Demanda unidad4

Embed Size (px)

Citation preview

  • 8/9/2019 Demanda unidad4

    1/4

    DEMANDA: acto x medio del cual el actor solicita al juez la apertura y posterior

    tramitacin de un proceso.

    EFECTO !"OCEA#E:

    $% Fija los &ec&os: delimita el marco de conocimiento del juez. e relaciona

    con el principio de con'ruencia.(% !roduce el estado de litispendencia: cuando una contro)ersia se encuentra

    sometida al conocimiento de un juez* tal circunstancia impide + l misma

    accin y entre las mismas partes pueda plantearse ante otro juez.,% !oner en marc&a el plazo de perencin: !E"ENC-N DE -NTANC-A: es la

    caducidad del proceso x &a/erse paralizado durante un lapso de tiempo

    determinado x la ley. Ej: en $ instancia el plazo es $ a0o.

    EFECTO 1TANC-A#E:

    -nterrupcin del plazo de prescripcin Constituye en mora del demandado: comienzan a computarse intereses

    moratorios. Determinar la mala 2e del demandado

    "E31--TO 4ENE"A#E DE #A DEMANDA:

    De/e presentarse x escrito "edactada en idioma nacional. De/e presentarse en tantas copias como sujetos demandados &aya

    5 por+ue la demanda se corre traslado al6los demandados Con el patrocinio de un a/o'ado. De/e acompa0arse con la demanda la prue/a documental y los

    instrumentos +ue acrediten la personer7a. De/e estar 2irmada por el a/o'ado.

    "E31--TO E!EC8F-CO art $9 cpcc

    Datos completos del actor: nom/re* domicilio real* edad* estado ci)il* tipo y

    numero de documento. Datos de identi2icacin del demandado: nom/re y apellido* domicilio real. #a cosa +ue se demanda. i es una suma de dinero de/er; esta/lecerse

    el monto de la suma reclamada. #os &ec&os y el derec&o en +ue se 2unda la accin

  • 8/9/2019 Demanda unidad4

    2/4

    !eticin 2inal de la demanda 5 petitumn u ordinario: es de , dias si el demandado reside en el lu'ar

    del juicio i no est; domiciliado en el lu'ar del juicio: el juez lo 2ija acorde a la

    distancia. Citacin por edictos: es de (? dias contados a partir de la ultima

    pu/licacin. #os edictos de/en pu/licarse x dias. !lazo cuando existen pluralidad de citados: es el caso de )arios

    demandados litisconsorcio pasi)o con distintos domicilios. "i'e para todos

    el plazo mayor +ue se computara indi)iduamente a partir de cada

    noti2icacin.

    #ue'o de la citacin del comparendo el juez le corre traslado a la demanda al

    accionado para +ue la conteste. Tiene $? dias plazo no 2atal.F"ENTE A# T"A#ADO DE #A DEMANDA E# DEMANDADO !1EDE A1M-"

    D-T-NTA ACT-T1DE:

    $%41A"DA" -#ENC-O:

    Con relacin a los &ec&os: el silencio del demandado no implica reconocer

    la )eracidad de los &ec&os ale'ados x el actor en la demanda. !ero si

    puede ser una presuncin +ue unida a otras prue/as le d@ al juez un

    indicio de +ue al actor le asiste la razn. Con relacin a los documentos: +ue el actor atri/uye al demandado: el

    silencio del demandado implica el reconocimiento de los mismos art $(

    cpcc y art $?,$ cc.

    (%O!ONE" EBCE!C-ONE D-#ATO"-A:

    apuntan a la existencia de un )icio en la constitucin de la relacin jur7dica

    procesal actor y demandado. !uede interponerse en el plazo para

    constestar la demanda plazo de $? dias. Es un plazo 2atal.

  • 8/9/2019 Demanda unidad4

    3/4

    -ncompetencia: el demandado se presenta ante el juez +ue esta

    entendiendo la causa y +ue el tiene x incompetente solicit;ndole +ue se

    aparte del conocimiento de ella. T@cnicamente le pide +ue deciline su

    competencia. Falta de personer7a: procede cuando 2alta al'uno de los ( elementos +ue

    componen la personer7a: Capacidad procesal o representacin. i el juezadmite la excepcin de 2alta de personer7a interpuesta por el demandado

    le concede al actor un plazo de $ dias para su/sanar la omisin. #itispendencia: cuando &ay un juicio id@ntico entre las mismas partes x la

    misma causa y con el mismo o/jeto tramit;ndose en otro tri/unal. De2ecto le'al: la demanda adolece de de2ectos de 2orma tales +ue al

    demandado se le &ace imposi/le constestarla. i el juez admite la

    excepcin le concede al actor un plazo de $ d7as para corre'ir losde2ectos de la demanda.

    Arrai'o: cuando el actor es una pers no domiciliada en la repu/lica* se

    corre el ries'o de + si resulta )encedor en el juicio el demandado* actor no

    pa'ue las costas. El o/jeto de esta excepcin es o/li'ar al actor a2ianzar

    las costas.

    EBCE!C-ONE !E"ENTO"-A O DE FONDO: on oposiciones del demandado +ueen caso de prosperar extin'uen de2initi)amente el derec&o del actor. on

    excepciones sustanciales perentorias:

    Todas las causas extinti)as de las o/li'aciones pa'o* no)acin*

    compensacin etc. !rescripcin.

    CONTETAC-ON DE #A DEMANDA:

    Es el acto procesal mediante el cual el demandado ale'a todas las

    de2ensas +ue ten'a contra la pretensin del actor. "especto de los &ec&os a2irmados por el actor 5Art. $9* inc. * C!C: el

    demandado de/e reconocer o ne'arse los mismos* /ajo aperci/imiento de

    +ue el silencio o e)asi)as 'eneren una presuncin en contra del

    demandado 5Art. $(* inc. $* C!C< En cuanto a los documentos acompa0ados por el actor 5Art. $(* C!C

  • 8/9/2019 Demanda unidad4

    4/4

    en esta oportunidad de/en oponerse todas las excepciones perentorias

    5Art. $?* C!Cltimo p;rra2o* C!C