad, por lo que los contribu-

    yentes que cometan dichas infracciones y seandescubiertos por la autoridad scal en el ejercicio de

    sus facultades de comprobacin, debern pagar unamulta que oscila entre $10,980.000 y $109,790.00.

    Otras consideraciones del DISIF

    En los formatos de los apartados no se pueden adicionarcolumnas, ni se pueden adicionar renglones con ndices,salvo para la integracin de los conceptos denominados

    otros, o en los casos en los que el propio sistema lopermita, sin embargo, es posible agregar notas.

    Cabe sealar que los importes de los datos aproporcionar de los apartados de la declaracin in-formativa sobre situacin scal que no se ocupen,

    podrn dejarse en blanco, o bien, poner un cero paraevitar errores de omisin de la captura, excepto enaquellos ndices que el propio sistema indique queno deben dejarse en blanco y requieran que por lomenos se capture un cero.

    La informacin deber presentarse respetando laestructura de la construccin y encriptacin de datos

    del DISIF, asimismo, por ningn motivo podr

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    Artculos

    presentarla o editarla con algnotro software.

    En la presentacin de los im-portes, se podrn utilizar frmulas,sumatorias y cualquier tipo deoperacin o rutina que est inclui-da en el DISIF.

    Para escribir los textos de la in-formacin adicional, podrn utilizarsecaracteres especiales, como comas,puntos, parntesis, corchetes.

    En el caso de utilizar el aparta-do de informacin adicional, sedebern capturar un mnimo de100 caracteres.

    Se deber respetar el nmero decolumnas establecidas para cadauno de los apartados especcos.

    No se deben incorporar columnas,archivos o apartados extra.

    La informacin adicional notendr columnas de ndices.

    Se manejarn nueve caracteresalfanumricos para el caso dedatos de identificacin y datosgenerales, y 14 caracteres num-ricos para los dems apartados.

    El tratamiento del ndice sercomo un caracter alfanumrico.

    Todos los textos utilizados sepresentarn en letras maysculasy no podrn contener signos es-peciales, se podrn capturar enminsculas; sin embargo, el pro-grama automticamente las con-vertir a maysculas.

    Las cifras de importes podrncontener frmulas pero no signosespeciales, nicamente debern

    constar de los dgitos del 0 al 9.Los smbolos como parntesis

    o separadores de miles solamen-te sern los que el sistema asig-ne, dependiendo la configuracinque elija el usuario.

    Las cantidades negativas de-bern capturarse con signo ne-gativo, anteponindose el signoa dicha cantidad, pero podrnvisualizarse con parntesis, de-pendiendo la conguracin que

    haya elegido el usuario.

    Las cantidades representativas de porcentajes se debern capturarcon enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje, excepto en loscasos en que dichas cantidades representen un factor de actualizacin,los cuales debern contener enteros y cuatro decimales.

    Ejemplo:

    Forma incorrecta Forma correcta

    50% 50.00

    75% 75.00

    1.987565 1.9875

    2.008796 2.0087

    Cuando las cuentas acreedoras tengan saldo deudor, o bien, lascuentas deudoras tengan saldo acreedor se les antepondr el signonegativo, y cuando se trate de cuentas que su saldo pueda ser tan-to acreedor como deudor, se deber poner el signo negativo en dichacuenta, cuando:

    Represente un saldo deudor, pero la cuenta se encuentre ubicada

    dentro de una clasicacin de cuentas acreedoras.

    Represente un saldo a creedor, pero la cuenta se encuentre ubicada

    dentro de una clasicacin de cuentas deudoras.

    El sistema le permite ver las cantidades negativas entre parntesis,en caso de que el usuario lo haya elegido.

    El rubro Informacin adicional es de captura con texto libre y seutilizar para proporcionar informacin adicional a la contenida en losapartados de la declaracin informativa sobre situacin scal, o bien,

    informacin que no est reejada en algn otro apartado. Asimismo, se

    podr utilizar para hacer cualquier tipo de aclaracin o explicacin conrespecto a la informacin de cualquier apartado.

    Independientemente de lo sealado con antelacin, se le recomien-da revisar los instructivos de caractersticas e integracin para presen-tar la declaracin informativa de situacin scal, as como los anexos

    correspondientes considerando el tipo de contribuyente y la actividad

    que desarrolla.

    La multa prevista por nopresentar declaracin informativa desituacin fiscal oscila entre $10,980.00y $109,790.00

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    Como puede apreciar, la infor-macin que se deber enviar sercontable, nanciera, scal y legal,

    parecida a la informacin de undictamen scal.

    Conclusin

    Una de las reformas que se intro-

    dujeron al CFF a partir del 1 deenero de 2014 es la adicin delartculo 32-H, el cual dispone quea ms tardar el 30 de junio del aoinmediato posterior a la termina-cin del ejercicio de que se trate,los contribuyentes que se ajustena cualquiera de las cinco fraccio-nes del citado artculo, debernpresentar ante las autoridadesscales la declaracin informativa

    sobre su situacin fiscal por me-

    dio del DISIF (artculo 32-H del

    CFF), dado a conocer en el Ane-xo 1 de la RMF-15; sin embargo,es importante que el contribuyen-te tambin consulte el artculo32-A del CFF, pues los contribu-yentes que hayan optado pordictaminar de conformidad coneste ltimo precepto tendrn porcumplida la obligacin que indicael artculo 32-H del CFF.

    Se recomienda que tramite su

    rma electrnica, o en su caso larenueve, ya que la requiere paracumplir con dicha obligacin.

    Actualmente, con la obligacinde emitir CFDI prcticamente portodo tipo de operacin y con elenvo de la contabilidad electrni-ca, la autoridad scal podr efec-tuar revisiones electrnicas, por loque el dictamen scal pierde su

    obligatoriedad y slo en algunoscasos es opcional, por ejemplo,

    aquellos contribuyentes que en el

    ejercicio inmediato anterior hayanobtenido ingresos acumulablessuperiores a $100000,000.00.

    No obstante lo anterior, noresulta suficiente que dentro delos controles del SAT se puedanapreciar tanto comprobantesfiscales emitidos como recibidos,que ahora hasta la nmina sedebe timbrar, que an se presen-tan las declaraciones informati-

    vas como la Declaracin Infor-mativa Mltiple (DIM), que con e lservicio de pago referenciado sepuede revisar la determinacin desaldos a favor, la aplicacin de com-pensaciones, amortizacin de pr-didas fiscales, que adems de-bemos enviar nuestro Catlogode Cuentas y balanzas de com-probacin, ya que surge unanueva obligacin, la de presentarla declaracin informativa de si-

    tuacin fiscal.