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Delito de coacciones Enciclopedia jurídica A (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexa.htm) B (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexb.htm) C (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexc.htm) D (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexd.htm) E (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexe.htm) F (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexf.htm) G (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexg.htm) H (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexh.htm) I (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexi.htm) J (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexj.htm) K (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexk.htm) L (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexl.htm) M (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexm.htm) N (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexn.htm) O (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexo.htm) P (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexp.htm) Q (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexq.htm) R (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexr.htm) S (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexs.htm) T (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indext.htm) U (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexu.htm) V (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexv.htm) W (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexw.htm) X (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexx.htm) Y (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexy.htm) Z (http://www.enciclopediajuridica.biz14.com/i/indexz.htm) Derecho (../../d/derecho/derecho.htm) Penal «Violencia física, psíquica o moral para obligar a una persona a decir o hacer algo contra su voluntad». Es preciso distinguir claramente este concepto (../../d/concepto/concepto.htm) del de amenazas (../../d/amenazas/amenazas.htm). Será coacción (../../d/coacción/coacción.htm) todo ataque violento (../../d/violento/violento.htm) a la fase de ejecución (../../d/ejecución/ejecución.htm) de la voluntad (../../d/voluntad/voluntad.htm), y amenaza (../../d/amenaza/amenaza.htm), todo ataque a la fase de formación de la voluntad (../../d/voluntad/voluntad.htm). En las coacciones (../../d/coacciones/coacciones.htm) el mal aparece como inminente, en tanto que en las amenazas (../../d/amenazas/amenazas.htm) el mal es futuro. Para un sector (../../d/sector/sector.htm) de la doctrina (../../d/doctrina/doctrina.htm), sin embargo (../../d/embargo/embargo.htm), no puede ser la proximidad del mal lo que determine la clase de delito (../../d/delito/delito.htm) en que nos encontramos, sino que ésta ha de venir determinada por la fase de la voluntad (../../d/voluntad/voluntad.htm) a la que afecte la pretendida amenaza (../../d/amenaza/amenaza.htm), la coacción (../../d/coacción/coacción.htm) supone una lesión (../../d/lesión/lesión.htm) de la libertad (../../d/libertad/libertad.htm) de ejecutar (../../d/ejecutar/ejecutar.htm) lo decidido, afectando el ataque, por consiguiente, a la fase ejecutiva, mientras que la amenaza (../../d/amenaza/amenaza.htm) afecta a la fase motivacional, de formación de la voluntad (../../d/voluntad/voluntad.htm). El Código Penal (../../d/códigopenal/códigopenal.htm) de 1995 regula el delito (../../d/delito/delito.htm) de coacciones (../../d/coacciones/coacciones.htm) en el Capítulo (../../d/capítulo/capítulo.htm) III del Título (../../d/título/título.htm) VI de los delito (../../d/delito/delito.htm)s contra la libertad (../../d/libertad/libertad.htm), en el artículo (../../d/artículo/artículo.htm) 172. La nueva regulación (../../d/regulación/regulación.htm) ha comportado cambios muy diferentes con relación (../../d/relación/relación.htm) a los tres párrafos del antiguo artículo (../../d/artículo/artículo.htm) 496. Así, el nuevo artículo (../../d/artículo/artículo.htm) 172 reproduce exactamente, en su párrafo 1, al equivalente (../../d/equivalente/equivalente.htm) del texto derogado. De modo que el delito (../../d/delito/delito.htm) de coacciones (../../d/coacciones/coacciones.htm) no ha sufrido variación alguna, a excepción (../../d/excepción/excepción.htm) de la pena. Por el contrario, han desaparecido los viejos párrafos segundo y tercero (../../d/tercero/tercero.htm), correspondientes al denostado delito (../../d/delito/delito.htm) de coacciones (../../d/coacciones/coacciones.htm) laborales. En su lugar, aparece un nuevo párrafo 2 en el artículo (../../d/artículo/artículo.htm) 172, para los supuestos en que la coacción (../../d/coacción/coacción.htm) tenga por objeto impedir el ejercicio (../../d/ejercicio/ejercicio.htm) de un derecho (../../d/derecho/derecho.htm) fundamental. La doctrina (../../d/doctrina/doctrina.htm) española, de forma unánime, considera que el bien jurídico (../../d/bienjurídico/bienjurídico.htm) protegido en este delito (../../d/delito/delito.htm) no es la libertad (../../d/libertad/libertad.htm) en general, sino la libertad (../../d/libertad/libertad.htm) de obrar. Lo específico del delito (../../d/delito/delito.htm) de coacciones (../../d/coacciones/coacciones.htm) es que «la libertad (../../d/libertad/libertad.htm) de obrar es el bien jurídico (../../d/bienjurídico/bienjurídico.htm) protegido con carácter inmediato y excluyente, quedan fuera del ámbito incriminatorio del artículo (../../d/artículo/artículo.htm) 172 aquellas conductas en las que la lesión (../../d/lesión/lesión.htm) de la voluntad (../../d/voluntad/voluntad.htm) humana es el presupuesto (../../d/presupuesto/presupuesto.htm) necesario, o la consecuencia inevitable de la acción del sujeto activo (../../d/sujetoactivo/sujeto

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Delito de coacciones

Enciclopedia jurídica A (http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­a.htm) B (http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­b.htm) C

(http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­c.htm) D (http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­d.htm) E(http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­e.htm) F (http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­f.htm) G(http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­g.htm) H (http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­h.htm) I(http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­i.htm) J (http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­j.htm) K(http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­k.htm) L (http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­l.htm) M(http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­m.htm) N (http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­n.htm) O(http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­o.htm) P (http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­p.htm) Q(http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­q.htm) R (http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­r.htm) S(http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­s.htm) T (http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­t.htm) U(http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­u.htm) V (http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­v.htm) W(http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­w.htm) X (http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­x.htm) Y(http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­y.htm) Z (http://www.enciclopedia­juridica.biz14.com/i/index­z.htm)

Derecho (../../d/derecho/derecho.htm) Penal

«Violencia física, psíquica o moral para obligar a una persona a decir o hacer algo contra su voluntad». Es preciso distinguir claramenteeste concepto (../../d/concepto/concepto.htm) del de amenazas (../../d/amenazas/amenazas.htm). Será coacción(../../d/coacción/coacción.htm) todo ataque violento (../../d/violento/violento.htm) a la fase de ejecución (../../d/ejecución/ejecución.htm) dela voluntad (../../d/voluntad/voluntad.htm), y amenaza (../../d/amenaza/amenaza.htm), todo ataque a la fase de formación de la voluntad(../../d/voluntad/voluntad.htm). En las coacciones (../../d/coacciones/coacciones.htm) el mal aparece como inminente, en tanto que en lasamenazas (../../d/amenazas/amenazas.htm) el mal es futuro. Para un sector (../../d/sector/sector.htm) de la doctrina(../../d/doctrina/doctrina.htm), sin embargo (../../d/embargo/embargo.htm), no puede ser la proximidad del mal lo que determine la clase dedelito (../../d/delito/delito.htm) en que nos encontramos, sino que ésta ha de venir determinada por la fase de la voluntad(../../d/voluntad/voluntad.htm) a la que afecte la pretendida amenaza (../../d/amenaza/amenaza.htm), la coacción(../../d/coacción/coacción.htm) supone una lesión (../../d/lesión/lesión.htm) de la libertad (../../d/libertad/libertad.htm) de ejecutar(../../d/ejecutar/ejecutar.htm) lo decidido, afectando el ataque, por consiguiente, a la fase ejecutiva, mientras que la amenaza(../../d/amenaza/amenaza.htm) afecta a la fase motivacional, de formación de la voluntad (../../d/voluntad/voluntad.htm).

El Código Penal (../../d/código­penal/código­penal.htm) de 1995 regula el delito (../../d/delito/delito.htm) de coacciones(../../d/coacciones/coacciones.htm) en el Capítulo (../../d/capítulo/capítulo.htm) III del Título (../../d/título/título.htm) VI de los delito(../../d/delito/delito.htm)s contra la libertad (../../d/libertad/libertad.htm), en el artículo (../../d/artículo/artículo.htm) 172. La nueva regulación(../../d/regulación/regulación.htm) ha comportado cambios muy diferentes con relación (../../d/relación/relación.htm) a los tres párrafos delantiguo artículo (../../d/artículo/artículo.htm) 496. Así, el nuevo artículo (../../d/artículo/artículo.htm) 172 reproduce exactamente, en supárrafo 1, al equivalente (../../d/equivalente/equivalente.htm) del texto derogado. De modo que el delito (../../d/delito/delito.htm) decoacciones (../../d/coacciones/coacciones.htm) no ha sufrido variación alguna, a excepción (../../d/excepción/excepción.htm) de la pena.Por el contrario, han desaparecido los viejos párrafos segundo y tercero (../../d/tercero/tercero.htm), correspondientes al denostado delito(../../d/delito/delito.htm) de coacciones (../../d/coacciones/coacciones.htm) laborales. En su lugar, aparece un nuevo párrafo 2 en el artículo(../../d/artículo/artículo.htm) 172, para los supuestos en que la coacción (../../d/coacción/coacción.htm) tenga por objeto impedir el ejercicio(../../d/ejercicio/ejercicio.htm) de un derecho (../../d/derecho/derecho.htm) fundamental.

La doctrina (../../d/doctrina/doctrina.htm) española, de forma unánime, considera que el bien jurídico (../../d/bien­jurídico/bien­jurídico.htm)protegido en este delito (../../d/delito/delito.htm) no es la libertad (../../d/libertad/libertad.htm) en general, sino la libertad(../../d/libertad/libertad.htm) de obrar. Lo específico del delito (../../d/delito/delito.htm) de coacciones (../../d/coacciones/coacciones.htm) esque «la libertad (../../d/libertad/libertad.htm) de obrar es el bien jurídico (../../d/bien­jurídico/bien­jurídico.htm) protegido con carácterinmediato y excluyente, quedan fuera del ámbito incriminatorio del artículo (../../d/artículo/artículo.htm) 172 aquellas conductas en las quela lesión (../../d/lesión/lesión.htm) de la voluntad (../../d/voluntad/voluntad.htm) humana es el presupuesto(../../d/presupuesto/presupuesto.htm) necesario, o la consecuencia inevitable de la acción del sujeto activo (../../d/sujeto­activo/sujeto­

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activo.htm) tendente a atacar otro bien jurídico (../../d/bien­jurídico/bien­jurídico.htm) tutelado de forma precedente(../../d/precedente/precedente.htm) por otro precepto (../../d/precepto/precepto.htm) penal» (MIRA BENAVENT).

Si bien amenazas (../../d/amenazas/amenazas.htm) y coacciones (../../d/coacciones/coacciones.htm) parecen atentar contra el mismo bienjurídico (../../d/bien­jurídico/bien­jurídico.htm) (la libertad (../../d/libertad/libertad.htm) de obrar), aunque, en distintos momentos, tambiénpodría decirse que no son completamente idénticas la libertad (../../d/libertad/libertad.htm) en la formación de la voluntad(../../d/voluntad/voluntad.htm) y la libertad (../../d/libertad/libertad.htm) en la ejecución (../../d/ejecución/ejecución.htm) de la misma.Mediante la intimidación (../../d/intimidación/intimidación.htm) propia de la amenaza (../../d/amenaza/amenaza.htm), siempre se ataca elproceso motivador, aun cuando se produzca en un momento en que el sujeto pasivo (../../d/sujeto­pasivo/sujeto­pasivo.htm) haya decididohacer algo, las amenazas (../../d/amenazas/amenazas.htm) introducen un nuevo elemento que le hace retroceder en su decisión(../../d/decisión/decisión.htm), deberá ponderar de nuevo, a la vista (../../d/a­la­vista/a­la­vista.htm) del mal con que se le conmina, por loque otra vez estaremos ante un ataque al proceso motivacional. Si la violencia (../../d/violencia/violencia.htm) física es utilizada paraimpedir o compeler (../../d/compeler/compeler.htm) y además se usa como intimidación (../../d/intimidación/intimidación.htm) ­se amenaza(../../d/amenaza/amenaza.htm) con continuar utilizándola si el sujeto persiste en la idea de ejecutar (../../d/ejecutar/ejecutar.htm)­, serealiza un doble ataque, y como tal debe ser tratado (../../d/tratado/tratado.htm), la vía correcta es la del concurso de delitos(../../d/concurso­de­delitos/concurso­de­delitos.htm). Ahora bien, debe tenerse en cuenta que si estamos ante una amenaza(../../d/amenaza/amenaza.htm) condicional (../../d/condicional/condicional.htm) que consigue su propósito, no habrá hecho falta la coacción(../../d/coacción/coacción.htm), por lo que el concurso (../../d/concurso/concurso.htm) no se dará nunca entre estas dos figuras, sino entrela amenaza (../../d/amenaza/amenaza.htm) que no lo consigue y la coacción (../../d/coacción/coacción.htm).

Habrá, por tanto, que calibrar si el resultado (../../d/resultado/resultado.htm) se produce porque el sujeto pasivo (../../d/sujeto­pasivo/sujeto­pasivo.htm) decide desistir en su empeño o ceder a efectuar lo compelido como consecuencia de la amenaza(../../d/amenaza/amenaza.htm) condicional (../../d/condicional/condicional.htm), en cuyo caso será de aplicación este delito(../../d/delito/delito.htm), sin que pueda haber ataque a la fase de ejecución (../../d/ejecución/ejecución.htm) del mismo, pues el sujeto nohabrá llegado a decidir libremente ni, por consiguiente, a comenzar dicha fase de ejecución (../../d/ejecución/ejecución.htm), o por elcontrario, no realiza la conducta o efectúa la compelida como consecuencia de ser obligado (../../d/obligado/obligado.htm) por la violencia(../../d/violencia/violencia.htm) actual (no la futura), en cuyo caso habrá concurso (../../d/concurso/concurso.htm) entre amenaza(../../d/amenaza/amenaza.htm) condicional (../../d/condicional/condicional.htm) básica y coacciones (../../d/coacciones/coacciones.htm).Éste es un supuesto ciertamente excepcional, pues debe recordarse, que para hablar de coacción (../../d/coacción/coacción.htm) ha detratarse del empleo (../../d/empleo/empleo.htm) de la violencia (../../d/violencia/violencia.htm) en el sentido que más arriba ha quedadoexpuesto. Por consiguiente, si se produce un ataque en la fase motivacional, o el sujeto acaba decidiendo libremente, en cuyo caso habrácoacción (../../d/coacción/coacción.htm), y, por consiguiente, concurso (../../d/concurso/concurso.htm) real entre amenaza(../../d/amenaza/amenaza.htm) condicional (../../d/condicional/condicional.htm) que no consigue su propósito y coacción(../../d/coacción/coacción.htm), o, por el contrario, la amenaza (../../d/amenaza/amenaza.htm) ha conseguido su propósito, esto es, elsujeto no ha llegado a decidir libremente, en cuyo caso no podrá haber coacción (../../d/coacción/coacción.htm), y habrá una amenaza(../../d/amenaza/amenaza.htm) que ha conseguido su propósito.

En definitiva (../../d/definitiva/definitiva.htm), lo que nunca podrá producirse, es precisamente el concurso de leyes (../../d/concurso­de­leyes/concurso­de­leyes.htm), porque no estaremos nunca ante un hecho susceptible de ser calificado (../../d/calificado/calificado.htm) pordos o más preceptos; si hay un solo hecho, éste o es amenaza (../../d/amenaza/amenaza.htm) o es coacción(../../d/coacción/coacción.htm), o hay más de un hecho, y entonces hay que aplicar el concurso de delitos (../../d/concurso­de­delitos/concurso­de­delitos.htm), lo que, debe insistirse, en la práctica (../../d/práctica/práctica.htm) resulta sumamente extraño(../../d/extraño/extraño.htm).

Sujeto activo (../../d/sujeto­activo/sujeto­activo.htm) puede serlo cualquiera. A este respecto obsérvese la inexistencia(../../d/inexistencia/inexistencia.htm) de una figura exactamente paralela dentro «de los delito (../../d/delito/delito.htm)s cometidos por losfuncionarios (../../d/funcionarios/funcionarios.htm) público (../../d/público/público.htm)s contra las garantías (../../d/garantías/garantías.htm)constitucionales». Por consiguiente, si el autor es un funcionario público (../../d/funcionario­público/funcionario­público.htm) en el ejercicio(../../d/ejercicio/ejercicio.htm) de su función (../../d/función/función.htm), deberá aplicarse esta figura con el agravante(../../d/agravante/agravante.htm) de prevalimiento de cargo público (../../d/cargo­público/cargo­público.htm) (art. 22.7). Siempre, claro, queno incurra en otro delito (../../d/delito/delito.htm) más grave (v. gr., tortura, arts. 173 y ss.) o en una figura más específica y menos grave,como la contenida en el artículo (../../d/artículo/artículo.htm) 542. Téngase además presente lo dispuesto en el segundo párrafo.

Sujeto pasivo (../../d/sujeto­pasivo/sujeto­pasivo.htm) será toda persona con la capacidad (../../d/capacidad/capacidad.htm) de voluntad(../../d/voluntad/voluntad.htm) susceptible de ser doblegada por la coacción (../../d/coacción/coacción.htm), de modo que también losinimputables o enfermos mentales pueden ser sujetos pasivos (../../d/sujetos­pasivos/sujetos­pasivos.htm) en la medida que sean portador(../../d/portador/portador.htm)es de dicha capacidad (../../d/capacidad/capacidad.htm).

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La acción consiste en obligar a otro, mediante violencia (../../d/violencia/violencia.htm), a hacer u omitir un determinado comportamiento.La jurisprudencia (../../d/jurisprudencia/jurisprudencia.htm) y la mayor parte de la doctrina (../../d/doctrina/doctrina.htm) entienden porviolencia (../../d/violencia/violencia.htm) tanto la violencia (../../d/violencia/violencia.htm) física ejercida sobre las personas o cosas, como laviolencia (../../d/violencia/violencia.htm) moral, es decir, la intimidación (../../d/intimidación/intimidación.htm). En todo caso, la violencia(../../d/violencia/violencia.htm) representa la esencia misma del delito (../../d/delito/delito.htm) de coacciones(../../d/coacciones/coacciones.htm), y ésta ha de revestir un cierto valor cuantitativo o entidad (../../d/entidad/entidad.htm), que no esnecesario que llegue a ser irresistible, bastando con que sea en cada caso lo suficiente para lograr el resultado(../../d/resultado/resultado.htm) deseado.

La primera modalidad de conducta consiste en «impedir hacer lo que la ley no prohíbe». «Impedir» equivale a imposibilitar a otro laejecución (../../d/ejecución/ejecución.htm) de una conducta que no está prohibida jurídicamente. Por «ley» debe entenderse aquí lalegislación (../../d/legislación/legislación.htm) penal. Es decir, jurídicamente sólo puede impedirse violentamente una conducta penal, peronunca otra de naturaleza civil o administrativa.

La segunda modalidad de conducta típica consiste en «compeler a efectuar lo que no quiera, sea justo o injusto». «Compeler» equivale aobligar a realizar una conducta o a obstaculizarla, a omitir una acción. Préstese atención a que el precepto (../../d/precepto/precepto.htm)castiga igual a quien obliga a realizar algo justo que no quiere, como a quien quiere hacer algo injusto (../../d/injusto/injusto.htm), puestoque en ambos casos se violenta la libertad (../../d/libertad/libertad.htm) de obrar. Nadie más que el Estado (../../d/estado/estado.htm)posee en un régimen (../../d/régimen/régimen.htm) democrático el monopolio (../../d/monopolio/monopolio.htm) de la violencia(../../d/violencia/violencia.htm), y por consiguiente, no está autorizado a emplearla ni, incluso, para hacer cumplir la ley.

El párrafo 2 del artículo (../../d/artículo/artículo.htm) 172 recoge un tipo agravado: la coacción (../../d/coacción/coacción.htm) ejercida con elobjeto de impedir el ejercicio (../../d/ejercicio/ejercicio.htm) de un derecho (../../d/derecho/derecho.htm) fundamental. Al margen de que lalibertad (../../d/libertad/libertad.htm) de obrar es siempre un derecho (../../d/derecho/derecho.htm) fundamental, habrá de entenderse por taltodos los expresamente catalogados así en la Constitución (../../d/constitución/constitución.htm). El fundamento(../../d/fundamento/fundamento.htm) de la agravación reside precisamente en la preeminencia que los mismos poseen en el OrdenamientoJurídico (../../d/ordenamiento­jurídico/ordenamiento­jurídico.htm) (V. delito de amenazas (../../d/delito­de­amenazas/delito­de­amenazas.htm); delitos cometidos por los funcionarios públicos contra la libertad individual (../../d/delitos­cometidos­por­los­funcionarios­publicos­contra­la­libertad­individual/delitos­cometidos­por­los­funcionarios­publicos­contra­la­libertad­individual.htm); delitos contra laCorona (../../d/delitos­contra­la­corona/delitos­contra­la­corona.htm); derechos fundamentales y libertades públicas (../../d/derechos­fundamentales­y­libertades­publicas/derechos­fundamentales­y­libertades­publicas.htm)).

Delito de audiencia (../../d/delito­de­audiencia/delito­de­audiencia.htm) |

Delito de daño y de peligro (../../d/delito­de­daño­y­de­peligro/delito­de­daño­y­de­peligro.htm)

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