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8/13/2019 Decreto Supremo N 057-2004-PCM Reglamento de la Ley N 27314
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Complementarias, Transit
Decreto Supremo.
Artculo 2.- Refrend
El presente DecretMinistros, la Ministra deMinistro de Vivienda, CoMinistro de Transportes y
Dado en la Casa dao dos mil cuatro.
ALEJANDRO TOL
Presidente Constitu
CARLOS FERRER
Presidente del Con
PILAR MAZZETTI
Ministra de Salud
LVARO QUIJAND
Ministro de Agricult
ROBERTO ENRIQ
Ministro de Defens
CARLOS BRUCEMinistro de Viviend
ALFONSO VEL S
Ministro de la Prod
JOS ORTIZ RIVE
Decenio de las PersAo de la Unin Na
rias y Finales, y seis (6) Anexos, que form
o
o Supremo ser refrendado por el PresideSalud, el Ministro de Agricultura, el Minisstruccin y Saneamiento, el Ministro deomunicaciones.
e Gobierno, en Lima, a los veintids das
DO
cional de la Repblica
sejo de Ministros
OLER
R A SALM N
ra
E CHIABRA LE N
, Construccin y Saneamiento
UEZ TUESTA
ccin
RA
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
parte del presente
nte del Consejo detro de Defensa, ella Produccin y el
el mes de julio del
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Ministro de Transp
REGLAMENT
Residuo
Residuos
Decenio de las PersAo de la Unin Na
rtes y Comunicaciones
DE LA LEY GENERAL DE RESIDUOS S
TTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
TTULO II
AUTORIDADES COMPETENTES
TTULO III
MANEJO DE RESIDUOS SLIDOS
Captulo I
Aspectos Generales
Captulo IIs Slidos del mbito de Gestin Municip
Captulo III
Slidos del mbito de Gestin no Munici
Seccin I
Almacenamiento
Seccin II
Recoleccin y Transporte
Seccin III
Tratamiento
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
LIDOS
l
pal
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MI
C
INFRA
I
IMPORTACI
Decenio de las PersAo de la Unin Na
Seccin IV
Disposicin Final
TTULO IV
NIMIZACI N Y COMERCIALIZACIN
Captulo I
Aspectos Generales
Captulo IIMinimizacin de Residuos Slidos
Captulo III
mercializacin de Residuos Slidos
TTULO V
ESTRUCTURAS DE RESIDUOS S LIDOS
Captulo I
Aspectos Generales
Captulo II
Infraestructura de Transferencia
Captulo III
Infraestructura de Tratamiento
Captulo IV
nfraestructura de Disposicin Final
TTULO VI
N Y EXPORTACI N DE RESIDUOS S L
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
IDOS
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EMPRESAS PRESTADO
Empresas Prest
Empresas C
DE LA INF
FISC
RESPONSABILI
Decenio de las PersAo de la Unin Na
TTULO VIIRAS DE SERVICIOS Y EMPRESAS COME
DE RESIDUOS SLIDOS
Captulo I
Aspectos Generales
Captulo II
doras de Servicios de Residuos Slidos
Captulo III
omercializadoras de Residuos Slidos (E
TTULO VIII
RMACIN Y LA PARTICIPACIN CIUDA
TTULO IX
LIZACI N Y REGISTRO DE AUDITORES
Captulo I
Aspectos Generales
Captulo ll
Procedimiento de la Auditora
Captulo IIIInforme de Auditores
TTULO X
DAD, INCENTIVOS, INFRACCIONES Y SA
Captulo I
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
RCIALIZADORAS
(EPS-RS)
C-RS)
ANA
NCIONES
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DISPOSICIONE
REGLAMENT
Artculo 1.- Objeti El presente disposSlidos, a fin de asegurapropiados para prevenirsalud y el bienestar de la p
Artculo 2.- Menci
Cualquier mencin
1. La palabra Ley,de Residuos Slidos;
2. La palabra Regl
3. La palabra resislidos.
Decenio de las PersAo de la Unin Na
Responsabilidad
Captulo II
Incentivos
Captulo III
Infracciones y Sanciones
COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y
DE LA LEY GENERAL DE RESIDUOS S
TTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
oitivo reglamenta la Ley N 27314, Ley Gr que la gestin y el manejo de los resiesgos sanitarios, proteger y promover la cersona humana.
n a referencias
en el presente Reglamento a:
se entender que est referida a la Ley N
amento se entender que est referida a es
uos, debe entenderse que est referida
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
FINALES
LIDOS
neral de Residuosiduos slidos seanalidad ambiental, la
27314, Ley General
te Reglamento; y,
la frase residuos
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Para la aplicacin
establecidas en la Dcimacomo las sealadas en lReglamento.
Artculo 3.- mbit
El Reglamento esmanejo de residuos slidoo jurdica, pblica o privad
Artculo 4.- Autori
La gestin y manejconformidad a sus respecti
1. Consejo Nacion
2. Ministerio de Sal
3. Ministerio de Tra
4. Ministerio de Vivi
5. Ministerios u orartculo 6 de la Ley;
6. Direccin Gener
7. Municipalidades
Artculo 5.- El CO
Decenio de las PersAo de la Unin Na
interpretacin del Reglamento se consider
Disposicin Complementaria, Transitoria ya Sexta Disposicin Complementaria, Tra
de aplicacin
e aplicacin al conjunto de actividades rel; siendo de cumplimiento obligatorio para tdentro del territorio nacional.
TTULO II
AUTORIDADES COMPETENTES
ades competentes
o de los residuos corresponde a las siguieivas competencias establecidas por Ley:
l del Ambiente;
ud;
nsportes y Comunicaciones;
enda, Construccin y Saneamiento;
ganismos reguladores o de fiscalizacin
l de Capitanas y Guardacostas del Minister
provinciales y distritales.
AM
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
rn las definiciones
Final de la Ley, assitoria y Final del
tivas a la gestin yda persona natural
tes autoridades de
ontemplados en el
io de Defensa; y,
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El Consejo Nacion
coordinar, promover y conautoridades sectoriales yLey y en sus respectivas n
1. Promover la apliSlidos (PIGARS) en las dla Ley; as como aprobar e
2. Incluir en el Infanlisis referido a la gesti
3. Incorporar enreferida a la gestin y man
4. Armonizar los cride poltica establecida en l
5. Resolver, eninterpuestos con relacinpor distintas autoridades, r
6. Resolver, en inaplicacin de resolucionpoltica y dems disposicio
7. Promover laEstructural de Gestin ACONAM N 011-2003-CD/gestin transectorial de re
Artculo 6.- Autori
La Autoridad de Sprevistos en la Ley, es lade Salud; y en el nivel reRegionales de Salud, seg
1. DIGESA:
Decenio de las PersAo de la Unin Na
al del Ambiente (CONAM) es la autorida
certar el adecuado cumplimiento y aplicaciunicipales de acuerdo a las competenciaormas de organizacin y funciones. Asimism
cacin de Planes Integrales de Gestin Amistintas ciudades del pas, de conformidad cl Plan Nacional de Gestin Integral de Resid
orme Nacional sobre el Estado del Ambin y el manejo de los residuos slidos.
l Sistema Nacional de Informacin Amejo de los residuos slidos.
terios de evaluacin de impacto ambientala Ley.
ltima instancia administrativa, los recuconflictos entre resoluciones o actos admi
elacionados con el manejo de los residuos s
ltima instancia administrativa, a pedidos o actos administrativos que contravengannes establecidas en la Ley.
decuada gestin de residuos slidos,biental, establecido por el Decreto del C
CONAM, y la aprobacin de polticas, planiduos slidos, a travs de la Comisin Ambi
ad de Salud
lud de nivel nacional para los aspectos deDireccin General de Salud Ambiental (DIGional, son las Direcciones de Salud (DIS
n corresponda, de acuerdo a lo siguiente:
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
competente para
n de la Ley, con lasestablecidas en lao le corresponde:
iental de Residuosn lo establecido en
uos Slidos.
nte en el Per, el
iental, informacin
on los lineamientos
rsos impugnativosinistrativos emitidoslidos.
e parte, sobre lalos lineamientos de
ediante el Marconsejo Directivo deles y programas deental Transectorial.
estin de residuosESA) del Ministerio) o las Direcciones
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a) Regular los aspe
b) Aprobar el EstuManejo Ambiental (PAMtratamiento y disposicin fiinterior de las instalacionerecursos naturales de reslas autoridades sectorialeDIGESA en la parte relativ
c) Emitir opinin tde transferencia, tratamiemunicipal;
d) Aprobar los proresiduos del mbito de lindicadas en el literal b);
e) Administrar los r
f) Declarar, de oficipor graves riesgos o dinadecuado de los residcoordinacin con las autautoridad sanitaria. En lambito territorial, las mediresponsabilidad, con el finduracin.
g) Imponer las s
competencia.
h) Emitir opinin tescala y sobre las capaestablecido en el artculMunicipalidades.
Decenio de las PersAo de la Unin Na
ctos tcnico sanitarios previstos en la Ley;
io de Impacto Ambiental (EIA) y el PrograA) de los proyectos de infraestructuranal de residuos con excepcin de aqullas q
productivas, concesiones de extraccin oonsabilidad del generador, en cuyo caso scompetentes debiendo contar con la opi
a a la infraestructura de residuos slidos;
nica previa a la aprobacin de los proyectonto y disposicin final de residuos del
ectos de infraestructura de tratamiento ygestin no municipal, a operarse fuera
gistros previstos en la Ley;
o a pedido de parte, zonas en estado de eos a la salud de la poblacin generauos slidos de los mbitos municipal yridades competentes. Esta es una potestesolucin que declare el estado de emergas de seguridad y tcnico sanitarias que dede evitar daos a la salud y al ambiente, as
nciones que correspondan de acuerdo
cnica sobre la necesidad de aprovecharidades de las municipalidades distritales,o 80 2.1 y 4.1 de la Ley N 27972,
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
a de Adecuacin yde transferencia,
ue se construyan alprovechamiento dern aprobados por
in favorable de la
s de infraestructurabito de la gestin
isposicin final dee las instalaciones
mergencia sanitariaos por el manejono municipal, en
ad exclusiva de lancia se sealar el
ben adoptarse, bajocomo su tiempo de
con su mbito de
las economas dea fin de aplicar loLey Orgnica de
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i) Las dems res
Reglamento.
2. Direcciones de S
a) Vigilar el manejoel Reglamento;
b) Aplicar medidaDIGESA, cuando las opresiduos, representen riesGeneral de Salud y a las d
c) Sancionar los hambiente, la seguridad y lReglamento; y,
d) Las dems resp
Artculo 7.- Autori
1. El Ministerio dedel transporte de los resitransporte de los residuosinfraestructuras de transptiene a su cargo la regulacpor la actividad de la const
2. Los ministeriosReglamento, constituyen l
del mbito de gestin noregular, fiscalizar y sanciinterior de las reas produperjuicio de lo establecidodel Reglamento;
3. En caso de quedistintos sectores, la autogenerador por la que sta
Decenio de las PersAo de la Unin Na
ponsabilidades indicadas en el artculo
alud y Direcciones Regionales de Salud:
de los residuos de acuerdo a las medidas
s administrativas y de seguridad, en craciones y procesos empleados duranteo a la salud y el ambiente en sujecin a la
isposiciones del Ttulo VIII de la Ley;
echos o acciones que determinen riesgossalud pblica, previo informe tcnico, en s
nsabilidades indicadas en el Reglamento.
ades sectoriales
Transportes y Comunicaciones tiene a suduos peligrosos, as como la autorizacinpeligrosos en la red vial nacional, ferrovia
ortes. El Ministerio de Vivienda, Construcin de la gestin y el manejo de los residuoruccin y por los servicios de saneamiento;
u organismos indicados en el numeral 5as autoridades sectoriales competentes p
unicipal, segn la actividad que desarrolla,nar en el mbito de la gestin y manejotivas, instalaciones industriales o especialeen la Tercera Disposicin Complementaria
el generador tuviera dos o ms actividadesridad competente ser la que correspondobtiene, o espera obtener en el caso de em
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
7 de la Ley y el
revistas en la Ley y
ordinacin con lael manejo de los
Ley N 26842 - Ley
y comprometan eljecin a la Ley y el
cargo la regulaciny fiscalizacin del
ria as como en lasin y Saneamientoslidos generados
del artculo 4 delra cada generador
con facultades parade los residuos al
s del generador, sin, Transitoria y Final
de competencia ena la actividad del
presas nuevas, sus
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mayores ingresos brutos
con las otras autoridades i
4. En caso que elcomo perteneciente a unirroguen la competencia sdeterminar la autoridad smodificaciones normativaidentifiquen durante la apli
La autoridad sectorel Reglamento y sus demcompetencia.
Artculo 8.- Autori
La municipalidad, tmanejo de los residuos doriginados por otras activid
1. Provincial:
a) Planificar, prosancionar en su jurisdicciresiduos de competenciafuncin de planificacinRegional Concertado que f
b) Asegurar la adpromover el manejo adecula disposicin final;
c) Establecer criteprestacin de los servicitratamiento o disposicinasegurando asimismo sureales de los servicios, la t
Decenio de las PersAo de la Unin Na
nuales, sin perjuicio de las coordinaciones
volucradas; y,
generador tuviera una actividad que no hadeterminado sector o en caso, que dosbre alguna actividad del generador, corresctorial competente. Adicionalmente, el COs que resuelvan los problemas de coacin de la Ley.
ial competente est obligada a exigir el cums normas, a los generadores comprendidos
ades municipales
anto provincial como distrital, es responsaorigen domiciliario, comercial y de aquell
ades. Corresponde a estas municipalidades
over, regular, aprobar, autorizar, fiscaln, los aspectos tcnicos y formales de gunicipal, tal como se establece en la Leye debe desarrollar en armona con el
ormula la regin respectiva;
cuada limpieza de vas, espacios y monuado de los residuos generados en las ciud
ios para la fijacin de tasas o tarifas qus de limpieza pblica, recoleccin, transfinal de residuos slidos en los distritosfectiva aplicacin. Dichos criterios deben c
ecnologa utilizada y garantizar su calidad y
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
que deba efectuar
ya sido identificadao ms sectores seonder al CONAMAM propondr laspetencia que se
plimiento de la Ley,en el mbito de su
le por la gestin ys similares a stos, lo siguiente:
izar, supervisar ystin y manejo deel Reglamento. Lalan de Desarrollo
mentos pblicos, ydes capitales hasta
se cobren por laorte, transferencia,de su jurisdiccin,nsiderar los costos
eficiencia.
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d) Emitir opinin
distritales referidas al maarbitrios correspondientes;
e) Incluir en la zonproyectos de infraestructura las industrias de aprovec
f) Aprobar los prdisposicin final de residu
g) Otorgar licenciade gestin municipal yestablecido en el proyectslo se podr otorgar preaqullas de competenciaen el artculo 6 numeral 1
h) Suscribir contratDIGESA, correspondindocercado;
i) Asegurar la errresiduos slidos, as comolos criterios que para cada
j) Autorizar y fiscjurisdiccin, en coordinaTransportes y Comunicacila infraestructura de trandeber ser emitida por la a
k) Sancionar a loscercado respectivo, as cque circulen en vas localeque se emitan al amparo d
l) Asumir, en coordide sta, la prestacin de laccin de aquellos distrito
Decenio de las PersAo de la Unin Na
fundamentada previa sobre los proyect
ejo y gestin de residuos slidos, incluye
ificacin provincial las reas en las que sea de residuos slidos. La zonificacin industhamiento de residuos slidos;
oyectos de infraestructura de transferes del mbito de gestin municipal;
de funcionamiento de la infraestructura deo municipal en su jurisdiccin, por el tide infraestructura aprobado. La ampliaci
ia opinin tcnica favorable de la DIGESAe la autoridad sectorial en cuyo caso se apl) del presente Reglamento;
os de prestacin de servicios con empresle as mismo autorizar su operacin en el
dicacin de los lugares de disposicin fila recuperacin de las reas degradadas pcaso establezca la Autoridad de Salud;
lizar las rutas de transporte de residuoin con las dependencias especializadasnes; con excepcin del que se realice en lporte vial de alcance regional, en cuyo cutoridad competente;
generadores de residuos del mbito municimo los transportistas de residuos peligross, por el incumplimiento de la Ley, el Reglae sta;
inacin con la autoridad de salud de su jurios servicios de residuos slidos para comp
que hayan sido declarados en emergenci
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
s de ordenanzas
do la cobranza de
podrn desarrollarrial debe considerar
cia, tratamiento y
residuos del mbitoempo de vida tiln de dicha licencia; con excepcin deicar lo establecido
s registradas en lambito del distrito de
nal inapropiada der dicha causa; bajo
peligrosos en sudel Ministerio dered vial nacional y
aso la autorizacin
pal en el distrito des y no municipalesmento y las normas
diccin, o a pedidolementar o suplir la
sanitaria o que no
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puedan hacerse cargo d
prestados deber ser sufr
m) Promover laComercializadoras de Reprivada de estos servicios.
n) Las dems resp
2. Distrital:
a) Asegurar unatransporte de residuos enfinal de los mismos. Deinfraestructura de residuosprovincial respectiva y en
b) Asegurar que sepblica, recoleccin, transde acuerdo a los criterios
c) Determinar las normas que regulan la zoprovincial que le correspoal aprovechamiento indust
d) Supervisar enindicados en los literales a
e) Sancionar al ge
la Ley, el Reglamento y la
f) Suscribir contratDIGESA; y
g) Las dems resp
Decenio de las PersAo de la Unin Na
los mismos en forma adecuada. El cos
gado por la municipalidad distrital correspon
constitucin de Empresas Prestadorasiduos Slidos, as como incentivar y pri
nsabilidades establecidas en la Ley y el Re
decuada prestacin del servicio de limpisu jurisdiccin, debiendo garantizar la ad
be asimismo determinar las reas a seslidos en su jurisdiccin en coordinacinujecin a la Ley y al Reglamento;
cobren tarifas o tasas por la prestacin de s orte, transferencia, tratamiento o disposici
ue la municipalidad provincial establezca, b
reas de disposicin final de residuos slidosnificacin y el uso del espacio fsico y delda. Bajo los mismos criterios, determinar lial de residuos slidos.
u jurisdiccin los aspectos tcnicos del) y b), excluyendo las infraestructuras de res
erador del mbito de su competencia por e
normas que se emitan al amparo de sta;
s de prestacin de servicios con empres
nsabilidades establecidas en la Ley y el Re
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
to de los servicios
diente.
de Servicios yrizar la prestacin
lamento.
eza, recoleccin yecuada disposicinr utilizadas por laon la municipalidad
ervicios de limpiezan final de residuos,jo responsabilidad;
en el marco de lassuelo en el mbitos zonas destinadas
anejo de residuosiduos;
l incumplimiento de
s registradas en la
lamento.
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Artculo 9.- Dispo
El manejo de losambientalmente adecuadoproteccin de la salud; cartculo 4 de la Ley.
La prestacin de spor las municipalidadesPrestadoras de Serviciosconexas debern ser real(EC-RS), de acuerdo a lo
En todo caso, lacondiciones mnimas decompetente.
Artculo 10.- ObliEPS-RS o EC-RS
Todo generador esanitaria y ambientalmentEC-RS o municipalidad, p
Artculo 11.- Regi
Las EPS-RS, lassegn cada caso, en los re
1. La inscripcin etoda autorizacin que emresiduos slidos o comerci
Decenio de las PersAo de la Unin Na
TTULO III
MANEJO DE RESIDUOS SLIDOS
Captulo I
Aspectos Generales
iciones generales de manejo
residuos que realiza toda persona debde manera tal de prevenir impactos negn sujecin a los lineamientos de poltica
ervicios de residuos slidos puede ser realistritales y provinciales y as mismo a trde Residuos Slidos (EPS-RS). Las activizadas por Empresas Comercializadoras dstablecido en el artculo 61 del Reglamento.
restacin del servicio de residuos slidoeriodicidad, cobertura y calidad que esta
acin del generador previa entrega de
st obligado a acondicionar y almacenaradecuada los residuos, previo a su entregara continuar con su manejo hasta su destin
tros administrados por DIGESA
C-RS y los auditores de residuos slidosgistros que la DIGESA administra.
los registros indicados es requisito indispe ne de cualquier otra entidad estatal para
alizarlos;
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
r ser sanitaria ytivos y asegurar laestablecidos en el
lizada directamenteavs de Empresasidades comerciales
Residuos Slidos
debe cumplir conblezca la autoridad
los residuos a la
en forma segura,a la EPS-RS o a lafinal.
, deben inscribirse,
nsable para otorgarrestar servicios de
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2. Los registros iconstancia de registro que
3. Las auditorasnormas de fiscalizacin eLos sectores que no disdeben programar auditorartculo.
Artculo 12.- Exclu
Ninguna otra autinscripcin en registros disiniciar las actividades deresiduos, o de auditora, sambiental establecidos enel Ministerio de Transportpeligrosos.
Artculo 13.- Gesti
Mediante convenio
en el artculo 11 del Rjurisdicciones; a efectos dremisin de la solicitud cDIGESA quien ser respo
Artculo 14.- Resp
Toda EPS-RS, Eservicios de residuos sliresponsables de los daambiente o a terceros.
Artculo 15.- Infor
Las EPS-RS y EC-presten directamente losSalud de su jurisdiccin, edurante el mes anterior, tpara lo cual se deber llen
Decenio de las PersAo de la Unin Na
indicados en el presente artculo se fola DIGESA otorga;
n residuos slidos, sern realizadas de ctablecidas por los sectores y las municipaliongan de un rgimen de auditora ambis en su mbito considerando a los auditor
sividad para el registro en la autoridad d
ridad, diferente a la Autoridad de Salutintos a los sealados en el artculo anteriorrestacin de servicios de residuos slidos,gn corresponda, con excepcin de los reglas normas sectoriales respectivas o del rs y Comunicaciones establezca para el tra
n de los registros a nivel regional
la DIGESA podr encargar la gestin de los
glamento a las Direcciones de Salude realizar la recepcin, revisin, verificacin los requisitos aplicables para el trmitesable del registro nico a nivel nacional.
nsabilidad por daos
-RS y las municipalidades que prestedos que hagan uso o manejo indebido ds y perjuicios que ocasionen dichas acci
e de operador
RS, as como las municipalidades distritaleervicios de residuos slidos, deben remiti
l informe de operador respecto de los residl como se indica en el artculo 117 del prr el formulario contenido en el Anexo 3 de
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
rmalizan mediante
onformidad con lasdades provinciales.ntal o equivalente,s previstos en este
salud
d, podr exigir lacomo requisito paracomercializacin demenes de auditoragimen especial quesporte de residuos
registros indicados
n sus respectivasn de informacin yrespectivo ante la
directamente loslos residuos, son
nes a la salud, al
y provinciales quer a la Autoridad deuos que manejaronsente Reglamento,sta norma.
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Artculo 16.- Segr
La segregacin deinstalacin de tratamientosea una operacin autorizoperacin bsica de acond
Artculo 17.- Trata
Todo tratamiento dmtodos o tecnologas coestablecido en el Reglamlleve a cabo cumpliendo cen el artculo 47 del Reglresiduos slidos.
Artculo 18.- Prohi
Est prohibido elautorizados por la autorida
Los lugares de dicomo botaderos, deberncon la Autoridad de Salud
La MunicipalidadDistritales, un Plan de Ciaprobado por parte deresponsable de su ejeccorresponda a quienes uresiduos.
Artculo 19.- Recu
Todo proyecto deprivados, que son o hancon la respectiva autoriza89 y 90 del Reglamento.
Artculo 20.- Alim
Queda prohibida larecibido previamente el tra
Decenio de las PersAo de la Unin Na
gacin
residuos slo est permitida en la fuente deoperada por una EPS-RS o una municipalda, o respecto de una EC-RS cuando se eicionamiento de los residuos previa a su co
iento
residuos previo a su disposicin final, serpatibles con la calidad ambiental y la sal
nto y a las normas especficas. Salvo la in las normas tcnicas sanitarias y de acuemento, queda prohibida la quema artesan
bicin para la disposicin final en lugare
abandono, vertido o disposicin de residd competente o aquellos establecidos por le
posicin final inapropiada de residuos ser clausurados por la Municipalidad Provine la jurisdiccin y la municipalidad distrital r
rovincial elaborar en coordinacin con lrre y Recuperacin de Botaderos, el misesta Autoridad de Salud. La Municipali
ucin progresiva; sin perjuicio de la rilizaron o manejaron el lugar de disposic
eracin de reas de disposicin final
recuperacin para el uso de aquellos tido rellenos sanitarios o botaderos de resiin de la DIGESA de acuerdo a lo estable
ntacin de animales
alimentacin de animales con residuos orgtamiento establecido en las normas vigentes
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
generacin o en laidad, en tanto stancuentre prevista la
ercializacin.
realizado medianted, de acuerdo a loncineracin que serdo a lo establecidol o improvisada de
no autorizados
os en lugares noy.
lidos, identificadosial, en coordinacinespectiva.
as Municipalidadeso que deber ser
idad Provincial essponsabilidad quein inapropiada de
errenos pblicos ouos, deben contar
ido en los artculos
nicos que no hayan.
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Artculo 21.- Prod
1. Los productosdebiendo, de acuerdo a sufinal adecuado concordant
2. Los productossealada en sus respecfabricantes y distribuidorecuperacin, involucrand
dispuesto en el Reglament
En los casos comresponsable del costo quemismo asegurar su destrterceros.
Residuo
Artculo 22.- mbi
Los residuos sliddesde el momento en qresponsable de la prestacilugar establecido por diccumplirse estrictamente lmodo, la EC-RS asume laen que el generador le hac
Las municipalidadresiduos slidos peligrosolos generadores de segrestablece el presente reestos residuos de manera
Artculo 23.- Plan
Decenio de las PersAo de la Unin Na
ctos abandonados, adulterados o vencid
abandonados o adulterados son cons s caractersticas de peligrosidad, recibir el tr
e con la normatividad vigente.
ue no se hubiesen utilizado, pasada la ftivos envases, son considerados residuoes de dichos productos implementaral poseedor, para su disposicin final de
o y en las normas tcnicas que emanen de
rendidos en el presente artculo el generasignifique el cumplimiento de la presente nccin de manera tal que no se permita
Captulo II
s Slidos del mbito de Gestin Municip
o de responsabilidad municipal
s de mbito municipal son de responsabiue el generador los entrega a los opern del servicio de residuos slidos, o cuanha entidad para su recoleccin; debiends normas municipales que regulen dichoresponsabilidad del manejo de los residuose entrega de los mismos.
s provinciales regularn aspectos relativode origen domstico y comercial; incluyen
gar adecuadamente los mismos, de conflamento. As mismo implementarn campsanitaria y ambientalmente segura.
s provinciales
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
os
iderados residuos,atamiento y destino
cha de caducidads, por lo que los
mecanismos deconformidad con lo
ste.
or del residuo serorma, debiendo assu reutilizacin por
l
lidad del municipiorios de la entidado los dispone en el
en ambos casosrecojo. Del mismodesde el momento
al manejo de losdo la obligacin dermidad con lo queaas de recojo de
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Las municipalidad
Ambiental de Residuoscoordinacin con las municompetentes previstas en l
Estos planes tieneadministracin de los residservicios y actividades dgeneracin hasta su dispo
Los PIGARS deber
1. Diagnstico deanlisis de los aspectosfinancieros, sociales, sanimanejo de residuos; idenprovincial;
2. Formulacin deplazo (3 a 5 aos) y largomejora del sistema provinc
3. Identificacin deambiental negativo, y de lobjetivos y metas sealad
4. Mecanismos par
5. Elaboracin deactividades, tareas y resfinanciamiento necesarios
6. Diseo de un prresultados y modular laplanteadas;
7. Medidas apropidesarrollo de la respecdisposicin final.
Decenio de las PersAo de la Unin Na
s provinciales formulan sus Planes Inte
lidos (PIGARS), con participacin de lcipalidades distritales, la Autoridad de Salua Ley.
n por objetivo establecer las condicionesuos slidos, asegurando una eficiente y efic
residuos en todo el mbito de su coicin final.
n contener lo siguiente:
la situacin del manejo de los residuos,tcnico-operativos, gerenciales, administr
itarios, ambientales, legales e institucionaltificando los aspectos crticos y potenciali
objetivos estratgicos de corto plazo (1plazo (ms de 5 aos) necesarios para la cial de manejo de residuos;
las alternativas de menor costo econmico-fs niveles de inversin requeridos para els en el numeral anterior;
la participacin social y del sector privado;
un plan operativo de corto plazo (1 a 2 aonsabilidades; productos; indicadores; recpara su ejecucin;
ograma de monitoreo y evaluacin para vrientacin del plan, para el logro de los
das para facilitar el transporte de los residiva infraestructura sanitaria para su ad
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
grales de Gestin
ciudadana y end y las autoridades
ara una adecuadaz prestacin de lospetencia desde la
omo resultado deltivos, econmicos,
les del sistema deidades del sistema
2 aos), medianontinua y progresiva
inanciero e impactoumplimiento de los
os) que considereursos y fuentes de
rificar los avances,objetivos y metas
uos peligrosos y elecuado manejo y
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Residuos
Artculo 24.- Dederivadas
Los residuos del y no peligroso, generadespeciales. No comprendgenerados por dichas acti
Estos residuos soorganismos reguladores c
Artculo 25.- Oblig
El generador de re
1. Presentar una
competente de su sector,
2. Caracterizar loReglamento y en las norm
3. Manejar los resid
4. Presentar Mancompetente de su sector d
5. Almacenar, acosegura, sanitaria y ambiReglamento y, en las norm
6. Ante una situaciartculo 36 del Reglamento
Decenio de las PersAo de la Unin Na
Captulo III
Slidos del mbito de Gestin no Munici
los residuos comprendidos y las
bito de gestin no municipal son aquellos ds en las reas productivas e instalacin aquellos residuos similares a los domiciliidades.
regulados, fiscalizados y sancionados prrespondientes.
aciones del generador
iduos del mbito no municipal est obligado
Declaracin de Manejo de Residuos Sli
e acuerdo a lo dispuesto en el artculo 114
residuos que generen segn las pauts tcnicas que se emitan para este fin;
uos peligrosos en forma separada del resto
ifiesto de Manejo de Residuos Peligrose acuerdo a lo dispuesto en el artculo 115 d
ndicionar, tratar o disponer los residuos pntalmente adecuada, conforme se establas especficas que emanen de ste;
in de emergencia, proceder de acuerdo;
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
pal
responsabilidades
e carcter peligrosones industriales oarios y comerciales
r los ministerios u
a:
os a la autoridad
el Reglamento;
s indicadas en el
de residuos;
os a la autoridadel Reglamento;
eligrosos en formalece en la Ley, el
lo sealado en el
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7. Brindar las fac
Autoridades Sectoriales Cla Ley y en el presente Re
8. Cumplir con lodisposiciones emitidas al a
Artculo 26.- Estu
Los titulares de logeneren o vayan a manejrelativos a la gestin ade
de Impacto Ambiental (Programas de Adecuaciambientales exigidos por lde acuerdo a lo establecidla autoridad competente dde Evaluacin del Impacto
Artculo 27.- Califi
1. La calificacin ddel presente reglamentocompetente, y medianteresiduos, cuando presentela Ley o en el Anexo 6cuando el residuo no repre
2. La DIGESA estclasificacin de los residuen el numeral anterior.
3. Se consideran ttratamiento de agua para
condiciones establecidascontrario con los respectiv
Artculo 28.- Auto
Toda EPS-RS deresiduos peligrosos del aspectos tcnico-formales,
Decenio de las PersAo de la Unin Na
ilidades necesarias para que la Autorid
ompetentes puedan cumplir con las funciolamento.
s otros requerimientos previstos en el Rmparo de ste; y
ios ambientales
proyectos de obras o actividades, pblicr residuos, deben incorporar compromisos luada de los residuos slidos generados, e
IA), en los Estudios de Impacto Ambin y Manejo Ambiental (PAMA) y ena legislacin ambiental respectiva. Esta diso en la Ley y sus reglamentos, la normativil respectivo sector y la Ley N 27446, Ley dAmbiental.
acin de residuo peligroso
residuo peligroso se realizar de acuerdo. El Ministerio de Salud, en coordinaciesolucin ministerial, puede declarar comn alguna de las caractersticas establecidase este Reglamento, o en su defecto declsente mayor riesgo para la salud y el ambie
ablecer los criterios, metodologas y gus peligrosos cuando no est determinado e
mbin, como residuos peligrosos; los Iodosonsumo humano o de aguas residuales; u
en el artculo anterior, salvo que el genes estudios tcnicos que lo sustenten.
izaciones para operar
recoleccin, transporte, tratamiento o dbito de la gestin no municipal, deber cucuando corresponda:
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
d de Salud y las
es establecidas en
eglamento y otras
as o privadas, queegalmente exigibles
las Declaraciones
ntal (EIA), en losotros instrumentososicin se aplicar
dad que establezcael Sistema Nacional
a los Anexos 4 y 5in con el sector
peligroso a otrosen el artculo 22 derarlo no peligroso,te; y,
s tcnicas para lan la norma indicada
de los sistemas detros que tengan las
ador demuestre lo
isposicin final demplir los siguientes
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1. Registrarse en la
2. Aprobacin sanDIGESA;
3. Autorizacin delde transporte vial de alComunicaciones y los gobi
4. Autorizacin potorgada por la municipnumeral anterior.
Artculo 29.- Resp
La entrega de regenerador, a la EPS-RSpresente Reglamento lo esalud pblica que stosfinal o comercializacin. Slo que ocurra en el manejnegligencia, dolo, omisi
cantidad y caractersticas
Artculo 30.- Mane
Cuando el tratamieinstalaciones del generadinfraestructura de residuos
Artculo 31.- Disp
Los generadores
residuos dentro del terrende sus instalaciones indusanitarias y ambientalesautoridad del sector corrfavorable por parte de la D
Artculo 32.- Medi
El generador o poadoptar, antes de su rec
Decenio de las PersAo de la Unin Na
DIGESA;
itaria del proyecto de tratamiento y disp
servicio de transporte en la red vial nacionalance regional, otorgada por el Ministerioernos regionales respectivamente; y,
ra operar los servicios indicados en ellidad correspondiente, con excepcin de
nsabilidad por daos
siduos del mbito de gestin no municiEC-RS registrada y autorizada, conforme
xonera de la responsabilidad sobre los daudieran causar durante el transporte, tratain perjuicio de lo mencionado, el generadoro de los residuos que gener, cuando incun u ocultamiento de informacin sobre
e peligrosidad de dichos residuos.
jo fuera de las instalaciones del generad
nto o disposicin final de los residuos ser, stos debern ser manejados por unaslidos debidamente autorizada.
sicin al interior del rea del generador
de residuos del mbito no municipal po
de las concesiones que se le han otorgatriales, siempre y cuando sean concordany, cuenten con la respectiva autorizaci
espondiente para lo cual se requerir dIGESA.
as necesarias para controlar la peligrosi
seedor de residuos peligrosos deber, boleccin, las medidas necesarias para eli
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
sicin final por la
l y la infraestructurade Transportes y
presente artculo,lo sealado en el
pal, por parte dela lo indicado en elos al ambiente o lamiento, disposicines responsable deriera en hechos deel manejo, origen,
r
ealice fuera de lasEPS-RS que utilice
drn disponer sus
o o en reas libreses con las normasn otorgada por la
la opinin previa
ad
jo responsabilidad,inar o reducir las
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condiciones de peligrosi
disposicin final de los mifuera posible adoptar talAutoridad de Salud, la qadoptar.
Artculo 33.- VigilGuardacostas
La Direccin GeneGuerra del Ministerio deresiduos en el mbitocontaminacin en los rec
navieras y portuarias enrespectiva del Sistema Por
La DICAPI autorizterritorio nacional; en coor
Artculo 34.- Resi
El manejo de sedique se realiza con fines da travs del Instituto Nacifavorable de la DIGESA, in
1. Las caracterstic
2. La metodologa
3. La tecnologa de
Artculo 35.- Resi
El Ministerio de Ag
requisitos tcnicos del mcrianza de animales.
As mismo, le corelacionadas con el maneNaturales Protegidas.
Artculo 36.-Resi
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ad que dificulten la recoleccin, transp
smos. En caso que, en funcin a la naturaes medidas, se requerir contar con lae indicar las acciones que el generado
ncia de residuos por la Direccin Gener
ral de Capitanas y Guardacostas (DICAPDefensa ejerce el control y la vigilanciae su jurisdiccin, a fin de prevenir, rersos hdricos, generados por las operacio
todo el territorio del pas; en coordinacituario Nacional.
las actividades de desguace de buques yinacin con la Autoridad de Salud.
uos de limpieza de cursos de agua
entos o Iodos provenientes del dragadolimpieza, se realizar con la autorizacin d
onal de Recursos Naturales (INRENA), prdicando:
s fsicas, qumicas y biolgicas del material
e extraccin; y,
tratamiento o disposicin final.
uos de actividades pecuarias
ricultura, a travs de sus rganos compet
nejo de residuos slidos generados por l
rresponde la regulacin y fiscalizacino y disposicin de residuos slidos en el
uos generados por la actividad minera
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
rte, tratamiento o
leza del residuo noconformidad de lao poseedor debe
al de Capitanas y
I) de la Marina dedel manejo de losucir y eliminar la
nes o instalaciones
n con la autoridad
similares en todo el
e cursos de agua,el sector agriculturavia opinin tcnica
a retirar;
ntes, establece los
s instalaciones de
e las actividadesmbito de las Areas
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El almacenamiento
actividad minera, deberdisponga la autoridad comreas de la concesin min
Artculo 37.- Paut
Todo generador decontingencias que determmanejo de los residuos. E
Si se produce u
emergencia durante el mapresta el servicio, debenplan de contingencia. Asiocurridos los hechos, a lDIGESA, lo siguiente:
1. Identificacin,responsables tcnicos de l
2. Localizacin y c
3. Causas que oca
4. Descripcin delresiduos, as como la canti
5. Daos causados
6. Acciones realiza
7. Medidas adopta
8. Copia simple del
9. Copia simple del
Decenio de las PersAo de la Unin Na
, tratamiento y disposicin final de residuo
ceirse a la normatividad y especificacipetente, cuando estos procesos son realizara.
s de informes de situacin de emergenci
residuos del mbito no municipal deber coine las acciones a tomar en caso de emete plan deber ser aprobado por la autorida
derrame, infiltracin, explosin, incendi
nejo de los residuos, tanto el generador coomar inmediatamente las medidas indicadismo, debern comunicar, dentro de las 24
Direccin de Salud de la jurisdiccin, y
domicilio y telfonos de los propietarios residuos peligrosos;
ractersticas del rea donde ocurri el accid
ionaron el derrame, infiltracin, descarga, v
origen, caractersticas fsico-qumicas y tdad vertida, derramada, descargada o infiltr
a la salud de las personas y en el ambiente
as para la atencin del accidente;
as para la limpieza y restauracin de la zon
Manifiesto de Manejo de Residuos Peligros
plan de contingencia.
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
s originados por la
ones tcnicas queos al interior de las
ntar con un plan dergencias durante el
competente.
o cualquier otra
mo la EPS-RS queas en el respectivohoras siguientes desta a su vez a la
os, poseedores y
nte;
rtido u otro evento;
xicolgicas de losda;
;
afectada;
s; y,
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Artculo 38.- Acon
Los residuos debey biolgica, considerandootros residuos, as como lque lo contiene. Los recicumplir cuando menos con
1. Que su dimenprevistas en las normas to fugas durante el almace
2. El rotulado debela nomenclatura y demscorrespondientes;
3. Deben ser distriresiduos;
4. Otros requisitos
Artculo 39.- Cons
Est prohibido el al
1. En terrenos abie
2. A granel sin su c
3. En cantidades q
4. En infraestructucontados a partir de su rec
Decenio de las PersAo de la Unin Na
Seccin I
Almacenamiento
icionamiento de residuos
ser acondicionados de acuerdo a su natursus caractersticas de peligrosidad, su is reacciones que puedan ocurrir con el m
pientes deben aislar los residuos peligroslo siguiente:
in, forma y material rena las condicicnicas correspondientes, de manera tal quamiento, operaciones de carga, descarga y
ser visible e identificar plenamente el tipo despecificaciones tcnicas que se establez
uidos, dispuestos y ordenados segn las c
stablecidos en el Reglamento y normas qu
ideraciones para el almacenamiento
acenamiento de residuos peligrosos:
tos;
orrespondiente contenedor;
e rebasen la capacidad del sistema de alm
ras de tratamiento de residuos por msepcin; y,
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
leza fsica, qumicacompatibilidad conterial del recipienteos del ambiente y
nes de seguridadse eviten prdidas
transporte;
e residuo, acatandocan en las normas
ractersticas de los
emanen de ste.
cenamiento;
de cinco (5) das;
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5. En reas que nque emanen de ste.
Los movimientosalmacenamiento debenmovimiento as como elpeligroso, y el nombre de l
Artculo 40.- Alma
El almacenamientootras que se precisen, dcontenedores necesarioshigiene y seguridad, hastinstalaciones deben reunir
1. Estar separadasdel residuo respecto de lainsumos o materias primasector competente;
2. Ubicarse en lugincendios, explosiones o in
3. Contar con siste
4. Los pasillos opermitir el paso de maquiseguridad, o de emergenci
5. Contar con sistequipos e indumentaria dtoxicidad del residuo;
6. Los contenedoreen el artculo 37 del Regla
7. Los pisos deben
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renan las condiciones previstas en el Re
de entrada y salida de residuos peligristematizarse en un registro que conttipo, caracterstica, volumen, origen y
a EPS-RS responsable de dichos residuos.
enamiento central en las instalaciones d
central para residuos peligrosos, en instalabe estar cerrado, cercado y, en su interiara el acopio temporal de dichos residuos,su evacuacin para el tratamiento o dis
por lo menos las siguientes condiciones:
a una distancia adecuada de acuerdo al ns reas de produccin, servicios, oficinas,o de productos terminados, de acuerdo a l
res que permitan reducir riesgos por posiblundaciones;
as de drenaje y tratamiento de lixiviados;
reas de trnsito deben serlo suficientearias y equipos, as como el desplazamie
a;
mas contra incendios, dispositivos de segproteccin para el personal de acuerdo
s o recipientes deben cumplir con las caracento;
ser lisos, de material impermeable y resiste
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
glamento y normas
osos del rea denga la fecha delestino del residuo
el generador
iones productivas ur se colocarn losen condiciones de
osicin final. Estas
ivel de peligrosidadalmacenamiento deo que establezca el
s emisiones, fugas,
ente amplias parato del personal de
uridad operativos yon la naturaleza y
ersticas sealadas
tes;
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8. Se debe contaraudible, cuando se almace
9. Debe implemeresiduos, en lugares visibl
10. Otros requisitos
Artculo 41.- Alma
El almacenamientintermedio, podr realizarsdeber estar ubicado en lrea apropiada, de donalmacenamiento, debe cucorresponda.
Artculo 42.- Segtransporte
1. Cualquier operagenerador, debe ser realizoperacin deber registrarconforme a lo establecidodebe estar firmado y sellintervenga hasta su dispos
2. Por cada movigenerador debe entregarsuscrito por ambos. Todresiduos en su tratamiental momento de recibirlos;
3. El generador ycon las firmas que consttransporte entrega los resi
Decenio de las PersAo de la Unin Na
con detectores de gases o vapores pelinen residuos voltiles;
tarse una sealizacin que indique las; y
establecidos en el Reglamento y normas q
enamiento en las unidades productivas
en las unidades productivas, denominae mediante el uso de un contenedor seguras unidades donde se generan los residuoe sern removidos hacia el almacenamplir con los aspectos indicados en el art
Seccin II
Recoleccin y Transporte
uimiento del flujo de los residuos en
cin de transporte de residuos fuera de lada por una EPS-RS. Si se trata de residuse en el Manifiesto de Manejo de Residuosen el Reglamento, utilizando el formulariodo por el responsable del rea tcnica d
icin final;
iento u operacin de transporte de resila EPS-RS que realice dicho servicio, el oris las EPS-RS que participen en el moo disposicin final, debern suscribir el ori
cada EPS-RS conservarn su respectivan al momento de la recepcin. Una vezuos a la EPS-RS encargada del tratamient
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
grosos con alarma
eligrosidad de los
e emanen de ste.
o almacenamientoy sanitario; el cual
s peligrosos, en uniento central. Esteulo anterior, segn
la operacin de
s instalaciones dels peligrosos, dichaSlidos Peligrosos,el Anexo 2, el cuale las EPS-RS que
uos peligrosos, eliginal del Manifiestoimiento de dichos
ginal del manifiesto
opia del manifiestoque la EPS-RS deo disposicin final,
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devolver el original del m
que han intervenido hasta
4. El generador reindica en el numeral anteri
Estas reglas son atransporte de residuos.
Artculo 43.- Mane
El generador y lasla disposicin final, remitircindose a lo siguiente:
1. El generador entprimeros das de cada mcaso que la disposicin finNotificacin del pas idocumentacin de exporta
2. La autoridad delcopia de la informacin mrecepcin;
3. El generador y lcinco aos copia de los mel artculo anterior.
Artculo 44.- Plazo
Si transcurrido un
ser el caso, contados a psegn sea el caso recibamanifiesto en original con linformar a la DIGESAcorresponda.
Artculo 45.- Tran
Los vehculos utilizpara dicho fin salvo que
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anifiesto al generador, firmado y sellado po
la disposicin final;
itir el original del manifiesto con las firmor, a la autoridad competente de su sector.
plicables a las EC-RS que se encuentren
jo del manifiesto
PS-RS o EC-RS, segn sea el caso que hn y conservarn el manifiesto indicado en
regar a la autoridad del sector competents, los manifiestos originales acumulados dal se realice fuera del territorio nacional, adportador, conforme al artculo 95 delcin de la Superintendencia Nacional Adjunt
l sector competente indicada en la Ley, reencionada en el numeral anterior, quince
s EPS-RS o la EC-RS segn sea el caso, canifiestos debidamente firmados y sellados
adicional para entrega de manifiesto
lazo de 15 das calendario, ms el trmin
artir de la fecha en que la EPS-RS de tralos residuos peligrosos, y no se haya devuas firmas y sellos como se indica en el artcespecto de este hecho, a fin de que di
porte de residuos peligrosos
dos en el transporte de residuos peligrososean utilizados para el transporte de susta
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
r todas las EPS-RS
s y sellos como se
autorizadas para el
n intervenido hastael artculo anterior,
durante los quinceel mes anterior; enuntar copias de laReglamento y la
a de Aduanas;
itir a la DIGESAas despus de su
onservarn durantecomo se seala en
de la distancia de
sporte o la EC-RSlto al generador ello 41, el generadorte la sancin que
slo podrn usarsecias peligrosas de
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similares caractersticas
Transportes y Comunicaciembarcaciones, que popeligrosos debidamente e
Queda prohibidoequipaje de viaje.
Artculo 46.- Oblig
Las EPS-RS de redisposiciones legales en m
1. Contar con sistransporte, utilizando conacionales e internacionaly ambientales;
2. Acondicionar losconsiderando sus caractresiduos;
3. Tener programaque empleen, los que a stransportan;
4. Contar con el eq
5. Informar y capactipos y riesgos de los res
accidente;
6. Utilizar las rutasautorizadas por el Minisprovincial, de conformidad
7. Verificar que eltipo, caractersticas y volu
Decenio de las PersAo de la Unin Na
y de conformidad con la normativa qu
iones emita al respecto; con excepcin dern transportar, entre otros, contenedbalados.
l transporte de residuos peligrosos por
aciones de las EPS-RS de transporte
oleccin y transporte de residuos, ademsateria ambiental, salud y transporte, estn o
temas especiales y exclusivos para suntenedores y unidades de transportes, para asegurar un adecuado control de lo
residuos de acuerdo a su naturaleza fsica,ersticas de peligrosidad, y su incompa
para el mantenimiento preventivo de losvez contarn con indicaciones visibles del
ipo de proteccin personal para los operari
itar ampliamente al personal operario de losiduos que manejen y las medidas de eme
de trnsito de vehculos de transporte de rerio de Transportes y Comunicaciones,con las funciones establecidas en la Ley y e
mbalaje que contiene los residuos peligrosen declarado por el generador en el mani
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
el Ministerio de
los barcos y otrasres con residuos
va postal y como
de cumplir con lasbligadas a:
almacenamiento ysegn estndaress riesgos sanitarios
umica y biolgica,tibilidad con otros
quipos y vehculostipo de residuo que
s de los vehculos;
vehculos sobre losrgencia frente a un
esiduos peligrosos,o la municipalidadl Reglamento;
s concuerde con eliesto, y que figuren
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los datos de la EPS-RS
residuos;
8. Suscribir una plresiduos; as como brindarque laboran en las unidad
9. Los vehculos elas siguientes caracterstic
a. De color blanco,
b. Identificacin encompartimiento de cargadistancia;
c. Nombre y telfony,
d. Nmero de regis
del vehculo, en un tama
Estas reglas tambipara el transporte de resid
Artculo 47.- Proresiduos
La EPS-RS de tranresiduos peligrosos a la Egenerador en el trmino ddejarn expresa constanciservicio, en el manifiesto rcompetente y a la Autorida
Decenio de las PersAo de la Unin Na
de tratamiento o disposicin final, a quie
iza de seguro que cubra los riesgos derivadseguro complementario de trabajo de riesgs de transporte respectivas.
pleados para el transporte de residuos pelias:
que permita ser visualizado a distancia y de
color rojo del tipo de residuo que transportadel vehculo, el cual pueda ser visualiza
o de la EPS-RS en ambas puertas de la ca
tro emitido por la DIGESA en ambos lados
de 40 por 15 centmetros.
n son aplicables a las EC-RS que se encos.
cedimiento para notificar impediment
sporte que por alguna causa excepcional noS-RS de tratamiento o disposicin final, dla distancia. En este caso, ambas EPS-RS
a del evento y de los motivos que le impidiespectivo, notificando inmediatamente a lad de Salud de la jurisdiccin de este hecho.
Seccin III
Tratamiento
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
n entregar dichos
s del transporte deo a los trabajadores
grosos deben tener
noche;
en ambos lados dela a 50 metros de
ina de conduccin;
e la parte de carga
entran autorizadas
de entrega de
pueda entregar losber devolverlos alsi as fuera el caso,eron cumplir con elutoridad del sector
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Artculo 48.- TecnCuando diferentes
presenten niveles de impcomo la ltima alternativoperador debe asegurarcaractersticas:
1. Dos cmaras dprimaria deber estar entmenor a 1200C;
2. Sistema de lava
3. Instalaciones ymonitoreo y evaluacin pe
Artculo 49.- Trata
El tratamiento degenerador, debe ser reali
indicado en el presente Re
Artculo 50.- Trata
El generador quedirecta o mediante los serautoridad del sector corobligaciones tcnicas de trnormas especficas.
Artculo 51.- Disp
La disposicin finaly en las normas tcnicas qo de otros sistemas debid
Decenio de las PersAo de la Unin Na
logas compatibles con el ambientetecnologas aplicables a proyectos de tratacto ambiental similares, la incineracin dea seleccionar. En caso de seleccionarseque el sistema cuente como mnimo
combustin, cuyas temperaturas de operre 650C y 850C y en la cmar a secund
o y filtrado de gases; e,
accesorios tcnicos necesarios para su amanente del sistema;
iento fuera de las instalaciones del gen
los residuos que se realiza fuera de laizado por una EPS-RS, registrada y auto
glamento.
iento en las instalaciones del generado
rata en sus instalaciones los residuos quicios de una EPS-RS, deber contar con l
respondiente; debiendo para primer casatamiento exigidas a las EPS-RS indicadas
Seccin IV
Disposicin Final
sicin final de residuos peligrosos
de residuos peligrosos se sujeta a lo previstue de l se deriven. Se realiza a travs de rmente aprobados por la Autoridad de Salud
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
miento de residuosbe ser considerada
la incineracin, elcon las siguientes
cin en la cmaraaria no deber ser
ecuada operacin,
rador
s instalaciones delrizada conforme lo
genera, en formaautorizacin de la
, cumplir con lasen el Reglamento y
o en el Reglamentoelleno de seguridadde nivel nacional.
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Artculo 52.- OperLas operaciones e
procedimientos mnimos:
1. Control y regiubicacin exacta en las cel
2. Acondicionamienaturaleza, con la finalidad
3. Confinamiento da partir de su recepcin en
4. Otros que la aut
Artculo 53.- Prohide disposicin final
Est prohibido reti
disposicin final previstoshayan sido dispuestos tejurisdiccin. Este criterioempleados en los sistegeomembranas, tuberas d
MI
Artculo 54.- Mini
Decenio de las PersAo de la Unin Na
ciones realizadas en rellenos de segurid n un relleno de seguridad debern cumplir
stro sistemtico del origen, tipo, caractdas o lugares de confinamiento de residuos
nto de los residuos, previo a su confinde minimizar riesgos sanitarios y ambiental
los residuos en un plazo no mayor de cincel relleno de seguridad; y,
ridad competente establezca.
bicin de retiro de residuos u otros ele
rar los residuos depositados en alguno
en el Reglamento salvo que stos, por emporalmente, bajo supervisin de la autoritambin se aplica a componentes, accemas de disposicin de residuos, come drenaje, entre otros.
TTULO IV
NIMIZACI N Y COMERCIALIZACIN
Captulo I
Aspectos Generales
izacin y reaprovechamiento
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
dcon los siguientes
ersticas, volumen,;
amiento segn sus;
(5) das, contados
entos del sistema
e los sistemas de
ergencia declaradaad de salud de laorios o materiales
en el caso de
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El generador apli
residuos, las cuales estarlas que sern promovidas
Artculo 55.- Segr
La segregacin dtratamiento o comercialicomponentes, cumpliendo
Artculo 56.- Crite
Para disear las isiguientes criterios:
1. Volumen y tipo d
2. Disponibilidad ymunicipalidad provincial co
3. Disponer de requipos sin perturbar las a
4. Independizacinlaboratorios;
5. Servicios sanitari
6. Sistemas contra i
7. Definir rutas crestablecer mecanismos de
8. Uso exclusivoquedando excluido para fi
9. Otros criterios ecompetente lo requiera.
Decenio de las PersAo de la Unin Na
ar estrategias de minimizacin o rea
n consignadas en su respectivo plan depor las autoridades sectoriales y municipalid
gacin de residuos
residuos tiene por objeto facilitar suacin, mediante la separacin sanitariacon lo sealado en el artculo 16 del Regla
ios para el diseo de instalaciones de co
stalaciones de una EC-RS se considera
e residuo;
ccesibilidad al rea de acuerdo a la zonificrrespondiente;
as suficientes para la maniobra y operacctividades operativas;
del rea de manejo de residuos del r
os para el personal;
incendio y dispositivos de seguridad;
ticas en la instalacin para el manejo deseguridad para el personal;
ara realizar las actividades operativas des de vivienda; y,
stablecidos en normas tcnicas especficas
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
rovechamiento de
anejo de residuos,ades provinciales.
reaprovechamiento,y segura de susento.
mercializacin
por lo menos los
cin definida por la
in de vehculos y
a administrativa y
residuos a fin de
e comercializacin,
o que la autoridad
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Artculo 57.- EstuLos estudios preli
residuos, por lo menos de
1. Estudio de comprevista por la municipalid
2. Estudio de selec
3. Estudios del volu
4. Estudio de Impa
5. Otros estudiosacuerdo a la naturaleza de
Artculo 58.- Apro
Todos los proyectodeben contar con una DImpacto Ambiental (EIA),Programa de Adecuacinque elaborar la DIGESA.
Estos documentos,instalaciones de comerciproductivas, concesionesresponsabilidad del generambiental sectoriales resp
En el caso de
compromisos comprendid
Artculo 59.- Apro
Los proyectos de ipor la DIGESA y su funcio
Decenio de las PersAo de la Unin Na
ios preliminares para instalaciones de c inares para establecer instalaciones de
en comprender:
atibilidad de usos del suelo y tenencias deld local;
in de rea;
men de generacin y caractersticas de los r
to Ambiental (EIA); y,
que el proyectista proponga, o que la DIl proyecto.
acin de DIA, EIA y PAMA
s para la implementacin de instalacionesclaracin de Impacto Ambiental (DIA) oegn corresponda. Si se encuentran operay Manejo Ambiental (PAMA), de acuerdo
sern aprobados por la DIGESA, con exlizacin que se construyan al interior dde extraccin o aprovechamiento de recador, las que estarn sujetas a los instructivos.
resentacin de PAMA, el plazo de cus en dicho programa no deber exceder de
acin y autorizacin de instalaciones de
nstalaciones de comercializacin de residnamiento autorizado por la municipalidad d
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
mercializacinomercializacin de
crecimiento urbano
esiduos;
GESA requiera de
e comercializacincon un Estudio dedo, presentarn unla Gua respectiva
epcin de aquellaslas instalaciones
ursos naturales dementos de gestin
mplimiento de lostres (03) aos.
comercializacin
os, son aprobadosla jurisdiccin. Las
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instalaciones de comercial
artculo 63 del Reglamento
Artculo 60.- Objet
La minimizacin, tieliminar su peligrosidad.
planificado y compatibilizadespus del proceso prodsiendo de su exclusiva res
Artculo 61.- Plan
Los generadores dminimizacin, los cuales fPAMA y otros instrumentosectorial respectiva. Los adeben consignar en el placompetente.
C
Artculo 62.- Empr
La comercializaciautorizadas para dicha fReglamento y normas quede gestin no municipal epor otro generador en sude manejo de sus residuos
Artculo 63.- Cont
La comercializaciseguridad en toda la ruta
Decenio de las PersAo de la Unin Na
izacin deben cumplir con las caracterstica
.
Captulo II
Minimizacin de Residuos Slidos
o de la minimizacin
ne por objetivo reducir la generacin de rLa minimizacin es una estrategia que s
o con el plan de manejo de residuos, aplicctivo, como parte del plan de manejo ambionsabilidad.
e minimizacin
residuos del mbito no municipal deben crmarn parte de las acciones que se des
s de gestin ambiental establecidos en la lances en la aplicacin del plan de minimizade manejo de residuos que el generador r
Captulo III
mercializacin de Residuos Slidos
esas comercializadoras
n de residuos es realizada por emprinalidad, las que debern cumplir con lemanen de ste; con excepcin de los gencaso que el uso del residuo sea directam
roceso productivo, lo cual ser declarado e.
ol de riesgos en la comercializacin
n de residuos slo podr realizarse utilide comercializacin, a fin de controlar los
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
establecidas en el
siduos y atenuar oe realiza de modo
do antes, durante yental del generador
ntar con planes derendan de los EIA,gislacin ambientalcin de residuos semita a la autoridad
sas registradas yo dispuesto en elradores del mbitonte reaprovechadosu respectivo plan
ando sistemas deriesgos sanitarios y
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ambientales, sin perjuicio
residuos peligrosos.
Artculo 64.- Cara
Las instalaciones pcaractersticas:
1. Sistema apropia
2. Paredes y pisos i
3. Adecuada seali
4. Sistema de contr
5. Sistema contra i
6. Otras caractersti
Artculo 65.- Acon
Las operaciones bcomercializacin y segn
1. Segregacin;2. Almacenamiento
3. Limpieza;
4. Trituracin o moli
5. Compactacin f
6. Neutralizacin q
7. Empaque o emb
8. Recuperacin;
9. Reciclaje;
10. Otras que la au
Artculo 66.- Bols
El CONAM promovResiduos con la finalidadtal efecto el CONAM:
Decenio de las PersAo de la Unin Na
e cumplir con las disposiciones y prohibici
tersticas de las instalaciones de comerc
ara la comercializacin de residuos, deben
o de iluminacin y ventilacin;
mpermeables y lavables;
zacin en las zonas de trnsito y reas de s
ol y monitoreo ambiental;
cendios; y,
cas que la autoridad competente indique.
icionamiento previo a la comercializaci
sicas para el acondicionamiento de los reorresponda, son las siguientes:
;
ido;
ica;
mica;
laje;
oridad competente indique.
de residuos y mercados de subproducto
er el mercado de subproductos y el desare facilitar la comercializacin y el intercambi
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
ones en materia de
ializacin
eunir las siguientes
guridad;
n
iduos, antes de su
s
rollo de la Bolsa deo de residuos. Para
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1. Elaborar una g
2. Incorporar inforInformacin Ambiental y e
INFRA
Artculo 67.- Crite
La municipalidadjurisdiccin para instalar ide residuos. Para ello tend
1. Compatibilizaci
2. Compatibilizaci
3. Minimizacin yque se puedan originar po
4. Considerar los fhidrogeolgicos, entre otro
5. Prevencin de ri
6. Preservacin del
7. Preservacin derecursos naturales renova
Decenio de las PersAo de la Unin Na
a de implementacin; e,
macin sobre la Bolsa de Residuos en el Sel Informe Nacional sobre el Estado del A
TTULO V
ESTRUCTURAS DE RESIDUOS S LIDOS
Captulo I
Aspectos Generales
ios para la seleccin de reas de infraest
rovincial define y establece los espaciosfraestructuras de transferencia, tratamientr en cuenta los siguientes criterios:
con el uso del suelo y planes de expansin
con el plan de gestin integral de residuos
revencin de los impactos sociales y amla construccin, operacin y cierre;
actores climticos, topogrficos, geolgicos;
sgos sanitarios y ambientales;
patrimonio arqueolgico, cultural y monume
reas naturales protegidas por el Estado yles,
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
istema Nacional debiente en el Per.
ructuras
geogrficos en suy disposicin final
urbana;
de la provincia;
ientales negativos,
, geomorfolgicos,
ntal de la zona;
onservacin de los
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8. Vulnerabilidad d
9. Otros criteriosemanen de ste.
Artculo 68.- Detslidos
Las municipalidadeAutoridad de Salud de lcompetentes, la evaluacique puedan ser utilizados
Las municipalidadinfraestructura de residudebiendo, as mismo, resen su contorno.
Artculo 69.- Requde residuos
La aprobacin dedisposicin final de residude gestin no municipalconcesiones de extraccinlos siguientes requisitos:
1. Resolucin Direpor la DIGESA en aplicaci
2. Opinin tcnica f
Medio Ambiente del Minist
3. Ttulo de propioperacin;
4. Su ubicacin dea la salud, el ambiente ysiguientes criterios:
Decenio de las PersAo de la Unin Na
l rea a desastres naturales; y,
requisitos establecidos en este Reglam
rminacin de reas para infraestruct
s provinciales coordinarn con las municipaljurisdiccin correspondiente y otras aut
e identificacin de los espacios geogrficara la ubicacin de infraestructuras de resi
s provinciales, una vez definido el dess slidos no debern habilitar esta reetar la intangibilidad de la zona de influenci
isitos para la presentacin de proyectos
proyectos de infraestructuras de transferes de mbito de gestin municipal y as misque se construyan fuera de las instalao aprovechamiento de recursos naturales,
toral de aprobacin del Estudio de Impactn a lo establecido en el artculo 71 del Regl
avorable del proyecto por parte de la DIGES
erio de Vivienda, Construccin y Saneamien
dad o documento que autorice el uso d
e establecerse de modo tal, que su operacil bienestar de la poblacin en general, teni
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
nto y normas que
ras de residuos
idades distritales, laridades sectorialess en su jurisdiccinuos.
ino del rea parapara otros fines;
ia que se establece
de infraestructura
ncia, tratamiento yo de los del mbitoiones productivas,ebern cumplir con
Ambiental emitidamento;
A y de la Oficina de
to;
el terreno para su
in no cause riesgoendo en cuenta los
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a) Planta de transfe
- No deber ubirecreacional;
b) Rellenos sanitari
- Debern ubicarseas como de granjas porci
Por excepcin y deAmbiental, la DIGESA posobre la base de los potenpueda generar el relleno s
5. Deber contar cde la infraestructura de disde material noble;
6. El rea ocupadalo sealado en el artculo 6
7. No debe afectarcontar con los dispositivoReglamento y las normas
8. La infraestructupermanente del volumen y
9. La vida til debcompatible con el Plan IntPara las infraestructuras d
10. El personal eny seguridad ocupacionaloperativas y de los procedi
Decenio de las PersAo de la Unin Na
rencia y tratamiento:
carse en reas de zonificacin reside
os y rellenos de seguridad:
a una distancia no menor de mil (1000) meas, avcolas, entre otras;
acuerdo a lo que establezca el respectivor autorizar distancias menores o exigir
ciales riesgos para la salud o la seguridadnitario o relleno de seguridad.
n una barrera sanitaria natural o artificial eposicin final y para las otras infraestructura
y proyectada para operar la infraestructura6 del Reglamento;
la calidad del ambiente en su mbito de ide control y monitoreo ambiental, segn
mitidas al amparo de ste;
ra ser administrada de forma tal que stipo de residuo que ingresa al lugar;
e justificar los costos de habilitacin e insgral de Gestin Ambiental de Residuos Slidisposicin final la vida til no ser menor
argado de la operacin deber contar conadecuado, y estar debidamente instruidmientos para actuar frente a emergencias o
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
cial, comercial o
tros de poblaciones
Estudio de Impactoistancias mayores,e la poblacin, que
n todo el permetros, cerco perimtrico
deber cumplir con
nfluencia, y deberlo indicado en este
tenga, un control
alacin y debe serdos de la provincia.e 5 aos;
l equipo de higieneo de las prcticasaccidentes;
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11. El proyecto deb
12. El proyecto dcolegiado. Los estudios elas normas especficas, se
13. Otros requisitos
Artculo 70.- Uso
El uso de terrenospara la instalacin de unconsentimiento expreso den su defecto con una decl
Artculo 71.- Publi
Las municipalidadactualizada la zonificacinresiduos, de conformidadcriterios indicados en el art
Artculo 72.- EIA p
Todo proyecto nuecon un Estudio de Impacprevio a su aprobacin.afectacin de reas naturde Recursos Naturales (INel Instituto Nacional dedesastres naturales otorga
Artculo 73.- PAMLa infraestructura
Reglamento que est opePrograma de AdecuacinPAMA, deber contar conartculo anterior, para la ev
El plazo de la adexceder de 5 aos.
Decenio de las PersAo de la Unin Na
er contar con un plan de cierre y post-cierr
eber ser formulado y firmado por unpecficos que lo componen, indicados en
rn suscritos por los respectivos profesional
mencionados en el Reglamento y normas v
e propiedad privada
e propiedad privada, concesiones u otrosinfraestructura de residuos, debe contar
l titular o poseedor de los derechos de uslaracin expresa de necesidad pblica, de a
acin de listado de reas para infraestru
es provinciales deben establecer, puen donde es permitida la instalacin de lason los planes provinciales de gestin integrculo 66 del Reglamento.
ara proyectos de infraestructura de resid
o o de ampliacin de infraestructura de reto Ambiental (EIA) aprobado por la DIGEara estos efectos, se deber contar con lles protegidas por el Estado, otorgada porRENA); de no afectacin de restos arqueolultura (INC) y; de no encontrarse en un
da por el Instituto Nacional de Defensa Civil
para infraestructura de residuose residuos a que hace referencia el artcando antes de la publicacin del mismo, dy Manejo Ambiental (PAMA), aprobado
las constancias del INDECI y del INRENAaluacin previa a su aprobacin.
ecuacin, a establecerse en el respectiv
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
;
ingeniero sanitariol Reglamento y ens; y,
igentes.
erechos adquiridospreviamente con elfructo del predio, ouerdo a Ley.
ctura
licar y mantenerinfraestructuras de
al de residuos y los
os
iduos, debe contarSA, como requisito
constancia de noel Instituto Nacionalgicos otorgada porrea vulnerable a
(INDECI).
lo 68 del presenteber contar con un
por la DIGESA. Elmencionadas en el
PAMA; no podr
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Artculo 74.- Caminfraestructura de residu
La modificacin dede residuos slidos conterespectiva, deber contarde la DIGESA y del Minist
Artculo 75.- Objet
La transferencia dey almacenan temporalmede recoleccin, para lueghacia un lugar autorizadoel almacenamiento tempoestas instalaciones.
La transferencia de
1. Minimizar los co
2. Optimizar el uso
3. Optimizar el flujo
Artculo 76.- Moda
La transferenciaseguros para la salud p
modalidades:
1. Centro de acopnecesario traspasar los rparques, de algunos sub-sdistritales;
Decenio de las PersAo de la Unin Na
bios en el diseo y caractersticas deos
las caractersticas y del perodo de vida tilnida en el proyecto aprobado por la Munion la aprobacin de la misma, con la opinirio de Vivienda, Construccin y Saneamient
Captulo II
Infraestructura de Transferencia
o de la transferencia
residuos se realiza en una instalacin en lte los residuos de las unidades de transpcontinuar con su transporte en unidades dara la disposicin final. Bajo ninguna circunal por ms de doce (12) horas de los resid
residuos tiene los siguientes objetivos:
tos de transporte;
de los vehculos de recoleccin de residuos;
del transporte de residuos y un mejor contr
lidades de transferencia
e residuos se realiza en instalacionesblica y el ambiente, a travs de cualquier
io.- modalidad de transferencia a nivel cosiduos de la recoleccin domiciliaria o delectores de un distrito hacia sistemas de tra
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
los proyectos de
e la infraestructuracipalidad Provincialn tcnica favorableo.
cual se descarganrte o contenedorese mayor capacidadstancia se permitiruos autorizados en
y,
l de los mismos.
utilizando mtodosde las siguientes
unal, cuando seal mantenimiento desporte de residuos
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2. Estaciones distr
residuos recolectados dinterdistritales;
3. Estaciones proviresiduos recolectados deresiduos provincial o metro
Artculo 77.- Objet
El tratamiento de lresiduos y a facilitar la disde residuos peligrosos elpeligrosidad del residuo, apara su disposicin final.
Artculo 78.- Trata
El tratamiento deatendiendo a un conjuntodeben hacerlo por razones
Artculo 79.- Operde gestin municipal
La instalacin demunicipal, segn correspo
1. Segregacinconstitutivos de los residufin de minimizar los riesgo
2. Compactacinreaprovechamiento, comer
3. Biodegradacinde energa o de un mejora
Decenio de las PersAo de la Unin Na
itales de transferencia.- cuando sea nece
e un distrito hacia sistemas de trans
nciales de transferencia.- cuando sea necun conjunto de distritos hacia un sistempolitano.
Captulo III
Infraestructura de Tratamiento
o del tratamiento
s residuos, est orientado prioritariamenteposicin final en forma eficiente, segura y sl tratamiento busca reducir o eliminar lasfin de acondicionarlos para una fase poster
iento centralizado
residuos puede ser realizado en instalacide usuarios o generadores de residuos qulegales, tcnicas, econmicas o ambiental
ciones de tratamiento centralizado de r
tratamiento centralizada de residuos delda, incluye algunas de las siguientes opera
ecanizada, semi-mecanizada o manuals adoptndose las necesarias medidas dederivados;
o embalaje de los residuos paracializacin o disposicin final sea ms eficie
e la fraccin orgnica de los residuos conor de suelo;
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
sario traspasar los
orte de residuos
sario traspasar losde transporte de
a reaprovechar losanitaria. En el caso
caractersticas deior de su manejo, o
nes centralizadas,e convienen; o ques.
siduos del mbito
mbito de gestinciones:
de los elementosalud ocupacional a
ue el transporte,nte;
ines de produccin
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4. Uso de la fraccide lombrices, o para el de
5. Tratamiento trcomo alimento de animale
6. Otras operacioncumplan con los requisitos
Artculo 80.- Operde gestin no municipal
La infraestructura dsegn corresponda, incluy
1. Solidificacin, qumaterial slido de alta cap
2. Estabilizacin,del residuo;
3. Incineracin, parreducir su volumen;
4. Pirlisis, que memateriales orgnicos peligun compuesto de alquitrnceniza;
5. Desinfeccin, qresiduos biocontaminados;
6. Otras operacioncumplan con los requisitos
Artculo 81.- Estu
Decenio de las PersAo de la Unin Na
n orgnica para la produccin de humus aarrollo de prcticas de compostaje;
ico de la fraccin orgnica de los residuos; y,
s de tratamiento, que se puedan disear edel Reglamento y normas emitidas al ampa
ciones de tratamiento centralizado de r
e tratamiento centralizado de residuos del algunas de las siguientes operaciones:
e permite la integracin de residuos peligrocidad estructural;
ediante procesos bioqumicos para neutral
a anular las caractersticas de peligrosidad d
iante un proceso trmico con dficit de oxrosos en componentes gaseosos, que se cy aceite, adems de generar un residuo s
e posibilite reducir las caractersticas de py.
s de tratamiento, que se puedan disear edel Reglamento y normas que se emitan al
ios preliminares
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
ravs de la crianza
a fin de emplearlos
implementar y queo de ste.
siduos del mbito
mbito no municipal,
os para generar un
lizar la peligrosidad
el residuo original y
eno, transforme losndensan formando
lido de carbn fijo y
togenicidad de los
implementar y queamparo de ste.
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Los estudios preli
deben estar refrendadosconsiderando como mnim
1. Estudio de cocrecimiento urbano, precorrespondiente;
2. Estudio del volu
3. Estudio de factibi
4. Estudio de Impa
5. Otros estudiosrequiera de acuerdo a la n
I
Artculo 82.- Disp
La disposicin finmediante el mtodo de regestin no municipal se re
Artculo 83.- Clasi
1. Del mbito muni
De acuerdo al tipo
a) Relleno sanitariveinte (20)Toneladas Mtri
Decenio de las PersAo de la Unin Na
inares para implementar una infraestruct
por profesionales colegiados y especiali o los siguientes:
patibilidad de usos del suelo, zonificacivistas por la municipalidad provincial
en de generacin y caractersticas de los r
lidad tcnica;
to Ambiental (EIA); y,
que el proyectista proponga, o que la auturaleza de la infraestructura.
Captulo IV
nfraestructura de Disposicin Final
sicin final
l de residuos del mbito de gestin mlleno sanitario. La disposicin final de resiliza mediante el mtodo de relleno de segu
icacin de infraestructuras de disposici
ipal:
e operacin los rellenos sanitarios, se clasif
o manual; cuya capacidad de operacincas (TM);
nas con Discapacidad en el Percional frente a la Crisis Externa
ura de tratamiento
ados en el tema;
n y tendencias dede la jurisdiccin
siduos;
oridad competente
unicipal se realizauos del mbito deidad.
n final
ican en:
iaria no excede a
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b) Relleno sanitari
exceda a cincuenta (50)T
c) Relleno sanitaricincuenta (50) TM.
2. Del mbito no m
a) Relleno de segtambin residuos no peligr
b) Relleno de segu
Artculo 84.- EsDisposicin Final
El Estudio de Impcomprender el anlisis tc
1. Seleccin de re
2. Topografa;3. Hidrogeologa;
4. De suelos;
5. Geofsica;
6. Geologa;
7. Meteorologa;
8. Vulnerabilidad a
9. Otros aspectos d
Artculo 85.- Instal
Las instalacionesson:
1. Impermeabilizacontaminacin ambiental
Decenio de las PersAo de la Unin Na
o semi-mecanizado; cuya capacidad de
; y
mecanizado cuya capacidad de operaci
nicipal:
ridad para residuos peligrosos; en dondeosos.
idad para residuos no peligrosos.
tudio de Impacto Ambiental para I
cto Ambiental para infraestructura de dispico de los siguientes aspectos:
a;
desastres naturales;
e acuerdo a la naturaleza del proyecto.
aciones mnimas en un relleno sanitario
nimas y complementarias que debe poseer
in de la base y los taludes del rellor lixiviados (k
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salvo que se cuente con
sustentado tcnicamente;
2. Drenes de lixiviade los mismos;
3. Drenes y chimen
4. Canales perimsuperficial;
5. Barrera sanitaria
6. Pozos para elcompetente no lo indique,
7. Sistemas de mo
8. Sealizacin y le
9. Sistema de pesa
10. Construccionadministrativa, almacn, s
11. Ot