Derecho civil tema 4

Embed Size (px)

Citation preview

  • 8/16/2019 Derecho civil tema 4

    1/12

    TEMA 4: LOS DERECHOS DE LAPERSONALIDAD

    1. CONCEPTO, NATURALEZA Y CARACTERES DE LOS DERECHOSDE LA PERSONALIDAD.

    1.1 Concepto

    Los derechos de la personalidad se tratan de derechos inherentes a lapersona, que habilitan el goce y la protección de aspectos ligado a supersonalidad. Una buena clasifcación es la de los proesores DíezPicazo y Gullón allesteros en cuanto se referen a!

    • ienes esenciales a la persona! "ida integridad corporal y

    libertad.• ienes sociales e indi"iduales, separables del propio ser de la

    personalidad! honor, inti#idad, i#agen y derechos de autor.• ienes corporales y psíquicos secundarios! salud psíquica y

    ísica, senti#ientos, esti#a social.

    $n defniti"a, pueden ser defnidos co#o derechos sub%eti"os quereconocen y protegen #aniestaciones concretas de la

    personalidad.

    Derechos de la personalidad y derechos subjetivos

    Derecho subjetivo-un poder dado al sujeto por la norma jurídica

     para su propio provecho en tanto que la persona y miembro de

    la comunidad, para que despliegue una actividad útil para el

    mismo y al bien común

    Tipos de derechos subjetivo: Derechos de la personalidad, familia y 

     patrimoniales.

    elacion entre esos derechos. !egún el T": los derechos

    fundamentales son derechos públicos subjetivos de los ciudadanos

    frente al estado que consisten en la preservaci#n de esferas en

    libertad en las cuales los poderes públicos no pueden penetrar y en la

    fgarantia de prestaciones que son necesariamente puestas acargo

    del $stado.

    Derechos del ciudadano frente al estado: los derechos

    fundamentales.

  • 8/16/2019 Derecho civil tema 4

    2/12

    Derechos de cada persona frente a las restantes: los derechosde la

     personalidad.

    1.2 Nat!a"e#a $e "o% $e!ec&o% $e "a pe!%ona"'$a$: ent!e "o%$e!ec&o% %()et'*o% + "o% $e!ec&o% n$a-enta"e%

    &ay b'sica#ente dos debates en este te#a!

    • (esol"er si los derechos de la personalidad son derechossub%eti"os.

    • $l segundo debate es el concerniente a la relación entrederechos de la personalidad y derechos unda#entales. Lasconstituciones, incluida la nuestra, recogen una serie dederechos inherentes a la persona que son #aniestacionespropias de su dignidad y de su entidad #is#a, de su esera

    co#o su%etos de derechos, indi"iduales y colecti"os. )onderechos que est'n en el n*cleo duro de cualquier siste#a deprotección política y de#ocr'tica+ derechos de car'cteruni"ersal y conectados con la esencia "ital de los su%etos. $ncualquier caso, no todos los derechos de la personalidad sonderechos unda#entales aunque podría#os decir que la regla sí es cierta! los derechos unda#entales est'n diseados en tornoa la dignidad de la persona, derechos in"iolables que le soninherentes, a"oreciendo en libre desarrollo de la personalidad,

    el respeto a la ley y a los derechos de los de#'s co#ounda#ento del orden político y de la paz social.

    1. Ca!acte!e%

    • $senciales o inherentes e innatos! Los derechos de lapersonalidad corresponden a las personas con independenciade sus circunstancias "itales o sociales, y dignifcan a lossu%etos desde el #is#o #o#ento de su e-istencia.

    • $-trapatri#oniales! )on derechos que quedan al #argen delco#ercio, no negociables, ni trans#isibles, ni renunciables.

    • bsolutos! $sta característica se refere a que se trata dederechos e%ercitables rente a todos, erga o#nes+ por ello noi#pide que e-istan supuestos en que se li#itan esos derechos,por lo que de%an de ser absolutos.

    $stos derechos se tutelan en tres '#bitos!

  • 8/16/2019 Derecho civil tema 4

    3/12

    •  /utela constitucional! )e pueden aplicar #ecanis#os deprotección propios de los derechos unda#entales 0por e%e#plo,el derecho a la "ida se puede tutelar a tra"1s del recurso dea#paro ante el /23.

     /utela ci"il! tra"1s del resarci#iento de daos #ateriales y#orales causados0por e%e#plo, cuando se ..libro3.•  /utela penal! 2uando se incurre en conducta delicti"a tipifcada

    por la ley penal.

    2. DERECHOS DE LA PERSONALIDAD EN LA ES/ERACORPORAL: LA 0IDA, LA INTERIDAD /SICA Y CONSENTIMIENTO IN/ORMADO

    2.1 De!ec&o a "a *'$a

    La 2onstitución espaola, en su artículo 45, establece que todostienen derecho a la "ida y a la integridad ísica y #oral, sin que, en

    ning*n caso, puedan ser so#etidos a tortura ni a penas o tratosinhu#anos o degradantes. 6ueda abolida la pena de #uerte, sal"olo que puedan disponer las leyes penales #ilitares para tie#pos deguerra.

    La "ida es el "alor supre#o del ordena#iento %urídico+ es principal einstru#ental para desarrollar el resto de los derechos y deberes %urídicos.

    2uestión proble#'tica se plantea con el nasciturus civil, de cuyaconfguración %urídica se deri"a que no es titular de un derecho a la"ida, ya que en nuestro ordena#iento est' despenalizado el derechoal aborto en los casos en que la ley penal establezca. Lo que ta#bi1nparece indiscutible, desde un punto de "ista legal, es que laconfguración es que la confguración constitucional del derecho a la"ida no se traduce en un e"entual derecho a elegir entre "i"ir o #orir+esto es, no se confgura co#o un derecho de libertad del indi"iduoque incluya el derecho a la propia #uerte.

    Derecho a la vida

  • 8/16/2019 Derecho civil tema 4

    4/12

    %pera como causa de justi&caci#n en caso de los actos dirigidos a

     preservarla o a salvarla:

    •  'egítima defensa

    •  $stado de necesidado  (ctuaci#n del titular del derechoo  (ctuaci#n del terceroo  (ctuaci#n de las autoridades publicas

    2.2 De!ec&o a "a 'nte3!'$a$ %'ca

    $l reconoci#iento en el artículo 45 2$, del derecho a la integridadísica y #oral, uera de los casos delicti"os pre"istos en el 2ódigopenal, plantea la duda sobre la "oluntad de las personas sobre sucuerpo y sus órganos.

    7.7.4 /rasplante de órganos

    La nor#ati"a est' representada por la Ley 89:4;

  • 8/16/2019 Derecho civil tema 4

    5/12

    • La ley e-ige que el destino del órgano e-traído sea susceptiblede #e%orar la esperanza de "ida o la condición de "ida delpaciente.

    $l donante debe ser #ayor de edad, gozar de plenas acultades#entales y haber sido pre"ia#ente inor#ado de las consecuenciasde su decisión. $l consenti#iento deber' ser e-preso, libre yconsciente, or#al y por escrito.

    7.7.7 /1cnicas de reproducción asistida

    )e centra en tres #odalidades! inse#inación artifcial, ecundación in"itro y transerencia intratub'rica de ga#etos. Los principios

    generales en los que se asienta estas t1cnicas de reproducción a la"ida son!

    • )e realizar'n sola#ente cuando haya posibilidades razonablesde 1-ito, no supongan riesgo gra"e para la salud y pre"iaaceptación libre de su aplicación por parte de la #u%er, quedeber' haber sido pre"ia#ente inor#ada de sus posibilidadesde 1-ito, sus riesgos y las condiciones de la aplicación.

    • )ólo se podr'n lle"ar a cabo estas t1cnicas en 2entrossanitarios debida#ente autorizados.

    • La #u%er receptora deber' ser #ayor de edad, con plenacapacidad de obrar. )i estu"iese casada, se precisar' ade#'s elconsenti#iento de su #arido.

    • )e prohíbe la clonación en seres hu#anos con fnesreproducti"os.

    • La donación ser' anóni#a, confdencial, gratuita y no lucrati"a.Los hi%os nacidos tienen derecho a obtener inor#ación generalde los donantes que no incluya su identidad. )ólo en casos enlos que se co#porte un peligro cierto para la "ida o la salud del

    hi%o, podr' re"elarse la identidad del donante, sie#pre que 1stasea decisi"a para e"itar el peligro.• >i la #u%er progenitora ni el #arido, cuando hayan prestado su

    consenti#iento or#al a la ecundación, podr'n i#pugnar lafliación #atri#onial del hi%o nacido.

    • )er' nulo de pleno derecho el contrato de #aternidad asistida o"ientre de alquiler.

    . LAS LI5ERTADES SU56ETI0AS Y P75LICAS

    Un estado )ocial y de#ocr'tico de Derecho i#plica que e-istan y sereco%an una serie de libertades p*blicas que contribuyan a crear y

  • 8/16/2019 Derecho civil tema 4

    6/12

    #antener una sociedad conortable en la que las personas puedandesarrollarse de acuerdo a sus principios, "alores o creencias. sí,pode#os destacar!

    • Libertad personal y seguridad! /odo el #undo tiene derecho a la

    libertad a#bulatoria, y nadie puede ser detenido por #'s de

  • 8/16/2019 Derecho civil tema 4

    7/12

    $l legislador reaccionó con una Ley Arg'nica 4:4;=7 de protecciónci"il al honor, a la inti#idad personal y a#iliar y a la propia i#agen.0LAPD&3

    4.2 Hono!, 'nt'-'$a$ + p!op'a '-a3en. Concepto%.

    • $l derecho al honor! )e refere a la reputación social y a la ideade respetabilidad, a#a o prestigio de un su%eto. laconsideración que una persona tiene de sí desde un punto de"ista indi"idual y social.

    • $l derecho a la inti#idad! /oda persona ha de poder sustraeruna esera de su dignidad co#o tal a las intro#isiones a%enas,

    reser"ando así una cuota de inti#idad inaccesible sin suconsenti#iento.

    • La propia i#agen! )e traduce en el derecho de decidir,consentir o i#pedir la reproducción de la i#agen de nuestrapersona por cualquier #edio, así co#o su e-posición odi"ulgación sin el consenti#iento del interesado.

    4. T't"a!'$a$ $e e%to% $e!ec&o%.

    $sta#os ante un derecho de car'cter personalísi#o que sólo puede

    e%ercitarse por la persona aectada.a3 Personas allecidas. $l reconoci#iento y protección de estos

    derechos se regula en la LAPD& para tres supuestos!• 2uando el titular del derecho allece sin haber podido

    e%ercitar las acciones de protección rente a las intro#isionesproducidas en "ida.

    • 2uando allece con el procedi#iento iniciado, suscausahabientes podr'n continuar sosteniendo la acción pararesarcir esos derechos.

    2uando la lesión o intro#isión en el honor, la inti#idad o lai#agen se produce una "ez que la persona aectada haallecido.

    $n tales casos, la legiti#ación acti"a la tienen las personasdesignadas al eecto en testa#ento o, en su deecto, cónyuge,descendientes y ascendientes. alta de estas personas, podr'actuar de ofcio o a instancia de parte el ?inisterio Biscal.

    b3 Protección de los #enores. La Ley de protección del #enor serefere a la intro#isión ilegíti#a en el derecho al honor, a lainti#idad personal y a#iliar y a la propia i#agen del #enor,

  • 8/16/2019 Derecho civil tema 4

    8/12

    cualquier utilización de su i#agen o su no#bre en los #ediosde co#unicación que sea contraria a sus intereses.

    c3 Personas %urídicas y co#unidades de intereses o grupos. Lapersona %urídica puede "er lesionada su inti#idad o su honor,cuando se in"ada su espacio de inti#idad o cuando se le dia#eo se le haga des#erecer en la consideración a%ena.

    4.4 9-('to $e p!otecc'8n

    $l co#ple%o ca#po de actuación de la LAPD& pretende ser resueltopor el art. 7, al declarar de or#a gen1rica que Cla protección ci"il delhonor, de la inti#idad y de la propia i#agen quedar' deli#itada porlas leyes y por los usos sociales atendiendo al '#bito que, por suspropios actos, #antenga cada persona reser"ado para sí #is#a o sua#ilia.

    $n sintonía con los preceptos de la Ley y en resu#en, pode#os decirque tanto la regulación co#o los usos sociales y sobre todo laconección que cada persona haga de sus derechos al honor,inti#idad e i#agen, deli#itar'n en cada caso el '#bito deprotección aplicable.

    ?atizaciones o e-cepciones, seg*n los casos, a este principio son lasrecogidas en los artículos 7.7 y 7.8.

    La pri#era e-cepción dice que no hay intro#isión cuando así lo #arcala ley, cuando el titular del derecho hubiere consentido e-presa#enteo cuando se trate de opiniones aoradas.

    $n "irtud de la segunda, Cel consenti#iento a que se refere el p'rraoanterior ser' re"ocable en cualquier #o#ento, pero habr'n deinde#nizarse, en su caso, los daos y per%uicios causados, incluyendoen ellos las e-pectati"as %ustifcadas.

    4. Int!o-'%'one% '"e3t'-a% t'p';ca$a% en "a Le+ +-o$a"'$a$e% o cate3o!a% $e "e%'8n.

    )eg*n el art < de la LAPD&, las intro#isiones ilegíti#as pre"istasson las siguientes!

  • 8/16/2019 Derecho civil tema 4

    9/12

    4. $l e#plaza#iento en cualquier lugar de aparatos deescucha, de fl#ación, de dispositi"os ópticos o de cualquierotro #edio apto para grabar o reproducir la "ida ínti#a delas personas.

    7. La utilización de aparatos de escucha, dispositi"os ópticos, ode cualquier otro #edio para el conoci#iento de la "idaínti#a de las personas o de #aniestaciones o cartaspri"adas no destinadas a quien haga uso de tales #edios, así co#o su grabación, registro o reproducción.

    8. La di"ulgación de hechos relati"os a la "ida pri"ada de unapersona o a#ilia que aecten a su reputación, así co#o lare"elación o publicación del contenido de cartas, #e#orias uotros escritos personales de car'cter ínti#o.

    @. La re"elación de datos pri"ados de una persona o a#ilia

    conocidos a tra"1s de la acti"idad proesional u ofcial dequien los re"ela.

    5. La captación, reproducción o publicación por otograía, fl#eo cualquier otro procedi#iento, de la i#agen de una personaen lugares o #o#entos de su "ida pri"ada, sal"o los casospre"istos en el artículo =.7 de la LAPD&.

    E. La utilización del no#bre, "oz o i#agen de una persona parafnes publicitarios, co#erciales o de naturaleza an'loga.

  • 8/16/2019 Derecho civil tema 4

    10/12

    La actual protección %urídica de estos hechos ha sido recogida en elartículo ; de la Ley, que se reor#ó a partir de la relación dada por elapartado de la disposición fnal segunda de la LA 5:7949, de 77 de %unio, por la que se #odifca la LA 49:4;;5, de 78 de no"ie#bre, del

    2ódigo Penal.>o es un artículo de lectura e inteligencia 'ciles. ?ezcla dierentesposibilidades, ci"iles y penales, dentro de las ci"iles, de cesación dela acti"idad, inde#nizatoria y protectora del dao #oral.

    F. (e#edios ci"iles y penales. )e aplican en unción de si el bien %urídico protegido es penal o no.

    FF. 2ese de la acti"idad ilícita y otras #edidas cautelares. $l art. ;pre"1 el cese de la intro#isión ilegíti#a que, aunque poco

    recuente, se suele concretar en el secuestro de la publicación,o en la suspensión de la e#isión de progra#as de radio otele"isión.De igual #odo, cabe la posibilidad de acoger otras #edidascautelares en relación con la intro#isión que, aunque no est1nree%adas sie#pre en la ley, pueden ser acogidas por los %uecesy tribunales, el derecho de replicar o la obligación de rectifcar,la diusión de la sentencia en un #edio que per#ita suconoci#iento por el p*blico, etc.

    FFF. cciones inde#nizatorias. )e pre"1 la inde#nización de losdaos y per%uicios patri#oniales y #orales causados por laintro#isión ilegíti#a.

    La propia nor#a contiene una serie de reglas especiales a tener encuenta!

    a3 )e presu#ir' iuris tantu# sie#pre que se acredite laintro#isión y e-ista un per%uicio reparable.

    b3 Hunto con los pre%uicios patri#oniales, la propia nor#ati"aalude e-presa#ente a que la inde#nización se e-tender' al

    dao #oral! para ello se acudir' a criterios de deter#inaciónde la inde#nización tales co#o las circunstancias del caso, lagra"edad de la lesión, la diusión y audiencia conseguida y losbenefcios obtenidos por el causante de la lesión.

    c3 La inde#nización corresponde al per%udicado y se trans#ite alos herederos. (especto del dao #oral, la inde#nización setrans#ite al cónyuge, descendientes, ascendientes oher#anos de la persona allecida+ en su deecto, a loscausahabientes o sucesores en la proporción que la sentenciaesti#e que han sido aectados.

    d3 Las acciones de protección rente a las intro#isiones

  • 8/16/2019 Derecho civil tema 4

    11/12

  • 8/16/2019 Derecho civil tema 4

    12/12

    .2 E" %ec!eto $e "a% co-n'cac'one%

    $l artículo 4= de la 2$ garantiza el secreto de las co#unicaciones y,

    en especial, de las postales, telegr'fcas y teleónicas, sal"oresolución %udicial.

    . Ot!o% $e!ec&o% $e "a pe!%ona"'$a$: $e!ec&o a" no-(!e

    La identifcación no#inal de las personas es uno de los derechos

    b'sicos. Desde el punto de "ista de la identifcación y desarrollo dela personalidad co#o desde el i#pacto en el orden p*blico y social,el no#bre supone la identifcación absoluta de un su%eto, lo queinteresa tanto para la personalidad co#o para el estado ci"il de lossu%etos

    La elección del no#bre es libre y "oluntaria, aunque se prohíbe quedos her#anos ostenten el #is#o no#bre, a no ser que uno hubiereallecido. $l ordena#iento %urídico pre"1 dos #ecanis#os de

    protección ci"il del no#bre!

    • cción de i#pugnación! esta acción puede e%ercitarla todapersona que entienda que su identifcación no#inal est' siendousurpada por otra persona.

    • cción de recla#ación! tiene el ob%eti"o de que se declare %udicial#ente que una persona tiene derecho a usar en losucesi"o un deter#inado no#bre y:o apellidos.