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fernando-fonseca
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Declaración Universal de los derechos humanos
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2. Artculo 3Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.Artculo 4Nadie estar sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos estn prohibidas en todassus formas.Artculo 5Nadie ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.Artculo 6Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurdica.Artculo 7Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distincin, derecho a igual proteccin de la ley. Todos tienen derecho aigual proteccin contra toda discriminacin que infrinja esta Declaracin y contra toda provocacin a taldiscriminacin.Artculo 8Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contraactos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitucin o por la ley.Artculo 9Nadie podr ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.Artculo 10Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oda pblicamente y con justicia por un tribunalindependiente e imparcial, para la determinacin de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquieracusacin contra ella en materia penal.Artculo 111. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe suculpabilidad, conforme a la ley y en juicio pblico en el que se le hayan asegurado todas las garantas necesariaspara su defensa.2. Nadie ser condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos segn elDerecho nacional o internacional. Tampoco se impondr pena ms grave que la aplicable en el momento de lacomisin del delito.Artculo 12Nadie ser objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni deataques a su honra o a su reputacin. Toda persona tiene derecho a la proteccin de la ley contra tales injerencias oataques.Artculo 131. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier pas, incluso del propio, y a regresar a su pas.Artculo 141. En caso de persecucin, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de l, en cualquier pas.2. Este derecho no podr ser invocado contra una accin judicial realmente originada por delitos comunes o poractos opuestos a los propsitos y principios de las Naciones Unidas. 3. Artculo 151. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.2. A nadie se privar arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.Artculo 161. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad nbil, tienen derecho, sin restriccin alguna por motivos de raza,nacionalidad o religin, a casarse y fundar una familia, y disfrutarn de iguales derechos en cuanto al matrimonio,durante el matrimonio y en caso de disolucin del matrimonio.2. Slo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podr contraerse el matrimonio.3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la proteccin de la sociedad y delEstado.Artculo 171. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.2. Nadie ser privado arbitrariamente de su propiedad.Artculo 18Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religin; este derecho incluye la libertadde cambiar de religin o de creencia, as como la libertad de manifestar su religin o su creencia, individual ycolectivamente, tanto en pblico como en privado, por la enseanza, la prctica, el culto y la observancia.Artculo 19Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinin y de expresin; este derecho incluye el de no ser molestado acausa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitacin defronteras, por cualquier medio de expresin.Artculo 201. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunin y de asociacin pacficas.2. Nadie podr ser obligado a pertenecer a una asociacin.Artculo 211. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su pas, directamente o por medio de representanteslibremente escogidos.2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones pblicas de su pas.3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder pblico; esta voluntad se expresar medianteelecciones autnticas que habrn de celebrarse peridicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto uotro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.Artculo 22Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzonacional y la cooperacin internacional, habida cuenta de la organizacin y los recursos de cada Estado, lasatisfaccin de los derechos econmicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo desu personalidad.Artculo 231. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre eleccin de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactoriasde trabajo y a la proteccin contra el desempleo.2. Toda persona tiene derecho, sin discriminacin alguna, a igual salario por trabajo igual.3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneracin equitativa y satisfactoria, que le asegure, as como asu familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que ser completada, en caso necesario, porcualesquiera otros medios de proteccin social.4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses. 4. Artculo 24Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitacin razonable de la duracin deltrabajo y a vacaciones peridicas pagadas.Artculo 251. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, as como a su familia, la salud y elbienestar, y en especial la alimentacin, el vestido, la vivienda, la asistencia mdica y los servicios socialesnecesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otroscasos de prdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los nios, nacidos dematrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual proteccin social.Artculo 261. Toda persona tiene derecho a la educacin. La educacin debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a lainstruccin elemental y fundamental. La instruccin elemental ser obligatoria. La instruccin tcnica y profesionalhabr de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores ser igual para todos, en funcin de los mritosrespectivos.2. La educacin tendr por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto alos derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecer la comprensin, la tolerancia y la amistad entretodas las naciones y todos los grupos tnicos o religiosos, y promover el desarrollo de las actividades de lasNaciones Unidas para el mantenimiento de la paz.3. Los padres tendrn derecho preferente a escoger el tipo de educacin que habr de darse a sus hijos.Artculo 271. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y aparticipar en el progreso cientfico y en los beneficios que de l resulten.2. Toda persona tiene derecho a la proteccin de los intereses morales y materiales que le correspondan por razn delas producciones cientficas, literarias o artsticas de que sea autora.Artculo 28Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertadesproclamados en esta Declaracin se hagan plenamente efectivos.Artculo 291. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que slo en ella puede desarrollar libre y plenamentesu personalidad.2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estar solamente sujeta a laslimitaciones establecidas por la ley con el nico fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos ylibertades de los dems, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden pblico y del bienestar general enuna sociedad democrtica.3. Estos derechos y libertades no podrn, en ningn caso, ser ejercidos en oposicin a los propsitos y principios delas Naciones Unidas.Artculo 30Nada en esta Declaracin podr interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o auna persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresin de cualquiera de losderechos y libertades proclamados en esta Declaracin.