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Inmigración y Derechos fundamentales: Las medidas de Integración en la Unión Europea. A propósito de la coyuntura de migración y crisis de refugiados en el Mediterráneo. «La crisis de refugiados en Europa es apenas la punta del témpano impulsada por un sistema económico global injusto que fuerza a cientos de miles de personas a huir de la guerra y la pobreza en busca de una vida mejor». Su Santidad Papa Francisco I, durante una entrevista radial, 13 de Sept. de 2015. «Si no somos capaces de encontrar soluciones eficaces y humanitarias, otros hallarán soluciones inhumanas, nacionalistas y con seguridad no europeas. La crisis migratoria en Europa requiere una resolución global y solidaridad mundial». Donald Tusk, Presidente del Consejo Europeo ante la 70ª Asamblea General de la ONU, 26 de sept. de 2015. I. PANORAMA ACTUAL Y FUTURO.- Un futuro negro para los inmigrantes tras el atentado de París. Tras los atroces atentados del pasado viernes 13 de noviembre en París, la Unión Europea (UE) debe resistir el impulso de cerrar aún más sus fronteras exteriores, pues con ello seguiría fomentando una serie de abusos contra los derechos humanos sin conseguir mejorar la seguridad ni detener la afluencia de personas refugiadas desesperadas. En esta línea, se ha manifestado John Dalhuisen, director del Programa Regional para Europa y Asia Central de Amnistía Internacional, quien ha dicho que: “El ceder al miedo ante los atroces atentados de París no protegerá a nadie. Las numerosas personas que huyen de la persecución y los conflictos no se han desvanecido, como tampoco lo ha hecho su derecho a recibir protección. Tras esta tragedia, la negativa a brindar solidaridad a las personas que buscan refugio en Europa, a menudo tras huir de ese mismo tipo de violencia, supondría una cobarde abdicación de la responsabilidad y una trágica victoria del terror sobre la humanidad.1 1 Manifestación volcada a propósito de la presentación del informe titulado «Miedo y vallas: Los planteamientos de Europa para contener a las personas refugiadas», de Amnistía Internacional, 17.11.2015.

Derecho Comunitario - Protección de Los DDHH de Los Inmigrantes Irregulares

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Una pequeña monografía, orientada en la mirada del derecho comunitario europeo, que aborda un problema actual: la crisis de refugiados en el mediterraneo.

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Inmigración y Derechos fundamentales:Las medidas de Integración en la Unión Europea.

A propósito de la coyuntura de migración y crisis de refugiados

en el Mediterráneo.

«La crisis de refugiados en Europa es apenas la punta del témpano impulsada por un sistema económico global injusto que fuerza a cientos de miles de personas a huir de la guerra y la

pobreza en busca de una vida mejor».Su Santidad Papa Francisco I,

durante una entrevista radial, 13 de Sept. de 2015.

«Si no somos capaces de encontrar soluciones eficaces y humanitarias, otros hallarán soluciones inhumanas, nacionalistas y con seguridad no europeas. La crisis migratoria en

Europa requiere una resolución global y solidaridad mundial».Donald Tusk, Presidente del Consejo Europeo

ante la 70ª Asamblea General de la ONU, 26 de sept. de 2015.

I. PANORAMA ACTUAL Y FUTURO.-

Un futuro negro para los inmigrantes tras el atentado de París.

Tras los atroces atentados del pasado viernes 13 de noviembre en París, la Unión Europea (UE) debe resistir el impulso de cerrar aún más sus fronteras exteriores, pues con ello seguiría fomentando una serie de abusos contra los derechos humanos sin conseguir mejorar la seguridad ni detener la afluencia de personas refugiadas desesperadas.

En esta línea, se ha manifestado John Dalhuisen, director del Programa Regional para Europa y Asia Central de Amnistía Internacional, quien ha dicho que: “El ceder al miedo ante los atroces atentados de París no protegerá a nadie. Las numerosas personas que huyen de la persecución y los conflictos no se han desvanecido, como tampoco lo ha hecho su derecho a recibir protección. Tras esta tragedia, la negativa a brindar solidaridad a las personas que buscan refugio en Europa, a menudo tras huir de ese mismo tipo de violencia, supondría una cobarde abdicación de la responsabilidad y una trágica victoria del terror sobre la humanidad.”1

La situación no es menor. El panorama actual y futuro preocupa enormemente a las Naciones Unidas, por las noticias aún no confirmadas que apuntan a que uno de los atacantes en París podría haber entrado en Europa en el flujo migratorio actual.

El Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), está preocupado por la intención de algunos Estados de la UE de poner fin a los programas en curso, retractándose de los compromisos adquiridos para gestionar la crisis de refugiados (por ejemplo, la reubicación), o proponiendo la construcción de más barreras.

Requerirá de un gran esfuerzo y tolerancia de todos los Estados Europeos y de la propia UE, revertir la conciencia y el lenguaje de una parte de los ciudadanos y gobernantes que

1 Manifestación volcada a propósito de la presentación del informe titulado «Miedo y vallas: Los planteamientos de Europa para contener a las personas refugiadas», de Amnistía Internacional, 17.11.2015.

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demonizan a los refugiados como grupo. Dichas conductas son peligrosas y contribuyen a la xenofobia y al miedo.

Los problemas de seguridad que afronta Europa son muy complejos. Los refugiados no deben ser señalados como chivos expiatorios y no pueden convertirse en las víctimas indirectas de estos trágicos sucesos.

Millones de desplazados ante la peor crisis de refugiados desde la Segunda Guerra.

Ya no son decenas de miles, sino millones, las personas que vienen huyendo del extremismo y del terrorismo, en estos últimos años. Huyen de la persecución o de las amenazas contra su vida derivadas de conflictos armados en países como Afganistán, Iraq, Libia, Nigeria, Siria y Turquía, entre otros, mientras los gobiernos del mundo, particularmente los países europeos, las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales procuran lidiar con una crisis humanitaria que amenaza con explotar.

El peor escenario es Siria. La ONU advierte que es la mayor emergencia humanitaria de nuestra era. La guerra interna y la expansión del Estado Islámico (EI o ISIS), es la principal causa del mayor flujo migratorio que se registra desde la Segunda Guerra Mundial.Si bien es cierto que la guerra en Siria ha cumplido ya su cuarto aniversario, la irrupción en el campo de batalla de ISIS ha intensificado aún más un conflicto que ya se ha cobrado la vida de más de 230.000 personas, según informa el ACNUR.

En consonancia, el coordinador para Ayuda Humanitaria de la Organización de Naciones Unidas, Stephen O'Brien, reveló que al menos 13.500.000 millones de sirios, de los cuales 6.000.000 se estiman son niños, necesitan protección y asistencia humanitaria. En la actualidad se contabilizan 6.500.000 millones de desplazados internos, así como 4.500.000 millones de sirios que han huido y se encuentran refugiados en los países vecinos.

Esta es la mayor población de refugiados de un solo conflicto en una generación. Pero no la única. Sino que otros cientos de miles de personas de diferentes nacionalidades deben desplazarse de sus hogares por diversos factores.

Así, los eritreos representan la segunda nacionalidad de los cientos de miles de refugiados que llegaron este año a las costas europeas. Sólo en la última década, el 10 % de la población de Eritrea escapó de una de las dictaduras más opresivas del mundo.Los afganos y los iraquís escapan de la violencia exacerbada por la ocupación estadounidense en sus países. Y los malienses, nigerianos y somalíes huyen de atentados islamistas y la respuesta represiva de sus Ejércitos.

La tragedia humanitaria de los refugiados en Europa.

Pero quizás la crisis que más conmociona a toda la humanidad, quizás por su trágica trascendencia mediática, sea la vivida por miles de migrantes que ponen sus vidas en peligro para cruzar el Mediterráneo todos los días.

Según advierte Naciones Unidas, en promedio mueren diez inmigrantes por día yendo a Europa. Y en lo que va del año, ya suman 3300 las personas fallecidas en el mar.

Sin embargo, el drama de esos miles de inmigrantes no sólo deviene de la andanza de cruzar con vida el Mediterráneo. Sino que lo peor les espera al llegar al continente.

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Cada día llegan 5.000 nuevos refugiados por el Egeo, que van acumulándose en las fronteras. En total, según números de FRONTEX, a mediados de Octubre del corriente, había 125.000 personas en tránsito desde Grecia hasta Alemania. Con sólo los que están en movimiento, ya se supera la propuesta de la UE para repartir 120.000 refugiados en dos años2.

El flagelo continúa cuando los refugiados desembarcan en las costas europeas. Poco a poco se dan cuenta de que cada frontera exigirá de ellos un esfuerzo adicional.

“Habrá más muertos por el frío y llegará pronto”, asegura Francesca Silva, asesora humanitaria de Médicos Sin Fronteras (MSF) en Serbia. El invierno urge a los refugiados e inmigrantes a darse prisa. Con la caída de las temperaturas, que ya van en picado, el paso de las personas en transición fronteriza será más complicado.

Una crisis con dimensiones astronómicas y cifras inciertas.

Según datos de la Agencia de Protección de Fronteras (FRONTEX) de la UE, entre Enero y Septiembre del corriente, más de 750.000 personas cruzaron el Mediterráneo en busca de refugio en el viejo continente. La cifra es alarmante y muy superior a los 282.000 que llegaron en el conjunto de 2014.

Esas cifras son diferentes a las del ACNUR. Que considera que desde comienzos del año, hasta Octubre, 600.000 migrantes ingresaron a la Unión Europea a través del mar Mediterráneo, de los cuales 450.000 lo hicieron a través de Grecia.

Asimismo, dicho comisionado, prevé a grosso modo que a finales del año 2015, el número de personas que habrán arribado, será superior al millón (1.000.000) de migrantes.

Por su parte, para 2016 y 2017, la Comisión Europea (CE) en un reciente informe 3, estima la llegada de tres millones (3.000.000) de inmigrantes irregulares a Europa hasta 2017.

El dilema ético de Europa. Más indiferencia que solidaridad.

La constante marea de personas que huyen de sus países en guerra para encontrar refugio y mejores oportunidades en Europa ha obligado a la conciencia europea, y a la humana en general, a afrontar un nuevo dilema moral.

Hoy, las personas que intentan alcanzar las costas europeas lo hacen por distintos motivos y por distintos medios. Procuran utilizar vías legales, pero también están dispuestas a arriesgar su vida para escapar de la opresión política, de la guerra y de la pobreza, o para acceder a la reagrupación familiar, a la creación de empresas, a los conocimientos y a la educación.

La llegada masiva de refugiados no es una aberración política, sino que plantea un interrogante moral sobre la civilización humana en la segunda década del siglo XXI.

¿Puede Occidente seguir presumiendo de civilizado después de un proceso de descivilización que lo ha dejado conformista y satisfecho, dominado por el miedo, la violencia y, sobre todo, la indiferencia?4

2 El plan de la Comisión de Justicia y Asuntos del Interior de la UE para la redistribución de los migrantes se aprobó en Bruselas, el 22.09.2015.3 Publicación del informe «Pronóstico Económico Europeo para 2015-2017», 5.11.2015.

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Ante la tragedia inhumana de las nuevas migraciones, no puede seguirse aceptando la idea del progreso moral occidental. Ya que dicha moral civilizadora y supuestamente solidaria no se condice con el comportamiento asumido por el viejo continente en su conjunto.

La realidad es que Europa no puede hacer frente a la peor crisis migratoria de lo que va este cuarto de siglo. Su indiferencia y su tardía reacción frente al problema, son más que evidentes, frente a tan compleja situación. Por muchos meses, la UE se sumió en el silencio y hasta dinamitó varias iniciativas de la Comisión Europea. Recién a mediados de éste año, comenzaron algunos esfuerzos de los gobiernos en conjunto para buscar soluciones frente a la crisis.

Pero aún se verifica el comportamiento descivilizador de la Comunidad, con el énfasis de los dirigentes europeos en impedir la migración irregular, levantando muros visibles e invisibles alrededor de la UE, que dan cuenta de una obstaculización o cierre progresivo de las vías de entrada seguras a Europa.

A pesar de ser signatarios de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951, los Estados miembros de la UE parecen estar haciendo todo lo que está en su mano para evitar cualquier compromiso con los refugiados, tratando de eludir toda responsabilidad hacia los refugiados del mundo, asegurándose de que no entren en territorio bajo su jurisdicción.

Asimismo, con una extrema derecha acechando las urnas y una derecha cada vez más dura, la discriminación en el lenguaje verbal de algunos eurodiputados, el auge y la presión de grupos xenófobos y la opinión pública, condicionan gran parte de los sucesivos encuentros europeos consagrados al tema de la inmigración, frustrándolos en meras reuniones y planes que no son una solución de fondo.

Por ello, Europa debe encontrar mejores maneras de ofrecer protección. La UE y sus Estados miembros situados en la primera línea de sus fronteras necesitan replantearse con urgencia cómo garantizar un acceso seguro y legal a la UE en sus fronteras terrestres exteriores y en los países de origen y tránsito de refugiados y migrantes. Al mismo tiempo que los órganos de la Comunidad deben trabajar cuanto antes para reformar íntegramente el sistema de migración y asilo, en miras a un sistema más eficiente y humano, ante tantas desgracias.

En tales circunstancias los líderes políticos deben tomar medidas decisivas para garantizar una Europa abierta que asegure el respeto de los derechos fundamentales, principalmente apelando al principio de solidaridad y cooperación, sobre la base de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, el Convenio Europeo de Derechos Humanos y los demás tratados humanitarios, que deben ser respetados por las instituciones de la UE y sus Estados miembros al adoptar y aplicar la legislación, al mismo tiempo que se promueven y protegen los valores europeos, buscando integrar las sociedades, y la protección de los derechos fundamentales de todas las personas, incluidas, aquellas que no forman parte de la UE.

El imperativo inmediato es proteger a las personas que lo necesitan.

A pesar de las críticas volcadas precedentemente, en estos últimos meses la mayoría de los europeos han respondido a la tragedia de los migrantes. La reacción, aunque inmediata, ha sido insuficiente. Las respuestas puntuales no funcionan.

4 Este es el interrogante que plantea Ramin Jahanbegloo, filósofo político iraní, el cual compartimos, y que fuera publicado en una columna de opinión del diario El País de España, 29.09.2015.

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Ha sido necesario adoptar medidas de emergencia porque la política colectiva europea no ha estado a la altura. Aunque en toda Europa se plantean serias dudas en cuanto a la adecuación de su política migratoria a la presión ejercida por miles de migrantes, y la necesidad de integrarlos a la sociedad europea.

La primera respuesta de la Comisión Europea ha sido presentar un plan de acción inmediata de diez puntos. El Parlamento Europeo y el Consejo Europeo han respaldado este plan y los Estados miembros se han comprometido igualmente a adoptar medidas concretas, sobre todo para evitar nuevas pérdidas de vidas humanas. Cuestiones que se desarrollarán más adelante.

Asimismo, y como se verá, también se trabajan en políticas comunitarias para tratar de atajar la miseria humana creada por quienes explotan a los migrantes, combatiendo el tráfico y la trata de personas.

Aunque falta mucho, se observa un incipiente camino que los Estados y la UE han de recorrer, aprovechando el papel de la Comunidad en el mundo y el amplio abanico de herramientas de que dispone para ir a las causas profundas del fenómeno migratorio.

Aunque algunas de estas causas están firmemente arraigadas, es ineludible abordarlas, ya que las repercusiones de la pobreza y los conflictos en el mundo no se detienen en las fronteras nacionales.

El desafío de una Europa abierta y segura.

Europa debe seguir siendo un refugio seguro para los que huyen de las persecuciones y un destino atractivo para los estudiantes, investigadores y trabajadores que desean expresar su talento y su espíritu emprendedor.

Defender sus valores y sus compromisos internacionales, depende del trabajo conjunto de los Estados miembros de la Comunidad, asegurando al mismo tiempo la protección de sus fronteras, y creando las condiciones propicias para la prosperidad económica y la cohesión e integración social de una Europa abierta entre ciudadanos locales, extranjeros regulares e inmigrantes irregulares.

Esto es un difícil ejercicio de equilibrio que requiere una acción coordinada a escala europea. Para ello se necesita un conjunto de medidas de fondo y una política común clara y coherente.

Habrá de restaurarse la confianza en la propia capacidad de la UE para aunar los esfuerzos nacionales y europeos en materia de migración, y cumplir con sus obligaciones éticas e internacionales y colaborar de forma eficaz, de conformidad con los principios de solidaridad y de responsabilidad compartida.

Ningún Estado miembro puede resolver eficazmente el problema por sí solo. Está claro que se necesita un nuevo enfoque más europeo. Ello requiere la participación de todos los actores, Estados miembros, instituciones de la UE, organizaciones internacionales, sociedad civil, autoridades locales y terceros países, que deberán colaborar para hacer realidad una política europea común en materia de migración.

II. DERECHOS HUMANOS FUNDAMENTALES.-

Protección de los Derechos Humanos Fundamentales en la UE.

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Dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos son valores consagrados en los Tratados de la UE y también en las constituciones de cada uno de los países miembros de la Comunidad.

La Carta de los Derechos Fundamentales de la UE tiene un rol protagónico en este sentido, resultando ser una declaración clara y firme de los derechos de los ciudadanos de la UE, adoptada en 2000 y vinculante para los países de la UE desde 2009.

En consonancia, también las constituciones de cada uno de los países miembros de la UE garantizan los derechos fundamentales a escala nacional.

Todas las instituciones de la UE (Comisión, Parlamento y Consejo) tienen un papel que desempeñar en la protección de los derechos humanos.

En suma, la Carta de Derechos Fundamentales: - establece los derechos fundamentales que son vinculantes para las instituciones y organismos de la UE;- es vinculante para los gobiernos nacionales cuando estén aplicando la legislación de la UE.

Los particulares que deseen interponer recursos deben dirigirse a los tribunales de su propio país. En última instancia, pueden dirigirse al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La Carta concuerda con el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), que ha sido ratificado por todos los países de la UE.

La Agencia de los Derechos Fundamentales determina y analiza las principales tendencias en este ámbito.

Política de promoción de los derechos humanos en todo el mundo.

La UE está basada en un sólido compromiso para promover y proteger los derechos humanos, la democracia y el Estado de derecho en todo el mundo. Siendo que los derechos humanos están en el centro de las relaciones de la UE con otros países y regiones, promoverlos puede contribuir a prevenir y resolver conflictos, inclusive los referidos a la migración.

En el año 2012 se adoptó un Marco Estratégico sobre Derechos Humanos y Democracia5 con el objetivo de mejorar la eficacia y la coherencia de la política de derechos humanos de la UE y que sirvió de orientación para llevar a cabo el compromiso de la UE durante los años que siguieron.

Al mismo tiempo, el Consejo adoptó un Plan de acción para los derechos humanos y la democracia para aplicar dicho Marco estratégico. El plan 2015-2020 establece una base común para un verdadero esfuerzo colectivo de los países miembros y de las instituciones de la UE.

Y fue también en 2012, que se nombró al primer Representante Especial de la UE para los Derechos Humanos, con el cometido de aumentar la eficacia y la visibilidad de la política de derechos humanos de la UE en terceros países.

Los derechos de los inmigrantes también se ven protegidos por la política de derechos humanos de la UE, que:- promueve los derechos de las mujeres, los niños, las minorías y las personas desplazadas;

5 Publicado como Documento «11855/12» del Consejo de la Unión Europea, del 25.06.2012.

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- se opone a la trata de seres humanos y la discriminación;- defiende los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales;- defiende el carácter universal e indivisible de los derechos humanos, mediante una estrecha y activa colaboración con los países asociados, las organizaciones internacionales y regionales y grupos y asociaciones a todos los niveles de la sociedad.

Asimismo, todos los acuerdos comerciales o de cooperación con países no miembros de la UE (actualmente más de 120) contienen una cláusula que estipula que los derechos humanos constituyen un elemento esencial de las relaciones con la UE. Por consiguiente, la UE ha impuesto sanciones por vulnerar los derechos humanos en varias ocasiones.

La Comunidad europea también mantiene diálogos sobre derechos humanos con más de 40 países y organizaciones, como Rusia, China o la Unión Africana. En el informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo, la UE evalúa sus actividades en este ámbito.

Por último, a través del Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos (IEDDH), la UE apoya a los grupos, asociaciones o particulares que defienden los derechos humanos, las libertades fundamentales, la democracia y el Estado de Derecho. Este instrumento también resulta útil para paliar la crisis de refugiados, ya que dispone de un presupuesto de 1.300 millones de euros para 2014-2020.

¿Qué protección y asistencia mínima se les debe garantizar a los inmigrantes irregulares?

El Derecho internacional y europeo en materia de derechos humanos impone a los Estados miembros de la UE la obligación de garantizar tales derechos a todas las personas en su jurisdicción. Esto incluye a los y las inmigrantes irregulares.

Aunque los Estados miembros no están obligados a ofrecer las mismas prestaciones a los inmigrantes irregulares que a sus nacionales, sí han de atenerse a un conjunto esencial de normas en materia de derechos humanos, entre las que se cuenta el acceso a:- la asistencia sanitaria necesaria para todos, en la que se incluye la que se da con carácter de urgencia, y la esencial, como la posibilidad de ser examinado por un médico, o de recibir los medicamentos necesarios;- la atención sanitaria para embarazadas, así como la asistencia médica y la educación para niños irregulares en iguales condiciones que los nacionales;- la justicia, un mecanismo que permita a las personas hacer reclamaciones y recibir una indemnización, por ejemplo, en el caso de sufrir un accidente de trabajo.

Prácticas de detección y comunicación. Una costumbre que estigmatiza.

Aunque los Estados miembros tienen el derecho a controlar quién entra y permanece en su territorio, también tienen la obligación de asegurar las normas de derechos humanos cuando apliquen las leyes de inmigración. En algunos Estados miembros, tales medidas de control incluyen la detención de inmigrantes irregulares cerca de hospitales y colegios.

Del mismo modo, en algunos Estados miembros, determinados órganos públicos, como los tribunales de justicia, y los servicios de salud y educación, por obligación o costumbre, informan de la presencia de inmigrantes irregulares a las autoridades migratorias cuando aquéllos tratan de usar sus servicios.

Estas prácticas de detección e información, reales o percibidas, pueden impedir que los inmigrantes irregulares accedan a sus derechos básicos por miedo a la deportación.

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Los Estados miembros de la UE no deben utilizar métodos de detección que bloqueen en la práctica el acceso a la asistencia sanitaria, la educación o la justicia. Los proveedores de servicios no deberían estar obligados a denunciar a los inmigrantes irregulares ante las autoridades de inmigración.

Las denuncias ante dichas autoridades, así como la provisión de información a las mismas, deben terminar. Los inmigrantes y los servicios públicos deben ser informados de que no hay ninguna obligación de denunciar la presencia de personas irregulares.

Violaciones sistemáticas a los derechos fundamentales en las fronteras. La devolución.

La devolución es el retorno forzoso de una persona a un país donde puede correr peligro de sufrir violaciones graves de derechos humanos (o, alternativamente, persecución o daños graves).

Las personas que están en esta situación tienen derecho a recibir protección internacional; el derecho internacional prohíbe la devolución de refugiados y solicitantes de asilo al país del que han huido, lo que se conoce como principio de no devolución. Este principio también se aplica a otras personas que corren peligro de sufrir violaciones graves de derechos humanos, como tortura y pena de muerte, pero cuya situación no encaja en la definición jurídica de refugiado.

La devolución indirecta tiene lugar cuando un país envía a la fuerza a una persona a otro país que, a su vez, la envía a un tercer país en el que esa persona corre peligro de sufrir daños graves; también está prohibida por el derecho internacional.

Se entiende por reenvío forzado o devolución en caliente (devolución sin el debido procedimiento, unas veces en la frontera y otras veces sin llegar a ella) la devolución de personas al país de donde están intentando huir o, en algunos casos, a alta mar, poco después de haber cruzado la frontera, sin darles oportunidad de impugnar su devolución.

Estos reenvíos o devoluciones afectan normalmente a grupos de personas (migrantes o refugiados). La expulsión de un grupo de personas sin haber examinado cada caso por separado constituye una expulsión colectiva y está prohibida por el derecho internacional.Además estas prácticas suelen ir acompañadas de malos tratos o uso excesivo de la fuerza: de la policía nacional, los servicios de guardacostas y de la guardia de fronteras.

No hay acuerdo internacional sobre lo que constituye protección efectiva, una cuestión que se plantea a la hora de evaluar si un solicitante de asilo puede ser devuelto a otro país que no sea el suyo de origen. La protección efectiva requiere proporcionar una protección jurídica, física y social que esté firmemente asentada en las normas internacionales de derechos humanos. Si bien la protección efectiva requiere que el solicitante de asilo tenga acceso a un procedimiento de asilo efectivo en el país de retorno y no corra peligro de devolución, la capacidad de acceder a los derechos económicos, sociales y culturales básicos y disfrutar de ellos también es parte fundamental de la protección efectiva. La evaluación de la protección efectiva precisa una evaluación individual de los casos.

Las personas refugiadas y migrantes tienen derecho a un recurso efectivo contra las violaciones de los derechos que les otorga el derecho internacional de los derechos humanos y de los refugiados. Los Estados deben investigar con prontitud, eficacia e independencia las denuncias sobre violaciones graves de derechos humanos –como las devoluciones en caliente, los malos tratos y el uso excesivo de la fuerza– para garantizar que las víctimas de tales abusos obtienen una reparación, que incluya acceso a la justicia y a la verdad y garantías de no repetición.

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Cualquier expresión de temor de sufrir daños graves si se es devuelto al país de origen equivale a una solicitud de protección internacional (artículo 2.b de la Directiva 2013/32/EU sobre procedimientos de asilo y Manual Schengen).

Para poder cumplir el principio de no devolución consagrado en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE y reafirmado en el artículo 3 del Código de fronteras de Schengen, las personas necesitadas de protección internacional deben ser identificadas cuando llegan a la frontera.

Llegar legalmente a través del puesto fronterizo de algún Estado de la UE no es posible para muchas de las personas que necesitan protección internacional. Muchos refugiados carecen de los documentos de viaje necesarios, como pasaporte o visado, ya sea porque tuvieron que huir sin la documentación adecuada o porque habría sido muy peligroso o imposible conseguirla de un Estado perseguidor.

En las fronteras terrestres, un solicitante de asilo primero tiene que salir del tercer país vecino atravesando sus pasos fronterizos para poder llegar hasta el puesto fronterizo oficial del Estado miembro de la UE. Sin embargo, a los solicitantes de asilo se los suele detener en el primer puesto fronterizo (el del tercer país) por no llevar la documentación necesaria, ya sea para su entrada en el Estado miembro de la UE vecino o para su estancia o salida del tercer país en cuestión.

Como consecuencia, en la práctica sólo unos pocos refugiados pueden llegar al puesto fronterizo del Estado miembro de la UE al que desean viajar y en el que aspiran a presentar su solicitud de asilo. Esta situación lleva a los refugiados a obtener documentación falsa o falsificada, a ocultarse en vehículos para pasar por los puestos fronterizos o a intentar cruzar las fronteras terrestres por lugares que no son pasos fronterizos oficiales.

No obstante, las fronteras exteriores de la UE que no son pasos fronterizos oficiales están siendo cerradas progresivamente mediante vallas, un aumento de las patrullas y vigilancia tecnológica, o a través de la cooperación con terceros países, a los que se pide que impidan las salidas ilegales hacia el Estado vecino perteneciente a la UE.

Ante las reiteradas violaciones de derechos y las devoluciones en caliente desde las fronteras, muchas ONG siguen denunciando que la Comisión Europea no está adoptando medidas efectivas, a pesar de que estas devoluciones infringen la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y son incompatibles con el Código de Fronteras Schengen y con los procedimientos de concesión de asilo y las directivas relativas a la devolución de la Unión Europea. Al mismo tiempo, otros Estados miembros de la UE parecen contentarse con que los Estados miembros fronterizos impidan la llegada de refugiados y migrantes, sin cuestionar sus métodos para conseguirlo.

En este sentido, Francesco Rocca, presidente de la Cruz Roja en Italia reflexiona lo siguiente: "Debemos recordar que (los refugiados) son seres humanos. A menudo no tienen más remedio que abandonar sus hogares. Y deben tener acceso irrestricto a los derechos humanos fundamentales, en particular el derecho a la protección y a la atención sanitaria”.

III. POLÍTICAS DE INTEGRACIÓN.-

La política de Inmigración en la UE.

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Frente a la grave crisis migratoria que atraviesa Europa, desarrollar una política de migración eficaz y completa con visión de futuro y basada en la solidaridad y la cooperación, constituye uno de los objetivos prioritarios que la Comunidad deberá alcanzar.

La política actual de migración tiene por objeto establecer un enfoque equilibrado para abordar tanto la migración legal como la ilegal; y es analizada y propuesta en conjunto, tanto por el Parlamento como por el Consejo europeo. Ambos órganos tienden a coordinar y desarrollar una política exterior y de seguridad común para todos los estados miembros de la comunidad, y dentro de este ámbito, definir una política integral del fenómeno de la migración-inmigración.

Esta política comunitaria se funda y justifica en los arts. 79 y 80 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

El primer artículo se refiere al desarrollo común de una política de inmigración destinada a garantizar una gestión eficaz de los flujos migratorios y la prevención y lucha de la inmigración ilegal y de la trata de seres humanos, en particular de mujeres y niños. Siendo el Parlamento y el Consejo europeos, los órganos competentes para reglar legislativamente la política migratoria.

El siguiente artículo del tratado, se centra en la ejecución de dicha política, la cual deberá respetar y ser desarrollada conforme al principio de solidaridad y de reparto equitativo de la responsabilidad entre los Estados miembros, también en el aspecto financiero.

En este orden de ideas, se ha dicho que el principio de solidaridad mutua, es uno de los pilares que sustenta toda política europea en general; introducido por el Tratado de Lisboa que modificó el Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE), en su art. 80. Y es concordante con el art. 8 del mismo tratado, el cual consagra el principio de igualdad, y dispone que la UE en todas sus acciones, deberá fijar el objetivo de eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer y promover su igualdad.

En cuanto al contenido que se regula a través de la política migratoria, se hace hincapié en las siguientes competencias:

+ Migración legal: la UE está facultada para establecer las condiciones de entrada y residencia de nacionales de terceros países que deseen entrar y residir legalmente en un Estado miembro, también en lo relativo a la reagrupación familiar. Ello con un límite: los Estados miembros siguen teniendo derecho a establecer porcentajes de admisión de nacionales de terceros países que deseen buscar trabajo en su territorio.

+ Integración: la UE puede dar incentivos y apoyo a la adopción de medidas por parte de los Estados miembros para fomentar la integración de nacionales de terceros países que residan legalmente en su territorio. No obstante, no se prevé la armonización de las leyes y normas nacionales.

+ Lucha contra la inmigración ilegal: la UE está obligada a prevenir y reducir la inmigración irregular, sobre todo mediante una política eficaz de retorno, siempre respetando debidamente los derechos fundamentales. Un inmigrante irregular es una persona que llega a la UE sin un visado o permiso adecuado, o que se queda tras el vencimiento de su visado.

+ Acuerdos de readmisión: la UE tiene competencia para celebrar acuerdos con terceros países para la readmisión, en los países de origen o de tránsito, de nacionales de terceros países que

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no cumplan o que hayan dejado de cumplir las condiciones de entrada, presencia o residencia en uno de los Estados miembros.

Cambios institucionales introducidos por el Tratado de Lisboa.

El Tratado de Lisboa, que entró en vigor en diciembre de 2009, introdujo el procedimiento de codecisión y la votación por mayoría cualificada en el ámbito de la migración legal, así como un nuevo fundamento jurídico para las medidas de integración. Actualmente, el procedimiento legislativo ordinario se aplica a las políticas en materia de inmigración tanto legal como ilegal, en las que el Parlamento es colegislador en pie de igualdad con el Consejo. No obstante, cabe señalar que las medidas provisionales en caso de afluencia repentina de nacionales de terceros países en un Estado miembro las adoptará únicamente el Consejo, previa consulta al Parlamento (artículo 78, apartado 3, del TFUE).

A su vez, el Tratado ha aclarado que las competencias de la UE en este campo serán compartidas con los Estados miembros, sobre todo en lo que respecta a la cantidad de inmigrantes que pueden entrar legalmente en un Estado miembro para buscar trabajo (artículo 79, apartado 5, del TFUE).

Por último, el Tribunal de Justicia goza ahora de plenas competencias en el ámbito de la inmigración y el asilo.

Enfoque Global de la Migración y la Movilidad. Un avance en la protección de los derechos.

El Enfoque Global de la Migración y la Movilidad (GAMM) constituye desde 2005 el marco general de la política exterior de la UE en materia de migración y asilo y establece un marco general para las relaciones de la UE con terceros países en materia de migración.

El enfoque que adoptó la Comisión en 2011 define la forma en que la Unión mantiene su diálogo político y cooperación operativa con los países no pertenecientes a la UE.

Este enfoque se basa en cuatro pilares: - migración legal y movilidad; - migración ilegal y trata de seres humanos;- protección internacional y política de asilo, y - maximización de la repercusión en el desarrollo de la migración y la movilidad.

Los derechos humanos de los migrantes son un tema transversal en el GAMM.El Enfoque Global se centra en el diálogo regional y bilateral entre los países de origen, de tránsito y de destino. Uno de los instrumentos principales del Enfoque Global es la posibilidad de celebrar «Asociaciones de Movilidad» con terceros países, que no solo constituyen acuerdos de readmisión, sino un conjunto de medidas que abarca desde la ayuda al desarrollo hasta la flexibilización temporal de la política de visados de entrada, pasando por la migración circular y la lucha contra la migración ilegal.

La cooperación en materia de prevención y lucha contra la migración irregular se ha incrementado en los últimos años. Se han iniciado y llevado a cabo negociaciones, intercambios de información y acciones conjuntas para luchar contra la trata de seres humanos y el tráfico ilícito de emigrantes. Otras iniciativas están previstas en los próximos meses y años, como ya se anunció en el informe del Grupo Mediterráneo.

El Programa de Estocolmo. Orientaciones estratégicas.

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El Programa de Estocolmo, que se adoptó en diciembre de 20096, concluyó en diciembre de 2014. En marzo de 2014, la Comisión adoptó una nueva Comunicación, titulada «Una Europa abierta y segura: ha llegado la hora de hacerla realidad», en la que ofrecía su visión del futuro programa de Interior para que el Consejo Europeo y el Parlamento pudieran debatir sobre orientaciones estratégicas en junio de 2014.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 del TFUE, el Consejo Europeo definió a continuación, en sus Conclusiones de 26 y 27 de junio de 2014, «las orientaciones estratégicas de la programación legislativa y operativa en el espacio de libertad, seguridad y justicia» para el período 2014-2020. En este caso ya no se trata de un programa, sino de directrices, orientadas hacia la transposición, aplicación y consolidación de los instrumentos jurídicos y medidas existentes, que hacen hincapié en la necesidad de un planteamiento general de la migración que optimice los beneficios de la migración legal y ofrezca protección a quienes la necesitan, combatiendo al mismo tiempo la migración irregular y gestionando de modo eficiente las fronteras.

La Agenda Europea sobre Migración. Directivas y respuestas inmediatas ante la crisis.

El 13 de Mayo del corriente año, la Comisión se dirigió al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones7, para concretar una Agenda Europea de Migración, reflejo de su voluntad declarada de situar la inmigración entre sus prioridades, con objetivos a corto, mediano y largo plazo.

A medio y largo plazo, las orientaciones que propone la Comisión tienen cuatro vertientes:- reducir los incentivos a la migración irregular; - gestionar las fronteras salvando vidas y garantizando la seguridad;- elaborar una política común de asilo sólida sobre la base de la puesta en práctica del Sistema Europeo Común de Asilo, así como evaluar y, eventualmente, revisar el Reglamento de Dublín en 2016; y, - por último, establecer una nueva política de migración legal modernizando y refundiendo el sistema de tarjeta azul, fijando nuevas prioridades en cuanto a las políticas de integración y potenciando las ventajas que la política migratoria tiene para las personas y los países de origen, por ejemplo haciendo que las transferencias de remesas sean más baratas, rápidas y seguras.

Entre otras medidas de emergencia, la Comisión ha puesto en marcha la multiplicación inmediata por tres de la capacidad y los recursos disponibles en 2015 y 2016 para las operaciones conjuntas Tritón y Poseidón de Frontex, sobre la base de un presupuesto rectificativo para 2015 y un nuevo plan operativo Tritón.

Pero lo que ha hecho principalmente es plantear propuestas concretas para la materialización del principio de solidaridad con arreglo a lo previsto en el artículo 8 del TFUE: - por una parte, a través de un régimen de reparto temporal de los solicitantes de asilo que ha de verse complementado antes de que finalice 2015 por una propuesta relativa a un sistema permanente de la UE para la reubicación en situaciones de emergencia de afluencia masiva; - por otra, mediante un programa de reasentamiento a escala de la UE dirigido a las personas desplazadas que necesitan manifiestamente protección internacional en Europa.

6 Titulado «Una Europa abierta y segura que sirva y proteja al ciudadano», adoptada como sucesor de los programas plurianuales de Tampere (1999) y La Haya.7 Mediante la Comunicación: «COM (2015) 240»

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La Agenda propone, por último, en el marco de la política común de seguridad y defensa (PCSD), el estudio de la posibilidad de una operación en el Mediterráneo que tenga por objeto desmantelarlas redes de traficantes y luchar contra el tráfico de migrantes.

Ampliemos cuáles son los objetivos de la Agenda aprobada este año:

+ Respuesta inmediata:El objetivo prioritario que la Agenda Europea de Migración se propone es reaccionar de forma rápida y decidida a la crisis humanitaria que vive el mediterráneo.

La Declaración del Consejo Europeo de 23 de abril de 2015 y la Resolución del Parlamento Europeo, unos días más tarde, dejaron patente el consenso en favor de medidas rápidas para salvar vidas humanas y para intensificar la actuación de la UE.

Esta respuesta rápida debe servir igualmente de modelo para la reacción de la UE a futuras crisis, con independencia de la parte de la frontera exterior común que esté sometida a presión, del este al oeste y del norte al sur.

+ Salvar vidas en el mar:Europa no puede quedarse de brazos cruzados mientras se pierden vidas humanas. Se redoblan los esfuerzos de rescate y salvamento para restablecer el nivel de intervención previsto por Italia en el marco la antigua operación «Mare nostrum». Para triplicar el presupuesto de las operaciones conjuntas Tritón y Poseidón de Frontex, la Comisión presentó un presupuesto rectificativo para 2015-2016, lo que permitirá aumentar los medios y ampliar el ámbito geográfico de estas operaciones, de modo que Frontex pueda cumplir su doble papel de coordinar el apoyo operativo en las fronteras a los Estados miembros cuyas fronteras están sometidas a presión y de ayudar al rescate de migrantes en el mar.

Paralelamente a este aumento de la contribución financiera de la UE, varios Estados miembros están desplegando sus propios medios (buques y aviones), articulando acciones conjuntas en base al principio de solidaridad.

+ Poner el punto de mira en las redes delictivas de traficantes:Las redes delictivas que explotan a los migrantes vulnerables serán perseguidas. Para ello deberán coordinarse operaciones en el marco de la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD), con miras a la identificación, captura y destrucción sistemáticas de las embarcaciones utilizadas por los traficantes. Tales medidas, puestas en práctica en el pleno respeto del Derecho internacional, demostrarán de manera inequívoca la voluntad de actuar de la UE.

+ Responder a las llegadas masivas en el seno de la UE: ReubicaciónLos sistemas de asilo de los Estados miembros se enfrentan en la actualidad a una presión sin precedente. La UE no debe esperar a que la presión sea insoportable para actuar: las llegadas masivas hacen que la capacidad de acogida y las estructuras de tramitación a nivel local estén ya prácticamente saturadas. Para poner remedio a la situación en el Mediterráneo, la Comisión propone un régimen de reparto temporal de las personas que tengan manifiestamente necesidad de protección internacional a fin de garantizar una participación equitativa y equilibrada de todos los Estados miembros en este esfuerzo común.

El Estado miembro de acogida es responsable del examen de la solicitud de conformidad con las normas y garantías en vigor.

La redistribución está basada en criterios tales como el PIB, la población, la tasa de desempleo y el número de solicitantes de asilo ya aceptados y refugiados ya reasentados.

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Esta medida prefigurará una solución duradera. La UE necesita un sistema permanente para repartir la responsabilidad por el gran número de refugiados y solicitantes de asilo entre los Estados miembros.

La Comisión presentará, a más tardar a finales de 2015, una propuesta legislativa con vistas a la implantación de un régimen de reubicación obligatorio y de activación automática para distribuir a las personas manifiestamente necesitadas de protección internacional dentro de la UE a raíz de una afluencia masiva8. Este régimen tendrá en cuenta los esfuerzos ya desplegados voluntariamente por los Estados miembros.

A la espera de la puesta en práctica de estas dos medidas, los Estados miembros tendrán que dar muestras de solidaridad e intensificar sus esfuerzos para ayudar a los países situados en primera línea.

+ Un enfoque común a la hora de conceder protección a las personas desplazadas que necesiten protección: ReasentamientoAdemás de reubicar a las personas que ya se encuentran en su territorio, la UE tiene el deber de aportar su parte de asistencia a las personas desplazadas que necesitan manifiestamente protección internacional.

Se trata de una responsabilidad conjunta de la comunidad internacional, habiéndose encomendado al ACNUR la tarea de determinar cuándo una persona no puede permanecer de forma segura en su propio país. Hay que evitar que estas personas vulnerables se vean forzadas a recurrir a las redes delictivas de traficantes y tratantes. Es preciso proponerles vías seguras y legales para llegar a la UE.

El ACNUR ha aprobado, para la UE, un objetivo de reasentamiento de 20 000 personas por año de aquí a 2020. Algunos Estados miembros ya han realizado una importante contribución a los esfuerzos mundiales de reasentamiento, pero otros no ofrecen nada y, en muchos casos, no aportan ninguna contribución alternativa, en términos de recepción y aceptación de las solicitudes de asilo o de ayuda a la financiación de los esfuerzos de los demás.

+ Trabajar en asociación con los terceros países para abordar la migración desde su origenLa UE puede emprender también acciones inmediatas para intervenir ya en las regiones de origen y de tránsito. La Comisión y el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) deben colaborar con los países asociados con vistas a la adopción de medidas concretas destinadas a evitar las travesías peligrosas.

En primer lugar, la UE debe reforzar su apoyo a los países que soportan el peso de los flujos de refugiados. Se crearán o profundizarán programas regionales de desarrollo y de protección, en primer lugar en el norte de África y el Cuerno de África, inspirados en el ya existente en Oriente Próximo. En 2015/2016 se pondrá a disposición una dotación de 30 millones EUR, que debería completarse con contribuciones adicionales de los Estados miembros.

En segundo lugar, de aquí a finales de año se creará en Níger un centro piloto polivalente. En colaboración con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), el ACNUR y las autoridades nigerinas, el centro deberá a la vez facilitar información, prestar protección a nivel local y ofrecer oportunidades de reasentamiento a las personas que lo necesiten. La existencia de este tipo de centros en los países de origen o de tránsito permitirá dar a los migrantes una idea realista de las probabilidades de éxito de su viaje y ofrecer a los que se encuentren en situación irregular soluciones de asistencia al retorno voluntario.

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+ Revisión de la política legislativa para luchar contra la migración irregular:Deberán reformarse, entre otros actos legislativos de la materia, las siguientes directivas:

- La Directiva sobre el retorno (2008/115/CE):Establece las normas y procedimientos comunes de la UE para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular. Los Estados miembros debían ejecutar la Directiva antes del 24 de diciembre de 2010; el primer informe sobre su aplicación, adoptado en marzo de 2014, ha señalado los avances positivos que se han producido, así como los retos pendientes.

Las principales áreas de actuación futura se centran en la adecuada y plena aplicación, el fomento de métodos coherentes y compatibles con los derechos fundamentales, la intensificación de la cooperación entre los Estados miembros y el refuerzo del papel de Frontex.

- La Directiva 2009/52/CE especifica las sanciones y medidas aplicables en los Estados miembros a los empleadores que no respeten la prohibición del empleo de nacionales de terceros países en situación irregular.

Al mismo tiempo, la UE está negociando y celebrando acuerdos de readmisión con los países de origen y de tránsito con el fin del retorno de los migrantes irregulares y coopera con estos países en la lucha contra la trata de seres humanos. Dichos acuerdos incluyen compromisos recíprocos de cooperación entre la UE y sus socios de terceros países.

¿Qué sucede con la regulación de las Fronteras exteriores?

En principio, los Estados tienen la prerrogativa de controlar sus fronteras. No obstante, deben hacerlo de conformidad con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, respetando los diferentes Tratados Comunitarios y del derecho internacional. En particular, las medidas de control de fronteras que se adopten no deben impedir que los refugiados alcancen la seguridad y puedan solicitar asilo.

A fin de articular medidas efectivas de protección, control y seguridad en las fronteras, la UE cuenta con una Agencia Europea para la gestión de la cooperación operativa en las fronteras exteriores (Frontex), que comenzó a funcionar en 2005. Siendo su misión mejorar la gestión integrada de las fronteras exteriores de la Unión y reforzar la cooperación entre las autoridades nacionales de fronteras.

Entre sus principales tareas, Frontex- planifica y coordina de operaciones conjuntas llevadas a cabo con personal y equipo de los Estados miembros en las fronteras exteriores marítimas, terrestres y aéreas;- coordina de operaciones de retorno conjuntas de ciudadanos extranjeros;- elabora normas e instrumentos comunes para la formación de los agentes nacionales de la guardia de fronteras;- presta ayuda a los Estados miembros que requieran un aumento de la asistencia técnica y brinda apoyo operativo en las fronteras exteriores (por ejemplo, en caso de emergencias humanitarias y salvamento marítimo, o cuando determinados países se enfrenten a presiones específicas y desproporcionadas en sus fronteras);- tiene a su cargo la creación de equipos europeos de agentes de la guardia de fronteras (EBGT) para su despliegue en operaciones conjuntas, proyectos piloto e intervenciones rápidas;- Y desarrolla un dispositivo de respuesta rápida, en el que participen los equipos de agentes de la guardia de fronteras, y del que también forme parte una base de datos de los equipos y recursos disponibles para su despliegue en caso de situación de crisis.

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Asimismo, esta agencia colabora con Europol, la Oficina Europea de Apoyo al Asilo, la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y otros organismos de la Unión, así como con autoridades de terceros países y con organizaciones internacionales.

En lo que se refiere a Derechos Humanos, la Agencia, como cualquier otro organismo de la UE, deberá establecer un mecanismo eficaz para controlar el respeto de los derechos fundamentales en todas sus actividades.

Sin embargo, ante la crisis de refugiados que se está viviendo, la teoría dista mucho de la realidad. Es común las denuncias practicadas por parte de ONGs como Amnistía, que ponen de manifiesto la desidia y la crueldad con que son tratados muchas veces los migrantes al transitar por los diferentes pasos y controles fronterizos, desde su llegada hasta su transición al país de destino. Los malos tratos, la xenofobia, la violencia y la indignidad humana abundan en este sentido.

Dichas situaciones son agravadas aún más por los comportamientos asumidos por los propios Estados miembros, en el uso de sus potestades y prerrogativas estatales. Y en lugar de estar preparados para recibir de una manera digna a un pequeño porcentaje de los refugiados del mundo, los dirigentes gubernamentales intentan evitar su entrada en el bloque político más rico del mundo, levantando vallas en las fronteras terrestres, desplegando cada vez más guardias de fronteras, invirtiendo en tecnología de vigilancia e intentando que los países vecinos que ya acogen a un gran número de refugiados actúen de guardabarreras.

El planteamiento de esta “Fortaleza Europa” tiene un doble resultado.En primer lugar, estas medidas no han conseguido sus desacertados objetivos: el número de llegadas ilegales a laUE ascendía a 500.000 en septiembre, frente a las 280.000 de todo 2014. Aunque en estas cifras están incluidas personas que huyen de la pobreza, la mayoría de los hombres, mujeres, niños y niñas que llegan son personas refugiadas que huyen de la violencia y de las violaciones de derechos humanos generalizadas en Siria, Afganistán, Eritrea, Irak, Somalia ySudán.

En segundo lugar, al no reconocer el peso de los factores que impulsan a los refugiados a marchar de sus países (factores de expulsión) ni la necesidad creciente de ofrecer protección internacional, al y centrarse en las medidas para evitar que los refugiados entren en su territorio, los países europeos no hacen otra cosa que empujar a estas personas de unas rutas a otras que, en la mayoría de los casos, son más peligrosas.

De todas las personas que llegaron irregularmente en 2015, casi el 90 por ciento llegó por mar. Como consecuencia, 3.500 personas murieron en el mar cuando intentaban llegar a la Unión Europea (UE) en 2014, y a fecha de septiembre de 2015 ya han muerto casi 3.200, a pesar de las encomiables medidas adoptadas para incrementar la capacidad de búsqueda y salvamento en el mar durante el verano. Por grandes que sean los esfuerzos de búsqueda y salvamento en el Mediterráneo, mientras los refugiados no tengan otra alternativa que el mar para buscar la seguridad, seguirán pereciendo frente a las costas europeas.

Las medidas de control de fronteras deben aplicarse siempre de una manera acorde al sistema internacional de derechos humanos y de protección de los refugiados. Y este sistema no admite los reenvíos forzados y las devoluciones irregulares en caliente, ni tampoco los tratos inhumanos en la frontera externa de la UE documentados en este informe.

IV. CONCLUSIONES.-

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Europa deberá hacer frente a las consecuencias de la inestabilidad en muchas partes del mundo, especialmente en su zona de vecindad inmediata. Acontecimientos como la Primavera Árabe y la actual crisis de Siria exigen respuestas adecuadas y coordinadas a los flujos migratorios mixtos y deberán realizarse esfuerzos adicionales para evitar nuevas tragedias en el Mediterráneo.

La construcción de vallas y el fortalecimiento de los controles de fronteras no son la respuesta a los problemas migratorios que afectan en la actualidad a la UE. Si bien es cierto que en aquellos lugares en los que se aplican estas soluciones se reducen las entradas, la experiencia de los últimos años demuestra que no se reduce el flujo real de personas refugiadas y migrantes que entran en la UE, sino que se desplazan, sin más, sus rutas de acceso, normalmente para sustituirlas por otras más peligrosas. Es más, los intentos de cerrar herméticamente las fronteras a las personas migrantes y solicitantes de asilo han dado lugar invariablemente a numerosas violaciones de derechos humanos, como uso excesivo de la fuerza, malos tratos y negación de acceso a los procedimientos de asilo.

Es preciso dar, a quienes llegan a las fronteras de la UE, la oportunidad de solicitar asilo.Asimismo, es aún más importante que la UE y sus Estados miembros se comprometan a proporcionar a las personas refugiadas rutas seguras de acceso a la UE que reduzcan tanto la presión que soportan los Estados de la periferia como y la necesidad de emprender peligrosos viajes para los cientos de miles de personas que huyen de los conflictos y la persecución. No obstante, a los países de la UE no deben hacer frente ellos solos a esta situación, ya que se trata de una crisis global de refugiados, que requiere acciones y soluciones globales. En todo caso, lo que es indudable es que los países de la UE no pueden limitarse a cerrar la puerta al problema y confiar en que las cientos de miles de personas refugiadas que necesitan protección simplemente se marchen. No lo harán, y no se las debe obligar a hacerlo.

Por ello, en un mundo cada vez más interdependiente, todos los países del mundo, con miras a la solidaridad debemos reforzar el diálogo y la cooperación con la UE, quien enfrenta un desafío enorme y una gran presión internacional, para demostrar que estará a la altura de la crisis, anticipándose a los retos, alcanzando los mejores objetivos de la UE, fomentando sus valores y cumpliendo sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

BIBLIOGRAFÍA.-

+ Libros y artículos:

Migración e interculturalidad: de lo global a lo local – Celestí Gimeno – Universitat Jaume I, España – Año 2006 – Ebook (archivo PDF).

Los derechos humanos en los procesos de integración – Jesús M. Casal H. – Revista Semestral del Centro de Estudios Constitucionales – Universidad de Talca, Chile – Año 2005 – Artículo (archivo PDF).

Las medidas de integración de los inmigrantes en la Unión Europea – Laura García Juan – Universidad de Valencia, España – Año 2014 – Tesis Doctoral (archivo PDF).

+ Informes:

Miedo y vallas: Los planteamientos de Europa para contener a las personas refugiadas , (archivo PDF) de Amnistía Internacional, 17.11.2015.

Pronóstico Económico Europeo para 2015-2017, (archivo PDF) de la Comisión Europea, 5.11.2015.

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Marco Estratégico sobre Derechos Humanos y Democracia, (archivo PDF), Documento «11855/12» del Consejo de la Unión Europea, 25.06.2012.

+ Normativa y Comunicaciones de la UE:

«COM(2014) 154» Una Europa abierta y segura: ha llegado el tiempo de hacerla realidad , Comunicación de la Comisión al Parlamento y el Consejo, 11.03.2014

«2015/2660(RSP)» Resolución del Parlamento Europeo, sobre las recientes tragedias en el Mediterráneo y las políticas de inmigración y asilo de la UE, 29.04.2015

«COM(2015) 240» Una agenda europea sobre Migración, Comunicación de la Comisión al Parlamento y el Consejo, 13.05.2015.

+ Diarios digitales consultados:Telam; La Nación; Página 12; El País (España), Thomson Reuters Latinoamérica.

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