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obligacion de dar suma de dinero
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Expediente NºSecretario: Escrito NºCuaderno: PrincipalDEMANDA EJECUTIVA DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO (HASTA 17 MIL SOLES)
JUZGADO CIVIL (MAS DE 17 MIL SOLES) DE TURNO DE TRUJILLO
SANTA GLADIS MENDOZA CHAVARRY,
identificada con D.N.I Nº 18148948, por mi propio
derecho y en representación de mi menor hijo
ROLANDO GARCÍA ARCE; con domicilio real
Manzana “P” lote Nº 5 primer piso Urbanización
San Andrés – Primera etapa – Trujillo, y señalando
como domicilio procesal Jirón Colón Nº 250 de la
ciudad de Trujillo, ante Usted respetuosamente me
presento y digo:
BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ, con RUC
Nº 12345678910, con domicilio real Manzana “P”
lote Nº 5 primer piso Urbanización San Andrés –
Primera etapa – Trujillo, debidamente representada
por su representante legal o apoderado judicial
JUAN CARLOS ESQUIVEL CISNEROS,
identificado con DNI Nº 17841976, con domicilio
real (Manzana “P” lote Nº 5 primer piso
Urbanización San Andrés – Primera etapa –
Trujillo) (domicilio del banco) y señalando como
domicilio procesal (estudio)Jirón Colón Nº 250 de
la ciudad de Trujillo, según Testimonio de
Escritura Pública de otorgamiento de poder de
fecha 25 de marzo del 2007; ante Usted
respetuosamente me presento y digo:
I.- NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL DEMANDADO:
La presente Demanda se entenderá con la persona de JUAN JOSÉ JEREZ PÉREZ en
su calidad de obligado principal de quien desconozco su domicilio actual, precisando
haber agotado todas las vías necesarias a fin de consignar su domicilio, lo cual declaro
bajo juramento y por lo cual solicito se sirva notificar con todas las formalidades de ley,
mediante edicto judicial.
Asimismo a la persona de JUAN CARLOS DÍAZ en su calidad de fiador a quien se le
notificara con las formalidades de ley.
II.- PETITORIO
Recurro a su Despacho señor juez a fin de que declare fundada la demanda, a fin de que
se cancele la suma de S/. 12000.00 (mil doscientos 00/100 nuevos soles) a favor de mi
representada SANTA GLADIS MENDOZA CHAVARRY, por ser nuestro derecho.
Asimismo solicitamos los intereses moratorios y compensatorios y las costas y costos
del proceso hasta su total y absoluto cumplimiento de obligación en atención a los
fundamentos de hecho y de derecho que a continuación expongo.
III.- FUNDAMENTOS DE HECHO DE LA DEMANDA
3.1. Que con fecha 10 de enero del 2002 se apersono a nuestras oficinas el señor
SANTA GLADIS MENDOZA CHAVARRY ya fin de solicitar un préstamo por
la suma de S/. 12000.00 (mil doscientos 00/100 nuevos soles), dicha cantidad fue
desembolsada por nuestro representado, siendo el caso que el hoy demandado
(aceptante) acepto una letra interviniendo además como fiador la persona de
ÁNGEL DÍAZ NEIRA, tal como PRUEBO, ACREDITO, con la letra de cambio
o titulo valor materia de ejecución del presente proceso que ejecutamos por lo que
resulta que la letra es expresa, cierta y exigible.
3.2. Dicho titulo valor (letra de cambio) tiene como fecha de de vencimiento 2 de julio
del 2004; llegado dicho día, éste no fue cancelado por el deudor.
3.3. Que en múltiples requerimientos verbales se le solicito al demandado la cancelación
del monto adeudado.
3.4. Con fecha 20 de julio del 2004 se le curso una carta simple a fin de que cancele el
monto adeudado por la suma de S/. 12000.00 (mil doscientos 00/100 nuevos soles)
sin obtener resultados, tal como lo ACREDITO con la carta simple de fecha 20 de
julio del 2004.
3.5. Ante ello requerimos por conducto notarial el pago de la obligación al demandado,
tal como ACREDITO con la carta norial de fecha 30 de julio del 2004, siendo su
resultado también negativo.
3.6. Por lo expuesto y dentro del plazo de ley se procedió al protesto de la letra de
cambio antes en mención, la misma que estamos ejecutando a través de la presente
demanda.
3.7. Por lo expuesto, solicito que su juzgado ordene al demandado ola cancelación total
y absoluta de la obligación, asimismo el pago de los intereses moratorios y
compensatorios que devenguen y se devengaron hasta el total cumplimiento de la
obligación, así como las costas y costos del presente proceso.
IV.- FUNDAMENTOS DE DERECHO DEL PETITORIO
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO:
Art. 2º inciso 20º: Que prescribe todo lo correspondiente a la tutela jurisdiccional
efectiva.
NORMATIVIDAD SUSTANTIVA
CODIGO CIVIL:
Art. 1219º: Que prescribe
Art. 1220º: Que prescribe
Art. 1245°: Que prescribe
Art. 1246º: Que prescribe
Art. 1248º: Que prescribe
NORMATIVIDAD ADJETIVA
CÓDIGO PROCESAL CIVIL:
Art. 130º: Que prescribe las formas de los escritos.
Art. 131º: Que prescribe lo concerniente a quienes deben firmar
Art. 424º: Requisitos de la Demanda.
Art. 425º: Anexos de la Demanda.
Art. 693º inciso 1º: Que prescribe
Art. 695º: Que prescribe
LEY ESPECIAL
LEY DE TÍTULOS VALORES
Art. 18º inciso 1º: Que prescribe
Art. 91º inciso 1º: Que prescribe
V.- VIA PROCEDIMENTAL
La presente demanda se tramitara como proceso EJECUTIVO.
VI.- MONTO DEL PETITORIO
El monto de nuestro petitorio asciende a la suma de S/. 12000.00 (mil doscientos 00/100
nuevos soles), asimismo el pago de los intereses moratorios y compensatorios que
devenguen y se devengaron hasta el total cumplimiento de la obligación, así como las
costas y costos del presente proceso.
VII.- MEDIOS PROBATORIOS
DOCUMENTAL:
7.1.- Letra de cambio debidamente protestada
7.2.- Carta simple de fecha tal.
7.3.- Carta notarial de fecha tal.
VIII.- ANEXOS
1.A.- Copia del D.N.I. del recurrente.
1.B.- Letra de cambio debidamente protestada
1.C.- Carta simple de fecha tal.
1.D.- Carta notarial de fecha tal.
1.E.- Tasa judicial por calificación de titulo valor u ofrecimiento de pruebas.
1.F.- Dos juegos de Cédulas de notificación
POR LO EXPUESTO:
Sírvase Usted Señor Juez solicito se sirva admitir mi presente DEMANDA
JECUTIVA DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, obligar el pago de la
obligación a nuestro representante; tramitarla conforme a su naturaleza y declararla
FUNDADA en su oportunidad.
Trujillo, 26 de Enero del 2007.