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Declaración Universal de los Derechos Humanos La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) es un documento declarativo adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolu- ción 217 A (III), el 10 de diciembre de 1948 en París; en ésta se recogen en sus 30 artículos los derechos humanos considerados básicos, a partir de la carta de San Francisco (26 de junio de 1945) La unión de esta declaración y los Pactos Internaciona- les de Derechos Humanos y sus Protocolos comprende lo que se ha denominado la Carta Internacional de Dere- chos Humanos. Mientras que la Declaración constituye, generalmente, un documento orientativo, los Pactos son tratados internacionales que obligan a los Estados firman- tes a cumplirlos. En numerosas convenciones, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos se han reiterado los principios básicos de derechos humanos enunciados por primera vez en la Declaración Universal de Derechos Humanos, como su universalidad, interdependencia e indivisibilidad, la igualdad y la no discriminación, y el hecho de que los derechos humanos vienen acompañados de derechos y obligaciones por parte de los responsables y los titulares de éstos. En la actualidad, todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas han ratificado al menos uno de los nueve tratados internacionales básicos de derechos humanos, y el 80 % de ellos ha ratificado al menos cuatro de ellos, lo que constituye una expresión concreta de la universalidad de la DUDH y del conjunto de los derechos humanos internacionales. ONU: Fundamento de las normas internacio- nales de derechos humanos. [1] 1 Historia En la lenta evolución de los Derechos Humanos en la historia, es a partir del siglo XVII cuando empiezan a contemplarse declaraciones explícitas con base en la idea contemporánea del “derecho natural”. Inglaterra incor- pora en 1679 a su constitución la Habeas Corpus Act (Ley de hábeas corpus) y la Bill of Rights (Declaración de Derechos) en 1689. En Francia como consecuencia de la Revolución francesa, se hace pública, en 1789, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciuda- dano. En 1927 el Convenio de Ginebra prohíbe la esclavitud en todas sus formas. Los llamados “Códigos de Malinas” que abarcan la Moral Internacional (1937), Relaciones Sociales (1927), Relaciones Familiares (1951) y el Códi- go de Moral Política (1957), son intentos parciales de la conciencia pública por regular una seguridad mínima de respeto al individuo, habitualmente ignorado por los Es- tados. Como consecuencia de la Primera Guerra Mundial la Sociedad de Naciones impulsó los Convenios de Gine- bra sobre seguridad, respeto y derechos mínimos de los prisioneros de guerra, y en 1948 tras la Segunda Guerra Mundial, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el documento titulado “Declaración Universal de Derechos del Hombre”, conjunto de normas y principios, garantía de la persona frente a los poderes públicos. 2 Proceso de elaboración En virtud del artículo 68 de la Carta de las Naciones Unidas, el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas creó la Comisión de Derechos Humanos. A es- te organismo, formado por 18 representantes de Estados miembros de la ONU, se le encomendó la elaboración de una serie de instrumentos para la defensa de los dere- chos humanos. Dentro de la Comisión se creó un Comité formado por ocho miembros, que serían Eleanor Roose- velt (nacional de Estados Unidos), René Cassin (Francia), Charles Malik (Líbano), Peng Chun Chang (China), Her- nán Santa Cruz (Chile), Alexandre Bogomolov/Alexei Pavlov (Unión Soviética), Lord Dukeston/Geoffrey Wil- son (Reino Unido) y William Hodgson (Australia). Fue también de especial relevancia la intervención de John Peters Humphrey, de Canadá, director de la División de Derechos Humanos de la ONU. El proyecto de Declaración se sometió a votación el 10 de diciembre de 1948 en París, y fue aprobado, por los que entonces eran los 58 Estados miembros de la Asamblea General de la ONU, con 48 votos a favor y las 8 absten- ciones de la Unión Soviética, de los países de Europa del Este, de Arabia Saudí y de Sudáfrica. Además, otros dos países miembros no estuvieron presentes en la votación. La abstención surafricana puede ser vista como un intento 1

Declaración Universal de Los Derechos Humanos

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Declaración Universal de los DerechosHumanos

La Declaración Universal de los Derechos Humanos(DUDH) es un documento declarativo adoptado por laAsamblea General de las Naciones Unidas en su Resolu-ción 217 A (III), el 10 de diciembre de 1948 en París; enésta se recogen en sus 30 artículos los derechos humanosconsiderados básicos, a partir de la carta de San Francisco(26 de junio de 1945)La unión de esta declaración y los Pactos Internaciona-les de Derechos Humanos y sus Protocolos comprendelo que se ha denominado la Carta Internacional de Dere-chos Humanos. Mientras que la Declaración constituye,generalmente, un documento orientativo, los Pactos sontratados internacionales que obligan a los Estados firman-tes a cumplirlos.

En numerosas convenciones, declaracionesy resoluciones internacionales de derechoshumanos se han reiterado los principiosbásicos de derechos humanos enunciados porprimera vez en la Declaración Universal deDerechos Humanos, como su universalidad,interdependencia e indivisibilidad, la igualdady la no discriminación, y el hecho de quelos derechos humanos vienen acompañadosde derechos y obligaciones por parte de losresponsables y los titulares de éstos. En laactualidad, todos los Estados Miembros delas Naciones Unidas han ratificado al menosuno de los nueve tratados internacionalesbásicos de derechos humanos, y el 80 % deellos ha ratificado al menos cuatro de ellos, loque constituye una expresión concreta de launiversalidad de la DUDH y del conjunto delos derechos humanos internacionales.ONU: Fundamento de las normas internacio-nales de derechos humanos.[1]

1 Historia

En la lenta evolución de los Derechos Humanos en lahistoria, es a partir del siglo XVII cuando empiezan acontemplarse declaraciones explícitas con base en la ideacontemporánea del “derecho natural”. Inglaterra incor-pora en 1679 a su constitución la Habeas Corpus Act(Ley de hábeas corpus) y la Bill of Rights (Declaración

de Derechos) en 1689. En Francia como consecuenciade la Revolución francesa, se hace pública, en 1789, laDeclaración de los Derechos del Hombre y del Ciuda-dano.En 1927 el Convenio de Ginebra prohíbe la esclavituden todas sus formas. Los llamados “Códigos de Malinas”que abarcan la Moral Internacional (1937), RelacionesSociales (1927), Relaciones Familiares (1951) y el Códi-go de Moral Política (1957), son intentos parciales de laconciencia pública por regular una seguridad mínima derespeto al individuo, habitualmente ignorado por los Es-tados. Como consecuencia de la Primera Guerra Mundialla Sociedad de Naciones impulsó los Convenios de Gine-bra sobre seguridad, respeto y derechos mínimos de losprisioneros de guerra, y en 1948 tras la Segunda GuerraMundial, la Asamblea General de las Naciones Unidasaprobó el documento titulado “Declaración Universal deDerechos del Hombre”, conjunto de normas y principios,garantía de la persona frente a los poderes públicos.

2 Proceso de elaboración

En virtud del artículo 68 de la Carta de las NacionesUnidas, el Consejo Económico y Social de las NacionesUnidas creó la Comisión de Derechos Humanos. A es-te organismo, formado por 18 representantes de Estadosmiembros de la ONU, se le encomendó la elaboraciónde una serie de instrumentos para la defensa de los dere-chos humanos. Dentro de la Comisión se creó un Comitéformado por ocho miembros, que serían Eleanor Roose-velt (nacional de Estados Unidos), René Cassin (Francia),Charles Malik (Líbano), Peng Chun Chang (China), Her-nán Santa Cruz (Chile), Alexandre Bogomolov/AlexeiPavlov (Unión Soviética), Lord Dukeston/Geoffrey Wil-son (Reino Unido) y William Hodgson (Australia). Fuetambién de especial relevancia la intervención de JohnPeters Humphrey, de Canadá, director de la División deDerechos Humanos de la ONU.El proyecto de Declaración se sometió a votación el 10 dediciembre de 1948 en París, y fue aprobado, por los queentonces eran los 58 Estados miembros de la AsambleaGeneral de la ONU, con 48 votos a favor y las 8 absten-ciones de la Unión Soviética, de los países de Europa delEste, de Arabia Saudí y de Sudáfrica. Además, otros dospaíses miembros no estuvieron presentes en la votación.La abstención surafricana puede ser vista como un intento

1

2 3 ESTRUCTURA Y CONTENIDOS

de proteger su sistema de apartheid, el cual violaba cla-ramente varios principios de la declaración.[2] La absten-ción de la delegación saudí se debió principalmente a suinconformidad con 2 artículos: el 16 (matrimonio sin dis-criminación y con consentimiento de los cónyuges) y el18 (derecho a cambiar de religión).[2] Las abstenciones delas naciones comunistas se centraban en el hecho de quela declaración no condenaba específicamente el fascismoy el nazismo.[2] Sin embargo, Eleanor Roosevelt atribu-yó dicha abstención a la inconformidad con el artículo 13(derecho a salir del país libremente).Así fue la votación:

• Votos a favor: Afganistán, Argentina, Australia,Bélgica, Birmania, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile,China (Taiwán), Colombia, Costa Rica, Cuba,Dinamarca, República Dominicana, Ecuador,Egipto, El Salvador, Estados Unidos, Etiopía,Filipinas, Francia, Grecia, Guatemala, Haití,Holanda, India, Irak, Irán, Islandia, Líbano,Liberia, Luxemburgo, México, Nueva Zelanda,Nicaragua, Noruega, Pakistán, Panamá, Paraguay,Perú, Reino Unido, Siria, Suecia, Tailandia,Turquía, Uruguay y Venezuela.

• Votos en contra: ninguno

• Abstenciones: Arabia Saudí, Bielorrusia,Checoslovaquia, Polonia, Sudáfrica, URSS,Ucrania y Yugoslavia.

• Ausentes: Honduras y Yemen.[3]

3 Estructura y contenidos

La DUDH (Declaración Universal de los Derechos Hu-manos) se compone de un preámbulo y treinta artículos,que recogen derechos de carácter civil, político, social,económico y cultural.

3.1 Preámbulo

El preámbulo como parte expositiva que precede un do-cumento legal, también llamado exposición de motivos oconsiderandos, no forma parte de la norma, ni es obligato-ria, según se acepta habitualmente, pero se emplea parael análisis e interpretación de las intenciones de la mis-ma. Constituye, por lo tanto una importante fuente inter-pretativa y síntesis de la Declaración. Particularmente elPreámbulo de la DUDH fue redactado al final, cuando yaeran conocidos todos los derechos que serían incluidos enel texto definitivo.El tercer considerando destaca un régimen de Derechocomo esencial para la protección de los derechos huma-nos. Es tan importante la construcción de una sociedad

donde los ciudadanos puedan disfrutar sus derechos, sinque sea necesario recurrir al supremo recurso de la rebe-lión si hay una situación extrema de tiranía u opresión queexige esta respuesta por parte de los ciudadanos:

Considerando esencial que los derechoshumanos sean protegidos por un régimen deDerecho, a fin de que el hombre no se veacompelido al supremo recurso de la rebelióncontra la tiranía y la opresión;Preámbulo de la Declaración Universal de losDerechos Humanos

El cuarto considerando afirma la importancia de promo-ver la amistad entre las naciones, sorprende su brevedad yfalta de concreción, debido a que en el momento históri-co de la redacción de la Declaración ya había comenzadola Guerra Fría, quedando esa cuestión relegada:

Considerando también esencial promoverel desarrollo de relaciones amistosas entre lasnaciones;Preámbulo de la Declaración Universal de losDerechos Humanos

El quinto considerando toma nota del compromiso quelos pueblos asumieron al fundar las Naciones Unidas enSan Francisco (Estados Unidos), en 1942 la Carta de lasNaciones Unidas menciona los derechos humanos en sie-te lugares de su texto expresamente. Este considerandoreconoce que el compromiso surge de los pueblos comotales:

Considerando que los pueblos de lasNaciones Unidas han reafirmado en la Carta sufe en los derechos fundamentales del hombre,en la dignidad y el valor de la persona humanay en la igualdad de derechos de hombresy mujeres, y se han declarado resueltos apromover el progreso social y a elevar el nivelde vida dentro de un concepto más amplio dela libertadPreámbulo de la Declaración Universal de losDerechos Humanos

El sexto considerando va dirigido a los Estados miembrosde Naciones Unidas, a los gobiernos y su decisión de tra-bajar para lograr el respeto universal y efectivo de losderechos humanos.

Considerando que los Estados Miembrosse han comprometido a asegurar, en coope-ración con la Organización de las NacionesUnidas, el respeto universal y efectivo a

3.4 Artículos del 28 al 30 3

los derechos y libertades fundamentales delhombrePreámbulo de la Declaración Universal de losDerechos Humanos

3.2 Artículos 1 y 2Toda persona tiene los derechos y liberta-

des proclamados en esta Declaración, sin dis-tinción alguna de raza, color, sexo, idioma, re-ligión, opinión política o de cualquier otra ín-dole, origen nacional o social, posición econó-mica, nacimiento o cualquier otra condición.

Además, no se hará distinción algunafundada en la condición política, jurídica ointernacional del país o territorio de cuyajurisdicción dependa una persona, tanto sise trata de un país independiente, como deun territorio bajo administración fiduciaria,no autónomo o sometido a cualquier otralimitación de soberanía.

Artículo 2 de la Declaración Universal delos Derechos Humanos

3.3 Artículos 3 al 27

Los derechos quedan enunciados en los artículos del 3 al27, y pueden clasificarse, según René Cassin, como sigue:Los artículos del 3 al 11 recogen derechos de carácterpersonal;

Nadie estará sometido a esclavitud nia servidumbre, la esclavitud y la trata deesclavos están prohibidas en todas susformas.Nadie será sometido a torturas ni a penas otratos crueles, inhumanos o degradantes.Toda persona acusada de delito tiene derechoa que se presuma su inocencia mientras no sepruebe su culpabilidad[...]Artículos 4, 5 y 11.1 de la DeclaraciónUniversal de los Derechos Humanos

Los artículos 12 a 17 recogen derechos del individuo enrelación con la comunidad;

Toda persona tiene derecho a salir decualquier país, incluso del propio, y a regresara su país.Toda persona tiene derecho a la propiedad,individual y colectivamente.Artículos 13.2 y 17.1 de la Declaración

Universal de los Derechos Humanos

Los artículos 18 a 21 recogen derechos de pensamiento,de conciencia, de religión y libertades políticas

Toda persona tiene derecho a la libertadde pensamiento, de conciencia y de religión;este derecho incluye la libertad de cambiar dereligión o de Creencia, así como la libertad demanifestar su religión o su creencia, individualy colectivamente, tanto en público como enprivado, por la enseñanza, la práctica, el cultoy la observancia.Todo individuo tiene derecho a la libertad deopinión y de expresión; este derecho incluye elde no ser molestado a causa de sus opiniones,el de investigar y recibir informaciones yopiniones, y el de difundirlas, sin limitación defronteras, por cualquier medio de expresión.Artículos 18 y 19 de la Declaración Universalde los Derechos Humanos

Y los artículos 22 a 27 derechos económicos, sociales yculturales.

Toda persona tiene derecho a un nivel devida adecuado que le asegure, así como a sufamilia, la salud, el bienestar, y en especialla alimentación, el vestido, la vivienda, laasistencia médica [...]Artículo 25 de la Declaración Universal delos Derechos Humanos

Toda persona tiene derecho a la educación.La educación debe ser gratuita, al menos enlo concerniente a la instrucción elemental yfundamental. La instrucción elemental seráobligatoria [...]Artículo 26 de la Declaración Universal delos Derechos Humanos

3.4 Artículos del 28 al 30

Recogen las condiciones y límites con que estos derechosdeben ejercerse.

Toda persona tiene derecho a que seestablezca un orden social e internacional enel que los derechos y libertades proclamadosen esta Declaración se hagan plenamenteefectivos.Artículo 28 de la Declaración Universal delos Derechos Humanos

45 DERECHOSHUMANOSDEL SIGLOXXI: LADECLARACIÓNUNIVERSALDEDERECHOSHUMANOSEMERGENTES

Sello conmemorativo de los 5 años de la Declaración Universalde los Derechos Humanos.

4 Importancia de la declaración

Aunque no es un documento obligatorio o vinculantepara los Estados, sirvió como base para la creación de lasdos convenciones internacionales de la ONU, el Pacto In-ternacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto In-ternacional de Derechos Económicos, Sociales y Cultura-les, pactos que fueron adoptados por la Asamblea Generalde Naciones Unidas en su resolución 2200 A (XXI), de16 de diciembre de 1976.[4] Sigue siendo citada amplia-mente por profesores universitarios, abogados defensoresy por tribunales constitucionales. Así mismo el texto ad-quiere rango constitucional en algunos países, como es elcaso de Argentina:

Aprobar o desechar tratados concluidoscon las demás naciones y con las organizacio-nes internacionales y los concordatos con laSanta Sede. Los tratados y concordatos tienenjerarquía superior a las leyes.

La Declaración Americana de los Dere-chos y Deberes del Hombre; la DeclaraciónUniversal de Derechos Humanos; (...); en lascondiciones de su vigencia, tienen jerarquíaconstitucional, no derogan artículo alguno dela primera parte de esta Constitución y debenentenderse complementarios de los derechos ygarantías por ella reconocidos. Sólo podrán serdenunciados, en su caso, por el Poder EjecutivoNacional, previa aprobación de las dos terceraspartes de la totalidad de los miembros de cadaCámara.

Los demás tratados y convenciones sobrederechos humanos, luego de ser aprobadospor el Congreso, requerirán el voto de las dosterceras partes de la totalidad de los miembrosde cada Cámara para gozar de la jerarquíaconstitucional.

Artículo 75, inciso 22 de la Constituciónde la Nación Argentina (1994)

También la Constitución Española de 1978 reconoce laDeclaración:

Las normas relativas a los derechos funda-mentales y a las libertades que la Constituciónreconoce se interpretarán de conformidad conla Declaración Universal de Derechos Huma-nos y los tratados y acuerdos internacionalessobre las materias ratificados por EspañaArtículo 10, apartado 2, de la ConstituciónEspañola (1978)

Abogados internacionalistas continuamente debaten cuá-les de sus estipulaciones se pueden decir que constituyenderecho internacional consuetudinario. Las opiniones va-rían mucho en cuanto a esto y se cuestionan desde algunasestipulaciones hasta todo el documento.Según el Libro Guinness de los récords, la DUDH es eldocumento traducido a más idiomas en el mundo (en el2004 había sido traducido a más de 330 idiomas).

5 Derechos Humanos del sigloXXI: la Declaración Universal deDerechos Humanos Emergentes

La Declaración Universal de los Derechos HumanosEmergentes (DUDH) surge de un proceso de diálogo dediversos componentes de la sociedad civil, organizadopor el Instituto de Derechos Humanos de Cataluña enel marco del Foro Universal de las Culturas Barcelona2004, tituladoDerechos Humanos, Necesidades Emergen-tes y Nuevos Compromisos.[5] El 2 de noviembre de 2007,en el marco del Forum de Monterrey (México) es apro-bada la DUDHE.Los humanos derechos emergentes suponen una nuevaconcepción de la participación de la sociedad civil, dandovoz a organizaciones y agrupaciones nacionales e interna-cionales que tradicionalmente han tenido poco o ningúnpeso en la configuración de las normas jurídicas, comolas ONG, los movimientos sociales y las ciudades, frentea los retos sociales, políticos y tecnológicos que plantea laglobalización y la sociedad global. La DUDHE no preten-de sustituir ni quitar vigencia a la Declaración Universalde Derechos Humanos de 1948, ni a los instrumentos na-cionales o internacionales de protección de los derechoshumanos, más bien pretende actualizar, complementar,responder a los retos de la sociedad global y actuar co-mo complemento desde el punto de vista de la ciudadaníaparticipativa.

Nosotros, ciudadanas y ciudadanos delmundo, miembros de la sociedad civil compro-metidos con los derechos humanos, formando

5

parte de la comunidad política universal,reunidos en ocasión del Foro Universal delas Culturas en Barcelona 2004 y Monterrey2007, e inspirados por los valores de respeto ala dignidad del ser humano, libertad, justicia,igualdad y solidaridad, y el derecho a unaexistencia que permita desarrollar estándaresuniformes de bienestar y de calidad de vidapara todos [...]Preámbulo de la Declaración Universal de losDerechos Humanos Emergentes

6 Sexagésimo aniversario de la De-claración

El 10 de diciembre de 2008 se cumplieron sesenta añosdesde la aprobación de la Declaración Universal de Dere-chos Humanos. En esa jornada, la Asamblea General delas Naciones Unidas declaró al año siguiente, 2009, AñoInternacional del Aprendizaje sobre los Derechos Huma-nos, debido a que, tras un análisis de la situación real enel mundo, se tomó conciencia de que la realización de laDeclaración tenía defectos que podrían reducirse a travésdel aprendizaje y la educación.Por este aniversario, la Declaración fue el diseño de lamoneda conmemorativa de 2 euros de los siguientes paí-ses: Bélgica, Italia, Finlandia y Portugal.

7 Véase también

8 Referencias[1] Web oficial de la ONU

[2] Danchin, Peter. «Drafting history» (en inglés). NuevaYork: Universidad de Columbia. Consultado el 28 de mar-zo de 2015.

[3] «A/RES/217(III)[A]». Sistema de información bibliográ-fica de las Naciones Unidas (UNBISNET). Consultado el28 de marzo de 2015.

[4] La Declaración Universal de Derechos Humanos

[5] Derechos Humanos, Necesidades Emergentes y NuevosCompromisos

9 Enlaces externos

6 10 ORIGEN DEL TEXTO Y LAS IMÁGENES, COLABORADORES Y LICENCIAS

10 Origen del texto y las imágenes, colaboradores y licencias

10.1 Texto• Declaración Universal de los Derechos Humanos Fuente: https://es.wikipedia.org/wiki/Declaraci%C3%B3n_Universal_de_los_Derechos_Humanos?oldid=85842396 Colaboradores: 4lex, Manuel González Olaechea y Franco, Sabbut, Moriel, Sauron, JorgeGG,Raul2010~eswiki, Hajor~eswiki, Sanbec, Aparejador, Zwobot, Rosarino, Dodo, Pleusicles, Tano4595, Felipealvarez, Yakoo, Melocoton,Cinabrium, Mechonbarsa, Renabot, FAR, Alexan, Boticario, Soulreaper, Yurik, Petronas, Pencho15, Emijrp, Rembiapo pohyiete (bot),Tico~eswiki, Magister Mathematicae, Orgullobot~eswiki, RobotQuistnix, Chobot, Caiserbot, Yrbot, Vitamine, YurikBot, KnightRider,Martinmartin, The Photographer, Eskimbot, Götz, Chlewbot, ZEN ic, BOTpolicia, CEM-bot, Pinar~eswiki, Rafa sanz, Salvador alc, Efe-gé, Retama, Fidelmoquegua, Baiji, Roberpl, Rastrojo, Antur, Jjafjjaf, Thijs!bot, Escarbot, Zupez zeta, RoyFocker, IrwinSantos, Ángel LuisAlfaro, PhJ, Isha, Felipecanales, Chuck es dios, Gusgus, JAnDbot, Kved, Mansoncc, Rafa3040, Marinna, Zufs, Gsrdzl, CommonsDelinker,TXiKiBoT, Humberto, Tiyoringo, Amanuense, Bedwyr, Idioma-bot, Pólux, Gerwoman, Jatrobat, AlnoktaBOT, Aibot, VolkovBot, Snake-yes, Technopat, Galandil, Erfil, Paco Torres, Matdrodes, K92petrj, Synthebot, Sonoriuxo, BlackBeast, Lucien leGrey, Luis1970, .snoopy.,Muro Bot, Edmenb, YonaBot, Srbanana, BotMultichill, SieBot, Loveless, Macarrones, Sageo, BOTarate, Marcelo, Erpelu, Correogsk, Fura-do, Greek, Verode, Lobo, Misaelvp, Natsubee, Mafores, PipepBot, Chico512, Universalis, Tirithel, Javierito92, Canaan, Jaontiveros, HUB,Antón Francho, Kikobot, Nicop, Ale vp, Eduardosalg, Leonpolanco, ElMeBot, Gallowolf, Alecs.bot, Walter closser, Poco a poco, Neuro-tronix, HenryContreras, Açipni-Lovrij, BotSottile, Osado, Unai Fdz. de Betoño, Ravave, Camilo, UA31, AVBOT, David0811, LucienBOT,MastiBot, Angel GN, NicolasAlejandro, Cirt, NjardarBot, Jeanneth Ron, Diegusjaimes, Davidgutierrezalvarez, Hiworld, Victormoz, Ho-racia, HerculeBot, Arjuno3, Agrestius, Josecra, Andreasmperu, Luckas-bot, Nallimbot, NACLE, Vic Fede, Yonidebot, German 1994,Nixón, Monicaramoneda, Rodrigo Santa Cruz, ArthurBot, Limo, SuperBraulio13, Xqbot, Jkbw, GhalyBot, SassoBot, Dreitmen, Enaana,Ricardogpn, JViejo, Botarel, MauritsBot, Amyga, Habije, BOTirithel, Hprmedina, Pradial, TobeBot, Halfdrag, Beaukarpo, PatruBOT,Jlaal, KamikazeBot, Dinamik-bot, LilyKitty, Angelito7, Mr.Ajedrez, Alph Bot, Tarawa1943, Foundling, E. Corvilla, Wikiléptico, MissManzana, Edslov, Rafandalucia, EmausBot, Savh, AVIADOR, ZéroBot, HRoestBot, Es20490446e, JackieBot, Rubpe19, El Ayudante,Jcaraballo, ChuispastonBot, Khiari, WikitanvirBot, Mjbmrbot, Jorjaslois, Checo15, Movses-bot, Lcsrns, Satanás va de retro, JPLema, Se-brev, Juan2pasos, MetroBot, Invadibot, AntoFran, Luis E Perea Caicedo, Adictoalatv, Chamarasca, Helmy oved, YFdyh-bot, MaKiNeoH,Legobot, Randy2630, Alan, Crizzann, Lautaro 97, Leandrovivanco, JacobRodrigues, Axel Dani, Beli444b, Alexisssssssss, VeronicaHer-nandez1974, Jarould, Matiia, Martinez lucila, Demigrance, Crystallizedcarbon, Hanser manuel ortiz montero, Mike000~eswiki, Luisdapro,Pepa la loba, Marcusadell22, ALEXITTO3222, Lectorina, 765 y punto, El Gran Hermano es una Realidad, Holiwis012002, Pososita212,Marinela macias, Pepep2341 y Anónimos: 505

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