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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA ALDEA “ANTONIO JOSÉ DE SUCRE” ESTUDIOS JURÍDICOS TURNO ”C“ SECCIÓN 3 MARACAY - ARAGUA MEDIOS ALTERNATIVOS APLICABLES POR LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO EQUIPO N°3 Alvarez Jhancarili Campos Alexandra Moreno Wuendy Guedez Richard Facilitadora Abg. Ana Lara Maracay, Mayo 2015

Defensoria Del Pueblo

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DEFENSORA DEL PUEBLO, MISIÓN, FUNDAMENTO LEGAL

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO PARA LA EDUCACIN SUPERIORUNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELAALDEA ANTONIO JOS DE SUCREESTUDIOS JURDICOS TURNO C SECCIN 3MARACAY - ARAGUAMedios alternativos aplicables Por la Defensora del puebloEQUIPO N3Alvarez JhancariliCampos AlexandraMoreno WuendyGuedez Richard FacilitadoraAbg. Ana Lara Maracay, Mayo 2015

DEFENSORA DEL PUEBLO Es la encargada de velar por el goce y ejercicio de los derechos humanos y el respeto a las garantas que consagra la Constitucin, ejerciendo un rol protagnico en la promocin, vigilancia y defensa en una sociedad ms participativa que consolide como valores el bien comn, la justicia social, la paz y la libertad, libre de coaccin, tal como lo precepta la Carta Magna en su prembulo.

misin primordial de la Defensora del PuebloVigilar el cumplimientodel principio de progresividad, sin discriminacin alguna, el goce y ejercicio irreversible, indivisible e interdependiente de losderechos humanos, su respeto y garanta son obligatorios para los rganos del poder pblico. (Artculo 19 CRBV).

ATRIBUCIONES DE LA DEFENSORA DEL PUEBLO 1.- Velar por el efectivo respeto y garanta de los derechos humanos consagrados en esta Constitucin y en los tratados, convenios y acuerdos internacionales.2.- Velar por el correcto funcionamiento de los servicios pblicos, amparar y proteger los derechos e intereses legtimos, colectivos o difusos de las personas, contra las arbitrariedades3.-Interponer las acciones de inconstitucionalidad, amparo, hbeas corpus ..4.- Instar al Fiscal General de la Repblica para que intente las acciones o recursos a que hubiere lugar contra los funcionarios pblicos5.- Solicitar al Consejo Moral Republicano que adopte las medidas a que hubiere lugar respecto a los funcionarios pblicos.. (Art 281 CRBV)

Medios alternativos aplicables por la Defensora del PuebloEs la que Promueve, protege y vigila los derechos y garantas constitucionales, como contempla el artculo 280 de la constitucin. Al igual Lleva a cabo acciones o procedimientos de persuasin, mediacin y conciliacin.

Accin de PersuasinEl defensor lleva a cabo advertencias y recomendaciones con base en la ley, orientadas a modificar una situacin (abuso de autoridad, injusticia, entre otras), que lesiona algn derecho ciudadano.

MediacinEs un medio informal y voluntario de solucin de conflictos en el que un tercero imparcial trata mediante tcnicas de negociacin que las partes identifiquen las posibles zonas de acuerdo.

Procedimiento de MediacinSon intervenciones ante conflictos suscitados entre ciudadanos y los rganos de la administracin pblica, o bien ante situaciones violatorias de los derechos humanos.Para ello puede convocar a las partes al dialogo y proponer soluciones, pero sin imposicin de sus puntos de vista.

Conciliacin

Es muy parecida a la mediacin, la diferencia radica en el nivel de participacin activa por parte del tercero. Es decir, el conciliador puede emitir opiniones cuando las partes no pueden solucionar rpidamente sus asuntos.

Procedimiento de Conciliacin

Gestin realizada ante un conflicto que lesiona intereses del ciudadano. El mediador Defensor hace recomendaciones, presenta alternativas y crea condiciones para facilitar el acuerdo entre las partes. Un manual publicado por la Defensora del pueblo seala que: En la conciliacin le corresponde al defensor jugar un papel ms ejecutivo, en la medida de lograr el efectivo resarcimiento; en ocasiones, el xito de la conciliacin requerira del recurso de la persuasin.

Asesora legal comunitaria

Se encarga de brindar la informacin jurdica a quien necesite de ello para la resolucin de asuntos que tienen que ver con la aplicacin de las leyes, normativas y reglamentos en cualquier materia del Derecho. Es decir que quien brinda dicha asesora tiene la capacidad para realizar dicha funcin.

ArbitrajeEs el medio por el cual las partes, de manera voluntaria, llevan su diferencia ante uno o varios terceros quien es la resolvern mediante un arbitral de laudo, es decir, mediante una sentencia emitida por l o los rbitros siendo obligatoria para las partes.

NegociacinEs el proceso mediante el cual dos o ms personas, que tienen intereses comunes o diferentes, intercambian informacin veraz y suficiente, a lo largo de un periodo, con miras a lograr un acuerdo para sus relaciones futuras. Se pretende influir sobre la conductas del otro para lograr un comportamiento deseado sin usar el poder o la fuerza.

MARCO LEGAL Constitucin de la Republica Bolivariana de Venezuela. Art 280, 281Ley Orgnica de la Defensora del Pueblo Art 29