Decreto 022 Marzo 8 2010 Prevenciones Elecciones Par Lament Arias y Consulta Partidos

Embed Size (px)

Citation preview

  • 8/7/2019 Decreto 022 Marzo 8 2010 Prevenciones Elecciones Par Lament Arias y Consulta Partidos

    1/3

    DECRETO 022(Marzo 8 de 2010)

    POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA PRESERVACINDEL ORDEN PBLICO DURANTE EL PERIODO DE ELECCIONES AL

    CONGRESO DE LA REPBLICA, PARLAMENTO ANDINO Y CONSULTAINTERNA DEL PARTIDO CONSERVADOR Y DEL PARTIDO VERDE Y SE

    DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

    EL ALCALDE MUNICIPAL DE URRAO ANTIOQUIA, en uso de sus facultadesconstitucionales y legales y en especial las conferidas por el artculo 315 de laConstitucin Nacional, el artculo 91 de la Ley 136 de 1994 y el DecretoPresidencial 671 del 3 de marzo de 2010.

    CONSIDERANDO

    1. Que por motivo de las elecciones para Congreso de la Repblica -Senado yCmara de Representantes, parlamento andino y consulta interna del partidoconservador y del partido verde a celebrarse el 14 de marzo de 2010, se hacenecesario implementar ciertas medidas de seguridad con la finalidad de que elejercicio de los derechos polticos y el evento democrtico transcurra en totalnormalidad.

    2. Que se hace necesario por parte del Ejecutivo Municipal, tomar algunasmedidas de carcter preventivo que tiendan a preservar el orden pblico y latranquilidad ciudadana.

    3. Que el evento democrtico y lo que ello conlleva, eventualmente podra generarconductas agresivas que podran poner en riesgo la integridad de la comunidadurraea.

    4. Que el Seor Presidente de la Repblica mediante Decreto No 671 del 3 demarzo de 2010 dict normas para la conservacin del orden pblico durante elperiodo de elecciones al Congreso de la Repblica, estando el ente territorial en laobligacin de velar por el cumplimiento del mismo.

    En mrito de lo anteriormente expuesto;

    DECRETA

    ARTCULO PRIMERO: En concordancia con el artculo 13 del DecretoPresidencial 671 de 2010 Queda prohibido la venta y el consumo de bebidasembriagantes desde las seis (6) de la tarde del da viernes 12 de marzo hasta lasseis (6) de la maana del da lunes quince (15) de marzo de 2010.

  • 8/7/2019 Decreto 022 Marzo 8 2010 Prevenciones Elecciones Par Lament Arias y Consulta Partidos

    2/3

    ARTCULO SEGUNDO: En concordancia con el artculo 3 del Decreto

    Presidencial 671 de 2010 y en el artculo 29 de la Ley 130 de 1994 y el 10 de laLey 163 de 1994, durante el da de elecciones se prohbe toda clase depropaganda, manifestaciones, comunicados y entrevistas con fines poltico-electorales a travs de radio, prensa y televisin, as como la propaganda mvil,esttica o sonora. Se excepta de la anterior prohibicin el elemento de ayuda queporta el elector en lugar no visible para identificar el partido, movimiento, grupo ocandidato por quien votar.

    Durante el da de elecciones no podrn colocarse nuevos carteles, pasacalles,vayas y afiches destinados a difundir propaganda electoral, as como su difusin atravs de cualquier tipo de nave o aeronave.

    PARGRAFO: el da de elecciones, se prohbe a los concesionarios del serviciode radiodifusin sonora, escrita en general y a todas las modalidades de televisinlegalmente autorizadas en el pas, difundir propaganda poltica electoral.

    ARTCULO TERCERO: Se prohbe el transporte de gas propano y de escombrosdurante el tiempo comprendido entre las seis (6) de la tarde del da viernes 12 demarzo hasta las seis (6) de la maana del da lunes quince (15) de marzo de 2010.

    ARTCULO CUARTO: Se restringe el trnsito vehicular por la carrera 32 con calle29 y 27, la calle 28 con carrera 31 y 32 y la calle 27 y 28 con carrera 32 y 33, en el

    horario comprendido entre las 6:00 a.m. hasta las 11:30 p.m. del da domingo 14de marzo de 2010, o hasta que la Registradora Municipal lo estime conveniente yde aviso formal a las autoridades policitas.

    PARGRAFO PRIMERO: se excepta de la prohibicin anterior los vehculosoficiales que pertenecen a la fuerza pblica o autoridades administrativas, cuerposde socorro, trnsito, que en cumplimiento de sus funciones requieran ingresar aestas vas.

    PARGRAFO SEGUNDO: El ingreso de las personas hacia el sitio de votacincorrespondiente a la Escuela Normal Superior Sagrada Familia, ser en un solosentido por la calle 28 entre la carrera 31 y 32, suben por la carrera 32 hasta llegarel recinto de votacin, ejercen su derecho poltico y salen por la calle 27 entre lacarrera 31 y 32. Por la calle 28 entre carrera 31 y 32 se restringe el ingreso depersonas para el recinto de votacin (Escuela Normal Superior Sagrada Familia,seccin primaria).

    ARTCULO QUINTO: la violacin de las normas anteriores, ser causal deimposicin de las sanciones previamente establecidas en la normatividad vigente.

  • 8/7/2019 Decreto 022 Marzo 8 2010 Prevenciones Elecciones Par Lament Arias y Consulta Partidos

    3/3

    ARTCULO SEXTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de suexpedicin.

    NOTIFQUESE, COMUNQUESE Y CMPLASE

    Dado en Urrao Antioquia a los 8 das del mes de marzo de 2010.

    LUIS ERNESTO VLEZ MADRIDAlcalde Municipal.