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57-SUSECION DE LOS ASCENDIENTES. A falta de descendientes, cónyuge, concubina o concubinario, sucederán los progenitores por partes iguales. 58-SUCESIÓN DEL CONYUGE. El cónyuge que sobrevive concurriendo con descendientes, tendrá el derecho de un hijo, si carece de bienes o los que tiene al morir el autor de la sucesión aunque no igualan a la porción que corresponde a cada. 59-PRECAUSIONES QUE SE DEBEN TOMAR CUANDO LA VIUDA QUEDA EN CINTA. Si la viuda o concubina quedara en cinta, tiene derecho a recibir alimentos y el pago de los gastos médicos derivados del embarazo, con cargo a la sucesión. 60-CUANDO SE DA LA SUSECION A FAVOR DEL FISCO. Si el causante o causahabiente no ha dejado herederos legítimos forzosos (descendientes, ascendientes, cónyuge) ni no forzosos (colaterales hasta cuarto grado) los bienes que se encuentren en el territorio de la república, corresponden al fisco. El fisco no es heredero, pero la recibe en virtud del dominio eminente que tiene sobre bienes vacantes. 61-CONCEPTO DE ALBACEA. Son las personas designadas por el testador o por los herederos, para cumplir las disposiciones testamentarias o para representar a la sucesión y ejercitar todas las acciones correspondientes al de cujus y para cumplir sus obligaciones. 62-CLASES DE LABACEA. -Albaceas universales. - Albaceas especiales. -Albaceas mancomunados. -Albaceas sucesivos. -Albaceas testamentarios.

Derecho Civil

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guia de examen derecho civil II

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Page 1: Derecho Civil

57-SUSECION DE LOS ASCENDIENTES.

A falta de descendientes, cónyuge, concubina o concubinario, sucederán los progenitores por partes iguales.

58-SUCESIÓN DEL CONYUGE.

El cónyuge que sobrevive concurriendo con descendientes, tendrá el derecho de un hijo, si carece de bienes o los que tiene al morir el autor de la sucesión aunque no igualan a la porción que corresponde a cada.

59-PRECAUSIONES QUE SE DEBEN TOMAR CUANDO LA VIUDA QUEDA EN CINTA.

Si la viuda o concubina quedara en cinta, tiene derecho a recibir alimentos y el pago de los gastos médicos derivados del embarazo, con cargo a la sucesión.

60-CUANDO SE DA LA SUSECION A FAVOR DEL FISCO.

Si el causante o causahabiente no ha dejado herederos legítimos forzosos (descendientes, ascendientes, cónyuge) ni no forzosos (colaterales hasta cuarto grado) los bienes que se encuentren en el territorio de la república, corresponden al fisco. El fisco no es heredero, pero la recibe en virtud del dominio eminente que tiene sobre bienes vacantes.

61-CONCEPTO DE ALBACEA.

Son las personas designadas por el testador o por los herederos, para cumplir las disposiciones testamentarias o para representar a la sucesión y ejercitar todas las acciones correspondientes al de cujus y para cumplir sus obligaciones.

62-CLASES DE LABACEA.

-Albaceas universales.

- Albaceas especiales.

-Albaceas mancomunados.

-Albaceas sucesivos.

-Albaceas testamentarios.

-Albaceas legítimos.

-Albaceas dativos.

63-ALBACEAS UNIVERSALES.

Son aquellos que tienen por objeto cumplir todas las disposiciones testamentarias y representar a la sucesión cuando sean designados por el testador.