Delitos Contra Los Bienes Culturales

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  • 8/14/2019 Delitos Contra Los Bienes Culturales

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    Delitos contra los bienes culturales

    Introduccin;

    Se comenzara sealando que los delitos contra el patrimonio cultural es un

    acierto del legislador del cdigo penal del 1991, dada la impostergable

    necesidad de proteger los bienes culturales que sealan o marcan la identidadde los pueblos .

    Hasta ahora la proteccin de nuestro patrimonio cultural ha sido a nivel

    administrativo y, por ende , declaritivo ,mas ello no ha sido obstculo para que

    las acciones depredatorias de nuestro rico patrimonio cultural se hayan

    seguido perpetrando. De ah que nuestro legislador , recogiendo esta

    dramtica experiencia social se haya visto en la necesidad de protegerlos a

    travs del derecho penal , dada la enorme importancia que para el pas tiene el

    conjunto de bienes y objetos que componen el acervo cultural .

    Se trata de figuras novedosas razn por la cual la bibliografa penal acerca deeste tema es casi inexistente. Aqu nosotros pretenderemos marcar un hito

    por donde debe abrirse el camino para futuras investigaciones.

    No tenemos la intencin de agotar el tema , pues el objetivo es mucho mas

    modesto. Realmente proteger nuestro patrimonio cultural es proteger y

    defender al mismo tiempo nuestra identidad nacional como pueblo.

    Naturaleza jurdica:

    Vale la pena hacer un balance sobre lo uq ehemos hecho en estos dos mil aos

    y lo que debemos proponernos hacer y no hacer en le futuro, dado que ahoraya sabemosque nuestro actos depender del destino de las futuras

    generaciones, como las nuestras dependerieron de nuestros antepasados.El

    mbito espiritual y cultural de nuestros pueblos requiera amparar las huellas

    de las diversas generaciones, puesto que en todo el largo proceso de dos mil

    aos se han dejado vestigios testimonios de la actividad humana de nuestros

    antepasados . Por las caractersticas histricas del Peru cuenta con un

    patrimonio cultural vasto y rico .

    En cada momento del desarrollo histrico el hombre ha creado diversos objetos

    que le han servido para satisfacer sus necesidades materiales, primero, y

    espirituales, despus .De estos objetos quedan muestras, restos materiales desus creadores y despus con el tiempo, se universalizan y se transforma en

    bienes de valor histricos , artstico , cientfico o cvico, al servicio de las

    necesidades espirituales de generaciones o culturales posteriores. Estos

    bienes de enorme y variada riqueza cultural han sido objeto de permanentes y

    vandlicos atentados, hasta el punto de casi borrar el testimonio histrico.

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    El legislador prefiri hablar de delitos contra el patrominio cultural en lugar de

    delitos arqueolgicos, por su mayor significacin.

    Debido a la inercia , al abandonoa la insensibilidad, tambin a la inexistencia

    de una legislacin adecuada ,a la falta de educacin civica por parte de nuestra

    ciudadana y, por ultimo , a la carencia de una poltica proteccionista, la

    riqueza arquelogica nacional ha disminuido en forma alarmante y amenaza

    con desaparecer.

    Los bienes culturales de carcter mueble han sido objetos de mayor dao

    criminal.Se han operado exportaciones autorizadas por el estado que casi

    nunca volvieron; sustrajeron riquezas arqueologicas y artsticas invalorables

    que actualmente se guardan en algunos museos o en las casas de

    coleccionistas privados muestras que los peruanos estamos impedidos de

    tomar conocimiento de su valor cultural.

    Recientemente, lo ocurrido en macchu picchu compra y venta de zona

    perteneciente a este monumento histrico no es un caso aislado, inclusive

    sitios arqueolgicos prehispnicos como garagay en lima, continuando siendo

    comercializados o el caso del complejo apurlec en Lambayeque .hace falta que

    el estado impulse una campaa educativa que alcance niveles populares; de

    modo que el ciudadano tome conciencia y ayude a salvaguardar el patrimonio

    cultural . desde la primaria hasta la universitaria deben de dictarse

    asignaturas especiales destinadas a relievar la importancia del destino social

    de estos bienes y la responsabilidad civica de defenderlos de las diversas

    conductas depredatorias.

    Legislacion internacional sobre el patrominio cultural

    El estado peruano , en su afn de otorgar mayor y mejor proteccin al

    patrimonio cultural de la nacin afectado por la depredacin y el trafico

    internacional de objetos culturales ha suscrito y ratificado no solo convenios de

    carcter multilateral, sino bilaterales con pases del continente, tales, como

    Bolivia, colombia, mexico y estados unidos y son los siguientes:

    a.-Convenio de proteccin y restitucin de bienes arqueolgicos , artsticos e

    histricos

    b.-convenio sobre investigacin cientfica y defensa del patrimonio

    arqueolgico.

    c.-convenio para la recuperacin y devolucin de bienes arqueolgicos

    ,histricos y culturales que hayan sido robados .

    d.- convenio para la proteccin , conservacin y recuperacin de bienes

    arqueolgicos histricos y culturales.

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    Definicin de bienes culturales

    La convencin de la UNESCO , seala que los bienes culturales son uno de los

    elementos fundamentales de la civilizacin y de la cultura de los pueblos y

    que solo adquieren su verdadero valor cuando se conocen con la mayor

    precisin su origen ,su historia y su medio .

    Obras maestras que nos enorgullecen,son, por ejemplo:

    Los tejidos de paracas

    El templo de coricancha

    El retrato mochica

    Los vasos policromos de nazca

    Las piezas de oro de batan grande

    Los huacos eroticas o silvadores de vicus etc.

    Los bienes culturales de valor universal.

    Los bienes culturales es una expresin creada por los antroplogos para

    referirse a la cultura material de un grupo social son los productos materiales

    y por extensin muchas practicas rituales precisando creemos que son

    bienes culturales, el conjunto de bienes materiales creados por el hombre para

    satisfacer sus necesidades materiales en determinada poca histrica y que

    actualmente sirven para atender nuestras necesidades culturales .

    Entonces, los bienes culturales , encierran un doble aspecto :

    Como accin del hombre sobre la naturaleza y la sociedad

    transformndoles en bienes que sirven a sus necesidades materiales y

    espirituales y como acervo cultural que sirven para las generaciones

    actuales y futuras.

    Por el valor testimonial que les otorga al tiempo ,se incluyen dentro de

    los bienes culturales a los restos humanos, los fosiles de animales y las

    plantas con las cuales convivio el hombre en determinado tiempo

    histrico .

    Adems los bienes culturales en cierran un importante valor cientfico,siendo manifestaciones de culturales pasadas, revelan el grado de

    dominio de los diferentes materiales de los que se valio el hombre para

    vencer a la naturaleza e incluvive, el grado de su cultivo espiritual .

    Son bienes inalienable por cuanto no pueden ser enajenados por estar

    fuera del comercio . es imprescriptible porque no es posible adquirirlos

    mediante prescripcin adquisitiva de dominio . y son inalienables porque

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    no pueden ser destruidos, modificados o alterados en su esencia ya sea

    en parte o en su totalidad.

    Adems hay que tener en cuenta que no son renovables en la medida que no

    pueden ser restituidos y su destruduccion significa su total perdida.

    Patrimonio cultural:

    Para LUMBRERAS, Es el conjunto de recursos que ha creado un pueblo a lo

    largo de su historia para asegurar su sobrevivencia y reproduccin ;esta

    constituido por la riqueza arqueolgica y los restos monumentales histrico-

    artisticos de la poca pre colombina, virreinal y republicana a estos se agrega

    la cultura viva que incluye las lenguas nativas , la produccin artstica

    artesanal y la parte no siempre definida con precisin de las costumbres

    tradicionales de los pueblos .

    Para AGURTO CALVO afirma que es la suma de los testimonios producidos a lo

    largo de la vida de un pueblo .el patrimonio cultural del peru esta formado porlos testimonios de todo tipo, monumentales , documentales , bibliogrficos ,

    histricos y artsticos ya sean muebles o inmuebles, que constituyen la

    herencia que nos han legado los antepasados y que son muestras invalorables

    del permanente proceso creativo que se ha desarrollado en el territorio de que

    hoy llamamos peru.

    El patrimonio cultural esta constituido por toda clase de objetos de arte sean

    bienes muebles o inmuebles, y no solo petenecientes al periodo pre-inca e

    inca, sino a toda pieza de tipo cultural que sea de importancia por su

    trascendencia cultural. Nuestro patrimonio arqueolgico posee una enorme

    significacin .los vestigios mas antiguos se remontan hasta los primeros

    milenios antes de cristo con una continuidad que abarca toda nuestra historia.

    Bien jurdico protegido

    La ley penal protege las huellas y testimonios histricos que fluyen de los

    bienes del patrimonio cultural y cuya proteccin es fundamental para el

    desarrollo de nuestra identidad.

    La historia de los pueblos es el pilar fundamental para afrontar el presente yconstruir el futuro .por ello el cdigo penal busca reguardar y proteger el

    patrimonio cultural principalmente en lo que atae a los yacimientos

    arqueolgicos.

    El bien jurdico patrimonio cultural es de la naturaleza supraindividual, por

    cuanto protege el patrimonio cultural principalmente en lo que atae a la

    sociedad en general y no a una persona individual. El patrimonio cultural es un

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    legado que nos han dejado nuestros ancestros, como testimonio de su

    desarrollo, siendo su titular el estado como organizacin poltica de la sociedad

    peruana a la cual representa. En definitiva, lo que se busca tutelar el

    patrimonio cultural,entendido como el inters que tiene la sociedad por

    conservar esta herencia de valor histrico,cultural y artstico, el cual es

    puesto en peligro por las acciones tipificadas como delitos en el presentetitulo .

    El patrimonio cultural como bien jurdico colectivo se encontraba desprotegido

    frente a numerosos riesgos y peligros que ha hehco imperativo la intervencin

    del IUS PUNIENDI del estado para corregir estas disfunciones sociales. Para

    esto el legislador ha construido delitos tanto de lesin como de peligro con la

    finalidad de otorgar mayor amparo.la razn de que se haya incluido delitos de

    peligro es que los bienes jurdicos colectivos no se compadecen con otra

    manera de proteccin que no sean este tipos de delito; y algo mas, para

    conseguir eficacia , el legislador es azuzado a adelantar la barrera de

    proteccin penal para amparar no solamente el menoscabo en si del bienjurdico sino tambin la amenaza de lesin art 227. Sin embargo MENDEZ

    RODRIGUEZ anota que el adelantamiento de la barrera de proteccin

    mediante tipos de peligro.