Upload
bel-cacace
View
216
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
8/9/2019 Demanda unidad4
1/4
DEMANDA: acto x medio del cual el actor solicita al juez la apertura y posterior
tramitacin de un proceso.
EFECTO !"OCEA#E:
$% Fija los &ec&os: delimita el marco de conocimiento del juez. e relaciona
con el principio de con'ruencia.(% !roduce el estado de litispendencia: cuando una contro)ersia se encuentra
sometida al conocimiento de un juez* tal circunstancia impide + l misma
accin y entre las mismas partes pueda plantearse ante otro juez.,% !oner en marc&a el plazo de perencin: !E"ENC-N DE -NTANC-A: es la
caducidad del proceso x &a/erse paralizado durante un lapso de tiempo
determinado x la ley. Ej: en $ instancia el plazo es $ a0o.
EFECTO 1TANC-A#E:
-nterrupcin del plazo de prescripcin Constituye en mora del demandado: comienzan a computarse intereses
moratorios. Determinar la mala 2e del demandado
"E31--TO 4ENE"A#E DE #A DEMANDA:
De/e presentarse x escrito "edactada en idioma nacional. De/e presentarse en tantas copias como sujetos demandados &aya
5 por+ue la demanda se corre traslado al6los demandados Con el patrocinio de un a/o'ado. De/e acompa0arse con la demanda la prue/a documental y los
instrumentos +ue acrediten la personer7a. De/e estar 2irmada por el a/o'ado.
"E31--TO E!EC8F-CO art $9 cpcc
Datos completos del actor: nom/re* domicilio real* edad* estado ci)il* tipo y
numero de documento. Datos de identi2icacin del demandado: nom/re y apellido* domicilio real. #a cosa +ue se demanda. i es una suma de dinero de/er; esta/lecerse
el monto de la suma reclamada. #os &ec&os y el derec&o en +ue se 2unda la accin
8/9/2019 Demanda unidad4
2/4
!eticin 2inal de la demanda 5 petitumn u ordinario: es de , dias si el demandado reside en el lu'ar
del juicio i no est; domiciliado en el lu'ar del juicio: el juez lo 2ija acorde a la
distancia. Citacin por edictos: es de (? dias contados a partir de la ultima
pu/licacin. #os edictos de/en pu/licarse x dias. !lazo cuando existen pluralidad de citados: es el caso de )arios
demandados litisconsorcio pasi)o con distintos domicilios. "i'e para todos
el plazo mayor +ue se computara indi)iduamente a partir de cada
noti2icacin.
#ue'o de la citacin del comparendo el juez le corre traslado a la demanda al
accionado para +ue la conteste. Tiene $? dias plazo no 2atal.F"ENTE A# T"A#ADO DE #A DEMANDA E# DEMANDADO !1EDE A1M-"
D-T-NTA ACT-T1DE:
$%41A"DA" -#ENC-O:
Con relacin a los &ec&os: el silencio del demandado no implica reconocer
la )eracidad de los &ec&os ale'ados x el actor en la demanda. !ero si
puede ser una presuncin +ue unida a otras prue/as le d@ al juez un
indicio de +ue al actor le asiste la razn. Con relacin a los documentos: +ue el actor atri/uye al demandado: el
silencio del demandado implica el reconocimiento de los mismos art $(
cpcc y art $?,$ cc.
(%O!ONE" EBCE!C-ONE D-#ATO"-A:
apuntan a la existencia de un )icio en la constitucin de la relacin jur7dica
procesal actor y demandado. !uede interponerse en el plazo para
constestar la demanda plazo de $? dias. Es un plazo 2atal.
8/9/2019 Demanda unidad4
3/4
-ncompetencia: el demandado se presenta ante el juez +ue esta
entendiendo la causa y +ue el tiene x incompetente solicit;ndole +ue se
aparte del conocimiento de ella. T@cnicamente le pide +ue deciline su
competencia. Falta de personer7a: procede cuando 2alta al'uno de los ( elementos +ue
componen la personer7a: Capacidad procesal o representacin. i el juezadmite la excepcin de 2alta de personer7a interpuesta por el demandado
le concede al actor un plazo de $ dias para su/sanar la omisin. #itispendencia: cuando &ay un juicio id@ntico entre las mismas partes x la
misma causa y con el mismo o/jeto tramit;ndose en otro tri/unal. De2ecto le'al: la demanda adolece de de2ectos de 2orma tales +ue al
demandado se le &ace imposi/le constestarla. i el juez admite la
excepcin le concede al actor un plazo de $ d7as para corre'ir losde2ectos de la demanda.
Arrai'o: cuando el actor es una pers no domiciliada en la repu/lica* se
corre el ries'o de + si resulta )encedor en el juicio el demandado* actor no
pa'ue las costas. El o/jeto de esta excepcin es o/li'ar al actor a2ianzar
las costas.
EBCE!C-ONE !E"ENTO"-A O DE FONDO: on oposiciones del demandado +ueen caso de prosperar extin'uen de2initi)amente el derec&o del actor. on
excepciones sustanciales perentorias:
Todas las causas extinti)as de las o/li'aciones pa'o* no)acin*
compensacin etc. !rescripcin.
CONTETAC-ON DE #A DEMANDA:
Es el acto procesal mediante el cual el demandado ale'a todas las
de2ensas +ue ten'a contra la pretensin del actor. "especto de los &ec&os a2irmados por el actor 5Art. $9* inc. * C!C: el
demandado de/e reconocer o ne'arse los mismos* /ajo aperci/imiento de
+ue el silencio o e)asi)as 'eneren una presuncin en contra del
demandado 5Art. $(* inc. $* C!C< En cuanto a los documentos acompa0ados por el actor 5Art. $(* C!C
8/9/2019 Demanda unidad4
4/4
en esta oportunidad de/en oponerse todas las excepciones perentorias
5Art. $?* C!Cltimo p;rra2o* C!C